Pre-Annual General Meeting Information • May 13, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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El consejo de administración de Ercros, S.A. («Ercros» o «la Sociedad»), en su reunión del 9 de mayo de 2025, ha acordado convocar la junta general ordinaria de accionistas, que se celebrará, el 26 de junio de 2025, en la avenida Diagonal, 514, 6ª planta, 08006 Barcelona, a las 12:00 horas, en primera convocatoria, y, de no concurrir el quórum necesario, el 27 de junio de 2025, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria.
El consejo de administración ha acordado posibilitar también la asistencia telemática a la junta general ordinaria de accionistas, permitiendo a aquellos accionistas que así lo deseen asistir y participar en la junta general mediante conexión remota y en tiempo real, de conformidad con lo previsto en los estatutos sociales («EESS») y en el reglamento de la junta general de accionistas («RJA»). Asimismo, se recuerda a los accionistas que si lo desean también podrán ejercer sus derechos de voto y delegación a través de medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general en los términos establecidos en el presente anuncio de convocatoria y en las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia a disposición de los accionistas en la página web corporativa.
Se comunica a los accionistas que, según la experiencia de años anteriores, la junta tendrá lugar muy probablemente en segunda convocatoria; es decir, el viernes 27 de junio a las 12:00 horas.
De acuerdo con las consideraciones anteriores, la junta general ordinaria de accionistas se desarrollará con arreglo al siguiente

7º. Delegación de facultades en el consejero delegado y en el secretario del consejo de administración para la interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la junta, y delegación de facultades para la elevación a instrumento público e inscripción de los acuerdos y, en su caso, para su subsanación.
Los accionistas que se hallen presentes o representados en la junta tendrán derecho a una prima de asistencia de 0,005 euros brutos por acción de Ercros que posean. Dicha prima será abonada a los accionistas, con independencia de la forma que elijan para asistir a la junta.
De conformidad con el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital («LSC»), los accionistas que representen al menos el 3% del capital social podrán: (i) solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria para incluir uno o más puntos en el orden del día siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada; y (ii) presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos, o que deban incluirse, en el orden del día.
El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social de Ercros dentro de los cinco días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria (es decir hasta el 18 de mayo de 2025, inclusive), con indicación de: (i) la identidad de los accionistas que ejerciten tal derecho; (ii) el número de acciones del que sean titulares; (iii) un certificado de legitimación expedido por la entidad depositaria de las acciones; (iv) el texto completo de los puntos a incluir en el orden del día, acompañados de la justificación, o, en su caso, el texto de las propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos en el orden del día; y (v) cuanta otra documentación resulte procedente.
Podrán asistir a la junta general física o telemáticamente los accionistas que posean un mínimo de 10 acciones de la Sociedad, cuya contratación se haya efectuado con anterioridad al 18 de junio de 2025, inclusive, siempre y cuando la entidad depositaria de dichas acciones haya realizado la liquidación frente a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. («Iberclear») no más tarde del 20 de junio de 2025, inclusive.
Para acceder a la junta, los accionistas que deseen asistir físicamente deberán mostrar la tarjeta de asistencia emitida a tal fin por la entidad depositaria de sus acciones o por la Sociedad.
Se recomienda a los accionistas que vayan a asistir presencialmente a la junta que acudan con la antelación suficiente para poder acreditarse debidamente. La recogida de tarjetas de asistencia estará habilitada desde una hora y media antes del inicio de la reunión.

Con objeto de conformar el quórum de asistencia al comienzo de la junta, la admisión de las tarjetas de asistencia o delegación finalizará a las 12:00 horas del día en que se celebre la junta. Aquellos accionistas o representantes que lleguen con posterioridad a esta hora no serán incluidos en la lista de asistencia a la junta y, por lo tanto, no podrán emitir su voto sobre las propuestas de acuerdos ni cobrar la correspondiente prima de asistencia.
Se informa a los accionistas que asistan físicamente a la junta de que la Sociedad no entregará fotocopias selladas de las tarjetas de asistencia que presenten. Aquellos accionistas que deseen quedarse con un duplicado sellado de sus tarjetas de asistencia deberán haber realizado previamente por su cuenta copia de estas.
La asistencia personal del accionista a la junta dejará sin efecto el voto o la delegación emitidos mediante medios de comunicación a distancia previamente a la junta.
Los accionistas (o, en su caso, sus representantes) que deseen asistir telemáticamente a la junta deberán seguir las indicaciones que posteriormente se establecen.
A estos efectos, se recuerda que, en los términos previstos en el presente anuncio de convocatoria, los accionistas podrán votar o delegar la representación por medios de comunicación a distancia con carácter previo a la celebración de la junta general.
Ercros emitirá una tarjeta de asistencia, votación y delegación a distancia para los accionistas que lo deseen, que se puede obtener: (i) personándose en el domicilio social (ii) solicitándola a la oficina del accionista (por teléfono o por correo electrónico o postal); o (iii) descargándola desde la web corporativa.
Los accionistas que sean titulares de menos de 10 acciones podrán delegar su representación o agruparse con otros accionistas hasta reunir las acciones necesarias y conferir la representación a uno de ellos.
Las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia, aprobadas por el consejo de administración el 9 de mayo de 2025, se encuentran a disposición de los accionistas en la página web corporativa.
Los accionistas que tengan derecho a asistir a la junta podrán hacerse representar por otra persona, aunque no sea accionista, de conformidad con lo dispuesto sobre esta materia en los artículos 184 y 522 y siguientes de la LSC; en el artículo 16 de los EESS; en el artículo 9 del RJA; y en las reglas de participación telemática y de voto y de delegación a distancia aprobadas por el consejo de administración el 9 de mayo de 2025.
La representación deberá conferirse expresamente para la junta ordinaria objeto de la presente convocatoria, por escrito o por los medios de comunicación a distancia que cumplan los requisitos legales para el ejercicio del derecho de voto y delegación a distancia.

De acuerdo con las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia, que pueden consultarse en la página web de Ercros, la asistencia personal del accionista a la junta prevalecerá sobre el registro previo para la asistencia telemática y la delegación que pueda haber conferido dicho accionista. Asimismo, si el accionista ha delegado su representación con instrucciones de voto precisas respecto de uno o varios acuerdos que se sometan a la votación de la junta, el representante deberá acatar la voluntad expresada por el accionista representado.
El accionista está obligado a comunicar al representante designado la delegación conferida. Cuando la delegación se confiera al presidente de la junta, a otro consejero, al secretario de la junta, al auditor interno o a la directora de la asesoría jurídica de Ercros, la comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por la Sociedad de dicha delegación.
La tarjeta en que conste la delegación debe incluir la identificación de la persona -física o jurídica- designada para representar al accionista en la junta. En caso de asistencia presencial, para que el representante pueda acceder a la junta deberá acreditarse adecuadamente. En el caso de que el accionista y/o el representante sean personas jurídicas, el representante deberá aportar, además, una copia del poder notarial que le faculte para actuar en este acto en nombre de la persona jurídica en cuestión.
Si los representantes desean asistir telemáticamente a la junta, los accionistas deberán conferir la delegación mediante correo electrónico o postal o a través de la página web corporativa, tomando en consideración, en su caso, las pautas indicadas en las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia, en especial lo previsto en el apartado 1 b) siguiente en cuanto a la designación y registro previo de los representantes para la asistencia telemática.
Para que la delegación sea válida, el representante deberá comunicar por escrito su aceptación a la Sociedad en la forma indicada en dicho apartado 1 b) y asistir telemáticamente a la junta el día que se celebre.
Si el accionista ha delegado su representación con instrucciones de voto precisas respecto de uno o varios acuerdos que se sometan a votación de la junta, el representante deberá acatar la voluntad expresada por el accionista representado.
Los accionistas y representantes de los accionistas que tengan derecho de asistencia a la junta podrán ejercer los derechos de asistencia y voto por medios telemáticos como alternativa a la asistencia presencial. Asimismo, los accionistas podrán ejercer su derecho de voto con antelación o conferir su representación, a través de medios de delegación y voto a distancia.
Las opciones para que los accionistas y representantes puedan autentificar su identidad y acceder a la plataforma disponible en la página web corporativa para ejercer sus derechos de participación en la junta de forma telemática o a distancia, son las siguientes: (i) con un nombre de usuario y contraseña, que se puede solicitar a la Sociedad en el trámite del registro previo; (ii) con un certificado de firma electrónica vigente y que haya sido emitido por la autoridad pública de certificación española, Ceres, dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) con el documento nacional de identidad electrónico («DNIe») emitido por la Dirección Nacional de la Policía del Ministerio del Interior español.

En el caso de aquellos accionistas que voten telemáticamente o a distancia -mediante el voto electrónico o el envío de la tarjeta de votación por correo electrónico o postal- pero no impartan instrucciones de voto para uno o varios de los asuntos que estando o no incluidos en el orden del día se sometan a votación de la junta, sus votos se computarán según la siguiente regla:
A continuación, se describen los plazos y formas de participar en la reunión por cada una de las siguientes vías: 1) asistencia y participación telemática el día de la junta; 2) delegación y voto anticipado a través de medios de comunicación a distancia; y 3) representación conferida al presidente de la junta por medios de comunicación a distancia.
A continuación se establecen las indicaciones para asistir y participar telemáticamente el día de la junta, que son un resumen de las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia aprobadas por el consejo de administración el 9 de mayo de 2025, que se hallan publicadas en la página web corporativa de la Sociedad.
Los accionistas que, teniendo derecho, deseen asistir telemáticamente a la junta y ejercer su derecho a voto -directamente o a través de un representante- deberán seguir las siguientes instrucciones que, en su caso, podrán ser complementadas y desarrolladas por las que se publiquen en la web corporativa de la Sociedad (www.ercros.es):



Los accionistas con derecho de asistencia podrán conferir su representación o ejercer su derecho de voto de forma anticipada a la fecha de celebración de la junta -de conformidad con lo previsto en los artículos 521 y 522 de la LSC, los EESS, el RJA y la presente convocatoria- a través de los siguientes medios de comunicación a distancia: (i) por correo postal; (ii) a través de la página web corporativa; y con la intención de facilitar la participación de los accionistas, (iii) por correo electrónico.
La asistencia del accionista a la junta, por cualquiera de las formas previstas, -así como la emisión por parte de este del voto por medios de comunicación a distancia o telemáticos- prevalecerá sobre cualquier delegación que el mismo pueda haber conferido. Asimismo, la asistencia telemática del accionista a la junta, por cualquiera de las formas previstas, dejará sin efecto el voto o la delegación emitidos mediante medios de comunicación a distancia previamente a la junta.
Como se ha indicado en el apartado 1 b), los representantes que asistan telemáticamente a la junta únicamente podrán ejercer el derecho de asistencia y votación si se han registrado previamente y se conectan al mecanismo de asistencia telemática a la junta el día de su celebración, de conformidad con lo previsto en el presente anuncio.

Las reglas de participación telemática y de voto y delegación a distancia están disponibles para su consulta en la página web corporativa.
Igualmente, los accionistas podrán conferir representación, indistintamente, al presidente de la junta, a otro consejero, al secretario de la junta, al auditor interno o a la directora de la asesoría jurídica de Ercros a través de medios de comunicación a distancia y con carácter previo a la celebración de la junta, en los términos previstos en la LSC, en los EESS, así como en lo anteriormente señalado en esta convocatoria.

La Sociedad se reserva el derecho de modificar, suspender, cancelar o restringir los mecanismos de asistencia telemática, de votación y delegación electrónica por razones técnicas o de seguridad. La Sociedad no es responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse por sobrecargas, averías, caídas de líneas, fallos en la conexión u otras eventualidades ajenas a su voluntad, que impidan temporalmente la utilización de estos mecanismos.
Es responsabilidad exclusiva del accionista, o su representante, la custodia de las claves o medios de identificación necesarios para ejercer sus derechos en el marco de esta junta a través de los medios electrónicos y telemáticos habilitados. En caso de que se trate de una persona jurídica, esta deberá comunicar cualquier modificación o revocación de las facultades que ostente su representante y, por tanto, la Sociedad declina cualquier responsabilidad hasta que se produzca dicha notificación.
El consejo de administración informa a los accionistas de que mediante la presente convocatoria formula una solicitud pública de representación, a la que pueden acogerse aquellos accionistas que deseen ser representados por quienes designe el consejo, de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la LSC.
En su reunión del 9 de mayo de 2025, el consejo ha acordado designar como representantes de los accionistas que se acojan a su solicitud pública de representación, indistintamente, al presidente de la junta, a otro consejero, al secretario de la junta, al auditor interno o a la directora de la asesoría jurídica de Ercros.
En el caso de las tarjetas de delegación que reciba la Sociedad -remitidas directamente por accionistas o a través de las entidades depositarias o encargadas del registro de anotaciones en cuenta, en las que no se indique, o se indique de forma incompleta o confusa, el nombre de la persona en quien se confiere la representación- se entenderá que el accionista se acoge a la solicitud pública de representación formulada por el consejo.
El accionista que se acoja a la presente solicitud pública de representación formulada por el consejo puede impartir instrucciones de voto expresas para uno o varios de los asuntos que se vayan a someter a votación en la junta, estén o no incluidos en el orden del día.
En tal caso, el representante votará de acuerdo con las instrucciones impartidas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la junta.
Por excepción, el representante podrá votar en sentido distinto cuando se presenten circunstancias ignoradas en el momento del envío de las instrucciones y se corra el riesgo de perjudicar los intereses del representado.

En el caso de que el accionista se haya acogido a la solicitud pública de representación formulada por el consejo y en su tarjeta de delegación no haya impartido instrucciones de voto expresas para uno o varios de los asuntos que -estando o no incluidos en el orden del día- se vayan a someter a votación de la junta, el consejo de administración informa de que el representante votará de acuerdo con la siguiente regla: (i) a favor de las propuestas de acuerdos formuladas por el consejo de administración; y (ii) en el sentido que el consejo de administración estime más favorable para los intereses del accionista representado, en el marco del interés social, en los puntos sometidos a votación de la junta no formulados por el consejo de administración.
Esta misma regla se aplicará en caso de que el accionista haya impartido instrucciones de voto pero dichas instrucciones no estén formuladas de forma clara o sean contradictorias entre sí.
Si una o varias de las personas designadas por el consejo como representantes de los accionistas que se acojan a su solicitud pública de representación llegaran a encontrarse en conflicto de intereses en la votación de alguna de las propuestas que vayan a someterse a votación de la junta -y el accionista no hubiera dado instrucciones de voto precisas sobre las mismas- la representación se entenderá conferida a cualquiera de las otras personas designadas en las que no concurra tal circunstancia.
A los efectos de lo previsto en el artículo 523 de la LSC, se hace constar que si un accionista designa como representante al presidente de la junta o a algún otro miembro del consejo de administración, estos pueden incurrir en conflicto de intereses en aquellas propuestas de acuerdos que se puedan someter a votación de la junta en relación con los supuestos previstos en el artículo 526 de la LSC. En este caso, si el accionista no hubiera impartido instrucciones de voto precisas sobre estas propuestas, la representación se conferirá en favor de cualquiera de los representantes designados por el consejo en los que no concurra el conflicto de intereses.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 197 y 520 de la LSC; 20 de los EESS; y 6 y 7 del RJA, los accionistas podrán solicitar por escrito -hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la junta en primera convocatoria, es decir hasta el 21 de junio de 2025- o, en caso de asistencia física, también verbalmente durante la junta, la información y aclaraciones que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día de la junta o de la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde la celebración de la última junta general o acerca del informe del auditor de cuentas.
Asimismo, de conformidad con los artículos 272, 287, 517, 518 y 529 novodecies de la LSC, a partir de la fecha de publicación del anuncio de convocatoria de la junta, los accionistas podrán obtener de la Sociedad, de forma gratuita: las cuentas anuales, el informe de auditoría y el informe de gestión de la Sociedad y de su Grupo consolidado; el estado de información no financiera de la Sociedad y de su Grupo consolidado (informe corporativo de sostenibilidad); el informe anual de gobierno corporativo y el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros, correspondientes

al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024; el texto íntegro de las propuestas de acuerdos; y los informes de los administradores y demás información preceptiva.
Los accionistas pueden obtener los documentos arriba mencionados: (i) personándose en el domicilio social; (ii) solicitándolos a la oficina del accionista por teléfono, correo postal o correo electrónico; o (iii) descargándoselos desde la página web corporativa.
De igual forma, de conformidad con los artículos 517 y 518 de la LSC, a partir de la publicación de la presente convocatoria, los accionistas pueden obtener a través de los medios antes mencionados la tarjeta de asistencia, votación y delegación a distancia emitidas por Ercros, así como información del sistema de votación y delegación y los procedimientos para ejercer estos derechos.
El documento que recoge el derecho de información de los accionistas, aprobado por el consejo de administración el 9 de mayo de 2025, se encuentra a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.
La Sociedad pone a disposición de los accionistas, para resolver las dudas que se les pueda plantear acerca de la participación en la junta, los siguientes canales:
b) Página web corporativa
www.ercros.es/Accionistas e inversores/Gobierno corporativo/Junta de accionistas/Junta 2025
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 539 de la LSC, la Sociedad habilitará en la página web corporativa un foro electrónico de accionistas, que estará disponible desde el 13 de mayo hasta el 24 de junio de 2025, ambas fechas inclusive.
El foro no constituye un canal de comunicación entre la Sociedad y sus accionistas, y se habilita únicamente con la finalidad de facilitar la comunicación entre los accionistas de Ercros con ocasión de la celebración de la junta.
El reglamento del foro electrónico de accionistas, aprobado por el consejo de administración el 9 de mayo de 2025, que regula las normas de acceso y funcionamiento de dicho foro, se encuentra a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad.

Conforme a lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal, se informa a los accionistas de que la Sociedad tratará los datos personales que le proporcionen los accionistas o las entidades bancarias y las sociedades de valores depositarias de sus acciones a través de Iberclear, con la finalidad de gestionar la convocatoria y celebración de la junta, sobre la base del cumplimiento de una obligación legal. Dichos datos podrán ser compartidos con el notario que levante acta de la junta y se podrán ceder a terceros en ejercicio del derecho de información que recoge la ley. Asimismo, se informa de que la junta podrá ser objeto de grabación con la única y exclusiva finalidad de su divulgación en la página web corporativa por lo que, estrictamente a dicho efecto, la imagen y voz de los accionistas o representantes podrán ser captadas para su reproducción, distribución y comunicación en el mencionado contexto.
Asimismo, Ercros puede facilitar los datos personales de los accionistas a empresas de servicios contratadas para la gestión de la junta, incluyendo el pago de la prima de asistencia, cumpliendo en cualquier caso con lo establecido en la legislación sobre la materia, así como a autoridades y organismos públicos para el cumplimiento de una obligación legal requerida.
En tal caso, los datos obtenidos serán tratados de manera automatizada por Ercros con la finalidad de llevar a cabo el adecuado desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente. Se pone igualmente en conocimiento de los accionistas sus derechos en relación con sus datos de carácter personal (acceso, portabilidad, revocación de consentimiento, rectificación, oposición, limitación y supresión) de acuerdo con la normativa vigente, que podrán ejercitar mediante petición escrita dirigida a la oficina del accionista.
El consejo de administración ha acordado, en su reunión del 9 de mayo de 2025, requerir la presencia de un notario para que levante el acta de la junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la LSC en relación con el artículo 101 del reglamento del Registro Mercantil y en el RJA. El notario podrá utilizar medios de comunicación a distancia en tiempo real que garanticen adecuadamente el cumplimiento de la función notarial.
Daniel Ripley Soria Secretario del consejo de administración de Ercros
Barcelona, 9 de mayo de 2025
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