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Ecolumber S.A.

Annual / Quarterly Financial Statement Jan 20, 2010

1820_10-k_2010-01-20_f78f833b-462a-4f5e-a9a6-c6d3086feeb4.pdf

Annual / Quarterly Financial Statement

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DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL INFORME FINANCIERO ANUAL

Los miembros del Consejo de Administración de Eccowood Invest, S.A. declaran que, hasta donde alcanza su conocimiento, las cuentas anuales del grupo consolidado correspondientes al ejercicio cerrado a 30 de septiembre de 2009, formuladas por el Consejo en su reunión de 9 de diciembre de 2009, han sido elaboradas de acuerdo a los principios de contabilidad aplicables (NIC y NIIF), ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de Eccowood Invest S.A. y de las empresas comprendidas en la consolidación tomados en su conjunto, y que el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y de los resultados empresariales y de la posición de Eccowood Invest, S.A. y de las empresas comprendidas en la consolidación tomadas en su conjunto, junto con la descripción de los principales riesgos que se enfrentan. Reús, 9 de diciembre de 2009 Yolanda BASSAT ORELLANA, J. Alelandró GOMEZ RUBIO Presidenta, G3T, S.L. ACALIQ& INVEST,S.L. Representada por Representada por Rafael TOUS GODIA Mª Isabel GOMEZ CASALS Francesd NADAL RIBERA Jorge OAMPINS FIGUERAS
Representado por Elena KERES BRINÇA 2004, S.L. RELOCATION INVERSIONES, S.L. Representada por Representada por Yolanda ASSAT Arturo de TRINCHERÍA SIMÓN FINNPLANNERS, S.L., Carlos FERRER PUIG Representada por Secretario no Consejero Elena YERES/ owood Invest, S.A. Oques, 3 20 02 Reus (Tarragona) 977 32 82 52 977 31 08 82 Inscrita en el Registro Mercantil de Tarragona. Tomo 2.021 - Folio 11 - Hoja N.I.F. A 43777119

O

Comisión Nacional del Mercado de Valores REGISTRO DE ENTRADA Nº 2010002965 15/01/2010 10:11 .

Eccowood Invest, S.A. y Sociedades Dependientes

Cuentas Anuales Consolidadas e Informe de Gestión del ejercicio cerrado el 30 de septiembre de 2009

Incluye Informe de Auditoría de Cuentas Anuales Consolidadas

Audihispana Grant Thornton Auditores Tres Torres. 7 08017 BARCELONA

T +34 93 206 39 00 F +34 93 206 39 10 [email protected] www.ahgt.es

Informe de Auditoría de Cuentas Anuales Consolidadas

A los accionistas de ECCOWÓOD INVEST, S.A.

  • 1.Hemos auditado las cuentas anuales consolidadas de ECCOWOOD INVEST, S.A. (la sociedad dominante) y SOCIEDADES DEPENDIENTES (el Grupo), que comprenden el balance de situación consolidado al 30 de septiembre de 2009, la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, el estado de flujos de efectivo consolidado, el estado de cambios en el patrimonio neto consolidado y la memoria consolidada correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha, cuya formulación es responsabilidad de los administradores de la sociedad dominante. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre las citadas cuentas anuales consolidadas en su conjunto, basada en el trabajo realizado de acuerdo con normas de auditoria generalmente aceptadas en España, que requieren el examen, mediante la realización de pruebas selectivas, de la evidencia justificativa de las cuentas anuales consolidadas y la evaluación de su presentación, de los principios contables aplicados y de las estimaciones realizadas.
  • 2.Las cuentas anuales consolidadas adjuntas del ejercicio 2008-09 son las primeras que el Grupo prepara aplicando las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE), que requieren, con carácter general, que los estados financieros presenten información comparativa. En este sentido, y de acuerdo con la legislación mercantil, los Administradores de la sociedad dominante presentan, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del balance de situación consolidado, de la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, del estado de flujos de efectivo consolidado, del estado de cambios en el patrimonio neto consolidado y de la memoria de las cuentas anuales consolidadas, además de las cifras consolidadas del ejercicio 2008-09, las correspondientes al ejercicio anterior que han sido obtenidas mediante la aplicación de las NIF-UE vigentes al 30 de septiembre de 2008. En la Nota 3 de la memoria de las cuentas anuales consolidadas adjuntas se detallan las diferencias que supone la aplicación de las NIIF-JE sobre el patrimonio consolidado presentado conforme a los principios y normas contables vigentes al 1 de octubre de 2007, fecha de transición. Nuestra opinión se refiere exclusivamente a las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2008-09.
  • 3.En nuestra opinión, las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2008-09 adjuntas expresan en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio consolidado y de la situación financiera consolidada de ECCOWOOD INVEST, S.A. y SOCIEDADES DEPENDIENTES al 30 de septiembre de 2009 y de los resultados consolidados de sus operaciones, de los cambios en el patrimonio neto consolidado y de los flujos de efectivo consolidados correspondientes al ejercicio anual terminado en dicha fecha y contienen la información necesaria y suficiente para su interpretación y comprensión adecuada, de conformidad con las normas internación financiera adoptadas por la Unión Europea que guardan uniformidad con las aplicadas en la preparación de los estados financieros consolidados correspondientes al ejercicio anterior que se han incorporado a las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2008-09 a efectos comparativos.

4.El informe de gestión consolidado adjunto del ejercicio 2008-09 contiene las explicaciones que los Administradores de la sociedad dominante consideran oportunas sobre la situación del Grupo, la evolución de sus negocios y sobre otros asuntos no forma parte de las cuentas anuales consolidadas. Hemos verificado que la información contable que contiene el citado informe de gestión consolidado concuerda con el de las cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2008-09. Nuestro trabajo como auditores se limita a la verificación del informe de gestión consolidado con el alcance mencionado en este mismo párrafo y no incluye la revisión de información distinta de la obtenida a partir de los registros contables de las sociedades del Grupo.

Audihispana Grant Thornton

E. Kill

COLLEGI DE CENSORS FURATS DE COMPTES DE CATALUNYA

Carlos Villabona

17 de diciembre de 2009

Membre exercent AUDIHISPANA GRANT THORNTON, S.L. 20/09/14629 Any 2009 Núm. copia gratuïta

........................................ Aquest informe està subjecte a Aques aplicable establerta a la
Llei 44/2007 de 22 de novombre, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cuentas Anuales Consolidadas

ECCOWOOD INVEST, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES BALANCES DE SITUACIÓN CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2009 y 2008 (expresados en euros)

ACTIVO Nota 30.09.09 30.09.08
ACTIVOS NO CORRIENTES
Inmovilizado material 5 3.019.181 2.746.870
Activos por impuesto diferido 9 210.958 131.371
Activos biologicos 6 5.340.479 3.734.551
Total activos no corrientes 8.570.618 6.612.792
ACTIVOS CORRIENTES
Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar 312-541 459.420
Activos financieros
Otros activos corrientes 406.155 10.001
Efectivo y otros activo liquidos equivalentes 4.752.637 7.217.697
Total activos corrientes 5.471.333 7.687.118
TOTAL ACTIVO 14.041.951 14.299.910
PASIVO
PATRIMONIO NETO
Capital social 7 12.018.288 12.018.288
Prima de emisión 1.621.713 1.621.713
Reservas (293.824) (362.816)
Diferencias de conversión (154.546) 67.259
Pérdidas y ganacias (Pérdida) 10 (288.325) 68.992
Total fondos propios 12.903.306 13.413.436
PASIVOS CORRIENTES
Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar 8 1.138.645 886.474
Total pasivos corrientes 1.138.645 886.474
TOTAL PASIVO 14.041.951 14.299.910

Las notas 1 a 14 descritas en la memorias forman parte del Balance de Situación Consolidado del ejercicio cerrado al 30 de septiembre de 2009.

0 . . . . . . .... O

O

.

ECCOWOOD INVEST, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES CUENTAS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS CONSOLIDADAS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008 y 2009 (expresadas en euros)

Nota 30.09.09 30.09.08
OPERACIONES CONTINUADAS
Importe neto de la cifra de negocios: 13.556 9.438
Ventas 13.556 9.438
Prestaciones de servicios
Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación
Trabajos realizados por la empresa para su activo
Aprovisionamientos: 1.094.017 1.084.663
Consumo de mercaderías 1.317.510 1.084.663
Consumo de materias primas y otras materias consumibles
Trabajos realizados por otras empresas (223.493)
Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos
Otros ingresos de explotación: 26.002
Ingresos accesorios y otros de gestión corriente 26.002
Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio
Gastos de personal:
Sueldos, salarios y asimilados
Cargas sociales
Provisiones
Otros gastos de explotación (1.393.300) (1.231.348)
Servicios exteriores (1.385.850) (1.231.348)
Tributos (7.450)
Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales
Otros gastos de gestión corriente
Amortización del inmovilizado (16.279) (5.338)
Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras
Excesos de provisiones
Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado 20.474
Deterioros y pérdidas
Resultados por enajenaciones y otros 20.474
RESULTADO DE EXPLOTACION (302.006) (96.109)
Ingresos financieros: 112.686 164.359
De participaciones en instrumento de patrimonio
En empresas del grupo y asociadas
En terceros
De valores negociables y otros instrumentos financieros
De empresas del grupo y asociadas
De terceros 112.686 164.359
Gastos financieros: (40) (269)
Por deudas con empresas del grupo y asociadas
Por deudas con terceros (269)
Por actualización de provisiones
Variación de valor razonable en instrumentos financieros
Cartera de negociación y otros
lmputación al resultado del ejercicio por activos financieros disponibles para la venta
Diferencias de cambio (179.671)
Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros
Deterioros y pérdidas
Resultados por enajenaciones y otros
RESULTADO FINANCIERO (67.025) 164.090
RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (369.031) 67.981
Impuestos sobre beneficios 9 80.706 1.011
RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS (288.325) 68.992
Operaciones interrumpidas netas de impuestos
RESULTADO DEL EJERCICIO 10 (288.325) 68.992
Ganancias por acción básicas (0,0239) 0,0057

Las notas 1 a 14 descritas en la memoria forman parte integrante de la Cuenta de Pérdidada del ejercicio 2008-09.

. EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2009 y 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008 ESTADOS DE CAMBIO EN EL PATRIMONIO NETO CONSOLIDADO DE LOS ECCOWOOD INVEST, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES

A) ESTADOS DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS

(expresados en euros)

Nota 30.09.09 30.09.08
Resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias 10 288.325 68.997
Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto:
Por valoración de activos y pasivos
Activos financieros disponibles para la venta
Otros ingresos/gastos
Por coberturas de flujos de electivos
Subvenciones, donaciones y legados recibidos
Por ganancias y perdidas actuariales y otros ajustes
Efecto impositivo
Diferencias de conversion 221 805 67.259
Total ingresos v gastos imputados directamente en el patrimonio neto 221,805) 67.259
Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias:
Por valoración de activos y pasivos
Ingresos/gastos de activos financieros disponibles para la venta
Otros ingresos/gastos
Por coberturas de flujo de efectivos
Subvenciones, donaciones y legados recibidos
Efecto impositivo
Total transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias
TOTAL DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS (510.130) 136.25

B) ESTADOS TOTALES DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

Sichan

Capital participaciones en Diferencias de
1 2000 2000 1000 1000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000000
Resultado (Dividendo a Otros Ajustes por donaciones y
Escriturado No exigido Reservas patrimonio
propias)
conversion ejercicio
del
cuenta) instrumentos de cambios de
patrimonio neto
valor recibidos
legados
Total
SALDO, FINAL DEL EJERCICIO 2006-07 (30,09,2007) 6.066.288 (16.052) 60.762 6.110.998
Asustes por cambios de criterio 2007 y anteriores (206,554) (206.554)
Ajustes por errores 2007 y anteriores
SALDO AJUSTADO. INICIO DEL EJERCICIO 2007-08 (01.10.2007) 6.066.288 (222.606) 60.762 5.904.444
Total ingresos y gastos reconocidos 67.259 68.992 136.251
Operaciones con socios o propietarios
Aumento de capital 5.952.000 1.488.000 7.440.000
(-) Reducciones de capital
Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de
deudas).
(-) Distribución de dividendos
Operaciones con acciones o participaciones propias (netas)
Incremento (reduccion) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios
Otras variaciones de patrimonio neto (67.259) (67.259)
Distribución de resultados 60.762 (60.762)
SALDO, FINAL DEL EJERCICIO 2007-08 (30.09.2008) 12.018.288 1.258.897 67.259 68.992 13.413.436
Ajustes por cambios de criterio 2008 y anteriores
Ajustes por errores 2008 y anteriores
SALDO AJUSTADO, INICIO DEL EJERCICIO 2008-09 (01.10.2008) 12.018.288 1.258.897 67.259 68.992 13.413.436
Total ingresos y gastos reconocidos (221,805) (288.325) (510.130)
Operaciones con socios o propietarios
Aumento de capital
(-) Reducciones de capital
Conversión de pasivos financieros en patrimonio neto (conversión de obligaciones, condonaciones de
deudas).
(-) Distribución de dividendos
Operaciones con acciones o participaciones propias (netas)
Ineremento (reducción) de patrimonio neto resultante de una combinación de negocios
Otras variaciones del patrimonio neto
Distribueion de resultados 68 dat (68.992)
SALDO, FINAL DEL EJERCICIO 2008-09 (30.09.2009) 12.018.288 1.327.889 (154.546) (288.325) 12.903.306

Las notas 1 a 14 descritas en la memoria formante del Estado de Cantinosio Neto Consolidado del ejercico 2008-09.

ECCOWOOD INVEST, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES ESTADOS DE FLUJOS DE EFECTIVO CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ANUALES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2009 y 2008 (expresados en curos)

30.09.09 30.09.08
A) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN (340.880) 486.045
Resultado del ejercicio antes de impucstos (369.031) 67.981
Ajustes del resultado:
a) Amortización del inmovilizado
(87.390)
16.279
(163.079)
5.338
b) Correcciones valorativas por deterioro
c) Variación de provisiones
d) Imputación de subvenciones
e) Resultados por bajas y enajenaciones del inmovilizado
f) Resultados por bajas y enajenaciones de instrumentos financieros
g) Ingresos financieros (112.686) (164.359)
h) Gastos financieros 40 269
i) Diferencias de cambio
j) Variación de valor razonable en instrumentos financieros 8.977 (4.327)
k) Otros ingresos y gastos
Cambios en el capital corriente:
2.895 417.053
a) Existencias
b) Deudores y otras cuentas a cobrar 146.879 (459.420)
c) Otros activos corrientes (396.154) (10.001)
d) Acreedores y otras cuentas a pagar 252.170 886.474
e) Otros pasivos corrientes
f) Otros activos y pasivos no corrientes
Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación: 112.646 164.090
a) Pagos de intereses (40) (269)
b) Cobros de dividendos
c) Cobros de intereses 112.686 164.359
d) Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios
e) Otros pagos (cobros)
Flujos de efectivo de las actividades de explotación
B) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSION
(1.902,375) (6.612.792)
Pagos por inversiones: (1.902,375) (6,612,792)
a) Empresas del grupo y asociadas
b) Inmovilizado intangible
c) Inmovilizado material (288-589) (2.746.870)
d) Inversiones inmobiliarias
e) Otros activos financieros
f) Activos no corrientes mantenidos para venta
g) Otros activos (1.613.786) (3.865.922)
Cobros por desinversiones:
a) Empresas del grupo y asociadas
b) Inmovilizado intangible
c) Inmovilizado material
d) Inversiones inmobiliarias
e) Otros activos financicros
f) Activos no corrientes mantenidos para venta
g) Otros activos
Flujos de cfectivo de las actividades de inversión
C) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACION 13.344.444
Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio 15.544.444
a) Emisión de instrumentos de patrimonio 13.344.444
b) Amortización de instrumentos de patrimonio
c) Adquisición de instrumentos de patrimonio propio
d) Enajenación de instrumentos de patrimonio propio
c) Subvenciones, donaciones y legados recibidos
Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero:
a) Emisión:
I. Obligaciones y valores similares
2. Deudas con entidades de crédito
3. Deudas con empresas del grupo y asociadas
4. Otras deudas
b) Devolución y amortización de:
l. Obligaciones y valores similares
2. Deudas con entidades de crédito
3. Deudas con empresas del grupo y asociadas
4. Otras
Pagos por dividendos y remuneraciones de otros instrumentos de patrimonio
a) Dividendos
b) Remuneración de otros instrumentos de patrimonio
D) Efecto de las variaciones de los tipos de cambio (221.805)
E) AUMENTO/DISMINUCION NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (2.465.060)
Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio 7.217.697
Efectivo o equivalentes al final del ejercicio 4.752.637 7.217.697

Las notas 1 a 14 descritas en la memoria forman parte integrante del Estado de Flujos de Efectivo Consolidado del ejercicio 2008-09.

1. Sociedad dominante y sociedades dependientes

ECCOWOOD INVEST, S.A. sociedad dominante del Grupo, tiene como actividad principal el cultivo, producción, importación, exportación, transformación, compra-venta, mediación. comercialización, distribución de productos y/o proyectos agroforestales.

La sociedad se constituyó en fecha 28 de julio de 2004 y su domicilio social se encuentra en Reus (Tarragona) Plaça de les Oques, nº 3, 2º. La sociedad cotiza en el Segundo Mercado de Corros de la Bolsa de Barcelona desde el 18 de junio de 2009.

La actividad desarrollada por el Grupo en el ejercicio 2008-09 ha sido la explotación de plantaciones de nogal negro americano.

Las sociedades dependientes incluidas en el perímetro de consolidación sobre las que se detenta el 100% de la participación son Pampa Grande, S.A. y Eccowood Forest, S.A. sociedades domiciliadas en Argentina y cuya actividad coincide con la de la sociedad matriz. La sociedad dominante y Eccowood Forest, S.A. cierran sus cuentas anuales el 30 de septiembre mientras que la sociedad Pampa Grande, S.A., que ha sido incluida en la consolidación aplicando el método de integración global, cierra el 30 de junio.

Se consideran sociedades dependientes todas aquellas entidades sobres las que ECCOWOOD INVEST, S.A. tiene poder para dirigir las políticas financieras y de explotación, lo que generalmente viene acompañado de una participación superior a la mitad de los derechos de voto.

    1. Bases de presentación de las cuentas anuales consolidadas
    2. a) Imagen fiel

Las cuentas anuales consolidadas, que están formadas por el balance consolidado, la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, el estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, el estado de flujos de efectivo consolidado y la memoria compuesta por las notas 1 a 14, se han preparado a partir de los registros contables de las sociedades mencionadas en la nota anterior, detallándose toda la información requerida en la Norma Internacional de Contabilidad y sobre estados financieros.

Estas cuentas anuales se han preparado de acuerdo con aquellas NIIF y las interpretaciones CINIIF, adoptadas por la Unión Europea, a la fecha de formulación (9 de diciembre de 2009). En el ejercicio 2007-08 no se formularon cuentas anuales consolidadas por parte de los administradores, al no cumplirse los requisitos legales vigentes en dicho ejercicio en España para su formulación; no obstante, y como consecuencia de la salida prevista a Bolsa, se formularon estados financieros consolidados del ejercicio 2007-08 de acuerdo con lo establecido en las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE). Por consiguiente, las cifras de los ejercicios 2007-08 y 2008-09 son comparables.

En la Nota 3, se recogen las conciliaciones y descripciones del efecto de la transición de los principios contables españoles a las NIIF-UE sobre el patrimonio y resultados de ECCOWOOD INVEST, S.A. al 1 de octubre de 2007, fecha de transición.

Hasta donde alcanza el conocimiento de los administradores de la sociedad dominante, las cuentas anuales elaboradas con arreglo a los principios de contabilidad aplicables, ofrecen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados del emisor y de las empresas comprendidas en la consolidación tomados en su conjunto. Asimismo, el informe de gestión incluye un análisis fiel de la evolución y los resultados empresariales y de la posición del emisor y de las empresas comprendidas en la consolidación tomadas en su conjunto, junto con la descripción de los principales riesgos e incertidumbres a que se enfrentan.

b) Principios contables

Las cuentas anuales consolidadas se han preparado aplicando los principios contables generalmente aceptados, de acuerdo con NIIF. No existe ningún principio contable que, siendo significativo su efecto, se haya dejado de aplicar.

c) Materialidad o importancia relativa y agrupación de partidas

Se presentan de forma separada cada clase de partidas similares que tengan importancia relativa, así como las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no sean materiales o no cumplan con el requisito de importancia relativa.

Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

d) Empresa en funcionamiento

Las cuentas anuales consolidadas se han elaborado bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento y no existen incertidumbres relativas a eventos o condiciones que aporten dudas sobre la posibilidad que el grupo siga funcionando.

e) Hipótesis de devengo

Salvo en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, el grupo elabora sus cuentas anuales utilizando la hipótesis contable de devengo.

f) Compensación

No se compensan activos con pasivos o ingresos con gastos, a menos que así lo reguiera o lo permita una NIIF.

g) Información comparativa

Se revela información comparativa respecto del ejercicio anterior, para todos los importes incluidos en las cuentas anuales del ejercicio corriente.

h) Elementos recogidos en varias partidas

En la elaboración de las cuenta anuales no se ha identificado ningún elemento que haya sido registrado en dos o más partidas del balance.

i) Clasificación de las partidas corrientes y no corrientes

Para la clasificación de las partidas corrientes se ha considerado el plazo máximo de un año a partir de la fecha de las presentes cuentas anuales.

i) Cambios en criterios contables

Durante el ejercicio 2008-09 no se han producido cambios de criterios contables.

k) Corrección de errores

No se han detectado errores en la elaboración de las presentes cuentas anuales.

    1. Transición a las NIIF
    2. 3.1. Base de transición a las NIIF
      • 3.1.1. Aplicación de NIIF 1

Las cuentas anualcs individuales de ECCOWOOD INVEST, S.A. correspondientes al ejercicio 2006-07 fueron preparadas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad. Los principios contables incluidos en estas cuentas anuales han sido considerados como Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados Anteriores, tal y como se definen en la NIIF 1, para la preparación del balance de situación de apertura a 1 de octubre de 2007 (fecha de transición). Debe destacarse que se toman cuentas anuales individuales para realizar la transición debido al hecho de que a 1 de octubre de 2007, fecha de transición, ECCOWOOD INVEST, S.A., no detentaba participación alguna en sociedades dependientes.

Las cuentas anuales consolidadas de ECCOWOOD INVEST, S.A. han sido preparadas aplicando la NDF 1.

La fecha de transición de ECCOWOOD INVEST, S.A. es el 1 de octubre de 2007. ECCOWOOD INVEST, S.A. ha preparado su balance bajo NIIF inicial a dicha fecha. La fecha de adopción de las NIIF es el 1 de octubre de 2008.

3.2. Conciliación entre NIIF y Principios Contables españoles

Se presenta a continuación el impacto de la transición a las NIIF en ECCOWOOD INVEST. S.A. La conciliación proporciona el impacto de la transición en el patrimonio consolidado al 1 de octubre de 2007 y en el resultado del ejercicio 2006-07.

No procede el impacto al 1 de octubre de 2008 al no haberse formulado cuentas anuales consolidadas del ejercicio 2007-08 bajo principios contables españoles (se formularon estados financieros en basc a NIIF a dicha fecha).

Conciliación sobre patrimonio neto al 1 de octubre de 2007:

Capital
Escriturado No exigido Reservas Resultado del
cjercicio
06-07
Total
Saldo, final del ejercicio 06-07 (30.09.07) según PGC (90) (*) 6.066.288 116.133 17.570 6.199.991
Eliminación de gastos de establecimiento (coste neto, amortización) (175.033) (*)
43.192
(131.841)
Efecto fiscal 42,848 1 42.848
Saldo ajustado, inicio del ejercicio 07-08 (01.10.07) según NIIF 6.066.288 (16.052) 60.762 6.110.998

(*) Se corresponde con la eliminación de las dotaciones a la amortización del ejercicio.

4. Normas de valoración

Las principales normas de valoración aplicadas en la elaboración de las cuentas anuales consolidadas son las siguientes:

a) Combinación de negocios

Las combinaciones de negocios se contabilizan aplicando el método del coste de adquisición. El coste de una adquisición se calcula según el valor razonable de los activos entregados, los instrumentos patrimoniales emitidos y de los pasivos incurridos o asumidos en la fecha del intercambio más los costes directamente atribuibles a la adquisición. Los activos intangibles adquiridos mediante una combinación de negocios deben reconocerse separadamente del fondo de comercio si se cumplen los criterios de reconocimiento de activos.

Los activos identificables adquiridos y los pasivos contingentes incurridos o asumidos como resultado de la transacción se valoran inicialmente a su valor razonable a la fecha de adquisición, con independencia del porcentaje de los intereses minoritarios.

El exceso de coste de la adquisición respecto al valor razonable de la participación de ECCOWOOD INVEST, S.A. en los activos netos identificables adquiridos se registra como fondo de comercio. Si el coste de adquisición es menor que el valor razonable de los activos netos de la dependiente adquirida, se reconoce la diferencia directamente en la cuenta de resultados.

Las adquisiciones de intereses patrimoniales adicionales en sociedades en las que ECCOWOOD INVEST, S.A. ya tiene el control se registran como transacciones patrimoniales, reconociendo directamente en patrimonio el exceso sobre el valor teórico contable pagado al interés minoritario.

Las adquisiciones de participaciones realizadas por ECCOWOOD INVEST, S.A. desde su constitución han sido las siguientes:

  • Adquisición del 100% del capital social de la sociedad argentina Pampa Grande, S.A. en fecha 24 de enero de 2008. Dicha sociedad es propietaria de 9.914 hectáreas para agroforestación en la provincia de Río Negro (Argentina). Al cierre del presente ejercicio. va se han cultivado 30 hectáreas de Nogal Negro Americano a partir de material clonado y se han realizado inversiones para plantar un total de 125 hectáreas de

dicha especie vegetal.

El coste de adquisición ha ascendido a 2.500.000 dólares USA, y ha sido enteramente desembolsado.

Con fecha de 14 de mayo de 2008 ECCOWOOD INVEST, S.A. traspasó un 10% de las acciones de Pampa Grande, S.A. a su filial Eccowood Forest, S.A. para cumplir con la legislación argentina en materia societaria; manteniendo por tanto una participación directa del 90%. El precio de transacción fue de 174.114,8 euros, lo que corresponde a un 10% del precio que había pagado unos meses antes la matriz para la adquisición del 100% de las participaciones de Pampa Grande, S.A.

Al cierre del presente ejercicio 2008-09 no ha variado la participación en Pampa Grande S.A. ni por parte de la matriz ni por parte de la filial Eccowood Forest, S.A.

  • Constitución en fecha 13 de mayo de 2008 de la sociedad Eccowood Forest. S.A. domiciliada en la ciudad de Buenos Aires. El capital social al cierre del ejercicio 2008-09 asciende a 25.000 pesos argentinos. ECCOWOOD INVEST, S.A. detenta un porcentaje de participación del 100% (directo, del 92% e indirecto del 8%, a través de la sociedad Pampa Grande, S.A.).
  • b) Transacciones entre sociedades incluidas en el perímetro de la consolidación

Se han realizado las eliminaciones de créditos y débitos recíprocos, gastos, ingresos y resultados por operaciones internas entre la sociedad matriz y la sociedad dependiente.

c) Homogeneización de partidas

Las diferentes partidas de las cuentas individuales de cada una de las sociedades han sido objeto de la correspondiente homogeneización valorativa, adaptando los criterios aplicados a los utilizados por la sociedad dominante, ECCOWOOD INVEST, S.A., para sus propias cuentas anuales, con carácter previo a su conversión de las normas y principios contables nacionales a los contemplados en las NIIF.

d) Inmovilizado material

El inmovilizado material se halla registrado al coste de adquisición o producción. Los costes de ampliación, modernización o mejoras se registran como mayor valor del bien, sólo si incorporan un aumento de su capacidad o eficiencia, productividad o un alargamiento de su vida útil. Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren.

La amortización se realiza por el método lineal en función de la vida útil estimada de los respectivos bienes.

Los coeficientes anuales de amortización aplicados son los siguientes:

Construcciones 2%
Instalaciones 8%

Al cierre de cada ejercicio o siempre que existan indicios de pérdida de valor, el Grupo procede a estimar mediante el denominado "test de deterioro" la posible existencia de

pérdidas de valor que reduzcan el valor recuperable de dichos activos a un importe inferior al de su valor en libros.

El importe recuperable se determina como el mayor importe entre el valor razonable menos los costes de venta y el valor en uso.

El procedimiento implantado por la Dirección de la sociedad dominante para la realización de dicho test es el siguiente:

Los valores recuperables se calculan para cada unidad generadora de efectivo, si bien en el caso de inmovilizaciones materiales e inversiones inmobiliarias, siempre que sea posible, los cálculos de deterioro se efectúan elemento, de forma individualizada.

En el caso de que se deba reconocer una pérdida por deterioro de una unidad generadora de efectivo a la que se hubiese asignado todo o parte de un fondo de comercio, se reduce en primer lugar el valor contable del fondo de comercio correspondiente a dicha unidad. Si el deterioro supera el importe de éste, en segundo lugar se reduce, en proporción a su valor contable, el del resto de activos de la unidad generadora de efectivo, hasta el límite del mayor valor entre los siguientes: su valor razonable menos los costes de venta, su valor en uso y cero. La pérdida por deterioro se debe registrar con cargo a los resultados del ejercicio.

Cuando una pérdida por deterioro de valor revierte posteriormente (circunstancia no permitida en el caso específico del fondo de comercio), el importe en libros del activo o de la unidad generadora de efectivo se incrementa en la estimación revisada de su importe recuperable, pero de tal modo que el importe en libros incrementado no supere el importe en libros que se habría determinado de no haberse reconocido ninguna pérdida por deterioro en ejercicios anteriores. Dicha reversión de una pérdida por deterioro de valor se reconoce como ingreso en la cuenta de pérdidas y ganancias.

El valor razonable de los bienes se determina por la tasación realizada por expertos independientes. En el caso de que el valor razonable sea inferior al valor neto contable, se compara este último con el valor actual de los ingresos y gastos futuros estimados a generar por el inmovilizado (valor de uso).

e) Activos biológicos

Este epígrafe recoge el coste de los plantones arraigados (coste de adquisición) más todos los trabajos realizados necesarios y que están directamente relacionados con la aportación del valor añadido al árbol como por ejemplo la dirección facultativa, plantación, cultivo y meiora de las plantaciones y arrendamiento entre otros. Este valor, de acuerdo con la NIC41, se aproxima mucho al valor razonable de los plantones al encontrarse los mismos en los primeros años de vida. Cuando se superan los seis años de vida. los árboles son valorados a valor razonable v los cambios en el mismo se imputan a la cuenta de pérdidas y ganancias.

f) Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar

El Grupo registra como arrendamientos financieros aquellas operaciones por las cuales el arrendador transfiere sustancialmente al arrendatario los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato, registrando como arrendamientos operativos el resto.

Arrendamiento financiero

En las operaciones de arrendamiento financiero en las que el Grupo actúa como arrendatario, el Grupo registra un activo en el balance de situación según la naturaleza del bien objeto del contrato y un pasivo por el mismo importe, que es el menor entre el valor razonable del bien arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de las cantidades mínimas acordadas, incluida la opción de compra. No se incluyen las cuotas de carácter contingente, el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador. La carga financiera se imputa a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se devenga, aplicando el método del tipo de interés efectivo. Las cuotas de carácter contingente se reconocen como gasto del ejercicio en que se incurren.

Los activos registrados por este tipo de operaciones se amortizan con los mismos criterios que los aplicados al conjunto de los activos materiales (o inmateriales), atendiendo a su naturaleza.

  • g) Instrumentos financieros
    • g.1) Activos financieros

Los activos financieros que posee el Grupo se clasifican, a efectos de su valoración, en las siguientes categorías:

g.1.1) Préstamos y partidas a cobrar

Corresponden a créditos, por operaciones comerciales o no comerciales, originados en la venta de bienes, entregas de efectivo o prestación de servicios, cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable, y que no se negocian en un mercado activo.

Se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles. Se valoran posteriormente a su coste amortizado, registrando en la cuenta de resultados los intereses devengados en función de su tipo de interés efectivo.

No obstante lo anterior, los créditos con vencimiento no superior a un año valorados inicialmente por su valor nominal, se siguen valorando por dicho importe, salvo que se hubieran deteriorado.

Las correcciones valorativas por deterioro se registran en función de la diferencia entre su valor en libros y el valor actual al cierre del ejercicio de los flujos de efectivo futuros que se estima van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial. Estas correcciones se reconocen en la cuenta de pérdidas y ganancias.

g. 1.2) Baja de activos financieros

El Grupo da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad, tales como en ventas en firme de activos, cesiones de créditos

comerciales en operaciones de "factoring" en las que la empresa no retiene ningún riesgo de crédito ni de interés, las ventas de activos financieros con pacto de recompra por su valor razonable o las titulizaciones de activos financieros en las que la empresa cedente no retiene financiaciones subordinadas ni concede ningún tipo de garantía o asume algún otro tipo de riesgo.

Por el contrario, el Grupo no da de baja los activos financieros, y reconoce un pasivo financiero por un importe igual a la contraprestación recibida, en las cesiones de activos financieros en las que se retenga sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad, tales como el descuento de efectos, el "factoring con recurso", las ventas de activos financieros con pactos de recompra a un precio fijo o al precio de venta más un interés y las titulizaciones de activos financieros en las que la empresa cedente retiene financiaciones subordinadas u otro tipo de garantías que absorben sustancialmente todas las pérdidas esperadas.

g.1.3) Efectivo y otros medio líquidos equivalentes

El efectivo y otros medios líquidos equivalentes incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades de crédito y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de no más de tres meses desde la fecha de su adquisición. Al 30 de septiembre de 2009 el saldo del Grupo por este concepto atiende a cuentas corrientes bancarias y saldos de caja.

g.2) Pasivos financieros

Son pasivos financieros aquellos débitos y partidas a pagar que tiene el Grupo y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados.

Se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado, empleando para ello el tipo de interés efectivo.

El Grupo da de baja los pasivos financieros cuando se extinguen las obligaciones que los han generado.

g.3) Instrumentos financieros derivados

El Grupo contrata operaciones de cobertura de tipos de interés para atender al pago de fluios de efectivo futuros (transacciones altamente previsibles). Al cierre del ejercicio se registra la posición favorable o desfavorable en cuentas de activo o pasivo, y la contrapartida se refleja directamente en el patrimonio neto en el caso de que la cobertura se considere eficaz. En caso contrario se imputa en la cuenta de pérdidas y ganancias. Al cierre del ejercicio 2008-09 no existen instrumentos financieros derivados pendientes de vencimiento.

El detalle de los instrumentos financieros derivados contratados en el ejercicio 2007-08 y cancelados con anterioridad a fecha de cierre del ejercicio 2008-09 ha sido el siguiente:

Fecha Tipo Importe
Operación Concepto Fecha contrato vencimiento € / \$ contratado
Eurocall / USD Call Cobertura de tipo de cambio 15/09/2008 02/12/2008 1.3950 1.000.000 US\$
Eurocall / USD Call Cobertura de tipo de cambio 11/09/2008 02/12/2008 1-3905 1.000.000 US\$
Eurocall / USD Call Cobertura de tipo de cambio 18/09/2008 02/12/2008 1.4300 1.000.000 US\$

La valoración razonable al cierre del ejercicio 2007-08 no fue registrada al ser su efecto no significativo.

h) Deudas

Las deudas se clasifican como corrientes o no corrientes en función de su vencimiento contado a partir de la fecha de las cuentas anuales, considerándose a corto plazo las inferiores a doce meses y a largo plazo las de vencimiento temporal superior.

i) Diferencias de cambio en moneda extranjera

Partidas monetarias

La conversión en moneda funcional de los saldos expresados en moneda extranjera se realiza aplicando el tipo de cambio vigente en el momento de efectuar la correspondiente operación, valorándose al cierre del ejercicio de acuerdo con el tipo de cambio vigente en ese momento.

Las diferencias de cambio que se producen como consecuencia de la valoración al cierre del ejercicio de los débitos y créditos en moneda extranjera se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias.

i) Impuesto sobre Sociedades

Todas las sociedades del grupo y asociadas incluidas en el perímetro de consolidación presentan el Impuesto sobre Sociedades de forma individual.

El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios se calcula mediante la suma del gasto o ingreso por el impuesto corriente más la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.

El impuesto corriente es la cantidad que resulta de la aplicación del tipo de gravamen sobre la base imponible del ejercicio y después de aplicar las deducciones que fiscalmente son admisibles.

El gasto o ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o credito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios, así como las asociadas a inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos en las que la Sociedad puede controlar el momento de la reversión y es probable que no reviertan en un futuro previsible.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Sociedad vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto

En cada cierre contable se revisan los impuestos diferidos registrados con objeto de comprobar que se mantienen vigentes, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos. Asimismo, se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.

k) Reconocimiento de ingresos

Las ventas de bienes se reconocen cuando los productos han sido entregados al cliente y el cliente los ha aceptado, aunque no se havan facturado, o, en caso aplicable, cuando los servicios han sido prestados y la cobrabilidad de las correspondientes cuentas a cobrar está razonablemente asegurada. Las ventas se valoran netas de impuestos y descuentos y se eliminan las transacciones entre compañías del grupo.

l) Estimaciones e hipótesis contables significativos

En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas se han utilizado estimaciones realizadas por los Administradores del Grupo para valorar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas. Básicamente estas estimaciones se refieren a:

  • La evaluación de posibles pérdidas por deterioro de determinados activos.

·· La vida útil de los activos materiales e inmateriales.

A pesar de que estas estimaciones se han realizado sobre la base de la mejor información disponible a cierre del ejercicio 2008-09, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas (al alza o a la baja) en los próximos ejercicios, lo que se realizará en su caso, de forma prospectiva.

5. Inmovilizado material

0

D

0

D

0

0

O

O

El movimiento durante los ejercicios 2008-09 y 2007-08 en las diferentes cuentas de inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Coste Saldo al
30.09.07
Altas Saldo al
30.09.08
Terrenos y construcciones 623 968 1.744.110 2.368.078
Instalaciones técnicas, maquinaria y otro inmovilizado 51.337 51.337
Anticipos e inmovilizaciones en curso - 357.165 357.165
Total 675.305 2.101.275 2.776.580
Amortización acumulada Saldo al
30.09.07
Dotación Saldo al
30.09.08
Construcciones (21.641) (21.641)
Instalaciones técnica, maquinaria y otro inmovilizado (3.962) (4.107) (8.069)
Total (3.962) (25.748) (29.710)
Costc Saldo al
30.09.08
Altas Traspasos Diferencias de
conversión
Saldo al
30.09.09
Terrenos y construcciones 2 368 078 74.206 - (14.927) 2.427.357
Instalaciones técnicas, maquinaria y otro
inmovilizado
51.337 207.145 73.753 332.235
Anticipos e inmovilizaciones en curso 357.165 5.401 - - 362.566
Total 2.776.580 286.752 73.753 (14.927) 3.122.158
Amortización acumulada Saldo al
30.09.08
Dotación Corrección
errores
Diferencias de
conversión
Saldo al
30.09.09
Construcciones (21.641) (1.102) 2.262 (20.481)
Instalaciones técnicas, maquinaria y otro
inmovilizado
(8.069) (15.013) (59.414) (82.496)
Total (29.710) (16.115) (59.414) 2.262 (102.977)

El importe registrado como terrenos a 30 de septiembre de 2009 corresponde a la compra formalizada por la Sociedad dominante en fecha 27 de abril de 2006 de una finca localizada en el término municipal de Oropesa (Toledo) así como los trabajos realizados por la compañía para el inmovilizado, y por los terrenos y construcciones aportados por la sociedad filial Pampa Grande, S.A. por un valor bruto de 1.800.889 euros.

La Sociedad ha procedido a reclasificar una instalación de riego registrado por error en el ejercicio 2000 como existencias. Con motivo de esta reclasificación se ha realizado una corrección de errores por la amortización no dotada en ejercicios anteriores.

Al 30 de septiembre de 2009 no existen elementos totalmente amortizados.

No se han producido correcciones valorativas por deterioro.

Los elementos que se encuentran fuera del territorio español son los siguientes:

Amortización
Valor bruto al acumulada al
Cuenta 30.09.09 30.09.09
Ferrenos y construcciones 1.800.889 (20.390)
Instalaciones técnicas y maquinaria, otras instalaciones,
mobiliario y otro inmovilizado 199 534 (10.510)
Anticipos e inmovilizado en curso 5.401
Total 2.005.824 (30.900)

6. Activos biológicos

El detalle de las existencias a 30 de septiembre de 2009 y 30 de septiembre de 2008 es el siguiente:

Saldo al Saldo a
Cuenta 30.09.09 30.09.08
Existencias 5.340.479 3.734.551

Este detalle corresponde básicamente al coste de adquisición de plantones al que se adiciona los trabajos de set-up, mantenimiento y gestión de acuerdo al contrato suscrito por la sociedad dominante con fecha 8 de noviembre de 2005 el cual fue renovado y modificado en sus condiciones y presupuestos con fecha 28 de febrero de 2008 con su accionista Cultivos Agroforestales Eccowood, S.A.

Las características principales de dicho contrato son las siguientes:

Contrato de servicios de dirección facultativa, gestión administrativa, gestión de compras y servicios y gestión comercial de las explotaciones agroforestales. La remuneración fija anual establecida en dicho contrato asciende al 1% sobre el importe total de la inversión prevista por Cultivos Agroforestales Eccowood, S.A. en las explotaciones agroforestales. En este ejercicio con motivo de la aplicación del nuevo contrato, dicha remuneración se ha establecido en 1.102.163 euros (de los cuales 1.051.578 euros han sido facturados a la sociedad española).

La duración del contrato mencionado es de 25 años, renovable de forma automática por sucesivos periodos de 10 años hasta el cumplimiento del objeto contractual.

7. Patrimonio neto

El detalle del patrimonio neto consolidado al 30 de septiembre de 2009 es el siguiente:

Concepto Saldo al
30.09.09
Capital suscrito 12.018.288
Prima de cmisión 1.621.713
Otras reservas (293.824)
Diferencias de conversión (154.546)
Resultados consolidados del ejercicio 2008-09 (288.325)
Total patrimonio neto 12.903.306

Al 30 de septiembre de 2009, el capital social está representado por 12.018.288 acciones de 1 euro de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas. Todas las acciones estás admitidas a cotización y son de la misma clase y otorgan los mismos derechos.

En el momento de salida a Bolsa la distribución accionarial es la que sigue:

Núm. Valor
Titular acciones nominal Porcentaje
G3T, S.L. 1.750.000 1.750.000 14.56%
Brinca 2004, S.L. 1.600.000 1.600.000 13,31%
Acalios Invest, S.L. 1.066.288 1.066.288 8.87%
Relocation Inversiones 1.000.000 1.000.000 8.32%
Rinaca, S.L. 875.000 875.000 7.28%
Arzak, S.L. 875.000 875.000 7.28%
C.A. Eccowood, S.A. 611.775 611.775 5.09%
Interbrokers, S.A. 328.495 328.495 2,74%
Drive Investment Sicav, S.A. 320.000 320.000 2,66%
Finanzas 24 Simcav, S.A. 240.000 240.000 2,00%
Inmobiliaria Iasa, S.A. 240.000 240.000 2.00%
Promax Inv. Newcouno. S.L. 209.416 209.416 1.75%
Infanta Carlota 123, S.L. 209.416 209.416 1.75%
Car 2003 Inv.Mob Sicav, S.A. 200.000 200.000 1.66%
Cuarta Corporacion Inmobiliaria 200-000 200.000 1.66%
Rondinver Inversiones Simcav, S.A. 200.000 200.000 1,66%
Marlin Inversiones Simcav, S.A. 200.000 200.000 1.66%
Pefarval, S.L. 200.000 200.000 1,66%
Tretze 01 Sicav, S.A. 160.000 160.000 1.33%
Anter 99 Sicav, S.A. 160.000 160.000 1,33%
Seny-97 Sicav, S.A. 160.000 160.000 1.33%
Inversions Saconca Sicav, S.A. 160.000 160.000 1.33%
Tugo Inversiones Sicav, S.A. 160.000 160.000 1,33%
Dana Inversiones Sicav, S.A. 160.000 160.000 1,33%
Nemar Inversiones Sicav, S.A. 160.000 160.000 1.33%
Multitrade, S.A. 140.898 140.898 1,17%
Josep Tomás Vilaltella 80.000 80.000 0.67%
Maria Asunción Simon Agustí 80.000 80.000 0,67%
Barcelona Black Knights 2002 Sicav, S.A. 80.000 80.000 0,67%
Arturo de Trinchería Simón 48.000 48.000 0,40%
Nicolas de Trinchería Simón 48.000 48.000 0,40%
Bibiana Vives Simón 48.000 48.000 0,40%
Sergio Vives Simón 48.000 48.000 0,40%
Total 12.018.288 12.018.288 100.00%

Desde entonces se han producido cuatro transacciones por un valor total de 35.266 euros (todas ellas a un precio unitario de transacción de 1,4 euros/acción). No ha habido ninguna notificación de variación de participaciones significativas.

Otras reservas

En este apartado figura un importe de (4.899) euros que corresponde a las reservas en sociedades consolidadas por integración global asignables a Pampa Grande, S.A.

- Diferencias de conversión

Su detalle al 30 de septiembre de 2009, por sociedades, es el siguiente:

Eccowood Invest, S.A. (143.493)
Ecowood Forest, S.A. (878)
Pampa Grande, S.A. (10.175)
(154.546)

8. Sociedades vinculadas

Los saldos mantenidos con sociedades vinculadas al 30 de septiembre de 2009 y 30 de septiembre de 2008, incluidos en el epígrafe de "acreedores comerciales y otras cuentas a pagar" son:

Concepto 30.09.09 30.09.08
(Compras y servicios (Cultivos Agroforcstales Eccowood, S.A.) 1.072.437 428.125
Total 1.072.437 428.125

Los importes y conceptos de las operaciones realizadas en concepto de "compras y servicios recibidos" con esta empresa durante el ejercicio 2009 han ascendido a 2.301.773 (*) euros correspondientes al contrato de prestación de servicios que se menciona en la nota 6.

(*) Se incluye en este importe la mayoría de los gastos de explotación incurridos por el Grupo y registrados en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, las altas de inmovilizado y gastos periodificados registrados en el Balance del Grupo.

9. Administraciones Públicas

El detalle de estas cuentas, expresado en euros, es el siguiente:

30.09.08
Cuenta Saldo
deudor
(corriente)
Saldo
acreedor
Saldo
deudor
(no corriente)
l·lacienda Pública Deudora por Impuesto sobre
el Valor Añadido
323.481 -
Impuesto diferido activo - - 131.371
Impuesto sobre Sociedades 26.367 6.175
Otros 16.946 -
Total 366.794 6.175 131.371
30.09.09
Cuenta Saldo
deudor
(corriente)
Saldo
acreedor
Saldo
deudor
(no corriente)
Hacienda Pública Deudora por Impuesto sobre
el Valor Añadido
238.054 1
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas - 6.706
Impuesto diferido activo (*) - - 21.330
Créditos fiscales - - 189.628
Impuesto sobre Sociedades 45.598 - 1
Otros 10.775 427 -
Total 294.427 7.133 210.958

(*) Corresponde al efecto fiscal de la eliminación de gastos de ampliación de capital y primer establecimiento.

El cálculo del Impuesto sobre Sociedades del grupo, expresado en euros, es el siguiente:

Resultado contable del ejercicio (288.325)
Aumentos Disminuciones
Impuesto sobre Sociedades - (*)
(80.706)
(80.706)
Diferencias permanentes 3.519 3.519
Diferencias temporales (392.998) (392.998)
Base imponible (Resultado fiscal) (758.510)
Cuota íntegra = 25% (189.628)
Retenciones y pagos a cuenta (19.230)
Líquido a devolver (19.230)

(*) Este importe corresponde integramente a la sociedad dominante ECCOWOOD INVEST, S.A.

Los créditos fiscales corresponden a la activación impositiva de las pérdidas del ejercicio 2008-09 y a la reversión de impuestos anticipados con la cancelación de los gastos de constitución y ampliación de capital.

El detalle del movimiento de la cuenta de "Activos por impuestos diferidos" es el siguiente:

Euros
Saldo al 30.09.08 131.371
Altas
Traspasos a créditos fiscales (110.041)
Saldo al 30.09.09 21.330

El detalle de la evolución y saldo del epígrafe de "Créditos fiscales" es el siguiente:

Euros
Saldo al 30.09.08
Traspaso de activos por impuestos diferidos 110.041
Activación créditos fiscales por pérdidas del ejercicio 08-09 79.587
Saldo al 30.09.09 189.628

Están abiertos a inspección fiscal todos los impuestos a los que las sociedades del Grupo están sujetas para los ejercicios no prescritos.

10. Ingresos y gastos

Detalle de resultados consolidados

La aportación de cada sociedad incluida en el perímetro de consolidación a los resultados del ejercicio 2008-09 es la siguiente:

Euros
Eccowood Invest, S.A. (285.232)
Pampa Grande, S.A. (3.093)
Total (288.325)

11. Retribuciones, otras prestaciones y otra información del Consejo de Administración y personal de Alta Dirección

El Consejo de Administración y personal de Alta Dirección de la sociedad dominante no ha percibido en los ejercicios 2007-08 y 2008-09 ninguna cuantía en concepto de sueldo y salarios. Asimismo no existen obligaciones en materia de pensiones y seguros de vida, ni anticipos o créditos concedidos al conjunto de los miembros del Consejo de Administración.

El detalle relativo a miembros del Consejo de Administración con participaciones en sociedades análogas al objeto social de la sociedad es el siguiente:

% de participación en Cultivos
Agroforestales Eccowood, S.A.
G3T 5%
Infanta Carlota 123 S.L. 16.73%
D. Alejandro Gómez Rubio 5.76%

Todos ellos tienen participaciones en la sociedad gestora de Eccowood Invest, S.A., denominada Cultivos Agroforestales Eccowood, S.A. En todos los casos se trata de participaciones directas.

12. Otra información

La Sociedad dominante tiene concedido un aval con la entidad financiera Banco Sabadell por un importe de 328.874 miles de euros, en concepto de garantía de cumplimiento de las obligaciones derivadas del arrendamiento de la finca sita en Luna (Zaragoza).

Los honorarios devengados por los auditores de la sociedad dominante durante el ejercicio, únicamente por trabajos de auditoría de cuentas, han ascendido a 5.040 euros.

13. Objetivos y políticas de gestión del riesgo

Desde su constitución, la sociedad dominante, ECCOWOOD INVEST, S.A. ha sido gestionada con criterios de prudencia, a fin de elevar la eficiencia de la gestión y mejorar sus resultados a medio y largo plazo. Los principales riesgos de la Sociedad son:

13.1. Riesgos operativos

a) Ciclo económico

La madera es una "commodity" y, por lo tanto, la formación de su precio está sometida a las tensiones de la oferta y la demanda del mercado internacional.

b) Concentración de inversiones en Argentina

Las actividades y proyectos principales de la sociedad se dirigen y expanden internacionalmente y el volumen de ingresos que espera comenzar a obtener procederá de la comercialización internacional del producto que obtenga, por lo que estos ingresos pueden resultar afectados por los riesgos inherentes a operaciones de carácter internacional.

c) Dependencia de partes vinculadas

La sociedad no cuenta con una estructura empresarial propia sino que externaliza la totalidad de su actividad incluida la dirección facultativa de las explotaciones, la puesta en marcha de las explotaciones, la gestión administrativa, la gestión de compras y servicios y la gestión comercial, mediante contratos suscritos con partes vinculadas. lo que supone una notable dependencia de las mismas.

d) Empresa en expansión

La sociedad espera experimentar una importante expansión de su negocio en el futuro.

El crecimiento de la actividad requerirá que las relaciones entre las partes vinculadas y la Sociedad acomoden sus estructuras y recursos a las nuevas exigencias derivadas del incremento del volumen de su negocio.

e) Riesgos asociados al volumen y calidad de la madera de los proyectos agroforestales

Se hace constar que no se puede asegurar si el volumen y la calidad de la madera obtenida se ajustarán a las previsiones contempladas en el proyecto económico financiero del Plan de negocio preparado por la sociedad, ya que las estimaciones o valoraciones realizadas aún habiendo sido contrastadas por experto independiente pueden resultar imprecisas o incorrectas frente a la diversidad de acontecimientos adversos que pueden darse en el devenir de un proyecto agroforestal

f) Riesgo de pérdida, no arraigo o destrucción de los árboles

El buen fin de las plantaciones agroforestales representa básicamente los riesgos asociados a la pérdida,, no arraigo o destrucción de los árboles propios de todo proyecto agroforestal.

g) Riesgos derivados del "Cambio Climático"

Factores asociados al "Cambio Climático" podrían acabar afectando al desarrollo de las explotaciones, aunque a fecha de los presentes cuentas anuales consolidadas no puede determinarse si se producirán y, en su caso, en qué medida afectarían.

h) Reclamaciones judiciales y extrajudiciales

Si bien a la fecha actual, la sociedad no tiene ningún conflicto de tenencia de tierras con pobladores indígenas y sus propiedades no son lugar de asentamiento ni de uso consuetudinario de población aborigen alguna, no debe subestimarse los riesgos inherentes.

  • 13.2. Riesgos financieros
    • a) Acceso a fuentes de financiación y condiciones

La situación financiera internacional actual hace prever dificultades y restricciones en la obtención de financiación por parte de las entidades y/o del mercado para realizar las inversiones proyectadas y, por lo tanto, un aumento y endurecimiento de las condiciones y los costes de dicha financiación.

b) Riesgo de tipo de cambio

La Sociedad va a llevar a cabo operaciones en España, Argentina y tal vez en otros países. La Sociedad afronta riesgos de fluctuación del tipo de cambio en la medida en que ella, sus filiales y sucursal celebran contratos o incurren en costes significativos utilizando una moneda distinta del euro y puede encontrar dificultades para casar los ingresos con los costes denominados en la misma moneda.

c) Evolución del precio de mercado de la madera

La remuneración por la venta de madera está vinculada al precio de mercado. Éste puede ser volátil y está condicionado a diversos como el coste de las materias primas empleadas o la demanda del consumidor final.

d) Riesgo derivado del coste de producción de la madera

Hechos extraordinarios y/o no previstos, pueden producir aumentos extraordinarios de los costes y/o de las inversiones necesarias y, en la medida en que las provisiones y márgenes de seguridad asumidos dentro del presupuesto del plan financiero no puedan sufragarlos, la Compañía deberá evaluar y poner en marcha mecanismos para cubrirlos, sea mediante deuda y/o aumentos de capital.

e) Riesgo de iliquidez de la cartera de patrimonio

El inversor deberá tener presente que, a corto plazo, en la situación actual la liquidez del emisor depende de las aportaciones de socios al capital social.

  • 13.3. Riesgos regulatorios
    • a) Marco regulatorio del sector forestal y agroforestal

Las distintas regulaciones; sobre sanidad vegetal, el uso de los recursos hídricos, usos del suelo, etc, pueden influir en el ritmo y en el desarrollo de la actividad del emisor.

b) Dependencia de permisos, autorizaciones y concesiones

Las actividades llevadas a cabo por el Grupo Eccowood se encuentran sujetas a regulación administrativa. Los permisos, autorizaciones y concesiones pueden resultar complicados de obtener, lo que puede, a su vez, resultar en retrasos y costes adicionales para la Sociedad.

c) Normativa medioambiental

Las actividades de la sociedad, se encuentran asimismo sujetas a la normativa medioambiental, lo que puede influir en los resultados y en la situación financiera de la Sociedad.

14. Información sobre medio ambiente

El Grupo no posee activos significativos incluidos en el inmovilizado material destinados a la minimización del impacto medioambiental y a la protección y mejora del medio ambiente ni ha recibido subvenciones ni incurrido en gastos durante el ejercicio cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente. Asimismo, el Grupo no ha dotado provisiones para cubrir riesgos y gastos por actuaciones medioambientales, al estimar que no existen contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio ambiente.

FORMULACIÓN DE CUENTAS ANUALES POR EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente, los Administradores de ECCOWOOD INVEST, S.A. han formulado las cuentas anuales consolidadas de la sociedad ECCOWOOD INVEST, S.A. y SOCIEDADES DEPENDIENTES (balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estados de cambio en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) correspondientes al ejercicio anual terminado el 30 de septiembre de 2009.

Asimismo declaran firmado de su puño y letra los citados documentos, mediante la suscripción del presente folio anexo a las notas adjuntas, que se extiende en las páginas números 1 a 19.

de diciembre de 2009 Dª Yolanda Bassat Orellana D. Jejandro Gordez Rubio Presidente | Consejero Delegado G3T, S.L. Acalios Invest, S.L. (representada por D. Rafael Tous Godia) (representada por Dª Mª Isabel Gómez Casals) Consejero / Consejero Francesc Nadal Ribera Jorge Campins Figueras Conselero Consejero Brinça 2004, S.L. Relocation Inversiones, S.L. (representada por D. Arturo de Trinchería Simón) (representada por Dª Yolanda Bassat Orellana) Consejero Consejera Finplanners, S.L. (representada por Dª Elena Yepes Evangelista) Conseiera®

INFORME DE GESTIÓN DEL GRUPO ECCOWOOD

2008 / 2009

Evolución del negocio en el presente ejercicio:

La actividad agroforestal del Grupo se concentra en plantaciones de juglans nigra (nogal negro americano) tanto en España como en Argentina. Se trata de una especie biológica de lento crecimiento vegetativo, que requiere de 25 años hasta el momento de su tala definitiva y de realización de ventas. El Grupo dispone de diferentes inversiones, tanto a nivel nacional como en Argentina. Durante el presente ejercicio que abarca desde el 1 de octubre de 2008 hasta el 30 de septiembre de 2009, la situación de las inversiones por países es la siguiente:

En España, en la región de Luna (Zaragoza) se mantiene una explotación de 35 hectáreas (has, en adelante) de 6 años de antigüedad. Las labores realizadas durante el ejercicio han consistido en el mantenimiento de las mismas (podas, control de malas hierbas, adaptación de la fertirrigación según condiciones edafoclimáticas, aplicaciones fitosanitarias, ensayos de crecimiento, mantenimiento de las instalaciones de riego, etc.).

En la región de Oropesa, en Toledo, el Grupo posee otras 35 has cultivadas de nigra, con una antigüedad de dos años y cuyas labores de mantenimiento han sido similares a las aplicadas en Luna.

En Argentina, a fecha presente, está previsto cultivar 500has totales de i nigra durante los próximos años. Durante este ejercicio se han cultivado las primeras 30 has, tras desarrollar labores previas de desmonte y nivelación del terreno, así como instalación del equipo de riego y equipos telemétricos. También dicha obra ha abarcado la implantación y conexión de la red eléctrica hasta la finca. Las operaciones han resultado satisfactorias, puesto que los objetivos marcados -la puesta en marcha de los equipos y el primer plantado- se han logrado a un coste inferior al presupuestado.

A nivel financiero, tanto los gastos como las inversiones son autofinanciadas por el Grupo, que posee un capital social de 12 millones de euros y una prima de emisión de 1,6 millones de euros. Al cierre del ejercicio 2008 / 2009 el Grupo posee tesorería remanente por importe de 4,8 millones de euros para acometer las labores propias del mantenimiento agroforestal, así como las inversiones necesarias para el desarrollo de su negocio agroforestal en Argentina; en donde para el próximo ejercicio se planea cultivar 50 has adicionales.

El resultado del ejercicio arroja unas pérdidas consolidadas de -288.3 miles de euros. derivados de gastos de explotación no capitalizables como mayor valor de existencias; por no estar directamente vinculados a la explotación agroforestal y, por tanto, no

formar parte del coste imputable al activo biológico y que representa, de forma razonable, su crecimiento anual vegetativo.

Estos gastos, de naturaleza extraordinaria en su mayor parte y no recurrentes en próximos ejercicios, los ha generado la sociedad matriz del Grupo y corresponden, básicamente a:

  • Costes vinculados a la salida a Bolsa por parte de ECCOWOOD INVEST, S.A., por un importe total de 72 mil euros

  • Costes vinculados al Due Diligence forestal para la adquisición del grupo Candlewood (ver último párrafo del presente epígrafe), por un total de 89 mil euros.

  • Diferencias de cambio negativas por un importe total de 180 mil euros en las que se ha incurrido debido a que el Grupo había contratado coberturas de cambio para la compra de dólares (US\$), con la que pensaba hacer frente al primer pago de la operación de compra del grupo Candlewood y cuyo primer plazo inmediato una vez se ejercía la opción de compra- suponía el desembolso de 4,5 millones de US\$. Puesto que finalmente la opción no se ejerció, la continua depreciación del dólar en los últimos meses del ejercicio ha penalizado fuertemente la cuenta de explotación del Grupo. En el mismo sentido, adicionalmente, la continua bajada de tipos de interés ha penalizado la rentabilidad de los depósitos del Grupo, en cualquiera de las divisas que posee colocadas a plazo; tanto en euros como en dólares.

La sociedad ECCOWOOD INVEST, S.A. es responsable en un 99% del resultado global del Grupo en este ejercicio. Esto es así porque las sociedades filiales de la matriz no son operativas en strictu senso, sino que, a fecha del presente informe, son sociedades patrimoniales.

En el ámbito forestal, tal y como ya hemos anticipado en comentarios anteriores, con fecha 24 de septiembre de 2009 ECCOWOOD INVEST, S.A. decide poner fin al proceso de negociación que mantenía con la sociedad Candlewood Timber Group LLC y sus filiales Forestal Santa Bárbara, S.R.L. y Plaza, S.R.L. (Grupo Candlewood) -tal y como notificó a la CNMV-, declinando ejercer la opción de compra que detentaba para la adquisición de dicho grupo, al no alcanzarse un acuerdo ventajoso para la sociedad Eccowood Invest, S.A. A fecha del presente informe, el Grupo Eccowood no tiene en cartera ninguna inversión forestal.

Evolución previsible del Grupo en un futuro:

Para el próximo ejercicio está previsto continuar con el mantenimiento de las fincas agroforestales españolas, así como cultivar 50 has más de j.nigra en Argentina.

A nivel financiero, la explotación agroforestal, pese a la capitalización de muchos de sus costes, genera pérdidas que podrían verse compensadas -total o parcialmente- en

función de la evolución de la divisa dólar; ya que, a fecha del cierre del ejercicio, el Grupo posee un 66% de sus saldos disponibles de tesorería en esta divisa.

Por otra parte, no es descartable que el Consejo de Administración siga buscando oportunidades de negocio, especialmente en el ámbito forestal.

Hechos relevantes acaecidos a lo largo del ejercicio:

Los principales hechos societarios sucedidos en Eccowood Invest, S.A durante este ejercicio, hasta el 30 de septiembre de 2009 han sido:

  • · El 9 de junio de 2009, la sociedad matriz Eccowood Invest,S.A. suscribió una aportación de capital a su sucursal argentina por valor de 300.000 euros para la realización de las inversiones que están en marcha, según el Plan de Negocio y los gastos de set up y mantenimiento de su proyecto agroforestal en Río Negro (Neuquén, Argentina).
  • · El 18 de junio de 2009 la sociedad Eccowood Invest, S.A. ha sido admitida a cotización en el mercado Secundario de corros de la Bolsa de Barcelona.
  • El 15 de julio de 2009, Eccowood da inicio formal al trámite para la obtención de Bonos Verdes CO2. Con su proyecto "Rio Negro" en Argentina que implica la forestación de 500 ha Eccowood contribuye con la mitigación del cambio climático y del efecto invernadero. Una vez obtenidos estos bonos va a comercializarlos en el mercado de CO2.
  • · El 24 de septiembre de 2009 Eccowood Invest, S.A. decide poner fin al proceso de negociación en relación con el ejercicio de la opción de compra para la adquisición de la sociedad Candlewood Timber Group LLC y sus filiales Forestal Santa Bárbara, S.R.L. y Plaza, S.R.L. (Grupo Candlewood) al no alcanzar un acuerdo ventajoso para la sociedad.

Hechos posteriores: acontecimientos importantes para el Grupo ocurridos después del cierre del ejercicio:

No existen hechos posteriores significativos a destacar desde el cierre del ejercicio hasta la fecha de emisión de este informe.

Principales riesgos financieros y uso de instrumentos financieros:

a) Acceso a fuentes de financiación y condiciones

La situación financiera internacional actual hace prever dificultades y restricciones en la obtención de financiación por parte de las entidades v/o del mercado para realizar las inversiones proyectadas y, por lo tanto, un aumento y endurecimiento de las condiciones y los costes de dicha financiación.

b) Riesgo de tipo de cambio

La Sociedad va a llevar a cabo operaciones en España, Argentina y tal vez en otros países. La Sociedad afronta riesgos de fluctuación del tipo de cambio en la medida en que ella, sus filiales y sucursal celebran contratos o incurren en costes significativos utilizando una moneda distinta del euro y puede encontrar dificultades para casar los ingresos con los costes denominados en la misma moneda.

Para minimizar el impacto de los riesgos de cambio, la Sociedad ha utilizado instrumentos financieros de cobertura con la finalidad de intentar garantizar las previsiones financieras y nunca con fines especulativos.

Durante el ejercicio 2007 / 2008 se suscribió un seguro de cambio (Forward) para la compra a plazo de 3 millones de US\$, cuyo vencimiento fue en este ejercicio 2008 / 2009 (diciembre), con la finalidad de cubrir el riesgo de apreciación del dólar que se preveía por entonces y con los que estaba previsto realizar el primer pago para la adquisición del grupo Candlewood, que por entonces se entendía previsible.

Información adicional requerida según el artículo 116 bis de la Ley del Mercado de Valores

Estructura de Capital

El capital social de Eccowood Invest S.A. es de 12.018.288 euros y está representado por 12.018.288 acciones de 1 euro de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.. Todas las acciones están admitidas a cotización y son de la misma clase y otorgan lo mismos derechos.

Restricción a la transmisibilidad de valores

No existen restricciones a la transmisibilidad de valores

Participaciones significativas en el capital (directas o indirectas)

Las participaciones más significativas en el capital social son:

A130.09.2009
0/0
Sociedad Participación
G3T 14,56%
Brinca 2004, S.L. 13,31%
Acalios Invest, S.L. 8.87%
Relocation Inversiones S.L. 8.32%
Arzak, S.L. 7.28%
Rinaca, S.L. 7,28%
C.A. Eccowood, S.A. 5,09%

Restricción al derecho de voto

No existen restricciones a los derechos de voto.

Pactos parasociales

No existen pactos parasociales

Normas aplicables al nombramiento y sustitución de los miembros del órgano de administración y a la modificación de los estatutos de la sociedad

El Consejo de administración estará compuesto por tres miembros como mínimo y nueve como máximo, elegidos por la Junta General, correspondiendo a ésta la determinación exacta de su número. Para la designación individual de sus miembros, podrán los accionistas agruparse en la forma establecida por el artículo 137 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de accionista, pudiendo serlo tanto personas físicas como jurídicas, pero en este último caso, deberán nombrarse, a estos efectos, una o varias personas físicas que las representen, cumpliendo lo preceptuado en la Ley.

No podrán ser administradores las personas declaradas incompatibles por la Ley 12/1995 de 11 de Mayo, las que incurran en las prohibiciones del art. 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, y en las demás leyes estatales y autonómicas vigentes.

Los consejeros serán designados por la Junta General de Accionistas o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas.

Sin perjuicio de la competencia de la Junta General y, en su caso, del Consejo de Administración para el nombramiento de los Consejeros, las propuestas al respecto corresponderán al Presidente, en caso de cooptación, y al Consejo en relación con la Junta General.

Las mismas reglas se aplicarán también en la reelección de Consejeros.

Los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cinco años, pudiendo ser reelegidos, una o más veces, por periodos de igual duración. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o haya transcurrido el término legal para la celebración de la Junta General Ordinaria. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.

Salvo que razones de interés social lo aconsejaran, los Consejeros independientes no podrán permanecer en su cargo por un período continuado superior a doce (12) años. Se aplicará la misma regla en los supuestos de una permanencia discontinua, si dicha discontinuidad fuese inferior a dos (2) años consecutivos.

Los Consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el período por el que fueron nombrados y no fueren reelegidos, y cuando lo decidan la Junta General o el Consejo de Administración, en uso de las atribuciones que tienen conferidas legal o estatutariamente.

Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

  • a) Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero.
  • b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
  • c) Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o cuando desaparezcan las razones por las que fue nombrado.
  • d) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.
  • e) Los Consejeros dominicales, cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial o cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus Consejeros Dominicales.

Será de aplicación todo lo dispuesto en este artículo en los supuestos de representantes de Consejeros personas jurídicas. Asimismo, será causa específica de cese del representante el supuesto en que éste terminase, por la razón que fuese, su relación con la persona jurídica representada y que motivó su nombramiento como representante. Los miembros de los Comités cesarán cuando lo hagan en su condición de Consejero.

Modificación de los Estatutos Sociales

Las Juntas de Accionistas quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando los accionistas presentes o representados, representen al menos la cuarta parte del capital suscrito con derecho a voto; en segunda convocatoria, cualquiera que sea el capital representado.

No obstante, para que la Junta pueda acordar válidamente la emisión de obligaciones, el aumento o disminución del capital social, la transformación, fusión o escisión o cualquier otra modificación estatutaria, habrán de concurrir a ella, en primera convocatoria, socios que representen la mitad del capital suscrito con derecho a voto; en segunda convocatoria bastará la representación de la cuarta parte del capital suscrito con derecho a voto.

Sin embargo, cuando concurran accionistas que representen menos del cincuenta por ciento del capital suscrito, con derecho a voto, los acuerdos sociales a que se refiere el párrafo anterior, solo podrán adoptarse con el voto favorable de las dos terceras partes del capital presente o representado en la Junta.

Poderes de los miembros del Consejo de Administración y, en particular, los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones.

La Junta General de Accionistas , debidamente convocada y constituida, tendrá la competencia para deliberar y adoptar acuerdos sobre todos aquellos asuntos para los que por normativa legal o estatutaria se reserven a su decisión, y en especial acerca de:

  • Aprobar, en su caso, la emisión de obligaciones o de otros instrumentos financieros, el aumento o reducción de capital, la transformación. fusión, escisión o disolución de la Sociedad, las operaciones de cesión global de activos y pasivos, las operaciones sobre acciones y, en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales; así como las autorizaciones al Consejo de Administración para realizar aumentos de capital en la Sociedad y emisión de obligaciones de conformidad con la normativa de aplicación.
  • Aprobar las operaciones que signifiquen una modificación estructural de la Sociedad o las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la Sociedad y, en particular, la transformación de la Sociedad en una compañía holding mediante "filialización" o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia Sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas; la adquisición o enajenación de activos operativos esenciales cuando entrañe una modificación efectiva del obieto social.

Acuerdos significativos que haya celebrado la Sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la Sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

No existen acuerdos de este tipo.

Acuerdos entre la Sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan de indemnizaciones cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación laboral llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición.

No existen acuerdos de este tipo.

Otros aspectos a significar:

Trabajos de Investigación y Desarrollo

El Grupo no ha realizado, ni directa ni indirectamente, ningún tipo de actividad de Investigación y Desarrollo a lo largo del ejercicio 2008 / 2009.

Operaciones con acciones propias

La sociedad matriz, Eccowood Invest S.A. no posee acciones propias a 30 de septiembre de 2009 ni a comienzos del ejercicio (1 de octubre de 2008). En ningún momento del presente ejercicio ha poseído acciones propias en cartera.

Informe Anual de Gobierno Corporativo

Como Anexo al presente Informe de Gestión se presenta el Informe Anual de Gobierno Corporativo, que forma parte integrante del Informe de Gestión de Eccowood Invest,S.A. del ejercicio 2008-2009.

INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO

SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

FECHA FIN DE EJERCICIO: 30/09/2009

C.I.F.: A-43777119

O

O

O

O

Denominación social: ECCOWOOD INVEST, S.A.

MODELO DE INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS

Para una mejor comprensión del modelo y posterior elaboración del mismo, es necesario leer las instrucciones que para su cumplimentación figuran al final del presente informe.

A - ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

D

D

D

A.1 Complete el siguiente cuadro sobre el capital social de la sociedad:

Fecha de última
modificación
Capital Social (euros) Número de acciones Número de derechos de
voto
10/06/2008 12.018.288.00 12.018.288 12.018.288

Indiquen si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

NO

A.2 Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas, de su entidad a la fecha de cierre de ejercicio, excluidos los consejeros:

Nombre o denominación social del accionista Número de
derechos de voto
directos
Número de
derechos de voto
indirectos(")
% sobre el total
de derechos de
voto
DOÑA CARMEN GODIA BULL 0 1.750.000 14.561
DOÑA MARGARITA CUBI DEL AMO 0 1.000.000 8,321
LADAN 2002, S.L. 0 875.000 7,281
RINACA, S.L. 875.000 0 7,281
CULTIVOS AGROFORESTALES ECCOWOOD, S.A. 611.775 0 5.090
Nombre o denominación social
del titular indirecto de la
participación
A través de: Nombre o
denominación social del titular
directo de la participación
Número de derechos
de voto directos
% sobre el total de
derechos de voto
DONA CARMEN GODIA BULL G3T, S.L. 1.750.000 14.561
DOÑA MARGARITA CUBI DEL
AMO
RELOCATION INVERSIONES.
S.L.
1.000.000 8,321
LADAN 2002, S.L. ARZAK, S.L. 875.000 7.281

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

A.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de Administración de la sociedad, que posean derechos de voto de las acciones de la sociedad:

Nombre o denominación social del consejero Número de
derechos de voto
directos
Número de
derechos de voto
indirectos (*)
% sobre el total
de derechos de
voto
ACALIOS INVEST, S.L. 1.066.288 0 8,872
BRINCA 2004, S.L. 1.600.000 O 13.313
G3T, S.L. 1.750.000 0 14,561
RELOCATION INVERSIONES, S.L. 1.000.000 0 8.321
% total de derechos de voto en poder del consejo de administración
-- -------------------------------------------------------------------- --

O

O

O

O

D

D

O

O

O

O

O

O

O

O

D

45,067

Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del Consejo de la sociedad, que posean derechos sobre acciones de la sociedad:

A.4 Indique, en su caso, las relaciones de indole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

A.5 Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad ylo su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Tipo de relación : Contractual Breve descripción : Prestación de servicios

0

D

O

Nombre o denominación social relacionados

CULTIVOS AGROFORESTALES ECCOWOOD, S.A.

A.6 Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en el art. 112 de la LMV. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

no

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

NO

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indiquelo expresamente:

A.7 Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 4 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifiquela:

NO

A.8 Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de acciones directas Número de acciones indirectas (") % total sobre capital social
0,000

(*) A través de:

Total

Detalle las variaciones significativas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1362/2007, realizadas durante el ejercicio:

0

0

Plusvalía/(Minusvalía) de las acciones propias enalenadas durante el periodo (miles de euros)
-----------------------------------------------------------------------------------------------

A.9 Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la Junta al Consejo de Administración para llevar a cabo adquisiciones o transmisiones de acciones propias.

No hay autorización de la Junta para la adquisición o transmisión de acciones propias.

A.10 Indique, en su caso, las restricciones legales y estatutarias al ejercicio de los derechos de voto, así como las restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social. Indique si existen restricciones legales al ejercicio de los derechos de voto:

NO

Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por restricción legal

Indique si existen restricciones estatutarias al ejercicio de los derechos de voto:

NO

Porcentaje máximo de derechos de voto que puede ejercer un accionista por una restricción 0 estatutaria

Indique si existen restricciones legales a la adquisición o transmisión de participaciones en el capital social:

A.11 Indique si la Junta General ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

no

En su caso, explique las medidas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

B - ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD

B.1 Consejo de Administración

B.1.1 Detalle el número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos:

Número máximo de consejeros
Número mínimo de consejeros 3

B.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del Consejo:

Nombre o
denominación social
del consejero
Representante Cargo en el
consejo
F. Primer
nombram
F. Ultimo
nombram
Procedimiento
de elección
DONA YOLANDA
BASSAT ORELLANA
- PRESIDENTE 28/09/2005 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON J. ALFJANDRO
GOMEZ RUBIO
CONSEJERO
DELEGADO
30/07/2004 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
ACALIOS INVEST, S.L. Mª ISABEL GOMEZ
CASALS
CONSEJERO 22/12/2006 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
Nombre o
denominación social
del consejero
Representante Cargo en el
consejo
F. Primer
nombram
F. Ultimo
nombram
Procedimiento
de elección
BRINÇA 2004, S.L. ARTURO DE
TRINCHERÍA SIMÓN
CONSEJERO 17/03/2009 17/03/2009 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
FINNPLANNERS, S.L. ELENA YEPES
EVANGELISTA
CONSEJERO 17/03/2009 17/03/2009 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON FRANCESC
NADAL RIBERA
-- CONSEJERO 28/09/2005 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
G3T, S.L. RAFAEL TOUS
GODIA
CONSEJERO 28/09/2005 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
DON JORGE CAMPINS
FIGUERAS
-- CONSEJERO 15/09/2008 15/09/2008 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS
RELOCATION
INVERSIONES, S.L.
--- CONSEJERO 17/03/2009 17/03/2009 VOTACIÓN EN
JUNTA DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros

0

O

D

O

O

O

D

9

Indique los ceses que se hayan producido durante el periodo en el Consejo de Administración:

Nombre o denominación social del consejero Condición consejero en el
momento de cese
Fecha de baja
DOÑA MARGARITA CUB DEL AMO DOMINICAL 17/03/2009
DON ARTURO DE TRINCHERÍA SIMÓN DOMINICAL 17/03/2009

B.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta condición:

CONSEJEROS EJECUTIVOS

Nombre o denomincaión del consejero Comisión que ha
propuesto su
nombramiento
Cargo en el organigrama
de la sociedad
DON J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO ww Consejero Delegado
Número total de consejeros ejecutivos
% total del consejo 11,111

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES

O

O

1

O

0

Nombre o denominación de!
consejero
Comisión que ha propuesto su
nombramiento
Nombre o denominación del
accionista significativo a quien
representa o que ha propuesto su
nombramiento
DOÑA YOLANDA BASSAT ORELLANA -- INFANTA CARLOTA 123, S.L.
ACALIOS INVEST, S.L. -- ACALIOS INVEST, S.L.
BRINÇA 2004, S.L. - BRINÇA 2004, S.L.
FINNPLANNERS, S.L. CAR 2003 INVERSIONES
INMOBILIARIAS SIČAV S A.
DON FRANCESC NADAL RIBERA -- RINACA, S.L.
G3T, S.L. - G3T, S.L.
DON JORGE CAMPINS FIGUERAS PEFARVAL, S.A.
RELOCATION INVERSIONES, S.L. - RELOCATION INVERSIONES, S.L.
Número total de consejeros dominicales
% total del Consejo 88,889

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES

otros consejeros externos

Número total de otros consejeros externos

0

0,000

Detalle los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vinculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas.

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la tipología de cada consejero:

B.1.4 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 5% del capital.

Nombre o denominación social del accionista CAR 2003 INVERSIONES INMOBILIARIAS SICAV S.A. Justificación

Representación de un grupo de pequeños accionistas

Nombre o denominación social del accionista INFANTA CARLOTA 123, S.L.

Justificación

Representción de una de las sociedes fundadoras de la compañía

Nombre o denominación social del accionista PEFARVAL, S.A.

Justificación

Representación grupo familiar

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido.

no

B.1.5 Indique si algún consejero ha cesado en su cargo antes del término de su mandato, si el mismo ha explicado sus razones y a través de qué medio, al Consejo, y, en caso de que lo haya hecho por escrito a todo el Consejo, explique a continuación, al menos los motivos que el mismo ha dado:

Nombre del consejero DON ARTURO DE TRINCHERÍA SIMÓN Motivo del cese Renovación de cargos

Nombre del consejero DOÑA MARGARITA CUBÍ DEL AMO

Motivo del cesa

Renovación de cargos

B.1.6 Indique, en el caso de que exista, las facultades que tienen delegadas el o los consejero/s delegado/s:

Nombre o denominación social consejero

DON J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO

Breve descripción

El Consejero Delegado tiene delegadas las siguientes facultades y poderes:

a) Administrar los bienes sociales y llevar la dirección y gestión de de los negocios de la compañía.

b) Representar a la sociedad jurídica, contractual y extracontractualmente.

c) Efectuar trámites, gestiones y comunicaciones ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

d) Comprar y vender mercaderías, productos y maquinaria, elc.; firmar facturas, pólizas, solicitudes y declaraciones juradas.

e) Contestar y firmar la correspondencia y llevar la contabilidad y demás libros sociales y comerciales.

f) Expedir y recibir mercancias y efectos firmando declaraciones.

g) Abrir y cerrar compartimentos de cámaras acorazadas e imponer y retirar de ellas los documentos u objelos que tengan a bien.

h) Cobrar, reclamar y recibir cuanto se deba a la Sociedad cualquiera que sea su origen, causa o razón y persona o entidad obligada al pago.

i) Transigir derecho y acciones y someterse a juicio de árbitros de derecho o equidad.

j) Conceder quitas y esperas y llevar la representación de la sociedad en las mismas y en los concursos de acreedores, suspensiones de pagos y quiebras de sus deudores.

k) Nombrar y despedir empleados, fijando sus atribuciones, sueldos y emolumentos.

l) Aprobar, impugnar y liquidar cuentas, con facultad de saldarlas, finiquitarlas y aceptar, en pago de ellas, toda clase de bienes y derechos.

m) Depositar, invertir y manejar los fondos sociales, a cuyo fin podrán abir, imponer, retirar, cancelar y seguir cuentas corrientes y de crédito de toda clase instituciones bancarias.

n) Modificar, transferir, cancelar, retirar y constituir depósitos y fianzas de efectivo o valores, provisionales o definitivos.

o) Comprar, vender, arrendar e hipotecar o gravar bienes muebles, derechos reales y personales y valores e incluso vehículos de tracción mecánica; hacer declaraciones de edificación, plantación, deslindes, amojonamientos, agrupaciones y segregaciones de fincas; promover y seguir e

B.1.7 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación social consejero Denominación social de la entidad del grupo Cargo
Don J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO ECCOWOOD FOREST S.A. Presidente
Don J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO PAMPA GRANDE S.A. Presidente

B.1.8 Detalle, en su caso, los consejeros de su sociedad que sean miembros del Consejo de Administración de otras entidades cotizadas en mercados oficiales de valores en España distintas de su grupo, que hayan sido comunicadas a la sociedad:

B.1.9 Indique y en su caso explique si la sociedad ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros:

ട്വ

O

O

O

0

O

D

O

O

O

O

D

D

0

Explicación de las reglas

Según lo dispuesto en el articulo 20.2. del Reglamento del Consejeros no podrán ser miembros o pertenecer a más de cinco (5) órganos de administración, individuales o colegiados, de sociedades mercantiles que coticen en Bolsas de Valores.

B.1.10 En relación con la recomendación número 8 del Cödigo Unificado, señale las políticas y estrategias generales de la sociedad que el Consejo en pleno se ha reservado aprobar:

La política de inversiones y financiación દી
La definición de la estructura del grupo de sociedades ટા
La política de gobierno corporativo SI
La política de responsabilidad social corporativa ટા
El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales ટા
La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos SI
La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de
información y control
SI
La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus limites ਫੈ।

B.1.11 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración agregada de los consejeros devengada durante el ejercicio:

a) En la sociedad objeto del presente informe:

Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Retribucion Fija 0
Retribucion Variable 0
Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Dietas 0
Atenciones Estatutarias 0
Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros 0
Otros 0

1

O

0

O

O

1

C

O

Total

0

Otros Beneficios Datos en miles de
euros
Anticipos 0
Creditos concedidos 0
Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones 0
Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas 0
Primas de seguros de vida 0
Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros 0

b) Por la pertenencia de los consejeros de la sociedad a otros consejos de administración ylo a la alta dirección de sociedades del grupo:

Concepto retributivo Datos en miles de
euros
Retribucion Fija 0
Retribucion Variable 0
Dietas 0
Atenciones Estatutarias 0
Opciones sobre acciones y/o otros instrumentos financieros 0
Otros 0
Total 0
Otros Beneficios Datos en miles de
euros
Anticipos 0
Creditos concedidos 0
Fondos y Planes de Pensiones: Aportaciones 0
Fondos y Planes de Pensiones: Obligaciones contraidas 0
Primas de seguros de vida 0
Garantias constituidas por la sociedad a favor de los consejeros 0

c) Remuneración total por tipología de consejero:

D

Tipología consejeros Por sociedad Por grupo
Ejecutivos 0 0
Externos Dominicales 0 0
Externos Independientes 0 0
Otros Externos 0 0
Total 0 0

d) Respecto al beneficio atribuido a la sociedad dominante

Remuneración total consejeros(en miles de euros)
Remuneración total consejeros/beneficio atribuido a la sociedad dominante (expresado en %) 0.0

B.1.12 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

B.1.13 Identifique de forma agregada si existen cláusulas de garantía o blindaje, para casos de despido o cambios de control a favor de los miembros de la alta dirección, incluyendo los consejeros ejecutivos, de la sociedad o de su grupo. Indique si estos contratos han de ser comunicados ylo aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo:

Número de beneficiarios
Consejo de Administración Junta General
Organo que autoriza las cláusulas NO

¿Se informa a la Junta General sobre las cláusulas?

D

0

D

B.1.14 Indique el proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas estatutarias relevantes al respecto.

no

Proceso para establecer la remuneración de los miembros del Consejo de Administración y las cláusulas
estatutarias

El aticulo 28 del Reglamento de Administración que regula sobre la retribución de los Consejeros establece que los Consejeros no tendrán derecho a retribución alguna.

Señale si el Consejo en pleno se ha reservado la aprobación de las siguientes decisiones.

A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos,
así como sus cláusulas de indemnización.
La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutívos, la retribución adicional por sus
funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos.
ടി

B.1.15 Indique si el Consejo de Administración aprueba una detallada política de retribuciones y especifique las cuestiones sobre las que se pronuncia:

NO

lmporte de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y
sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen
Conceptos retributivos de carácter variable

Principales características de los sistemas de previsión, con una estimación de su importe o coste anual equivalente.

Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos

B.1.16 Indique si el Consejo somete a votación de la Junta General, como punto separado del orden del día, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. En su caso, explique los aspectos del informe respecto a la política de retribuciones aprobada por el Consejo para los años futuros, los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio y un resumen global de como se aplicó la política de retribuciones en el ejercicio. Detalle el papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones y si han utilizado asesoramiento externo, la identidad de los consultores externos que lo hayan prestado:

NO

Cuestiones sobre las que se pronuncia la política de retribuciones

El aticulo 28 del Reglamento de Administración que regula sobre la retribución de los Consejeros establece que los Consejeros no tendrán derecho a retribución alguna.

Papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones

No existe Comisión de Retribuciones

0

O

O

O

O

D

0

¿Ha utilizado asesoramiento externo?

Identidad de los consultores externos

B.1.17 Indique, en su caso, la identidad de los miembros del Consejo que sean, a su vez, miembros del Consejo de Administración, directivos o empleados de sociedades que ostenten participaciones significativas en la sociedad cotizada y/o en entidades de su grupo:

Nombre o denominacion social del
consejero
Denominación social del accionista
significativo
Cargo
DON J. ALEJANDRO GOMEZ RUBIO CULTIVOS AGROFORESTALES
ECCOWOOD, S.A.
Consejero Delegado
G3T, S.L. CULTIVOS AGROFORESTALES
ECCOWOOD, S.A.
Consejero

Detalle, en su caso, las relaciones relevantes distintas de las contempladas en el epigrafe anterior, de los miembros del Consejo de Administración que les vinculen con los accionistas significativos y/o en entidades de su grupo:

B.1.18 Indique, si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

B.1.19 Indique los procedimientos de nombramiento, reelección, evaluación y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Los procedimientos de nombraniento y reelección de consejeros se regulan en el los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento del Consejo:

Articulo 14. Nombramiento de Consejeros.

  1. Los consejeros serán designados por la Junta General de Accionistas (la ´Junta General´) o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley de Sociedades Anónimas.

  2. Sin perjuicio de la competencia de la Junta General y, en su caso, del Consejo de Administración para el nombramiento de los Consejeros, las propuestas al respecto corresponderán al Presidente, en caso de cooptación, y al Consejo en relación con la Junta General.

  3. Las propuestas de nombramiento de consejeros que someta el Consejo de Administración de la Junta General y las decisiones de nombramiento que adopte el propio Consejo, en virtud de las facultades de cooptación que tiene atribuidas, deberán ser respetuosas con lo dispuesto en el presente Reglamento. Dichas reglas se aplicarán también en la reelección de Conseieros.

  4. Los Consejeros, sea cual sea su categoria, deberán comprometerse en el momento de su aceptación a cumplir los deberes y obligaciones del cargo previstos en la Ley, en los Estatutos Sociales, en el presente Reglamento y, en su caso, en los reglamentos de las distintas Comisiones de las que puedan formar parte.

La Sociedad hará pública a través de su página web, manteniéndola siguiente información sobre sus Consejeros:

a) El perfil profesional y biográfico.

b) La pertenencia a otros Conseios de Administración, se trate o no de sociedades cotizadas.

c) La categoría de Consejero a la que pertenezca, señalándose, en el caso de los Consejeros Dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.

d) La fecha de su primer nombramiento como Consejero de la Sociedad, así como de los posteriores.

e) Las acciones v/u opciones sobre acciones o similares de la Sociedad, de las que sea titular

Articulo 15. Designación de Consejeros Externos.

  1. El Consejo de Administración procurará, dentro del ámbito de sus competencias, que la elección de candidatos recaiga sobre personas de reconocida solvencia y experiencia, que se encuentren dispuestas a dedicar una parte suficiente de su tiempo a la Sociedad.

  2. El Consejo de Administración no podrá proponer o designar para cubrir un puesto de Consejero independiente a personas que tengan alguna relación con la gestión de la Sociedad o se hallen vinculadas por razones familiares, profesionales o comerciales con los consejeros ejecutivos o con otros altos directivos de la Sociedad. Tampoco propondrá a personas con cualquier posible conflicto de interés con la Sociedad, con el resto de Consejeros o con los directivos, que pueda comprometer la independencia del Consejero Independiente. A tal efecto, no podrán ser clasificados en ningún caso como Conseieros Independientes quienes:

a) Hayan sido empleados o Consejeros ejecutivos de sociedades del grupo, salvo que hubieran transcurrido 3 o 5 años, respectivamente, desde el cese en esa relación.

b) Perciban de la Sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de Consejero, salvo que no sea significativa. No se tomarán en cuenta, a efectos de lo dispuesto en este apartado, los dividendos

ni los complementos de pensiones que reciba el Consejero en razón de su anterior relación profesional o laboral, siempre que tales complementos tengan carácter incondicional v. en consecuencia, la Sociedad que los salisfaga no pueda de forma discrecional, sin que medie incumplimiento de obligaciones, suspender, modificar o revocar su devengo.

c) Sean, o hayan sido durante los últimos 3 años, socio del auditor externo o responsable del informe de auditoría, ya se trate de la auditoría durante dicho período de la Sociedad colizada o de cuálquier otra sociedad de su grupo.

d) Sean Consejeros ejecutivos o altos directivos de otra sociedad distinta en la que algún Consejero ejecutivo de la Sociedad sea Consejero externo. Mantenido durante el último año, una relación de negocios importante con la Sociedad o con cualquier sociedad de un grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, Consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

Se considerarán relaciones de negocios las de proveedores de bienes o servicios, incluidos los financieros, la de asesor o consultor.

e) Sean accionistas significativos, consejeros ejecutivos o altos directivos de una entidad que recibido durante los últimos 3 años, donaciones significativas de la Sociedad o de su grupo. No se considerarán incluidos en este apartado quienes sean meros patronos de una Fundación que reciba donaciones.

f) Quienes sean cónyuges, personas ligadas por análoga relación de afectividad, o parientes hasta de segundo grado de un Consejero ejecutivo o alto directivo de la Sociedad.

g) Quienes se encuentren, respecto a algún accionista significativo o representado en el Consejo, en alguno de los supuestos señalados en las letras a), b), d), e) o f) que anteceden. En el caso de la relación de parentesco señalada en la letra f), la limitación se aplicará no sólo respecto al accionista, sino también respecto a sus consejeros dominicales en la sociedad participada.

Los Consejeros Dominicales que pierdan tal condición como consecuencia de la venta de su participación por el accionista al que representaban, sólo podrán ser reelegidos como consejeros independientes cuando el accionista al que representaran hasta ese momento hubiera vendido la totalidad de sus acciones en la Sociedad.

Un Consejero que posea una participación accionarial en la Sociedad podrá tener la condición de independiente, siempre que satisfaqa todas las condiciones establecidas en este articulo y, además, su participación no sea significativa.

Artículo 16. Duración del cargo.

D

O

O

D

D

0

  1. Los Consejeros ejercerán su cargo durante el plazo de cinco años, pudiendo ser reelegidos, una o más veces, por periodos de igual duración. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta General o haya transcurrido el término legal para la celebración de la Junta General Ordinaria.

  2. Los Consejeros designados por cooptación ejercerán su cargo hasta la fecha de reunión de la primera Junta General.

  3. Salvo que razones de interés social lo aconsejaran, los Consejeros independientes no podrán permanecer en su cargo por un período continuado superior a doce (12) años. Se aplicará la misma regla en los supuestos de una permanencia discontinua, si dicha discontinuidad fuese inferior a dos (2) años consecutivos.

B.1.20 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

El articulo 17 del Reglamento del Conseio establece:

  1. Los Conseieros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el período por el que fueron nombrados y no fueren reelegidos, y cuando lo decidan la Junta General o el Consejo de Administración, en uso de las atribuciones que tienen conferidas legal o estatutariamente.

El Consejo de Administración no propondrá el cese de ningún Consejero independiente antes del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa justa, cuando se de alguno de los supuestos contenidos en el artículo 15 apartados a), b), c), e), e), f) y g) de este Reglamento, apreciado por el Consejo de Administración, sin perjuicio de las propuestas de cese de Consejeros en los supuestos de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de la Sociedad.

  1. Los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

a) Cuando cesen en los puestos ejecutivos a los que estuviere asociado su nombramiento como consejero,

b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.

c) Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o cuando desaparezcan las razones por las que fue nombrado.

d) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

e) Los Consejeros dominicales, cuando el accionista a quien representen transmita integramente su participación accionarial o cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus Consejeros Oominicales

  1. Será de aplicación todo lo dispuesto en este artículo en los supuestos de representantes de Consejeros personas jurídicas. Asimismo, será causa específica de cese del representante el supuesto en que éste terminase, por la razón que fuese, su relación con la persona jurídica representada y que motivó su nombramiento como representante.

  2. Los miembros de los Comités cesarán cuando lo hagan en su condición de Consejero.

D

D

B.1.21 Explique si la función de primer ejecutivo de la sociedad recae en el cargo de presidente del Consejo. En su caso, indique las medidas que se han tomado para limitar los riesgos de acumulación de poderes en una única persona:

NO

Indique y en su caso explique si se han establecido reglas que facultan a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día, para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos y para dirigir la evaluación por el Consejo de Administración

NO

B.1.22 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

NO

Indique cómo se adoptan los acuerdos en el Consejo de Administración, señalando al menos, el mínimo quórum de asistencia y el tipo de mayorías para adoptar los acuerdos:

B.1.23 Explique si existen requisitos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente.

B.1.24 Indique si el presidente tiene voto de calidad:

ડા

Materias en las que existe voto de calidad

Según establece el articulo 20 de los Estatutos sociales y el articulo 9 del Reglamento del Consejo , en caso de empate en las votaciones, el Presidente tendrá voto dirimente.

B.1.25 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

NO

ડા

Edad límite presidente Edad límite consejero delegado Edad límite consejero

B.1.26 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado para los consejeros independientes:

Número máximo de años de mandato

B.1.27 En el caso de que sea escaso o nulo el numero de consejeras, explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación

12

Explicación de los motivos y de las iniciativas

De los 9 miembros del Consejo de la Sociedad, 3 son mujeres: una es consejera titular y ocupa el cargo de Presidenta del Consejo, y dos ostentan la representación de personas jurídicas consejeras. Además en el artículo 8.3 del Reglamento del Consejo, que se ocupa de la composición cualitativa de los miembros, se establece que en el acceso a la titularidad de miembro del Consejo y en su funcionamiento, se garantizará la no discriminación por razón de sexo. Cuando fuere escaso o nulo el número de consejo explicará los motivos y las iniciativas adoptadas, en su caso, para corregir tal situación.

En particular, indique si la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha establecido procedimientos para que los procesos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y busque deliberadamente candidatas que reúnan el perfil exigido:

19

B.1.28 Indique si existen procesos formales para la delegación de votos en el Consejo de Administración. En su caso, detállelos brevemente.

El articulo 30.2 del Reglamento del Consejo regula la representación de los Consejeros:

D

D

O

O

O

O

O

O

O

0

O

O

O

Todo Consejero podrá conferir su representación a otro miembro del Consejo, según lo dispuesto en los Estatutos Sociales, pudiendo dar instrucciones concretas sobre el sentido del voto en relación con alguno o todos los puntos del orden del día.

B.1.29 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su Presidente:

Número de reuniones del consejo
Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del Consejo:

Número de reuniones de la comisión ejecutiva o delegada 0
Número de reuniones del comité de auditoria O
Número de reuniones de la comisión de nombramientos y retribuciones O
Número de reuniones de la comisión de nombramientos O
Número de reuniones de la comisión de retribuciones o

B.1.30 Indique el número de reuniones que ha mantenido el Consejo de Administración durante el ejercicio sin la asistencia de todos sus miembros. En el cómputo se considerarán no asistencias las representaciones realizadas sin instrucciones específicas:

Número de no asistencias de consejeros durante el ejercicio
% de no asistencias sobre el total de votos durante el ejercicio 0.000

B.1.31 Indique si las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan para su aprobación al Consejo están previamente certificadas:

ldentifique, en su caso, a la/s persona/s que ha o han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

B.1.32 Explique, sí los hubiera, los mecanismos establecidos por el Consejo de administración para evitar que las cuentas individuales y consolidadas por él formuladas se presenten en la Junta General con salvedades en el informe de auditoría.

En este sentido, el artículo 36.4 del Reglamento del Consejo sobre Relaciones con los auditores dispone:

El Consejo de Administración procurará formular definitivamente las cuentas anuales de manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del auditor. No obstante, cuando el Consejo considere que debe mantener su criterio, explicará públicamente el contenido y el alcance de la discrepancia.

B.1.33 ¿ El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

D

D

NO

B.1.34 Explique los procedimientos de nombramiento y cese del Secretario del Consejo, indicando si su nombramiento y cese han sido informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Consejo.

Procedimiento de nombramiento y cese

En el artículo 11 del Reglamento de Administración se establece que el Secretario del Consejo no precisará ser consejero, pero en él deberá concurrir necesariamente la condición de letrado en ejercicio. Será designado y, en su caso, cesado por el Consejo.

El Secretario auxiliará al Presidente en sus labores y deberá proveer para el buen funcionamiento del Consejo

ocupándose, muy especialmente, de prestar a los consejeros el asesoramiento y la información necesarias, de conservar la documentación social, de reflejar debidamente en los libros de actas el desarrollo de las sesiones y de certificar los acuerdos sociales.

En caso de ausencia, desempeñará el cargo de Secretario el Vicesecretario, si lo hubiere, y en su defecto, la persona designada a tal efecto por el propio Consejo.

¿La Comisión de Nombramientos informa del nombramiento? NO
¿La Comisión de Nombramientos informa del cese? NO
¿El Consejo en pleno aprueba el nombramiento? S
¿El Consejo en pleno aprueba el cese? ટી

¿ Tiene el secretario del Consejo enconmendada la función de velar, de forma especial, por las recomendaciones de buen gobierno?

SI

Observaciones

El artículo 11.2 del Reglamento del Consejo dispone:

El Secretario cuidará, en todo caso, de la legalidad formal y material de las actuaciones del Consejo y garantizará que sus procedimientos y reglas de gobierno corporativo de la Sociedad sean respetadas y regularmente revisadas, todo ello de conformidad con los Estatutos, Reglamentos y normas de buen gobierno de la misma.

B.1.35 Indique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por la sociedad para preservar la independencia del auditor, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación.

Una de las funciones básicas del Comité de Auditoría y Control es la de velar por la independencia de los auditores externos. Según establece el articulo 32 del Reglamento del Consejo entre las responsabilidades básicas del Comité de Auditoría y cumplimiento está la de mantener la relación con los auditores externos, para recibir información sobre aque puedan poner en riesgo la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquéllas otras comunicaciones previstas en la legislación de cuentas y en las normas técnicas de auditoria.

Además en el articulo 36 sobre Relaciones con los auditores dispone que el Consejo de Administración establecerá, a través del Comilé de Auditoría y Cumplimiento, una relación de carácter objetivo, profesional y continuo con los auditores de la Sociedad, respetando al máximo su independencia, y que no se contratarán con la firma de auditoría otros servicios distintos de los de la propia auditoría, que pudieran poner en riesgo la independencia de aquélla.

B.1.36 Indique si durante el ejercicio la Sociedado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:

NO
Auditor saliente Auditor entrante

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

NO

B.1.37 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad ylo su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que supone sobre los honorarios facturados a la sociedad y/o su grupo:

NO
----
Sociedad Grupo Total
l Importe de otros trabajos distintos de los de 0 O o
auditoría (miles de euros)
Importe trabajos distintos de los de
auditoría/Importe total facturado por la firma
de auditoría (en%)
0 0 o

B.1.38 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta reservas o salvedades. En su caso, indique las razones dadas por el Presidente del Comité de Auditoria para explicar el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.

NO

D

O

o

O

O

O

D

O

0

0

0

O

O

O

O

B.1.39 Indique el número de años que la firma actual de auditoria ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales de la sociedad ylo su grupo. Asimismo, indique el porcenta el número de años auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de años en los que las cuentas anuales han sido auditadas:

Sociedad Grupo
Número de años ininterrumpidos 2 2
Sociedad Grupo
Nº de años auditados por la firma actual de
auditoría/Nº de años que la sociedad ha sido
auditada (en %)
33.0 33.0

B.1.40 Indique las participaciones de los miembros del Consejo de Administración de la sociedad en el capital de entidades que tengan el mismo, análogo o complementario género de actividad del que constituya el objeto social, tanto de la sociedad como de su grupo, y que hayan sido comunicadas a la sociedad. Asimismo, indique los cargos o funciones que en estas sociedades ejerzan:

Nombre o denominación social del
consejero
Denominación de la sociedad objeto 0/0
participación
Cargo o
funciones
DON J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO ECCOWOOD FOREST S A 0.000 Presidente
DON J. ALEJANDRO GOMEZ RUBIO PAMPA GRANDE S.A. 0,000 Presidente
DON J. ALEJANDRO GÓMEZ RUBIO CULTIVOS AGROFORESTAI ES
ECCOWOOD, S.A.
5,760 Consejero
Delegado
G3T, S.L. CULTIVOS AGROFORESTALES
ECCOWOOD, S.A.
5.000 Consejero

B.1.41 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con asesoramiento externo:

no

B.1.42 Indique y en su caso detalle si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de administración con tiempo suficiente:

ડા

Detalle del procedimiento

En el Reglamento del Consejo se establece que los Consejeros tienen el derecho y el deber de recabar cuanta información estimen necesaria o conveniente en cada momento para el buen desempeño de su cargo. A tal fin, para el diligente ejercicio de su cargo, el Consejero podrá examinar los libros de la Sociedad, registro, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales.

La pelición de información se canalizará a través del Presidente o del Secretario del Consejo de Administración, quienes atenderán las solicitudes del Consejero facilitándole directamente la información o poniendo a su disposición los interlocutores más apropiados en cada caso de dentro de la organización.

B.1.43 Indique y en su caso detalle si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad:

SI

O

Explique las reglas

Entre las obligaciones de los Consejeros definidas en el Reglamento del Consejo, está la de informar a la Sociedad de todas las reclamaciones judiciales, administrativas o de cualquier otra índole que por su importancia pudieran incidir gravemente en la reputación de la Sociedad.

Según el articulo 17 del Reglamento del Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en diferentes casos, entre los cuales están:

  • Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.

  • Cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad o cuando desaparezcan las razones por las que fue nombrado.

  • Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

B.1.44 Indique si algún miembro de Administración ha informado a la sociedad que ha resultado procesado o se ha dictado contra él auto de apertura de juicio oral, por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas:

NO

Indique si el Consejo de Administración ha analizado el caso. Si la respuesta es afirmativa explique de forma razonada la decisión tomada sobre si procede o no que el consejero continúe en su cargo.

no

Decisión
tomada
Explicación razonada

B.2 Comisiones del Consejo de Administración

O

O

D

O

O

O

D

D

O

O

B.2.1 Detalle todas las comisiones del Consejo de Administración y sus miembros:

COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO

Nombre Cargo Tipologia
DON FRANCESC NADAL RIBERA PRESIDENTE DOMINICAL
G3T, S.L. VOCAL DOMINICAL
DON JORGE CAMPINS FIGUERAS VOCAL DOMINICAL

B.2.2 Señale si corresponden al Comité de Auditoria las siguientes funciones.

Supervisar el proceso de elaboración y la información financiera relativa a la sociedad y, en
su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del
perimetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables
ਵੀ
Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales
riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente
ടി
Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección,
nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el
presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta
dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes
ടി
Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si
se considera apropiado anónima, las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras
y contables, que adviertan en el seno de la empresa
ટી
Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo,
así como las condiciones de su contratación
SI
Recibir reqularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoria y los resultados de su
ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones
ડા
Asegurar la independencia del auditor externo SI
En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorias de las
empresas que lo integren
SI

B.2.3 Realice una descripción de las reglas de organización y funcionamiento, así como las responsabilidades que tienen atribuidas cada una de las comisiones del Consejo.

Denominación comisión

COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO

Breve descripción

O

O

O

O

O

O

O

Comité de Auditoría y Cumplimiento

La organización, responsabilidades y funcionamiento del Comité de Auditoria y Cumplimiento se recoge en el articulo 32 del Reglamento del Consejo y en el propio Reglamento del Comité de Auditoría donde se establecen las competencias, integrantes, cargos, normas de funcionamiento

El Comité es un órgano delegado del Consejo de Administración de la Sociedad, que el propio Consejo ha creado, con el objeto de confiarle el examen y seguimiento permanente de la información y control contable de la Compañía.

La función del Comité de Auditoria y Cumplimiento es fundamentalmente consultiva e informativa de modo que no adoptará decisiones en sustitución del Consejo de Administración sino que le asesorará, informará y, en su caso, someterá propuestas para que sea el propio Consejo el que adopte las decisiones.

El Comité estará formado por un minimo de tres (3) y un máximo de seis (6) miembros, todos ellos Consejeros de la Sociedad, que serán designados por el Consejo, por plazo indefinido y hasta que sean revocados por el Consejo, o cesen en su cargo de Consejero de la Sociedad o cesen por voluntad propia.

B.2.4 Indique las facultades de asesoramiento, consulta y en su caso, delegaciones que tienen cada una de las comisiones

Denominación comisión

COMITÉ DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO

Breve descripción

Comité de Auditoria y Cumplimiento

El Comité, sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, tendrá las siguientes responsabilidades básicas:

a) Informar en la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de su competencia.

b) Proponer al Consejo de Administración para su sometimiento a la Junta General de Accionistas la designacion

de los auditores de cuentas externos de la Sociedad.

c) Supervisar los servicios, en su caso, de la auditoria interna.

d) Conocer del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno de la Sociedad.

e) Mantener relación con los auditores externos, para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoria de cuentas, así como aquéllas otras comunicaciones previstas en la legislación de cuentas y en las normas técnicas de auditoria.

f) Revisar la información trimestral y semestral de la compañía.

B.2.5 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del Consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

Denominación comisión

COMITÉ DE AUDITORIA Y CUMPLIMIENTO

Breve descripción

El Comité de Auditoría y Cumplimiento se regula en los Estatutos Sociales, en el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento específico del Comité que se aprobó en el Consejo de Administración de 27 de noviembre de 2008.

El texto integro de los citados reglamentos se encuentra disponible para su consulta en la web corporativa de la Sociedad (www.eccowood.net) y en la web de la CNMV.

No se ha realizado ningún informe anual sobre las actividades de la comisión

B.2.6 Indique si la composición de la comisión ejecutiva refleja la participación en el Consejo de los diferentes consejeros en función de su condición:

NO

En caso negativo, explique la composición de su comisión ejecutiva

No existe Comisión Ejecutiva

C - OPERACIONES VINCULADAS

C.1 Señale si el Consejo en pleno se ha reservado aprobar, previo informe favorable del Comité de Auditoría o cualquier otro al que se hubiera encomendado la función, las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculadas:

C.2 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los accionistas significativos de la sociedad:

Nombre o denominación
social del accionista
significativo
Nombre o denominación
social de la sociedad o
entidad de su grupo
Naturaleza de la
relación
Tipo de la
operación
lmporte (miles de
euros)
CULTIVOS
AGROFORESTALES
ECCOWOOD, S.A.
ECCOWOOD INVEST, S.A. Contractual Prestación de
servicios
2.301

C.3 Detalle las operaciones relevantes que supongan una transferencia de recursos u obligaciones entre la sociedad o entidades de su grupo, y los administradores o directivos de la sociedad:

C.4 Detalle las operaciones relevantes realizadas por la sociedades pertenecientes al mismo grupo, siempre y cuando no se eliminen en el proceso de elaboración de estados financieros consolidados y no formen parte del tráfico habitual de la sociedad en cuanto a su objeto y condiciones:

C.5 Indique si los miembros del Consejo de Administración se han encontrado a lo largo del ejercicio en alguna situación de conflictos de interés, según lo previsto en el articulo 127 ter de la LSA.

no

C.6 Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos o accionistas significativos.

El Reglamento del Consejo de Administración dispone:

Articulo 23. Conflictos de interés

O

O

O

O

O

.......

Los Consejeros deberán abstenerse de intervenir en las deliberaciones que afecten a asuntos en los que se halle directa o indirectamente interesado.

Se considerará que existe interés personal de los Consejeros cuando el asunto afecte a un miembro de su familia o a una sociedad en la que desempeñe un puesto directivo o tenga una participación significativa en su capital social.

Los Consejeros no podrán realizar transacciones comerciales o profesionales con la Sociedad ni con cualquiera de las sociedades que integran su grupo, sin previo acuerdo del Consejo de Administración.

Articulo 20. Obligaciones generales

En el desempeño de dicha función, los Consejeros obrarán con absoluta lealtad hacia la Sociedad, quedando obligados en los términos del presente Reglamento, a:

  • Los Consejeros deberán abstenerse de sugerir o de permitir la realización de operaciones sobre valores de la propia Sociedac

o de las compañías del Grupo, por parte de familiares o personas a ellos vinculadas sobre las que puedan ejercer una influencia efectiva, o entidades en las que ejerzan puestos directivos u ostenten una participación significativa. Asimismo, en el desempeño de dicha función, el Consejero obrará con la diligencia de un ordenado empresario, quedando obligado, en los términos del presente Reglamento, a:

  • Evitar los conflictos de intereses entre los admiliares más directos, y la Sociedad, comunicando en todo caso su existencia, de no ser evitables, al Conseio de Administración.

  • No aprovecharse de las oportunidades del negocio que conozca por su condición de consejero.

  • Notficar a la Sociedad los cambios significativos en situación profesional, los que afecten al carácter o condición en cuya virtud hubiera sido designado como consejero, o los que puedan entrañar un conflicto de interés.

  • Informar a la Sociedad de todas las reclamaciones judicialivas o de cualquier otra indole que por su importancia pudieran incidir gravemente en la reputación de la Sociedad.

C.7 ¿Cotiza más de una sociedad del Grupo en España?

NO

ldentifique a las sociedades filiales que cotizan:

D - SISTEMAS DE CONTROL DE RIESGOS

D.1 Descripción general de la política de riesgos de la sociedad y/o su grupo, detallando y evaluando los riesgos çubiertos por el sistema, junto con la justificación de la adecuación de dichos sistemas al perfíl de cada tipo de riesgo.

Según se establece en sus Reglamento, el Consejo de Administración y el Comité de Auditoría y Control son los órganos que se ocuparán de la política de control y gestión de riesgos con la finalidad de ofrecer el máximo de seguridad a la hora de obtener los objetivos propuestos por el Grupo. Esta política se desarrollará mediante un análisis de identificación y evaluación de los factores de riesgo (operativos, estratégicos, financieros y regulatorios) y la definición de medidas de control para intentar minimizarlos al máximo. Actualmente, la compañía no dispone de una regulación determinada sobre política de riesgos.

D.2 Indique si se han materializado durante el ejercicio, alguno de los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales, fiscales...) que afectan a la sociedad ylo su grupo,

NO

En caso afirmativo, indique las circunstancias que los han motivado los sistemas de control establecidos.

D.3 Indique si existe alguna comisión u otro órgano de gobierno encargado de establecer y supervisar estos dispositivos de control.

SI

En caso afirmativo detalle cuales son sus funciones.

Nombre de la comisión u órgano

Comité de Auditoría y Cumplimiento

Descripción de funciones

D

De acuerdo con lo establecido en los Reglamentos, el Consejo de Administración y el Comité de Auditoría y Cumplimiento son los órganos que se ocupan de las funciones básicas en relación a la gestión de riesgos.

Entre las competencias del Comité se incluyen, en relación con los sistemas de información y control interno:

a. Tomar conocimiento y revisión periódica del proceso de información financiera y de los sistemas de control interno, revisar las Cuentas Anuales y Estados Contables de la Sociedad y de su Grupo, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales en la materia, la correcta aplicación de los principios contables generalmente aceptados y la gestión de riesgos; así como informar sobre las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por el control de gestión o la auditoría interna o externa.

b. Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.

Dicha política de control y gestión de riesgos identificará al menos:

. los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales...) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance:

. la fijación del nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable;

. las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse;

. Ios sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

D.4 Identificación y descripción de los procesos de cumplimiento de las distintas que afectan a su sociedad y/o a su grupo.

El grupo dispone de un conjunto de normas y procedimientos, entre los que se encuentra un código de conducta y una política de Gobierno Corporativo, que se adaptan totalmente a las disposiciones legales que le son de aplicación para las actividades que desarrolla.

Una de las funciones y responsabilidades que ejerce el Consejo de Administración de la implemación de los sistemas de control interno y de información adecuados para el estricto cumplimiento de la normaliva legal y reglamentaria (incluyendo las obligaciones materiales y formales frente a los organismos reguladores o supervisores) que le sean de aplicación a la Sociedad v, en su caso, a las compañías del Grupo.

En el desempeño de su función, el Consejo velará para que la Sociedad, en sus relaciones con los grupos de interés, respete las leyes y reglamentos, cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos, respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad del medio ambiente que hubiera aceptado voluntariamente.

E - JUNTA GENERAL

D

O

O

E.1 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen de minimos previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) respecto al quórum de constitución de la Junta General

NO

% de quórum distinto al establecido
en art. 102 LSA para supuestos
generales
% de quórum distinto al establecido
en art. 103 LSA para supuestos
especiales del art. 103
Quórum exigido en 1ª convocatoria 0 0
Quórum exigido en 2ª convocatoria 0 0

E.2 Indique y en su caso detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades Anónimas (LSA) para el régimen de adopción de acuerdos sociales.

NO

Describa en qué se diferencia del régimen previsto en la LSA.

E.3 Relacione los derechos de los accionistas en relación con las juntas generales, que sean distintos a los establecidos en la LSA.

E 4 Indique, en su caso, las medidas para fomentar la participación de los accionistas en las juntas generales.

En el artículo 9 del Reglamento de la Junta de Accionistas se establece que, sin perjuicio de lo previsto en otros apartados del Reglamento, de los procedimientos legales o establecidos, la Sociedad, desde la fecha del anuncio de convocatoria de la Junta General, proporcionará a los accionistas en la página web de la Sociedad aquella información que se considere conveniente para facilitar la asistencia de los accionistas a la Junta y su participación en ella, que incluirá al menos:

a) Los datos de la convocatoria y normas de acceso a la reunión de la Junta General.

b) El procedimiento para la obtención de las tarjetas de asistencia, representación ylo delegación de asistencia ylo documentación complementaria si la hubiese.

c) Las instrucciones para la delegación de voto o para la votación electrónica.

d) Caso de estar establecidos, los medios de desplazamiento al lugar donde tendrá lugar la Junta General,

e) Los contenidos de los distintos asuntos comprendidos en el orden del día.

f) Las propuestas detalladas de los acuerdos que el Consejo de Administración eleve a la Junta General, en el supuesto de que las hubiese, y habilitando, en su caso, los medios para solicitar información adicional o aclaraciones al respecto.

g) La información incluida en el artículo 14.4 del Reglamento del Consejo.

h) Cualesquiera otros datos que a criterio del Consejo de Administración deban ser puestos en conocimiento de los accionistas para la asistencia y celebración de la Junta General, incluyendo cualesquiera documentos que por normativa legal o estatutaria

deban ponerse a disposición de los Accionistas con carácter previo a la celebración de la Junta General. i) Cualesquiera otros aspectos de interés para el seguimiento de la reunión, tales como la existencia o no de medios de traducción simultánea, o la previsible difusión audiovisual de la Junta General.

E.5 Indique si el cargo de presidente de la Junta General coincide con el cargo de presidente del Consejo de Administración. Detalle, en su caso, qué medidas se adoptan para garantizar la independencia y buen funcionamiento de la Junta General:

ડા

O

O

O

O

O

O

O

0

Detalles las medidas

Las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Junta General son adecuadas para garantizar la independencia y buen funcionamiento de la Junta

E.6 Indique, en su caso, las modificaciones introducidas durante el ejercicio en el reglamento de la Junta General.

El Reglamento se aprobó en la Junta de Accionistas celebrada de 27 de noviembre de 2008, no habiéndose modificado desde la fecha.

E.7 Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe:

Datos de asistencia
Fecha Junta
General
% en
% de presencia
representación
fisica
% voto a distancia
Voto electrónico Otros Total
27/11/2008 0,000 100,000 0.000 0,000 100,000
17/03/2009 64.850 35,150 0,000 0.000 100,000

E.8 Indique brevemente los acuerdos en las juntas generales celebrados en el ejercicio al que se refere el presente informe y porcentaje de votos con los que se ha adoptado cada acuerdo.

En la Junta General Extraordinaria y Universal celebrada el 27 de noviembre de 2008 fueron aprobados por unanimidad los siguientes acuerdos:

PRIMERO - Revocar y dejar sin efecto el acuerdo SEXTO de los adoptados por la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de fecha 15 de septiembre de 2008, relativo al 'Reglamento de la Junta General de Accionistas' como consecuencia de la necesidad de introducir en el mismo las modificaciones sugeridas por la D.G. de Pollica Financiera y que quedarán incorporadas al texto que se someterá a aprobación a continuación.

SEGUNDO - Aprobar el Reglamento de la Junta General de Accionistas en los términos propuestos por el Consejo de Administración, que se recogerá en la Certificación que del presente acuerdo se expida, el cual entrará en vigor desde la fecha en que las acciones de la Sociedad sean admilidas a cotización en el Segundo Mercado de la Bolsa de Valores de Barcelona.

TERCERO - Facultar en especial al Secretario, y en general a cualquier Consejero con cargo inscrito para que cualquiera de ellos indistintamente pueda formalizar los precedentes acuerdos, y a tal fin otorgar y suscribir cuantos públicos o privados fueren necesarios. Asimismo se les faculta expresa y solidariamente para que, en el supuesto de observar la Administración o el Sr. Registrador Mercantil algún defecto en el texto del Reglamento aprobado, pueda proceder a su rectificación, adaptándolos a dichas calificaciones, y formalizar, otorgar y suscribir los documentos públicos y privados que sean precisos al objeto de lograr la inscripción en el Registro Mercantil.

En la Junta General Ordinaria y Universal celebrada el 17 de marzo de 2009 fueron aprobados por unanimidad los siguientes acuerdos:

PRIMERO - Se aprueban las Cuentas Anuales del Ejercicio cerrado a 30 de septiembre de 2008, y que han sido auditadas por AUDIHISPANA GRANT THORNTON, S.L. Dicha auditoría tiene la condición de voluntaria dado que la sociedad no estar incursa en ninguno de los supuestos legales que la obligaran a auditar.

SEGUNDO - Se aprueba la gestión del Consejo de Administración de la compañía, durante el ejercicio cerrado a 30 de septiembre de 2008.

TERCERO - Se acuerda la siguiente aplicación del resultado obtenido a 39.970 euros de beneficio: 9 euros a compensación de pérdidas de ejercicios anteriores; 3.997 euros a reserva legal y el resto de 35.964 euros a reservas voluntarias.

CUARTO.- 4.1.- Se cesa a los efectos de la renovación de cargos que seguidamente se acuerda, a los Administradores don Arturo DE TRINCHERIA SIMON, y doña Margarita CUBI DEL AMO, a quienes se aprueba la gestión.

4.2.- Se fija en nueve el número de Administradores, y se designa para ocupar los tres cargos vacantes por el plazo estalulario de cinco años a las siguientes personas FINNPLANNERS, S.L., BRINCA 2004, S.L., y RELOCATION INVERSIONES, S.L.,

  • FINNPLANNERS, S.L se halla representada en este acto por doña Elena YEPES EVANGELISTA, que, en la representación con que actúa, acepta el cargo de administrador de ECCOWOOD INVEST, S.A., así como el ejercicio de dicho cargo por ella misma

  • BRINCA 2004, S.L., se halla representada en este acto por don Arturo DE TRINCHERIA SIMON, que, en la representación con que actúa acepta en nombre de BRINCA 2004, S. L., el cargo de administrador deferido a ésta última y designa para su ejercicio a su representada 18 R D'INVERSIONS, S.L y a él mismo como persona física para representarla.

  • Respecto de RELOCATION INVERSIONES, S.L., queda pendiente la aceptación del cargo asi como la designación de la persona física para ejercerlo.

QUINTO.- Designar a la sociedad AUDIHISPANA GRANT THORNTON, S.L., como auditores de cuentas de la compañía, incluso para las cuentas consolidadas si la compañía estuviere obligada a su formulación, para el ejercicio corriente y los dos siguientes.

E.9 Indique si existe alguna restricción establezca un numero minimo de acciones necesarias para asistir a la Junta General

NO

Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General

E.10 Indique y justifique las políticas seguidas por la sociedad referente a las delegaciones de voto en la junta general.

El articulo 11 del Reglamento de la Junta de Accionistas, en desarrollo del artículo 12 de los Estatutos Sociales, dispone:

Todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista.

La representación se conferirá por escrito (mediante la correspondiente tarjeta de asistencia y delegación o cualquier otro documento que acredite suficientemente la delegación conferida) y bajo firma autógrafa o por medios de comunicación a distancia siempre que se garantice la identidad del representado. En caso de emplearse medios electrónicos la representación se conferirá bajo firma electrónica avanzada.

La representación se conferirá con carácter especial para cada Junta General, cumpliendo con los requisitos y formalidades legal y estatutaríamente exigidos, y será siempre revocable. La asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor de revocación.

D

0

D

O

O

O

O

D

D

O

O

O

O

La representación podrá también extenderse a aquellos puntos que, aun no previstos en el orden del día de la convocatoria, puedan ser tratados en la Junta General por permitirio así la ley. En los supuestos de accionistas personas físicas que no se hallen en pleno goce de sus derechos civiles, éstos sólo podrán ser representados por quienes ejerzan su representación legal debidamente acreditada. Los accionistas podrán ser representados por quienes ejerzan su representación legal o por quienes se encuentren debidamente apoderados con carácter especíal para cada Junta.

Si la representación se ha oblenido mediante solicitud pública, el documento en que conste el poder deberá contener o llevar anejo el orden del día, la solicitud de instruciones para el ejercicio del derecho del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones expresas y, cuando proceda, revelar la existencia de conflictos de intereses. Se entenderá que ha habido solicitud pública cuando una misma persona ostente la representación de más de tres accionistas.

En caso de no impartirse instrucciones de voto respecto de las propuestas contenidas en el orden del dia, se entenderá que el representante vota a favor de las propuestas presentadas por el Consejo de Administración.

En caso de que no se hubieren impartido instrucciones, el representante podrá volar en sentido distinto cuando se presenten circunstancias ignoradas en el momento de las instrucciones y se corra el riesgo de perjudicar los intereses del representado.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores no será de aplicación cuando el representante sea el cónyuge, ascendiente o descendiente del representado, ni tampoco cuando aquía ostente poder general conferido en facultades para administrar el patrimonio que tuviere el representado en territorio español.

En cualquier caso, tanto para los supuestos de representación voluntaria como para los de representación legal o solicitud pública de representación, no se podrá tener en la Junta General a más de un representante.

No será válida ni eficaz la representación conferida a quien no pueda ostentarla con arreglo a la normativa que en cada caso sea de aplicación.

El Presidente y el Secretario de la Junta General gozarán de las más amplias facultades para admitir el documento acreditativo de la representación, debiendo rechazar únicamente aquella representación que carezca de los minimos requisitos imprescindibles, siendo tales defectos de naturaleza insubsanable.

Asimismo, las tarjetas de asistencia y delegación podrán prever la identidad de la persona que representará al accionista cuando en ellas no se establezca expresamente el nombre del representante, así como la identidad de la persona que, en defecto de indicación expresa del representado, sustituirá al representante en caso de conflicto de interés de este último.

En el supuesto de duda acerca de la legitimidad de acreditación, directa o por representación, para la asistencia a la Junta General, la Mesa, previo informe del Secretario, podrá acordar que el interesado asista y ejerza los derechos de voto con carácter de "ad cautelam", haciéndose constar así en la correspondiente lista de asistencia. Con posterioridad, si se estimase por los servicios jurídicos de la Sociedad que la acreditación en cuestión carecía de los requisitos necesarios -legales o estatutarios-, al efecto, se comunicará tal decisión al interesado para que en su caso pueda ejercer los derechos que le corresponden

E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política de los inversores institucionales de participar o no en las decisiones de la sociedad:

NO

E 12 Indique la dirección y modo de acceso al contenido de gobierno corporativo en su página Web.

En la web corporativa www.eccowood.net dentro del apartado "Accionista" se incluye, conforme a la normativa vigente, la sección 'Gobierno Corporativo' que se estructura en los siguientes epigrafes:

  • Consejo de Administración
  • Comisiones

O

0

O

O

.

0

O

0

O

  • Estatutos y Reglamentos
  • Informes de Gobierno Corporativo
  • Junta de Accionista

F - GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código Unificado de buen gobierno. En el supuesto de no cumplír alguna de ellas, explique las recomendaciones, normas, prácticas o criterios, que aplica la sociedad.

  1. Que los Estatutos de las sociedades colizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la torna de control de la sociedad mediante la sus acciones en el mercado.

Ver epigrafes: A.9, B.1.22, B.1.23 y E.1, E.2

Cumple

  1. Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:

a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo;

b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Ver epígrafes: C.4 y C.7

No Aplicable

  1. Que, aunque no lo exijan de forma expresa las Leyes mercantiles, se sometan a la aprobación de la Junta General de Accionistas las operaciones que entrañen una modificación estructural de la sociedad y, en particular, las siguientes:

a) La transformación de sociedades cotizadas en compañías holding, mediante "fílialización" o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas;

b) La adquisición o enajenación de activos operativos esenciales, cuando entrañe una modificación efectiva del objeto social:

c) Las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la sociedad.

Cumple

  1. Que las propuestas detalladas de los acuerdos a adoptar en la Junta General, incluida la información a que se refiere la recomendación 28, se hagan públicas en el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta.

Cumple

  1. Que en la Junta General se voten separadamente aquellos asuntos que sean sustancialmente independientes, a fin de que los accionistas puedan ejercer de forma separada sus preferencias de voto. Y que dicha regla se aplique, en particular:

a) Al nombramiento o ratificación de consejeros, que deberán votarse de forma individual;

b) En el caso de modificaciones de Estatutos, a cada artículo o grupo de artículos que sean sustancialmente independientes.

Ver epígrafe: E.8

Cumple

  1. Que las sociedades permitan fraccionar el voto a fin de que los intermediarios financieros que aparezcan legitimados como accionistas, pero actúen por cuenta de clientes distintos, puedan emitir sus votos conforme a las instrucciones de estos.

Ver epigrafe: E.4

Cumple

  1. Que el Consejo desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas y se guíe por el interés de la compañía, entendido como hacer máximo, de forma sostenida, el valor económico de la empresa.

Y que vele asimismo para que en sus relaciones con los grupos de interés (stakeholders) la empresa respete las leyes y reglamentos; cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos; respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad; y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad social que hubiera aceptado voluntariamente.

Cumple

  1. Que el Consejo asuma, como núcleo de su misión, aprobar la estrategia de la compañía y la organización precisa para su puesta en práctica, así como supervisar y controlar que la Dirección cumple los objetivos marcados y respeta el objeto e interés social de la compañía. Y que, a tal fin, el Consejo en pleno se reserve la competencia de aprobar: a) Las políticas y estrategias generales de la sociedad, y en particular:

  2. i) El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales;

  3. ii) La política de inversiones y financiación;
  4. iii) La definición de la estructura del grupo de sociedades;
  5. iv) La política de gobierno corporativo;
  6. v) La política de responsabilidad social corporativa;
  7. vi) La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos;

vii) La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento períódico de los sistemas internos de información y control.

viii) La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites.

Ver epígrafes: B.1.10, B.1.13, B.1.14 y D.3

b) Las siguientes decisiones :

i) A propuesta del primer ejecutivo de la compañía, el nombramiento y eventual cese de los altos directivos, así como sus cláusulas de indemnización.

Ver epigrafe: B.1.14

ii) La retribución de los consejeros, así como, en el caso de los ejecutivos, la retribución adicional por sus funciones ejecutivas y demás condiciones que deban respetar sus contratos. Ver epigrafe: B.1.14

iii) La información financiera que, por su condición de colizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente.

iv) Las inversiones u operaciones de todo típo que, por su elevada cuantia o especiales caracteristicas, tengan carácter estratégico, salvo que su aprobación corresponda a la Junta General;

v) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraisos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo.

c) Las operaciones que la sociedad realice con consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados ("operaciones vinculadas").

Esa autorización del Consejo no se entenderá, sin embargo, precisa en aquellas operaciones vinculadas que cumplan simultáneamente las tres condiciones siguientes:

1ª. Que se realicen en virtud de contratos cuyas condiciones esten estandarizadas y se apliquen en masa a muchos clientes;

2ª. Que se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio del que se trate;

3ª. Que su cuantía no supere el 1% de los ingresos anuales de la sociedad.

Se recomienda que el Consejo apruebe las operaciones vinculadas previo informe favorable del Comité de Auditoría o, en su caso, de aquel otro al que se hubiera encomendado esa función; y que los consejeros a los que afecten, además de no ejercer ni delegar su derecho de voto, se ausenten de la sala de reuniones mientras el Consejo delibera y vota sobre ella.

Se recomienda que las competencias que aquí se atribuyen al Consejo lo sean con carácter indelegable, salvo las mencionadas en las letras b) y c), que podrán ser adoptadas por razones de urgencia por la Comisión Delegada, con posterior ratificación por el Consejo en pleno.

Ver epigrafes: C.1 y C.6

Cumple

  1. Que el Consejo tenga la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que su tamaño no sea inferior a cinco ni superior a quince miembros. Ver epigrafe: B. 1. 1

Cumple

  1. Que los consejeros externos dominicales e independientes constituyan una amplia mayoria del Consejo y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad. Ver epigrafes: A.2, A.3, B.1.3 y B.1.14

Cumple

  1. Que si existiera algún consejero externo que no pueda ser considerado dominical ni independiente, la sociedad explique tal circunstancia y sus vinculos, ya sea con la sociedad o sus directivos, ya con sus accionistas.

No Aplicable

  1. Que dentro de los consejeros externos, la relación entre el número de consejeros dominicales y el de independientes refleje la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los consejeros dominicales y el resto del capital.

Este criterio de proporcionalidad estricta podrá atenuarse, de forma que el peso de los dominicales sea mayor que el que correspondería al porcentaje total de capital que representen:

1º En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas o nulas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas, pero existan accionistas, con paquetes accionariales de elevado valor absoluto.

2º Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidas representados en el Consejo, y no tengan vínculos entre si.

Ver epígrafes: B.1.3, A.2 y A.3

Explique

Dentro de los consejeros externos, la relación entre el número de consejeros dominicales y el de independientes no refleja la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por los consejeros dominicales y el resto de capital aunque existe una pluralidad de accionistas representados en el Consejo de Administración sin vinculos entre sí.

  1. Que el número de conseieros independientes represente al menos un tercio del total de consejeros. Ver epígrafe: B.1.3

Explique

El número de consejeros independientes no representa un tercio del Iotal de consejeros, aunque está prevista la incorporación de un Consejero independiente en la primera Junta que se están produciendo los contactos con los posibles candidatos

  1. Que el carácter de cada consejero se explique por el Consejo ante la Junta General de Accionistas que deba efectuar o ratificar su nombramiento, y se confirme o, en su caso, revise anualmente en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, previa verificación por la Comisión de Nombramientos. Y que en dicho Informe también se expliquen las razones por las cuales se haya nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 5% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el Consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. ver epígrafes: B.1.3 y B.1 4

Cumple

  1. Que cuando sea escaso o nulo el número de consejeras, el Consejo explique los motivos y las iniciativas adoptadas para corregir tal situación; y que, en particular, la Comisión de Nombramientos vele para que al proveerse nuevas vacantes:

a) Los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implicitos que obstaculicen la selección de consejeras;

b) La compañía busque deliberadamente, e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado.

ver epígrafes: B.1.2, B.1.27 y B.2.3

No Aplicable

  1. Que el Presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del Consejo, se asegure de que los consejeros reciban con carácter previo información suficiente; estimule el debate y la participación activa de los consejeros durante las sesiones del Consejo, salvaguardando su libre toma de posición y expresión de opinión; y organice y coordine con los presidentes de las Comisiones relevantes la evaluación periódica del Consejo, así como, en su caso, la del Consejero Delegado o primer ejecutivo. Ver epígrafe: B.1.42

Cumple Parcialmente

Se cumple parcialmente; el art. 19 apartados 1 y 2 del Reglamento del Consejo de Administración regula este punto con menor amplitud que la recomendación.

  1. Que, cuando el Presidente del Consejo sea también el primer ejecutivo de la sociedad, se faculte a uno de los consejeros independientes para solicitar la convocatoria del Consejo o la inclusión de nuevos puntos en el orden del día; para coordinar y hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros externos; y para dirigir la evaluación por el Consejo de su Presidente,

Ver epígrafe: B.1.21

O

O

O

0

O

0

0

....

No Aplicable

  1. Que el Secretario del Consejo, vele de forma especial para que las actuaciones del Consejo:

a) Se ajusten a la letra y al espiritu de las Leyes y sus reglamentos, incluidos los aprobados por los organismos reguladores;

b) Sean conformes con los Estatutos de la sociedad y con los Reglamentos de la Junta, del Consejo y demás que tenga la compañía;

c) Tengan presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código Unificado que la compañía hubiera aceptado.

Y que, para salvaguardar la independencia, imparcialidad y profesionalidad del Secretario, su nombraniento y cese sean informados por la Comisión de Nombramientos y aprobados por el pleno del Conseio; y que dicho procedimiento de nombramiento y cese conste en el Reglamento del Consejo. Ver epigrafe: B.1.34

Cumple Parcialmente

Se cumple parcialmente; el art. 11 del Reglamento del Consejo de Administración se refiere a los apartados a), b) y o). No existe Comisión de Nombramientos.

  1. Que el Consejo se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada Consejero proponer otros purtos del orden del día inicialmente no previstos. Ver epígrafe: B.1.29

Cumple

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a casos indispensables y se cuantifiquen en el Informe Anual de Gobierno Corporativo. Y que si la representación fuera imprescindible, se confiera con instrucciones. Ver epigrafes: B.1.28 y B.1.30

Cumple

  1. Que cuando los consejeros o el Secretario manifiesten preocupaciones sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la compañía y tales preocupaciones no queden resueltas en el Consejo, a petición de quien las hubiera manifestado se deje constancia de ellas en el acta.

No Aplicable

22. Que el Consejo en pleno evalúe una vez al año:

a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo;

b) Partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos, el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y por el primer ejecutivo de la compañía;

c) El funcionamiento de sus Comisiones, partiendo del informe que éstas le eleven. ver epígrafe: B.1.19

Cumple Parcialmente

Se cumple parcialmente; art. 20.4 del Reglamento de Administración, y dejando a salvo que no existe Comisión de Nombramientos que pueda emitir el informe a que se refiere la recomendación.

  1. Que todos los consejeros puedan hacer efectivo el derecho a recabar la información adicional que juzquen precisa sobre asuntos de la competencia del Consejo. Y que, salvo que los Estatutos o el Reglamento del Consejo establezcan otra cosa, dirijan su reguerimiento al Presidente o al Secretario del Consejo. Ver epigrafe: B.1.42

Cumple

  1. Que todos los consejeros tengan derecho a obtener de la sociedad el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones. Y que la sociedad arbitre los cauces adecuados para el ejercicio de este derecho, que en circunstancias especiales podrá incluir el asesoramiento externo con cargo a la empresa. Ver epígrafe: B.1.41

Explique

Se cumple parcialmente; el art. 11.2 del Reglamento del Consejo de Administración confiere al Secretario la obligación de asesorar e informar a los Consejeros; no está previsto el asesoramiento externo de los Consejeros. Sí está prevista esta posibilidad de asesoramiento externo para los miembros del Comité de Auditoria y Cumplimiento (art. 3 de su Reglamento).

  1. Que las sociedades establezcan un programa de orientación que proporcione a los nuevos consejeros un conocimiento rápido y suficiente de la empresa, asi como de sus reglas de gobierno corporativo. Y que ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Explique

No se cumple: la Sociedad no ha establecido un programa de orientación que proporcione a los nuevos consejeros un conocimiento rápido y suficiente de la empresa, así como de sus reglas de gobierno corporativo. Y que ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

  1. Que las sociedades exijan que los consejeros dediquen a su función el tiempo y esfuerzo necesarios para desempeñarla con eficacia y, en consecuencia:

a) Que los consejeros informen a la Comisión de Nombramientos de sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación exigida;

b) Que las sociedades establezcan reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus conseieros.

Ver epigrafes: B.1.8, B.1.9 y B.1.17

Cumple Parcialmente

Se cumple; art. 20 a) y b) del Reglamento del Consejo de Administración, excepto por la referencia a la Comisión de Nombramientos, la cual no existe.

  1. Que la propuesta de nombramiento o reelección de consejeros que se eleven por el Consejo a la Junta General de Accionistas, así como su nombramiento provisional por cooptación, se aprueben por el Consejo:

a) A propuesta de la Comisión de Nombramientos, en el caso de consejeros independientes.

b) Previo informe de la Comisión de Nombramientos, en el caso de los restantes consejeros. Ver epigrafe: B.1.2

Explique

No existe Comisión de Nombramientos.

  1. Que las sociedades hagan pública a través de su página Web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:

a) Perfil profesional y biográfico;

b) Otros Consejos de administración a los que pertenezca, se trate o no de sociedades cotizadas;

c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezca según corresponda, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.

d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de los posteriores, y;

e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sea titular.

Cumple

  1. Que los consejeros independientes no permanezcan como tales durante un período continuado superior a 12 años.

Ver epigrafe: B.1.2

Cumple

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen venda íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Ver epígrafes: A.2, A.3 y B.1.2

Cumple

  1. Que el Consejo de Administración no proponga el cese de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido cuando concurra justa causa, apreciada por el Consejo previo informe de la Comisión de Nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero hubiera incumplido los deberes inherentes a su cargo o incurrido en algunas de las circunstancias descritas en el epígrafe 5 del apartado III de definiciones de este Código.

También podrá proponerse el cese de consejeros independientes de Ofertas Públicas de Adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que supongan un cambio en la estructura de la sociedad cuando tales cambios en la estructura del Consejo vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la Recomendación 12.

Ver epígrafes: B.1.2, B.1.5 y B.1.26

Cumple

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, dimitir en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la sociedad y, en particular, les obliguen a informar al Consejo de las causas penales en las que aparezcan como imputados, así como de sus posteriores

vicisitudes procesales.

Que si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en el artículo 124 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo examine el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decida si procede o no que el consejero continúe en su cargo. Y que de todo el Consejo de cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

Ver epígrafes: B.1.43 y B.1.44

Cumple

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al Consejo puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de interés, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el Consejo.

Y que cuando el Consejo adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, éste saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta Recomendación alcanza también al Secretario del Consejo, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple Parcialmente

Se cumple parcialmente; no se cumple en cuanto a que en el Reglamento del Consejo no consta explicitamente que el Consejero, o el Secretario del Consejo , que hubiera formulado serias reservas a alguna decisión significativa o reiterada, saque las conclusiones que procedan y si opta por dimitir explique las razones en la carta a que se reflere la recomendación siguiente.

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo. Y que, sin perjuicio de que dicho cese se comunique como hecho relevante, del motivo del cese se dé cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

Ver epígrafe: B.1.5

Explique

No se cumple: no existe la obligación de que cuando, ya sea por dimisión o por otro motivo, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique las razones en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo, sin perjuicio de que dicho cese se comunique como hecho relevante y del motivo del cese se dé cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

  1. Que la política de retribuciones aprobada por el Consejo se pronuncie como minimo sobre las siguientes cuestiones:

a) Importe de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las dietas por participación en el Consejo y sus Comisiones y una estimación de la retribución fija anual a la que den origen;

b) Conceptos retributivos de carácter variable, incluyendo, en particular:

i) Clases de consejeros a los que se apliquen, así como explicación de la importancia relativa de los conceptos retributivos variables respecto a los fijos.

ii) Criterios de evaluación de resultados en los que se base cualquier derecho a una remuneración en acciones, opciones sobre acciones o cualquier componente variable;

iii) Parámetros fundamento de cualquier sistema de primas anuales (bonus) o de otros beneficios no satisfechos en efectivo; y

iv) Una estimación del importe absoluto de las retribuciones variables a las que dará origen el plan retributivo propuesto, en función del grado de cumplimiento de las hipótesis u objetivos que tome como referencia.

c) Principales características de los sistemas de previsión (por ejemplo, pensiones complementarias, seguros de vida y figuras análogas), con una estimación de su importe o coste anual equivalente.

d) Condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos, entre las que se incluirán:

i) Duración;

ii) Plazos de preaviso; y

iii) Cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo.

Ver epígrafe: B.1.15

Explique

No aplicable. El articulo del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros no tienen derecho a retribución alguna.

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones mediante entrega de la sociedad o de sociedades del grupo, opciones sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción, retribuciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad o sistemas de previsión.

Esta recomendación no alcanzará a la entrega de acciones, cuando se condicione a que los consejeros las mantengan hasta su cese como consejero.

ver epígrafes: A.3 y B.1.3

Explique

No aplicable. El artículo del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros no tienen derecho a retribución alguna.

37 Que la remuneración de los consejeros externos sea la necesaria para retribuír la dedicación y responsabilidad que el cargo exija; pero no tan elevada como para comprometer su independencia.

Explique

No aplicable. El artículo del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros no tienen derecho a retribución alguna.

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

No Aplicable

  1. Que en caso de retribuciones variables, las políticas retributivas incorporen las cautelas para asegurar que tales retribuciones guardan relación con el desempeño profesional de sus beneficiarios y no derivan simplemente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares

No Aplicable

  1. Que el Consejo someta a votación de la Junta General de Accionistas, como punto separado del orden del dia, y con carácter consultivo, un informe sobre la política de retribuciones de los consejeros. Y que dicho informe se ponga a disposición de los accionistas, ya sea de forma separada o de cualquier otra forma que la sociedad considere conveniente

Dicho informe se centrará especialmente en la política de retribuciones aprobada por el Consejo para el año va en curso, así como, en su caso, la prevista para los años futuros. Abordará todas las cuestiones a que se refiere la Recomendación 35, salvo aquellos extremos que puedan suponer la revelación de información comercial sensible. Hará hincapié en los cambios más significativos de tales políticas sobre la aplicada durante el ejercicio pasado al que se refiera la Junta General. Incluirá también un resumen global de cómo se aplicó la política de

retribuciones en dicho ejercicio pasado.

Que el Consejo informe, asimismo, del papel desempeñado por la Comisión de Retribuciones en la elaboración de la política de retribuciones y, si hubiera utilizado asesoramiento externo, de la identidad de los consultores externos que lo hubieran prestado.

ver epígrafe: B.1.16

Explique

No aplicable. El artículo del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros no tienen derecho a retribución alguna. Además, no existe Comisión de Retribuciones.

  1. Que la Memoria detalle las retribuciones individuales de los consejeros durante el ejercicio e incluya:

a) El desglose individualizado de la remuneración de cada consejero, que incluirá, en su caso:

  • i) Las dietas de asistencia u otras retribuciones fijas como consejero;
  • ii) La remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del Consejo;

iii) Cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron:

iv) Las aportaciones a favor del consejero a planes de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida;

v) Cualesquiera indemnizaciones pactadas o pagadas en caso de terminación de sus funciones;

vi) Las remuneraciones percibidas como consejero de otras empresas del grupo;

vii) Las retribuciones por el desempeño de funciones de alta dirección de los consejeros ejecutivos;

viii) Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su omisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales por el consejero.

b) El desglose individualizado de las eventuales entregas a consejeros de acciones sobre acciones o cualquier otro instrumento referenciado al valor de la acción, con detalle de:

i) Número de acciones u opciones concedidas en el año, y condiciones para su ejercicio;

ii) Número de opciones ejercidas durante el año, con indicación del número de acciones afectas y el precio de ejercicio;

iii) Número de opciones pendientes de ejercitar a final de año, con indicación de su precio, fecha y demás requisitos de ejercicio;

iv) Cualquier modificación durante el año de las condiciones de ejercicio de opciones ya concedidas.

c) Información sobre la relación, en dicho ejercicio pasado, entre la retribución obtenida por los consejeros ejecutivos y los resultados u otras medidas de rendimiento de la sociedad.

Explique

No aplicable. El artículo del Reglamento del Consejo establece que los Consejeros no tienen derecho a retribución alguna.

  1. Que cuando exista Comisión Delegada o Ejecutiva (en adelante, "Comisión Delegada"), la estructura de participación de las diferentes categorías de consejeros sea similar a la del propio Consejo y su segretario sea el del Consejo.

Ver epigrafes: B.2.1 y B.2.6

No Aplicable

  1. Que el Consejo tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la Comisión Delegada y que todos los miembros del Consejo reciban copia de las actas de las sesiones de la Comisión Delegada.

No Aplicable

  1. Que el Consejo de Administración constituya en su seno, además del Comité de Auditoría exigido por la Ley del Mercado de Valores, una Comision, o dos comisiones separadas, de Nombramientos y Retribuciones.

Que las reglas de composición y funcionamiento del Comité de Auditoría y de la Comisión o comisiónes de Nombramientos y Retribuciones figuren en el Reglamento del Consejo, e incluyan las síguientes:

a) Que el Consejo designe los miembros de estas Comisiones, teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada Comisión; delibere sobre sus propuestas e informes; y ante él hayan de dar cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a sus reuniones, de su actividad y responder del trabajo realizado;

b) Que dichas Comisiones estén compuestas exclusivamente por consejeros externos, con un mínimo de tres. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la asistencia de consejeros ejecutivos o altos directivos, cuando así lo acuerden de forma expresa los miembros de la Comisión.

c) Que sus Presidentes sean consejeros independientes.

d) Que puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.

e) Que de sus reuniones se levante acta, de la que se remitirá copia a todos los miembros del Consejo. Ver epígrafes: B.2.1 y B.2.3

Cumple Parcialmente

No se cumple en parte: no se ha creado una comisión de Nombramientos y Retribuciones por considerar que las funciones de dicha Comisión son asumidas perfectamente por el Consejo de Administración dada la estructura de sociedad. El Presidente del Comité de Auditoria no es un Consejero Independiente, ya que en este momento no hay ninguno con tal carácter, sin perjuicio de que se proceda al nombramiento de un Consejero independiente que asuma la función de dicho Comité.

  1. Que la supervisión del cumplimiento de los códigos internos de conducta y de las reglas de gobierno corporativo se atribuya a la Comisión de Auditoría, a la Comisión de Nombramientos, o, si existieran de forma separada, a las de Cumplimiento o Gobierno Corporativo.

Cumple

  1. Que los miembros del Comité de Auditoría, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos.

Cumple

  1. Que las sociedades cotizadas dispongan de una función de auditoría interna que, bajo la supervisión del Comité de Auditoría, vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno.

Explique

No se cumple: no se dispone de una función de auditoria interna que, bajo la supervisión del Comité de Auditoria, vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno.

  1. Que el responsable de la función de auditoría interna presente al Comité de Auditoria su plan anual de trabajo; le informe directamente de las incidencias que se presenten en su desarrollo; y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Explique

No se cumple: no se dispone de una función de auditoria interna que, bajo la supervisión del Comité de Auditoria, vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno.

  1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique al menos:

a) Los distintos tipos de riesgo (operativos, tecnológicos, financieros, legales, reputacionales...) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance:

b) La fijación del nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable;

c) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse:

d) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance. Ver epigrafes: D

Cumple

  1. Que corresponda al Comité de Auditoría:

1º En relación con los sistemas de información y control interno:

a) Supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la sociedad y, en su caso, al grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.

b) Revisar periódicamente los sistemas de control interno y gestión de riesgos, para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente.

c) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento, reelección y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes,

d) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados comunicar, de forma confidencial y, si se considera apropiado, anónima las irregularidades de potencial trascendencia, especialmente financieras y contables, que adviertan en el seno de la empresa.

2º En relación con el auditor externo:

a) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación.

b) Recibir regularmente del auditor externo información sobre el plan de auditoría y los resultados de

su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.

c) Asegurar la independencia del auditor externo y, a tal efecto:

i) Que la sociedad comunique como hecho relevante a la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.

ii) Que se asegure de que la sociedad y el auditor respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas establecidas para asegurar la independencia de los auditores;

iii) Que en caso de renuncia del auditor externo examine las circunstancias que la hubieran motivado.

d) En el caso de grupos, favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las empresas que lo integren.

Ver epigrafes: B.1.35. B.2.2, B.2.3 y D.3

Cumple

  1. Que el Comité de Auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple

  1. Que el Comité de Auditoria informe al Consejo, con carácter previo a la adopción por éste de las correspondientes decisiones, sobre los siguientes asuntos señalados en la Recomendación 8:

a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la sociedad deba hacer pública periódicamente. El Comité debiera asegurarse de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor externo.

b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraisos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia del grupo. c) Las operaciones vinculadas, salvo que esa función de informe previo haya sido atribuida a otra Comisión de las de supervisión y control.

Ver epigrafes: B.2.2 y B.2.3

0

0

O

O

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0

0

0

Cumple

  1. Que el Consejo de Administración procure presentar las cuentas a la Junta General sin reservas ni salvedades en el informe de auditoría y que, en los supuestos excepcionales en que existan, tanto el Presidente del Comité de Auditoria como los auditores expliquen con claridad a los accionistas el contenido y alcance de dichas reservas o salvedades.

Ver epigrafe: B.1.38

Cumple

  1. Que la mayoría de los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, si fueran una sola- sean consejeros independientes.

Ver epigrafe: B.2.1

No Aplicable

  1. Que correspondan a la Comisión de Nombramientos, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes, las siguientes:

a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, definir, en consecuencia, las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.

b) Examinar u organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente y del primer ejecutivo y, en su caso, hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.

c) Informar los nombramientos y ceses de altos directivos que el primer ejecutivo proponga al Consejo.

d) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género señaladas en la Recomendación 14 de este Código.

Ver epigrafe: B.2.3

No Aplicable

  1. Que la Comisión de Nombramientos consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la Comisión de Nombramientos que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

No Aplicable

  1. Que corresponda a la Comisión de Retribuciones, además de las funciones indicadas en las Recomendaciones precedentes, las siguientes:

a) Proponer al Consejo de Administración:

  • i) La política de retribución de los consejeros y altos directivos;
  • ii) La retribución individual de los consejeros ejecutivos y las demás condiciones de sus contratos.

iii) Las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.

b) Velar por la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad. Ver epígrafes: B.1.14 y B.2.3

No Aplicable

  1. Que la Comisión de Retribuciones consulte al Presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

No Aplicable

G - OTRAS INFORMACIONES DE INTERES

Si considera que existe algún principio o aspecto relevante relativo a las prácticas de gobierno corporativo aplicado por su sociedad, que no ha sido abordado por el presente Informe, a continuación, mencione y explique su contenido.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA APARTADO A.2

En la medida en que las acciones de Eccowood están representadas mediante anotaciones en cuenta y, por tanto, no existe un registro de accionistas mantenido por la propia sociedad, no se puede conocer con exactitud la estructura de la propiedad de la misma.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA APARTADO B.1.2

El representante de Relocation Inversiones S.L., Conseiero de Eccowood, es D Yolanda Bassat Orellana. Sin embargo, en el cuadro no figura ningun representante porque la plantilla del IAGC no permite introducir como representante una persona que ya figura como miembro del Consejo.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA APARTADO B.1.3

La sociedad Finplanners S.L. forma parte del Consejo de Administración de Eccowood como Consejero Dominical en representación de varios accionistas. En el cuadro únicamente figura uno de los accionistas porqué la plantilla del IAGC no permite introducir más de uno.

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA APARTADO B.1.33

En el Consejo de Administración celebrado el 15 de septiembre de 2008 fue nombrado D. Carlos Ferrer Puíg como Secretario no Consejero de la Sociedad.

Dentro de este apartado podrá incluirse cualquier otra información o matiz, relacionados con los anteriores apartados del informe, en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, indique si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

Definición vinculante de consejero independiente:

Indique si alguno de los consejeros independientes tiene o ha tenido alguna relación con la sociedad, sus accionistas significativos o sus directivos, que de haber sido suficientemente significativa o importante, habría determinado que el consejero no pudiera ser considerado como independiente de conformidad con la definición recogida en el apartado 5 del Código Unificado de buen gobierno:

NO

Fecha y firma:

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el Consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha

27/11/2009

Indique si ha habido Consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

NO

FORMULACIÓN DEL INFORME DE GESTIÓN POR EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto por la legislación vigente, los Administradores de ECCOWOOD INVEST, S.A. han formulado el informe de gestión consolidado de ECCOWOOD INVEST, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES correspondiente al ejercicio anual terminado el 30 de septiembre de 2009.

....

D

Asimismo, declaran firmado de su puño y letra el citado documento, mediante la suscripción del presente folio anexo al mismo, que se extiende de la página número 1 a la 8, y el anexo (Informe de Gobierno Corporativo que va de la página 1 a la 49).

Reus 9 de diciembre de 2009
Dª Yolanda Bassat Orellana
Presidente
D. Alejandro Gomez/Rubio
Consejero Delegado
G3T, S.L.
(representada por D. Rafael Tous Godia)
Consejero /
1
Acalios Invest, S.L.
(representada por Dª Mª Isabel Gómez Casals)
Consejero
Francesc Nadal Ribera
Consejero
Jorge (Campins Figueras
Conseigno //
Brinça 2004, S.L.
(representada por D. Arturo de Trinchería Simón)
Consejero
Relocation Inversiones, S.L.
(representada por Dª Yolanda Bassat Orellana)
Consejera
Finplanners, S.L.
(representada por Dª Elena Yepes Evangelista)
Consejera A
9

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