Pre-Annual General Meeting Information • May 16, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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Avda. Algorta, 16 48992 Getxo (Spain) Phone: +34 94 425 53 00 Fax: +34 94 423 17 72 e-mail: [email protected] www.minersa.com
En Getxo, a 16 de mayo de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, Minerales y Productos Derivados, S.A. (en anagrama, MINERSA) procede, por medio del presente escrito, a comunicar el siguiente
El consejo de administración de la sociedad ha decidido convocar junta general ordinaria de accionistas, a celebrarse el próximo mes de junio.
Se adjunta al presente el anuncio de la convocatoria de la junta general, así como los informes, propuestas y demás documentación sobre los asuntos comprendidos en el orden del día. El anuncio de convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en el diario El Mundo y en la página web corporativa de la sociedad, www.minersa.com, donde se mantendrán además accesibles, de manera ininterrumpida, los informes, propuestas y demás documentación correspondiente a la junta.
Asimismo, los informes, propuestas y demás documentación estarán a disposición de los accionistas en el domicilio social y en referida página web corporativa de la sociedad, en los términos previstos en el anuncio de convocatoria.
Lo que se comunica a esa CNMV a los efectos oportunos, con el carácter de otra información relevante y, particularmente, a los efectos de la publicación de la convocatoria de la junta general en la página web de esa Comisión Nacional del Mercado de Valores, conforme a lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley de Sociedades de Capital.
_________________________________ Jon Arcaraz Basaguren Secretario del Consejo de Administración

Por acuerdo del consejo de administración, se convoca a los accionistas de la sociedad Minerales y Productos Derivados, S.A. a la junta general ordinaria de accionistas, que se celebrará en primera convocatoria en el domicilio social (Avenida Algorta 16, 48992, Getxo, Bizkaia), a las 12,00 horas del próximo día 25 de junio y en su caso en segunda convocatoria el día siguiente a la misma hora y en el mismo lugar, con el fin de deliberar y resolver sobre el siguiente

amortización de tales acciones, modificando el artículo correspondiente de los Estatutos Sociales, dejando sin efecto en la parte no utilizada la anterior autorización, concedida en junta general de accionistas de 26 de junio de 2024.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la junta, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdos justificada, así como presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día. El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente a la sociedad, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de esta convocatoria.

De conformidad con lo dispuesto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, tienen derecho de asistencia a la junta los accionistas que sean titulares de al menos 400 acciones, siempre que las tengan inscritas en el correspondiente registro con cinco días de antelación a su celebración, pudiendo agruparse los accionistas que no posean el número de acciones señalado a efectos de asistencia, designando un representante. Sí, como está previsto, la junta se celebra en primera convocatoria, a los efectos de lo establecido en el artículo 517 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los accionistas deberán tener registradas a su nombre las acciones no más tarde del día 20 de junio de 2025 (o del día siguiente si se celebrase en segunda convocatoria).
De conformidad con lo dispuesto en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, todo accionista que tenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la junta cumpliendo los requisitos y formalidades legalmente exigidos y, en particular, cumplimentando a favor del representante la delegación contenida en la tarjeta de asistencia a la junta que le será remitida por su entidad depositaria o que podrá obtener a través de la página web de la sociedad, haciéndola llegar a la sociedad con los requisitos y por los medios indicados en la página web www.minersa.com.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley, en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la junta general, los accionistas podrán emitir su voto a distancia, por los medios reglamentariamente establecidos, mediante la remisión a la sociedad, con los requisitos y por los medios indicados en la página web de la compañía www.minersa.com, de la tarjeta de voto a distancia puesta a disposición de los accionistas en la indicada página web. Los votos a distancia deberán haber sido notificados a la sociedad no más tarde de las veinticuatro horas anteriores a la celebración de la junta.
Los accionistas podrán solicitar de los administradores, acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la junta. Asimismo, podrán solicitar, por escrito y dentro del mismo plazo o verbalmente durante la celebración de la junta, las aclaraciones que estimen precisas sobre la información accesible al público que se hubiera facilitado por la sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general y acerca de los informes del auditor.
De conformidad con la normativa aplicable, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria los accionistas podrán examinar en el domicilio social, y solicitar la entrega o el envío, todo ello de forma inmediata y gratuita, del texto íntegro de las propuestas de acuerdos que se someten a la aprobación de la Junta y de los informes de los administradores sobre los puntos del orden del día que así lo requieran. En

particular, se encuentran a disposición de los accionistas los siguientes documentos: (i) las cuentas anuales e informe de gestión individuales de la sociedad así como las cuentas anuales e informe de gestión consolidados de la sociedad y de sus sociedades dependientes correspondientes al ejercicio social cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024, la propuesta de aplicación del resultado, y los informes emitidos por el auditor de cuentas sobre dicha documentación, (ii) el informe anual de gobierno corporativo correspondiente al ejercicio 2024, (iii) el estado de información no financiera consolidado de Minerales y Productos Derivados S.A. y de sus sociedades dependientes correspondiente al ejercicio 2024 y el informe de verificación emitido por el prestador independiente de servicios, (iv) el informe y propuesta del consejo de administración sobre la autorización para adquisición de acciones propias y reducción de capital (v) el informe y propuesta del consejo de administración sobre la delegación en el consejo de administración de la facultad de ampliar el capital social, (vi) el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros de la sociedad correspondiente al ejercicio 2024, (vii) la política de remuneraciones de los consejeros aplicable desde la misma fecha de su aprobación y durante los ejercicios 2026, 2027 y 2028 y el informe de la comisión de nombramientos y retribuciones sobre la misma y (viii) la propuesta sobre delegación de facultades.
Igualmente, desde la publicación de la presente convocatoria y hasta la celebración de la junta, los documentos citados anteriormente y demás información relativa a la junta general serán accesibles a través de la página web de la compañía www.minersa.com dentro del apartado "accionistas e inversores".
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, en la página web de la sociedad www.minersa.com se ha habilitado un foro electrónico de accionistas al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones voluntarias que puedan constituirse, con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la junta.
En dicho foro podrán publicarse propuestas que pretendan presentarse como complemento del orden del día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la Ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.
El foro no constituye un canal de comunicación entre la sociedad y los accionistas.

Los datos de carácter personal que los accionistas faciliten a Minerales y Productos Derivados, S.A. para el ejercicio de sus derechos de asistencia, representación y voto en la junta general de accionistas, o que sean facilitados a estos efectos por las entidades en las que dichos accionistas tengas depositadas sus acciones, serán tratados por Minerales y Productos Derivados, S.A., de conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos, con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial y el cumplimiento de sus obligaciones legales, así como para gestionar la convocatoria y celebración de la junta general de accionistas.
Asimismo, se informa a los accionistas de que si desean ejercer alguno de los derechos que les atribuye la normativa de protección de datos deben dirigir su petición al correo electrónico [email protected] adjuntando una copia de su documento de identidad.
En caso de que en la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá informarles de los extremos contenidos en los párrafos anteriores y cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a la sociedad, sin que la sociedad deba realizar ninguna actuación adicional.
En Getxo, a 12 de mayo de 2025. El Secretario del Consejo de Administración. Jon Arcaraz Basaguren.

Aprobar las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto, estado de flujos de efectivo y memoria) de Minerales y Productos Derivados, S.A. y las cuentas anuales consolidadas (balance consolidado, cuenta de pérdidas y ganancias consolidada, estado de ingresos y gastos reconocidos consolidados, estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, estado de flujos de efectivo consolidado y memoria consolidada) de Minerales y Productos Derivados, S.A. y de sus sociedades dependientes, todo ello correspondiente al ejercicio social cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024.

Aprobar el informe de gestión individual de Minerales y Productos Derivados, S.A. y el informe de gestión consolidado de Minerales y Productos Derivados, S.A. y de sus sociedades dependientes, todo ello correspondiente al ejercicio social cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024.

Aprobar el estado de información no financiera consolidado de Minerales y Productos Derivados S.A. y de sus sociedades dependientes correspondiente al ejercicio social cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024, incluido como anexo a los informes de gestión, que ha sido objeto de verificación conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Aprobar la gestión del consejo de administración de la sociedad desarrollada durante el ejercicio social 2024.

Aprobar la propuesta de aplicación del resultado de la sociedad correspondiente al ejercicio social de 2024, cerrado en fecha 31 de diciembre de 2024, por un importe de 61.546.480,41 euros, en los siguientes términos:

A propuesta de la comisión de auditoría de la sociedad, nombrar como auditor de cuentas de Minerales y Productos Derivados, S.A., para sus cuentas anuales y las resultantes de su grupo de sociedades consolidado, para un período de tres años, esto es, para los ejercicios 2025, 2026 y 2027 a la firma CROWE AUDITORES ESPAÑA, S.L.P., con domicilio en Barcelona, Avenida Diagonal nº 429, con CIF nº B- 64754534. Es miembro del REA y miembro número S1866 del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), y está inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 40.189, folio 115 y hoja B-363.237.
Dicho nombramiento lo es para las cuentas anuales e informes de gestión individuales y consolidados.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2025.
Dentro de los asuntos comprendidos en el orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general ordinaria de la sociedad que se celebrará en el primer semestre del presente año, se encuentra el de autorizar al consejo de administración para la adquisición de acciones propias, así como para, en su caso, reducir el capital social mediante amortización de tales acciones. De hacer uso el consejo de administración de la facultad de reducción de capital se producirá una modificación de los Estatutos Sociales.
Entiende el consejo de administración que, como complemento de la citada delegación de la facultad de adquirir acciones para la autocartera de la sociedad y con los mismos fines de contar con la conveniente flexibilidad en este campo, resulta oportuno delegar igualmente en los administradores la facultad de reducir el capital social en el momento y términos que tengan por convenientes, con el objetivo de amortizar las acciones propias que se hayan adquirido. Debe tenerse presente que para la decisión sobre la utilización de uno u otro de los mecanismos contemplados en la Ley para la reducción o supresión de la autocartera (esto es, la enajenación o la amortización), ha de contarse con el adecuado conocimiento de las circunstancias de mercado, financieras, y de objetivos y estrategias societarias del momento. En consecuencia, no pudiéndose contar a priori con dicho conocimiento parece oportuno dotar al consejo de administración, por medio de la oportuna delegación, de la facultad de decidir sobre el particular cuando sea necesario.

De acuerdo con la expresada justificación, se realiza la siguiente
Delegar en el consejo de administración la ejecución del precedente acuerdo de reducción de capital, quien podrá llevarlo a cabo en una o en varias veces y dentro del plazo máximo de dieciocho meses a partir de la fecha de la adopción del acuerdo, realizando cuantos trámites y gestiones, y obteniendo cuantas autorizaciones, sean exigidas por la Ley y demás disposiciones que sean de aplicación y, en particular, se le delega para que dentro del plazo y los límites señalados para dicha ejecución, fije la fecha/s de la concreta reducción/es del capital, su oportunidad y conveniencia, concretando el importe de la reducción de capital y determinando su destino, cumpliendo los requisitos legalmente exigidos, adaptando los Estatutos Sociales a la nueva cifra de su capital social, solicitando la exclusión de cotización de los valores amortizados y, en general, adoptando cuantos acuerdos sean convenientes o precisos a los efectos de dichas amortizaciones de autocartera y consiguientes reducciones de capital, designando a las personas que puedan intervenir en su formalización.

Se emite el presente informe y propuesta por el consejo de administración de la compañía mercantil Minerales y Productos Derivados, S.A., a los efectos de lo dispuesto en el artículo 286 de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con la junta general ordinaria de accionistas de la sociedad a celebrarse el primer semestre del presente año 2025.
Uno de los asuntos incluidos en el orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general de accionistas de la sociedad que se celebrará el primer semestre del presente año, se refiere a la delegación en el consejo de administración de la facultad de ampliar el capital social, lo que supone, en caso de ejercicio de dicha facultad, la necesidad de proceder a la modificación de los Estatutos Sociales.
Como es obvio, al margen de otras formas de financiación, la aportación de fondos al capital social es uno de los caminos para alcanzar los propósitos de crecimiento y ampliación futuros que puedan presentarse. Para evitar rigidez y demoras en la posible adopción de decisiones en el campo antes expuesto, se entiende resultará de una mejor operativa el delegar en el consejo de administración la posibilidad de acordar la ampliación o ampliaciones de capital que sirvan a estos fines, y ello teniendo en cuenta las garantías que, en todo caso, amparan a los accionistas y a su decisión.
Para la mejor utilización de la anterior delegación es importante en muchos casos la rapidez y la selección del origen de los recursos, lo que puede hacer que sea necesario excluir el derecho de suscripción preferente para conseguir el objetivo de maximizar el interés social. Por ello, se considera conveniente que, de conformidad con los límites dispuestos en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, se

delegue igualmente en el consejo de administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente de las acciones que se emitan, siendo así que será el consejo de administración quien valore y estime en cada momento la proporcionalidad de la medida de suprimir el derecho de suscripción preferente en relación con el beneficio del interés social. En todo caso, la delegación de esta facultad no implica necesariamente que las ampliaciones de capital que se realicen se lleven a cabo con exclusión del derecho de suscripción preferente, ejercitándose dicha facultad sólo en los supuestos en los que el interés social así lo requiera y, naturalmente, dando completo cumplimiento a las exigencias legales sobre la materia.
De acuerdo con la expresada justificación, se realiza la siguiente
En los términos de lo dispuesto en el artículo 297 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, delegar en el consejo de administración, en los más amplios términos, la facultad de acordar, en una o en varias veces, el aumento del capital social hasta el máximo de la mitad del capital de la sociedad en el momento actual.
La ampliación o ampliaciones de capital social deberán realizarse mediante aportaciones dinerarias y dentro del plazo máximo de cinco años a contar del día de la fecha.
Dicho aumento o aumentos podrán llevarse a cabo por el consejo de administración en la oportunidad, cuantía y condiciones que el mismo decida, con el máximo previamente establecido y en las condiciones antes expresadas, sin previa consulta a la junta general.
El consejo de administración podrá fijar los términos y condiciones de la ampliación o ampliaciones de capital social, que podrá llevarse a cabo mediante la emisión de nuevas acciones con o sin voto, ordinarias o privilegiadas, incluyendo acciones de cualquier tipo de las permitidas por la Ley, en su caso con prima de emisión.
Atribuir al consejo de administración la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en los términos y con los límites del artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital en relación con las emisiones de acciones que sean realizadas en virtud del presente acuerdo.
Atribuir igualmente al consejo de administración las facultades de ofrecer libremente las acciones no suscritas en el plazo o plazos establecidos para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, cuando se otorgue, y de establecer que, en caso de suscripción incompleta, el capital se aumentará en la

cuantía de las suscripciones efectuadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital.
Dicha delegación incluye la facultad para dar nueva redacción al articulado de los Estatutos Sociales relativo al capital social, una vez acordado y ejecutado el aumento o aumentos de capital social, y para solicitar la admisión a negociación en las Bolsas de Valores de las nuevas acciones que se emitan.
Por otro lado, en consonancia con lo anterior, y habiéndose otorgado nueva autorización, se deja sin efecto la anterior delegación de la facultad de ampliar el capital social, otorgada en junta general de accionistas de fecha 26 de junio de 2024.

Aprobar la nueva página web corporativa de Minerales y Productos Derivados, S.A. en la website que ya está inscrita actualmente en el Registro Mercantil, www.minersa.com, a efectos de lo dispuesto en los artículos 11 bis, 11 ter y 11 quáter de la Ley de Sociedades de Capital.

PROPUESTA MOTIVADA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACION ACERCA DE LA APROBACIÓN DE LA NUEVA POLITICA DE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS DE MINERALES Y PRODUCTOS DERIVADOS, S.A. PARA EL EJERCICIO 2025 DESDE SU APROBACIÓN Y PARA LOS EJERCICIOS 2026, 2027 Y 2028.
La propuesta de la política de remuneraciones del consejo de administración será motivada y deberá ir acompañada de un informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones. Ambos documentos deben ponerse a disposición de los accionistas a los efectos de la junta general.
De conformidad con lo previsto en el indicado artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la comisión de nombramientos y retribuciones ha emitido el indicado informe, que se adjunta y forma parte de la presente propuesta de aprobación de la política de remuneraciones de los consejeros de Minerales y Productos Derivados, S.A., para el ejercicio 2025, desde la fecha de su aprobación, y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028. La propuesta se incluye dentro los asuntos del orden del día sobre los que debatir y, en su caso, aprobar en la junta general ordinaria de la sociedad que se celebrará en el primer semestre del presente año.
De conformidad con lo dispuesto en el reiterado artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, es necesario aprobar una nueva política de remuneraciones, en el presente caso aplicable para el ejercicio 2025 desde su aprobación y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, sin perjuicio de que la junta general de accionistas pueda modificarla de conformidad con lo previsto legalmente.
La política de remuneraciones cuya aprobación se propone es continuista con la política vigente en lo que se refiere a principios, estructura y retribuciones. Así, mantiene los mismos principios y fundamentos de la política anterior, guardando la remuneración de los administradores una proporción razonable con la importancia de la sociedad, la situación económica actual y los estándares de mercado de empresas comparables. Asimismo, el sistema de remuneración

establecido está orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad incorporando las cautelas necesarias para evitar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables, encontrándose en línea con los intereses de los accionistas y resultando acorde con la normativa vigente, así como con las mejores prácticas y recomendaciones de buen gobierno corporativo.
De acuerdo con lo expresado, teniendo en cuenta el informe previo favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, cuyo contenido y motivación asume el consejo, se realiza la siguiente
De conformidad con lo establecido en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, aprobar la política de remuneraciones de los consejeros para el ejercicio 2025 desde su aprobación y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, cuyo texto íntegro, junto con el informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones, se ha puesto a disposición de los accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria como parte de la documentación relativa a la junta general de accionistas.
A efectos del presente año 2025, se propone mantener la siguiente remuneración para los consejeros en su condición de tales, en concepto de asignación y dieta por su asistencia a las reuniones del consejo de administración:
Todos y cada uno de los consejeros percibirán una remuneración en el presente año 2025 de 67.003 euros brutos en concepto de asignación y dieta por su asistencia a las reuniones.
En el caso del Presidente esta remuneración será de 67.003 euros brutos adicionales por la responsabilidad y la exigencia de dedicación que comporta la presidencia.
El Secretario no Consejero percibirá una retribución de 4.698 euros brutos anuales.
Por otro lado, el Presidente, como consejero ejecutivo, percibirá una remuneración basada en su contrato de 415.443 euros brutos. Adicionalmente, el consejo de administración, con el informe favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, podrá acordar el pago en su favor de cantidades adicionales, a modo de prima o incentivo extraordinario no consolidable, en función de la marcha del negocio y el resultado del cierre del ejercicio social. Dicha remuneración será revisada anualmente por

el consejo de administración a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones.
Aviso.- La Política de Remuneraciones de los consejeros para el ejercicio 2025 desde su aprobación y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, es accesible en el apartado de Gobierno Corporativo (Remuneraciones de los Consejeros), de la información para accionistas e inversores de la página web www.minersa.com.

La propuesta de la política de remuneraciones del consejo de administración será motivada y deberá ir acompañada de un informe específico de la comisión de nombramientos y retribuciones. Ambos documentos deben ponerse a disposición de los accionistas a los efectos de la junta general.
De conformidad con lo previsto en el indicado artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital y en cumplimiento del mismo, la comisión de nombramientos y retribuciones ha emitido el presente informe relativo a la política de remuneraciones de los consejeros de Minerales y Productos Derivados, S.A. para el ejercicio 2025, desde la fecha de su aprobación, y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, y ha acordado elevarlo al consejo de administración.
De conformidad con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, en lo que a la política de remuneraciones de los consejeros de sociedades cotizadas se refiere, es necesario aprobar una nueva política de remuneraciones, en el presente caso, aplicable para el ejercicio 2025 desde su aprobación y para los ejercicios 2026, 2027 y 2028, sin perjuicio de que la junta general de accionistas pueda modificarla de conformidad con lo previsto legalmente.

importancia de la sociedad, la situación económica actual y los estándares de mercado de empresas comparables. Asimismo, el sistema de remuneración establecido está orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo de la sociedad incorporando las cautelas necesarias para evitar la asunción excesiva de riesgos y la recompensa de resultados desfavorables, encontrándose en línea con los intereses de los accionistas y resultando acorde con la normativa vigente, las mejores prácticas y recomendaciones.
El contenido de la política de remuneraciones cumple con lo dispuesto en la Ley de Sociedades de Capital, y en especial al artículo 529 novodecies apartado tercero. De esta forma:
Asimismo, se señala que en las juntas generales de los últimos ejercicios, los informes anuales de remuneraciones de los consejeros han sido aprobados por unanimidad.
En Getxo, a mayo de 2025.

Se somete a votación de la junta general, con carácter consultivo, el Informe anual sobre Remuneraciones de los consejeros del ejercicio 2024, aprobado por el consejo de administración a propuesta de la comisión de nombramientos y retribuciones, cuyo texto se ha puesto a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la junta general, desde la fecha de su convocatoria, en la página web de la sociedad www.minersa.com.

Facultar al Presidente y al Secretario del consejo de administración, para que cualquiera de ellos, de modo solidario o indistinto y con las más amplias facultades que en Derecho sean necesarias, procedan a dar plena ejecución, eficacia y aplicación a los acuerdos adoptados en la junta general ordinaria, incluso completando, desarrollando, modificando, subsanando, adaptando o aclarando los mismos, en su caso, de acuerdo con la calificación verbal o escrita del Registrador Mercantil y de cualesquiera otras autoridades, funcionarios o instituciones competentes, y realizando al efecto cuantos actos y suscribiendo cuantos documentos públicos o privados sean precisos o convenientes para todo ello y, en concreto, para lograr la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil u otros registros en los que sean inscribibles.
Asimismo, facultar al Presidente y al Secretario del consejo de administración, de manera solidaria o indistinta, para efectuar el depósito en el Registro Mercantil de las cuentas anuales, informes de gestión e informes de auditoría, así como del informe de pagos a Administraciones Públicas, tanto de la sociedad como de su grupo consolidado, expidiendo los certificados correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 279 de la Ley de Sociedades de Capital y 366 del Reglamento del Registro Mercantil, y cuantos otros documentos sean necesarios o meramente convenientes a tal fin.
Igualmente, facultar de modo particular a los antedichos señores para que, también de modo solidario o indistinto, realicen e intervengan en cuantas comunicaciones y en cuantos trámites, gestiones y documentos públicos o privados sea necesario o conveniente realizar u otorgar ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Sociedad Rectora de la Bolsa de Valores de Bilbao, demás Organismos reguladores u operadores de los mercados de valores, así como cualquier otra autoridad pública con competencias relativas a los acuerdos adoptados en la reunión.
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