Legal Proceedings Report • Feb 22, 2021
Legal Proceedings Report
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Comisión Nacional del Mercado de Valores
C/Edison, 4 28006 – Madrid
Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
Como continuación a la comunicación de información privilegiada (número de registro 732), la Sociedad informa que el Consejo de Administración, reunido en el día de hoy, una vez resuelto de forma definitiva el acuerdo de reestructuración de la Sociedad y su grupo, siendo este acuerdo una condición necesaria para reequilibrar el patrimonio de Abengoa y una vez que el pasado 18 de febrero ha vencido la protección pre-concursal que otorga el vigente artículo 583 del Texto Refundido de la Ley Concursal (antiguo artículo 5 bis), ha tomado la decisión de solicitar la declaración de concurso voluntario de Abengoa, S.A. al concurrir los supuestos de hecho previstos en la legislación concursal y considerando que esta medida es la más adecuada para salvaguardar los intereses de la Sociedad y de todos los acreedores.
La solicitud ha sido presentada en el día de hoy en el juzgado competente de Sevilla.
El Consejo de Administración, siendo consciente de la compleja situación y de las, cada vez, mayores dificultades para alcanzar una solución que satisfaga a todos los grupos de interés con posiciones, hasta ahora, enfrentadas, sigue comprometido en buscar alternativas para evitar la inviabilidad de las sociedades filiales que desarrollan la actividad del grupo y, con ello, preservar el empleo y tratar de minimizar la pérdida de valor, objetivo para el cual se solicita a todos aquellos que tienen intereses en la Sociedad y su grupo la máxima colaboración para tratar de evitar perjuicios definitivos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 228.1 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores se hace constar que la información contenida en esta comunicación tiene la condición de información privilegiada en los términos descritos en el Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014.
Sevilla, 22 de febrero de 2021
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