Annual / Quarterly Financial Statement • May 3, 2016
Annual / Quarterly Financial Statement
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CUENTAS ANUALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2015
(Expresados en euros)
| Notas a la | |||
|---|---|---|---|
| ACTIVO | Memoria | 31/12/2015 | 31/12/214 |
| ACTIVO NO CORRIENTE | 15.620.408 | 24.678.778 | |
| Inversiones en empresas del grupo y | |||
| asociadas a largo plazo | 14.596.517 | 23.496.517 | |
| Instrumentos de patrimonio | Nota 7 | 14.596.517 | 14.596.517 |
| Créditos a empresas | Notas 5 y 15 | - | 8.900.000 |
| Inversiones financieras a largo plazo | Nota 5 | 300 | 300 |
| Activos por impuesto diferido | Nota 10 | 1.023.591 | 1.181.961 |
| ACTIVO CORRIENTE | 17.643.500 | 2.051.395 | |
| Inversiones en empresas del grupo y | |||
| asociadas a corto plazo | Notas 5 y 15 | 8.900.000 | - |
| Créditos a empresas | 8.900.000 | - | |
| Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | 2.908.639 | 1.628.776 | |
| Clientes empresas del grupo y asociadas | Notas 5 y 15 | 2.674.185 | 1.418.743 |
| Deudores varios | Nota 5 | 112.813 | 120.689 |
| Activos por impuesto corriente | Nota 10 | 106.601 | 70.720 |
| Otros créditos con las Administraciones Públicas | Nota 10 | 15.040 | 18.624 |
| Inversiones financieras a corto plazo | Notas 5.2 y 5.3 | 5.704.907 | 48.769 |
| Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | Nota 5.1 | 129.954 | 373.850 |
| TOTAL ACTIVO | 33.263.908 | 26.730.173 |
(Expresados en euros)
| PATRIMONIO NETO Y PASIVO | Notas a la Memoria |
31/12/2015 | 31/12/2014 |
|---|---|---|---|
| PATRIMONIO NETO | 25.876.916 | 25.974.392 | |
| Fondos propios | 26.481.423 | 25.986.888 | |
| Capital | 8.578.500 | 8.578.500 | |
| Capital escriturado | Nota 9.1 | 8.578.500 | 8.578.500 |
| Reservas | Nota 9.2 | 24.620.042 | 24.620.042 |
| (Acciones y participaciones en patrimonio propias) | Nota 9.3 | (1.073) | (1.073) |
| Resultados de ejercicios anteriores | (7.210.581) | (6.577.310) | |
| Resultado del ejercicio | Nota 3 | 494.535 | (633.271) |
| Ajustes por cambios de valor | (604.507) | (12.496) | |
| PASIVO CORRIENTE | 7.386.992 | 755.781 | |
| Provisiones a corto plazo | Nota 12 | 6.276.800 | - |
| Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo | Notas 6 y 15 | 1.091.525 | 729.525 |
| Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar Acreedores varios Otras deudas con las Administraciones Públicas |
Nota 6 Nota 10 |
18.667 8.488 10.179 |
26.256 8.035 18.221 |
| TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO | 33.263.908 | 26.730.173 |
(Expresadas en euros)
| CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | Notas a la Memoria |
2015 | 2014 |
|---|---|---|---|
| Importe neto de la cifra de negocio | 244.595 | 268.255 | |
| Otros gastos de explotación | (718.607) | (824.353) | |
| RESULTADO DE EXPLOTACIÓN | (474.012) | (556.098) | |
| Ingresos financieros | Nota 11.b | 8.617 | 7.736 |
| Gastos financieros | Nota 11.b | - | (483) |
| Variación de valor razonable en instrumentos financieros | Nota 11.b | (1.164.001) | - |
| Deterioro y resultados por enajenaciones | |||
| de instrumentos financieros | Nota 11.b | 2.479.638 | - |
| RESULTADO FINANCIERO | 1.324.254 | 7.253 | |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS | 850.242 | (548.845) | |
| Impuesto sobre beneficios | (355.707) | (84.426) | |
| RESULTADO DEL EJERCICIO | 494.535 | (633.271) |
EN LOS EJERCICIOS 2015 Y 2014
(Expresados en euros)
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | 494.535 | (633.271) |
| Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto | (592.011) | - |
| TOTAL INGRESOS Y GASTOS IMPUTADOS DIRECTAMENTE EN EL PATRIMONIO NETO |
(592.011) | - |
| Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias | - | - |
| TOTAL TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS |
- | - |
| TOTAL INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS | (97.476) | (633.271) |
(Expresados en euros)
| Resultados de | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Capital | Acciones | Ejercicios | Resultado del | Ajustes por | |||
| Escriturado | Reservas | Propias | Anteriores | Ejercicio | Cambio de Valor | Total | |
| SALDO, INICIAL DEL AÑO 2014 | 8.578.500 | 24.620.042 | (1.073) | (3.854.611) | (2.722.699) | (12.496) | 26.607.663 |
| Total ingresos y gastos reconocidos | - | - | - | - | (633.271) | - | (633.271) |
| Otras variaciones del patrimonio neto Distribución de resultados del ejercicio anterior |
- - |
- - |
- - |
(2.722.699) (2.722.699) |
2.722.699 2.722.699 |
- - |
- - |
| SALDO, FINAL DEL AÑO 2014 | 8.578.500 | 24.620.042 | (1.073) | (6.577.310) | (633.271) | (12.496) | 25.974.392 |
| Total ingresos y gastos reconocidos | - | - | - | - | 494.535 | (592.011) | (97.476) |
| Otras variaciones del patrimonio neto Distribución de resultados del ejercicio anterior |
- - |
- - |
- - |
(633.271) (633.271) |
633.271 633.271 |
- - |
- - |
| SALDO, FINAL DEL AÑO 2015 | 8.578.500 | 24.620.042 | (1.073) | (7.210.581) | 494.535 | (604.507) | 25.876.916 |
(Expresados en euros)
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN | (243.896) | (1.016.010) |
| Resultado del ejercicio antes de impuestos | 850.242 | (548.845) |
| Ajustes al resultado | (1.330.134) | 145.571 |
| Resultados por bajas y enajenaciones de instrumentos financieros | (2.479.638) | - |
| Ingresos financieros | (8.617) | (7.736) |
| Gastos financieros | - | 483 |
| Variación del valor razonable en instrumentos financieros | 1.164.001 | - |
| Otros ingresos y gastos | (5.880) | 152.824 |
| Cambios en el capital corriente | 460.597 | (535.563) |
| Deudores y otras cuentas a cobrar | (1.219.642) | (515.365) |
| Otros activos corrientes | 1.350.168 | - |
| Acreedores y otras cuentas a pagar | (31.929) | (20.198) |
| Otros pasivos corrientes | 362.000 | - |
| Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación | (224.601) | (77.173) |
| Pago de intereses Cobro de intereses |
- 8.617 |
(483) 7.736 |
| Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios | (233.218) | (84.426) |
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | - | 853.321 |
| Cobros por desinversiones | - | 853.321 |
| Empresas del grupo y asociadas | - | 453.321 |
| Activos no corrientes mantenidos para la venta | - | 400.000 |
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | - | - |
| Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero | - | - |
| Emisión | - | - |
| Deudas con empresas del grupo y asociadas | - | - |
| AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES | (243.896) | (162.689) |
| Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio | 373.850 | 536.539 |
| Efectivo o equivalentes al final del ejercicio | 129.954 | 373.850 |
MOBILIARIA MONESA, S.A. (en adelante Monesa o la Sociedad) se constituyó como sociedad anónima el 4 de junio de 1974, por tiempo indefinido y bajo la denominación de Mobiliaria Monesa, S.A. El 14 de octubre de 1987 cambió su denominación por la de Gaesco Valores, S.A., y a partir de dicha fecha inició la adquisición de participaciones mayoritarias en diversas sociedades especializadas en el campo de las inversiones. El 10 de julio de 1989 cambió su denominación social por la de Gaesco Holding, S.A. El 24 de diciembre de 2008 cambió de nuevo su denominación social por la actual. La Sociedad tiene su domicilio social en Avenida Pau Casals 22, 3º de Barcelona.
Monesa, es la Sociedad Dominante de un grupo con una sociedad dependiente (Delforca 2008, S.A.U.) que constituyen el Grupo Mobiliaria Monesa (anteriormente denominado Grupo Gaesco). El Grupo Mobiliaria Monesa tenía como negocios principales hasta los acuerdos de integración y compraventa con el Grupo GVC, los propios de empresas de servicios de inversión y gestión de patrimonios (instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y particulares).
Desde la materialización de los acuerdos con el Grupo GVC (21 de noviembre de 2008), la actividad del Grupo Monesa se ha centrado en la explotación de su patrimonio mobiliario e inmobiliario (en este caso, del inmueble propiedad de la participada Delforca 2008, S.A.U., antes Gaesco Bolsa, S.V. S.A., así como en el seguimiento de los contenciosos judiciales y arbitrales en los que se encuentra incursa la Sociedad y su participada.
El Consejo de Administración de la Sociedad ha venido relacionando en las Cuentas Anuales los diferentes acontecimientos y situación de los principales contenciosos que se han sucedido desde 2007; todo ello, más allá de la información que la Sociedad puntualmente viene facilitando al mercado (Hechos Relevantes), en aras a una total transparencia de su estado individual y del Grupo, para que cualquier stakeholder de la Sociedad pudiera conformar por sí mismo y con toda la información disponible, el estado de la situación.
Tal y como ya se ha venido indicando y mientras la situación perdure, es intención, como no puede ser de otro modo, seguir en esa misma línea de máxima transparencia e información, si bien y para que la información sea más regular y constante en el tiempo y, sin perjuicio, de otros instrumentos legales (artículo 539.2 LSC respecto al Foro Electrónico de Accionistas para las Juntas Generales), desde el ejercicio 2011 la página web de la Sociedad (www.mobiliariamonesa.com) cuenta con un apartado específico denominado Foro Informativo.
Debido a la significación que tiene el discurrir de los contenciosos que se tramitan, el Foro informativo permite el acceso público a todos los stakeholders a explicaciones y documentación respecto a dichos contenciosos, complementado así los mecanismos de que se dispone para transmitir al mercado la correspondiente información y, más allá, de la que se contiene en los Hechos Relevantes o en las Cuentas Anuales.
Durante el ejercicio 2015, se han ido resolviendo los distintos incidentes concursales que la Sociedad y el Grupo han venido publicitando en las memorias de anteriores Cuentas Anuales y en la información periódica intermedia del propio ejercicio.
Con fecha 16 de marzo de 2016 tuvo lugar la votación y fallo de diferentes incidentes tramitados en el concurso, por lo que el Órgano de Administración de la Sociedad ha esperado para la formulación de las presentes cuentas a disponer, de las correspondientes resoluciones judiciales, atendida la significación que pudiera desprenderse de las mismas.
La fase común del procedimiento concursal (Juzgado de lo Mercantil 10 de Barcelona, Autos 543/12-A) finalizó y fue señalada como fecha para la celebración de la Junta General de Acreedores el día 17 de septiembre de 2015, si bien fue suspendida por el Juzgado de lo Mercantil a la espera de la sustanciación de las apelaciones en la Audiencia Provincial, cuya vista tuvo lugar el pasado día 16 de marzo.
Por su significación, indicamos a continuación separadamente lo más destacado respecto a los incidentes referidos y cuyas resoluciones se notificaron a las Compañías en fecha 22 de abril de 2016.
Se solicitó:
(a) Resolución de la relación jurídica obligacional con el Consejo Superior de Cámaras (CSC) y,
(b) Resolución del convenio arbitral suscrito con Banco Santander (BS).
Ambas resoluciones se habían comunicado extrajudicialmente al CSC y BS con fechas 14 y 15 de noviembre de 2011.
La sentencia fue dictada en fecha 16 de diciembre de 2014 (Hecho Relevante de 22/12/14 número 216181), resolviendo su total estimación y siendo los términos del fallo:
"ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de resolución de la relación jurídica obligacional entre DELFORCA 2008, S.A. y el CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de resolución del convenio arbitral entre DELFORCA 2008, S.A. y BANCO SANTANDER, S.A. integrado en el Contrato Marco de Operaciones Financieras suscrito en 1998, declarando expresamente la resolución de dichos contratos, por incumplimientos graves del CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de BANCO SANTANDER, S.A. y en interés del concurso, todo ello al amparo de los Artículos 61 y 62 de la Ley Concursal….."
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión estrictamente de orden procesal, al entender que la resolución apelada del Juzgado de lo Mercantil no podía dictarse al amparo del artículo 62 de la Ley Concursal y sin entrar a valorar las causas de resolución acordadas por el citado Juzgado de lo Mercantil, que en cualquier caso, sigue manteniendo todo su valor "obiter dicta". Además, la sentencia de Sala no entra a valorar los efectos de la extinción del Consejo Superior de Cámaras, por considerar que es un hecho posterior a la sustanciación del incidente. Del mismo modo, no valora la inarbitrabilidad de la controversia por tratarse, entre otros extremos, de una cuestión de orden público, tras la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20 de abril de 2015 (Vid. III, apartado 1.), que obligó a la CNMV a investigar la ilícita actuación de Banco Santander en la gestión y liquidación de los Total Return Swaps sobre Inmobiliaria Colonial. Finalmente, señalar que la Sala, en sus fundamentos, rechaza las excepciones de Banco Santander sobre falta de competencia, señalándose claramente que la resolución de las relaciones obligacionales con la institución arbitral, queda fuera de cualquier convenio arbitral.
A la vista de tales pronunciamientos, el Grupo ha adoptado la decisión de proceder a interponer el correspondiente Recurso de Casación, que está siendo preparado por los servicios jurídicos.
No obstante, indicar que a la fecha y desde su notificación, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
La sentencia fue dictada en fecha 17 de febrero de 2015 (Hecho Relevante de 19/02/15, número 218801), resolviendo su total desestimación y siendo los términos del fallo:
"FALLO: DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de impugnación de la Lista de Acreedores contenida en el Informe de la Administración Concursal formulada por BANCO SANTANDER, S.A., debiendo mantenerse en el informe la exclusión del crédito de la demandante, declarando, además, que dicho crédito no existe, al haberse producido un incumplimiento total y grave por parte de BANCO SANTANDER, S.A. de los términos y condiciones de los Total Return Swaps suscritos con DELFORCA 2008, S.A.U., de acuerdo con todo lo expuesto en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución, …".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión también estrictamente de orden procesal, viniendo a considerar a Banco Santander, a efectos del concurso, como un acreedor contingente sin cuantía; ello a tenor de la interpretación amplia que la Sala realiza del conflicto que viene arrastrándose desde hace cerca de nueve años y en la que se entiende que el segundo arbitraje que viene intentando entablar Banco Santander sobre el fondo de la cuestión, se encontraba, en todo caso, simplemente suspendido.
Al igual que en el incidente anterior, el Grupo interpondrá el correspondiente Recurso de Casación, para lo cual ya ha instruido a sus servicios jurídicos. Asimismo y como también se ha indicado en el mencionado incidente concursal, y por tratarse de una resolución de carácter estrictamente procesal, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, mantiene respeto a la reclamación de Banco Santander todo su valor sobre el fondo de la controversia "obiter dicta"; lo que ha venido a suponer un reconocimiento de la carencia de derecho alguno, más allá de los procesales, de Banco Santander frente al Grupo.
Asimismo, a la fecha y desde su notificación, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
La sentencia fue dictada en fecha 30 de junio de 2014, resolviendo su total desestimación, , por entenderse que con independencia de que la Compañía había superado su situación de insolvencia por la revocación, por el Juzgado del Concurso, de la medida cautelar operada con carácter previo al concurso en 2012 y el desistimiento expreso sobre esa medida cautelar que efectuó Banco Santander con anterioridad a solicitar el levantamiento del Concurso, intentando así evitar los pronunciamientos del Juzgado Mercantil. En la revocación, el Juzgado entendió que no se daban los requisitos para proceder al levantamiento del mismo, ya que a lo más, como así ha sido determinado por la Audiencia en otra resolución, habría que estarse a la espera de resolver, bajo el punto de vista estrictamente procesal-concursal, que no contable, si existía una contingencia en sentido amplio, con independencia de su prosperabilidad, derivada de la reclamación de Banco Santander.
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral, se está a la espera de que por la Audiencia Provincial de Barcelona se dicte sentencia, después de haberse fijado como fecha de votación y fallo el día 16 de marzo de 2016, a la fecha de formulación de estas cuentas anuales se está a la espera de la resolución de la Audiencia Provincial.
No obstante a la fecha y desde su notificación, la sentencia ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
2.4.- En el procedimiento principal del Concurso (Autos 543/12-A), apelación por Banco Santander contra el Auto de fecha 30 de enero de 2013, por el que se confirmó la suspensión de los efectos del convenio arbitral en función de lo establecido en los artículos 52.1, y 52.2 de la Ley Concursal.
Recurrido el Auto indicado en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), ha sido revocado (19 de abril de 2016) por entender la Sala que ya estaba iniciado el procedimiento arbitral a la fecha de declaración de concurso. El Grupo ha encargado a sus servicios jurídicos la valoración de los derechos y acciones que se derivan de dicha resolución.
En dichos incidentes, el Juzgado de lo Mercantil declaró su incompetencia objetiva para conocer de las demandas incidentales, a pesar de contar con informe del Ministerio Fiscal al respecto. No obstante, la Audiencia Provincial de Barcelona, ha revocado la resolución en interés de DELFORCA 2008, S.A.U. y de MOBILIARIA MONESA, S.A. ordenando su tramitación al margen de la prosperabilidad o no de los incidentes antes referidos. No obstante, Banco Santander solicitó la suspensión de los mismos al Juzgado de lo Mercantil, por pretendida prejudicialidad y habiendo sido acordada -en contra del criterio de la Sala- dicha suspensión mediante autos de fecha 7 de marzo de 2016, que se encuentran pendientes de apelación.
La sentencia de fecha 25 de septiembre de 2013 estimó la demanda. Recurrida en apelación, el recurso fue parcialmente estimado mediante sentencia de fecha 22 de abril de 2015 (ya firme) en el sentido de que se estima sólo en parte la demanda y se declaraba parcialmente la rescisión de determinadas operaciones, debiéndose proceder a recíprocas devoluciones de matriz a filial y viceversa de efectivo y participaciones de GVC GAESCO HOLDING, S.L. (cuyo precio ha evolucionado al alza) por un mismo importe de 3,6 millones de euros, por lo que el efecto económico patrimonial resulta neutro.
La ejecución de dicha sentencia puede verse afectada, además entre otros extremos y a su vez, por la acción interpuesta por la Sociedad contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores en procedimiento contencioso administrativo número 382/2013 que se sustancia ante la Sección 6ª de la Audiencia Nacional, que se encuentra pendiente de votación y fallo. Tan pronto recaiga sentencia en el procedimiento indicado y en los términos administrativos que se determine, y tras su valoración, se procederá al integro cumplimiento, de la sentencia recaída en este incidente de reintegración con cumplimiento simultaneo de las obligaciones recíprocas entre matriz y filial.
Con fecha 16 de marzo de 2016, se celebró la correspondiente vista y votación y fallo respecto a la apelación interpuesta por el Grupo GVC.
Dicha cantidad se encontraba en la tesorería de DELFORCA 2008, S.A.U., y el pasivo registrado.
Por parte de la Sala se ha acordado (19 de abril de 2016) su devolución en cuanto a unos 3,6 millones de euros, más los correspondientes intereses. No obstante, el Grupo ha encargado a sus servicios jurídicos el estudio de las acciones que le pueden competer.
Respecto a diferentes demandas que se han interpuesto contra Grupo GVC incluido el correspondiente a la valoración de las acciones de GVC para dar cumplimiento al laudo de fecha 11 de julio de 2013 sobre el denominado "ajuste Cahispa", a la fecha de cierre del ejercicio su tramitación se encontraba suspendida por distintos motivos, sin que ninguno de dichos procedimientos pueda suponer impacto patrimonial alguno distinto a los ya provisionados en anteriores ejercicios.
1.- MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. interpusieron en 2009 denuncia ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores contra BANCO SANTANDER por una serie de actuaciones realizadas por la misma en relación a la gestión de los Total Return Swaps sobre subyacente de Inmobiliaria Colonial suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U constitutivas de malas prácticas y de abuso de mercado (artículos 81 y 83ter de la Ley del Mercado de Valores) y que se concretaban entre otras en: (a) utilización de información privilegiada, (b) realización de prácticas que falseaban la libre formación de los precios y (c) conflicto de intereses.
Tras ocultarse información a la CNMV por parte de Banco Santander ésta se archivó en sede administrativa y posteriormente se confirmó dicho archivo en sede contencioso administrativa por falta de interés legítimo de los denunciantes. Interpuesto el correspondiente recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en fecha 20 de abril de 2015, se dictó sentencia (Hecho Relevante de 12/05/15, número 222874), por la cual en su fallo, el Tribunal Supremo resolvió:
a) Haber lugar al Recurso de Casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que queda anulada y sin efecto.
b) Rechazar las causas de inadmisibilidad planteadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, estimando en lo sustancial el Recurso Contencioso Administrativo y anulando las resoluciones dictadas por el Regulador y su Comité Ejecutivo.
c) Ordenar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores que retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la decisión de archivo y que reanude su tramitación, dando audiencia a MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U., recabando la información, practicando las pruebas que se consideren necesarias y resolviendo lo que proceda de forma motivada.
Por parte de MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y previo plazo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para alegaciones, se interesó (junio de 2015) un escrito de ampliación de la denuncia inicial, en la que y entre otras cuestiones, se solicitaba la admisión de las pruebas documentales aportadas y la incoación, sin más demora, de un expediente sancionador contra Banco Santander en los términos de la denuncia inicial de 2009. A la fecha, se sigue a la espera de las resoluciones y actuaciones del Regulador.
Con igual sentido y tras los mismos trámites en fecha 16 de marzo de 2016, se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo en el correspondiente procedimiento frente al archivo de la denuncia frente a Inmobiliaria Colonial, por la que también se estima totalmente el Recurso de Casación interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y ordenando en su fallo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores reanudar la tramitación del expediente sancionador en similares términos a los indicados respecto a BS (Hecho Relevante de 30/03/16, número 236777).
1.- En fecha 8 de mayo de 2015, mediante resolución del Tribunal Supremo se desestimó el Recurso de Casación interpuesto por la compañía Criterium Gestión Inmobilairia, S.L. contra la resolución en apelación que la condenaba al pago a DELFORCA 2008, S.A.U. (1,9 millones de euros de principal). Se está en trámite de ejecutar la sentencia.
2.- En fecha 15 de junio de 2015, mediante resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, se desestimó el Recurso interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. de anulación parcial del laudo arbitral dictado en el procedimiento entre las Compañías y el Grupo GVC, manteniéndose, en consecuencia, a la fecha la situación jurídica al respecto, sin que el asunto "Acc Seguros", se encuentre resuelto y sin condena frente a MONESA. (Vid. I, apartado 3.3.).
3.- En fecha 18 de junio de 2015, DELFORCA 2008, S.A.U. interpuso Recurso de Casación contra la resolución que desestimaba la pretensión indemnizatoria dirigida contra el Consejo Superior de Cámaras y el Presidente del Colegio Arbitral (2 millones de euros).
4.- En fecha 24 de febrero de 2015 por el Juzgado de Instrucción Central número 4 de Madrid, se dictó auto de apertura del juicio oral (asunto Riverduero, Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 48/2008) en el que a DELFORCA 2008, S.A.U. se pedía 24 mil euros. La responsabilidad civil subsidiaria de las partes investigadas y de Caixa Xeral asciende 23 millones de euros.
5.- DELFORCA 2008, con posterioridad a la declaración de su concurso, ha visto reconocido con carácter ordinario, en el procedimiento de suspensión de pagos de la entidad bancaria islandesa Kaupthing, dos créditos de 1.000.000 de euros y 420.000 euros respectivamente. DELFORCA 2008 tiene de su inicio, provisionados completamente ambos créditos ante las incertezas que la recuperabilidad de los mismos suponía, dado el alto pasivo que dicha entidad acreditaba frente a sus activos. Actualmente, se está en trámites de poder recuperar una parte del crédito (en metálico y mediante la entrega de determinado número de bonos convertibles), ante los acuerdos que la entidad bancaria ha llegado finalmente con sus acreedores. Con anterioridad a la presentación del concurso y por prudencia –criterio que se ha mantenido en los ejercicios 2012, 2013, 2014 y en el presente- no se ha activado cantidad alguna por este concepto, si bien se estima una recuperabilidad, no en su totalidad pero si de una parte. De materializarse dicha recuperación indicada, sería contabilizada en las correspondientes Cuentas Anuales del ejercicio 2016.
De acuerdo con la legislación mercantil, el Consejo de Administración presenta, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del Balance de Situación, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto y del Estado de Flujos de Efectivo, además de las cifras del ejercicio 2015 las correspondientes al ejercicio anterior. Las partidas de ambos ejercicios son comparables y homogéneas, excepto por los efectos del cambio de criterio en los activos financieros disponibles para la venta, según se detalla en la Nota 2.e.
A efectos de facilitar la comprensión del Balance de Situación, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, dichos estados se presentan de forma agrupada, presentándose los análisis requeridos en las notas correspondientes de la Memoria.
La información contenida en estas cuentas anuales es responsabilidad de los Administradores de la Sociedad.
La preparación de las cuentas anuales requiere la aplicación de estimaciones contables relevantes y la realización de juicios, estimaciones e hipótesis en el proceso de aplicación de las políticas contables de la Sociedad. En este sentido, se resumen, a continuación los aspectos que han implicado un mayor grado de juicio, complejidad o en los que las hipótesis y estimaciones son significativas para la preparación de las cuentas anuales:
A pesar de que las estimaciones realizadas por los Administradores de la Sociedad se han realizado en función de la mejor información disponible al 28 de abril de 2016, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a su modificación en los próximos ejercicios. El efecto en cuentas anuales de las modificaciones que, en su caso, se derivasen de los ajustes a efectuar durante los próximos ejercicios, se registraría de forma prospectiva.
Los Administradores de la Sociedad han formulado estas Cuentas Anuales siguiendo el principio de empresa en funcionamiento, si bien existen una serie de factores que pudieran causar incertidumbre sobre la capacidad de la Sociedad para continuar con su actividad, y que han sido expuestos con detalle en la Nota 1 precedente de esta Memoria. Las incertidumbres sobre la capacidad de la Sociedad para continuar su actividad, son las siguientes:
No obstante, existen una serie de factores que mitigan, en buena medida, la duda sobre la capacidad de la Sociedad para que pueda continuar su actividad:
Que no existe relación jurídico-obligacional con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, por su falta de imparcialidad (resolución extrajudicial operada en noviembre de 2011, con carácter previo al inicio del arbitraje).
Que la controversia no es arbitrable por (i) no existir sumisión a arbitraje al respecto; (ii) por tratarse de una cuestión de Orden Público no susceptible de arbitraje (TSJM 56/2015, de 3 de julio y 4/2016, de 19 de enero), según se desprende además de las propias sentencias del Tribunal Supremo que obliga a la CNMV a reabrir los expedientes frente a Banco Santander e Inmobiliaria Colonial, lo que implica que se está ante una cuestión de Orden Público; y (iii) por haberse extinguido el Consejo Superior de Cámaras, y la nueva entidad (Cámara de España) que le ha sucedido y se ha subrogado en los derechos y obligaciones de la Corporación extinguida, no resulta, a su vez, la Corporación que figuraba para la resolución de controversia del CMOF, sin que pueda extenderse la subrogación referida a terceros relativo a una sumisión de arbitraje y ello al margen de que la controversia concreta no está tampoco sometida a arbitraje.
Durante el ejercicio 2015, la Sociedad ha hecho por primera vez, habiéndolo así anunciado a su participada Delforca 2008, S.A.U., uso del derecho de disposición de los títulos derivado del depósito irregular, constituido desde 2009 con la formalización del préstamo participativo que ambas suscribieron, en función de las circunstancias que ampliamente se han ido comunicando al mercado en las cuentas anuales correspondientes de los ejercicios 2013 y 2014.
Dado que Monesa ha hecho uso del derecho derivado del depósito irregular en cuestión, la Sociedad ha dotado una provisión por el importe 6.276.800 euros correspondiente al coste máximo, ya que podría ser sustancialmente menor, según se liquide el referido depósito irregular en función del sistema de reintegración del préstamo y de la evolución separada de la cotización de las acciones BME e IC.
Las propuestas de distribución del resultado de los ejercicios 2015 y 2014, formuladas por el Consejo de Administración, son las que se muestran a continuación, en euros:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Base de reparto Beneficio (Pérdida) generada en el ejercicio |
494.535 | (633.271) |
| Distribución (Aplicación) a: Resultados negativos de ejercicios anteriores |
494.535 | (633.271) |
Las principales normas de valoración utilizadas por la Sociedad en la elaboración de sus Cuentas Anuales para el ejercicio 2015, de acuerdo con las establecidas por el Plan General de Contabilidad, han sido las siguientes:
Los gastos de arrendamientos operativos incurridos durante el ejercicio se cargan a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
La Sociedad determina la clasificación de sus activos financieros en el momento de su reconocimiento inicial y, cuando está permitido y es apropiado, se reevalúa dicha clasificación en cada cierre del balance.
Los instrumentos financieros utilizados por la Sociedad, a efectos de su valoración, se clasifican en alguna de las siguientes categorías:
En esta categoría se clasifican:
En esta categoría se clasifican:
Se valoran inicialmente al coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que le son directamente atribuibles.
Posteriormente, se valoran por su coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro.
El importe de la corrección valorativa se determina como la diferencia entre el valor en libros y el importe recuperable, salvo mejor evidencia del importe recuperable de las inversiones. En la estimación del deterioro de esta clase de activos se toma en consideración la parte proporcional del patrimonio neto de la entidad participada, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración, que corresponden a elementos identificables en el balance de la participada.
En esta categoría se incluye los valores representativos de deuda e instrumentos de patrimonio de otras empresas que no se han clasificado en ninguna de las categorías anteriores.
Inicialmente se valoran por su valor razonable o precio de la transacción que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada, más los costes de transacción que les son directamente atribuibles.
Posteriormente, se valoran por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios en el valor razonable se registran directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero causa baja del balance o se deteriora, momento en que el importe así reconocido, se imputa a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
No obstante lo anterior, las correcciones valorativas por deterioro del valor y las pérdidas y ganancias que resultan por diferencias de cambio en activos financieros monetarios en moneda extranjera, se registran en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
También se registran en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias el importe de los intereses, calculados según el método del tipo de interés efectivo, y de los dividendos devengados.
Las inversiones en instrumentos de patrimonio cuyo valor razonable no se puede determinar con fiabilidad se valoran por su coste, menos, en su caso, el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro del valor.
Al cierre del ejercicio se efectúan las correcciones valorativas necesarias cuando existe evidencia objetiva de que el valor de un activo, o grupo de activos con similares características de riesgo, se ha deteriorado ocasionándose:
La corrección valorativa por deterioro del valor de estos activos financieros es la diferencia entre su coste o coste amortizado menos, en su caso, cualquier corrección valorativa por deterioro previamente reconocida en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y el valor razonable al cierre del ejercicio.
En el momento en que existe una evidencia objetiva de deterioro en el valor de estos activos, las pérdidas acumuladas reconocidas en el patrimonio neto por disminución del valor razonable, se reconocen en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Si en ejercicios posteriores se incrementa el valor razonable, la corrección valorativa reconocida en ejercicios anteriores se revierte con abono a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio, excepto cuando se trate de un instrumento de patrimonio, en cuyo caso, la corrección valorativa reconocida en ejercicios anteriores no se revierte y se registra el incremento de valor razonable directamente contra el patrimonio neto.
En el caso de instrumentos de patrimonio que se valoren por su coste, por no poder determinarse con fiabilidad su valor razonable, la corrección valorativa por deterioro se calcula de acuerdo con lo dispuesto en el apartado relativo a las inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multigrupo y asociadas, y no se revierte la corrección valorativa reconocida en ejercicios anteriores.
Un activo financiero, o parte del mismo, se da de baja cuando expiran o se han cedido los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero, y se han transferido de manera sustancial los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad.
Cuando un activo financiero se da de baja, la diferencia entre la contraprestación recibida neta de los costes de transacción atribuibles, considerando cualquier nuevo activo obtenido menos cualquier pasivo asumido, y el valor en libros del activo financiero, más cualquier importe acumulado que se haya reconocido directamente en el patrimonio neto, determina la ganancia o la pérdida surgida al dar de baja dicho activo, y forma parte del resultado del ejercicio en que ésta se produce.
Un pasivo financiero se da de baja cuando se extingue la obligación correspondiente.
La diferencia entre el valor en libros del pasivo financiero o de la parte del mismo que se ha dado de baja y la contraprestación pagada, incluidos los costes de transacción atribuibles así como cualquier activo cedido diferente del efectivo, o pasivo asumido, se reconoce en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio en que tiene lugar.
Los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como ingresos en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Por el contrario, cuando los dividendos recibidos proceden inequívocamente de resultados generados con anterioridad a la fecha de adquisición se registran minorando el valor contable de la inversión.
Los intereses se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los dividendos cuando se declara el derecho del socio a recibirlo. A estos efectos, en la valoración inicial de los activos financieros se registran de forma independiente, atendiendo a su vencimiento, el importe de los intereses explícitos devengados y no vencidos en dicho momento así como el importe de los dividendos acordados por el órgano competente en el momento de la adquisición.
Figuran registrados en el patrimonio neto, como una variación de los fondos propios, no reconociéndose en ningún caso como activos financieros, ni registrándose resultado alguno en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias como consecuencia de las operaciones realizadas con los mismos.
Los gastos derivados de estas transacciones, incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, se registran directamente contra el Patrimonio Neto como menores Reservas.
Las fianzas entregadas y recibidas por arrendamientos operativos se valoran por el importe entregado o recibido.
El Impuesto sobre Beneficios se registra en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias o directamente en el Patrimonio Neto, en función de donde se encuentran registradas las ganancias o pérdidas que lo han originado. El impuesto sobre beneficios de cada ejercicio recoge tanto el impuesto corriente como los impuestos diferidos, si procede.
El importe por impuesto corriente es la cantidad a satisfacer por la Sociedad como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto.
Las diferencias entre el valor contable de los activos y pasivos, y su base fiscal, generan los saldos de impuestos diferidos de activo o de pasivo que se calculan utilizando los tipos de gravamen esperados en el momento de su reversión, y de acuerdo con la forma en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.
Las variaciones producidas en el ejercicio en los impuestos diferidos de activo o pasivo se registran en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias o directamente en el Patrimonio Neto, según corresponda.
Los activos por impuesto diferido se reconocen únicamente en la medida en que resulta probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras que permitan la aplicación de estos activos.
A efectos de Impuesto sobre Sociedades, la Sociedad tributa por este impuesto en régimen de consolidación fiscal.
Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.
Los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valoran por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos, que, salvo evidencia en contrario, es el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido: el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la Sociedad pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos.
Las obligaciones existentes al cierre del ejercicio, surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para la Sociedad, y cuyo importe y momento de cancelación son indeterminados, se registran en el balance como provisiones y se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero la obligación.
Los ajustes que surgen por la actualización de la provisión se registran como un gasto financiero conforme se van devengando. En el caso de provisiones con vencimiento inferior o igual a un año, y siempre que el efecto financiero no sea significativo, no se efectúa ningún tipo de descuento.
Asimismo, la Sociedad informa, en su caso, de las contingencias que no dan lugar a provisión. En este sentido, la contingencia, entendida en su sentido amplio, derivada de la clasificación como tal, sin cuantía, en función de la sentencia recaída en el incidente referido en la Nota 1 de esta Memoria, no requiere de ningún tipo de provisión en la sociedad participada DELFORCA 2008, S.A.U. atendido que la prosperabilidad sobre el fondo de la reclamación de Banco Santander resulta en estos momentos de nula consideración por cuanto se cuenta: (i) con amplia prueba sobre los ilícitos incurridos por Banco Santander en la gestión y liquidación de los TRS con subyacente sobre acciones de Inmobiliaria Colonial; (ii) con amplios informes de terceros y pericias al respecto; (iii) con el propio contenido de la sentencia del Juzgado Mercantil sobre el fondo de la controversia que ha sido revocada exclusivamente por cuestiones de índole procesal; (iv) con unos procedimientos de investigación en la Comisión Nacional del Mercado de Valores en cumplimiento de sendas sentencias firmes del Tribunal Supremo, precisamente sobre los mismos hechos; (v) con un incidente concursal en tramitación indicado en la Nota 1, por el que se tramita una reclamación de 70 millones de euros frente a Banco Santander.
A la vista de todo lo anterior y siendo así la valoración de la prosperabilidad inferior al 50% y según la NIC 37, no se ha requerido ni en consecuencia establecido la constitución de provisión alguna.
La Sociedad, por su actividad, no tiene activos ni ha incurrido en gastos destinados a la minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente. Asimismo, no existen provisiones para riesgos y gastos ni contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio ambiente.
Con carácter general, los elementos objeto de una transacción con partes vinculadas se contabilizan en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realiza conforme con lo previsto en las correspondientes normas.
En los estados de flujos de efectivo se utilizan las siguientes expresiones en el sentido que figura a continuación:
Efectivo o equivalentes: el efectivo comprende tanto la caja como los depósitos bancarios a la vista. Los equivalentes al efectivo son instrumentos financieros, que forman parte de la gestión normal de la tesorería de la Sociedad, son convertibles en efectivo, tienen vencimientos iniciales no superiores a tres meses y están sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.
Flujos de efectivo: entradas y salidas de efectivo o de otros medios equivalentes, entendiendo por éstos las inversiones a plazo inferior a tres meses de gran liquidez y bajo riesgo de alteraciones en su valor.
Actividades de explotación: son las actividades que constituyen la principal fuente de ingresos ordinarios de la Sociedad, así como otras actividades que no puedan ser calificadas como de inversión o financiación.
Actividades de inversión: las de adquisición, enajenación o disposición por otros medios de activos a largo plazo y otras inversiones no incluidas en el efectivo y sus equivalentes.
Actividades de financiación: actividades que producen cambios en el tamaño y composición del patrimonio neto y de los pasivos de carácter financiero.
El detalle de activos financieros a largo plazo, salvo inversiones en el patrimonio de empresas del grupo y asociadas, que se muestran en la Nota 7, es el siguiente:
| Créditos y Otros | |||
|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | ||
| Préstamos y partidas a cobrar (Nota 5.2) | 300 | 8.900.300 |
El detalle de activos financieros a corto plazo es el siguiente:
| Créditos y Otros | ||||
|---|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | |||
| Efectivo y otros activos líquidos (Nota 5.1) | 129.954 | 373.850 | ||
| Préstamos y partidas a cobrar (Nota 5.2) | 11.735.767 | 1.588.201 | ||
| Activos disponibles para la venta(Nota 5.3) | 5.655.000 | - | ||
| Total | 17.520.721 | 1.962.051 |
El detalle de dichos activos a 31 de diciembre de 2015 y 2014 es como sigue:
| Saldo a 31/12/2015 |
Saldo a 31/12/2014 |
|
|---|---|---|
| Cuentas corrientes | 129.954 | 373.850 |
La composición de este epígrafe a 31 de diciembre de 2015 y 2014 es la siguiente:
| Saldo a 31/12/2015 |
Saldo a 31/12/2014 |
|||
|---|---|---|---|---|
| Largo Plazo | Corto Plazo | Largo Plazo | Corto Plazo | |
| Créditos por operaciones comerciales y otras cuentas a cobrar |
||||
| Clientes empresas del grupo y asociadas Deudores terceros |
- - |
2.674.185 112.813 |
- - |
1.418.743 120.689 |
| Total créditos por operaciones comerciales | - | 2.786.998 | - | 1.539.432 |
| Créditos por operaciones no comerciales | ||||
| A empresas del grupo Fianzas y depósitos |
- 300 |
8.900.000 48.769 |
8.900.000 300 |
- 48.769 |
| Total créditos por operaciones no comerciales | 300 | 8.948.769 | 8.900.300 | 48.769 |
| Total | 300 | 11.735.767 | 8.900.300 | 1.588.201 |
El detalle de los activos disponibles para la venta a valor razonable y a valor de coste a 31 de diciembre de 2015 y 2014, es el siguiente:
| 31/12/2014 | 31/12/2013 | |||
|---|---|---|---|---|
| Valor de Coste |
Valor Razonable |
Valor de Coste |
Valor Razonable |
|
| Instrumentos de patrimonio a largo plazo Valores no cotizados |
4.618.754 | - | 4.618.754 | - |
| Instrumentos de patrimonio a corto plazo Valores cotizados |
5.478.800 | 5.655.000 | - | - |
Durante el ejercicio 2015, y teniendo en cuenta las comunicaciones efectuadas a la participada Delforca 2008, S.A.U. y según todo lo referido en la Nota 2 de esta Memoria, se ha estimado que ante el inicio del ejercicio de sus derechos derivados del depósito irregular, corresponde la dotación de una provisión para registrar la obligación de devolución ante la posibilidad de la cancelación del depósito irregular con Delforca 2008, S.A.U.
La Sociedad aún no ha decidido ante una posible cancelación del depósito irregular, en función del contrato de préstamo participativo de fecha 29 de junio de 2009, como reintegraría dicho préstamo a su filial tras una posible cancelación de dicho depósito irregular con anterioridad a la cancelación del préstamo participativo. Así, y por principio de prudencia, ha dotado como provisión la cantidad correspondiente a la cotización al cierre del ejercicio 2015, tanto de los títulos correspondientes a BME, como los correspondientes a Colonial, que irá variando en función de las respectivas cotizaciones.
En el momento de la constitución del préstamo participativo, en junio de 2009, la obligación voluntariamente adquirida por Monesa fue de reequilibrar los fondos propios por el exacto y concreto importe de 8.900.000 euros, con una fórmula mixta de 3.296.000 euros en cantidad dineraria y, el resto, por el equivalente de 1.350.000 euros correspondientes a 10.000.000 de títulos de Inmobiliaria Colonial (hoy 100.000 tras el contraesplit) que cotizaban en aquel entonces a 0,135 por título y equivalente en cuanto a 4.254.000 euros a 200.000 títulos de BME a cotización de 21,27 euros de aquel momento.
En función de lo indicado, y habiendo recibido la participada Delforca los abonos correspondientes a todos los derechos económicos de las acciones, por elevados importes y desde la fecha de constitución del préstamo hasta el cierre del ejercicio, en cumplimiento del contrato (lo que ha supuesto un elevado beneficio y aportación), Monesa se reserva el derecho, por establecerse así en el contrato de proceder a la cancelación del depósito irregular (si se produjese con anterioridad a la cancelación del préstamo o por cualquier otra operación corporativa), mediante la entrega bien de la cantidad dineraria equivalente de 5.604.000 euros, bien mediante la entrega mixta de efectivo y títulos (a cotización de 29 de junio de 2009 referida expresamente en el contrato), hasta alcanzar esta última cantidad, o bien por la entrega exclusivamente del número de títulos correspondiente de ambos valores.
Por lo dicho, y siendo una situación no determinada aún a la fecha, la Compañía ha adoptado el criterio de provisionar el máximo coste que a fecha de cierre del ejercicio 2015 pudiera producirse, teniendo en cuenta que ese máximo coste para Monesa, debido a la volatilidad de los mercados, podría devenir en beneficio, si el valor de los títulos separado o en conjunto en el momento de cancelación del depósito irregular fuese inferior a la cotización del momento de suscripción del contrato de 2009.
El detalle y movimiento de los activos disponibles para la venta registrados a valor razonable, al 31 de diciembre de 2015, es el siguiente, en euros:
| 31/12/2014 | Altas por traspasos |
Altas por compras |
Bajas por ventas |
Variación del Valor Razonable imputado a Pérdidas y Ganancias |
Variación del Valor Razonable imputado a Patrimonio Neto |
31/12/2015 | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Acciones en sociedades cotizadas |
- | 5.478.800 | 9.112.106 | (6.980.557) | (1.164.001) | (791.348) | 5.655.000 |
Los valores no cotizados corresponden a diversas participaciones en diversas sociedades no cotizadas. El detalle y movimiento de las mismas al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es el siguiente:
| Participación | Saldo al 31/12/2015 |
Saldo al 31/12/2014 |
|
|---|---|---|---|
| Coste : | |||
| Baneasa Sol, S.L. | 10% | 2.740.000 | 2.740.000 |
| Parc Residencial Can Ratés,S.L. | 13% | 1.128.400 | 1.128.400 |
| Residencial Pla de Sant Joan, S.L. | 10% | 500.000 | 500.000 |
| Llano de Bureba, S.L. | 5% | 125.000 | 125.000 |
| Pinar de Navalilla, S.L. | 6% | 92.574 | 92.574 |
| MacArthur Patton & Asociados | 10% | 30.000 | 30.000 |
| Otras Inversiones | - | 2.780 | 2.780 |
| Total coste | 4.618.754 | 4.618.754 | |
| Provisión por deterioro: | |||
| Baneasa Sol, S.L. | (2.740.000) | (2.740.000) | |
| Parc Residencial Can Ratés,S.L. | (1.128.400) | (1.128.400) | |
| Residencial Pla de Sant Joan, S.L. | (500.000) | (500.000) | |
| Llano de Bureba, S.L. | (125.000) | (125.000) | |
| Pinar de Navalilla, S.L. | (92.574) | (92.574) | |
| MacArthur Patton & Asociados | (30.000) | (30.000) | |
| Otras Inversiones | (2.780) | (2.780) | |
| Total provisión | (4.618.754) | (4.618.754) | |
| Valor Neto Contable | - | - |
No se han reclasificado activos financieros entre categorías durante los ejercicios 2015 y 2014.
Al cierre del ejercicio, y al igual que al cierre del ejercicio anterior, todos los activos financieros de la Sociedad tienen vencimientos inferiores a 1 año.
El detalle de pasivos financieros a corto plazo, es el siguiente:
| Deudas Financieras | Otros | Total | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | 31/12/2015 | 31/12/2014 | 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| Débitos y partidas a pagar (Nota 6.1) |
1.091.525 | 729.525 | 8.488 | 8.035 | 1.100.013 | 737.560 |
Su detalle a 31 de diciembre de 2015 y 2014 se indica a continuación, euros:
| Saldo al 31/12/2015 Corto Plazo |
Saldo al 31/12/2014 Corto Plazo |
|
|---|---|---|
| Por operaciones comerciales: | ||
| Acreedores | 8.488 | 8.035 |
| Total saldos por operaciones comerciales | 8.488 | 8.035 |
| Por operaciones no comerciales: | ||
| Deuda financiera con partes vinculadas (Nota 14) | 1.091.525 | 729.525 |
| Préstamos y otras deudas | 1.091.525 | 729.525 |
| Total Débitos y partidas a pagar | 1.100.013 | 737.560 |
Al cierre del ejercicio, y al igual que al cierre del ejercicio anterior, todos los pasivos financieros de la Sociedad tienen vencimientos inferiores a un año.
Las participaciones mantenidas al 31 de diciembre de 2015 en Empresas del Grupo y Asociadas correspondían, en euros, a:
| Sociedad | % Part. Directa |
% Part Indirecta |
Coste | Deterioros | Valor Neto a 31/12/2015 |
VTC de la Participación |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Empresas del Grupo Delforca 2008,S.A.U |
100,00% | - | 12.620.280 | - | 12.620.280 | 15.645.891 |
| Empresas Asociadas GVC Gaesco Holding, S.L. |
5,52% | 17,66% | 4.500.000 | (2.523.763) | 1.976.237 | 4.422.266 |
| 17.120.280 | (2.523.763) | 14.596.517 | 20.068.157 |
Las participaciones mantenidas al 31 de diciembre de 2014 en Empresas del Grupo y Asociadas correspondían, en euros, a:
| Sociedad | % Part. Directa |
% Part Indirecta |
Coste | Deterioros | Valor Neto a 31/12/2014 |
VTC de la Participación |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Empresas del Grupo Delforca 2008, S.A.U. |
100,00% | - | 12.620.280 | - | 12.620.280 | 17.739.628 |
| Empresas Asociadas GVC Gaesco Holding, S.L. |
5,52% | 17,66% | 4.500.000 | (2.523.763) | 1.976.237 | 4.343.947 |
| 17.120.280 | (2.523.763) | 14.596.517 | 19.989.838 |
El resumen de los fondos propios según sus Cuentas Anuales a 31 de diciembre de 2015 era el que se muestra a continuación, en euros:
| Sociedad | Fecha de Balance |
Capital Social |
Prima de Emisión |
Reservas | Resultados de Ejercicios Anteriores |
Resultado del Ejercicio |
Total Patrimonio Neto |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Empresas del Grupo: Delforca 2008, S.A.U. |
31/12/2015 | 11.800.000 | - | 10.909.924 | (4.970.295) | (2.093.738) | 15.645.891 |
| Empresas Asociadas: GVC Gaesco Holding, S.L.(*) |
31/12/2014 | 8.151.807 | 72.953.799 | (2.622.513) | - | 211.607 | 78.694.700 |
(*) La Sociedad no dispone de las Cuentas Anuales formuladas del ejercicio 2015.
El resumen de los fondos propios según sus Cuentas Anuales a 31 de diciembre de 2014 era el que se muestra a continuación, en euros:
| Sociedad | Fecha de Balance |
Capital Social |
Prima de Emisión |
Reservas | Resultados de Ejercicios Anteriores |
Ajustes por Valoración |
Resultado del Ejercicio |
Total Patrimonio Neto |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Empresas del Grupo: Delforca, S.A. |
31/12/2014 | 11.800.000 | - | 10.909.924 | (3.801.980) | - | (1.168.315) | 17.739.628 |
| Empresas Asociadas: GVC Gaesco Holding, S.L. |
31/12/2014 | 8.151.807 | - | 72.953.799 | (2.622.513) | - | 211.607 | 78.694.700 |
La Sociedad tiene concedido, desde 31 de diciembre de 2009, un préstamo participativo a su filial Delforca 2008, S.A.U. por importe de 8.900.000 euros.
Su actividad principal consiste en el alquiler del inmueble de su propiedad, a consecuencia de la baja como empresas de servicios de inversión. Su domicilio social se encuentra situado en es Avenida Pau Casals, 22, 3ª de Barcelona.
Su actividad principal consiste en la adquisición, tenencia, administración y enajenación de toda clase de valores mobiliarios y a la actividad de intermediación en operaciones de valores mobiliarios y otros activos. Su domicilio social se encuentra situado en Calle Doctor Ferran 3-5, de Barcelona.
Las participaciones se encuentran formalmente pignoradas aún, pero la Sociedad entiende que no se dan ya después del tiempo transcurrido las contingencias por las cuales dichas participaciones fueron dadas en garantía.
La gestión del riesgo está controlada por la Unidad de Control de la Sociedad con arreglo a políticas aprobadas por el Consejo de Administración. Esta Unidad identifica, evalúa y cubre los riesgos financieros en estrecha colaboración con el departamento administrativo de la Sociedad. El Consejo proporciona políticas escritas para la gestión del riesgo global, así como para materias concretas tales como riesgo de tipo de interés, riesgo de liquidez e inversión del excedente de liquidez.
El riesgo de mercado se deriva fundamentalmente de las inversiones mantenidas en sociedades cotizadas y no cotizadas clasificadas como disponibles para la venta. El riesgo es en la actualidad prácticamente inexistente, al encontrarse dichas sociedades totalmente provisionadas.
En las presentes circunstancias, el riesgo de crédito se halla totalmente provisionado.
La Sociedad no se encuentra expuesta significativamente al riesgo de liquidez, debido al mantenimiento de suficiente efectivo para afrontar las salidas necesarias en sus operaciones habituales.
La clasificación de los activos y pasivos financieros por plazos de vencimiento contractuales se muestra en la presente Memoria.
Como la Sociedad no posee activos remunerados importantes, los ingresos y los flujos de efectivo de las actividades de explotación de la Sociedad son en su mayoría independientes respecto de las variaciones en los tipos de interés de mercado.
Al 31 de diciembre de 2015, así como al 31 de diciembre de 2014, el capital social está representado por 2.850.000 acciones, mediante anotaciones en cuenta, de 3,01 euros nominales cada una, totalmente suscritas y desembolsadas. Estas acciones gozan de iguales derechos políticos y económicos, y se encuentran admitidas a cotización en la Bolsa de Valores de Barcelona.
La cotización a 31 de diciembre de 2015 era de 4,32 euros. La cotización a fecha de formulación es de 4,32 euros.
La composición del accionariado de la Sociedad al 31 de diciembre de 2015 es como sigue:
| Nº | % | ||
|---|---|---|---|
| Participaciones | Miles de Euros | Participación | |
| Rade 2000, S.L. | 655.175 | 1.972 | 22,99% |
| Inversiones Guinart 2001, S.L. | 475.500 | 1.431 | 16,68% |
| Caixabank | 425.480 | 1.281 | 14,93% |
| Hacve Assets, S.L. | 314.597 | 947 | 11,04% |
| General de Valores y Cambios, S.A. Rose Grey, S.L. |
199.500 174.300 |
600 525 |
7,00% 6,13% |
| Cartera de Inversiones C.M., S.A. | 142.500 | 429 | 5,00% |
| Otros | 462.948 | 1.393 | 16,23% |
| 2.850.000 | 8.578 | 100% |
La composición del accionariado de la Sociedad al 31 de diciembre de 2014 es como sigue:
| Nº | % | ||
|---|---|---|---|
| Participaciones | Miles de Euros | Participación | |
| Rade 2000, S.L. | 655.175 | 1.972 | 22,99% |
| Inversiones Guinart 2001, S.L. | 475.500 | 1.431 | 16,68% |
| Caixabank | 425.480 | 1.281 | 14,93% |
| Hacve Assets, S.L. | 314.597 | 947 | 11,04% |
| General de Valores y Cambios, S.A. | 199.500 | 600 | 7,00% |
| Rose Red, S.L. | 174.300 | 525 | 6,13% |
| Cartera de Inversiones C.M., S.A. | 142.500 | 429 | 5,00% |
| Otros | 462.948 | 1.393 | 16,23% |
| 2.850.000 | 8.578 | 100% |
El detalle de las Reservas es el siguiente:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Reserva legal Reservas voluntarias |
1.715.700 22.904.342 |
1.715.700 22.904.342 |
| Total | 24.620.042 | 24.620.042 |
La Reserva Legal es restringida en cuanto a su uso, el cual se halla determinado por diversas disposiciones legales. De conformidad con la Ley de Sociedades de Capital, están obligadas a dotarla las sociedades mercantiles que, bajo dicha forma jurídica, obtengan beneficios, con un 10% de los mismos, hasta que el fondo de reserva constituido alcance la quinta parte del capital social suscrito. Los destinos de la reserva legal son la compensación de pérdidas o la ampliación de capital por la parte que exceda del 10% del capital ya aumentado, así como su distribución a los Accionistas en caso de liquidación. Al 31 de diciembre de 2015, la Reserva Legal estaba dotada en su totalidad.
Al 31 de diciembre de 2015 y de 2014, la Sociedad posee 223 acciones, que representan un 0,01% del Capital Social.
El detalle de los saldos mantenidos con las Administraciones Públicas al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es el siguiente, en euros:
| 31/12/2014 | ||||
|---|---|---|---|---|
| A Cobrar | 31/12/2015 A Pagar |
A Cobrar | A Pagar | |
| No corriente: Activos por impuestos diferidos |
1.023.591 | - | 1.181.961 | - |
| 1.023.591 | - | 1.181.961 | - | |
| Corriente: | ||||
| Impuesto sobre el Valor Añadido | 15.040 | - | 18.624 | - |
| Devolución de Impuestos | 106.601 | - | 70.720 | - |
| Retenciones por IRPF | - | 10.179 | - | 18.221 |
| 121.641 | 10.179 | 89.344 | 18.221 | |
Al 31 de diciembre de 2015, la Sociedad tiene abiertos a inspección fiscal todos los impuestos a los que está sujeta desde el ejercicio 2011 hasta el ejercicio 2015. En consecuencia, con motivo de eventuales inspecciones, podrían surgir pasivos adicionales a los registrados por la Sociedad. No obstante, los Administradores de la misma consideran que dichos pasivos, en caso de producirse, no serían significativos sobre las Cuentas Anuales tomadas en su conjunto.
La conciliación entre el resultado del ejercicio 2015 y 2014 con la base imponible del impuesto sobre beneficios es la siguiente:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Resultado contable antes de impuesto sobre Beneficios | 850.242 | (548.845) |
| Compensación Bases Imponibles Negativas | (850.242) | - |
Los cálculos efectuados en relación con el impuesto sobre beneficios a pagar, son los siguientes, en euros:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Cuota al 28 % sobre la Base Imponible | - | - |
| Cuota líquida | - | - |
| Retenciones y pagos a cuenta | 106.601 | 70.720 |
| Cuota a Cobrar | 106.601 | 70.720 |
La Ley 27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, estableció, entre otros aspectos, la reducción del tipo de gravamen general del Impuesto sobre Sociedades, que hasta 31 de diciembre de 2014 se situaba en el 30%, queda establecido al 28% en el ejercicio 2015 y al 25% para el ejercicio 2016 y siguientes.
El movimiento de los impuestos diferidos en el ejercicio 2015, se detalla a continuación, en euros:
| Saldo al 31/12/2014 |
Aplicados | Otros Movimientos | Imputados a Patrimonio Neto Generados |
Saldo al 31/12/2015 |
|
|---|---|---|---|---|---|
| Impuestos diferidos activos | 1.181.961 | (229.068) | (126.639) | 197.337 | 1.023.591 |
El movimiento de los impuestos diferidos en el ejercicio 2014, se detalla a continuación, en euros:
| Saldo al 31/12/2013 |
Generados | Aplicados | Saldo al 31/12/2014 |
|
|---|---|---|---|---|
| Impuestos diferidos activos | 1.266.387 | - | (84.426) | 1.181.961 |
El detalle de las bases imponibles negativas pendientes de compensar en futuros ejercicios, antes de la presentación de la liquidación del impuesto sobre sociedades del ejercicio 2015, es el siguiente:
| Año de Origen |
Euros |
|---|---|
| 2008 | 1.823.289 |
| 2009 | 25.206 |
| 2010 | 1.344.454 |
| 2011 | 822.571 |
| 2012 | 3.854.611 |
| 2013 | 2.722.699 |
| 2014 | 548.845 |
La Sociedad no ha tenido cargas sociales, ni en el ejercicio 2015, ni en el anterior.
La composición de este epígrafe de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias adjunta es la siguiente:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Ingresos: | ||
| Otros ingresos de valores negociables y otros instrumentos | ||
| financieros de terceros (Nota 5.3) | 2.479.638 | - |
| Otros ingresos financieros | 8.617 | 7.736 |
| Total ingresos | 2.488.255 | 7.736 |
| Gastos: | ||
| Otros gastos financieros | - | (483) |
| Total gastos | - | (483) |
| Variación de valor razonable | ||
| en instrumentos financieros (Nota 5.3) | (1.164.001) | - |
| Resultados | 1.324.254 | 7.253 |
La Sociedad ha contabilizado una provisión a corto plazo por importe de 6.276.800 euros. Dicha provisión se ha constituido como importe máximo (a valores de cotización de BME e IC al cierre del ejercicio) para el caso de cancelación del depósito irregular con anterioridad a la resolución del préstamo y según se ha indicado ampliamente en la Nota 5.3
La Sociedad no tiene activos de importancia ni ha incurrido en gastos relevantes destinados a la minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente.
Asimismo, no existen provisiones para riesgos y gastos ni contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio ambiente.
Los hechos posteriores al cierre del ejercicio se encuentran descritos en la Nota 1 dado el carácter de información completa, continuada e histórica que en ella se contiene. A la fecha de la formulación de estas cuentas anuales no se han producido otros acontecimientos significativos a los comentados en esta Memoria, que afectando a las mismas, no se hubiera incluido en ellas, o cuyo conocimiento pudiera resultar útil a un usuario de las mismas.
El detalle de los saldos mantenidos con partes vinculadas al 31 de diciembre de 2015 y 2014 se indica a continuación, en euros:
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| A Cobrar | A Pagar | A Cobrar | A Pagar | ||
| Préstamo participativo | |||||
| Empresas del Grupo | |||||
| Delforca 2008, S.A.U. | 8.900.000 | - | 8.900.000 | - | |
| Créditos a corto plazo | |||||
| Empresas del Grupo | |||||
| Delforca 2008, S.A.U. | 2.674.185 | 1.091.525 | 1.418.743 | 729.525 | |
| Total Empresas del Grupo y Asociadas | 2.674.185 | 1.091.525 | 10.318.743 | 729.525 |
El crédito con empresas del Grupo (préstamo participativo), por importe de 8,9 millones euros, se ha clasificado como activo a corto plazo, si bien dependerá del levantamiento del concurso de Delforca 2008, S.A.U. y su evolución .
Al mantener Mobiliaria Monesa, S.A. la titularidad formal de las acciones puestas a disposición de Delforca 2008, S.A.U. (200.000 títulos de BME y 100.000 títulos de Colonial, tras el contrasplit acordado por la sociedad emisora) , lo que supuso desde la constitución del préstamo, la constitución de un depósito irregular que no se ha ejercitado hasta 2015, y al no haber sido solicitada su disponibilidad ni haberse así acordado y ello desde la constitución del préstamo participativo, por no haber existido necesidades de liquidez. Si se requiriera la cancelación del depósito irregular, Mobiliaria Monesa y según previsiones contractuales, podrá efectuar tal cancelación bien mediante la entrega del número de títulos referidos, de forma conjunta o separada, o bien mediante el contravalor correspondiente al 29 de junio de 2009, de las acciones BME y las acciones de Inmobiliaria Colonial, o bien mediante la entrega de títulos y/o contravalor correspondiente.
Se comunicó ya en 2014 por parte de Mobiliaria Monesa, S.A. a Delforca 2008, S.A.U. que se hará lo necesario para que la misma tome la decisión, porque así le corresponde y se encuentra previsto expresamente en el contrato de préstamo participativo, de que se proceda a la devolución efectiva de dicho préstamo subordinado, mediante la entrega de la cantidad dineraria de 3.296.000 euros y la entrega, mediante el sistema de compensación de obligaciones, de las acciones de las entidades cotizadas Bolsas y Mercados Españoles, S.A. (200.000) e Inmobiliaria Colonial, S.A. (100.000), todo ello sometido a la condición suspensiva de aprobación del convenio y, en su caso, del pago a la totalidad de los acreedores reconocidos en dicho procedimiento de sus respectivos créditos, siempre que tal resolución, como se encontraba previsto, se produjese con anterioridad a la cancelación del depósito irregular.
Pudiendo producirse la eventualidad que así no fuera y hubiera que cancelarse el depósito irregular con anterioridad a la resolución del préstamo, MONESA se reserva la facultad contractual de cancelar dicho depósito irregular de la forma ampliamente referida en la Nota 5.3.
Las principales transacciones realizadas durante el ejercicio 2015 con empresas del Grupo y asociadas han sido las siguientes:
| Servicios Prestados | |
|---|---|
| Delforca 2008, S.A.U. | 244.595 |
Las principales transacciones realizadas durante el ejercicio 2014 con empresas del Grupo y asociadas fueron las siguientes:
| Servicios Prestados | |
|---|---|
| Delforca 2008, S.A.U. | 268.255 |
Monesa al igual que en ejercicios anteriores, no ha tenido actividad propia, habiendo dedicado prácticamente la totalidad de sus recursos a dar soporte cualitativo y cuantitativo a su filial que se encuentra en concurso desde 3 de agosto de 2012. De ahí que la totalidad de los gastos de administración y gestión de Delforca a todos los niveles, haya sido soportada por su Compañía matriz, dado su carácter de holding y la complejidad operativa derivada de la situación concursal que rompió con la unidad de gestión.
Fruto de esta actividad y con un criterio muy conservador, se han emitido facturas, por el concepto referido por los siguientes importes y ejercicios:
Número 1/2013, de 1 de abril de 2013 por importe (IVA incluido) de 149.853,82 euros.
Número 2/2013, de 1 de julio de 2013 por importe (IVA incluido) de 302.467,71 euros.
Número 3/2013, de 31 de diciembre de 2013 por importe (IVA incluido) de 437.061,66 euros.
Estos importes corresponden al 80% de la totalidad de gastos incurridos por Monesa, establecido con anterioridad a la declaración del concurso, momento en que Monesa todavía desplegaba algún tipo de actividad en su propio y exclusivo interés.
Así, y por todo lo anterior, incluidos facturas de terceros por todos los conceptos e incluyendo facturación correspondiente de gastos de administración Monesa ha liquidado pagos por cuenta indispensables en interés de Delforca por importe de 2.673.799,83 euros.
La Sociedad, en el Consejo de Administración a fecha de formulación, y en función de todo lo referido, ha acordado la compensación entre los cargos y abonos efectuados en cuenta entre las dos Compañías, por lo que resultando al cierre un saldo a favor de Monesa de todo lo indicado de 2.673.799,83 euros y un saldo a favor de Delforca de 1.091.524,71 euros, sigue arrojando a favor de la matriz 1.582.275,12 euros.
Dicho acuerdo fue previa y debidamente comunicado a Delforca.
La Sociedad no ha llevado a cabo durante el ejercicio 2015, ni durante el ejercicio 2014, ninguna operación relevante con accionistas significativos.
Durante el ejercicio 2015, los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad han percibido 217 miles de euros, 113 miles de euros en concepto de dietas por asistencia al Consejo y 104 miles de euros en concepto de remuneración de los servicios prestados derivados del ejercicio de su cargo (283 miles de euros, 166 miles de euros en concepto de dietas por asistencia al Consejo y 117 miles de euros en concepto de remuneración de los servicios prestados derivados del ejercicio de su cargo en el mismo período terminado en el ejercicio 2014).
No existen créditos o anticipos concedidos, no están contraídas obligaciones en materia de pensiones y de seguros de vida con el conjunto de los miembros, antiguos y actuales, del Consejo de Administración.
Los Administradores no han informado de ninguna situación de conflicto, directo o indirecto, que pudieran tener con la Sociedad, tal y como establece el artículo 229.3 de la Ley de Sociedades de Capital.
Las participaciones de los miembros del Consejo de Administración en el capital social de la Sociedad, se detallan en la Nota 9.
Al 31 de diciembre de 2015, la Sociedad no cuenta con empleados propios; si bien tiene externalizado en una compañía de servicios los procesos de elaboración de la información financiera.
El importe de los honorarios devengados por los servicios de auditoría de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2015 ha ascendido a 8.450 euros (8.450 euros en el ejercicio anterior) y no se han devengado honorarios por otros servicios prestados.
Conforme a lo indicado en la disposición adicional tercera, "Deber de información" de la Ley 15/2010, de 5 de julio (modificada por la Ley 31/2014), que modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y con respecto a la Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con dicha Ley, la información es la siguiente:
| Ejercicio 2015 Días |
|
|---|---|
| Periodo medio de pago a proveedores(*) | 30 |
| Ratio de operaciones pagadas | 30 |
| Ratio de operaciones pendientes de pago | 30 |
| Euros | |
| Total pagos realizados | 233.080 |
| Total pagos pendientes(*) | 1.091.525 |
Las cuentas anuales del ejercicio 2015, según la resolución mencionada anteriormente, no presentan información comparativa con el ejercicio anterior relacionada con este nuevo requisito.
(*) Los pasivos corrientes generados en el ejercicio se han pagado dentro del plazo máximo legal. La Sociedad tiene registradas deudas con sociedades del Grupo, que tal como se indica en la Nota 15.2 se ha acordado la compensación.
Mobiliaria Monesa, S.A., es la sociedad dominante de un grupo con una sociedad dependiente (Delforca 2008, S.A.U.) que constituyen el Grupo Mobiliaria Monesa.
La actividad más destacada en el ejercicio finalizado a 31 de diciembre de 2015 ha sido:
Respecto a los procedimientos judiciales en los que el GRUPO se halla incurso y a modo de resumen, cabe destacar los siguientes hechos acontecidos a lo largo del ejercicio 2015, con concreta incidencia en su segundo semestre.
"ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de resolución de la relación jurídica obligacional entre DELFORCA 2008, S.A. y el CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de resolución del convenio arbitral entre DELFORCA 2008, S.A. y BANCO SANTANDER, S.A. integrado en el Contrato Marco de Operaciones Financieras suscrito en 1998, declarando expresamente la resolución de dichos contratos, por incumplimientos graves del CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de BANCO SANTANDER, S.A. y en interés del concurso, todo ello al amparo de los Artículos 61 y 62 de la Ley Concursal, no derivándose consecuencias económicas para el concurso como consecuencia de dichas resoluciones, todo ello sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas procesales del presente incidente".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión estrictamente de orden procesal, al entender que la resolución apelada del Juzgado de lo Mercantil no podía dictarse al amparo del artículo 62 de la Ley Concursal y sin entrar a valorar las causas de resolución acordadas por el citado Juzgado de lo Mercantil, que en cualquier caso, sigue manteniendo todo su valor "obiter dicta". Además, la sentencia de Sala no entra a valorar los efectos de la extinción del Consejo Superior de Cámaras, por considerar que es un hecho posterior a la sustanciación del incidente. Del mismo modo, no valora la inarbitrabilidad de la controversia por tratarse, entre otros extremos, de una cuestión de orden público, tras la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20 de abril de 2015 (Vid. III, apartado 1.), que obligó a la CNMV a investigar la ilícita actuación de Banco Santander en el gestión y liquidación de los Total Return Swaps sobre Inmobiliaria Colonial. Finalmente, señalar que la Sala, en sus fundamentos, rechazan las excepciones de Banco Santander sobre falta de competencia, señalándose claramente que la resolución de las relaciones obligacionales con la institución arbitral, queda fuera de cualquier convenio arbitral. A la vista de tales pronunciamientos, el Grupo ha adoptado la decisión de proceder a interponer el correspondiente Recurso de Casación, que está siendo preparado por los servicios jurídicos. No obstante indicar que a la fecha y desde su notificación la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
c) Incidente promovido por Banco Santander en solicitud de reconocimiento de un crédito ordinario contingente sin cuantía propia. La sentencia fue dictada en fecha 17 de febrero de 2015, siendo los términos del fallo:
"FALLO: DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de impugnación de la Lista de Acreedores contenida en el Informe de la administración concursal formulada por BANCO SANTANDER, S.A., debiendo mantenerse en el informe la exclusión del crédito de la demandante, declarando, además, que dicho crédito no existe, al haberse producido un incumplimiento total y grave por parte de BANCO SANTANDER, S.A. de los términos y condiciones de los Total Return Swaps suscritos con DELFORCA 2008, S.A.U., de acuerdo con todo lo expuesto en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución, …".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión también estrictamente de orden procesal, viniendo a considerar a Banco Santander, a efectos del concurso, como un acreedor contingente sin cuantía; ello a tenor de la interpretación amplia que la Sala realiza del conflicto que viene arrastrándose desde hace cerca de nueve años y en la que se entiende que el segundo arbitraje que viene intentando entablar Banco Santander sobre el fondo de la cuestión, se encontraba, en todo caso, simplemente suspendido. Al igual que en el incidente anterior, el Grupo interpondrá el correspondiente Recurso de Casación, para lo cual ya ha instruido a sus servicios jurídicos. Asimismo y como también se ha indicado en dicho anterior incidente concursal, y por tratarse de una resolución de carácter estrictamente procesal, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, mantiene respeto a la reclamación de Banco Santander todo su valor sobre el fondo de la controversia "obiter dicta"; lo que ha venido a suponer un reconocimiento de la carencia de derecho alguno, más allá de los procesales, de Banco Santander frente al Grupo. Asimismo, a la fecha y desde su notificación, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
d) Incidente promovido por Banco Santander en solicitud de terminación anticipada del concurso por pretendida desaparición del estado de insolvencia de DELFORCA 2008, S.A.U. La sentencia fue dictada en fecha 30 de junio de 2014, resolviendo su total desestimación, por entenderse que con independencia de que la DELFORCA 2008, S.A.U. había superado su situación de insolvencia por la revocación, por el Juzgado del Concurso, de la medida cautelar operada con carácter previo al concurso en 2012 y el desistimiento expreso sobre esa medida cautelar que efectuó Banco Santander con anterioridad a solicitar el levantamiento del Concurso, intentando así evitar los pronunciamientos del Juzgado Mercantil. En la revocación, el Juzgado entendió que no se daban los requisitos para proceder al levantamiento del mismo, ya que a lo más, como así ha sido determinado por la Audiencia en otra resolución, habría que estarse a la espera de resolver, bajo el punto de vista estrictamente procesal-concursal, que no contable, si existía una contingencia en sentido amplio, con independencia de su prosperabilidad, derivada de la reclamación de Banco Santander. Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral, se está a la espera de que por la Audiencia Provincial de Barcelona se dicte sentencia, después de haberse fijado como fecha de votación y fallo el día 16 de marzo de 2016, a la fecha de formulación de estas cuentas anuales se está a la espera de la resolución de la Audiencia Provincial. No obstante a la fecha y desde su notificación, la sentencia ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
Aunque no son procedimiento del concurso, indicar que el resto de asuntos judiciales que el GRUPO mantiene o ha venido manteniendo con el Grupo GVC: (i) bien finalizaron durante el ejercicio 2015 o (ii) bien se encuentran suspendidos: (a) juicio ordinario para declarar que la Sociedad no ha incumplido la obligación de pago del denominado "Ajuste de Precio por Pérdida de Negocio de CAHISPA" en los términos ordenados por el laudo arbitral citado anteriormente, (b) juicio ordinario, en solicitud de cese de sus cargos de ciertos miembros del Consejo de Administración de la entidad GVC GAESCO HOLDING, S.L. y (c) juicio ordinario en ejercicio de la acción de impugnación de los acuerdos sociales adoptados en la Junta General de fecha 19 de diciembre de 2013 de la entidad GVC GAESCO HOLDING, S.L.
h) Procedimiento de denuncia administrativa contra Banco Santander e Inmobiliaria Colonial. MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. interpusieron en 2009 denuncia ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores contra Banco Santander por una serie de actuaciones realizadas por la misma en relación a la gestión de los Total Return Swaps sobre subyacente de Inmobiliaria Colonial suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U constitutivas de malas prácticas y de abuso de mercado (artículos 81 y 83ter de la Ley del Mercado de Valores) y que se concretaban entre otras en: (a) utilización de información privilegiada, (b) realización de prácticas que falseaban la libre formación de los precios y (c) conflicto de intereses. Tras ocultarse información a la CNMV por parte de Banco Santander ésta se archivó en sede administrativa y posteriormente se confirmó dicho archivo en sede contencioso administrativa por falta de interés legítimo de los denunciantes. Interpuesto el correspondiente recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en fecha 20 de abril de 2015, se dictó sentencia (Hecho Relevante de 12/05/15, número 222874), por la cual en su fallo, el Tribunal Supremo resolvió:
a) Haber lugar al Recurso de Casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que queda anulada y sin efecto.
b) Rechazar las causas de inadmisibilidad planteadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, estimando en lo sustancial el Recurso Contencioso Administrativo y anulando las resoluciones dictadas por el Regulador y su Comité Ejecutivo.
c) Ordenar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores que retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la decisión de archivo y que reanude su tramitación, dando audiencia a MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U., recabando la información, practicando las pruebas que se consideren necesarias y resolviendo lo que proceda de forma motivada.
Por parte de MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y previo plazo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para alegaciones, se interesó (junio de 2015) un escrito de ampliación de la denuncia inicial, en la que y entre otras cuestiones, se solicitaba la admisión de las pruebas documentales aportadas y la incoación, sin más demora, de un expediente sancionador contra Banco Santander en los términos de la denuncia inicial de 2009. A la fecha se sigue a la espera de las resoluciones y actuaciones del Regulador.
Con igual sentido y tras los mismos trámites en fecha 16 de marzo de 2016, se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo en el correspondiente procedimiento frente al archivo de la denuncia frente a Inmobiliaria Colonial, por la que también se estima totalmente el Recurso de Casación interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y ordenando en su fallo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores reanudar la tramitación del expediente sancionador en similares términos a los indicados respecto a Banco Santander (Hecho Relevante de 30/03/16, número 236777).
De todos los hechos procesales relacionados supra, se ha informado convenientemente al Mercado y al Regulador según es de ver de la relación de Hechos Relevante que al final del presente Informe de Gestión se acompaña.
La actividad más destacada de la Sociedad en el ejercicio terminado en 31 de diciembre de 2015 ha sido:
El patrimonio neto de la Sociedad ha variado respecto del patrimonio neto a 31 de diciembre de 2014 por la incorporación de los beneficios al 31 de diciembre de 2015, que ascienden a 494 miles euros (pérdidas de 633 mil euros a la misma fecha de 2014) y la incorporación de ajustes por cambios de valor negativos de 592 miles de euros.
Monesa al igual que en ejercicios anteriores, no ha tenido actividad propia, habiendo dedicado prácticamente la totalidad de sus recursos a dar soporte cualitativo y cuantitativo a su filial que se encuentra en concurso desde 3 de agosto de 2012. De ahí que la totalidad de los gastos de administración y gestión de Delforca a todos los niveles, haya sido soportada por su Compañía matriz, dado su carácter de holding y la complejidad operativa derivada de la situación concursal que rompió con la unidad de gestión.
Fruto de esta actividad y con un criterio muy conservador, se han emitido facturas, por el concepto referido (Vid Nota 14.2 de la memoria).
Estos importes corresponden al 80% de la totalidad de gastos incurridos por Monesa, establecido con anterioridad a la declaración del concurso, momento en que Monesa todavía desplegaba algún tipo de actividad en su propio y exclusivo interés.
Hasta el cierre del ejercicio 2015, por todos estos conceptos, Monesa ha liquidado pagos indispensables por cuenta y en interés de Delforca por importe de 2.673.799,83 euros.
El Consejo de Administración de la Sociedad iniciado con fecha 29 de marzo de 2016, y en función de todo lo referido, ha acordado la compensación entre los cargos y abonos efectuados en cuenta entre las dos Compañías, por lo que resultando al cierre un saldo a favor de Monesa de todo lo indicado de 2.673.799,83 euros y un saldo a favor de Delforca de 1.091.524,71 euros, sigue arrojando a favor de la matriz 1.582.275,12 euros. Dicho acuerdo fue previa y debidamente comunicado a Delforca.
A la fecha no se prevé riesgo alguno, manteniéndose la incertidumbre de en qué momento del ejercicio 2016 se celebrará la Junta de Acreedores de la participada..
Para el GRUPO y en consecuencia para MOBILIARIA MONESA, S.A., con posterioridad al 31 de diciembre de 2015, el hecho fundamental ha sido la resolución de los distintos incidentes concursales de DELFORCA 2008, S.A.U. por la Audiencia Provincial de Barcelona, explicitados en la Nota 1. Asimismo, destacar que la Audiencia Provincial ha resuelto que deben continuarse la tramitación de los incidentes concursales de reclamación contra Banco Santander por parte de DELFORCA 2008, y MOBILIARIA MONESA, S.A. de 56 millones euros (más 14 millones de euros de intereses) por las ilícitas compensaciones realizadas sobre las garantías depositadas para la operativa de los Total Return Swaps (sobre el subyacente de acciones de Inmobiliaria Colonial, S.A.) suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U. en nombre y por cuenta de sus clientes.
Durante el ejercicio 2016, MOBILIARIA MONESA, S.A. prevé:
HR 222874 de fecha 12/05/2015, de comunicación al Mercado y a la CNMV conforme se ha notificado a MOBILIARIA MONESA, S.A. y a su participada DELFORCA 2008, S.A.U., sentencia dictada el 20 de abril de 2015 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
HR 223063 de fecha 15/05/2015, Información sobre resultados correspondientes al primer trimestre de 2015.
Durante el ejercicio 2015 la Sociedad no ha realizado operaciones con acciones propias, manteniéndose su saldo desde el cierre del ejercicio 2014.
* * * * * * * * * * * *
En cumplimiento de la normativa mercantil vigente, el Consejo de Administración de MOBILIARIA MONESA, S.A. formula las Cuentas Anuales e Informe de Gestión correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2015 que se componen de las adjuntas hojas número 1 a 39.
Barcelona, 28 de abril de 2016 El Consejo de Administración
_______________________________ _______________________________
_______________________________ _______________________________
_______________________________ _______________________________
D. Francisco de Paula Guinart Villaret en representación de Inversiones Guinart 2001, S.L. Presidente
D. Miquel Trapé Viladomat Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Joan Ernest Cella Raymond D. Albert Guinart Royo Vocal Vocal
D. Carlos Ferrán Calderó D. Enrique Viola Tarragona Vocal Vocal
D. Pere Palay Artigas en representación de Rade 2000, S.L. Vocal
D. Daniel Guilló Vivé en representación de Rose Grey, S.L. Vocal
Los miembros del Consejo de Administración de MOBILIARIA MONESA, S.A., declaran que, hasta donde alcanza su conocimiento las cuentas anuales, individuales y del grupo consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, han sido elaboradas con arreglo a los principios de contabilidad aplicables, ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad y de las compañías comprendidas en la consolidación tomadas en su conjunto; y que el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados empresariales y de la posición de MOBILIARIA MONESA, S.A. y de las sociedades comprendidas en el perímetro de consolidación tomadas en su conjunto, junto con la descripción de los principales riesgos e incertidumbres a que se enfrentan.
Y para que así conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración.
____________________________ ____________________________
____________________________ ____________________________
En Barcelona, a 28 de abril de 2016.
INVERSIONES GUINART 2001, S.L. RADE 2000, S.L. p.p. F. de Paula Guinart Villaret p.p. Pere Palay Artigas PRESIDENTE VOCAL
____________________________ ____________________________
____________________________ ____________________________ Enrique Viola Tarragona Miquel Trapé Viladomat VOCAL VOCAL
VOCAL VOCAL
Albert Guinart Royo Juan Ernesto Cella Raymond (*)
Carlos Ferran Calderó ROSE RED, S.L.
VOCAL p.p. Daniel Guilló Vivé VOCAL
(*) Los Consejeros Don Juan Ernest Cella Raymond y Don Miquel Trapé Viladomat, no suscriben el presente documento por no asistir a la sesión del Consejo de Administración, sin haber presentado oposición alguna al contenido del mismo.
Modelo Oficial de Balance Modelo Oficial de Cuenta de Pérdidas y Ganancias Modelo Oficial de Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Modelo Oficial de Estado de Flujos de Efectivo
| IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA | Forma jurídica: | SA: | 01011 | SL: | 01012 | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| NIF: 01010 |
Otras: | 01013 | ||||||||||||
| LEI: 01009 |
Solo para las empresas que dispongan de código LEI (Legal Entity Identifier) | |||||||||||||
| Denominación social: | 01020 | |||||||||||||
| Domicilio social: | 01022 | |||||||||||||
| Municipio: | 01023 | Provincia: | 01025 | |||||||||||
| Código postal: | 01024 Teléfono: 01031 |
|||||||||||||
| Dirección de e-mail de contacto de la empresa | 01037 | |||||||||||||
| Pertenencia a un grupo de sociedades: | DENOMINACIÓN SOCIAL | NIF | ||||||||||||
| Sociedad dominante directa: | 01041 | 01040 | ||||||||||||
| Sociedad dominante última del grupo: | 01061 | 01060 | ||||||||||||
| ACTIVIDAD | ||||||||||||||
| Actividad principal: | 02009 | (1) | ||||||||||||
| Código CNAE: | 02001 | (1) | ||||||||||||
| PERSONAL ASALARIADO | ||||||||||||||
| a) Número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio, por tipo de contrato y empleo con discapacidad: | ||||||||||||||
| EJERCICIO ______ (2) | EJERCICIO ______ (3) | |||||||||||||
| FIJO (4): | 04001 | |||||||||||||
| NO FIJO (5): | 04002 | |||||||||||||
| Del cual: Personas empleadas con discapacidad mayor o igual al 33% (o calificación equivalente local): | ||||||||||||||
| 04010 | ||||||||||||||
| b) Personal asalariado al término del ejercicio, por tipo de contrato y por sexo: | ||||||||||||||
| EJERCICIO ______ (2) | EJERCICIO ______ (3) | |||||||||||||
| HOMBRES | MUJERES | HOMBRES | MUJERES | |||||||||||
| FIJO: NO FIJO: |
04120 04122 |
04121 04123 |
||||||||||||
| PRESENTACIÓN DE CUENTAS | EJERCICIO ______ (2) | EJERCICIO ______ (3) | ||||||||||||
| Fecha de inicio a la que van referidas las cuentas: | 01102 | AÑO | MES | DÍA | AÑO | MES | DÍA | |||||||
| Fecha de cierre a la que van referidas las cuentas: | 01101 | |||||||||||||
| Número de páginas presentadas al depósito: | 01901 | |||||||||||||
| En caso de no figurar consignadas cifras en alguno de los ejercicios, indique la causa: 01903 |
||||||||||||||
| UNIDADES | Euros: | 09001 | ||||||||||||
| Miles de euros: | 09002 | |||||||||||||
| Marque con una X la unidad en la que ha elaborado todos los documentos que integran sus cuentas anuales: |
Millones de euros: | 09003 | ||||||||||||
| (3) Ejercicio anterior. jornada efectivamente trabajada. |
(1) Según las clases (cuatro dígitos) de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009), aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE de 28.4.2007). (2) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales. (4) Para calcular el número medio de personal fijo, tenga en cuenta los siguientes criterios: a) Si en el año no ha habido importantes movimientos de la plantilla, indique aquí la semisuma de los fijos a principio y a fin de ejercicio. b) Si ha habido movimientos, calcule la suma de la plantilla en cada uno de los meses del año y divídala por doce. c) Si hubo regulación temporal de empleo o de jornada, el personal afectado por la misma debe incluirse como personal fijo, pero solo en la proporción que corresponda a la fracción del año o |
|||||||||||||
| (5) Puede calcular el personal no fijo medio sumando el total de semanas que han trabajado sus empleados no fijos y dividiendo por 52 semanas. También puede hacer esta operación (equivalente a la anterior): n.º medio de semanas trabajadas n.º de personas contratadas × 52 |
| NIF: | UNIDAD (1): | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | Euros: | 09001 | ||||||
| Miles: | 09002 | |||||||
| Millones: | 09003 | |||||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | ||||||||
| ACTIVO | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (2) | EJERCICIO ___ (3) | |||||
| A) ACTIVO NO CORRIENTE | 11000 | |||||||
| I. | Inmovilizado intangible | 11100 | ||||||
| 1. | Desarrollo | 11110 | ||||||
| 2. | Concesiones | 11120 | ||||||
| 3. | Patentes, licencias, marcas y similares | 11130 | ||||||
| 4. | Fondo de comercio | 11140 | ||||||
| 5. | Aplicaciones informáticas | 11150 | ||||||
| 6. | Investigación | 11160 | ||||||
| 7. | Propiedad intelectual | 11180 | ||||||
| 8. | Derechos de emisión de gases de efecto invernadero | 11190 | ||||||
| 9. | Otro inmovilizado intangible | 11170 | ||||||
| II. | Inmovilizado material | 11200 | ||||||
| 1. | Terrenos y construcciones | 11210 | ||||||
| 2. | Instalaciones técnicas y otro inmovilizado material | 11220 | ||||||
| 3. | Inmovilizado en curso y anticipos | 11230 | ||||||
| III. Inversiones inmobiliarias | 11300 | |||||||
| 1. | Terrenos | 11310 | ||||||
| 2. | Construcciones | 11320 | ||||||
| IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo | 11400 | |||||||
| 1. | Instrumentos de patrimonio | 11410 | ||||||
| 2. | Créditos a empresas | 11420 | ||||||
| 3. | Valores representativos de deuda | 11430 | ||||||
| 4. | Derivados | 11440 | ||||||
| 5. | Otros activos financieros | 11450 | ||||||
| 6. | Otras inversiones | 11460 | ||||||
| V. | Inversiones financieras a largo plazo | 11500 | ||||||
| 1. | Instrumentos de patrimonio | 11510 | ||||||
| 2. | Créditos a terceros | 11520 | ||||||
| 3. | Valores representativos de deuda | 11530 | ||||||
| 4. | Derivados | 11540 | ||||||
| 5. | Otros activos financieros | 11550 | ||||||
| 6. | Otras inversiones | 11560 | ||||||
| VI. Activos por impuesto diferido | 11600 | |||||||
| VII. Deudas comerciales no corrientes | 11700 |
(1) Marque la casilla correspondiente según exprese las cifras en unidades, miles o millones de euros. Todos los documentos que integran las cuentas anuales deben elaborarse en la misma unidad. (2) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales.
| NIF: | |
|---|---|
A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL:
Mobiliaria Monesa, S.A.
Espacio destinado para las firmas de los administradores
| ACTIVO | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
|---|---|---|---|---|---|
| B) ACTIVO CORRIENTE | 12000 | ||||
| I. | Activos no corrientes mantenidos para la venta | 12100 | |||
| II. | Existencias | 12200 | |||
| 1. | Comerciales | 12210 | |||
| 2. | Materias primas y otros aprovisionamientos | 12220 | |||
| 3. | Productos en curso | 12230 | |||
| a) | De ciclo largo de produccción | 12231 | |||
| b) | De ciclo corto de producción | 12232 | |||
| 4. | Productos terminados | 12240 | |||
| a) | De ciclo largo de produccción | 12241 | |||
| b) | De ciclo corto de producción | 12242 | |||
| 5. | Subproductos, residuos y materiales recuperados | 12250 | |||
| 6. | Anticipos a proveedores | 12260 | |||
| III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | 12300 | ||||
| 1. | Clientes por ventas y prestaciones de servicios | 12310 | |||
| a) | Clientes por ventas y prestaciones de servicios a largo plazo | 12311 | |||
| b) | Clientes por ventas y prestaciones de servicios a corto plazo | 12312 | |||
| 2. | Clientes empresas del grupo y asociadas | 12320 | |||
| 3. | Deudores varios | 12330 | |||
| 4. | Personal | 12340 | |||
| 5. | Activos por impuesto corriente | 12350 | |||
| 6. | Otros créditos con las Administraciones Públicas | 12360 | |||
| 7. | Accionistas (socios) por desembolsos exigidos | 12370 | |||
| IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo | 12400 | ||||
| 1. | Instrumentos de patrimonio | 12410 | |||
| 2. | Créditos a empresas | 12420 | |||
| 3. | Valores representativos de deuda | 12430 | |||
| 4. | Derivados | 12440 | |||
| 5. | Otros activos financieros | 12450 | |||
| 6. | Otras inversiones | 12460 |
| NIF: | |
|---|---|
A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL:
Mobiliaria Monesa, S.A.
Espacio destinado para las firmas de los administradores
| ACTIVO | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
|---|---|---|---|---|---|
| V. | Inversiones financieras a corto plazo | 12500 | |||
| 1. | Instrumentos de patrimonio | 12510 | |||
| 2. | Créditos a empresas | 12520 | |||
| 3. | Valores representativos de deuda | 12530 | |||
| 4. | Derivados | 12540 | |||
| 5. | Otros activos financieros | 12550 | |||
| 6. | Otras inversiones | 12560 | |||
| VI. | Periodificaciones a corto plazo | 12600 | |||
| VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | 12700 | ||||
| 1. | Tesorería | 12710 | |||
| 2. | Otros activos líquidos equivalentes | 12720 | |||
| TOTAL ACTIVO (A + B) | 10000 |
NIF:
A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL:
Mobiliaria Monesa, S.A.
Espacio destinado para las firmas de los administradores
| PATRIMONIO NETO Y PASIVO | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | |
|---|---|---|---|---|
| A) PATRIMONIO NETO |
20000 | |||
| A-1) Fondos propios | 21000 | |||
| I. Capital |
21100 | |||
| 1. Capital escriturado |
21110 | |||
| 2. (Capital no exigido) |
21120 | |||
| II. Prima de emisión |
21200 | |||
| III. Reservas |
21300 | |||
| 1. Legal y estatutarias |
21310 | |||
| 2. Otras reservas |
21320 | |||
| 3. Reserva de revalorización |
21330 | |||
| 4. Reserva de capitalización |
21350 | |||
| IV. (Acciones y participaciones en patrimonio propias) |
21400 | |||
| V. Resultados de ejercicios anteriores |
21500 | |||
| 1. Remanente |
21510 | |||
| 2. (Resultados negativos de ejercicios anteriores) |
21520 | |||
| VI. Otras aportaciones de socios |
21600 | |||
| VII. Resultado del ejercicio |
21700 | |||
| VIII. (Dividendo a cuenta) | 21800 | |||
| IX. Otros instrumentos de patrimonio neto |
21900 | |||
| A-2) Ajustes por cambios de valor | 22000 | |||
| I. Activos financieros disponibles para la venta |
22100 | |||
| II. Operaciones de cobertura |
22200 | |||
| III. Activos no corrientes y pasivos vinculados, mantenidos para la venta |
22300 | |||
| IV. Diferencia de conversión |
22400 | |||
| V. Otros |
22500 | |||
| A-3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos | 23000 | |||
| B) PASIVO NO CORRIENTE |
31000 | |||
| I. Provisiones a largo plazo |
31100 | |||
| 1. Obligaciones por prestaciones a largo plazo al personal |
31110 | |||
| 2. Actuaciones medioambientales |
31120 | |||
| 3. Provisiones por reestructuración |
31130 | |||
| 4. Otras provisiones |
31140 | |||
| II. Deudas a largo plazo |
31200 | |||
| 1. Obligaciones y otros valores negociables |
31210 | |||
| 2. Deudas con entidades de crédito |
31220 | |||
| (1) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales. (2) Ejercicio anterior. |
| NIF: | |
|---|---|
| ------ | -- |
DENOMINACIÓN SOCIAL:
Mobiliaria Monesa, S.A.
Espacio destinado para las firmas de los administradores
| PATRIMONIO NETO Y PASIVO | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
|---|---|---|---|---|---|
| 3. | Acreedores por arrendamiento financiero | 31230 | |||
| 4. | Derivados | 31240 | |||
| 5. | Otros pasivos financieros | 31250 | |||
| III. | Deudas con empresas del grupo y asociadas a largo plazo | 31300 | |||
| IV. | Pasivos por impuesto diferido | 31400 | |||
| V. | Periodificaciones a largo plazo | 31500 | |||
| VI. | Acreedores comerciales no corrientes | 31600 | |||
| VII. Deuda con características especiales a largo plazo | 31700 | ||||
| C) | PASIVO CORRIENTE | 32000 | |||
| I. | Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta |
32100 | |||
| II. | Provisiones a corto plazo | 32200 | |||
| 1. | Provisiones por derechos de emisión de gases de efecto invernadero . | 32210 | |||
| 2. | Otras provisiones | 32220 | |||
| III. | Deudas a corto plazo | 32300 | |||
| 1. | Obligaciones y otros valores negociables | 32310 | |||
| 2. | Deudas con entidades de crédito | 32320 | |||
| 3. | Acreedores por arrendamiento financiero | 32330 | |||
| 4. | Derivados | 32340 | |||
| 5. | Otros pasivos financieros | 32350 | |||
| IV. | Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo | 32400 | |||
| V. | Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar | 32500 | |||
| 1. | Proveedores | 32510 | |||
| a) | Proveedores a largo plazo | 32511 | |||
| b) | Proveedores a corto plazo | 32512 | |||
| 2. | Proveedores, empresas del grupo y asociadas | 32520 | |||
| 3. | Acreedores varios | 32530 | |||
| 4. | Personal (remuneraciones pendientes de pago) | 32540 | |||
| 5. | Pasivos por impuesto corriente | 32550 | |||
| 6. | Otras deudas con las Administraciones Públicas | 32560 | |||
| 7. | Anticipos de clientes | 32570 | |||
| VI. | Periodificaciones a corto plazo | 32600 | |||
| VII. Deuda con características especiales a corto plazo | 32700 | ||||
| TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C) | 30000 | ||||
| NIF: | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||||
| (DEBE) / HABER | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
| A) | OPERACIONES CONTINUADAS | ||||
| 1. | Importe neto de la cifra de negocios | 40100 | |||
| a) | Ventas | 40110 | |||
| b) | Prestaciones de servicios | 40120 | |||
| c) | Ingresos de carácter financiero de las sociedades holding | 40130 | |||
| 2. | Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación |
40200 | |||
| 3. | Trabajos realizados por la empresa para su activo | 40300 | |||
| 4. | Aprovisionamientos | 40400 | |||
| a) | Consumo de mercaderías | 40410 | |||
| b) | Consumo de materias primas y otras materias consumibles | 40420 | |||
| c) | Trabajos realizados por otras empresas | 40430 | |||
| d) | Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos . | 40440 | |||
| 5. | Otros ingresos de explotación | 40500 | |||
| a) | Ingresos accesorios y otros de gestión corriente | 40510 | |||
| b) | Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio . | 40520 | |||
| 6. | Gastos de personal | 40600 | |||
| a) | Sueldos, salarios y asimilados | 40610 | |||
| b) | Cargas sociales | 40620 | |||
| c) | Provisiones | 40630 | |||
| 7. | Otros gastos de explotación | 40700 | |||
| a) | Servicios exteriores | 40710 | |||
| b) | Tributos | 40720 | |||
| c) | Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales |
40730 | |||
| d) | Otros gastos de gestión corriente | 40740 | |||
| e) | Gastos por emisión de gases de efecto invernadero | 40750 | |||
| 8. | Amortización del inmovilizado | 40800 | |||
| 9. | Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras |
40900 | |||
| 10. | Excesos de provisiones | 41000 | |||
| 11. | Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado | 41100 | |||
| a) | Deterioro y pérdidas | 41110 | |||
| b) | Resultados por enajenaciones y otras | 41120 | |||
| c) | Deterioro y resultados por enajenaciones del inmovilizado de las sociedades holding |
41130 | |||
| 12. | Diferencia negativa de combinaciones de negocio | 41200 | |||
| (1) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales. (2) Ejercicio anterior. |
| NIF: | |
|---|---|
A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL:
Mobiliaria Monesa, S.A.
Espacio destinado para las firmas de los administradores
| (DEBE) / HABER | NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
|---|---|---|---|---|---|
| 13. | Otros resultados | 41300 | |||
| A.1) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1 + 2 + 3 + 4 + 5 + 6 + 7 + 8 + 9 + 10 + 11 + 12 + 13) |
49100 | ||||
| 14. | Ingresos financieros | 41400 | |||
| a) | De participaciones en instrumentos de patrimonio | 41410 | |||
| a 1) En empresas del grupo y asociadas | 41411 | ||||
| a 2) En terceros | 41412 | ||||
| b) | De valores negociables y otros instrumentos financieros | 41420 | |||
| b 1) De empresas del grupo y asociadas | 41421 | ||||
| b 2) De terceros | 41422 | ||||
| c) | Imputación de subvenciones, donaciones y legados de carácter financiero |
41430 | |||
| 15. | Gastos financieros | 41500 | |||
| a) | Por deudas con empresas del grupo y asociadas | 41510 | |||
| b) | Por deudas con terceros | 41520 | |||
| c) | Por actualización de provisiones | 41530 | |||
| 16. | Variación de valor razonable en instrumentos financieros | 41600 | |||
| a) | Cartera de negociación y otros | 41610 | |||
| b) | Imputación al resultado del ejercicio por activos financieros disponibles para la venta |
41620 | |||
| 17. | Diferencias de cambio | 41700 | |||
| 18. | Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros |
41800 | |||
| a) | Deterioros y pérdidas | 41810 | |||
| b) | Resultados por enajenaciones y otras | 41820 | |||
| 19. | Otros ingresos y gastos de carácter financiero | 42100 | |||
| a) | Incorporación al activo de gastos financieros | 42110 | |||
| b) | Ingresos financieros derivados de convenios de acreedores | 42120 | |||
| c) | Resto de ingresos y gastos | 42130 | |||
| A.2) RESULTADO FINANCIERO (14 + 15 + 16 + 17 + 18 + 19) | 49200 | ||||
| A.3) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A.1 + A.2) | 49300 | ||||
| 20. | Impuestos sobre beneficios | 41900 | |||
| A.4) RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS (A.3 + 20) |
49400 | ||||
| B) | OPERACIONES INTERRUMPIDAS | ||||
| 21. | Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos |
42000 | |||
| A.5) RESULTADO DEL EJERCICIO (A.4 + 21) | 49500 | ||||
| NIF: | ||||
|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | ||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | ||||
| NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||
| A) RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS |
59100 | |||
| INGRESOS Y GASTOS IMPUTADOS DIRECTAMENTE AL PATRIMONIO NETO |
||||
| I. Por valoración de instrumentos financieros |
50010 | |||
| 1. Activos financieros disponibles para la venta |
50011 | |||
| 2. Otros ingresos/gastos |
50012 | |||
| II. Por coberturas de flujos de efectivo |
50020 | |||
| III. Subvenciones, donaciones y legados recibidos. |
50030 | |||
| IV. Por ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes |
50040 | |||
| V. Por activos no corrientes y pasivos vinculados, mantenidos para la venta |
50050 | |||
| VI. Diferencias de conversión |
50060 | |||
| VII. Efecto impositivo |
50070 | |||
| B) Total ingresos y gastos imputados directamente en el patrimonio neto (I + II + III + IV +V+VI+VII) |
59200 | |||
| TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | ||||
| VIII. Por valoración de instrumentos financieros | 50080 | |||
| 1. Activos financieros disponibles para la venta |
50081 | |||
| 2. Otros ingresos/gastos |
50082 | |||
| IX. Por coberturas de flujos de efectivo |
50090 | |||
| X. Subvenciones, donaciones y legados recibidos |
50100 | |||
| XI. Por activos no corrientes y pasivos vinculados, mantenidos para la venta |
50110 | |||
| XII. Diferencias de conversión |
50120 | |||
| XIII. Efecto impositivo | 50130 | |||
| C) Total transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias (VIII + IX + X + XI+ XII+ XIII) |
59300 | |||
| TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS (A + B + C) | 59400 |
| NIF: | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||||||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||||||||
| CAPITAL | |||||||||
| ESCRITURADO | (NO EXIGIDO) | PRIMA DE EMISIÓN | |||||||
| 01 | 02 | 03 | |||||||
| I. | A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) Ajustes por cambios de criterio del ejercicio |
511 | |||||||
| _ (1) y anteriores II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) |
512 | ||||||||
| y anteriores B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO |
513 | ||||||||
| _ (2) | 514 | ||||||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||||||
| 2. (–) Reducciones de capital | 518 | ||||||||
| 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
519 | ||||||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
|||||||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
|||||||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | |||||||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 523 524 |
||||||||
| CONTINÚA EN LA PÁGINA PN2.2 | |||||||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||||||
| I. | C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio |
511 | |||||||
| _ (2) | 512 | ||||||||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO |
513 | ||||||||
| _ (3) | 514 | ||||||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||||||
| 2. (–) Reducciones de capital | 518 | ||||||||
| 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
519 | ||||||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||||||
| 523 | |||||||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios III. Otras variaciones del patrimonio neto |
524 | ||||||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||||||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | 525 | ||||||||
| (1) Ejercicio N-2. |
(2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1).
(3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N). (4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012, deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| PN2.2 |
|---|
| NIF: | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||||
| RESERVAS | (ACCIONES Y PARTICIPACIONES EN PATRIMONIO PROPIAS) |
RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES |
|||
| 04 | 05 | 06 | |||
| I. | A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) Ajustes por cambios de criterio del ejercicio |
511 | |||
| _ (1) y anteriores II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) |
512 | ||||
| y anteriores B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO |
513 | ||||
| _ (2) | 514 | ||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | ||||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . | 519 | ||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||
| 2. Otras variaciones | 532 | CONTINÚA EN LA PÁGINA PN2.3 | |||
| C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) | 511 | ||||
| I. | Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio _ (2) |
512 | |||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) | 513 | ||||
| D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (3) |
514 | ||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||
| 2. (–) Reducciones de capital | 518 | ||||
| 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
519 | ||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | 525 |
(1) Ejercicio N-2.
(2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1). (3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N).
(4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012, deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| PN2.3 | |
|---|---|
| ------- | -- |
| NIF: | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | ||||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | ||||||
| OTRAS APORTACIONES DE SOCIOS |
RESULTADO DEL EJERCICIO |
(DIVIDENDO A CUENTA) |
||||
| 07 | 08 | 09 | ||||
| A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) | 511 | |||||
| I. | Ajustes por cambios de criterio del ejercicio _ (1) y anteriores |
512 | ||||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) y anteriores |
513 | |||||
| B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (2) |
514 | |||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | ||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | |||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | |||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | |||||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . | 519 | |||||
| 4. (–) Distribución de dividendos 5. Operaciones con acciones o participaciones propias |
520 | |||||
| (netas) | 521 | |||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | |||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | |||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | |||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | |||||
| 2. Otras variaciones | 532 | |||||
| C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) | 511 | |||||
| I. | Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio _ (2) |
512 | CONTINÚA EN LA PÁGINA PN2.4 | |||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) | 513 | |||||
| D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (3) |
514 | |||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | ||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | |||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | |||||
| 2. (–) Reducciones de capital | 518 | |||||
| 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
519 | |||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | |||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | |||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | |||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | |||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | |||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | |||||
| 2. Otras variaciones | 532 | |||||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | 525 |
(1) Ejercicio N-2.
(2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1). (3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N).
(4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012, deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| PN2.4 |
|---|
| NIF: | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||||
| OTROS INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO NETO |
AJUSTES POR CAMBIOS DE VALOR |
SUBVENCIONES, DONACIONES Y LEGADOS RECIBIDOS |
|||
| 10 | 11 | 12 | |||
| A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) | 511 | ||||
| I. | Ajustes por cambios de criterio del ejercicio _ (1) y anteriores |
512 | |||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) y anteriores |
513 | ||||
| B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO | |||||
| _ (2) | 514 | ||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | ||||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . | 519 | ||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||
| C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) | 511 | ||||
| I. | Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio _ (2) |
512 | |||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO |
513 | ||||
| _ (3) | 514 | ||||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
518 519 |
||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | 525 | ||||
| (1) Ejercicio N-2. |
(2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1).
(3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N). (4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012, deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| NIF: | |||
|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||
| TOTAL | |||
| 13 | |||
| A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) | 511 | ||
| I. | Ajustes por cambios de criterio del ejercicio _ (1) y anteriores |
512 | |
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) y anteriores |
513 | ||
| B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (2) |
514 | ||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||
| 2. (–) Reducciones de capital | 518 | ||
| 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . |
519 | ||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||
| C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) | 511 | ||
| I. | Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio _ (2) |
512 | |
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) | 513 | ||
| D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (3) |
514 | ||
| I. | Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | |
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | ||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . | 519 | ||
| 4. (–) Distribución de dividendos 5. Operaciones con acciones o participaciones propias |
520 | ||
| (netas) 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de |
521 | ||
| una combinación de negocios | 522 | ||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | 525 |
(1) Ejercicio N-2.
(2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1). (3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N).
(4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012, deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| NIF: | |||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| DENOMINACIÓN SOCIAL: | |||||||||||||||
| Espacio destinado para las firmas de los administradores | |||||||||||||||
| CAPITAL | (ACCIONES Y PARTICIPACIONES |
RESULTADOS | OTRAS | OTROS INSTRUMENTOS |
AJUSTES | SUBVENCIONES, DONACIONES |
|||||||||
| ESCRITURADO | (NO EXIGIDO) | PRIMA DE EMISIÓN |
RESERVAS | EN PATRIMONIO PROPIAS) |
DE EJERCICIOS ANTERIORES |
APORTACIONES DE SOCIOS |
RESULTADO DEL EJERCICIO |
(DIVIDENDO A CUENTA) |
DE PATRIMONIO NETO |
POR CAMBIOS DE VALOR |
Y LEGADOS RECIBIDOS |
TOTAL | |||
| 01 | 02 | 03 | 04 | 05 | 06 | 07 | 08 | 09 | 10 | 11 | 12 | 13 | |||
| A) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (1) I. Ajustes por cambios de criterio del ejercicio |
511 | ||||||||||||||
| _ (1) y anteriores II. Ajustes por errores del ejercicio _ (1) |
512 | ||||||||||||||
| y anteriores B) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO |
513 | ||||||||||||||
| _ (2) | 514 | ||||||||||||||
| I. Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | ||||||||||||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||||||||||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||||||||||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | ||||||||||||||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . 4. (–) Distribución de dividendos |
519 520 |
||||||||||||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||||||||||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||||||||||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||||||||||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||||||||||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | Modelo informativo: | |||||||||||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||||||||||||
| C) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (2) | 511 | ||||||||||||||
| I. Ajustes por cambios de criterio en el ejercicio _ (2) |
512 | cumplimente hojas previas | |||||||||||||
| II. Ajustes por errores del ejercicio _ (2) | 513 | ||||||||||||||
| D) SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO _ (3) |
514 | ||||||||||||||
| I. Total ingresos y gastos reconocidos | 515 | ||||||||||||||
| II. Operaciones con socios o propietarios | 516 | ||||||||||||||
| 1. Aumentos de capital | 517 | ||||||||||||||
| 2. (–) Reducciones de capital 3. Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto |
518 | ||||||||||||||
| (conversión de obligaciones, condonaciones de deudas) . | 519 | ||||||||||||||
| 4. (–) Distribución de dividendos | 520 | ||||||||||||||
| 5. Operaciones con acciones o participaciones propias (netas) |
521 | ||||||||||||||
| 6. Incremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios |
522 | ||||||||||||||
| 7. Otras operaciones con socios o propietarios | 523 | ||||||||||||||
| III. Otras variaciones del patrimonio neto | 524 | ||||||||||||||
| 1. Movimiento de la Reserva de Revalorización (4) | 531 | ||||||||||||||
| 2. Otras variaciones | 532 | ||||||||||||||
| E) SALDO, FINAL DEL EJERCICIO _ (3) | . 525 |
||||||||||||||
| (1) Ejercicio N-2. | (2) Ejercicio anterior al que van referidas las cuentas anuales (N-1). |
(3) Ejercicio al que van referidas las cuentas anuales (N).
(4) Reserva de Revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Las empresas acogidas a disposiciones de revalorización distintas de la Ley 16/2012 deberán detallar la norma legal en la que se basan.
| NIF: | |
|---|---|
A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL:
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NOTAS DE
| LA MEMORIA | EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | |||
|---|---|---|---|---|---|
| A) | FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN | ||||
| 1. | Resultado del ejercicio antes de impuestos | 61100 | |||
| 2. | Ajustes del resultado | 61200 | |||
| a) | Amortización del inmovilizado (+) | 61201 | |||
| b) | Correcciones valorativas por deterioro (+/–) | 61202 | |||
| c) | Variación de provisiones (+/–) | 61203 | |||
| d) | Imputación de subvenciones (–) | 61204 | |||
| e) | Resultados por bajas y enajenaciones del inmovilizado (+/–) | 61205 | |||
| f) | Resultados por bajas y enajenaciones de instrumentos financieros (+/–) . | 61206 | |||
| g) | Ingresos financieros (–) | 61207 | |||
| h) | Gastos financieros (+) | 61208 | |||
| i) | Diferencias de cambio (+/–) | 61209 | |||
| j) | Variación de valor razonable en instrumentos financieros (+/–) | 61210 | |||
| k) | Otros ingresos y gastos (–/+) | 61211 | |||
| 3. | Cambios en el capital corriente | 61300 | |||
| a) | Existencias (+/–) | 61301 | |||
| b) | Deudores y otras cuentas para cobrar (+/–) | 61302 | |||
| c) | Otros activos corrientes (+/–) | 61303 | |||
| d) | Acreedores y otras cuentas para pagar (+/–) | 61304 | |||
| e) | Otros pasivos corrientes (+/–) | 61305 | |||
| f) | Otros activos y pasivos no corrientes (+/–) | 61306 | |||
| 4. | Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación | 61400 | |||
| a) | Pagos de intereses (–) | 61401 | |||
| b) | Cobros de dividendos (+) | 61402 | |||
| c) | Cobros de intereses (+) | 61403 | |||
| d) | Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios (+/–) | 61404 | |||
| e) | Otros pagos (cobros) (–/+) | 61405 | |||
| 5. | Flujos de efectivo de las actividades de explotación (1 + 2 + 3 + 4) | 61500 |
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Espacio destinado para las firmas de los administradores NOTAS DE LA MEMORIA EJERCICIO _________ (1) EJERCICIO _________ (2) B) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN 6. Pagos por inversiones (–) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62100 a) Empresas del grupo y asociadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62101 b) Inmovilizado intangible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62102 c) Inmovilizado material . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62103 d) Inversiones inmobiliarias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62104 e) Otros activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62105 f) Activos no corrientes mantenidos para venta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62106 g) Unidad de negocio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62107 h) Otros activos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62108 7. Cobros por desinversiones (+) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62200 a) Empresas del grupo y asociadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62201 b) Inmovilizado intangible . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62202 c) Inmovilizado material . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62203 d) Inversiones inmobiliarias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62204 e) Otros activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62205 f) Activos no corrientes mantenidos para venta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62206 g) Unidad de negocio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62207 h) Otros activos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62208 2015 2014 853.321,00 453.321,00 400.000,00 853.321,00
8. Flujos de efectivo de las actividades de inversión (6 + 7) . . . . . . . . 62300
| NIF: | |
|---|---|
A08348740
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| NOTAS DE LA MEMORIA |
EJERCICIO ___ (1) | EJERCICIO ___ (2) | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| C) | FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | |||||
| 9. | Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio | 63100 | ||||
| a) | Emisión de instrumentos de patrimonio (+) | 63101 | ||||
| b) | Amortización de instrumentos de patrimonio (–) | 63102 | ||||
| c) | Adquisición de instrumentos de patrimonio propio (–) | 63103 | ||||
| d) | Enajenación de instrumentos de patrimonio propio (+) | 63104 | ||||
| e) | Subvenciones, donaciones y legados recibidos (+) | 63105 | ||||
| 10. Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero | 63200 | |||||
| a) | Emisión | 63201 | ||||
| Obligaciones y otros valores negociables (+) 1. |
63202 | |||||
| 2. Deudas con entidades de crédito (+) |
63203 | |||||
| 3. Deudas con empresas del grupo y asociadas (+) |
63204 | |||||
| Deudas con características especiales (+) 4. |
63205 | |||||
| 5. Otras deudas (+) |
63206 | |||||
| b) | Devolución y amortización de | 63207 | ||||
| Obligaciones y otros valores negociables (–) 1. |
63208 | |||||
| 2. Deudas con entidades de crédito (–) |
63209 | |||||
| Deudas con empresas del grupo y asociadas (–) 3. |
63210 | |||||
| 4. Deudas con características especiales (–) |
63211 | |||||
| Otras deudas (–) 5. |
63212 | |||||
| 11. Pagos por dividendos y remuneraciones de otros instrumentos de patrimonio |
63300 | |||||
| a) | Dividendos (–) | 63301 | ||||
| b) | Remuneración de otros instrumentos de patrimonio (–) | 63302 | ||||
| 12. Flujos de efectivo de las actividades de financiación (9 + 10 + 11) . | 63400 | |||||
| D) | Efecto de las variaciones de los tipos de cambio | 64000 | ||||
| E) | AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (5 + 8 + 12 + D) |
65000 | ||||
| Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio | 65100 | |||||
| Efectivo o equivalentes al final del ejercicio | 65200 | |||||
(Expresados en Miles de Euros)
| Notas a la | ||||
|---|---|---|---|---|
| ACTIVO | Memoria | 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | 22.442 | 24.415 | ||
| Inversiones inmobiliarias | Nota 5 | 6.196 | 6.446 | |
| Inversiones contabilizadas aplicando el método de la participación | Nota 6 | 7.272 | 7.272 | |
| Activos financieros disponibles para la venta | Nota 7 | 5.656 | 6.483 | |
| Activos por impuesto diferido | Nota 22 | 3.318 | 4.214 | |
| ACTIVO CORRIENTE | 9.562 | 10.086 | ||
| Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | 1.877 | 1.534 | ||
| Deudores varios | Nota 8 | 638 | 611 | |
| Activos por impuesto corriente | Nota 22 | 1.239 | 923 | |
| Otros activos | Nota 9 | 201 | 210 | |
| Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | Nota 10 | 7.484 | 8.342 | |
| TOTAL ACTIVO | 32.004 | 34.501 |
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estos Balances de Situación Consolidados, las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas, los Estados Consolidados de Resultado Global, los Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, los Estados de Flujos de Efectivo Consolidado y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas.
(Expresados en Miles de Euros)
| PATRIMONIO NETO Y PASIVO | Notas a la Memoria |
31/12/2015 | 31/12/2014 |
|---|---|---|---|
| PATRIMONIO NETO | 22.369 | 24.492 | |
| Fondos propios | 22.973 | 20.688 | |
| Capital | 8.578 | 8.578 | |
| Capital escriturado | Nota 13.a | 8.578 | 8.578 |
| Reservas | Nota 13.b | 15.997 | 13.914 |
| (Acciones y participaciones en patrimonio propias) | (2) | (2) | |
| Resultado del ejercicio atribuido al grupo | Nota 13.c | (1.600) | (1.802) |
| Ajustes por cambios de valor | Nota 14 | (604) | 3.804 |
| PASIVO NO CORRIENTE | 5.698 | 6.029 | |
| Provisiones a largo plazo | Nota 11 | 5.615 | 5.615 |
| Pasivos por impuesto diferido | Nota 22 | 83 | 414 |
| PASIVO CORRIENTE | 3.937 | 3.980 | |
| Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar Acreedores varios Otras deudas con las Administraciones Públicas |
Nota 8 | 3.937 3.925 12 |
3.980 3.638 342 |
| TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO | 32.004 | 34.501 |
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estos Balances de Situación Consolidados, las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas, los Estados Consolidados de Resultado Global, los Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, los Estados de Flujos de Efectivo Consolidados y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas.
(Expresadas en Miles de Euros)
| Notas a la | |||
|---|---|---|---|
| CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | Memoria | 2015 | 2014 |
| Otros ingresos de explotación | - | - | |
| Otros gastos de explotación | Nota 15.c | (2.056) | (1.434) |
| Amortización del inmovilizado | Nota 5 | (249) | (249) |
| Excesos de provisiones y deterioros | Nota 15.d | - | 20 |
| RESULTADO DE EXPLOTACIÓN | (2.305) | (1.663) | |
| Ingresos financieros | Nota 15.e | 436 | 563 |
| Gastos financieros | Nota 15.e | (2) | (3) |
| Variación de valor razonable en instrumentos financiero | Nota 15.e | (1.164) | - |
| Resultados por enajenaciones y otras | Nota 15.e | 2.479 | - |
| RESULTADO FINANCIERO | 1.749 | 560 | |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS | (556) | (1.103) | |
| Impuesto sobre beneficios | Nota 22 | (1.044) | (699) |
| RESULTADO DEL EJERCICIO | (1.600) | (1.802) | |
| Sociedad dominante | (1.600) | (1.802) | |
| NÚMERO MEDIO DE ACCIONES | 2.850.000 | 2.850.000 | |
| BENEFICIO NETO POR ACCIÓN Y DILUIDO (en euros) | (0,56140351) | (0,632280702) |
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estas Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas los Balances de Situación Consolidados, los Estados Consolidados de Resultado Global, los Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, los Estados de Flujos de Efectivo Consolidados y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas
asistir a la sesión de formulación, sin que conste motivo alguno de oposición al contenido de las mismas.
(Expresados en Miles de Euros)
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| RESULTADO CONSOLIDADO DEL EJERCICIO | (1.600) | (1.802) |
| OTRO RESULTADO GLOBAL RECONOCIDO DIRECTAMENTE EN EL PATRIMONIO NETO: |
||
| Por valoración de activos financieros disponibles para la venta | (791) | 989 |
| Por coberturas de flujo de efectivo | - | - |
| Diferencias de conversión | - | - |
| Por ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes Entidades valoradas por el método de la participación |
- - |
- - |
| Efecto impositivo | 197 | (277) |
| TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS: Por valoración de activos financieros disponibles para la venta |
- | - |
| Por coberturas de flujo de efectivo | - | - |
| Deferencias de conversión | - | - |
| Entidades valoradas por el método de la participación | - | - |
| Efecto impositivo | - | - |
| OTRO RESULTADO GLOBAL DEL EJERCICIO | (594) | 712 |
| RESULTADO GLOBAL TOTAL DEL EJERCICIO | (2.194) | (1.090) |
| Sociedad dominante | (2.194) | (1.090) |
| Intereses minoritarios | - | - |
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estos Estados Consolidados de Resultado Global, los Balances de Situación Consolidados, las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas, los Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, los Estados de Flujos de Efectivo Consolidados y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas.
| Descripción: | Capital Social |
Reservas | Resultado del Ejercicio |
Reservas por Revaluación de Activos y Pasivos |
Total Patrimonio Neto de la Sociedad Dominante |
Patrimonio Neto de Accionistas Minoritarios |
Total Patrimonio Neto |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldo a 31/12/13 | 8.578 | 17.591 | (3.665) | 3.092 | 25.596 | - | 25.596 |
| Distribución de resultados | - | (3.665) | 3.665 | - | - | - | - |
| Resultado global total del ejercicio | - | - | (1.802) | 712 | (1.090) | - | (1.090) |
| Otros movimientos | - | (14) | - | - | (14) | - | (14) |
| Saldo a 31/12/14 | 8.578 | 13.912 | (1.802) | 3.804 | 24.492 | - | 24.492 |
| Distribución de resultados | - | (1.802) | 1.802 | - | - | - | - |
| Resultado global total del ejercicio | - | - | (1.600) | (594) | (2.194) | - | (2.194) |
| Otros movimientos | - | 3.885 | - | (3.814) | 72 | - | 72 |
| SALDO A 31/12/15 | 8.578 | 15.995 | (1.600) | (604) | 22.369 | - | 22.369 |
(Expresados en Miles de Euros)
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estos Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado, los Balances de Situación Consolidados, las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas, los Estados Consolidados de Resultado Global, los Estados de Flujos de Efectivo Consolidados y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas.
(Expresados en Miles de Euros)
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN | ||
| Resultado consolidado del ejercicio | (1.600) | (1.802) |
| Ajustes al resultado: Amortizaciones |
249 | 249 |
| Otros Ajustes | (358) | 466 |
| Resultado ajustado | (1.709) | (1.087) |
| (Aumento) /disminución neta en los activos de explotación | (312) | 586 |
| Cartera de negociación: Otros créditos |
(431) | 223 |
| Otros activos financieros | 119 | (983) |
| Otros activos de explotación | - | 1.346 |
| Aumento/(disminución) neta en los pasivos de explotación Cartera de negociación |
(187) | 76 |
| Otros pasivos de explotación | (187) | 76 |
| Total flujos de efectivo netos de las actividades de explotación | (2.208) | (425) |
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | ||
| Activos disponibles para la venta | (8.548) | (846) |
| Activos disponibles para la venta | 9.898 | 712 |
| Total flujos de efectivo netos de las actividades de inversión | 1.350 | (134) |
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | ||
| Otras partidas relacionadas con las actividades de financiación | - | - |
| Total flujos de efectivo neto de las actividades de financiación | - | - |
| AUMENTO/ DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES | (858) | (559) |
| Efectivo o equivalentes al comienzo del período | 8.342 | 8.901 |
| Efectivo o equivalentes al final del período | 7.484 | 8.342 |
| VARIACIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES | (858) | (559) |
Las Cuentas Anuales del Grupo, que forman una sola unidad, comprenden estos Estados de Flujos de Efectivo Consolidados, los Balances de Situación Consolidados, las Cuentas de Pérdidas y Ganancias Consolidadas, los Estados Consolidados de Resultado Global, los Estados de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado y la Memoria Anual Consolidada adjunta que consta de 25 Notas.
MOBILIARIA MONESA, S.A. (en adelante Monesa o la Sociedad Dominante) se constituyó como sociedad anónima el 4 de junio de 1974, por tiempo indefinido y bajo la denominación de Mobiliaria Monesa, S.A. El 14 de octubre de 1987 cambió su denominación por la de Gaesco Valores, S.A. A partir de dicha fecha inició la adquisición de participaciones mayoritarias en diversas sociedades especializadas en el campo de las inversiones. El 10 de julio de 1989 cambió su denominación social por la de Gaesco Holding, S.A. El 24 de diciembre de 2008 cambió de nuevo su denominación social por la actual. La Sociedad tiene su domicilio social en Avenida Pau Casals 22, 3 de Barcelona.
Mobiliaria Monesa, es la Sociedad Dominante de un Grupo con una sociedad dependiente (Delforca 2008, S.A.U. que constituyen el Grupo Mobiliaria Monesa (anteriormente denominado Grupo Gaesco). El Grupo Mobiliaria Monesa tenía como negocios principales hasta los acuerdos de integración y compraventa con el Grupo GVC, los propios de empresas de servicios de inversión y gestión de patrimonios (instituciones de inversión colectiva, fondos de pensiones y particulares).
Desde la materialización de los acuerdos con el Grupo GVC (21 de noviembre de 2008) la actividad del Grupo Monesa se ha centrado en la explotación de su patrimonio mobiliario e inmobiliario (en este caso, del inmueble propiedad de la participada Delforca 2008, S.A.U. (antes Gaesco Bolsa, S.V. S.A.), así como en el seguimiento de los contenciosos judiciales y arbitrales en los que se encuentra incurso el Grupo.
Las acciones de Mobiliaria Monesa, S.A. cotizan en la Bolsa de Barcelona.
El Consejo de Administración de la Sociedad Dominante ha venido relacionando en las Cuentas Anuales los diferentes acontecimientos y situación de los principales contenciosos que se han sucedido desde 2007; todo ello, más allá de la información que la Sociedad puntualmente viene facilitando al mercado (Hechos Relevantes), en aras a una total transparencia de su estado individual y del Grupo para que cualquier stakeholder de la Sociedad pudiera conformar por sí mismo y con toda la información disponible el estado de la situación.
Tal y como ya se ha venido indicando y mientras la situación perdure, es intención, como no puede ser de otro modo, seguir en esa misma línea de máxima trasparencia e información, si bien y para que la información sea más regular y constante en el tiempo y, sin perjuicio, de otros instrumentos legales (artículo 539.2 LSC respecto al Foro Electrónico de Accionistas para las Juntas Generales), desde el ejercicio 2011 la página web de la Sociedad (www.mobiliariamonesa.com) cuenta con un apartado específico denominado Foro Informativo.
Debido a la significación que tiene el discurrir de los contenciosos que se tramitan, el Foro informativo permite el acceso público a todos los stakeholders a explicaciones y documentación respecto a dichos contenciosos, complementado así los mecanismos de que se dispone para transmitir al mercado la correspondiente información y, más allá, de la que se contiene en los Hechos Relevantes o en las Cuentas Anuales.
Durante el ejercicio 2015, se han ido resolviendo los distintos incidentes concursales que la Sociedad y el Grupo han venido publicitando en las memorias de anteriores Cuentas Anuales y en la información periódica intermedia del propio ejercicio.
Con fecha 16 de marzo de 2016 tuvo lugar la votación y fallo de las apelaciones sobre diferentes incidentes tramitados en el concurso de la participada Delforca 2008, S.A.U., por lo que el Órgano de Administración de la Compañía, que inició su sesión de formulación de cuentas el pasado 29 de marzo, ha continuado en permanente contacto, presencial y por medios telemáticos, prorrogando la sesión hasta la fecha en la que se suscriben estas cuentas, esperando disponer, siempre que se produjese la notificación de las resoluciones atendida la significación que pudiera desprenderse de las mismas (como así ha sido) con anterioridad al límite máximo para poder cumplir con los límites de plazo normativos de presentación a la CNMV de las cuentas del Grupo Monesa
La fase común del procedimiento concursal (Juzgado de lo Mercantil 10 de Barcelona, Autos 543/12-A) finalizó y fue señalada como fecha para la celebración de la Junta General de Acreedores el día 17 de septiembre de 2015, si bien fue suspendida por el Juzgado de lo Mercantil a la espera de la sustanciación de las apelaciones en la Audiencia Provincial, cuya vista tuvo lugar el pasado día 16 de marzo.
Por su significación, indicamos a continuación separadamente lo más destacado respecto a los incidentes referidos y cuyas resoluciones se notificaron a las Compañías en fecha 22 de abril de 2016.
Se solicitó:
(a) Resolución de la relación jurídica obligacional con el Consejo Superior de Cámaras (CSC) y,
(b) Resolución del convenio arbitral suscrito con Banco Santander (BS).
Ambas resoluciones se habían comunicado extrajudicialmente al CSC y BS con fechas 14 y 15 de noviembre de 2011.
La sentencia fue dictada en fecha 16 de diciembre de 2014 (Hecho Relevante de 22/12/14 número 216181), resolviendo su total estimación y siendo los términos del fallo:
"ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de resolución de la relación jurídica obligacional entre DELFORCA 2008, S.A. y el CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de resolución del convenio arbitral entre DELFORCA 2008, S.A. y BANCO SANTANDER, S.A. integrado en el Contrato Marco de Operaciones Financieras suscrito en 1998, declarando expresamente la resolución de dichos contratos, por incumplimientos graves del CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de BANCO SANTANDER, S.A. y en interés del concurso, todo ello al amparo de los Artículos 61 y 62 de la Ley Concursal….."
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión estrictamente de orden procesal, al entender que la resolución apelada del Juzgado de lo Mercantil no podía dictarse al amparo del artículo 62 de la Ley Concursal y sin entrar a valorar las causas de resolución acordadas por el citado Juzgado de lo Mercantil, que en cualquier caso, sigue manteniendo todo su valor "obiter dicta". Además, la sentencia de Sala no entra a valorar los efectos de la extinción del Consejo Superior de Cámaras, por considerar que es un hecho posterior a la sustanciación del incidente. Del mismo modo, no valora la inarbitrabilidad de la controversia por tratarse, entre otros extremos, de una cuestión de orden público, tras la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20 de abril de 2015 (Vid. III, apartado 1.), que obligó a la CNMV a investigar la ilícita actuación de Banco Santander en el gestión y liquidación de los Total Return Swaps sobre Inmobiliaria Colonial. Finalmente, señalar que la Sala, en sus fundamentos, rechazan las excepciones de Banco Santander sobre falta de competencia, señalándose claramente que la resolución de las relaciones obligacionales con la institución arbitral, queda fuera de cualquier convenio arbitral.
A la vista de tales pronunciamientos, el Grupo ha adoptado la decisión de proceder a interponer el correspondiente Recurso de Casación, que está siendo preparado por los servicios jurídicos.
No obstante indicar que a la fecha y desde su notificación la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
La sentencia fue dictada en fecha 17 de febrero de 2015 (Hecho Relevante de 19/02/15, número 218801), resolviendo su total desestimación y siendo los términos del fallo:
"FALLO: DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de impugnación de la Lista de Acreedores contenida en el Informe de la Administración Concursal formulada por BANCO SANTANDER, S.A., debiendo mantenerse en el informe la exclusión del crédito de la demandante, declarando, además, que dicho crédito no existe, al haberse producido un incumplimiento total y grave por parte de BANCO SANTANDER, S.A. de los términos y condiciones de los Total Return Swaps suscritos con DELFORCA 2008, S.A.U., de acuerdo con todo lo expuesto en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución, …".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión también estrictamente de orden procesal, viniendo a considerar a Banco Santander, a efectos del concurso, como un creedor contingente sin cuantía; ello a tenor de la interpretación amplia que la Sala realiza del conflicto que viene arrastrándose desde hace cerca de nueve años y en la que se entiende que el segundo arbitraje que viene intentando entablar Banco Santander sobre el fondo de la cuestión, se encontraba, en todo caso, simplemente suspendido.
Al igual que en el incidente anterior, el Grupo interpondrá el correspondiente Recurso de Casación, para lo cual ya ha instruido a sus servicios jurídicos. Asimismo y como también se ha indicado en dicho anterior incidente concursal, y por tratarse de una resolución de carácter estrictamente procesal, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, mantiene respeto a la reclamación de Banco Santander todo su valor sobre el fondo de la controversia "obiter dicta"; lo que ha venido a suponer un reconocimiento de la carencia de derecho alguno, más allá de los procesales, de Banco Santander frente al Grupo.
Asimismo, a la fecha y desde su notificación, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
La sentencia fue dictada en fecha 30 de junio de 2014, resolviendo su total desestimación, por entenderse que con independencia de que la Compañía había superado su situación de insolvencia por la revocación, por el Juzgado del Concurso, de la medida cautelar operada con carácter previo al concurso en 2012 y el desistimiento expreso sobre esa medida cautelar que efectuó Banco Santander con anterioridad a solicitar el levantamiento del Concurso, intentando así evitar los pronunciamientos del Juzgado Mercantil. En la revocación, el Juzgado entendió que no se daban los requisitos para proceder al levantamiento del mismo, ya que a lo más, como así ha sido determinado por la Audiencia en otra resolución, habría que estarse a la espera de resolver, bajo el punto de vista estrictamente procesal-concursal, que no contable, si existía una contingencia en sentido amplio, con independencia de su prosperabilidad, derivada de la reclamación de Banco Santander.
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral, se está a la espera de que por la Audiencia Provincial de Barcelona se dicte sentencia, después de haberse fijado como fecha de votación y fallo el día 16 de marzo de 2016, a la fecha de formulación de estas cuentas anuales se está a la espera de la resolución de la Audiencia Provincial.
No obstante a la fecha y desde su notificación, la sentencia ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
Recurrido el Auto indicado en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), ha sido revocado (19 de abril de 2016) por entender la Sala que ya estaba iniciado el procedimiento arbitral a la fecha de declaración de concurso. El Grupo, ha encargado a sus servicios jurídicos la valoración de los derechos y acciones que se derivan de dicha resolución.
3.1.- Incidentes concursales 375/2015 y 376/2015 promovidos por DELFORCA 2008, S.A.U. y por MOBILIARIA MONESA (abril de 2015) contra Banco Santander en reclamación de 56 millones de euros (más 14 millones de euros de intereses) por las ilícitas compensaciones realizadas sobre las garantías depositadas para la operativa de los Total Return Swaps suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U. en nombre y por cuenta de sus clientes.
En dichos incidentes el Juzgado de lo Mercantil declaró su incompetencia objetiva para conocer de las demandas incidentales, a pesar de contar con informe del Ministerio Fiscal al respecto. No obstante, la Audiencia Provincial de Barcelona, ha revocado la resolución en interés de DELFORCA 2008, S.A.U. y de MOBILIARIA MONESA, S.A. ordenando su tramitación al margen de la prosperabilidad o no de los incidentes antes referidos. No obstante, Banco Santander solicitó la suspensión de los mismos al Juzgado de lo Mercantil, por pretendida prejudicialidad y habiendo sido acordada -en contra del criterio de la Saladicha suspensión mediante autos de fecha 7 de marzo de 2016, que se encuentran pendientes de apelación.
La sentencia de fecha 25 de septiembre de 2013 estimó la demanda. Recurrida en apelación, el recurso fue parcialmente estimado mediante sentencia de fecha 22 de abril de 2015 (ya firme) en el sentido de que se estima sólo en parte la demanda y se declaraba parcialmente la rescisión de determinadas operaciones, debiéndose proceder a recíprocas devoluciones de matriz a filial y viceversa de efectivo y participaciones de GVC GAESCO HOLDING, S.L. (cuyo precio ha evolucionado al alza) por un mismo importe de 3,6 millones de euros, por lo que el efecto económico patrimonial resulta neutro.
La ejecución de dicha sentencia puede verse afectada, además entre otros extremos y a su vez, por la acción interpuesta por la Sociedad contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores en procedimiento contencioso administrativo número 382/2013 que se sustancia ante la Sección 6ª de la Audiencia Nacional, que se encuentra pendiente de votación y fallo. Tan pronto recaiga sentencia en el procedimiento indicado y en los términos administrativos que se determine, y tras su valoración se procederá al integro cumplimiento, de la sentencia recaída en este incidente de reintegración con cumplimiento simultaneo de las obligaciones recíprocas entre matriz y filial.
Con fecha 16 de marzo de 2016, se celebró la correspondiente vista y votación y fallo respecto a la apelación interpuesta por el Grupo GVC.
Dicha cantidad se encontraba en la tesorería de DELFORCA 2008, S.A.U., y el pasivo registrado.
Por parte de la Sala se ha acordado (19 de abril de 2016) su devolución en cuanto a unos 3,6 millones de euros, más los correspondientes intereses legales. No obstante, el Grupo ha encargado a sus servicios jurídicos el estudio de las acciones que le pueden competer.
Respecto a diferentes demandas que se han interpuesto contra Grupo GVC incluido el correspondiente a la valoración de las acciones de GVC para dar cumplimiento al laudo de fecha 11 de julio de 2013 sobre el denominado "ajuste Cahispa", a la fecha de cierre del ejercicio su tramitación se encontraba suspendida por distintos motivos, sin que ninguno de dichos procedimientos pueda suponer impacto patrimonial alguno distinto a los ya provisionados en anteriores ejercicios.
1.- MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. interpusieron en 2009 denuncia ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores contra BANCO SANTANDER por una serie de actuaciones realizadas por la misma en relación a la gestión de los Total Return Swaps sobre subyacente de Inmobiliaria Colonial suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U constitutivas de malas prácticas y de abuso de mercado (artículos 81 y 83ter de la Ley del Mercado de Valores) y que se concretaban entre otras en: (a) utilización de información privilegiada, (b) realización de prácticas que falseaban la libre formación de los precios y (c) conflicto de intereses.
Tras ocultarse información a la CNMV por parte de Banco Santander ésta se archivó en sede administrativa y posteriormente se confirmó dicho archivo en sede contencioso administrativa por falta de interés legítimo de los denunciantes. Interpuesto el correspondiente recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en fecha 20 de abril de 2015, se dictó sentencia (Hecho Relevante de 12/05/15, número 222874), por la cual en su fallo, el Tribunal Supremo resolvió:
a) Haber lugar al Recurso de Casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que queda anulada y sin efecto.
b) Rechazar las causas de inadmisibilidad planteadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, estimando en lo sustancial el Recurso Contencioso Administrativo y anulando las resoluciones dictadas por el Regulador y su Comité Ejecutivo.
c) Ordenar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores que retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la decisión de archivo y que reanude su tramitación, dando audiencia a MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U., recabando la información, practicando las pruebas que se consideren necesarias y resolviendo lo que proceda de forma motivada.
Por parte de MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y previo plazo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para alegaciones, se interesó (junio de 2015) un escrito de ampliación de la denuncia inicial, en la que y entre otras cuestiones, se solicitaba la admisión de las pruebas documentales aportadas y la incoación, sin más demora, de un expediente sancionador contra Banco Santander en los términos de la denuncia inicial de 2009. A la fecha se sigue a la espera de las resoluciones y actuaciones del Regulador.
Con igual sentido y tras los mismos trámites en fecha 16 de marzo de 2016, se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo en el correspondiente procedimiento frente al archivo de la denuncia frente a Inmobiliaria Colonial, por la que también se estima totalmente el Recurso de Casación interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y ordenando en su fallo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores reanudar la tramitación del expediente sancionador en similares términos a los indicados respecto a BS (Hecho Relevante de 30/03/16, número 236777).
1.- En fecha 8 de mayo de 2015, mediante resolución del Tribunal Supremo se desestimó el Recurso de Casación interpuesto por la compañía Criterium Gestión Inmobiliaria, S.L. contra la resolución en apelación que la condenaba al pago a DELFORCA 2008, S.A.U. (1,9 millones de euros de principal). Se está en trámite de ejecutar la sentencia.
2.- En fecha 15 de junio de 2015, mediante resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, se desestimó el Recurso interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. de anulación parcial del laudo arbitral dictado en el procedimiento entre las Compañías y el Grupo GVC, manteniéndose, en consecuencia, a la fecha la situación jurídica al respecto, sin que el asunto "ACC Seguros", se encuentre resuelto y sin condena frente a Monesa. (Vid. I, apartado 3.3.).
3.- En fecha 18 de junio de 2015, DELFORCA 2008, S.A.U. interpuso Recurso de Casación contra la resolución que desestimaba la pretensión indemnizatoria dirigida contra el Consejo Superior de Cámaras y el Presidente del Colegio Arbitral (2,1 millones de euros).
4.- En fecha 24 de febrero de 2015 por el Juzgado de Instrucción Central número 4 de Madrid, se dictó auto de apertura del juicio oral (asunto Riverduero, Diligencias Previas Procedimiento Abreviado 48/2008) en el que a DELFORCA 2008, S.A.U. se pedía 24 mil euros. La responsabilidad civil subsidiaria de las partes investigadas y de Caixa Xeral asciende 23 millones de euros.
5.- Delforca 2008, con posterioridad a la declaración de su concurso, ha visto reconocido con carácter ordinario, en el procedimiento de suspensión de pagos de la entidad bancaria islandesa Kaupthing, dos créditos de 1.000.000 de euros y 420.000 euros respectivamente. Delforca 2008 tiene de su inicio, provisionados completamente ambos créditos ante las incertezas que la recuperabilidad de los mismos suponía, dado el alto pasivo que dicha entidad acreditaba frente a sus activos. Actualmente, se está en trámites de poder recuperar una parte del crédito (en metálico y mediante la entrega de determinado número de bonos convertibles), ante los acuerdos que la entidad bancaria ha llegado finalmente con sus acreedores. Con anterioridad a la presentación del concurso y por prudencia –criterio que se ha mantenido en los ejercicios 2012, 2013, 2014 y en el presente- no se ha activado cantidad alguna por este concepto, si bien se estima una recuperabilidad, no en su totalidad pero si de una parte. De materializarse dicha recuperación indicada, sería contabilizada en las correspondientes Cuentas Anuales del ejercicio 2016.
Las cuentas anuales consolidadas se presentan, en miles de euros, y han sido formuladas por los Administradores de la Sociedad Dominante a partir de los registros contables de Monesa y de la entidad incluida en el Grupo. Las cuentas anuales consolidadas de los ejercicios 2015 y 2014 se han preparado de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE), con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio consolidado y de la situación financiera consolidada de Mobiliaria Monesa, S.A. y Sociedad Dependiente al 31 de diciembre de 2015 y de los resultados consolidados de sus operaciones, de los cambios en el patrimonio neto y de los flujos de efectivo consolidados correspondiente al ejercicio anual terminado en dicha fecha. El Grupo adoptó las NIIF-UE el 1 de enero de 2004 y aplicó en dicha fecha la NIIF1 "Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera".
Los Administradores de la Sociedad Dominante estiman que las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2015, que han sido formuladas en la reunión del Consejo de Administración iniciada el 29 de marzo de 2016 sin solución de continuidad y con fecha de formulación 28 de abril de 2016, serán aprobadas por la Junta General de Accionistas sin modificación alguna.
Las cuentas anuales consolidadas correspondientes al ejercicio 2014 fueron aprobadas en la Junta General de Accionistas celebrada el 8 de junio de 2015.
La información contenida en estas cuentas anuales es responsabilidad de los Administradores de la Sociedad Dominante.
La preparación de las cuentas anuales consolidadas de acuerdo con NIIF-UE requiere que la Dirección del Grupo realice juicios, estimaciones e hipótesis que afectan a la aplicación de las normas y a los importes de activos, pasivos, ingresos y gastos. Las estimaciones e hipótesis adoptadas están basadas en experiencias históricas y otros factores que son razonables bajo las circunstancias existentes. No obstante, los resultados reales pudieran diferir de estas estimaciones.
En estas cuentas anuales consolidadas se han utilizado ocasionalmente juicios y estimaciones realizadas por la Dirección del Grupo y de las entidades consolidadas, ratificadas posteriormente por sus Administradores, para cuantificar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Básicamente y de forma resumida, las estimaciones realizadas se refieren a:
Si bien las citadas estimaciones se realizaron en función de la mejor información disponible a la fecha de formulación de las cuentas anuales consolidadas, sobre los hechos analizados, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a su modificación en los próximos ejercicios. El efecto en cuentas anuales consolidadas de las modificaciones que, en su caso, se derivasen de los ajustes a efectuar durante los próximos ejercicios se registraría de forma prospectiva.
Para la elaboración de las cuentas anuales consolidadas se han seguido los principios contables y normas de valoración generalmente aceptados descritos en la nota "Principios Contables y Normas de Valoración Aplicados". No existe ningún principio contable obligatorio que, siendo significativo su efecto en la elaboración de las cuentas anuales consolidadas, se haya dejado de aplicar. No se han aplicado de forma anticipada normas e interpretaciones que habiendo sido aprobadas por la Comisión Europea, no hubieran entrado en vigor a fecha de cierre del ejercicio 2015.
Estas cuentas están preparadas en base al coste histórico, excepto para los instrumentos financieros derivados, la cartera de negociación y la cartera de activos financieros disponibles para venta que han sido registrados por su valor razonable. Otros activos y pasivos financieros, así como activos y pasivos no financieros están contabilizados por su coste amortizado o coste histórico.
Los principios contables han sido aplicados por todas las entidades del Grupo Consolidado.
Los Administradores de la Sociedad Dominante han formulado estas Cuentas Anuales Consolidadas siguiendo el principio de empresa en funcionamiento, si bien existen una serie de factores que pudieran causar incertidumbre sobre la capacidad de la Sociedad Dominante y del Grupo para continuar con su actividad, y que han sido expuestos con detalle en la Nota 1 precedente de esta Memoria Consolidada. Las incertidumbres sobre la capacidad de la Sociedad Dominante y del Grupo para continuar su actividad son los siguientes:
No obstante, existen una serie de factores que mitigan en buena medida la duda sobre la capacidad del Grupo para que pueda continuar su actividad:
o Que no existe relación jurídico-obligacional con el Consejo Superior de Cámaras de Comercio, por su falta de imparcialidad (resolución extrajudicial operada en noviembre de 2011, con carácter previo al inicio del arbitraje).
o Que la controversia no es arbitrable por (i) no existir sumisión a arbitraje al respecto; (ii) por tratarse de una cuestión de Orden Público no susceptible de arbitraje (TSJM 56/2015, de 3 de julio y 4/2016, de 19 de enero), según se desprende además de las propias sentencias del Tribunal Supremo que obliga a la CNMV a reabrir los expedientes frente a Banco Santander e Inmobiliaria Colonial, lo que implica que se está ante una cuestión de Orden Público; y (iii) por haberse extinguido el Consejo Superior de Cámaras, y la nueva entidad (Cámara de España) que le ha sucedido y se ha subrogado en los derechos y obligaciones de la Corporación extinguida, no resulta, a su vez, la Corporación que figuraba para la resolución de controversia del CMOF, sin que pueda extenderse la subrogación referida a terceros relativo a una sumisión de arbitraje y ello al margen de que la controversia concreta no está tampoco sometida a arbitraje.
De acuerdo con la legislación mercantil, el Consejo de Administración de la Sociedad Dominante presenta, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del Balance de Situación Consolidado, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidada, del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto Consolidado y del Estado de Flujos de Efectivo Consolidado, además de las cifras del ejercicio 2015 las correspondientes al ejercicio anterior. Las partidas de ambos ejercicios son comparables y homogéneas.
El perímetro de consolidación de las cuentas anuales consolidadas del Grupo Mobiliaria Monesa viene constituido por las sociedades dependientes y asociadas que se detallan a continuación. Todas las sociedades integrantes de dicho perímetro tienen como fecha de cierre de su ejercicio social el 31 de diciembre.
De acuerdo con la normativa vigente, las cuentas anuales individuales de las sociedades del Grupo se preparan y presentan de acuerdo con el Plan General Contable y demás normativa contable que les resulta aplicable. Por ello las cuentas anuales consolidadas incluyen los ajustes y reclasificaciones necesarios para homogeneizar y adaptar los criterios de contabilidad y de presentación seguidos por las sociedades componentes del Grupo, con los utilizados en la elaboración de estas cuentas anuales consolidadas y adecuarlos a las NIIF-UE.
En los ejercicios 2015 y 2014, no existían sociedades que cumplieran las condiciones de sociedades controladas conjuntamente ("multigrupo").
Las cuentas anuales consolidadas del Grupo Mobiliaria Monesa comprenden las sociedades dependientes que se consolidan por el método de integración global. Se consideran sociedades dependientes aquéllas en las que la Sociedad Dominante posee una participación, directa o indirecta, superior al 50% y/o ejerce un control efectivo sobre su gestión. El control es el poder para dirigir las políticas financiera y de explotación de una entidad, con el fin de obtener beneficios de sus actividades, considerándose a estos efectos los derechos de voto potenciales ejercitables o convertibles al cierre del ejercicio contable en poder del Grupo o de terceros.
La consolidación de los resultados generados por las entidades cuyo control se ha adquirido en un ejercicio se realiza tomando en consideración, únicamente, los relativos al período comprendido entre la fecha de adquisición y el cierre de ese ejercicio.
A continuación se presenta la relación de la sociedad dependiente al 31 de diciembre de 2015 y 2014, indicando información sobre el porcentaje de participación y datos sobre el valor de los activos, patrimonio neto (incluyendo resultados del ejercicio), cifra de negocios y resultados del ejercicio después de impuestos, así como las actividades principales que realiza:
| Sociedad | Método de Consolidación |
Domicilio Social |
Actividad | Participación Directa |
Participación Indirecta |
Coste Participación |
Activos | Patrimonio Neto |
Cifra de Negocio |
Resultado del Ejercicio |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2015 | ||||||||||
| Delforca 2008, S.A.U. | Integración Global |
1 | Gestión de activos |
100% | - | 12.620 | 36.849 | 15.646 | - | (2.094) |
1 – Avenida Pau Casals 22, Barcelona
| Sociedad | Método de Consolidación |
Domicilio Social |
Actividad | Participación Directa |
Participación Indirecta |
Coste Participación |
Activos | Patrimonio Neto |
Cifra de Negocio |
Resultado del Ejercicio |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2014 | Integración | Gestión de | ||||||||
| Delforca 2008, S.A.U. | Global | 1 | activos | 100% | - | 12.620 | 37.754 | 17.740 | - | (1.168) |
1 – Avenida Pau Casals 22, Barcelona
Delforca 2008, S.A.U., se constituyó el 12 de febrero de 1987. El 24 de diciembre de 2008 cambió su denominación social por la actual. La Sociedad tiene su domicilio social en Barcelona, y sus actividades principales eran las propias de las empresas de servicios inversión, hasta la fecha de la transmisión de la actividad de intermediación en mercados organizados. Durante el ejercicio 2011 se llevó a cabo únicamente una labor de gestión residual de las operaciones en mercados no organizados (OTC) hasta su traspaso o liquidación definitiva; sin perjuicio de la explotación de su patrimonio inmobiliario. Durante el ejercicio 2011 llegaron a vencimiento todas las operaciones con productos OTC por cuenta propia y de terceros. En la actualidad, la sociedad se encuentra en concurso de acreedores.
Esta sociedad tiene la categoría de sociedad dependiente y se ha integrado en las presentes cuentas anuales por el método de integración global, y conforma con la sociedad dominante, el Grupo Consolidado Mobiliario Monesa. Todas las sociedades del Grupo tienen como fecha de cierre de su ejercicio social el 31 de diciembre. Asimismo, todas las sociedades tienen su domicilio en Pau Casals 22 – Barcelona.
Las sociedades asociadas se presentan en las cuentas anuales consolidadas por el método de la participación, reconociéndose el porcentaje de participación en el patrimonio de la sociedad participada como "Reservas por el método de la participación" y el porcentaje de participación en el resultado se reconoce en el resultado consolidado como "Resultado de entidades valoradas por el método de la participación". Se consideran sociedades asociadas, aquellas sociedades en las que Mobiliaria Monesa posee, directa o indirectamente, el 20% o más del derecho de voto y/o ejerce una influencia significativa. La influencia significativa es el poder de intervenir en las decisiones de política financiera y de explotación de una entidad, sin que suponga la existencia de control o de control conjunto sobre la misma.
Los dividendos recibidos de las entidades asociadas se registran reduciendo el valor de la participación, y los resultados obtenidos que corresponden al Grupo conforme a su participación se incorporan a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada en el epígrafe "Resultados de entidades valoradas por el método de la participación".
A continuación se presenta la sociedad asociada al 31 de diciembre de 2015 y 2014, indicando información sobre el porcentaje de participación y datos sobre el valor de los activos, patrimonio neto (incluyendo resultados del ejercicio), cifra de negocios y resultados del ejercicio después de impuestos, así como la actividad principal que realiza:
GVC Gaesco Holding, S.L., cuyo objeto social es la adquisición, tenencia, administración y enajenación de toda clase de valores mobiliarios y la de intermediación en operaciones con valores y otros activos, está participada al 31 de diciembre de 2014 en un 23,18% por el Grupo.
| Sociedad | Método de Consolida ción |
Domicilio Social |
Actividad | Partici pación Directa |
Partici pación Indirecta |
Coste Participa ción |
Activos | Patrimonio Neto |
Cifra de Negocio |
Resultado del Ejercicio |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 2014 GVC-Gaesco Holding, S.L. |
Participaci ón |
1 | Sociedad Holding |
5,52% | 17,66% | 8.375 | 79.716 | 78.694 | - | 211 |
1 – Doctor Ferran 3-5 Barcelona
El Grupo no dispone de las cuentas anuales formuladas de la entidad asociada correspondientes al ejercicio 2015.
Todos los saldos y transacciones significativas entre las sociedades que integran el Grupo, así como los beneficios no realizados por operaciones entre las sociedades del perímetro de consolidación, han sido eliminados en el proceso de consolidación. Asimismo, la participación de terceros en el Grupo se presentaría, en su caso, dentro del epígrafe de "Intereses Minoritarios" dentro del patrimonio neto del balance de situación consolidado.
La propuesta de distribución del beneficio de la Sociedad Dominante Mobiliaria Monesa, S.A. del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015, formulada por los Administradores y pendiente de aprobación por la Junta General de Accionistas es la siguiente:
| Miles de euros | |
|---|---|
| Resultado del ejercicio | 495 |
| A resultados negativos de ejercicios anteriores | 495 |
El resultado del ejercicio 2015 de la sociedad dependiente será aplicado conforme a lo que acuerde su Accionista Único.
Los activos y pasivos financieros son reconocidos cuando el Grupo se convierte en parte de los acuerdos contractuales de conformidad con las disposiciones de dichos acuerdos.
Los instrumentos financieros de deuda son reconocidos desde la fecha en la que surge el derecho legal de recibir o pagar efectivo. Con carácter general, el Grupo registra la baja del balance de los instrumentos financieros en la fecha desde la que los beneficios, riesgos, derechos y deberes inherentes o el control de los mismos se transfieren a la parte adquiriente.
Se presentan y valoran, atendiendo a su clasificación, según los siguientes criterios:
Cartera de activos financieros disponibles para la venta: El Grupo registra bajo este concepto la adquisición de instrumentos financieros que se designan específicamente en esta categoría o no cumplen los requisitos que determinarían su inclusión en las categorías descritas a continuación. Se presentan a valor razonable, registrando las diferencias netas con el precio de adquisición en el patrimonio neto consolidado hasta que se produzca la baja del balance, momento en el que pasan a registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada.
Los activos financieros disponibles para la venta se reconocen inicialmente al valor razonable más los costes de transacción directamente atribuibles a la compra. Con posterioridad al reconocimiento inicial, los activos financieros clasificados en esta categoría, se valoran a valor razonable, reconociendo la pérdida o ganancia en el patrimonio neto. Cuando los activos clasificados como disponibles para la venta se venden o sufren pérdidas por deterioro de valor, los importes reconocidos en el patrimonio neto, se traspasan a la cuenta de resultados.
Préstamos y Partidas a Cobrar y Débitos y Partidas a Pagar
En esta categoría se clasifican:
En esta categoría se clasifican:
Inicialmente, los activos y pasivos financieros incluidos en esta categoría, se valoran por su valor razonable, que es el precio de la transacción, y que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les son directamente atribuibles.
No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los créditos y débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tienen un tipo de interés contractual, así como en su caso, los anticipos y créditos al personal, los dividendos a cobrar y los desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio, cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, y los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, se valoran por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no resulta significativo.
En valoraciones posteriores, tanto activos como pasivos, se valoran por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizan en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante lo anterior, los créditos y débitos con vencimiento no superior a un año que se valoraron inicialmente por su valor nominal, continúan valorándose por dicho importe, salvo, en el caso de créditos, que se hubieran deteriorado.
El valor en libros de los activos financieros se corrige, en general, con cargo a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada cuando existe una evidencia objetiva de que se ha producido una pérdida por deterioro. En el caso de instrumentos de deuda (créditos y valores representativos de deuda) se entiende que existe deterioro cuando después de su reconocimiento inicial ocurran eventos que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros. En el caso de instrumentos de capital, se entiende que existe deterioro cuando después de su reconocimiento inicial ocurran eventos que puedan suponer que no se va a poder recuperar su valor en libros.
El Grupo reconoce los deterioros de valor mediante el registro de una provisión correctora de los activos financieros. Cuando se considera remota la recuperación del valor registrado, se elimina el valor contable contra el importe de la provisión, sin perjuicio de las actuaciones que se puedan llevar a cabo para conseguir su cobro hasta tanto no se haya extinguido definitivamente los derechos de cobro.
En el caso de activos financieros contabilizados a coste amortizado, el importe de la pérdida por deterioro del valor es la diferencia entre el valor contable del activo financiero y el valor actual de los flujos de efectivo futuros estimados, descontados al tipo de interés efectivo original del activo. Sin embargo, el valor de mercado de los instrumento de deuda cotizados se considera una estimación razonable del valor actual de los flujos de efectivo futuros. La pérdida por deterioro se reconoce con cargo a resultados del ejercicio y es reversible en ejercicios posteriores, si la disminución puede ser objetivamente relacionada con un evento posterior a su reconocimiento. No obstante, la reversión de la pérdida tiene como límite el coste amortizado que hubieran tenido los activos, si no se hubiera registrado la pérdida por deterioro de valor.
La cuantificación de las pérdidas por deterioro se obtiene por análisis de los casos individuales y tomando en consideración los parámetros establecidos por las autoridades reguladoras.
El importe de las pérdidas por deterioro en los activos financieros disponibles para la venta es igual a la diferencia positiva entre su coste de adquisición, neto de cualquier reembolso o amortización del capital, y su valor razonable menos cualquier pérdida por deterioro previamente reconocida en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Cuando existen evidencias objetivas de que la disminución en el valor razonable se debe a su deterioro, las minusvalías latentes reconocidas directamente en el epígrafe "Ajustes por valoración" en el patrimonio neto se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias. Si con posterioridad se recuperan todas o parte de las pérdidas por deterioro, su importe se reconoce en el epígrafe "Ajustes por valoración" en el patrimonio neto.
El epígrafe de inversiones inmobiliarias incluye únicamente inmovilizado para arrendar.
Los elementos de las inversiones inmobiliarias se registran por su coste de adquisición, amortizándose de forma sistemática a lo largo de su vida útil estimada y considerando, en su caso, posibles deterioros de valor.
La amortización de todos los elementos de las inversiones inmobiliarias se calcula linealmente en función de los siguientes años de vida útil estimada, que coinciden con los establecidos por la normativa fiscal:
| Años de Vida Útil |
|
|---|---|
| Edificios y otras construcciones | 25 |
| Mobiliario y equipos de oficina | 10 |
| Equipos para procesos de información | 6,66-15 |
| Elementos de transporte | 5 |
| Otras instalaciones | 5-16 |
El Grupo revisa el valor residual, la vida útil y el método de amortización de las inversiones inmobiliarias al cierre de cada ejercicio. No se han producido modificaciones en los criterios inicialmente establecidos.
Los elementos de las inversiones inmobiliarias se dan de baja cuando se enajenan o no se espera obtener beneficios futuros de su uso continuado. El beneficio o pérdida derivado de la venta o retiro se registra en la cuenta de resultado por la diferencia entre el precio de venta y su valor neto en libros.
Los gastos de conservación y mantenimiento de las inversiones inmobiliarias que no mejoran su utilización o prolongan la vida útil de los respectivos activos, se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada en el momento en que se producen.
Al 31 de diciembre de 2015 y de 2014 no se han identificado pérdidas por deterioro relacionadas con dichos activos.
Durante los ejercicios 2015 y 2014, el Grupo no ha poseído activos materiales en régimen de arrendamiento financiero.
La imputación de ingresos y gastos a la cuenta de pérdidas y gastos se realiza atendiendo al principio de devengo.
Con carácter general, los ingresos y gastos por intereses se reconocen contablemente en función de su período de devengo, calculándose en base al método financiero de interés efectivo. Asimismo, los cobros y pagos diferidos en el tiempo se reconocen contablemente por el importe que resulta de actualizar a tipos estimados de mercado, los flujos de efectivo previstos.
Las comisiones no financieras no surgidas de la prestación de un servicio ejecutado en un acto singular se periodifican y registran en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada a lo largo del período que dura la ejecución del servicio o contrato.
Los dividendos percibidos de otras sociedades se reconocen como ingreso en el momento que nace el derecho de percibirlos.
Mobiliaria Monesa, S.A. realiza sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en régimen consolidado con las sociedades dependientes que cumplen los requisitos necesarios al efecto.
El gasto por impuesto sobre beneficios del ejercicio se calcula mediante la suma del impuesto corriente, que resulta de la aplicación del tipo impositivo vigente sobre la base imponible del ejercicio y después de aplicar las correspondientes deducciones fiscales, más las variaciones de los activos y pasivos fiscales por impuestos diferidos. En la preparación de las cuentas anuales consolidadas, se ha considerado el tipo impositivo del 28%, que es el vigente a 31 de diciembre de 2015.
Los activos y pasivos fiscales por impuestos diferidos incluyen las diferencias temporarias, que se deriven de las diferencias entre el valor contable de los activos y pasivos y sus correspondientes valores a efecto fiscal. Los impuestos diferidos se calculan usando tipos impositivos aprobados o a punto de aprobarse en la fecha de cierre contable y que se espera aplicar cuando el correspondiente activo o pasivo fiscal por impuesto diferido se liquide.
Se reconocen pasivos fiscales por impuestos diferidos por todas las diferencias temporarias, mientras que los activos fiscales por impuestos diferidos solo se reconocen en el caso de que se considere probable que el Grupo de forma consolidada o nivel de cada sociedad dependiente sean capaces de generar beneficios fiscales suficientes que permitan asegurar su recuperación.
La moneda funcional del Grupo es el euro. Por tanto, todas las transacciones y saldos en monedas diferentes al euro se consideran realizados en moneda extranjera.
Las transacciones en moneda extranjera se registran contablemente por su contravalor en euros, utilizando los tipos de cambio vigentes en la fecha en que se realizan. Los beneficios o pérdidas por las diferencias de cambio surgidas en la cancelación de los saldos provenientes de transacciones en moneda extranjera, se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada en el momento en que se producen.
Los saldos de activos y pasivos figuran en el balance de situación consolidado al tipo de cambio a fecha de cierre contable. Las diferencias de cambio que se producen al convertir los saldos denominados en moneda extranjera se registran por su importe neto en el capítulo de Diferencias de Cambio de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada.
El Grupo contabiliza provisiones por el importe estimado para hacer frente a obligaciones actuales como consecuencia de sucesos pasados que están claramente especificados en cuanto a su naturaleza pero resultan indeterminados en cuanto a su importe o momento de cancelación y para cuya cancelación es probable que tenga que desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos. Cuando resulte importante el efecto financiero producido por el descuento, el importe de la provisión es igual el valor actual de los desembolsos que se espera sean necesarios para cancelar la obligación.
En la Memoria de las Cuentas Anuales, el Grupo informa sobre las contingencias que tiene relacionadas con obligaciones distintas a las mencionadas en el párrafo anterior (ver Nota 1).
El Grupo ha utilizado el método indirecto para la confección de los estados de flujos de efectivo consolidados, los cuales tienen las siguientes expresiones que incorporan los siguientes criterios de clasificación:
El beneficio básico por acción se calcula como el cociente entre el beneficio neto del ejercicio atribuible a la Sociedad y el número medio ponderado de acciones ordinarias de la misma en circulación durante el ejercicio, sin incluir las acciones de la Sociedad Dominante en poder del Grupo.
El Grupo Mobiliaria Monesa no ha realizado en los ejercicios 2015 y 2014 ningún tipo de operación que suponga un beneficio por acción diluido diferente del beneficio básico por acción.
Un resumen de este epígrafe del balance de situación consolidado y de su movimiento durante el período de doce meses terminado en 31 de diciembre de 2015 y 2014, en miles de euros, es el siguiente:
| 31/12/2014 | Altas | 31/12/2015 | |
|---|---|---|---|
| Coste: Terrenos |
4.565 | - | 4.565 |
| Construcciones | 4.565 | - | 4.565 |
| Instalaciones | 1.701 | - | 1.701 |
| 10.831 | - | 10.831 | |
| Amortización Acumulada: | |||
| Construcciones Instalaciones |
(3.081) (1.304) |
(66) | (3.147) |
| (183) | (1.487) | ||
| (4.385) | (249) | (4.634) | |
| Inversiones Inmobiliarias, Neto | 6.446 | (249) | 6.197 |
| 31/12/2013 | Altas | 31/12/2014 | |
| Coste: | |||
| Terrenos | 4.565 | - | 4.565 |
| Construcciones | 4.565 | - | 4.565 |
| Instalaciones | 1.701 | - | 1.701 |
| 10.831 | - | 10.831 | |
| Amortización Acumulada: | |||
| Construcciones | (2.898) | (183) | (3.081) |
| Instalaciones | (1.238) | (66) | (1.304) |
| (4.136) | (249) | (4.385) | |
| Inversiones Inmobiliarias, Neto | 6.695 | (249) | 6.446 |
El coste de los elementos de uso propio totalmente amortizados al 31 de diciembre de 2015 y que se encuentran operativos asciende a 951 miles de euros (951 miles de euros en el ejercicio anterior).
En los ejercicios 2015 y 2014 no se han enajenado elementos de Inversiones Inmobiliarias.
En los ejercicios 2015 y 2014, no se han recibido ni se esperan recibir importes de terceros por compensaciones o indemnizaciones por deterioro o pérdida de valor de las Inversiones Inmobiliarias.
Las sociedades del Grupo no han procedido a revalorizaciones de sus activos.
Al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014, el Grupo no tiene activos materiales, de inversión o en construcción, para los que existan restricciones a la titularidad o que hayan sido entregados en garantía de cumplimiento de deudas.
Al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014, el Grupo no tiene compromisos de adquisición de activo material con terceros.
La totalidad del activo material de inversión del Grupo al 31 de diciembre de 2015 y 2014 se encuentra denominado en euros.
El Grupo tiene contratadas pólizas de seguro para cubrir los riesgos en cuanto a responsabilidad civil asociadas a los elementos de las inversiones inmobiliarias. La cobertura de estas pólizas se considera suficiente.
A lo largo de los ejercicios 2012 y 2011, se produjeron sendos incrementos de capital en la única sociedad asociada del Grupo, GVC-Gaesco Holding, S.L., a los cuales el Grupo no acudió, viéndose diluida la participación en esta sociedad a un 23,18%. La inversión mantenida en la asociada asciende a 7.272 miles de euros (7.272 miles de euros en el ejercicio anterior).
El detalle de este epígrafe del balance de situación consolidado al 31 de diciembre de 2015 y al 31 de diciembre de 2014, es como sigue:
| Miles de euros | ||
|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| 5.656 | 6.483 | |
El valor razonable se ha determinado en base a las cotizaciones de mercados oficiales.
Los ajustes negativos por valoración del ejercicio 2015 han ascendido a 791 miles de euros contabilizados en patrimonio (Nota 14) y a 1.164 miles de euros imputados a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio (Nota 15).
Los ajustes positivos por valoración a lo largo del ejercicio 2014 ascendieron a 972 miles de euros, los cuales se registraron en "Otro resultado global reconocido directamente en patrimonio neto", neto del correspondiente efecto impositivo.
Durante el ejercicio terminado en 31 de diciembre de 2015, el Grupo ha percibido 362 miles de euros de dividendos que se encuentran registrados en el epígrafe "Otros ingresos financieros" de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada adjunta (330 miles de euros en el ejercicio anterior).
(a) Otros instrumentos de capital a su valor de coste corregido
Las inversiones en sociedades inmobiliarias son inversiones de carácter financiero en las que el Grupo participa de forma minoritaria en sociedades dedicadas a la promoción inmobiliaria, sin intervenir en su gestión. A 31 de diciembre de 2015, dichas participaciones se encuentran totalmente deterioradas.
Al 31 de diciembre de 2015 y de 2014, no existen intereses ni rendimientos devengados por los activos disponibles para la venta pendientes de cobro a dicha fecha.
El detalle de deudores comerciales y otras cuentas a cobrar de los balances de situación consolidados al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es como sigue:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| Créditos entidades asociadas ( Nota 17) | 550 | 550 |
| Otros | 88 | 61 |
| Hacienda pública deudora | 1.239 | 923 |
| Créditos dudosos y en litigio | 109.450 | 109.450 |
| Acuerdo City Index | (23.983) | (23.983) |
| Deterioro | (85.467) | (85.467) |
| 1.877 | 1.534 |
Dentro del epígrafe "Créditos dudosos y en litigio", se incluye un importe de 23.983.199 euros, que en virtud del acuerdo alcanzado con City Index, Ltd, únicamente se abonará a esta entidad en el caso de cobro por parte de los clientes.
El detalle de acreedores comerciales y otras cuentas a pagar de los balances de situación consolidados al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es como sigue:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| Acreedores entidades asociadas ( Nota 17) | 3.633 | 3.633 |
| Otras deudas con las Administraciones Públicas | 12 | 20 |
| Otros acreedores | 292 | 327 |
| 3.937 | 3.980 |
La composición de este epígrafe del balance de situación consolidado a 31 de diciembre de 2015 y 2014 es la siguiente:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| Deudores varios | 201 | 210 |
El detalle de este capítulo del activo del balance de situación consolidado al 31 de diciembre es como sigue:
| Saldo a 31/12/2015 |
Saldo a 31/12/2014 |
|
|---|---|---|
| Cuentas corrientes Depósitos a la vista |
7.436 48 |
8.294 48 |
| 7.484 | 8.342 |
Este epígrafe del balance de situación incluye principalmente provisiones para responsabilidades probables o ciertas derivadas de litigios y actas levantadas por las autoridades administrativas.
El Grupo utiliza los criterios más conservadores posibles para la estimación de las obligaciones existentes al cierre del ejercicio, surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para el Grupo, y cuyo importe y momento de cancelación son indeterminados. Dichas obligaciones se registran en el balance de situación consolidado como provisiones y se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir a un tercero las mismas.
No ha habido movimientos durante los ejercicios 2015 y 2014. A 31 de diciembre de 2015, el importe registrado se corresponde con un crédito ordinario contingente a City Index.
Asimismo, se informa, en su caso, de las contingencias que no dan lugar a provisión.
En este sentido, la contingencia, entendida en su sentido amplio, derivada de la clasificación como tal, sin cuantía, en función de la sentencia recaída en el incidente referido en la Nota 1 de esta memoria, no requiere de ningún tipo de provisión en la sociedad participada DELFORCA 2008, S.A.U. atendido que la prosperabilidad sobre el fondo de la reclamación de Banco Santander resulta en estos momentos de nula consideración por cuanto se cuenta: (i) con amplia prueba sobre los ilícitos incurridos por Banco Santander en la gestión y liquidación de los TRS con subyacente sobre acciones de Inmobiliaria Colonial; (ii) con amplios informes de terceros y pericias al respecto; (iii) con el propio contenido de la sentencia del Juzgado Mercantil sobre el fondo de la controversia que ha sido revocada exclusivamente por cuestiones de índole procesal; (iv) con unos procedimientos de investigación en la Comisión Nacional del Mercado de Valores en cumplimiento de sendas sentencias firmes del Tribunal Supremo, precisamente sobre los mismos hechos; (v) con un incidente concursal en tramitación indicado en la Nota 1 por el que se tramita una reclamación de 70 millones de euros frente a Banco Santander.
A la vista de todo lo anterior y siendo así la valoración de la prosperabilidad inferior al 50% y según la NIC 37, no se ha requerido ni en consecuencia establecido la constitución de provisión alguna.
Las variaciones del patrimonio neto se muestran en el Estado de Cambios del Patrimonio Neto de los ejercicios anuales terminados en 31 de diciembre de 2015 y 2014.
a) Capital
Al 31 de diciembre de 2015 y 2014, el capital social de Mobiliaria Monesa, S.A. está representado por 2.850.000 acciones, representadas mediante anotaciones en cuenta, de 3,01 euros nominales cada una totalmente suscritas y desembolsadas. Estas acciones, gozan de iguales derechos políticos y económicos, y se encuentran admitidas a cotización en la Bolsa de Valores de Barcelona, siendo su cotización a 31 de diciembre de 2015 de 4,32 euros y de 4,32 euros a fecha actual.
La composición del accionariado de la Sociedad Dominante al 31 de diciembre de 2015 es como sigue:
| Accionistas | Número de Acciones |
Miles de Euros |
Porcentaje de Participación |
|---|---|---|---|
| Rade 2000, S.L. | 655.175 | 1.972 | 22,99% |
| Inversiones Guinart 2001, S.L. | 475.500 | 1.431 | 16,68% |
| Caixabank | 425.480 | 1.281 | 14,93% |
| Hacve Assets, S.L. | 314.597 | 947 | 11,04% |
| General de Valores y Cambios, S.A. | 199.500 | 600 | 7,00% |
| Rose Grey, S.L. | 174.300 | 525 | 6,13% |
| Cartera de Inversiones C.M., S.A. | 142.500 | 429 | 5,00% |
| Otros | 462.948 | 1.393 | 16,23% |
| 2.850.000 | 8.578 | 100% |
La composición del accionariado de la Sociedad Dominante al 31 de diciembre de 2014 era como sigue:
| Accionistas | Número de | Miles de | Porcentaje de |
|---|---|---|---|
| Acciones | Euros | Participación | |
| Rade 2000, S.L. | 655.175 | 1.972 | 22,99% |
| Inversiones Guinart 2001, S.L. | 475.500 | 1.431 | 16,68% |
| Caixabank | 425.480 | 1.281 | 14,93% |
| Hacve Assets, S.L. | 314.597 | 947 | 11,04% |
| General de Valores y Cambios, S.A. | 199.500 | 600 | 7,00% |
| Rose Red, S.L. | 174.300 | 525 | 6,13% |
| Cartera de Inversiones C.M., S.A. | 142.500 | 429 | 5,00% |
| Otros | 462.948 | 1.393 | 16,23% |
| 2.850.000 | 8.578 | 100% |
Un detalle de este epígrafe de balance de situación consolidado al 31 de diciembre de 2015 y 2014, es como sigue:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 2015 | 2014 | |
| Reservas acumuladas: Reserva legal de la Sociedad Dominante Reservas para acciones propias Otras reservas de la Sociedad Dominante Reservas de consolidación Por integración global |
1.716 2 26.153 (11.874) |
1.716 2 22.899 (10.703) |
| Total | 15.997 | 13.914 |
Las sociedades están obligadas a destinar el 10% de los beneficios de cada ejercicio a la constitución de un fondo de reserva hasta que éste alcance, al menos el 20% del capital social. Esta reserva no es distribuible a los accionistas y sólo podrá ser utilizada para cubrir, en caso de no tener otras reservas disponibles, el saldo deudor de la cuenta de pérdidas y ganancias. También bajo ciertas circunstancias se podrá destinar a incrementar el capital social en la parte de esta reserva que supere el 10% de la cifra de capital ya ampliada. Al 31 de diciembre de 2015, la Reserva Legal estaba dotada en su totalidad.
El detalle de los resultados aportados por cada una de las sociedades que han conformado el Grupo durante los ejercicios 2015 y 2014 es el siguiente:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 2015 | 2014 | |
| Sociedades del Grupo Mobiliaria Monesa, S.A. Delforca 2008, S.A.U. Sociedades Asociadas GVC-Gaesco Holding, S.L. |
495 (2.094) - |
(633) (1.168) - |
| Ajustes de consolidación | - | (1) |
| Total | (1.600) | (1.802) |
Durante los ejercicios 2015 y 2014 no se han satisfecho dividendos.
Este epígrafe del balance de situación consolidado al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014, recoge un importe de 604 miles de euros y 3.804 miles de euros respectivamente, correspondiente al importe neto de las variaciones del valor razonable de activos incluidos en la categoría de activos financieros disponibles para la venta.
Un detalle del movimiento de los ajustes por valoración en los ejercicios anuales terminados en 31 de diciembre de 2015 y 2014 se muestra en el Estado de Cambios del Patrimonio Neto.
Un resumen de los resultados por Operaciones Continuadas, es como sigue:
a) Importe neto de la cifra de negocios y otros ingresos
Un detalle del importe neto de la cifra de negocios y otros ingresos percibidos por la actividad de las sociedades del Grupo consolidado durante los ejercicios 2015 y 2014, es como sigue:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 2015 | 2014 | |
| Ingresos por arrendamiento | - | - |
| Otros Ingresos | - | - |
| - | - |
Al 31 de diciembre de 2015 y 2014 el Grupo no cuenta con empleados propios; si bien tiene externalizado en una compañía de servicios los procesos de elaboración de la información financiera.
c) Gastos Generales, Contribuciones e Impuestos
La composición de este capítulo de las cuentas de pérdidas y ganancias consolidadas de los ejercicios 2015 y 2014, es como sigue:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 2015 | 2014 | |
| Servicios de profesionales independientes Arrendamientos Tributos y tasas Otros gastos |
1.677 138 178 63 |
1.119 131 152 32 |
| Total | 2.056 | 1.434 |
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 2015 | 2014 | |
| Deterioro | - | - |
| Variación provisiones | - | 20 |
| Total | - | 20 |
La composición de este epígrafe de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias adjunta es la siguiente:
| 2015 | 2014 | |
|---|---|---|
| Ingresos: | ||
| Otros ingresos de valores negociables y otros | ||
| instrumentos financieros de terceros | 2.479 | - |
| Otros ingresos financieros | 436 | 563 |
| Total ingresos | 2.915 | 563 |
| Gastos: | ||
| Otros gastos financieros | (2) | (3) |
| Total gastos | (2) | (3) |
| Variación de valor razonable | ||
| en instrumentos financieros (Nota 7) | (1.164) | - |
| Resultados | 1.749 | 560 |
Los activos y pasivos del balance de situación consolidado del Grupo denominados en las monedas más significativas al 31 de diciembre de 2015 ascienden a 6 miles de euros denominados en US\$ (6 miles de euros en 2014).
Las operaciones y saldos entre la Sociedad y sus sociedades dependientes han sido eliminados en el proceso de consolidación y no se desglosan en esta Nota.
a) Operaciones y saldos con sociedades asociadas
El detalle de las operaciones y saldos con sociedades asociadas es como sigue:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | ||
| Activos Otros activos financieros |
639 | 639 | |
| Pasivos Otros pasivos |
3.633 | 3.633 |
En relación al importe registrado en "Otros pasivos", se indica en la Nota 1 de esta Memoria.
b) Operaciones y saldos con los accionistas significativos de la Sociedad Dominante
Durante los ejercicios 2015 y 2014, la Sociedad no ha llevado a cabo operaciones por colocación de instrumentos financieros a través de accionistas significativos.
Durante el ejercicio 2015, los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad Dominante han percibido 217 miles de euros, 113 miles de euros en concepto de dietas por asistencia al Consejo y 104 miles de euros en concepto de remuneración de los servicios prestados derivados del ejercicio de su cargo (283 miles de euros, 166 miles de euros en concepto de dietas por asistencia al Consejo y 117 miles de euros en concepto de remuneración de los servicios prestados en el ejercicio anterior).
No existen créditos concedidos o anticipos, ni están contraídas obligaciones en materia de pensiones y de seguros de vida con el conjunto de los miembros, antiguos y actuales, del Consejo de Administración.
Participaciones y operaciones con Miembros del Consejo de Administración
En aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se indica que la Sociedad no tiene conocimiento de que los Consejeros tengan participaciones en otras sociedades con el mismo, análogo o complementario objeto social.
Asimismo, y de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio, mencionada anteriormente, se informa que los miembros del Órgano de Administración no ha realizado ninguna actividad, por cuenta propia o ajena, con la Sociedad que pueda considerarse ajena al tráfico ordinario que no se haya realizado en condiciones normales de mercado.
Un detalle de las participaciones que los miembros del Consejo de Administración ostentan de la Sociedad Dominante al 31 de diciembre de 2015, es como sigue:
| Nombre | Total Acciones |
% total Participación |
% Participac. Directa |
% Participac. Indirecta |
|---|---|---|---|---|
| Rade 2000, S.L. | 655.175 | 22,99% | 22,99% | - |
| Inversiones Guinart 2001, S.L. | 475.500 | 16,68% | 16,68% | - |
| Enrique Viola Tarragona | 11.748 | 0,39% | 0,39% | - |
| Juan Ernesto Cella Raymond | 28.500 | 1,00% | - | 1,00% |
| Carlos Ferran Calderó | 14.250 | 0,50% | - | 0,50% |
| Albert Guinart Royo | 1 | 0,00% | 0,00% | - |
| Total | 1.185.174 | 41,56% | 40,06% | 1,50% |
La Sociedad no tiene información sobre ninguna operación con Consejeros (ni con accionistas significativos y directivos) que sean ajenas al tráfico ordinario de Mobiliaria Monesa, S.A. o que no se hayan realizado en condiciones normales de mercado.
El Grupo no tiene activos de importancia ni ha incurrido en gastos relevantes destinados a la minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente.
Asimismo, no existen provisiones para riesgos y gastos ni contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio ambiente.
La única línea de negocio del Grupo es el alquiler de inmuebles, ya que la actividad propia de empresas de servicios de inversión tiene un carácter meramente residual.
Los honorarios devengados por la firma auditora de las cuentas anuales individuales de las sociedades del grupo y consolidadas (BDO Auditores, S.L.P.) han ascendiendo a (en miles de euros):
| Mobiliaria Monesa, S.A. 2015 |
2014 | Grupo Mobiliaria Monesa 2015 |
2014 | |
|---|---|---|---|---|
| Por servicios de auditoría | 9 | 9 | 32 | 32 |
El importe indicado en el cuadro anterior por servicios de auditoría incluye la totalidad de los honorarios relativos a la auditoría de los ejercicios 2015 y 2014, con independencia del momento de su facturación.
Al 31 de diciembre de 2015, el Grupo tiene abiertos a inspección fiscal todos los impuestos a los que está sujeto desde el ejercicio 2011 hasta el ejercicio 2015. En consecuencia, con motivo de eventuales inspecciones, podrían surgir pasivos adicionales a los registrados por el Grupo. No obstante, los Administradores de la Sociedad Dominante consideran que dichos pasivos, en caso de producirse, no serían significativos sobre las Cuentas Anuales Consolidadas tomadas en su conjunto.
Los beneficios, determinados conforme a la legislación fiscal, están sujetos a un gravamen del 28% sobre la base imponible de la cuota resultante pueden practicarse determinadas deducciones. La Ley27/2014 de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, estableció, entre otros aspectos, la reducción del tipo de gravamen general del Impuesto sobre Sociedades, que hasta 31 de diciembre de 2014 se situaba en el 30%, queda establecido al 28% en el ejercicio 2015 y al 25% para los ejercicios 2016 y siguientes.
Debido al diferente tratamiento que la legislación fiscal permite para determinadas operaciones, el resultado contable de cada una de las sociedades del Grupo difiere de la base imponible fiscal. A continuación, se incluye una conciliación entre el resultado contable consolidado de los ejercicios 2015 y 2014 y el resultado fiscal que el Grupo espera declarar en tras la aprobación de las cuentas anuales:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 2015 | 2014 | ||
| Resultado contable del ejercicio | (1.600) | (1.103) | |
| Bases contable del impuesto | (1.600) | (1.103) | |
| Diferencias temporarias | - | - | |
| Base Imponible fiscal | (1.600) | (1.103) | |
| Cuota sobre la base imponible | - | - | |
| Cuota líquida | - | - | |
| Retenciones y pagos a cuenta | (102) | (75) | |
| Impuesto sobre Sociedades a pagar (devolver) |
(102) | (75) |
El gasto (ingreso) del ejercicio por Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2015 y 2014 se calcula como sigue:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 2015 | 2014 | ||
| Baja de crédito fiscal Ajustes negativos Otros |
(229) (353) (462) |
- (699) - |
|
| Total | (1.044) | (699) |
El importe de 353 miles de euros se corresponde a la regularización del tipo impositivo del impuesto sobre sociedades que reduce el tipo del 28 al 25 según la ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades y la prescripción de deducciones fiscales.
El importe de 462 miles de euros se corresponde a la regularización de la prescripción de deducciones fiscales.
Un resumen de los activos fiscales por impuestos diferidos al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es como sigue:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 2015 | 2014 | ||
| Impuestos anticipados Deducciones |
2.604 - |
2.683 462 |
|
| Crédito fiscal bases imponibles negativas | 714 | 1.069 | |
| Total | 3.318 | 4.214 |
La disminución de las deducciones pendientes de aplicación por importe de 462 euros corresponde a la prescripción de dichas deducciones fiscales.
En el cuadro siguiente se muestra un detalle de las diferencias temporarias y su correspondiente efecto impositivo (impuestos anticipados), a 31 de diciembre de 2015 y 2014 (en miles de euros):
| Diferencias Temporarias | Efecto Impositivo | |||
|---|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | 31/12/2015 | 31/12/2014 | |
| Provisiones para insolvencias y Riesgo de crédito Ajustes por cambios de valor |
5.615 791 |
5.615 - |
1.404 197 |
1.572 - |
El detalle de las diferencias temporarias y su correspondiente efecto impositivo acumulado al 31 de diciembre de 2015 y 2014 es como sigue (en miles de euros):
| Diferencias Temporarias | Efecto Impositivo | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| 31/12/2015 | 31/12/2014 | 31/12/2015 | 31/12/2014 | ||
| Otros instrumentos de capital | 332 | 1.479 | 83 | 414 |
De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre Sociedades, si en virtud de las normas aplicables para la determinación de la base imponible ésta resultase negativa, su importe podrá ser compensado en futuros ejercicios, distribuyendo la cuantía en la proporción que se estime conveniente. La compensación se realizará al tiempo de formular la declaración del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de las facultades de comprobación que correspondan a las autoridades fiscales.
A la fecha de formulación de estas Cuentas Anuales Consolidadas, el Grupo dispone de bases imponibles negativas pendientes de compensar por importe de 19.917 miles de euros, antes de la presentación de la liquidación del impuesto sobre sociedades del ejercicio 2015.
La Dirección del Grupo estima que en el futuro se generarán bases imponibles positivas suficientes para la recuperación de los créditos fiscales activados a través de la obtención de ingresos por alquileres y, en su caso, por las plusvalías generadas a través de una hipotética venta del inmueble propiedad del Grupo.
Con motivo de la venta de actividad de intermediación (noviembre de 2008) paulatinamente la participada Delforca 2008 ha ido disminuyendo sus riesgos hasta el punto que a fecha de hoy éstos pueden considerarse inexistentes ya que Delforca 2008 se encuentra con liquidez suficiente para hacer frente a cualquier reclamación y liquidación de contraparte, que por añadidura están totalmente liquidadas en la actualidad.
El Grupo mantiene las posiciones que tuvo que asumir ésta por cuenta propia (100.000 acciones de Inmobiliaria Colonial, S.A.) y las que tradicionalmente se mantienen en Bolsas y Mercados Españoles, S.A (180.000 acciones) que pueden verse afectadas por las variaciones de mercado.
En las presentes circunstancias, el riesgo de crédito en la participada Delforca 2008 se halla totalmente provisionado.
La Sociedad y su participada Delforca 2008 mantienen fundamentalmente la totalidad de su liquidez en tesorería disponible.
Los ingresos y los flujos de efectivo de las actividades de explotación de la Sociedad y el Grupo son en su mayoría independientes respecto de las variaciones en los tipos de interés de mercado.
Los hechos posteriores al cierre del ejercicio se encuentran descritos en la Nota 1 dado el carácter de información completa, continuada e histórica que en ella se contiene. A la fecha de la formulación de las adjuntas cuentas anuales consolidadas, no se han producido otros acontecimientos significativos a los comentados en esta Memoria consolidada, que afectando a las mismas, no se hubiera incluido en ellas, o cuyo conocimiento pudiera resultar útil a un usuario de las mismas.
Conforme a lo indicado en la disposición adicional tercera, "Deber de información" de la Ley 15/2010, de 5 de julio (modificada por la Ley 31/2014), que modifica la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y con respecto a la Resolución de 29 de enero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, sobre la información a incorporar en la memoria de las cuentas anuales en relación con dicha Ley, la información es la siguiente:
| Ejercicio 2015 Días |
|
|---|---|
| Periodo medio de pago a proveedores Ratio de operaciones pagadas |
30 30 |
| Ratio de operaciones pendientes de pago | 30 |
| Euros | |
| Total pagos realizados Total pagos pendientes |
233 292 |
Las cuentas anuales del ejercicio 2015, según la resolución mencionada anteriormente, no presentan información comparativa con el ejercicio anterior relacionada con este nuevo requisito.
Se incluye únicamente la información sobre los pagos de la Sociedad Dominante, ya que la única participada del Grupo, Delforca 2008, S.A.U. se encuentra en situación e concurso de acreedores y, por tanto, ha superado los plazos legales de pago.
Mobiliaria Monesa, S.A., es la sociedad dominante de un grupo con una sociedad dependiente (Delforca 2008, S.A.U.) que constituyen el Grupo Mobiliaria Monesa.
La actividad más destacada en el ejercicio finalizado a 31 de diciembre de 2015 ha sido:
Respecto a los procedimientos judiciales en los que el GRUPO se halla incurso y a modo de resumen, cabe destacar los siguientes hechos acontecidos a lo largo del ejercicio 2015, con concreta incidencia en su segundo semestre.
Procedimiento concursal DELFORCA 2008, S.A.U. (Juzgado de lo Mercantil 10 de Barcelona, Autos 543/2012‐A).
a) Durante el ejercicio 2015, se ha continuado la tramitación ordinaria del procedimiento concursal de DELFORCA 2008, S.A.U. La fase común del procedimiento concursal (Juzgado de lo Mercantil 10 de Barcelona, Autos 543/12-A) finalizó y fue señalada como fecha para la celebración de la Junta General de Acreedores el día 17 de septiembre de 2015, si bien fue suspendida por el Juzgado de lo Mercantil a la espera de la sustanciación de las apelaciones en la Audiencia Provincial, cuya vista tuvo lugar el pasado día 16 de marzo.
b) Incidente promovido por DELFORCA 2008, S.A.U. en solicitud de (i) resolución de la relación jurídica obligacional con el Consejo Superior de Cámaras y (ii) resolución del convenio arbitral suscrito con Banco Santander. La sentencia fue dictada en fecha 16 de diciembre de 2014, siendo los términos del fallo:
"ESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de resolución de la relación jurídica obligacional entre DELFORCA 2008, S.A. y el CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de resolución del convenio arbitral entre DELFORCA 2008, S.A. y BANCO SANTANDER, S.A. integrado en el Contrato Marco de Operaciones Financieras suscrito en 1998, declarando expresamente la resolución de dichos contratos, por incumplimientos graves del CONSEJO SUPERIOR DE CAMARAS DE COMERCIO y de BANCO SANTANDER, S.A. y en interés del concurso, todo ello al amparo de los Artículos 61 y 62 de la Ley Concursal, no derivándose consecuencias económicas para el concurso como consecuencia de dichas resoluciones, todo ello sin hacer pronunciamiento en cuanto a las costas procesales del presente incidente".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión estrictamente de orden procesal, al entender que la resolución apelada del Juzgado de lo Mercantil no podía dictarse al amparo del artículo 62 de la Ley Concursal y sin entrar a valorar las causas de resolución acordadas por el citado Juzgado de lo Mercantil, que en cualquier caso, sigue manteniendo todo su valor "obiter dicta". Además, la sentencia de Sala no entra a valorar los efectos de la extinción del Consejo Superior de Cámaras, por considerar que es un hecho posterior a la sustanciación del incidente. Del mismo modo, no valora la inarbitrabilidad de la controversia por tratarse, entre otros extremos, de una cuestión de orden público, tras la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 20 de abril de 2015 (Vid. III, apartado 1.), que obligó a la CNMV a investigar la ilícita actuación de Banco Santander en el gestión y liquidación de los Total Return Swaps sobre Inmobiliaria Colonial. Finalmente, señalar que la Sala, en sus fundamentos, rechazan las excepciones de Banco Santander sobre falta de competencia, señalándose claramente que la resolución de las relaciones obligacionales con la institución arbitral, queda fuera de cualquier convenio arbitral. A la vista de tales pronunciamientos, el Grupo ha adoptado la decisión de proceder a interponer el correspondiente Recurso de Casación, que está siendo preparado por los servicios jurídicos. No obstante indicar que a la fecha y desde su notificación la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
c) Incidente promovido por Banco Santander en solicitud de reconocimiento de un crédito ordinario contingente sin cuantía propia. La sentencia fue dictada en fecha 17 de febrero de 2015, siendo los términos del fallo:
"FALLO: DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda incidental de impugnación de la Lista de Acreedores contenida en el Informe de la administración concursal formulada por BANCO SANTANDER, S.A., debiendo mantenerse en el informe la exclusión del crédito de la demandante, declarando, además, que dicho crédito no existe, al haberse producido un incumplimiento total y grave por parte de BANCO SANTANDER, S.A. de los términos y condiciones de los Total Return Swaps suscritos con DELFORCA 2008, S.A.U., de acuerdo con todo lo expuesto en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución, …".
Recurrida en apelación por Banco de Santander y celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), la Sala la ha estimado (Sentencia de fecha 19 de abril de 2016) por una cuestión también estrictamente de orden procesal, viniendo a considerar a Banco Santander, a efectos del concurso, como un acreedor contingente sin cuantía; ello a tenor de la interpretación amplia que la Sala realiza del conflicto que viene arrastrándose desde hace cerca de nueve años y en la que se entiende que el segundo arbitraje que viene intentando entablar Banco Santander sobre el fondo de la cuestión, se encontraba, en todo caso, simplemente suspendido. Al igual que en el incidente anterior, el Grupo interpondrá el correspondiente Recurso de Casación, para lo cual ya ha instruido a sus servicios jurídicos. Asimismo y como también se ha indicado en dicho anterior incidente concursal, y por tratarse de una resolución de carácter estrictamente procesal, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil, mantiene respeto a la reclamación de Banco Santander todo su valor sobre el fondo de la controversia "obiter dicta"; lo que ha venido a suponer un reconocimiento de la carencia de derecho alguno, más allá de los procesales, de Banco Santander frente al Grupo. Asimismo, a la fecha y desde su notificación, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil ha resultado ejecutiva y sus efectos no han sido suspendidos.
e) En el procedimiento principal del Concurso, recurso de apelación interpuesto por Banco Santander contra la resolución que confirmó la suspensión de los efectos del convenio arbitral. Celebrada vista oral (16 de marzo de 2016), ha sido revocada la resolución del Juzgado Mercantil (19 de abril de 2016) por entender la Sala que ya estaba iniciado el procedimiento arbitral a la fecha de declaración de concurso. El Grupo, ha encargado a sus servicios jurídicos la valoración de los derechos y acciones que se derivan de dicha resolución
f) Incidentes promovidos por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. en reclamación a Banco Santander de 56 millones euros (más 14 millones de euros de intereses) por las ilícitas compensaciones realizadas sobre las garantías depositadas para la operativa de los Total Return Swaps suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U. en nombre y por cuenta de sus clientes, resolviéndose (julio de 2015) que el Juzgado de lo Mercantil no tenía competencia objetiva para conocer de la demanda incidental. La Audiencia Provincial ha revocado la resolución en interés de DELFORCA 2008, S.A.U. y de MOBILIARIA MONESA, S.A. ordenando su tramitación.
Aunque no son procedimiento del concurso, indicar que el resto de asuntos judiciales que el GRUPO mantiene o ha venido manteniendo con el Grupo GVC: (i) bien finalizaron durante el ejercicio 2015 o (ii) bien se encuentran suspendidos: (a) juicio ordinario para declarar que la Sociedad no ha incumplido la obligación de pago del denominado "Ajuste de Precio por Pérdida de Negocio de CAHISPA" en los términos ordenados por el laudo arbitral citado anteriormente, (b) juicio ordinario, en solicitud de cese de sus cargos de ciertos miembros del Consejo de Administración de la entidad GVC GAESCO HOLDING, S.L. y (c) juicio ordinario en ejercicio de la acción de impugnación de los acuerdos sociales adoptados en la Junta General de fecha 19 de diciembre de 2013 de la entidad GVC GAESCO HOLDING, S.L.
h) Procedimiento de denuncia administrativa contra Banco Santander e Inmobiliaria Colonial. MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. interpusieron en 2009 denuncia ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores contra Banco Santander por una serie de actuaciones realizadas por la misma en relación a la gestión de los Total Return Swaps sobre subyacente de Inmobiliaria Colonial suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U constitutivas de malas prácticas y de abuso de mercado (artículos 81 y 83ter de la Ley del Mercado de Valores) y que se concretaban entre otras en: (a) utilización de información privilegiada, (b) realización de prácticas que falseaban la libre formación de los precios y (c) conflicto de intereses. Tras ocultarse información a la CNMV por parte de Banco Santander ésta se archivó en sede administrativa y posteriormente se confirmó dicho archivo en sede contencioso administrativa por falta de interés legítimo de los denunciantes. Interpuesto el correspondiente recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en fecha 20 de abril de 2015, se dictó sentencia (Hecho Relevante de 12/05/15, número 222874), por la cual en su fallo, el Tribunal Supremo resolvió:
a) Haber lugar al Recurso de Casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que queda anulada y sin efecto.
c) Ordenar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores que retrotraiga el procedimiento al momento anterior a la decisión de archivo y que reanude su tramitación, dando audiencia a MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U., recabando la información, practicando las pruebas que se consideren necesarias y resolviendo lo que proceda de forma motivada.
Por parte de MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y previo plazo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores para alegaciones, se interesó (junio de 2015) un escrito de ampliación de la denuncia inicial, en la que y entre otras cuestiones, se solicitaba la admisión de las pruebas documentales aportadas y la incoación, sin más demora, de un expediente sancionador contra Banco Santander en los términos de la denuncia inicial de 2009. A la fecha se sigue a la espera de las resoluciones y actuaciones del Regulador.
Con igual sentido y tras los mismos trámites en fecha 16 de marzo de 2016, se ha dictado sentencia por el Tribunal Supremo en el correspondiente procedimiento frente al archivo de la denuncia frente a Inmobiliaria Colonial, por la que también se estima totalmente el Recurso de Casación interpuesto por MOBILIARIA MONESA, S.A. y DELFORCA 2008, S.A.U. y ordenando en su fallo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores reanudar la tramitación del expediente sancionador en similares términos a los indicados respecto a Banco Santander (Hecho Relevante de 30/03/16, número 236777).
De todos los hechos procesales relacionados supra, se ha informado convenientemente al Mercado y al Regulador según es de ver de la relación de Hechos Relevante que al final del presente Informe de Gestión se acompaña.
La actividad más destacada del Grupo en el ejercicio terminado en 31 de diciembre de 2015 ha sido:
El patrimonio neto consolidado del Grupo ha variado respecto del patrimonio neto a 31 de diciembre de 2014 en 2.100 mil euros, por un lado por la incorporación de las pérdidas acumuladas al 31 de diciembre de 2015 que ascienden a 1.600 miles de euros (pérdidas acumuladas consolidadas de 1.802 miles de euros a la misma fecha de 2014), y por otro por la reclasificación de las variaciones de valor acumuladas asociadas a los activos disponibles para la venta, variaciones que pasan a registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias, que suponen una disminución neta del patrimonio de 500 mil euros.
Dichas pérdidas básicamente vienen explicadas por lo siguiente:
Durante el ejercicio 2015, el GRUPO no ha obtenido ingresos de explotación.
Adicionalmente, los gastos de explotación del ejercicio representan un total de 2.056 miles de euros.
En cuanto al Impuesto de Sociedades, es especialmente destacable que los cambios introducidos en la Ley 27/2014 del Impuesto de Sociedades que reduce el tipo del 28% al 25% y la repercusión de este cambio sobre los activos fiscales del GRUPO, han supuesto el registro de pérdidas de 373 mil euros.
Por otro lado, la prescripción de determinados activos fiscales históricos impacta negativamente en el resultado en 442 mil euros más.
A continuación, se muestra un detalle de las partidas más significativas de la cuenta de resultados y del balance de situación en conformidad con las recomendaciones efectuadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores:
| Cuenta de resultados consolidada | Balance de situación consolidado | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| ( en miles de € ) | ( en miles de € ) | |||||
| 1 de enero a 31 dic de 2014 |
1 de enero a 31 dic de 2015 |
a 31 dic de 2014 |
a 31 dic de 2015 |
|||
| Ingresos por arrendamientos | 0 | 0 | Activo no corriente | 17.933 | 22.672 | |
| Otros ingresos | 0 | 0 | Activo corriente | 16.568 | 9.562 | |
| total ingresos | 0 | 0 | total activo | 34.501 | 32.234 | |
| EBITDA | -1.434 | -2.056 | ||||
| EBIT | -1.663 | -2.305 | Provisiones | 3.975 | 3.975 | |
| Resultado antes de impuestos | -1.103 | -1.600 | Otros pasivos | 6.029 | 5.890 | |
| total pasivo | 10.004 | 9.865 | ||||
| Ajsutes por valoración | 3.804 | -604 | ||||
| Fondos Propios | 20.693 | 22.973 |
Total PN y pasivo 34.501 32.234
total patrimonio neto 24.497 22.369
En lo que a DELFORCA 2008, S.A.U., destacar que su tesorería supone 7.355 miles de euros. Dichos saldo se encuentra invertido en depósitos financieros y de ellos se obtiene una rentabilidad de acuerdo con las condiciones de mercado. De dicha tesorería existen 3,6 millones de euros sujetos a la resolución dictada por la Audiencia Provincial a la que se ha hecho referencia en el presente Informe de Gestión y en la Nota 1 de la Memoria.
La Sociedad mantiene una provisión de 5.615 miles de euros derivada de la obligación de pago a la entidad CITY INDEX LTD vinculada al cumplimiento de determinadas condiciones que no se han producido durante el ejercicio.
A la fecha no se prevé riesgo alguno, manteniéndose la incertidumbre de en qué momento del ejercicio 2016 se celebrará la Junta de Acreedores de Delforca.
Para el GRUPO y en consecuencia para MOBILIARIA MONESA, S.A., con posterioridad al 31 de diciembre de 2015, el hecho fundamental ha sido la resolución de los distintos incidentes concursales de DELFORCA 2008, S.A.U. por la Audiencia Provincial de Barcelona, explicitados en la Nota 1. Asimismo, destacar que la Audiencia Provincial ha resuelto que deben continuarse la tramitación de los incidentes concursales de reclamación contra Banco Santander por parte de DELFORCA 2008, y MOBILIARIA MONESA, S.A. de 56 millones euros (más 14 millones de euros de intereses) por las ilícitas compensaciones realizadas sobre las garantías depositadas para la operativa de los Total Return Swaps (sobre el subyacente de acciones de Inmobiliaria Colonial, S.A.) suscritos por DELFORCA 2008, S.A.U. en nombre y por cuenta de sus clientes.
Durante el ejercicio 2016 el GRUPO prevé:
Levantar el concurso de DELFORCA 2008, S.A.U., con independencia del resultado recaído en los recursos de apelación en tramitación, ya que procesalmente así corresponderá.
HR 224030 de fecha 09/06/2015, informando de la constitución y celebración en legal y reglamentaria forma de la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de MOBILIARIA MONESA, S.A.
HR 227769 de fecha 27/08/2015, Información sobre resultados correspondientes al primer semestre de 2015.
Durante el ejercicio 2015 la Sociedad cabecera no ha realizado operaciones con acciones propias, manteniéndose su saldo desde el cierre del ejercicio 2014.
* * * * * * * * * * * *
En cumplimiento de la normativa mercantil vigente, el Consejo de Administración de MOBILIARIA MONESA, S.A. formula las Cuentas Anuales Consolidadas e Informe de Gestión Consolidado correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2015 que se componen de las adjuntas hojas número 1 a 50.
Barcelona, 28 de abril de 2016 El Consejo de Administración
_______________________________ _______________________________ D. Francisco de Paula Guinart Villaret en representación de Inversiones Guinart 2001, S.L. Presidente
D. Miquel Trapé Viladomat Vocal
D. Joan Ernest Cella Raymond Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Albert Guinart Royo Vocal
D. Carlos Ferrán Calderó Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Enrique Viola Tarragona Vocal
D. Pere Palay Artigas en representación de Rade 2000, S.L. Vocal
D. Daniel Guilló Vivé en representación de Rose Grey , S.L. Vocal
Los Consejeros Don Joan Ernest Cella Raymond y Don Miquel Trapé Viladomat no firman las presentes cuentas por no asistir a la sesión de formulación, sin que conste motivo alguno de oposición al contenido de las mismas.
_______________________________ _______________________________
Los miembros del Consejo de Administración de MOBILIARIA MONESA, S.A., declaran que, hasta donde alcanza su conocimiento, las cuentas anuales, individuales y del grupo consolidado, correspondientes al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, han sido elaboradas con arreglo a los principios de contabilidad aplicables, ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad y de la compañías comprendidas en la consolidación tomados en su conjunto, y que el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados empresariales y de la posición de MOBILIARIA MONESA, S.A. y de las sociedades comprendidas en el perímetro de consolidación tomadas en su conjunto, junto con la descripción de los principales riesgos e incertidumbres a que se enfrentan.
Y para que así conste a los efectos oportunos, se expide la presente declaración.
En Barcelona, a 28 de abril de 2016.
_______________________________ _________________________ D. Francisco de Paula Guinart Villaret en representación de Inversiones Guinart 2001, S.L. Presidente
D. Miquel Trapé Viladomat Vocal
D. Joan Ernest Cella Raymond Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Albert Guinart Royo Vocal
D. Carlos Ferrán Calderó Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Enrique Viola Tarragona Vocal
D. Pere Palay Artigas en representación de Rade 2000, S.L. Vocal
_______________________________ _______________________________ D. Daniel Guilló Vivé en representación de Rose Grey, S.L. Vocal
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2015
C.I.F. A08348740
DENOMINACIÓN SOCIAL
MOBILIARIA MONESA, S.A.
DOMICILIO SOCIAL
AVENIDA PAU CASALS, 22 3º, BARCELONA
| Fecha de última modificación |
Capital social (€) | Número de acciones | Número de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| 30/12/2002 | 8.578.500,00 | 2.850.000 | 2.850.000 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
| Sí | No | X |
|---|---|---|
| ---- | ---- | --- |
| Nombre o denominación social del accionista | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| DON PEDRO PERELLÓ PONS | 55.985 | 655.175 | 24,95% |
| CAIXA BANK, SA | 425.480 | 0 | 14,93% |
| GENERAL DE VALORES Y CAMBIOS SA | 199.500 | 0 | 7,00% |
| CARTERA DE INVERSIONES C.M., S.A. | 142.500 | 0 | 5,00% |
| HACVE ASSETS SL | 314.597 | 0 | 11,04% |
| DON DANIEL GUILLÓ VIVÉ | 0 | 174.300 | 6,12% |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto |
|---|---|---|
| DON PEDRO PERELLÓ PONS | RADE 2000, S.L. | 655.175 |
| DON DANIEL GUILLÓ VIVÉ | ROSE GREY SL | 174.300 |
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
| Nombre o denominación social del accionista | Fecha de la operación |
Descripción de la operación |
|---|---|---|
| ROSE GREY SL | 28/12/2015 | Se ha superado el 5% del capital Social |
| Nombre o denominación social del Consejero | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| DON ORIOL HUGUET GALI | 1 | 0 | 0,00% |
| DON JUAN ERNESTO CELLA RAYMOND | 0 | 28.500 | 1,00% |
| DON ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | 11.748 | 0 | 0,41% |
| DON CARLOS FERRAN CALDERÓ | 0 | 14.250 | 0,50% |
| DON ALBERT GUINART ROYO | 1 | 0 | 0,00% |
| Nombre o denominación social del Consejero | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| RADE 2000, S.L. | 655.175 | 0 | 22,99% |
| INVERSIONES GUINART 2001, S.L. | 475.500 | 0 | 16,68% |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto |
|---|---|---|
| DON JUAN ERNESTO CELLA RAYMOND | BRIANSIM, S.L. | 28.500 |
| DON CARLOS FERRAN CALDERÓ | INMOVARIA, S.L. | 14.250 |
| % total de derechos de voto en poder del consejo de administración | 41,58% |
|---|---|
Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo de administración de la sociedad, que posean derechos sobre acciones de la sociedad
Sí No X
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
Sí No X
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
No se conoce la existencia de ninguna de las situaciones especificadas.
A.7 Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
| Sí | No X |
|
|---|---|---|
| Observaciones |
A.8 Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:
A fecha de cierre del ejercicio:
| Número de acciones directas | Número de acciones indirectas (*) | % total sobre capital social |
|---|---|---|
| 223 | 0 | 0,01% |
Detalle las variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:
| Explique las variaciones significativas | |||
|---|---|---|---|
| -- | -- | -- | ----------------------------------------- |
No ha habido variaciones.
La Junta General de Accionistas celebrada con fecha 14 de junio 2011, autorizó al Consejo de Administración para la adquisición de acciones propias en los términos que a continuación se detallan:
a) la adquisición podrá realizarse por cualquier título admitido en derecho, en una o varias veces, siempre que las acciones adquiridas, sumadas a las que ya posea la Sociedad, no excedan del 10 por 100 del capital social;
b) el plazo de la vigencia de la autorización será de 5 años a partir del día siguiente a este acuerdo;
c) el precio mínimo será su valor nominal y el precio máximo el 105% de la cotización de la acción en el Mercado en el momento de la adquisición.
Expresamente se hace constar que las acciones que se adquieran como consecuencia de la presente autorización podrán destinarse a su enajenación o amortización.
| % | |
|---|---|
| Capital Flotante estimado | 14,00 |
A.10 Indique si existe cualquier restricción a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
Sí No X
A.11 Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
Sí No X
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.12 Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado comunitario.
Sí No X
En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera.
B.1 Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general.
| Sí | X | No | |
|---|---|---|---|
| ---- | --- | -- | ---- |
| % de quórum distinto al establecido en art. 193 LSC para supuestos generales |
% de quórum distinto al establecido en art. 194 LSC para los supuestos especiales del art. 194 LSC |
|
|---|---|---|
| 50,00% | 0,00% | |
| Quórum exigido en 1ª convocatoria | ||
| 0,00% | 0,00% | |
| Quórum exigido en 2ª convocatoria |
los quórum de constitución de la Junta general establecidos en los estatutos sociales son los siguientes:
Los quórums de constitución de Junta General anteriormente reseñados, se diferencian con relación a los establecidos en la Ley de Sociedades de Capital, solamente en el quórum necesario para la primera convocatoria, que es el doble (50%) del quórum exigido (25%).
B.2 Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
Sí X No
Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSC.
| Mayoría reforzada distinta a la establecida en el artículo 201.2 LSC para los supuestos del 194.1 LSC |
Otros supuestos de mayoría reforzada | |
|---|---|---|
| % establecido por la entidad para la adopción de acuerdos |
75,00% | 80,00% |
la diferencia estriba en que el porcentaje de votos necesarios para adoptar los acuerdos de supuestos especiales en primera convocatoria, con asistencia de mas del 50% del capital social, debe ser de dos tercios del capital social asistente a la Junta, en lugar del régimen de mayoría ordinaria de los votos establecido en la Ley de Sociedades de Capital. Por otro lado, de conformidad con el artículo 14,4 de los estatutos sociales, los acuerdos judiciales o de otra índole que conlleven la disolución de la Compañía, deberán adoptarse, atendida su vital relevancia y en aras a preservar el interés social, con el voto favorable de, al menos, el 80% del capital social de la Compañía.
Para que la Junta General ordinaria o extraordinaria pueda acordar válidamente los acuerdos relativos a los supuestos especiales previstos en el artículo 194 LSC entre los que se incluye la modificación estatutaria, salvo en lo que se refiere al traslado de domicilio dentro del mismo término municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 285 LSC, será necesaria, en primera convocatoria, la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, más del cincuenta por ciento del capital social suscrito con derecho a voto. Para la aprobación de dichos acuerdos se requerirá, en primera convocatoria, el voto favorable, como mínimo, de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta con derecho a voto.
Para la adopción de dichos acuerdos, en segunda convocatoria, será suficiente la concurrencia de al menos el 25%del capital suscrito con derecho a voto, pero cuando concurran accionistas que representen menos del 50% del capital suscrito con derecho a voto, esos acuerdos sólo podrán adoptarse válidamente con el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta. Asimismo, de conformidad con el artículo 14.4 de los Estatutos Sociales, en relación con cualquier acuerdo judicial o extrajudicial de la Sociedad con entidades financieras o bancarias que suponga la finalización de todos los procedimientos judiciales o de otra índole, que se mantienen o mantengan con dichas entidades y que conlleve, en consecuencia, la causa de disolución de la Compañía prevista en el artículo 22 de los Estatutos Sociales, atendida su vital relevancia y en aras a preservar el interés social, deberá ser sometido a la
aprobación de la Junta General de la Sociedad. Dicho acuerdo únicamente podrá ser adoptado con el voto favorable del 80% del capital social de la Compañía.
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta | % de presencia | % en | % voto a distancia | ||
| general | física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 18/06/2014 | 30,92% | 39,08% | 0,00% | 0,00% | 70,00% |
| 08/06/2015 | 38,02% | 19,97% | 0,00% | 0,00% | 57,99% |
| Sí X |
No | |
|---|---|---|
| Número de acciones necesarias para asistir a la junta general | 100 | |
B.7 Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad.
La dirección de la web de la sociedad es www.mobiliariamonesa.com, y se accede a través del menú principal de la fila superior accediendo a los apartados denominados "Información de Gobierno Corporativo" y "Junta General", que contienen toda la documentación correspondiente, siguiendo con las especificaciones contenidas en la Circular 3/2015, de 23 de junio de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 3 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha Primer nomb. |
Fecha Último nomb. |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON ORIOL HUGUET GALI |
Independiente | CONSEJERO | 30/06/2009 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
||
| DON JUAN ERNESTO CELLA RAYMOND |
Dominical | CONSEJERO | 30/06/2009 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha Primer nomb. |
Fecha Último nomb. |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON ENRIQUE VIOLA TARRAGONA |
Independiente | CONSEJERO | 30/06/2009 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
||
| DON CARLOS FERRAN CALDERÓ |
Dominical | CONSEJERO | 30/06/2009 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
||
| DON ALBERT GUINART ROYO |
Dominical | CONSEJERO | 30/06/2009 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
||
| ROSE RED, S.L. | DON ARTURO GUILLO VIVE |
Dominical | CONSEJERO | 30/06/2008 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| RADE 2000, S.L. | DON PEDRO DAVID PALAY ARTIGAS |
Dominical | CONSEJERO | 18/02/2008 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| INVERSIONES GUINART 2001, S.L. |
DON FRANCISCO DE PAULA GUINART VILLARET |
Dominical | PRESIDENTE | 30/06/2008 19/06/2013 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
| Número total de consejeros | 8 |
|---|---|
Indique los ceses que se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:
| Nombre o denominación social del consejero | Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|
| DON JUAN ERNESTO CELLA RAYMOND | RADE 2000, S.L. |
| DON CARLOS FERRAN CALDERÓ | RADE 2000, S.L. |
| DON ALBERT GUINART ROYO | INVERSIONES GUINART 2001, S.L. |
| ROSE RED, S.L. | ROSE GREY SL |
| RADE 2000, S.L. | RADE 2000, S.L. |
| INVERSIONES GUINART 2001, S.L. | INVERSIONES GUINART 2001, S.L. |
| Número total de consejeros dominicales | 6 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 75,00% |
DON ORIOL HUGUET GALI
Perfil:
Amplia experiencia en finanzas corporativas, estrategia y desarrollo corporativo, desarrolló funciones de Socio Director en KPMG Corporate Finance (Barcelona y Madrid).
Inspector financiero y tributario, con especialidad en Banca y seguros. Notario del Ilustre Colegio de Cataluña con experiencia en Mercados por sus funciones como Agente de Cambio y Bolsa.
| Número total de consejeros independientes | 2 |
|---|---|
| % total del consejo | 25,00% |
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
NO
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos o sus accionistas:
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:
C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras durante los últimos 4 ejercicios, así como el carácter de tales consejeras:
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada tipología | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2015 |
Ejercicio 2014 |
Ejercicio 2013 |
Ejercicio 2012 |
Ejercicio 2015 |
Ejercicio 2014 |
Ejercicio 2013 |
Ejercicio 2012 |
|
| Ejecutiva | 0 | 0 | 0 | 0 | 0,00% | 0,00% | 0,00% | 0,00% |
| Dominical | 0 | 0 | 0 | 0 | 0,00% | 0,00% | 0,00% | 0,00% |
| Independiente | 0 | 0 | 0 | 0 | 0,00% | 0,00% | 0,00% | 0,00% |
| Otras Externas | 0 | 0 | 0 | 0 | 0,00% | 0,00% | 0,00% | 0,00% |
| Total: | 0 | 0 | 0 | 0 | 0,00% | 0,00% | 0,00% | 0,00% |
C.1.5 Explique las medidas que, en su caso, se hubiesen adoptado para procurar incluir en el consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Si bien en la actualidad no hay consejeras en el Consejo de Administración de la sociedad, no existe ningún obstáculo en la sociedad que impida que puedan serlo. En ese sentido el Consejo de Administración vela para proveerse de nuevas
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado:
Explicación de las medidas
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo de Administración, de conformidad con las Recomendaciones del Código de Buen Gobierno, tienen en cuenta la política de selección de Consejeros y, dentro de la misma las posibilidades de promover a tal categoría un número de Consejeras que posibiliten, en la medida en que ello sea posible, los objetivos para el ejercicio 2020.
Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras, explique los motivos que lo justifiquen:
Explicación de los motivos
La razón de que no se haya nombrado consejeras se debe a que en el último nombramiento de Consejeros no se encontraron candidatas que reunieran el perfil buscado para desempeñar sus funciones.
C.1.6 bis Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política de selección de consejeros. Y en particular, sobre cómo dicha política está promoviendo el objetivo de que en el año 2020 el número de consejeras represente, al menos, el 30% del total de miembros del consejo de administración.
La Comisión de Nombramientos tiene en cuenta (al igual que el Consejo de Administración), y de conformidad con las Recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas (febrero, 2015) la política de selección de Consejeros y dentro de la misma las posibilidades de promover a tal categoría un numero de Consejeras que posibiliten alcanzar los indicados objetivos en 2020 (Recomendación 14). No obstante, y en este ejercicio 2015 (y previsiblemente en el ejercicio 2016 atendida la situación de la Sociedad y su Grupo), no se proceda a ningún nombramiento al respecto.
C.1.7 Explique la forma de representación en el consejo de los accionistas con participaciones significativas.
El Consejo de Administración está representado por accionistas significativos que representan, de forma directa e indirecta, el 45,79% del capital social. En concreto, los Consejeros que tienen participación significativa de forma directa en la compañía son INVERSIONES GUINART 2001, S.L. (16,68) y RADE 2000, S.L. (22,99%). Por su parte, el Consejero ROSE RED, S.L., representa al accionista significativo ROSE GREY, S.L. (6,12%).
C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
Sí No X
Sí No X
| Remuneración del consejo de administración (miles de euros) | 217 |
|---|---|
| Importe de los derechos acumulados por los consejeros actuales en materia de pensiones (miles de euros) |
0 |
| Importe de los derechos acumulados por los consejeros antiguos en materia de pensiones (miles de euros) |
0 |
Detalle, en su caso, las relaciones relevantes distintas de las contempladas en el epígrafe anterior, de los miembros del consejo de administración que les vinculen con los accionistas significativos y/o en entidades de su grupo:
C.1.18 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| Sí X |
No | |||
|---|---|---|---|---|
| Descripción modificaciones |
El Reglamento del Consejo de Administración ha sido modificado para adaptarse a los cambios en la Ley de Sociedades de Capital, en concreto a las modificaciones establecidas en la Ley 31/2014, de 3 de diciembre; siendo la modificación más relevante la inclusión detallada de la regulación de la Comisión Ejecutiva Delegada, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, conteniéndose todas ellas en el actual artículo 17 del Reglamento del Consejo de Administración.
Los procedimientos de nombramiento, reelección y remoción de los consejeros se encuentran establecidos en el Reglamento del Consejo de Administración.
En cuanto a su nombramiento, los consejeros serán nombrados por la Junta General de Accionistas, o en el supuesto de cooptación, por el propio Consejo de Administración. El Consejo de Administración realizará las propuestas de nombramiento de consejeros a la Junta General de Accionistas para su aprobación, salvo en los supuestos de cooptación.
El Consejo de Administración tendrá una especial atención al nombramiento de consejeros independientes, si bien los candidatos deberán cumplir los requisitos establecidos en el punto 4 del artículo 529 duodecies LSC sobre, entre otras cuestiones, no ser o estar vinculado a accionistas significativos, tener reconocida honorabilidad profesional, competencia, solvencia y experiencia, debiendo ser nombrados a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El nombramiento de los Consejeros dominicales y ejecutivos deberá realizarse a propuesta del propio Consejo de Administración, debiendo ser previamente informado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
En ambos casos, deberá acompañarse a la propuesta de nombramiento un informe justificativo en el que se valore la competencia, experiencia y méritos de los Consejeros.
Los Consejeros ejercerán su cargo durante un plazo máximo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. El consejero que finalice su mandato o cese en el desempeño de su cargo, no podrá durante un plazo máximo de tres años desde dicha cesación, prestar servicios o ser designado para un cargo de administrador, directivo, ejecutivo o similar en otra entidad que sea competidora o que tenga un objeto social similar o análogo al de la sociedad.
Los consejeros cesarán en su cargo cuando haya transcurrido el período de tiempo para el que fueron nombrados, o por acuerdo de la Junta General o, en su caso, del Consejo de Administración en los casos legal y estatutariamente previstos, así como cualesquiera otras causas legal o reglamentariamente establecidas.
C.1.20 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:
Descripción modificaciones
Sin cambios
C.1.20.bis Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto de la diversidad en su composición y competencias, del funcionamiento y la composición de sus comisiones, del desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad y del desempeño y la aportación de cada consejero.
El Consejo de Administración en pleno, realiza las tareas de evaluación de la diversidad en su composición y competencias, del funcionamiento y la composición de sus comisiones y del desempeño de las funciones del Presidente del Consejo, si bien para ello, atendida la situación actual de la compañía, no se cuenta con el auxilio de un consultor externo para ello.
C.1.20.ter Desglose, en su caso, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.
No aplica.
Los consejeros deberán presentar su dimisión en los siguientes casos:
Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero, o cuando desaparezcan las razones o motivos por las que fue nombrado, o bien su permanencia en el Consejo pueda perjudicar gravemente los intereses de la sociedad.
Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legal.
Sí X No
En su caso, describa las diferencias.
Descripción de las diferencias
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de los Estatutos Sociales, el Presidente del Consejo de Administración debe ser elegido de entre sus miembros con el voto favorable de dos terceras partes de sus componentes, por lo que requiere un quórum reforzado respecto al legalmente establecido como régimen general de mayoría absoluta en el artículo 248.1 LSC. Asimismo se exigen mayorías reforzadas de dos tercios para los acuerdos que supongan la finalización de todos los procedimientos judiciales o de otra índole que puedan suponer la disolución de la compañía, de conformidad con lo indicado en dicho artículo estatutario.
C.1.24 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración.
| Sí X |
No | |||
|---|---|---|---|---|
| Descripción de los requisitos | ||||
| Los estipulados en el punto C1.23 anterior |
C.1.25 Indique si el presidente tiene voto de calidad:
| Sí X |
No | |
|---|---|---|
| Materias en las que existe voto de calidad | ||
El Presidente tiene voto dirimente en caso de empate en las votaciones sobre todas las materias que se diriman en el seno del Consejo de Administración
C.1.26 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
C.1.27 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
Sí No X
C.1.28 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.
Los consejeros tienen la obligación de asistir personalmente a las sesiones del Consejo. Cuando ello no fuere posible, procurarán que la representación se confiera a favor de otro consejero, que incluya en la medida de lo posible, las oportunas intrucciones. Ningún consejero podrá ostentar más de dos representaciones.
Las representaciones podrán conferirse por cualquier medio postal, mecánico o electrónico siempre que se asegure, a criterio del Presidente o del Secretario, la certeza o validez de la representación.
C.1.29 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de Administración durante el ejercicio. Asimismo señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 7 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente | 0 |
Si el presidente es consejero ejecutivo, indíquese el número de reuniones realizadas, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo y bajo la presidencia del consejero coordinador
| Número de reuniones | 0 |
|---|---|
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Comisión | Nº de Reuniones |
|---|---|
| COMISIÓN EJECUTIVA DELEGADA | 12 |
| COMISIÓN DE AUDITORÍA | 11 |
| COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | 2 |
C.1.30 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de Administración durante el ejercicio con la asistencia de todos sus miembros. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas:
| Número de reuniones con las asistencias de todos los consejeros | 3 |
|---|---|
| % de asistencias sobre el total de votos durante el ejercicio | 91,00% |
C.1.31 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su aprobación:
Sí No X
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.32 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de Administración para evitar que las cuentas individuales y consolidadas por él formuladas se presenten en la junta general con salvedades en el informe de auditoría.
Las Cuentas Anuales individuales y consolidadas han sido preparadas por servicios profesionales externos a la sociedad; habiéndose encargado además de facilitar a los auditores de cuentas, con la supervisión de la Comisión de Auditoría, los datos requeridos por éstos para el correcto desempeño de su labor.
La propuesta final de las cuentas anuales ha sido sometida al estudio del Comisión de Auditoría y, una vez revisadas por dicha Comisión, elevan un borrador definitivo para que sea sometido al Consejo de Administración para su formulación y votación.
La Comisión de Auditoria mantiene la relación directa con el auditor y se considera que es el cauce idóneo y natural para evitar que las cuentas anuales individuales y consolidadas formuladas por el Consejo de Administración se presenten a la aprobación de la Junta General de Accionistas con salvedades en el informe de auditoria.
C.1.33 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
Sí No X
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DON ENRIQUE MORERA GUAJARDO |
C.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.
De conformidad con lo establecido en el punto cuarto del artículo 529 quaterdecies LSC, la Comisión de Auditoría elabora un informe anual expresando su opinión respecto a la confirmación escrita de independencia previamente remitida por los auditores a la Compañía. En relación con las otras cuestiones, atendidas las particulares circunstancias de la Compañía, no se han establecido mecanismos al respecto.
C.1.36 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
| Sí | No | X |
|---|---|---|
| ---- | ---- | --- |
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
| Sí | X | No |
|---|---|---|
| Explicación de las razones | ||
| web de la CNMV. | Por el Presidente de la Comisión de Auditoría se explicó que la limitación al alcance que consta en los inofrmes de auditoría relativos a las Cuentas Anuales individuales y consolidadas de la Compañía venía exclusivamente relacionada con la imposibilidad de contabilizar deterioro alguno, por la inversión en la compañía GVC GAESCO HOLDING, S.L., al no haber podido disponer a la fecha de formulación de las Cuentas Anuales y de la emisión de los correspondientes informes de auditoría, de las cuentas anuales de la indicada sociedad. Esta situación transitoria, meramente provocada por un desfase temporal entre la formulación de las cuentas anuales de MOBILIARIA MONESA, S.A. y su Grupo consolidado y las de la compañía del Grupo GVC GAESCO, se ha venido produciendo desde que no se es miembro de su órgano de administración. MOBILIARIA MONESA, S.A., tras recibir las Cuentas Anuales de la compañía GVC GAESCO HOLDING, procedió a su entrega a los auditores de cuentas, los cuales emitieron sus respectivos informes complementarios, fechados el día 05 de junio de 2015, una vez realizadas por su parte las correspondientes pruebas adicionales para poder obviar la limitación al alcance manifestada y así se comunicó al regulador y consta como información adicional a las Cuentas Anuales en la página |
C.1.39 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales de la sociedad y/o su grupo. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| Sociedad | Grupo | |
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 7 | 7 |
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad ha sido auditada (en %) |
40,83% | 40,83% |
C.1.40 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con asesoramiento externo:
| Sí X |
No | ||
|---|---|---|---|
| Detalle el procedimiento | |||
Los consejeros podrán solicitar la contratación de asesores externos u otros expertos, con cargo a la sociedad, que les asesore en el desempeño de sus funciones siempre y cuando el encargo verse sobre problemas concretos, de cierto relieve y complejidad.
Para ello, el consejero deberá comunicar al Presidente del Consejo la intención de contratar los servicios de un experto, pudiendo vetarse por el Consejo en pleno si se da cualquiera de las siguientes circunstancias:
C.1.41 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
| Sí X No |
|---|
| Detalle el procedimiento |
| La convocatoria ordinaria de los consejos de administración se realizarán con una antelación mínima de 5 cinco días. En la convocatoria del Consejo se incluirá, además de la fecha, hora y lugar de celebración, un avance sobre el previsible orden del día, y se acompañará en su caso, de la información que proceda y esté disponible. En los casos en que, a criterio del Presidente, no resulte aconsejable la transmisión de la información, se advertirá a los consejeros que dicha documentación estará a su disposición para su examen en la sede social de la compañía. Dicho procedimiento no será de aplicación en aquellos casos que se produzca una convocatoria extraordinaria, que por razones de urgencia pueda ser convocada por el Presidente del Consejo de Administración y tampoco en aquellos casos en que se reúna el Consejo de Administración sin mediar convocatoria al efecto. |
| C.1.42 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad: |
| Sí No X |
|
|---|---|
| Explique las reglas | |
| Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar su dimisión en los siguientes casos: |
a) cuando cesan en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como Consejero, o cuando desaparezcan las razones por las que fue nombrado, o bien su permanencia en el consejo pueda perjudicar gravemente los intereses de la sociedad.
b) cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
c) cuando resulten condenados por resolución de carácter firme, por un hecho delictivo.
C.1.43 Indique si algún miembro del consejo de administración ha informado a la sociedad que ha resultado procesado o se ha dictado contra él auto de apertura de juicio oral, por alguno de los delitos señalados en el artículo 213 de la Ley de Sociedades de Capital:
Sí No X
Indique si el consejo de administración ha analizado el caso. Si la respuesta es afirmativa explique de forma razonada la decisión tomada sobre si procede o no que el consejero continúe en su cargo o, en su caso, exponga las actuaciones realizadas por el consejo de administración hasta la fecha del presente informe o que tenga previsto realizar.
C.1.44 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
No existen acuerdos al respecto.
C.1.45 Identifique de forma agregada e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
Tipo de beneficiario:
no aplica
Descripción del Acuerdo:
no aplica
Indique si estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | Sí | No |
| Sí | No | |
|---|---|---|
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? | X |
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| Nombre | Cargo | Categoría |
|---|---|---|
| DON ORIOL HUGUET GALI | VOCAL | Independiente |
| DON ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | VOCAL | Independiente |
| RADE 2000, S.L. | VOCAL | Dominical |
| INVERSIONES GUINART 2001, S.L. | PRESIDENTE | Dominical |
| % de consejeros dominicales | 50,00% |
|---|---|
| % de consejeros independientes | 50,00% |
| % de otros externos | 0,00% |
Explique las funciones que tiene atribuidas esta comisión, describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma y resuma sus actuaciones más importantes durante el ejercicio.
Formada por un mínimo de 3 y un máximo de 5 Consejeros, nombrados por el Consejo.
Sus funciones principales son todas las facultades delegables del Consejo, salvo las que legal y estatutariamente indelegables, la adopción de acuerdos definitivos sobre asuntos concretos que el Consejo le haya delegado expresamente para su adopción y resolución definitiva, y la deliberación, preparación y presentación de propuestas al Consejo sobre los asuntos reservados al mismo.
La Comisión se reunirá en función de las necesidades y para el cumplimiento de las competencias que le han sido encomendadas. En todo caso, se reunirá, al menos una vez al mes (exceptuando el mes de agosto). La Comisión se reunirá también cuando lo soliciten al menos dos de sus integrantes o cuando, estando todos ellos presentes, se decida constituirla. La Comisión quedará válidamente constituida cuando asistan a la reunión, presentes o representados, más de la mitad de sus miembros o cuando estando todos ellos presentes, se decida constituirla. Se dejará constancia en acta de los acuerdos adoptados.
Sus principales actuaciones en el 2015 han sido la adopción de decisiones y la preparación de aquellos acuerdos cuya decisión correspondiese al Consejo de Administración, especialmente en aquellos asuntos relacionados con los diversos contenciosos judiciales que se han tramitado en 2015.
Indique si la composición delegada o ejecutiva refleja la participación en el consejo de los diferentes consejeros en función de su categoría:
Sí X No
| Nombre | Cargo | Categoría |
|---|---|---|
| DON ORIOL HUGUET GALI | VOCAL | Independiente |
| DON ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | PRESIDENTE | Independiente |
| DON ALBERT GUINART ROYO | VOCAL | Dominical |
| % de consejeros dominicales | 33,33% |
|---|---|
| % de consejeros independientes | 66,67% |
| % de otros externos | 0,00% |
Explique las funciones que tiene atribuidas esta comisión, describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma y resuma sus actuaciones más importantes durante el ejercicio.
La Comisión estará formada por un mínimo de 3 y un máximo de 5 Consejeros, debiendo estar integrada exclusivamente por Consejeros no ejecutivos nombrados por el Consejo, dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes y uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en contabilidad, auditoría, o en ambas.
1.- Funciones principales:
a) Informar a la junta general sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia de la Comisión.
b) Supervisar la eficacia del control interno de la sociedad y los sistemas de gestión de riesgos.
c) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva.
d) Elevar al consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo y las condiciones de su contratación.
e) Establecer las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo su independencia.
f) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia del auditor de cuentas.
g) Informar, con carácter previo, al Consejo sobre la información financiera que la sociedad deba hacer pública periódicamente y otras.
2.- Reglas de organización:
La Comisión se reunirá cuantas veces fueran necesarias, a juicio de su Presidente, para el cumplimiento de sus competencias, y como mínimo 4 veces al año. La Comisión se reunirá también cuando lo soliciten al menos dos de sus integrantes o cuando, estando todos ellos presentes, se decida constituirla. Se dejará constancia en acta de los acuerdos adoptados.
La verificación de todas aquellas cuestiones de ámbito económico de la Sociedad y el Grupo, de toda la información y documentación relacionada con las Cuentas Anuales de la Sociedad y del Grupo Consolidado, de toda la información y documentación periódica a remitir a la CNMV y cualquier requerimiento y contestación al Regulador ; y de las relaciones con los auditores de cuentas.
Identifique al consejero miembro de la comisión de auditoría que haya sido designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre el número de años que el Presidente de esta comisión lleva en el cargo.
| Nombre del consejero con experiencia | DON ALBERT GUINART ROYO | |
|---|---|---|
| Nº de años del presidente en el cargo | 1 |
| Nombre | Cargo | Categoría |
|---|---|---|
| DON ORIOL HUGUET GALI | VOCAL | Independiente |
| DON ENRIQUE VIOLA TARRAGONA | PRESIDENTE | Independiente |
| DON ALBERT GUINART ROYO | VOCAL | Dominical |
| % de consejeros dominicales | 33,33% |
|---|---|
| % de consejeros independientes | 66,67% |
| % de otros externos | 0,00% |
Explique las funciones que tiene atribuidas esta comisión, describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma y resuma sus actuaciones más importantes durante el ejercicio.
La Comisión estará formada por un mínimo de 3 y un máximo de 5 Consejeros, debiendo estar integrada exclusivamente por Consejeros no ejecutivos nombrados por el Consejo, dos de los cuales, al menos, deberán ser Consejeros independientes.
1.- Funciones principales:
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo.
b) Establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo.
c) Elevar al Consejo las propuestas de nombramiento de consejeros independientes por cooptación o por la Junta General, y las propuestas para su reelección o separación.
d) Informar las propuestas de nombramiento de los restantes consejeros por cooptación o por la junta general, y las propuestas para su reelección o separación.
g) Proponer al Consejo la política de retribuciones de los Consejeros.
2.- Reglas de organización:
La Comisión se reunirá cuantas veces fueran necesarias, a juicio de su Presidente, para el cumplimiento de sus competencias, y como mínimo 4 veces al año. La Comisión se reunirá también cuando lo soliciten al menos dos de sus integrantes o cuando, estando todos ellos presentes, se decida constituirla. Se dejará constancia en acta de los acuerdos adoptados.
3.- Principales actuaciones:
La verificación de todas aquellas cuestiones relacionadas con la retribución de los miembros del Consejo de Administración y sus Comisiones Delegadas y sobre los nombramientos y ceses de Consejeros.
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2015 | Ejercicio 2014 | Ejercicio 2013 | Ejercicio 2012 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN EJECUTIVA DELEGADA |
0 | 0,00% | 0 | 0,00% | 0 | 0,00% | 0 | 0,00% |
C.2.5 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
El Consejo de Administración tiene tres comisiones delegadas (Comisión Ejecutiva, Comisión de Auditoría y Comisión de Nombramientos y Retribuciones) reguladas por sus propios reglamentos internos, todos ellos incluidos en el reglamento del Consejo de Administración desde su modificación por adaptación a la normativa en 2015 y encontrándose disponible en la página web corporativa www.mobiliariamonesa.com.
Todas las comisiones han elaborado y elevado al Consejo de Administración su correspondiente informe anual sobre las actividades llevadas a cabo por cada una de ellas.
C.2.6 Apartado derogado.
D.1 Explique, en su caso, el procedimiento para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17.2. del Reglamento del Consejo de Administración, las operaciones realizadas con partes vinculadas son sometidas verificación de la Comisión de Auditoría.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
A tal efecto, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento se encarga de supervisar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos establecidos en el Reglamento Interno de Conducta.
La sociedad cuenta con un Reglamento Interno de Conducta, por el cual se regula la información relativa a los conflictos de interés entre la sociedad y sus Consejeros, estableciéndose unos mecanismos de control, en orden a favorecer la transparencia en el desarrollo de las actividades del Grupo y la adecuada información y protección de los inversores y de aquellas otras personas o instituciones que tuviesen relación con el Grupo.
Los Consejeros están obligados a informar a la Comisión de Auditoría, con una antelación suficiente, de la posible situación de un conflicto de interés en que están sometidos por motivo de sus relaciones familiares, patrimoniales, mercantiles o de cualquier otra naturaleza con la sociedad o cualquier sociedad integrada en el grupo. Dicha Comisión pondrá en conocimiento del Presidente del Consejo de Administración de la situación de conflicto de interés, quien adoptará las medidas necesarias para resolver la situación en concreto.
Asimismo, conservará un registro de comunicaciones, que tendrá carácter confidencial y sus datos sólo podrán ser revelados al Consejo de Administración en el curso de una actuación concreta.
Sí No X
Identifique a las sociedades filiales que cotizan en España:
Indique si han definido públicamente con precisión las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo;
Defina las eventuales relaciones de negocio entre la sociedad matriz y la sociedad filial cotizada, y entre ésta y las demás empresas del grupo
Identifique los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses entre la filial cotizada y las demás empresas del grupo:
Mecanismos para resolver los eventuales conflictos de interés
La sociedad tras haber inscrito la baja de su filial Delforca 2008 SA como sociedad de servicios de Inversión ha reducido considerablemente sus riesgos. Sin perjuicio de lo anterior y como se indica en la memoria de las cuentas anuales en la actualidad el Grupo tiene como principal actividad (además de la gestión de su patrimonio inmobiliario) la defensa jurídica en distintas cuestiones, por lo que los riesgos en ese aspecto quedan cubiertos por la exhaustiva gestión del Consejo de Administración y de la Comisión Ejecutiva Delegada. El Reglamento Interno de Conducta de la Compañía, que se encuentra a disposición de los accionistas en la página web corporativa (www.mobiliariamonesa.com), establece que la Comisión de Auditoría será la encargada entre otras cuestiones de mantener el Sistema de Gestión de Riesgos de la Sociedad.
La Comisión de Auditoría será la encargada de promover el conocimiento del Reglamento Interno de Conducta, de determinar las personas que conforme el Reglamento son personas sujetas, determinar los valores e instrumentos financieros que de acuerdo con el Reglamento son valores que se encuentran afectados, establecer y declarar la información que se considerar privilegiada y/o relevante a efectos de lo establecido en el Reglamento, resolver las dudas o cuestiones que se planteen por las personas a las que afecte el mencionado Reglamento. Sin perjuicio de la gestión de riesgos de carácter legal que, como se ha indicado en el apartado anterior, corresponden al Consejo y a la Comsión Ejecutiva Delegada.
La sociedad se enfrenta esencialmente a riesgos de carácter legal tal y como se desprende de la información contenida en las cuentas anuales formuladas por el Consejo de Administración de la misma y de acuerdo con el informe de auditoría.
La Sociedad gestiona activamente y de modo permanente los riesgos a los que está sometida, los valora anualmente, si bien no mantiene un sistema dinámico de evaluación de dichos riesgos.
Los riesgos materializados durante el ejercicio se refieren a los distintos procedimientos judiciales en que se encuentra inmersa la sociedad y su participada Delforca 2008 SA y se encuentran ampliamente descritos en la memoria de las cuentas anuales consolidades y en su caso en los Hechos Relevantes comunicados al mercado.
La Sociedad dispone de una estrategia jurídica y mantiene una intensa y permanente actividad en respuesta y gestión de todos los contenciosos legales a los que se enfrenta de acuerdo con lo expuesto en las cuentas anuales formuladas por el Consejo de Administración.
Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
F.1.1. Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.
El Reglamento del Consejo de Administración establece como funciones de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, entre otras, la de supervisar los sistemas de control interno y de los procesos de elaboración de la información económicofinanciera.
El Comité de Auditoría supervisa el proceso de elaboración e integridad de la información financiera y del cumplimiento de los requerimientos legales y criterios contables.
• Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones.
El Comité de Auditoría es el encargado de promover el conocimiento del Reglamento Interno de Conducta, de determinar las personas que conforme el Reglamento son personas sujetas, determinar los valores e instrumentos financieros que
de acuerdo con el Reglamento son valores que se encuentran afectados, establecer y declarar la información que se considerar privilegiada y/o relevante a efectos de lo establecido en el Reglamento, Resolver las dudas o cuestiones que se planteen por las personas a las que afecte el mencionado Reglamento.
• Canal de denuncias, que permita la comunicación al comité de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando en su caso si éste es de naturaleza confidencial.
La Compañía no dispone del mencionado canal de denuncias, no considerándose necesario puesto que no cuenta con ningún empleado.
• Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos.
La Comisión de Auditoría define y resuelve las dudas sobre la interpretación de las políticas contables; todo ello a partir del marco normativo que le es de aplicación a la Compañía y al Grupo. Como soporte a ello, existen medidas que garantizan que la información financiera sea recogida de forma completa y sea comunicada en tiempo y forma.
Existe un procedimiento, si bien no se encuentra documentado, por el que la Comisión de Auditoría es la encargada de la supervisión y evaluación de los sistemas de control interno de la información financiera. Al cierre de los trabajos se informa al Consejo de Administración antes de la aprobación de los informes periódicos, trimestrales o semestrales, o de la formulación de las Cuentas Anuales.
• Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia.
El proceso cubre la totalidad de los objetivos del sistema de Control Interno: asegurar la salvaguarda los activos sociales, que los mismos son usados eficientemente, la fiabilidad de los procesos de información financiera, del cumplimiento de la normativa aplicable y de los procesos de identificación, gestión y prevención de riesgos.
• La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial.
La simplicidad de la estructura del Grupo societario facilita la identificación del perímetro de consolidación, puesto que la matriz participa al 100% de una única sociedad dependiente.
• Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros.
Se dispone de una política de identificación, evaluación y gestión de los riesgos que puedan afectar negativamente a la Sociedad. Igualmente sucede respecto a las transacciones, identificándose y revisándose las situaciones de riesgo por la Comisión de Auditoría, y por los auditores externos.
• Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso.
La Comisión de Auditoría.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1. Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes.
El sistema de control interno de la información financiera se centra en asegurar el adecuado registro, valoración, presentación y desglose de las transacciones que afecten a dicha información. Los cierres trimestrales son analizados y verificados por la Comisión de Auditoría, previamente a su aprobación por el órgano correspondiente, antes de su remisión al Mercado.
F.3.2. Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
A cierre del ejercicio 2015, la Compañía tiene externalizados o subcontratados los procesos de valoración o cálculo para la elaboración de la información financiera.
F.3.3. Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
La Comisión de Auditoría es la encargada de la supervisión y evaluación de los sistemas de control interno de la información financiera.
La Comisión de Auditoría trabaja conjuntamente con profesionales externos y en colaboración con los auditores externos (BDO AUDITORES) en los procesos de cuentas anuales.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1. Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La Comisión de Auditoría define y resuelve las dudas sobre la interpretación de las políticas contables; todo ello a partir del marco normativo que le es de aplicación a la Compañía y al Grupo. Como soporte a ello, existen medidas que garantizan que la información financiera sea recogida de forma completa y sea comunicada en tiempo y forma.
F.4.2. Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.
La actual dimensión de la Sociedad y su bajo nivel de complejidad permiten la captura y preparación de la información financiera de modo centralizado y homogéneo.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1. Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por el comité de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo al comité en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
La Comisión de Auditoría es la encargado de la supervisión y evaluación de los sistemas de control interno de la información financiera.
Al cierre de los trabajos se informa al Consejo de Administración antes de la aprobación de los informes periódicos, trimestrales o semestrales, o de la formulación de las Cuentas Anuales. La Compañía no cuenta con un departamento de Auditoría Interna.
F.5.2. Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y al comité de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
La Comisión de Auditoría trabaja conjuntamente con profesionales externos y en colaboración con los auditores externos (BDO AUDITORES) en los procesos de elaboración de las cuentas anuales. Al cierre de los trabajos se informa al Consejo de Administración antes de la formulación de las Cuentas Anuales.
La información relevante se encuentra contenida en las cuentas anuales, en particular en la Nota 1, y en su caso en los Hechos Relevantes que se han comunicado al mercado. Atendido todo ello, como se ha indicado que los riesgos actuales de la sociedad y del Grupo se encuentran focalizados en los diversos procedimientos judiciales y arbitrales en que ambas están inmersas.
Informe de:
F.7.1. Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Que los Estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |
|---|---|---|---|---|---|
| -------- | --------------------- | -- | ---------- | -------------- | --- |
| lxI Cumple: |
|
|---|---|
| ---------------- | -- |
Cumple X Cumple parcialmente Explique
Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.
| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique | |
|---|---|---|---|
| ------------- | --------------------- | -- | ---------- |
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | ||
|---|---|---|---|---|---|
| 6. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria: |
|||||
| a) Informe sobre la independencia del auditor. | |||||
| b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones. | |||||
| c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas. | |||||
| d) Informe sobre la política de responsabilidad social corporativa. | |||||
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique X |
|||
| Los informes anuales elaborados y elevados por la Comisión de Auditoría y Retribuciones y por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al Consejo de Administración no se publican en la página web corporativa de la Compañía, atendida la cantidad de información sensible que en los mismos se contiene. Respecto al informe sobre política de Responsabilidad Corporativa, atendida la situación actual del Grupo y su reducida dimensión, no se ha elaborado. |
|||||
| 7. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas. |
|||||
| Cumple | Explique | X | |||
| Atendida la situación actual del Grupo y su reducida dimensión, la celebración de las Juntas Generales de Accionistas no se retransmite en directo en su página web corporativa. |
|||||
| 8. Que la comisión de auditoría vele porque el consejo de administración procure presentar las cuentas a la junta general de accionistas sin limitaciones ni salvedades en el informe de auditoría y que, en los supuestos excepcionales en que existan salvedades, tanto el presidente de la comisión de auditoría como los auditores expliquen con claridad a los accionistas el contenido y alcance de dichas limitaciones o salvedades. |
|||||
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | ||
| 9. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de accciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto. |
|||||
| Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria. |
|||||
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | ||
| 10. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad: |
|||||
| a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo. |
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable X |
|---|---|---|---|
| -------- | --------------------- | ---------- | ------------------- |
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X |
|---|---|---|---|---|
| -------- | --------------------- | ---------- | -------------- | --- |
Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique |
|---|---|---|
| ------------- | --------------------- | ---------- |
Cumple X Explique
Que el resultado del análisis previo de las necesidades del consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
Y que la política de selección de consejeros promueva el objetivo de que en el año 2020 el número de consejeras represente, al menos, el 30% del total de miembros del consejo de administración.
La comisión de nombramiento verificará anualmente el cumplimiento de la política de selección de consejeros y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple Cumple parcialmente X Explique
Sin perjuicio de que durante el ejercicio 2015 no haya habido ninguna mujer que sea miembro del Consejo de Administración, éste vela para que, al proveerse de nuevas vacantes, los procedimiento de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de Consejeras; promoviendo la inclusión de mujeres entre los potenciales candidatos, siempre que reúnan el perfil buscado.
Cumple X Cumple parcialmente Explique
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple X Explique
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple Explique X
Sin perjuicio de la proporcionalidad que pueda existir en el Consejo de Administración respecto a Consejeros Dominicales, se ha estimado que no es necesario la existencia de más Consejeros Independientes, ya que atendido las actividades de la compañía y del grupo que viene desarrollándose desde 2007 y el grado de implicación de la Comisión Ejecutiva Delegada en los asuntos de la Compañía, es suficiente que exista en dicha comisión de un número equitativo entre Consejeros independientes (2) y Consejeros Dominicales (2).
Cumple X Cumple parcialmente Explique
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | |
|---|---|---|---|---|---|
Cumple X Cumple parcialmente Explique No aplicable
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple X Explique
Y que si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el consejo de administración examine el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decida si procede o no que el consejero continúe en su cargo. Y que de todo ello el consejo de administración dé cuenta, de forma razonada, en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple X Cumple parcialmente Explique
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple X Cumple parcialmente Explique No aplicable
| 24. Que cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración. Y que, sin perjuicio de que dicho cese se comunique como hecho relevante, del motivo del cese se dé cuenta en el informe anual de gobierno corporativo. |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | |||
| 25. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones. |
|||||||
| Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros. |
|||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | X | Explique | ||||
| Atendido que los Consejeros vienen dedicando su tiempo y esfuerzo necesarios cuando ello es requerible, no se ha estimado necesario que informen de sus obligaciones profesionales (las cuales por otro lado son perfectamente conocidas por el Consejo de Administración y sus Comisiones), ni que existan reglas sobre el número de otros consejos a los que puedan pertenecer, ya que ello, cuando se ha dado, no ha interferido en ningún caso en la correcta dedicación a los asuntos de la Compañía y del Grupo. |
|||||||
| 26. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos. |
|||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | X | Explique | ||||
| El Consejo de Administración tiene establecida una agenda fija de cuatro reuniones anuales coincidentes con la remisión de información al regulador, si bien el número de reuniones se amplía en función de las necesidades de la Compañía; habiéndose celebrado durante el ejercicio 2015 un total de 7 sesiones de Consejo de Administración. |
|||||||
| 27. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones. |
|||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | X | Explique | ||||
| Las inasistencias de los Consejeros se reducen a casos indispensables o a motivos de salud de los consejeros, y si bien no siempre se confieren representaciones, ello se realiza siempre que es posible. En el presente Informe Anual de Gobierno Corporativo se cuantifican las inasistencias de los Consejeros. |
|||||||
| 28. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta. |
|||||||
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | |||
| Cumple | ||
|---|---|---|
| -------- | -- | -- |
Cumple X Explique No aplicable
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique | |
|---|---|---|---|
| sociedad y su grupo. | 32. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la |
||
| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique | |
| de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen. | 33. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización |
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| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique | |
| 34. | Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus |
| preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el | |||||
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| plan de sucesión del presidente. | |||||
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X |
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| Cumple | X | Explique |
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| -------- | --- | ---------- |
Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
| Cumple Cumple parcialmente X Explique |
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| Si bien el Consejo de Administración evalúa una vez al año la calidad y eficiencia de su funcionamiento y del de sus comisiones, así como la diversidad en la composición y competencias del Consejo de Administración y del desempeño de las funciones del Presidente, atendida la situación actual del Grupo y la reducida estructura de la Compañía no se ha previsto contar con el auxilio de un consultor externo para realizar dicha revisión. |
| 37. Que cuando exista una comisión ejecutiva, la estructura de participación de las diferentes categorías de consejeros sea similar a la del propio consejo de administración y su secretario sea el de este último. |
| Cumple Cumple parcialmente Explique No aplicable X |
| Atendiendo el número de Consejeros Dominicales en el Consejo de Administración en representación de accionistas significativos (75%) y el número de Consejeros Independientes (25%), la Comisión Ejecutiva se ha integrado con la mitad de sus miembros con carácter de independiente. En consecuencia, se ha entendido muy recomendable no proceder a reproducir la estructura de proporción del Consejo de Administración en la Comisión Ejecutiva Delegada, a fin de dotarla de mayor transparencia reforzando la representación de los accionistas minoritarios. |
| 38. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva. |
| Cumple Cumple parcialmente Explique No aplicable X |
| En cada sesión del Consejo de Administración se informa y acompaña al acta un resumen de los asuntos tratados y acuerdos adoptados en las distintas Comisiones Delegadas, asimismo, las actas están a disposición de los Consejeros que las solicitan. |
| 39. Que los miembros de la comisión de auditoría, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes. |
Cumple X Cumple parcialmente Explique
| Cumple Cumple parcialmente Explique X |
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Atendida la reducida dimensión de la Compañía, no se cuenta con un órgano especializado que ejerza las funciones de auditoría interna, siendo sus funciones ejercidas directamente por la Comisión de Auditoría.
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable X |
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Cumple Cumple parcialmente X Explique
Como se ha indicado en anteriores apartados, la función de auditoría interna se desarrolla directamente por la Comisión de Auditoría. Asimismo, atendido que la Compañía no cuenta con empleados, no se cuenta con un procedimiento que permita comunicar de forma confidencial y anónima las irregularidades indicadas.
| Cumple | |
|---|---|
Cumple X Cumple parcialmente Explique
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | |
|---|---|---|---|---|---|
| -------- | --- | --------------------- | -- | ---------- | -------------- |
| Cumple | X | Cumple parcialmente | Explique |
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| -------- | --- | --------------------- | ---------- |
| Cumple | |
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| -------- | -- |
Cumple Cumple parcialmente Explique X
Tal como se ha indicado en anteriores apartados, la función de auditoría interna se desarrolla directamente por la Comisión de Auditoría.
| Cumple | $\overline{\mathsf{x}}$ | |
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| -------- | ------------------------- | -- |
| Cumple | Explique | No aplicable | X |
|---|---|---|---|
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple X Cumple parcialmente Explique
Cumple X Cumple parcialmente Explique
Cumple X Cumple parcialmente Explique
e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.
Cumple X Cumple parcialmente Explique No aplicable
| Cumple | Cumple parcialmente | X | Explique |
|---|---|---|---|
Las referidas funciones son asumidas por las comisiones de la Compañía, si bien, atendida la reducida dimensión de la Sociedad y su situación actual, no se ha desarrollado un procedimiento para la revisión de la política de Responsabilidad Social Corporativa.
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | X | ||
|---|---|---|---|---|---|
| no se ha desarrollado un procedimiento para la revisión de la política de Responsabilidad Social Corporativa. | De conformidad con lo indicado en la Recomendación 53 anterior, atendida la reducida dimensión de la Sociedad y su situación actual, | ||||
| aceptadas internacionalmente. | 55. Que la sociedad informe, en un documento separado o en el informe de gestión, sobre los asuntos relacionados con la responsabilidad social corporativa, utilizando para ello alguna de las metodologías |
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| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | X | ||
| ningún informe relativo al mismo. | no se ha desarrollado un procedimiento para la revisión de la política de responsabilidad corporativa de la Sociedad y no se remite | De conformidad con lo indicado en las recomendaciones anteriores, atendida la reducida dimensión de la Sociedad y su situación actual, | |||
| elevada como para compro¬meter la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos. | 56. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan |
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| Cumple X |
Explique | ||||
| previsión social. | 57. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de |
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| con su adquisición. | Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados |
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| Cumple X |
Cumple parcialmente | Explique | |||
| sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares. | 58. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del |
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| Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones: | |||||
| criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado. | a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos | ||||
| internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos. | b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos |
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| c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo |
plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.
Cumple Cumple parcialmente Explique No aplicable X
| 59. Que el pago de una parte relevante de los componentes variables de la remu¬neración se difiera por un período de tiempo mínimo suficiente para comprobar que se han cumplido las condiciones de rendimiento previamente establecidas. |
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| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |||||
| salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados. | 60. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales | ||||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |||||
| la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor. | 61. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a | ||||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |||||
| 62. Que una vez atribuidas las acciones o las opciones o derechos sobre acciones correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros no puedan transferir la propiedad de un número de acciones equivalente a dos veces su remuneración fija anual, ni puedan ejercer las opciones o derechos hasta transcurrido un plazo de, al menos, tres años desde su atribución. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para |
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| satisfacer los costes relacionados con su adquisición. | |||||||||
| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |||||
| 63. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad. |
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| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X | |||||
| 64. Que los pagos por resolución del contrato no superen un importe establecido equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios de rendimiento previamente establecidos. |
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| Cumple | Cumple parcialmente | Explique | No aplicable | X |
En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
El Consejero Don Juan Ernesto Cella Raymond no suscribe el presente informe por no asistir al Consejo de Administración en el que se ha formulado, sin que conste manifestación alguna de oposición al mismo
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha 29/03/2016.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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