Annual / Quarterly Financial Statement • Mar 4, 2010
Annual / Quarterly Financial Statement
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(Miles de Euros)
| ACT IVO |
Nota s de la Mem oria |
Ejer cicio 200 9 |
Ejer cicio 200 8 |
PAS IVO |
Nota s de la Mem oria |
Ejer cicio 200 9 |
Ejer cicio 200 8 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ACT IVO NO COR RIEN TE |
5,09 0,17 6 |
4,3 98,3 68 |
PAT RIM ONIO NET O |
Nota 14 |
1,77 4,43 1 |
1,6 49,3 56 |
|
| Inm ovil izad o in tang ible |
Nota 6 |
29,5 90 |
25,5 54 |
FON DOS PRO PIOS - |
1,58 2,92 1 |
1,44 6,47 1 |
|
| ción Inve stiga y D rrollo esa |
751 | 467 | C apit al |
358 ,101 |
358 ,101 |
||
| Con cesi ones |
3,19 9 |
3,41 0 |
Cap ital e scrit urad o |
358 ,101 |
358 ,101 |
||
| Pate ntes Fond o de ercio |
Cap ital n igido o ex Prim a de isión |
||||||
| com Aplic acio infor máti nes cas |
18,5 43 |
14,7 56 |
em Res erva s |
995 ,111 |
,045 | ||
| Otro inm ovili zado inta ngib le |
7,09 7 |
6,92 1 |
Lega l y e stat utar |
71,6 20 |
895 71,6 20 |
||
| Inm ovil izad ater ial o m |
Nota 7 |
4,94 6,39 7 |
4,28 7,02 0 |
ias Otra s re serv |
923 ,491 |
823 ,425 |
|
| Terr nstru ccio enos y co nes |
111 ,502 |
108 ,905 |
as ccio artic ipac ione rimo nio ias A pat nes y p s en prop |
||||
| Insta lacio técn icas tro i viliza do m ial ater nes y o nmo |
3,91 9,07 2 |
3,18 5,72 6 |
Res ulta dos de ejer cicio terio s an res |
||||
| Inmo viliza do e icipo ant n cu rso y s |
915 ,823 |
992 ,389 |
R nent ema e |
||||
| Inve rsio inm obil iaria nes s |
- | - R esul tado gativ os d e eje rcici iore nter s ne os a s |
|||||
| Terr enos |
Otra orta cion es d cios s ap e so |
||||||
| Con stru ccio nes |
Res ulta do d el ej erci cio |
297 ,271 |
255 ,396 |
||||
| Inve rsio s de l gru ciad larg o pl nes en emp resa po y aso as a azo |
Nota 9.3 |
56,7 21 |
67,6 49 |
Divi den do a nta cue |
(67, 562 ) |
(62 ,071 ) |
|
| Instr de imon io ntos patr ume |
39,2 17 |
39,2 17 |
Otro s in de p atrim onio stru tos net men o |
||||
| Créd itos a em pres as |
17,5 04 |
28,4 32 |
AJU STE S PO R CA MBI OS D E VA LOR - |
(12, 174) |
(15 ,714 ) |
||
| Valo ntati de d euda res repr ese vos |
Activ os f inan ciero s dis poni bles a la vent par a |
- | (55 4) |
||||
| Deri vado s |
Ope racio de c obe rtura nes |
(12, 174) |
(15 ) ,160 |
||||
| Otro tivos fina ncie s ac ros Inve rsio fina ncie a la |
Otro s SUB VEN CION DON ACIO NES Y L EGA DOS REC IBID |
||||||
| plaz nes ras rgo o Instr ntos de imon io ume |
Nota 9.1 |
2,93 4 |
7,13 2 |
ES, OS- Sub ione s, do naci y le gado cibid venc ones s re |
203 ,684 |
218 ,599 |
|
| patr Créd itos a te rcer os |
1 152 |
1 | os | 203 ,684 |
218 ,599 |
||
| Valo ntati de d euda res repr ese vos |
- | - 0 |
PAS IVO NO COR RIEN TE |
3,51 1,77 1 |
06,3 17 |
||
| Deri vado s |
2,06 9 |
6,42 | Prov ision larg o pl es a azo |
Nota 15 |
31,5 04 |
2,4 31,5 23 |
|
| Otro tivos fina ncie s ac ros |
712 | - 711 |
O bliga cion rest acio a lar lazo al p nal es p or p nes go p erso |
2,76 7 |
7,79 7 |
||
| Acti imp to d iferi do vos por ues |
Nota 18 |
54,5 34 |
11,0 13 |
Actu acio med ioam bien tales nes |
|||
| Prov isión stru ctura ción por ree |
|||||||
| Otra visio s pro nes |
28,7 37 |
23,7 26 |
|||||
| ACT IVO COR RIEN TE |
1,02 0,28 8 |
673 ,079 |
Deu das a la plaz rgo o |
Nota 16 |
3,08 3,00 3 |
2,14 5,70 4 |
|
| Acti ient nido ra la ante ta vos no corr es m s pa ven |
Obli gaci valo ciab les tros ones y o res nego |
1,13 0,42 3 |
- | ||||
| Exis ias tenc |
Nota 11 |
4,72 5 |
2,2 15 |
Deu das entid ades de créd ito con |
1,91 4,62 9 |
2,1 14,1 98 |
|
| Com ercia les |
Acre edo ndam iento fina ncie res por arre ro |
||||||
| Mate rias prim otro rovis iona mien tos as y s ap |
4,82 2 |
2,2 15 |
Deri vado s |
15,6 98 |
6,1 11 |
||
| Prod ucto s en cur so |
Otro sivo s fin anci s pa eros |
22,2 53 |
25,3 95 |
||||
| Prod rmin ados ucto s te |
(134 ) |
- | Deu das as d el g iada larg o pl con em pres rupo y a soc s a azo |
||||
| Sub prod sidu eria les r erad ucto mat s, re os y ecup os |
37 | - | Pas ivos imp to d iferi do por ues |
Nota 18 |
253 ,878 |
95,0 40 |
|
| Anti cipo eedo s a prov res |
Peri odif icac ione larg o pl s a azo |
143 ,386 |
134 ,050 |
||||
| Deu dore ciale otra enta cob s co mer s y s cu s a rar Clie ntes stac ione s de vicio |
Nota 12 |
359 ,643 |
444 ,393 |
PAS IVO COR RIEN TE |
|||
| tas y por ven pre ser s Clie ntes as d el gr ocia das |
7,50 9 |
29,5 57 |
Pas ivos vin cula dos act ivos ient ante nido ra la ta con no corr es m ven |
824 ,262 |
1,0 15,7 74 |
||
| , em pres upo y as Deu dore rios s va |
4,11 1 310 |
4,53 1 |
s pa P rovi sion to p lazo es a cor |
7 | 5 | ||
| Pers l ona |
,464 51 |
364 ,066 12 |
Deu das pla orto a c zo |
Nota 15 Nota 16 |
3,58 498 ,055 |
3,43 509 ,458 |
|
| Activ or im orrie to c nte os p pues |
22,0 01 |
Obli gaci valo ciab les tros ones y o res nego |
20,1 98 |
||||
| Otro édito n las Adm inist racio Púb licas s cr s co nes |
Nota 18 |
15,5 07 |
- 46,2 27 |
Deu das entid ades de créd ito con |
451 ,960 |
- 430 ,428 |
|
| Acc ionis dese mbo lsos exig idos tas por no |
Acre edo ndam iento fina ncie res por arre ro |
||||||
| Inve rsio s de l gru ciad to p lazo nes en emp resa po y aso as a cor |
Nota 9.3 |
17,5 04 |
14,2 16 |
Deri vado s |
24,7 52 |
16,0 08 |
|
| Instr ntos de patr imon io ume |
Otro sivo s fin anci s pa eros |
1,14 5 |
63,0 22 |
||||
| Créd itos a em pres as |
17,5 04 |
14,2 16 |
iada Deu das as d el g cort o pl con em pres rupo y a soc s a azo |
||||
| Valo ntati de d euda res repr ese vos |
Acre edo erci ales tras ntas res com y o cue a p aga r |
Nota 17 |
322 ,620 |
502 ,881 |
|||
| Deri vado s |
Prov eedo res |
220 ,639 |
421 ,487 |
||||
| Otro tivos fina ncie s ac ros |
Prov eedo s de l gru ciad res, emp resa po y aso as |
5,83 6 |
5,43 4 |
||||
| Inve rsio fina ncie rto p lazo nes ras a co |
Nota 9.2 |
- | 2,16 9 |
Acre edo ario res v s |
61,9 16 |
17,2 01 |
|
| Instr ntos de patr imon io ume |
Pers l ona |
4,30 3 |
3,69 3 |
||||
| Créd itos a em pres as |
Pas ivos imp uest rrien te por o co |
Nota 18 |
100 | 41,2 59 |
|||
| Valo ntati de d euda res repr ese vos Deri vado |
Otra Púb s de udas las Adm inist racio licas con nes Anti s de clie |
Nota 18 |
7,88 1 |
4,63 0 |
|||
| s Otro tivos fina ncie s ac ros |
- | 2,16 9 |
cipo ntes Peri odif icac ione o pl cort s a azo |
21,9 45 |
9,17 7 |
||
| Peri odif icac ione o pl cort s a azo |
- 4 |
- 1 |
- | - | |||
| Efec tivo tros act ivos líqu idos ivale ntes y o equ |
Nota 13 |
1,71 636 ,702 |
1,40 ,685 |
||||
| Tes ía orer |
7,62 3 |
208 7,86 8 |
|||||
| Otro líqu tivos idos ivale ntes s ac equ |
629 ,079 |
200 ,817 |
|||||
| TOT AL A CTIV O |
6,11 0,46 4 |
5,07 1,44 7 |
TOT AL PAT RIM ONIO NET O Y PAS IVO |
6,11 0,46 4 |
5,07 1,44 7 |
(Miles de Euros)
| Notas de la | Ejercicio | Ejercicio | |
|---|---|---|---|
| Memoria | 2009 | 2008 | |
| OPERACIONES CONTINUADAS Importe neto de la cifra de negocios |
Nota 19 | 465,665 866,550 |
412,380 1,190,709 |
| Ventas | (1,609) | 381,880 | |
| Prestación de servicios | 868,159 | 808,829 | |
| Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | |||
| Trabajos realizados por la empresa para su activo | 16,115 | 11,555 | |
| Aprovisionamientos | Nota 19 | (6,300) | (378,439) |
| Consumo de mercaderías | 1,772 | (368,581) | |
| Consumo de materias primas y otras materias consumibles | (7,860) | (9,858) | |
| Trabajos realizados por otras empresas | |||
| Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos | (212) | - | |
| Otros ingresos de explotación | 29,779 | 31,103 | |
| Ingresos accesorios y otros de gestión corriente Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio |
27,605 | 27,468 | |
| Gastos de personal | Nota 19 | 2,174 (76,858) |
3,635 (80,507) |
| Sueldos, salarios y asimilados | (56,033) | (61,355) | |
| Cargas sociales | (20,825) | (19,152) | |
| Provisiones | |||
| Otros gastos de explotación | (151,953) | (165,228) | |
| Servicios exteriores | (143,702) | (148,815) | |
| Tributos | (1,337) | (5,446) | |
| Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales | (4,867) | (7,449) | |
| Otros gastos de gestión corriente | (2,047) | (3,518) | |
| Amortización del inmovilizado | (237,362) | (224,456) | |
| Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras | 20,549 | 21,129 | |
| Excesos de provisiones | 41 | 6 | |
| Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado | 5,104 | 6,508 | |
| Deterioros y pérdidas Resultados por enajenaciones y otros |
(105) | (921) | |
| 5,209 | 7,429 | ||
| RESULTADO DE EXPLOTACIÓN | 465,665 | 412,380 | |
| Ingresos financieros | |||
| De participaciones en instrumentos de patrimonio | Nota 19 | 24,832 12,032 |
24,562 9,530 |
| - En empresas del grupo y asociadas | 12,032 | 9,530 | |
| - En terceros | |||
| De valores negociables y otros instrumentos financieros | 12,800 | 15,032 | |
| - En empresas del grupo y asociadas | 1,136 | 2,765 | |
| - En terceros | 11,664 | 12,267 | |
| Gastos financieros | Nota 19 | (72,256) | (79,790) |
| Por deudas con empresas del grupo y asociadas | |||
| Por deudas con terceros | (72,290) | (81,806) | |
| Por actualización de provisiones | 34 | 2,016 | |
| Variación del valor razonable en instrumentos financieros | (779) | 124 | |
| Cartera de negociación y otros Imputación al resultado del ejercicio por activos financieros disponibles para la venta |
|||
| Diferencias de cambio | (779) - |
124 - |
|
| Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | - | - | |
| Deterioros y pérdidas | - | - | |
| Resultados por enajenaciones y otros | - | - | |
| RESULTADO FINANCIERO | (48,203) | (55,104) | |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS | 417,462 | 357,276 | |
| Impuestos sobre beneficios | Nota 18 | (120,191) | (101,880) |
| RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS | 297,271 | 255,396 | |
| OPERACIONES INTERRUMPIDAS | |||
| Resultado del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos | |||
| RESULTADO DEL EJERCICIO | |||
| 297,271 | 255,396 |
Las Notas 1 a 23 descritas en la Memoria adjunta forman parte integrante de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias correspondiente al 31 de diciembre de 2009
(Miles de Euros)
| Notas de la | Ejercicio | Ejercicio | |
|---|---|---|---|
| Memoria | 2009 | 2008 | |
| RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS (I) | 297,271 | 255,396 | |
| Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto | |||
| - Por valoración de instrumentos financieros | Nota 14 | 13 | 2,048 |
| Activos financieros disponibles para la venta | 13 | (668) | |
| Otros ingresos/gastos | 2,716 | ||
| - Por cobertura de flujos de efectivo | Nota 14 | (26,455) | (16,574) |
| - Subvenciones, donaciones y legados recibidos | 1,289 | (1,854) | |
| - Por ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes | |||
| - Efecto impositivo | 7,546 | 4,914 | |
| TOTAL INGRESOS Y GASTOS IMPUTADOS DIRECTAMENTE EN EL PATRIMONIO NETO (II) | (17,607) | (11,466) | |
| Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias | |||
| - Por valoración de instrumentos financieros | Nota 14 | 779 | (124) |
| Activos financieros disponibles para la venta | 779 | (124) | |
| Otros ingresos/gastos | |||
| - Por cobertura de flujos de efectivo | Nota 14 | 30,722 | (6,520) |
| - Subvenciones, donaciones y legados recibidos | (22,596) | (24,646) | |
| - Efecto impositivo | (2,673) | 9,387 | |
| TOTAL TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS (III) | 6,232 | (21,903) | |
| TOTAL INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS (I+II+III) | 285,896 | 222,027 |
Las Notas 1 a 23 descritas en la Memoria adjunta forman parte integrante del Estado de Ingresos y Gastos reconocidos a 31 de diciembre de 2009
B) ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
(Miles de Euros)
| Ca ital p |
Pri de ma isió Em n y res erv as |
Re sul tad de os eje rcic ios eri ant ore s |
Re sul tad o d el eje rcic io |
Div ide ndo a nta cue |
Aju ste s p or bio de lor cam va |
Su bve nci one s do ion nac es y leg ado s |
Tot al P atr imo nio net o |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| SA LD O A L I NIC IO DE L E JE RC ICI O 2 00 8 |
35 8, 10 1 |
80 2, 45 6 |
23 5, 55 9 |
( 57 29 6) , |
( 89 5) |
23 149 7, |
1, 57 5, 07 4 |
|
| To tal in ido sto gre so s y ga s r ec on oc s |
25 5, 39 6 |
( 14 81 9) , |
( 18 55 0) , |
22 2, 02 7 |
||||
| cio cio nis Op tas era ne s c on ac |
( 85 67 4) , |
( 62 07 1) , |
( 147 74 5) , |
|||||
| - A de ital tos um en ca p |
||||||||
| - R ed ion de ital ucc es cap |
||||||||
| - C rsió n d asi s f ina nci imo nio atr to on ve e p vo ero s e n p ne |
||||||||
| ció - D istr ibu n d e d ivid do en s |
( 85 67 4) , |
( 62 07 1) , |
( 147 74 5) , |
|||||
| - O ion cio ias (n s) eta pe rac es con ac nes pr op |
||||||||
| - C bin aci ón de cio om ne go s |
||||||||
| - O tra ion s o pe rac es |
||||||||
| Ot ria cio s d el trim io to ras va ne pa on ne |
92 58 9 , |
( 149 88 5) , |
57 29 6 , |
|||||
| SA CIC LD O F INA L D EL EJ ER IO 20 08 |
35 8, 10 1 |
89 5, 04 5 |
25 5, 39 6 |
( 62 07 1) , |
( 15 71 4) , |
21 8, 59 9 |
1, 64 9, 35 6 |
|
| Aju bio s d rite rio ste 20 08 s p or cam e c |
||||||||
| Aju ste s 2 00 8 s p or err ore |
||||||||
| SA LD O A JU ST AD O A L I NIC IO DE L E JE RC ICI O 2 00 9 |
35 8, 10 1 |
89 5, 04 5 |
25 5, 39 6 |
( 62 07 1) , |
( 15 71 4) , |
21 8, 59 9 |
1, 64 9, 35 6 |
|
| To tal in ido sto gre so s y ga s r ec on oc s |
29 7, 27 1 |
3, 54 0 |
( 14 91 5) , |
28 5, 89 6 |
||||
| Op cio cio nis tas era ne s c on ac |
( 93 25 9) , |
( 67 56 2) , |
( 160 82 1) , |
|||||
| - A de ital tos um en ca p |
||||||||
| - R ed ion de ital ucc es cap |
||||||||
| - C rsió n d asi s f ina nci imo nio atr to on ve e p vo ero s e n p ne |
||||||||
| - D istr ibu ció n d e d ivid do en s |
( 93 25 9) , |
( 67 56 2) , |
( 160 82 1) , |
|||||
| - O (n s) ion cio ias eta pe rac es con ac nes pr op |
||||||||
| - C bin aci ón de cio om ne go s |
||||||||
| - O ion tra s o pe rac es |
||||||||
| Ot ria cio s d el trim io to ras va ne pa on ne |
100 06 6 , |
( 162 137 ) , |
62 07 1 , |
|||||
| SA CIC LD O F INA L D EL EJ ER IO 20 09 |
35 8, 10 1 |
99 5, 11 1 |
29 7, 27 1 |
( 67 56 2) , |
( 12 174 ) , |
20 3, 68 4 |
1, 77 4, 43 1 |
(Miles de Euros)
| Ejercicio 2009 |
Ejercicio 2008 |
|
|---|---|---|
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN (I) | 528,273 | 458,582 |
| Resultado del ejercicio antes de impuestos | 417,462 | 357,276 |
| Ajustes al resultado: | 259,963 | 252,091 |
| - Amortización del inmovilizado | 237,362 | 224,456 |
| - Correcciones valorativas por deterioro | 105 | 921 |
| - Variación de provisiones | 6,226 | 7,449 |
| - Imputación de subvenciones | (22,723) | (24,764) |
| - Resultados por bajas y enajenaciones de inmovilizado | (5,209) | (7,429) |
| - Resultados por bajas y enajenaciones de instrumentos financieros | 779 | (124) |
| - Ingresos financieros - Gastos financieros |
(24,832) 72,256 |
(24,562) 79,790 |
| - Diferencias de cambio | ||
| - Variación de valor razonable en instrumentos financieros | ||
| - Otros ingresos y gastos | (4,001) | (3,646) |
| Cambios en el capital corriente | (15,734) | 36,421 |
| - Existencias | (776) | 1,164 |
| - Deudores y otras cuentas a cobrar | 118,354 | 46,870 |
| - Otros activos corrientes | (3,778) | (3,360) |
| - Acreedores y otras cuentas a pagar | (129,534) | (8,253) |
| - Otros pasivos corrientes | - | - |
| - Otros activos y pasivos no corrientes | - | - |
| Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación | (133,418) | (187,206) |
| - Pagos de intereses | (89,489) | (112,328) |
| - Cobros de dividendos | 12,032 | 9,530 |
| - Cobros de intereses | 11,585 | 11,531 |
| - Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios | (60,680) | (95,934) |
| - Otros cobros (pagos) | (6,866) | (5) |
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN (II) | (851,111) | (745,680) |
| RESULTADO DE EXPLOTACIÓN | ||
| Pagos por inversiones | (873,133) | (763,120) |
| - Empresas del grupo y asociadas | ||
| - Inmovilizado intangible | (13,682) | (11,534) |
| - Inmovilizado material | (859,451) | (750,856) |
| - Inversiones inmobiliarias | ||
| - Otros activos financieros | - | - |
| - Activos no corrientes mantenidos para la venta | - | (730) |
| - Otros activos | ||
| Cobros por desinversiones | 22,022 | 17,440 |
| - Empresas del grupo y asociadas | 8,612 | - |
| - Inmovilizado intangible - Inmovilizado material |
4,678 2,300 |
- 7,322 |
| - Inversiones inmobiliarias | ||
| - Otros activos financieros | - | 8,376 |
| - Activos no corrientes mantenidos para la venta | 6,432 | 1,742 |
| - Otros activos | ||
| FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN (III) | 750,855 | 493,590 |
| Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio | - | 406 |
| - Emisión de instrumentos de patrimonio | ||
| - Amortización de instrumentos de patrimonio | ||
| - Adquisición de instrumentos de patrimonio propio | ||
| - Enajenación de instrumentos de patrimonio propio | ||
| - Subvenciones, donaciones y legados recibidos | - | 406 |
| Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero | 973,748 | 636,156 |
| - Emisión de obligaciones y otros valores negociables | 1,143,824 | - |
| - Emisión de deudas con entidades de crédito | 975,157 | 710,500 |
| - Emisión de deudas con empresas del grupo y asociadas | ||
| - Emisión de otras deudas | ||
| - Devolución y amortización de obligaciones y otros valores negociables | ||
| - Devolución y amortización de deudas con entidades de crédito | (1,145,233) | (74,344) |
| - Devolución y amortización de deudas con empresas del grupo y asociadas | ||
| - Devolución y amortización de otras deudas | ||
| Pagos por dividendos y remuneraciones de otros instrumentos de patrimonio - Dividendos |
(222,893) (222,893) |
(142,972) (142,972) |
| - Remuneración de otros instrumentos de patrimonio | ||
| EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO (IV) | ||
| AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (I+II+III+IV) | 428,017 | 206,492 |
| Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio | 208,685 | 2,193 |
| 636,702 | 208,685 |
Enagás, S.A. es una sociedad constituida en España de conformidad con la Ley de Sociedades Anónimas, siendo su objeto social de acuerdo con sus estatutos sociales la importación, adquisición y venta de gas natural en el mercado nacional regulado, así como su regasificación, almacenamiento y transporte tanto para el mercado regulado como para el liberalizado. Su domicilio social se encuentra en Paseo de los Olmos, nº 19 28005 Madrid. En la página "web": www.enagas.es y en su domicilio social pueden consultarse los Estatutos sociales y demás información pública sobre la Sociedad.
Adicionalmente a las operaciones que lleva a cabo directamente, Enagás, S.A. es cabecera de un grupo de entidades que incluyen participaciones en negocios conjuntos, que se dedican a actividades diversas y que constituyen, junto con Enagás, S.A., el Grupo Enagás (en adelante, el Grupo). Consecuentemente, de acuerdo con la legislación vigente, está obligada a formular separadamente cuentas consolidadas del Grupo, que incluyen, asimismo, las participaciones en negocios conjuntos e inversiones en entidades asociadas. Las Cuentas Anuales de la sociedad Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 han sido formuladas por los Administradores, en reunión de su Consejo de Administración celebrado el día 1 de febrero de 2010. Las Cuentas Anuales del ejercicio 2008, fueron aprobadas por la Junta General de Accionistas de Enagás, S.A. celebrada el 27 de Marzo de 2009 y depositadas en el Registro Mercantil de Madrid.
Estas Cuentas Anuales se presentan en miles de euros (salvo mención expresa) por ser ésta la moneda funcional del entorno económico principal en el que opera Enagás.
Las Cuentas Anuales adjuntas han sido obtenidas de los registros contables de la Sociedad y se presentan de acuerdo con el R.D. 1514/2007 por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, de forma que muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la Sociedad, de los cambios en el estado de ingresos y gastos reconocidos y de los flujos de efectivo habidos durante el correspondiente ejercicio. Estas Cuentas Anuales, que han sido formuladas por los Administradores de la Sociedad, se someterán a la aprobación por la Junta General Ordinaria de Accionistas, estimándose que serán aprobadas sin modificación alguna.
No se han aplicado principios contables no obligatorios. Adicionalmente, los Administradores han formulado estas Cuentas Anuales teniendo en consideración la totalidad de los principios y normas contables de aplicación obligatoria que tienen un efecto significativo en dichas Cuentas Anuales.
Los resultados y la determinación del patrimonio de las Cuentas Anuales son sensibles a los principios y políticas contables, criterios de valoración y estimaciones seguidos por los Administradores de la Sociedad para su elaboración.
En las Cuentas Anuales correspondientes al ejercicio 2009 se han utilizado ocasionalmente estimaciones realizadas por la Alta Dirección de la Sociedad - ratificadas posteriormente por sus Administradores - para cuantificar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Básicamente, estas estimaciones se refieren a:
A pesar de que estas estimaciones se realizaron en función de la mejor información disponible al 31 de diciembre de 2009 sobre los hechos analizados, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlos (al alza o a la baja) en próximos ejercicios; lo que se haría de forma prospectiva reconociendo los efectos del cambio de estimación en las correspondientes Cuentas Anuales.
Durante el período de doce meses terminado el 31 de diciembre de 2009 no se han producido cambios significativos en las estimaciones realizadas al cierre del ejercicio 2008, así como, no se espera que pueda afectar a ejercicios futuros.
La información contenida en esta memoria referida al ejercicio 2008 se presenta única y exclusivamente, a efectos comparativos con la información del ejercicio 2009.
Determinadas partidas del balance, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, del Estado de cambios en el patrimonio neto y del Estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.
Durante el ejercicio 2009 no se han producido cambios de criterios contables significativos respecto a los criterios aplicados en el ejercicio 2008.
La propuesta de aplicación del resultado del ejercicio formulada por los Administradores de la Sociedad y que se someterá a la aprobación de la Junta General de accionistas es la siguiente (en miles de euros):
| Ejercicio 2009 | |
|---|---|
| A reservas voluntarias | 118.453 |
| A dividendos | 178.818 |
| Resultado 2009 | 297.271 |
Con fecha 22 de diciembre, la sociedad Enagás, S.A. ha procedido al pago de 0,283 euros brutos por acción como dividendo a cuenta del resultado del ejercicio 2009.
Los estados contables provisionales formulados de acuerdo con los requisitos legales que ponen de manifiesto la existencia de liquidez suficiente para la distribución de dividendos fueron los siguientes:
| Miles de euros | ||
|---|---|---|
| Estado contable provisional formulado el 31 de octubre de 2009 |
Estado contable provisional formulado el 31 de octubre de 2008 |
|
| Resultado contable neto 10% Reserva Legal |
247.737 - |
219.762 - |
| Resultado "disponible" para distribución | 247.737 | 219.762 |
| Previsión del pago a cuenta | (62.071) | (62.071) |
| Previsión de tesorería entre el 31 de Octubre y el 31 de Diciembre: |
||
| - Saldo de tesorería | 489.895 | 294.300 |
| - Cobros proyectados en el periodo considerado - Líneas de crédito y préstamos concedidos por Entidades |
209.000 | 125.000 |
| Financieras - Pagos proyectados en el periodo considerado |
1.136.000 | 200.000 |
| (Incluido el pago a cuenta) | (332.800) | (158.000) |
| Saldo previsto de tesorería | 1.502.095 | 461.300 |
Las principales normas de registro y valoración utilizadas por la Sociedad en la elaboración de sus Cuentas Anuales del ejercicio 2009, de acuerdo con las establecidas por el Plan General de Contabilidad, han sido las siguientes:
Como norma general, el inmovilizado intangible se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado.
Los criterios para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de estos activos y, en su caso, de las recuperaciones de las pérdidas por deterioro registradas en ejercicios anteriores son similares a los aplicados para los activos materiales (ver nota 4.2).
a) Gastos de investigación y desarrollo:
Los costes de Investigación se activan, amortizándose el 95% del coste en el primer año y el resto en el año siguiente, siempre que estén específicamente individualizados por proyectos, su importe pueda ser claramente establecido y existan motivos fundados para confiar en el éxito técnico y en la rentabilidad económico-comercial del proyecto.
Los costes de Desarrollo se activan y se amortizan linealmente a lo largo de su vida útil, si están específicamente individualizados por proyectos, su importe puede ser claramente establecido y existen motivos fundados para confiar en el éxito técnico y en la rentabilidad económico-comercial del proyecto.
Las Concesiones administrativas se valoran al precio de adquisición y se amortizan en función de la vida de las mismas.
Las concesiones sólo pueden ser incluidas en el activo cuando hayan sido adquiridas por la empresa a título oneroso en aquellas concesiones susceptibles de traspaso, o por el importe de los gastos realizados para su obtención directa del Estado o de la Entidad Pública correspondiente. Si se dan las circunstancias de incumplimiento de condiciones, que hacen perder los derechos derivados de una concesión, el valor contabilizado para la misma se saneará en su totalidad, al objeto de anular su valor neto contable. Dichas concesiones se amortizan en función de la vida útil de las mismas.
Los costes de adquisición y desarrollo incurridos en relación con los sistemas informáticos básicos en la gestión se registran con cargo al epígrafe "Activos intangibles" del Balance de Situación. Los costes de mantenimiento de los sistemas informáticos se registran con cargo a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio en que se incurren. Se valoran por el importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos, así como por su coste de producción si son desarrollados por la sociedad. La amortización de los mismos se realiza en un plazo de cuatro años.
Durante el ejercicio 2009, la sociedad Enagás, S.A. procedió a reconocer como Inmovilizado Intangible los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados para el ejercicio 2009 en el Plan Nacional de Asignación 2008-2012. Dichos derechos se han registrado siguiendo los criterios establecidos en la Resolución del ICAC de 8 de febrero de 2006 por la que se aprueban las normas para el registro, valoración e información de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Dichos derechos se han valorado al precio spot del primer día hábil del año 2009 según el RWE Trading GMBH. La imputación a resultados se hace en función de los derechos devengados a la fecha de cierre. La Sociedad sigue la política de registrar como activo intangible no amortizable los derechos de emisión de igual forma que para el resto de sus activos, por lo que se valoran inicialmente por su coste de adquisición, dotándose la correspondiente provisión en caso de que el valor de mercado sea inferior al mencionado coste de adquisición.
El Inmovilizado Intangible con vida definida se amortiza en función de la misma, que equivale a los porcentajes de amortización siguientes:
| Porcentaje anual | Vida útil | |
|---|---|---|
| Gastos de Desarrollo | 5%-50% | 20-2 |
| Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares: - Concesiones portuarias en Planta de Barcelona |
1,28%-1,33% | 75-78 |
| - Concesiones portuarias en Planta de Huelva | 7,60% | 13 |
| - Uso dominio público radioeléctrico | 20,00% | 5 |
| Aplicaciones Informáticas | 25% | 4 |
El inmovilizado material se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción, con excepción de la revalorización efectuada como consecuencia de la actualización de balances realizada en el ejercicio de 1996, y posteriormente se minora por la correspondiente amortización acumulada y las pérdidas por deterioro si las hubiera, conforme al criterio mencionado al final de la presente nota.
Los costes de renovación, ampliación o mejora son incorporados al activo como mayor valor del bien exclusivamente cuando suponen un aumento de su capacidad, productividad o prolongación de su vida útil, deduciéndose en su caso el valor neto contable de los bienes sustituidos. Por el contrario, los gastos periódicos de mantenimiento, conservación y reparación se cargan a los resultados del ejercicio en que se incurren.
Los costes capitalizados incluyen:
Los gastos financieros relativos a la financiación de los proyectos de infraestructura devengados únicamente durante el período de construcción en obras si éste es superior al año, siendo la tasa media de capitalización utilizada para determinar el importe de los costes por intereses a capitalizar durante el ejercicio 2009 de 3,40% (4,75% en 2008).
Los gastos de personal relacionados directamente con las obras en curso. Los importes capitalizados por estos conceptos se registran en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias adjunta correspondiente al ejercicio 2009 en el epígrafe "Trabajos realizados por la empresa para su activo".
Los desembolsos futuros, a los que la sociedad deberá hacer frente en relación a la obligación de desmantelar determinados activos fijos tangibles correspondientes al almacenamiento subterráneo de Serrablo y al de Yela, al final de su vida útil. El importe en libros de dichos activos incluye una estimación del valor presente a la fecha de adquisición de los costes que supondrán para la Sociedad las tareas de desmantelamiento, registrándose con abono al epígrafe "Provisiones a largo plazo" (Nota 15) del Balance de Situación adjunto. Adicionalmente, dicha provisión ha sido objeto de actualización en los periodos siguientes a su constitución.
Tras el RD 1061/2007 de 20 de julio de 2007 por el que se le otorga a Enagás la concesión de explotación para el Almacenamiento Subterráneo de Yela la Sociedad a los efectos del cumplimiento de lo establecido en el artículo 25.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, por la que se fija la provisión económica de desmantelamiento en 14,7 millones de euros ha registrado la provisión como mayor valor del Inmovilizado. Esta provisión se actualizará cada año por el efecto financiero ocasionado que la sociedad lleva contra una cuenta por cobrar a largo plazo con la CNE ya que una vez autorizado el desmantelamiento, podrá solicitar la realización de pagos a cuenta por concepto de costes de desmantelamiento.
Los gastos y actualización de abandono del Almacenamiento Subterráneo de Serrablo corresponde a la dotación de la provisión necesaria para cumplir con las exigencias detalladas en la "Orden de 6 de septiembre de 1995 sobre la concesión administrativa a Enagas, S.A. para el almacenamiento de gas natural en Jaca, Aurín y Suprajaca, del campo de Serrablo", por la que se exige la presentación de un proyecto de abandono del campo de Serrablo y cuya aprobación era requisito imprescindible para llevar a cabo las actividades de almacenamiento.
Los bienes en construcción destinados a la producción, al alquiler o a fines administrativos, o a otros fines aún por determinar, se registran a su precio de coste, deduciendo las pérdidas por deterioros de valor reconocidas. El coste incluye, con respecto a activos cualificados, los costes por intereses capitalizados y los gastos de personal relacionados directamente con las obras en curso de conformidad con la política contable de la sociedad. La amortización de estos activos, al igual que la de otros activos inmobiliarios, comienza cuando los activos están listos para el uso para el que fueron concebidos.
Se registra como Inmovilizado material el gas inmovilizado no extraíble preciso para la explotación de los almacenamientos subterráneos de gas natural, (gas colchón) amortizándose en el período de vida útil especificado en la regulación vigente o en el período de arrendamiento si éste es menor.
Se registra como Inmovilizado material no amortizable, el gas natural correspondiente tanto al nivel mínimo de llenado de los gasoductos como al nivel mínimo operativo de las plantas de regasificación, (también denominado "gas talón"), dado su carácter de gas no disponible y por tanto inmovilizado según indica la regulación actual, siendo valorado al precio de subasta tal y como indican la Orden ITC/3993/2006 y la Resolución de 18 de abril de 2007 (ver Nota 7).
La amortización del inmovilizado material sigue el método lineal, aplicando porcentajes de amortización anual calculados en función de los años de vida útil estimada de los respectivos bienes, según el siguiente detalle:
| Porcentaje | Vida útil | |
|---|---|---|
| anual | (años) | |
| Construcciones | 2%-3% | 33,33-50 |
| Instalaciones técnicas (red de transporte) | 5%-2,5% | 20-40 |
| Depósitos | 5% | 20 |
| Instalaciones de Almacenamientos Subterráneos | 10% | 10 |
| Gas colchón | 5% | 20 |
| Otras instalaciones técnicas y maquinaria | 5%-12% | 8,33-20 |
| Útiles y herramientas | 30% | 3,33 |
| Mobiliario y enseres | 10% | 10 |
| Equipos para procesos de información | 25% | 4 |
| Elementos de transporte | 16% | 6,25 |
Al cierre de cada ejercicio (para el caso del fondo de comercio o activos intangibles de vida útil indefinida) o siempre que existan indicios de pérdida de valor (para el resto de los activos), la Sociedad procede a estimar mediante el denominado "Test de deterioro" la posible existencia de pérdidas de valor que reduzcan el valor recuperable de dichos activos a un importe inferior al de su valor en libros.
El importe recuperable es el mayor entre el valor de mercado minorado por el coste necesario para su venta y el valor en uso, entendiendo por éste el valor actual de los flujos de caja futuros estimados. Para el cálculo del valor de recuperación del inmovilizado material, el valor en uso es el criterio utilizado por la Sociedad en prácticamente la totalidad de los casos.
Para estimar el valor en uso, la Sociedad prepara las previsiones de flujos de caja futuros antes de impuestos a partir de los presupuestos más recientes aprobados por los Administradores. Estos presupuestos incorporan las mejores estimaciones disponibles de ingresos y costes de las Unidades Generadoras de Efectivo utilizando las previsiones sectoriales, la experiencia del pasado y las expectativas futuras.
Estas previsiones cubren los próximos cinco años estimándose los flujos para los años futuros aplicando tasas de crecimiento razonables que, en ningún caso, a partir del quinto año son crecientes ni superan a las tasas de crecimiento de los años anteriores.
Para calcular el valor actual, estos flujos se descuentan a una tasa, antes de impuestos, que recoge el coste de capital del negocio y del área geográfica en que se desarrolla. Para su cálculo se tiene en cuenta el coste actual del dinero y las primas de riesgo utilizadas de forma general entre los analistas para el negocio y zona geográfica.
En el caso de que el importe recuperable sea inferior al valor neto en libros del activo, se registra la correspondiente provisión por pérdida por deterioro por la diferencia, con cargo al epígrafe "Dotaciones a amortizaciones" de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
El epígrafe inversiones inmobiliarias del balance de situación recoge los valores de terrenos, edificios y otras construcciones que se mantienen bien, para explotarlos en régimen de alquiler, bien para obtener una plusvalía en su venta como consecuencia de los incrementos que se produzcan en el futuro en sus respectivos precios de mercado.
Estos activos se valoran de acuerdo con los criterios indicados en la Nota 4.2, relativa al inmovilizado material.
Los arrendamientos se clasifican como arrendamientos financieros siempre que las condiciones de los mismos se deduzcan que se transfieren al arrendatario sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. Los demás arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos.
En las operaciones de arrendamiento financiero en las que la Sociedad actúa como arrendatario, se presenta el coste de los activos arrendados en el Balance de Situación según la naturaleza del bien objeto del contrato y, simultáneamente, un pasivo por el mismo importe. Dicho importe será el menor entre el valor razonable del bien arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de las cantidades mínimas acordadas, incluida la opción de compra, cuando no existan dudas razonables sobre su ejercicio. No se incluirán en su cálculo las cuotas de carácter contingente, el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador. La carga financiera total del contrato se imputa a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio en que se devenga, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Las cuotas de carácter contingente se reconocen como gasto del ejercicio en que se incurren.
Los activos registrados por este tipo de operaciones se amortizan con criterios similares a los aplicados al conjunto de los activos materiales, atendiendo a su naturaleza.
Los gastos derivados de los acuerdos de arrendamiento operativo se cargan a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias en el ejercicio en que se devengan.
Cualquier cobro o pago que pudiera realizarse al contratar un arrendamiento operativo, se tratará como un cobro o pago anticipado que se imputará a resultados a lo largo del periodo del arrendamiento, a medida que se cedan o reciban los beneficios del activo arrendado.
Los activos financieros que posee la Sociedad se clasifican en las siguientes categorías:
Los activos financieros se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles.
Los préstamos, partidas a cobrar e inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valoran por su coste amortizado.
Las inversiones en empresas del grupo, asociadas y multigrupo se valoran por su coste, minorado, en su caso, por el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. Dichas correcciones se calculan como la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se toma en consideración el patrimonio neto de la entidad participada, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración (incluyendo el fondo de comercio, si lo hubiera).
Por último, los activos financieros disponibles para la venta se valoran a su valor razonable, registrándose en el Patrimonio Neto el resultado de las variaciones en dicho valor razonable, hasta que el activo se enajena o haya sufrido un deterioro de valor (de carácter estable o permanente), momento en el cual dichos resultados acumulados reconocidos previamente en el Patrimonio Neto pasan a registrarse en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Al menos al cierre del ejercicio, la Sociedad realiza un test de deterioro para los activos financieros que no están registrados a valor razonable. Se considera que existe evidencia objetiva de deterioro si el valor recuperable del activo financiero es inferior a su valor en libros. Cuando se produce, el registro de este deterioro se registra en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
En particular, y respecto a las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, el criterio utilizado por la Sociedad para calcular las correspondientes correcciones valorativas, si las hubiera, consiste en registrar las correspondientes provisiones por la diferencia existente entre el importe a recuperar de las cuentas a cobrar y el valor en libros por el que se encuentran registradas. El importe a recuperar de la deuda se calcula mediante el descuento de flujos de caja futuros estimados utilizando la tasa de interés efectivo considerada en el momento inicial de la operación.
La Sociedad da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad, tales como en ventas en firme de activos, cesiones de créditos comerciales en operaciones de "factoring" en las que la empresa no retiene ningún riesgo de crédito ni de interés, las ventas de activos financieros con pacto de recompra por su valor razonable o las titulizaciones de activos financieros en las que la empresa cedente no retiene financiaciones subordinadas ni concede ningún tipo de garantía o asume algún otro tipo de riesgo.
Por el contrario, la Sociedad no da de baja los activos financieros, y reconoce un pasivo financiero por un importe igual a la contraprestación recibida, en las cesiones de activos financieros en las que se retenga sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad, tales como el descuento de efectos, el "factoring con recurso", las ventas de activos financieros con pactos de recompra a un precio fijo o al precio de venta más un interés y las titulizaciones de activos financieros en las que la empresa cedente retiene financiaciones subordinadas u otro tipo de garantías que absorben sustancialmente todas las pérdidas esperadas.
Son pasivos financieros aquellos débitos y partidas a pagar que tiene la Sociedad y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados.
Los débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado.
Los instrumentos financieros derivados de pasivo se valoran a su valor razonable, siguiendo los mismos criterios que los correspondientes a los activos financieros mantenidos para negociar descritos en el apartado anterior. La Sociedad da de baja los pasivos financieros cuando se extinguen las obligaciones que los han generado.
Un instrumento de patrimonio representa una participación residual en el Patrimonio de la Sociedad, una vez deducidos todos sus pasivos.
Los instrumentos de capital emitidos por la Sociedad se registran en el Patrimonio Neto por el importe recibido, neto de los gastos de emisión.
Durante el ejercicio 2009 se renovaron todos los contratos de avales que vencían en ese periodo y se ampliaron y firmaron nuevas pólizas de avales por importe de 64 millones de euros.
A 31 de diciembre de 2009 Enagás S.A. tenía prestados avales comerciales a terceros derivados de su actividad de inversión en infraestructuras, por un importe de 117.202 miles de euros (100.602 miles de euros en el ejercicio 2008). Por otro lado, también tiene concedidos avales financieros por un total de 217.259 miles de euros (214.286 miles de euros en el ejercicio 2008) como garantía de los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones.
La Sociedad utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus flujos de efectivo futuros. Fundamentalmente, estos riesgos son de variaciones de tipos de interés. En el marco de dichas operaciones la Sociedad contrata instrumentos financieros de cobertura.
Para que estos instrumentos financieros puedan calificar como de cobertura contable, son designados inicialmente como tales documentándose la relación de cobertura. Asimismo, la Sociedad verifica inicialmente y de forma periódica a lo largo de su vida (como mínimo en cada cierre contable) que la relación de cobertura es eficaz, es decir, que es esperable prospectivamente que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida cubierta (atribuibles al riesgo cubierto) se compensen casi completamente por los del instrumento de cobertura y que, retrospectivamente, los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de un rango de variación del 80 al 125% respecto del resultado de la partida cubierta.
La Sociedad aplica coberturas de flujos de efectivo y de valor razonable. El registro en función del tipo de cobertura es el siguiente:
a) Coberturas de valor razonable: la parte del elemento cubierto para la que se está cubriendo el riesgo, al igual que el instrumento de cobertura, se valoran por su valor razonable, registrándose las variaciones de valor de ambos en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias como resultados financieros.
b) Cobertura de flujos de efectivo: los cambios en el valor razonable de los derivados se registran, en la parte en que dichas coberturas son efectivas y netas de su efecto fiscal, en el epígrafe "Patrimonio Neto – Ajustes por cambios de valor – Operaciones de cobertura". La pérdida o ganancia acumulada en dicho epígrafe se traspasa a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias en función de la evolución del riesgo cubierto. Los resultados correspondientes a la parte ineficaz de las coberturas se registran directamente en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias como resultados financieros.
Con carácter general, las existencias de gas natural se valoran al precio medio de adquisición o valor neto de realización. El precio de coste se calcula utilizando el método del Precio Medio Ponderado. El valor neto realizable representa la estimación del precio de venta o precio de cesión establecido en la regulación vigente.
La Sociedad realiza una evaluación del valor neto realizable de las existencias al final del ejercicio dotando la oportuna provisión cuando las mismas se encuentran sobrevaloradas. Cuando las circunstancias que previamente causaron la rebaja hayan dejado de existir o cuando exista clara evidencia de incremento en el valor neto realizable debido a un cambio en las circunstancias económicas, se procede a revertir el importe de la misma.
El resto de las existencias no relacionadas con gas natural, se valoran por el menor importe entre el coste de adquisición o producción y el valor neto realizable. La valoración incluye los costes de materiales directos y, en su caso, los costes de mano de obra directa y los gastos generales de fabricación, incluyéndose también los incurridos al trasladar las existencias a su ubicación y condiciones actuales, en el punto de venta.
Asimismo, la Sociedad realiza una evaluación del valor neto realizable de las existencias al final del ejercicio dotando la oportuna provisión cuando las mismas se encuentran sobrevaloradas. Cuando las circunstancias que previamente causaron la rebaja hayan dejado de existir o cuando exista clara evidencia de incremento en el valor neto realizable debido a un cambio en las circunstancias económicas, se procede a revertir el importe de la misma
La moneda funcional utilizada por la Sociedad es el euro. Consecuentemente, las operaciones en otras divisas distintas del euro se consideran denominadas en moneda extranjera y se registran según los tipos de cambio vigentes en las fechas de las operaciones.
Al cierre del ejercicio, los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera se convierten aplicando el tipo de cambio en la fecha del balance de situación. Los beneficios o pérdidas puestos de manifiesto se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se producen.
El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.
El impuesto corriente es la cantidad que la Sociedad satisface como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del impuesto corriente.
El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o crédito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.
Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios, así como las asociadas a inversiones en
empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos en las que la Sociedad puede controlar el momento de la reversión y es probable que no reviertan en un futuro previsible.
Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Sociedad vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.
Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.
En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.
Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos descuentos e impuestos.
Los ingresos ordinarios asociados a la prestación de servicios se reconocen igualmente considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de balance, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad.
Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos. En cualquier caso, los intereses y dividendos de activos financieros devengados con posterioridad al momento de la adquisición se reconocen como ingresos en la cuenta de pérdidas y ganancias.
La Sociedad actuó en 2008 como gestor de la compra-venta de gas a clientes a tarifa, y por dicha actividad percibió una retribución cuyo objetivo es cubrir los costes incurridos en la realización de la misma. El ingreso procedente de la retribución regulada por gestión de compra-venta, se encuentra registrado en el epígrafe de "Ingresos por actividades reguladas" por importe de 4.785 miles de euros. La sociedad, únicamente realizó esta actividad en los seis primeros meses del ejercicio 2008 de acuerdo con la nueva Ley 12/2007, de 2 de julio (ver Nota 5.d).
Como consecuencia de la normativa que afecta a Enagás, S.A. publicada en 2002 (aplicable a partir del 19 de febrero de 2002), a continuación se detalla los criterios aplicados para el reconocimiento de los ingresos sujetos a la nueva regulación:
instalaciones gasistas para el ejercicio 2009, la tarifa de último recurso y se actualizan determinados aspectos relativos a la retribución de las actividades reguladas del sector gasista.
Con la aparición de esta nueva normativa se reconoce a Enagás, S.A. el derecho a obtener una retribución por la realización de las siguientes actividades:
Los aspectos más relevantes desde el punto de vista de los ingresos en cuanto al detalle normativo que regula la actividad de Enagás, S.A. se desarrolla en la Nota. 5 adjunta.
Los gastos se reconocen en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias cuando tiene lugar una disminución en los beneficios económicos futuros relacionados con una reducción de un activo, o un incremento de un pasivo, que se puede medir de forma fiable. Esto implica que el registro de un gasto tiene lugar de forma simultánea al registro del incremento del pasivo o la reducción del activo.
Se reconoce un gasto de forma inmediata cuando un desembolso no genera beneficios económicos futuros o cuando no cumple los requisitos necesarios para su registro como activo.
Los Administradores de la Sociedad en la formulación de las Cuentas Anuales diferencian entre:
Las Cuentas Anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que remota. Los pasivos contingentes no se reconocen en las Cuentas Anuales, sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como remotos.
Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.
La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido, se registra como activo, excepto en el caso de que exista un vínculo legal por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la Sociedad no esté obligada a responder; en esta situación, la compensación se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la correspondiente provisión.
Al cierre del ejercicio 2009 se encontraban en curso distintos procedimientos judiciales y reclamaciones interpuestos contra los grupos empresariales con origen en el desarrollo habitual de sus actividades. Tanto los asesores legales de la
Sociedad como sus Administradores entienden que la conclusión de estos procedimientos y reclamaciones no producirá un efecto significativo en las cuentas anuales de los ejercicios en los que finalicen que no hayan sido registrados o indicados en estas Cuentas Anuales.
De acuerdo con la legislación vigente, la Sociedad está obligada al pago de indemnizaciones a aquellos empleados con los que, bajo determinadas condiciones, rescinda sus relaciones laborales. Por tanto, las indemnizaciones por despido susceptibles de cuantificación razonable se registran como gasto en el ejercicio en el que se adopta la decisión del despido. No existe plan alguno de reducción de personal que haga necesaria la creación de una provisión por este concepto.
Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la actividad de la Sociedad, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.
Los costes incurridos en la adquisición de sistemas, equipos e instalaciones cuyo objeto sea la eliminación, limitación o el control de los posibles impactos que pudiera ocasionar el normal desarrollo de la actividad gasista sobre el medio ambiente se consideran inversiones en inmovilizado.
El resto de los gastos relacionados con el medio ambiente distintos de los realizados para la adquisición de elementos de inmovilizado, se consideran gastos del ejercicio.
Por lo que respecta a las posibles contingencias que en materia medioambiental pudieran producirse, Enagás, S.A. considera que éstas se encuentran suficientemente cubiertas con las pólizas de seguro de responsabilidad civil que tienen suscritas.
Enagás contribuye de acuerdo con el Plan de Pensiones firmado y adaptado a la Ley de Planes y Fondos de Pensiones a un plan de contribución definida "Enagás Fondo de Pensiones", cuya Entidad Gestora es Gestión de Previsión y Pensiones, S.A. y la Depositaria es Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. que cubre los compromisos adquiridos por la sociedad con el personal activo afectado. Reconoce unos derechos consolidados por servicios pasados y se compromete a la aportación mensual de un porcentaje medio del 6,8% del salario computable. Es un plan de modalidad mixta destinado a cubrir tanto las prestaciones de jubilación, como los riesgos por invalidez y fallecimiento de los partícipes.
Las aportaciones efectuadas por la Entidad por este concepto en cada ejercicio se registran en el capítulo "Gastos de Personal" de las Cuentas de Pérdidas y Ganancias. Las cuantías devengadas y pendientes de aportar al cierre de cada ejercicio se registran, por su valor actual, en el epígrafe "Provisiones a largo plazo – Obligaciones por prestaciones a largo plazo al personal" de los Balances de Situación.
La Entidad tiene asumido, con los directivos y personal específico de grado máximo en la Sociedad el compromiso de pago de una retribución variable a título de "premio" por cumplir una serie de características durante su vida laboral, siendo normalmente un premio fijado en función de su remuneración en el momento de la jubilación.
En la reunión del Consejo de Administración de 18 de enero de 2008 se comunicó por parte del Comité de Nombramientos y Retribuciones la aprobación, por el mismo de un incentivo retributivo a medio plazo (2008-2010) que se devengaría al final del período en función del cumplimiento de determinados objetivos.
Para la contabilización de las subvenciones, donaciones y legados recibidos la Sociedad sigue los criterios siguientes:
La Sociedad realiza todas sus operaciones con vinculadas a valores de mercado. Adicionalmente, los precios de transferencia se encuentran adecuadamente soportados por lo que los Administradores de la Sociedad consideran que no existen riesgos significativos por este aspecto de los que puedan derivarse pasivos de consideración en el futuro
La Sociedad clasifica un activo no corriente o un grupo enajenable como mantenido para la venta cuando ha tomado la decisión de venta del mismo y se estima que la misma se realizará dentro de los próximos doce meses.
Al cierre del ejercicio 2009, la Sociedad no mantiene activos no corrientes o un grupo enajenable como mantenido para la venta al cierre del presente ejercicio.
Una operación interrumpida es todo componente de la Sociedad que ha sido enajenado o se ha dispuesto de él por otra vía, o bien que ha sido clasificado como mantenido para la venta y, entre otras condiciones, representa una línea de negocio o un área significativa que puede considerarse separada del resto.
Para este tipo de operaciones, la Sociedad incluye dentro de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias y en una única partida denominada "Resultado del ejercicio procedente de las operaciones interrumpidas neto de impuestos", tanto el resultado después de impuestos de las actividades interrumpidas como el resultado después de impuestos reconocido por la valoración a valor razonable menos los costes de venta o bien por la enajenación o de los elementos que constituyen la actividad interrumpida.
Adicionalmente, cuando se clasifican operaciones como interrumpidas, la Sociedad presenta en la partida contable mencionada anteriormente el importe del ejercicio precedente correspondiente a las actividades que tengan el carácter de interrumpidas en la fecha de cierre del ejercicio al que corresponden las cuentas anuales.
En el Balance de Situación adjunto los saldos se clasifican en función de sus vencimientos, es decir, como "circulante" aquellos con vencimiento igual o inferior a 12 meses y como "a largo plazo" los de vencimiento superior a dicho periodo.
En el año 2008 se publicó el Real Decreto 326/2008 de 29 de febrero de 2008 que establece la retribución de la actividad de transporte de gas natural para las instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008, siendo la primera vez que el mecanismo de cálculo de retribución se establece a nivel de Real Decreto.
La adaptación y homogeneización del marco retributivo tiene por objeto aportar las condiciones de estabilidad y ausencia de incertidumbre necesarias para acometer las fuertes inversiones que se prevén para el nuevo periodo objeto de planificación, que abarca de 2008 a 2016.
Este Real Decreto adapta la retribución del transporte al modelo que se comenzó a definir a finales de 2006, reforzando además la convergencia con el sistema retributivo del transporte eléctrico y con los sistemas retributivos existentes, para estas actividades reguladas, en los estados europeos de nuestro entorno.
La fórmula de cálculo de la retribución es similar a las ya existentes para las actividades de regasificación y almacenamiento subterráneo. Se basa, al igual que en estos casos, en activos netos, si bien en el transporte las inversiones se actualizan anualmente con una tasa del 2,5%.
La Orden Ministerial ITC/3802/2008 de 26 de diciembre de 2008 se encarga de actualizar determinados aspectos relativos al régimen económico de las actividades reguladas del sector gasista.
Debemos indicar que la Disposición Adicional octava de la mencionada ITC/3802/2008 establece modificaciones en relación al marco regulatorio asociado al tránsito de gas por las sociedades filiales portuguesas "Gasoducto Campo Maior – Leiria-Braga" y "Gasoducto Braga – Tuy" y, concretamente, en relación a los ingresos reconocidos para soportar los costes asociados a dicho tránsito hasta la fecha. De acuerdo a lo indicado en dicha Orden, estos ingresos han dejado de ser percibidos por el Grupo desde 1 de enero de 2009.
Durante el ejercicio 2009, el Grupo ha continuado manteniendo sus obligaciones contractuales relacionadas con el contrato "ship or pay" relativo a dicho tránsito de gas. No obstante, desde la publicación de la mencionada Orden, y debido al cambio en el entorno regulatorio que supone para Enagás, S.A., el Grupo ha iniciado las pertinentes negociaciones con sus socios portugueses participantes en el accionariado de dichas Sociedades, al objeto de adecuar las actuales obligaciones contractuales de Enagás con estas filiales al nuevo entorno regulatorio fijado en la mencionada Orden ITC/3802/2008. Por otro lado, queremos indicarles que la Sociedad ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Orden mencionada el cual se encuentra en trámite ante el Tribunal Supremo.
Si bien, como se ha indicado, la Orden ITC/3802/2008 supone la supresión de los ingresos relativos a los costes por tránsito de gas con estas sociedades portuguesas, la Dirección del Grupo Enagás, en base al contenido de las negociaciones que se están desarrollando con los socios portugueses, no espera que de las mismas, se desprenda ningún tipo de quebranto patrimonial para Enagás, S.A.
Los valores concretos de la retribución reconocida, así como los valores unitarios de inversión y explotación aplicables a las instalaciones de regasificación y almacenamiento fueron establecidos por medio de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 31 de diciembre de 2008.
Los valores unitarios de inversión y explotación aplicables a las instalaciones de transporte puestas en marcha a partir del 1 de enero de 2008, han sido publicados en la Orden Ministerial ITC/3520/2009 de 28 de diciembre de 2009 y son el resultado de la propuesta de revisión de dichos valores realizada por la CNE.
Al igual que viene ocurriendo en ejercicios anteriores, y de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente el coste acreditado para las actividades de transporte, regasificación, y almacenamiento se compone de un coste fijo y un coste variable.
Para las nuevas instalaciones que han entrado en servicio a partir de 2002, se utiliza el valor estándar de cada inversión fijada por el regulador, mientras que para aquellas que suponen ampliación, se valoran al coste real.
Para las inversiones en almacenamiento subterráneos no existen valores estándar por lo que son valoradas también a su coste real.
Las instalaciones de transporte puestas en servicio a partir de 2008 son valoradas al coste medio entre el valor estándar y dicho coste real.
Las instalaciones de regasificación puestas en servicio a partir de 2006 son valoradas al coste real más el 50% de la diferencia entre el valor estándar y dicho coste real, hasta el máximo del valor estándar.
• Retribución por la amortización de los activos del sistema. Al valor de la inversión reconocida resultante se le aplica el coeficiente de amortización correspondiente a su vida útil, obteniendo de este modo los ingresos por este concepto.
Para los activos de transporte puestos en servicio a partir del 1 de enero de 2008 la amortización es actualizada anualmente con una tasa del 2,5%.
• Retribución financiera del valor de la inversión. Para los activos de transporte puestos en servicio con anterioridad al año 2008 se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de la media anual de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, más el 1,5% sobre el valor de la inversión bruta obtenida en el apartado anterior.
Para los activos de transporte puestos en servicio a partir del 1 de enero de 2008 se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de la media anual de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, más el 3,75% sobre el valor de la inversión neta de amortizaciones obtenida en el apartado anterior y actualizada anualmente con una tasa del 2,5%.
Para los activos de regasificación y almacenamiento se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de una media de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, calculada a partir de la fecha de puesta en marcha de cada instalación, más el 3,5% sobre el valor de la inversión neta de amortizaciones, obtenida en el apartado anterior.
La tasa resultante para los activos de transporte puestos en marcha en 2009 ha sido del 7,80%.
gasista en el año 2000 para la actividad de transporte y regasificación, estandarizados por unidades físicas y técnicas. Para los activos de transporte puestos en marcha a partir del 1 de enero de 2008, los valores estándar aplicables son los que se han establecido en la propuesta de revisión de los valores unitarios realizada por la CNE.
A estos valores estándar se les aplica un coeficiente de actualización anual obtenido a partir del Índice del Precios al Consumo y del Índice de Precios Industriales correspondiente a los bienes de equipos (IPRI), corregidos por unos factores de eficiencia.
Para los almacenamientos subterráneos se define un coste fijo de operación y mantenimiento específico para cada uno de los emplazamientos.
a.1.3. Enagás, S.A. ha establecido el criterio lineal para la imputación a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias de estos ingresos correspondientes al coste fijo acreditado. De esta forma se consigue a efectos intermensuales la correlación de ingresos (retribución) y gastos (amortización).
Los ingresos por esta actividad son calculados anualmente en función del coste acreditado para cada año y tiene como finalidad retribuir las obligaciones de Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema entre las que se incluyen coordinar el desarrollo, operación y mantenimiento de la red de transporte, supervisando la seguridad del suministro de gas natural (niveles de almacenamiento y planes de emergencia), llevar a cabo planes para el futuro desarrollo de las infraestructuras gasistas y controlar el acceso de terceros a la red.
Para el año 2009, la cuota destinada a la retribución del GTS que deben recaudar las empresas titulares de instalaciones de regasificación, transporte, almacenamiento y distribución de gas como porcentaje sobre la facturación de los peajes y cánones asociados al derecho de acceso de terceros a la red, es del 0,42%. Dicha cuota es ingresada por las citadas empresas en los plazos y de la forma que se establece en el procedimiento de liquidaciones, en la cuenta que la Comisión Nacional de la Energía en régimen de depósito tiene abierta a estos efectos.
El porcentaje anterior sobre la facturación se calcula sobre el resultado de aplicar los peajes y cánones máximos a las cantidades facturadas, sin deducir los posibles descuentos que sobre las mismas puedan pactarse entre los titulares de las instalaciones y los usuarios.
Sin perjuicio de lo anterior, la retribución reconocida a la actividad de Gestión Técnica del Sistema para 2009 asciende a 11.206.248 €. La diferencia positiva o negativa entre esta cantidad y las percibidas por la aplicación de la cuota indicada anteriormente será incluida por la CNE en la liquidación 14 del año 2009.
La imputación intermensual de los ingresos anteriores a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias se realiza siguiendo un criterio lineal.
La facturación y cobro de la retribución de las actividades reguladas sujetas a liquidación (Acceso de Terceros a la Red y Gestión Técnica del Sistema) se realiza conforme a lo establecido en el procedimiento de liquidaciones, según la Orden Ministerial de 28 de octubre de 2002.
La obligación del suministro de gas con destino al mercado a tarifa desapareció el 1 de julio de 2008, de acuerdo con el artículo 2 de Orden ITC/2309/2007, de 30 de julio, no percibiéndose ya en 2009 ingreso alguno por este concepto.
Con fecha 1 de noviembre de 2002, se publica la Orden Ministerial ECO/2692/2002 de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de la retribución de las actividades reguladas y establece el sistema de información que deben presentar las empresas.
La Disposición adicional quinta de la Orden ITC/3993/2006, modifica el apartado I.5 del anexo II de esta Orden de liquidaciones al establecer que a los importes a liquidar a cada transportista o distribuidor les serán aplicados los intereses que resulten de aplicar a estas cantidades los valores medios de las letras del tesoro a un año durante 60 días.
La Orden ITC 4099/2005 estableció en su Disposición Transitoria Segunda que los transportistas titulares de plantas de regasificación deberían adquirir el gas natural necesario correspondiente al nivel mínimo de llenado de los gasoductos de la red de transporte y el nivel mínimo operativo de las plantas de regasificación.
Para el año 2009, el gas talón y el gas mínimo de llenado necesario es adquirido en la subasta que se ha organizado a tal fin, siendo el gas valorado al precio final de la subasta. El gas adquirido con este fin tiene derecho al reconocimiento de una retribución financiera que se obtiene a partir de la inversión realizada, valorada según el valor medio de las Obligaciones del Estado a 10 años de cada semestre más un 3,5%.
A partir del 1 de julio de 2007, los transportistas son responsables de la compra del gas necesario para los autoconsumos en sus instalaciones. Este hecho conlleva una reducción en los porcentajes de las mermas retenidas a los usuarios.
El gas adquirido por los transportistas será valorado al precio de la subasta, teniendo los pagos realizados la consideración de gastos liquidables.
Los principales desarrollos regulatorios de aplicación en el sector gasista, aprobados a lo largo del año 2009, han sido los siguientes:
Directiva 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, que deroga la Directiva 2003/55/CE. Entre otras novedades destaca el establecimiento de medidas para la separación efectiva de los operadores de transporte y el refuerzo de la independencia y competencias de las autoridades reguladoras nacionales.
Reglamento 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural, que deroga el Reglamento 1775/2005. Entre otras, las principales novedades que presenta son: la creación de la Red Europea de Operadores de Redes de Transporte de Gas (ENTSOG), y el establecimiento de servicio de acceso a terceros, mecanismos de asignación de capacidad y procedimientos de gestión de la congestión y de requisitos de transparencia de las plantas de GNL y los almacenamientos subterráneos.
Reglamento 713/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 por el que se crea la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER). El principal objetivo de ACER es asistir a las autoridades reguladoras nacionales en el ejercicio a nivel comunitario de las tareas reguladoras desempeñadas en los Estados Miembros.
ORDEN ITC/3802/2008, de 26 de diciembre de 2008, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista.
Orden ITC/3837/2008, de 26 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) correspondientes al ejercicio 2009.
Resolución de 31 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican la retribución de actividades reguladas, los derechos de acometida y las tarifas de alquiler de contadores y equipos de telemedida para el año 2009.
Resolución de 23 de febrero de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se hacen publicas las capacidades disponibles de almacenamiento subterráneo de la red básica de gas natural para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2009 y 31 de marzo de 2010.
Resolución de 9 de marzo de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se establecen determinados aspectos relacionados con la subasta para la asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos para el período comprendido entre el 1 de abril de 2009 y el 31 de marzo de 2010.
Resolución de 30 de marzo de la Dirección General de Política Energética y Minas por la cual CORES publicará en su página Web la parte de la obligación de reservas mínimas de seguridad que asume en aplicación del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, con el objeto de que los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos conozcan en cada momento el nivel de las mismas que están obligados a mantener.
Orden ITC/863/2009 de 2 de abril, por la que se regula el establecimiento del procedimiento de subasta para la adquisición por parte de los comercializadores de último recurso de determinadas cantidades de gas natural para el suministro a los consumidores con derecho a acogerse a la tarifa de último recurso.
Orden ITC/885/2009 de 2 de abril, por la que se regula la transferencia de fondos, con cargo a los peajes de acceso de terceros a las instalaciones gasistas, de la cuenta específica de la Comisión Nacional de Energía al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, en el año 2009, para la ejecución de las medidas del plan de acción 2008-2012, de la estrategia de ahorro y eficiencia energética 2004-2012 (E4) y los criterios para la ejecución de las medidas contempladas en dicho plan.
Resolución de 3 de abril de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 12 de abril de 2009.
Real Decreto-Ley 6/2009 de 20 de abril, por el que se atribuye a Enagás, como Gestor Técnico del Sistema y transportista independiente, la condición de transportista único respecto a los gasoductos que integran la «red mallada».
Resolución de 30 de abril de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen las reglas operativas para el desarrollo de la subasta para la adquisición de gas de operación y gas talón correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 4 de mayo de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen determinados aspectos de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Orden ITC/1251/2009, de 14 de mayo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, por el que a partir del día 1 de julio de 2009 sólo podrán acogerse a la tarifa de último recurso aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 50.000 kWh.
Resolución de 19 de mayo de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen las reglas operativas para el desarrollo de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 9 de junio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen determinados parámetros de la subasta para la adquisición de gas de operación y gas talón para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 10 de junio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen determinados parámetros de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Real Decreto 1011/2009 de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador.
Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural incorporando los resultados del procedimiento de subasta para la adquisición de gas natural, junto con referencias internacionales indicativas del coste de aprovisionamiento de gas.
Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a partir del día 1 de julio de 2009.
Resolución de 29 de junio, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 1 de julio de 2009.
Resolución de 15 de julio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica la de 25 de julio de 2006, por la que se regulan las condiciones de asignación y el procedimiento de aplicación de la interrumpibilidad en el sistema gasista.
Resolución de 24 de julio de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que convoca el procedimiento de asignación coordinada de la capacidad de interconexión de gas natural entre España y Francia disponible a partir del año 2013 por los puntos de interconexión de Larrau y Biriatou.
Resolución de 29 de septiembre, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 1 de octubre de 2009.
Resolución de 13 de octubre de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se convoca el procedimiento de asignación coordinada de la capacidad de interconexión de gas natural entre España y Francia para el periodo entre 1 de abril de 2010 y 31 de marzo de 2011 en lo que se refiere a contratos a corto plazo.
Resolución de 30 de noviembre de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se aprueba el plan de actuación invernal 2009-2010 para la operación del sistema gasista.
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que modifica algunos aspectos de la Ley de Hidrocarburos 34/1998.
Orden ITC/3520/2009 de 28 de diciembre, por la que se establece la retribución de las actividades reguladas del sector gasista para el año 2010, y los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas.
El movimiento habido en este epígrafe del balance de situación en los ejercicios 2009 y 2008 ha sido el siguiente:
| Aumentos o disminuciones |
Salidas, bajas o |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Investigación y Desarrollo | 18.232 | 1.533 | - | - | 19.765 |
| Concesiones | 5.887 | - | - | - | 5.887 |
| Derechos de emisión | 3.728 | 8.818 | - | (9.424) | 3.122 |
| Aplicaciones informáticas | 36.607 | 10.468 | - | - | 47.075 |
| Otro inmovilizado intangible | 5.289 | 1.681 | - | - | 6.970 |
| Total coste | 69.743 | 22.500 | - | (9.424) | 82.819 |
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Investigación y Desarrollo | 17.765 | 1.249 | - | - | 19.014 |
| Concesiones | 2.477 | 211 | - | - | 2.688 |
| Derechos de emisión | - | - | - | - | - |
| Aplicaciones informáticas | 21.851 | 6.685 | - | (4) | 28.532 |
| Otro inmovilizado intangible | 2.096 | 899 | - | - | 2.995 |
| Total amortización | 44.189 | 9.044 | - | (4) | 53.229 |
| Aumentos o disminuciones |
Salidas, bajas o |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Investigación y Desarrollo | 16.849 | 1.383 | - | - | 18.232 |
| Concesiones | 5.887 | 0 | - | - | 5.887 |
| Derechos de emisión | 6.667 | 10.398 | - | (13.337) | 3.728 |
| Aplicaciones informáticas | 29.572 | 7.035 | - | - | 36.607 |
| Otro inmovilizado intangible | 2.173 | 3.116 | - | - | 5.289 |
| Total coste | 61.148 | 21.932 | - | (13.337) | 69.743 |
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Investigación y Desarrollo | 16.475 | 1.290 | - | - | 17.765 |
| Concesiones | 2.265 | 212 | - | - | 2.477 |
| Derechos de emisión | - | - | - | - | - |
| Aplicaciones informáticas | 16.416 | 5.435 | - | - | 21.851 |
| Otro inmovilizado intangible | 1.828 | 268 | - | - | 2.096 |
| Total amortización | 36.984 | 7.205 | - | - | 44.189 |
Las altas en el epígrafe de "Investigación y Desarrollo" acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden al Proyecto de Generación de electricidad en la Planta de Huelva fase I por importe de 300 miles de euros, al Proyecto Actualización del sistema de comunicación de Enagas por importe de 242 miles de euros, al Proyecto Herramientas para estudios de seguridad por importe de 114 miles de euros, al Proyecto Predicción de la demanda de gas para el Sector eléctrico por importe de 101 miles de euros, al Proyecto INTEG- RISK fase I por importe de 97 miles de euros, al Proyecto Actualización de V.U.M.y modelo de incertidumbre por importe de 76 miles de euros, y al Proyecto Estudio sobre la fiabilidad de equipos e instalaciones por importe de 72 miles de euros.
Con relación a la Aplicaciones Informáticas del ejercicio 2009 destacan:
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad tenía elementos del inmovilizado intangible totalmente amortizados que seguían en uso, conforme al siguiente detalle:
| Descripción | Valor contable (bruto) |
|---|---|
| Investigación y Desarrollo | 17.781 |
| Aplicaciones informáticas | 15.769 |
| Otro inmovilizado intangible | 1.855 |
| Total | 35.405 |
| Descripción | Valor contable (bruto) |
|---|---|
| Investigación y Desarrollo | 16.455 |
| Aplicaciones informáticas | 12.618 |
| Otro inmovilizado intangible | 1.708 |
| Total | 30.781 |
Por su parte las adiciones del epígrafe "Derechos de emisión" corresponden al reconocimiento de los derechos de emisión asignados gratuitamente por el Plan Nacional de Asignación 2008-2012 para el año 2009, (ver Nota 23.3).
Los bienes del Inmovilizado Intangible no están afectos a cargas de naturaleza hipotecaria o de otro tipo de gravamen de similar naturaleza.
El movimiento habido en este capítulo del balance de situación en los ejercicios 2009 y 2008, así como la información más significativa que afecta a este epígrafe han sido los siguientes:
| Coste | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones | 149.939 | 4.612 | 885 | - | 155.436 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 5.172.321 | 148.073 | 809.294 | (10.472) | 6.119.216 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 41.224 | 2.676 | - | - | 43.900 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | 992.389 | 733.663 | (810.179) | (50) | 915.823 |
| Total coste | 6.355.873 | 889.024 | - | (10.522) | 7.234.375 |
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Terrenos y construcciones | 41.034 | 2.900 | - | - | 43.934 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 1.978.601 | 222.728 | - | (8.860) | 2.192.469 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 34.087 | 2.730 | - | (2) | 36.815 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | - | - | - | - | - |
| Total amortización | 2.053.722 | 228.358 | - | (8.862) | 2.273.218 |
| Deterioros | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Reversiones | Salidas o bajas | Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones | - | - | - | - | - | - |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 15.131 | 112 | - | - | (483) | 14.760 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | - | - | - | - | - | - |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | - | - | - | - | - | - |
| Total deterioro | 15.131 | 112 | - | - | (483) | 14.760 |
| Coste | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones | 143.839 | 3.290 | 2.866 | (56) | 149.939 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 4.609.104 | 62.912 | 505.207 | (4.902) | 5.172.321 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 39.453 | 2.408 | - | (637) | 41.224 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | 791.247 | 712.391 | (508.073) | (3.176) | 992.389 |
| Total coste | 5.583.643 | 781.001 | - | (8.771) | 6.355.873 |
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones | 38.353 | 2.719 | - | (38) | 41.034 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 1.771.210 | 212.258 | - | (4.867) | 1.978.601 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 32.450 | 2.274 | - | (637) | 34.087 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | - | - | - | - | - |
| Total amortización | 1.842.013 | 217.251 | - | (5.542) | 2.053.722 |
| Deterioros | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Reversiones | Salidas o bajas | Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario Anticipos e inmovilizaciones en curso |
- 18.189 - - |
- 920 - - |
- - - - |
- - - - |
- (3.978) - - |
- 15.131 - - |
| Total deterioro | 18.189 | 920 | - | - | (3.978) | 15.131 |
Los traspasos en el epígrafe de "Instalaciones técnicas y maquinaria" acumulados en el ejercicio 2009 corresponden a la puesta en explotación de las instalaciones:
Dentro de las altas del epígrafe de "Instalaciones técnicas y maquinaria" se han registrado 1.974 miles de euros (2.318 miles de euros en 2008), que corresponden al gas natural adquirido para el nivel mínimo de llenado de los gasoductos, también denominado "gas talón".
En lo que respecta a las altas en el epígrafe "Anticipos e inmovilizado en curso" acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden básicamente a las siguientes instalaciones:
Las bajas del Inmovilizado material acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden a la baja, por importe de 10.472 miles de euros, de tres turbocompresores retirados como consecuencia de la ampliación de potencia de la Estación de Compresión de Haro, que han sido vendidos a Solar Turbines Europe, por un precio de 2.300 miles de euros, y a la baja por importe de 50 miles de euros, de activos en curso desestimados, los cuales tenían dotada su correspondiente provisión. En el apartado de Traspasos se muestran los movimientos del inmovilizado en curso a fijo de aquellos proyectos con puesta en explotación en el ejercicio.
La revalorización del Inmovilizado Material incorporada al amparo del Real Decreto Ley 7/1996 de 7 de junio, sobre actualización de balances, tendrá un efecto de 15.619 miles de euros sobre las dotaciones para amortizaciones de inmovilizado del ejercicio 2009 y tuvo un efecto de 16.166 miles de euros en el ejercicio 2008.
Los costes financieros aplicados en el ejercicio a los proyectos de infraestructura en su período de construcción han ascendido a 29.573 miles de euros en el ejercicio 2009 (30.145 miles de euros en el ejercicio 2008).
Asimismo, el impacto de los "Trabajos efectuados por la empresa para el inmovilizado" ha supuesto un aumento en la inversión de 16.115 miles de euros en el ejercicio 2009 y 11.555 miles de euros en el ejercicio 2008.
El importe de las disminuciones del epígrafe "Amortización acumulada" corresponden fundamentalmente a la baja de los Turbocompresores de la Estación de Compresión de Haro por importe de 8.826 miles de euros.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad tenía elementos del inmovilizado material totalmente amortizados que seguían en uso, conforme al siguiente detalle:
| Descripción | Valor Contable (bruto) |
|---|---|
| Construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario |
7.594 348.066 31.404 |
| Total | 387.064 |
| Descripción | Valor Contable (bruto) |
|---|---|
| Construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario |
7.437 321.048 30.353 |
| Total | 358.838 |
Los bienes del Inmovilizado Material no están afectos a cargas de naturaleza hipotecaria o de otro tipo de gravamen de similar naturaleza.
Es política de la Sociedad asegurar sus activos de modo que no se produzcan pérdidas patrimoniales significativas, sobre la base de las mejores prácticas de los Mercados, y atendiendo a la naturaleza y características de los elementos del Inmovilizado Material.
Asimismo, la Sociedad cuenta con las correspondientes pólizas de seguros que permiten cubrir la Responsabilidad Civil frente a terceros.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad no mantiene ningún contrato de arrendamiento calificado como arrendamiento financiero.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad tiene contratadas con los arrendadores las siguientes cuotas de arrendamiento mínimas, de acuerdo con los actuales contratos en vigor, sin tener en cuenta repercusión de gastos comunes, incrementos futuros por IPC, ni actualizaciones futuras de rentas pactadas contractualmente:
| Arrendamientos operativos | Valor nominal | ||
|---|---|---|---|
| Cuotas mínimas | 2009 | 2008 | |
| Menos de un año | 5 | 31 | |
| Entre uno y cinco años | 176 | 171 | |
| Más de cinco años | 3.888 | 3.898 | |
| Total | 4.069 | 4.100 |
En su posición de arrendatario, el contrato de arrendamiento operativo más significativo que tiene la Sociedad al cierre de los ejercicios 2009 y 2008 es el:
El saldo de las cuentas del epígrafe "Inversiones financieras a largo plazo" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a largo plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
Instrumentos de patrimonio |
Valores representativos de deuda |
Créditos, derivados y otros |
Total | ||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias: - Mantenidos para negociar - Otros |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| Inversiones mantenidas hasta el vencimiento |
1 | 1 | - | - | 712 | 711 | 713 | 712 |
| Préstamos y partidas a cobrar Activos disponibles para la venta |
- | - | - | - | 152 | - | 152 | - |
| - Valorados a valor razonable - Valorados a coste |
- - |
- - |
- - |
6.420 - |
- - |
- - |
- - |
6.420 - |
| Derivados | - | - | - | - | 2.069 | - | 2.069 | - |
| Total | 1 | 1 | - | 6.420 | 2.933 | 711 | 2.934 | 7.132 |
Durante los ejercicios 2009 y 2008 no han existido variaciones derivadas de las pérdidas por deterioro registradas en este epígrafe.
El saldo de las cuentas del epígrafe "Inversiones financieras a corto plazo" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a corto plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases | Valores | |||||||
| Instrumentos de | representativos de | Créditos, derivados y | ||||||
| Categorias | patrimonio | deuda | otros | Total | ||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con | ||||||||
| cambios en pérdidas y ganancias: | ||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Inversiones mantenidas hasta el | ||||||||
| vencimiento | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Préstamos y partidas a cobrar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Activos disponibles para la venta | ||||||||
| - Valorados a valor razonable | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Valorados a coste | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | - | 2.169 | - | 2.169 |
| Total | - | - | - | - | - | 2.169 | - | 2.169 |
El saldo de las cuentas del epígrafe "Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a largo plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases | Valores | |||||||
| Instrumentos de | representativos de | Créditos, derivados y | ||||||
| Categorias | patrimonio | deuda | otros | Total | ||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias: |
||||||||
| - Mantenidos para negociar - Otros |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| Inversiones mantenidas hasta el vencimiento |
39.217 | 39.217 | - | - | - | - | 39.217 | 39.217 |
| Préstamos y partidas a cobrar | - | - | - | - | 17.504 | 28.432 | 17.504 | 28.432 |
| Activos disponibles para la venta | ||||||||
| - Valorados a valor razonable | - | - | - | - | - | - | ||
| - Valorados a coste | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Total | 39.217 | 39.217 | - | - | 17.504 | 28.432 | 56.721 | 67.649 |
Los Créditos a empresas del grupo tienen su vencimiento en el ejercicio 2011 y están sujetos a tipo de interés de mercado. El tipo medio para 2009 ha sido del 2,64%, (5,76% para el 2008). Los saldos se desglosan de acuerdo al siguiente cuadro:
| Miles de euros | ||
|---|---|---|
| 2009 | 2008 | |
| Gasoducto Al-Andalus, S.A. | 9.369 | 16.608 |
| Gasoducto de Extremadura, S.A. | 20 | 1.264 |
| Gasoduto Campo Maior Leiria Braga, S.A. | 2.268 | 2.951 |
| Gasoduto Braga Tuy, S.A. | 5.847 | 7.609 |
| Total | 17.504 | 28.432 |
La disminución de 10.928 miles de euros del 2008 al 2009 corresponde a la amortización de los Créditos concedidos a las sociedades filiales, así como a las reclasificaciones de la deuda desde el largo plazo al corto plazo. Los importes correspondientes a cada sociedad son, para Gasoducto Al-Andalus, S.A. 7.239 miles de euros, para Gasoducto de Extremadura, S.A. 1.244 miles de euros, para Gasoduto Campo Maior-Leiria-Braga, S.A. 683 miles de euros, y para Gasoduto Braga-Tuy, S.A. 1.762 miles de euros.
El detalle por vencimientos de los préstamos y partidas a cobrar del epígrafe de Créditos, derivados y otros es el siguiente:
| 2015 y | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | siguientes | Total | |
| Préstamos y partidas a cobrar | 17.504 | - | - | - | - | 17.504 |
| Total | 17.504 | - | - | - | - | 17.504 |
| 2010 | 2011 | 2012 | 1013 | 2014 y siguientes |
Total | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Préstamos y partidas a cobrar | 14.216 | 14.216 | - | - | - | 28.432 |
| Total | 14.216 | 14.216 | - | - | - | 28.432 |
Cabe destacar que durante los ejercicios 2009 y 2008 no ha habido variaciones en las participaciones de las sociedades filiales, manteniéndose los porcentajes e inversión y los saldos mantenidos por la sociedad matriz Enagás, S.A. La información más significativa relacionada con las empresas del Grupo, multigrupo y asociadas al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es la siguiente:
| % Participación | Miles de euros | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación / | Resultado | Valor en libros | |||||||||
| Domicilio / Actividad |
Directa | Indirecta | Capital | Explotación | Neto | Resto de Patrimonio |
Total Patrimonio |
Dividendos Recibidos |
Coste | Deterioro del ejercicio |
Deterioro acumulado |
| Gasoducto Al-Andalus, S.A. |
66,96 | - | 35.459 | 13.893 | 9.071 | 8.355 | 52.885 | 6.430 | 23.744 | - | - |
| Gasoducto de Extremadura, S.A. |
51,00 | - | 19.082 | 11.267 | 7.735 | 3.924 | 30.741 | 3.952 | 9.732 | - | - |
| (*) Gasoduto Campo Maior Leiria Braga, S.A |
12,00 | - | 26.946 | 14.129 | 9.721 | 3.511 | 40.178 | 1.107 | 3.195 | - | - |
| (*) Gasoduto Braga-Tuy, S.A. |
49,00 | - | 5.254 | 1.937 | 1.219 | 522 | 6.995 | 543 | 2.546 | - | - |
(*) Los datos corresponden a 30/11/2009
| % Participación | Miles de euros | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación / | Resultado | Valor en libros | |||||||||
| Domicilio / | Resto de | Total | Dividendos | Deterioro del | Deterioro | ||||||
| Actividad | Directa | Indirecta | Capital | Explotación | Neto | Patrimonio | Patrimonio | Recibidos | Coste | ejercicio | acumulado |
| Gasoducto | |||||||||||
| Al-Andalus, S.A. | 66,96 | - | 35.459 | 13.718 | 9.603 | 8.354 | 53.416 | 4.695 | 23.744 | - | - |
| Gasoducto de |
|||||||||||
| Extremadura, S.A. | |||||||||||
| 51,00 | - | 19.082 | 11.259 | 7.881 | 3.792 | 30.755 | 3.221 | 9.732 | - | - | |
| (*) Gasoduto | |||||||||||
| Campo Maior | |||||||||||
| Leiria Braga, S.A | 12,00 | - | 26.946 | 12.080 | 8.879 | 3.025 | 38.850 | 1.076 | 3.195 | - | - |
| (*) Gasoduto | |||||||||||
| Braga-Tuy, S.A. | 49,00 | - | 5.254 | 1.460 | 1.073 | 464 | 6.791 | 537 | 2.546 | - | - |
(*) Los datos corresponden a 30/11/2008
Estas sociedades del Grupo no cotizan en Mercados de Valores.
Durante los ejercicios 2009 y 2008 no han existido variaciones derivadas de las pérdidas por deterioro registradas en este epígrafe.
El saldo de las cuentas del epígrafe "Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo" al cierre de los ejercicios 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a corto plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases | Valores | |||||||
| Instrumentos de | representativos de | Créditos, derivados y otros |
||||||
| Categorias | patrimonio | deuda | Total | |||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con | ||||||||
| cambios en pérdidas y ganancias: | ||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Inversiones mantenidas hasta el | - | - | - | - | - | - | - | - |
| vencimiento | ||||||||
| Préstamos y partidas a cobrar | - | - | - | - | 17.504 | 14.216 | 17.504 | 14.216 |
| Activos disponibles para la venta | ||||||||
| - Valorados a valor razonable | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Valorados a coste | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | - | - | ||
| Total | - | - | - | - | 17.504 | 14.216 | 17.504 | 14.216 |
La gestión de los riesgos financieros de la Sociedad está centralizada en la Dirección Económico Financiera, la cual tiene establecidos los mecanismos necesarios para controlar la exposición a las variaciones en los tipos de interés y de cambio, así como a los riesgos de crédito y liquidez. Los principios básicos definidos por Enagás, S.A. en el establecimiento de su política de gestión de los riesgos más significativos son los siguientes:
A continuación se indican los principales riesgos financieros que impactan a la Sociedad:
La Sociedad no tiene riesgo de crédito significativo ya que el período medio de cobro a clientes es muy reducido y las colocaciones de tesorería o contratación de derivados se realizan con entidades de elevada solvencia.
Las variaciones de los tipos de interés modifican el valor razonable de aquellos activos y pasivos que devengan un tipo de interés fijo así como los flujos futuros de los activos y pasivos referenciados a un tipo de interés variable.
El objetivo de la gestión del riesgo de tipos de interés es alcanzar un equilibrio en la estructura de la deuda que permita minimizar el coste de la deuda en el horizonte plurianual con una volatilidad reducida en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Dependiendo de las estimaciones de la Sociedad Enagás y de los objetivos de la estructura de la deuda, se realizan operaciones de cobertura mediante la contratación de derivados que mitiguen estos riesgos.
La Sociedad mantiene una política de liquidez consistente en la contratación de facilidades crediticias comprometidas e inversiones financieras temporales por importe suficiente para soportar las necesidades previstas por un período que esté en función de la situación y expectativas de los mercados de deuda y de capitales.
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Porcentaje de deuda financiera referenciada a tipos protegidos | 60% | 59% |
Teniendo en consideración estos porcentajes de deuda financiera referenciada a tipo fijo, y realizando un análisis de sensibilidad a variaciones de un punto porcentual en los tipos de interés de mercado, la Sociedad considera que, según sus estimaciones, el impacto en resultados de esta variación sobre el coste financiero de la deuda referenciada a tipos variables podría ascender a, aproximadamente, 15 millones de euros.
Por otro lado, en relación a la deuda financiera referenciada a tipo variable, la estimación del impacto en patrimonio neto de los derivados contratados por similares variaciones en el tipo de mercado no implicarían variaciones significativas a lo largo del ejercicio 2010.
La sociedad Enagás, S.A., como entidad intensiva en capital e inversión en infraestructuras dentro de un entorno regulado, mantiene una gestión de capital a nivel corporativo enfocada a conseguir una estructura financiera que optimice el coste para mantener una sólida posición financiera. Para ello, sin estar sujeta a requisitos externos de capital, se busca en todo momento un acceso a los mercados financieros al coste más competitivo posible para cubrir las posibles necesidades de financiación del plan de inversiones, sin que ello suponga una modificación de la política de dividendos de la Sociedad.
Durante el ejercicio 2009 no se han producido cambios en la gestión del capital respecto al ejercicio 2008. En su conjunto, la Estructura financiera de la Sociedad está formada por el patrimonio atribuido a los accionistas de Enagás, S.A. (comprende capital, prima de emisión, resultados acumulados y otros) la deuda financiera, y el efectivo y otros activos líquidos. En este sentido, la Sociedad aporta en las notas 10, 13 y 15 los aspectos cuantitativos relacionados con la totalidad de la deuda y pasivos que gestiona, que forman su estructura financiera, junto con las políticas de gestión de los riesgos asociados a la misma. En dichas notas se especifican las características de la mencionada posición financiera así como la situación de solidez, objetivo de la política de gestión del capital mencionada en el párrafo inicial de este apartado. Asimismo, dichas notas se completan indicando el mantenimiento de los ratings crediticios de las principales agencias respecto del ejercicio 2008 anterior (ver Nota 23.4). El seguimiento de dichos ratings es una de las medidas utilizadas para tomar las decisiones oportunas.
La Sociedad utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. En el marco de dichas operaciones la Sociedad ha contratado determinados instrumentos financieros de cobertura según el siguiente detalle:
| Denominación | Contratación | Importe contratado | Tipo fijo | Inicio | Vencimiento |
|---|---|---|---|---|---|
| Cross Currency Swap | julio-2009 | 147.514 | - | 15/09/2009 | 15/09/2039 |
| Swap | noviembre-2009 | 250.000 | 1,98 | 27/11/2009 | 27/11/2012 |
| Total | 397.514 |
El importe contratado del instrumento financiero "Cross Currency Swap" es de 20.000 millones de yenes (JPY) correspondientes a los 147.514 miles de euros a un coste variable referenciado al Euribor a 6 meses. El valor razonable de este instrumento financiero a 31 de diciembre de 2009 es de 134,9 millones de euros.
| Denominación | Contratación | Importe contratado | Cap/Floor | Tipo fijo | Inicio | Vencimiento |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Collar | marzo-2008 | 350.000 | 3,90/3,35 | - | 10/04/2008 | 11/01/2010 |
| Collar | octubre-2008 | 650.000 | 3,90/3,42 | - | 12/01/2009 | 11/01/2010 |
| Swap | marzo-2008 | 67.500 | - | 3,67 | 16/06/2008 | 16/06/2011 |
| Swap | octubre-2008 | 60.000 | - | 3,95 | 16/12/2008 | 16/06/2011 |
| Swap | octubre-2008 | 200.000 | - | 3,99 | 23/10/2008 | 23/11/2011 |
| Swap | marzo-2008 | 200.000 | - | 3,64 | 16/05/2008 | 16/05/2011 |
| Total | 1.527.500 |
La Sociedad ha cumplido con los requisitos detallados en la nota 4.5.3 sobre normas de valoración para poder clasificar los instrumentos financieros como cobertura. En concreto, han sido designados formalmente como tales, y se ha verificado que la cobertura resulta eficaz.
El importe nocional y/o contractual de los contratos formalizados no supone el riesgo real asumido por la sociedad Enagás, S.A., ya que la posición neta en estos instrumentos financieros resulta de la compensación y/o combinación de los mismos.
El valor razonable a 31 de diciembre de 2009 y 2008 de dichos derivados de cobertura es:
| Valor razonable (miles de euros) | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación | Clasificación | Tipo | Importe contratado (miles de euros) |
Vencimiento | Activo | Pasivo |
| Collar | Cobertura de tipos | Max. a | 1.000.000 | enero-2010 | - | 6.708 |
| de interés | Cap | |||||
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
127.500 | junio-2011 | - | 2.908 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | noviembre-2011 | - | 8.586 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | mayo-2011 | - | 7.192 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
250.000 | noviembre-2012 | 2.069 | 2.629 |
| Cross Currency Swap Cobertura de tipos | de interés / tipo de cambio |
Fijo a Variable |
147.514 septiembre-2039 | - | 12.427 | |
| Total | 1.925.014 | 2.069 | 40.450 |
Al cierre del ejercicio 2009 el importe registrado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias correspondiente a los instrumentos de cobertura de flujos de efectivo (Collar y Swap tipo de interés) ascendió a (30.722) miles de euros.
| Valor razonable (miles de euros) | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación | Clasificación | Tipo | Importe contratado (miles de euros) |
Vencimiento | Activo | Pasivo | ||
| Collar | Cobertura de tipos de interés |
Max. a Cap |
1.000.000 | enero-2010 | 1.364 | 9.195 | ||
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
127.500 | junio-2011 | - | 2.563 | ||
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | noviembre-2011 | 500 | 5.780 | ||
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | mayo-2011 | 305 | 4.581 | ||
| Total | 1.527.500 | 2.169 | 22.119 |
Al cierre del ejercicio 2008 el importe registrado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias correspondiente a estos instrumentos de cobertura ascendió a 6.520 miles de euros.
Tal y como se indica en la Nota 5.d, la entrada en vigor de la Ley 12/2007, de 2 de julio, supuso la supresión del suministro de gas natural al mercado regulado por parte de Enagás. En virtud de las disposiciones de desarrollo de dicha Ley, dicha supresión se hizo efectiva el 1 de julio de 2008, aunque hasta el 31 de diciembre de 2008 siguieron teniendo lugar las operaciones de liquidación que permitieron conocer las cantidades de gas efectivamente suministrado por los distribuidores a sus clientes a tarifa y consumidas por éstos y determinar, en consecuencia, la cantidad de gas natural que, adquirida por Enagás y puesta a disposición de dichos suministradores, resultaba excedente por no haber sido consumida.
Por lo expuesto, la supresión del mercado a tarifa implicó la extinción total de la obligación legal de Enagás, S.A. de atender al suministro del mercado regulado y, por tanto, la extinción del contrato de adquisición de gas natural y gas natural licuado que con fecha 21 de agosto de 2001 firmaron Enagás, S.A. y Gas Natural SDG, S.A.
Al objeto de regular los efectos de la citada extinción, y en especial el destino del gas adquirido por Enagás, S.A. que resulte finalmente excedente por no haber sido consumido por el mercado regulado, con fecha 1 de diciembre las partes interesadas firmaron un acuerdo por el que Enagás pone a disposición de Gas Natural Aprovisionamientos SDG, SA la cantidad de 751 GWh, habiéndose facturado al 31 de diciembre de 2008.
Una vez cerrado el balance definitivo del mes de diciembre de 2008, en abril de 2009 se facturaron los 69 GWh que resultaron de la regularización, liquidándose dicho contrato.
Desde entonces, la sociedad Enagás, S.A. no tiene existencias de gas.
Cabe mencionar que a 31 de diciembre de 2009 Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema mantenía alrededor de 950 GWh de Gas de Maniobra necesario para posibilitar la operación del sistema gasista tal y como establece la Disposición adicional quinta de la Orden ITC/3863/2007 de 28 de diciembre. Este gas no está reflejado en los estados financieros por ser un gas a disposición del Sistema, no propiedad de Enagás, S.A..
Por otro lado, la Sociedad mantiene registrados 4.725 miles de euros (2.215 miles de euros en el ejercicio 2008) correspondientes a existencias no relacionadas con gas natural que incluyen, entre otros elementos, materiales de oficina y material para consumo.
El saldo de 4.111 miles de euros de "Empresas del Grupo, deudores" corresponde a Gasoducto Al-Andalus, S.A. por importe de 2.164 miles de euros, y a Gasoducto de Extremadura, S.A. por importe de 1.947 miles de euros. Ambos saldos corresponden a los servicios de transporte de gas a Transgás, S.A. pendientes de cobro a la fecha.
Dentro del epígrafe "Deudores varios", la Sociedad Enagás, registra el saldo pendiente de liquidación correspondiente a la retribución de actividades reguladas de regasificación, transporte y almacenamiento como transportista del ejercicio 2009 por importe de 182.091 miles de euros, así como el saldo pendiente correspondiente a la retribución de la actividad de Gestor Técnico por importe de 1.898 miles de euros, lo que supone un saldo pendiente de cobro del 2009 de 183.989 miles de euros.
Asimismo durante el ejercicio 2009 se han recibido las liquidaciones definitivas pendientes de los ejercicios 2006 y 2007, cerrándose definitivamente el proceso de liquidaciones del período 2004 a 2007, (los ejercicios 2002 y 2003 fueron cerrados en ejercicios precedentes), y reconociéndose a favor de Enagás, S.A. unas desviaciones acumuladas en dicho periodo por importe de 28.190 miles de euros.
Adicionalmente, dentro del epígrafe "Deudores varios", el Grupo Enagás registra los saldos pendientes de cobro con las comercializadoras de gas por la tasa de mercancía, regulada en el artículo 24 de la Ley 48/2003. Dicha tasa grava las mercancías de los cargamentos de gas natural que los agentes descargan en las plantas de regasificación, entre otras, las que Enagás, S.A. es titular en los puertos de Barcelona, Cartagena y Huelva. A 31 de diciembre de 2009 el saldo de dichos saldos pendientes de cobro asciende a 6.395 miles de euros, de los que 5.484 miles de euros se encuentran en litigio con algunas de las comercializadoras y, concretamente, 4.281 miles de euros tienen una antigüedad superior a 1 año a 31 de diciembre de 2009.
La mencionada Ley 48/2003 modifica el régimen de las tasas asociadas a las mercancías que descargan en puertos bajo régimen de concesión, indicando en su Título I, que si el titular de la concesión realizaba la solicitud correspondiente en el plazo de 6 meses, el 100% de las tasas asociadas a la descarga podrían repercutirse al agente titular de la mercancía, pese a que el pago a la Autoridad Portuaria lo continuase efectuando el sujeto pasivo, en este caso, Enagás, titular de la concesión como indicaba el régimen anterior. Este régimen anterior contemplaba que, únicamente el 50% de la mencionada tasa podía repercutirse al agente titular de la mercancía por parte del titular de la concesión.
La problemática con las comercializadoras viene motivada porque, si bien la Ley 43/2003 entraba en vigor el 27 de febrero de 2004, el mencionado Título I relativo a la repercusión de las Tasas, según se indica en la Disposición Adicional quinta de la Ley 48/2003, resultaba de aplicación a partir del 1 de enero de 2004. Enagás, S.A. presentó la solicitud para el cambio de régimen en julio de 2004, entendiendo que el plazo de 6 meses indicado contaba a partir de la entrada en vigor de la Ley, el 27 de febrero de 2004. Sin embargo, las Comercializadoras con las que se mantienen los litigios entienden que la aplicación desde 1 de enero del Título I implica que dicho plazo finalizaba el 30 de junio de 2004, y por tanto la solicitud realizada por Enagás, S.A. se encuentra fuera de plazo y es por tanto, a efectos legales, extemporánea.
Ante esta situación, Enagás, S.A. mantiene reclamaciones económico-administrativas al objeto de que se ratifique la adecuación a derecho de sus propios actos por la totalidad de los importes pendientes de cobro. Debemos indicar que el criterio sostenido por Enagás, S.A. ha sido ratificado de forma expresa por la Autoridad Portuaria de Huelva, mediante resolución dictada en fecha 3 de mayo de 2007, que al igual que las Autoridades Portuarias de Cartagena y de Barcelona, considera sin reserva alguna que la opción ejercitada por Enagás, mediante la cual se acogió al nuevo régimen económico tributario establecido en la Ley 48/2003, no es extemporánea. Asimismo, la totalidad de las Resoluciones dictadas por diferentes tribunales Económico-Administrativo regionales estiman favorables las reclamaciones interpuestas por la Sociedad Enagás, S.A. ante la negativa de las Comercializadoras de pagar el importe total de las facturas por concepto de las Tasas Portuarias de la mercancía y por servicios generales.
Por otro lado, la Dirección del Grupo reconoce el riesgo existente de que el resto de Comercializadoras que actualmente están realizando el pago de la totalidad de las tasas que les repercute Enagás, S.A., puedan solicitar la devolución del 50% de las mismas, en caso de fallo en contra de Enagás, S.A. de las reclamaciones económico–administrativas interpuestas. Los importes abonados a Enagás, S.A. por estas comercializadoras con las que actualmente no existen
litigios por estos conceptos ascienden, a 31 de diciembre de 2009 a 10.479 miles de euros, de los cuales el 50% -5.240 miles de euros- se encontrarían en la situación descrita.
No obstante lo anterior, la Dirección del Grupo considera que el riesgo de no recuperación de estos importes, con la información disponible a la fecha, no es probable, por lo que no se ha provisionado importe alguno por este concepto, si bien se continuará con el seguimiento correspondiente de las reclamaciones interpuestas durante el ejercicio 2009.
La cuenta de Administraciones públicas al cierre de 2009 recoge básicamente el saldo deudor por IVA de la sociedad matriz Enagás, S.A. al ser el IVA soportado mayor que el devengado debido en parte a operar Enagás, S.A. como Depósito fiscal, y las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades pagados por la sociedad (ver Nota 18).
Los Administradores consideran que el importe en libros de las cuentas de deudores comerciales y otras cuentas a cobrar se aproxima a su valor razonable.
La composición de este epígrafe a 31 de diciembre de 2009 y 2008 es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Tesorería | 7.623 | 7.868 |
| Otros activos líquidos | 629.079 | 200.817 |
| Total | 636.702 | 208.685 |
Con carácter general, la tesorería bancaria devenga un tipo de interés similar al de mercado para imposiciones diarias. Los depósitos a corto plazo vencen en un plazo inferior a tres meses y devengan tipos de interés de mercado para este tipo de imposiciones. No existen restricciones por importes significativos a la disposición de efectivos.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 el capital social de la Sociedad asciende a 358.101 miles de euros, representado por 238.734.260 acciones de 1,5 euros de valor nominal cada una, todas ellas de la misma clase, totalmente suscritas y desembolsadas, admitidas a cotización en la Bolsa Oficial Española y cotizan en el mercado continuo.
La totalidad de las acciones de la sociedad matriz Enagás, S.A. están admitidas a cotización en las cuatro Bolsas Oficiales Españolas y se contratan en el mercado continuo. La cotización al cierre el 30 de diciembre de 2009 de las acciones de la Sociedad Enagás, S.A. se situó en 15,425 euros, alcanzándose el máximo cierre del año el 6 de enero con un precio de 15,77 euros por acción.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 ninguna sociedad poseía una participación superior al 5% del capital social de la Sociedad.
Las participaciones más significativas en el capital social de Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 son las siguientes:
| Participación en | |
|---|---|
| Sociedad | el capital social % |
| Omán Oil Company, S.A.O.C. | 5,000 |
| Sagane Inversiones, S.L. | 5,000 |
| Bancaja Inversiones, S.A. | 5,000 |
| Cantábrica de Inversiones de Cartera, S.L. | 5,000 |
| Sociedad Estatal de Participaciones Industriales | 5,000 |
| Bilbao Bizkaia Kutxa | 5,000 |
Tanto la sociedad Cantábrica Inversiones de Cartera S.L., como la sociedad Bancaja Inversiones, S.A., son sociedades filiales de la Caja de Ahorros de Asturias (Cajastur), y de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (Bancaja) respectivamente.
Durante el mes de junio de 2009 y como consecuencia del dictamen de la Comisión Nacional de Competencia respecto al proceso de integración de Gas Natural SDG, S.A. y Unión Fenosa, S.A., la sociedad Gas Natural SDG, S.A. informó a la CNMV que había vendido su participación del 5% en el capital social de Enagás, S.A. a la sociedad Omán Oil Company, S.A.O.C., sociedad gestionada por el gobierno del Sultanato de Omán.
Adicionalmente, a 31 de diciembre de 2009, la sociedad REN, S.A. continuaba manteniendo el 1% del capital social de Enagás, S.A.
Cabe destacar que tras la publicación el 31 de diciembre de 2003 de la Ley 62/2003 de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, cuyo artículo 92 modifica la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos, se establece que "ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de Enagás, S.A. en una proporción superior al 5% del capital social o de los derechos de voto en la entidad".
Por su parte, la Ley 12/2007 de 2 de julio limita, además del límite máximo del 5%, el ejercicio de derechos políticos al 3%. Así mismo, establece que las personas físicas o jurídicas que realicen actividades en el sector gasista y las que directa o indirectamente participen en el capital de éstas en más de un 5%, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1%. Estas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial.
La Reserva legal ha sido dotada de conformidad con el Artículo 214 de la Ley de Sociedades Anónimas, que establece que, en todo caso, una cifra igual al 10 por 100 del beneficio del ejercicio se destinará a ésta hasta que alcance, al menos, el 20 por 100 del capital social. Dicho porcentaje se alcanzó con la propuesta de distribución de resultados del ejercicio 2003. Esta reserva no puede ser distribuida y si es usada para compensar pérdidas, en el caso de que no existan otras reservas disponibles suficientes para tal fin, debe ser repuesta con beneficios futuros.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 esta reserva se encontraba completamente constituida.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad no tenía en su poder acciones propias.
Durante el ejercicio 2008 el Grupo procedió a reconocer en el patrimonio neto la Inversión Financiera en el Fondo de Inversión Mobiliaria del BBVA. Dicho fondo se valora a valor razonable de acuerdo con el valor de su cotización en el mercado en cada cierre contable.
En el primer trimestre del ejercicio 2009, la sociedad Enagás, S.A. vendió el total de las participaciones que tenía en el mencionado fondo (ver Nota 9.1).
Los movimientos producidos en estos activos financieros durante el ejercicio 2009 y 2008 han sido los siguientes:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Variación en el | Imputación a | |||
| 01.01.2009 | valor de mercado | resultados | 31.12.2009 | |
| Activos financieros disponibles para la venta | (792) | 13 | 779 | - |
| Impuestos reconocidos en patrimonio | 238 | (4) | (234) | - |
| Total | (554) | 9 | 545 | - |
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Variación en el | Imputación a | |||
| 01.01.2008 | valor de mercado | resultados | 31.12.2008 | |
| Activos financieros disponibles para la venta | - | (668) | (124) | (792) |
| Impuestos reconocidos en patrimonio | - | 200 | 38 | 238 |
| Total | - | (468) | (86) | (554) |
Corresponde a los derivados contratados por la compañía y designados como cobertura de flujos de efectivo (ver Nota 10).
Los movimientos producidos en estas operaciones en los ejercicios 2009 y 2008 son los siguientes:
| Miles de euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Variación en el Imputación a |
||||||
| 01.01.2009 | valor de mercado | resultados | 31.12.2009 | |||
| Cobertura de flujos de efectivo: | (21.657) | (26.455) | 30.722 | (17.390) | ||
| Impuestos reconocidos en patrimonio | 6.497 | 7.936 | (9.217) | 5.216 | ||
| Total | (15.160) | (18.519) | 21.505 | (12.174) |
| Miles de euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Variación en el Imputación a |
||||||
| 01.01.2008 | valor de mercado | resultados | 31.12.2008 | |||
| Cobertura de flujos de efectivo: | 1.437 | (16.574) | (6.520) | (21.657) | ||
| Impuestos reconocidos en patrimonio | (431) | 4.972 | 1.956 | 6.497 | ||
| Total | 1.006 | (11.602) | (4.564) | (15.160) |
Las subvenciones de capital recibidas corresponden a inversiones de la infraestructura gasista según el detalle siguiente:
| Organismo | Ámbito | Saldo inicial | Aumentos | Traspaso a resultados |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Fondos estructurales de la Unión Europea | Internacional | 171.926 | - | (11.155) | 160.771 |
| Organismos oficiales de la CCAA. | Autonómica | 22.348 | - | (1.112) | 21.236 |
| Estado Español | Nacional | 24.120 | - | (2.117) | 22.003 |
| Total | 218.394 | - | (14.384) | 204.010 |
| Organismo | Ámbito | Saldo inicial | Aumentos | Traspaso a resultados |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Fondos estructurales de la Unión Europea Organismos oficiales de la CCAA. Estado Español |
Internacional Autonómica Nacional |
183.203 23.460 26.237 |
284 - - |
(11.561) (1.112) (2.117) |
171.926 22.348 24.120 |
| Total | 232.900 | 284 | (14.790) | 218.394 |
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad había cumplido con todos los requisitos necesarios para la percepción y disfrute de las subvenciones detalladas anteriormente.
Estas subvenciones se presentan en el Patrimonio neto netas del efecto fiscal.
A su vez, dentro de este epígrafe, la Sociedad Enagás S.A. ha procedido a reconocer las subvenciones asociadas a los derechos de emisión de gases de efecto invernadero asignados a título gratuito por el Plan Nacional de Asignación 2008- 2012 por importe de (326) miles de euros en el ejercicio 2009 (205 miles de euros en 2008) (ver Nota 23.3).
Los Administradores del Grupo Enagás consideran que las provisiones registradas en el Balance de Situación adjunto cubren adecuadamente los riesgos por los litigios, arbitrajes y demás operaciones descritas en esta Nota, por lo que no esperan que de los mismos se desprendan pasivos adicionales a los registrados. Dadas las características de los riesgos que cubren estas provisiones, no es posible determinar un calendario razonable de fechas de pago si, en su caso, las hubiese.
El detalle de las provisiones del Balance de Situación al cierre del ejercicio 2009, así como los principales movimientos registrados durante el ejercicio, son los siguientes:
| Provisiones a largo plazo | Saldo inicial | Dotaciones | Actualización | Aplicaciones | Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Procedimientos judiciales | 107 | (41) | - | (66) | - |
| Premio de permanencia | 6.430 | (10) | 12 | (6.432) | - |
| ILP | 1.362 | 1.400 | - | - | 2.762 |
| Costes de abandono | 23.619 | - | (132) | - | 23.487 |
| Otras | 5 | 5.250 | - | - | 5.255 |
| Total a largo plazo | 31.523 | 6.599 | (120) | (6.498) | 31.504 |
| Provisiones a corto plazo | Saldo inicial | Dotaciones | Aplicaciones | Saldo final |
|---|---|---|---|---|
| Procedimientos Judiciales | - | - | - | - |
| Premio de permanencia | - | - | - | - |
| ILP | - | - | - | - |
| Costes de abandono | - | - | - | - |
| Derechos de emisión de gases de efecto invernadero | 3.435 | 3.587 | (3.435) | 3.587 |
| Total a corto plazo | 3.435 | 3.587 | (3.435) | 3.587 |
Dentro de este epígrafe cabe destacar la resolución del litigio con la compañía Fibracolor, S.A. como consecuencia de los cortes de suministro de gas ocurridos en marzo de 2005 por falta de existencias en el sistema. El fallo de la sentencia condenó a la sociedad Enagás, S.A. al pago de 66 miles de euros en concepto de indemnización.
Premio de Permanencia. Corresponde a un concepto retributivo no consolidable para recompensar la permanencia en la Sociedad Enagás, S.A. para el personal directivo y los miembros ejecutivos del Consejo de Administración. Durante el ejercicio 2009 se han aplicado 6.432 miles de euros correspondientes a la venta total de las participaciones del fondo (ver Nota 14.3).
Incentivo a largo plazo. Corresponde a un plan plurianual de retribución consistente en un incentivo a largo plazo cuya percepción está vinculada a la consecución de determinados objetivos durante 3 años. Durante el ejercicio 2009 se han dotado 1.400 miles de euros. La alta dirección de la compañía, incluidos consejeros ejecutivos, forma parte de los posibles beneficiarios de este sistema retributivo, que vence en diciembre de 2010.
Costes de abandono. Dentro de las dotaciones se ha incluido la actualización del coste del estudio de desmantelamiento de Serrablo, mientras que las actualizaciones financieras de los costes de desmantelamiento tanto del almacenamiento subterráneo de Yela como el de Serrablo se han incluido en la columna de actualizaciones, (ver Nota 4.2).
La Sociedad ha considerado el registro de una provisión por importe de 5.250 miles de euros al objeto de mitigar los riesgos asociados a la provisionalidad de ciertos aspectos regulatorios que, a la fecha, se encuentran pendientes de publicación oficial definitiva.
La dotación del ejercicio corresponde a la provisión por los derechos consumidos durante 2009, mientras que la aplicación por importe de 3.435 miles de euros obedece a los consumidos en el ejercicio 2008.
Cabe destacar que existen los siguientes pasivos contingentes para la sociedad Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009:
El saldo de las cuentas del epígrafe "Deudas a largo plazo" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a largo plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
financiero | Deudas con entidades de crédito y arrendamiento |
Obligaciones y otros valores negociables |
Derivados y otros | Total | |||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Débitos y partidas a pagar | 1.914.629 | 2.114.198 | 1.130.423 | - | 22.253 | 25.395 | 3.067.305 | 2.139.593 |
| Pasivos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias |
||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | 15.698 | 6.111 | 15.698 | 6.111 |
| Total | 1.914.629 | 2.114.198 | 1.130.423 | - | 37.951 | 31.506 | 3.083.003 | 2.145.704 |
El detalle por vencimientos de los Débitos y partidas a pagar del epígrafe "Deudas con entidades de crédito y arrendamiento financiero", así como el vencimiento de los Derivados es el siguiente:
| 2014 y | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 2011 | 2012 | 2013 | siguientes | Total | |
| Obligaciones y otros valores negociables | - | 498.413 | - | 632.010 | 1.130.423 |
| Deudas con entidades de crédito | 244.344 | 515.714 | 113.214 | 1.041.357 | 1.914.629 |
| Arrendamiento financiero | - | - | - | - | - |
| Derivados | 4.491 | 1.756 | - | 9.451 | 15.698 |
| Otros | 18.627 | 617 | 617 | 2.392 | 22.253 |
| Total | 267.462 | 1.016.500 | 113.831 | 1.685.210 | 3.083.003 |
| 2013 y | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 2010 | 2011 | 2012 | siguientes | Total | |
| Deudas con entidades de crédito | 1.124.174 | 244.174 | 115.548 | 630.302 | 2.114.198 |
| Arrendamiento financiero | - | - | - | - | - |
| Derivados | 4.674 | 1.437 | - | - | 6.111 |
| Otros | 21.197 | 553 | 624 | 3.021 | 25.395 |
| Total | 1.150.045 | 246.164 | 116.172 | 633.323 | 2.145.704 |
A 31 de diciembre de 2009 la Sociedad tenía concedidas líneas de crédito no dispuestas por importe de 121 millones de euros con un límite de 406 millones (292 millones de euros en el ejercicio 2008 con un límite de 331 millones) y se encuentra en proceso de renovación de las principales pólizas con vencimiento en 2010. Así mismo, tenía concedidos 875 millones de euros en préstamos no dispuestos (1.450 millones de euros en el ejercicio 2008).
En opinión de la Dirección, esta situación supone cobertura suficiente para las posibles necesidades de liquidez a corto plazo de acuerdo con los compromisos existentes a la fecha.
El tipo medio de la deuda con entidades de crédito en euros en el año 2009 ha sido del 3,20%, no habiendo deuda en divisas.
Los Administradores estiman que el valor del diferencial del valor de mercado de las deudas con entidades de crédito al 31 de diciembre de 2009 calculado mediante el descuento de los flujos de caja futuros a los tipos de interés de mercado asciende a 3.915 miles de euros. La curva de tipos de interés utilizada para dicho cálculo tiene en cuenta los riesgos asociados al sector así como la calidad crediticia de Enagás, S.A. La sensibilidad del mencionado valor de mercado ante fluctuaciones de los tipos de cambio y de interés es la siguiente:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| Variación tipos de interés | |||
| 0,25% | -0,25% | ||
| Variación en el valor de la deuda | 39,8 -40,4 |
Dentro de Débitos y partidas a pagar, en la clase de Derivados y otros, se recoge por un lado 5.523 miles de euros correspondientes a los ajustes previstos recogidos en el Acta de Inspección del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 1995 a 1998, actualizado a 31 de diciembre de 2009, (5.304 miles de euros en el ejercicio 2008).
Por otro lado, en el mismo epígrafe se recoge el préstamo concedido por la Secretaría General de la Energía el cual forma parte de las ayudas previstas en el Programa Nacional de la Energía que concede el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004- 2007). Dicho préstamo está asociado al "Proyecto del Sistema de generación eléctrica en la Estación de Compresión de Almendralejo" que está llevando a cabo la sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 3.265 miles de euros, de los cuales 3.097 miles de euros se encuentran a largo plazo y 168 miles de euros se encuentran registrados a corto plazo.
Así mismo, se incluye el préstamo con la Secretaría General de Industria el cual forma parte de las ayudas previstas por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del mismo Plan mencionado anteriormente. Dicho préstamo está asociado al "Proyecto de diseño y desarrollo de un banco de calibración de contadores de gas de alta presión" que está llevando a cabo la Sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 1.100 miles de euros, distribuido en 600 miles de euros para el año 2007 y 500 miles de euros para el año 2008. Durante el mes de diciembre de 2007 y 2008 se dispuso de la financiación concedida para cada año. En mayo de 2009 la Secretaría General de Industria comunicó a Enagás, S.A. que debía reembolsar 204 miles de euros correspondientes al préstamo recibido en 2007 para ajustar la ayuda recibida con la cantidad real invertida. Dicha devolución se efectuó en el mes de octubre.
Se incluyen también dentro de este epígrafe el préstamo con la Secretaría General de Energía que forma parte de las ayudas previstas por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del mismo Plan mencionado anteriormente. Dicho préstamo está asociado al "Proyecto de la Planta de Generación Eléctrica de Huelva" que está llevando a cabo la sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 3.598 miles de euros distribuido en cuatro anualidades. Durante el ejercicio 2009 se ha dispuesto de 157 miles de euros correspondientes a la primera anualidad.
En ambos préstamos el plazo de amortización es de diez años con periodo de carencia de tres años, y un coste de 0,25%- coste de los avales presentados-.
Por último en la clase de Derivados y otros, dentro de Débitos y partidas a pagar, la sociedad Enagás, S.A. en el ejercicio 2009 ha pasado a reconocer un importe de 12.580 miles de euros como Proveedores de Inmovilizado a largo plazo.
Así mismo, dentro de la categoría de Derivados se han registrado los derivados de cobertura de flujos de efectivo contratados por la compañía para los periodos 2008-2010, 2008-2011 y 2009-2012, (ver Nota 10).
Adicionalmente, la sociedad Enagás, S.A. ha realizado con fecha valor 6 de julio de 2009 una emisión de bonos por importe de 1.000 millones de euros a 3 y 6 años con cupones anuales de 3,25% y 4,375% respectivamente, que ha destinado íntegramente a la amortización anticipada del préstamo sindicado que vencía en enero de 2010.
Por otra parte, con fecha valor 15 de septiembre de 2009 se ha realizado una emisión de bonos cerrada con el inversor AFLAC por importe de 20.000 millones de yenes, equivalentes a 147,5 millones de euros, a un coste variable referenciado al Euribor a 6 meses cuyos fondos se han destinado a hacer frente al plan de inversiones de la compañía. El valor razonable de dicho instrumento financiero a 31 de diciembre de 2009 es de 134,9 millones de euros.
A 31 de diciembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. no tiene emisiones, recompras o reembolsos de valores representativos de deuda ni otras emisiones garantizadas.
Entre los hechos más significativos del área financiera cabe destacar:
El saldo de las cuentas del epígrafe "Deudas a corto plazo" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a corto plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
financiero | Deudas con entidades de crédito y arrendamiento |
valores negociables | Obligaciones y otros | Derivados y otros | Total | ||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Débitos y partidas a pagar | 451.960 | 430.428 | 20.198 | - | 1.145 | 63.022 | 473.303 | 493.450 |
| Pasivos a valor razonable con cambios en | ||||||||
| pérdidas y ganancias | ||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | 24.752 | 16.008 | 24.752 | 16.008 |
| Total | 451.960 | 430.428 | 20.198 | - | 25.897 | 79.030 | 498.055 | 509.458 |
Dentro de Débitos y partidas a pagar, en el epígrafe Derivados y otros, la sociedad Enagás, S.A. registró en el ejercicio 2008 el dividendo activo a pagar a cuenta de los resultados del ejercicio 2008 por importe de 62.071 miles de euros. El dividendo a cuenta de los resultados del ejercicio 2009 fueron abonados con fecha 22 de diciembre de 2009 por lo que no se encuentran registrados dentro de este epígrafe.
Así mismo, en el citado epígrafe se han incluido intereses de deudas con entidades de crédito vinculadas por importe de 830 miles de euros en el ejercicio 2009, (912 miles de euros en el ejercicio 2008), deudas a corto plazo con la Secretaría General de la Energía por 168 miles de euros (ver Nota 16.1), así como otras partidas pendientes de aplicación de 147 miles de euros, (39 miles de euros en el ejercicio 2008).
| Saldo al | Saldo al | |
|---|---|---|
| 31.12.09 | 31.12.08 | |
| Proveedores | 220.639 | 421.487 |
| Proveedores, empresas del grupo y asociadas | 5.836 | 5.434 |
| Acreedores varios | 61.916 | 17.201 |
| Personal | 4.303 | 3.693 |
| Pasivos por impuesto corriente (ver Nota 18.1) | 100 | 41.259 |
| Otras deudas con las Administraciones Públicas (ver Nota 18.1) | 7.881 | 4.630 |
| Anticipos de clientes | 21.945 | 9.177 |
| Total | 322.620 | 502.881 |
El detalle del saldo de 5.836 miles de euros de Proveedores, empresas del grupo y asociadas a corto plazo a 31 de diciembre de 2009, que corresponde a los servicios por transporte de gas, es el siguiente:
El saldo del epígrafe Proveedores corresponde a las compras de materiales y servicios prestados a la sociedad Enagás S.A., y cuya contrapartida está registrada en Servicios exteriores e Inmovilizado.
La composición de los saldos corrientes con las Administraciones Públicas es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Hacienda Pública deudora por IVA | 15.507 | 46.227 |
| Hacienda Pública deudora por devolución de Impuestos | 22.001 | - |
| Total | 37.508 | 46.227 |
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Hacienda Pública acreedora por retenciones | 6.761 | 2.402 |
| Hacienda Pública acreedora por Impuesto sobre Sociedades | 100 | 41.259 |
| Organismos de la Seguridad Social acreedores | 1.120 | 2.228 |
| Total | 7.981 | 45.889 |
Cabe destacar que la cuota líquida del impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009 es negativa, por lo que la sociedad no ha registrado ningún pasivo por este concepto con la Administración Pública en dicho ejercicio (ver Nota 18.2). Al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. había pagado 17.789 miles de euros a cuenta por Impuesto sobre Sociedades, (57.655 miles de euros en el ejercicio 2008).
Así mismo, al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. tenía un saldo pendiente de cobro por Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2008 de las Administraciones Forales de Guipuzcoa, Vizcaya y Álava de 2.133 miles de euros.
La conciliación entre el resultado contable y la base imponible de Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||
| Resultado contable antes de impuestos | 417.462 | 417.462 | ||
| Diferencias permanentes: | ||||
| Exención doble imposición | - | (1.651) | (1.651) | |
| Otros (multas e impuestos extranjeros) | 106 | - | 106 | |
| Donativos | 619 | - | 619 | |
| Diferencias temporales: | ||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | - | - | - | |
| Libertad de amortización Ley 4/2008 | - | (552.334) | (552.334) | |
| Subvenciones de capital | - | - | - | |
| Provisión Fondo de permanencia | 13 | - | 13 | |
| Provisiones de inmovilizado | 324 | 324 | ||
| Provisiones de litigios | - | - | - | |
| Provisiones PCS | - | - | - | |
| Provisiones para riesgos y gastos | 5.250 | - | 5.250 | |
| Otros | 1.400 | - | 1.400 | |
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | 1.073 | 1.073 | ||
| Libertad de amortización Ley 4/2008 | - | - | - | |
| Subvenciones de capital | - | (359) | (359) | |
| Provisión Fondo de permanencia | - | (5.322) | (5.322) | |
| Provisiones de inmovilizado | - | (2.822) | (2.822) | |
| Provisiones de litigios | - | (107) | (107) | |
| Provisiones PCS | - | - | - | |
| Provisiones para riesgos y gastos | - | - | - | |
| Otros | 63 | (59) | 4 | |
| Compensación de bases imponibles negativas de | ||||
| ejercicios anteriores | - | - | - | |
| Base imponible fiscal | 426.310 | (562.654) | (136.344) |
| Miles de euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||||
| Resultado contable antes de impuestos | 357.276 | 357.276 | ||||
| Diferencias permanentes: | ||||||
| Exención doble imposición | - | (1.452) | (1.452) | |||
| Otros (multas e impuestos extranjeros) | 190 | - | 190 | |||
| Diferencias temporales: | ||||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | - | - | - | |||
| Subvenciones de capital | - | - | - | |||
| Provisión Fondo de permanencia | 730 | (668) | 62 | |||
| Provisiones de inmovilizado | 606 | 606 | ||||
| Provisiones de litigios | 76 | (76) | - | |||
| Provisiones PCS | - | - | - | |||
| Otros | 1.362 | 1.362 | ||||
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | 1.045 | 1.045 | ||||
| Subvenciones de capital | - | (359) | (359) | |||
| Provisión Fondo de permanencia | 1.019 | (2.761) | (1.742) | |||
| Provisiones de inmovilizado | - | (2.768) | (2.768) | |||
| Provisiones de litigios | - | (760) | (760) | |||
| Provisiones PCS | - | (1.984) | (1.984) | |||
| Otros | 118 | (708) | (590) | |||
| Compensación de bases imponibles negativas de | ||||||
| ejercicios anteriores | - | - | - | |||
| Base imponible fiscal | 362.422 | (11.536) | 350.886 |
El detalle de los impuestos reconocidos directamente en el Patrimonio es el siguiente:
| Miles de euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | ||||
| Por impuesto corriente: | |||||
| Gastos de ampliación de capital | - | - | - | ||
| Gastos de reducción de capital | - | - | - | ||
| Otros | - | - | - | ||
| Total impuesto corriente | - | - | - | ||
| Por impuesto diferido: | |||||
| Con origen en el ejercicio: | |||||
| Activos disponibles para la venta | - | (4) | (4) | ||
| Valoración de otros activos financieros | 20.359 | (21.641) | (1.282) | ||
| Subvenciones | 2.409 | (2.182) | 227 | ||
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | ||
| Con origen en ejercicios anteriores: | |||||
| Activos disponibles para la venta | 4 | (237) | (233) | ||
| Valoración de otros activos financieros | - | - | - | ||
| Subvenciones | 6.165 | - | 6.165 | ||
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | ||
| Total impuesto diferido | 28.937 | (24.064) | 4.873 | ||
| Total impuesto reconocido directamente en Patrimonio |
28.937 | (24.064) | 4.873 |
| Miles de euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | |||
| Por impuesto corriente: | |||||
| Gastos de ampliación de capital | - | - | - | ||
| Gastos de reducción de capital | - | - | - | ||
| Otros | - | - | - | ||
| Total impuesto corriente | - | - | - | ||
| Por impuesto diferido: | |||||
| Con origen en el ejercicio: | |||||
| Activos disponibles para la venta | 348 | (110) | 238 | ||
| Valoración de otros activos financieros | 15.575 | (9.009) | 6.566 | ||
| Subvenciones | 4.852 | (3.241) | 1.611 | ||
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | ||
| Con origen en ejercicios anteriores: | |||||
| Activos disponibles para la venta | - | - | - | ||
| Valoración de otros activos financieros | 362 | - | 362 | ||
| Subvenciones | 6.339 | - | 6.339 | ||
| Actualización de deuda con la Admón. | - | (815) | (815) | ||
| Total impuesto diferido | 27.476 | (13.175) | 14.301 | ||
| Total impuesto reconocido directamente en Patrimonio |
27.476 | (13.175) | 14.301 |
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Resultado contable antes de impuestos | 417.462 | 357.276 |
| Cuota al 30% | 125.239 | 107.183 |
| Impacto diferencias temporarias | (277) | (378) |
| Deducciones: | ||
| Por doble imposición | (3.179) | (2.545) |
| Por inversión en gastos de I+D+i | (1.325) | (2.301) |
| Por gastos en formación | (8) | (15) |
| Por contribuciones al fondo de pensiones | (42) | (64) |
| Por donativos | (217) | - |
| Compensación bases imponibles negativas | - | - |
| Total gasto por impuesto reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias |
120.191 | 101.880 |
La conciliación entre el resultado contable y el gasto por Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:
El desglose del gasto por impuesto sobre sociedades es el siguiente (en miles de euros):
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Impuesto corriente: | ||
| Por operaciones continuadas | (45.673) | 92.493 |
| Por operaciones interrumpidas | - | - |
| Impuesto diferido: | ||
| Por operaciones continuadas | 165.864 | 9.387 |
| Por operaciones interrumpidas | - | - |
| Total gasto por impuesto | 120.191 | 101.880 |
El detalle del saldo de esta cuenta al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente (en miles de euros):
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Diferencias temporarias (Impuestos anticipados): | ||
| Subvenciones de capital y otras | 904 | 1.012 |
| Provisión Fondo de Permanencia | 828 | 2.238 |
| Provisión inmovilizado | 336 | 996 |
| Provisiones litigios | - | 122 |
| Provisión PCS | - | - |
| Derivados | 5.218 | 6.627 |
| Provisiones para riesgos y gastos | 1.575 | - |
| Otros | - | 18 |
| Bases imponibles negativas | 45.673 | - |
| Deducciones pendientes y otros | - | - |
| Total activos por impuesto diferido | 54.534 | 11.013 |
Los activos por impuesto diferido indicados anteriormente han sido registrados en el balance de situación por considerar los Administradores de la Sociedad que, conforme a la mejor estimación sobre los resultados futuros de la Sociedad, incluyendo determinadas actuaciones de planificación fiscal, es probable que dichos activos sean recuperados.
Al cierre del ejercicio 2009 la sociedad ha registrado como base imponible negativa la cuota líquida negativa resultante del cálculo del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009.
La Sociedad no tiene activos por impuesto diferido no registrados en el balance de situación adjunto.
El detalle del saldo de esta cuenta al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente (en miles de euros):
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Pasivos por impuesto diferido: | ||
| Amortización acelerada | 750 | 1.072 |
| Libertad de amortización | 165.700 | - |
| Subvenciones de capital y otras | 87.294 | 93.685 |
| Provisión Fondo de Permanencia | - | - |
| Derivados | - | 130 |
| Otros | 134 | 153 |
| Total pasivos por impuesto diferido | 253.878 | 95.040 |
Cabe mencionar que durante el ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. se ha acogido al incentivo fiscal de libertad de amortización con mantenimiento de empleo establecido en la Ley 4/2008 de 23 de diciembre. Dicha Ley establece la amortización libre sin límite máximo de determinados elementos patrimoniales que se pongan a disposición del sujeto pasivo durante los años 2009 y 2010 siempre que la plantilla media de la entidad se mantenga, durante los 24 meses siguientes al inicio del periodo impositivo en que los elementos patrimoniales adquiridos entren en funcionamiento, respecto a la plantilla media de los doce meses anteriores.
Como consecuencia de lo anterior, el impuesto diferido creado por la sociedad Enagás, S.A. en dicho ejercicio 2009 por este concepto ha sido de 165.700 miles de euros equivalentes a 552.334 miles de euros en base los cuales corresponden a proyectos de inversión dados de alta en el ejercicio 2009.
Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.
Cabe destacar que durante el ejercicio 2009 se han iniciado actuaciones inspectoras en la Sociedad Enagás, S.A. para el Impuesto sobre Sociedades en los ejercicios 2004 a 2007 y otros impuestos para los ejercicios 2005 a 2007. Si bien la inspección no está cerrada, no se estima que, al cierre de la misma, se pongan de manifiesto pasivos significativos.
Al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. tiene abiertos a inspección tributaria los ejercicios 2008 y 2009 para los impuestos que le son aplicables. Respecto a la comprobación del IVA a la Importación y Comercio Exterior están pendientes de comprobación los ejercicios 2008 y 2009.
Al 31 de Diciembre de 2009 la sociedad Enagás, S.A. tenía incoadas unas Actas de Inspección en concepto de IVA a la importación por los ejercicios 2002 y 2004. Los importes de las mismas, en miles de euros, desglosados en cuota (IVA deducible) e intereses de demora son los siguientes:
| Total | Intereses | Cuota IVA | Ejercicio |
|---|---|---|---|
| 2.684 | 326 | 2.358 | 2002 |
| 510 | 100 | 410 | 2004 |
A la fecha de realización de estos Estados Financieros, las Actas están firmadas en disconformidad y se han presentado los correspondientes recursos contra las mismas.
Así mismo, a finales del ejercicio 2009 se ha firmado en disconformidad la propuesta del Acta por el concepto de "IVA asimilado del ejercicio 2007" sobre la que están presentadas alegaciones ante el Inspector Jefe cuya cuantía asciende a 787 miles de euros.
La actividad que desarrolla la sociedad se realiza íntegramente en el mercado nacional, la distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondiente a los ejercicios 2009 y 2008, distribuida por actividades, es la siguiente:
| Actividades | 2009 | 2008 |
|---|---|---|
| Ventas de Gas | (1.609) | 381.804 |
| Otras ventas | - | 76 |
| Prestación de servicios | 868.159 | 808.829 |
| Ingresos por actividades de Regasificación | 246.943 | 251.476 |
| Ingresos por actividades de Transporte | 594.837 | 517.643 |
| Ingresos por actividades de Almacenamiento | 13.843 | 30.066 |
| Ingresos por actividades de Gestor Técnico del Sistema | 11.206 | 9.131 |
| Entronques | 1.330 | 513 |
| Total | 866.550 | 1.190.709 |
Tal y como se indica en la Nota 5.d, el mercado a tarifa desapareció el 1 de julio de 2008 por lo que durante el ejercicio 2009 no se han realizado compras de gas salvo las destinadas a autoconsumos, por importe de 14.712 miles de euros (ver Nota 5g).
A 31 de diciembre de 2009 los derechos de transporte de gas ascienden a 830 miles de termias para el periodo 2010/2020. Todos los contratos incluyen cláusulas del tipo "ship or pay".
El resto de consumos de materias primas se corresponden con compras de otros aprovisionamientos relacionados con el gas, tales como odorización, repuestos de equipos, gases y aceites, etc. cuyo importe a 31 de diciembre de 2009 es de 7.860miles de euros (9.858 miles de euros en el ejercicio 2008).
La composición de los Gastos de personal para los ejercicios 2009 y 2008 es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Sueldos y salarios | 55.384 | 54.445 |
| Indemnizaciones | 649 | 6.910 |
| Seguridad Social | 11.761 | 11.463 |
| Otros gastos de personal | 6.983 | 5.598 |
| Aportaciones a fondos de pensiones externos | 2.081 | 2.091 |
| 76.858 | 80.507 |
El saldo de la cuenta "Cargas sociales" del ejercicio 2009 y 2008 presenta la siguiente composición:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Cargas sociales: | ||
| Seguridad social | 11.761 | 11.463 |
| Aportaciones planes de pensiones | 2.081 | 2.091 |
| Premio de Permanencia | 2.508 | 730 |
| Otras cargas sociales | 4.475 | 4.868 |
| Total | 20.825 | 19.152 |
Las aportaciones realizadas por la Entidad al Plan de Pensiones por este concepto han ascendido a 2.081 miles de euros en el ejercicio 2009 (2.091 miles de euros en el ejercicio 2008), que se encuentran registrados en el epígrafe "Gastos de Personal" de la cuenta de pérdidas y ganancias adjunta.
El desglose de los ingresos y gastos financieros ha sido el siguiente:
| Miles de euros | 2009 | 2008 |
|---|---|---|
| Ingresos de participaciones en capital | 12.032 | 9.530 |
| Ingresos de créditos a l/p | 1.136 | 2.765 |
| Otros intereses e ingresos financieros | 11.664 | 12.267 |
| Ingresos financieros | 24.832 | 24.562 |
| Gastos financieros y gastos asimilados | (503) | (537) |
| Intereses de préstamos | (71.787) | (81.269) |
| Rendimientos atribuibles a las provisiones | 34 | 2.016 |
| Gastos financieros | (72.256) | (79.790) |
| Variación del valor razonable de | (779) | 124 |
| instrumentos financieros | ||
| Deterioro y resultado por enajenación de | ||
| instr. financieros | - | - |
| Resultado financiero neto | (48.203) | (55.104) |
Cabe destacar que tanto los ingresos de créditos a l/p como los gastos por intereses de préstamos se han calculado por aplicación del método del tipo de interés efectivo.
La información por segmentos se estructura en función de las distintas líneas de negocio de la Sociedad Enagás, S.A. (segmentos principales de negocio).
La información sobre segmentos secundarios (segmentos geográficos) no se detalla en esta nota debido a que Enagás, S.A. desarrolla sus actividades dentro del territorio español donde todas las regiones están sometidas a los mismos riesgos y rendimientos, no existiendo características entre distintas regiones de las que pudieran derivarse unos resultados distintos a los que se obtienen.
Las líneas de negocio que se describen seguidamente se han establecido tomando como base la clasificación contenida en la Ley de Hidrocarburos 34/1998 de 7 de octubre y de acuerdo a la estructura organizativa de la sociedad Enagás, S.A., que tiene en cuenta la naturaleza de servicios y productos ofrecidos.
• Transporte de gas: actividad principal que consiste en la vehiculización de gas a través de su red de transporte, formada por gasoductos de transporte primario (con presiones máximas de diseño igual o superior a 60 bares) y secundario de gas (con presiones máximas de diseño entre 60 bares y 16 bares) hasta los puntos de distribución, como propietaria de la mayor parte de la red de transporte de gas en España.
• Regasificación: El gas se transporta desde los países productores en buques metaneros a 160 ºC bajo cero, en estado líquido (GNL), y se descarga en las plantas de regasificación donde queda almacenado en tanques criogénicos. En estas instalaciones, mediante un proceso físico para el cual normalmente se utilizan vaporizadores con agua de mar, se aumenta la temperatura del gas natural licuado y, de este modo, se transforma a estado gaseoso. El gas natural se inyecta en los gasoductos para ser transportado por toda la Península.
• Almacenamiento: la sociedad Enagás, S.A. opera un único almacenamiento subterráneo: Serrablo, situado entre las localidades de Jaca y Sabiñánigo (Huesca), que es propiedad de la Compañía.
Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema, continuó durante el año 2009 el desarrollo de las funciones encomendadas en el Real Decreto Ley 6/2000 de 23 de junio y en el R.D. 949/2001 de 3 de agosto, con el objeto de garantizar la continuidad y seguridad de suministro, así como la correcta coordinación entre los puntos de acceso, almacenamiento, transporte y distribución.
Enagás, S.A. continuó atendiendo las necesidades del mercado a tarifa de acuerdo a los establecido en la Ley de Hidrocarburos 34/1998 de 7 de octubre hasta el 30 de junio de 2008.
Se refiere a todas aquellas actividades no reguladas.
La información por segmentos que se expone seguidamente se basa en los informes mensuales elaborados por la Dirección Económico Financiera y se genera mediante una aplicación informática consistente en desagregar los estados financieros por actividades.
La estructura de esta información está diseñada como si cada línea de negocio se tratara de un negocio autónomo y dispusiera de recursos propios independientes, que se distribuyen en función de los activos asignados a cada línea, conforme a un sistema interno de distribución porcentual de costes.
A continuación se presenta la información por segmentos de estas actividades:
| Miles de euros | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gestión Técnica | Actividades No Reguladas + Ajustes |
|||||||||
| Infraestructuras | Compraventa de Gas | Sistema | Consolidación | Total Grupo | ||||||
| CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 |
| Importe Neto de la Cifra de Negocios | 855.623 | 799.185 | - | 381.804 | 11.206 | 9.131 | (279) | 589 | 866.550 1.190.709 | |
| Amortización | 229.654 | 217.334 | - | 1 | 3.476 | 2.890 | 4.232 | 4.231 | 237.362 | 224.456 |
| Resultado de Explotación | 476.273 | 427.775 | - | 9.833 | (3.495) | (17.537) | (7.112) | (7.691) | 465.666 | 412.380 |
| Resultado después de Impuestos | 295.400 | 258.395 | - | 6.941 | (2.319) | (12.896) | 4.189 | 2.956 | 297.270 | 255.396 |
| BALANCE DE SITUACIÓN | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 |
| Total Activo | 5.892.053 4.846.226 | - | 22 | 19.422 | 17.996 | 198.989 | 207.203 6.110.464 5.071.447 | |||
| Adquisiciones de Inmovilizado (*) | 899.363 | 787.287 | - | 2 | 3.137 | 3.412 | 8.809 | 12.232 | 911.309 | 802.933 |
| Pasivos no corrientes (**) | 325.419 | 151.877 | - | - | 600 | 35 | 102.747 | 108.701 | 428.766 | 260.613 |
| -Pasivos por impuesto diferido | 243.805 | 88.063 | - | - | 572 | 5 | 9.500 | 6.972 | 253.877 | 95.040 |
| -Provisiones | 31.323 | 31.321 | - | - | 28 | 30 | 153 | 172 | 31.504 | 31.523 |
| -Otros pasivos no corrientes | 50.291 | 32.493 | - | - | - | - | 93.094 | 101.557 | 143.385 | 134.050 |
| Pasivos corrientes (**) | 254.423 | 421.180 | - | 235 | 35.628 | 16.151 | 36.056 | 27.491 | 326.107 | 465.057 |
| -Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar (***) | 254.423 | 421.180 | - | 235 | 35.628 | 16.151 | 32.469 | 24.056 | 322.520 | 461.622 |
| -Otros pasivos corrientes | - | - | - | - | - | - | 3.587 | 3.435 | 3.587 | 3.435 |
(*) Las adquisiciones de inmovilizado incluyen la variación de los stocks de repuestos y del almacén de material de construcción de nuevas infraestructuras, y subvenciones.
(**) No se incluyen pasivos financieros.
(***) No incluye deudas por impuestos sobre ganancias.
Se consideran "partes vinculadas" al Grupo, adicionalmente a las entidades dependientes, asociadas y multigrupo, el "personal clave" de la Dirección de la Sociedad (miembros de su Consejo de Administración y los Directores, junto a sus familiares cercanos), así como las entidades sobre las que el personal clave de la Dirección pueda ejercer una influencia significativa o tener su control.
A continuación se indican las transacciones realizadas, durante los ejercicios 2009 y 2008, con las partes vinculadas a Enagás S.A., distinguiendo entre accionistas significativos, miembros del Consejo de Administración y Directores de la Sociedad y otras partes vinculadas. Las condiciones de las transacciones con las partes vinculadas son equivalentes a las que se dan en transacciones hechas en condiciones de mercado y se han imputado las correspondientes retribuciones en especie.
| Miles de Euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2009 | |||||
| Gastos e Ingresos | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total |
| Gastos: | |||||
| Gastos financieros | 5.341 | - | - | 10.817 | 16.158 |
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - |
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - |
| licencias | |||||
| Arrendamientos | - | - | - | - | - |
| Recepción de servicios | - | - | 32.200 | 5.007 | 37.207 |
| Compra de bienes (terminados o en curso) | - | - | 5.427 | 5.427 | |
| Correcciones valorativas por deudas incobrables | - | - | - | - | - |
| o de dudoso cobro | |||||
| Pérdidas por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - |
| Otros gastos | - | 1.156 | - | - | 1.156 |
| Total Gastos | 5.341 | 1.156 | 32.200 | 21.251 | 59.948 |
| Ingresos: | |||||
| Ingresos financieros | 806 | - | 1.136 | 10.114 | 12.056 |
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - |
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - |
| licencias | |||||
| Dividendos recibidos | - | - | 12.032 | - | 12.032 |
| Arrendamientos | - | - | - | - | - |
| Prestación de servicios | - | - | 10.668 | - | 10.668 |
| Prestación de servicios de ATR | - | - | - | 921 | 921 |
| Venta de bienes (terminados o en curso) | - | - | - | 4.260 | 4.260 |
| Beneficios por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - |
| Otros ingresos | - | - | - | - | - |
| Total Ingresos | 806 | - | 23.836 | 15.295 | 39.937 |
| Miles de Euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2008 | ||||||
| Gastos e Ingresos | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | |
| Gastos: | ||||||
| Gastos financieros | 5.680 | - | - | 6.729 | 12.409 | |
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - | |
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - | |
| licencias | ||||||
| Arrendamientos | - | - | - | - | - | |
| Recepción de servicios | 25.908 | - | 32.496 | 11.254 | 69.658 | |
| Compra de bienes (terminados o en curso) | 390.854 | - | 5.894 | 396.748 | ||
| Correcciones valorativas por deudas incobrables | - | - | - | - | - | |
| o de dudoso cobro | ||||||
| Pérdidas por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - | |
| Otros gastos | - | 1.177 | - | - | 1.177 | |
| Total Gastos | 422.442 | 1.177 | 32.496 | 23.877 | 479.992 | |
| Ingresos: | ||||||
| Ingresos financieros | 3.993 | - | 2.765 | 3.941 | 10.699 | |
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - | |
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - | |
| licencias | ||||||
| Dividendos recibidos | - | - | 9.530 | - | 9.530 | |
| Arrendamientos | - | - | - | - | - | |
| Prestación de servicios | 22.572 | - | 9.471 | - | 32.043 | |
| Prestación de servicios de ATR | 185.472 | - | - | 50.673 | 236.145 | |
| Venta de bienes (terminados o en curso) | 329.547 | - | - | 2.940 | 332.487 | |
| Beneficios por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - | |
| Otros ingresos | - | - | - | - | - | |
| Total Ingresos | 541.584 | - | 21.766 | 57.554 | 620.904 |
| Miles de Euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2009 | ||||||
| Otras transacciones | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | |
| Compra de activos materiales,intangibles u otros Acuerdos de financiación: créditos y aportaciones de capital (prestamista) Contratos de arrendamiento financiero (arrendador) |
- - - |
- - - |
- 35.009 - |
- - - |
- 35.009 - |
|
| Amortización o cancelación de créditos y contratos de arrendamiento (arrendador) Venta de activos materiales, intangibles y otros |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
|
| Acuerdos de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario) Contratos de arrendamiento financiero (arrendatario) |
80.000 - |
- - |
- - |
525.000 - |
605.000 - |
|
| Amortización o cancelación de préstamos y contratos de arrendamiento (arrendatario) |
- | - | - | - | - | |
| Garantías y avales prestados | - | - | - | 58.939 | 58.939 | |
| Garantías y avales recibidos | 7.693 | - | - | 17.998 | 25.691 | |
| Compromisos adquiridos | - | - | - | - | - | |
| Compromisos/garantías cancelados | - | - | - | - | - | |
| Dividendos y otros beneficios distribuidos | 63.765 | - | - | - | 63.765 | |
| Otras operaciones | - | - | - | - | - |
| Miles de Euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2008 | ||||||
| Otras transacciones | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | |
| Compra de activos materiales,intangibles u otros Acuerdos de financiación: créditos y aportaciones de capital (prestamista) |
- - |
- - |
- 42.648 |
- - |
- 42.648 |
|
| Contratos de arrendamiento financiero (arrendador) Amortización o cancelación de créditos y contratos de arrendamiento (arrendador) Venta de activos materiales, intangibles y otros Acuerdos de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario) Contratos de arrendamiento financiero (arrendatario) |
- - - 145.868 - |
- - - - - |
- - - - - |
- - - 215.095 - |
- - - 360.963 - |
|
| Amortización o cancelación de préstamos y contratos de arrendamiento (arrendatario) |
- | - | - | - | - | |
| Garantías y avales prestados | - | - | - | 61.500 | 61.500 | |
| Garantías y avales recibidos | 13.475 | - | - | 23.515 | 36.990 | |
| Compromisos adquiridos | - | - | - | - | - | |
| Compromisos/garantías cancelados | - | - | - | - | - | |
| Dividendos y otros beneficios distribuidos | 42.892 | - | - | 2.880 | 45.772 | |
| Otras operaciones | - | - | - | - | - |
Dichas transacciones incluyen los gastos financieros derivados de los contratos de coberturas de intereses con entidades financieras vinculadas de la Sociedad Enagás.
Las retribuciones percibidas durante el ejercicio 2009 y 2008 por los miembros del Consejo de Administración y la alta dirección de Enagás, S.A., clasificadas por conceptos, han sido las siguientes:
| Otros | Planes de | Primas de | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Sueldos | Dietas | conceptos | pensiones | seguros | |
| Consejo de Administración | 1.478 | 1.155 | 79 | 10 | 68 |
| Alta Dirección | 2.065 | - | 76 | 55 | 85 |
| Total | 3.543 | 1.155 | 155 | 65 | 153 |
| Otros | Planes de | Primas de | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Sueldos | Dietas | conceptos | pensiones | seguros | |
| Consejo de Administración | 1.278 | 1.177 | 78 | - | 57 |
| Alta Dirección | 1.954 | - | 86 | 47 | 85 |
| Total | 3.232 | 1.177 | 164 | 47 | 142 |
La sociedad ha otorgado a 31 de diciembre de 2009 anticipos o créditos concedidos a los miembros del Consejo de Administración y a la Alta Dirección de Enagás, S.A. por importe de 3 miles de euros.
Las retribuciones mencionadas distribuidas por cada uno de los miembros del Consejo de Administración, sin tener en cuenta la prima de seguros, han sido las siguientes:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| CONSEJEROS | 2009 | 2008 | ||
| D. Antonio Llardén Carratalá, (Consejero Ejecutivo) 1 | 1.621 | 1.420 | ||
| BANCAJA (Consejero Dominical) | 107 | 107 | ||
| D. Carlos Egea Krauel (Consejero Dominical) 2 | 27 | 76 | ||
| Sagane Inversiones S.L. (Consejero Dominical) 3 | 49 | - | ||
| Bilbao Bizkaia Kutxa (Consejero Dominical) | 72 | 64 | ||
| Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (Consejero Dominical) | 73 | 42 | ||
| D. Salvador Gabarró Serra (Consejero Dominical) 4 | 21 | 81 | ||
| D. Said Al Masoudi Consejero Dominical) 5 | 23 | - | ||
| Peña Rueda S.L. Unipersonal (Consejero Dominical) | 64 | 64 | ||
| D. Jesús David Álvarez Mezquíriz (Consejero Independiente) | 64 | 64 | ||
| D. Dionisio Martínez Martínez (Consejero Independiente) | 78 | 76 | ||
| D. José Riva Francos (Consejero Independiente) | 64 | 64 | ||
| D. Ramón Pérez Simarro (Consejero Independiente) | 76 | 76 | ||
| D. Martí Parellada Sabata (Consejero Independiente) | 81 | 81 | ||
| D. Antonio Téllez de Peralta (Consejeros Independiente) | 76 | 76 | ||
| Dª Teresa García-Milà Lloveras (Consejero Independiente) | 76 | 76 | ||
| D. Miguel Angel Lasheras Merino (Consejero Independiente) | 64 | 64 | ||
| D. Luis Javier Navarro Vigil (Consejero Externo) | 76 | 76 | ||
| Caja de Ahorros del Mediterráneo (Consejero Dominical) | - | 25 |
1Dispone además de póliza de seguro de vida cuya prima en el ejercicio ha sido de 68 miles de euros y se han aportado a su plan de pensiones 10 miles de euros.
2De 1 de enero a 27 de abril de 2009.
3De 27 de abril a 31 de diciembre de 2009.
4De 1 de enero a 7 de abril de 2009.
5De 27 de julio a 31 de diciembre de 2009.
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 127 ter de la LSA, se incluye en la presente Memoria la información relativa a la participación en el capital y el desempeño de cargos por parte de los miembros del Consejo de Administración de Enagás S.A. en otras sociedades de análogo o complementario género de actividad al que constituye el objeto social. Se ha considerado, para la elaboración de la información, que son sociedades con análogo o complementario género de actividad al de Enagás las dedicadas a las actividades de transporte, regasificación, distribución o comercialización de gas natural reguladas por la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos.
Participaciones en el capital de sociedades con el mismo, análogo o complementario género de actividad que han sido comunicadas a Enagás, S.A. por los Consejeros a 31 de diciembre de 2009 son las siguientes:
| CONSEJERO | SOCIEDAD | Nº ACCIONES | % PARTICIPACIÓN |
|---|---|---|---|
| Bancaja Inversiones | Iberdrola, S.A. | 301.282.820 | 5,736% |
| BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa) | Iberdrola, S.A. | 359.380.724 | 6,842% |
| Gas Natural, SDG, S.A. | 982.134 | 0,110% | |
| D. Luis Javier Navarro Vigil | BP, PLC | 63.853 | 0,000% |
Por otro lado, D. José Luis Olivas Martínez, Consejero Dominical representante de Bancaja (Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante) en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física es titular de 10.357 acciones de Iberdrola, S.A. representativas del 0,001% de su capital social y de 18.867 acciones de Iberdrola Renovables, S.A. representativas del 0,001% de su capital social.
Los cargos o funciones que ocupan Consejeros de la Sociedad en otras sociedades con el mismo, análogo o complementario género de actividad que han sido comunicadas a Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 son los siguientes:
| CONSEJERO SOCIEDAD |
CARGOS | |
|---|---|---|
| BP España SAU. | Consejero | |
| Luis Javier Navarro Vigil | E.ON España | Consejero |
| E.ON Renovables S.L.U. | Consejero |
Cabe destacar que D. Manuel Menéndez Menéndez, representante de Peña Rueda, S.L. en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física ostenta los cargos de Presidente de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. (H.C.), Presidente de Naturgas Energía Grupo, S.A. y Miembro del Consejo de Administración de EDP Renovables, S.A.
D. José Luis Olivas Martínez, representante de BANCAJA en el Consejo de Enagás, S.A. es Consejero de IBERDROLA, S.A. y Presidente del Consejo Consultivo de IBERDROLA, S.A. en la Comunidad Valenciana.
No hay actividades de la misma naturaleza, análogas o complementarias a aquellas realizadas por Enagás que sean desempeñadas por los Consejeros de ésta, ya sea por cuenta propia o ajena, no comprendidas en el apartado anterior.
La conservación y protección ambiental constituye un objetivo prioritario de actuación para Enagás. Este compromiso está presente en todas las decisiones de negocio y pretende conciliar el progreso industrial y económico con el respeto y protección del medio ambiente.
Esta línea de actuación se concreta en una serie de procedimientos de gestión ambiental que pretenden identificar, prevenir, minimizar y corregir los impactos sobre el medio ambiente que pueden originar las actividades e instalaciones de la compañía, aplicando las medidas más exigentes dentro de nuestra capacidad para la protección de la biodiversidad y el medio natural.
Esta documentación, elaborada conforme a los requisitos de la norma UNE EN ISO 14001, es la base del Sistema de Gestión Ambiental desarrollado y certificado por AENOR que garantiza el cumplimiento de la legislación ambiental aplicable y la mejora continua de su comportamiento ambiental en las actividades de las plantas de almacenamiento y regasificación de GNL de Barcelona, Cartagena y Huelva, el almacenamiento subterráneo de Serrablo, las instalaciones de la Red Básica de Gasoductos y la Unidad de Innovación Tecnológica.
La sociedad Enagás, S.A. realiza un esfuerzo continuo para identificar, caracterizar y minimizar el impacto ambiental de sus actividades e instalaciones, evaluando los riesgos y potenciando la ecoeficiencia, la gestión responsable de residuos y vertidos, minimizando el impacto en materia de emisiones y cambio climático.
Enagás presta especial atención al diseño y ejecución de todos sus proyectos con el objetivo primordial de conseguir una plena identificación de los condicionantes e impactos ambientales del proyecto en cualquiera de sus etapas, continúa con la vigilancia ambiental de las actividades de construcción y finaliza con la integración de las instalaciones construidas en el Sistema de Gestión Ambiental.
Así mismo, la sociedad incorpora criterios ambientales en su relación con proveedores y contratistas, así como en la toma de decisiones sobre adjudicaciones de contratos de prestación de servicios y productos.
Durante el ejercicio 2009, las actuaciones ambientales han alcanzado inversiones totales incluidas en el activo del Balance de Situación de 35.088 miles de euros (54.644 miles de euros en el ejercicio 2008). Por su parte, los gastos ambientales asumidos por la compañía han ascendido en el ejercicio 2009 a 852 miles de euros registrados en el epígrafe Otros gastos de explotación (749 miles de euros en el ejercicio 2008).
Las posibles contingencias, indemnizaciones y otros riesgos ambientales en las que Enagás, S.A. pudiera incurrir están adecuadamente cubiertas con las pólizas de seguro de responsabilidad civil que tiene suscritas.
Enagás, S.A. no ha percibido durante 2009 ninguna subvención ni ingreso como consecuencia de actividades relacionadas con el medio ambiente, salvo las mencionadas en la nota 23.3 referente a los derechos de emisión.
El número medio de personas empleadas durante el ejercicio 2009 y 2008, detallado por grupo profesional, es el siguiente:
| Categorías | 2009 | 2008 |
|---|---|---|
| Directivos | 66 | 70 |
| Técnicos | 485 | 467 |
| Administrativos | 127 | 130 |
| Operarios | 353 | 350 |
| Total | 1.031 | 1017 |
Asimismo, a 31 de diciembre de 2009 el número total de empleados era de 1.046 personas (1.008 personas en el ejercicio 2008). La distribución por género detallado por grupo profesional, es el siguiente:
| 2009 | 2008 | |||
|---|---|---|---|---|
| Categorías | Hombres | Mujeres | Mujeres | |
| Directivos | 57 | 9 | 57 | 9 |
| Técnicos | 375 | 120 | 363 | 109 |
| Administrativos | 34 | 92 | 36 | 90 |
| Operarios | 346 | 13 | 334 | 10 |
| Total | 812 | 234 | 790 | 218 |
Durante el ejercicio 2009 y 2008, los honorarios relativos a los servicios de auditoría de cuentas y a otros servicios prestados por el auditor de la Sociedad, Deloitte, S.L., o por una empresa del mismo grupo o vinculada con el auditor han sido los siguientes:
| Categorías | Servicios de auditoría (1) |
Servicios relacionados con auditoría (2) |
Otros servicios |
|---|---|---|---|
| Deloitte, S.L. | 653 | 15 | 1 |
| Deloitte Consulting S.L. | - | - | 249 |
| Total | 653 | 15 | 250 |
| Categorías | Servicios de auditoría (1) |
Servicios relacionados con auditoría (2) |
Otros servicios |
|---|---|---|---|
| Deloitte, S.L. | 1.146 | 259 | 30 |
| Deloitte Consulting S.L. | - | - | 117 |
| Total | 1.146 | 259 | 147 |
(1) Servicios de Auditoría: Dentro de este apartado se incluyen los servicios prestados para la realización de las auditorías estatutarias de las cuentas anuales del Grupo por importe de 171 miles de euros y 165 miles de euros en los ejercicios 2009 y 2008, respectivamente, así como los trabajos de revisión limitada de los estados financieros consolidados intermedios, los trabajos necesarios para la revisión de la efectividad de los sistemas de control interno y otros trabajos de revisión realizados en relación a información a entregar a los Organismos Reguladores, principalmente la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Comisión Nacional de Energía.
(2) Servicios relacionados con auditoría: Dicho importe corresponde en su práctica totalidad, tanto en 2009 como en 2008, a los trabajos encargados por la Dirección de Auditoría Interna como parte del proyecto iniciado por el Grupo de revisión de la identificación, evaluación y medición de riesgos corporativos.
Algunas instalaciones de la sociedad Enagás, S.A. se encuentran incluidas en el ámbito de la Ley 1/2006, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
En la Orden PRE/3420/2007, de 14 de noviembre, el Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de noviembre de 2007 y a propuesta de los Ministros de Medio Ambiente, de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008- 2012. De manera que el total de derechos asignados a la sociedad Enagás, S.A., de forma definitiva y gratuita correspondientes a sus instalaciones, asciende a 2.300.895, (442.763 derechos para el año 2008 y 464.533 derechos para los años 2009, 2010, 2011 y 2012).
Las instalaciones para las cuales se han recibido dichas asignaciones son:
Los derechos asignados para el ejercicio 2009, 464.533, fueron valorados a 15,5 euros/derecho, precio spot del primer día hábil del año 2009 del RWE Trading GMBH, lo que supone unas altas del ejercicio de 7.200 miles de euros.
Cabe destacar que el Consejo de Administración en su reunión de 23 de Junio de 2008 autorizó la venta escalonada de Derechos de Emisión (EUAs) excedentes de cada año del periodo 2008/2012 y la permuta de Derechos de Emisión por Certificados de Reducción de Emisiones (CERs). Durante el mes de diciembre de 2009 se ha realizado el intercambio de 32.500 EUAs-CERs valorados a 24,20 euros/CER con el BBVA y 35.000 EUAs-CERs valorados a 23,75 euros/CER con Gas Natural SDG, S.A. Esta operación ha supuesto que el alta total del ejercicio por este concepto sea de 8.818 miles de euros (ver Nota 6).
La imputación de los gastos derivados de las emisiones de gases de efecto invernadero se realiza en función de los derechos reales consumidos. La Sociedad Enagás, S.A. ha registrado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias 121.525 derechos de emisión de gases de efecto invernadero consumidos hasta noviembre de 2009 y 149.348 derechos consumidos en 2008 lo que ha supuesto un gasto de 2.047 miles de euros y 3.518 miles de euros para los ejercicios 2009 y 2008 respectivamente.
El importe de la provisión constituida para atender a las obligaciones de entrega de derechos de emisión es de 3.587 miles de euros, (3.435 miles de euros en 2008) (ver Nota 15).
Debido a que dicha asignación de derechos ha sido de forma gratuita, la sociedad Enagás, S.A. ha procedido a registrar como subvención el mismo importe reconocido como derechos de emisión en el activo intangible para el ejercicio 2009 7.200 miles de euros, (10.398 miles de euros en el ejercicio 2008). La imputación a resultados de dicha subvención se realiza en función de los derechos reales consumidos y reconocidos como gasto al cierre del ejercicio, si bien debe
tenerse en cuenta que en el ejercicio 2009 han sido adicionalmente dados de baja 215 miles de euros, correspondientes a la regularización de la asignación provisional de la E.C. de Alcázar de San Juan, de manera que a 31 de diciembre de 2009, el movimiento de las subvenciones, donaciones y legados por este concepto es:
| Saldo al | Saldo al | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| 01.01.09 | Altas | Aplicaciones | Bajas | 31.12.09 | |
| Derechos de emisión gases efecto invernadero | 205 | 5.040 | (1.433) | (4.138) | (326) |
| Total | 205 | 5.040 | (1.433) | (4.138) | (326) |
| Saldo al | Saldo al |
| 01.01.08 | Altas | Aplicaciones | Bajas | 31.12.08 | |
|---|---|---|---|---|---|
| Derechos de emisión gases efecto invernadero | 4.249 | 7.279 | (2.463) | (8.860) | 205 |
| Total | 4.249 | 7.279 | (2.463) | (8.860) | 205 |
Estas subvenciones se presentan en el Patrimonio neto netas del efecto fiscal.
Dado que la sociedad Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 ha consumido menos derechos de los asignados, el importe de los gastos asociados al consumo de derechos coincide con los ingresos asociados a la subvención.
Durante el inicio del ejercicio 2010 se han registrado en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias de la sociedad Enagás, S.A. los derechos de emisión consumidos durante el mes de diciembre de 2009 que ascienden a 16.758 derechos (6.880 derechos consumidos el mes de diciembre de 2008), de manera que el total de derechos consumidos en el ejercicio 2009 ascienden a 138.283 derechos (156.228 derechos totales consumidos en el ejercicio 2008).
Por otro lado durante el ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. ha procedido a vender 300.000 derechos de emisión de los asignados para ese ejercicio por un importe de 4.650 miles de euros. Así mismo, el intercambio de EUAs/CERs realizado ha supuesto una baja de derechos de emisión de 67.500 equivalentes a 1.046 miles de euros.
De este modo, el exceso de derechos del ejercicio 2009 es de 16.920 derechos los cuales valorados al precio de 15,5 euros/derecho, precio de los derechos el primer día hábil del año 2009, suponen un valor de 262 miles de euros, mientras que valorados a 12,16 euros/derecho, precio de los derechos el último día hábil del año 2009, suponen un valor de 206 miles de euros.
Así mismo, el exceso total de derechos del 2008, 5.865 derechos, valorados al precio de 23 euros/derecho, precio de los derechos el primer día hábil del año 2008, supone un valor de 135 miles de euros, mientras que el valor a 31 de diciembre de 2008 del exceso es de 89 miles de euros, tomando como precio de referencia 15,26 euros/derecho, precio de los derechos el último día hábil del año 2008.
Durante el primer trimestre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. presentó los informes de emisiones verificados de 2008 por la entidad acreditada (AENOR) a las Comunidades Autónomas correspondientes las cuales han validado dichas emisiones.
Durante el segundo trimestre de 2009 la sociedad Enagás, S.A. entregó la cantidad de derechos equivalente a las emisiones verificadas del 2008 para todas las instalaciones referidas.
Durante el ejercicio 2009, la sociedad Enagás, S.A. no ha procedido a negociar ningún contrato a futuro relativo a derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ni existen contingencias relacionadas con sanciones o medidas de carácter provisional en los términos que establece la Ley 1/2005.
La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de marzo de 2009 aprobó la reelección como miembros del Consejo de Administración por el periodo estatutario de cuatro años de Don Salvador Gabarró Serra como Consejero Dominical a propuesta del accionista Gas Natural SDG, S.A., y de Don Ramón Pérez Simarro y Don Martí Parellada Sabata ambos como Consejeros Independientes.
El 7 de abril de 2009, Don Salvador Gabarró Serra presentó su renuncia al cargo de Consejero Dominical, suponiendo ésta el cese como Presidente y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del Consejo.
El 27 de abril el Consejo de Administración de la sociedad Enagás, S.A. acordó el nombramiento como Consejero persona jurídica del accionista Sagane Inversiones, S.L. representada por Don Carlos Egea Krauel. A su vez, acordó el nombramiento de Sagane Inversiones, S.L. como miembro del la Comisión de Nombramientos y Retribuciones así como a Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) como miembro de de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento. Así mismo, aprobó el cese de Don Carlos Egea Krauel como miembro de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
El 25 de mayo el Consejo de Administración de Enagás, S.A. nombró al Consejero Dominical Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK), vocal de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El 8 de junio de 2009, la agencia de calificación Moody´s reafirmó el rating a largo plazo de la sociedad Enagás, S.A. situado en "A2" y la perspectiva estable del mismo.
El día 27 de julio el Consejo de Administración de Enagás, S.A. aprobó la entrada de Don Said Masoudi como Consejero a propuesta de la sociedad Omán Oil Company, S.A.O.C. Adicionalmente, se aprobó que Don Joseba Andoni Aurrekoetxea sustituyera a Don Xabier de Irala como Consejero representante de Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK) y se nombró a Don Dionisio Martínez presidente de la Comisión de nombramientos y retribuciones.
El 3 de septiembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. firmó un contrato con BP por el que compraba la participación del 25% que ésta tiene en la Planta de Regasificación de Bahía de Bizkaia Gas (BBG) por un valor de 65 millones de euros. Esta transacción está pendiente de autorización por parte de las Autoridades de Competencia.
Durante el mes de septiembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. fue distinguida con el sello de Excelencia Europea EFQM 300+, obtuvo la certificación ISO 9000 en su proceso de Gestión de acceso de Terceros a la Red (ATR), y se ratificó la permanencia de la misma en el selectivo índice Dow Jones Sustainability Index World.
El 26 de noviembre de 2009, la agencia de calificación crediticia Standar & Poor´s ratificó el rating a largo plazo de la sociedad Enagás, S.A. situado actualmente en "AA-", la calificación crediticia a corto plazo de "A-1" y la perspectiva estable del mismo.
El beneficio neto se sitúa en 297.271 miles de euros con un incremento del 16,4% con respecto al ejercicio anterior.
El importe neto de la cifra de negocios es de 866.550 miles de euros.
Las inversiones del ejercicio 2009 alcanzaron una cifra de 901.553 miles de euros.
Los fondos propios de la sociedad Enagás, S.A. se sitúan en 1.582.921 miles de euros siendo el patrimonio neto de 1.774.431 miles de euros.
El capital social está representado por 238.734.260 acciones ordinarias al portador de 1,50 euros de valor nominal cada una, totalmente desembolsadas.
Con fecha 16 de enero de 2009 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 31 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican la retribución de actividades reguladas, los derechos de acometida y las tarifas de alquiler de contadores y equipos de tele medida para el ejercicio 2009.
Durante el año 2009 se ha continuado ampliando y mejorando las instalaciones de regasificación, transporte y almacenamiento para adecuarlas a las necesidades que plantean las previsiones de demanda futura. En este sentido se han realizado las siguientes acciones destacables:
-Ampliación de la capacidad de emisión hasta 1.950.000 m3 (n)/h en la Planta de Barcelona.
-Adecuación del atraque de metaneros a 250.000 m3en la Planta de Cartagena.
-A finales del año 2009 Enagás, S.A. explotaba 8.884 Km de tuberías diseñadas para operar a presiones máximas de 72 y 80 bar respecto a los 8.134 Km que disponía en diciembre del año 2008, aumentando así la seguridad de suministro y el desarrollo de zonas que hasta ahora no disponían de gas natural.
-Los activos de transporte más importantes puestos en explotación durante el año 2009 han sido el gasoducto submarino Denia-Ibiza-Mallorca, gasoducto Almería-Lorca, gasoducto Lorca-Chinchilla tramo norte y sur, y el gasoducto Lemona-Haro primer y segundo tramo, así como la incorporación de ERMs y la modificación de distintas posiciones de gasoducto. Igualmente se ha reforzado el rack de tuberías de la Planta de Cartagena, se ha construido la Estación de Compresión de Lumbier y los Centros de Trabajo de León y Antas (Almería). Durante el año 2009 se han puesto en servicio 18 nuevas Estaciones de regulación/medida alcanzando a finales del año la cifra de 421 en operación.
Con todo, a finales del año 2009 la infraestructura gasista de Enagás, S.A., integrada por la Red Básica de gas natural, era la siguiente:
Las Plantas de regasificación de Barcelona, Huelva y Cartagena disponen de una capacidad total de almacenamiento de 1.437.000 m3 de GNL en un total de 14 tanques, un total de 9 cargaderos de cisternas y una capacidad de emisión de 4.650.000 m3(n)/h. frente a los 4.350.000 m3(n)/h del año 2008 con un incremento de 300.000 m3(n)/h.
El Almacenamiento subterráneo de Serrablo (Huesca) operativo con una inyección máxima de 4,4 Mm3/día y una producción máxima de 6,7 Mm3/día y la concesión del Almacenamiento de Yela (Guadalajara) según lo dispuesto en el Real Decreto 1061/2007 de 20 de julio.
Red de gasoductos con una longitud total de 8.884 Km con los siguientes ejes principales:
Eje Central: Huelva-Córdoba-Madrid-Burgos-Cantabria-País Vasco, (con el Huelva-Sevilla-Córdoba-Madrid duplicado).
Eje Oriental: Barcelona-Valencia-Alicante-Murcia-Cartagena.
Eje Occidental: Almendralejo-Cáceres-Salamanca-Zamora-León-Oviedo.
Eje Occidental hispano-portugués: Córdoba-Badajoz-Portugal (Campo Maior-Leiria-Braga) –Tuy-Pontevedra-A Coruña-Oviedo.
-Eje del Ebro: Tivissa-Zaragoza-Logroño-Calahorra-Haro.
-Eje Balear: Montesa-Denia-S.Antoni de Portmany-S.Juan de Dios.
-Sur: Gasoducto Magreb-Europa y conexión con los yacimientos de Marismas-Palancares en el valle del Guadalquivir.
Enagás ha establecido un Sistema de Gestión Integral de Riesgos (inspirado en la metodología Committee of Sponsoring Organizations – COSO II) que permite identificar eventos potenciales que puedan afectar a la Compañía, gestionar sus riesgos dentro del riesgo aceptado y proporcionar una seguridad razonable sobre el logro de los objetivos.
Los principales riesgos asociados a las actividades desarrolladas por Enagas se recogen en las siguientes tipologías:
Corresponde a pérdidas debidas a factores externos como la regulación, ciclos económicos, niveles de competencia, patrones de demanda, estructura de la industria, etc., así como el riesgo de pérdidas resultantes por la toma de decisiones incorrectas en relación con los planes de negocio y las estrategias futuras de la compañía.
Dentro de esta tipología de riesgo tiene una especial relevancia el riesgo regulatorio que es aquel ligado al marco regulador en el que se realizan las actividades del negocio y también hace referencia a determinados aspectos de tasas locales.
Enagás ha establecido medidas para controlar y gestionar el riesgo de negocio dentro del nivel de riesgo aceptado, consistentes en la supervisión continua de los riesgos relacionados con la regulación, mercado y competencia.
Comprende el riesgo de pérdidas derivadas del incumplimiento de una contraparte o de la incertidumbre de la contraparte a cumplir con sus obligaciones.
Enagás califica el riesgo de Crédito o de Contraparte en las evaluaciones realizadas durante el 2009 como no relevante, dado que realiza transacciones con empresas de reconocida solvencia de acuerdo con las calificaciones de agencias de "rating" crediticias.
Para gestionar este riesgo, Enagás ha establecido como objetivo la minimización del perfil de riesgo, gestionando el proceso de crédito de cada unidad de negocio mediante modelos cuantitativos. Enagás ha conseguido reducir el riesgo de contraparte existente en relación con las inversiones financieras mediante la recolocación de sus inversiones en entidades con un mayor grado de solidez crediticia.
La información relativa a la gestión de riesgos de contraparte se detalla en la Nota 9 del Informe de Cuentas Anuales.
Bajo este epígrafe se valora la incertidumbre de los resultados como consecuencia de movimientos adversos en variables financieras tales como los tipos de interés, de cambio, la liquidez y otros factores de mercado. La política de gestión del riesgo financiero se recoge en la nota 16 del Informe de Cuentas Anuales.
Durante la operación de Enagás se pueden producir pérdidas directas o indirectas ocasionadas por procesos internos inadecuados, fallos tecnológicos, errores humanos o como consecuencia de ciertos sucesos externos.
Enagás ha identificado como riesgo operacional relevante: el riesgo Operacional en Infraestructuras, equipos y sistemas, el riesgo por Mala calidad o interrupción del servicio, el riesgo de Ejecución de Procesos y Operaciones por la preocupación en mejorar la eficacia y eficiencia de las actividades, el riesgo por Fraude y actividades no autorizadas y el riesgo operacional de proveedores y contrapartes.
Enagás ha establecido como objetivo para el riesgo operacional minimizar los impactos en costes que pueden suponer los mismos sobre los estados financieros de la entidad, actuando eficaz y eficientemente en la gestión de las infraestructuras y de los procesos.
Enagás gestiona el riesgo operacional mediante la implantación de diferentes controles consistentes principalmente en la aplicación de principios, programas así como procedimientos soportados por la obtención de certificados de calidad, automatización de los procesos, planificando una adecuada formación y capacitación del personal y una política de aseguramiento adecuado.
Se trata de cualquier acción, evento o circunstancia que podría impactar desfavorable o beneficiosamente en la reputación de Enagás.
Surge cuando un evento de riesgo crea la percepción de que el comportamiento de una organización difiere del esperado por sus grupos de interés. Al no ser exclusivamente interno a la gestión de las entidades, sino que depende de la valoración externa, tendrá un impacto difícilmente predecible en términos cuantitativos dentro de la Compañía.
El riesgo reputacional puede proceder:
Enagás considera la gestión del riesgo reputacional como una de las mayores oportunidades de creación y protección del valor.
Se han establecido medidas para controlar y gestionar el riesgo reputacional a partir de la supervisión continua del mismo de tal forma que se adecuen las prácticas internas a las expectativas deseables de los grupos de interés de acuerdo con los objetivos de la empresa.
Enagás ha definido un "Manual de Comunicación en Situaciones de crisis" como herramienta clave para gestionar con éxito una posible crisis reputacional, mediante el establecimiento de una política y estrategia de comunicación que minimice los daños a la reputación de la Sociedad.
El Consejo de Administración de Enagás aprobó en febrero de 2008 una política de coberturas de tipos de interés que permitiesen aproximar el coste financiero de la Compañía a la estructura de tipos fijada como objetivo en el Plan Estratégico de la Compañía
En cumplimiento de la política aprobada, a lo largo del año se contrataron una serie de operaciones de cobertura de tipos de Interés de tal forma que a 31 de diciembre el 60% del total de la deuda neta estaba protegida frente a subidas de tipos de interés.
Para el ejercicio 2010 se espera realizar unas inversiones de 700 millones euros y volumen de inversiones puestas en explotación de 500 miles de euros.
En relación al Beneficio Neto se contempla un crecimiento en el entorno de doble dígito sobre el ejercicio 2009. Asimismo se mantiene el objetivo de crecimiento anual acumulado previsto en el Plan Estratégico entre 2008-2012.
No se han producido acontecimientos relevantes entre el 31 de diciembre de 2009 y la fecha de formulación de estas cuentas anuales.
Las actividades de innovación tecnológica desarrolladas por la sociedad durante 2009 se han concentrado en la evaluación, desarrollo y demostración de nuevas tecnologías gasistas, con el fin de aumentar y mejorar la competitividad del gas natural en diferentes aplicaciones, focalizando el esfuerzo tecnológico en proyectos de valor estratégico para la Sociedad.
Las actividades más importantes por áreas llevadas a cabo dentro del ejercicio 2009 han sido:
c) Seguridad. Se ha continuado con diferentes proyectos y estudios relacionados con el análisis de riesgos en gasoductos y plantas de GNL.
d) Medición. Ha finalizado la construcción del Banco de Calibración de Contadores de gas en alta presión. Se está estudiando la implantación de un sistema de supervisión en continuo de las variables de medida en las posiciones mas críticas desde el punto de vista de la medició.
La sociedad no ha realizado ninguna operación con acciones propias durante el ejercicio 2009.
El Informe de Gobierno Corporativo de la sociedad Enagás, S.A. se adjunta a este Informe de Gestión como una sección aparte.
Esta Información adicional se incluye a los efectos previstos en el artículo 116 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio de Mercado de Valores.
Capital de la sociedad:
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de |
|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | |
| 03-05-02 | 358.101.390,00 | 238.734.260 | 238.734.260 |
Todas las acciones pertenecen a una única clase.
No existen restricciones a la transmisibilidad de las acciones.
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto infirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | 0 | 11.936.703 | 5,000 |
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| CAJASTUR (Caja de Ahorros de | |||
| Asturias) | 0 | 11.937.395 | 5,000 |
(*) A través de:
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|
| OMAN OIL HOLDINGS ESPAÑA, S.L.U. |
11.936.703 | 5,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 5,000 |
| CANTÁBRICA DE INVERSIONES DE CARTERA, S.L. |
11.937.395 | 5,000 |
| Total: | 35.810.812 | 15,000 |
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto infirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 5,000 |
| SEPI (Sociedad Estatal de Participaciones Industriales) |
11.936.703 | 0 | 5,000 |
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ |
38.316 | 0 | 0,016 |
| BANCAJA (Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante) |
0 | 11.936.713 | 5,000 |
| BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa) | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DOÑA TERESA GARCÍA MILÁ LLOVERAS |
1.500 | 0 | 0,001 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ |
2.010 | 0 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL |
10 | 3.986 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 0,000 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 0,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ DE PERALTA |
400 | 0 | 0,000 |
(*) A través de:
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|
| BANCAJA INVERSIONES, S.A. | 11.936.713 | 5,000 |
| KARTERA 1, S.L. | 11.936.713 | 5,000 |
| NEWCOMER 2000, S.L.U. | 3.986 | 0,002 |
| Total: | 23.877.412 | 10,002 |
El artículo 6 bis ("Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de los derechos políticos") de los Estatutos Sociales se modificó en Junta General Extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2007 para adaptarlo a lo previsto en la Ley 12/2007, de 2 julio.
La Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, da nueva redacción a la Disposición Adicional Vigésima de la citada Ley 34/1998 por la que se atribuye a Enagás, S.A. la condición de Gestor Técnico del Sistema Gasista y se establecen limitaciones a la participación en su capital. La nueva redacción de la citada Disposición Adicional es la siguiente:
"Disposición Adicional Vigésima. Gestor Técnico del Sistema.
La empresa ENAGAS, Sociedad Anónima, asumirá las funciones, derechos y obligaciones del Gestor Técnico del sistema gasista. (...)
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la empresa responsable de la gestión técnica del sistema, en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos en dicha sociedad por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley".
Por su parte, la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 12/2007, de 2 de julio dispone que antes de que transcurran cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley, la sociedad Enagás, S.A. procederá a la adaptación de sus estatutos a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 12/2007, de 2 de julio:
"Disposición Transitoria Segunda. Gestor Técnico del sistema gasista.
Los derechos de voto correspondientes a las acciones u otros valores que posean las personas que participen en el capital de ENAGÁS, Sociedad Anónima, excediendo de los porcentajes máximos señalados en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, quedarán en suspenso desde la entrada en vigor de la presente disposición.
La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto".
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis ("Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos") de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente:
"Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos".
No hay constancia de la existencia de pactos parasociales entre los accionistas de la Sociedad.
Disposiciones estatutarias que afectan al nombramiento y sustitución de miembros del órgano de administración:
La Sociedad estará regida y administrada por el Consejo de Administración, al que corresponderá colegiadamente la representación de la Sociedad, en juicio y fuera de él. La representación se extenderá, sin limitación alguna de facultades, a todos los actos comprendidos en el objeto social.
El Consejo de Administración estará integrado por 6 miembros, como mínimo, y 17 como máximo, nombrados por la Junta General.
La elección de los miembros del Consejo de Administración se efectuará por medio de votación. A estos efectos, las acciones que voluntariamente se agrupen hasta constituir una cifra de capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número de miembros del Consejo, tendrá derecho a designar a los que, superando fracciones enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción. En el caso de que se haga uso de esta facultad, las acciones así agrupadas no intervendrán en la votación de los restantes miembros del Consejo.
El cargo de Consejero, para el que no se requiere la cualidad de accionista, será renunciable, revocable y reelegible una o más veces.
El nombramiento de los Consejeros surtirá efecto desde el momento de su aceptación.
No pueden ser Consejeros los que se hallen en cualquiera de las situaciones a que se refiere el artículo 124 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
El Consejo de Administración designará a su Presidente, y en su caso, un Vicepresidente, el que hará en defecto de aquél sus veces. A falta de Vicepresidente sustituirá al Presidente el Consejero de más edad.
Compete, asimismo, al Consejo de Administración la designación de Secretario, pudiendo nombrar, además un Vicesecretario, que en defecto de aquél hará sus veces, los que podrán no ser Consejeros. En defecto de ambos hará las veces de Secretario el Consejero de menos edad.
Disposiciones del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Administración (aprobado por el Consejo de Administración el 29 de marzo de 2007):
ARTÍCULO 3.- COMPOSICIÓN CUANTITATIVA Y CUALITATIVA.
1.- Dentro de los limites máximo y mínimo establecidos en el artículo 35 de los Estatutos Sociales vigentes, y sin perjuicio de la facultad de propuesta que corresponde a los accionistas, el Consejo de Administración propondrá a la Junta General el número de Consejeros que en cada momento estime oportuno en consideración a los intereses de la Sociedad. A la Junta General corresponderá la determinación de su número.
2.- El Consejo de Administración estará integrado por Consejeros de las categorías que se señalan a continuación:
a) Consejeros Internos o Ejecutivos: que desempeñen funciones de Alta Dirección o sean empleados de la Sociedad o de su Grupo. Cuando un Consejero desempeñe funciones de Alta Dirección y, al mismo tiempo, sea o represente a un accionista significativo o representado en el Consejo, se considerará como Ejecutivo o Interno a los efectos del presente Reglamento.
Su número no excederá del 20 por 100 del número total de miembros del Consejo de Administración.
b) Consejeros Externos: Que serán, a su vez, de tres tipos:
b1) Consejeros Dominicales: Aquellos que posean una participación accionarial superior o igual a la que se considere legalmente como significativa o que hubieren sido designados por su condición de accionistas, aunque su participación accionarial no alcance dicha cuantía, así como quienes representen a dichos accionistas.
b2) Consejeros Independientes: aquellos de reconocido prestigio profesional que puedan aportar su experiencia y conocimientos al gobierno corporativo y que, no incluidos en las dos categorías anteriores, reúnan las condiciones previstas en el articulo 9 del presente Reglamento. El número de Consejeros Independientes representará al menos un tercio del total de Consejeros.
b3) Otros Consejeros Externos: aquéllos Consejeros Externos que no siendo dominicales no puedan ser clasificados como Consejeros Independientes conforme al artículo 9 del presente Reglamento.
En el ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptación para la cobertura de vacantes, el Consejo de Administración procurará que en la composición del órgano los Consejeros Independientes representen una amplia mayoría sobre los Consejeros Ejecutivos y que dentro de los Consejeros Externos, la relación entre el número de Consejeros Dominicales y el de Independientes refleje la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los Consejeros Dominicales y el resto del capital.
ARTÍCULO 8.- NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS.
1.- Los Consejeros serán nombrados por la Junta General o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas y en los Estatutos Sociales.
2.- El nombramiento habrá de recaer en personas que, además de cumplir los requisitos legales y estatutarios que el cargo exige, gocen de reconocido prestigio y posean los conocimientos y experiencia profesionales adecuados al ejercicio de sus funciones.
Las propuestas de nombramiento de Consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y las decisiones de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas, deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones de dicha Comisión, habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en Acta de sus razones.
3.- Los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Se considerarán Consejeros Independientes aquellos que, designados en atención a sus condiciones personales y profesionales, puedan desempeñar sus funciones sin verse condicionados por relaciones con la Sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos. No podrán ser clasificados en ningún caso como Consejeros Independientes quienes:
a) Hayan sido empleados o Consejeros Ejecutivos de sociedades del Grupo, salvo que hubieran transcurrido 3 ó 5 años, respectivamente, desde el cese de esa relación.
b) Perciban de la Sociedad, o de su mismo Grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de Consejero, salvo que no sea significativa. No se tomarán en cuenta, a efectos de lo dispuesto en este apartado, los dividendos ni los complementos de pensiones que reciba el consejero en razón de su anterior relación profesional o laboral, siempre que tales complementos tengan carácter incondicional y, en consecuencia, la sociedad que los satisfaga no pueda de forma discrecional, sin que medie incumplimiento de obligaciones, suspender, modificar o revocar su devengo.
c) Sean, o hayan sido durante los últimos 3 años, socio del auditor externo o responsable del informe de auditoría, ya se trate de la auditoría durante dicho período de Enagás, S.A. o de cualquier otra sociedad de su Grupo.
d) Sean consejeros ejecutivos o altos directivos de otra sociedad distinta en la que algún Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de Enagás, S.A. sea consejero externo.
e) Mantengan, o hayan mantenido durante el último año, una relación de negocios importante con Enagás, S.A. o cualquier sociedad de su Grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación. Se considerarán relaciones de negocios las de proveedor de bienes o servicios, incluidos los financieros, la de asesor o consultor.
f) Sean accionistas significativos, consejeros ejecutivos o altos directivos de una entidad que reciba, o haya recibido durante los 3 últimos años, donaciones significativas de Enagás, S.A. o de su Grupo. No se considerarán incluidos en esta letra quienes sean meros patronos de una Fundación que reciba donaciones.
g) Sean cónyuges, personas ligadas por análoga relación de afectividad, o parientes hasta el segundo grado de un Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de la Sociedad.
h) No hayan sido propuestos, ya sea para su nombramiento o renovación, por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
i) Se encuentren, respecto a algún accionista significativo o representado en el Consejo, en alguno de los supuestos señalados en las letras a), e), f) o g). En el caso de la relación de parentesco señalada en la letra g), la limitación se aplicará no sólo respecto del accionista, sino también respecto a sus consejeros dominicales en la sociedad participada. Los Consejeros Dominicales que pierdan tal condición como consecuencia de la venta de su participación por el accionista al que representaban sólo podrán ser reelegidos como consejeros independientes cuando el accionista al que representaban hasta ese momento hubiera vendido la totalidad de sus acciones en la Sociedad.
Un Consejero que posea una participación accionarial en la Sociedad podrá tener la condición de independiente, siempre que satisfaga todas las condiciones establecidas en este artículo y, además, su participación no sea significativa.
Los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, encargada de evaluar la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los Consejeros propuestos durante el mandato precedente, informará con carácter preceptivo sobre la propuesta de reelección de Consejeros que el Consejo de Administración decida presentar a la Junta General.
Con carácter general, deberá procurarse una adecuada rotación de los Consejeros Independientes. Por dicha razón, cuando se proponga la reelección de alguno de ellos, será preciso que se justifique la concurrencia de las circunstancias que aconsejen su continuidad. Los Consejeros Independientes no permanecerán como tales durante un período continuado superior a doce años.
ARTÍCULO 12.- CESE DE LOS CONSEJEROS.
1.- Los Consejeros cesarán en el cargo una vez celebrada la primera Junta General desde que haya transcurrido el período para el que fueron nombrados y en todos los demás supuestos en que así proceda de acuerdo con la Ley, los Estatutos Sociales y el presente Reglamento.
2.- Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los casos siguientes:
a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
b) Cuando infrinjan gravemente sus obligaciones como Consejeros.
c) Cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
d) Cuando desaparezca la causa por la que fueron nombrados, Ejecutivos.
e) Cuando los Consejeros Independientes dejen de reunir las condiciones exigidas por el art. 9.
f) Cuando el accionista al que representen los Consejeros dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f), si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
3.- El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos.
4.- Una vez producido el cese en el desempeño de su cargo, no podrá prestar servicios en otra entidad competidora durante el plazo de dos años, salvo que el Consejo de Administración le dispense de esta obligación o acorte su duración.
Disposiciones estatutarias que afectan a la modificación de Estatutos:
ARTÍCULO 26º. – QUÓRUM ESPECIAL.
Para que la Junta General Ordinaria o Extraordinaria pueda acordar válidamente la emisión de obligaciones, el aumento o la reducción del capital social, la transformación, fusión o escisión de la Sociedad, y en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales, será necesario en primera convocatoria la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto.
En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento del capital suscrito con derecho a voto.
El único miembro del Consejo de Administración que dispone de poderes de representación de la Sociedad es su Presidente D. Antonio Llardén Carratalá a quien el Consejo de Administración otorgó los poderes que constan en la escritura pública otorgada el 9 de febrero de 2007 ante el Notario de Madrid D. Pedro de la Herrán Matorras, con el número 324 de su protocolo y que constan inscritos en el registro Mercantil de Madrid Tomo 20.090; Libro 0; Folio 172, Sección 8; Hoja M-6113; Inscripción 668. Aunque dichos poderes comprenden amplias facultades de representación no incluyen la posibilidad de emitir o recomprar acciones de la Sociedad.
Con independencia de ello se encuentra en vigor el acuerdo 10º adoptado por la Junta General de Accionistas celebrada el 11 de mayo de 2007 en los siguientes términos:
"Facultar, tan ampliamente como en derecho sea necesario, al Consejo de Administración, para que de acuerdo con lo previsto en el artículo 153 b) de la Ley de Sociedades Anónimas, pueda aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier momento, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente Junta, en la cantidad máxima de 179 millones euros mediante la emisión de nuevas acciones, con o sin voto, con prima de emisión o sin ella, consistiendo el contravalor de las nuevas acciones a emitir en aportaciones dinerarias, pudiendo fijar los términos y condiciones del aumento de capital y las características de las acciones, así como ofrecer libremente las nuevas acciones no suscritas en el plazo o plazos de suscripción preferente, establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital quedará aumentado exclusivamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas y dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para excluir el derecho de suscripción preferente en los términos del artículo 159 de la Ley de Sociedades Anónimas".
h) Los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos, excepto cuando su divulgación resulte seriamente perjudicial para la sociedad. Esta excepción no se aplicará cuando la sociedad esté obligada legalmente a dar publicidad a esta información.
No existen acuerdos de esta naturaleza.
La Sociedad tiene suscrito con el Presidente Ejecutivo y con ocho de sus directivos contratos que incluyen cláusulas indemnizatorias expresas.
En todos los casos dichas cláusulas son de aplicación en los casos de extinción a instancias de la sociedad, despido disciplinario improcedente; despido por causas objetivas del art. 52 del Estatuto de los Trabajadores o decisión del directivo con fundamento en alguno de los motivos del art. 50 de los Estatutos de los Trabajadores y la resolución se declare justificada por conciliación entre las partes, Sentencia judicial, Laudo Arbitral o Resolución del Órgano Administrativo competente. No se aplican cuando la resolución se debe a decisión unilateral del Directivo sin expresión de causa alguna.
Todos estos contratos han sido aprobados por el Consejo de Administración.
El Consejo de Administración de la sociedad Enagás, S.A. en fecha 1 de febrero de 2010, y en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 171 de la Ley de Sociedades Anónimas y del artículo 37 del Código de Comercio, formuló las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión del ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2009, el cual viene constituido por los documentos anexos que preceden a este escrito.
Los administradores firmantes declaran que, hasta donde alcanza su conocimiento, las cuentas anuales, elaboradas con arreglo a los principios de contabilidad aplicables, ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad y que el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados empresariales y de la posición de la Sociedad, junto con la descripción de los principales riesgos e incertidumbres a que se enfrenta.
D. Antonio Llardén Carratalá
| D. José Luis Olivas Martínez |
|---|
| Consejero Dominical representante de Bancaja |
| D. Jesús David Álvarez Mezquíriz | D. Miguel Ángel Lasheras Merino |
|---|---|
| D. Antonio Téllez de Peralta | D. Martí Parellada Sabata |
| Dña. Teresa García-Milá Lloveras | Mr. Said Al Masoudi |
| D. Dionisio Martínez Martínez | Sagane Inversiones, S.L. (Representada por D. Carlos Egea Krauel) |
| D. Luis Javier Navarro Vigil | Sociedad Estatal de Participaciones Industriales-SEPI (Representada por D. Enrique Martínez Robles) |
| D. Ramón Peréz Simarro | Peña Rueda, S.L. Unipersonal (Representada por D. Manuel Menéndez Menéndez) |
| D. José Riva Francos | Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK (Representado por D. Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara) |
| Secretario del Consejo |
D. Rafael Piqueras Bautista
SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
FECHA FIN DE EJERCICIO: 31/12/2009
C.I.F.: A-28294726
Denominación social: ENAGAS, S.A.
Para una mejor comprensión del modelo y posterior elaboración del mismo, es necesario leer las instrucciones que para su cumplimentación figuran al final del presente informe.
A.1 Complete el siguiente cuadro sobre el capital social de la sociedad:
| Fecha de última modificación |
Capital Social (euros) | Número de acciones | Número de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| 03/05/2002 | 358.101.390,00 | 238.734.260 | 238.734.260 |
Indiquen si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
NO
A.2 Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas, de su entidad a la fecha de cierre de ejercicio, excluidos los consejeros:
| Nombre o denominación social del accionista | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos(*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) | 0 | 11.937.395 | 5,000 |
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | 0 | 11.936.702 | 5,000 |
| Nombre o denominación social | A través de: Nombre o | Número de derechos | % sobre el total de |
|---|---|---|---|
| del titular indirecto de la | denominación social del titular | de voto directos | derechos de voto |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
CANTABRICA DE INVERSIONES DE CARTERA, S.L. (CIC, S.L.) |
11.937.395 | 5,000 |
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 5,000 |
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
11.936.702 | 5,000 |
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
A.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos de voto de las acciones de la sociedad:
| Nombre o denominación social del consejero | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | 38.316 | 0 | 0,016 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | 400 | 0 | 0,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | 2.010 | 0 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | 10 | 3.986 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 0,000 |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | 1.500 | 0 | 0,001 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 0,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 5,000 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
11.936.713 | 0 | 5,000 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
BANCAJA INVERSIONES, S.A. | 11.936.713 | 5,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | KARTERA 1, S.L. | 11.936.713 | 5,000 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL |
NEWCOMER 2000, S.L.U. | 3.986 | 0,002 |
| % total de derechos de voto en poder del consejo de administración | 20,020 |
|---|---|
Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos sobre acciones de la sociedad:
| Nombre o denominación social del consejero | Nº de derechos de opción directo |
Nº de derechos de opción indirecto |
Nº de acciones equivalentes |
% sobre el total de derchos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | 38.316 | 0 | 38.316 | 0,016 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
0 | 11.936.713 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | 400 | 0 | 400 | 0,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | 0 | 11.936.713 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | 2.010 | 0 | 2.010 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | 10 | 3.986 | 3.996 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 910 | 0,000 |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | 1.500 | 0 | 1.500 | 0,001 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 100 | 0,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
11.936.713 | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
A.4 Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
A.5 Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 12.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Comercial
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) POR EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : PÓLIZA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE PRÉSTAMO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 30.000.
Comercial
PARTICIPACIÓN DE CAJASTUR EN PRÉSTAMO CLUB DEAL SUSCRITO EL 24/01/2004 Y DESEMBOLSADO EL 10/01/2005, QUE SE AMORTIZÓ ANTICIPADAMENTE CON FECHA DE 10/07/2009. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 65.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145 (TODOS LOS IMPORTES EN MILES DE EUROS).
SAGANE INVERSIONES, S.L.
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
CANTABRICA DE INVERSIONES DE CARTERA, S.L.
BANCAJA INVERSIONES, S.A.
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO: 8.041.
OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U.
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES
Comercial
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) PARA EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación :
Comercial
Breve descripción :
CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE PRÉSTAMO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 12.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación :
Breve descripción :
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) PARA EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 30.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación :
Societaria
Breve descripción :
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
A.6 Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en el art. 112 de la LMV. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
NO
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
NO
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
No se tiene constancia.
A.7 Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
NO
A.8 Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:
A fecha de cierre del ejercicio:
| Número de acciones directas | Número de acciones indirectas (*) | % total sobre capital social |
|---|---|---|
| 0 | 0 | 0,000 |
(*) A través de:
Total 0
Detalle las variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:
Plusvalía/(Minusvalía) de las acciones propias enajenadas durante el periodo (miles de euros) 0
A.9 Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la Junta al Consejo de Administración para llevar a cabo adquisiciones o transmisiones de acciones propias.
No existe autorización vigente de la Junta General al Consejo de Administración para la adquisición o transmisión de acciones propias.
A.10 Indique, en su caso, las restricciones legales y estatutarias al ejercicio de los derechos de voto, así como las restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social. Indique si existen restricciones legales al ejercicio de los derechos de voto:
SI
| Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por restricción legal | 3,000 |
|---|---|
| --------------------------------------------------------------------------------------------- | ------- |
Indique si existen restricciones estatutarias al ejercicio de los derechos de voto:
SI
Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por una restricción estatutaria
3,000
El artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de los derechos políticos) de los Estatutos Sociales se modificó en Junta General Extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2007 para adaptarlo a lo previsto en la Ley 12/2007, de 2 julio.
La Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, da nueva redacción a la Disposición Adicional Vigésima de la citada Ley 34/1998 por la que se atribuye a Enagás, S.A. la condición de Gestor Técnico del Sistema Gasista y se establecen limitaciones a la participación en su capital. La nueva redacción de la citada Disposición Adicional es la siguiente:
Disposición Adicional Vigésima. Gestor Técnico del Sistema. La empresa ENAGÁS, Sociedad Anónima, asumirá las funciones, derechos y obligaciones del Gestor Técnico del Sistema Gasista. (...)
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la empresa responsable de la gestión técnica del sistema, en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos en dicha sociedad por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto. Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma
concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley.
Por su parte, la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 12/2007, de 2 de julio dispone que antes de que transcurran cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley, la sociedad Enagás, S.A. procederá a la adaptación de sus estatutos a lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 12/2007, de 2 de julio:
Disposición Transitoria Segunda. Gestor Técnico del Sistema Gasista. Los derechos de voto correspondientes a las acciones u otros valores que posean las personas que participen en el capital de ENAGÁS, Sociedad Anónima, excediendo de los porcentajes máximos señalados en la disposición adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, quedarán en suspenso desde la entrada en vigor de la presente disposición. La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto.
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos) de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente:
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
SI
En cumplimiento de lo previsto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, el artículo 6 bis de los Estatutos Sociales, establece que ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
A.11 Indique si la Junta General ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
NO
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
B.1 Consejo de Administración
| Número máximo de consejeros | 17 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 6 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Cargo en el consejo |
F. Primer nombram |
F. Ultimo nombram |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ |
-- | PRESIDENTE | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
JOSÉ LUIS OLIVAS MARTÍNEZ |
VICEPRESIDENTE | 09/07/2002 | 11/05/2007 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA |
-- | CONSEJERO | 19/09/2005 | 22/04/2006 | COOPTACIÓN |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
JOSEBA ANDONI AURREKOETXEA BERGARA |
CONSEJERO | 28/11/2007 | 25/04/2008 | COOPTACIÓN |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Cargo en el consejo |
F. Primer nombram |
F. Ultimo nombram |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ |
-- | CONSEJERO | 31/05/2002 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ |
-- | CONSEJERO | 25/04/2003 | 11/05/2007 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON JOSÉ RIVA FRANCOS |
-- | CONSEJERO | 31/05/2002 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL |
-- | CONSEJERO | 09/07/2002 | 11/05/2007 | COOPTACIÓN |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA |
-- | CONSEJERO | 17/03/2005 | 22/04/2005 | COOPTACIÓN |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS |
-- | CONSEJERO | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO |
-- | CONSEJERO | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| PEÑA RUEDA, S.L. UNIPERSONAL |
MANUEL MENÉNDEZ MENÉNDEZ |
CONSEJERO | 30/04/2004 | 25/04/2008 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO |
-- | CONSEJERO | 17/06/2004 | 27/03/2009 | COOPTACIÓN |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. |
CARLOS EGEA KRAUEL |
CONSEJERO | 27/04/2009 | 27/04/2009 | COOPTACIÓN |
| DON SAID MOHAMED ABDULAH AL MASOUDI |
-- | CONSEJERO | 27/07/2009 | 27/07/2009 | COOPTACIÓN |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
ENRIQUE MARTÍNEZ ROBLES |
CONSEJERO | 25/04/2008 | 25/04/2008 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 16
| Nombre o denominación social del consejero | Condición consejero en el momento de cese |
Fecha de baja |
|---|---|---|
| DON SALVADOR GABARRÓ SERRA | DOMINICAL | 07/04/2009 |
| DON CARLOS EGEA KRAUEL | DOMINICAL | 27/04/2009 |
B.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta condición:
| Nombre o denomincaión del consejero | Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
PRESIDENTE |
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % total del consejo | 6,250 |
| Nombre o denominación del consejero |
Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
BANCAJA INVERSIONES, S.A. |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
| PEÑA RUEDA, S.L. UNIPERSONAL | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
SAGANE INVERSIONES, S.L. |
| DON SAID MOHAMED ABDULAH AL MASOUDI |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
| Nombre o denominación del consejero |
Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|---|
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
| Número total de consejeros dominicales | 6 |
|---|---|
| % total del Consejo | 37,500 |
DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA
Perfil
EX-PROFESOR DE LA POLITÉCNICA DE MADRID; EX-DIRECTOR GENERAL DE ENAGÁS, S.A.; EX-CONSEJERO DELEGADO DE GAS NATURAL SDG, S.A.; EX-CONSEJERO DELEGADO DE COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS, S.A. (CLH); EX-PRESIDENTE DE TERQUIMSA; EX-PRESIDENTE DEL GRUPO COINTRA; EX-DIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES DEL GRUPO LECHE PASCUAL; EX-DIRECTOR GENERAL DE BIOCARBURANTES PENINSULARES Y TECNÓLOGO A. DEL CENTRO DE TECNOLOGÍA (CTR) DE REPSOL YPF.
DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
Perfil
ABOGADO Y EX-SECRETARIO DEL CONSEJO DE EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A.
DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ
PRESIDENTE DE BIOCARBURANTES PENINSULARES, S.L.; CONSEJERO DE BODEGAS VEGA SICILIA, S.A; CONSEJERO DELEGADO DE EULEN, S.A. Y CONSEJERO DE EL ENEBRO, S.A.
DON JOSÉ RIVA FRANCOS
CONSEJERO DE LOGISTA, S.A.; VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DELEGADO DE LAS EMPRESAS DEL GRUPO SUARDIAZ.
DON MARTÍ PARELLADA SABATA
PRESIDENTE DE COMFORSA.; CONSEJERO DE EPLICSA; CONSEJERO DEL GRUPO MGO, S.A.; PATRONO DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO) Y VICEPRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE ECONOMÍA DE BARCELONA.
DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS
Perfil
CATEDRÁTICA DE ECONOMÍA Y VICERRECTORA DE POLÍTICA CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA (UPF); CONSEJERA Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL BANCO SABADELL, S.A.; VOCAL DEL CÍRCULO DE ECONOMÍA Y MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE CENTRE DE RESERCA EN ECONOMÍA INTERNACIONAL (CREI);
DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO
Perfil
PRESIDENTE DE INTERMONEY ENERGÍA, S.A. Y DE WIND TO MARKET, S.A.
DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO
Perfil
EX DIRECTOR GENERAL DE LA ENERGÍA; EX SECRETARIO GENERAL DE LA ENERGÍA Y RECURSOS MINERALES; EX-SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA; EX-PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Y EX-DIRECTOR ACADÉMICO DE LA FUNDACIÓN REPSOL YPF.
| Número total de consejeros independientes | 8 |
|---|---|
| % total del consejo | 50,000 |
| Nombre o denominación del consejero | Comisión que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
| Número total de otros consejeros externos | 1 |
|---|---|
| % total del consejo | 6,250 |
Detalle los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas.
Nombre o denominación social del consejero DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo BP ESPAÑA, S.A.
El accionista (B.P. España S.A.U.) que propuso su nombramiento como Consejero Dominical en fecha 15/11/2006, vendió su total participación en el capital de la Sociedad. No obstante, no es considerado Independiente por mantener o haber mantenido una relación de negocios importante con la Sociedad. Ello no obstante, se ha considerado oportuno incluir a Don Luis Javier Navarro Vigil en la categoría de Otros Consejeros Externos por no darse todas las condiciones que para la calificación de Consejeros Independientes
establece el Código Unificado de Buen Gobierno en relación con la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre y la Circular 4/2007, de 27 de diciembre, de la CNMV.
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la tipología de cada consejero:
B.1.4 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 5% del capital.
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido.
NO
B.1.5 Indique si algún consejero ha cesado en su cargo antes del término de su mandato, si el mismo ha explicado sus razones y a través de qué medio, al Consejo, y, en caso de que lo haya hecho por escrito a todo el Consejo, explique a continuación, al menos los motivos que el mismo ha dado:
SI
DON CARLOS EGEA KRAUEL
El 27 de abril de 2009 presentó su renuncia al cargo de Consejero Dominical, designado a propuesta de SAGANE INVERSIONES, S.L. El Consejo de Administración de Enagás, S.A. en esa misma fecha, acordó el nombramiento por cooptación como Consejero persona jurídica del accionista SAGANE INVERSIONES, S.L., representada en el Consejo por D. Carlos Egea Krauel, en sustitución del propio Sr. Egea, hasta esa fecha Consejero persona física, todo ello a propuesta del accionista SAGANE INVERSIONES, S.L. que mantuvo así su condición de Consejero Dominical.
Igualmente en ese Consejo de Administración se acordó el nombramiento de SAGANE INVERSIONES, S.L., representada por D. Carlos Egea Krauel, como miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el cese del Sr. Egea como miembro de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
DON SALVADOR GABARRÓ SERRA
El 7 de abril de 2009 presentó su renuncia al cargo como Consejero Dominical, designado a propuesta de GAS NATURAL SDG, S.A. La renuncia supuso el cese del Sr. Gabarró como Presidente y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del Consejo.
La renuncia del Sr. Gabarró se produjo con el objeto de dar cumplimiento por parte de GAS NATURAL SDG, S.A. al compromiso en tal sentido previsto en la Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) notificada el 12 de febrero de 2008, por la que se autorizó la operación de concentración económica consistente en la adquisición de control de UNIÓN FENOSA, S.A. por GAS NATURAL SDG, S.A.
B.1.6 Indique, en el caso de que exista, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s:
B.1.7 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:
B.1.8 Detalle, en su caso, los consejeros de su sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras entidades cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la sociedad:
| Nombre o denominación social consejero | Denomincación social de la entidad cotizada | Cargo |
|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
NH HOTELES. S.A. | CONSEJERO |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
BANCO DE VALENCIA. S.A. | PRESIDENTE |
| DON JOSÉ RIVA FRANCOS | COMPAÑÍA DE DISTRIBUCION INTEGRAL LOGISTA. S.A. |
CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS |
BANCO DE SABADELL. S.A. | CONSEJERO |
B.1.9 Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros:
NO
B.1.10 En relación con la recomendación número 8 del Cödigo Unificado, señale las políticas y estrategias generales de la sociedad que el Consejo en pleno se ha reservado aprobar:
| La política de inversiones y financiación | SI |
|---|---|
| La definición de la estructura del grupo de sociedades | SI |
| La política de gobierno corporativo | SI |
| La política de responsabilidad social corporativa | SI |
| El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales | SI |
| La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos | SI |
| La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control |
SI |
|---|---|
| La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites | SI |
B.1.11 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los consejeros devengada durante el ejercicio:
| Concepto retributivo | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Retribucion Fija | 924 |
| Retribucion Variable | 554 |
| Dietas | 1.155 |
| Atenciones Estatutarias | 0 |
| Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros | 0 |
| Otros | 79 |
| Otros Beneficios | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Anticipos | 0 |
| Creditos concedidos | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones | 10 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas | 0 |
| Primas de seguros de vida | 68 |
| Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | 0 |
b) Por la pertenencia de los consejeros de la sociedad a otros consejos de administración y/o a la alta dirección de sociedades del grupo:
| Concepto retributivo | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Retribucion Fija | 0 |
| Retribucion Variable | 0 |
| Dietas | 0 |
| Atenciones Estatutarias | 0 |
| Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros | 0 |
| Otros | 0 |
| Total |
|---|
| ------- |
| Otros Beneficios | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Anticipos | 0 |
| Creditos concedidos | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas | 0 |
| Primas de seguros de vida | 0 |
| Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | 0 |
| Tipología consejeros | Por sociedad | Por grupo |
|---|---|---|
| Ejecutivos | 1.621 | 0 |
| Externos Dominicales | 436 | 0 |
| Externos Independientes | 579 | 0 |
| Otros Externos | 76 | 0 |
| Total | 2.712 | 0 |
d) Respecto al beneficio atribuido a la sociedad dominante
| Remuneración total consejeros(en miles de euros) | 2.712 |
|---|---|
| Remuneración total consejeros/beneficio atribuido a la sociedad dominante (expresado en %) | 1,0 |
B.1.12 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:
| Nombre o denominación social | Cargo |
|---|---|
| DON JOSÉ ESPEJO SERRANO | AUDITOR INTERNO |
| DON DIEGO DE REINA LOVERA | DIRECTOR ECONÓMICO FINANCIERO |
| DON ANTONIO GARCÍA MATEO | DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍA, INGENIERÍA Y COMPRAS |
| DON RAMÓN SÁNCHEZ VALERA | DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y ATR |
| DON FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ JULIÁ | DIRECTOR GENERAL DE OPERACIÓN Y GESTIÓN TÉCNICA DEL SISTEMA |
| DON ERUNDINO NEIRA QUINTAS | DIRECTOR DE RECURSOS |
| DON JUAN PONS GUARDIA | DIRECTOR GENERAL DE ESTRATEGIA Y REGULACIÓN |
| DON RAFAEL PIQUERAS BAUTISTA | SECRETARIO GENERAL |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 2.450 |
|---|---|
| ------------------------------------------------------- | ------- |
B.1.13 Identifique de forma agregada si existen cláusulas de garantía o blindaje, para casos de despido o cambios de control a favor de los miembros de la alta dirección, incluyendo los consejeros ejecutivos, de la sociedad o de su grupo. Indique si estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo:
| Número de beneficiarios 9 |
|---|
| ------------------------------ |
| Consejo de Administración | Junta General | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | SI | NO |
| ¿Se informa a la Junta General sobre las cláusulas? | NO |
|---|---|
| ----------------------------------------------------- | ---- |
B.1.14 Indique el proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas estatutarias relevantes al respecto.
El proceso para establecer la renumeración de los miembros del Consejo de Administración se halla previsto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, que establece lo siguiente:
El cargo de Consejero será retribuido. La Junta General de Accionistas determinará la retribución total máxima a percibir por los miembros del Consejo de Administración, que será una cantidad alzada en metálico, con carácter anual o por el periodo de tiempo que la Junta acuerde.
Al fijar la retribución, la Junta General podrá acordar que una parte de la misma se aplique a retribuir la condición misma de Consejero, de forma igualitaria entre todos los miembros, y otra parte se distribuya por el propio Consejo de Administración, atendiendo a los criterios que la propia Junta General señale.
Los Consejeros podrán ser remunerados adicionalmente con la entrega de acciones de la Sociedad, derechos de opción sobre acciones o de otros valores que den derecho a la obtención de acciones o mediante sistemas retributivos diferenciados al valor de cotización de las acciones. La aplicación de dichos sistemas deberá ser acordada por la Junta General, que determinará el valor de las acciones que se tome como referencia, el número de acciones a entregar a cada Consejero, el precio de ejercicio de los derechos de opción, el plazo de duración del sistema que se acuerde y cuantas condiciones estime oportunas.
La retribución prevista en este artículo será compatible e independiente de los sueldos, retribuciones, indemnizaciones, pensiones o compensaciones de cualquier clase, establecidas con carácter general o singular para aquellos miembros del Consejo de Administración que mantengan con la Sociedad relación laboral común o especial de Alta Dirección o de prestación de servicios, relaciones que serán compatibles con la condición de miembro del Consejo de Administración.
Los miembros del Consejo de Administración tendrán derecho al abono o reembolso de los gastos en que éstos hubieran incurrido como consecuencia de su asistencia a reuniones y demás tareas relacionadas directamente con el desempeño de su cargo, tales como desplazamiento, alojamiento, manutención y cualquier otro en que pueda incurrir. En virtud de lo señalado anteriormente, ha establecido un régimen retributivo de los Consejeros dirigido a cubrir tanto la responsabilidad asociada al ejercicio del cargo, como a la dedicación efectiva y la asistencia a las sesiones, sin eliminar y reducir, en modo alguno, las competencias de la Junta General, a la que corresponde determinar la cuantía máxima a percibir por los Administradores y la forma y criterios que deberán tenerse en cuanta en la asignación y reparto concreto de dicha retribución, que será efectuada por el Consejo de Administración, siguiendo las pautas determinadas por la Junta General.
Asimismo, el artículo 16 del Reglamento del Consejo de Administración determina que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones establece los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos Sociales y de acuerdo con lo que señale la Junta General, siendo competencia del propio Consejo la definitiva distribución de la suma global, dentro de los límites estatutariamente establecidos a este fin. El Consejo de Administración podrá delegar en la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, con carácter anual, las facultades que le son atribuidas en
relación con la retribución de los Consejeros, dentro de los límites estatutarios.
La retribución de los Consejeros será transparente. La Memoria, como parte integrante de las Cuentas Anuales, contendrá información detallada y desglosada sobre la retribución percibida por cada uno de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, así como de las retribuciones por desempeño de funciones de Alta Dirección de los Consejeros Ejecutivos. Además, se incluirá esta información en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
| A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización. |
SI |
|---|---|
| La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos. |
SI |
B.1.15 Indique si el Consejo de Administración aprueba una detallada política de retribuciones y especifique las cuestiones sobre las que se pronuncia:
| SI | |
|---|---|
| Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen |
SI |
|---|---|
| Conceptos retributivos de carácter variable | SI |
| Principales características de los sistemas de previsión, con una estimación de su importe o coste anual equivalente. |
SI |
| Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos |
SI |
B.1.16 Indique si el Consejo somete a votación de la Junta General, como punto separado del orden del día, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. En su caso, explique los aspectos del informe respecto a la política de retribuciones aprobada por el Consejo para los años futuros, los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio y un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en el ejercicio. Detalle el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado:
SI
El Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, propone anualmente a la Junta General de Accionistas la retribución máxima que corresponde a los Consejeros por el
desempeño de su cargo, así como el desglose por asistencias y por pertenencia a sus Comisiones, por Presidencia de dichas Comisiones y por el desempeño de la Vicepresidencia del Consejo.
La retribución del Presidente por el desempeño de sus funciones ejecutivas es aprobada por el Consejo de Administración.
Informa al Consejo acerca de todas las propuestas relativas a la política de retribuciones.
¿Ha utilizado asesoramiento externo?
B.1.17 Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, directivos o empleados de sociedades que ostenten participaciones significativas en la sociedad cotizada y/o en entidades de su grupo:
Detalle, en su caso, las relaciones relevantes distintas de las contempladas en el epígrafe anterior, de los miembros del Consejo de Administración que les vinculen con los accionistas significativos y/o en entidades de su grupo:
B.1.18 Indique, si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
NO
B.1.19 Indique los procedimientos de nombramiento, reelección, evaluación y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS:
Conforme al artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración de Enagás, S.A. Los Consejeros serán nombrados por la Junta General o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas y en los Estatutos Sociales.
El nombramiento habrá de recaer en personas que, además de cumplir los requisitos legales y estatutarios que el cargo exige, gocen de reconocido prestigio y posean los conocimientos y experiencia profesionales adecuados al ejercicio de sus funciones.
Las propuestas de nombramiento de Consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y las decisiones de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas, deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Siguiendo las Recomendaciones de Buen Gobierno, cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones de dicha Comisión, habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en Acta de sus razones.
Los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Mención especial merece el nombramiento de Consejeros Independientes, ya que en el artículo 9 del Reglamento del Consejo se establecen determinados requisitos que aseguran su independencia e imparcialidad. Se considerarán Consejeros Independientes aquellos que, designados en atención a sus condiciones personales y profesionales, puedan desempeñar sus funciones sin verse condicionados por relaciones con la Sociedad, sus Accionistas Significativos o sus Directivos. No podrán ser clasificados en ningún caso como Consejeros Independientes quienes:
a) Hayan sido empleados o Consejeros Ejecutivos de sociedades del Grupo, salvo que hubieran transcurrido tres (3) ó cinco (5) años, respectivamente, desde el cese de esa relación.
b) Perciban de la Sociedad, o de su mismo Grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de Consejero, salvo que no sea significativa. No se tomarán en cuenta, a efectos de lo dispuesto en este apartado, los dividendos ni los complementos de pensiones que reciba el consejero en razón de su anterior relación profesional o laboral, siempre que tales complementos tengan carácter incondicional y, en consecuencia, la sociedad que los satisfaga no pueda de forma discrecional, sin que medie incumplimiento de obligaciones, suspender, modificar o revocar su devengo.
c) Sean, o hayan sido durante los últimos tres (3) años, socio del auditor externo o responsable del informe de auditoría, ya se trate de la auditoría durante dicho período de Enagás, S.A. o de cualquier otra sociedad de su Grupo.
d) Sean Consejeros Ejecutivos o Altos Directivos de otra sociedad distinta en la que algún Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de Enagás, S.A. sea Consejero Externo.
e) Mantengan, o hayan mantenido durante el último año, una relación de negocios importante con Enagás, S.A. o cualquier sociedad de su Grupo, ya sea en nombre propio o como Accionista Significativo, Consejero o Alto Directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación. Se considerarán relaciones de negocios las de proveedor de bienes o servicios, incluidos los financieros, la de asesor o consultor.
f) Sean Accionistas Significativos, Consejeros Ejecutivos o Altos Directivos de una entidad que reciba, o haya recibido durante los tres (3) últimos años, donaciones significativas de Enagás, S.A. o de su Grupo. No se considerarán incluidos en esta letra quienes sean meros patronos de una Fundación que reciba donaciones.
g) Sean cónyuges, personas ligadas por análoga relación de afectividad, o parientes hasta el segundo grado de un Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de la Sociedad.
h) No hayan sido propuestos, ya sea para su nombramiento o renovación, por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
i) Se encuentren, respecto a algún Accionista Significativo o representado en el Consejo, en alguno de los supuestos señalados en las letras a), e), f) o g). En el caso de la relación de parentesco señalada en la letra g), la limitación se aplicará no sólo respecto del Accionista, sino también respecto a sus Consejeros Dominicales en la sociedad participada. Los Consejeros Dominicales que pierdan tal condición como consecuencia de la venta de su participación por el accionista al que representaban sólo podrán ser reelegidos como Consejeros Independientes cuando el accionista al que representaban hasta ese momento hubiera vendido la totalidad de sus acciones en la Sociedad.
Un Consejero que posea una participación accionarial en la Sociedad podrá tener la condición de Independiente, siempre que satisfaga todas las condiciones establecidas en este artículo y, además, su participación no sea significativa.
El artículo 10 del Reglamento del Consejo determina que los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.
Con carácter general, deberá procurarse una adecuada rotación de los Consejeros Independientes. Por dicha razón, cuando se proponga la reelección de alguno de ellos, será preciso que se justifique la concurrencia de las circunstancias que aconsejen su continuidad. Los Consejeros Independientes no permanecerán como tales durante un período continuado superior a doce (12) años.
Por su parte, el artículo 11 del mencionado Reglamento establece que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, encargada de evaluar la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los Consejeros propuestos durante el mandato precedente, informará con carácter preceptivo sobre la propuesta de reelección de Consejeros que el Consejo de Administración decida presentar a la Junta General.
Los Consejeros cesarán en el cargo una vez celebrada la primera Junta General desde que haya transcurrido el período para el que fueron nombrados y en todos los demás supuestos en que así proceda de acuerdo con la Ley, los Estatutos Sociales y el presente Reglamento (artículo 12.1 del Reglamento del Consejo).
El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos (artículo 12.3 del Reglamento del Consejo).
Siguiendo las recomendaciones de Buen Gobierno, el artículo 12 del Reglamento del Consejo contempla que:
Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los casos siguientes:
a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
b) Cuando infrinjan gravemente sus obligaciones como Consejeros.
c) Cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
d) Cuando desaparezca la causa por la que fueron nombrados Ejecutivos.
e) Cuando los Consejeros Independientes dejen de reunir las condiciones exigidas por el artículo 9.
f) Cuando el accionista al que representen los Consejeros dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f), si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos.
Una vez producido el cese en el desempeño de su cargo, no podrá prestar servicios en otra entidad competidora durante el plazo de dos (2) años, salvo que el Consejo de Administración le dispense de esta obligación o acorte su duración.
B.1.21 Explique si la función de primer ejecutivo de la sociedad recae en el cargo de presidente del Consejo. En su caso, indique las medidas que se han tomado para limitar los riesgos de acumulación de poderes en una única persona:
El Presidente del Consejo de Administración, ejerce la función de Primer Ejecutivo de la Sociedad. Además de las funciones y facultades que le sean atribuidas por la Ley y los Estatutos Sociales, ejerce la efectiva dirección de los negocios de la Compañía, de acuerdo siempre con las decisiones y criterios fijados por la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
No obstante, el Reglamento del Consejo de Administración contiene una relación detallada de las cuestiones que necesariamente han de ser sometidas al Consejo de Administración; con carácter general, el Consejo de Administración se ha reservado las decisiones sobre las operaciones cuya cuantificación supere la cantidad de tres millones de euros (3.000.000 Euros). En los mismos términos, las normas internas de Enagás, S.A. sobre inversiones y adjudicaciones fijan la competencia del Consejo para las decisiones que superen la cantidad de tres millones de euros (3.000.000 Euros).
Indique y en su caso explique si se han establecido reglas que facultan a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día, para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos y para dirigir la evaluación por el Consejo de Administración
SI
El artículo 17 del Reglamento del Consejo de Enagás, S.A. en su texto modificado el 29 de marzo de 2007, establece que, cuando el Presidente del Consejo sea también el Primer Ejecutivo de la Sociedad, el Consejo de Administración podrá facultar a uno de los Consejeros Independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el Orden del día; para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los Consejeros Externos; y para dirigir la evaluación por el Consejo de su Presidente.
B.1.22 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
NO
Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos:
Todo tipo de acuerdos
| Quórum | % |
|---|---|
| El Consejo de Administración queda válidamente constituido cuando concurren al mismo, al menos, la mitad más uno de los presentes o representados, salvo en el caso de falta de convocatoria, en que se requiere la asistencia de todos los miembros. |
51,00 |
| Tipo de mayoría | % |
| Los acuerdos se adoptan con el voto de la mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes o representados, |
B.1.23 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente.
NO
B.1.24 Indique si el presidente tiene voto de calidad:
NO
B.1.25 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
NO
| Edad límite presidente | Edad límite consejero delegado | Edad límite consejero |
|---|---|---|
| 0 | 0 | 0 |
B.1.26 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado para los consejeros independientes:
SI
Número máximo de años de mandato 12
B.1.27 En el caso de que sea escaso o nulo el número de consejeras, explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación
| Explicación de los motivos y de las iniciativas |
|---|
| Hasta la fecha de elaboración del presente informe sólo uno (1) de los miembros del Consejo de Administración de |
| Enagás, S.A. es mujer, Doña María Teresa García-Milá Lloveras, del total de dieciséis (16) miembros del Consejo de |
| Administración, por lo que Enagás, S.A. es consciente de que debería incentivar y procurar la presencia femenina en los |
| casos de presentarse alguna vacante en el Consejo, especialmente para puestos independientes. En línea con lo |
| expuesto, el Consejo adoptó iniciativas dirigidas a corregir la desigualdad de género. En concreto, el artículo 8 del |
| Reglamento del Consejo, incorpora expresamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres que formula el Código |
| Unificado. Dicho precepto establece que los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que |
| obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que |
| reúnan el perfil profesional buscado. |
En particular, indique si la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha establecido procedimientos para que los procesos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y busque deliberadamente candidatas que reúnan el perfil exigido:
SI
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en el ejercicio de sus funciones, y en cumplimiento del Reglamento del Consejo, siempre que se produce una vacante, analiza el perfil profesional de las potenciales candidatas, procurando que el número de mujeres Consejeras en el Consejo de la Compañía, sea cada vez mayor.
El artículo 39 de los Estatutos Sociales establece que cada Consejero puede conferir su representación a otro Consejero y delegarle el voto, pero ninguno de los presentes puede ostentar más de dos representaciones y delegaciones de voto.
Además, según el artículo 7.3 del Reglamento del Consejo de Administración, la representación de los Consejeros ausentes podrá conferirse por cualquier medio, siendo válido el telegrama o telefax dirigido a la Presidencia o a la Secretaría del Consejo.
B.1.29 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su Presidente:
| Número de reuniones del consejo | 12 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente | 0 |
| Número de reuniones de la comisión ejecutiva o delegada | 0 |
|---|---|
| Número de reuniones del comité de auditoría | 5 |
| Número de reuniones de la comisión de nombramientos y retribuciones | 4 |
| Número de reuniones de la comisión de nombramientos | 0 |
| Número de reuniones de la comisión de retribuciones | 0 |
B.1.30 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio sin la asistencia de todos sus miembros. En el cómputo se considerarán no asistencias las representaciones realizadas sin instrucciones específicas:
| Número de no asistencias de consejeros durante el ejercicio | 16 |
|---|---|
| % de no asistencias sobre el total de votos durante el ejercicio | 8,000 |
B.1.31 Indique si las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan para su aprobación al Consejo están previamente certificadas:
SI
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha o han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
| Nombre | Cargo |
|---|---|
| DON DIEGO DE REINA LOVERA | DIRECTOR ECONÓMICO-FINANCIERO |
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | PRESIDENTE |
B.1.32 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el Consejo de administración para evitar que las cuentas individuales y consolidadas por él formuladas se presenten en la Junta General con salvedades en el informe de auditoría.
El Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento tienen la obligación de tratar que la formulación de las Cuentas Anuales se realice sin salvedades:
El artículo 5, apartado c) del Reglamento del Consejo de Administración, establece, entre las funciones del Consejo de Administración relativas a las Cuentas Anuales, las siguientes:
Formular, en términos claros y precisos, que faciliten la adecuada comprensión de su contenido, las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, tanto individuales como consolidados, una vez en su poder los informes emitidos por la Dirección Económico-Financiera y el informe que, en relación con ellos, haya emitido la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y tras las pertinentes aclaraciones.
En la formulación de las Cuentas Anuales, el Consejo de Administración atenderá a todos aquellos comentarios o recomendaciones que previamente haya realizado la Comisión de Auditoría y Cumplimiento en su Informe. En caso de que las Cuentas Anuales formuladas se alejen del informe previo elaborado por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, el Consejo de Administración dará explicación suficiente de las causas que lo justifiquen.
El Consejo de Administración procurará formular las Cuentas de manera que no haya lugar a salvedades por parte del Auditor de Cuentas de la Sociedad. No obstante, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, explicará públicamente el contenido y alcance de la discrepancia.
Correlativamente, el artículo 7, apartado C) del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, dota a esta Comisión
de la función de servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los Auditores, evaluar los resultados de cada Auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquéllos y éste, en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros.
Enagás, S.A. realiza revisiones trimestrales limitadas de los estados financieros con el fin de conocer desde el primer momento, las posibles fuentes de riesgo que pueden afectar a los mismos y cualquier salvedad que pudiera surgir, llevándose a cabo las medidas oportunas para resolver cualquier salvedad.
B.1.33 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
NO
B.1.34 Explique los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo, indicando si su nombramiento y cese han sido informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo.
Procedimiento de nombramiento y cese
El artículo 20 del Reglamento del Consejo detalla los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo:
El Secretario del Consejo de Administración será nombrado por éste último y no necesitará ser Consejero. A él corresponde el ejercicio de las funciones que en dicha condición le atribuyen la legislación mercantil y el presente Reglamento. Para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombramiento y cese serán informados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobados por el pleno del Consejo. Asimismo, el artículo 25 de dicho Reglamento contempla, dentro de las funciones de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la de informar el nombramiento o cese del Secretario del Consejo de Administración.
| ¿La Comisión de Nombramientos informa del nombramiento? | SI |
|---|---|
| ¿La Comisión de Nombramientos informa del cese? | SI |
| ¿El Consejo en pleno aprueba el nombramiento? | SI |
| ¿El Consejo en pleno aprueba el cese? | SI |
¿Tiene el secretario del Consejo enconmendada la función de velar, de forma especial, por las recomendaciones de buen gobierno?
SI
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.3 del Reglamento del Consejo, el Secretario cuidará, en todo caso, de la legalidad formal y material de las actuaciones del Consejo de Administración y garantizará que sus procedimientos y reglas de gobierno sean respetados y regularmente revisados. De manera especial velará para que las actuaciones del Consejo:
a) Se ajusten a la letra y el espíritu de las Leyes y sus Reglamentos, incluidos los aprobados por los Organismos
Reguladores.
b) Sean conformes con los Estatutos de la Sociedad y con los Reglamentos del Consejo y demás que tenga la Compañía.
c) Tengan presentes las Recomendaciones sobre Buen Gobierno que la Sociedad haya aceptado.
B.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia del auditor, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.
Para preservar la independencia de los Auditores Externos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento del Consejo de Administración de Enagás, S.A. tiene, como objetivos básicos, evaluar el sistema de verificación contable de la Sociedad, velar por la independencia del Auditor Externo, revisar el sistema de control interno y velar por la transparencia informativa y por el cumplimiento de las normas internas de conducta.
Además, tiene, entre otras, la función de proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General, el nombramiento de los Auditores de Cuentas Externos, de acuerdo con la normativa aplicable, e informar sobre la retribución de los Auditores Externos, así como relacionarse con los mismos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en peligro la independencia de éstos.
Corresponde al Consejo de Administración adoptar y ejecutar cuantos actos o medidas sean precisos para asegurar la transparencia de la Sociedad ante los mercados financieros, para promover una correcta formación de los precios de las acciones de la Sociedad y de sus filiales, para supervisar, a través de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, las informaciones públicas periódicas de carácter financiero y para desarrollar cuantas funciones vengan impuestas por el carácter de sociedad cotizada de la Compañía, según la legislación vigente.
A los efectos oportunos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, hace partícipes a los Auditores Externos de las reuniones que mantiene trimestralmente con el fin de:
. Recabar información de las revisiones trimestrales de los estados financieros.
. Analizar las incidencias encontradas.
. Solicitar a la Dirección un plan de actuación con el fin de resolver las incidencias detectadas.
B.1.36 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
NO
| Auditor saliente | Auditor entrante |
|---|---|
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
NO
B.1.37 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que supone sobre los honorarios facturados a la sociedad y/o su grupo:
| Sociedad | Grupo | Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
250 | 0 | 250 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría/Importe total facturado por la firma de auditoría (en%) |
27,200 | 0,000 | 27,200 |
B.1.38 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta reservas o salvedades. En su caso, indique las razones dadas por el Presidente del Comité de Auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.
NO
B.1.39 Indique el número de años que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales de la sociedad y/o su grupo. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de años auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de años en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| Sociedad | Grupo | |
|---|---|---|
| Número de años ininterrumpidos | 6 | 6 |
| Sociedad | Grupo | |
|---|---|---|
| Nº de años auditados por la firma actual de auditoría/Nº de años que la sociedad ha sido auditada (en %) |
24,0 | 24,0 |
B.1.40 Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la sociedad como de su grupo, y que hayan sido comunicadas a la sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan:
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación de la sociedad objeto | % participación |
Cargo o funciones |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
IBERDROLA, S.A. | 5,736 | ------------ |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | IBERDROLA, S.A. | 6,842 | ------------ |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación de la sociedad objeto | % participación |
Cargo o funciones |
|---|---|---|---|
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | GAS NATURAL SDG, S.A. | 0,110 | ------------ |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | E.ON ESPAÑA | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | BP ESPAÑA, S.A. | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | E.ON RENOVABLES S.L.U. | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | BP, PLC | 0,000 | ------------ |
B.1.41 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con asesoramiento externo:
SI
El artículo 15 del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros tendrán, además, la facultad de proponer al Consejo de Administración la contratación con cargo a la Sociedad de asesores legales, contables, técnicos, financieros, comerciales o de cualquier otra índole que consideren necesarios para los intereses de la Sociedad, con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones cuando se trate de problemas concretos de cierto relieve y complejidad ligados al ejercicio de su cargo.
La propuesta deberá ser comunicada al Presidente del Consejo de Administración a través del Secretario del Consejo. El Consejo de Administración podrá vetar su aprobación en consideración, tanto a su innecesariedad para el desempeño de las funciones encomendadas, cuanto a su cuantía (desproporcionada en relación con la importancia del problema y los activos e ingresos de la Sociedad) y cuanto finalmente, a la posibilidad de que dicha asistencia técnica sea prestada adecuadamente por expertos y técnicos de la propia Sociedad.
La Sociedad establecerá programas de orientación que proporcionen a los nuevos Consejeros un conocimiento rápido y suficiente de la empresa, así como de sus reglas de gobierno corporativo. Y ofrecerá también a los Consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.
B.1.42 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
SI
El artículo 6 del Reglamento del Consejo regula el procedimiento para que los Consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones del Consejo de Administración con tiempo suficiente. Dicho artículo establece que:
La convocatoria de las sesiones ordinarias se realizará por el Presidente o por el Secretario o Vicesecretario por orden del Presidente y se efectuará, por cualquier medio, e incluirá el lugar de celebración y el Orden del Día de la misma.
La convocatoria, que se cursará, salvo casos excepcionales, con una antelación mínima de tres (3) días a la celebración
de la reunión, contendrá cuanta información y documentos se consideren convenientes o relevantes para una mejor información de los Consejeros.
La facultad de establecer el Orden del Día de las reuniones será competencia del Presidente, aunque cualquiera de los Consejeros podrá pedir, con antelación a la convocatoria, la inclusión en el mismo de los puntos que, a su juicio, sea conveniente tratar en el Consejo de Administración.
En la práctica, la convocatoria se efectúa con una semana de antelación a la celebración del Consejo de Administración y en ella se incluye, junto con el lugar de celebración y el Orden del Día, toda la documentación que se considera conveniente o relevante.
B.1.43 Indique y en su caso detalle si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad:
SI
Siguiendo las Recomendaciones de Buen Gobierno, el artículo 12 del Reglamento del Consejo contempla que los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, entre otros, cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
B.1.44 Indique si algún miembro del Consejo de Administración ha informado a la sociedad que ha resultado procesado o se ha dictado contra él auto de apertura de juicio oral, por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas:
NO
Indique si el Consejo de Administración ha analizado el caso. Si la respuesta es afirmativa explique de forma razonada la decisión tomada sobre si procede o no que el consejero continúe en su cargo.
NO
| Decisión tomada |
Explicación razonada |
|---|---|
B.2 Comisiones del Consejo de Administración
B.2.1 Detalle todas las comisiones del Consejo de Administración y sus miembros:
| Nombre | Cargo | Tipologia |
|---|---|---|
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | PRESIDENTE | INDEPENDIENTE |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
VOCAL | DOMINICAL |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | VOCAL | OTRO EXTERNO |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) | VOCAL | DOMINICAL |
| Nombre | Cargo | Tipologia |
|---|---|---|
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | PRESIDENTE | INDEPENDIENTE |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | VOCAL | DOMINICAL |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | VOCAL | DOMINICAL |
| Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales | |
|---|---|
| riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente | SI |
| Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes |
SI |
| Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado anónima, las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa |
SI |
|---|---|
| Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación |
SI |
| Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones |
SI |
| Asegurar la independencia del auditor externo | SI |
| En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que lo integren |
SI |
B.2.3 Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las comisiones del Consejo.
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
En primer lugar, reseñar que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no tiene Reglamento propio, por estar suficientemente regulada en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está constituida por cinco (5) miembros, designados por el Consejo de Administración, dentro de los límites establecidos en los Estatutos y en el Reglamento del Consejo, los cuáles fijan un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) Consejeros.
Está compuesta, en su mayoría, por Consejeros Independientes, tal y como exigen los Estatutos y el Reglamento del Consejo. Tres (3) de sus miembros -entre ellos el Presidente de la Comisión- son Independientes y sólo dos (2) de ellos son Dominicales.
Según el artículo 25 del Reglamento del Consejo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá reunirse, al menos, cuatro (4) veces al año. Durante el ejercicio 2009, la Comisión se reunió en cuatro (4) ocasiones.
Las funciones desempeñadas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, detalladas en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración, son las siguientes:
Establecer los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos y de acuerdo con lo que señale la Junta General, así como velar por la transparencia de las retribuciones.
Establecer la política general de remuneración de los Directivos de Enagás, S.A., dando cuenta de ello al Consejo de Administración, así como las directrices relativas al nombramiento, selección, carrera, promoción y despido de Altos Directivos, a fin de asegurar que la Sociedad dispone, en todo momento, del personal de alta cualificación adecuado para la gestión de sus actividades.
Revisar la estructura del Consejo de Administración, criterios que deban informar la renovación estatutaria de los Consejeros, la incorporación de nuevos miembros y cualquier otro aspecto relativo a su composición que considere conveniente, formulando al Consejo de Administración las propuestas que considere necesarias.
Informar el nombramiento o cese del Secretario del Consejo de Administración.
Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones que pretendan llevar a cabo los Consejeros, que impliquen o puedan implicar conflictos de intereses, de acuerdo con lo establecido en el Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores.
Formular y revisar los criterios que deban seguirse para la composición del Consejo de Administración y para la selección de quienes hayan de ser propuestos para el cargo de Consejero.
Informar, con criterios de objetividad y adecuación al interés social, de las propuestas de nombramiento, reelección y ratificación de Consejeros, así como las de nombramiento de los miembros de cada una de las Comisiones del Consejo.
Elevar al Consejo de Administración las propuestas relativas a la estructura organizativa de la Sociedad y a la creación de puestos de Alta Dirección que considere necesarias para una mejor y más eficaz gestión de la Sociedad.
Informar los nombramientos y ceses de las personas que integran la Alta Dirección y, en su caso, aprobar las condiciones especiales de sus contratos.
Aprobar las retribuciones de la Alta Dirección, siempre que éstas no se aparten de los criterios establecidos en la política general de remuneración de Directivos.
Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones con Partes Vinculadas. En ningún caso se autorizará la transacción si, previamente, no ha sido emitido un informe valorando la operación desde el punto de vista de las condiciones de mercado. Tratándose de operaciones ordinarias, bastará la autorización genérica de la línea de operaciones y de sus condiciones de ejecución.
Informar al Consejo de Administración sobre las medidas a adoptar, en caso de incumplimiento del Reglamento del Consejo o del Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores, por parte de los Consejeros y demás personas sometidas al mismo. En el cumplimiento de esta función, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones actuará, cuando así se considere necesario, en coordinación con la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
El Consejo de Administración de Enagás, S.A., de 19 de febrero de 2004, aprobó un Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, con el fin de dotarle de unas reglas de organización y funcionamiento como órgano independiente y transparente, completando así la regulación contenida en los artículos 44 de los Estatutos Sociales y 26 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Administración. El Consejo de Administración modificó el artículo 26 del Reglamento del Consejo en su reunión de 29 de marzo de 2007, a los fines de incorporar el mayor número posible de Recomendaciones del Código Unificado y asimismo, modificó el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento para adecuarlo a los cambios introducidos en el Reglamento del Consejo.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento está constituida por cinco (5) miembros, dentro de los límites fijados en el artículo 44 de los Estatutos Sociales y 3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, los cuáles fijan el número mínimo de Consejeros en tres (3) y el máximo de cinco (5) Consejeros, designados por el Consejo de Administración. Dos (2) de sus miembros son Independientes -entre ellos el Presidente de la Comisión- y otros dos (2) son Dominicales, siendo el quinto (5) de ellos Otro Consejero Externo.
Según prescribe el artículo 3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, ésta no podrá incluir entre sus miembros a ningún Consejero Ejecutivo, con el fin de salvaguardar la transparencia y objetividad de sus decisiones, manteniéndose la paridad entre Consejeros Dominicales e Independientes. Asimismo, dicho precepto contempla que el Presidente del Consejo de Administración y quienes formen parte de otras Comisiones no podrán ser miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
Tal y como establece el artículo 4 del Reglamento de la Comisión, la duración del cargo de miembro de la Comisión es la misma que la duración del cargo de Consejero. Los miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento cesarán en este cargo cuando cesen como Consejeros de la Sociedad o cuando, sin cesar como Consejeros, así lo acuerde el Consejo de Administración. No obstante lo anterior, el Presidente de la Comisión deberá ser sustituido cada cuatro (4) años, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un (1) año desde su cese, todo ello sin perjuicio de su continuidad como miembro de la Comisión si así lo acuerda el Consejo de Administración, por causa suficientemente motivada.
La retribución de los miembros de la Comisión, tal y como contempla el artículo 5 del Reglamento de la Comisión, será aprobada en la misma forma establecida en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración para la aprobación de las retribuciones de los Consejeros, y sujeta a las mismas reglas de publicidad.
En el ejercicio de su cargo, los miembros de la Comisión estarán sometidos, según regula el artículo 6 del Reglamento de la Comisión, a los mismos deberes y principios de actuación que se establecen en los Estatutos Sociales, en el Reglamento del Consejo de Administración y en la legislación vigente para los Consejeros.
Según el artículo 8 del Reglamento regulador de esta Comisión, ésta debe reunirse, al menos, cuatro (4) veces al año y, a iniciativa de su Presidente, cuantas veces éste lo estime oportuno para el cumplimiento de sus funciones. Durante el ejercicio 2009, la Comisión se reunió en cinco (5) ocasiones.
Las funciones desempeñadas por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento son las contenidas en los artículos 44 de los Estatutos Sociales, 26 del Reglamento del Consejo y 7 del Reglamento regulador de la Comisión:
La Comisión tiene como objetivos básicos evaluar el sistema de verificación contable de la Sociedad, velar por la independencia del Auditor Externo, revisar el sistema de control interno y velar por la transparencia informativa y por el cumplimiento de las normas internas de conducta.
Para la consecución de dichos objetivos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, además de las legalmente establecidas para el Comité de Auditoría y Cumplimiento, desarrollará las siguientes funciones:
a)En relación con los estados financieros:
Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la Sociedad y, en su caso, al Grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
Informar, previamente a su formulación por el Consejo de Administración, sobre las Cuentas Anuales.
La Comisión incluirá en su Informe aquellas menciones que considere necesarias en relación con la aplicación de criterios contables, sistemas internos de control o cualquier otro que considere relevante.
El Consejo de Administración justificará debidamente, en su caso, la formulación de unas Cuentas Anuales que se aparten o difieran de lo informado previamente por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
b)En relación con la Auditoría Interna:
Velar por la independencia de la función de Auditoría Interna.
Supervisar los servicios de Auditoría Interna de la Sociedad y conocer los sistemas de control interno, a fin de conseguir el máximo seguimiento del desarrollo de la Auditoría Interna Anual.
En especial, la Comisión supervisará la calidad de actuación de la Auditoría Interna en temas tales como: fiabilidad e integridad de la información, cumplimiento de políticas, planes, leyes y normas y medidas para la salvaguarda de activos.
La Comisión tendrá pleno acceso a los sistemas de Auditoría Interna y se reunirá periódicamente, en pleno o a través de su Presidente, con el responsable de Auditoría Interna, al cual podrán requerir toda la información que sea necesaria para el cumplimiento de su función.
Auditores Externos y demás condiciones de su contratación.
Relacionarse con los Auditores Externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en peligro la independencia de éstos o cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la Auditoría de Cuentas, así como aquéllas otras comunicaciones previstas en la legislación de Auditoría de Cuentas y en normas técnicas de Auditoría.
Recibir regularmente de los Auditores Externos información sobre el Plan Anual de Auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.
Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los Auditores, evaluar los resultados de cada Auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquéllos y éste, en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros.
Supervisar el cumplimiento del contrato de Auditoría, procurando que la opinión sobre las Cuentas Anuales y los contenidos principales del Informe de Auditoría sean redactados de forma clara y precisa.
Informar sobre los contratos, distintos del contrato de Auditoría, celebrados entre la Sociedad y los Auditores de Cuentas.
Asegurar que, a requerimiento del Auditor Externo, se proporciona a éste acceso a toda la información necesaria para desarrollar sus funciones.
d)En relación con el mapa de riesgos de la Sociedad:
Identificar y analizar, con la cooperación del Auditor Interno y Externo, los principales riesgos que afecten a la actividad de la Sociedad y, en especial, aquellos que afecten a la situación económico-financiera.
Informar al Consejo de Administración de los riesgos detectados y de la valoración de los mismos.
Proponer, en su caso, al Consejo de Administración, las medidas necesarias para gestionar, mitigar o evitar los riesgos detectados.
B.2.4 Indique las facultades de asesoramiento, consulta y en su caso, delegaciones que tienen cada una de las comisiones:
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
LAS FACULTADES 4 A 11 EXPUESTAS EN EL APARTADO B.2.3 DEL PRESENTE INFORME.
COMITÉ DE AUDITORÍA
LAS FACULTADES 1 A 18 DETALLADAS EN EL APARTADO B.2.3 DEL PRESENTE INFORME.
B.2.5 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del Consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones no tiene Reglamento propio, por estar suficientemente regulada en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo.
El Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2004, aprobó el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, con el fin de dotarle de unas reglas de funcionamiento y organización como órgano independiente y transparente, completando, de esta manera, la regulación contenida en los artículos 44 de los Estatutos Sociales y 26 del Reglamento del Consejo de Administración.
Dicho reglamento está disponible para su consulta en el domicilio social de Enagás, S.A y en su página web www.enagas.es ó www.enagas.com.
Durante el ejercicio 2009 no se han introducido modificaciones en el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento ha elaborado un informe sobre las actividades de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento durante el ejercicio 2009, a disposición tanto en el domicilio social de Enagás, S.A. como en su página web.
B.2.6 Indique si la composición de la comisión ejecutiva refleja la participación en el Consejo de los diferentes consejeros en función de su condición:
NO
En caso negativo, explique la composición de su comisión ejecutiva
No existe Comisión Ejecutiva.
C.1 Señale si el Consejo en pleno se ha reservado aprobar, previo informe favorable del Comité de Auditoría o cualquier otro al que se hubiera encomendado la función, las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculadas:
SI
C.2 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los accionistas significativos de la sociedad:
| Nombre o denominación social del accionista significativo |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la relación |
Tipo de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a |
Dividendos y otros beneficios |
11.145 |
| Nombre o denominación social del accionista significativo |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la relación |
Tipo de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| SAGANE INVERSIONES, S.L. (p.s.directo). |
distribuidos | |||
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
30.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
50.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
12.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
6.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a CIC, S.L. (p.s.directo). |
Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
65.000 |
| OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
8.041 |
C.3 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los administradores o directivos de la sociedad:
| Nombre o Nombre o Naturaleza de la denominación social denominación social operación de los de la sociedad o |
Tipo de la operación Importe (miles d euros) |
|---|---|
| ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | ---------------------------------------------------- |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la operación |
Tipo de la operación | Importe (miles d euros) |
|---|---|---|---|---|
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
92.000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
6.000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
6.000 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
56.000 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a BANCAJA INVERSIONES,S.A. (p.s. directo). |
Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
C.4 Detalle las operaciones relevantes realizadas por la sociedad con otras sociedades pertenecientes al mismo grupo, siempre y cuando no se eliminen en el proceso de elaboración de estados financieros consolidados y no formen parte del tráfico habitual de la sociedad en cuanto a su objeto y condiciones:
Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 18738
Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 6430 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 5735 Breve descripción de la operación INGRESO EN CONCEPTO DE MANTENIMIENTO DE GASODUCTO Y CANON CORPORATIVO. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 16929 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE CANON DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 3329 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 11693 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 543 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros) 4537 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros)
44
3254 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros) 1107 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 3951 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 41 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 8688 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE DERECHOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 4933 Breve descripción de la operación INGRESO EN CONCEPTO DE MANTENIMIENTO DE GASODUCTO Y CANON CORPORATIVO.
C.5 Indique si los miembros del Consejo de Administración se han encontrado a lo largo del ejercicio en alguna situación de conflictos de interés, según lo previsto en el artículo 127 ter de la LSA.
NO
C.6 Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos o accionistas significativos.
Los mecanismos para detectar y regular los posibles conflictos de intereses entre Enagás, S.A. y/o su Grupo, y sus Consejeros, Directivos o Accionistas Significativos se hallan principalmente contenidos en el Código Interno de Conducta de Enagás, S.A.
El Código Interno de Conducta es de aplicación a las siguientes personas:
Miembros del Consejo de Administración.
Directores Generales y miembros del Comité de Dirección.
Miembros del Consejo de Administración y, en su caso, del Comité de Dirección de las sociedades filiales o participadas en las que Enagás, S.A tenga un control de su gestión.
Las personas que estén relacionadas con el Mercado de Valores.
En general, a todas aquellas personas que tengan acceso de información privilegiada o reservada a la Sociedad.
En relación con las operaciones realizadas con Partes Vinculadas, la Sociedad deberá adoptar las siguientes medidas:
a) Comunicarlas semestralmente a la CNMV e incluirlas en la Memoria Anual dentro del Capítulo de Gobierno Corporativo. b) Someterlas, antes de su celebración, al conocimiento formal y previa autorización del Consejo de Administración el cual, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, deberá valorar su adecuación a los criterios de mercado.
En relación con los posibles conflictos de interés, las personas sometidas al Código Interno de Conducta deberán adoptar las siguientes medidas:
Comunicar al Consejo de Administración, a través de su Secretaría, los posibles conflictos de interés a que pudieran estar sometidos por sus relaciones familiares, su patrimonio personal o por cualquier otra causa. Las comunicaciones deberán efectuarse en el plazo quince días y, en todo caso, antes de tomar la decisión que pudiera quedar afectada por el posible conflicto de interés.
Mantener actualizada la información dando cuenta de cualquier modificación o cese de las situaciones previamente comunicadas, así como el surgimiento de nuevos conflictos de intereses.
Abstenerse de participar en la adopción de cualquier decisión que pudiera quedar afectada por el conflicto de interés con la Sociedad.
El órgano encargado de regular y dirimir los conflictos de interés que en su caso pudieran plantearse es la Comisión de Nombramientos y Retribuciones a la que, conforme al artículo 25 del Reglamento del Consejo de Administración de Enagás, S.A., se le atribuyen las siguientes funciones:
a) Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones que pretendan llevar a cabo los Consejeros, que impliquen o puedan implicar conflictos de interés, de acuerdo a lo establecido en el Código de Conducta en materias relativas al Mercado de Valores.
b) Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre transacciones con Partes Vinculadas. En ningún caso se autorizará la transacción si, previamente, no ha sido emitido un informe valorando la operación desde el punto de vista de las condiciones de mercado. Tratándose de operaciones ordinarias, bastará la autorización genérica de la línea de operaciones y sus condiciones de ejecución.
c) Informar al Consejo de Administración sobre las medidas a adoptar, en caso de incumplimiento del Reglamento o del Código Interno de Conducta en materias relativas al Mercado de Valores, por parte de los Consejeros y demás personas sometidas al mismo. En el cumplimiento de esta función, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones actuará, cuando lo considere necesario, en coordinación con la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
NO
Identifique a las sociedades filiales que cotizan:
D.1 Descripción general de la política de riesgos de la sociedad y/o su grupo, detallando y evaluando los riesgos cubiertos por el sistema, junto con la justificación de la adecuación de dichos sistemas al perfil de cada tipo de riesgo.
La Política de Riesgos de Enagás, S.A. permite a la Dirección de la Compañía tratar eficazmente la incertidumbre, sus riesgos y oportunidades asociadas, mejorando así su capacidad para generar valor, con el fin de garantizar el logro de los objetivos de Enagás, S.A.
De esta manera, Enagás, S.A. se compromete a disponer de un marco de actuación que permita la gestión integral de los riesgos, que posibilite la identificación, medición, control y gestión de los riesgos a los que se enfrenta la Empresa, así como el alineamiento de las actividades de las distintas Direcciones con el nivel de tolerancia al riesgo aprobado.
Toda actuación dirigida a controlar y mitigar los riesgos atenderá a los siguientes Principios Básicos:
Segregación e Independencia entre gestores y supervisores del riesgo.
Globalidad en la supervisión y medición homogénea de los riesgos asumidos por Enagás, S.A.
Consistencia: facilitando un entendimiento común y único de los riesgos asumidos y de los controles internos establecidos, documentados en un conjunto de políticas, normas, procedimientos, metodologías de medición y marco de información robustos y consistentes a lo largo de toda la organización, fomentando el desarrollo de un ambiente general de control interno a través de la participación de todos los niveles de la organización.
Orientación a la toma de decisiones: proporcionando a los diferentes Responsables de la Compañía información necesaria para la toma de decisiones en su ámbito de responsabilidad, integrándose en los sistemas de gestión existentes en la empresa.
Coordinación eficiente entre las diferentes Direcciones / Unidades y la Compañía para garantizar la utilización óptima de los conocimientos y recursos disponibles.
Transparencia (simplicidad, objetividad y auditabilidad) respecto a los procesos y metodologías utilizados.
Supervisión activa por parte de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y el Comité de Dirección.
Actualización y mejora continua mediante la realización de revisiones regulares de los riesgos y la adopción de las mejores prácticas en materia de supervisión y gestión de riesgos.
Responsabilidad: asignando la gestión integral de los riesgos al Consejo de Administración de Enagás, S.A., a la Dirección y a todo el personal de la Empresa, cada uno en su ámbito de actuación.
Enagás, S.A. ha agrupado los riesgos, diferenciándolos en función de la naturaleza del riesgo y teniendo en cuenta los diferentes métodos de medición que se aplican, en:
Riesgos Operacionales: Se trata de los riesgos de pérdidas de valor o resultados derivados de los eventos causados por la inadecuación o fallos provenientes de los procesos, los recursos humanos, los equipos físicos, sistemas informáticos o derivados de factores externos.
Riesgo de Negocio: Riesgo de pérdidas debidas a factores externos como la regulación, ciclos económicos, niveles de competencia, patrones de la demanda, estructura de la industria, etc., así como el riesgo de pérdidas resultantes por la toma de decisiones incorrectas en relación con los planes de negocio y las estrategias futuras de la Compañía.
Riesgo de Crédito o Contraparte: riesgo de pérdidas derivadas del incumplimiento de una contraparte o de la incertidumbre de la contraparte a cumplir con sus obligaciones.
Riesgo Financiero: Se considera como tal la incertidumbre del valor de una cartera derivado de los movimientos de los tipos de cambio, interés, etc., así como de la liquidez y solvencia de las Compañías.
Riesgo Reputacional: Se trata de cualquier acción, evento o circunstancia que pudiera impactar desfavorablemente en la reputación de una organización.
Los riesgos se han medido en función del impacto y probabilidad en términos cuantitativos y cualitativos. Asimismo, se han establecido los controles y planes de acción necesarios para mantener los riesgos dentro de los umbrales de riesgo admisibles.
Los Responsables de las diferentes Direcciones y Unidades de Enagás, S.A. durante el ejercicio 2009, han gestionado sus riesgos a partir de la autoevaluación de algunos de ellos y mediante la supervisión permanente de las actividades de control y los riesgos en relación con el nivel de riesgo aceptado por la Compañía. Asimismo, cada una de las Direcciones han establecido de forma conjunta con la Unidad de Auditoría Interna, como resultado de sus revisiones, diferentes Planes de Acción con la intención de lograr una mejora continua en el proceso de gestión de riesgos.
D.2 Indique si se han materializado durante el ejercicio, alguno de los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, fiscales...) que afectan a la sociedad y/o su grupo,
SI
En caso afirmativo, indique las circunstancias que los han motivado y si han funcionado los sistemas de control establecidos.
Interrupción de las operaciones.
Durante el ejercicio 2009, se han registrado varios incidentes de cierta relevancia en las infraestructuras gasistas. Funcionamiento de los sistemas de control
Los sistemas de control implantados tanto en la detección, en la operación así como en la rápida actuación de los equipos de mantenimiento han funcionado de forma adecuada, no habiendo sido afectado el suministro a ninguno de los clientes.
Fraude Externo.
Suministrar un producto por parte de un proveedor que falsificó el origen de la mercancía.
Se procedió a la deshomologación del proveedor.
Negocio.
Modificación de ciertas condiciones de retribución en el sistema gasista.
Supervisión continua de los cambios.
D.3 Indique si existe alguna comisión u otro órgano de gobierno encargado de establecer y supervisar estos dispositivos de control.
SI
COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO
Informar al Consejo de Administración de los riesgos detectados y la valoración de los mismos.
Proponer, en su caso, al Consejo de Administración, las medidas necesarias para gestionar, mitigar o evitar los riesgos detectados.
COMITÉ DE DIRECCIÓN
Gestionar los distintos tipos de riesgos: adquiriendo conocimientos de los riesgos, las respuestas a los mismos, las mejoras necesarias de control y la situación de las acciones en marcha.
Establecer los niveles de riesgo de cada una de sus direcciones, así como el nivel de riesgo para el total de la Compañía.
Supervisión permanente de las actividades y riesgos en relación con el nivel de riesgo aceptado por la Compañía.
Proponer a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento las medidas necesarias para gestionar los riesgos detectados.
LA DIRECCIÓN O UNIDAD
Como propietaria de los riesgos, es la máxima responsable de gestionar los riesgos inherentes a su actividad, a través del establecimiento de los controles y planes de acción adecuados.
RESPONSABLE DE AUDITORÍA INTERNA
Responsable de evaluar la adecuación y eficacia de los controles que comprenden el gobierno, las operaciones y los sistemas de información de la organización. Esto debe incluir:
D.4 Identificación y descripción de los procesos de cumplimiento de las distintas regulaciones que afectan a su sociedad y/o a su grupo.
Cada una de las Direcciones y Unidades de Enagás, S.A. conoce la legislación y normativa que le es aplicable y entre sus funciones está tanto el análisis como la aplicación de la nueva legislación y normativa que sea de obligado cumplimiento.
La Secretaría General atiende, clarifica y establece los criterios para todos los asuntos en los que las Direcciones y Unidades
tengan dudas razonables.
La nueva legislación o las modificaciones de la normativa en múltiples ocasiones va a llevar a modificaciones en la normativa interna de la Compañía o al establecimiento de procesos que den lugar al cumplimiento de las regulaciones.
En el caso en que haya varias Direcciones implicadas en el cumplimiento de la normativa se configuran, a iniciativa del Comité de Dirección, diferentes equipos de trabajo que van a desarrollar e implantar los nuevos procesos o actividades.
La Auditoría Interna en cada una de las auditorías realizadas verifica el cumplimiento de la legislación y de la normativa interna.
Entre los principales procesos de cumplimiento de las distintas regulaciones identificamos:
E.1 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) respecto al quórum de constitución de la Junta General
| NO | |
|---|---|
| -- | ---- |
| % de quórum distinto al establecido en art. 102 LSA para supuestos generales |
% de quórum distinto al establecido en art. 103 LSA para supuestos especiales del art. 103 |
|
|---|---|---|
| Quórum exigido en 1ª convocatoria | 0 | 0 |
| Quórum exigido en 2ª convocatoria | 0 | 0 |
E.2 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) para el régimen de adopción de acuerdos sociales.
Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSA.
E.3 Relacione los derechos de los accionistas en relación con las juntas generales, que sean distintos a los establecidos en la LSA.
Los derechos de los Accionistas en relación con las juntas generales son los que establece la Ley de Sociedades Anónimas.
En este sentido, el Reglamento de la Junta General de Enagás, S.A. reconoce los siguientes derechos a los Accionistas:
1.- DERECHO DE INFORMACIÓN.
Se regula en el artículo 7 del Reglamento de la Junta con el contenido y alcance que a continuación se expone:
En la fecha en que se publique el anuncio de convocatoria de Junta General, así como en el acto de su celebración, se pondrá a disposición de los Accionistas la siguiente información:
a) Texto íntegro de la convocatoria de la Junta General, propuestas de acuerdos a adoptar, e informes del Consejo de Administración, si correspondieran, sobre su justificación y oportunidad, y siempre que todo ello sea posible.
b) Documentación comprensiva de las Cuentas Anuales de Enagás, S.A. y las Consolidadas del Grupo Enagás, así como la propuesta de aplicación del resultado de Enagás, correspondiente al ejercicio del que se trate.
c) Informe de Gestión de Enagás, S.A. e Informe de Gestión Consolidado del ejercicio.
d) Informe de Auditoría de Cuentas Anuales Consolidadas y de las Cuentas Anuales de Enagás, S.A.
e) Informe Anual de Gobierno Corporativo.
f) Cualquier otro informe cuya inclusión sea preceptiva o se determine por el Consejo de Administración.
Antes de la celebración de la Junta General, la Sociedad pondrá a disposición de los Accionistas la información correspondiente a través de los siguientes medios:
Oficina de Información al Accionista.
Número de teléfono gratuito, especificado en la convocatoria.
Hasta el séptimo día anterior a la celebración de la Junta, los Accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones y aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
Durante la celebración de la Junta General, los Accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del Accionista en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta.
Los Administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada, salvo en los casos que, a juicio del Presidente, la publicidad de la información solicitada perjudique los intereses sociales, o así resulte de las disposiciones legales o estatutarias, resoluciones judiales o administrativas. No procederá la denegación cuando la solicitud esté apoyada por Accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital social.
La información solicitada será proporcionada al Accionista por escrito, dentro del plazo que medie desde la convocatoria hasta el día de celebración de la Junta, incluido éste, siempre que la solicitud se ajuste a los requisitos de plazo de ejercicio y ámbitos determinados en la Ley y en el Reglamento de la Junta.
Se regula en el artículo 8 del Reglamento de la Junta:
En todo momento los Accionistas, previa acreditación de su identidad como tales, en la forma que determina el artículo 9 del Reglamento de la Junta podrán, por medio de la Oficina del Accionista, del teléfono gratuito o del correo eletrónico incluido en la página web de la Sociedad, plantear cuestiones de interés para la Sociedad o asociadas a su condición de Accionistas.
La Sociedad examinará las cuestiones, sugerencias y comentarios de los Accionistas, atendiendo a los mismos, en caso de considerarlos oportunos para la buena marcha de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el artículo 9 del Reglamento de la Junta, para poder asistir a la Junta General es preciso ser titular de un mínimo de 100 acciones, siempre que estén inscritas en el correspondiente registro contable de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores con cinco días de antelación a su celebración y se acredite la condición de Accionista, bien a través de la correspondiente tarjeta de asistencia y voto, emitida por las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, o bien, a través de certificado electrónico de asistencia y voto emitido por la Entidad encargada del Registro de Anotaciones en Cuenta o por Entidad Autorizada y Depositaria de las acciones.
Los Accionistas que no posean el número de acciones señalado anteriormente podrán agruparse a efectos de asistencia, designando al Accionista que les represente.
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el 10 del Reglamento de la Junta, todo Accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no necesitará ser Accionista.
La representación deberá conferirse por escrito, mediante correspondencia postal, firma electrónica reconocida o cualesquiera otros medios electrónicos y en general cualquier otro medio de comunicación a distancia, admitido por la Ley, siempre que, en todos los casos, se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación, y con carácter especial para cada Junta.
La representación es siempre revocable. La asistencia personal del representado a la Junta tendrá valor de revocación de la representación otorgada y deberá comunicársele puntualmente al representante, a fin de evitar que ejercite una representación de la que carece.
Las personas físicas Accionistas que no se hallen en pleno goce de sus derechos civiles y las personas jurídicas Accionistas podrán ser representadas por quienes ejerzan su representación legal, debidamente acreditada. Tanto en estos casos como en el supuesto de que el Accionista delegue el derecho de asistencia, no se podrá tener en la Junta más de un representante.
Se regula en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 11 del Reglamento de la Junta. Todo Accionista que tenga derecho de asistencia, en los términos que establece el artículo 27 de los Estatutos Sociales y que desarrolla el artículo 9 del Reglamento de la Junta, tendrá derecho de voto y podrá ejercerlo por sí mismo o por representación, o bien, asistiendo personalmente y votando en la Junta, con la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada y cumplimentada, o bien, mediante correspondencia postal, voto en la Oficina de Información al Accionista, mediante firma electrónica reconocida o cualesquiera otros medios electrónicos, o, en general, por cualquier otro medio de comunicación a distancia que permita la Ley, adjuntando certificado electrónico de asistencia y voto.
Además de los Derechos de Información, Asistencia, Representación y Voto enumerados en el apartado anterior, los Accionistas, en todo momento, previa su consignación como tales, podrán por medio de la Oficina de Información al Accionista, del teléfono gratuito puesto a su disposición o del correo electrónico incluidos en la página web de la Sociedad, plantear cuestiones de interés para la Sociedad o asociadas a su condición de Accionista (artículo 8 del Reglamento de la Junta).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento de la Junta, convocada la Junta General y hasta el séptimo día anterior a la fecha fijada para la celebración de la Junta, los Accionistas podrá solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
Durante la celebración de la Junta General, los Accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día y en caso de no ser posible satisfacer el derecho del Accionista en ese momento, los Administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes a la terminación de la Junta.
Asimismo la Sociedad y con el fin de fomentar la participación de los Accionistas en sus Juntas Generales, lleva a la práctica diversas medidas, tales como:
Publicar el anuncio de convocatoria en los principales medios de comunicación.
Entregar obsequios con el fin de incentivar la asistencia física del Accionista a las Juntas.
Celebrar la Junta General en un local con las mejores condiciones para el mejor desarrollo y seguimiento de la reunión y de fácil acceso para el Accionista, poniendo a disposición del mismo medios de transporte a fin de posibilitar su presencia en las Juntas.
Asistir y orientar personalizadamente a los Accionistas que deseen intervenir a través del personal de la Oficina de Información al Accionista.
SI
Según el artículo 12.2 del Reglamento de la Junta: La Junta General estará presidida por el Presidente del Consejo de Administración, y a falta de éste, por el Accionista que elijan en cada caso los Accionistas asistentes a la Junta. El Presidente estará asistido por el Secretario del Consejo de Administración y, en su defecto, por el Accionista que elijan en cada caso los Accionistas asistentes a la Junta.
Así, el buen funcionamiento y desarrollo de la Junta está garantizado a través de las previsiones que se establecen en el Reglamento de la Junta General, del que se pueden extraer las siguientes consideraciones:
Asiste a la celebración de la Junta General un Notario, a requerimiento del Consejo de Administración de la Sociedad, a quien se encomienda la elaboración del Acta de la Junta y levantando acta de la misma, con la consiguiente garantía de neutralidad e independencia para todos los Accionistas.
El Presidente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento de Enagás, S.A., en representación de la Comisión, estará a disposición de la Junta para responder a las cuestiones que en ella planteen los Accionistas sobre materias de su competencia.
Los requisitos y normas que en definitiva garantizan el buen desarrollo de la Junta General se encuentran previstos en los artículos 13 a 18 del Reglamento de la Junta General, destacándose los siguientes:
Antes de entrar en el Orden del Día, se forma la Lista de Asistentes, expresándose el carácter o representación de cada uno de ellos y el número de acciones, propias o ajenas, con las que concurren, de manera que, el resumen de la Lista de Asistentes determinará el número de Accionistas, presentes o representados, así como el capital del que sean titulares, especificando el que corresponde a los Accionistas con derecho de voto. El Vicesecretario del Consejo, o la persona designada por el Presidente en su defecto, hará llegar a la mesa dos ejemplares de dicho resumen firmados por él o por un Accionista escrutador. La asistencia se considerará cerrada a efectos de fijación de quórum en la hora prevista en la convocatoria para el comienzo de la Junta.
A los efectos de verificación de válida constitución de la reunión, Enagás, S.A. elabora y propone a las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, el formato de la tarjeta de asistencia que debe expedirse a favor de los Accionistas, procurando que las mismas sean uniformes e incorporando un código de barras que permite realizar su lectura electrónica, facilitando de esta manera el cómputo informático de los asistentes a la reunión.
Los Accionistas disponen en todo momento del apoyo del personal de la Oficina de Información al Accionista desde su acceso al local donde se esté celebrando la Junta con el objetivo de resolver cualquier duda y facilitar su intervención.
Con el fin de garantizar el buen desarrollo de la Junta, los Accionistas o representantes de Accionistas que accedan con retraso al lugar de celebración de la misma, una vez cerrada la admisión de tarjetas de asistencia y voto, podrán asistir a la reunión, pero no se incluirán en la Lista de Asistentes ni, por tanto, formarán parte del quórum a efectos de votación.
Una vez constituida válidamente la Junta, el Notario requerido por la Sociedad para levantar Acta, preguntará a los Asistentes si existen reservas o protestas sobre lo manifestado por el Presidente en relación a los datos de asistencia de socios y de capital. El Accionista que haya expresado reservas, deberá exhibir al personal auxiliar de la mesa su tarjeta de asistencia, quien comprobará y corregirá, en su caso, el error existente.
El Presidente, para facilitar el desarrollo del acto, solicitará de los Accionistas que quieran hacer uso de la palabra, se dirijan a los auxiliares de la Mesa exhibiendo su tarjeta de asistencia para organizar turnos de intervención, antes de comenzar con su exposición del ejercicio y propuestas que se someten a la Junta general, manteniendo el debate dentro de los límites del Orden del Día, dirigiendo el desarrollo de las intervenciones y pudiendo contestar a los Accionistas de forma conjunta o individual.
El Presidente de la Junta podrá acordar la suspensión de ésta durante el tiempo necesario si se produjese algún hecho que alterase de forma sustancial el buen orden de la Junta, e incluso si dichas circunstancias persistieran, el Presidente propondrá a la Junta prorrogar su sesión al primer día laborable que sea posible.
El Secretario dará cuenta a la Junta del resultado de la votación de cada propuesta, con indicación de los votos emitidos a favor, en contra y abstenciones.
Los Escrutadores elaborarán una nota con el resultado de cada votación, incluyendo los votos previamente emitidos y cualquier modificación que tenga lugar durante el transcurso de la Junta.
Una vez votadas todas las propuestas, el Secretario de la Junta entregará al Notario, si la Sociedad hubiera requerido su intervención en la Junta, la Nota de los Escrutadores con los datos recogidos sobre el resultado de la votación de cada propuesta, procediendo el Presidente a levantar la sesión.
En caso de que la Junta se hubiera celebrado con la presencia de Notario, el Acta Notarial tendrá la consideración de
Acta de la Junta, no siendo precisa por tanto su aprobación.
E.6 Indique, en su caso, las modificaciones introducidas durante el ejercicio en el reglamento de la Junta General.
Durante el ejercicio 2009 no se efectuaron modificaciones al Reglamento de la Junta General de Accionistas.
E.7 Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe:
| Datos de asistencia | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Fecha Junta | % de presencia | % en | % voto a distancia | |||
| General | física | representación | Voto electrónico | Otros | Total | |
| 27/03/2009 | 17,918 | 8,535 | 0,000 | 36,860 | 63,313 |
E.8 Indique brevemente los acuerdos adoptados en las juntas generales celebrados en el ejercicio al que se refiere el presente informe y porcentaje de votos con los que se ha adoptado cada acuerdo.
Durante el ejercicio 2009 se celebró Junta General Ordinaria el 27 de marzo de 2009. A continuación se resumen los acuerdos adoptados en esa Junta, así como el porcentaje de votos con los que se acordaron dichos acuerdos.
ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CELEBRADA EL 27 DE MARZO DE 2009:
ACUERDO 1.- Aprobar las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) y el Informe de Gestión correspondientes al ejercicio comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008 de Enagás, S.A. y de su Grupo Consolidado. - El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 124.870.142 (98,349%); En contra: 1.677 (0,001%); Abstención: 2.095.015 (1,650%); Total votos emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 2.- Aprobar la aplicación del resultado de Enagás, S.A. en el ejercicio 2008, que asciende a un beneficio neto de 255.396.035,70 euros, según la siguiente propuesta de distribución formulada por el Consejo de Administración: Distribución (en Euros): Reserva legal: 0; Reserva voluntaria: 100.065.738,40; Dividendo: 155.330.297,66; Total Resultados: 255.396.035,70 euros.
Efectuar el pago de un dividendo complementario en la cuantía de 93.259.390,06 euros. Dicha cifra resulta de deducir del dividendo total del ejercicio, 155.330.297,66 euros, el dividendo a cuenta que, por importe de 62.070.907,60 euros, fue acordado por el Consejo de Administración de 22 de diciembre de 2008 y pagado a los accionistas el día 12 de enero de 2009.
El pago del dividendo complementario se efectuará el día 2 de julio de 2009.
El dividendo total del ejercicio cuya aprobación se propone, de acuerdo con el párrafo anterior, supone 0,650641 euros brutos por acción.
Deducido el dividendo a cuenta ya pagado, que ascendió a 0,26 euros brutos por acción, procede ahora abonar la cantidad de
0,390641 euros por acción, cantidad de la que se deducirán los impuestos legalmente procedentes.
ACUERDO 3.- Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. durante el ejercicio 2008. - El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 125.629.385 (98,947%); En contra: 1.213.140 (0,955%); Abstención: 124.309 (0,098%); Total votos emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 4.- Reelegir como Auditor de Cuentas de Enagás S.A. y de su Grupo Consolidado a la Sociedad Deloitte S.L., por el período legalmente establecido de una anualidad. Se le encomienda igualmente la realización de los demás servicios de Auditoría exigidos por la Ley que precisare la Sociedad hasta la celebración de la próxima Junta General Ordinaria.
ACUERDO 5.- 5.1.- Reelegir por el período estatutario de cuatro años a Don Salvador Gabarró Serra como Consejero Dominical, a propuesta del Accionista Gas Natural SDG, S.A.
5.2.- Reelegir por el período estatutario de cuatro años de Don Ramón Pérez Simarro como Consejero Independiente.
5.3.-. Reelegir por el período estatutario de cuatro años de Don Martí Parellada Sabata como Consejero Independiente.
5.4.- Ratificar y nombramiento, en su caso, de los Consejeros que el Consejo pudiera nombrar por cooptación para cubrir vacantes que se produjeran después de la convocatoria de la Junta.
Desde la fecha en que el Consejo de Administración acordó convocar la presente Junta General de Accionistas no se ha producido en su seno nombramiento alguno de nuevos Consejeros por cooptación por lo que no ha lugar a la adopción de ningún acuerdo al respecto por la Junta.
5.5.- Fijar, tras las tres reelecciones acordadas y dentro de los límites estatutarios, el número de miembros del Consejo de Administración en 16.
ACUERDO 6.- La Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 36 de los Estatutos Sociales, acuerda fijar, como retribución total máxima a percibir por los miembros del Consejo de Administración para el año 2009, la cantidad de 1.249.733 euros, que será objeto de reparto conforme a las bases y criterios que a continuación se enumeran:
A cada miembro del Consejo que asista a un mínimo de dos sesiones durante el ejercicio le corresponderá una cantidad de 22.050 euros.
Además, la asistencia efectiva a las sesiones será retribuida con un máximo de 42.446 euros anuales por Consejero. El Consejo de Administración determinará la cantidad concreta por asistencia, personal o por representación, a cada sesión.
Asimismo, la pertenencia a las Comisiones llevará consigo una cantidad de 11.025 euros anuales, y la Presidencia de cualquiera de estas Comisiones, una cantidad adicional de 5.513 euros anuales.
El desempeño del cargo de Vicepresidente del Consejo de Administración será retribuido con una cantidad adicional de 32.025 euros anuales.
Las cantidades anteriores son independientes de las retribuciones y sueldos que adicionalmente puedan corresponder por relaciones laborales o de servicios que presten los miembros del Consejo, así como del derecho al abono o reembolso de los gastos en que incurran los Consejeros por el desempeño de sus cargos.
El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 126.737.535 (99,819%); En contra: 225.958 (0,178%); Abstención: 3.341 (0,003%); Total Votos Emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 7.- Facultar al Consejo de Administración para que pueda emitir, bien directamente o a través de filiales con la garantía de la Sociedad, en una o varias veces, hasta un importe nominal de tres mil millones de euros (3.000.000.000 euros), o cantidad equivalente en otra divisa, en valores de renta fija, en cualesquiera de las formas admitidas en derecho y entre ellas la de bonos, cédulas, pagarés y obligaciones, simples o con garantía de cualquier clase, incluso hipotecaria, representados por títulos o por anotaciones en cuenta. Los valores que se emitan podrán o no ser canjeables por acciones preexistentes o por
acciones de nueva emisión de la Sociedad o de otras sociedades, y de ser canjeables, podrán serlo necesaria o voluntariamente, y en este último caso, a opción del titular de los valores o del emisor, o incorporar un derecho de opción de compra sobre las mencionadas acciones. Los valores podrán emitirse en territorio nacional o en el extranjero, conforme a la legislación nacional o extranjera, según se trate y solicitar su admisión a cotización en mercados secundarios españoles o extranjeros. Se faculta igualmente al Consejo paras que pueda solicitar la admisión a cotización de los valores que se emitan en los mercados secundarios españoles o extranjeros que se considere necesario, con sujeción a las normas sobre admisión, permanencia y, en su caso, exclusión de cotización, que corresponda.
Se faculta al Consejo de Administración para fijar libremente las restantes condiciones de la emisión o emisiones, así como el carácter de perpetua o amortizable de cada emisión, y en este último caso el plazo de amortización, todo ello siempre dentro de los límites legales y, en general, realizar sin limitación alguna cuantos actos públicos o privados resulten precisos o el Consejo de Administración estime conveniente para la ejecución del presente acuerdo, así como, en su caso, designar al Comisario y aprobar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones entre el Emisor y el sindicato de tenedores de valores que se emitan.
El Consejo de Administración podrá hacer uso de las facultad que se delega dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de adopción del presente acuerdo por la Junta General de Accionistas, al término de los cuales quedará cancelada por caducidad la parte que no haya siso ejercitada.
Se deja sin efecto el Acuerdo 11, de similar contenido, aprobado por la Junta General de Accionistas el 11 de mayo de 2007.
El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 122.156.915 (96,212%); En contra: 913.447 (0,719%); Abstención: 3.896.472 (3,069 %); Total Votos Emitidos: 126.966.834.
PUNTO 8.-Presentación del Informe explicativo sobre los elementos contemplados en el artículo 116 bis de la Ley de Mercado de Valores.
ACUERDO 9.- Primero.- Delegar en el Consejo de Administración, con la mayor amplitud posible, cuantas facultades fueran precisas para complementar, desarrollar, ejecutar y subsanar cualquiera de los acuerdos adoptados por la Junta General. La facultad de subsanar comprenderá la facultad de hacer cuantas modificaciones, enmiendas y adiciones fueran necesarias o convenientes como consecuencia de reparos u observaciones suscitados por los organismos reguladores de los mercados de valores, las Bolsas de Valores, el Registro Mercantil y cualquier otra autoridad pública con competencias relativas a los acuerdos adoptados.
Segundo.-Delegar indistintamente en el Presidente del Consejo de Administración, Don Antonio Llardén Carratalá, y en el Secretario, Don Rafael Piqueras Bautista, las facultades necesarias para formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General e inscribir los que estén sujetos a este requisito, en su totalidad o en parte, pudiendo al efecto otorgar toda clase de documentos públicos o privados, incluso para el complemento o subsanación de tales acuerdos.
E.9 Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la Junta General.
SI
Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General 100
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el 10 del Reglamento de la Junta, todo Accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no necesitará ser Accionista y utilizando la fórmula de delegación prevista por la Sociedad para cada Junta que constará en la tarjeta de asistencia. Un mismo Accionista no podrá estar representado en la Junta por más de un representante.
La representación deberá conferirse por escrito o por cualquier medio de comunicación a distancia admitido por la Ley, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación, y con carácter especial para cada Junta. La representación es siempre revocable.
La asistencia personal a la Junta del representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada y deberá comunicársele puntualmente al representante, a fin de que no ejercite una representación de la que carece.
E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política de los inversores institucionales de participar o no en las decisiones de la sociedad:
NO
E.12 Indique la dirección y modo de acceso al contenido de gobierno corporativo en su página Web.
Toda la información sobre Gobierno Corporativo de Enagás, S.A. está a disposición del público en su página web (www.enagas.es / www.enagas.com).
La ruta de acceso a dicha información es la siguiente: En Español: Página Principal - Accionistas e Inversores - Gobierno Corporativo. En Inglés: Investor Relations - Corporate Governance.
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código Unificado de buen gobierno. En el supuesto de no cumplir alguna de ellas, explique las recomendaciones, normas, prácticas o criterios, que aplica la sociedad.
Ver epígrafes: A.9, B.1.22, B.1.23 y E.1, E.2
un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley.
La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto.
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos) de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente: Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Es por ello que, al existir una limitación expresa legal y estatutaria al ejercicio de los derechos de voto, Enagás, S.A. no puede acoger la recomendación de no limitar el número de voto que pueda emitir un mismo Accionista.
Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:
a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo;
b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Ver epígrafes: C.4 y C.7
a) La transformación de sociedades cotizadas en compañías holding, mediante "filialización" o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas;
b) La adquisición o enajenación de activos operativos esenciales, cuando entrañe una modificación efectiva del objeto social;
c) Las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la sociedad.
a) Al nombramiento o ratificación de consejeros, que deberán votarse de forma individual;
b) En el caso de modificaciones de Estatutos, a cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente independientes.
Ver epígrafe: E.8
Ver epígrafe: E.4
Y que vele asimismo para que en sus relaciones con los grupos de interés (stakeholders) la empresa respete las leyes y reglamentos; cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos; respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad; y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad social que hubiera aceptado voluntariamente.
a) Las políticas y estrategias generales de la sociedad, y en particular:
v) La política de responsabilidad social corporativa;
vi) La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos;
vii) La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.
viii) La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites.
Ver epígrafes: B.1.10, B.1.13, B.1.14 y D.3
i) A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización.
ii) La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.
Ver epígrafe: B.1.14
iii) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente.
iv) Las inversiones u operaciones de todo tipo que, por su elevada cuantía o especiales características, tengan carácter estratégico, salvo que su aprobación corresponda a la Junta General;
v) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo.
c) Las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados ("operaciones vinculadas").
Esa autorización del Consejo no se entenderá, sin embargo, precisa en aquellas operaciones vinculadas que cumplan simultáneamente las tres condiciones siguientes:
1ª. Que se realicen en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa a muchos clientes;
2ª. Que se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate;
3ª. Que su cuantía no supere el 1% de los ingresos anuales de la sociedad.
Se recomienda que el Consejo apruebe las operaciones vinculadas previo informe favorable del Comité de Auditoría o, en su caso, de aquel otro al que se hubiera encomendado esa función; y que los consejeros a los que afecten, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, se ausenten de la sala de reuniones mientras el Consejo delibera y vota sobre ella.
Se recomienda que las competencias que aquí se atribuyen al Consejo lo sean con carácter indelegable, salvo las mencionadas en las letras b) y c), que podrán ser adoptadas por razones de urgencia por la Comisión Delegada, con posterior ratificación por el Consejo en pleno.
Ver epígrafes: C.1 y C.6
No se incluyó la presente Recomendación, de reducir el número de Consejeros a entre cinco (5) y quince (15), que recomienda el Código Unificado, que requeriría modificar los Estatutos Sociales de la Compañía, que establecen en su artículo 35 los límites de seis (6) y diecisiete (17) Consejeros, porque se consideró que atendiendo a las limitaciones legales de capital social, la estructura del Consejo de Admistración debe estar preparada para dar cabida a representantes de posibles Accionistas, pero sin que ello suponga una disminución de una deseable proporción de Independientes.
el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad. Ver epígrafes: A.2, A.3, B.1.3 y B.1.14
Este criterio de proporcionalidad estricta podrá atenuarse, de forma que el peso de los dominicales sea mayor que el que correspondería al porcentaje total de capital que representen:
1º En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas o nulas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas, pero existan accionistas, con paquetes accionariales de elevado valor absoluto.
2º Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el Consejo, y no tengan vínculos entre sí.
Ver epígrafes: B.1.3, A.2 y A.3
a) Los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras;
b) La compañía busque deliberadamente, e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Ver epígrafes: B.1.2, B.1.27 y B.2.3
Hasta la fecha de elaboración del presente Informe, del total de dieciséis (16) miembros del Consejo de Administración de Enagás, S.A., sólo uno de ellos es mujer, Doña María Teresa García-Milá LLoveras, por lo que Enagás, S.A. ha detectado que debería incentivar y procurar la presencia femenina en los casos de presentarse alguna vacante en el Consejo, especialmente para puestos Independientes.
En línea con lo expuesto, el Consejo durante los ejercicios 2008 y 2009 ya viene adoptando iniciativas dirigidas a corregir la desigualdad de género. En concreto, el artículo 8 del Reglamento del Consejo, incorpora expresamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres que formula el Código Unificado. Dicho precepto establece que los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Ver epígrafe: B.1.42
Ver epígrafe: B.1.21
a) Se ajusten a la letra y al espíritu de las Leyes y sus reglamentos, incluidos los aprobados por los organismos reguladores;
b) Sean conformes con los Estatutos de la sociedad y con los Reglamentos de la Junta, del Consejo y demás que tenga la compañía;
c) Tengan presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código Unificado que la compañía hubiera aceptado.
Y que, para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombramiento y cese sean informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo; y que dicho procedimiento de nombramiento y cese conste en el Reglamento del Consejo.
Ver epígrafe: B.1.34
Ver epígrafe: B.1.29
Durante el ejercicio 2009 se han tratado de evitar las inasistencias de los Consejeros a los casos estrictamente necesarios, ascendiendo a dieciséis (16) el número total de inasistencias, y teniendo en cuenta que el Consejo se reunió en doce (12) ocasiones, ello representó el 8% del total de votos durante el ejercicio y en todos los casos, los Consejeros no presentes delegaron en el Presidente u otro miembro del Consejo el sentido del voto.
a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo;
b) Partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos, el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y por el primer ejecutivo de la compañía;
c) El funcionamiento de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven.
Ver epígrafe: B.1.19
a) Que los consejeros informen a la Comisión de Nombramientos de sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación exigida;
b) Que las sociedades establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros.
Ver epígrafes: B.1.8, B.1.9 y B.1.17
El apartado a) del artículo 13 del Reglamento del Consejo de Administración (Deber de diligente administración) establece que los Consejeros informarán a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de sus restantes obligaciones profesionales por si pudieran interferir con la dedicación exigida. La Sociedad podrá establecer límites al número de Consejos de los que puedan formar parte sus Consejeros si ello pudiera también interferir en la dedicación exigida.
El Reglamento del Consejo de Enagás, S.A. no limita de forma cuantitativa la pertenencia de sus Consejeros a otros Consejos de Administración, pero sí incorpora expresamente el contenido previsto en la presente Recomendación.
a) A propuesta de la Comisión de Nombramientos, en el caso de consejeros independientes.
b) Previo informe de la Comisión de Nombramientos, en el caso de los restantes consejeros.
Ver epígrafe: B.1.2
a) Perfil profesional y biográfico;
b) Otros Consejos de administración a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas;
c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca según corresponda, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de los posteriores, y;
e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sea titular.
Ver epígrafe: B.1.2
Ver epígrafes: A.2, A.3 y B.1.2
El artículo 12.2.f) del Reglamento del Consejo contempla que los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, cuando el Accionista al que representen los Consejeros Dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho Accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f) del citado artículo 12.2, si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
Analizando el grado de cumplimiento de la presente Recomendación, Don Luis Javier Navarro Vigil es Otro Consejero Externo
desde el 15 de noviembre de 2006, fecha en que el accionista BP España, S.A.U. que propuso el nombramiento como Consejero Dominical vendió su total participación en el capital de la Sociedad. No obstante, no es considerado Independiente por mantener o haber mantenido una relación de negocios importe con la Sociedad.
Ello no obstante, se consideró oportuno incluir a Don Luis Javier Navarro Vigil en la categoría de Otro Consejero Externo, por no darse todas las condiciones que para la calificación de Consejero Independiente establece el Código Unificado de Buen Gobierno en relación con la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre y la Circular 4/2007, de 27 de diciembre, de la CNMV.
También podrá proponerse el cese de consejeros independientes de resultas de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad cuando tales cambios en la estructura del Consejo vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la Recomendación 12.
Ver epígrafes: B.1.2, B.1.5 y B.1.26
Que si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examine el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decida si procede o no que el consejero continúe en su cargo. Y que de todo ello el Consejo de cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
Ver epígrafes: B.1.43 y B.1.44
Y que cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta Recomendación alcanza también al Secretario del Consejo, aunque no tenga la condición de consejero.
Ver epígrafe: B.1.5
a) Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen;
b) Conceptos retributivos de carácter variable, incluyendo, en particular:
i) Clases de consejeros a los que se apliquen, así como explicación de la importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos.
ii) Criterios de evaluación de resultados en los que se base cualquier derecho a una remuneración en acciones, opciones sobre acciones o cualquier componente variable;
iii) Parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anuales (bonus) o de otros beneficios no satisfechos en efectivo; y
iv) Una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que dará origen el plan retributivo propuesto, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
c) Principales características de los sistemas de previsión (por ejemplo, pensiones complementarias, seguros de vida y figuras análogas), con una estimación de su importe o coste anual equivalente.
d) Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos, entre las que se incluirán:
i) Duración;
ii) Plazos de preaviso; y
iii) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo.
Ver epígrafe: B.1.15
Esta recomendación no alcanzará a la entrega de acciones, cuando se condicione a que los consejeros las mantengan hasta su cese como consejero.
Ver epígrafes: A.3 y B.1.3
Cumple
Dicho informe se centrará especialmente en la política de retribuciones aprobada por el Consejo para el año ya en curso, así como, en su caso, la prevista para los años futuros. Abordará todas las cuestiones a que se refiere la Recomendación 35, salvo aquellos extremos que puedan suponer la revelación de información comercial sensible. Hará hincapié en los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio pasado al que se refiera la Junta General. Incluirá también un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en dicho ejercicio pasado.
Que el Consejo informe, asimismo, del papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones en la elaboración de la política de retribuciones y, si hubiera utilizado asesoramiento externo, de la identidad de los consultores externos que lo hubieran prestado.
Ver epígrafe: B.1.16
El Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, propone anualmente a la Junta General de Accionistas la retribución máxima que corresponde a los Consejeros por el desempeño de su cargo, así como el desglose por asistencias y por pertenencia a sus Comisiones, por Presidencia de dichas Comisiones y por el desempeño de la Vicepresidencia del Consejo.
La retribución del Presidente por el desempeño de sus funciones ejecutivas es aprobada por el Consejo de Administración.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones informa al Consejo acerca de todas las propuestas relativas a la política de retribuciones.
Durante el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no consideró necesario utilizar asesoramiento externo en la elaboración de la política de retribuciones de los Consejeros.
a) El desglose individualizado de la remuneración de cada consejero, que incluirá, en su caso:
i) Las dietas de asistencia u otras retribuciones fijas como consejero;
ii) La remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del Consejo;
iii) Cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron;
iv) Las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida;
v) Cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de sus funciones;
vi) Las remuneraciones percibidas como consejero de otras empresas del grupo;
vii) Las retribuciones por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos; viii) Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su omisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales percibidas por el consejero.
b) El desglose individualizado de las eventuales entregas a consejeros de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro instrumento referenciado al valor de la acción, con detalle de:
i) Número de acciones u opciones concedidas en el año, y condiciones para su ejercicio;
ii) Número de opciones ejercidas durante el año, con indicación del número de acciones afectas y el precio de ejercicio;
iii) Número de opciones pendientes de ejercitar a final de año, con indicación de su precio, fecha y demás requisitos de ejercicio;
iv) Cualquier modificación durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas. c) Información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros ejecutivos y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad.
Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.6
Que las reglas de composición y funcionamiento del Comité de Auditoría y de la Comisión o comisiones de Nombramientos y Retribuciones figuren en el Reglamento del Consejo, e incluyan las siguientes:
a) Que el Consejo designe los miembros de estas Comisiones, teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada Comisión; delibere sobre sus propuestas e informes; y ante él hayan de dar cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a sus reuniones, de su actividad y responder del trabajo realizado;
b) Que dichas Comisiones estén compuestas exclusivamente por consejeros externos, con un mínimo de tres. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la asistencia de consejeros ejecutivos o altos directivos, cuando así lo acuerden de forma expresa los miembros de la Comisión.
c) Que sus Presidentes sean consejeros independientes.
d) Que puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
e) Que de sus reuniones se levante acta, de la que se remitirá copia a todos los miembros del Consejo. Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.3
Cumple
a) Los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales...) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance;
b) La fijación del nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable;
c) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse;
d) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance. Ver epígrafes: D
1º En relación con los sistemas de información y control interno:
a) Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la sociedad y, en su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
b) Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.
c) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
d) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.
a) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.
Ver epígrafes: B.1.35, B.2.2, B.2.3 y D.3
a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.
b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo. c) Las operaciones vinculadas, salvo que esa función de informe previo haya sido atribuida a otra Comisión de las de supervisión y control.
Ver epígrafes: B.2.2 y B.2.3
Ver epígrafe: B.1.38
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.
b) Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.
c) Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.
d) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género señaladas en la Recomendación 14 de este Código.
Ver epígrafe: B.2.3
Las funciones y competencias de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Enagás, S.A. se contemplan en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo y se detallan en el epígrafe B.2.3 del presente Informe. Cumple la Recomendación prevista en el apartado c), pues dichos preceptos le atribuyen la función de informar los nombramientos y ceses de las personas que integran la Alta Dirección y, en su caso, aprobar las condiciones especiales de sus contratos.
Sin embargo, las funciones contempladas en los apartados a), b) y d) de la presente Recomendación sólo se cumplen parcialmente, pues aunque en la práctica la Comisión de Nombramientos y Retribuciones procure cumplirlas, los mencionados preceptos contemplan, entre otras, funciones relacionadas con las sugeridas, pero no idénticas y que son, entre otras las siguientes:
Establecer los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos y de acuerdo con lo que señale la Junta General, así como velar por la transparencia de las retribuciones.
Establecer la política general de remuneración de los Directivos de Enagás, S.A., dando cuenta de ello al Consejo de Administración, así como las directrices relativas al nombramiento, selección, carrera, promoción y despido de Altos Directivos, a fin de asegurar que la Sociedad dispone, en todo momento, del personal de alta cualificación adecuado para la gestión de sus actividades.
Revisar la estructura del Consejo de Administración, criterios que deban informar la renovación estatutaria de los Consejeros, la incorporación de nuevos miembros y cualquier otro aspecto relativo a su composición que considere conveniente, formulando al Consejo de Administración las propuestas que considere necesarias.
Formular y revisar los criterios que deban seguirse para la composición del Consejo de Administración y para la selección de quienes hayan de ser propuestos para el cargo de Consejero.
Informar, con criterios de objetividad y adecuación al interés social, de las propuestas de nombramiento, reelección y ratificación de Consejeros, así como las de nombramiento de los miembros de cada una de las Comisiones del Consejo.
Elevar al Consejo de Administración las propuestas relativas a la estructura organizativa de la Sociedad y a la creación de puestos de Alta Dirección que considere necesarias para una mejor y más eficaz gestión de la Sociedad.
Aprobar las retribuciones de la Alta Dirección, siempre que éstas no se aparten de los criterios establecidos en la política general de remuneración de Directivos.
Que la Comisión de Nombramientos consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la Comisión de Nombramientos que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
i) La política de retribución de los consejeros y altos directivos;
ii) La retribución individual de los consejeros ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos.
iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
b) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
Ver epígrafes: B.1.14 y B.2.3
Cumple
Si considera que existe algún principio o aspecto relevante relativo a las prácticas de gobierno corporativo aplicado por su sociedad, que no ha sido abordado por el presente Informe, a continuación, mencione y explique su contenido.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.2: Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio: - Gas Natural SDG, S.A. el 23 de junio de 2009 notificó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, denominada la CNMV) la autorización de la Comisión Nacional de la Competencia (en adelante, denominada la CNC) para la transmisión de 11.936.702 acciones, representativas del 5 por ciento del capital social de Enagás, S.A., al que ascendía su participación directa en Enagás, S.A., a Oman Oil Holdings Spain, S.L.U., filial íntegramente participada por Oman Oil Company S.A.O.C., perdiendo así Gas Natural SDG, S.A. la condición de partícipe significativo de Enagás, S.A. desde el 25 de junio de 2009, fecha en que Oman Oil Holdings Spain, S.L.U. comunicó a la CNMV la adquisición de la mencionada participación significativa en Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.3: Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, que posean derechos sobre acciones de la Sociedad: - En el cuadro al final del presente apartado, referido al número de derechos de opción directos e indirectos, y al número de acciones equivalentes, se incluyen todos los consejeros que poseen derechos de voto de las acciones de Enagás, S.A., con la excepción de Don Said Mohamed Abdulah Al Masoudi, que sólo posee una acción de Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.5: Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societarias que existan entre los titulares de participaciones significativas y la Sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario: - Mencionamos otras transacciones de Enagás, S.A. con el GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. que fue Partícipe Significativo de la Compañía y Parte Vinculada, de conformidad con lo dispuesto en el apartado d) del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004), hasta la fecha de 25 de junio de 2009, fecha en que vendió sus 11.936.702 acciones, representativas del 5 por ciento del capital social de Enagás, S.A., a Oman Oil Holdings Spain, S.L.U., filial íntegramente participada por Oman Oil Company S.A.O.C.
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora S.A., Gas Natural S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de Acceso de Terceros a la Red (ATR), de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a
31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3). Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes:
Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros.
Se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros.
Se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR PRESTADOS AL GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A.: 198.253,81 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.2: Complete el siguiente cuadro con los miembros del Consejo: - Que en el Consejo de Administración de fecha 27 de julio de 2009, el Consejero persona jurídica BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK), comunica su decisión de sustituir a Don Xabier de Irala Estévez por Don Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara, en su condición de representante en el Consejo de Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.6: Indique, en el caso de que existe, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s: No existe Consejero Delegado.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.8: Detalle, en su caso, los Consejeros de su Sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras Entidades Cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la Sociedad: - Don José Luis Olivas Martínez, representante del Consejero Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (BANCAJA) es Consejero de IBERDROLA, S.A., Presidente del Consejo Consultivo de IBERDROLA, S.A. en la Comunidad Valenciana y fue Consejero de ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A. hasta el 24 de noviembre de 2009.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.9: Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus Consejeros: - El artículo 13 del Reglamento del Consejo establece que la Sociedad podrá establecer límites al número de Consejos de los que pueden formar parte sus Consejeros si ello pudiera también interferir en la dedicación exigida. Asimismo, recoge las obligaciones los Consejeros informarán a la Comisión de Nombramientos y retribuciones de sus restantes obligaciones profesionales por si pudieran interferir con la dedicación exigida.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.11: Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los Consejeros devengada durante el ejercicio: - El concepto Otros del apartado B.1.11.a) incluye la cantidad de 77 miles de euros que percibió el Presidente en concepto de retribución en especie.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.16: Indique el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado. - La Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Enagás, S.A. no ha utilizado asesoramiento externo durante el ejercicio 2009.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.17: Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, Directivos o Empleados de Sociedades que ostenten Participaciones Significativas en la Sociedad Cotizada y/o en entidades de su Grupo: - Don Manuel Menéndez Menéndez, representante del Consejero PEÑA RUEDA, S.L.U. es Presidente de Caja de Ahorros de Asturias (CAJASTUR).
Don José Luis Olivas Martínez, representante del Consejero Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (BANCAJA), es Presidente de BANCAJA.
Don Enrique Martínez Robles, representante del Consejero Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), es Presidente de SEPI.
Don Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara, representante del Consejero Bilbao Bizkaia Kutka (BBK) desde el 27 de julio de 2009, es Presidente de la Comisión de Control de BBK.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.22: Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión: - No se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales. Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos: - El
artículo 39 de los Estatutos Sociales y el artículo 7 del Reglamento del Consejo establecen que el Consejo de Administración queda válidamente constituido cuando concurren al mismo, al menos, la mitad más uno de los presentes o representados, salvo en el caso de falta de convocatoria, en que se requiere la asistencia de todos los miembros. Los mencionados preceptos establecen que los acuerdos se adoptan con el voto de la mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes o representados, independientemente del tipo de decisión de que se trate, salvo en el caso de la votación por escrito y sin sesión, que sólo será admitida cuando ningún Consejero se oponga a este procedimiento y se cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento del Registro Mercantil.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.40: Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la Sociedad como de su Grupo, y que hayan sido comunicadas a la Sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan: - Don Manuel Menéndez Menéndez, representante de Peña Rueda, S.L. en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física ostenta los cargos de Presidente del Consejo de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. (H.C.), Presidente Consejo de NATURGÁS ENERGÍA GRUPO, S.A. y miembro del Consejo de EDP RENOVABLES, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.2.3: Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las Comisiones del Consejo. Ante la imposibilidad técnica de incorporar toda la información en el apartado B.2.3 del formulario, se reproduce a continuación el resto del texto. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO:
e) En relación con el Gobierno Corporativo: - Examinar el cumplimiento del Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores, vigente en cada momento, del Reglamento del Consejo y, en general, de las reglas de gobierno de la Sociedad, y hacer las propuestas necesarias para su mejora. En el ejercicio de esta función la Comisión de Auditoría y Cumplimiento actuará en coordinación con la Comisión de Nombramientos y Retribuciones cuando se refiera al cumplimiento de dicho código por parte de los Consejeros y Directivos de la Sociedad.
Elaborar un Informe Anual sobre las Actividades de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento que formará parte del Informe Anual de Gobierno Corporativo.
Participar en la elaboración del Informe Anual de Gobierno Corporativo, especialmente en lo relativo a transparencia informativa y conflictos de intereses.
f) En relación con los Accionistas: - Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en su seno en materia de su competencia.
NOTAS ACLARATORIAS DE LOS APARTADOS A.4, B.1.4, B.1.6, B.1.7, B.1.17, B.1.36 Y B.2.6: No se han cumplimentado, por no darse ninguno de los supuestos contemplados en ENAGÁS, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO C.2: Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la Sociedad o entidades de su Grupo, y los Accionistas Significativos de la Sociedad. - Por un lado, dentro de las transacciones entre Enagás, S.A. y sus Accionistas Significativos, aclarar que Caja de Ahorros de Asturias (CAJASTUR) participaba con 65.000 miles de euros en el préstamo modalidad CLUB DEAL firmado con fecha 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009. A ello nos referimos en el apartado C.2 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por ese mismo importe.
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora S.A., Gas Natural S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de Acceso de Terceros a la Red (ATR), de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3). Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes:
Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros.
Se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros.
Se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR PRESTADOS AL GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A.: 198.253,81 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO C.3: Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la Sociedad o entidades de su Grupo, y los Administradores o Directivos de la Sociedad:
OPERACIONES CON BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK): Enagás, S.A. tiene contratada una línea de crédito con BBK, por importe de 12.000 miles de euros. También tiene contratado con BBK un préstamo, por importe de 50.000 miles de euros con vencimiento a un año. Enagás S.A. tiene suscrito con BBK un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008-enero 2010, por importe de 30.000 miles de euros. A ello nos referimos en el apartado C.3 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por importe de 92.000 miles de euros. Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con BBK en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las habituales de mercado.
OPERACIONES CON CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE (BANCAJA): Enagás, S.A. tiene abierta una línea de crédito con BANCAJA, por importe de 6.000 miles de euros y, además, tiene suscrito con Bancaja un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008-enero 2010, por importe de 50.000 miles de euros. A ello nos referimos en el apartado C.3 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por importe de 56.000 miles de euros. Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con BANCAJA en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las de mercado.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado a del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004, que contempla las operaciones con los Administradores, los Directivos y los familiares próximos de unos y otros:
1) MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Las dietas por asistencia percibidas por los miembros del Consejo de Administración ascendieron, a 31 de diciembre de 2009, a la cantidad total de 1.155 miles de euros.
La retribución correspondiente a cada uno de los miembros del Consejo de Administración a fecha de 31 de diciembre de 2009 se desglosa en la siguiente relación (en miles de euros):
NOMBRE O DENOMINACIÓN SOCIAL DE LOS ADMINISTRADORES E IMPORTES (EN MILES DE EUROS) DE SU RETRIBUCIÓN DURANTE EL EJERCICIO 2009:
DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ: 1.621
DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ: 64
BBK (BILBAO BIZKAIA KUTXA): 72
BANCAJA (CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE): 108.
DON CARLOS EGEA KRAUEL: 26
DON SALVADOR GABARRÓ SERRA: 21
DOÑA TERESA GARCÍA-MILÁ LLOVERAS: 76
DON MIGUEL ÁNGEL LASHERAS MERINO: 64
DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ: 78
DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL: 76
DON MARTÍ PARELLADA SABATA: 81
PEÑA RUEDA, S.L.U.: 64 DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO: 76 DON JOSÉ RIVA FRANCOS: 64 SAGANE INVERSIONES, S.L.: 49 SAID AL MASOUDI: 23 SEPI (SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES): 73 DON ANTONIO TÉLLEZ DE PERALTA: 76
Se puede comprobar que en el cómputo del total de dietas por asistencia (1.155 miles de euros), se tuvieron en cuenta además, las dietas percibidas por los Consejeros que dimitieron durante el ejercicio 2009. En concreto, las percibidas por Don CARLOS EGEA KRAUEL, por importe de 26 miles de euros, percibidas por la asistencia a sesiones hasta la fecha de su dimisión, esto es, hasta el 27 de abril de 2009; y también las percibidas por Don SALVADOR GABARRÓ SERRA, por importe de 21 miles de euros, percibidas por la asistencia a sesiones hasta la fecha de su dimisión, esto es, hasta el 7 de abril de 2009. - Asimismo, para calcular las dietas percibidas por los consejeros que sustituyeron a los dos anteriores, se tuvieron en cuenta las fechas en que comenzaron a ser miembros del Consejo, esto es, SAGANE INVERSIONES, S.L. desde el 27 de abril de 2009 y el SR. SAID AL MASOUDI desde el 27 de julio de 2009 (el primero sustituyó a Don Carlos Egea y el segundo a Don Salvador Gabarró).
Por otro lado, la retribución del Presidente del Consejo, DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ, que asciende a la cantidad de 1.621 miles de euros, incluye tanto la retribución fija como la variable, las dietas por asistencia, así como otros conceptos de retribución en especie. No se incluyen en dicha cantidad los beneficios por aportaciones a fondos y planes de pensiones ni los beneficios por obligaciones contraidas en fondos y planes de pensiones. Para un mayor detalle por conceptos retributivos, consultar el Apartado B.1.11 del presente Informe.
Las retribuciones percibidas por la ALTA DIRECCIÓN de la Compañía ascendieron, a 31 de diciembre de 2009, a la cantidad de 2.450 miles de euros. Se incluye dentro de esta partida, la retribución percibida por el Comité de Dirección y por el Responsable de Auditoría Interna de Enagás, S.A. Para una mayor información, consultar el Apartado B.1.12 del presente Informe.
Enagás, S.A. tiene contratada con Caja Murcia:
1) Una línea de crédito, por importe de 35.000 miles de euros.
2) Una línea de avales, por importe de 6.000 miles de euros.
Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con Caja Murcia en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las habituales de mercado.
Entre otras operaciones con otras partes vinculadas (apartado d del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004), destacamos las siguientes:
II) LA CAIXA D´ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA (LA CAIXA) Y ENTIDADES DE SU GRUPO:
1) La Caixa participaba con 89.000 miles de euros en el Préstamo modalidad CLUB DEAL, suscrito el 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009.
2) Enagás, S.A. además, ha ampliado, en el año 2009, una línea de crédito de 100.000 miles de euros.
3) Los avales técnicos otorgados por La Caixa a Enagás, S.A. ascienden, a 31 de diciembre de 2009, a 30.000 miles de euros y los financieros a 58.939 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos contratos de renting con entidades del grupo La Caixa, por importe de 8.530 miles de euros. Los gastos que esto ha supuesto para Enagás, S.A. han sido de 1.521 miles de euros.
5) Enagás, S.A. tiene suscrito con La Caixa un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008 enero 2010, por importe de 100.000 miles de euros.
6) La Caixa tiene formalizado con Enagás, S.A. un préstamo de 100.000 miles de euros, a tres años.
7) Además, La Caixa y Enagás, S.A. han formalizado un préstamo bajo la modalidad de intermediación financiera de 175.000 miles de euros, correspondientes al tramo B del préstamo otorgado por el BEI, por importe de 1.000.000 miles de euros.
8) Enagás, S.A. tiene suscrito con La Caixa un contrato de contrato de cobertura de intereses (IRS), de 50.000 miles de euros, desde noviembre 2009 hasta noviembre 2012.
III) CAIXA CATALUNYA:
1) Enagás, S.A. ha renovado y ampliado una póliza de crédito con Caixa Catalunya, por importe de 10.000 miles de euros.
2) Enagás, S.A tiene contratada con Caixa Catalunya una línea de avales, por importe de 12.000 miles de euros.
3) Caixa Catalunya participaba con 15.000 miles de euros en el préstamo modalidad CLUB DEAL, firmado con fecha 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009. - Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con Caixa Catalunya en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las de mercado.
IV) BANCO SABADELL:
1) Banco Sabadell y Enagás, S.A. tienen formalizado un préstamo bajo la modalidad de intermediación financiera de 100.000 miles de euros, correspondientes al tramo C del préstamo otorgado por el BEI, por importe de 1.000.000 miles de euros.
2) Adicionalmente, se ha formalizado con Banco Sabadell una línea de crédito, por importe de 6.000 miles de euros, a tres años.
3) Enagás, S.A. ha suscrito con ellos un préstamo de 150.000 miles de euros, a tres años.
4) Enagás, S.A. ha formalizado con Banco Sabadell una línea de avales, por importe de 6.000 miles de euros.
5) Por último, Enagás, S.A. ha suscrito con Banco Sabadell un contrato de cobertura de intereses (IRS) de 50.000 miles de euros, desde noviembre de 2009 hasta noviembre de 2012.
V) EULEN, S.A:
Enagás, S.A. ha tenido unos gastos de 2.221 miles de euros, en concepto de mantenimiento de edificios e instalaciones. VI) GRUPO INTERMONEY:
Enagás, S.A. ha recibido unos ingresos de 4.260 miles de euros de la sociedad Wind to Market S.A., en concepto de venta de derechos de emisión. La operación se realizó en condiciones de mercado.
VII) GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. (operaciones vinculadas, excepto ATR):
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural, SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
VII) GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. (sólo operaciones de ATR):
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora, S.A., Gas Natural, S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de ATR, de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3).
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros; se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros; y se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros. - IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 198.253,81 MILES DE EUROS.
VIII) IBERDROLA, S.A.:
1) Enagás, S.A. ha comprado, durante el período, gas para autoconsumos a Iberdrola S.A, por un importe de 5.427 miles de euros.
2) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Iberdrola, S.A. un total de catorce (14) contratos de ATR, de los cuáles uno (1) es a corto plazo y trece (13) a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se ha suscrito un (1) contratos de ATR, que ya no continúa en vigor.
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 12.981,39 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL,.622,30 miles de euros; se han transportado 14.957,58 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 22.809,58 miles de euros; y se han almacenado 1.980,95 GWh de media, habiéndose facturado por estos servicios, 11.826,57 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 46.258,45 MILES DE EUROS.
IX) NATURGÁS COMERCIALIZADORA, S.A.:
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Naturgás Comercializadora, S.A. nueve (9) contratos de ATR, de los cuáles ocho (8) son a largo plazo y uno (1) es a corto plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito dos (2) contratos de ATR de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, continúan en vigor tres (3).
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 1.885,31 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 1.955,06 miles de euros; se han transportado 1.637,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 704,62 miles de euros; y se han almacenado 1.305,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 6.721,95 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 9.381,63 MILES DE EUROS.
X) HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA, S.A.:
Enagás, S.A. ha tenido un gasto de 1.726 miles de euros, en concepto de recepción de servicios de energía eléctrica por parte de Hidrocantábrico.
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Hidrocantábrico Energía, S.A. tres (3) contratos de ATR a largo plazo. En el cuarto trimestre, no se ha suscrito ningún contrato. Se han transportado 2.465,16 GWh, por los que se ha facturado la cantidad de 866,36 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 866,36 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO F. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO. En resumen, Del total de 58 recomendaciones, Enagás, S.A. cumple 48 recomendaciones, cumple parcialmente 4 recomendaciones. Explica 3 recomendaciones y no son aplicables a Enagás, S.A. 3 Recomendaciones. NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO G2. DEFINICIÓN VINCULANTE DE CONSEJERO INDEPENDIENTE: La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo de Administración han examinado las SITUACIONES referidas a tres (3) Consejeros Independientes, entendiendo que NO AFECTAN A SU INDEPENDENCIA. (Ver APARTADO G.2 SIGUIENTE).
Dentro de este apartado podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz, relacionados con los anteriores apartados del informe, en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.
En concreto, indique si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
Definición vinculante de consejero independiente:
Indique si alguno de los consejeros independientes tiene o ha tenido alguna relación con la sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos, que de haber sido suficientemente significativa o importante, habría determinado que el consejero no pudiera ser considerado como independiente de conformidad con la definición recogida en el apartado 5 del Código Unificado de buen gobierno:
| SI | |
|---|---|
| Nombre del consejero | |
| DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ | |
| Tipo de relación | |
| Contractual | |
| Explicación | |
Pese a que es Consejero Delegado de Eulen, S.A., entidad que mantuvo una relación comercial con Enagás, S.A. en el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo entienden que la abstención del Consejero en el proceso de negociación y decisión por cualquiera de ambas Partes; los rigurosos procedimientos de contratación de obras y servicios que con carácter general sigue la Sociedad de los que no fue excluido este caso y la expresa intervención de la Comisión y del Consejo dado el carácter vinculado de la
relación, hacen que la misma no sea suficientemente significativa o importante como para que el citado Consejero no pueda continuar siendo considerado Independiente.
DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO
Contractual
Si bien es cierto que es Presidente de Intermoney Energía, S.A., entidad que mantuvo una relación de asesoramiento con la Sociedad en el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo entienden que la cuantía de los honorarios percibidos por Intermoney como consecuencia de dicho asesoramiento, en materia muy especializada, son de una cuantía que no es significativa ni importante, por lo que el Consejero puede seguir siendo considerado Independiente. A ello se añade la expresa intervención de la Comisión y del Consejo dado el carácter vinculado de la relación.
DON MARTÍ PARELLADA SABATA
Comercial
Aunque viene prestando servicios al Grupo de Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (Grupo BANCAJA) durante los años 2006 y 2007, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo han constatado que durante los ejercicios 2008 y 2009 no se han producido servicios de esa naturaleza y que el importe de los prestados en los ejercicios citados es insignificante, atendiendo al volumen de negocio de las partes afectadas. A ello debe añadirse que los servicios no se prestaron a Enagás, S.A. sino al Grupo de uno de sus Accionistas, el cual tiene limitados los derechos políticos en la Sociedad en los rigurosos términos establecidos en la Disposición Adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos. Por ello consideran que el Consejero debe ser considerado Independiente.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha
Indique si ha habido Consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
| Activo | Notas | 31.12.2009 | 31.12.2008 |
|---|---|---|---|
| ACTIVOS NO CORRIENTES | 4,764,874 | 4,046,543 | |
| Activos intangibles | 5 | 41,405 | 37,552 |
| Inmovilizaciones materiales | 6 | 4,654,955 | 3,975,029 |
| Activos financieros no corrientes | 8 | 11,018 | 19,716 |
| Activos por impuestos diferidos | 21 | 57,496 | 14,246 |
| ACTIVOS CORRIENTES | 1,015,065 | 671,283 | |
| Existencias | 10 | 4,725 | 2,215 |
| Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | 9 | 359,669 | 444,208 |
| Otros activos financieros corrientes | 8 | 8,083 | 8,461 |
| Otros activos corrientes | 2,064 | 1,857 | |
| Efectivo y otros medios líquidos equivalentes | 11 | 640,524 | 214,542 |
| TOTAL GENERAL | 5,779,939 | 4,717,826 |
| Pasivo | |||
|---|---|---|---|
| Notas | 31.12.2009 | 31.12.2008 | |
| PATRIMONIO NETO | 1,581,255 | 1,440,366 | |
| FONDOS PROPIOS | 1,593,429 | 1,456,080 | |
| Capital suscrito | 12 | 358,101 | 358,101 |
| Reservas | 12 | 1,004,859 | 901,165 |
| Resultado del ejercicio | 298,031 | 258,885 | |
| Dividendo activo a cuenta | 12 | (67,562) | (62,071) |
| AJUSTES POR CAMBIO DE VALOR | 12 | (12,174) | (15,714) |
| PASIVOS NO CORRIENTES | 3,372,581 | 2,259,041 | |
| Provisiones | 14 | 31,504 | 31,523 |
| Pasivos financieros no corrientes | 15 | 3,090,039 | 2,156,403 |
| Pasivos por impuestos diferidos | 21 | 166,585 | 1,355 |
| Otros pasivos no corrientes | 16 | 84,453 | 69,760 |
| PASIVOS CORRIENTES | 826,103 | 1,018,419 | |
| Pasivos financieros corrientes | 15 | 503,763 | 514,735 |
| Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar | 19 | 321,955 | 503,159 |
| Otros pasivos corrientes | 385 | 525 | |
| TOTAL GENERAL | 5,779,939 | 4,717,826 |
Las Notas 1 a 33 descritas en la Información Financiera adjunta forman parte integrante del Balance de Situación Consolidado a 31 de diciembre de 2009
| (Expresado en miles de euros) | ||||
|---|---|---|---|---|
| ------------------------------- | -- | -- | -- | -- |
| Notas | 31.12.2009 | 31.12.2008 | |
|---|---|---|---|
| Compra-Venta de gas mercado regulado | 22 | - | 7,640 |
| Ingresos por actividades reguladas | 22 | 866,829 | 813,101 |
| Ingresos por actividades no reguladas | 22 | 15,429 | 16,186 |
| Otros ingresos de explotación | 22 | 14,125 | 16,807 |
| Gastos de personal | 23 | (60,743) | (68,952) |
| Otros gastos de explotación | 23 | (139,437) | (155,126) |
| Dotaciones a amortizaciones | (216,590) | (203,051) | |
| Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado | 5,104 | 6,508 | |
| RESULTADO DE EXPLOTACIÓN | 484,717 | 433,113 | |
| Ingresos financieros e ingresos asimilados | 24 | 12,257 | 13,799 |
| Gastos financieros y gastos asimilados | 24 | (72,715) | (80,910) |
| Variación del valor razonable de instrumentos financieros | 24 | (779) | 124 |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS DE OPERACIONES CONTINUADAS |
423,480 | 366,126 | |
| Impuesto sobre las ganancias | 21 | (125,449) | (107,241) |
| RESULTADO DEL EJERCICIO DE OPERACIONES CONTINUADAS |
298,031 | 258,885 | |
| Rdo.después de impuestos de las actividades interrumpidas | - | - | |
| RESULTADO DEL EJERCICIO | 298,031 | 258,885 | |
| Atribuible a : | |||
| Sociedad Dominante | 298,031 | 258,885 | |
| BENEFICIO NETO POR ACCIÓN BENEFICIO NETO POR ACCIÓN DILUIDO |
13 13 |
1.25 1.25 |
1.08 1.08 |
Las Notas 1 a 33 descritas en la Información Financiera adjunta forman parte integrante de la Cuenta de Resultados Consolidada a 31 de diciembre de 2009
2009
Expresado en miles de euros
| 31.12.2009 | 31.12.2008 | |
|---|---|---|
| RESULTADO CONSOLIDADO DEL EJERCICIO | 298,031 | 258,885 |
| INGRESOS Y GASTOS IMPUTADOS EN EL PATRIMONIO NETO: | (18,509) | (10,168) |
| Por valoración de instrumentos financieros | ||
| Ativos financieros diponibles para la venta | 13 | (668) |
| Otros ingresos/(gastos) | - | 2,716 |
| Por coberturas de flujos de efectivo | (26,455) | (16,574) |
| Diferencias de conversión | - | - |
| Efecto impositivo | 7,933 | 4,358 |
| TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS: | 22,049 | (4,651) |
| Por valoración de instrumentos financieros | ||
| Ativos financieros diponibles para la venta | 779 | (124) |
| Otros ingresos/(gastos) | - | - |
| Por coberturas de flujos de efectivo | 30,722 | (6,520) |
| Diferencias de conversión | - | - |
| Efecto impositivo | (9,452) | 1,993 |
| TOTAL INGRESOS/(GASTOS) RECONOCIDOS | 301,571 | 244,066 |
| Atribuidos a la entidad dominante | 301,571 | 244,066 |
3
| Ca i l s ia l ta p oc im Pr de y a is i ón Em |
Re to de s res er va s |
Re l do ta su s j ic ios e er c ior te an r es |
Re l ta do su s |
iv i D de do n s a ta cu en |
A j tes us p or io b de ca m lor va |
To l ta im io Pa tr on to ne |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sa l do l 3 1. 1 2. 2 0 0 7 a |
3 5 8, 1 0 1 |
8 0 5, 7 0 9 |
- | 2 3 8, 2 8 6 |
( 5 ) 7, 2 9 6 |
( 5 ) 8 9 |
1, 3 4 3, 9 0 5 |
| A j b io de i io b le te ter ta us p or ca m cr co n |
- | - | - | - | - | - | - |
| A j te us p or err ore s |
- | - | - | - | - | - | - |
| Sa l do in ic ia l a j do ta us |
3 5 8, 1 0 1 |
8 0 5, 0 9 7 |
- | 2 3 8, 2 8 6 |
( ) 5 7, 2 9 6 |
( ) 8 9 5 |
1, 3 4 3, 9 0 5 |
| I. To l ing / ( ) i do ta to res os g as s rec on oc s |
2 5 8, 8 8 5 |
( ) 1 4, 8 1 9 |
2 4 4, 0 6 6 |
||||
| I I. Op ion ios ie ios ta er ac es co n s oc o p ro p r |
- | - | - | ( 8 5, 6 6 ) 7 |
( 6 2, 0 1 ) 7 |
- | ( 1 4 4 ) 7, 7 7 |
| Au / ( du i ón ) de i l to ta me n re cc ca p |
- | ||||||
| Co i ón de ivo f ina ier nv ers p as s nc os en im io tr p a on |
- | - - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| ón D is i bu i de d iv i de do tr c n s |
- | - | - | ( ) 8 5, 6 7 6 |
( ) 6 2, 0 7 1 |
- | ( ) 1 4 7, 7 4 7 |
| Op ion ion ias era c es co n a cc es p rop |
- | ||||||
| Inc / ( du ion ) tos rem en re cc es p or b ina ion de ios co m c es ne g oc |
- | - - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| O ion ios tra s o p era c es co n s oc |
- | - | - | - | - | - | - |
| I I I. O iac ion de im io tra tr to s v ar es p a on ne |
- | 9 5, 4 5 6 |
- | ( ) 1 5 2, 6 1 0 |
5 7, 2 9 6 |
- | 1 4 2 |
| Pa ba do ins de tru tos g os sa s e n me n im io tr p a on |
- | - | - | - | - | - | - |
| Tr i da de im io tre t tr to as p as os en p ar s p a on ne |
- | - | - | ( 1 2, 6 1 0 ) 5 |
- | - | ( 1 2, 6 1 0 ) 5 |
| O iac ion tra s v ar es |
- | 9 4 6 5, 5 |
- | - | 2 9 6 5 7, |
- | 1 2, 2 5 7 5 |
| Sa l do f ina l a l 3 1. 1 2. 2 0 0 8 |
3 5 8, 1 0 1 |
9 0 1, 1 6 5 |
- | 2 5 8, 8 8 5 |
( ) 6 2, 0 7 1 |
( ) 1 5, 7 1 4 |
1, 4 4 0, 3 6 6 |
Las Notas 1 a 33 descritas en la Información Financiera adjunta forman parte integrante del Estado de Patrimonio Neto consolidado a 31 de diciembre de
| Ca i l s ia l ta p oc Pr im de y a ón Em is i |
Re de to s res er va s |
Re l do ta su s j ic ios e er c ior te an r es |
Re l do ta su s |
D iv i de do n s a ta cu en |
A j tes us p or b io de ca m lor va |
To l ta Pa im io tr on to ne |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sa l do l 3 1. 1 2. 2 0 0 8 a |
3 5 8, 1 0 1 |
9 0 1, 1 6 5 |
- | 2 5 8, 8 8 5 |
( ) 6 2, 0 7 1 |
( ) 1 5, 7 1 4 |
1, 4 4 0, 3 6 6 |
| A j b io de i io b le te ter ta us p or ca m cr co n |
- | - | - | - | - | - | - |
| A j te us p or err ore s |
- | - | - | - | - | - | - |
| Sa in ic ia j l do l a ta do us |
3 5 8, 1 0 1 |
9 0 1, 1 6 5 |
- | 2 5 8, 8 8 5 |
( 6 2, 0 7 1 ) |
( 1 5, 7 1 4 ) |
1, 4 4 0, 3 6 6 |
| I. To l ing / ( ) i do ta to res os g as s rec on oc s |
2 9 8, 0 3 1 |
3, 5 4 0 |
5 3 0 1, 7 1 |
||||
| I I. Op ion ios ie ios ta er ac es co n s oc o p ro p r |
- | - | - | ( ) 9 3, 2 5 9 |
( ) 6 7, 5 6 2 |
- | ( ) 1 6 0, 8 2 1 |
| Au / ( du i ón ) de i l to ta me n re cc ca p |
- | ||||||
| Co i ón de ivo f ina ier nv ers p as s nc os en im io tr p a on |
- | - - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| D is i bu i ón de d iv i de do tr c n s |
- | - | - | ( 9 3, 2 5 9 ) |
( 6 7, 5 6 2 ) |
- | ( 1 6 0, 8 2 1 ) |
| Op ion ion ias era c es co n a cc es p rop |
- | ||||||
| / ( ) Inc du ion tos rem en re cc es p or b ina ion de ios co m c es ne g oc |
- | - - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| O ion ios tra s o p era c es co n s oc |
- | - | - | - | - | - | - |
| I I I. O iac ion de im io tra tr to s v ar es p a on ne |
- | 1 0 3, 6 9 4 |
- | ( 1 6 5, 6 2 6 ) |
6 2, 0 7 1 |
- | 1 3 9 |
| Pa ba do ins de tru tos g os sa s e n me n im io tr p a on |
- | - | - | - | - | - | - |
| Tr i da de im io tre t tr to as p as os en p ar s p a on ne |
- | - | - | ( ) 1 6 5, 6 2 6 |
- | ( ) 1 6 5, 6 2 6 |
|
| O iac ion tra s v ar es |
- | 1 0 3, 6 9 4 |
- | - | 6 2, 0 7 1 |
- | 1 6 5, 7 6 5 |
| Sa f ina l do l a l 3 1. 1 2. 2 0 0 9 |
3 5 8, 1 0 1 |
1, 0 0 4, 8 5 9 |
- | 2 9 8, 0 3 1 |
( 6 5 6 2 ) 7, |
( 1 2, 1 4 ) 7 |
1, 5 8 1, 2 5 5 |
Las Notas 1 a 33 descritas en la Información Financiera adjunta forman parte integrante del Estado de Patrimonio Neto consolidado a 31 de diciembre de
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| RESULTADO CONSOLIDADO ANTES DE IMPUESTOS | 423,480 | 366,126 |
| Ajustes al resultado consolidado | 278,617 | 269,450 |
| Amortización de activos fijos | 216,590 | 203,051 |
| Otros ajustes al resultado | 62,027 | 66,399 |
| Deterioro de inmovilizado | 105 | 921 |
| Movimiento en provisiones | 6,226 | 7,449 |
| Imputación de subvenciones | - | (118) |
| (Beneficios) / pérdidas en la venta de inmovilizado | (5,209) | (7,429) |
| (Beneficios) / pérdidas en la venta de inmovilizado financiero | 779 | (124) |
| Ingresos financieros | (12,257) | (13,799) |
| Gastos financieros | 72,715 | 80,910 |
| Otros ajustes | (332) | (1,411) |
| Variación del capital circulante operativo | (17,463) | 35,897 |
| Existencias | (776) | 1,164 |
| Reclasificación del Gas Talón | - | - |
| Deudores y otras cuentas a cobrar | 118,142 | 45,635 |
| Otros activos corrientes | (4,051) | (3,360) |
| Acreedores y otras cuentas a pagar | (130,778) | (7,542) |
| Otros pasivos corrientes | - | - |
| Otros activos y pasivos no corrientes | - | - |
| Otros flujos de efectivo de actividades de explotación | (150,296) | (200,253) |
| Pagos de intereses | (89,489) | (112,328) |
| Cobros de intereses | 11,642 | 11,714 |
| Cobros /(pagos) por impuesto sobre beneficios | (65,583) | (99,639) |
| Otros Cobros /(pagos) | (6,866) | - |
| FLUJOS NETOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN | 534,338 | 471,220 |
| Pagos por inversiones | (871,980) | (761,069) |
| Inmovilizado e inversiones inmobiliarias | (871,980) | (760,339) |
| Otros activos financieros | - | (730) |
| Cobros por desinversiones | 22,022 | 9,064 |
| Inmovilizado e inversiones inmobiliarias | 6,978 | 7,322 |
| Otros activos financieros | 15,044 | 1,742 |
| Otros flujos de efectivo de las actividades de inversión | - | 406 |
| Otros cobros/(pagos) de actividades de inversión | - | 406 |
| FLUJOS NETOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | (849,958) | (751,599) |
| Cobros y (pagos) por instrumentos de patrimonio | - | - |
| Cobros y (pagos) por instrumentos de pasivo financiero | 964,495 | 632,638 |
| Emisión | 2,118,981 | 710,500 |
| Devolución y amortización | (1,154,486) | (77,862) |
| Pagos por dividendos | (222,893) | (142,972) |
| FLUJOS NETOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | 741,602 | 489,666 |
| FLUJOS NETOS TOTALES DE EFECTIVO | 425,982 | 209,287 |
| Efectivo y otros medios líquidos equivalentes al principio del periodo | 214,542 | 5,255 |
| EFECTIVO Y OTROS MEDIOS LÍQUIDOS EQUIVALENTES AL FINAL DEL PERIODO | 640,524 | 214,542 |
La Sociedad Dominante Enagás, S.A. es una sociedad constituida en España de conformidad con la Ley de Sociedades Anónimas, siendo su objeto social la importación, adquisición y venta de gas natural en el mercado nacional regulado, así como su regasificación, almacenamiento y transporte tanto para el mercado regulado como para el liberalizado. Su domicilio social se encuentra en Paseo de los Olmos, nº 19 28005 Madrid. En la página "web": www.enagas.es y en su domicilio social pueden consultarse los Estatutos sociales y demás información pública sobre la sociedad y su Grupo.
Adicionalmente a las operaciones que lleva a cabo directamente, Enagás, S.A. es cabecera de un grupo de entidades que incluyen participaciones en negocios conjuntos, que se dedican a actividades de transporte de gas y que constituyen, junto con Enagás, S.A., el Grupo Enagás (en adelante, el Grupo). Consecuentemente, Enagás, S.A. está obligada a elaborar, además de sus propias Cuentas Anuales, las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo, que incluyen, asimismo, las participaciones en negocios conjuntos e inversiones en entidades asociadas.
Las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo y las de cada una de las entidades integrantes del mismo, correspondientes al ejercicio 2009, que han servido de base para la preparación de estas Cuentas Anuales Consolidadas, se encuentran pendientes de aprobación por sus respectivas Juntas Generales de Accionistas. No obstante, los Administradores entienden que dichas Cuentas Anuales serán aprobadas conforme están presentadas.
Estas Cuentas Anuales Consolidadas se presentan en miles de euros (salvo mención expresa) por ser ésta la moneda funcional del entorno económico principal en el que opera el Grupo Enagás.
Las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo Enagás del ejercicio 2009 han sido formuladas por los Administradores, en reunión del Consejo de Administración celebrada el día 1 de febrero de 2010, de acuerdo con lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera (en adelante, "NIIF"), según han sido adoptadas por la Unión Europea, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Estas Cuentas Anuales muestran la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del Grupo al 31 de diciembre de 2009, y de los resultados de sus operaciones, de los cambios en el patrimonio neto y de los flujos de efectivo y de los cambios en el estado de ingresos y gastos reconocidos, que se han producido en el Grupo en el ejercicio terminado en esa fecha.
Las Cuentas Anuales Consolidadas del ejercicio 2009 del Grupo Enagás han sido preparadas a partir de los registros de contabilidad mantenidos por la Sociedad dominante y por las restantes entidades integradas en el Grupo.
La Cuentas Anuales Consolidadas de 2008 que se incluyen a efectos comparativos también han sido elaboradas de acuerdo con lo establecido en las NIIF adoptadas por la Unión Europea de forma consistente con las aplicadas en el ejercicio 2009, las cuales fueron aprobadas por la Junta General de Accionistas celebrada el 27 de marzo de 2009.
Las sociedades integrantes del Grupo cierran sus correspondientes ejercicios el 31 de diciembre, siendo las cuentas a dicha fecha las utilizadas en la consolidación a excepción de Gasoduto Braga-Tuy, S.A. y Gasoduto Campo Maior - Leiria - Braga, S.A., que por razones de fecha en la aprobación de estas Cuentas Anuales y la inmaterialidad que ello supone, la consolidación de estas sociedades está realizada con sus datos al cierre del 30 de noviembre de 2009.
En la Nota 3 se resumen los principios contables y criterios de valoración más significativos aplicados en la preparación de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo del ejercicio 2009.
La información contenida en estas Cuentas Anuales Consolidadas es responsabilidad de los Administradores del Grupo.
En las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo correspondientes al ejercicio 2009 se han utilizado ocasionalmente estimaciones realizadas por la Alta Dirección del Grupo y de las entidades consolidadas ratificadas posteriormente por su Administradores - para cuantificar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Básicamente, estas estimaciones se refieren a:
• La vida útil de los activos materiales e intangibles (Nota 3-a y 3-b).
• La valoración de activos para determinar la existencia de pérdidas por deterioro de los mismos (Nota3 c).
A pesar de que estas estimaciones se realizaron en función de la mejor información disponible al 31 de diciembre de 2009 sobre los hechos analizados, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas (al alza o a la baja) en próximos ejercicios; lo que se haría, conforme a lo establecido en la NIC 8, de forma prospectiva reconociendo los efectos del cambio de estimación en las correspondientes Cuentas de Resultados Consolidadas.
Las Sociedades participadas por Enagás, S.A. que han sido incluidas en el perímetro de consolidación están dedicadas al transporte de gas.
Las Cuentas Anuales de las entidades multigrupo se consolidan por aplicación del método de integración proporcional; de tal forma que la agregación de saldos y las posteriores eliminaciones tienen lugar, en la proporción que la participación del Grupo representa en relación con el capital de estas entidades.
La consolidación se ha llevado a cabo según el siguiente proceso:
a. El método de integración proporcional para las sociedades multigrupo gestionadas conjuntamente con Transgás, S.A., para las sociedades Gasoducto Al-Andalus, S.A. y Gasoducto de Extremadura, S.A., y con REN Gasoductos, S.A. para las Sociedades Gasoduto Campo Mayor-Leiria-Braga, S.A. y Gasoduto Braga-Tuy, S.A. (estas dos últimas, empresas portuguesas).
b. Transacciones entre sociedades incluidas en el perímetro de consolidación: Se han eliminado en el proceso de consolidación los créditos, débitos, ingresos y gastos y los resultados por operaciones con sociedades del Grupo en la proporción que representa la participación de Enagás, S.A. en el capital de aquéllas.
c. Homogeneización de criterios: En las sociedades participadas en las que se sigue un criterio de contabilización y valoración distinto al del Grupo, se ha procedido en el proceso de consolidación a su ajuste, siempre que su efecto fuera significativo, con el fin de presentar los estados financieros consolidados en base a normas de valoración homogéneas.
d. Conversión de estados financieros en moneda extranjera: Todas las Sociedades incluidas en el perímetro de consolidación, registran sus cuentas en euros, por lo que no ha sido necesario realizar conversión de estados financieros en moneda extranjera.
e. Eliminación de dividendos: Se consideran dividendos internos los registrados como ingresos del ejercicio de una Sociedad del Grupo que hayan sido distribuidos por otra perteneciente al mismo.
Los dividendos recibidos por Sociedades del Grupo correspondientes a beneficios distribuidos de ejercicios anteriores se eliminan considerándolos reservas de la sociedad perceptora y se incluyen dentro del epígrafe de Reservas.
En la Nota 33 se resumen las circunstancias más significativas de los negocios conjuntos del Grupo en vigor al cierre del ejercicio 2009.
Al objeto de facilitar la comprensión de la información presentada en estas Cuentas Anuales Consolidadas y su comparación con la información remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Grupo adoptó algunos desgloses contenidos en el activo y pasivo adjuntos del ejercicio 2008, de acuerdo con los desgloses contenidos en la Circular 1/2008 de 15 de febrero de 2008.
Las principales normas de valoración utilizadas en la elaboración de las Cuentas Anuales Consolidadas adjuntas han sido las siguientes:
Los activos intangibles se valoran inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado.
Los criterios para el reconocimiento de las pérdidas por deterioro de estos activos y, en su caso, de las recuperaciones de las pérdidas por deterioro registradas en ejercicios anteriores son similares a los aplicados para los activos materiales (ver nota 3c).
Los costes de desarrollo se activan amortizándose linealmente a lo largo de su vida útil, siempre que estén específicamente individualizados por proyectos, su importe pueda ser claramente establecido y existan motivos fundados para confiar en el éxito técnico y en la rentabilidad económico-comercial del proyecto.
El Grupo registra como gasto en la Cuenta de Resultados Consolidada todos los costes de investigación y aquellos costes de desarrollo en los cuales no se puede establecer la viabilidad tecnológica y comercial de los mismos. El importe de los gastos de investigación y los gastos de desarrollo que se han imputado como gastos en la Cuenta de Resultados Consolidada adjunta asciende a 1.152 miles de euros en 2009 y 1.240 miles de euros en 2008, todos ellos de investigación.
Las concesiones sólo pueden ser incluidas en el activo cuando hayan sido adquiridas por la empresa a título oneroso en aquellas concesiones susceptibles de traspaso, o por el importe de los gastos realizados para su obtención directa del Estado o de la Entidad Pública correspondiente. Si se dan las circunstancias de incumplimiento de condiciones, que hacen perder los derechos derivados de una concesión, el valor contabilizado para la misma se saneará en su totalidad, al objeto de anular su valor neto contable. Dichas concesiones se amortizan en función de la vida útil de las mismas.
Los costes de adquisición y desarrollo incurridos en relación con los sistemas informáticos básicos en la gestión se registran con cargo al epígrafe "Activos intangibles" del Balance de Situación Consolidado. Los costes de mantenimiento de los sistemas informáticos se registran con cargo a la Cuenta de Resultados Consolidada del ejercicio en que se incurren. Se valoran por el importe satisfecho por la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos, así como por su coste de producción si son desarrolladas por la sociedad. La amortización de los mismos se realiza en un plazo de cuatro años.
Los activos intangibles con vida definida se amortizan en función de la misma, que equivalen a los porcentajes de amortización siguientes:
| Porcentaje anual | Vida útil | |
|---|---|---|
| Gastos de Desarrollo Concesiones, patentes, licencias, marcas y similares: |
5%-50% | 20-2 |
| - Concesiones portuarias en Planta de Barcelona | 1,33%-1,28% | 75-78 |
| - Concesiones portuarias en Planta de Huelva | 7,60% | 13 |
| - Uso dominio público radioeléctrico | 20,00% | 5 |
| Aplicaciones Informáticas | 25% | 4 |
En el ejercicio 2008, el Ministerio de Medio Ambiente publicó la asignación definitiva y gratuita de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones de la sociedad Enagás, S.A. Dicha asignación se encuentra recogida en el Plan Nacional de Asignación 2008-2012. En el ejercicio 2008 la sociedad Enagás, S.A. entregó los derechos de emisión de efecto invernadero equivalentes a las emisiones realizadas durante el ejercicio 2008.
El Grupo sigue la política de registrar como activo intangible no amortizable los derechos de emisión de igual forma que para el resto de sus activos, por lo que se valoran inicialmente por su coste de adquisición, dotándose la correspondiente provisión en caso de que el valor de mercado sea inferior al mencionado coste de adquisición.
Para los derechos recibidos gratuitamente de acuerdo al Plan Nacional de Asignación del periodo 2008- 2012, se considera como coste de adquisición un valor nulo dado que el Grupo presenta los activos netos de subvenciones, (ver Nota 27).
El inmovilizado material se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción, con excepción de la revalorización efectuada como consecuencia de la actualización de balances realizada en el ejercicio de 1996, y posteriormente se minora por la correspondiente amortización acumulada y las pérdidas por deterioro si las hubiera, conforme al criterio mencionado en la nota siguiente.
Los costes de renovación, ampliación o mejora son incorporados al activo como mayor valor del bien exclusivamente cuando suponen un aumento de su capacidad, productividad o prolongación de su vida útil, deduciéndose en su caso el valor neto contable de los bienes sustituidos. Por el contrario, los gastos periódicos de mantenimiento, conservación y reparación se cargan a los resultados del ejercicio en que se incurren.
Los costes capitalizados incluyen:
Los gastos financieros relativos a la financiación de los proyectos de infraestructura devengados únicamente durante el período de construcción en obras si éste es superior al año, siendo la tasa media de capitalización utilizada para determinar el importe de los costes por intereses a capitalizar durante el ejercicio 2009 de 3,40% (4,75% en 2008).
Los gastos de personal relacionados directamente con las obras en curso. Para ello el Grupo posee un "Procedimiento funcional para imputación de Gastos de Personal a Proyectos de Inversión" que recoge las hipótesis de cálculo, este procedimiento recoge que para el cálculo de los trabajos realizados para su inmovilizado tiene en cuenta tanto los costes de personal directos, es decir, las horas realizadas e imputadas a cada proyecto según unos precios/hora calculados al inicio del ejercicio, como una serie de costes indirectos. Los importes capitalizados por estos conceptos se registran en la Cuenta de Resultados Consolidada adjunta correspondiente al ejercicio 2009 minorando el importe correspondiente a coste de personal. (Ver Nota 6).
Los desembolsos futuros, a los que el Grupo deberá hacer frente en relación a la obligación de desmantelar determinados activos fijos tangibles correspondientes al almacenamiento subterráneo de Serrablo y al de Yela, al final de su vida útil. El importe en libros de dichos activos incluye una estimación del valor presente a la fecha de adquisición de los costes que supondrán para el Grupo las tareas de desmantelamiento, registrándose con abono al epígrafe "Provisiones a largo plazo" (Nota 14) del Balance de Situación Consolidado adjunto. Adicionalmente, dicha provisión ha sido objeto de actualización en los periodos siguientes a su constitución.
Tras el RD 1061/2007 de 20 de julio de 2007 por el que se le otorga a Enagás la concesión de explotación para el Almacenamiento Subterráneo de Yela la Sociedad a los efectos del cumplimiento de lo establecido en el artículo 25.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, por la que se fija la provisión económica de desmantelamiento en 14,7 millones de euros ha registrado la provisión como mayor valor del Inmovilizado. Esta provisión se actualizará cada año por el efecto financiero ocasionado que la sociedad lleva contra una cuenta por cobrar a largo plazo con la CNE ya que una vez autorizado el desmantelamiento, podrá solicitar la realización de pagos a cuenta por concepto de costes de desmantelamiento.
Los gastos y actualización de abandono del Almacenamiento Subterráneo de Serrablo corresponde a la dotación de la provisión necesaria para cumplir con las exigencias detalladas en la "Orden de 6 de septiembre de 1995 sobre la concesión administrativa a Enagas, S.A. para el almacenamiento de gas natural en Jaca, Aurín y Suprajaca, del campo de Serrablo", por la que se exige la presentación de un proyecto de abandono del campo de Serrablo y cuya aprobación era requisito imprescindible para llevar a cabo las actividades de almacenamiento.
Los costes de renovación, ampliación o mejora son incorporados al activo como mayor valor del bien exclusivamente cuando suponen un aumento de su capacidad, productividad o prolongación de su vida útil, deduciéndose en su caso el valor neto contable de los bienes sustituidos. Por el contrario, los gastos periódicos de mantenimiento, conservación y reparación se cargan a los resultados del ejercicio en que se incurren.
Los bienes en construcción destinados a la producción, al alquiler o a fines administrativos, o a otros fines aún por determinar, se registran a su precio de coste, deduciendo las pérdidas por deterioros de valor reconocidas. El coste incluye, con respecto a activos cualificados, los costes por intereses capitalizados y los gastos de personal relacionados directamente con las obras en curso de conformidad con la política contable del Grupo. La amortización de estos activos, al igual que la de otros activos inmobiliarios, comienza cuando los activos están listos para el uso para el que fueron concebidos.
Se registra como Inmovilizado material el gas inmovilizado no extraíble preciso para la explotación de los almacenamientos subterráneos de gas natural, (gas colchón) amortizándose en el período de vida útil especificado en la regulación vigente o en el período de arrendamiento si éste es menor.
Se registra como Inmovilizado material no amortizable, el gas natural correspondiente tanto al nivel mínimo de llenado de los gasoductos como al nivel mínimo operativo de las plantas de regasificación, (también denominado "gas talón"), dado su carácter de gas no disponible y por tanto inmovilizado según indica la regulación actual, siendo valorado al precio de subasta tal y como indican la Orden ITC/3993/2006 y la Resolución de 18 de abril de 2007 (ver Nota 6).
La amortización del inmovilizado material sigue el método lineal, aplicando porcentajes de amortización anual calculados en función de los años de vida útil estimada de los respectivos bienes, según el siguiente detalle:
| Porcentaje | Vida útil | |
|---|---|---|
| anual | (años) | |
| Construcciones | 3%-2% | 33,33-50 |
| Instalaciones técnicas (red de transporte) | 5%-2,5% | 20-40 |
| Depósitos | 5% | 20 |
| Instalaciones de Almacenamientos Subterráneos | 10% | 10 |
| Gas colchón | 5% | 20 |
| Otras instalaciones técnicas y maquinaria | 12%-5% | 8,33-20 |
| Útiles y herramientas | 30% | 3,33 |
| Mobiliario y enseres | 10% | 10 |
| Equipos para procesos de información | 25% | 4 |
| Elementos de transporte | 16% | 6,25 |
Los Administradores del Grupo consideran que el valor contable de los activos no supera el valor recuperable de los mismos, calculando éste en base a los flujos de caja descontados futuros que generan dichos activos en base a la retribución prevista en la regulación actual para los mismos.
El beneficio o pérdida resultante de la enajenación o el retiro de un activo se calcula como la diferencia entre el beneficio de la venta y el importe en libros del activo, y se reconoce en la Cuenta de Resultados Consolidada en el epígrafe "Otros ingresos / gastos de explotación".
Las subvenciones oficiales relacionadas con el inmovilizado material se consideran menor coste de adquisición del inmovilizado material y se llevan a resultados a lo largo de las vidas útiles previstas de los activos correspondientes como una menor amortización del inmovilizado afecto.
A la fecha de cierre de cada ejercicio, o en aquella fecha en que se considere necesario, se analiza el valor de los activos para determinar si existe algún indicio de que dichos activos hubieran sufrido una pérdida por deterioro. En caso de que exista algún indicio se realiza una estimación del importe recuperable de dicho activo para determinar, en su caso, el importe del saneamiento necesario. Si se trata de activos identificables que no generan flujos de caja de forma independiente, se estima la recuperabilidad de la Unidad Generadora de Efectivo a la que el activo pertenece.
El importe recuperable es el mayor entre el valor de mercado minorado por el coste necesario para su venta y el valor en uso, entendiendo por éste el valor actual de los flujos de caja futuros estimados. Para el cálculo del valor de recuperación del inmovilizado material, el valor en uso es el criterio utilizado por el Grupo en prácticamente la totalidad de los casos.
Para estimar el valor en uso, el Grupo prepara las previsiones de flujos de caja futuros antes de impuestos a partir de los presupuestos más recientes aprobados por los Administradores del Grupo. Estos presupuestos incorporan las mejores estimaciones disponibles de ingresos y costes de las Unidades Generadoras de Efectivo utilizando las previsiones sectoriales, la experiencia del pasado y las expectativas futuras.
Estas previsiones cubren los próximos cinco años estimándose los flujos para los años futuros aplicando tasas de crecimiento razonables que, en ningún caso, a partir del quinto año son crecientes ni superan a las tasas de crecimiento de los años anteriores.
Para calcular el valor actual, estos flujos se descuentan a una tasa, antes de impuestos, que recoge el coste de capital del negocio y del área geográfica en que se desarrolla. Para su cálculo se tiene en cuenta el coste actual del dinero y las primas de riesgo utilizadas de forma general entre los analistas para el negocio y zona geográfica.
En el caso de que el importe recuperable sea inferior al valor neto en libros del activo, se registra la correspondiente provisión por pérdida por deterioro por la diferencia, con cargo al epígrafe "Dotaciones a amortizaciones" de la Cuenta de Resultados Consolidada.
Las pérdidas por deterioro reconocidas en un activo en ejercicios anteriores son revertidas cuando se produce un cambio en las estimaciones sobre su importe recuperable, aumentando el valor del activo con abono a resultados con el límite del valor en libros que el activo hubiera tenido de no haberse realizado el saneamiento.
La práctica totalidad del inmovilizado material corresponde a los activos de transporte, regasificación y almacenamiento de gas, así como aquellos necesarios para el desarrollo de sus actividades reguladas de compra-venta de gas a clientes regulados y Gestor Técnico del Sistema. En aplicación de la NIC 36 y considerando que no existen indicios de deterioro de valor de los activos registrado en balance, el Grupo ha considerado que dicho análisis de deterioro no resulta necesario en el ejercicio 2009.
En las operaciones de arrendamiento operativo, la propiedad del bien arrendado y sustancialmente todos los riesgos y ventajas que recaen sobre el bien permanecen en el arrendador.
Cuando las entidades consolidadas actúan como arrendatarias, los gastos del arrendamiento incluyendo incentivos concedidos, en su caso, por el arrendador, se cargan linealmente a la Cuenta de Resultados Consolidada.
Los activos financieros se reconocen en el Balance de Situación Consolidado cuando el Grupo se convierte en una de las partes de las disposiciones contractuales del instrumento.
Los activos financieros mantenidos por las sociedades del Grupo se clasifican según las siguientes categorías establecidas por las Normas Internacionales de Información Financiera:
Dentro de las inversiones disponibles para la venta, el grupo tenía registrado en el ejercicio 2008 un Fondo de Inversión Mobiliario para cubrir obligaciones devengadas en concepto de Premio de Permanencia. Dicho fondo se valoraba a valor razonable de acuerdo con su cotización en el mercado en cada cierre contable. En el ejercicio 2009 se han vendido todas las participaciones de dicho fondo.
La inversiones a vencimiento y los préstamos y cuentas a cobrar originados por las sociedades se valoran a su coste amortizado reconociendo en la Cuenta de Resultados Consolidada los intereses devengados en función de su tipo de interés efectivo.
Bajo este epígrafe del Balance de Situación Consolidado se registra el efectivo en caja, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.
Las cuentas a cobrar son valoradas en el momento de su reconocimiento en el Balance de Situación Consolidado a su valor de mercado siendo posteriormente valoradas a coste amortizado utilizando la tasa de interés efectivo.
El Grupo registra las correspondientes provisiones por la diferencia existente entre el importe a recuperar de las cuentas a cobrar y el valor en libros por el que se encuentran registradas. El importe a recuperar de la deuda se calcula mediante el descuento de flujos de caja futuros estimados utilizando la tasa de interés efectivo considerada en el momento inicial de la operación.
Con carácter general, las existencias de gas natural se valoran al precio medio de adquisición o valor neto de realización. El precio de coste se calcula utilizando el método del Precio Medio Ponderado. El valor neto realizable representa la estimación del precio de venta o precio de cesión establecido en la regulación vigente.
La Sociedad realiza una evaluación del valor neto realizable de las existencias al final del ejercicio dotando la oportuna provisión cuando las mismas se encuentran sobrevaloradas. Cuando las circunstancias que previamente causaron la rebaja hayan dejado de existir o cuando exista clara evidencia de incremento en el valor neto realizable debido a un cambio en las circunstancias económicas, se procede a revertir el importe de la misma.
El resto de las existencias no relacionadas con gas natural, se valoran por el menor importe entre el coste de adquisición o producción y el valor neto realizable. La valoración incluye los costes de materiales directos y, en su caso, los costes de mano de obra directa y los gastos generales de fabricación, incluyéndose también los incurridos al trasladar las existencias a su ubicación y condiciones actuales, en el punto de venta.
Asimismo, la Sociedad realiza una evaluación del valor neto realizable de las existencias al final del ejercicio dotando la oportuna provisión cuando las mismas se encuentran sobrevaloradas. Cuando las circunstancias que previamente causaron la rebaja hayan dejado de existir o cuando exista clara evidencia de incremento en el valor neto realizable debido a un cambio en las circunstancias económicas, se procede a revertir el importe de la misma
Los instrumentos de capital y otros de patrimonio emitidos por el Grupo se registran por el importe recibido en el patrimonio, neto de costes directos de emisión.
Los pasivos financieros se clasifican conforme al contenido de los acuerdos contractuales pactados y teniendo en cuenta el fondo económico.
Los principales pasivos financieros mantenidos por las Sociedades del Grupo se clasifican como:
Pasivos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto, fundamentalmente pasivos negociables: Los pasivos financieros asociados con activos financieros disponibles para la venta originados como consecuencia de transferencias de activos en las que la entidad cedente ni transfiere ni retiene sustancialmente los riesgos y beneficios de los mismos.
Pasivos financieros a vencimiento: Los pasivos financieros a vencimiento se valoran a su coste amortizado tal y como éste ha sido definido anteriormente.
Los instrumentos de pasivo mantenidos por las sociedades del Grupo son:
• Préstamos bancarios: Los préstamos que devengan intereses se registran por el importe recibido, neto de costes directos de emisión. Los gastos financieros, incluidas las primas pagaderas en la liquidación o el reembolso y los costes directos de emisión, se contabilizan según el criterio del devengo en la Cuenta de Resultados Consolidada utilizando el método del interés efectivo y se añaden al importe en libros del instrumento en la medida en que no se liquidan en el período en que se producen.
• Instrumentos financieros derivados y contabilización de coberturas: Debido a los préstamos con entidades de crédito el Grupo está expuesto a variaciones en el tipo de interés. Para cubrir estos riesgos, el grupo utiliza contratos de permutas financieras sobre flujos de tesorería. No utiliza instrumentos financieros derivados con fines especulativos.
El uso de derivados financieros se rige por las políticas de gestión de riesgos del Grupo aprobadas por la sociedad matriz Enagás S.A., detallándose los principios sobre el uso de los derivados financieros (ver Nota 17).
La Sociedad aplica coberturas de flujos de efectivo y de valor razonable. El registro en función del tipo de cobertura es el siguiente:
a) Coberturas de valor razonable: la parte del elemento cubierto para la que se está cubriendo el riesgo, al igual que el instrumento de cobertura, se valoran por su valor razonable, registrándose las variaciones de valor de ambos en la Cuenta de Resultados Consolidada como resultados financieros.
b) Cobertura de flujos de efectivo: los cambios en el valor razonable de los derivados se registran, en la parte en que dichas coberturas son efectivas y netas de su efecto fiscal, en el epígrafe "Patrimonio Neto – Ajustes por cambios de valor – Operaciones de cobertura". La pérdida o ganancia acumulada en dicho epígrafe se traspasa a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias en función de la evolución del riesgo cubierto. Los resultados correspondientes a la parte ineficaz de las coberturas se registran directamente en la Cuenta de Resultados Consolidada como resultados financieros.
La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas. En ese momento, cualquier beneficio o pérdida acumulado correspondiente al instrumento de cobertura que haya sido registrado en el patrimonio neto se mantiene dentro del patrimonio neto hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación que está siendo objeto de cobertura, los beneficios o pérdidas acumulados netos reconocidos en el patrimonio neto se transfieren a los resultados netos del período.
Los derivados implícitos en otros instrumentos financieros o en otros contratos principales se consideran derivados separados cuando sus riesgos y características no están estrechamente relacionados con los de los contratos principales y cuando dichos contratos principales no se registran a su valor razonable con beneficios o pérdidas no realizados presentados en la Cuenta de Resultados Consolidada.
Los acreedores comerciales no devengan explícitamente intereses y se registran a su valor nominal.
En el Balance de Situación Consolidado adjunto, las deudas se clasifican en función de sus vencimientos, es decir, como deudas corrientes aquellas con vencimiento igual o inferior a doce meses y como deudas no corrientes las de vencimiento superior a dicho período.
Los créditos con vencimiento superior a 12 meses son actualizados a un tipo de interés. El tipo de interés de referencia utilizado en el ejercicio es el 3,40%.
Enagás contribuye de acuerdo con el Plan de Pensiones firmado y adaptado a la Ley de Planes y Fondos de Pensiones a un plan de contribución definida "Enagás Fondo de Pensiones", cuya Entidad Gestora es Gestión de Previsión y Pensiones, S.A. y la Depositaria es Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. que cubre los compromisos adquiridos por la sociedad con el personal activo afectado. Reconoce unos derechos consolidados por servicios pasados y se compromete a la aportación mensual de un porcentaje medio del 6,8% del salario computable. Es un plan de modalidad mixta destinado a cubrir tanto las prestaciones de jubilación, como los riesgos por invalidez y fallecimiento de los partícipes.
Las aportaciones efectuadas por la Entidad por este concepto en cada ejercicio se registran en el capítulo "Gastos de Personal" de la Cuentas de Resultados Consolidada. Las cuantías pendientes de aportar al cierre de cada ejercicio se registran, por su valor actual, en el epígrafe "Provisiones a largo plazo – Obligaciones por prestaciones a largo plazo al personal" del Balances de Situación Consolidado.
La Entidad tiene asumido, con los directivos y personal específico de grado máximo en la Sociedad el compromiso de pago de una retribución variable a título de "premio" por cumplir una serie de características durante su vida laboral, siendo normalmente un premio fijado en función de su remuneración en el momento de la jubilación.
En la reunión del Consejo de Administración de 18 de enero de 2008 se comunicó por parte del Comité de Nombramientos y Retribuciones la aprobación, por el mismo de un incentivo retributivo a medio plazo (2008-2010) que se valorará al final del período en función del cumplimiento de determinados objetivos.
De acuerdo con la legislación vigente, las entidades consolidadas españolas y algunas entidades extranjeras están obligadas a indemnizar a aquellos empleados que sean despedidos sin causa justificada. No existe plan alguno de reducción de personal que haga necesaria la creación de una provisión por este concepto.
Al tiempo de formular las Cuentas Anuales Consolidadas los Administradores diferencian entre:
• Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones presentes a la fecha del balance surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para las entidades, concretos en cuanto a su naturaleza pero indeterminados en cuanto a su importe y/o momento de cancelación.
• Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de las entidades consolidadas.
Las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo recogen todas las provisiones significativas con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que remota. Los pasivos contingentes no se reconocen en las Cuentas Anuales Consolidadas, si bien se informa sobre los mismos (ver Nota 14).
Las provisiones, que se cuantifican teniendo en consideración la mejor información disponible sobre las consecuencias del suceso en el que traen su causa y son re-estimadas con ocasión de cada cierre contable, se utilizan para afrontar las obligaciones específicas para los cuales fueron originalmente reconocidas, procediéndose a su reversión, total o parcial, cuando dichas obligaciones dejan de existir o disminuyen.
Al cierre del ejercicio 2009 se encontraban en curso distintos procedimientos judiciales y reclamaciones interpuestos contra los grupos empresariales con origen en el desarrollo habitual de sus actividades. Tanto los asesores legales del Grupo como sus Administradores entienden que la conclusión de estos procedimientos y reclamaciones no producirá un efecto significativo en las cuentas anuales de los ejercicios en los que finalicen.
Básicamente, corresponden a los importes recibidos por anticipado de los derechos de transporte de gas natural cedidos a Gasoducto Al-Andalus, S.A. y a Gasoducto de Extremadura, S.A., que se aplican a resultados linealmente hasta el año 2020 fecha en la que vence el contrato de transporte.
Adicionalmente, se incluye dentro de este epígrafe la periodificación de los importes recibidos por la ejecución de conexiones de la infraestructura de la red básica de Enagás, S.A. con redes de empresas distribuidoras, transportistas secundarios, comercializadoras de gas y clientes cualificados. La aplicación a resultados se realiza en función de la vida útil de las instalaciones asignadas.
Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o a cobrar y representan los importes a cobrar por los bienes entregados y los servicios prestados en el marco ordinario de la actividad, menos descuentos, IVA y otros impuestos relacionados con las ventas.
Los ingresos ordinarios asociados a la prestación de servicios se reconocen igualmente considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de balance, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad.
La Sociedad actuó en 2008 como gestor de la compra-venta de gas a clientes a tarifa, y por dicha actividad percibió una retribución cuyo objetivo es cubrir los costes incurridos en la realización de la misma. El ingreso procedente de la retribución regulada por gestión de compra-venta, se encuentra registrado en el epígrafe de "Ingresos por actividades reguladas" por importe de 4.785 miles de euros. La sociedad, únicamente realizó esta actividad en los seis primeros meses del ejercicio 2008 de acuerdo con la nueva Ley 12/2007, de 2 de julio (ver Nota 4.d).
Como consecuencia de la normativa que afecta a la sociedad matriz publicada en el BOE el 15 de febrero de 2002 (aplicable a partir del 19 de febrero de 2002), a continuación se detallan los criterios aplicados para el reconocimiento de los ingresos sujetos a la nueva regulación:
El 15 de febrero de 2002 fueron aprobadas por el Ministerio de Economía tres Ordenes Ministeriales por las que se establece el nuevo sistema retributivo para las actividades reguladas del sector del gas natural en España, que entraron en vigor el 19 de febrero de 2002. Estas Ordenes establecían la retribución de las actividades reguladas del sector gasista así como las tarifas de gas natural y los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas estableciendo la retribución total a percibir para el resto del año 2002 por las actividades de gestión de compra y venta de gas para el mercado a tarifa, regasificación, almacenamiento y transporte de gas, gestión técnica del sistema y distribución de gas y para todas las empresas que ejercen éstas actividades, así como fórmulas y criterios de actualización y determinación de la retribución de dichas actividades para los próximos años. Posteriormente, y con carácter anual, se han ido publicando nuevas Ordenes que han ido sustituyendo a las de los años anteriores.
Con fecha 26 de diciembre de 2008 fue aprobada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la Orden Ministerial ITC/3802/2008 por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas para el ejercicio 2009, la tarifa de último recurso y se actualizan determinados aspectos relativos a la retribución de las actividades reguladas del sector gasista.
Con la aparición de esta nueva normativa se reconoce al Grupo el derecho a obtener una retribución por la realización de las siguientes actividades:
Los aspectos más relevantes desde el punto de vista de los ingresos en cuanto al detalle normativo que regula la actividad del Grupo se desarrolla en la Nota. 4 adjunta.
Los ingresos por intereses se devengan siguiendo un criterio financiero temporal, en función del principal pendiente de pago y el tipo efectivo aplicable, que es el tipo que descuenta exactamente los futuros recibos en efectivo estimados a lo largo de la vida prevista del activo financiero del importe en libros neto de dicho activo.
Los ingresos por dividendos procedentes de inversiones se reconocen cuando los derechos de los accionistas a recibir el pago han sido establecidos.
Los gastos se reconocen en la Cuenta de Resultados Consolidada cuando tiene lugar una disminución en los beneficios económicos futuros relacionados con una reducción de un activo, o un incremento de un pasivo, que se puede medir de forma fiable. Esto implica que el registro de un gasto tiene lugar de forma simultánea al registro del incremento del pasivo o la reducción del activo.
Se reconoce un gasto de forma inmediata cuando un desembolso no genera beneficios económicos futuros o cuando no cumple los requisitos necesarios para su registro como activo.
El impuesto sobre sociedades se registra en la Cuenta de Resultados Consolidada o en las cuentas de Patrimonio Neto del Balance de Situación Consolidado en función de donde se hayan registrado las ganancias o pérdidas que lo hayan originado. Las diferencias entre el valor contable de los activos y pasivos, y su base fiscal generan los saldos de impuestos diferidos de activo o de pasivo que se calculan utilizando las tasas fiscales que se espera que estén en vigor cuando los activos y pasivos se realicen.
Las variaciones producidas en el ejercicio en los impuestos diferidos de activo o pasivo que no provengan de combinaciones de negocios se registran en la Cuenta de Resultados Consolidada o directamente en las cuentas de patrimonio del Balance de Situación Consolidado, según corresponda.
Los activos por impuestos diferidos se reconocen únicamente cuando se espera disponer de ganancias fiscales futuras suficientes para recuperar las deducciones por diferencias temporarias.
Las deducciones de la cuota originadas por hechos económicos acontecidos en el ejercicio minoran el gasto devengado por impuesto sobre sociedades, salvo que existan dudas sobre su realización, en cuyo caso no se reconocen hasta su materialización efectiva, o correspondan a incentivos fiscales específicos.
El gasto por impuesto sobre beneficios del ejercicio se calcula mediante la suma del impuesto corriente que resulta de la aplicación del tipo de gravamen sobre la base imponible del ejercicio y después de aplicar las deducciones que fiscalmente son admisibles, más la variación de los activos y pasivos por impuestos diferidos.
El beneficio básico por acción se calcula como el cociente entre el beneficio neto del período atribuible a la Sociedad Dominante y el número medio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante dicho período, sin incluir el número medio de acciones de la Sociedad Dominante en cartera de las sociedades del Grupo; dicho beneficio básico por acción coincide con el beneficio básico diluido (Nota 13).
En la presentación de los Estados de Flujos de Efectivo Consolidados, se han utilizado las siguientes definiciones:
Flujos de efectivo: entradas y salidas de dinero en efectivo y de sus equivalentes, entendiendo por éstos las inversiones a corto plazo de gran liquidez y bajo riesgo de alteraciones en su valor.
Actividades de explotación: actividades típicas de la entidad, así como otras actividades que no pueden ser calificadas como de inversión o de financiación.
Actividades de inversión: las de adquisición, enajenación o disposición por otros medios de activos a largo plazo y otras inversiones no incluidas en el efectivo y sus equivalentes.
Actividades de financiación: actividades que producen cambios en el tamaño y composición del patrimonio neto y de los pasivos que no forman parte de las actividades de explotación.
En el año 2008 se publicó el Real Decreto 326/2008 de 29 de febrero de 2008 que establece la retribución de la actividad de transporte de gas natural para las instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008, siendo la primera vez que el mecanismo de cálculo de retribución se establece a nivel de Real Decreto.
La adaptación y homogeneización del marco retributivo tiene por objeto aportar las condiciones de estabilidad y ausencia de incertidumbre necesarias para acometer las fuertes inversiones que se prevén para el nuevo periodo objeto de planificación, que abarca de 2008 a 2016.
Este Real Decreto adapta la retribución del transporte al modelo que se comenzó a definir a finales de 2006, reforzando además la convergencia con el sistema retributivo del transporte eléctrico y con los sistemas retributivos existentes, para estas actividades reguladas, en los estados europeos de nuestro entorno.
La fórmula de cálculo de la retribución es similar a las ya existentes para las actividades de regasificación y almacenamiento subterráneo. Se basa, al igual que en estos casos, en activos netos, si bien en el transporte las inversiones se actualizan anualmente con una tasa del 2,5%.
La Orden Ministerial ITC/3802/2008 de 26 de diciembre de 2008 se encarga de actualizar determinados aspectos relativos al régimen económico de las actividades reguladas del sector gasista.
Debemos indicar que la Disposición Adicional octava de la mencionada ITC/3802/2008 establece modificaciones en relación al marco regulatorio asociado al tránsito de gas por las sociedades filiales portuguesas "Gasoduto Campo Maior – Leiria-Braga" y "Gasoduto Braga – Tuy" y, concretamente, en relación a los ingresos reconocidos para soportar los costes asociados a dicho tránsito hasta la fecha. De acuerdo a lo indicado en dicha Orden, estos ingresos han dejado de ser percibidos por el Grupo desde 1 de enero de 2009.
Durante el ejercicio 2009, el Grupo ha continuado manteniendo sus obligaciones contractuales relacionadas con el contrato "ship or pay" relativo a dicho tránsito de gas. No obstante, desde la publicación de la mencionada Orden, y debido al cambio en el entorno regulatorio que supone para Enagás, S.A., el Grupo ha iniciado las pertinentes negociaciones con sus socios portugueses participantes en el accionariado de dichas Sociedades, al objeto de adecuar las actuales obligaciones contractuales de Enagás con estas filiales al nuevo entorno regulatorio fijado en la mencionada Orden ITC/3802/2008. Por otro lado, queremos indicarles que la Sociedad ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra la Orden mencionada el cual se encuentra en trámite ante el Tribunal Supremo.
Si bien, como se ha indicado, la Orden ITC/3802/2008 supone la supresión de los ingresos relativos a los costes por tránsito de gas con estas sociedades portuguesas, la Dirección del Grupo Enagás, en base al contenido de las negociaciones que se están desarrollando con los socios portugueses, no espera que de las mismas, se desprenda ningún tipo de quebranto patrimonial para Enagás, S.A.
Los valores concretos de la retribución reconocida, así como los valores unitarios de inversión y explotación aplicables a las instalaciones de regasificación y almacenamiento fueron establecidos por medio de Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 31 de diciembre de 2008.
Los valores unitarios de inversión y explotación aplicables a las instalaciones de transporte puestas en marcha a partir del 1 de enero de 2008, han sido publicados en la Orden Ministerial ITC/3520/2009 de 28 de diciembre de 2009 y son el resultado de la propuesta de revisión de dichos valores realizada por la CNE.
Al igual que viene ocurriendo en ejercicios anteriores, y de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente el coste acreditado para las actividades de transporte, regasificación, y almacenamiento se compone de un coste fijo y un coste variable.
a.1) Coste fijo acreditado. Se determina en función de los activos en producción. Este parámetro retribuye los costes de inversión y los costes de explotación de los activos que operan en el sistema gasista.
a.1.1. La retribución por los costes de inversión se compone de lo siguiente:
• Valor de los activos reconocidos. Para las instalaciones puestas en servicio antes del año 2002 se calcula tomando como base el valor contable de los activos una vez considerada la actualización contable del año 1996 (Real Decreto Ley 7/1996), minorado por las subvenciones recibidas con la finalidad de financiar dichos activos, aplicando a esta diferencia un coeficiente de actualización anual compuesto por la media corregida del Índice del Precios al Consumo y el Índice de Precios Industriales (IPRI).
Para las nuevas instalaciones que han entrado en servicio a partir de 2002, se utiliza el valor estándar de cada inversión fijada por el regulador, mientras que para aquellas que suponen ampliación, se valoran al coste real.
Para las inversiones en almacenamientos subterráneos no existen valores estándar por lo que son valoradas también a su coste real.
Las instalaciones de transporte puestas en servicio a partir de 2008 son valoradas al coste medio entre el valor estándar y dicho coste real.
Las instalaciones de regasificación puestas en servicio a partir de 2006 son valoradas al coste real más el 50% de la diferencia entre el valor estándar y dicho coste real, hasta el máximo del valor estándar.
• Retribución por la amortización de los activos del sistema. Al valor de la inversión reconocida resultante se le aplica el coeficiente de amortización correspondiente a su vida útil, obteniendo de este modo los ingresos por este concepto.
Para los activos de transporte puestos en servicio a partir del 1 de enero de 2008 la amortización es actualizada anualmente con una tasa del 2,5%.
• Retribución financiera del valor de la inversión. Para los activos de transporte puestos en servicio con anterioridad al año 2008 se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de la media anual de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, más el 1,5% sobre el valor de la inversión bruta obtenida en el apartado anterior.
Para los activos de transporte puestos en servicio a partir del 1 de enero de 2008 se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de la media anual de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, más el 3,75% sobre el valor de la inversión neta de amortizaciones obtenida en el apartado anterior y actualizada anualmente con una tasa del 2,5%.
Para los activos de regasificación y almacenamiento se calcula aplicando una tasa de retribución financiera de una media de los Bonos del Estado a 10 años o tipo de interés que lo sustituya, calculada a partir de la fecha de puesta en marcha de cada instalación, más el 3,5% sobre el valor de la inversión neta de amortizaciones, obtenida en el apartado anterior.
La tasa resultante para los activos de transporte puestos en marcha en 2009 ha sido del 7,80%.
A estos valores estándar se les aplica un coeficiente de actualización anual obtenido a partir del Índice del Precios al Consumo y del Índice de Precios Industriales correspondiente a los bienes de equipos (IPRI), corregidos por unos factores de eficiencia.
Para los almacenamientos subterráneos se define un coste fijo de operación y mantenimiento específico para cada uno de los emplazamientos.
a.1.3. Enagás, S.A. ha establecido el criterio lineal para la imputación a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias de estos ingresos correspondientes al coste fijo acreditado. De esta forma se consigue a efectos intermensuales la correlación de ingresos (retribución) y gastos (amortización).
Los ingresos por esta actividad son calculados anualmente en función del coste acreditado para cada año y tiene como finalidad retribuir las obligaciones de Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema entre las que se incluyen coordinar el desarrollo, operación y mantenimiento de la red de transporte, supervisando la seguridad del suministro de gas natural (niveles de almacenamiento y planes de emergencia), llevar a cabo planes para el futuro desarrollo de las infraestructuras gasistas y controlar el acceso de terceros a la red.
Para el año 2009, la cuota destinada a la retribución del GTS que deben recaudar las empresas titulares de instalaciones de regasificación, transporte, almacenamiento y distribución de gas como porcentaje sobre la facturación de los peajes y cánones asociados al derecho de acceso de terceros a la red, es del 0,42%. Dicha cuota es ingresada por las citadas empresas en los plazos y de la forma que se establece en el procedimiento de liquidaciones, en la cuenta que la Comisión Nacional de la Energía en régimen de depósito tiene abierta a estos efectos.
El porcentaje anterior sobre la facturación se calcula sobre el resultado de aplicar los peajes y cánones máximos a las cantidades facturadas, sin deducir los posibles descuentos que sobre las mismas puedan pactarse entre los titulares de las instalaciones y los usuarios.
Sin perjuicio de lo anterior, la retribución reconocida a la actividad de Gestión Técnica del Sistema para 2009 asciende a 11.206.248 €. La diferencia positiva o negativa entre esta cantidad y las percibidas por la aplicación de la cuota indicada anteriormente será incluida por la CNE en la liquidación 14 del año 2009.
La imputación intermensual de los ingresos anteriores a la Cuenta de Resultados Consolidada se realiza siguiendo un criterio lineal.
La facturación y cobro de la retribución de las actividades reguladas sujetas a liquidación (Acceso de Terceros a la Red y Gestión Técnica del Sistema) se realiza conforme a lo establecido en el procedimiento de liquidaciones, según la Orden Ministerial de 28 de octubre de 2002.
La obligación del suministro de gas con destino al mercado a tarifa desapareció el 1 de julio de 2008, de acuerdo con el artículo 2 de Orden ITC/2309/2007, de 30 de julio, no percibiéndose ya en 2009 ingreso alguno por este concepto.
Con fecha 1 de noviembre de 2002, se publica la Orden Ministerial ECO/2692/2002 de 28 de octubre, por la que se regulan los procedimientos de liquidación de la retribución de las actividades reguladas y establece el sistema de información que deben presentar las empresas.
La Disposición adicional quinta de la Orden ITC/3993/2006, modifica el apartado I.5 del anexo II de esta Orden de liquidaciones al establecer que a los importes a liquidar a cada transportista o distribuidor les serán aplicados los intereses que resulten de aplicar a estas cantidades los valores medios de las letras del tesoro a un año durante 60 días.
La Orden ITC 4099/2005 estableció en su Disposición Transitoria Segunda que los transportistas titulares de plantas de regasificación deberían adquirir el gas natural necesario correspondiente al nivel mínimo de llenado de los gasoductos de la red de transporte y el nivel mínimo operativo de las plantas de regasificación.
Para el año 2009, el gas talón y el gas mínimo de llenado necesario es adquirido en la subasta que se ha organizado a tal fin, siendo el gas valorado al precio final de la subasta. El gas adquirido con este fin tiene derecho al reconocimiento de una retribución financiera que se obtiene a partir de la inversión realizada, valorada según el valor medio de las Obligaciones del Estado a 10 años de cada semestre más un 3,5%.
A partir del 1 de julio de 2007, los transportistas son responsables de la compra del gas necesario para los autoconsumos en sus instalaciones. Este hecho conlleva una reducción en los porcentajes de las mermas retenidas a los usuarios.
El gas adquirido por los transportistas será valorado al precio de la subasta, teniendo los pagos realizados la consideración de gastos liquidables.
Los principales desarrollos regulatorios de aplicación en el sector gasista, aprobados a lo largo del año 2009, han sido los siguientes:
Directiva 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, que deroga la Directiva 2003/55/CE. Entre otras novedades destaca el establecimiento de medidas para la separación efectiva de los operadores de transporte y el refuerzo de la independencia y competencias de las autoridades reguladoras nacionales.
Reglamento 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural, que deroga el Reglamento 1775/2005. Entre otras, las principales novedades que presenta son: la creación de la Red Europea de Operadores de Redes de Transporte de Gas (ENTSOG), y el establecimiento de servicio de acceso a terceros, mecanismos de asignación de capacidad y procedimientos de gestión de la congestión y de requisitos de transparencia de las plantas de GNL y los almacenamientos subterráneos.
Reglamento 713/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de Julio de 2009 por el que se crea la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (ACER). El principal objetivo de ACER es asistir a las autoridades reguladoras nacionales en el ejercicio a nivel comunitario de las tareas reguladoras desempeñadas en los Estados Miembros.
ORDEN ITC/3802/2008, de 26 de diciembre de 2008, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la tarifa de último recurso, y determinados aspectos relativos a las actividades reguladas del sector gasista.
Orden ITC/3837/2008, de 26 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) correspondientes al ejercicio 2009.
Resolución de 31 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican la retribución de actividades reguladas, los derechos de acometida y las tarifas de alquiler de contadores y equipos de telemedida para el año 2009.
Resolución de 23 de febrero de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se hacen publicas las capacidades disponibles de almacenamiento subterráneo de la red básica de gas natural para el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2009 y 31 de marzo de 2010.
Resolución de 9 de marzo de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se establecen determinados aspectos relacionados con la subasta para la asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos para el período comprendido entre el 1 de abril de 2009 y el 31 de marzo de 2010.
Resolución de 30 de marzo de la Dirección General de Política Energética y Minas por la cual CORES publicará en su página Web la parte de la obligación de reservas mínimas de seguridad que asume en aplicación del Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, con el objeto de que los sujetos obligados al mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de productos petrolíferos conozcan en cada momento el nivel de las mismas que están obligados a mantener.
Orden ITC/863/2009 de 2 de abril, por la que se regula el establecimiento del procedimiento de subasta para la adquisición por parte de los comercializadores de último recurso de determinadas cantidades de gas natural para el suministro a los consumidores con derecho a acogerse a la tarifa de último recurso.
Orden ITC/885/2009 de 2 de abril, por la que se regula la transferencia de fondos, con cargo a los peajes de acceso de terceros a las instalaciones gasistas, de la cuenta específica de la Comisión Nacional de Energía al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, en el año 2009, para la ejecución de las medidas del plan de acción 2008-2012, de la estrategia de ahorro y eficiencia energética 2004-2012 (E4) y los criterios para la ejecución de las medidas contempladas en dicho plan.
Resolución de 3 de abril de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 12 de abril de 2009.
Real Decreto-Ley 6/2009 de 20 de abril, por el que se atribuye a Enagás, como Gestor Técnico del Sistema y transportista independiente, la condición de transportista único respecto a los gasoductos que integran la «red mallada».
Resolución de 30 de abril de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen las reglas operativas para el desarrollo de la subasta para la adquisición de gas de operación y gas talón correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 4 de mayo de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen determinados aspectos de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Orden ITC/1251/2009, de 14 de mayo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de abril de 2009, por el que a partir del día 1 de julio de 2009 sólo podrán acogerse a la tarifa de último recurso aquellos consumidores conectados a gasoductos cuya presión sea menor o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior a 50.000 kWh.
Resolución de 19 de mayo de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se establecen las reglas operativas para el desarrollo de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 9 de junio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen determinados parámetros de la subasta para la adquisición de gas de operación y gas talón para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Resolución de 10 de junio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen determinados parámetros de la subasta para la adquisición de gas natural para la fijación de la tarifa de último recurso para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Real Decreto 1011/2009 de 19 de junio, por el que se regula la Oficina de Cambios de Suministrador.
Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural incorporando los resultados del procedimiento de subasta para la adquisición de gas natural, junto con referencias internacionales indicativas del coste de aprovisionamiento de gas.
Orden ITC/1724/2009, de 26 de junio, por la que se revisan los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas a partir del día 1 de julio de 2009.
Resolución de 29 de junio, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 1 de julio de 2009.
Resolución de 15 de julio de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se modifica la de 25 de julio de 2006, por la que se regulan las condiciones de asignación y el procedimiento de aplicación de la interrumpibilidad en el sistema gasista.
Resolución de 24 de julio de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que convoca el procedimiento de asignación coordinada de la capacidad de interconexión de gas natural entre España y Francia disponible a partir del año 2013 por los puntos de interconexión de Larrau y Biriatou.
Resolución de 29 de septiembre, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hace pública la tarifa de último recurso de gas natural a aplicar a partir del 1 de octubre de 2009.
Resolución de 13 de octubre de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se convoca el procedimiento de asignación coordinada de la capacidad de interconexión de gas natural entre España y Francia para el periodo entre 1 de abril de 2010 y 31 de marzo de 2011 en lo que se refiere a contratos a corto plazo.
Resolución de 30 de noviembre de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se aprueba el plan de actuación invernal 2009-2010 para la operación del sistema gasista.
Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que modifica algunos aspectos de la Ley de Hidrocarburos 34/1998.
Orden ITC/3520/2009 de 28 de diciembre, por la que se establece la retribución de las actividades reguladas del sector gasista para el año 2010, y los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas.
La composición y movimiento de los activos intangibles y su amortización durante los ejercicios 2009 y 2008 ha sido la siguiente:
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Desarrollo | 584 | 381 | - | - | 965 |
| Concesiones | 5.887 | - | - | - | 5.887 |
| Aplicaciones informáticas | 36.607 | 10.468 | - | - | 47.075 |
| Otro inmovilizado intangible | 30.607 | 1.680 | - | - | 32.287 |
| Total coste | 73.685 | 12.529 | - | - | 86.214 |
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Desarrollo | 178 | 93 | - | - | 271 |
| Concesiones | 2.476 | 211 | - | - | 2.687 |
| Aplicaciones informáticas | 21.852 | 6.685 | - | (4) | 28.533 |
| Otro inmovilizado intangible | 11.627 | 1.691 | - | - | 13.318 |
| Total amortización | 36.133 | 8.680 | - | (4) | 44.809 |
| Aumentos o disminuciones |
Salidas, bajas o |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Desarrollo | 441 | 143 | - | - | 584 |
| Concesiones | 5.887 | - | - | - | 5.887 |
| Aplicaciones informáticas | 29.572 | 7.035 | - | - | 36.607 |
| Otro inmovilizado intangible | 27.491 | 3.116 | - | - | 30.607 |
| Total coste | 63.391 | 10.294 | - | - | 73.685 |
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Desarrollo | 100 | 78 | - | - | 178 |
| Concesiones | 2.264 | 212 | - | - | 2.476 |
| Aplicaciones informáticas | 16.417 | 5.435 | - | - | 21.852 |
| Otro inmovilizado intangible | 10.568 | 1.059 | - | - | 11.627 |
| Total amortización | 29.349 | 6.784 | - | - | 36.133 |
Las altas en el epígrafe de "Desarrollo" acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden básicamente al Proyecto de Generación de electricidad en la Planta de Huelva fase I por importe de 300 miles de euros y al Proyecto de Generación de electricidad en la Posición 15.09 por importe de 65 miles de euros.
Con relación a las Aplicaciones Informáticas del ejercicio 2009 destacan:
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad tenía elementos del inmovilizado intangible totalmente amortizados que seguían en uso, conforme al siguiente detalle:
| Descripción | Valor contable (bruto) |
|---|---|
| Desarrollo | 132 |
| Aplicaciones informáticas | 15.769 |
| Otro inmovilizado intangible | 1.856 |
| Total | 17.757 |
| Descripción | Valor contable (bruto) |
|---|---|
| Desarrollo | 46 |
| Aplicaciones informáticas | 12.618 |
| Otro inmovilizado intangible | 1.708 |
| Total | 14.372 |
Los bienes del Activo Intangible no están afectos a cargas de naturaleza hipotecaria o de otro tipo de gravamen de similar naturaleza.
La composición y movimientos en los ejercicios 2009 y 2008 en el inmovilizado material y la amortización han sido los siguientes:
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Terrenos y construcciones | 149.939 | 4.612 | 885 | - | 155.436 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 5.172.321 | 148.073 | 809.294 | (10.472) | 6.119.216 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 41.224 | 2.676 | - | - | 43.900 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | 992.389 | 733.663 | (810.179) | (50) | 915.823 |
| Subvenciones de capital | (561.257) | - | - | (561.257) | |
| Total coste | 5.794.616 | 889.024 | - | (10.522) | 6.673.118 |
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Terrenos y construcciones | 41.034 | 2.900 | - | - | 43.934 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 1.978.601 | 222.728 | - | (8.860) | 2.192.469 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 34.087 | 2.730 | - | (2) | 36.815 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | - | - | - | - | - |
| Subvenciones de capital | (249.266) | (20.549) | - | - | (269.815) |
| Total amortización | 1.804.456 | 207.809 | - | (8.862) | 2.003.403 |
| Deterioros | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Reversiones | Salidas o bajas |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario Anticipos e inmovilizaciones en curso Subvenciones de capital |
- 15.131 - - - |
- 112 - - - |
- - - - - |
- - - - - |
- (483) - - - |
- 14.760 - - - |
| Total deterioro | 15.131 | 112 | - | - | (483) | 14.760 |
| Aumentos o | Salidas, bajas | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| disminuciones | o | ||||
| Coste | Saldo inicial | Entradas | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Terrenos y construcciones | 143.839 | 3.290 | 2.866 | (56) | 149.939 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 4.609.104 | 62.912 | 505.207 | (4.902) | 5.172.321 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 39.453 | 2.408 | - | (637) | 41.224 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | 791.246 | 712.392 | (508.073) | (3.176) | 992.389 |
| Subvenciones de capital | (560.851) | (406) | - | - | (561.257) |
| Total coste | 5.022.791 | 780.596 | - | (8.771) | 5.794.616 |
| Aumentos o disminuciones |
Salidas, bajas o |
||||
|---|---|---|---|---|---|
| Amortizaciones | Saldo inicial | Dotaciones | por traspasos | reducciones | Saldo final |
| Terrenos y construcciones | 38.353 | 2.719 | - | (38) | 41.034 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 1.771.210 | 212.258 | - | (4.867) | 1.978.601 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 32.450 | 2.274 | - | (637) | 34.087 |
| Anticipos e inmovilizaciones en curso | - | - | - | - | - |
| Subvenciones de capital | (228.138) | (21.128) | - | - | (249.266) |
| Total amortización | 1.613.875 | 196.123 | - | (5.542) | 1.804.456 |
| Deterioros | Saldo inicial | Entradas | Aumentos o disminuciones por traspasos |
Reversiones | Salidas o bajas |
Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Terrenos y construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario Anticipos e inmovilizaciones en curso Subvenciones de capital |
- 18.189 - - - |
- 920 - - - |
- - - - - |
- - - - - |
- (3.978) - - - |
- 15.131 - - - |
| Total deterioro | 18.189 | 920 | - | - | (3.978) | 15.131 |
Los traspasos en el epígrafe de "Instalaciones técnicas y maquinaria" acumulados en el ejercicio 2009 corresponden fundamentalmente a la puesta en explotación de las instalaciones:
Dentro de las altas del epígrafe de "Instalaciones técnicas y maquinaria" se ha registrado 1.974 miles de euros (2.318 miles de euros en 2008), que corresponde al gas natural adquirido para el nivel mínimo de llenado de los gasoductos, también denominado "gas talón".
En lo que respecta a las altas en el epígrafe "Anticipos e inmovilizado en curso" acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden básicamente a las siguientes instalaciones:
Las bajas del Inmovilizado material acumuladas en el ejercicio 2009 corresponden a la baja, por importe de 10.472 miles de euros, de tres turbocompresores retirados como consecuencia de la ampliación de potencia de la Estación de Compresión de Haro, que han sido vendidos a Solar Turbines Europe por importe de 2.300 miles de euros y, a la baja de activos en curso desestimados por importe de 50 miles de euros, los cuales tenían dotada su correspondiente provisión.
La revalorización del Inmovilizado Material incorporada al amparo del Real Decreto Ley 7/1996 de 7 de junio, sobre actualización de balances, tendrá un efecto de 15.619 miles de euros sobre las dotaciones para amortizaciones de inmovilizado del ejercicio 2009 y tuvo un efecto de 16.166 miles de euros en el ejercicio 2008.
Los costes financieros aplicados en el ejercicio a los proyectos de infraestructura en su período de construcción han ascendido a 29.573 miles de euros en el ejercicio 2009 (30.145 miles de euros en el ejercicio 2008).
Asimismo, el impacto de los "Trabajos efectuados por la empresa para el inmovilizado" ha supuesto un aumento en la inversión de 16.115 miles de euros en el ejercicio 2009 y 11.555 miles de euros en el ejercicio 2008.
El importe de las disminuciones del epígrafe "Amortización acumulada" corresponden fundamentalmente a la baja de los Turbocompresores de la Estación de Compresión de Haro por importe de 8.826 miles de euros.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 la Sociedad Enagás, S.A. tenía elementos del inmovilizado material totalmente amortizados que seguían en uso, conforme al siguiente detalle:
| Descripción | Valor Contable (bruto) |
|---|---|
| Construcciones | 7.594 |
| Instalaciones técnicas y maquinaria | 348.066 |
| Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario | 31.404 |
| Total | 387.064 |
| Descripción | Valor Contable (bruto) |
|---|---|
| Construcciones Instalaciones técnicas y maquinaria Otras instalaciones, Utillaje y mobiliario |
7.437 321.048 30.353 |
| Total | 358.838 |
Los bienes del Inmovilizado Material no están afectos a cargas de naturaleza hipotecaria o de otro tipo de gravamen de similar naturaleza.
Es política del Grupo asegurar sus activos de modo que no se produzcan pérdidas patrimoniales significativas, sobre la base de las mejores prácticas de los Mercados y atendiendo a la naturaleza y características de los elementos del Inmovilizado Material.
Asimismo, el Grupo cuenta con las correspondientes pólizas de seguros que permiten cubrir la Responsabilidad Civil frente a terceros.
Las subvenciones acumuladas de capital recibidas al cierre del ejercicio 2009 corresponden a inversiones de la infraestructura gasista según el detalle siguiente:
| Miles de euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Subvenciones recibidas a 31.12.09 |
Aplicación a resultados acumulado a 31.12.09 |
Saldo a 31.12.09 |
|||
| Plantas de Regasificación | 76.940 | 55.411 | 21.529 | ||
| Infraestructuras transporte de gas | 466.809 | 209.208 | 257.601 | ||
| Almacenamientos subterráneos | 17.508 | 5.196 | 12.312 | ||
| Total | 561.257 | 269.815 | 291.442 |
Dichas Subvenciones han sido recibidas de los siguientes Organismos:
| Miles de euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Subvenciones recibidas a 31.12.09 |
Aplicación a resultados acumulado a 31.12.09 |
Saldo a 31.12.09 |
|||
| Fondos estructurales de la Unión Europea | 399.574 | 169.903 | 229.671 | ||
| Organismos Oficiales de las CCAA | 47.835 | 17.498 | 30.337 | ||
| Estado Español | 113.848 | 82.414 | 31.434 | ||
| Total | 561.257 | 269.815 | 291.442 |
Las subvenciones de capital que serán imputadas a resultados en el ejercicio 2010 ascienden a 20.548 miles de euros, aproximadamente. El detalle por imputación temporal del saldo pendiente de aplicación a 31 de diciembre de 2009 es:
| años | ||||
|---|---|---|---|---|
| <1 | 2 a 5 | >5 | ||
| Subvenciones del Estado | 3.024 | 12.095 | 16.314 | |
| Subvenciones de Comunidades Autónomas | 1.588 | 6.351 | 22.399 | |
| Subvenciones de FEDER | 15.936 | 63.744 | 149.991 | |
| Total Subvenciones | 20.548 | 82.190 | 188.704 |
Cabe destacar que durante los ejercicios 2009 y 2008 no ha habido variaciones en las participaciones de las sociedades filiales, de manera que los porcentajes e inversión y los saldos mantenidos por la sociedad matriz Enagás, S.A. permanecen del siguiente modo:
| Miles de Euros | % de | |||
|---|---|---|---|---|
| 2009 | 2008 | participación | ||
| Gasoducto Al-Andalus, S.A. (España) | 23.744 | 23.744 | 66,96% | |
| Gasoducto de Extremadura, S.A. (España) | 9.732 | 9.732 | 51,00% | |
| Gasoduto Campo Maior - Leiria - Braga, S.A. (Portugal) | 3.195 | 3.195 | 12,00% | |
| Gasoduto Braga - Tuy, S.A. (Portugal) | 2.546 | 2.546 | 49,00% | |
| Total Bruto | 39.217 | 39.217 | - | |
| Menos: Pérdidas por deterioro | - | - | - | |
| Total Neto | 39.217 | 39.217 | - |
A continuación se indica el desglose de los activos financieros del Grupo al 31 de diciembre de 2009 y 31 de diciembre de 2008, presentados por naturaleza y categorías a efectos de valoración:
| Instrumentos financieros a largo plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
patrimonio | Instrumentos de | Valores representativos de deuda |
Créditos, derivados y otros |
Total | |||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias: - Mantenidos para negociar - Otros Inversiones mantenidas hasta el vencimiento |
- - 1 |
- - 1 |
- - - |
- - - |
- - 712 |
- - 711 |
- - 713 |
- - 712 |
| Préstamos y partidas a cobrar Activos disponibles para la venta - Valorados a valor razonable - Valorados a coste Derivados |
- - - - |
- - - - |
- - - - |
- 6.420 - - |
8.236 - - 2.069 |
12.584 - - - |
8.236 - - 2.069 |
12.584 6.420 - - |
| Total | 1 | 1 | - | 6.420 | 11.017 | 13.295 | 11.018 | 19.716 |
| Instrumentos financieros a corto plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
Instrumentos de patrimonio |
Valores representativos de deuda |
Créditos, derivados y otros |
Total | ||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Activos a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias: - Mantenidos para negociar - Otros Inversiones mantenidas hasta el vencimiento Préstamos y partidas a cobrar Activos disponibles para la venta |
- - - - |
- - - - |
- - - - |
- - - - |
- - - 8.083 |
- - - 6.292 |
- - - 8.083 |
- - - 6.292 |
| - Valorados a valor razonable - Valorados a coste Derivados |
- - - |
- - - |
- - - |
- - - |
- - - |
- - 2.169 |
- - - |
- - 2.169 |
| Total | - | - | - | - | 8.083 | 8.461 | 8.083 | 8.461 |
El movimiento producido en los ejercicios 2009 y 2008 en los activos financieros pertenecientes al Grupo se describe a continuación:
| Miles de euros | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldo al 01.01.09 |
Entradas o dotaciones |
Corrección de valor contra reservas/ PL |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo al 31.12.09 |
|||
| Inversiones mantenidas hasta vencimiento | 712 | 5 | - | (4) | 713 | ||
| Préstamos y cuentas a cobrar | 18.876 | 591 | - | (3.148) | 16.319 | ||
| Activos financieros disponibles a la venta | 6.420 | - | 13 | (6.433) | - | ||
| Derivados | 2.169 | - | 2.069 | (2.169) | 2.069 | ||
| Total Bruto | 28.177 | 596 | 2.082 | (11.754) | 19.101 | ||
| Pérdidas por deterioro | - | - | - | - | - | ||
| Total Neto | 28.177 | 596 | 2.082 | (11.754) | 19.101 |
| Miles de euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldo al 01.01.08 |
Entradas o dotaciones |
Corrección de valor contra reservas/ PL |
Salidas, bajas o reducciones |
Saldo al 31.12.08 |
||
| Inversiones mantenidas hasta vencimiento | 698 | 19 | - | (5) | 712 | |
| Préstamos y cuentas a cobrar | 21.531 | 3.093 | - | (5.748) | 18.876 | |
| Activos financieros disponibles a la venta | 8.100 | 730 | (668) | (1.742) | 6.420 | |
| Derivados | 2.928 | - | 5.168 | (5.927) | 2.169 | |
| Total Bruto | 33.257 | 3.842 | 4.500 | (13.422) | 28.177 | |
| Pérdidas por deterioro | - | - | - | - | - | |
| Total Neto | 33.257 | 3.842 | 4.500 | (13.422) | 28.177 |
En los doce meses del ejercicio 2009 no se han producido movimientos en relación con las provisiones que cubren las pérdidas por deterioro de los activos existentes en el Grupo.
El desglose del saldo de este epígrafe del Balance de Situación Consolidado, atendiendo a la naturaleza de las operaciones es el siguiente:
| Miles de euros |
Tipo de interés |
Vencimiento | |
|---|---|---|---|
| Créditos no corrientes: Créditos a empresas del Grupo Otros créditos |
12.584 - |
5,760% - |
Sept.-2011 - |
| Créditos corrientes: | |||
| Créditos a empresas del Grupo | 6.292 | 5,760% | Dic.-2009 |
| Saldo a 31.12.08 | 18.876 | ||
| Créditos no corrientes: Créditos a empresas del Grupo Otros créditos |
8.084 - |
2,640% - |
Sept.-2011 - |
| Créditos corrientes: | |||
| Créditos a empresas del Grupo | 8.083 | 2,640% | Dic.-2010 |
| Saldo a 31.12.09 | 16.167 |
"Créditos no corrientes y corrientes" incluye los concedidos por la Sociedad Matriz en concepto de financiación para la construcción de infraestructuras de transporte con vencimiento a largo plazo y valorados a coste amortizado utilizando el método de tipo de interés efectivo. Estos créditos devengan intereses a tipos variables referenciados al tipo BEI más un diferencial de 90 puntos básicos para las sociedades Gasoducto Al-Andalus, S.A., Gasoducto de Extremadura, S.A., Gasoduto Campo Mayor-Leiria-Braga, S.A., y Gasoduto Braga-Tuy, S.A.
El detalle es el siguiente:
| Miles de euros | 31.12.2009 | 31.12.2008 |
|---|---|---|
| Créditos no corrientes a empresas del grupo: | ||
| Gasod. Al-Andalus, S.A. | 3.095 | 5.487 |
| Gasod. de Extremadura, S.A. | 10 | 620 |
| Gasod. Campo Maior- Leiria- Braga, S.A. | 1.996 | 2.597 |
| Gasod. Braga-Tuy, S.A. | 2.983 | 3.880 |
| Total no corrientes | 8.084 | 12.584 |
| Créditos corrientes a empresas del grupo: | ||
| Gasod. Al-Andalus, S.A. | 3.095 | 2.743 |
| Gasod. de Extremadura, S.A. | 10 | 310 |
| Gasod. Campo Maior- Leiria- Braga, S.A. | 1.996 | 1.299 |
| Gasod. Braga-Tuy, S.A. | 2.982 | 1.940 |
| Total corrientes | 8.083 | 6.292 |
La inversión financiera incluida en dicho epígrafe del Balance de Situación Consolidado a 31 de diciembre de 2008, correspondía fundamentalmente a un Fondo de Inversión Mobiliaria del BBVA.
Dicho fondo se valoraba a valor razonable de acuerdo con el valor de su cotización en el mercado en cada cierre contable. Si bien, dado que dicho fondo se crea para dar cobertura a la Provisión por premio de permanencia a la que va asociado, las variaciones de valor del fondo suponen variaciones por el mismo importe en la provisión asociada al mismo.
El valor en libros de dicho fondo a 31 de diciembre de 2008 era 6.420 miles de euros siendo la participación a esa fecha del 100%.
Durante el primer trimestre del ejercicio 2009 se ha procedido a la venta del total de las participaciones del fondo. A la fecha de venta el valor del mismo era de 6.432 miles de euros.
La composición del saldo del epígrafe Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar a la fecha del Balance de Situación Consolidado es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Deudores comerciales: | ||
| Clientes por ventas y prestacion de servicios | 7.732 | 29.860 |
| Empresas del grupo, deudores | 1.670 | 1.815 |
| Deudores varios | 312.687 | 366.237 |
| Activos por impuestos corrientes | 37.580 | 46.296 |
| Total | 359.669 | 444.208 |
El saldo de 1.670 miles de euros de "Empresas del Grupo, deudores" corresponde a Gasoducto Al-Andalus, S.A. por importe de 715 miles de euros, y a Gasoducto de Extremadura, S.A. por importe de 955 miles de euros. Ambos saldos corresponden a los servicios de transporte de gas a Galp Gas Natural, S.A. pendientes de cobro a la fecha, consolidados proporcionalmente aplicando el porcentaje de participación de Enagás, S.A. en dichas Sociedades.
Dentro del epígrafe "Deudores varios", el Grupo Enagás, registra el saldo pendiente de liquidación correspondiente a la retribución de actividades reguladas de regasificación, transporte y almacenamiento como transportista del ejercicio 2009 por importe de 182.091 miles de euros, así como el saldo pendiente correspondiente a la retribución de la actividad de Gestor Técnico por importe de 1.898 miles de euros, lo que supone un saldo pendiente de cobro del 2009 de 183.989 miles de euros.
Asimismo durante el ejercicio 2009 se han recibido las liquidaciones definitivas pendientes de los ejercicios 2006 y 2007, cerrándose definitivamente el proceso de liquidaciones del período 2004 a 2007, (los ejercicios 2002 y 2003 fueron cerrados en ejercicios precedentes), y reconociéndose a favor de Enagás, S.A. unas desviaciones acumuladas en dicho periodo por importe de 28.190 miles de euros.
Adicionalmente, dentro del epígrafe "Deudores varios", el Grupo Enagás registra los saldos pendientes de cobro con las comercializadoras de gas por la tasa de mercancía, regulada en el artículo 24 de la Ley 48/2003. Dicha tasa grava las mercancías de los cargamentos de gas natural que los agentes descargan en las plantas de regasificación, entre otras, las que Enagás, S.A. es titular en los puertos de Barcelona, Cartagena y Huelva. A 31 de diciembre de 2009 el saldo de dichos saldos pendientes de cobro asciende a 6.395 miles de euros, de los que 5.484 miles de euros se encuentran en litigio con algunas de las comercializadoras y, concretamente, 4.281 miles de euros tienen una antigüedad superior a 1 año a 31 de diciembre de 2009.
La mencionada Ley 48/2003 modifica el régimen de las tasas asociadas a las mercancías que descargan en puertos bajo régimen de concesión, indicando en su Título I, que si el titular de la concesión realizaba la solicitud correspondiente en el plazo de 6 meses, el 100% de las tasas asociadas a la descarga podrían repercutirse al agente titular de la mercancía, pese a que el pago a la Autoridad Portuaria lo continuase efectuando el sujeto pasivo, en este caso, Enagás, titular de la concesión como indicaba el régimen anterior. Este régimen anterior contemplaba que, únicamente el 50% de la mencionada tasa podía repercutirse al agente titular de la mercancía por parte del titular de la concesión.
La problemática con las comercializadoras viene motivada porque, si bien la Ley 43/2003 entraba en vigor el 27 de febrero de 2004, el mencionado Título I relativo a la repercusión de las Tasas, según se indica en la Disposición Adicional quinta de la Ley 48/2003, resultaba de aplicación a partir del 1 de enero de 2004. Enagás, S.A. presentó la solicitud para el cambio de régimen en julio de 2004, entendiendo que el plazo de 6 meses indicado contaba a partir de la entrada en vigor de la Ley, el 27 de febrero de 2004. Sin embargo, las Comercializadoras con las que se mantienen los litigios entienden que la aplicación desde 1 de enero del Título I implica que dicho plazo finalizaba el 30 de junio de 2004, y por tanto la solicitud realizada por Enagás, S.A. se encuentra fuera de plazo y es por tanto, a efectos legales, extemporánea.
Ante esta situación, Enagás, S.A. mantiene reclamaciones económico-administrativas al objeto de que se ratifique la adecuación a derecho de sus propios actos por la totalidad de los importes pendientes de cobro. Debemos indicar que el criterio sostenido por Enagás, S.A. ha sido ratificado de forma expresa por la Autoridad Portuaria de Huelva, mediante resolución dictada en fecha 3 de mayo de 2007, que al igual que las Autoridades Portuarias de Cartagena y de Barcelona, considera sin reserva alguna que la opción ejercitada por Enagás, mediante la cual se acogió al nuevo régimen económico tributario establecido en la Ley 48/2003, no es extemporánea. Asimismo, la totalidad de las Resoluciones dictadas por diferentes tribunales Económico-Administrativo regionales estiman favorables las reclamaciones interpuestas por la Sociedad Enagás, S.A. ante la negativa de las Comercializadoras de pagar el importe total de las facturas por concepto de las Tasas Portuarias de la mercancía y por servicios generales.
Por otro lado, la Dirección del Grupo reconoce el riesgo existente de que el resto de Comercializadoras que actualmente están realizando el pago de la totalidad de las tasas que les repercute Enagás, S.A., puedan solicitar la devolución del 50% de las mismas, en caso de fallo en contra de Enagás, S.A. de las reclamaciones económico–administrativas interpuestas. Los importes abonados a Enagás, S.A. por estas comercializadoras con las que actualmente no existen litigios por estos conceptos ascienden, a 31 de diciembre de 2009 a 10.479 miles de euros, de los cuales el 50% -5.240 miles de euros- se encontrarían en la situación descrita.
No obstante lo anterior, la Dirección del Grupo considera que el riesgo de no recuperación de estos importes, con la información disponible a la fecha, no es probable, por lo que no se ha provisionado importe alguno por este concepto, si bien se continuará con el seguimiento correspondiente de las reclamaciones interpuestas durante el ejercicio 2009.
La cuenta de Administraciones públicas a 31 de diciembre de 2009 recoge básicamente el saldo deudor por IVA de la sociedad matriz Enagás, S.A. al ser el IVA soportado mayor que el devengado debido en parte a operar Enagás, S.A. como Depósito fiscal y las retenciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades pagados por la sociedad (ver Nota 21).
Los Administradores consideran que el importe en libros de las cuentas de deudores comerciales y otras cuentas a cobrar se aproxima a su valor razonable.
Los principales activos financieros del Grupo son saldos de caja y efectivo, deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, deudas por inversiones, que representan la exposición máxima del Grupo al riesgo de crédito en relación con los activos financieros. En este sentido, los saldos recogen importes que en su conjunto se encuentran dentro de los plazos de vencimientos estipulados y corresponden a entidades de reconocido prestigio y solvencia.
El Grupo no tiene una concentración significativa de riesgo de crédito puesto que opera en un entorno regulado con escenarios planificados. No obstante se practican las correcciones valorativas que se estiman necesarias para provisionar el riesgo de insolvencias.
Tal y como se indica en la Nota 4.d, la entrada en vigor de la Ley 12/2007, de 2 de julio, supuso la supresión del suministro de gas natural al mercado regulado por parte de la Sociedad matriz. En virtud de las disposiciones de desarrollo de dicha Ley, dicha supresión se ha hecho efectiva el 1 de julio de 2008, aunque hasta el 31 de diciembre han tenido lugar las operaciones de liquidación que permitan conocer las cantidades de gas efectivamente suministrado por los distribuidores a sus clientes a tarifa y consumidas por éstos y determinar, en consecuencia, la cantidad de gas natural que adquirida por Enagás y puesta a disposición de dichos suministradores resulta excedente por no haber sido consumida.
Por lo expuesto, la supresión del mercado a tarifa implica la extinción total de la obligación legal de Enagás, S.A. de atender al suministro del mercado regulado y, por tanto, la extinción del contrato de adquisición de gas natural y gas natural licuado que con fecha 21 de agosto de 2001 firmaron Enagás, S.A. y Gas Natural SDG, S.A.
Al objeto de regular los efectos de la cita extinción, y en especial el destino del gas adquirido por Enagás que resulte finalmente excedente por no haber sido consumido por el mercado regulado, con fecha 1 de diciembre las partes interesadas han firmado un acuerdo por el que Enagás pone a disposición de Gas Natural Aprovisionamientos SDG SA la cantidad de 751 GWh, habiéndose facturado al 31 de diciembre de 2008.
Una vez cerrado el balance definitivo del mes de diciembre de 2008, en abril de 2009 se facturaron los 69 GWh que resultó de la regularización, liquidándose dicho contrato.
Desde entonces, la sociedad Enagás, S.A. no tiene existencias de gas.
Cabe mencionar que a 31 de diciembre de 2009 Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema mantenía alrededor de 950 GWh de Gas de Maniobra necesario para posibilitar la operación del sistema
gasista tal y como establece la Disposición adicional quinta de la Orden ITC/3863/2007 de 28 de diciembre. Este gas no está reflejado en los estados financieros por ser un gas a disposición del Sistema, no propiedad de Enagás, S.A..
Por otro lado, la Sociedad mantiene registrados 4.725 miles de euros (2.215 miles de euros en el ejercicio 2008) correspondientes a existencias no relacionadas con gas natural que incluyen, entre otros elementos, materiales de oficina y material para consumo.
La composición de este epígrafe a 31 de diciembre de 2009 y 2008 es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Tesorería | 7.623 | 7.868 |
| Otros activos líquidos | 632.901 | 206.674 |
| Total | 640.524 | 214.542 |
Con carácter general, la tesorería bancaria devenga un tipo de interés similar al de mercado para imposiciones diarias. Los depósitos a corto plazo vencen en un plazo inferior a tres meses y devengan tipos de interés de mercado para este tipo de imposiciones. No existen restricciones por importes significativos a la disposición de efectivos.
A 31 de Diciembre de 2009 el capital social de la sociedad dominante asciende a 358.101 miles de euros y está representado por 238.734.260 acciones ordinarias, al portador, de 1,5 euros de valor nominal, todas ellas de una misma clase y serie y desembolsadas en su totalidad.
La totalidad de las acciones de la sociedad matriz Enagás, S.A. están admitidas a cotización en las cuatro Bolsas Oficiales Españolas y se contratan en el mercado continuo. La cotización al cierre el 30 de diciembre de 2009 de las acciones de la Sociedad Enagás, S.A. se situó en 15,425 euros, alcanzándose el máximo cierre del año el 6 de enero con un precio de 15,77 euros por acción.
Al cierre del ejercicio 2009 y 2008 ninguna empresa poseía una participación superior al 5% del capital social de la Sociedad. Las participaciones más significativas en el capital social de Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 son las siguientes:
| Participación en el | |
|---|---|
| Sociedad | capital social % |
| Omán Oil Company, S.A.O.C. | 5,000 |
| Sagane Inversiones, S.L. | 5,000 |
| Bancaja Inversiones, S.A. | 5,000 |
| Cantábrica de Inversiones de Cartera, S.L. | 5,000 |
| Sociedad Estatal de Participaciones Industriales | 5,000 |
| Bilbao Bizkaia Kutxa | 5,000 |
Tanto la sociedad Cantábrica Inversiones de Cartera S.L., como la sociedad Bancaja Inversiones, S.A., son sociedades filiales de la Caja de Ahorros de Asturias (Cajastur), y de la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (Bancaja) respectivamente.
Durante el mes de junio de 2009 y como consecuencia del dictamen de la Comisión Nacional de Competencia respecto al proceso de integración de Gas Natural SDG, S.A. y Unión Fenosa, S.A., la sociedad Gas Natural SDG, S.A. informó a la CNMV que había vendido su participación del 5% en el capital social de Enagás, S.A. a la sociedad Omán Oil Company, S.A.O.C. , sociedad gestionada por el gobierno del Sultanato de Omán.
Adicionalmente, a 31 de diciembre de 2009, la sociedad REN, S.A. continuaba manteniendo el 1% del capital social de Enagás, S.A.
Cabe destacar que tras la publicación el 31 de diciembre de 2003 de la Ley 62/2003 de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, cuyo artículo 92 modifica la Ley 34/1998 del Sector de Hidrocarburos, se establece que "ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de Enagás, S.A. en una proporción superior al 5% del capital social o de los derechos de voto en la entidad".
Por su parte, la Ley 12/2007 de 2 de julio limita, además del límite máximo del 5%, el ejercicio de derechos políticos al 3%. Así mismo, establece que las personas físicas o jurídicas que realicen actividades en el sector gasista y las que directa o indirectamente participen en el capital de éstas en más de un 5%, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1%. Estas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial.
El Grupo no dispone de autocartera.
De acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, debe destinarse una cifra igual al 10% del beneficio del ejercicio a la reserva legal hasta que ésta alcance, al menos, el 20% del capital social.
La reserva legal podrá utilizarse para aumentar el capital en la parte de su saldo que excede del 10% del capital ya aumentado. Salvo para la finalidad mencionada anteriormente y mientras no supere el 20% del capital social, esta reserva sólo podrá destinarse a la compensación de pérdidas y siempre que no existan otras reservas disponibles suficientes para este fin.
La Sociedad dominante del Grupo tiene dotada en su totalidad la Reserva legal por importe de 71.620 miles de euros, incluida en el epígrafe "Reservas no distribuibles" del balance de situación consolidado adjunto.
Así mismo, en el ejercicio 2009 las sociedades Gasoducto Al-Andalus, S.A. y Gasoducto de Extremadura, S.A. también tienen dotada en su totalidad dicha reserva legal.
La propuesta de distribución del beneficio neto correspondiente al ejercicio 2009 de la sociedad matriz Enagás, S.A., que el Consejo de Administración propondrá a la Junta General de Accionistas para su aprobación es la siguiente:
| Miles de euros | |
|---|---|
| Dividendo | 178.818 |
| Reserva voluntaria | 118.453 |
| 297.271 |
El Consejo de Administración de Enagás, S.A. en reunión celebrada el día 30 de noviembre de 2009 acordó distribuir un dividendo a cuenta del resultado del ejercicio 2009 por importe de 67.562 miles de euros (0,283 euros brutos por acción) formulando el estado de liquidez suficiente, expresado en miles de euros, de conformidad con lo establecido en el artículo 216 del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Los estados contables provisionales formulados por el Grupo, de acuerdo con los requisitos legales, que pusieron de manifiesto la existencia de los recursos suficientes para la distribución de los dividendos a cuenta del ejercicio 2009, fueron los siguientes:
| Miles de euros | ||
|---|---|---|
| Estado contable provisional formulado el 31 de octubre de 2009 |
Estado contable provisional formulado el 31 de octubre de 2008 |
|
| Resultado consolidado neto Grupo | 246.161 | 221.102 |
| 10% Reserva Legal | - | - |
| Resultado "disponible" para distribución | 246.161 | 221.102 |
| Previsión del pago a cuenta | (67.562) | (62.071) |
| Previsión de tesorería Grupo entre el 31 de Octubre y el 31 de Diciembre: |
||
| - Saldo de tesorería | 500.958 | 297.270 |
| - Cobros proyectados en el periodo considerado | 209.000 | 125.000 |
| - Líneas de crédito y préstamos concedidos por Entidades Financieras - Pagos proyectados en el periodo considerado |
1.136.000 | 200.000 |
| (Incluido el pago a cuenta) | 332.800 | (158.000) |
| Saldo previsto de tesorería | 2.178.758 | 464.270 |
El pago del dividendo a cuenta mencionado anteriormente se realizó el 22 de diciembre de 2009.
El dividendo bruto complementario propuesto (0,466 euros por acción) está sujeto a la aprobación de los accionistas en la Junta General Ordinaria y no se incluye como pasivo en los presentes estados financieros.
Durante el ejercicio 2008 el Grupo procedió a reconocer en el patrimonio neto la Inversión Financiera en el Fondo de Inversión Mobiliaria del BBVA. Dicho fondo se valora a valor razonable de acuerdo con el valor de su cotización en el mercado en cada cierre contable.
En el primer trimestre del ejercicio 2009, la sociedad Enagás, S.A. vendió el total de las participaciones que tenía en el mencionado fondo (ver Nota 8.4).
Los movimientos producidos en estos activos financieros durante el ejercicio 2009 y 2008 han sido los siguientes:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| 01.01.2009 | Variación en el valor de mercado |
Imputación a resultados |
31.12.2009 | |
| Activos financieros disponibles para la venta | (792) | 13 | 779 | - |
| Impuestos reconocidos en patrimonio | 238 | (4) | (234) | - |
| Total | (554) | 9 | 545 | - |
| 01.01.2008 | Variación en el valor de mercado |
Imputación a resultados |
31.12.2008 | |
|---|---|---|---|---|
| Activos financieros disponibles para la venta | - | (668) | (124) | (792) |
| Impuestos reconocidos en patrimonio | - | 200 | 38 | 238 |
| Total | - | (468) | (86) | (554) |
Corresponde a los derivados contratados por la compañía y designados como cobertura de flujos de efectivo (ver Nota 19).
Los movimientos producidos en estas operaciones en los ejercicios 2009 y 2008 son los siguientes:
| Miles de euros | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 01.01.2009 | Variación en el valor de mercado |
Imputación a resultados |
31.12.2009 | |||||
| Cobertura de flujos de efectivo | (21.657) | (26.455) | 30.722 | (17.390) | ||||
| Impuestos reconocidos en patrimonio | 6.497 | 7.936 | (9.217) | 5.216 | ||||
| Total | (15.160) | (18.519) | 21.505 | (12.174) |
Ejercicio 2008
| Miles de euros | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 01.01.2008 | Variación en Imputación a el valor de resultados mercado |
31.12.2008 | |||
| Cobertura de flujos de efectivo | 1.437 | (16.574) | (6.520) | (21.657) | |
| Impuestos reconocidos en patrimonio | (431) | 4.972 | 1.956 | 6.497 | |
| Total | 1.006 | (11.602) | (4.564) | (15.160) |
El beneficio básico por acción se determina dividiendo el resultado neto atribuido al Grupo en un ejercicio entre el número medio ponderado de las acciones en circulación durante ese ejercicio, excluido el número medio de las acciones propias mantenidas a lo largo del mismo.
De acuerdo con ello:
| 2009 | 2008 | Variación | |
|---|---|---|---|
| Resultado neto del ejercicio (miles de euros) | 298.031 | 258.885 | 15,12% |
| Número medio ponderado de acciones en circulación (miles de acciones) |
238.734 | 238.734 | - |
| Beneficio básico por acción en euros | 1,2484 | 1,0844 | 15,12% |
El beneficio por acción diluido se calcula como el cociente entre el resultado neto del período atribuible a los accionistas ordinarios ajustados por el efecto atribuible a las acciones ordinarias potenciales con efecto dilución y el número medio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el período, ajustado por el promedio ponderado de las acciones ordinarias que serían emitidas si se convirtieran todas las acciones ordinarias potenciales en acciones ordinarias de la sociedad. Al no existir a 31 de diciembre de 2009 y 31 de diciembre de 2008 acciones ordinarias potenciales, el beneficio básico por acción y diluido coinciden.
Los Administradores del Grupo Enagás consideran que las provisiones registradas en el Balance de Situación Consolidado adjunto cubren adecuadamente los riesgos por los litigios, arbitrajes y demás operaciones descritas en esta Nota, por lo que no esperan que de los mismos se desprendan pasivos adicionales a los registrados. Dadas las características de los riesgos que cubren estas provisiones, no es posible determinar un calendario razonable de fechas de pago si, en su caso, las hubiese.
Las actualizaciones financieras de las provisiones se registran con cargo al epígrafe "Gasto financiero" de la Cuenta de Resultados Consolidada adjunta.
El movimiento que ha tenido lugar en el saldo de este epígrafe de los Estados Financieros durante el ejercicio 2009 ha sido el siguiente:
| Provisiones a largo plazo | 01.01.2009 | Dotaciones | Actualización | Aplicaciones | 31.12.2009 |
|---|---|---|---|---|---|
| Procedimientos judiciales | 107 | (41) | - | (66) | - |
| Premio de permanencia | 6.430 | (10) | 12 | (6.432) | - |
| ILP | 1.362 | 1.400 | - | - | 2.762 |
| Costes de abandono | 23.619 | - | (132) | - | 23.487 |
| Otras | 5 | 5.250 | - | - | 5.255 |
| Total a largo plazo | 31.523 | 6.599 | (120) | (6.498) | 31.504 |
Las partidas más importantes de las dotaciones realizadas durante el ejercicio 2009 corresponden a los siguientes conceptos:
Cabe destacar que existen los siguientes pasivos contingentes para el Grupo a 31 de diciembre de 2009:
El saldo de las cuentas del epígrafe "Pasivos financieros no corrientes" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a largo plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
financiero | Deudas con entidades de crédito y arrendamiento |
Obligaciones y otros valores negociables |
Derivados y otros | Total | |||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Débitos y partidas a pagar | 1.914.629 | 2.114.198 | 1.130.423 | - | 29.289 | 36.094 | 3.074.341 | 2.150.292 |
| Pasivos a valor razonable con cambios en | ||||||||
| pérdidas y ganancias | ||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | - | - |
| Derivados | - | - | - | - | 15.698 | 6.111 | 15.698 | 6.111 |
| Total | 1.914.629 | 2.114.198 | 1.130.423 | - | 44.987 | 42.205 | 3.090.039 | 2.156.403 |
El detalle por vencimientos de los Débitos y partidas a pagar del epígrafe "Deudas con entidades de crédito y arrendamiento financiero" y "Derivados y otros", así como el vencimiento de los Derivados es el siguiente:
| 2014 y | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 2011 | 2012 | 2013 | siguientes | Total | |
| Obligaciones y otros valores negociables | - | 498.413 | - | 632.010 | 1.130.423 |
| Deudas con entidades de crédito | 244.344 | 515.714 | 113.214 | 1.041.357 | 1.914.629 |
| Arrendamiento financiero | - | - | - | - | - |
| Derivados | 4.491 | 1.756 | - | 9.451 | 15.698 |
| Otros | 25.663 | 617 | 617 | 2.392 | 29.289 |
| Total | 274.498 | 1.016.500 | 113.831 | 1.685.210 | 3.090.039 |
| 2013 y | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| 2010 | 2011 | 2012 | siguientes | Total | |
| Deudas con entidades de crédito | 1.124.174 | 244.174 | 115.548 | 630.302 | 2.114.198 |
| Arrendamiento financiero | - | - | - | - | - |
| Derivados | 4.674 | 1.437 | - | - | 6.111 |
| Otros | 26.548 | 5.904 | 624 | 3.018 | 36.094 |
| Total | 1.155.396 | 251.515 | 116.172 | 633.320 | 2.156.403 |
A 31 de diciembre de 2009 la sociedad Enagás, S.A. tenía concedidas líneas de crédito no dispuestas por importe de 121 millones de euros con un límite de 406 millones (292 millones de euros en el ejercicio 2008 con un límite de 331 millones) y se encuentra en proceso de renovación de las principales pólizas con vencimiento en 2010. Así mismo, tenía concedidos 875 millones de euros en préstamos no dispuestos (1.450 millones de euros en el ejercicio 2008).
En opinión de la Dirección, esta situación supone cobertura suficiente para las posibles necesidades de liquidez a corto plazo de acuerdo con los compromisos existentes a la fecha.
El tipo de interés anual medio del ejercicio 2009 para los préstamos y créditos en euros del Grupo ha sido del 2,26% sin coberturas ni comisiones y del 3,30% con coberturas y comisiones (4,98% y 4,74% respectivamente en 2008).
Los préstamos y créditos corrientes, pólizas corrientes de la Sociedad Matriz se encuentran denominados en euros y han devengado un tipo de interés anual medio en el ejercicio 2009 de 3,20%.
Los Administradores estiman que el valor del diferencial del valor de mercado de las deudas con entidades de crédito al 31 de diciembre de 2009 calculado mediante el descuento de los flujos de caja futuros a los tipos de interés de mercado asciende a 3.915 miles de euros. La curva de tipos de interés utilizada para dicho cálculo tiene en cuenta los riesgos asociados al sector así como la calidad crediticia de Enagás, S.A. La sensibilidad del mencionado valor de mercado ante fluctuaciones de los tipos de cambio y de interés es la siguiente:
| Miles de Euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Variación tipos de interés | ||||
| 0,25% | -0,25% | |||
| Variación en el valor de la deuda | 39,8 | -40,4 |
Dentro de Débitos y partidas a pagar, en la clase de Derivados y otros, se recogen los siguientes conceptos:
5.523 miles de euros correspondientes a los ajustes previstos recogidos en el Acta de Inspección del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 1995 a 1998, actualizado a 31 de diciembre de 2009 (5.304 miles de euros en el ejercicio 2008).
Préstamo concedido por la Secretaría General de la Energía el cual forma parte de las ayudas previstas en el Programa Nacional de la Energía que concede el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007). Dicho préstamo está asociado al "Proyecto del Sistema de generación eléctrica en la Estación de Compresión de Almendralejo" que está llevando a cabo la sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 3.265 miles de euros, de los cuales 3.097 miles de euros se encuentran a largo plazo y 168 miles de euros se encuentran registrados a corto plazo.
Así mismo, se incluye el préstamo con la Secretaría General de Industria el cual forma parte de las ayudas previstas por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del mismo Plan mencionado anteriormente. Dicho préstamo está asociado al "Proyecto de diseño y desarrollo de un banco de calibración de contadores de gas de alta presión" que está llevando a cabo la Sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 1.100 miles de euros, distribuido en 600 miles de euros para el año 2007 y 500 miles de euros para el año 2008. Durante el mes de diciembre de 2007 y 2008 se dispuso de la financiación concedida para cada año. En mayo de 2009 la Secretaría General de Industria comunicó a la sociedad Enagás, S.A. que debía reembolsar 204 miles de euros correspondientes al préstamo recibido en 2007 para ajustar la ayuda recibida con la cantidad real invertida. Dicha devolución se efectuó en el mes de octubre.
Se incluyen también dentro de este epígrafe el préstamo con la Secretaría General de Energía que forma parte de las ayudas previstas por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio dentro del mismo Plan mencionado anteriormente. Dicho préstamo está asociado al "Proyecto de la Planta de Generación Eléctrica de Huelva" que está llevando a cabo la sociedad Enagás, S.A. El importe total del préstamo concedido es de 3.598 miles de euros distribuido en cuatro anualidades. Durante el ejercicio 2009 se ha dispuesto de 157 miles de euros correspondientes a la primera anualidad.
En ambos préstamos el plazo de amortización es de diez años con periodo de carencia de tres años, y un coste de 0,25%- coste de los avales presentados-.
12.580 miles de euros como Proveedores de Inmovilizado a largo plazo que el Grupo ha pasado a reconocer en el ejercicio 2009.
Los préstamos que las filiales Gasoducto Al-Andalus, S.A. y Gasoducto de Extremadura, S.A. han recibido de la sociedad portuguesa Galp Gas Natural, S.A. por importe de 3.170 miles de euros y 1.211 miles de euros respectivamente, así como los que las filiales Gasoduto Campo Mayor Leiria Braga, S.A. ha recibido de la sociedad portuguesa REN, S.A. por importe de 2.655 miles de euros.
Dichos préstamos son a tipo de interés variable de mercado con vencimiento en el ejercicio 2011 y su amortización se realiza en función de los plazos previstos en los contratos y la disponibilidad de tesorería que tienen cada una de las sociedades.
Por último en la clase de Derivados y otros, dentro de Débitos y partidas a pagar, la sociedad Enagás, S.A. en el ejercicio 2009 ha pasado a reconocer un importe de 12.580 miles de euros como Proveedores de Inmovilizado a largo plazo.
Así mismo, dentro de la categoría de Derivados se han registrado los derivados de cobertura de flujos de efectivo contratados por la Sociedad Enagás, S.A. para los periodos 2008-2010, 2008-2011 y 2009-2012, (ver Nota 18).
Adicionalmente, la sociedad Enagás, S.A. ha realizado con fecha valor 6 de julio de 2009 una emisión de bonos por importe de 1.000 millones de euros a 3 y 6 años con cupones anuales de 3,25% y 4,375% respectivamente, que ha destinado íntegramente a la amortización anticipada del préstamo sindicado que vencía en enero de 2010.
Por otra parte, con fecha valor 15 de septiembre de 2009 se ha realizado una emisión de bonos cerrada con el inversor AFLAC por importe de 20.000 millones de yenes, equivalentes a 147,5 millones de euros, a un coste variable referenciado al Euribor a 6 meses cuyos fondos se han destinado a hacer frente al plan de inversiones de la compañía. El valor razonable de este instrumento financiero a 31 de diciembre de 2009 es de 134,9 millones de euros.
A 31 de diciembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. no tiene emisiones, recompras o reembolsos de valores representativos de deuda ni otras emisiones garantizadas.
Entre los hechos más significativos del área financiera cabe destacar:
Préstamo concedido por el Banco Sabadell por importe de 150 millones.
Renovación/ampliación de las pólizas de créditos concedidas por las entidades financieras La Caixa por 100 millones de euros, BBVA por 140 millones de euros, y Banco Santander por 60 millones de euros.
El saldo de las cuentas del epígrafe "Pasivos financieros corrientes" al cierre del ejercicio 2009 y 2008 es el siguiente:
| Instrumentos financieros a corto plazo | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Clases Categorias |
Deudas con entidades de crédito y arrendamiento financiero |
Obligaciones y otros valores negociables |
Derivados y otros | Total | ||||
| 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | |
| Débitos y partidas a pagar | 472.158 | 430.428 | - | - | 6.853 | 68.299 | 479.011 | 498.727 |
| Pasivos a valor razonable con cambios en | ||||||||
| pérdidas y ganancias | ||||||||
| - Mantenidos para negociar | - | - | - | - | - | - | - | - |
| - Otros | - | - | - | - | - | - | ||
| Derivados | - | - | - | - | 24.752 | 16.008 | 24.752 | 16.008 |
| Total | 472.158 | 430.428 | - | - | 31.605 | 84.307 | 503.763 | 514.735 |
Dentro de Débitos y partidas a pagar, en la clase Derivados y otros, el Grupo registró en el ejercicio 2008 el dividendo activo a pagar a cuenta de los resultados del ejercicio 2008 por importe de 62.071 miles de euros.
Así mismo, en el citado epígrafe se han incluido:
Intereses de deudas con entidades de crédito vinculadas por importe de 830 miles de euros en el ejercicio 2009 (912 miles de euros en el ejercicio 2008).
Deudas a corto plazo con la Secretaría General de la Energía por 168 miles de euros (ver Nota 15.1).
Las cantidades a corto plazo de los préstamos que las filiales Gasoducto Al-Andalus, S.A. y Gasoducto de Extremadura, S.A. han recibido de Galp Gas Natural, S.A. por importe de 3.170 miles de euros y 1.211 miles de euros respectivamente, así como la que la filial Gasoduto Campo Mayor Leiria Braga, S.A. ha recibido de REN, S.A. por importe de 1.327 miles de euros.
Otras partidas pendientes de aplicación de 147 miles de euros (39 miles de euros en el ejercicio 2008).
El movimiento de este epígrafe del Balance de Situación Consolidado adjunto durante el ejercicio 2009 y 2008 ha sido el siguiente:
| Miles de euros | Canon Gasoducto de Extremadura, S.A. |
Canon Gasoducto Al-Andalus, S.A. |
Total |
|---|---|---|---|
| Saldo al 1 de enero de 2008 | 12.354 | 28.019 | 40.373 |
| Altas/Bajas/Imputación a resultados | (950) | (2.155) | (3.105) |
| Saldo al 31 de diciembre de 2008 | 11.404 | 25.864 | 37.268 |
| Altas/Bajas/Imputación a resultados | (951) | (2.155) | (3.106) |
| Saldo al 31 de diciembre de 2009 | 10.453 | 23.709 | 34.162 |
Los importes referidos al canon de las sociedades filiales Gasoducto de Extremadura, S.A. y Gasoducto Al-Andalus, S.A., corresponden a los saldos pendientes de aplicación de los contratos firmados con dichas filiales en concepto de "derecho de transporte de gas" consolidados proporcionalmente aplicando el porcentaje de participación de Enagás, S.A. en dichas sociedades.
La Sociedad Enagás, S.A. sigue un criterio de imputación y registro de dichos ingresos basado en la periodificación lineal de los mismos hasta el año 2020 en el que vence el contrato de transporte. (Ver nota 3-m.)
Durante el ejercicio 2006 se procedió a reconocer la periodificación de los ingresos por conexiones a la Red Básica. Así, el movimiento registrado por este concepto en 2009 es el siguiente:
| Miles de euros | Conexiones a la Red Básica |
|---|---|
| Saldo al 31 de diciembre de 2008 | 32.492 |
| Altas Bajas/Imputación a resultados |
19.129 (1.330) |
| Saldo al 31 de diciembre de 2009 | 50.291 |
El Grupo Enagás está expuesto a determinados riesgos que gestiona mediante la aplicación de sistemas de identificación, medición, limitación de concentración y supervisión.
Los principios básicos definidos por el Grupo Enagás en el establecimiento de su política de gestión de los riesgos más significativos son los siguientes:
c) Operadores autorizados.
Los negocios y áreas corporativas establecen para cada mercado en el que operan su predisposición al riesgo de forma coherente con la estrategia definida.
Las variaciones de los tipos de interés modifican el valor razonable de aquellos activos y pasivos que devengan un tipo de interés fijo así como los flujos futuros de los activos y pasivos referenciados a un tipo de interés variable.
El objetivo de la gestión del riesgo de tipos de interés es alcanzar un equilibrio en la estructura de la deuda que permita minimizar el coste de la deuda en el horizonte plurianual con una volatilidad reducida en la Cuenta de Resultados Consolidada.
Dependiendo de las estimaciones del Grupo Enagás y de los objetivos de la estructura de la deuda, se realizan operaciones de cobertura mediante la contratación de derivados que mitiguen estos riesgos.
El Grupo mantiene una política de liquidez consistente en la contratación de facilidades crediticias comprometidas e inversiones financieras temporales por importe suficiente para soportar las necesidades previstas por un período que esté en función de la situación y expectativas de los mercados de deuda y de capitales.
El Grupo no tiene riesgo de crédito significativo ya que el período medio de cobro a clientes es muy reducido y las colocaciones de tesorería o contratación de derivados se realizan con entidades de elevada solvencia.
a) Riesgo de tipo de interés:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Porcentaje de deuda financiera referida a tipos protegidos | 60% | 59% |
Teniendo en consideración estos porcentajes de deuda financiera referenciada a tipo fijo, y realizando un análisis de sensibilidad a variaciones de un punto porcentual en los tipos de interés de mercado, la Sociedad considera que, según sus estimaciones, el impacto en resultados de esta variación sobre el coste financiero de la deuda referenciada a tipos variables podría ascender a, aproximadamente, 10 millones de euros.
Por otro lado, en relación a la deuda financiera referenciada a tipo variable, la estimación del impacto en patrimonio neto de los derivados contratados por similares variaciones en el tipo de mercado no implicarían variaciones significativas a lo largo del ejercicio 2010.
El Grupo, y concretamente su sociedad matriz, Enagás, S.A., como entidad intensiva en capital e inversión en infraestructuras dentro de un entorno regulado, mantiene una gestión de capital a nivel corporativo enfocada a conseguir una estructura financiera que optimice el coste para mantener una sólida posición financiera. Para ello, sin estar sujeta a requisitos externos de capital, se busca en todo momento un acceso a los mercados financieros al coste más competitivo posible para cubrir las posibles necesidades de financiación del plan de inversiones sin que ello suponga una modificación de la política de dividendos del Grupo.
Durante el ejercicio 2009 no se han producido cambios en la gestión del capital respecto al ejercicio 2008. En su conjunto, la Estructura financiera del Grupo está formada por el patrimonio atribuido a los accionistas de la Sociedad Dominante (comprende capital, prima de emisión, resultados acumulados y otros) la deuda financiera, y el efectivo y otros activos líquidos. En este sentido, el Grupo aporta en las notas 15 a 17 los aspectos cuantitativos relacionados con la totalidad de la deuda y pasivos que gestiona que forman su estructura financiera, junto con las políticas de gestión de los riesgos asociados a la misma. En dichas notas se especifican las características de la mencionada posición financiera así como la situación de solidez, objetivo de la política de gestión del capital mencionada en el párrafo inicial de este apartado. Asimismo, dichas notas se completan indicando el mantenimiento de los ratings crediticios de las principales agencias respecto del ejercicio 2008 anterior (ver Nota 32). El seguimiento de dichos ratings es una de las medidas utilizadas para tomar las decisiones oportunas.
La Sociedad utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. En el marco de dichas operaciones la Sociedad ha contratado determinados instrumentos financieros de cobertura según el siguiente detalle:
| Denominación | Contratación | Importe contratado | Tipo fijo | Inicio | Vencimiento |
|---|---|---|---|---|---|
| Cross Currency Swap | julio-2009 | 147.514 | - | 15/09/2009 | 15/09/2039 |
| Swap | noviembre-2009 | 250.000 | 1,98 | 27/11/2009 | 27/11/2012 |
| Total | 397.514 |
El importe contratado del instrumento financiero "Cross Currency Swap" es de 20.000 millones de yenes (JPY) correspondientes a los 147.514 miles de euros a un coste variable referenciado al Euribor a 6 meses (ver Nota 15.1).
| Denominación | Contratación | Importe contratado | Cap/Floor | Tipo fijo | Inicio | Vencimiento |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Collar | marzo-2008 | 350.000 | 3,90/3,35 | - | 10/04/2008 | 11/01/2010 |
| Collar | octubre-2008 | 650.000 | 3,90/3,42 | - | 12/01/2009 | 11/01/2010 |
| Swap | marzo-2008 | 67.500 | - | 3,67 | 16/06/2008 | 16/06/2011 |
| Swap | octubre-2008 | 60.000 | - | 3,95 | 16/12/2008 | 16/06/2011 |
| Swap | octubre-2008 | 200.000 | - | 3,99 | 23/10/2008 | 23/11/2011 |
| Swap | marzo-2008 | 200.000 | - | 3,64 | 16/05/2008 | 16/05/2011 |
| Total 1.527.500 |
La Sociedad ha cumplido con los requisitos detallados en la nota 3.g sobre normas de valoración para poder clasificar los instrumentos financieros como cobertura. En concreto, han sido designados formalmente como tales, y se ha verificado que la cobertura resulta eficaz.
El importe nocional y/o contractual de los contratos formalizados no supone el riesgo real asumido por la sociedad Enagás, S.A., ya que la posición neta en estos instrumentos financieros resulta de la compensación y/o combinación de los mismos.
El valor razonable a 31 de diciembre de 2009 y 2008 de dichos derivados de cobertura es:
| Valor razonable (miles de euros) | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación | Clasificación | Tipo | Importe contratado (miles de euros) |
Vencimiento | Activo | Pasivo |
| Collar | Cobertura de tipos de interés |
Max. a Cap |
1.000.000 | enero-2010 | - | 6.708 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
127.500 | junio-2011 | - | 2.907 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | noviembre-2011 | - | 8.586 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | mayo-2011 | - | 7.192 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
250.000 | noviembre-2012 | 2.069 | 2.629 |
| Cross Currency Swap Cobertura de tipos | de interés / tipo de cambio |
Fijo a Variable |
147.514 septiembre-2039 | - | 12.427 | |
| Total | 1.925.014 | 2.069 | 40.449 |
Al cierre del ejercicio 2009 el importe registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias correspondiente a estos instrumentos de cobertura ascendió a (30.722) miles de euros.
| Valor razonable (miles de euros) | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación | Clasificación | Tipo | Importe contratado (miles de euros) |
Vencimiento | Activo | Pasivo |
| Collar | Cobertura de tipos de interés |
Max. a Cap |
1.000.000 | enero-2010 | 1.364 | 9.195 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
127.500 | marzo-2011 | - | 2.563 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | noviembre-2011 | 500 | 5.780 |
| Swap tipo de interés | Cobertura de tipos de interés |
Variable a fijo |
200.000 | mayo-2011 | 305 | 4.581 |
| Total | 1.527.500 | 2.169 | 22.119 |
Al cierre del ejercicio 2008 el importe registrado en la cuenta de pérdidas y ganancias correspondiente a estos instrumentos de cobertura ascendió a 6.520 miles de euros.
El detalle del epígrafe Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar es el siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Acreedores comerciales: | ||
| Deudas con empresas del Grupo | 2.704 | 2.414 |
| Resto de proveedores | 304.918 | 448.391 |
| Otros acreedores | 4.303 | 3.693 |
| Pasivo por impuesto corriente (ver Nota 21.2) | 10.030 | 48.661 |
| Total | 321.955 | 503.159 |
El saldo de Deudas con empresas del Grupo corresponde a los servicios de transporte de gas, pendientes de pago a la fecha, consolidados proporcionalmente que las sociedades filiales prestan a la sociedad matriz Enagás, S.A.
Por otro lado, el saldo de "resto de proveedores" corresponde a la deuda por las compras de materiales y servicios prestados a las sociedades del Grupo consolidado, que están registrados principalmente en Otros gastos de explotación y en Activos no corrientes.
El Grupo mantiene planes de pensiones de aportación definida que cubre los compromisos adquiridos por la sociedad con el personal activo afectado. Los activos afectos a los planes se mantienen separados de los activos del Grupo en fondos bajo el control de fiduciarios. Si un empleado causa baja en un plan antes del pleno devengo de las aportaciones, el importe a pagar por el Grupo se verá reducido por el importe de las aportaciones perdidas.
Las aportaciones realizadas por la Entidad al Plan de Pensiones por este concepto han ascendido a 2.082 miles de euros en el ejercicio 2009 (2.091 miles de euros en el ejercicio 2008), que se encuentran registrados en el epígrafe "Gastos de Personal" de la Cuenta de Resultados Consolidada adjunta.
Tanto la sociedad matriz, Enagás, S.A., como las sociedades filiales Gasoducto Al-Andalus, S.A., Gasoducto de Extremadura, S.A., Gasoduto Campo Maior-Leiria-Braga, S.A., Gasoduto Braga-Tuy, S.A. tributan en régimen de declaración individual.
Los saldos deudores y acreedores con Administraciones Públicas, a 31 de diciembre, son los siguientes:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 2009 | 2008 | ||
| Saldos Deudores: | |||
| Impuesto sobre el Valor Añadido | 15.579 | 46.296 | |
| Impuesto sobre las ganancias | 22.001 | - | |
| Total | 37.580 | 46.296 | |
| Saldos Acreedores: | |||
| Impuesto sobre las ganancias | 1.994 | 43.502 | |
| Impuesto sobre el Valor Añadido | 70 | 70 | |
| Otros | 7.966 | 5.089 | |
| Total | 10.030 | 48.661 |
Cabe destacar que la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009 de la sociedad Enagás, S.A. es negativa por lo que la sociedad no ha registrado ningún pasivo por este concepto con la Administración Pública en dicho ejercicio (ver Notas 21.3 y 21.7).
Al cierre del ejercicio se habían pagado 22.342 miles de euros (61.507 miles de euros en el ejercicio 2008) a cuenta de la cantidad a desembolsar finalmente por Impuesto sobre Sociedades, correspondiendo a las Sociedades Enagás, S.A. 17.789 miles de euros (57.655 miles de euros en el ejercicio 2008), a Gasoducto Al-Andalus, S.A. 2.450 miles de euros (2.033 miles de euros en el ejercicio 2008), y a Gasoducto de Extremadura, S.A. 2.103 miles de euros (1.819 miles de euros en el ejercicio 2008).
Así mismo, al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. tenía un saldo pendiente de cobro por Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2008 de las Administraciones Forales de Guipuzcoa, Vizcaya y Álava de 2.133 miles de euros.
La conciliación entre el resultado contable y la base imponible del Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||
| Resultado contable antes de impuestos | 423.480 | 423.480 | ||
| Diferencias permanentes: | ||||
| Exención doble imposición | - | (1.651) | (1.651) | |
| Otros (multas e impuestos extranjeros) | 106 | - | 106 | |
| Donativos | 619 | - | 619 | |
| Diferencias temporales: | ||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | - | - | - | |
| Libertad de amortización Ley 4/2008 | - | (552.334) | (552.334) | |
| Subvenciones de capital | - | - | - | |
| Provisión Fondo de permanencia | 13 | - | 13 | |
| Provisiones de inmovilizado | 324 | - | 324 | |
| Provisiones de litigios | - | - | - | |
| Provisiones PCS | - | - | - | |
| Provisiones para riesgos y gastos | 5.250 | - | 5.250 | |
| Otros | 1.457 | 1.457 | ||
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | 1.073 | - | 1.073 | |
| Libertad de amortización Ley 4/2008 | - | - | - | |
| Subvenciones de capital | - | (359) | (359) | |
| Provisión Fondo de permanencia | - | (5.322) | (5.322) | |
| Provisiones de inmovilizado | - | (2.822) | (2.822) | |
| Provisiones de litigios | - | (107) | (107) | |
| Provisiones PCS | - | - | - | |
| Provisiones para riesgos y gastos | - | - | - | |
| Otros | 63 | (59) | 4 | |
| Compensación de bases imponibles negativas de | - | - | - | |
| ejercicios anteriores | ||||
| Base imponible fiscal | 432.385 | (562.654) | (130.269) |
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||
| Resultado contable antes de impuestos | 366.126 | 366.126 | ||
| Diferencias permanentes: | ||||
| Exención doble imposición | - | (1.452) | (1.452) | |
| Otros (multas e impuestos extranjeros) | 190 | - | 190 | |
| Diferencias temporales: | ||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | - | - | - | |
| Subvenciones de capital | - | - | - | |
| Provisión Fondo de permanencia | 730 | (668) | 62 | |
| Provisiones de inmovilizado | 606 | 606 | ||
| Provisiones de litigios | 76 | (76) | - | |
| Provisiones PCS | - | - | - | |
| Otros | 1.425 | 1.425 | ||
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||
| Libertad de amortización R.D.L. 3/1993 | 1.045 | 1.045 | ||
| Subvenciones de capital | - | (359) | (359) | |
| Provisión Fondo de permanencia | 1.019 | (2.761) | (1.742) | |
| Provisiones de inmovilizado | - | (2.768) | (2.768) | |
| Provisiones de litigios | - | (760) | (760) | |
| Provisiones PCS | - | (1.984) | (1.984) | |
| Otros | 118 | (708) | (590) | |
| Compensación de bases imponibles negativas de | ||||
| ejercicios anteriores | - | - | - | |
| Base imponible fiscal | 371.335 | (11.536) | 359.799 |
Independientemente de los impuestos sobre beneficios reconocidos en la Cuenta de Resultados Consolidada, en los ejercicios 2009 y 2008 el Grupo ha repercutido en su patrimonio neto consolidado los siguientes importes por los siguientes conceptos:
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||
| Por impuesto corriente: | ||||
| Gastos de ampliación de capital | - | - | - | |
| Gastos de reducción de capital | - | - | - | |
| Otros | - | - | - | |
| Total impuesto corriente | - | - | - | |
| Por impuesto diferido: | ||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||
| Activos disponibles para la venta | - | (4) | (4) | |
| Valoración de otros activos financieros | 20.359 | (21.641) | (1.282) | |
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | |
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||
| Activos disponibles para la venta | 4 | (237) | (233) | |
| Valoración de otros activos financieros | - | - | - | |
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | |
| Total impuesto diferido | 20.363 | (21.882) | (1.519) | |
| Total impuesto reconocido directamente en | 20.363 | (21.882) | (1.519) | |
| Patrimonio |
| Miles de euros | ||||
|---|---|---|---|---|
| Aumentos | Disminuciones | Total | ||
| Por impuesto corriente: | ||||
| Gastos de ampliación de capital | - | - | - | |
| Gastos de reducción de capital | - | - | - | |
| Otros | - | - | - | |
| Total impuesto corriente | - | - | - | |
| Por impuesto diferido: | ||||
| Con origen en el ejercicio: | ||||
| Activos disponibles para la venta | 348 | (110) | 238 | |
| Valoración de otros activos financieros | 15.575 | (9.009) | 6.566 | |
| Actualización de deuda con la Admón. | - | - | - | |
| Con origen en ejercicios anteriores: | ||||
| Activos disponibles para la venta | - | - | - | |
| Valoración de otros activos financieros | 362 | - | 362 | |
| Actualización de deuda con la Admón. | - | (815) | (815) | |
| Total impuesto diferido | 16.285 | (9.934) | 6.351 | |
| Total impuesto reconocido directamente en Patrimonio |
16.285 | (9.934) | 6.351 |
La conciliación entre el resultado contable y el gasto por Impuesto sobre Sociedades es la siguiente:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Resultado contable antes de impuestos | 423.480 | 366.126 |
| Cuota al 30% | 127.044 | 109.838 |
| Impacto diferencias temporarias | (277) | (378) |
| Deducciones: | ||
| Por doble imposición | (3.179) | (2.545) |
| Por inversión en gastos de I+D+i | (1.325) | (2.301) |
| Por gastos en formación | (8) | (15) |
| Por contribuciones al fondo de pensiones | (42) | (64) |
| Por donativos | (217) | - |
| Efecto de la aplicación de distintos tipos impositivos | (86) | (81) |
| Efecto de la eliminación de consolidación contra | ||
| patrimonio | 3.539 | 2.787 |
| Compensación bases imponibles negativas | - | - |
| Total gasto por impuesto reconocido en la cuenta de | 125.449 | 107.241 |
| pérdidas y ganancias |
El desglose del gasto por impuesto sobre sociedades de los ejercicios 2009 y 2008 es el siguiente:
| Enagás, S.A. G.Al-Andalus, S.A. |
G. de Extremadura, S.A. |
G. Campo Maior Leiria Braga, S.A. |
G. Braga Tuy, S.A. |
||
|---|---|---|---|---|---|
| Impuesto corriente: Por operaciones continuadas Por operaciones interrumpidas |
(45.672) - |
2.677 - |
1.885 - |
458 - |
237 - |
| Impuesto diferido: Por operaciones continuadas Por operaciones interrumpidas |
165.864 - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| Total gasto por impuesto | 120.192 | 2.677 | 1.885 | 458 | 237 |
| Enagás, S.A. G.Al-Andalus, S.A. |
G. de Extremadura, S.A. |
G. Campo Maior Leiria Braga, S.A. |
G. Braga Tuy, S.A. |
||
|---|---|---|---|---|---|
| Impuesto corriente: Por operaciones continuadas Por operaciones interrumpidas |
92.485 - |
2.830 - |
1.917 - |
417 - |
205 - |
| Impuesto diferido: Por operaciones continuadas Por operaciones interrumpidas |
9.387 - |
- - |
- - |
- - |
- - |
| Total gasto por impuesto | 101.872 | 2.830 | 1.917 | 417 | 205 |
El detalle del saldo de los Activos y Pasivos por impuesto diferido de los ejercicios 2009 y 2008 son los siguientes:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Diferencias temporarias (Impuestos anticipados): | ||
| Subvenciones de capital y otras | 904 | 1.012 |
| Provisión Fondo de Permanencia | 828 | 2.238 |
| Provisión inmovilizado | 336 | 996 |
| Provisiones litigios | - | 122 |
| Provisión PCS | - | - |
| Derivados | 5.218 | 6.627 |
| Provisiones para riesgos y gastos | 1.575 | - |
| Otros | 2.962 | 3.251 |
| Bases imponibles negativas | 45.673 | - |
| Deducciones pendientes y otros | - | - |
| Total activos por impuesto diferido | 57.496 | 14.246 |
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Pasivos por impuesto diferido: | ||
| Amortización acelerada | 750 | 1.072 |
| Libertad de amortización | 165.700 | - |
| Provisión Fondo de Permanencia | - | - |
| Derivados | - | 130 |
| Otros | 135 | 153 |
| Total pasivos por impuesto diferido | 166.585 | 1.355 |
Los activos por impuesto diferido han sido registrados en el balance de situación por considerar los Administradores del Grupo que, conforme a la mejor estimación sobre los resultados futuros, incluyendo determinadas actuaciones de planificación fiscal, es probable que dichos activos sean recuperados.
Al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. ha registrado como base imponible negativa la cuota líquida resultante del cálculo del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio 2009.
El Grupo no tiene activos por impuesto diferido no registrados en el balance de situación.
Cabe mencionar que durante el ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. se ha acogido al incentivo fiscal de libertad de amortización con mantenimiento de empleo establecido en la Ley 4/2008 de 23 de diciembre. Dicha Ley establece la amortización libre sin límite máximo de determinados elementos patrimoniales que se pongan a disposición del sujeto pasivo durante los años 2009 y 2010 siempre que la plantilla media de la entidad se mantenga, durante los 24 meses siguientes al inicio del periodo impositivo en que los elementos patrimoniales adquiridos entren en funcionamiento, respecto a la plantilla media de los doce meses anteriores.
Como consecuencia de lo anterior, el impuesto diferido creado por la sociedad Enagás, S.A. en dicho ejercicio 2009 por este concepto ha sido de 165.700 miles de euros equivalentes a 552.334 miles de euros en base, los cuales corresponden a proyectos de inversión dados de alta en el ejercicio 2009.
Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años.
Cabe destacar que durante el ejercicio 2009 se han iniciado actuaciones inspectoras en la sociedad Enagás, S.A. para el impuesto sobre Sociedades en los ejercicios 2004 a 2007 y otros impuestos para los ejercicios 2005 a 2007. Si bien la inspección no está cerrada, no se estima que, al cierre de la misma, se pongan de manifiesto pasivos significativos.
Al cierre del ejercicio 2009 la sociedad Enagás, S.A. tiene abiertos a inspección tributaria los ejercicios 2008 y 2009 para los impuestos que le son aplicables, mientras que las filiales españolas y portuguesas tienen abiertos a inspección tributaria los ejercicios legalmente no prescritos. Respecto a la comprobación del IVA a la Importación y Comercio Exterior, están pendientes de comprobación los ejercicios 2008 y 2009 en la Sociedad Enagás, S.A.
Al 31 de Diciembre de 2009 la sociedad Enagás, S.A. tenía incoadas unas Actas de Inspección en concepto de IVA a la importación por los ejercicios 2002 y 2004. Los importes de las mismas, en miles de euros, desglosados en cuota (IVA deducible) e intereses de demora son los siguientes:
| Ejercicio | Cuota IVA | Intereses | Total |
|---|---|---|---|
| 2002 | 2.358 | 326 | 2.684 |
| 2004 | 410 | 100 | 510 |
A la fecha de realización de estos Estados Financieros, las Actas están firmadas en disconformidad y se han presentado los correspondientes recursos contra las mismas.
Así mismo, a finales del ejercicio 2009 se ha firmado en disconformidad la propuesta del Acta por el concepto de "IVA asimilado del ejercicio 2007" sobre la que están presentadas alegaciones ante el Inspector Jefe cuya cuantía asciende a 787 miles de euros.
El análisis de los ingresos del Grupo se desglosa a continuación:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Ventas de gas mercado regulado | (1.609) | 377.019 |
| Coste de ventas de gas mercado regulado | 1.609 | (369.379) |
| Compra-Venta de gas mercado regulado | - | 7.640 |
| Ingresos por actividades reguladas | 866.829 | 813.101 |
| Ingresos por actividades no reguladas | 15.429 | 16.186 |
| Otros Ingresos | 14.125 | 16.807 |
| Ventas de materiales | - | 76 |
| Ingresos accesorios y de gestión corriente | 13.999 | 16.613 |
| Subvenciones | 126 | 118 |
| Total | 896.383 | 853.734 |
Las Ventas de gas corresponden en su totalidad a las realizadas por Enagás, S.A. Cabe destacar que tal y como se indica en la nota 4.d, el mercado a tarifa desapareció el 1 de julio de 2008 por lo que durante el ejercicio 2009 no se han efectuado compras ni ventas de gas por este concepto.
En cuanto a las Prestaciones de servicios, básicamente son ingresos de la Sociedad Enagás, S.A. por actividades reguladas, e ingresos del resto de Sociedades por actividades no reguladas. Estas prestaciones de servicios se distribuyen como sigue:
| 2009 | 2008 | |
|---|---|---|
| Actividades reguladas: Enagás, S.A. Actividades no reguladas: |
866.829 | 813.101 |
| Gasoducto Al - Andalus, S.A. Gasoducto Extremadura, S.A. Gasoduto Campo Maior - Leiria - Braga, S.A. Gasoduto Braga - Tuy, S.A. |
7.139 5.575 2.540 175 |
7.602 5.875 2.534 175 |
| Total | 882.258 | 829.287 |
El análisis de los gastos del Grupo se desglosa a continuación:
| Miles de Euros | |||
|---|---|---|---|
| 31.12.2009 | 31.12.2008 | ||
| Gastos de personal | 60.743 | 68.952 | |
| Otros gastos de explotación | 139.437 | 155.126 | |
| 200.180 | 224.078 |
La composición de los gastos de personal es la siguiente:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 31.12.2009 | 31.12.2008 | |
| Sueldos y salarios | 55.384 | 54.445 |
| Indemnizaciones | 649 | 6.910 |
| Seguridad Social | 11.761 | 11.463 |
| Otros gastos de personal | 6.983 | 5.598 |
| Aportaciones a fondos de pensiones externos | 2.081 | 2.091 |
| Trabajos para el inmovilizado | (16.115) | (11.555) |
| 60.743 | 68.952 |
El Grupo ha procedido a activar gastos de personal, relacionados directamente con proyectos de inversión en curso, en una cuantía de 16.115 miles de euros a 31 de diciembre de 2009 y 11.555 miles de euros a 31 de diciembre de 2008, (Ver nota 6).
El número medio de empleados del Grupo, distribuido por grupos profesionales, es el siguiente:
| Número medio de Personas | ||||
|---|---|---|---|---|
| 2009 | 2008 | |||
| Directivos | 66 | 70 | ||
| Técnicos | 485 | 467 | ||
| Administrativos | 127 | 130 | ||
| Operarios | 353 | 350 | ||
| Total | 1.031 | 1.017 |
A 31 de diciembre de 2009 la plantilla del Grupo está compuesta por 1.046 empleados (1.008 empleados en 2008) cuya distribución por grupo profesional y género es como sigue:
| 2009 | 2008 | |||
|---|---|---|---|---|
| Categorías | Hombres | Mujeres | Hombres | Mujeres |
| Directivos | 57 | 9 | 57 | 9 |
| Técnicos | 375 | 120 | 363 | 109 |
| Administrativos | 34 | 92 | 36 | 90 |
| Operarios | 346 | 13 | 334 | 10 |
| Total | 812 | 234 | 790 | 218 |
El detalle de este epígrafe es el siguiente:
| Miles de Euros | ||
|---|---|---|
| 31.12.2009 | 31.12.2008 | |
| Servicios exteriores: | ||
| Gastos de I+D | 1.152 | 1.240 |
| Arrendamientos y cánones | 36.063 | 36.446 |
| Reparación y conservación | 27.262 | 27.182 |
| Servicios profesionales independientes | 13.385 | 13.436 |
| Transportes | 14.643 | 14.785 |
| Primas de seguros | 3.668 | 2.981 |
| Servicios bancarios y similares | 7 | 5 |
| Publicidad, propaganda y rr.pp | 2.016 | 2.321 |
| Suministros | 19.625 | 20.936 |
| Otros servicios | 7.404 | 13.757 |
| Servicios exteriores | 125.225 | 133.089 |
| Tributos | 1.436 | 5.527 |
| Otros Gastos Externos | 7.909 | 9.061 |
| Variación de las provisiones de tráfico | 4.867 | 7.449 |
Incluido en el saldo de "Otros gastos generales de explotación" se recogen los honorarios satisfechos por las entidades consolidadas por las auditorías de sus cuentas anuales y otros trabajos de verificación contable y no contable. En el ejercicio 2009, estos gastos ascendieron a 925 miles de euros (1.557 miles de euros en el ejercicio 2008) según el siguiente detalle:
| Categorías | Servicios de auditoría (1) |
Servicios relacionados con auditoría (2) |
Otros servicios |
|---|---|---|---|
| Deloitte, S.L. | 660 | 15 | 1 |
| Deloitte Consulting S.L. | - | - | 249 |
| Otros | - | - | - |
| Total | 660 | 15 | 250 |
| Categorías | Servicios de auditoría (1) |
Servicios relacionados con auditoría (2) |
Otros servicios |
|---|---|---|---|
| Deloitte, S.L. | 1.149 | 259 | 30 |
| Deloitte Consulting S.L. | - | - | 117 |
| Otros | 2 | - | - |
| Total | 1.151 | 259 | 147 |
(1) Servicios de Auditoría: Dentro de este apartado se incluyen los servicios prestados para la realización de las auditorías estatutarias de las cuentas anuales del Grupo por importe de 171 miles de euros y 165 miles de euros en los ejercicios 2009 y 2008, respectivamente, así como los trabajos de revisión limitada de los estados financieros consolidados intermedios, los trabajos necesarios para la revisión de la efectividad de los sistemas de control interno y otros trabajos de revisión realizados en relación a información a entregar a los Organismos Reguladores, principalmente la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Comisión Nacional de Energía.
(2) Servicios relacionados con auditoría: Dicho importe corresponde en su práctica totalidad, tanto en 2009 como en 2008, a los trabajos encargados por la Dirección de Auditoría Interna como parte del proyecto iniciado por el Grupo de revisión de la identificación, evaluación y medición de riesgos corporativos.
El desglose del epígrafe "Resultado financiero neto" de la Cuenta de Resultados Consolidada adjunta es el siguiente:
| Miles de euros | 31.12.2009 | 31.12.2008 |
|---|---|---|
| Ingresos de créditos a l/p | 503 | 1.221 |
| Otros intereses e ingresos financieros | 11.754 | 12.578 |
| Ingresos financieros | 12.257 | 13.799 |
| Gastos financieros y gastos asimilados | (636) | (823) |
| Intereses de préstamos | (72.113) | (82.103) |
| Rendimientos atribuibles a las provisiones | 34 | 2.016 |
| Gastos financieros | (72.715) | (80.910) |
| Variación del valor razonable de instrumentos financieros | (779) | 124 |
| Deterioro y resultado por enajenación de instr. financieros | - | - |
| Resultado financiero neto | (61.237) | (66.987) |
La sociedad ha procedido a activar gastos financieros en una cuantía de 29.573 miles de euros a 31 de diciembre de 2009 y 30.145 miles de euros a 31 de diciembre de 2008, (Ver Nota 6).
La información por segmentos se estructura en función de las distintas líneas de negocio del Grupo (segmentos principales de negocio).
La información sobre segmentos secundarios (segmentos geográficos) no se detalla en esta nota debido a que Enagás, S.A., matriz del grupo, desarrolla sus actividades dentro del territorio español donde todas las regiones están sometidas a los mismos riesgos y rendimientos, no existiendo características entre distintas regiones de las que pudiera derivarse unos resultados distintos a los que se obtienen. Asimismo, la sociedad Enagás, S.A. es la que aporta la mayor parte de los activos, pasivos, ingresos y gastos a los estados financieros consolidados del grupo, de manera que las operaciones que proceden de sociedades localizadas en territorio portugués no superan el 10% de las ventas ni de los activos del grupo, requisitos establecidos por las Normas Internacionales de Información Financiera para presentar información por segmentos secundarios.
Las líneas de negocio que se describen seguidamente se han establecido tomando como base la clasificación contenida en la Ley de Hidrocarburos 34/1998 de 7 de octubre y de acuerdo a la estructura organizativa de la sociedad Enagás, S.A. que tiene en cuenta la naturaleza de servicios y productos ofrecidos.
• Transporte de gas: actividad principal que consiste en la vehiculización de gas a través de su red de transporte, formada por gasoductos de transporte primario (con presiones máximas de diseño igual o superior a 60 bares) y secundario de gas (con presiones máximas de diseño entre 60 bares y 16 bares) hasta los puntos de distribución, como propietaria de la mayor parte de la red de transporte de gas en España.
• Regasificación: El gas se transporta desde los países productores en buques metaneros a 160 ºC bajo cero en estado líquido (GNL) y se descarga en las plantas de regasificación donde queda almacenado en tanques criogénicos. En estas instalaciones, mediante un proceso físico para el cual normalmente se utilizan vaporizadores con agua de mar, se aumenta la temperatura del gas natural licuado y, de este modo, se transforma a estado gaseoso. El gas natural se inyecta en los gasoductos para ser transportado por toda la Península.
• Almacenamiento: la sociedad Enagás, S.A. opera un único almacenamiento subterráneo: Serrablo, situado entre las localidades de Jaca y Sabiñánigo (Huesca), que es propiedad de la Compañía.
Enagás, S.A. como Gestor Técnico del Sistema, continuó durante el año 2009 el desarrollo de las funciones encomendadas en el Real Decreto Ley 6/2000 de 23 de junio y en el R.D. 949/2001 de 3 de agosto, con el objeto de garantizar la continuidad y seguridad de suministro, así como la correcta coordinación entre los puntos de acceso, almacenamiento, transporte y distribución.
Enagás, S.A. continuó atendiendo las necesidades del mercado a tarifa de acuerdo a los establecido en la Ley de Hidrocarburos 34/1998 de 7 de octubre, hasta el 30 de junio de 2008.
Se refiere a todas aquellas actividades no reguladas así como a aquellas transacciones relacionadas con las sociedades del Grupo.
La información por segmentos que se expone seguidamente se basa en los informes mensuales elaborados por la Dirección Económico Financiera y se genera mediante una aplicación informática consistente en desagregar los estados financieros por actividades.
La estructura de esta información está diseñada como si cada línea de negocio se tratara de un negocio autónomo y dispusiera de recursos propios independientes que se distribuyen en función de los activos asignados a cada línea conforme a un sistema interno de distribución porcentual de costes.
| Miles de euros | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Infraestructuras | Compraventa de Gas | Sistema | Gestión Técnica | Actividades No Consolidación |
Reguladas + Ajustes | Total Grupo | ||||
| CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 |
| Ingresos Ordinarios Amortización Resultado de Explotación Resultado después de Impuestos |
857.152 209.417 476.276 295.403 |
800.726 196.324 427.926 258.539 |
- - - - |
12.405 1 9.814 6.923 |
11.216 3.310 (3.494) (2.318) |
9.141 2.856 (17.685) (13.032) |
28.015 3.863 11.935 4.946 |
31.462 3.870 13.058 6.455 |
896.383 216.590 484.717 298.031 |
853.734 203.051 433.113 258.885 |
| BALANCE DE SITUACIÓN | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 | 2009 | 2008 |
| Total Activo | 5.622.135 4.557.052 | - | 22 | 19.416 | 17.990 | 138.388 | 142.762 5.779.939 4.717.826 | |||
| Adquisiciones de Inmovilizado (*) | 898.324 | 787.287 | - | 2 | 3.025 | 3.412 | 204 | 189 | 901.553 | 790.890 |
| Pasivos no corrientes (**) -Pasivos por impuesto diferido -Provisiones |
244.455 162.841 31.323 |
65.136 1.322 31.321 |
- - - |
- - - |
600 572 28 |
35 5 30 |
37.487 3.172 153 |
37.467 28 172 |
282.542 166.585 31.504 |
102.638 1.355 31.523 |
| -Otros pasivos no corrientes | 50.291 | 32.493 | - | - | - | - | 34.162 | 37.267 | 84.453 | 69.760 |
| Pasivos corrientes () -Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar (*) -Otros pasivos corrientes |
254.423 254.423 - |
421.180 421.180 - |
- - - |
235 235 - |
35.628 35.628 - |
16.151 16.151 - |
30.295 29.910 385 |
22.616 22.091 525 |
320.346 319.961 385 |
460.182 459.657 525 |
A continuación se presenta la información por segmentos de estas actividades:
(*) Las adquisiciones de inmovilizado incluyen la variación de los stocks de repuestos y del almacén de material de construcción de nuevas infraestructuras, y subvenciones.
(**) No se incluyen pasivos financieros. (***) No incluye deudas por impuestos sobre ganancias.
La conservación y protección ambiental constituye un objetivo prioritario de actuación para el Grupo Enagás. Este compromiso está presente en todas las decisiones de negocio y pretende conciliar el progreso industrial y económico con el respeto y protección del medio ambiente.
Esta línea de actuación se concreta en una serie de procedimientos de gestión ambiental que pretenden identificar, prevenir, minimizar y corregir los impactos sobre el medio ambiente que pueden originar las actividades e instalaciones de la compañía, aplicando las medidas más exigentes dentro de nuestra capacidad para la protección de la biodiversidad y el medio natural.
Esta documentación, elaborada conforme a los requisitos de la norma UNE EN ISO 14001, es la base del Sistema de Gestión Ambiental desarrollado y certificado por AENOR que garantiza el cumplimiento de la legislación ambiental aplicable y la mejora continua de su comportamiento ambiental en las actividades de las plantas de almacenamiento y regasificación de GNL de Barcelona, Cartagena y Huelva, el almacenamiento subterráneo de Serrablo, las instalaciones de la Red Básica de Gasoductos y la Unidad de Innovación Tecnológica.
El Grupo Enagás realiza un esfuerzo continuo para identificar, caracterizar y minimizar el impacto ambiental de sus actividades e instalaciones, evaluando los riesgos y potenciando la ecoeficiencia, la gestión responsable de residuos y vertidos, minimizando el impacto en materia de emisiones y cambio climático.
El Grupo presta especial atención al diseño y ejecución de todos sus proyectos con el objetivo primordial de conseguir una plena identificación de los condicionantes e impactos ambientales del proyecto en cualquiera de sus etapas, continúa con la vigilancia ambiental de las actividades de construcción y finaliza con la integración de las instalaciones construidas en el Sistema de Gestión Ambiental.
Así mismo, el Grupo incorpora criterios ambientales en su relación con proveedores y contratistas, así como en la toma de decisiones sobre adjudicaciones de contratos de prestación de servicios y productos.
Durante el ejercicio 2009, las actuaciones ambientales han alcanzado inversiones totales incluidas en el activo del Balance de Situación de 35.088 miles de euros (54.644 miles de euros en el ejercicio 2008). Por su parte, los gastos ambientales asumidos por la compañía han ascendido en el ejercicio 2009 a 852 miles de euros registrados en el epígrafe Otros gastos de explotación (749 miles de euros en el ejercicio 2008).
Las posibles contingencias, indemnizaciones y otros riesgos ambientales en las que el Grupo Enagás pudiera incurrir están adecuadamente cubiertas con las pólizas de seguro de responsabilidad civil que tiene suscritas.
El Grupo no ha percibido durante 2009 ninguna subvención ni ingreso como consecuencia de actividades relacionadas con el medio ambiente, salvo las mencionadas en la nota 27 referente a los derechos de emisión.
Algunas instalaciones de la sociedad Enagás, S.A. se encuentran incluidas en el ámbito de la Ley 1/2006, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
En la Orden PRE/3420/2007, de 14 de noviembre, el Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de noviembre de 2007 y a propuesta de los Ministros de Medio Ambiente, de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012. De manera que el total de derechos asignados a la sociedad Enagás, S.A., de forma definitiva y gratuita correspondientes a sus instalaciones, asciende a 2.300.895, (442.763 derechos para el año 2008 y 464.533 derechos para los años 2009, 2010, 2011 y 2012).
Las instalaciones para las cuales se han recibido dichas asignaciones son:
Los derechos asignados para el ejercicio 2009, 452.093, fueron valorados a 15,5 euros/derecho, precio spot del primer día hábil del año 2008 del RWE Trading GMBH.
Cabe destacar que el Consejo de Administración de la sociedad Enagás, S.A. en su reunión de 23 de Junio de 2008 autorizó la venta escalonada de Derechos de Emisión (EUAs) excedentes de cada año del periodo 2008/2012 y la permuta de Derechos de Emisión por Certificados de Reducción de Emisiones (CERs). Durante el mes de diciembre de 2009 se ha realizado el intercambio de 32.500 EUAs-CERs valorados a 24,20 euros/CER con el BBVA y 35.000 EUAs-CERs valorados a 23,75 euros/CER con Gas Natural SDG, S.A. Esta operación ha supuesto que el alta total del ejercicio por este concepto sea de 8.818 miles de euros.
El Grupo Enagás ha registrado en la Cuenta de Resultados Consolidada 121.525 derechos de emisión de gases de efecto invernadero consumidos hasta noviembre de 2009 y 149.348 derechos consumidos en 2008.
Durante el inicio del ejercicio 2010 se han registrado en la Cuenta de Resultados Consolidada del Grupo Enagás los derechos de emisión consumidos durante el mes de diciembre de 2009 que ascienden a 16.758 derechos (6.880 derechos consumidos el mes de diciembre de 2008), de manera que el total de derechos consumidos en el ejercicio 2009 ascienden a 138.283 derechos (156.228 derechos totales consumidos en el ejercicio 2008).
Por otro lado durante el ejercicio 2009 el Grupo ha procedido a vender 300.000 derechos de emisión de los asignados para ese ejercicio por un importe de 4.650 miles de euros. Así mismo, el intercambio de EUAs/CERs realizado ha supuesto una baja total de derechos de emisión de 67.500 equivalentes a 1.046 miles de euros.
De este modo, el exceso de derechos del ejercicio 2009 es de 16.920 derechos los cuales valorados al precio de 15,5 euros/derecho, precio de los derechos el primer día hábil del año 2009, suponen un valor de 262 miles de euros, mientras que valorados a 12,16 euros/derecho, precio de los derechos el último día hábil del año 2009, suponen un valor de 206 miles de euros.
Así mismo, el exceso total de derechos del 2008, 5.865 derechos, valorados al precio de 23 euros/derecho, precio de los derechos el primer día hábil del año 2008, supone un valor de 135 miles de euros, mientras que el valor a 31 de diciembre de 2008 del exceso es de 89 miles de euros, tomando como precio de referencia 15,26 euros/derecho, precio de los derechos el último día hábil del año 2008.
Durante el primer trimestre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. ha presentado los informes de emisiones verificados por la entidad acreditada (AENOR) a las Comunidades Autónomas correspondientes las cuales han validado dichas emisiones.
Durante el segundo trimestre de 2009 la sociedad Enagás, S.A. entregó la cantidad de derechos equivalente a las emisiones verificadas del 2008 para todas las instalaciones referidas.
La sociedad Enagás, S.A., durante el ejercicio 2009, no ha procedido a negociar ningún contrato a futuro relativo a derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ni existen contingencias relacionadas con sanciones o medidas de carácter provisional en los términos que establece la Ley 1/2005.
Se consideran "partes vinculadas" al Grupo, adicionalmente a las entidades dependientes, asociadas y multigrupo, el "personal clave" de la Dirección del Grupo (miembros de su Consejo de Administración y los Directores, junto a sus familiares cercanos), así como las entidades sobre las que el personal clave de la Dirección pueda ejercer una influencia significativa o tener su control.
A continuación se indican las transacciones realizadas por el Grupo, durante los ejercicios 2009 y 2008, con las partes vinculadas a éste, distinguiendo entre accionistas significativos, miembros del Consejo de Administración y Directores de la Sociedad y otras partes vinculadas. Las condiciones de las transacciones con las partes vinculadas son equivalentes a las que se dan en transacciones hechas en condiciones de mercado y se han imputado las correspondientes retribuciones en especie.
| Miles de Euros | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2009 | |||||||
| Personas, | |||||||
| Accionistas | Administradores y | Sociedades o | Otras Partes | ||||
| Significativos | Directivos | Entidades del | Vinculadas | Total | |||
| Gastos e Ingresos | Grupo | ||||||
| Gastos: | |||||||
| Gastos financieros | 5.341 | - | - 10.817 |
16.158 | |||
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - - |
- | |||
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - - |
- | |||
| licencias | |||||||
| Arrendamientos | - | - | - - |
- | |||
| Recepción de servicios | - - |
32.200 | 5.007 | 37.207 | |||
| Compra de bienes (terminados o en curso) | - - |
5.427 | 5.427 | ||||
| Correcciones valorativas por deudas incobrables | - | - | - - |
- | |||
| o de dudoso cobro | |||||||
| Pérdidas por baja o enajenación de activos | - | - | - - |
- | |||
| Otros gastos | - | 1.156 | - - |
1.156 | |||
| Total Gastos | 5.341 | 1.156 | 32.200 | 21.251 | 59.948 | ||
| Ingresos: | |||||||
| Ingresos financieros | 806 | - | 1.136 | 10.114 | 12.056 | ||
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - - |
- | |||
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - - |
- | |||
| licencias | |||||||
| Dividendos recibidos | - | - | 12.032 | - | 12.032 | ||
| Arrendamientos | - | - | - - |
- | |||
| Prestación de servicios | - - |
10.668 | - | 10.668 | |||
| Prestación de servicios de ATR | - - |
- 921 |
921 | ||||
| Venta de bienes (terminados o en curso) | - - |
- 4.260 |
4.260 | ||||
| Beneficios por baja o enajenación de activos | - | - | - - |
- | |||
| Otros ingresos | - | - | - - |
- | |||
| Total Ingresos | 806 | - | 23.836 | 15.295 | 39.937 |
| Miles de Euros | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2008 | |||||||
| Gastos e Ingresos | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | ||
| Gastos: | |||||||
| Gastos financieros | 5.680 | - | - | 6.729 | 12.409 | ||
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - | ||
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - | ||
| licencias | |||||||
| Arrendamientos | - | - | - | - | - | ||
| Recepción de servicios | 25.908 | - | 32.496 | 11.254 | 69.658 | ||
| Compra de bienes (terminados o en curso) | 390.854 | - | 5.894 | 396.748 | |||
| Correcciones valorativas por deudas incobrables | - | - | - | - | - | ||
| o de dudoso cobro | |||||||
| Pérdidas por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - | ||
| Otros gastos | - | 1.177 | - | - | 1.177 | ||
| Total Gastos | 422.442 | 1.177 | 32.496 | 23.877 | 479.992 | ||
| Ingresos: | |||||||
| Ingresos financieros | 3.993 | - | 2.765 | 3.941 | 10.699 | ||
| Contratos de gestión o colaboración | - | - | - | - | - | ||
| Transferencias de I+D y acuerdos sobre | - | - | - | - | - | ||
| licencias | |||||||
| Dividendos recibidos | - | - | 9.530 | - | 9.530 | ||
| Arrendamientos | - | - | - | - | - | ||
| Prestación de servicios | 22.572 | - | 9.471 | - | 32.043 | ||
| Prestación de servicios de ATR | 185.472 | - | - | 50.673 | 236.145 | ||
| Venta de bienes (terminados o en curso) | 329.547 | - | - | 2.940 | 332.487 | ||
| Beneficios por baja o enajenación de activos | - | - | - | - | - | ||
| Otros ingresos | - | - | - | - | - | ||
| Total Ingresos | 541.584 | - | 21.766 | 57.554 | 620.904 |
| Miles de Euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2009 | ||||||
| Otras transacciones | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | |
| Compra de activos materiales,intangibles u otros Acuerdos de financiación: créditos y aportaciones de capital (prestamista) Contratos de arrendamiento financiero (arrendador) |
- - - |
- - - |
- 35.009 - |
- - - |
- 35.009 - |
|
| Amortización o cancelación de créditos y contratos de arrendamiento (arrendador) Venta de activos materiales, intangibles y otros Acuerdos de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario) Contratos de arrendamiento financiero (arrendatario) Amortización o cancelación de préstamos y contratos de arrendamiento (arrendatario) |
- - 80.000 - - |
- - - - - |
- - - - - |
- - 525.000 - - |
- - 605.000 - - |
|
| Garantías y avales prestados | - | - | - | 58.939 | 58.939 | |
| Garantías y avales recibidos | 7.693 | - | - | 17.998 | 25.691 | |
| Compromisos adquiridos | - | - | - | - | - | |
| Compromisos/garantías cancelados | - | - | - | - | - | |
| Dividendos y otros beneficios distribuidos | 63.765 | - | - | - | 63.765 | |
| Otras operaciones | - | - | - | - | - |
| Miles de Euros | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 31-12-2008 | ||||||
| Otras transacciones | Accionistas Significativos |
Administradores y Directivos |
Personas, Sociedades o Entidades del Grupo |
Otras Partes Vinculadas |
Total | |
| Compra de activos materiales,intangibles u otros Acuerdos de financiación: créditos y aportaciones de capital (prestamista) Contratos de arrendamiento financiero (arrendador) |
- - - |
- - - |
- 42.648 - |
- - - |
- 42.648 - |
|
| Amortización o cancelación de créditos y contratos de arrendamiento (arrendador) Venta de activos materiales, intangibles y otros |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
|
| Acuerdos de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario) Contratos de arrendamiento financiero (arrendatario) |
145.868 - |
- - |
- - |
215.095 - |
360.963 - |
|
| Amortización o cancelación de préstamos y contratos de arrendamiento (arrendatario) |
- | - | - | - | - | |
| Garantías y avales prestados | - | - | - | 61.500 | 61.500 | |
| Garantías y avales recibidos | 13.475 | - | - | 23.515 | 36.990 | |
| Compromisos adquiridos | - | - | - | - | - | |
| Compromisos/garantías cancelados | - | - | - | - | - | |
| Dividendos y otros beneficios distribuidos | 42.892 | - | - | 2.880 | 45.772 | |
| Otras operaciones | - | - | - | - | - |
Dichas transacciones incluyen los gastos financieros derivados de los contratos de coberturas de intereses con entidades financieras vinculadas del Grupo Enagás.
Las retribuciones percibidas durante el ejercicio 2009 y 2008 por los miembros del Consejo de Administración y la alta dirección del Grupo, clasificadas por conceptos, han sido las siguientes:
| Otros | Planes de | Primas de | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Sueldos | Dietas | conceptos | pensiones | seguros | |
| Consejo de Administración | 1.478 | 1.155 | 79 | 10 | 68 |
| Alta Dirección | 2.065 | - | 76 | 55 | 85 |
| Total | 3.543 | 1.155 | 155 | 65 | 153 |
| Sueldos | Dietas | Otros conceptos |
Planes de pensiones |
Primas de seguros |
|
|---|---|---|---|---|---|
| Consejo de Administración | 1.278 | 1.177 | 78 | - | 57 |
| Alta Dirección | 1.954 | - | 86 | 47 | 85 |
| Total | 3.232 | 1.177 | 164 | 47 | 142 |
La sociedad ha otorgado a 31 de diciembre de 2009 anticipos o créditos concedidos a los miembros del Consejo de Administración y a la Alta Dirección del Grupo por importe de 3 miles de euros.
Las retribuciones mencionadas distribuidas por cada uno de los miembros del Consejo de Administración, sin tener en cuenta la prima de seguros, han sido las siguientes:
| Miles de euros | ||
|---|---|---|
| CONSEJEROS | 2009 | 2008 |
| D. Antonio Llardén Carratalá, (Consejero Ejecutivo) 1 | 1.621 | 1.420 |
| BANCAJA (Consejero Dominical) | 107 | 107 |
| D. Carlos Egea Krauel (Consejero Dominical) 2 | 27 | 76 |
| Sagane Inversiones S.L. (Consejero Dominical) 3 | 49 | - |
| Bilbao Bizkaia Kutxa (Consejero Dominical) | 72 | 64 |
| Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (Consejero Dominical) | 73 | 42 |
| D. Salvador Gabarró Serra (Consejero Dominical) 4 | 21 | 81 |
| D. Said Al Masoudi Consejero Dominical) 5 | 23 | - |
| Peña Rueda S.L. Unipersonal (Consejero Dominical) | 64 | 64 |
| D. Jesús David Álvarez Mezquíriz (Consejero Independiente) | 64 | 64 |
| D. Dionisio Martínez Martínez (Consejero Independiente) | 78 | 76 |
| D. José Riva Francos (Consejero Independiente) | 64 | 64 |
| D. Ramón Pérez Simarro (Consejero Independiente) | 76 | 76 |
| D. Martí Parellada Sabata (Consejero Independiente) | 81 | 81 |
| D. Antonio Téllez de Peralta (Consejeros Independiente) | 76 | 76 |
| Dª Teresa García-Milà Lloveras (Consejero Independiente) | 76 | 76 |
| D. Miguel Angel Lasheras Merino (Consejero Independiente) | 64 | 64 |
| D. Luis Javier Navarro Vigil (Consejero Externo) | 76 | 76 |
| Caja de Ahorros del Mediterráneo (Consejero Dominical) | - | 25 |
| Total | 2.712 | 2.532 |
1Dispone además de póliza de seguro de vida cuya prima en el ejercicio ha sido de 68 miles de euros y se han aportado a su plan de pensiones 10 miles de euros.
2De 1 de enero a 27 de abril de 2009.
3De 27 de abril a 31 de diciembre de 2009.
4De 1 de enero a 7 de abril de 2009.
5De 27 de julio a 31 de diciembre de 2009.
A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 127 ter de la LSA se incluye en la presente Memoria la información relativa a la participación en el capital y el desempeño de cargos por parte de los miembros del Consejo de Administración de Enagás S.A. en otras sociedades de análogo o complementario género de actividad al que constituye el objeto social. Se ha considerado, para la elaboración de la información, que son sociedades con análogo o complementario genero de actividad al de Enagás aquellas sociedades que, por sí mismas, se dediquen a actividades de transporte, regasificación, distribución o comercialización de gas natural reguladas por la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos.
Así, las participaciones en el capital de las sociedades con el mismo, análogo o complementario género de actividad comunicadas al Grupo por los Consejeros a 31 de diciembre de 2009 son las siguientes:
| CONSEJERO | SOCIEDAD | Nº ACCIONES | % PARTICIPACIÓN |
|---|---|---|---|
| Bancaja Inversiones | Iberdrola, S.A. | 301.282.820 | 5,736% |
| Iberdrola, S.A. | 359.380.724 | 6,842% | |
| BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa) | Gas Natural, SDG, S.A. | 982.134 | 0,110% |
| D. Luis Javier Navarro Vigil | BP, PLC | 63.853 | 0,000% |
Por otro lado, D. José Luis Olivas Martínez, Consejero Dominical representante de Bancaja (Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante) en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física es titular de 10.357 acciones de Iberdrola, S.A. representativas del 0,001% de su capital social y de 18.867 acciones de Iberdrola Renovables, S.A. representativas del 0,001% de su capital social.
Los cargos o funciones que ocupan los Consejeros de la Sociedad en otras sociedades con el mismo, análogo o complementario género de actividad que han sido comunicadas a la sociedad Enagás, S.A. a 31 de diciembre de 2009 son los siguientes:
| CONSEJERO | SOCIEDAD | CARGOS |
|---|---|---|
| BP España SAU. | Consejero | |
| Luis Javier Navarro Vigil | E.ON España | Consejero |
| E.ON Renovables S.L.U. | Consejero |
Cabe destacar que D. Manuel Menéndez Menéndez, representante de Peña Rueda, S.L. en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física ostenta los cargos de Presidente de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. (H.C.), Presidente de Naturgas Energía Grupo, S.A. y Miembro del Consejo de Administración de EDP Renovables, S.A.
D. José Luis Olivas Martínez, representante de Bancaja en el Consejo de Enagás, S.A. es Consejero de Iberdrola, S.A. y Presidente del Consejo Consultivo de Iberdrola, S.A. en la Comunidad Valenciana.
No hay actividades de la misma naturaleza, análogas o complementarias a aquellas realizadas por Enagás que sean desempeñadas por los Consejeros de ésta, ya sea por cuenta propia o ajena, no comprendidas en el apartado anterior.
Al 31 de diciembre de 2009 el Grupo tenía prestados avales ante terceros derivados de sus actividades por un importe de 117.202 miles de euros, (100.602 miles de euros en el ejercicio 2008). Por otro lado, también tiene concedidos avales financieros por un total de 217.259 miles de euros, (214.286 miles de euros en el ejercicio 2008), como garantía de los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones.
Los Administradores del Grupo estiman que no se derivarán pasivos significativos adicionales a los registrados en el balance de situación consolidado adjunto por las operaciones descritas en esta nota.
La Junta General de Accionistas celebrada el 27 de marzo de 2009 aprobó la reelección como miembros del Consejo de Administración por el periodo estatutario de cuatro años de Don Salvador Gabarró Serra como Consejero Dominical a propuesta del accionista Gas Natural SDG, S.A., y de Don Ramón Pérez Simarro y Don Martí Parellada Sabata ambos como Consejeros Independientes.
El 7 de abril de 2009, Don Salvador Gabarró Serra presentó su renuncia al cargo de Consejero Dominical, suponiendo ésta el cese como Presidente y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del Consejo.
El 27 de abril el Consejo de Administración de la sociedad Enagás, S.A. acordó el nombramiento como Consejero persona jurídica del accionista Sagane Inversiones, S.L. representada por Don Carlos Egea Krauel. A su vez, acordó el nombramiento de Sagane Inversiones, S.L. como miembro del la Comisión de Nombramientos y Retribuciones así como a Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) como miembro de de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento. Así mismo, aprobó el cese de Don Carlos Egea Krauel como miembro de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
El 25 de mayo el Consejo de Administración de Enagás, S.A. nombró al Consejero Dominical Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK), vocal de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
El 8 de junio de 2009, la agencia de calificación Moody´s reafirmó el rating a largo plazo de la sociedad Enagás, S.A. situado en "A2" y la perspectiva estable del mismo.
El día 27 de julio el Consejo de Administración de Enagás, S.A. aprobó la entrada de Don Said Masoudi como Consejero a propuesta de la sociedad Omán Oil Company, S.A.O.C. Adicionalmente, se aprobó que Don Joseba Andoni Aurrekoetxea sustituyera a Don Xabier de Irala como Consejero representante de Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK) y se nombró a Don Dionisio Martínez presidente de la Comisión de nombramientos y retribuciones.
El 3 de septiembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. firmó un contrato con BP por el que compraba la participación del 25% que ésta tiene en la Planta de Regasificación de Bahía de Bizkaia Gas (BBG) por un valor de 65 millones de euros. Esta transacción está pendiente de autorización por parte de las Autoridades de Competencia.
Durante el mes de septiembre de 2009, la sociedad Enagás, S.A. fue distinguida con el sello de Excelencia Europea EFQM 300+, obtuvo la certificación ISO 9000 en su proceso de Gestión de acceso de Terceros a la Red (ATR), y se ratificó la permanencia de la misma en el selectivo índice Dow Jones Sustainability Index World.
El 26 de noviembre de 2009, la agencia de calificación crediticia Standar & Poor´s ratificó el rating a largo plazo de la sociedad Enagás, S.A. situado actualmente en "AA-", la calificación crediticia a corto plazo de "A-1" y la perspectiva estable del mismo.
A continuación se presentan datos sobre las sociedades en negocios conjuntos de la Sociedad al 31 de diciembre de 2009:
| Miles de Euros | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad | Método | % Derecho de | Datos de la Entidad Participada (*) | |||||||
| País | Actividad | contabiliza. inversión |
% | Voto controlados por Enagás, S.A. |
Valor Neto en libros |
Activos Pasivos Patrimonio | Resultado del ejercicio (**) |
|||
| Gasoducto Al-Andalus, S.A. | Madrid | Transporte de Gas | I.P. | 66,96 | 50 | 23.744 | 85.088 | 85.088 | 52.885 | 9.071 |
| Gasoducto de Extremadura, S.A. | Madrid | Transporte de Gas | I.P. | 51 | 50 | 9.732 | 38.740 | 38.740 | 30.741 | 7.735 |
| Gasoduto Campo Maior Leiria Braga, S.A. | Portugal | Transporte de Gas | I.P. | 12 | 50 | 3.195 | 83.922 | 83.922 | 40.178 | 9.721 |
| Gasoduto Braga-Tuy, S.A. | Portugal | Transporte de Gas | I.P. | 49 | 50 | 2.546 | 19.207 | 19.207 | 6.995 | 1.219 |
(*) Los datos se corresponden con los datos de las sociedades individuales bajo criterios contables del país correspondiente y antes de realizar los ajustes de homogeneización previos a la consolidación de los estados financieros.
(**) Los datos en Gasoduto Campo Mayor-Leiria-Braga, S.A., y Gasoduto Braga-Tuy, S.A. según se indican en la nota 1a) corresponden al cierre al 30 de noviembre de 2009.
El beneficio neto se sitúa en 298.031 miles de euros con un incremento del 15,1% con respecto al ejercicio anterior.
El importe neto de la cifra de negocios es de 882.258 miles de euros.
Las inversiones de la sociedad matriz en el del ejercicio 2009 alcanzaron una cifra de 901.553 miles de euros.
Los fondos propios del Grupo Enagás, S. A. se sitúan en 1.593.429 miles de euros siendo el patrimonio neto de 1.581.255 miles de euros.
El capital social está representado por 238.734.260 acciones ordinarias al portador de 1,50 euros de valor nominal cada una, totalmente desembolsadas.
Con fecha 16 de enero de 2009 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 31 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican la retribución de actividades reguladas, los derechos de acometida y las tarifas de alquiler de contadores y equipos de tele medida para el ejercicio 2009.
Durante el año 2009 se ha continuado ampliando y mejorando las instalaciones de regasificación, transporte y almacenamiento para adecuarlas a las necesidades que plantean las previsiones de demanda futura. En este sentido se han realizado las siguientes acciones destacables:
• A finales del año 2009 el Grupo Enagás, S.A. explotaba 8.884 Km de tuberías diseñadas para operar a presiones máximas de 72 y 80 bar respecto a los 8.134 Km que disponía en diciembre del año 2008, aumentando así la seguridad de suministro y el desarrollo de zonas que hasta ahora no disponían de gas natural.
• Los activos de transporte más importantes puestos en explotación durante el año 2009 han sido el gasoducto submarino Denia-Ibiza-Mallorca, gasoducto Almería-Lorca, gasoducto Lorca-Chinchilla tramo norte y sur, y el gasoducto Lemona-Haro primer y segundo tramo, así como la incorporación de ERMs y la modificación de distintas posiciones de gasoducto. Igualmente se ha reforzado el rack de tuberías de la Planta de Cartagena, se ha construido la Estación de Compresión de Lumbier y los Centros de trabajo de León y de Antas (Almería). Durante el año 2009 se han puesto en servicio 18 nuevas Estaciones de regulación/medida alcanzando a finales del año la cifra de 421 en operación.
Con todo, a finales del año 2009 la infraestructura gasista del Grupo Enagás, S.A., integrada por la Red Básica de gas natural, era la siguiente:
Las Plantas de regasificación de Barcelona, Huelva y Cartagena disponen de una capacidad total de almacenamiento de 1.437.000 m3 de GNL en un total de 14 tanques, un total de 9 cargaderos de cisternas y una capacidad de emisión de 4.650.000 m3(n)/h. frente a los 4.350.000 m3(n)/h del año 2008 con un incremento de 300.000 m3(n)/h.
El Almacenamiento subterráneo de Serrablo (Huesca) operativo con una inyección máxima de 4,4 Mm3/día y una producción máxima de 6,7 Mm3/día y la concesión del Almacenamiento de Yela (Guadalajara) según lo dispuesto en el Real Decreto 1061/2007 de 20 de julio.
Red de gasoductos con una longitud total de 8.884 Km con los siguientes ejes principales:
Eje Central: Huelva-Córdoba-Madrid-Burgos-Cantabria-País Vasco, (con el Huelva-Sevilla-Córdoba-Madrid duplicado).
Eje Oriental: Barcelona-Valencia-Alicante-Murcia-Cartagena.
Eje Occidental: Almendralejo-Cáceres-Salamanca-Zamora-León-Oviedo.
Eje Occidental hispano-portugués: Córdoba-Badajoz-Portugal (Campo Maior-Leiria-Braga) –Tuy-Pontevedra-A Coruña-Oviedo.
-Eje del Ebro: Tivissa-Zaragoza-Logroño-Calahorra-Haro.
-Eje Transversal: Alcazar de San Juan-Villarrobledo-Albacete-Montesa.
-Eje Balear: Montesa-Denia-S. Antoni de Portmany- S. Juan de Dios.
Las siguientes entradas de gas al sistema por gasoductos:
Norte: Gasoducto Hispano-Francés Calahorra-Lac, que conecta la Península Ibérica con la red europea de gasoductos.
Sur: Gasoducto Magreb-Europa y conexión con los yacimientos de Marismas-Palancares en el valle del Guadalquivir.
Enagás ha establecido un Sistema de Gestión Integral de Riesgos (inspirado en la metodología Committee of Sponsoring Organizations – COSO II) que permite identificar eventos potenciales que puedan afectar a la Compañía, gestionar sus riesgos dentro del riesgo aceptado y proporcionar una seguridad razonable sobre el logro de los objetivos.
Los principales riesgos asociados a las actividades desarrolladas por Enagas se recogen en las siguientes tipologías:
Corresponde a pérdidas debidas a factores externos como la regulación, ciclos económicos, niveles de competencia, patrones de demanda, estructura de la industria, etc., así como el riesgo de pérdidas resultantes por la toma de decisiones incorrectas en relación con los planes de negocio y las estrategias futuras de la compañía.
Dentro de esta tipología de riesgo tiene una especial relevancia el riesgo regulatorio que es aquel ligado al marco regulador en el que se realizan las actividades del negocio y también hace referencia a determinados aspectos de tasas locales.
Enagás ha establecido medidas para controlar y gestionar el riesgo de negocio dentro del nivel de riesgo aceptado, consistentes en la supervisión continua de los riesgos relacionados con la regulación, mercado y competencia.
Comprende el riesgo de pérdidas derivadas del incumplimiento de una contraparte o de la incertidumbre de la contraparte a cumplir con sus obligaciones.
Enagás califica el riesgo de Crédito o de Contraparte en las evaluaciones realizadas durante el 2009 como no relevante, dado que realiza transacciones con empresas de reconocida solvencia de acuerdo con las calificaciones de agencias de "rating" crediticias.
Para gestionar este riesgo, Enagás ha establecido como objetivo la minimización del perfil de riesgo, gestionando el proceso de crédito de cada unidad de negocio mediante modelos cuantitativos. Enagás ha conseguido reducir el riesgo de contraparte existente en relación con las inversiones financieras mediante la recolocación de sus inversiones en entidades con un mayor grado de solidez crediticia.
La información relativa a la gestión de riesgos de contraparte se detalla en la Nota 9 del Informe de Cuentas Anuales.
Bajo este epígrafe se valora la incertidumbre de los resultados como consecuencia de movimientos adversos en variables financieras tales como los tipos de interés, de cambio, la liquidez y otros factores de mercado.
La política de gestión del riesgo financiero se recoge en la Nota 17 del Informe de Cuentas Anuales.
Durante la operación de Enagás se pueden producir pérdidas directas o indirectas ocasionadas por procesos internos inadecuados, fallos tecnológicos, errores humanos o como consecuencia de ciertos sucesos externos.
Enagás ha identificado como riesgo operacional relevante: el riesgo Operacional en Infraestructuras, equipos y sistemas, el riesgo por Mala calidad o interrupción del servicio, el riesgo de Ejecución de Procesos y Operaciones por la preocupación en mejorar la eficacia y eficiencia de las actividades, el riesgo por Fraude y actividades no autorizadas y el riesgo operacional de proveedores y contrapartes.
Enagás ha establecido como objetivo para el riesgo operacional minimizar los impactos en costes que pueden suponer los mismos sobre los estados financieros de la entidad, actuando eficaz y eficientemente en la gestión de las infraestructuras y de los procesos.
Enagás gestiona el riesgo operacional mediante la implantación de diferentes controles consistentes principalmente en la aplicación de principios, programas así como procedimientos soportados por la obtención de certificados de calidad, automatización de los procesos, planificando una adecuada formación y capacitación del personal y una política de aseguramiento adecuado.
Se trata de cualquier acción, evento o circunstancia que podría impactar desfavorable o beneficiosamente en la reputación de Enagás.
Surge cuando un evento de riesgo crea la percepción de que el comportamiento de una organización difiere del esperado por sus grupos de interés. Al no ser exclusivamente interno a la gestión de las entidades, sino que depende de la valoración externa, tendrá un impacto difícilmente predecible en términos cuantitativos dentro de la Compañía.
El riesgo reputacional puede proceder:
Enagás considera la gestión del riesgo reputacional como una de las mayores oportunidades de creación y protección del valor.
Se han establecido medidas para controlar y gestionar el riesgo reputacional a partir de la supervisión continua del mismo de tal forma que se adecuen las prácticas internas a las expectativas deseables de los grupos de interés de acuerdo con los objetivos de la empresa.
Enagás ha definido un "Manual de Comunicación en Situaciones de crisis" como herramienta clave para gestionar con éxito una posible crisis reputacional, mediante el establecimiento de una política y estrategia de comunicación que minimice los daños a la reputación de la Sociedad.
El Consejo de Administración de Enagás aprobó en febrero de 2008 una política de coberturas de tipos de interés que permitiesen aproximar el coste financiero de la Compañía a la estructura de tipos fijada como objetivo en el Plan Estratégico de la Compañía
En cumplimiento de la política aprobada, a lo largo del año se contrataron una serie de operaciones de cobertura de tipos de Interés de tal forma que al 31 de Diciembre el 60% del total de la deuda bruta estaba protegido frente a subidas de tipos de interés.
Para el ejercicio 2010 se espera realizar unas inversiones de 700 millones euros y volumen de inversiones puestas en explotación de 500 miles de euros.
En relación al Beneficio Neto se contempla un crecimiento en el entorno de doble dígito sobre el ejercicio 2009. Asimismo se mantiene el objetivo de crecimiento anual acumulado previsto en el Plan Estratégico entre 2008-2012.
No se han producido acontecimientos relevantes entre el 31 de diciembre de 2009 y la fecha de formulación de estas Cuentas Anuales.
Las actividades de innovación tecnológica desarrolladas por la sociedad durante 2009 se han concentrado en la evaluación, desarrollo y demostración de nuevas tecnologías gasistas, con el fin de aumentar y mejorar la competitividad del gas natural en diferentes aplicaciones, focalizando el esfuerzo tecnológico en proyectos de valor estratégico para la Sociedad.
Las actividades más importantes por áreas llevadas a cabo dentro del ejercicio 2009 han sido:
participado en un proyecto europeo para evaluar diversas técnicas de detección de interferencias de terceros en las redes de transporte.
El Grupo no ha realizado ninguna operación con acciones propias durante el ejercicio 2009.
Esta Información adicional se incluye a los efectos previstos en el artículo 116 bis de la Ley 24/1988, de 28 de julio de Mercado de Valores.
Capital de la sociedad:
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de |
|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | |
| 03-05-02 | 358.101.390,00 | 238.734.260 | 238.734.260 |
Todas las acciones pertenecen a una única clase.
No existen restricciones a la transmisibilidad de las acciones.
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto infirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | 0 | 11.936.703 | 5,000 |
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| CAJASTUR (Caja de Ahorros de | |||
| Asturias) | 0 | 11.937.395 | 5,000 |
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|
| OMAN OIL HOLDINGS ESPAÑA, | ||
| S.L.U. | 11.936.703 | 5,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 5,000 |
| CANTÁBRICA DE INVERSIONES | ||
| DE CARTERA, S.L. | 11.937.395 | 5,000 |
| Total: | 35.810.812 | 15,000 |
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto infirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 5,000 |
| SEPI (Sociedad Estatal de | |||
| Participaciones Industriales) | 11.936.703 | 0 | 5,000 |
| DON ANTONIO LLARDÉN | |||
| CARRATALÁ | 38.316 | 0 | 0,016 |
| BANCAJA (Caja de Ahorros de | |||
| Valencia, Castellón y Alicante) | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
| BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa) | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DOÑA TERESA GARCÍA MILÁ | |||
| LLOVERAS | 1.500 | 0 | 0,001 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ | |||
| MARTÍNEZ | 2.010 | 0 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO | |||
| VIGIL | 10 | 3.986 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 0,000 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 0,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ DE | |||
| PERALTA | 400 | 0 | 0,000 |
(*) A través de:
| Nombre o denominación social del accionista |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|
| BANCAJA INVERSIONES, S.A. | 11.936.713 | 5,000 |
| KARTERA 1, S.L. | 11.936.713 | 5,000 |
| NEWCOMER 2000, S.L.U. | 3.986 | 0,002 |
| Total: | 23.877.412 | 10,002 |
El artículo 6 bis ("Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de los derechos políticos") de los Estatutos Sociales se modificó en Junta General Extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2007 para adaptarlo a lo previsto en la Ley 12/2007, de 2 julio.
La Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, da nueva redacción a la Disposición Adicional Vigésima de la citada Ley 34/1998 por la que se atribuye a Enagás, S.A. la condición de Gestor Técnico del Sistema Gasista y se establecen limitaciones a la participación en su capital. La nueva redacción de la citada Disposición Adicional es la siguiente:
"Disposición Adicional Vigésima. Gestor Técnico del Sistema.
La empresa ENAGAS, Sociedad Anónima, asumirá las funciones, derechos y obligaciones del Gestor Técnico del sistema gasista. (...)
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la empresa responsable de la gestión técnica del sistema, en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos en dicha sociedad por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley".
Por su parte, la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 12/2007, de 2 de julio dispone que antes de que transcurran cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley, la sociedad Enagás, S.A. procederá a la adaptación de sus estatutos a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 12/2007, de 2 de julio:
"Disposición Transitoria Segunda. Gestor Técnico del sistema gasista.
Los derechos de voto correspondientes a las acciones u otros valores que posean las personas que participen en el capital de ENAGÁS, Sociedad Anónima, excediendo de los porcentajes máximos señalados en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, quedarán en suspenso desde la entrada en vigor de la presente disposición.
La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto".
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis ("Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos") de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente:
"Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos".
No hay constancia de la existencia de pactos parasociales entre los accionistas de la Sociedad.
Disposiciones estatutarias que afectan al nombramiento y sustitución de miembros del órgano de administración:
ARTÍCULO 35º. – COMPOSICIÓN DEL CONSEJO.
La Sociedad estará regida y administrada por el Consejo de Administración, al que corresponderá colegiadamente la representación de la Sociedad, en juicio y fuera de él. La representación se extenderá, sin limitación alguna de facultades, a todos los actos comprendidos en el objeto social.
El Consejo de Administración estará integrado por 6 miembros, como mínimo, y 17 como máximo, nombrados por la Junta General.
La elección de los miembros del Consejo de Administración se efectuará por medio de votación. A estos efectos, las acciones que voluntariamente se agrupen hasta constituir una cifra de capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número de miembros del Consejo, tendrá derecho a designar a los que, superando fracciones enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción. En el caso de que se haga uso de esta facultad, las acciones así agrupadas no intervendrán en la votación de los restantes miembros del Consejo.
El cargo de Consejero, para el que no se requiere la cualidad de accionista, será renunciable, revocable y reelegible una o más veces.
El nombramiento de los Consejeros surtirá efecto desde el momento de su aceptación.
No pueden ser Consejeros los que se hallen en cualquiera de las situaciones a que se refiere el artículo 124 del Texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
ARTÍCULO 37º.- CARGOS.
El Consejo de Administración designará a su Presidente, y en su caso, un Vicepresidente, el que hará en defecto de aquél sus veces. A falta de Vicepresidente sustituirá al Presidente el Consejero de más edad.
Compete, asimismo, al Consejo de Administración la designación de Secretario, pudiendo nombrar, además un Vicesecretario, que en defecto de aquél hará sus veces, los que podrán no ser Consejeros. En defecto de ambos hará las veces de Secretario el Consejero de menos edad.
Disposiciones del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Administración (aprobado por el Consejo de Administración el 29 de marzo de 2007):
ARTÍCULO 3.- COMPOSICIÓN CUANTITATIVA Y CUALITATIVA.
1.- Dentro de los limites máximo y mínimo establecidos en el artículo 35 de los Estatutos Sociales vigentes, y sin perjuicio de la facultad de propuesta que corresponde a los accionistas, el Consejo de Administración propondrá a la Junta General el número de Consejeros que en cada momento estime oportuno en consideración a los intereses de la Sociedad. A la Junta General corresponderá la determinación de su número.
2.- El Consejo de Administración estará integrado por Consejeros de las categorías que se señalan a continuación:
a) Consejeros Internos o Ejecutivos: que desempeñen funciones de Alta Dirección o sean empleados de la Sociedad o de su Grupo. Cuando un Consejero desempeñe funciones de Alta Dirección y, al mismo tiempo, sea o represente a un accionista significativo o representado en el Consejo, se considerará como Ejecutivo o Interno a los efectos del presente Reglamento.
Su número no excederá del 20 por 100 del número total de miembros del Consejo de Administración.
b) Consejeros Externos: Que serán, a su vez, de tres tipos:
b1) Consejeros Dominicales: Aquellos que posean una participación accionarial superior o igual a la que se considere legalmente como significativa o que hubieren sido designados por su condición de accionistas, aunque su participación accionarial no alcance dicha cuantía, así como quienes representen a dichos accionistas.
b2) Consejeros Independientes: aquellos de reconocido prestigio profesional que puedan aportar su experiencia y conocimientos al gobierno corporativo y que, no incluidos en las dos categorías anteriores, reúnan las condiciones previstas en el articulo 9 del presente Reglamento. El número de Consejeros Independientes representará al menos un tercio del total de Consejeros.
b3) Otros Consejeros Externos: aquéllos Consejeros Externos que no siendo dominicales no puedan ser clasificados como Consejeros Independientes conforme al artículo 9 del presente Reglamento.
En el ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptación para la cobertura de vacantes, el Consejo de Administración procurará que en la composición del órgano los Consejeros Independientes representen una amplia mayoría sobre los Consejeros Ejecutivos y que dentro de los Consejeros Externos, la relación entre el número de Consejeros Dominicales y el de Independientes refleje la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los Consejeros Dominicales y el resto del capital.
ARTÍCULO 8.- NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS.
1.- Los Consejeros serán nombrados por la Junta General o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas y en los Estatutos Sociales.
2.- El nombramiento habrá de recaer en personas que, además de cumplir los requisitos legales y estatutarios que el cargo exige, gocen de reconocido prestigio y posean los conocimientos y experiencia profesionales adecuados al ejercicio de sus funciones.
Las propuestas de nombramiento de Consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y las decisiones de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas, deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones de dicha Comisión, habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en Acta de sus razones.
3.- Los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
ARTÍCULO 9.- DESIGNACIÓN DE CONSEJEROS INDEPENDIENTES.
Se considerarán Consejeros Independientes aquellos que, designados en atención a sus condiciones personales y profesionales, puedan desempeñar sus funciones sin verse condicionados por relaciones con la Sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos. No podrán ser clasificados en ningún caso como Consejeros Independientes quienes:
a) Hayan sido empleados o Consejeros Ejecutivos de sociedades del Grupo, salvo que hubieran transcurrido 3 ó 5 años, respectivamente, desde el cese de esa relación.
b) Perciban de la Sociedad, o de su mismo Grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de Consejero, salvo que no sea significativa. No se tomarán en cuenta, a efectos de lo dispuesto en este apartado, los dividendos ni los complementos de pensiones que reciba el consejero en razón de su anterior relación profesional o laboral, siempre que tales complementos tengan carácter incondicional y, en consecuencia, la sociedad que los satisfaga no pueda de forma discrecional, sin que medie incumplimiento de obligaciones, suspender, modificar o revocar su devengo.
c) Sean, o hayan sido durante los últimos 3 años, socio del auditor externo o responsable del informe de auditoría, ya se trate de la auditoría durante dicho período de Enagás, S.A. o de cualquier otra sociedad de su Grupo.
d) Sean consejeros ejecutivos o altos directivos de otra sociedad distinta en la que algún Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de Enagás, S.A. sea consejero externo.
e) Mantengan, o hayan mantenido durante el último año, una relación de negocios importante con Enagás, S.A. o cualquier sociedad de su Grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación. Se considerarán relaciones de negocios las de proveedor de bienes o servicios, incluidos los financieros, la de asesor o consultor.
f) Sean accionistas significativos, consejeros ejecutivos o altos directivos de una entidad que reciba, o haya recibido durante los 3 últimos años, donaciones significativas de Enagás, S.A. o de su Grupo. No se considerarán incluidos en esta letra quienes sean meros patronos de una Fundación que reciba donaciones.
g) Sean cónyuges, personas ligadas por análoga relación de afectividad, o parientes hasta el segundo grado de un Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de la Sociedad.
h) No hayan sido propuestos, ya sea para su nombramiento o renovación, por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
i) Se encuentren, respecto a algún accionista significativo o representado en el Consejo, en alguno de los supuestos señalados en las letras a), e), f) o g). En el caso de la relación de parentesco señalada en la letra g), la limitación se aplicará no sólo respecto del accionista, sino también respecto a sus consejeros dominicales en la sociedad participada. Los Consejeros Dominicales que pierdan tal condición como consecuencia de la venta de su participación por el accionista al que representaban sólo podrán ser reelegidos como consejeros independientes cuando el accionista al que representaban hasta ese momento hubiera vendido la totalidad de sus acciones en la Sociedad.
Un Consejero que posea una participación accionarial en la Sociedad podrá tener la condición de independiente, siempre que satisfaga todas las condiciones establecidas en este artículo y, además, su participación no sea significativa.
ARTÍCULO 10.- DURACIÓN DE CARGO Y COOPTACIÓN.
Los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.
ARTÍCULO 11.- REELECCIÓN DE CONSEJEROS.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, encargada de evaluar la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los Consejeros propuestos durante el mandato precedente, informará con carácter preceptivo sobre la propuesta de reelección de Consejeros que el Consejo de Administración decida presentar a la Junta General.
Con carácter general, deberá procurarse una adecuada rotación de los Consejeros Independientes. Por dicha razón, cuando se proponga la reelección de alguno de ellos, será preciso que se justifique la concurrencia de las circunstancias que aconsejen su continuidad. Los Consejeros Independientes no permanecerán como tales durante un período continuado superior a doce años.
ARTÍCULO 12.- CESE DE LOS CONSEJEROS.
1.- Los Consejeros cesarán en el cargo una vez celebrada la primera Junta General desde que haya transcurrido el período para el que fueron nombrados y en todos los demás supuestos en que así proceda de acuerdo con la Ley, los Estatutos Sociales y el presente Reglamento.
2.- Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los casos siguientes:
a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
b) Cuando infrinjan gravemente sus obligaciones como Consejeros.
c) Cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
d) Cuando desaparezca la causa por la que fueron nombrados, Ejecutivos.
e) Cuando los Consejeros Independientes dejen de reunir las condiciones exigidas por el art. 9.
f) Cuando el accionista al que representen los Consejeros dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f), si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
3.- El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos.
4.- Una vez producido el cese en el desempeño de su cargo, no podrá prestar servicios en otra entidad competidora durante el plazo de dos años, salvo que el Consejo de Administración le dispense de esta obligación o acorte su duración.
Disposiciones estatutarias que afectan a la modificación de Estatutos:
ARTÍCULO 26º. – QUÓRUM ESPECIAL.
Para que la Junta General Ordinaria o Extraordinaria pueda acordar válidamente la emisión de obligaciones, el aumento o la reducción del capital social, la transformación, fusión o escisión de la Sociedad, y en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales, será necesario en primera convocatoria la concurrencia de accionistas presentes o representados que posean, al menos, el cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto.
En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia del veinticinco por ciento del capital suscrito con derecho a voto.
El único miembro del Consejo de Administración que dispone de poderes de representación de la Sociedad es su Presidente D. Antonio Llardén Carratalá a quien el Consejo de Administración otorgó los poderes que constan en la escritura pública otorgada el 9 de febrero de 2007 ante el Notario de Madrid D. Pedro de la Herrán Matorras, con el número 324 de su protocolo y que constan inscritos en el registro Mercantil de Madrid Tomo 20.090; Libro 0; Folio 172, Sección 8; Hoja M-6113; Inscripción 668. Aunque dichos poderes comprenden amplias facultades de representación no incluyen la posibilidad de emitir o recomprar acciones de la Sociedad.
Con independencia de ello se encuentra en vigor el acuerdo 10º adoptado por la Junta General de Accionistas celebrada el 11 de mayo de 2007 en los siguientes términos:
"Facultar, tan ampliamente como en derecho sea necesario, al Consejo de Administración, para que de acuerdo con lo previsto en el artículo 153 b) de la Ley de Sociedades Anónimas, pueda aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier momento, en el plazo de cinco años contados desde la celebración de la presente Junta, en la cantidad máxima de 179 millones euros mediante la emisión de nuevas acciones, con o sin voto, con prima de emisión o sin ella, consistiendo el contravalor de las nuevas acciones a emitir en aportaciones dinerarias, pudiendo fijar los términos y condiciones del aumento de capital y las características de las acciones, así como ofrecer libremente las nuevas acciones no suscritas en el plazo o plazos de suscripción preferente, establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital quedará aumentado exclusivamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas y dar nueva redacción al artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social. Asimismo, se faculta al Consejo de Administración para excluir el derecho de suscripción preferente en los términos del artículo 159 de la Ley de Sociedades Anónimas".
h) Los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos, excepto cuando su divulgación resulte seriamente perjudicial para la sociedad. Esta excepción no se aplicará cuando la sociedad esté obligada legalmente a dar publicidad a esta información.
No existen acuerdos de esta naturaleza.
i) Los acuerdos entre la Sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación laboral llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición.
La Sociedad tiene suscrito con el Presidente Ejecutivo y con ocho de sus directivos contratos que incluyen cláusulas indemnizatorias expresas.
En todos los casos dichas cláusulas son de aplicación en los casos de extinción a instancias de la sociedad, despido disciplinario improcedente; despido por causas objetivas del art. 52 del Estatuto de los Trabajadores o decisión del directivo con fundamento en alguno de los motivos del art. 50 de los Estatutos de los Trabajadores y la resolución se declare justificada por conciliación entre las partes, Sentencia judicial, Laudo Arbitral o Resolución del Órgano Administrativo competente. No se aplican cuando la resolución se debe a decisión unilateral del Directivo sin expresión de causa alguna.
Todos estos contratos han sido aprobados por el Consejo de Administración.
El Consejo de Administración de la sociedad Enagás, S.A. en fecha 1 de febrero de 2010, y en cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 171 de la Ley de Sociedades Anónimas y del artículo 37 del Código de Comercio, formuló las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión del ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2009, el cual viene constituido por los documentos anexos que preceden a este escrito.
Los administradores firmantes declaran que, hasta donde alcanza su conocimiento, las cuentas anuales, elaboradas con arreglo a los principios de contabilidad aplicables, ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Sociedad y de las empresas comprendidas en la consolidación, tomados en su conjunto, y que el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados empresariales y de la posición de la Sociedad y las empresas comprendidas en la consolidación tomadas en su conjunto, junto con la descripción de los principales riesgos e incertidumbres a que se enfrentan.
D. Antonio Llardén Carratalá
D. José Luis Olivas Martínez Consejero Dominical representante de Bancaja
D. Jesús David Álvarez Mezquíriz D. Miguel Ángel Lasheras Merino D. Antonio Téllez de Peralta D. Martí Parellada Sabata Dña. Teresa García-Milá Lloveras Mr. Said Al Masoudi D. Dionisio Martínez Martínez Sagane Inversiones, S.L. (Representada por D. Carlos Egea Krauel) D. Luis Javier Navarro Vigil Sociedad Estatal de Participaciones Industriales-SEPI (Representada por D. Enrique Martínez Robles) D. Ramón Peréz Simarro Peña Rueda, S.L. Unipersonal (Representada por D. Manuel Menéndez Menéndez) D. José Riva Francos Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK (Representado por D. Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara) Secretario del Consejo D. Rafael Piqueras Bautista
SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR
FECHA FIN DE EJERCICIO: 31/12/2009
C.I.F.: A-28294726
Denominación social: ENAGAS, S.A.
Para una mejor comprensión del modelo y posterior elaboración del mismo, es necesario leer las instrucciones que para su cumplimentación figuran al final del presente informe.
A.1 Complete el siguiente cuadro sobre el capital social de la sociedad:
| Fecha de última modificación |
Capital Social (euros) | Número de acciones | Número de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| 03/05/2002 | 358.101.390,00 | 238.734.260 | 238.734.260 |
Indiquen si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
NO
A.2 Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas, de su entidad a la fecha de cierre de ejercicio, excluidos los consejeros:
| Nombre o denominación social del accionista | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos(*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) | 0 | 11.937.395 | 5,000 |
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | 0 | 11.936.702 | 5,000 |
| Nombre o denominación social | A través de: Nombre o | Número de derechos | % sobre el total de |
|---|---|---|---|
| del titular indirecto de la | denominación social del titular | de voto directos | derechos de voto |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
CANTABRICA DE INVERSIONES DE CARTERA, S.L. (CIC, S.L.) |
11.937.395 | 5,000 |
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. | SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 5,000 |
| OMAN OIL COMPANY, S.A.O.C. | OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
11.936.702 | 5,000 |
Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:
A.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos de voto de las acciones de la sociedad:
| Nombre o denominación social del consejero | Número de derechos de voto directos |
Número de derechos de voto indirectos (*) |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | 38.316 | 0 | 0,016 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | 400 | 0 | 0,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | 2.010 | 0 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | 10 | 3.986 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 0,000 |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | 1.500 | 0 | 0,001 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 0,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 5,000 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
11.936.713 | 0 | 5,000 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto de la participación |
A través de: Nombre o denominación social del titular directo de la participación |
Número de derechos de voto directos |
% sobre el total de derechos de voto |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
BANCAJA INVERSIONES, S.A. | 11.936.713 | 5,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | KARTERA 1, S.L. | 11.936.713 | 5,000 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL |
NEWCOMER 2000, S.L.U. | 3.986 | 0,002 |
| % total de derechos de voto en poder del consejo de administración | 20,020 |
|---|---|
Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos sobre acciones de la sociedad:
| Nombre o denominación social del consejero | Nº de derechos de opción directo |
Nº de derechos de opción indirecto |
Nº de acciones equivalentes |
% sobre el total de derchos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | 38.316 | 0 | 38.316 | 0,016 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
0 | 11.936.713 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | 400 | 0 | 400 | 0,000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | 0 | 11.936.713 | 11.936.713 | 5,000 |
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | 2.010 | 0 | 2.010 | 0,001 |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | 10 | 3.986 | 3.996 | 0,002 |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | 910 | 0 | 910 | 0,000 |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | 1.500 | 0 | 1.500 | 0,001 |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | 100 | 0 | 100 | 0,000 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | 11.936.714 | 0 | 11.936.714 | 5,000 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
11.936.713 | 0 | 11.936.713 | 5,000 |
A.4 Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
A.5 Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 12.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Comercial
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) POR EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : PÓLIZA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE PRÉSTAMO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 30.000.
Comercial
PARTICIPACIÓN DE CAJASTUR EN PRÉSTAMO CLUB DEAL SUSCRITO EL 24/01/2004 Y DESEMBOLSADO EL 10/01/2005, QUE SE AMORTIZÓ ANTICIPADAMENTE CON FECHA DE 10/07/2009. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 65.000.
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145 (TODOS LOS IMPORTES EN MILES DE EUROS).
SAGANE INVERSIONES, S.L.
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
CANTABRICA DE INVERSIONES DE CARTERA, S.L.
BANCAJA INVERSIONES, S.A.
Societaria
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO: 8.041.
OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U.
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES
Comercial
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) PARA EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación :
Comercial
Breve descripción :
CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE PRÉSTAMO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 50.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 12.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación : Comercial Breve descripción : CONTRATO DE LÍNEA DE AVALES. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 6.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación :
Breve descripción :
CONTRATO DE COBERTURA DE INTERESES (COLLAR) PARA EL PERIODO OCTUBRE 2008/ENERO 2010. IMPORTE (EN MILES DE EUROS): 30.000.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
Tipo de relación :
Societaria
Breve descripción :
PAGO DE DIVIDENDO COMPLEMENTARIO: 4.663; DIVIDENDO A CUENTA: 3.104; DIVIDENDO TOTAL EJERCICIO 2008: 7.767; DIVIDENDO A CUENTA EJERCICIO 2009: 3.378. DIVIDENDO TOTAL DEL EJERCICIO: 11.145.
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK)
A.6 Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en el art. 112 de la LMV. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
NO
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
NO
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
No se tiene constancia.
A.7 Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
NO
A.8 Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:
A fecha de cierre del ejercicio:
| Número de acciones directas | Número de acciones indirectas (*) | % total sobre capital social |
|---|---|---|
| 0 | 0 | 0,000 |
(*) A través de:
Total 0
Detalle las variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:
Plusvalía/(Minusvalía) de las acciones propias enajenadas durante el periodo (miles de euros) 0
A.9 Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la Junta al Consejo de Administración para llevar a cabo adquisiciones o transmisiones de acciones propias.
No existe autorización vigente de la Junta General al Consejo de Administración para la adquisición o transmisión de acciones propias.
A.10 Indique, en su caso, las restricciones legales y estatutarias al ejercicio de los derechos de voto, así como las restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social. Indique si existen restricciones legales al ejercicio de los derechos de voto:
SI
| Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por restricción legal | 3,000 |
|---|---|
| --------------------------------------------------------------------------------------------- | ------- |
Indique si existen restricciones estatutarias al ejercicio de los derechos de voto:
SI
Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por una restricción estatutaria
3,000
El artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de los derechos políticos) de los Estatutos Sociales se modificó en Junta General Extraordinaria celebrada el 31 de octubre de 2007 para adaptarlo a lo previsto en la Ley 12/2007, de 2 julio.
La Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003 sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural, da nueva redacción a la Disposición Adicional Vigésima de la citada Ley 34/1998 por la que se atribuye a Enagás, S.A. la condición de Gestor Técnico del Sistema Gasista y se establecen limitaciones a la participación en su capital. La nueva redacción de la citada Disposición Adicional es la siguiente:
Disposición Adicional Vigésima. Gestor Técnico del Sistema. La empresa ENAGÁS, Sociedad Anónima, asumirá las funciones, derechos y obligaciones del Gestor Técnico del Sistema Gasista. (...)
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la empresa responsable de la gestión técnica del sistema, en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos en dicha sociedad por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto. Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma
concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley.
Por su parte, la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 12/2007, de 2 de julio dispone que antes de que transcurran cuatro meses desde la entrada en vigor de la Ley, la sociedad Enagás, S.A. procederá a la adaptación de sus estatutos a lo dispuesto en la disposición adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, añadiendo la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 12/2007, de 2 de julio:
Disposición Transitoria Segunda. Gestor Técnico del Sistema Gasista. Los derechos de voto correspondientes a las acciones u otros valores que posean las personas que participen en el capital de ENAGÁS, Sociedad Anónima, excediendo de los porcentajes máximos señalados en la disposición adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, quedarán en suspenso desde la entrada en vigor de la presente disposición. La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto.
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos) de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente:
Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
SI
En cumplimiento de lo previsto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, el artículo 6 bis de los Estatutos Sociales, establece que ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
A.11 Indique si la Junta General ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
NO
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
B.1 Consejo de Administración
| Número máximo de consejeros | 17 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 6 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Cargo en el consejo |
F. Primer nombram |
F. Ultimo nombram |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ |
-- | PRESIDENTE | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
JOSÉ LUIS OLIVAS MARTÍNEZ |
VICEPRESIDENTE | 09/07/2002 | 11/05/2007 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA |
-- | CONSEJERO | 19/09/2005 | 22/04/2006 | COOPTACIÓN |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
JOSEBA ANDONI AURREKOETXEA BERGARA |
CONSEJERO | 28/11/2007 | 25/04/2008 | COOPTACIÓN |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Cargo en el consejo |
F. Primer nombram |
F. Ultimo nombram |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ |
-- | CONSEJERO | 31/05/2002 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ |
-- | CONSEJERO | 25/04/2003 | 11/05/2007 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON JOSÉ RIVA FRANCOS |
-- | CONSEJERO | 31/05/2002 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL |
-- | CONSEJERO | 09/07/2002 | 11/05/2007 | COOPTACIÓN |
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA |
-- | CONSEJERO | 17/03/2005 | 22/04/2005 | COOPTACIÓN |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS |
-- | CONSEJERO | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO |
-- | CONSEJERO | 22/04/2006 | 22/04/2006 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| PEÑA RUEDA, S.L. UNIPERSONAL |
MANUEL MENÉNDEZ MENÉNDEZ |
CONSEJERO | 30/04/2004 | 25/04/2008 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO |
-- | CONSEJERO | 17/06/2004 | 27/03/2009 | COOPTACIÓN |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. |
CARLOS EGEA KRAUEL |
CONSEJERO | 27/04/2009 | 27/04/2009 | COOPTACIÓN |
| DON SAID MOHAMED ABDULAH AL MASOUDI |
-- | CONSEJERO | 27/07/2009 | 27/07/2009 | COOPTACIÓN |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
ENRIQUE MARTÍNEZ ROBLES |
CONSEJERO | 25/04/2008 | 25/04/2008 | VOTACIÓN EN JUNTA DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 16
| Nombre o denominación social del consejero | Condición consejero en el momento de cese |
Fecha de baja |
|---|---|---|
| DON SALVADOR GABARRÓ SERRA | DOMINICAL | 07/04/2009 |
| DON CARLOS EGEA KRAUEL | DOMINICAL | 27/04/2009 |
B.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta condición:
| Nombre o denomincaión del consejero | Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
|---|---|---|
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
PRESIDENTE |
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % total del consejo | 6,250 |
| Nombre o denominación del consejero |
Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
BANCAJA INVERSIONES, S.A. |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
| PEÑA RUEDA, S.L. UNIPERSONAL | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
SAGANE INVERSIONES, S.L. |
| DON SAID MOHAMED ABDULAH AL MASOUDI |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
| Nombre o denominación del consejero |
Comisión que ha propuesto su nombramiento |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|---|
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
| Número total de consejeros dominicales | 6 |
|---|---|
| % total del Consejo | 37,500 |
DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA
Perfil
EX-PROFESOR DE LA POLITÉCNICA DE MADRID; EX-DIRECTOR GENERAL DE ENAGÁS, S.A.; EX-CONSEJERO DELEGADO DE GAS NATURAL SDG, S.A.; EX-CONSEJERO DELEGADO DE COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS, S.A. (CLH); EX-PRESIDENTE DE TERQUIMSA; EX-PRESIDENTE DEL GRUPO COINTRA; EX-DIRECTOR GENERAL DE OPERACIONES DEL GRUPO LECHE PASCUAL; EX-DIRECTOR GENERAL DE BIOCARBURANTES PENINSULARES Y TECNÓLOGO A. DEL CENTRO DE TECNOLOGÍA (CTR) DE REPSOL YPF.
DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
Perfil
ABOGADO Y EX-SECRETARIO DEL CONSEJO DE EBN BANCO DE NEGOCIOS, S.A.
DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ
PRESIDENTE DE BIOCARBURANTES PENINSULARES, S.L.; CONSEJERO DE BODEGAS VEGA SICILIA, S.A; CONSEJERO DELEGADO DE EULEN, S.A. Y CONSEJERO DE EL ENEBRO, S.A.
DON JOSÉ RIVA FRANCOS
CONSEJERO DE LOGISTA, S.A.; VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DELEGADO DE LAS EMPRESAS DEL GRUPO SUARDIAZ.
DON MARTÍ PARELLADA SABATA
PRESIDENTE DE COMFORSA.; CONSEJERO DE EPLICSA; CONSEJERO DEL GRUPO MGO, S.A.; PATRONO DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO) Y VICEPRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN INSTITUTO DE ECONOMÍA DE BARCELONA.
DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS
Perfil
CATEDRÁTICA DE ECONOMÍA Y VICERRECTORA DE POLÍTICA CIENTÍFICA DE LA UNIVERSIDAD POMPEU FABRA (UPF); CONSEJERA Y PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CONTROL DEL BANCO SABADELL, S.A.; VOCAL DEL CÍRCULO DE ECONOMÍA Y MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO DE CENTRE DE RESERCA EN ECONOMÍA INTERNACIONAL (CREI);
DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO
Perfil
PRESIDENTE DE INTERMONEY ENERGÍA, S.A. Y DE WIND TO MARKET, S.A.
DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO
Perfil
EX DIRECTOR GENERAL DE LA ENERGÍA; EX SECRETARIO GENERAL DE LA ENERGÍA Y RECURSOS MINERALES; EX-SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA; EX-PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Y EX-DIRECTOR ACADÉMICO DE LA FUNDACIÓN REPSOL YPF.
| Número total de consejeros independientes | 8 |
|---|---|
| % total del consejo | 50,000 |
| Nombre o denominación del consejero | Comisión que ha propuesto su nombramiento |
|---|---|
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
| Número total de otros consejeros externos | 1 |
|---|---|
| % total del consejo | 6,250 |
Detalle los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas.
Nombre o denominación social del consejero DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo BP ESPAÑA, S.A.
El accionista (B.P. España S.A.U.) que propuso su nombramiento como Consejero Dominical en fecha 15/11/2006, vendió su total participación en el capital de la Sociedad. No obstante, no es considerado Independiente por mantener o haber mantenido una relación de negocios importante con la Sociedad. Ello no obstante, se ha considerado oportuno incluir a Don Luis Javier Navarro Vigil en la categoría de Otros Consejeros Externos por no darse todas las condiciones que para la calificación de Consejeros Independientes
establece el Código Unificado de Buen Gobierno en relación con la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre y la Circular 4/2007, de 27 de diciembre, de la CNMV.
Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la tipología de cada consejero:
B.1.4 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 5% del capital.
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido.
NO
B.1.5 Indique si algún consejero ha cesado en su cargo antes del término de su mandato, si el mismo ha explicado sus razones y a través de qué medio, al Consejo, y, en caso de que lo haya hecho por escrito a todo el Consejo, explique a continuación, al menos los motivos que el mismo ha dado:
SI
DON CARLOS EGEA KRAUEL
El 27 de abril de 2009 presentó su renuncia al cargo de Consejero Dominical, designado a propuesta de SAGANE INVERSIONES, S.L. El Consejo de Administración de Enagás, S.A. en esa misma fecha, acordó el nombramiento por cooptación como Consejero persona jurídica del accionista SAGANE INVERSIONES, S.L., representada en el Consejo por D. Carlos Egea Krauel, en sustitución del propio Sr. Egea, hasta esa fecha Consejero persona física, todo ello a propuesta del accionista SAGANE INVERSIONES, S.L. que mantuvo así su condición de Consejero Dominical.
Igualmente en ese Consejo de Administración se acordó el nombramiento de SAGANE INVERSIONES, S.L., representada por D. Carlos Egea Krauel, como miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el cese del Sr. Egea como miembro de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
DON SALVADOR GABARRÓ SERRA
El 7 de abril de 2009 presentó su renuncia al cargo como Consejero Dominical, designado a propuesta de GAS NATURAL SDG, S.A. La renuncia supuso el cese del Sr. Gabarró como Presidente y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones del Consejo.
La renuncia del Sr. Gabarró se produjo con el objeto de dar cumplimiento por parte de GAS NATURAL SDG, S.A. al compromiso en tal sentido previsto en la Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) notificada el 12 de febrero de 2008, por la que se autorizó la operación de concentración económica consistente en la adquisición de control de UNIÓN FENOSA, S.A. por GAS NATURAL SDG, S.A.
B.1.6 Indique, en el caso de que exista, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s:
B.1.7 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:
B.1.8 Detalle, en su caso, los consejeros de su sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras entidades cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la sociedad:
| Nombre o denominación social consejero | Denomincación social de la entidad cotizada | Cargo |
|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
NH HOTELES. S.A. | CONSEJERO |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
BANCO DE VALENCIA. S.A. | PRESIDENTE |
| DON JOSÉ RIVA FRANCOS | COMPAÑÍA DE DISTRIBUCION INTEGRAL LOGISTA. S.A. |
CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS |
BANCO DE SABADELL. S.A. | CONSEJERO |
B.1.9 Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros:
NO
B.1.10 En relación con la recomendación número 8 del Cödigo Unificado, señale las políticas y estrategias generales de la sociedad que el Consejo en pleno se ha reservado aprobar:
| La política de inversiones y financiación | SI |
|---|---|
| La definición de la estructura del grupo de sociedades | SI |
| La política de gobierno corporativo | SI |
| La política de responsabilidad social corporativa | SI |
| El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales | SI |
| La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos | SI |
| La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control |
SI |
|---|---|
| La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites | SI |
B.1.11 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los consejeros devengada durante el ejercicio:
| Concepto retributivo | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Retribucion Fija | 924 |
| Retribucion Variable | 554 |
| Dietas | 1.155 |
| Atenciones Estatutarias | 0 |
| Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros | 0 |
| Otros | 79 |
| Otros Beneficios | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Anticipos | 0 |
| Creditos concedidos | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones | 10 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas | 0 |
| Primas de seguros de vida | 68 |
| Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | 0 |
b) Por la pertenencia de los consejeros de la sociedad a otros consejos de administración y/o a la alta dirección de sociedades del grupo:
| Concepto retributivo | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Retribucion Fija | 0 |
| Retribucion Variable | 0 |
| Dietas | 0 |
| Atenciones Estatutarias | 0 |
| Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros | 0 |
| Otros | 0 |
| Total |
|---|
| ------- |
| Otros Beneficios | Datos en miles de euros |
|---|---|
| Anticipos | 0 |
| Creditos concedidos | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones | 0 |
| Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas | 0 |
| Primas de seguros de vida | 0 |
| Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | 0 |
| Tipología consejeros | Por sociedad | Por grupo |
|---|---|---|
| Ejecutivos | 1.621 | 0 |
| Externos Dominicales | 436 | 0 |
| Externos Independientes | 579 | 0 |
| Otros Externos | 76 | 0 |
| Total | 2.712 | 0 |
d) Respecto al beneficio atribuido a la sociedad dominante
| Remuneración total consejeros(en miles de euros) | 2.712 |
|---|---|
| Remuneración total consejeros/beneficio atribuido a la sociedad dominante (expresado en %) | 1,0 |
B.1.12 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:
| Nombre o denominación social | Cargo |
|---|---|
| DON JOSÉ ESPEJO SERRANO | AUDITOR INTERNO |
| DON DIEGO DE REINA LOVERA | DIRECTOR ECONÓMICO FINANCIERO |
| DON ANTONIO GARCÍA MATEO | DIRECTOR GENERAL DE TECNOLOGÍA, INGENIERÍA Y COMPRAS |
| DON RAMÓN SÁNCHEZ VALERA | DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y ATR |
| DON FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ JULIÁ | DIRECTOR GENERAL DE OPERACIÓN Y GESTIÓN TÉCNICA DEL SISTEMA |
| DON ERUNDINO NEIRA QUINTAS | DIRECTOR DE RECURSOS |
| DON JUAN PONS GUARDIA | DIRECTOR GENERAL DE ESTRATEGIA Y REGULACIÓN |
| DON RAFAEL PIQUERAS BAUTISTA | SECRETARIO GENERAL |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 2.450 |
|---|---|
| ------------------------------------------------------- | ------- |
B.1.13 Identifique de forma agregada si existen cláusulas de garantía o blindaje, para casos de despido o cambios de control a favor de los miembros de la alta dirección, incluyendo los consejeros ejecutivos, de la sociedad o de su grupo. Indique si estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo:
| Número de beneficiarios 9 |
|---|
| ------------------------------ |
| Consejo de Administración | Junta General | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | SI | NO |
| ¿Se informa a la Junta General sobre las cláusulas? | NO |
|---|---|
| ----------------------------------------------------- | ---- |
B.1.14 Indique el proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas estatutarias relevantes al respecto.
El proceso para establecer la renumeración de los miembros del Consejo de Administración se halla previsto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, que establece lo siguiente:
El cargo de Consejero será retribuido. La Junta General de Accionistas determinará la retribución total máxima a percibir por los miembros del Consejo de Administración, que será una cantidad alzada en metálico, con carácter anual o por el periodo de tiempo que la Junta acuerde.
Al fijar la retribución, la Junta General podrá acordar que una parte de la misma se aplique a retribuir la condición misma de Consejero, de forma igualitaria entre todos los miembros, y otra parte se distribuya por el propio Consejo de Administración, atendiendo a los criterios que la propia Junta General señale.
Los Consejeros podrán ser remunerados adicionalmente con la entrega de acciones de la Sociedad, derechos de opción sobre acciones o de otros valores que den derecho a la obtención de acciones o mediante sistemas retributivos diferenciados al valor de cotización de las acciones. La aplicación de dichos sistemas deberá ser acordada por la Junta General, que determinará el valor de las acciones que se tome como referencia, el número de acciones a entregar a cada Consejero, el precio de ejercicio de los derechos de opción, el plazo de duración del sistema que se acuerde y cuantas condiciones estime oportunas.
La retribución prevista en este artículo será compatible e independiente de los sueldos, retribuciones, indemnizaciones, pensiones o compensaciones de cualquier clase, establecidas con carácter general o singular para aquellos miembros del Consejo de Administración que mantengan con la Sociedad relación laboral común o especial de Alta Dirección o de prestación de servicios, relaciones que serán compatibles con la condición de miembro del Consejo de Administración.
Los miembros del Consejo de Administración tendrán derecho al abono o reembolso de los gastos en que éstos hubieran incurrido como consecuencia de su asistencia a reuniones y demás tareas relacionadas directamente con el desempeño de su cargo, tales como desplazamiento, alojamiento, manutención y cualquier otro en que pueda incurrir. En virtud de lo señalado anteriormente, ha establecido un régimen retributivo de los Consejeros dirigido a cubrir tanto la responsabilidad asociada al ejercicio del cargo, como a la dedicación efectiva y la asistencia a las sesiones, sin eliminar y reducir, en modo alguno, las competencias de la Junta General, a la que corresponde determinar la cuantía máxima a percibir por los Administradores y la forma y criterios que deberán tenerse en cuanta en la asignación y reparto concreto de dicha retribución, que será efectuada por el Consejo de Administración, siguiendo las pautas determinadas por la Junta General.
Asimismo, el artículo 16 del Reglamento del Consejo de Administración determina que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones establece los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos Sociales y de acuerdo con lo que señale la Junta General, siendo competencia del propio Consejo la definitiva distribución de la suma global, dentro de los límites estatutariamente establecidos a este fin. El Consejo de Administración podrá delegar en la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, con carácter anual, las facultades que le son atribuidas en
relación con la retribución de los Consejeros, dentro de los límites estatutarios.
La retribución de los Consejeros será transparente. La Memoria, como parte integrante de las Cuentas Anuales, contendrá información detallada y desglosada sobre la retribución percibida por cada uno de los miembros del Consejo de Administración, en su condición de tales, así como de las retribuciones por desempeño de funciones de Alta Dirección de los Consejeros Ejecutivos. Además, se incluirá esta información en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
| A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización. |
SI |
|---|---|
| La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos. |
SI |
B.1.15 Indique si el Consejo de Administración aprueba una detallada política de retribuciones y especifique las cuestiones sobre las que se pronuncia:
| SI | |
|---|---|
| Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen |
SI |
|---|---|
| Conceptos retributivos de carácter variable | SI |
| Principales características de los sistemas de previsión, con una estimación de su importe o coste anual equivalente. |
SI |
| Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos |
SI |
B.1.16 Indique si el Consejo somete a votación de la Junta General, como punto separado del orden del día, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. En su caso, explique los aspectos del informe respecto a la política de retribuciones aprobada por el Consejo para los años futuros, los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio y un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en el ejercicio. Detalle el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado:
SI
El Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, propone anualmente a la Junta General de Accionistas la retribución máxima que corresponde a los Consejeros por el
desempeño de su cargo, así como el desglose por asistencias y por pertenencia a sus Comisiones, por Presidencia de dichas Comisiones y por el desempeño de la Vicepresidencia del Consejo.
La retribución del Presidente por el desempeño de sus funciones ejecutivas es aprobada por el Consejo de Administración.
Informa al Consejo acerca de todas las propuestas relativas a la política de retribuciones.
¿Ha utilizado asesoramiento externo?
B.1.17 Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, directivos o empleados de sociedades que ostenten participaciones significativas en la sociedad cotizada y/o en entidades de su grupo:
Detalle, en su caso, las relaciones relevantes distintas de las contempladas en el epígrafe anterior, de los miembros del Consejo de Administración que les vinculen con los accionistas significativos y/o en entidades de su grupo:
B.1.18 Indique, si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
NO
B.1.19 Indique los procedimientos de nombramiento, reelección, evaluación y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
NOMBRAMIENTO DE CONSEJEROS:
Conforme al artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración de Enagás, S.A. Los Consejeros serán nombrados por la Junta General o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas y en los Estatutos Sociales.
El nombramiento habrá de recaer en personas que, además de cumplir los requisitos legales y estatutarios que el cargo exige, gocen de reconocido prestigio y posean los conocimientos y experiencia profesionales adecuados al ejercicio de sus funciones.
Las propuestas de nombramiento de Consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y las decisiones de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas, deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Siguiendo las Recomendaciones de Buen Gobierno, cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones de dicha Comisión, habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en Acta de sus razones.
Los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Mención especial merece el nombramiento de Consejeros Independientes, ya que en el artículo 9 del Reglamento del Consejo se establecen determinados requisitos que aseguran su independencia e imparcialidad. Se considerarán Consejeros Independientes aquellos que, designados en atención a sus condiciones personales y profesionales, puedan desempeñar sus funciones sin verse condicionados por relaciones con la Sociedad, sus Accionistas Significativos o sus Directivos. No podrán ser clasificados en ningún caso como Consejeros Independientes quienes:
a) Hayan sido empleados o Consejeros Ejecutivos de sociedades del Grupo, salvo que hubieran transcurrido tres (3) ó cinco (5) años, respectivamente, desde el cese de esa relación.
b) Perciban de la Sociedad, o de su mismo Grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de Consejero, salvo que no sea significativa. No se tomarán en cuenta, a efectos de lo dispuesto en este apartado, los dividendos ni los complementos de pensiones que reciba el consejero en razón de su anterior relación profesional o laboral, siempre que tales complementos tengan carácter incondicional y, en consecuencia, la sociedad que los satisfaga no pueda de forma discrecional, sin que medie incumplimiento de obligaciones, suspender, modificar o revocar su devengo.
c) Sean, o hayan sido durante los últimos tres (3) años, socio del auditor externo o responsable del informe de auditoría, ya se trate de la auditoría durante dicho período de Enagás, S.A. o de cualquier otra sociedad de su Grupo.
d) Sean Consejeros Ejecutivos o Altos Directivos de otra sociedad distinta en la que algún Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de Enagás, S.A. sea Consejero Externo.
e) Mantengan, o hayan mantenido durante el último año, una relación de negocios importante con Enagás, S.A. o cualquier sociedad de su Grupo, ya sea en nombre propio o como Accionista Significativo, Consejero o Alto Directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación. Se considerarán relaciones de negocios las de proveedor de bienes o servicios, incluidos los financieros, la de asesor o consultor.
f) Sean Accionistas Significativos, Consejeros Ejecutivos o Altos Directivos de una entidad que reciba, o haya recibido durante los tres (3) últimos años, donaciones significativas de Enagás, S.A. o de su Grupo. No se considerarán incluidos en esta letra quienes sean meros patronos de una Fundación que reciba donaciones.
g) Sean cónyuges, personas ligadas por análoga relación de afectividad, o parientes hasta el segundo grado de un Consejero Ejecutivo o Alto Directivo de la Sociedad.
h) No hayan sido propuestos, ya sea para su nombramiento o renovación, por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
i) Se encuentren, respecto a algún Accionista Significativo o representado en el Consejo, en alguno de los supuestos señalados en las letras a), e), f) o g). En el caso de la relación de parentesco señalada en la letra g), la limitación se aplicará no sólo respecto del Accionista, sino también respecto a sus Consejeros Dominicales en la sociedad participada. Los Consejeros Dominicales que pierdan tal condición como consecuencia de la venta de su participación por el accionista al que representaban sólo podrán ser reelegidos como Consejeros Independientes cuando el accionista al que representaban hasta ese momento hubiera vendido la totalidad de sus acciones en la Sociedad.
Un Consejero que posea una participación accionarial en la Sociedad podrá tener la condición de Independiente, siempre que satisfaga todas las condiciones establecidas en este artículo y, además, su participación no sea significativa.
El artículo 10 del Reglamento del Consejo determina que los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.
Con carácter general, deberá procurarse una adecuada rotación de los Consejeros Independientes. Por dicha razón, cuando se proponga la reelección de alguno de ellos, será preciso que se justifique la concurrencia de las circunstancias que aconsejen su continuidad. Los Consejeros Independientes no permanecerán como tales durante un período continuado superior a doce (12) años.
Por su parte, el artículo 11 del mencionado Reglamento establece que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, encargada de evaluar la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los Consejeros propuestos durante el mandato precedente, informará con carácter preceptivo sobre la propuesta de reelección de Consejeros que el Consejo de Administración decida presentar a la Junta General.
Los Consejeros cesarán en el cargo una vez celebrada la primera Junta General desde que haya transcurrido el período para el que fueron nombrados y en todos los demás supuestos en que así proceda de acuerdo con la Ley, los Estatutos Sociales y el presente Reglamento (artículo 12.1 del Reglamento del Consejo).
El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos (artículo 12.3 del Reglamento del Consejo).
Siguiendo las recomendaciones de Buen Gobierno, el artículo 12 del Reglamento del Consejo contempla que:
Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los casos siguientes:
a) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
b) Cuando infrinjan gravemente sus obligaciones como Consejeros.
c) Cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
d) Cuando desaparezca la causa por la que fueron nombrados Ejecutivos.
e) Cuando los Consejeros Independientes dejen de reunir las condiciones exigidas por el artículo 9.
f) Cuando el accionista al que representen los Consejeros dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f), si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero Independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos.
Una vez producido el cese en el desempeño de su cargo, no podrá prestar servicios en otra entidad competidora durante el plazo de dos (2) años, salvo que el Consejo de Administración le dispense de esta obligación o acorte su duración.
B.1.21 Explique si la función de primer ejecutivo de la sociedad recae en el cargo de presidente del Consejo. En su caso, indique las medidas que se han tomado para limitar los riesgos de acumulación de poderes en una única persona:
El Presidente del Consejo de Administración, ejerce la función de Primer Ejecutivo de la Sociedad. Además de las funciones y facultades que le sean atribuidas por la Ley y los Estatutos Sociales, ejerce la efectiva dirección de los negocios de la Compañía, de acuerdo siempre con las decisiones y criterios fijados por la Junta General de Accionistas y el Consejo de Administración, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
No obstante, el Reglamento del Consejo de Administración contiene una relación detallada de las cuestiones que necesariamente han de ser sometidas al Consejo de Administración; con carácter general, el Consejo de Administración se ha reservado las decisiones sobre las operaciones cuya cuantificación supere la cantidad de tres millones de euros (3.000.000 Euros). En los mismos términos, las normas internas de Enagás, S.A. sobre inversiones y adjudicaciones fijan la competencia del Consejo para las decisiones que superen la cantidad de tres millones de euros (3.000.000 Euros).
Indique y en su caso explique si se han establecido reglas que facultan a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día, para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos y para dirigir la evaluación por el Consejo de Administración
SI
El artículo 17 del Reglamento del Consejo de Enagás, S.A. en su texto modificado el 29 de marzo de 2007, establece que, cuando el Presidente del Consejo sea también el Primer Ejecutivo de la Sociedad, el Consejo de Administración podrá facultar a uno de los Consejeros Independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el Orden del día; para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los Consejeros Externos; y para dirigir la evaluación por el Consejo de su Presidente.
B.1.22 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
NO
Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos:
Todo tipo de acuerdos
| Quórum | % |
|---|---|
| El Consejo de Administración queda válidamente constituido cuando concurren al mismo, al menos, la mitad más uno de los presentes o representados, salvo en el caso de falta de convocatoria, en que se requiere la asistencia de todos los miembros. |
51,00 |
| Tipo de mayoría | % |
| Los acuerdos se adoptan con el voto de la mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes o representados, |
B.1.23 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente.
NO
B.1.24 Indique si el presidente tiene voto de calidad:
NO
B.1.25 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
NO
| Edad límite presidente | Edad límite consejero delegado | Edad límite consejero |
|---|---|---|
| 0 | 0 | 0 |
B.1.26 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado para los consejeros independientes:
SI
Número máximo de años de mandato 12
B.1.27 En el caso de que sea escaso o nulo el número de consejeras, explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación
| Explicación de los motivos y de las iniciativas |
|---|
| Hasta la fecha de elaboración del presente informe sólo uno (1) de los miembros del Consejo de Administración de |
| Enagás, S.A. es mujer, Doña María Teresa García-Milá Lloveras, del total de dieciséis (16) miembros del Consejo de |
| Administración, por lo que Enagás, S.A. es consciente de que debería incentivar y procurar la presencia femenina en los |
| casos de presentarse alguna vacante en el Consejo, especialmente para puestos independientes. En línea con lo |
| expuesto, el Consejo adoptó iniciativas dirigidas a corregir la desigualdad de género. En concreto, el artículo 8 del |
| Reglamento del Consejo, incorpora expresamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres que formula el Código |
| Unificado. Dicho precepto establece que los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que |
| obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que |
| reúnan el perfil profesional buscado. |
En particular, indique si la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha establecido procedimientos para que los procesos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y busque deliberadamente candidatas que reúnan el perfil exigido:
SI
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en el ejercicio de sus funciones, y en cumplimiento del Reglamento del Consejo, siempre que se produce una vacante, analiza el perfil profesional de las potenciales candidatas, procurando que el número de mujeres Consejeras en el Consejo de la Compañía, sea cada vez mayor.
El artículo 39 de los Estatutos Sociales establece que cada Consejero puede conferir su representación a otro Consejero y delegarle el voto, pero ninguno de los presentes puede ostentar más de dos representaciones y delegaciones de voto.
Además, según el artículo 7.3 del Reglamento del Consejo de Administración, la representación de los Consejeros ausentes podrá conferirse por cualquier medio, siendo válido el telegrama o telefax dirigido a la Presidencia o a la Secretaría del Consejo.
B.1.29 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su Presidente:
| Número de reuniones del consejo | 12 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente | 0 |
| Número de reuniones de la comisión ejecutiva o delegada | |
|---|---|
| Número de reuniones del comité de auditoría | 5 |
| Número de reuniones de la comisión de nombramientos y retribuciones | 4 |
| Número de reuniones de la comisión de nombramientos | 0 |
| Número de reuniones de la comisión de retribuciones |
B.1.30 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio sin la asistencia de todos sus miembros. En el cómputo se considerarán no asistencias las representaciones realizadas sin instrucciones específicas:
| Número de no asistencias de consejeros durante el ejercicio | 16 |
|---|---|
| % de no asistencias sobre el total de votos durante el ejercicio | 8,000 |
B.1.31 Indique si las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan para su aprobación al Consejo están previamente certificadas:
SI
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha o han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
| Nombre | Cargo |
|---|---|
| DON DIEGO DE REINA LOVERA | DIRECTOR ECONÓMICO-FINANCIERO |
| DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ | PRESIDENTE |
B.1.32 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el Consejo de administración para evitar que las cuentas individuales y consolidadas por él formuladas se presenten en la Junta General con salvedades en el informe de auditoría.
El Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento tienen la obligación de tratar que la formulación de las Cuentas Anuales se realice sin salvedades:
El artículo 5, apartado c) del Reglamento del Consejo de Administración, establece, entre las funciones del Consejo de Administración relativas a las Cuentas Anuales, las siguientes:
Formular, en términos claros y precisos, que faciliten la adecuada comprensión de su contenido, las Cuentas Anuales y el Informe de Gestión, tanto individuales como consolidados, una vez en su poder los informes emitidos por la Dirección Económico-Financiera y el informe que, en relación con ellos, haya emitido la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y tras las pertinentes aclaraciones.
En la formulación de las Cuentas Anuales, el Consejo de Administración atenderá a todos aquellos comentarios o recomendaciones que previamente haya realizado la Comisión de Auditoría y Cumplimiento en su Informe. En caso de que las Cuentas Anuales formuladas se alejen del informe previo elaborado por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, el Consejo de Administración dará explicación suficiente de las causas que lo justifiquen.
El Consejo de Administración procurará formular las Cuentas de manera que no haya lugar a salvedades por parte del Auditor de Cuentas de la Sociedad. No obstante, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, explicará públicamente el contenido y alcance de la discrepancia.
Correlativamente, el artículo 7, apartado C) del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, dota a esta Comisión
de la función de servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los Auditores, evaluar los resultados de cada Auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquéllos y éste, en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros.
Enagás, S.A. realiza revisiones trimestrales limitadas de los estados financieros con el fin de conocer desde el primer momento, las posibles fuentes de riesgo que pueden afectar a los mismos y cualquier salvedad que pudiera surgir, llevándose a cabo las medidas oportunas para resolver cualquier salvedad.
B.1.33 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
NO
B.1.34 Explique los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo, indicando si su nombramiento y cese han sido informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo.
Procedimiento de nombramiento y cese
El artículo 20 del Reglamento del Consejo detalla los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo:
El Secretario del Consejo de Administración será nombrado por éste último y no necesitará ser Consejero. A él corresponde el ejercicio de las funciones que en dicha condición le atribuyen la legislación mercantil y el presente Reglamento. Para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombramiento y cese serán informados por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y aprobados por el pleno del Consejo. Asimismo, el artículo 25 de dicho Reglamento contempla, dentro de las funciones de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la de informar el nombramiento o cese del Secretario del Consejo de Administración.
| ¿La Comisión de Nombramientos informa del nombramiento? | |
|---|---|
| ¿La Comisión de Nombramientos informa del cese? | SI |
| ¿El Consejo en pleno aprueba el nombramiento? | SI |
| ¿El Consejo en pleno aprueba el cese? | SI |
¿Tiene el secretario del Consejo enconmendada la función de velar, de forma especial, por las recomendaciones de buen gobierno?
SI
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.3 del Reglamento del Consejo, el Secretario cuidará, en todo caso, de la legalidad formal y material de las actuaciones del Consejo de Administración y garantizará que sus procedimientos y reglas de gobierno sean respetados y regularmente revisados. De manera especial velará para que las actuaciones del Consejo:
a) Se ajusten a la letra y el espíritu de las Leyes y sus Reglamentos, incluidos los aprobados por los Organismos
Reguladores.
b) Sean conformes con los Estatutos de la Sociedad y con los Reglamentos del Consejo y demás que tenga la Compañía.
c) Tengan presentes las Recomendaciones sobre Buen Gobierno que la Sociedad haya aceptado.
B.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia del auditor, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.
Para preservar la independencia de los Auditores Externos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento del Consejo de Administración de Enagás, S.A. tiene, como objetivos básicos, evaluar el sistema de verificación contable de la Sociedad, velar por la independencia del Auditor Externo, revisar el sistema de control interno y velar por la transparencia informativa y por el cumplimiento de las normas internas de conducta.
Además, tiene, entre otras, la función de proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General, el nombramiento de los Auditores de Cuentas Externos, de acuerdo con la normativa aplicable, e informar sobre la retribución de los Auditores Externos, así como relacionarse con los mismos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en peligro la independencia de éstos.
Corresponde al Consejo de Administración adoptar y ejecutar cuantos actos o medidas sean precisos para asegurar la transparencia de la Sociedad ante los mercados financieros, para promover una correcta formación de los precios de las acciones de la Sociedad y de sus filiales, para supervisar, a través de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, las informaciones públicas periódicas de carácter financiero y para desarrollar cuantas funciones vengan impuestas por el carácter de sociedad cotizada de la Compañía, según la legislación vigente.
A los efectos oportunos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, hace partícipes a los Auditores Externos de las reuniones que mantiene trimestralmente con el fin de:
. Recabar información de las revisiones trimestrales de los estados financieros.
. Analizar las incidencias encontradas.
. Solicitar a la Dirección un plan de actuación con el fin de resolver las incidencias detectadas.
B.1.36 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
NO
| Auditor saliente | Auditor entrante |
|---|---|
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
NO
B.1.37 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que supone sobre los honorarios facturados a la sociedad y/o su grupo:
| Sociedad | Grupo | Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
250 | 0 | 250 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría/Importe total facturado por la firma de auditoría (en%) |
27,200 | 0,000 | 27,200 |
B.1.38 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta reservas o salvedades. En su caso, indique las razones dadas por el Presidente del Comité de Auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.
NO
B.1.39 Indique el número de años que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales de la sociedad y/o su grupo. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de años auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de años en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| Sociedad | Grupo | |
|---|---|---|
| Número de años ininterrumpidos | 6 | 6 |
| Sociedad | Grupo | |
|---|---|---|
| Nº de años auditados por la firma actual de auditoría/Nº de años que la sociedad ha sido auditada (en %) |
24,0 | 24,0 |
B.1.40 Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la sociedad como de su grupo, y que hayan sido comunicadas a la sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan:
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación de la sociedad objeto | % participación |
Cargo o funciones |
|---|---|---|---|
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
IBERDROLA, S.A. | 5,736 | ------------ |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | IBERDROLA, S.A. | 6,842 | ------------ |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación de la sociedad objeto | % participación |
Cargo o funciones |
|---|---|---|---|
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | GAS NATURAL SDG, S.A. | 0,110 | ------------ |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | E.ON ESPAÑA | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | BP ESPAÑA, S.A. | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | E.ON RENOVABLES S.L.U. | 0,000 | CONSEJERO |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | BP, PLC | 0,000 | ------------ |
B.1.41 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con asesoramiento externo:
SI
El artículo 15 del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros tendrán, además, la facultad de proponer al Consejo de Administración la contratación con cargo a la Sociedad de asesores legales, contables, técnicos, financieros, comerciales o de cualquier otra índole que consideren necesarios para los intereses de la Sociedad, con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones cuando se trate de problemas concretos de cierto relieve y complejidad ligados al ejercicio de su cargo.
La propuesta deberá ser comunicada al Presidente del Consejo de Administración a través del Secretario del Consejo. El Consejo de Administración podrá vetar su aprobación en consideración, tanto a su innecesariedad para el desempeño de las funciones encomendadas, cuanto a su cuantía (desproporcionada en relación con la importancia del problema y los activos e ingresos de la Sociedad) y cuanto finalmente, a la posibilidad de que dicha asistencia técnica sea prestada adecuadamente por expertos y técnicos de la propia Sociedad.
La Sociedad establecerá programas de orientación que proporcionen a los nuevos Consejeros un conocimiento rápido y suficiente de la empresa, así como de sus reglas de gobierno corporativo. Y ofrecerá también a los Consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.
B.1.42 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
SI
El artículo 6 del Reglamento del Consejo regula el procedimiento para que los Consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones del Consejo de Administración con tiempo suficiente. Dicho artículo establece que:
La convocatoria de las sesiones ordinarias se realizará por el Presidente o por el Secretario o Vicesecretario por orden del Presidente y se efectuará, por cualquier medio, e incluirá el lugar de celebración y el Orden del Día de la misma.
La convocatoria, que se cursará, salvo casos excepcionales, con una antelación mínima de tres (3) días a la celebración
de la reunión, contendrá cuanta información y documentos se consideren convenientes o relevantes para una mejor información de los Consejeros.
La facultad de establecer el Orden del Día de las reuniones será competencia del Presidente, aunque cualquiera de los Consejeros podrá pedir, con antelación a la convocatoria, la inclusión en el mismo de los puntos que, a su juicio, sea conveniente tratar en el Consejo de Administración.
En la práctica, la convocatoria se efectúa con una semana de antelación a la celebración del Consejo de Administración y en ella se incluye, junto con el lugar de celebración y el Orden del Día, toda la documentación que se considera conveniente o relevante.
B.1.43 Indique y en su caso detalle si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad:
SI
Siguiendo las Recomendaciones de Buen Gobierno, el artículo 12 del Reglamento del Consejo contempla que los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, entre otros, cuando puedan poner en riesgo los intereses de la Sociedad o perjudicar su crédito y reputación. Si un Consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el Consejero continúe en su cargo.
B.1.44 Indique si algún miembro del Consejo de Administración ha informado a la sociedad que ha resultado procesado o se ha dictado contra él auto de apertura de juicio oral, por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas:
NO
Indique si el Consejo de Administración ha analizado el caso. Si la respuesta es afirmativa explique de forma razonada la decisión tomada sobre si procede o no que el consejero continúe en su cargo.
NO
| Decisión tomada |
Explicación razonada |
|---|---|
B.2 Comisiones del Consejo de Administración
B.2.1 Detalle todas las comisiones del Consejo de Administración y sus miembros:
| Nombre | Cargo | Tipologia |
|---|---|---|
| DON MARTÍ PARELLADA SABATA | PRESIDENTE | INDEPENDIENTE |
| DON ANTONIO TÉLLEZ PERALTA | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
VOCAL | DOMINICAL |
| DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL | VOCAL | OTRO EXTERNO |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) | VOCAL | DOMINICAL |
| Nombre | Cargo | Tipologia |
|---|---|---|
| DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ | PRESIDENTE | INDEPENDIENTE |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) | VOCAL | DOMINICAL |
| DOÑA MARÍA TERESA GARCIA-MILÁ LLOVERAS | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO | VOCAL | INDEPENDIENTE |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. | VOCAL | DOMINICAL |
| Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales | |
|---|---|
| riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente | SI |
| Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes |
SI |
| Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado anónima, las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa |
SI |
|---|---|
| Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación |
SI |
| Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones |
SI |
| Asegurar la independencia del auditor externo | SI |
| En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que lo integren |
SI |
B.2.3 Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las comisiones del Consejo.
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
En primer lugar, reseñar que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no tiene Reglamento propio, por estar suficientemente regulada en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está constituida por cinco (5) miembros, designados por el Consejo de Administración, dentro de los límites establecidos en los Estatutos y en el Reglamento del Consejo, los cuáles fijan un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) Consejeros.
Está compuesta, en su mayoría, por Consejeros Independientes, tal y como exigen los Estatutos y el Reglamento del Consejo. Tres (3) de sus miembros -entre ellos el Presidente de la Comisión- son Independientes y sólo dos (2) de ellos son Dominicales.
Según el artículo 25 del Reglamento del Consejo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá reunirse, al menos, cuatro (4) veces al año. Durante el ejercicio 2009, la Comisión se reunió en cuatro (4) ocasiones.
Las funciones desempeñadas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, detalladas en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo de Administración, son las siguientes:
Establecer los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos y de acuerdo con lo que señale la Junta General, así como velar por la transparencia de las retribuciones.
Establecer la política general de remuneración de los Directivos de Enagás, S.A., dando cuenta de ello al Consejo de Administración, así como las directrices relativas al nombramiento, selección, carrera, promoción y despido de Altos Directivos, a fin de asegurar que la Sociedad dispone, en todo momento, del personal de alta cualificación adecuado para la gestión de sus actividades.
Revisar la estructura del Consejo de Administración, criterios que deban informar la renovación estatutaria de los Consejeros, la incorporación de nuevos miembros y cualquier otro aspecto relativo a su composición que considere conveniente, formulando al Consejo de Administración las propuestas que considere necesarias.
Informar el nombramiento o cese del Secretario del Consejo de Administración.
Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones que pretendan llevar a cabo los Consejeros, que impliquen o puedan implicar conflictos de intereses, de acuerdo con lo establecido en el Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores.
Formular y revisar los criterios que deban seguirse para la composición del Consejo de Administración y para la selección de quienes hayan de ser propuestos para el cargo de Consejero.
Informar, con criterios de objetividad y adecuación al interés social, de las propuestas de nombramiento, reelección y ratificación de Consejeros, así como las de nombramiento de los miembros de cada una de las Comisiones del Consejo.
Elevar al Consejo de Administración las propuestas relativas a la estructura organizativa de la Sociedad y a la creación de puestos de Alta Dirección que considere necesarias para una mejor y más eficaz gestión de la Sociedad.
Informar los nombramientos y ceses de las personas que integran la Alta Dirección y, en su caso, aprobar las condiciones especiales de sus contratos.
Aprobar las retribuciones de la Alta Dirección, siempre que éstas no se aparten de los criterios establecidos en la política general de remuneración de Directivos.
Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones con Partes Vinculadas. En ningún caso se autorizará la transacción si, previamente, no ha sido emitido un informe valorando la operación desde el punto de vista de las condiciones de mercado. Tratándose de operaciones ordinarias, bastará la autorización genérica de la línea de operaciones y de sus condiciones de ejecución.
Informar al Consejo de Administración sobre las medidas a adoptar, en caso de incumplimiento del Reglamento del Consejo o del Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores, por parte de los Consejeros y demás personas sometidas al mismo. En el cumplimiento de esta función, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones actuará, cuando así se considere necesario, en coordinación con la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
El Consejo de Administración de Enagás, S.A., de 19 de febrero de 2004, aprobó un Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, con el fin de dotarle de unas reglas de organización y funcionamiento como órgano independiente y transparente, completando así la regulación contenida en los artículos 44 de los Estatutos Sociales y 26 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo de Administración. El Consejo de Administración modificó el artículo 26 del Reglamento del Consejo en su reunión de 29 de marzo de 2007, a los fines de incorporar el mayor número posible de Recomendaciones del Código Unificado y asimismo, modificó el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento para adecuarlo a los cambios introducidos en el Reglamento del Consejo.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento está constituida por cinco (5) miembros, dentro de los límites fijados en el artículo 44 de los Estatutos Sociales y 3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, los cuáles fijan el número mínimo de Consejeros en tres (3) y el máximo de cinco (5) Consejeros, designados por el Consejo de Administración. Dos (2) de sus miembros son Independientes -entre ellos el Presidente de la Comisión- y otros dos (2) son Dominicales, siendo el quinto (5) de ellos Otro Consejero Externo.
Según prescribe el artículo 3 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, ésta no podrá incluir entre sus miembros a ningún Consejero Ejecutivo, con el fin de salvaguardar la transparencia y objetividad de sus decisiones, manteniéndose la paridad entre Consejeros Dominicales e Independientes. Asimismo, dicho precepto contempla que el Presidente del Consejo de Administración y quienes formen parte de otras Comisiones no podrán ser miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
Tal y como establece el artículo 4 del Reglamento de la Comisión, la duración del cargo de miembro de la Comisión es la misma que la duración del cargo de Consejero. Los miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento cesarán en este cargo cuando cesen como Consejeros de la Sociedad o cuando, sin cesar como Consejeros, así lo acuerde el Consejo de Administración. No obstante lo anterior, el Presidente de la Comisión deberá ser sustituido cada cuatro (4) años, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un (1) año desde su cese, todo ello sin perjuicio de su continuidad como miembro de la Comisión si así lo acuerda el Consejo de Administración, por causa suficientemente motivada.
La retribución de los miembros de la Comisión, tal y como contempla el artículo 5 del Reglamento de la Comisión, será aprobada en la misma forma establecida en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración para la aprobación de las retribuciones de los Consejeros, y sujeta a las mismas reglas de publicidad.
En el ejercicio de su cargo, los miembros de la Comisión estarán sometidos, según regula el artículo 6 del Reglamento de la Comisión, a los mismos deberes y principios de actuación que se establecen en los Estatutos Sociales, en el Reglamento del Consejo de Administración y en la legislación vigente para los Consejeros.
Según el artículo 8 del Reglamento regulador de esta Comisión, ésta debe reunirse, al menos, cuatro (4) veces al año y, a iniciativa de su Presidente, cuantas veces éste lo estime oportuno para el cumplimiento de sus funciones. Durante el ejercicio 2009, la Comisión se reunió en cinco (5) ocasiones.
Las funciones desempeñadas por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento son las contenidas en los artículos 44 de los Estatutos Sociales, 26 del Reglamento del Consejo y 7 del Reglamento regulador de la Comisión:
La Comisión tiene como objetivos básicos evaluar el sistema de verificación contable de la Sociedad, velar por la independencia del Auditor Externo, revisar el sistema de control interno y velar por la transparencia informativa y por el cumplimiento de las normas internas de conducta.
Para la consecución de dichos objetivos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, además de las legalmente establecidas para el Comité de Auditoría y Cumplimiento, desarrollará las siguientes funciones:
a)En relación con los estados financieros:
Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la Sociedad y, en su caso, al Grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
Informar, previamente a su formulación por el Consejo de Administración, sobre las Cuentas Anuales.
La Comisión incluirá en su Informe aquellas menciones que considere necesarias en relación con la aplicación de criterios contables, sistemas internos de control o cualquier otro que considere relevante.
El Consejo de Administración justificará debidamente, en su caso, la formulación de unas Cuentas Anuales que se aparten o difieran de lo informado previamente por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
b)En relación con la Auditoría Interna:
Velar por la independencia de la función de Auditoría Interna.
Supervisar los servicios de Auditoría Interna de la Sociedad y conocer los sistemas de control interno, a fin de conseguir el máximo seguimiento del desarrollo de la Auditoría Interna Anual.
En especial, la Comisión supervisará la calidad de actuación de la Auditoría Interna en temas tales como: fiabilidad e integridad de la información, cumplimiento de políticas, planes, leyes y normas y medidas para la salvaguarda de activos.
La Comisión tendrá pleno acceso a los sistemas de Auditoría Interna y se reunirá periódicamente, en pleno o a través de su Presidente, con el responsable de Auditoría Interna, al cual podrán requerir toda la información que sea necesaria para el cumplimiento de su función.
Auditores Externos y demás condiciones de su contratación.
Relacionarse con los Auditores Externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en peligro la independencia de éstos o cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la Auditoría de Cuentas, así como aquéllas otras comunicaciones previstas en la legislación de Auditoría de Cuentas y en normas técnicas de Auditoría.
Recibir regularmente de los Auditores Externos información sobre el Plan Anual de Auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.
Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los Auditores, evaluar los resultados de cada Auditoría y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquéllos y éste, en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros.
Supervisar el cumplimiento del contrato de Auditoría, procurando que la opinión sobre las Cuentas Anuales y los contenidos principales del Informe de Auditoría sean redactados de forma clara y precisa.
Informar sobre los contratos, distintos del contrato de Auditoría, celebrados entre la Sociedad y los Auditores de Cuentas.
Asegurar que, a requerimiento del Auditor Externo, se proporciona a éste acceso a toda la información necesaria para desarrollar sus funciones.
d)En relación con el mapa de riesgos de la Sociedad:
Identificar y analizar, con la cooperación del Auditor Interno y Externo, los principales riesgos que afecten a la actividad de la Sociedad y, en especial, aquellos que afecten a la situación económico-financiera.
Informar al Consejo de Administración de los riesgos detectados y de la valoración de los mismos.
Proponer, en su caso, al Consejo de Administración, las medidas necesarias para gestionar, mitigar o evitar los riesgos detectados.
B.2.4 Indique las facultades de asesoramiento, consulta y en su caso, delegaciones que tienen cada una de las comisiones:
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
LAS FACULTADES 4 A 11 EXPUESTAS EN EL APARTADO B.2.3 DEL PRESENTE INFORME.
COMITÉ DE AUDITORÍA
LAS FACULTADES 1 A 18 DETALLADAS EN EL APARTADO B.2.3 DEL PRESENTE INFORME.
B.2.5 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del Consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones no tiene Reglamento propio, por estar suficientemente regulada en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo.
El Consejo de Administración, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2004, aprobó el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, con el fin de dotarle de unas reglas de funcionamiento y organización como órgano independiente y transparente, completando, de esta manera, la regulación contenida en los artículos 44 de los Estatutos Sociales y 26 del Reglamento del Consejo de Administración.
Dicho reglamento está disponible para su consulta en el domicilio social de Enagás, S.A y en su página web www.enagas.es ó www.enagas.com.
Durante el ejercicio 2009 no se han introducido modificaciones en el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento ha elaborado un informe sobre las actividades de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento durante el ejercicio 2009, a disposición tanto en el domicilio social de Enagás, S.A. como en su página web.
B.2.6 Indique si la composición de la comisión ejecutiva refleja la participación en el Consejo de los diferentes consejeros en función de su condición:
NO
En caso negativo, explique la composición de su comisión ejecutiva
No existe Comisión Ejecutiva.
C.1 Señale si el Consejo en pleno se ha reservado aprobar, previo informe favorable del Comité de Auditoría o cualquier otro al que se hubiera encomendado la función, las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculadas:
SI
C.2 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los accionistas significativos de la sociedad:
| Nombre o denominación social del accionista significativo |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la relación |
Tipo de la operación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|---|---|
| ATALAYA INVERSIONES, S.R.L. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a |
Dividendos y otros beneficios |
11.145 |
| Nombre o denominación Nombre o denominación social del accionista social de la sociedad o significativo entidad de su grupo |
Naturaleza de la relación |
Tipo de la operación |
Importe (miles de euros) |
|
|---|---|---|---|---|
| SAGANE INVERSIONES, S.L. (p.s.directo). |
distribuidos | |||
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
30.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
50.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
12.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
6.000 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a CIC, S.L. (p.s.directo). |
Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS (CAJASTUR) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
65.000 |
| OMAN OIL HOLDINGS SPAIN S.L.U. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
8.041 |
C.3 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los administradores o directivos de la sociedad:
| Nombre o Nombre o Naturaleza de la denominación social denominación social operación de los de la sociedad o |
Tipo de la operación Importe (miles d euros) |
|---|---|
| ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | ---------------------------------------------------- |
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad de su grupo |
Naturaleza de la operación |
Tipo de la operación | Importe (miles d euros) |
|---|---|---|---|---|
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
92.000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
6.000 |
| BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Garanías y avales recibidos |
6.000 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Comercial | Acuerdos de financiación préstamos y aportaciones de capital (prestatario) |
56.000 |
| CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE, BANCAJA |
ENAGÁS, S.A. | Societaria. Abonados a BANCAJA INVERSIONES,S.A. (p.s. directo). |
Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| SAGANE INVERSIONES, S.L. |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
| SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES (SEPI) |
ENAGÁS, S.A. | Societaria | Dividendos y otros beneficios distribuidos |
11.145 |
C.4 Detalle las operaciones relevantes realizadas por la sociedad con otras sociedades pertenecientes al mismo grupo, siempre y cuando no se eliminen en el proceso de elaboración de estados financieros consolidados y no formen parte del tráfico habitual de la sociedad en cuanto a su objeto y condiciones:
Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 18738
Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 6430 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 5735 Breve descripción de la operación INGRESO EN CONCEPTO DE MANTENIMIENTO DE GASODUCTO Y CANON CORPORATIVO. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO AL-ANDALUS, S.A. Importe (miles de euros) 16929 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE CANON DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 3329 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 11693 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO BRAGA - TUY, S.A. Importe (miles de euros) 543 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros) 4537 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros)
44
3254 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO CAMPO MAIOR - LEIRIA - BRAGA, S.A. Importe (miles de euros) 1107 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 3951 Breve descripción de la operación DIVIDENDOS RECIBIDOS POR ENAGÁS, S.A. CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2008. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 41 Breve descripción de la operación PRÉSTAMO CONCEDIDO POR ENAGÁS, S.A. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 8688 Breve descripción de la operación COSTE EN CONCEPTO DE DERECHOS DE TRANSPORTE. Denominación social de la entidad de su grupo GASODUCTO DE EXTREMADURA, S.A. Importe (miles de euros) 4933 Breve descripción de la operación INGRESO EN CONCEPTO DE MANTENIMIENTO DE GASODUCTO Y CANON CORPORATIVO.
C.5 Indique si los miembros del Consejo de Administración se han encontrado a lo largo del ejercicio en alguna situación de conflictos de interés, según lo previsto en el artículo 127 ter de la LSA.
NO
C.6 Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos o accionistas significativos.
Los mecanismos para detectar y regular los posibles conflictos de intereses entre Enagás, S.A. y/o su Grupo, y sus Consejeros, Directivos o Accionistas Significativos se hallan principalmente contenidos en el Código Interno de Conducta de Enagás, S.A.
El Código Interno de Conducta es de aplicación a las siguientes personas:
Miembros del Consejo de Administración.
Directores Generales y miembros del Comité de Dirección.
Miembros del Consejo de Administración y, en su caso, del Comité de Dirección de las sociedades filiales o participadas en las que Enagás, S.A tenga un control de su gestión.
Las personas que estén relacionadas con el Mercado de Valores.
En general, a todas aquellas personas que tengan acceso de información privilegiada o reservada a la Sociedad.
En relación con las operaciones realizadas con Partes Vinculadas, la Sociedad deberá adoptar las siguientes medidas:
a) Comunicarlas semestralmente a la CNMV e incluirlas en la Memoria Anual dentro del Capítulo de Gobierno Corporativo. b) Someterlas, antes de su celebración, al conocimiento formal y previa autorización del Consejo de Administración el cual, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, deberá valorar su adecuación a los criterios de mercado.
En relación con los posibles conflictos de interés, las personas sometidas al Código Interno de Conducta deberán adoptar las siguientes medidas:
Comunicar al Consejo de Administración, a través de su Secretaría, los posibles conflictos de interés a que pudieran estar sometidos por sus relaciones familiares, su patrimonio personal o por cualquier otra causa. Las comunicaciones deberán efectuarse en el plazo quince días y, en todo caso, antes de tomar la decisión que pudiera quedar afectada por el posible conflicto de interés.
Mantener actualizada la información dando cuenta de cualquier modificación o cese de las situaciones previamente comunicadas, así como el surgimiento de nuevos conflictos de intereses.
Abstenerse de participar en la adopción de cualquier decisión que pudiera quedar afectada por el conflicto de interés con la Sociedad.
El órgano encargado de regular y dirimir los conflictos de interés que en su caso pudieran plantearse es la Comisión de Nombramientos y Retribuciones a la que, conforme al artículo 25 del Reglamento del Consejo de Administración de Enagás, S.A., se le atribuyen las siguientes funciones:
a) Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre las transacciones que pretendan llevar a cabo los Consejeros, que impliquen o puedan implicar conflictos de interés, de acuerdo a lo establecido en el Código de Conducta en materias relativas al Mercado de Valores.
b) Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a su aprobación, sobre transacciones con Partes Vinculadas. En ningún caso se autorizará la transacción si, previamente, no ha sido emitido un informe valorando la operación desde el punto de vista de las condiciones de mercado. Tratándose de operaciones ordinarias, bastará la autorización genérica de la línea de operaciones y sus condiciones de ejecución.
c) Informar al Consejo de Administración sobre las medidas a adoptar, en caso de incumplimiento del Reglamento o del Código Interno de Conducta en materias relativas al Mercado de Valores, por parte de los Consejeros y demás personas sometidas al mismo. En el cumplimiento de esta función, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones actuará, cuando lo considere necesario, en coordinación con la Comisión de Auditoría y Cumplimiento.
NO
Identifique a las sociedades filiales que cotizan:
D.1 Descripción general de la política de riesgos de la sociedad y/o su grupo, detallando y evaluando los riesgos cubiertos por el sistema, junto con la justificación de la adecuación de dichos sistemas al perfil de cada tipo de riesgo.
La Política de Riesgos de Enagás, S.A. permite a la Dirección de la Compañía tratar eficazmente la incertidumbre, sus riesgos y oportunidades asociadas, mejorando así su capacidad para generar valor, con el fin de garantizar el logro de los objetivos de Enagás, S.A.
De esta manera, Enagás, S.A. se compromete a disponer de un marco de actuación que permita la gestión integral de los riesgos, que posibilite la identificación, medición, control y gestión de los riesgos a los que se enfrenta la Empresa, así como el alineamiento de las actividades de las distintas Direcciones con el nivel de tolerancia al riesgo aprobado.
Toda actuación dirigida a controlar y mitigar los riesgos atenderá a los siguientes Principios Básicos:
Segregación e Independencia entre gestores y supervisores del riesgo.
Globalidad en la supervisión y medición homogénea de los riesgos asumidos por Enagás, S.A.
Consistencia: facilitando un entendimiento común y único de los riesgos asumidos y de los controles internos establecidos, documentados en un conjunto de políticas, normas, procedimientos, metodologías de medición y marco de información robustos y consistentes a lo largo de toda la organización, fomentando el desarrollo de un ambiente general de control interno a través de la participación de todos los niveles de la organización.
Orientación a la toma de decisiones: proporcionando a los diferentes Responsables de la Compañía información necesaria para la toma de decisiones en su ámbito de responsabilidad, integrándose en los sistemas de gestión existentes en la empresa.
Coordinación eficiente entre las diferentes Direcciones / Unidades y la Compañía para garantizar la utilización óptima de los conocimientos y recursos disponibles.
Transparencia (simplicidad, objetividad y auditabilidad) respecto a los procesos y metodologías utilizados.
Supervisión activa por parte de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento y el Comité de Dirección.
Actualización y mejora continua mediante la realización de revisiones regulares de los riesgos y la adopción de las mejores prácticas en materia de supervisión y gestión de riesgos.
Responsabilidad: asignando la gestión integral de los riesgos al Consejo de Administración de Enagás, S.A., a la Dirección y a todo el personal de la Empresa, cada uno en su ámbito de actuación.
Enagás, S.A. ha agrupado los riesgos, diferenciándolos en función de la naturaleza del riesgo y teniendo en cuenta los diferentes métodos de medición que se aplican, en:
Riesgos Operacionales: Se trata de los riesgos de pérdidas de valor o resultados derivados de los eventos causados por la inadecuación o fallos provenientes de los procesos, los recursos humanos, los equipos físicos, sistemas informáticos o derivados de factores externos.
Riesgo de Negocio: Riesgo de pérdidas debidas a factores externos como la regulación, ciclos económicos, niveles de competencia, patrones de la demanda, estructura de la industria, etc., así como el riesgo de pérdidas resultantes por la toma de decisiones incorrectas en relación con los planes de negocio y las estrategias futuras de la Compañía.
Riesgo de Crédito o Contraparte: riesgo de pérdidas derivadas del incumplimiento de una contraparte o de la incertidumbre de la contraparte a cumplir con sus obligaciones.
Riesgo Financiero: Se considera como tal la incertidumbre del valor de una cartera derivado de los movimientos de los tipos de cambio, interés, etc., así como de la liquidez y solvencia de las Compañías.
Riesgo Reputacional: Se trata de cualquier acción, evento o circunstancia que pudiera impactar desfavorablemente en la reputación de una organización.
Los riesgos se han medido en función del impacto y probabilidad en términos cuantitativos y cualitativos. Asimismo, se han establecido los controles y planes de acción necesarios para mantener los riesgos dentro de los umbrales de riesgo admisibles.
Los Responsables de las diferentes Direcciones y Unidades de Enagás, S.A. durante el ejercicio 2009, han gestionado sus riesgos a partir de la autoevaluación de algunos de ellos y mediante la supervisión permanente de las actividades de control y los riesgos en relación con el nivel de riesgo aceptado por la Compañía. Asimismo, cada una de las Direcciones han establecido de forma conjunta con la Unidad de Auditoría Interna, como resultado de sus revisiones, diferentes Planes de Acción con la intención de lograr una mejora continua en el proceso de gestión de riesgos.
D.2 Indique si se han materializado durante el ejercicio, alguno de los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, fiscales...) que afectan a la sociedad y/o su grupo,
SI
En caso afirmativo, indique las circunstancias que los han motivado y si han funcionado los sistemas de control establecidos.
Interrupción de las operaciones.
Durante el ejercicio 2009, se han registrado varios incidentes de cierta relevancia en las infraestructuras gasistas. Funcionamiento de los sistemas de control
Los sistemas de control implantados tanto en la detección, en la operación así como en la rápida actuación de los equipos de mantenimiento han funcionado de forma adecuada, no habiendo sido afectado el suministro a ninguno de los clientes.
Fraude Externo.
Suministrar un producto por parte de un proveedor que falsificó el origen de la mercancía.
Se procedió a la deshomologación del proveedor.
Negocio.
Modificación de ciertas condiciones de retribución en el sistema gasista.
Supervisión continua de los cambios.
D.3 Indique si existe alguna comisión u otro órgano de gobierno encargado de establecer y supervisar estos dispositivos de control.
SI
COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO
Informar al Consejo de Administración de los riesgos detectados y la valoración de los mismos.
Proponer, en su caso, al Consejo de Administración, las medidas necesarias para gestionar, mitigar o evitar los riesgos detectados.
COMITÉ DE DIRECCIÓN
Gestionar los distintos tipos de riesgos: adquiriendo conocimientos de los riesgos, las respuestas a los mismos, las mejoras necesarias de control y la situación de las acciones en marcha.
Establecer los niveles de riesgo de cada una de sus direcciones, así como el nivel de riesgo para el total de la Compañía.
Supervisión permanente de las actividades y riesgos en relación con el nivel de riesgo aceptado por la Compañía.
Proponer a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento las medidas necesarias para gestionar los riesgos detectados.
LA DIRECCIÓN O UNIDAD
Como propietaria de los riesgos, es la máxima responsable de gestionar los riesgos inherentes a su actividad, a través del establecimiento de los controles y planes de acción adecuados.
RESPONSABLE DE AUDITORÍA INTERNA
Responsable de evaluar la adecuación y eficacia de los controles que comprenden el gobierno, las operaciones y los sistemas de información de la organización. Esto debe incluir:
D.4 Identificación y descripción de los procesos de cumplimiento de las distintas regulaciones que afectan a su sociedad y/o a su grupo.
Cada una de las Direcciones y Unidades de Enagás, S.A. conoce la legislación y normativa que le es aplicable y entre sus funciones está tanto el análisis como la aplicación de la nueva legislación y normativa que sea de obligado cumplimiento.
La Secretaría General atiende, clarifica y establece los criterios para todos los asuntos en los que las Direcciones y Unidades
tengan dudas razonables.
La nueva legislación o las modificaciones de la normativa en múltiples ocasiones va a llevar a modificaciones en la normativa interna de la Compañía o al establecimiento de procesos que den lugar al cumplimiento de las regulaciones.
En el caso en que haya varias Direcciones implicadas en el cumplimiento de la normativa se configuran, a iniciativa del Comité de Dirección, diferentes equipos de trabajo que van a desarrollar e implantar los nuevos procesos o actividades.
La Auditoría Interna en cada una de las auditorías realizadas verifica el cumplimiento de la legislación y de la normativa interna.
Entre los principales procesos de cumplimiento de las distintas regulaciones identificamos:
E.1 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) respecto al quórum de constitución de la Junta General
| NO | |
|---|---|
| -- | ---- |
| % de quórum distinto al establecido en art. 102 LSA para supuestos generales |
% de quórum distinto al establecido en art. 103 LSA para supuestos especiales del art. 103 |
|
|---|---|---|
| Quórum exigido en 1ª convocatoria | 0 | 0 |
| Quórum exigido en 2ª convocatoria | 0 | 0 |
E.2 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) para el régimen de adopción de acuerdos sociales.
Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSA.
E.3 Relacione los derechos de los accionistas en relación con las juntas generales, que sean distintos a los establecidos en la LSA.
Los derechos de los Accionistas en relación con las juntas generales son los que establece la Ley de Sociedades Anónimas.
En este sentido, el Reglamento de la Junta General de Enagás, S.A. reconoce los siguientes derechos a los Accionistas:
1.- DERECHO DE INFORMACIÓN.
Se regula en el artículo 7 del Reglamento de la Junta con el contenido y alcance que a continuación se expone:
En la fecha en que se publique el anuncio de convocatoria de Junta General, así como en el acto de su celebración, se pondrá a disposición de los Accionistas la siguiente información:
a) Texto íntegro de la convocatoria de la Junta General, propuestas de acuerdos a adoptar, e informes del Consejo de Administración, si correspondieran, sobre su justificación y oportunidad, y siempre que todo ello sea posible.
b) Documentación comprensiva de las Cuentas Anuales de Enagás, S.A. y las Consolidadas del Grupo Enagás, así como la propuesta de aplicación del resultado de Enagás, correspondiente al ejercicio del que se trate.
c) Informe de Gestión de Enagás, S.A. e Informe de Gestión Consolidado del ejercicio.
d) Informe de Auditoría de Cuentas Anuales Consolidadas y de las Cuentas Anuales de Enagás, S.A.
e) Informe Anual de Gobierno Corporativo.
f) Cualquier otro informe cuya inclusión sea preceptiva o se determine por el Consejo de Administración.
Antes de la celebración de la Junta General, la Sociedad pondrá a disposición de los Accionistas la información correspondiente a través de los siguientes medios:
Oficina de Información al Accionista.
Número de teléfono gratuito, especificado en la convocatoria.
Hasta el séptimo día anterior a la celebración de la Junta, los Accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones y aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
Durante la celebración de la Junta General, los Accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del Accionista en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta.
Los Administradores estarán obligados a proporcionar la información solicitada, salvo en los casos que, a juicio del Presidente, la publicidad de la información solicitada perjudique los intereses sociales, o así resulte de las disposiciones legales o estatutarias, resoluciones judiales o administrativas. No procederá la denegación cuando la solicitud esté apoyada por Accionistas que representen, al menos, la cuarta parte del capital social.
La información solicitada será proporcionada al Accionista por escrito, dentro del plazo que medie desde la convocatoria hasta el día de celebración de la Junta, incluido éste, siempre que la solicitud se ajuste a los requisitos de plazo de ejercicio y ámbitos determinados en la Ley y en el Reglamento de la Junta.
Se regula en el artículo 8 del Reglamento de la Junta:
En todo momento los Accionistas, previa acreditación de su identidad como tales, en la forma que determina el artículo 9 del Reglamento de la Junta podrán, por medio de la Oficina del Accionista, del teléfono gratuito o del correo eletrónico incluido en la página web de la Sociedad, plantear cuestiones de interés para la Sociedad o asociadas a su condición de Accionistas.
La Sociedad examinará las cuestiones, sugerencias y comentarios de los Accionistas, atendiendo a los mismos, en caso de considerarlos oportunos para la buena marcha de la Sociedad.
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el artículo 9 del Reglamento de la Junta, para poder asistir a la Junta General es preciso ser titular de un mínimo de 100 acciones, siempre que estén inscritas en el correspondiente registro contable de las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores con cinco días de antelación a su celebración y se acredite la condición de Accionista, bien a través de la correspondiente tarjeta de asistencia y voto, emitida por las entidades adheridas a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, o bien, a través de certificado electrónico de asistencia y voto emitido por la Entidad encargada del Registro de Anotaciones en Cuenta o por Entidad Autorizada y Depositaria de las acciones.
Los Accionistas que no posean el número de acciones señalado anteriormente podrán agruparse a efectos de asistencia, designando al Accionista que les represente.
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el 10 del Reglamento de la Junta, todo Accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no necesitará ser Accionista.
La representación deberá conferirse por escrito, mediante correspondencia postal, firma electrónica reconocida o cualesquiera otros medios electrónicos y en general cualquier otro medio de comunicación a distancia, admitido por la Ley, siempre que, en todos los casos, se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación, y con carácter especial para cada Junta.
La representación es siempre revocable. La asistencia personal del representado a la Junta tendrá valor de revocación de la representación otorgada y deberá comunicársele puntualmente al representante, a fin de evitar que ejercite una representación de la que carece.
Las personas físicas Accionistas que no se hallen en pleno goce de sus derechos civiles y las personas jurídicas Accionistas podrán ser representadas por quienes ejerzan su representación legal, debidamente acreditada. Tanto en estos casos como en el supuesto de que el Accionista delegue el derecho de asistencia, no se podrá tener en la Junta más de un representante.
Se regula en los artículos 27 de los Estatutos Sociales y 11 del Reglamento de la Junta. Todo Accionista que tenga derecho de asistencia, en los términos que establece el artículo 27 de los Estatutos Sociales y que desarrolla el artículo 9 del Reglamento de la Junta, tendrá derecho de voto y podrá ejercerlo por sí mismo o por representación, o bien, asistiendo personalmente y votando en la Junta, con la tarjeta de asistencia y voto debidamente firmada y cumplimentada, o bien, mediante correspondencia postal, voto en la Oficina de Información al Accionista, mediante firma electrónica reconocida o cualesquiera otros medios electrónicos, o, en general, por cualquier otro medio de comunicación a distancia que permita la Ley, adjuntando certificado electrónico de asistencia y voto.
Además de los Derechos de Información, Asistencia, Representación y Voto enumerados en el apartado anterior, los Accionistas, en todo momento, previa su consignación como tales, podrán por medio de la Oficina de Información al Accionista, del teléfono gratuito puesto a su disposición o del correo electrónico incluidos en la página web de la Sociedad, plantear cuestiones de interés para la Sociedad o asociadas a su condición de Accionista (artículo 8 del Reglamento de la Junta).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento de la Junta, convocada la Junta General y hasta el séptimo día anterior a la fecha fijada para la celebración de la Junta, los Accionistas podrá solicitar de los Administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes.
Durante la celebración de la Junta General, los Accionistas podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día y en caso de no ser posible satisfacer el derecho del Accionista en ese momento, los Administradores estarán obligados a facilitar esa información por escrito dentro de los siete días siguientes a la terminación de la Junta.
Asimismo la Sociedad y con el fin de fomentar la participación de los Accionistas en sus Juntas Generales, lleva a la práctica diversas medidas, tales como:
Publicar el anuncio de convocatoria en los principales medios de comunicación.
Entregar obsequios con el fin de incentivar la asistencia física del Accionista a las Juntas.
Celebrar la Junta General en un local con las mejores condiciones para el mejor desarrollo y seguimiento de la reunión y de fácil acceso para el Accionista, poniendo a disposición del mismo medios de transporte a fin de posibilitar su presencia en las Juntas.
Asistir y orientar personalizadamente a los Accionistas que deseen intervenir a través del personal de la Oficina de Información al Accionista.
SI
Según el artículo 12.2 del Reglamento de la Junta: La Junta General estará presidida por el Presidente del Consejo de Administración, y a falta de éste, por el Accionista que elijan en cada caso los Accionistas asistentes a la Junta. El Presidente estará asistido por el Secretario del Consejo de Administración y, en su defecto, por el Accionista que elijan en cada caso los Accionistas asistentes a la Junta.
Así, el buen funcionamiento y desarrollo de la Junta está garantizado a través de las previsiones que se establecen en el Reglamento de la Junta General, del que se pueden extraer las siguientes consideraciones:
Asiste a la celebración de la Junta General un Notario, a requerimiento del Consejo de Administración de la Sociedad, a quien se encomienda la elaboración del Acta de la Junta y levantando acta de la misma, con la consiguiente garantía de neutralidad e independencia para todos los Accionistas.
El Presidente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento de Enagás, S.A., en representación de la Comisión, estará a disposición de la Junta para responder a las cuestiones que en ella planteen los Accionistas sobre materias de su competencia.
Los requisitos y normas que en definitiva garantizan el buen desarrollo de la Junta General se encuentran previstos en los artículos 13 a 18 del Reglamento de la Junta General, destacándose los siguientes:
Antes de entrar en el Orden del Día, se forma la Lista de Asistentes, expresándose el carácter o representación de cada uno de ellos y el número de acciones, propias o ajenas, con las que concurren, de manera que, el resumen de la Lista de Asistentes determinará el número de Accionistas, presentes o representados, así como el capital del que sean titulares, especificando el que corresponde a los Accionistas con derecho de voto. El Vicesecretario del Consejo, o la persona designada por el Presidente en su defecto, hará llegar a la mesa dos ejemplares de dicho resumen firmados por él o por un Accionista escrutador. La asistencia se considerará cerrada a efectos de fijación de quórum en la hora prevista en la convocatoria para el comienzo de la Junta.
A los efectos de verificación de válida constitución de la reunión, Enagás, S.A. elabora y propone a las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, el formato de la tarjeta de asistencia que debe expedirse a favor de los Accionistas, procurando que las mismas sean uniformes e incorporando un código de barras que permite realizar su lectura electrónica, facilitando de esta manera el cómputo informático de los asistentes a la reunión.
Los Accionistas disponen en todo momento del apoyo del personal de la Oficina de Información al Accionista desde su acceso al local donde se esté celebrando la Junta con el objetivo de resolver cualquier duda y facilitar su intervención.
Con el fin de garantizar el buen desarrollo de la Junta, los Accionistas o representantes de Accionistas que accedan con retraso al lugar de celebración de la misma, una vez cerrada la admisión de tarjetas de asistencia y voto, podrán asistir a la reunión, pero no se incluirán en la Lista de Asistentes ni, por tanto, formarán parte del quórum a efectos de votación.
Una vez constituida válidamente la Junta, el Notario requerido por la Sociedad para levantar Acta, preguntará a los Asistentes si existen reservas o protestas sobre lo manifestado por el Presidente en relación a los datos de asistencia de socios y de capital. El Accionista que haya expresado reservas, deberá exhibir al personal auxiliar de la mesa su tarjeta de asistencia, quien comprobará y corregirá, en su caso, el error existente.
El Presidente, para facilitar el desarrollo del acto, solicitará de los Accionistas que quieran hacer uso de la palabra, se dirijan a los auxiliares de la Mesa exhibiendo su tarjeta de asistencia para organizar turnos de intervención, antes de comenzar con su exposición del ejercicio y propuestas que se someten a la Junta general, manteniendo el debate dentro de los límites del Orden del Día, dirigiendo el desarrollo de las intervenciones y pudiendo contestar a los Accionistas de forma conjunta o individual.
El Presidente de la Junta podrá acordar la suspensión de ésta durante el tiempo necesario si se produjese algún hecho que alterase de forma sustancial el buen orden de la Junta, e incluso si dichas circunstancias persistieran, el Presidente propondrá a la Junta prorrogar su sesión al primer día laborable que sea posible.
El Secretario dará cuenta a la Junta del resultado de la votación de cada propuesta, con indicación de los votos emitidos a favor, en contra y abstenciones.
Los Escrutadores elaborarán una nota con el resultado de cada votación, incluyendo los votos previamente emitidos y cualquier modificación que tenga lugar durante el transcurso de la Junta.
Una vez votadas todas las propuestas, el Secretario de la Junta entregará al Notario, si la Sociedad hubiera requerido su intervención en la Junta, la Nota de los Escrutadores con los datos recogidos sobre el resultado de la votación de cada propuesta, procediendo el Presidente a levantar la sesión.
En caso de que la Junta se hubiera celebrado con la presencia de Notario, el Acta Notarial tendrá la consideración de
Acta de la Junta, no siendo precisa por tanto su aprobación.
E.6 Indique, en su caso, las modificaciones introducidas durante el ejercicio en el reglamento de la Junta General.
Durante el ejercicio 2009 no se efectuaron modificaciones al Reglamento de la Junta General de Accionistas.
E.7 Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe:
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha Junta | % de presencia % en |
% voto a distancia | |||
| General | física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 27/03/2009 | 17,918 | 8,535 | 0,000 | 36,860 | 63,313 |
E.8 Indique brevemente los acuerdos adoptados en las juntas generales celebrados en el ejercicio al que se refiere el presente informe y porcentaje de votos con los que se ha adoptado cada acuerdo.
Durante el ejercicio 2009 se celebró Junta General Ordinaria el 27 de marzo de 2009. A continuación se resumen los acuerdos adoptados en esa Junta, así como el porcentaje de votos con los que se acordaron dichos acuerdos.
ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS CELEBRADA EL 27 DE MARZO DE 2009:
ACUERDO 1.- Aprobar las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria) y el Informe de Gestión correspondientes al ejercicio comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2008 de Enagás, S.A. y de su Grupo Consolidado. - El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 124.870.142 (98,349%); En contra: 1.677 (0,001%); Abstención: 2.095.015 (1,650%); Total votos emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 2.- Aprobar la aplicación del resultado de Enagás, S.A. en el ejercicio 2008, que asciende a un beneficio neto de 255.396.035,70 euros, según la siguiente propuesta de distribución formulada por el Consejo de Administración: Distribución (en Euros): Reserva legal: 0; Reserva voluntaria: 100.065.738,40; Dividendo: 155.330.297,66; Total Resultados: 255.396.035,70 euros.
Efectuar el pago de un dividendo complementario en la cuantía de 93.259.390,06 euros. Dicha cifra resulta de deducir del dividendo total del ejercicio, 155.330.297,66 euros, el dividendo a cuenta que, por importe de 62.070.907,60 euros, fue acordado por el Consejo de Administración de 22 de diciembre de 2008 y pagado a los accionistas el día 12 de enero de 2009.
El pago del dividendo complementario se efectuará el día 2 de julio de 2009.
El dividendo total del ejercicio cuya aprobación se propone, de acuerdo con el párrafo anterior, supone 0,650641 euros brutos por acción.
Deducido el dividendo a cuenta ya pagado, que ascendió a 0,26 euros brutos por acción, procede ahora abonar la cantidad de
0,390641 euros por acción, cantidad de la que se deducirán los impuestos legalmente procedentes.
ACUERDO 3.- Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Enagás, S.A. durante el ejercicio 2008. - El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 125.629.385 (98,947%); En contra: 1.213.140 (0,955%); Abstención: 124.309 (0,098%); Total votos emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 4.- Reelegir como Auditor de Cuentas de Enagás S.A. y de su Grupo Consolidado a la Sociedad Deloitte S.L., por el período legalmente establecido de una anualidad. Se le encomienda igualmente la realización de los demás servicios de Auditoría exigidos por la Ley que precisare la Sociedad hasta la celebración de la próxima Junta General Ordinaria.
ACUERDO 5.- 5.1.- Reelegir por el período estatutario de cuatro años a Don Salvador Gabarró Serra como Consejero Dominical, a propuesta del Accionista Gas Natural SDG, S.A.
5.2.- Reelegir por el período estatutario de cuatro años de Don Ramón Pérez Simarro como Consejero Independiente.
5.3.-. Reelegir por el período estatutario de cuatro años de Don Martí Parellada Sabata como Consejero Independiente.
5.4.- Ratificar y nombramiento, en su caso, de los Consejeros que el Consejo pudiera nombrar por cooptación para cubrir vacantes que se produjeran después de la convocatoria de la Junta.
Desde la fecha en que el Consejo de Administración acordó convocar la presente Junta General de Accionistas no se ha producido en su seno nombramiento alguno de nuevos Consejeros por cooptación por lo que no ha lugar a la adopción de ningún acuerdo al respecto por la Junta.
5.5.- Fijar, tras las tres reelecciones acordadas y dentro de los límites estatutarios, el número de miembros del Consejo de Administración en 16.
ACUERDO 6.- La Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 36 de los Estatutos Sociales, acuerda fijar, como retribución total máxima a percibir por los miembros del Consejo de Administración para el año 2009, la cantidad de 1.249.733 euros, que será objeto de reparto conforme a las bases y criterios que a continuación se enumeran:
A cada miembro del Consejo que asista a un mínimo de dos sesiones durante el ejercicio le corresponderá una cantidad de 22.050 euros.
Además, la asistencia efectiva a las sesiones será retribuida con un máximo de 42.446 euros anuales por Consejero. El Consejo de Administración determinará la cantidad concreta por asistencia, personal o por representación, a cada sesión.
Asimismo, la pertenencia a las Comisiones llevará consigo una cantidad de 11.025 euros anuales, y la Presidencia de cualquiera de estas Comisiones, una cantidad adicional de 5.513 euros anuales.
El desempeño del cargo de Vicepresidente del Consejo de Administración será retribuido con una cantidad adicional de 32.025 euros anuales.
Las cantidades anteriores son independientes de las retribuciones y sueldos que adicionalmente puedan corresponder por relaciones laborales o de servicios que presten los miembros del Consejo, así como del derecho al abono o reembolso de los gastos en que incurran los Consejeros por el desempeño de sus cargos.
El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 126.737.535 (99,819%); En contra: 225.958 (0,178%); Abstención: 3.341 (0,003%); Total Votos Emitidos: 126.966.834.
ACUERDO 7.- Facultar al Consejo de Administración para que pueda emitir, bien directamente o a través de filiales con la garantía de la Sociedad, en una o varias veces, hasta un importe nominal de tres mil millones de euros (3.000.000.000 euros), o cantidad equivalente en otra divisa, en valores de renta fija, en cualesquiera de las formas admitidas en derecho y entre ellas la de bonos, cédulas, pagarés y obligaciones, simples o con garantía de cualquier clase, incluso hipotecaria, representados por títulos o por anotaciones en cuenta. Los valores que se emitan podrán o no ser canjeables por acciones preexistentes o por
acciones de nueva emisión de la Sociedad o de otras sociedades, y de ser canjeables, podrán serlo necesaria o voluntariamente, y en este último caso, a opción del titular de los valores o del emisor, o incorporar un derecho de opción de compra sobre las mencionadas acciones. Los valores podrán emitirse en territorio nacional o en el extranjero, conforme a la legislación nacional o extranjera, según se trate y solicitar su admisión a cotización en mercados secundarios españoles o extranjeros. Se faculta igualmente al Consejo paras que pueda solicitar la admisión a cotización de los valores que se emitan en los mercados secundarios españoles o extranjeros que se considere necesario, con sujeción a las normas sobre admisión, permanencia y, en su caso, exclusión de cotización, que corresponda.
Se faculta al Consejo de Administración para fijar libremente las restantes condiciones de la emisión o emisiones, así como el carácter de perpetua o amortizable de cada emisión, y en este último caso el plazo de amortización, todo ello siempre dentro de los límites legales y, en general, realizar sin limitación alguna cuantos actos públicos o privados resulten precisos o el Consejo de Administración estime conveniente para la ejecución del presente acuerdo, así como, en su caso, designar al Comisario y aprobar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones entre el Emisor y el sindicato de tenedores de valores que se emitan.
El Consejo de Administración podrá hacer uso de las facultad que se delega dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de adopción del presente acuerdo por la Junta General de Accionistas, al término de los cuales quedará cancelada por caducidad la parte que no haya siso ejercitada.
Se deja sin efecto el Acuerdo 11, de similar contenido, aprobado por la Junta General de Accionistas el 11 de mayo de 2007.
El acuerdo fue adoptado con los siguientes resultados en la votación: A favor: 122.156.915 (96,212%); En contra: 913.447 (0,719%); Abstención: 3.896.472 (3,069 %); Total Votos Emitidos: 126.966.834.
PUNTO 8.-Presentación del Informe explicativo sobre los elementos contemplados en el artículo 116 bis de la Ley de Mercado de Valores.
ACUERDO 9.- Primero.- Delegar en el Consejo de Administración, con la mayor amplitud posible, cuantas facultades fueran precisas para complementar, desarrollar, ejecutar y subsanar cualquiera de los acuerdos adoptados por la Junta General. La facultad de subsanar comprenderá la facultad de hacer cuantas modificaciones, enmiendas y adiciones fueran necesarias o convenientes como consecuencia de reparos u observaciones suscitados por los organismos reguladores de los mercados de valores, las Bolsas de Valores, el Registro Mercantil y cualquier otra autoridad pública con competencias relativas a los acuerdos adoptados.
Segundo.-Delegar indistintamente en el Presidente del Consejo de Administración, Don Antonio Llardén Carratalá, y en el Secretario, Don Rafael Piqueras Bautista, las facultades necesarias para formalizar los acuerdos adoptados por la Junta General e inscribir los que estén sujetos a este requisito, en su totalidad o en parte, pudiendo al efecto otorgar toda clase de documentos públicos o privados, incluso para el complemento o subsanación de tales acuerdos.
E.9 Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la Junta General.
SI
Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General 100
De conformidad con el artículo 27 de los Estatutos Sociales y el 10 del Reglamento de la Junta, todo Accionista con derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que no necesitará ser Accionista y utilizando la fórmula de delegación prevista por la Sociedad para cada Junta que constará en la tarjeta de asistencia. Un mismo Accionista no podrá estar representado en la Junta por más de un representante.
La representación deberá conferirse por escrito o por cualquier medio de comunicación a distancia admitido por la Ley, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce la representación, y con carácter especial para cada Junta. La representación es siempre revocable.
La asistencia personal a la Junta del representado tendrá valor de revocación de la representación otorgada y deberá comunicársele puntualmente al representante, a fin de que no ejercite una representación de la que carece.
E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política de los inversores institucionales de participar o no en las decisiones de la sociedad:
NO
E.12 Indique la dirección y modo de acceso al contenido de gobierno corporativo en su página Web.
Toda la información sobre Gobierno Corporativo de Enagás, S.A. está a disposición del público en su página web (www.enagas.es / www.enagas.com).
La ruta de acceso a dicha información es la siguiente: En Español: Página Principal - Accionistas e Inversores - Gobierno Corporativo. En Inglés: Investor Relations - Corporate Governance.
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código Unificado de buen gobierno. En el supuesto de no cumplir alguna de ellas, explique las recomendaciones, normas, prácticas o criterios, que aplica la sociedad.
Ver epígrafes: A.9, B.1.22, B.1.23 y E.1, E.2
un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos en el Gestor Técnico del Sistema por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A efectos de computar la participación en dicho accionariado, se atribuirán a una misma persona física o jurídica, además de las acciones y otros valores poseídos o adquiridos por las entidades pertenecientes a su mismo grupo, tal y como éste se define en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, aquellas cuya titularidad corresponda:
a) A las personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de aquélla, de forma concertada o formando con ella una unidad de decisión. Se entenderá, salvo prueba en contrario, que actúan por cuenta de una persona jurídica o de forma concertada con ella los miembros de su órgano de administración.
b) A los socios junto a los que aquélla ejerza el control sobre una entidad dominada conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
En todo caso, se tendrá en cuenta tanto la titularidad dominical de las acciones y demás valores como los derechos de voto que se disfruten en virtud de cualquier título.
El incumplimiento de la limitación en la participación en el capital a la que se refiere el presente artículo se considerará infracción muy grave a los efectos señalados en el artículo 109 de la presente Ley, siendo responsables las personas físicas o jurídicas que resulten titulares de los valores o a quien resulte imputable el exceso de participación en el capital o en los derechos de voto, de conformidad con lo dispuesto en los párrafos anteriores. En todo caso, será de aplicación el régimen sancionador previsto en dicha Ley.
La Comisión Nacional de Energía estará legitimada para el ejercicio de la acciones legales tendentes a hacer efectivas las limitaciones impuestas en este precepto.
En concordancia con la mencionada previsión legal, el artículo 6 bis (Limitación a la participación en el capital social y al ejercicio de derechos políticos) de los Estatutos Sociales de Enagás, S.A. establece lo siguiente: Ninguna persona física o jurídica podrá participar directa o indirectamente en el accionariado de la Sociedad en una proporción superior al 5 por 100 del capital social, ni ejercer derechos políticos por encima del 3 por 100. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto. Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector gasista y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente participen en el capital de éstos en más de un 5 por 100, no podrán ejercer derechos políticos por encima del 1 por 100. Dichas limitaciones no serán aplicables a la participación directa o indirecta correspondiente al sector público empresarial. Las participaciones en el capital social no podrán sindicarse a ningún efecto.
Asimismo, la suma de participaciones directas o indirectas, de los sujetos que realicen actividades en el sector de gas natural, no podrá superar el 40 por 100.
A los efectos de computar la participación en el accionariado de la Sociedad se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional Vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Es por ello que, al existir una limitación expresa legal y estatutaria al ejercicio de los derechos de voto, Enagás, S.A. no puede acoger la recomendación de no limitar el número de voto que pueda emitir un mismo Accionista.
Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:
a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo;
b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Ver epígrafes: C.4 y C.7
a) La transformación de sociedades cotizadas en compañías holding, mediante "filialización" o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas;
b) La adquisición o enajenación de activos operativos esenciales, cuando entrañe una modificación efectiva del objeto social;
c) Las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la sociedad.
a) Al nombramiento o ratificación de consejeros, que deberán votarse de forma individual;
b) En el caso de modificaciones de Estatutos, a cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente independientes.
Ver epígrafe: E.8
Ver epígrafe: E.4
Y que vele asimismo para que en sus relaciones con los grupos de interés (stakeholders) la empresa respete las leyes y reglamentos; cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos; respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad; y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad social que hubiera aceptado voluntariamente.
a) Las políticas y estrategias generales de la sociedad, y en particular:
v) La política de responsabilidad social corporativa;
vi) La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos;
vii) La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.
viii) La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites.
Ver epígrafes: B.1.10, B.1.13, B.1.14 y D.3
i) A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización.
ii) La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.
Ver epígrafe: B.1.14
iii) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente.
iv) Las inversiones u operaciones de todo tipo que, por su elevada cuantía o especiales características, tengan carácter estratégico, salvo que su aprobación corresponda a la Junta General;
v) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo.
c) Las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados ("operaciones vinculadas").
Esa autorización del Consejo no se entenderá, sin embargo, precisa en aquellas operaciones vinculadas que cumplan simultáneamente las tres condiciones siguientes:
1ª. Que se realicen en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas y se apliquen en masa a muchos clientes;
2ª. Que se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate;
3ª. Que su cuantía no supere el 1% de los ingresos anuales de la sociedad.
Se recomienda que el Consejo apruebe las operaciones vinculadas previo informe favorable del Comité de Auditoría o, en su caso, de aquel otro al que se hubiera encomendado esa función; y que los consejeros a los que afecten, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, se ausenten de la sala de reuniones mientras el Consejo delibera y vota sobre ella.
Se recomienda que las competencias que aquí se atribuyen al Consejo lo sean con carácter indelegable, salvo las mencionadas en las letras b) y c), que podrán ser adoptadas por razones de urgencia por la Comisión Delegada, con posterior ratificación por el Consejo en pleno.
Ver epígrafes: C.1 y C.6
No se incluyó la presente Recomendación, de reducir el número de Consejeros a entre cinco (5) y quince (15), que recomienda el Código Unificado, que requeriría modificar los Estatutos Sociales de la Compañía, que establecen en su artículo 35 los límites de seis (6) y diecisiete (17) Consejeros, porque se consideró que atendiendo a las limitaciones legales de capital social, la estructura del Consejo de Admistración debe estar preparada para dar cabida a representantes de posibles Accionistas, pero sin que ello suponga una disminución de una deseable proporción de Independientes.
el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad. Ver epígrafes: A.2, A.3, B.1.3 y B.1.14
Este criterio de proporcionalidad estricta podrá atenuarse, de forma que el peso de los dominicales sea mayor que el que correspondería al porcentaje total de capital que representen:
1º En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas o nulas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas, pero existan accionistas, con paquetes accionariales de elevado valor absoluto.
2º Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el Consejo, y no tengan vínculos entre sí.
Ver epígrafes: B.1.3, A.2 y A.3
a) Los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras;
b) La compañía busque deliberadamente, e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Ver epígrafes: B.1.2, B.1.27 y B.2.3
Hasta la fecha de elaboración del presente Informe, del total de dieciséis (16) miembros del Consejo de Administración de Enagás, S.A., sólo uno de ellos es mujer, Doña María Teresa García-Milá LLoveras, por lo que Enagás, S.A. ha detectado que debería incentivar y procurar la presencia femenina en los casos de presentarse alguna vacante en el Consejo, especialmente para puestos Independientes.
En línea con lo expuesto, el Consejo durante los ejercicios 2008 y 2009 ya viene adoptando iniciativas dirigidas a corregir la desigualdad de género. En concreto, el artículo 8 del Reglamento del Consejo, incorpora expresamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres que formula el Código Unificado. Dicho precepto establece que los procedimientos de selección no adolecerán de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de Consejeras. La Sociedad buscará e incluirá entre los potenciales candidatos mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.
Ver epígrafe: B.1.42
Ver epígrafe: B.1.21
a) Se ajusten a la letra y al espíritu de las Leyes y sus reglamentos, incluidos los aprobados por los organismos reguladores;
b) Sean conformes con los Estatutos de la sociedad y con los Reglamentos de la Junta, del Consejo y demás que tenga la compañía;
c) Tengan presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código Unificado que la compañía hubiera aceptado.
Y que, para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombramiento y cese sean informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo; y que dicho procedimiento de nombramiento y cese conste en el Reglamento del Consejo.
Ver epígrafe: B.1.34
Ver epígrafe: B.1.29
Durante el ejercicio 2009 se han tratado de evitar las inasistencias de los Consejeros a los casos estrictamente necesarios, ascendiendo a dieciséis (16) el número total de inasistencias, y teniendo en cuenta que el Consejo se reunió en doce (12) ocasiones, ello representó el 8% del total de votos durante el ejercicio y en todos los casos, los Consejeros no presentes delegaron en el Presidente u otro miembro del Consejo el sentido del voto.
a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo;
b) Partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos, el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y por el primer ejecutivo de la compañía;
c) El funcionamiento de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven.
Ver epígrafe: B.1.19
a) Que los consejeros informen a la Comisión de Nombramientos de sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación exigida;
b) Que las sociedades establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros.
Ver epígrafes: B.1.8, B.1.9 y B.1.17
El apartado a) del artículo 13 del Reglamento del Consejo de Administración (Deber de diligente administración) establece que los Consejeros informarán a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de sus restantes obligaciones profesionales por si pudieran interferir con la dedicación exigida. La Sociedad podrá establecer límites al número de Consejos de los que puedan formar parte sus Consejeros si ello pudiera también interferir en la dedicación exigida.
El Reglamento del Consejo de Enagás, S.A. no limita de forma cuantitativa la pertenencia de sus Consejeros a otros Consejos de Administración, pero sí incorpora expresamente el contenido previsto en la presente Recomendación.
a) A propuesta de la Comisión de Nombramientos, en el caso de consejeros independientes.
b) Previo informe de la Comisión de Nombramientos, en el caso de los restantes consejeros.
Ver epígrafe: B.1.2
a) Perfil profesional y biográfico;
b) Otros Consejos de administración a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas;
c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca según corresponda, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de los posteriores, y;
e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sea titular.
Ver epígrafe: B.1.2
Ver epígrafes: A.2, A.3 y B.1.2
El artículo 12.2.f) del Reglamento del Consejo contempla que los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, cuando el Accionista al que representen los Consejeros Dominicales venda íntegramente su participación accionarial. También lo harán, en el número que corresponda, cuando dicho Accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de Consejeros Dominicales.
En los supuestos contemplados en las letras d), e) y f) del citado artículo 12.2, si el Consejo de Administración no considerase conveniente que el Consejero formalice su renuncia, éste deberá ser incluido en la categoría que, conforme al presente Reglamento, corresponda en función de sus nuevas circunstancias.
Analizando el grado de cumplimiento de la presente Recomendación, Don Luis Javier Navarro Vigil es Otro Consejero Externo
desde el 15 de noviembre de 2006, fecha en que el accionista BP España, S.A.U. que propuso el nombramiento como Consejero Dominical vendió su total participación en el capital de la Sociedad. No obstante, no es considerado Independiente por mantener o haber mantenido una relación de negocios importe con la Sociedad.
Ello no obstante, se consideró oportuno incluir a Don Luis Javier Navarro Vigil en la categoría de Otro Consejero Externo, por no darse todas las condiciones que para la calificación de Consejero Independiente establece el Código Unificado de Buen Gobierno en relación con la Orden ECO/3722/2003, de 26 de diciembre y la Circular 4/2007, de 27 de diciembre, de la CNMV.
También podrá proponerse el cese de consejeros independientes de resultas de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad cuando tales cambios en la estructura del Consejo vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la Recomendación 12.
Ver epígrafes: B.1.2, B.1.5 y B.1.26
Que si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examine el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decida si procede o no que el consejero continúe en su cargo. Y que de todo ello el Consejo de cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.
Ver epígrafes: B.1.43 y B.1.44
Y que cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta Recomendación alcanza también al Secretario del Consejo, aunque no tenga la condición de consejero.
Ver epígrafe: B.1.5
a) Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen;
b) Conceptos retributivos de carácter variable, incluyendo, en particular:
i) Clases de consejeros a los que se apliquen, así como explicación de la importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos.
ii) Criterios de evaluación de resultados en los que se base cualquier derecho a una remuneración en acciones, opciones sobre acciones o cualquier componente variable;
iii) Parámetros fundamentales y fundamento de cualquier sistema de primas anuales (bonus) o de otros beneficios no satisfechos en efectivo; y
iv) Una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que dará origen el plan retributivo propuesto, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.
c) Principales características de los sistemas de previsión (por ejemplo, pensiones complementarias, seguros de vida y figuras análogas), con una estimación de su importe o coste anual equivalente.
d) Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos, entre las que se incluirán:
i) Duración;
ii) Plazos de preaviso; y
iii) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo.
Ver epígrafe: B.1.15
Esta recomendación no alcanzará a la entrega de acciones, cuando se condicione a que los consejeros las mantengan hasta su cese como consejero.
Ver epígrafes: A.3 y B.1.3
Cumple
Dicho informe se centrará especialmente en la política de retribuciones aprobada por el Consejo para el año ya en curso, así como, en su caso, la prevista para los años futuros. Abordará todas las cuestiones a que se refiere la Recomendación 35, salvo aquellos extremos que puedan suponer la revelación de información comercial sensible. Hará hincapié en los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio pasado al que se refiera la Junta General. Incluirá también un resumen global de cómo se aplicó la política de retribuciones en dicho ejercicio pasado.
Que el Consejo informe, asimismo, del papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones en la elaboración de la política de retribuciones y, si hubiera utilizado asesoramiento externo, de la identidad de los consultores externos que lo hubieran prestado.
Ver epígrafe: B.1.16
El Consejo de Administración de la Sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de los Estatutos Sociales, propone anualmente a la Junta General de Accionistas la retribución máxima que corresponde a los Consejeros por el desempeño de su cargo, así como el desglose por asistencias y por pertenencia a sus Comisiones, por Presidencia de dichas Comisiones y por el desempeño de la Vicepresidencia del Consejo.
La retribución del Presidente por el desempeño de sus funciones ejecutivas es aprobada por el Consejo de Administración.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones informa al Consejo acerca de todas las propuestas relativas a la política de retribuciones.
Durante el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no consideró necesario utilizar asesoramiento externo en la elaboración de la política de retribuciones de los Consejeros.
a) El desglose individualizado de la remuneración de cada consejero, que incluirá, en su caso:
i) Las dietas de asistencia u otras retribuciones fijas como consejero;
ii) La remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del Consejo;
iii) Cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron;
iv) Las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida;
v) Cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de sus funciones;
vi) Las remuneraciones percibidas como consejero de otras empresas del grupo;
vii) Las retribuciones por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos; viii) Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su omisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales percibidas por el consejero.
b) El desglose individualizado de las eventuales entregas a consejeros de acciones, opciones sobre acciones o cualquier otro instrumento referenciado al valor de la acción, con detalle de:
i) Número de acciones u opciones concedidas en el año, y condiciones para su ejercicio;
ii) Número de opciones ejercidas durante el año, con indicación del número de acciones afectas y el precio de ejercicio;
iii) Número de opciones pendientes de ejercitar a final de año, con indicación de su precio, fecha y demás requisitos de ejercicio;
iv) Cualquier modificación durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas. c) Información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros ejecutivos y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad.
Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.6
Que las reglas de composición y funcionamiento del Comité de Auditoría y de la Comisión o comisiones de Nombramientos y Retribuciones figuren en el Reglamento del Consejo, e incluyan las siguientes:
a) Que el Consejo designe los miembros de estas Comisiones, teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada Comisión; delibere sobre sus propuestas e informes; y ante él hayan de dar cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a sus reuniones, de su actividad y responder del trabajo realizado;
b) Que dichas Comisiones estén compuestas exclusivamente por consejeros externos, con un mínimo de tres. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la asistencia de consejeros ejecutivos o altos directivos, cuando así lo acuerden de forma expresa los miembros de la Comisión.
c) Que sus Presidentes sean consejeros independientes.
d) Que puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
e) Que de sus reuniones se levante acta, de la que se remitirá copia a todos los miembros del Consejo. Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.3
Cumple
a) Los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales...) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance;
b) La fijación del nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable;
c) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse;
d) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance. Ver epígrafes: D
1º En relación con los sistemas de información y control interno:
a) Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la sociedad y, en su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
b) Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.
c) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
d) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.
a) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.
Ver epígrafes: B.1.35, B.2.2, B.2.3 y D.3
a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.
b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo. c) Las operaciones vinculadas, salvo que esa función de informe previo haya sido atribuida a otra Comisión de las de supervisión y control.
Ver epígrafes: B.2.2 y B.2.3
Ver epígrafe: B.1.38
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.
b) Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.
c) Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.
d) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género señaladas en la Recomendación 14 de este Código.
Ver epígrafe: B.2.3
Las funciones y competencias de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Enagás, S.A. se contemplan en los artículos 45 de los Estatutos Sociales y 25 del Reglamento del Consejo y se detallan en el epígrafe B.2.3 del presente Informe. Cumple la Recomendación prevista en el apartado c), pues dichos preceptos le atribuyen la función de informar los nombramientos y ceses de las personas que integran la Alta Dirección y, en su caso, aprobar las condiciones especiales de sus contratos.
Sin embargo, las funciones contempladas en los apartados a), b) y d) de la presente Recomendación sólo se cumplen parcialmente, pues aunque en la práctica la Comisión de Nombramientos y Retribuciones procure cumplirlas, los mencionados preceptos contemplan, entre otras, funciones relacionadas con las sugeridas, pero no idénticas y que son, entre otras las siguientes:
Establecer los criterios de retribución de los Consejeros de la Sociedad, dentro de lo previsto en los Estatutos y de acuerdo con lo que señale la Junta General, así como velar por la transparencia de las retribuciones.
Establecer la política general de remuneración de los Directivos de Enagás, S.A., dando cuenta de ello al Consejo de Administración, así como las directrices relativas al nombramiento, selección, carrera, promoción y despido de Altos Directivos, a fin de asegurar que la Sociedad dispone, en todo momento, del personal de alta cualificación adecuado para la gestión de sus actividades.
Revisar la estructura del Consejo de Administración, criterios que deban informar la renovación estatutaria de los Consejeros, la incorporación de nuevos miembros y cualquier otro aspecto relativo a su composición que considere conveniente, formulando al Consejo de Administración las propuestas que considere necesarias.
Formular y revisar los criterios que deban seguirse para la composición del Consejo de Administración y para la selección de quienes hayan de ser propuestos para el cargo de Consejero.
Informar, con criterios de objetividad y adecuación al interés social, de las propuestas de nombramiento, reelección y ratificación de Consejeros, así como las de nombramiento de los miembros de cada una de las Comisiones del Consejo.
Elevar al Consejo de Administración las propuestas relativas a la estructura organizativa de la Sociedad y a la creación de puestos de Alta Dirección que considere necesarias para una mejor y más eficaz gestión de la Sociedad.
Aprobar las retribuciones de la Alta Dirección, siempre que éstas no se aparten de los criterios establecidos en la política general de remuneración de Directivos.
Que la Comisión de Nombramientos consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la Comisión de Nombramientos que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
i) La política de retribución de los consejeros y altos directivos;
ii) La retribución individual de los consejeros ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos.
iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
b) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
Ver epígrafes: B.1.14 y B.2.3
Cumple
Si considera que existe algún principio o aspecto relevante relativo a las prácticas de gobierno corporativo aplicado por su sociedad, que no ha sido abordado por el presente Informe, a continuación, mencione y explique su contenido.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.2: Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio: - Gas Natural SDG, S.A. el 23 de junio de 2009 notificó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (en adelante, denominada la CNMV) la autorización de la Comisión Nacional de la Competencia (en adelante, denominada la CNC) para la transmisión de 11.936.702 acciones, representativas del 5 por ciento del capital social de Enagás, S.A., al que ascendía su participación directa en Enagás, S.A., a Oman Oil Holdings Spain, S.L.U., filial íntegramente participada por Oman Oil Company S.A.O.C., perdiendo así Gas Natural SDG, S.A. la condición de partícipe significativo de Enagás, S.A. desde el 25 de junio de 2009, fecha en que Oman Oil Holdings Spain, S.L.U. comunicó a la CNMV la adquisición de la mencionada participación significativa en Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.3: Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad, que posean derechos sobre acciones de la Sociedad: - En el cuadro al final del presente apartado, referido al número de derechos de opción directos e indirectos, y al número de acciones equivalentes, se incluyen todos los consejeros que poseen derechos de voto de las acciones de Enagás, S.A., con la excepción de Don Said Mohamed Abdulah Al Masoudi, que sólo posee una acción de Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO A.5: Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societarias que existan entre los titulares de participaciones significativas y la Sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario: - Mencionamos otras transacciones de Enagás, S.A. con el GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. que fue Partícipe Significativo de la Compañía y Parte Vinculada, de conformidad con lo dispuesto en el apartado d) del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004), hasta la fecha de 25 de junio de 2009, fecha en que vendió sus 11.936.702 acciones, representativas del 5 por ciento del capital social de Enagás, S.A., a Oman Oil Holdings Spain, S.L.U., filial íntegramente participada por Oman Oil Company S.A.O.C.
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora S.A., Gas Natural S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de Acceso de Terceros a la Red (ATR), de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a
31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3). Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes:
Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros.
Se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros.
Se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR PRESTADOS AL GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A.: 198.253,81 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.2: Complete el siguiente cuadro con los miembros del Consejo: - Que en el Consejo de Administración de fecha 27 de julio de 2009, el Consejero persona jurídica BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK), comunica su decisión de sustituir a Don Xabier de Irala Estévez por Don Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara, en su condición de representante en el Consejo de Enagás, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.6: Indique, en el caso de que existe, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s: No existe Consejero Delegado.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.8: Detalle, en su caso, los Consejeros de su Sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras Entidades Cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la Sociedad: - Don José Luis Olivas Martínez, representante del Consejero Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (BANCAJA) es Consejero de IBERDROLA, S.A., Presidente del Consejo Consultivo de IBERDROLA, S.A. en la Comunidad Valenciana y fue Consejero de ABERTIS INFRAESTRUCTURAS, S.A. hasta el 24 de noviembre de 2009.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.9: Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus Consejeros: - El artículo 13 del Reglamento del Consejo establece que la Sociedad podrá establecer límites al número de Consejos de los que pueden formar parte sus Consejeros si ello pudiera también interferir en la dedicación exigida. Asimismo, recoge las obligaciones los Consejeros informarán a la Comisión de Nombramientos y retribuciones de sus restantes obligaciones profesionales por si pudieran interferir con la dedicación exigida.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.11: Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los Consejeros devengada durante el ejercicio: - El concepto Otros del apartado B.1.11.a) incluye la cantidad de 77 miles de euros que percibió el Presidente en concepto de retribución en especie.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.16: Indique el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado. - La Comisión de Nombramientos y Retribuciones de Enagás, S.A. no ha utilizado asesoramiento externo durante el ejercicio 2009.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.17: Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, Directivos o Empleados de Sociedades que ostenten Participaciones Significativas en la Sociedad Cotizada y/o en entidades de su Grupo: - Don Manuel Menéndez Menéndez, representante del Consejero PEÑA RUEDA, S.L.U. es Presidente de Caja de Ahorros de Asturias (CAJASTUR).
Don José Luis Olivas Martínez, representante del Consejero Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (BANCAJA), es Presidente de BANCAJA.
Don Enrique Martínez Robles, representante del Consejero Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), es Presidente de SEPI.
Don Joseba Andoni Aurrekoetxea Bergara, representante del Consejero Bilbao Bizkaia Kutka (BBK) desde el 27 de julio de 2009, es Presidente de la Comisión de Control de BBK.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.22: Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión: - No se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales. Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos: - El
artículo 39 de los Estatutos Sociales y el artículo 7 del Reglamento del Consejo establecen que el Consejo de Administración queda válidamente constituido cuando concurren al mismo, al menos, la mitad más uno de los presentes o representados, salvo en el caso de falta de convocatoria, en que se requiere la asistencia de todos los miembros. Los mencionados preceptos establecen que los acuerdos se adoptan con el voto de la mayoría absoluta de los Consejeros concurrentes o representados, independientemente del tipo de decisión de que se trate, salvo en el caso de la votación por escrito y sin sesión, que sólo será admitida cuando ningún Consejero se oponga a este procedimiento y se cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento del Registro Mercantil.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.1.40: Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la Sociedad como de su Grupo, y que hayan sido comunicadas a la Sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan: - Don Manuel Menéndez Menéndez, representante de Peña Rueda, S.L. en el Consejo de Enagás, S.A., como persona física ostenta los cargos de Presidente del Consejo de Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A. (H.C.), Presidente Consejo de NATURGÁS ENERGÍA GRUPO, S.A. y miembro del Consejo de EDP RENOVABLES, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO B.2.3: Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las Comisiones del Consejo. Ante la imposibilidad técnica de incorporar toda la información en el apartado B.2.3 del formulario, se reproduce a continuación el resto del texto. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO:
e) En relación con el Gobierno Corporativo: - Examinar el cumplimiento del Código Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores, vigente en cada momento, del Reglamento del Consejo y, en general, de las reglas de gobierno de la Sociedad, y hacer las propuestas necesarias para su mejora. En el ejercicio de esta función la Comisión de Auditoría y Cumplimiento actuará en coordinación con la Comisión de Nombramientos y Retribuciones cuando se refiera al cumplimiento de dicho código por parte de los Consejeros y Directivos de la Sociedad.
Elaborar un Informe Anual sobre las Actividades de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento que formará parte del Informe Anual de Gobierno Corporativo.
Participar en la elaboración del Informe Anual de Gobierno Corporativo, especialmente en lo relativo a transparencia informativa y conflictos de intereses.
f) En relación con los Accionistas: - Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en su seno en materia de su competencia.
NOTAS ACLARATORIAS DE LOS APARTADOS A.4, B.1.4, B.1.6, B.1.7, B.1.17, B.1.36 Y B.2.6: No se han cumplimentado, por no darse ninguno de los supuestos contemplados en ENAGÁS, S.A.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO C.2: Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la Sociedad o entidades de su Grupo, y los Accionistas Significativos de la Sociedad. - Por un lado, dentro de las transacciones entre Enagás, S.A. y sus Accionistas Significativos, aclarar que Caja de Ahorros de Asturias (CAJASTUR) participaba con 65.000 miles de euros en el préstamo modalidad CLUB DEAL firmado con fecha 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009. A ello nos referimos en el apartado C.2 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por ese mismo importe.
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora S.A., Gas Natural S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de Acceso de Terceros a la Red (ATR), de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3). Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes:
Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros.
Se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros.
Se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR PRESTADOS AL GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A.: 198.253,81 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO C.3: Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la Sociedad o entidades de su Grupo, y los Administradores o Directivos de la Sociedad:
OPERACIONES CON BILBAO BIZKAIA KUTXA (BBK): Enagás, S.A. tiene contratada una línea de crédito con BBK, por importe de 12.000 miles de euros. También tiene contratado con BBK un préstamo, por importe de 50.000 miles de euros con vencimiento a un año. Enagás S.A. tiene suscrito con BBK un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008-enero 2010, por importe de 30.000 miles de euros. A ello nos referimos en el apartado C.3 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por importe de 92.000 miles de euros. Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con BBK en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las habituales de mercado.
OPERACIONES CON CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE (BANCAJA): Enagás, S.A. tiene abierta una línea de crédito con BANCAJA, por importe de 6.000 miles de euros y, además, tiene suscrito con Bancaja un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008-enero 2010, por importe de 50.000 miles de euros. A ello nos referimos en el apartado C.3 del presente Informe, al identificar la operación comercial acuerdo de financiación: préstamos y aportaciones de capital (prestatario), por importe de 56.000 miles de euros. Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con BANCAJA en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las de mercado.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado a del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004, que contempla las operaciones con los Administradores, los Directivos y los familiares próximos de unos y otros:
1) MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Las dietas por asistencia percibidas por los miembros del Consejo de Administración ascendieron, a 31 de diciembre de 2009, a la cantidad total de 1.155 miles de euros.
La retribución correspondiente a cada uno de los miembros del Consejo de Administración a fecha de 31 de diciembre de 2009 se desglosa en la siguiente relación (en miles de euros):
NOMBRE O DENOMINACIÓN SOCIAL DE LOS ADMINISTRADORES E IMPORTES (EN MILES DE EUROS) DE SU RETRIBUCIÓN DURANTE EL EJERCICIO 2009:
DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ: 1.621
DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ: 64
BBK (BILBAO BIZKAIA KUTXA): 72
BANCAJA (CAJA DE AHORROS DE VALENCIA, CASTELLÓN Y ALICANTE): 108.
DON CARLOS EGEA KRAUEL: 26
DON SALVADOR GABARRÓ SERRA: 21
DOÑA TERESA GARCÍA-MILÁ LLOVERAS: 76
DON MIGUEL ÁNGEL LASHERAS MERINO: 64
DON DIONISIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ: 78
DON LUIS JAVIER NAVARRO VIGIL: 76
DON MARTÍ PARELLADA SABATA: 81
PEÑA RUEDA, S.L.U.: 64 DON RAMÓN PÉREZ SIMARRO: 76 DON JOSÉ RIVA FRANCOS: 64 SAGANE INVERSIONES, S.L.: 49 SAID AL MASOUDI: 23 SEPI (SOCIEDAD ESTATAL DE PARTICIPACIONES INDUSTRIALES): 73 DON ANTONIO TÉLLEZ DE PERALTA: 76
Se puede comprobar que en el cómputo del total de dietas por asistencia (1.155 miles de euros), se tuvieron en cuenta además, las dietas percibidas por los Consejeros que dimitieron durante el ejercicio 2009. En concreto, las percibidas por Don CARLOS EGEA KRAUEL, por importe de 26 miles de euros, percibidas por la asistencia a sesiones hasta la fecha de su dimisión, esto es, hasta el 27 de abril de 2009; y también las percibidas por Don SALVADOR GABARRÓ SERRA, por importe de 21 miles de euros, percibidas por la asistencia a sesiones hasta la fecha de su dimisión, esto es, hasta el 7 de abril de 2009. - Asimismo, para calcular las dietas percibidas por los consejeros que sustituyeron a los dos anteriores, se tuvieron en cuenta las fechas en que comenzaron a ser miembros del Consejo, esto es, SAGANE INVERSIONES, S.L. desde el 27 de abril de 2009 y el SR. SAID AL MASOUDI desde el 27 de julio de 2009 (el primero sustituyó a Don Carlos Egea y el segundo a Don Salvador Gabarró).
Por otro lado, la retribución del Presidente del Consejo, DON ANTONIO LLARDÉN CARRATALÁ, que asciende a la cantidad de 1.621 miles de euros, incluye tanto la retribución fija como la variable, las dietas por asistencia, así como otros conceptos de retribución en especie. No se incluyen en dicha cantidad los beneficios por aportaciones a fondos y planes de pensiones ni los beneficios por obligaciones contraidas en fondos y planes de pensiones. Para un mayor detalle por conceptos retributivos, consultar el Apartado B.1.11 del presente Informe.
Las retribuciones percibidas por la ALTA DIRECCIÓN de la Compañía ascendieron, a 31 de diciembre de 2009, a la cantidad de 2.450 miles de euros. Se incluye dentro de esta partida, la retribución percibida por el Comité de Dirección y por el Responsable de Auditoría Interna de Enagás, S.A. Para una mayor información, consultar el Apartado B.1.12 del presente Informe.
Enagás, S.A. tiene contratada con Caja Murcia:
1) Una línea de crédito, por importe de 35.000 miles de euros.
2) Una línea de avales, por importe de 6.000 miles de euros.
Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con Caja Murcia en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las habituales de mercado.
Entre otras operaciones con otras partes vinculadas (apartado d del punto cuarto.1 de la Orden EHA 3050/2004), destacamos las siguientes:
II) LA CAIXA D´ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA (LA CAIXA) Y ENTIDADES DE SU GRUPO:
1) La Caixa participaba con 89.000 miles de euros en el Préstamo modalidad CLUB DEAL, suscrito el 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009.
2) Enagás, S.A. además, ha ampliado, en el año 2009, una línea de crédito de 100.000 miles de euros.
3) Los avales técnicos otorgados por La Caixa a Enagás, S.A. ascienden, a 31 de diciembre de 2009, a 30.000 miles de euros y los financieros a 58.939 miles de euros.
4) Enagás, S.A. tiene suscritos contratos de renting con entidades del grupo La Caixa, por importe de 8.530 miles de euros. Los gastos que esto ha supuesto para Enagás, S.A. han sido de 1.521 miles de euros.
5) Enagás, S.A. tiene suscrito con La Caixa un contrato de cobertura de intereses (COLLAR) para el período octubre 2008 enero 2010, por importe de 100.000 miles de euros.
6) La Caixa tiene formalizado con Enagás, S.A. un préstamo de 100.000 miles de euros, a tres años.
7) Además, La Caixa y Enagás, S.A. han formalizado un préstamo bajo la modalidad de intermediación financiera de 175.000 miles de euros, correspondientes al tramo B del préstamo otorgado por el BEI, por importe de 1.000.000 miles de euros.
8) Enagás, S.A. tiene suscrito con La Caixa un contrato de contrato de cobertura de intereses (IRS), de 50.000 miles de euros, desde noviembre 2009 hasta noviembre 2012.
III) CAIXA CATALUNYA:
1) Enagás, S.A. ha renovado y ampliado una póliza de crédito con Caixa Catalunya, por importe de 10.000 miles de euros.
2) Enagás, S.A tiene contratada con Caixa Catalunya una línea de avales, por importe de 12.000 miles de euros.
3) Caixa Catalunya participaba con 15.000 miles de euros en el préstamo modalidad CLUB DEAL, firmado con fecha 24 de noviembre de 2004 y desembolsado el 10 de enero de 2005, que se amortizó anticipadamente con fecha 10 de julio de 2009. - Las condiciones pactadas en todos los contratos financieros firmados con Caixa Catalunya en cuanto a intereses, comisiones, gastos y garantías son las de mercado.
IV) BANCO SABADELL:
1) Banco Sabadell y Enagás, S.A. tienen formalizado un préstamo bajo la modalidad de intermediación financiera de 100.000 miles de euros, correspondientes al tramo C del préstamo otorgado por el BEI, por importe de 1.000.000 miles de euros.
2) Adicionalmente, se ha formalizado con Banco Sabadell una línea de crédito, por importe de 6.000 miles de euros, a tres años.
3) Enagás, S.A. ha suscrito con ellos un préstamo de 150.000 miles de euros, a tres años.
4) Enagás, S.A. ha formalizado con Banco Sabadell una línea de avales, por importe de 6.000 miles de euros.
5) Por último, Enagás, S.A. ha suscrito con Banco Sabadell un contrato de cobertura de intereses (IRS) de 50.000 miles de euros, desde noviembre de 2009 hasta noviembre de 2012.
V) EULEN, S.A:
Enagás, S.A. ha tenido unos gastos de 2.221 miles de euros, en concepto de mantenimiento de edificios e instalaciones. VI) GRUPO INTERMONEY:
Enagás, S.A. ha recibido unos ingresos de 4.260 miles de euros de la sociedad Wind to Market S.A., en concepto de venta de derechos de emisión. La operación se realizó en condiciones de mercado.
VII) GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. (operaciones vinculadas, excepto ATR):
1) Enagás, S.A. pagó a Gas Natural SDG, S.A., con fecha 12 de enero de 2009 y en concepto de dividendo a cuenta, la cantidad de 3.104 miles de euros.
2) Enagás, S.A. ha comprado gas para autoconsumos a sociedades del Grupo Gas Natural, SDG, S.A., por un importe de 7.618 miles de euros.
3) Desarrollo del Cable S.A. presta a Enagás, S.A. servicios de arrendamiento de parte de la fibra óptica necesaria para sus servicios de telecomunicaciones, en virtud de un contrato firmado en 1999 y modificado en 2005, en condiciones de mercado. El coste para Enagás, S.A. de dicho servicio en el período de referencia ha sido de 19.242 miles de euros.
VII) GRUPO GAS NATURAL SDG, S.A. (sólo operaciones de ATR):
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Gas Natural Comercializadora, S.A., Gas Natural, S.U.R. y Gas Natural Servicios, S.A. un total de treinta (30) contratos de ATR, de los cuáles tres (3) son a corto plazo y veintisiete (27) son a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito cuatro (4) contratos de ATR, de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, únicamente continúan en vigor tres (3).
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 51.544,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 57.727,89 miles de euros; se han transportado 131.126,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 80.069,42 miles de euros; y se han almacenado de media 12.151,67 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 60.456,5 miles de euros. - IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 198.253,81 MILES DE EUROS.
VIII) IBERDROLA, S.A.:
1) Enagás, S.A. ha comprado, durante el período, gas para autoconsumos a Iberdrola S.A, por un importe de 5.427 miles de euros.
2) Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Iberdrola, S.A. un total de catorce (14) contratos de ATR, de los cuáles uno (1) es a corto plazo y trece (13) a largo plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se ha suscrito un (1) contratos de ATR, que ya no continúa en vigor.
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 12.981,39 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL,.622,30 miles de euros; se han transportado 14.957,58 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 22.809,58 miles de euros; y se han almacenado 1.980,95 GWh de media, habiéndose facturado por estos servicios, 11.826,57 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 46.258,45 MILES DE EUROS.
IX) NATURGÁS COMERCIALIZADORA, S.A.:
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Naturgás Comercializadora, S.A. nueve (9) contratos de ATR, de los cuáles ocho (8) son a largo plazo y uno (1) es a corto plazo. En el cuarto trimestre, a su vez, se han suscrito dos (2) contratos de ATR de los cuáles, a 31 de diciembre de 2009, continúan en vigor tres (3).
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 se han prestado los servicios siguientes: Se han regasificado 1.885,31 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluida la carga de cisternas, la descarga de buques y de almacenamiento de GNL, 1.955,06 miles de euros; se han transportado 1.637,80 GWh, habiéndose facturado por estos servicios, incluyéndose la facturación de peajes de término de conducción, 704,62 miles de euros; y se han almacenado 1.305,76 GWh, habiéndose facturado por estos servicios 6.721,95 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 9.381,63 MILES DE EUROS.
X) HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA, S.A.:
Enagás, S.A. ha tenido un gasto de 1.726 miles de euros, en concepto de recepción de servicios de energía eléctrica por parte de Hidrocantábrico.
Enagás, S.A. tiene suscritos y en vigor con Hidrocantábrico Energía, S.A. tres (3) contratos de ATR a largo plazo. En el cuarto trimestre, no se ha suscrito ningún contrato. Se han transportado 2.465,16 GWh, por los que se ha facturado la cantidad de 866,36 miles de euros.
IMPORTE TOTAL SERVICIOS DE ATR: 866,36 MILES DE EUROS.
NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO F. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO. En resumen, Del total de 58 recomendaciones, Enagás, S.A. cumple 48 recomendaciones, cumple parcialmente 4 recomendaciones. Explica 3 recomendaciones y no son aplicables a Enagás, S.A. 3 Recomendaciones. NOTA ACLARATORIA DEL APARTADO G2. DEFINICIÓN VINCULANTE DE CONSEJERO INDEPENDIENTE: La Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo de Administración han examinado las SITUACIONES referidas a tres (3) Consejeros Independientes, entendiendo que NO AFECTAN A SU INDEPENDENCIA. (Ver APARTADO G.2 SIGUIENTE).
Dentro de este apartado podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz, relacionados con los anteriores apartados del informe, en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.
En concreto, indique si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
Definición vinculante de consejero independiente:
Indique si alguno de los consejeros independientes tiene o ha tenido alguna relación con la sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos, que de haber sido suficientemente significativa o importante, habría determinado que el consejero no pudiera ser considerado como independiente de conformidad con la definición recogida en el apartado 5 del Código Unificado de buen gobierno:
| SI | |
|---|---|
| Nombre del consejero | |
| DON JESÚS DAVID ÁLVAREZ MEZQUÍRIZ | |
| Tipo de relación | |
| Contractual | |
| Explicación | |
Pese a que es Consejero Delegado de Eulen, S.A., entidad que mantuvo una relación comercial con Enagás, S.A. en el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo entienden que la abstención del Consejero en el proceso de negociación y decisión por cualquiera de ambas Partes; los rigurosos procedimientos de contratación de obras y servicios que con carácter general sigue la Sociedad de los que no fue excluido este caso y la expresa intervención de la Comisión y del Consejo dado el carácter vinculado de la
relación, hacen que la misma no sea suficientemente significativa o importante como para que el citado Consejero no pueda continuar siendo considerado Independiente.
DON MIGUEL ANGEL LASHERAS MERINO
Contractual
Si bien es cierto que es Presidente de Intermoney Energía, S.A., entidad que mantuvo una relación de asesoramiento con la Sociedad en el ejercicio 2009, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo entienden que la cuantía de los honorarios percibidos por Intermoney como consecuencia de dicho asesoramiento, en materia muy especializada, son de una cuantía que no es significativa ni importante, por lo que el Consejero puede seguir siendo considerado Independiente. A ello se añade la expresa intervención de la Comisión y del Consejo dado el carácter vinculado de la relación.
DON MARTÍ PARELLADA SABATA
Comercial
Aunque viene prestando servicios al Grupo de Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante (Grupo BANCAJA) durante los años 2006 y 2007, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y el Consejo han constatado que durante los ejercicios 2008 y 2009 no se han producido servicios de esa naturaleza y que el importe de los prestados en los ejercicios citados es insignificante, atendiendo al volumen de negocio de las partes afectadas. A ello debe añadirse que los servicios no se prestaron a Enagás, S.A. sino al Grupo de uno de sus Accionistas, el cual tiene limitados los derechos políticos en la Sociedad en los rigurosos términos establecidos en la Disposición Adicional vigésima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre del Sector de Hidrocarburos. Por ello consideran que el Consejero debe ser considerado Independiente.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha
Indique si ha habido Consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
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