Capital/Financing Update • May 17, 2021
Capital/Financing Update
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Comisión Nacional del Mercado de Valores
C/Edison, 4 28006 – Madrid
Abengoa, S.A. (la "Sociedad"), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 226 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores, pone en conocimiento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores la siguiente comunicación relativa a
En relación con la comunicación de información privilegiada publicada por la Sociedad el pasado 17 de marzo (n.º de registro 800) mediante la cual se comunicaba que Abengoa Abenewco 1, S.A.U. ("Abenewco 1") había recibido una oferta no-vinculante por parte de un grupo de inversores liderados por Terramar Capital LLC ("Terramar"), la Sociedad informa que Abenewco 1 ha recibido una oferta final por parte de Terramar sometida a determinadas condiciones y a la autorización de los actuales acreedores financieros de Abenewco 1. Dicha oferta consistiría en proporcionar financiación en un importe de 200 millones, parte en forma de préstamo (dividido en una línea interina y el resto como préstamo ordinario) y parte como aportación de capital con objeto de alcanzar un porcentaje de participación de control de Abenewco 1.
Dicha oferta de financiación e inversión está condicionada, entre otras, a (i) la aportación de 249 millones de euros por parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales ("SEPI"); y (ii) que las instituciones financieras de relación de la compañía aporten nuevas líneas de avales en un importe hasta 300 millones de euros, en línea con los acuerdos firmados y anunciados en agosto 2020, parte de los cuales se concederán de forma interina.
Abenewco 1 suscribiría un nuevo acuerdo de reestructuración en línea con el acuerdo firmado y publicado en agosto de 2020 aplicando ciertos cambios y modificaciones a los instrumentos de deuda actualmente vigentes, que implicarían en todo caso capitalizaciones y quitas y realizando las modificaciones oportunas para incluir la ejecución de la operación de inversión por TerraMar.
Finalmente, la implementación del acuerdo de reestructuración y la realización de los desembolsos previstos supondrían el cumplimiento de la condición de reestructuración financiera prevista en el acuerdo de proveedores suscrito el pasado mes de julio de 2020 y en consecuencia se produciría la entrada en vigor y ejecución del referido acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 228.1 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores se hace constar que la información contenida en esta comunicación tiene la condición de información privilegiada en los términos descritos en el Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014.
Sevilla, 17 de mayo de 2021
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