Pre-Annual General Meeting Information • May 6, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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Comisión Nacional del Mercado de Valores Att. Director del Área de Mercados c/ Edison núm. 4 28006 Madrid
Madrid, 6 de mayo de 2025
De conformidad con lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y disposiciones concordantes, ponemos en su conocimiento la siguiente
En relación con la comunicación de Otra Información Relevante (número 34257 de registro) remitida el pasado 24 de abril de 2025, se acompaña el anuncio de convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en el Auditorio Municipal Villa de Colmenar Viejo, sito en calle Molino de Viento, s/n, 28770 Colmenar Viejo, Madrid, el día 18 de junio de 2025, a las 12:00 p.m. en segunda convocatoria, por no ser previsible que se reúna el quórum de constitución para la primera convocatoria que se ha fijado para el día 17 de junio de 2025 a las 12:00 p.m., en el mismo lugar. Dicho anuncio se publica en el día de hoy en la página web corporativa de la Sociedad (www.pharmamar.com) y será publicado en los próximos días, con la antelación legalmente exigible, en el diario "La Razón".
Se acompaña, asimismo, propuesta de acuerdos del Consejo de Administración que se someterán a la aprobación de la citada Junta General.
Los mencionados documentos, junto con la restante documentación relativa a la Junta General Ordinaria de Accionistas que se indica en su anuncio de convocatoria, se encuentran a disposición de los accionistas en el domicilio social (Avda. de los Reyes, 1, 28770 Colmenar Viejo, Madrid), en las oficinas de la Sociedad sitas en Madrid (Plaza del Descubridor Diego de Ordás, núm. 3, planta 5ª, (CP 28003)) y en la página web corporativa de la Sociedad (www.pharmamar.com).
El Consejo de Administración de PHARMA MAR, S.A. (la "Sociedad") ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas que tendrá lugar en el Auditorio Municipal Villa de Colmenar Viejo, sito en calle Molino de Viento, s/n, 28770 Colmenar Viejo, Madrid, el día 18 de junio de 2025, a las 12:00 horas p.m. en segunda convocatoria por no ser previsible que se reúna el quórum de constitución para la primera convocatoria que también queda convocada por el presente anuncio en el mismo lugar y a la misma hora del día 17 de junio de 2025. El lugar de celebración de la referida Junta General ha sido determinado por el Consejo de Administración de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de los Estatutos Sociales de la Sociedad.
La Junta General debatirá y adoptará, en su caso, los acuerdos sobre el siguiente
Primero.- Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales y los Informes de Gestión de Pharma Mar, S.A. y de su Grupo Consolidado correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Segundo.- Examen y, en su caso, aprobación del estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad incluido en el Informe de Gestión del Grupo Pharma Mar correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Tercero.- Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Cuarto.- Examen y, en su caso, aprobación de la gestión social durante el ejercicio 2024.
Quinto.- Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de distribución de un dividendo con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión).
Sexto.- Reelección de Consejero por el periodo estatutario de cuatro años de D. Eduardo Serra Rexach con la categoría de Otro Consejero Externo.
Séptimo.- Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, por parte de la Sociedad y/o por parte de sus sociedades filiales, en los términos previstos por la legislación vigente, con expresa facultad para proceder a su enajenación o amortización con reducción de la cifra de capital social, dejando sin efecto, en la cuantía no utilizada, la delegación acordada por las Juntas Generales de ejercicios anteriores.
Octavo.- Aprobación de un Plan para el año 2026 de entrega de acciones de la autocartera de Pharma Mar, S.A. a los empleados y directivos de las compañías del Grupo con el fin de fomentar su participación en el capital social e incentivar su permanencia en el Grupo.
Noveno.- Aprobación de la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A.
Décimo.- Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio 2024 que se somete a votación consultiva (art. 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital).
Undécimo.- Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, formalización, ejecución y desarrollo de todos los acuerdos que se adopten por la Junta General, para su elevación a instrumento público, así como para sustituir las facultades que de ella reciba.
Duodécimo.- Información a la Junta General, con arreglo a lo establecido en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital, sobre las modificaciones introducidas en el Reglamento del Consejo de Administración.
De conformidad con lo establecido en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, los accionistas que representen, al menos, el 3% del capital social, podrán: (i) solicitar que se publique un complemento a la presente convocatoria de la Junta General de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada; y (ii) presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el Orden del Día.
El ejercicio de estos derechos deberá hacerse mediante notificación fehaciente (que incluirá la correspondiente documentación acreditativa de la condición de accionista), que habrá de recibirse en el domicilio social de la Compañía (Avda. de los Reyes, 1, 28770 Colmenar Viejo, Madrid), a la atención del Secretario General y del Consejo de Administración dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este anuncio de convocatoria. El complemento referido en el apartado (i) anterior se publicará como mínimo con quince días de antelación a la fecha establecida para la celebración de la Junta General. Asimismo, la Sociedad asegurará la difusión de las propuestas de acuerdo a que se refiere el apartado (ii) anterior y de la documentación que en su caso se adjunte entre el resto de accionistas, de conformidad con lo dispuesto en la letra d) del artículo 518 de la Ley de Sociedades de Capital.
Se comunica a los señores accionistas que podrán asistir presencialmente a la Junta General aquellos accionistas que, de forma individualizada o agrupadamente con otros, sean titulares de un mínimo de 100 acciones, siempre que las tengan inscritas a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta General y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia o certificado expedido por alguna de las entidades participantes en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. (IBERCLEAR), o en cualquier otra forma admitida por la normativa vigente.
Todo accionista que tenga derecho de asistencia conforme a lo previsto en los Estatutos Sociales podrá hacerse representar en la Junta General por otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o, en su caso, por medios de comunicación a distancia conforme a lo previsto en los Estatutos Sociales y el Reglamento de la Junta General de la Sociedad y con carácter especial para cada Junta, sin perjuicio de lo establecido por la Ley para los casos de representación familiar y otorgamiento de poderes generales. En cualquier caso, tanto para los supuestos de representación voluntaria como para los de representación legal o solicitud pública de representación, no se podrá tener en la Junta más que un representante.
La representación es siempre revocable. La asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor de revocación.
En caso de que se hayan emitido instrucciones por parte del accionista representado, el representante emitirá el voto con arreglo a las mismas y tendrá la obligación de conservar dichas instrucciones durante un año desde la celebración de la Junta General.
El representante podrá tener la representación de más de un accionista sin limitación en cuanto al número de accionistas representados. Cuando un representante tenga representaciones de varios accionistas, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.
En todo caso, el número de acciones representadas se computará para la válida constitución de la Junta General.
En los supuestos de solicitud pública de representación, el documento en que conste el poder deberá contener o llevar anejo el orden del día, así como la solicitud de instrucciones para el ejercicio del derecho de voto y la indicación del sentido en que votará el representante en caso de que no se impartan instrucciones precisas. Se entenderá que ha habido solicitud pública cuando una misma persona ostente la representación de más de tres accionistas.
La delegación podrá también incluir aquellos puntos que, aun no estando previstos en el orden del día de la convocatoria, puedan ser tratados en la reunión por así permitirlo la Ley.
Si no hay instrucciones de voto porque la Junta General vaya a resolver sobre cuestiones que por disposición legal no necesiten estar incluidas en el orden del día, el representante deberá emitir el voto en el sentido que considere más favorable a los intereses de su representado.
Si el representado hubiera impartido instrucciones, el representante podrá votar en sentido distinto cuando se presenten circunstancias ignoradas en el momento del envío de las instrucciones y se corra el riesgo de perjudicar los intereses del representado.
En estos dos últimos supuestos, el representante deberá informar inmediatamente al representado, por medio de escrito en que explique las razones del voto.
Si el documento que contiene la representación recibido en la Sociedad no incluye la identidad del representante, se considerará que el accionista ha designado como representante al Presidente del Consejo de Administración, a su Vicepresidente (o a su Vicepresidente segundo, si lo hubiere) o al Secretario del Consejo, por este orden, en caso de ausencia o, no conteniendo la representación instrucciones de voto, en caso de conflicto de interés.
Igualmente, en el supuesto de que la representación recibida, sin instrucciones de voto, se hubiera conferido a alguna de las personas a las que se refiere el párrafo anterior o a otro Consejero y la misma estuviera afectada por un conflicto de interés, la representación se entenderá atribuida a la que corresponda de las restantes personas mencionadas en dicho párrafo (siguiendo también, en caso de ausencia o de concurrir asimismo en ella conflicto, el orden en el que han sido relacionadas) salvo que exista instrucción en sentido contrario por parte del accionista representado. En los documentos en que consten las representaciones otorgadas a favor de los administradores o al Secretario del Consejo de la Sociedad se reflejarán las instrucciones sobre el sentido del voto, entendiéndose que, de no mencionarse nada al respecto, el accionista ha otorgado instrucciones precisas al representante para que vote a favor de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración en relación con los asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria y en contra de las propuestas de acuerdo no formuladas por el Consejo de Administración; asimismo se entenderá que el apoderamiento a los administradores o al Secretario del Consejo se extiende a los asuntos que no figurando en el Orden del Día de la reunión puedan ser sometidos a votación en la Junta General salvo que exista instrucción en sentido contrario por parte del accionista representado.
En todo caso, a falta de instrucciones de voto, el nuevo representante deberá votar en el sentido que considere más favorable para los intereses de la Sociedad y del representado.
A efectos de lo dispuesto en los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que el Presidente del Consejo de Administración y los restantes Consejeros se encuentran en situación de conflicto de interés en relación con los puntos Cuarto, Sexto (si su reelección se somete a la Junta bajo ese punto), Noveno y Décimo del Orden del Día. Del mismo modo, los Consejeros pueden encontrarse en conflicto de interés en el caso de que, por así permitirlo la Ley, se sometieran a la Junta General alguna de las propuestas a las que se refieren los apartados b) (destitución, separación o cese) o c) (ejercicio de la acción social de responsabilidad) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital. En los supuestos en que exista conflicto de interés y esta situación no haya sido resuelta por el accionista representado mediante la instrucción correspondiente se procederá conforme se prevé para este supuesto en los párrafos anteriores de este anuncio de convocatoria.
Desde la publicación del presente anuncio de convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, los señores accionistas y obligacionistas, podrán examinar en el domicilio social (Avda. de los Reyes, 1, 28770 Colmenar Viejo, Madrid), en las oficinas de la Sociedad sitas en Madrid, (Plaza del Descubridor Diego de Ordás, núm. 3, planta 5ª, (CP 28003)) y en la página web de la Sociedad (www.pharmamar.com), y solicitar su entrega o envío, de forma inmediata y gratuita, de los siguientes textos y documentación:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas pueden formular por escrito las preguntas o peticiones de informaciones o aclaraciones que se refieran a puntos comprendidos en el Orden del Día, sobre el informe del auditor o acerca de la información accesible al público que se hubiere facilitado por la Sociedad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores desde el 29 de mayo de 2024, fecha de celebración de la última Junta General. Este derecho de información podrá realizarse, por escrito, mediante correspondencia postal dirigida a la dirección Pharma Mar, S.A. (con el título JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNIO 2025) en Madrid (Plaza del Descubridor Diego de Ordás, núm. 3, planta 5ª, Madrid, 28003) o en Colmenar Viejo (Avda. de los Reyes, 1, 28770 Colmenar Viejo, Madrid) o mediante su entrega en las referidas direcciones, además de realizarse por medios electrónicos de comunicación a distancia a través de la web de la Sociedad (www.pharmamar.com) en la forma descrita en la misma.
Cualquier otra información complementaria relativa a la celebración de la Junta que no conste expresamente en este anuncio podrá ser consultada en la página web de la Sociedad (www.pharmamar.com). Desde la publicación de esta convocatoria y hasta la celebración de la Junta General, estará disponible ininterrumpidamente en la citada página web toda la documentación e información que sea preceptiva legalmente.
Conforme a lo previsto en el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, la Sociedad, a partir de la publicación de esta convocatoria, ha habilitado en su página web (www.pharmamar.com) un Foro Electrónico de Accionistas, cuyo Reglamento de uso fue aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de abril de 2016. En la citada página web figuran las instrucciones para el acceso y uso del referido Foro Electrónico.
Los accionistas podrán conferir su representación o emitir su voto a través de medios de comunicación a distancia con antelación a la Junta General:
El voto o delegación mediante comunicación electrónica deberá realizarse a través de la aplicación informática Plataforma de Voto y Delegación Electrónica que será accesible en la página web (www.pharmamar.com), siguiendo las instrucciones que, a tal efecto, figuran en la propia aplicación informática para cada actuación. Para ello, los accionistas deberán estar en posesión de un certificado electrónico reconocido vigente y emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o por una de las entidades certificadoras que aparezcan relacionadas en la página web de la Sociedad y acreditar su condición de accionista conforme se especifica en la citada plataforma. Sólo se considerarán válidos los votos emitidos y las delegaciones conferidas electrónicamente que cumplan las condiciones establecidas en la página web y sean recibidos por la Sociedad dentro del plazo establecido al efecto en el apartado 3.3 posterior, una vez verificada la condición de accionista que vota o confiere su representación.
2.1 Voto Postal. Para la emisión del voto a distancia mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado "Voto a Distancia por Correo Postal" de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida en papel por la entidad participante en IBERCLEAR en la que tengan depositadas sus acciones. Una vez cumplimentada y firmada con firma manuscrita la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia en el apartado destinado a "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista la podrá remitir mediante correo postal o mensajería equivalente a la dirección: Pharma Mar, S.A. (JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNIO 2025) Plaza del Descubridor Diego de Ordás 3, 5ª Planta, (28003) Madrid. También se podrá entregar la tarjeta cumplimentada y firmada en la entidad participante en IBERCLEAR en la que tenga depositadas sus acciones, debiendo asegurarse de que esta entidad remitirá la tarjeta en tiempo (en el plazo establecido en el apartado 3.3. posterior) y forma a la Sociedad.
En el supuesto de que la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR no incorpore el apartado dedicado al "Voto a Distancia por Correo Postal", el accionista que desee votar a distancia mediante voto postal deberá descargar de la página web de la Sociedad www.pharmamar.com e imprimir en papel la "Tarjeta Asistencia, Delegación y Voto a Distancia por Correo Postal", cumplimentándola y firmándola junto con el original de la tarjeta de asistencia emitida por la entidad participante en IBERCLEAR. Una vez cumplimentadas y firmadas con firma manuscrita ambas tarjetas, el accionista la deberá remitir mediante correo postal o mensajería equivalente a la dirección y en la forma indicada en el párrafo anterior.
2.2. Delegación Postal. Para conferir su representación mediante correo postal, los accionistas deberán cumplimentar y firmar el apartado correspondiente a la delegación de la tarjeta de asistencia emitida en papel por la correspondiente entidad participante en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U (IBERCLEAR). Las delegaciones que se efectúen en algún consejero de la Sociedad deberán ser enviadas a la Sociedad directamente a la siguiente dirección: Pharma Mar, S.A. (JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNIO 2025) Plaza del Descubridor Diego de Ordás 3, 5ª Planta, (28003) Madrid o podrán ser entregadas en la entidad participante en IBERCLEAR en la que el accionista tenga depositadas sus acciones, debiendo asegurarse de que esta entidad remitirá la tarjeta en tiempo (en el plazo establecido en el apartado 3.3. posterior) y forma a Pharma Mar, S.A.
3.1. Normativa de desarrollo. Además de lo previsto en este anuncio de convocatoria, el ejercicio de los derechos de voto y delegación mediante correspondencia electrónica y postal se realizará conforme a las reglas que han sido aprobadas por el Consejo de Administración el 24 de abril de 2025 y que figuran en la página web de la Compañía (www.pharmamar.com) en el apartado denominado Voto y delegación a distancia.
3.2. Verificación de la identidad del accionista. La validez de las votaciones y representaciones conferidas mediante medios de comunicación a distancia quedará sujeta a la verificación de los datos facilitados por el accionista mediante su confrontación con el fichero facilitado por IBERCLEAR o en virtud de aquellos otros medios que permitan a la Sociedad constatar la condición de accionista y el número de acciones de las que es titular éste.
3.3. Plazo de recepción por la Sociedad de las delegaciones y votos a distancia. Para su validez tanto las delegaciones como los votos, realizados tanto mediante correspondencia postal como por medios electrónicos, deberán recibirse por la Sociedad antes de las veinticuatro (24:00) horas del día inmediatamente anterior al previsto para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. En caso contrario, la delegación se tendrá por no conferida y el voto por no emitido.
3.4. Reglas de prelación sobre la asistencia, voto y representación por medios de comunicación a distancia. La asistencia personal a la Junta del accionista que hubiera delegado o votado a distancia previamente, dejará sin efecto dicha delegación o voto. El voto efectuado a través de cualquier medio de comunicación a distancia invalidará cualquier otorgamiento de representación a distancia realizado por cualquier medio, ya sea anterior a la recepción del voto por la Sociedad, en cuyo caso se tendrá por revocada la representación, o ya sea posterior a la recepción del voto por la Sociedad, en cuyo caso se tendrá por no efectuada la representación. En caso de que el accionista realice varias votaciones, prevalecerá la votación que haya sido realizada en último término antes de la celebración de la Junta, quedando invalidadas las recibidas en fecha anterior. En caso de que el accionista realice varias delegaciones, prevalecerá la delegación que haya sido realizada en último término antes de la celebración de la Junta, quedando invalidadas las conferidas en fecha anterior.
3.5. Delegaciones a distancia. La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 16 de los Estatutos Sociales y 14 bis) del Reglamento de la Junta General, el Consejo de Administración ha decidido habilitar la posibilidad de asistir a la Junta General de Accionistas y votar en tiempo real mediante el empleo de los medios telemáticos que se prevén a continuación, y en dicho supuesto, los accionistas con derecho a voto podrán ejercerlo por sí mismos o por medio de representación.
1.1. Registro previo e identificación. El accionista (o, en su caso, su representante) que desee asistir telemáticamente a la Junta General, deberá registrarse previamente desde las 12:00 horas del día 11 de junio de 2025 y no más tarde de las 23.59 horas del día 16 de junio de 2025, accediendo al enlace "Asistencia telemática" incluido dentro del apartado "Junta General Ordinaria Accionistas 2025" del epígrafe "Accionistas e inversores" de la página web de la Sociedad, y seguir las instrucciones y completar los datos necesarios para su registro. Con posterioridad a dicha hora no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
Para llevar a cabo el registro previo, el accionista (o, en su caso, su representante) deberá acreditar su identidad mediante alguno de los siguientes medios:
En caso de que el accionista sea persona jurídica, para poder registrarse y asistir telemáticamente a la Junta General, la persona apoderada que vaya a completar el proceso de registro en nombre del accionista persona jurídica deberá acreditar su condición de accionista mediante el envío de (i) el DNI, NIE o Pasaporte del firmante de la tarjeta de delegación; y (ii) el poder bastante que le faculte para firmarla en nombre de la persona jurídica.
En caso de que el accionista, ya sea persona física o jurídica, desee asistir telemáticamente a la Junta General por medio de representante, éste deberá enviar antes de las 23.59 horas del día 16 de junio de 2025, a través del enlace "Asistencia telemática" descrito anteriormente, una copia de su DNI, NIE o Pasaporte, así como una copia de la tarjeta de delegación en la que conste cumplimentado el apartado "Delegación" de la tarjeta nominativa de asistencia junto con la documentación de identificación del accionista representado.
La Sociedad se reserva el derecho de solicitar a los accionistas o a sus representantes los medios de identificación adicionales que considere necesarios para comprobar su condición de accionista o representante y garantizar la autenticidad del voto.
1.2. Ejercicio del derecho de asistencia telemática. El accionista (o, en su caso, su representante) que se haya registrado para asistir telemáticamente a la Junta General, deberá conectarse en el sitio habilitado en la página web corporativa entre las 9:00 am y las 11:00 am del día de celebración de la Junta General, y acreditar su identidad mediante (i) el Documento Nacional de Identidad Electrónico; (ii) un certificado electrónico de usuario reconocido, válido y vigente, de conformidad con lo previsto en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, y emitido por la Autoridad Pública de Certificación Española (CERES) dependiente de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; o (iii) mediante las credenciales usuario/clave que el accionista y el representante recibirán en su dirección de correo electrónico tras la verificación de su identidad a través del formulario especial de registro disponible en el apartado destinado al efecto en la correspondiente aplicación informática.
Con posterioridad a las 11:00 am del día de celebración de la Junta General no se admitirá ninguna conexión para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
Está previsto que la Junta General se celebre en segunda convocatoria, en cuyo caso solo los accionistas o representantes registrados que completen el proceso de conexión el 18 de junio de 2025 podrán asistir, intervenir, solicitar información, formular propuestas y votar en la Junta General de Accionistas. Los accionistas o representantes que se hayan conectado telemáticamente el día 17 de junio de 2025 en primera convocatoria sin que se alcance el quórum de asistencia necesario para su constitución deberán conectarse de nuevo para poder constar como asistentes el día 18 de junio, en segunda convocatoria.
Asimismo, no serán considerados accionistas asistentes o representantes ni tenidas en consideración las intervenciones, solicitudes de información y propuestas realizadas durante el registro por los accionistas o los representantes registrados como asistentes telemáticos pero que no se conecten el día de la Junta General conforme se prevé en el primer párrafo de este apartado 1.2.
La asistencia telemática de los accionistas y sus representantes registrados estará sujeta a la comprobación por la Sociedad, desde el cierre del plazo de registro previo hasta la fecha de celebración de la Junta, de la condición de accionista del titular de acciones inscritas en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la Junta General. Los accionistas registrados que pierdan tal condición y sus representantes no podrán acceder por vía telemática a la celebración de la Junta General.
En caso de divergencia entre el número de acciones comunicado por el accionista o representante que asista y emita su voto a distancia y el que conste en el registro contable antes indicado, se considerará válido, a los efectos del quórum de constitución y votación, el número de acciones que conste en dicho registro.
2.1. Los accionistas o sus representantes, debidamente registrados conforme al procedimiento indicado en el apartado anterior, que asistan telemáticamente a la Junta General, podrán: (i) intervenir en la Junta General; (ii) formular solicitudes de información o aclaración; (iii) realizar propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, de conformidad con la Ley, no figurando en el Orden del Día puedan proponerse durante la celebración de la Junta General. Las intervenciones, solicitudes de información o propuestas, podrán realizarse:
2.2. El asistente por medios telemáticos que desee que su intervención conste literalmente en el acta de la Junta habrá de indicarlo de forma clara y expresa en el texto de aquella.
2.3. Las solicitudes de información o aclaración formuladas por los asistentes por vía telemática serán contestadas verbalmente durante la Junta General o por escrito durante los siete días siguientes a la Junta, con arreglo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital.
2.4. Los accionistas o sus representantes debidamente registrados, que asistan telemáticamente, podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día, o las correspondientes a puntos que, no incluidos inicialmente, pudieran incorporarse durante el desarrollo de la Junta General, a través de la citada página web corporativa y conforme al correspondiente formulario de voto. En todo caso, el proceso de votación por vía telemática respecto de todas las propuestas sometidas a la Junta General finalizará en el momento en el que se declare por la mesa la conclusión del periodo de votación de las propuestas de acuerdo.
2.5. Los accionistas o representantes que asistan telemáticamente a la Junta General podrán hacer constar las reservas que consideren oportunas sobre la constitución de la Junta General.
2.6. La asistencia telemática del accionista será equivalente a la asistencia presencial a la Junta General Ordinaria de Accionistas. La asistencia telemática del accionista o de su representante dejará sin efecto el voto o la delegación realizados con anterioridad por cualquier otro procedimiento establecido por la Sociedad.
El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 de la Ley de Sociedades de Capital.
Los datos de carácter personal que los accionistas remitan a Pharma Mar, S.A. para el ejercicio de sus derechos de asistencia, delegación y voto en la Junta General, participación en el Foro Electrónico de Accionistas, así como para el cumplimiento de cuantas otras obligaciones legales se deriven de la convocatoria o celebración de la Junta General, o que sean facilitados por las entidades bancarias y Sociedades y Agencias de Valores en las que dichos accionistas tengan depositadas sus acciones, a través de la entidad legalmente habilitada para la llevanza del registro de anotaciones en cuenta (IBERCLEAR), serán tratados con la finalidad de gestionar el desarrollo, cumplimiento y control de la relación accionarial existente en lo relativo a la convocatoria y celebración de la Junta General (incluyendo, sin limitación, la convocatoria y celebración de la Junta General y su difusión). Estos datos serán tratados por Pharma Mar, S.A, como responsable del tratamiento, siendo la base jurídica de legitimación la Ley de Sociedades de Capital.
Estos datos serán facilitados al Notario en relación exclusivamente con el levantamiento del acta notarial de la Junta General de Accionistas.
En caso de que en la tarjeta de asistencia o delegación se incluyan datos de carácter personal referentes a personas físicas distintas del titular, el accionista deberá contar con el consentimiento de los titulares para la cesión de los datos personales a Pharma Mar, S.A. e informarles de los extremos indicados en esta convocatoria en relación con el tratamiento de datos personales.
En cumplimiento de la Recomendación 7ª del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas aprobado por la CNMV en febrero de 2015 (cuya reforma parcial fue aprobada y publicada por la CNMV el 26 de junio de 2020), se hace constar que el desarrollo de toda o parte de la Junta General de Accionistas podrá ser objeto de grabación y difundirse a través de la página web corporativa de Pharma Mar, S.A. (www.pharmamar.com). Por el hecho de acceder al local de celebración de la Junta General, el asistente presta su consentimiento para la captación y reproducción de imágenes de su persona, si bien sólo está prevista la captación y reproducción de imágenes del personal asistente en la mesa presidencial.
Los datos del accionista y en su caso del representante legal, serán tratados por Pharma Mar, S.A. en tanto se mantenga la condición de accionista, conservándose posteriormente junto con los datos de grabación audiovisual, únicamente para la atención de potenciales responsabilidades que pudieran derivarse de dicha condición, por los plazos de prescripción de dichas responsabilidades, según se prevea en la legislación aplicable en cada momento.
Los titulares de los datos tendrán la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición al tratamiento o supresión, así como, en determinadas circunstancias, limitación al tratamiento y portabilidad de los datos recogidos por Pharma Mar, S.A. Dichos derechos podrán ser ejercidos, dirigiendo un escrito a Pharma Mar, S.A., Plaza del Descubridor Diego de Ordás, núm. 3, planta 5ª, Madrid (28003). De conformidad con la normativa aplicable, también tendrá derecho a retirar, en cualquier momento, el consentimiento prestado y presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Los accionistas deberán informar a sus representantes de los extremos contenidos en los párrafos anteriores, garantizando que cuenta con su consentimiento. Asimismo, deberán cumplir con cualesquiera otros requisitos que pudieran ser de aplicación para la correcta cesión de los datos personales a Pharma Mar, S.A., sin que ésta deba realizar ninguna actuación adicional en términos de información o consentimiento.
La Junta será retransmitida en directo vía streaming a través de la página web corporativa (www.pharmamar.com). Se informa de que esta retransmisión no se considera una asistencia telemática, no computándose el seguimiento de la misma como asistencia dentro del cómputo de quórum y sin que se pueda intervenir en la reunión.
Colmenar Viejo (Madrid), a 6 de mayo de 2025 El Secretario del Consejo de Administración D. Juan Gómez Pulido
Junta General Ordinaria de Accionistas

que el Consejo de Administración
somete a la decisión
de la Junta General de Accionistas
COLMENAR VIEJO (MADRID), 17- 18 DE JUNIO DE 2025

Examen y, en su caso, aprobación de las Cuentas Anuales y los Informes de Gestión de Pharma Mar, S.A. y de su Grupo Consolidado correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar en los términos en que se recogen en la documentación legal, las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de flujos de efectivo y Memoria) e Informe de Gestión de Pharma Mar, S.A. correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024, así como las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de Flujos de Efectivo y Memoria) e Informe de Gestión de su Grupo Consolidado, correspondientes al mismo periodo.
Se hace constar expresamente que la documentación contable de referencia ha sido auditada por la firma KPMG Auditores S.L., cuyo informe, al igual que el resto de la documentación que integra las Cuentas Anuales, ha sido puesto en su momento a disposición de los accionistas.

Examen y, en su caso, aprobación del estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad incluido en el Informe de Gestión del Grupo Pharma Mar correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar el estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad incluido en el Informe de Gestión del Grupo Pharma Mar correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
El estado de información no financiera e información sobre sostenibilidad contenido en el citado informe ha sido objeto de verificación por KPMG Auditores S.L., y ha sido puesto en su momento a disposición de los accionistas.

Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de la Sociedad del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.
Aprobar la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024 formulada por el Consejo de Administración en sesión celebrada con fecha 27 de febrero de 2025 y, en consecuencia, destinar el beneficio del ejercicio 2024, que asciende a CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS Y SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (40.224.894,79 euros), a compensar la cuenta de resultados negativos de ejercicios anteriores.

Examen y, en su caso, aprobación de la gestión social durante el ejercicio 2024.
Aprobar la gestión del Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio social 2024.

Examen y, en su caso, aprobación de la propuesta de distribución de un dividendo con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión).
De conformidad con art. 273.2 de la Ley de Sociedades de Capital, las sociedades, una vez cubiertas las atenciones previstas por la Ley o los estatutos, podrán repartir dividendos con cargo beneficios o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto no es inferior al capital social y no se produce tal situación como consecuencia del reparto.
En consecuencia, el Consejo de Administración acuerda proponer el reparto a los accionistas, sujeto a la aprobación de la Junta General de Accionistas, de un dividendo por importe de 0,80 euros por cada acción en circulación con cargo a reservas de libre disposición (prima de emisión), hasta un importe máximo de 14.577.782,40 euros. El importe final quedará determinado al tiempo de reparto del dividendo, en función de las acciones de la Sociedad en circulación y aquéllas que mantenga en autocartera en ese momento.
A los efectos oportunos, se hace constar que (i) existe suficiente liquidez para este reparto; (ii) tras este reparto, el valor del patrimonio neto de la Sociedad continuará siendo superior al capital social; y (iii) se cumple con los demás requisitos establecidos en el artículo 273 de la Ley de Sociedades de Capital para poder realizar dicho reparto.
El dividendo se hará efectivo el día 27 de junio de 2025, a través de Banco Santander, S.A. de acuerdo con las normas de funcionamiento de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U. (IBERCLEAR).

Reelección de Consejero por el periodo estatutario de cuatro años de D. Eduardo Serra Rexach con la categoría de Otro Consejero Externo.
Reelegir a D. Eduardo Serra Rexach como consejero de la Sociedad por el periodo estatutario de cuatro (4) años, con la calificación de Otro Consejero Externo.
La propuesta de reelección de D. Eduardo Serra Rexach se somete por el Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de Sostenibilidad.

Autorización al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, por parte de la Sociedad y/o por parte de sus sociedades filiales, en los términos previstos por la legislación vigente, con expresa facultad para proceder a su enajenación o amortización con reducción de la cifra de capital social, dejando sin efecto, en la cuantía no utilizada, la delegación acordada por la Junta General del ejercicio anterior.
Al amparo de lo dispuesto en los artículos 146 y concordantes y 509 de la Ley de Sociedades de Capital, se acuerda autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad (así como al de las sociedades filiales), con facultades expresas de sustitución en la Comisión Ejecutiva, en el Presidente o en el Vicepresidente del Consejo de Administración, para que, durante el plazo de cinco años a contar desde la fecha de la Junta General de Accionistas, pueda adquirir en cualquier momento, cuantas veces lo estime oportuno y por cualquiera de los medios admitidos en Derecho, acciones de la Sociedad, así como enajenar o amortizar posteriormente las mismas, de acuerdo con las siguientes disposiciones y requisitos y aquellos previstos en las disposiciones legales vigentes:
Las adquisiciones se realizarán mediante operaciones de compraventa, permuta o cualquier otra permitida por la Ley, incluyendo mediante préstamo de valores.
Acciones de la Sociedad cuyo valor nominal, sumándose al de las que ya posean la Sociedad y sus filiales, no supere el 10% del capital suscrito de la Sociedad en cada momento.
Se acuerda autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad (así como al de las sociedades filiales), por el plazo y de acuerdo con las condiciones establecidas en los párrafos anteriores en la medida en que sean aplicables y en condiciones de mercado, para adquirir acciones de la Sociedad por medio de préstamos.
Expresamente se autoriza que las acciones propias adquiridas puedan destinarse en todo o en parte a (i) su enajenación; (ii) su amortización mediante la consiguiente reducción de capital; (iii) su entrega a trabajadores empleados, directivos o administradores (a los efectos de lo previsto en el artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital); y (iv) planes de reinversión del dividendo o instrumentos análogos.

Dejar sin efecto en la parte no ejecutada el Acuerdo Cuarto de la Junta General de Accionistas de 29 de mayo de 2024, relativo igualmente a la autorización para la adquisición de acciones propias.
Con carácter adicional, se acuerda reducir el capital social, con el fin de amortizar las acciones propias de la Sociedad que pueda mantener en su balance (ya sea como resultado de su adquisición al amparo de la autorización de la Junta General de Accionistas bajo este acuerdo o de otros), con cargo a beneficios o reservas libres y por el importe que en cada momento resulte conveniente o necesario, hasta un importe nominal máximo equivalente al de dichas acciones propias.
Se delega en el Consejo de Administración la facultad de ejecutar el precedente acuerdo de reducción de capital, en una o varias veces y dentro del plazo máximo de cinco años, a partir de la fecha de celebración de la Junta General de Accionistas, con el fin de amortizar las acciones propias y para fijar los términos y condiciones de la reducción de capital, determinar el destino, acordar la exclusión de cotización de las acciones y modificar el artículo 6º de los Estatutos Sociales.

Aprobación de un Plan para el año 2026 de entrega de acciones de la autocartera de Pharma Mar, S.A. a los empleados y directivos de las compañías del Grupo con el fin de fomentar su participación en el capital social e incentivar su permanencia en el Grupo.
Con la finalidad de fomentar la participación de los empleados y directivos de las compañías del Grupo en el capital social de Pharma Mar, S.A. e incentivar su permanencia en el Grupo, se acuerda aprobar un Plan (en adelante, el "Plan") para el ejercicio 2026 de entrega gratuita por las compañías del Grupo de acciones de Pharma Mar, S.A., en las mismas condiciones para todos los empleados y directivos.
El Plan se dirigirá y se ofrecerá en igualdad de condiciones a todos los empleados y directivos que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas de las siguientes compañías del Grupo Pharma Mar: Pharma Mar, S.A. y Sylentis, S.A. Sociedad Unipersonal.
Las acciones destinadas al Plan procederán de la autocartera de Pharma Mar, S.A. que se posea en el momento de ejecución del Plan.
El Consejo de Administración diseñará y aplicará el Plan en base a las condiciones y dentro de los límites que se establecen a continuación.
1.1.- BENEFICIARIOS. El empleado o directivo, para ser beneficiario del Plan, deberá estar en activo en el momento de ejecución del mismo, tener a 31 de diciembre de 2025 una antigüedad mínima de seis (6) meses como empleado o directivo en cualquiera de las compañías del Grupo y haber comunicado a su compañía empleadora actual el importe máximo de su salario que desea aplicar a la compra de acciones en autocartera de Pharma Mar, S.A. a precio normal de mercado.
1.2.- CONTENIDO DEL PLAN. Simultánea y adicionalmente a la compra de acciones en autocartera de Pharma Mar, S.A. por el empleado o directivo con parte de su salario, cada compañía empleadora entregará al empleado o directivo acogido al Plan, simultáneamente a dicha compra, un número de acciones gratuitas de la autocartera de Pharma Mar, S.A. que será igual al número entero, redondeado por defecto, resultado de aplicar un porcentaje (en adelante el "Porcentaje"), previamente determinado por el Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A. que será igual para todos los empleados o directivos, al número de acciones efectivamente compradas con dicha parte de su salario que, en su caso, se tendrá que haber ajustado y reducido frente al importe máximo solicitado si el valor de las acciones a entregar al empleado o directivo supera los límites máximos subjetivos mencionados en el apartado 1.3 siguiente o el número de acciones gratuitas a entregar a todos los empleados o directivos del Grupo en conjunto supera el límite máximo del apartado 2 siguiente.
1.3.- LÍMITES SUBJETIVOS. El valor de mercado de las acciones entregadas a cada empleado o directivo estará limitado a 12.000 euros como máximo y, junto con las demás retribuciones en especie que perciba en 2026, no podrá superar el 30% de sus percepciones salariales totales de conformidad con el artículo 26.1 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

No tendrán la consideración de beneficiarios los miembros del Consejo de Administración de Pharma Mar, S.A., aunque los mismos ocupen cargos directivos en cualquiera de las sociedades del Grupo.
En el Plan se entregarán hasta un máximo de 41.000 acciones, gratuitas o no, en conjunto para todos los empleados y directivos de las compañías del Grupo.
Si el número de acciones total a entregar resultante, después de la aplicación a cada empleado o directivo, en su caso, de los límites subjetivos del apartado 1.3 anterior, fuera superior a dicho límite máximo de 41.000 acciones, el exceso se prorrateará reduciéndose proporcionalmente el número de acciones a recibir por cada empleado o directivo, reduciéndose en igual proporción las compradas con su salario, para que, sin modificación del Porcentaje, el número de acciones a entregar en conjunto no supere la cifra máxima señalada.
El Consejo de Administración determinará el Porcentaje mencionado en el 1.2 anterior, que será igual para todos los empleados y directivos y que se comunicará junto con la oferta del Plan para que cada empleado o directivo pueda adoptar la decisión que estime más conveniente.
El Consejo de Administración establecerá las condiciones oportunas para que el Plan cumpla también su finalidad de fidelizar a sus beneficiarios, fijando los plazos de permanencia necesarios para poder disponer de las acciones, así como las consecuencias del incumplimiento del beneficiario de las condiciones del Plan, que podrán incluir la pérdida de la totalidad o de parte de las acciones gratuitas entregadas.
Asimismo, el Consejo podrá determinar las garantías que los beneficiarios deban constituir sobre las acciones entregadas, con el fin de asegurar el cumplimiento del Plan.
El Consejo de Administración está igualmente autorizado para delegar a favor de la Comisión Ejecutiva o del consejero o persona que estime conveniente las facultades conferidas en virtud de este acuerdo que sean legalmente delegables.
La presente propuesta de acuerdo ha sido impulsada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de Sostenibilidad y posteriormente asumida por el Consejo de Administración.

Aprobar la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. aplicable desde la fecha de aprobación por la Junta General de Accionistas de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2028, cuyo texto íntegro ha estado a disposición de los accionistas, junto con el resto de documentación relativa a esta Junta General de Accionistas, desde la fecha de su convocatoria.

Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio 2024 que se somete a votación consultiva (art. 541.4 de la Ley de Sociedades de Capital).
Aprobar, con carácter consultivo, el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Pharma Mar, S.A. correspondiente al ejercicio 2024, cuyo texto íntegro se puso a disposición de los accionistas junto con el resto de documentación relativa a la Junta General de Accionistas desde la fecha de publicación del anuncio de convocatoria, texto que se incorpora al acta como Anexo.

Autorización al Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, complemento, formalización, ejecución y desarrollo de todos los acuerdos que se adopten por la Junta General, para su elevación a instrumento público, así como para sustituir las facultades que de ella reciba.
Sin perjuicio de las autorizaciones previstas en los anteriores acuerdos, facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que fuera necesaria en Derecho, con facultad de sustitución en la Comisión Ejecutiva o en el Consejero o persona que estime conveniente, para interpretar, subsanar, completar y ejecutar todos los acuerdos anteriores adoptados por la Junta General.
Facultar al Presidente del Consejo de Administración, D. José María Fernández Sousa-Faro, al Vicepresidente del Consejo de Administración, D. Pedro Fernández Puentes, al Secretario del Consejo de Administración, D. Juan Gómez Pulido y a la Vicesecretaria del Consejo de Administración, Dña. María Concepción Sanz López, para que cualquiera de ellos, indistintamente, pueda elevar a escritura pública los acuerdos adoptados por la Junta General en la presente reunión y otorgar los documentos públicos y privados que sean necesarios o convenientes para ejecutar los mismos, incluida la facultad de solicitar la inscripción parcial, de modificación y de subsanación de su contenido en la medida necesaria para ajustar el mismo a la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil o de cualesquiera organismos u autoridades administrativas. Asimismo, se faculta a los expresados señores, con el mismo carácter solidario, para hacer el preceptivo depósito de las cuentas anuales y demás documentación en el Registro Mercantil.
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