AGM Information • Jun 18, 2025
AGM Information
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Comisión Nacional del Mercado de Valores Att. Director del Área de Mercados c/ Edison núm. 4 28006 Madrid
Colmenar Viejo (Madrid), 18 de junio de 2025
De conformidad con lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, ponemos en su conocimiento la siguiente
La Junta General Ordinaria de accionistas de Pharma Mar, S.A. en su reunión celebrada el día de hoy, en segunda convocatoria, ha aprobado por mayoría suficiente de votos la totalidad de las propuestas que el Consejo de Administración había acordado someter a la deliberación y decisión de la misma.
El texto íntegro de los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de accionistas que se remiten, se corresponden, por tanto, con las propuestas de acuerdos que fueron comunicadas a esa Comisión mediante Otra Información Relevante (número de registro 34540) de fecha 6 de mayo de 2025. El texto de los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones se publicarán en la página web de la Sociedad en los próximos cinco días.
Pharma Mar S.A. Avda. de los Reyes, 1 P.I. La Mina 28770 Colmenar Viejo (Madrid) Spain www.pharmamar.com
Junta General Ordinaria de Accionistas

COLMENAR VIEJO (MADRID), 18 DE JUNIO DE 2025

Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales y los Informes de Gestión de Pharma Mar, S.A. y de su Grupo Consolidado correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar en los términos en que se recogen en la documentación legal, las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión de Pharma Mar, S.A. correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024, así como las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria) e Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, correspondientes al mismo periodo.
Se hace constar expresamente que la documentación contable de referencia ha sido auditada por la firma KPMG Auditores S.L., cuyo informe, al igual que el resto de la documentación que integra las Cuentas Anuales, ha sido puesto en su momento a disposición de los accionistas.

Examen y, en su caso, aprobación del estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad incluido en el Informe de Gestión del Grupo Pharma Mar correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar el estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad incluido en el Informe de Gestión del Grupo Pharma Mar correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
El estado de información no financiera e información sobre sostenibilidad contenido en el citado informe ha sido objeto de verificación por KPMG Auditores S.L., y ha sido puesto en su momento a disposición de los accionistas.

Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024 formulada por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2025 y, en consecuencia, destinar el beneficio del ejercicio 2024, que asciende a CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS Y SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (40.224.894,79 euros), a compensar la cuenta de resultados negativos de ejercicios anteriores.

Examen y, en su caso, aprobación de la gestión social durante el ejercicio 2024.
Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio social 2024.

De conformidad con art. 273.2 de la Ley de Sociedades de Capital, las sociedades, una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, podrán repartir dividendos con cargo beneficios o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es inferior al capital social y no se produce tal situación como consecuencia del reparto.
En consecuencia, el Consejo de Administración acuerda proponer el reparto a los accionistas, sujeto a la aprobación de la Junta General de Accionistas, de un dividendo por importe de 0,80 euros por cada acción en circulación con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión), hasta un importe máximo de 14.577.782,40 euros. El importe final quedará determinado al tiempo de reparto del dividendo, en función de las acciones de la Sociedad en circulación y aquéllas que mantenga en autocartera en ese momento.
A los efectos oportunos, se hace constar que (i) existe suficiente liquidez para este reparto; (ii) tras este reparto, el valor del patrimonio neto de la Sociedad continuará siendo superior al capital social; y (iii) se cumple con los demás requisitos establecidos en el artículo 273 de la Ley de Sociedades de Capital para poder realizar dicho reparto.
El dividendo se hará efectivo el día 27 de junio de 2025, a través de Banco Santander, S.A. de acuerdo con las normas de funcionamiento de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR).

Reelegir a D. Eduardo Serra Rexach como consejero de la Sociedad por el periodo estatutario de cuatro (4) años, con la calificación de Otro Consejero Externo.
La propuesta de reelección de D. Eduardo Serra Rexach se somete por el Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de Sostenibilidad.

Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, por parte de la Sociedad y/o por parte de sus sociedades filiales, en los términos previstos por la legislación vigente, con expresa facultad para proceder a su enajenación o amortización con reducción de la cifra de capital social, dejando sin efecto, en la cuantía no utilizada, la delegación acordada por la Junta General del ejercicio anterior.
Al amparo de lo dispuesto en los artículos 146 y concordantes y 509 de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad (así como al de las sociedades filiales), con facultades expresas de sustitución en la Comisión Ejecutiva, en el Presidente o en el Vicepresidente del Consejo de Administración, para que, durante el plazo de cinco años a contar desde la fecha de la Junta General de Accionistas, pueda adquirir en cualquier momento, cuantas veces lo estime oportuno y por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, acciones de la Sociedad, así como enajenar o amortizar posteriormente las mismas, de acuerdo con las siguientes disposiciones y requisitos y aquellos previstos en las disposiciones legales vigentes:
Las adquisiciones se realizarán mediante operaciones de compraventa, permuta o cualquier otra permitida por la Ley, incluyendo mediante préstamo de valores.
Acciones de la Sociedad cuyo valor nominal, sumándose al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales, no supere el 10% del capital suscrito de la Sociedad en cada momento.
Se acuerda autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad (así como al de las sociedades filiales), por el plazo y de acuerdo con las condiciones establecidas en los párrafos anteriores en la medida en que sean aplicables y en condiciones de mercado, para adquirir acciones de la Sociedad por medio de préstamos.
Expresamente se autoriza que las acciones propias adquiridas puedan destinarse en todo o en parte a (i) su enajenación; (ii) su amortización mediante la consiguiente reducción de capital; (iii) su entrega a trabajadores empleados, directivos o administradores (a los efectos de lo previsto en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital); y (iv) planes de reinversión del dividendo o instrumentos análogos.

Dejar sin efecto en la parte no ejecutada el Acuerdo Cuarto de la Junta General de Accionistas de 29 de mayo de 2024, relativo igualmente a la autorización para la adquisición de acciones propias.
Con carácter adicional, se acuerda reducir el capital social, con el fin de amortizar las acciones propias de la Sociedad que pueda mantener en su balance (ya sea como resultado de su adquisición al amparo de la autorización de la Junta General de Accionistas bajo este acuerdo o de otros), con cargo a beneficios o reservas libres y por el importe que en cada momento resulte conveniente o necesario, hasta un importe nominal máximo equivalente al de dichas acciones propias.
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de ejecutar el precedente acuerdo de reducción de capital, en una o varias veces y dentro del plazo máximo de cinco años, a partir de la fecha de celebración de la Junta General de Accionistas, con el fin de amortizar las acciones propias y para fijar los términos y condiciones de la reducción de capital, determinar el destino, acordar la exclusión de cotización de las acciones y modificar el artículo 6º de los Estatutos Sociales.

Aprobación de un Plan para el año 2026 de entrega de acciones de la autocartera de Pharma Mar, S.A. a los empleados y directivos de las compañías del Grupo con el fin de fomentar su participación en el capital social e incentivar su permanencia en el Grupo.
Con la finalidad de fomentar la participación de los empleados y directivos de las compañías del Grupo en el capital social de Pharma Mar, S.A. e incentivar su permanencia en el Grupo, se acuerda aprobar un Plan (en adelante, el "Plan") para el ejercicio 2026 de entrega gratuita por las compañías del Grupo de acciones de Pharma Mar, S.A., en las mismas condiciones para todos los empleados y directivos.
El Plan se dirigirá y se ofrecerá en igualdad de condiciones a todos los empleados y directivos que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas de las siguientes compañías del Grupo Pharma Mar: Pharma Mar, S.A. y Sylentis, S.A. Sociedad Unipersonal.
Las acciones destinadas al Plan procederán de la autocartera de Pharma Mar, S.A. que se posea en el momento de ejecución del Plan.
El Consejo de Administración diseñará y aplicará el Plan en base a las condiciones y dentro de los límites que se establecen a continuación.
1.1.- BENEFICIARIOS. El empleado o directivo, para ser beneficiario del Plan, deberá estar en activo en el momento de ejecución del mismo, tener a 31 de diciembre de 2025 una antigüedad mínima de seis (6) meses como empleado o directivo en cualquiera de las compañías del Grupo y haber comunicado a su compañía empleadora actual el importe máximo de su salario que desea aplicar a la compra de acciones en autocartera de Pharma Mar, S.A. a precio normal de mercado.
1.2.- CONTENIDO DEL PLAN. Simultánea y adicionalmente a la compra de acciones en autocartera de Pharma Mar, S.A. por el empleado o directivo con parte de su salario, cada compañía empleadora entregará al empleado o directivo acogido al Plan, simultáneamente a dicha compra, un número de acciones gratuitas de la autocartera de Pharma Mar, S.A. que será igual al número entero, redondeado por defecto, resultado de aplicar un porcentaje (en adelante el "Porcentaje"), previamente determinado por el Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A. que será igual para todos los empleados o directivos, al número de acciones efectivamente compradas con dicha parte de su salario que, en su caso, se tendrá que haber ajustado y reducido frente al importe máximo solicitado si el valor de las acciones a entregar al empleado o directivo supera los límites máximos subjetivos mencionados en el apartado 1.3 siguiente o el número de acciones gratuitas a entregar a todos los empleados o directivos del Grupo en conjunto supera el límite máximo del apartado 2 siguiente.
1.3.- LÍMITES SUBJETIVOS. El valor de mercado de las acciones entregadas a cada empleado o directivo estará limitado a 12.000 euros como máximo y, junto con las demás retribuciones en especie que perciba en 2026, no podrá superar el 30% de sus percepciones salariales totales de conformidad con el artículo 26.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

No tendrán la consideración de beneficiarios los miembros del Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A., aunque los mismos ocupen cargos directivos en cualquiera de las sociedades del Grupo.
En el Plan se entregarán hasta un máximo de 41.000 acciones, gratuitas o no, en conjunto para todos los empleados y directivos de las compañías del Grupo.
Si el número de acciones total a entregar resultante, después de la aplicación a cada empleado o directivo, en su caso, de los límites subjetivos del apartado 1.3 anterior, fuera superior a dicho límite máximo de 41.000 acciones, el exceso se prorrateará reduciéndose proporcionalmente el número de acciones a recibir por cada empleado o directivo, reduciéndose en igual proporción las compradas con su salario, para que, sin modificación del Porcentaje, el número de acciones a entregar en conjunto no supere la cifra máxima señalada.
El Consejo de Administración determinará el Porcentaje mencionado en el 1.2 anterior, que será igual para todos los empleados y directivos y que se comunicará junto con la oferta del Plan para que cada empleado o directivo pueda adoptar la decisión que estime más conveniente.
El Consejo de Administración establecerá las condiciones oportunas para que el Plan cumpla también su finalidad de fidelizar a sus beneficiarios, fijando los plazos de permanencia necesarios para poder disponer de las acciones, así como las consecuencias del incumplimiento del beneficiario de las condiciones del Plan, que podrán incluir la pérdida de la totalidad o de parte de las acciones gratuitas entregadas.
Asimismo, el Consejo podrá determinar las garantías que los beneficiarios deban constituir sobre las acciones entregadas, con el fin de asegurar el cumplimiento del Plan.
El Consejo de Administración está igualmente autorizado para delegar a favor de la Comisión Ejecutiva o del consejero o persona que estime conveniente las facultades conferidas en virtud de este acuerdo que sean legalmente delegables.
La presente propuesta de acuerdo ha sido impulsada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de Sostenibilidad y posteriormente asumida por el Consejo de Administración.

Aprobar la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. aplicable desde la fecha de aprobación por la Junta General de Accionistas de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2028, cuyo texto íntegro ha estado a disposición de los accionistas, junto con el resto de documentación relativa a esta Junta General de Accionistas, desde la fecha de su convocatoria.

Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio 2024 que se somete a votación consultiva (art. 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital).
Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio 2024, cuyo texto íntegro se puso a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la Junta General de Accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria, texto que se incorpora al acta como Anexo.

Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, formalización, ejecución y desarrollo de todos los acuerdos que se adopten por la Junta General, para su elevación a instrumento público, así como para sustituir las facultades que de ella reciba.
Sin perjuicio de las autorizaciones previstas en los anteriores acuerdos, facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, con facultad de sustitución en la Comisión Ejecutiva o en el Consejero o persona que estime conveniente, para interpretar, subsanar, completar y ejecutar todos los acuerdos anteriores adoptados por la Junta General.
Facultar al Presidente del Consejo de Administración, D. José María Fernández Sousa-Faro, al Vicepresidente del Consejo de Administración, D. Pedro Fernández Puentes, al Secretario del Consejo de Administración, D. Juan Gómez Pulido y a la Vicesecretaria del Consejo de Administración, Dña. María Concepción Sanz López, para que cualquiera de ellos, indistintamente, pueda elevar a escritura pública los acuerdos adoptados por la Junta General en la presente reunión y otorgar los documentos públicos y privados que sean necesarios o convenientes para ejecutar los mismos, incluida la facultad de solicitar la inscripción parcial, de modificación y de subsanación de su contenido en la medida necesaria para ajustar el mismo a la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil o de cualesquiera organismos u autoridades administrativas. Asimismo, se faculta a los expresados señores, con el mismo carácter solidario, para hacer el preceptivo depósito de las cuentas anuales y demás documentación en el Registro Mercantil.
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