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Minerales y Productos Derivados S.A.

Governance Information Mar 26, 2025

1859_rns_2025-03-26_7eaf391a-3a51-4b90-8200-23156cef7e03.pdf

Governance Information

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2024
CIF: A-48008502

Denominación Social:

MINERALES Y PRODUCTOS DERIVADOS, S.A.

Domicilio social:

AVENIDA ALGORTA 16 (GETXO) VIZCAYA

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última Capital social (€) Número de Número de
modificación acciones derechos de voto
21/06/2000 4.639.077,00 515.453 515.453

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo
Indirecto
Directo Indirecto derechos de voto
DON ALEJANDRO
AZNAR SAINZ
0,98 5,55 0,00 0,00 6,53
SERANTES
INVERSIONES
GLOBALES, S.L.
5,55 0,00 0,00 0,00 5,55
LOMBARD
INTERNATIONAL
ASSURANCE, S.A.
15,69 0,00 0,00 0,00 15,69
PROMOCIONES
ARIER, S.L.
15,67 0,00 0,00 0,00 15,67
LIPPERINVEST
2003, S.L.
12,75 0,00 0,00 0,00 12,75
DON SANTIAGO
YBARRA
CHURRUCA
3,55 0,00 0,00 0,00 3,55
DOÑA MARIA
ISABEL
0,19 12,75 0,00 0,00 12,95

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo
Indirecto
Directo
Indirecto
derechos de voto
LIPPERHEIDE
AGUIRRE

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Sin datos

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

Movimientos más significativos

Ninguno.

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Del % total de
derechos de voto
% derechos de voto
Nombre o
atribuidos a las
acciones (incluidos
denominación
votos por lealtad)
social del consejero
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
en su caso, el % de
los votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON ALBERTO
BARRENECHEA 2,91 0,00 0,00 0,00 2,91 0,00 0,00
GUIMON
DON ALBERTO
BARRENECHEA 0,65 0,00 0,00 0,00 0,65 0,00 0,00
ARTECHE
DOÑA ANA ISABEL 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
BEOBIDE LAUCIRICA

Nombre o
denominación
social del consejero
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
en su caso, el % de
los votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON FRANCISCO
JAVIER GUZMAN
URIBE
0,19 0,00 0,00 0,00 0,19 0,00 0,00
DOÑA MÓNICA
AGUIRRE
AGUIRREZABAL
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
DON IGNACIO
MARCO-GARDOQUI
IBAÑEZ
0,63 0,00 0,00 0,00 0,63 0,00 0,00
DOÑA RUTH GUZMÁN
LÓPEZ DE LAMADRID
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 10,91

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 5,55

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON IGNACIO MARCO
GARDOQUI IBAÑEZ
PROMOCIONES ARIER, S.L. PROMOCIONES ARIER, S.L. Don Ignacio Marco
Gardoqui Ibañez es
representante de uno de
los miembros del Consejo
de Administración de
Promociones Arier, S.L.
Asimismo, es socio de la
misma.
DON ALEJANDRO AZNAR
SAINZ
SERANTES INVERSIONES
GLOBALES, S.L.
SERANTES INVERSIONES
GLOBALES, S.L.
Don Alejandro Aznar
Sainz es socio único
de la mercantil Punta
Sollana Inversiones S.L.,
administradora única y

Nombre o denominación Nombre o denominación Denominación social de
social del consejero o social del accionista la sociedad del grupo del Descripción relación/cargo
representante, vinculado significativo vinculado accionista significativo
socia única de Serantes
Inversiones Globales
S.L. (anteriormente
denominada Ibaizabal de
Cartera S.L.)

A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

[ ]
[ √ ] No

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ]
[ √ ] No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

  • A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
27.807 5,39

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
Sin datos

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

No ha habido variaciones significativas durante el ejercicio.

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

El Consejo de Administración cuenta con autorización vigente para la adquisición de acciones propias, otorgada por la Junta General Ordinaria de accionistas celebrada con fecha 26 de junio de 2024.

Dicha autorización comprende la posible adquisición de acciones propias, a título de compraventa y demás modalidades admitidas en Derecho, hasta el límite de autocartera establecido legalmente, por un precio mínimo del valor nominal, siendo el precio máximo aquél que sea superior de los siguientes: el equivalente al de cotización a la fecha de realización de cada operación o el equivalente al 100% del valor en libros del último ejercicio consolidado cerrado. Asimismo, la autorización comprende la facultad para aceptar en prenda sus propias acciones dentro de los límites anteriormente señalados, y para enajenar o amortizar posteriormente las acciones adquiridas. Esta autorización incluye expresamente las adquisiciones que tengan por objeto acciones que hayan de ser entregadas directamente a los trabajadores o administradores de la sociedad, o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de los que aquéllos sean titulares.

Dicha autorización tiene un plazo de cinco años.

A.11. Capital flotante estimado:

  • A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
    • [ ] [ √ ] Sí No

A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B. JUNTA GENERAL

[ √ ]

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ ] [ √ ] Sí No

B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:

[ ] No
Mayoría reforzada distinta
a la establecida en el
artículo 201.2 LSC para los
supuestos del 194.1 LSC
Otros supuestos de
mayoría reforzada
% establecido
por la entidad
para la adopción
de acuerdos
66,66 0,00

El régimen de adopción de acuerdos sociales contenido en los Estatutos Sociales no difiere del previsto en la Ley, con las siguientes particularidades: para la modificación del artículo 18 de los Estatutos Sociales, que regula la composición del Consejo de Administración, con independencia de los quórums de asistencia reforzados que exija la Ley será necesaria una mayoría de votos que representen, al menos, las dos terceras partes del capital social.

B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

Con la excepción señalada en el apartado B.2 anterior, no existen diferencias en el régimen de modificación de los Estatutos Sociales con respecto al previsto en la Ley de Sociedades de Capital.

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

Datos de asistencia
Fecha junta general % de % voto a distancia
% en
presencia física representación Voto electrónico Otros Total
15/06/2020 41,29 45,04 0,00 0,00 86,33
De los que Capital flotante 0,00 23,88 0,00 0,00 23,88
29/06/2021 46,84 34,05 0,00 0,00 80,89
De los que Capital flotante 0,00 18,36 0,00 0,00 18,36
29/06/2022 32,04 47,68 0,00 0,00 79,72
De los que Capital flotante 0,00 19,26 0,00 0,00 19,26
28/06/2023 44,98 35,72 0,00 0,00 80,70
De los que Capital flotante 0,00 20,02 0,00 0,00 20,02
26/06/2024 44,98 31,58 0,00 0,00 76,56
De los que Capital flotante 0,00 11,32 0,00 0,00 11,32
  • B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ √ ] [ ] Sí No
Número de acciones necesarias para asistir a la junta general 400
Número de acciones necesarias para votar a distancia 1

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:

[ ]
[ √ ] No

B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

Los contenidos de gobierno corporativo y otra información sobre las últimas juntas generales son directamente accesibles a través de la página web corporativa de la sociedad: www.minersa.com., en el apartado de Accionistas e Inversores.

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 11
Número mínimo de consejeros 5
Número de consejeros fijado por la junta 8

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON ALBERTO
BARRENECHEA
GUIMON
Ejecutivo PRESIDENTE
CONSEJERO
DELEGADO
16/12/1992 28/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA ANA
ISABEL
BEOBIDE
LAUCIRICA
Independiente CONSEJERO 28/06/2023 28/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON
FRANCISCO
JAVIER
GUZMAN
URIBE
Dominical CONSEJERO 22/09/1983 28/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON IGNACIO
MARCO
GARDOQUI
IBAÑEZ
Dominical CONSEJERO 29/06/2022 29/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON ALBERTO
BARRENECHEA
ARTECHE
Dominical CONSEJERO 29/09/2021 29/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON
ALEJANDRO
AZNAR SAINZ
Dominical CONSEJERO 29/06/2021 29/06/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DOÑA RUTH
GUZMÁN
LÓPEZ DE
LAMADRID
Independiente CONSEJERO
COORDINADOR
INDEPENDIENTE
24/06/2015 28/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA MÓNICA
AGUIRRE
AGUIRREZABAL
Independiente CONSEJERO 26/06/2024 26/06/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros 8

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
DOÑA MARIA
ISABEL
LIPPERHEIDE
AGUIRRE
Dominical 29/06/2021 26/06/2024 SI

Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general

La dimisión de la consejera tuvo lugar ante la junta general de accionistas, con efectos de la fecha de la celebración de la misma, esto es, 26 de junio de 2024, debiéndose a motivos de índole personal.

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o Cargo en el
denominación organigrama Perfil
social del consejero de la sociedad
Nacido en Bilbao en 1943. Licenciado en Administración y Dirección
de Empresas por la Universidad Comercial de Deusto, Campus
DON ALBERTO PRESIDENTE San Sebastián. D. Alberto Barrenechea Guimón cuenta con una
BARRENECHEA CONSEJERO dilatada experiencia en el campo de la industria y, en particular, en
GUIMON DELEGADO el sector minero y químico. Ha desarrollado su carrera profesional
en Minersa Group, a la que se incorporó en el año 1968 y en la que
ha desempeñado el cargo de Director General, posteriormente el

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
de Consejero-Delegado, y de la que en la actualidad es Presidente
Ejecutivo. Asimismo, pertenece al consejo de administración de varias
de las compañías filiales de Minersa Group. Por otro lado, ha sido
consejero en las compañías españolas Autopista Vasco Aragonesa,
BBVA Assets Management y Progenika Biopharma, en la compañía
sudafricana Metorex Limited y en la mexicana Mexichem.
Número total de consejeros ejecutivos 1
% sobre el total del consejo 12,50
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON FRANCISCO
JAVIER GUZMAN
URIBE
DON FRANCISCO
JAVIER GUZMAN
URIBE
Nacido en Bilbao en 1945. Licenciado en Derecho por la Universidad
de Deusto, y Diplomado en Economía por la misma Universidad.
Don Francisco Javier Guzmán Uribe ha desarrollado su actividad
profesional principalmente en el sector del transporte y la logística.Ha
sido Consejero-Delegado de Doman, S.A. entre los años 1976 y 2007.
También ha sido consejero del Banco de Vitoria, S.A. entre los años 1992
y 2003.
DON IGNACIO
MARCO
GARDOQUI IBAÑEZ
PROMOCIONES ARIER,
S.L.
Nacido en Bilbao en 1947. Licenciado en Económicas y Empresariales
por la Universidad de Deusto. D. Ignacio Marco-Gardoqui Ibáñez
tiene una amplia trayectoria profesional, ha trabajado para entidades
financieras, ha ejercido la docencia, la consultoría y cuenta con un
gran reconocimiento en el mundo de la prensa, en el que participa
activamente como comentarista económico y articulista en el Grupo
Vocento. A su vez, ha desarrollado una amplia experiencia en el
mundo industrial a través de su presencia y su participación activa en
numerosos Consejos de Administración. Anteriormente ha pertenecido,
entre otros, a los Consejos de Administración de Técnicas Reunidas,
Banco del Comercio, IBV, del Banco de Crédito Local, Progénika
Biopharma y Tubacex S.A. Asimismo, ha sido Presidente de Naturgás y
Vicepresidente de Viscofan.
DON ALBERTO
BARRENECHEA
ARTECHE
DON ALBERTO
BARRENECHEA
ARTECHE
Nacido en Bilbao en 1982. Licenciado en Administración y Dirección de
Empresas por la Universidad de Navarra, Máster en Análisis Financiero y
Valoración de Empresas impartido por CUNEF y IEAF (Instituto Español
de Analistas Financieros), Programa de Finanzas Corporativas en la
Universidad de Nueva York (NYU) y Programa IESE de la Universidad

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
de Navarra. En su trayectoria profesional cuenta con más de 15 años de
experiencia en el sector financiero. Ha trabajado en Consulnor (Grupo
Banca March), BlackRock y BBVA AM. En la actualidad desempeña su
actividad profesional en la compañía Diaphanum S.V.
DON ALEJANDRO
AZNAR SAINZ
SERANTES
INVERSIONES
GLOBALES, S.L.
Nacido en Madrid en 1961. Licenciado en Ciencias Económicas y
Empresariales (American College, Leysin 1983).MBA (Instituto de
Empresa, Madrid 1984). D. Alejandro Aznar Sainz Ha desarrollado su
actividad profesional principalmente en el sector naviero, en el que
cuenta con una amplia experiencia. En la actualidad es Presidente
del Grupo Financiero Ibaizabal, de la Asociación de Navieros Vascos,
del Comité Español de Lloyd's Register. Por otro lado, al margen del
sector marítimo, ostenta la presidencia de Vinos de los Herederos del
Marqués de Riscal y del Consejo Asesor Regional BBVA Zona Norte.
Como reconocimientos más significativos de su trayectoria empresarial,
cuenta con las siguientes distinciones: Premio Mejor Empresario Vasco
2006, Cruz del Mérito Naval 2015, Cruz al Mérito de la Guardia Civil 2017,
Gran Cruz del Mérito Naval con distintivo blanco 2019.
Número total de consejeros dominicales 4
% sobre el total del consejo 50,00
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA ANA
ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA
Nacida en Bilbao en 1963. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad
Comercial de Deusto. Master en Comercio Exterior y MBA In Company. Doña Ana Beobide
Laucirica cuenta con una dilatada trayectoria profesional en el campo económico-financiero
e industrial. Ha desempeñado a lo largo de su carrera profesional diversos cargos de carácter
financiero, técnico y de gerencia. Ha sido socia de AB Asesores Norte A.V., Directora ejecutiva en
Morgan Stanley S.A., Directora de Banca Privada Territorial Norte de Caixabank. Asimismo, ha
ejercido la docencia y colaborado con El Correo ON, en la sección de Economía. En la actualidad
es Consejera de la Sociedad Rectora de la Bolsa de Bilbao (Grupo BME), de Petronor S.A. así como
de su filial Alba Emission Free Energy, S.A.
DOÑA RUTH
GUZMÁN LÓPEZ
DE LAMADRID
Nacida en Bilbao en 1978. Licenciada en Administración y Dirección de Empresas por la
Universidad Autónoma de Madrid, con estudios de Gestión en la Université Paris IX Dauphine.
Doña Ruth Guzmán López de Lamadrid ha trabajado en el área de Global Custody de BNP
Paribás, y ha sido responsable del Área de Administración y de la Unidad de Control Interno del

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
Grupo Vetusta. En la actualidad es socia y consejera de la compañía Ambar Capital, S.L., Sociedad
Agente de A&G.
DOÑA MÓNICA
AGUIRRE
AGUIRREZABAL
Nacida en Madrid en 1980. Licenciada en Administración y Dirección de Empresas (2003) y
Máster en Desarrollo Directivo por la Universidad de Deusto, Master en Dirección de Marketing y
Programa de Estrategias de Omnicanalidad & E-commerce por la Escuela de Negocios ESEUNE.
En su trayectoria profesional cuenta con más de 18 años de experiencia en el sector económico
financiero. Es en el grupo L'OREAL donde ha desarrollado la mayor parte de su carrera, en
puestos de diferente responsabilidad (marketing, ventas y desarrollo de negocio). En la actualidad
desempeña su actividad profesional en una compañía industrial, Industrias JUNO, S.A., además
de pertenecer a su Comité de Dirección.
Número total de consejeros independientes 3
% sobre el total del consejo 37,50

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación
social del consejero
Descripción de la relación Declaración motivada
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Sin datos
Número total de otros consejeros externos N.A.
% sobre el total del consejo N.A.

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 1 1 1 1 20,00 20,00 20,00 20,00
Independientes 2 2 1 1 100,00 100,00 50,00 50,00
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 3 3 2 2 37,50 37,50 25,00 25,00
  • C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
  • [ √ ] Sí
  • [ ] No
  • [ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos

Desde el ejercicio 2019 el Consejo de Administración de Minerales y Productos Derivados S.A. cuenta con una Política de selección y nombramiento de consejeros adaptada a la Ley 11/2018, de 28 de diciembre por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de diciembre, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad y, en particular, a las nuevas exigencias en materia de diversidad. Previamente a la entrada en vigor de dicha Ley, la Política de selección y nombramiento de consejeros ya contaba con un epígrafe específico dedicado a la diversidad de género, y en la selección de candidatos al consejo se establecía como objetivo la integración de experiencias y competencias profesionales y de gestión diferentes así como la promoción de la diversidad de conocimientos, experiencias y género.

Tras la entrada en vigor de la Ley y la modificación de la Política de selección y nombramiento de consejeros, en los procedimientos de selección de los miembros del consejo de administración:

  • Se vela porque se favorezca la diversidad respecto a cuestiones como la edad, el género, la discapacidad o la formación y experiencia profesionales, fomentándose por tanto la concurrencia en el consejo de administración de distintos perfiles, de tal forma que se enriquezca la toma de decisiones y se aporten puntos de vista plurales.

  • Se evita cualquier tipo de sesgo implícito que pueda suponer discriminación, entre otras, por razones de sexo, origen étnico, edad o discapacidad. En especial, se evita cualquier tipo de sesgo que dificulte la selección y nombramiento de consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Estas orientaciones se tuvieron en cuenta a la hora elevar al consejo de administración la propuesta de nombramiento de Doña Ana Beobide Laucirica en el ejercicio 2023, así como el nombramiento de Doña Mónica Aguirre Aguirrezabal en el ejercicio 2024, considerando especialmente en la misma el refuerzo que su incorporación suponía en el compromiso de la sociedad con la diversidad de género recogido en la política, así como en el cumplimiento de los criterios legales y las mejores prácticas y recomendaciones en materia de buen gobierno, tanto nacionales como internacionales.

  • Se trabaja para hacer efectivo el objetivo de que el género menos representado sea al menos del 30 % del total de miembros del consejo de administración, objetivo alcanzado desde el pasado ejercicio, tras el nombramiento de la consejera independiente, Doña Ana Beobide Laucirica, contando actualmente, la sociedad con tres consejeras, lo que representa el 37,5% del total de miembros del consejo de administración.

Asimismo, de conformidad con las recomendaciones de Buen Gobierno Corporativo, con la Directiva de la UE 2022/2381 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de noviembre de 2022 relativa a un mejor equilibrio de género entre los administradores de las sociedades cotizadas y a medidas conexas, y la trasposición de esta última con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, teniendo en cuenta la actual composición del consejo de administración en la que de sus 8 miembros 3 son mujeres, se da por cumplido el requisito del artículo 529 bis.3 de la LSC ya que el número total de consejeros que se considera mínimo necesario para alcanzar el objetivo (cuarenta por ciento de personas del sexo menos representado) se da ya que el porcentaje actual 37,5% es el más cercano al cuarenta por ciento.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

Todas las Comisiones con que cuenta el Consejo de Administración están sometidas a los mismos principios que rigen la actuación de éste, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de su Reglamento.

El Consejo de Administración de Minerales y Productos Derivados, S.A. cuenta con una Política de selección y nombramiento de consejeros que persigue, entre otros fines, conseguir que en la composición del mismo, se refleje, la diversidad de género, asegurando que, en todo caso, en el proceso de selección de candidatos se evite cualquier sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna y se promueva la presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

No aplicable.

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se rige, en la selección de los consejeros, por los principios de solvencia, competencia y experiencia.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones considera que la Sociedad está cumpliendo con la Política de selección y nombramiento de consejeros y con el principio de diversidad recogido en la misma, evitándose cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna, entre otras, por razones de sexo, origen étnico, edad o discapacidad.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

[ ]
--------------

[ √ ] No

C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:

Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
ALBERTO BARRENECHEA Tiene delegadas todas las facultades del Consejo de Administración, excepto
GUIMON aquellas que son indelegables por Ley.

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
SENEGAL MINES, S.A. CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
VERGENOEG MINING
COMPANY (PTY) LTD
CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
S.A.U. SULQUISA CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
DERIVADOS DEL FLUOR,
S.A.U.
CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
SEPIOL, S.A.U. CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
MERCADOS MUNDIALES
IMPORT EXPORT S.A.U.
PRESIDENTE NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
IBÉRICA DE SALES, S.A. CONSEJERO NO
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
FLUORITAS ASTURIANAS,
S.L.U.
PRESIDENTE NO

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON ALBERTO
BARRENECHEA GUIMON
ANHYDRITEC, S.L.U PRESIDENTE NO

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE
LAMADRID
AMBAR CAPITAL,S.L. PRESIDENTE
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE
LAMADRID
ASOCIACIÓN REAL CLUB ESTRADA VICEPRESIDENTE
DON IGNACIO MARCO-GARDOQUI
IBAÑEZ
PROMOCIONES ARIER, S.L REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON IGNACIO MARCO-GARDOQUI
IBAÑEZ
GARDOQUI E HIJOS, S.L CONSEJERO
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA
SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA
DE VALORES DE BILBAO, S.A.
CONSEJERO
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA
GRAPHENEA, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA
PETRÓLEOS DEL NORTE S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA
ALBA EMISSION FREE ENERGY, S.A CONSEJERO
DON FRANCISCO JAVIER GUZMAN
URIBE
SMART COWORKING, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON FRANCISCO JAVIER GUZMAN
URIBE
CALIMBUS, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ BILBAÍNA DE INVERSIÓN Y CONTROL,
S.L.
ADMINISTRADOR UNICO
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ PUNTA SOLLANA INVERSIONES, S.L. PRESIDENTE
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ GRUPO FINANCIERO IBAIZABAL,S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ VINOS DE LOS HEREDEROS DEL
MARQUÉS DE RISCAL, S.A.
PRESIDENTE
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ ASOCIACIÓN DE NAVIEROS VASCOS PRESIDENTE
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ ASOCIACION DE NAVIEROS
ESPAÑOLES
CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ CÁMARA DE COMERCIO, INDUSTRIA,
SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE
BILBAO (PLENO)
CONSEJERO
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ LLOYD S REGISTER EMEA SUC EN
ESPAÑA (COMITÉ)
PRESIDENTE
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ CONSEJO GENERAL ALIANZA POR
IBEROAMÉRICA (CEAPI)
VICEPRESIDENTE
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ CONSEJO ASESOR REGIONAL BBVA
ZONA NORTE
PRESIDENTE

D. IGNACIO MARCO-GARDOQUI IBAÑEZ: GARDOQUI E HIJOS, S.L.

DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE LAUCIRICA: PETRÓLEOS DEL NORTE S.A.

DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE LAUCIRICA: SOCIEDAD RECTORA DE LA BOLSA DE VALORES DE BILBAO, S.A.

D. ALEJANDRO AZNAR SAINZ: VINOS DE LOS HEREDEROS DEL MARQUÉS DE RISCAL, S.A.

D. ALEJANDRO AZNAR SAINZ: AUTORIDAD PORTUARIA DE BILBAO (dietas)

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE LAMADRID AMBAR CAPITAL, S.L. - ASESORAMIENTO FINANCIERO
DOÑA MÓNICA AGUIRRE AGUIRREZABAL INDUSTRIAS JUNO S.A. - DIRECTORA DE MARKETING
DON IGNACIO MARCO-GARDOQUI IBAÑEZ GRUPO VOCENTO - ARTICULISTA
DON ALBERTO BARRENECHEA ARTECHE ABRA PARTNERS M&A, S.L. - SERVICIOS PROFESIONALES
DIAPHANUM ADVISORY NORTE S.L.- SERVICIOS
PROFESIONALES

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ ] [ √ ] Sí No

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) 1.984
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
Sin datos

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

[ ]
[ √ ] No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Conforme establece el Reglamento del Consejo de Administración, los Consejeros serán designados por la Junta General o por el Consejo de Administración, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley y en los Estatutos Sociales; asimismo se tendrá en cuenta lo establecido en la Política de selección y nombramiento de consejeros.

El Consejo de Administración, en el ejercicio de sus facultades de propuesta a la Junta General y de cooptación, procurará que en su composición los consejeros externos o no ejecutivos representen una mayoría sobre los ejecutivos, procurando a su vez que dentro del grupo de consejeros externos se integren los titulares de participaciones significativas o sus representantes y que la elección de candidatos para su designación como consejeros externos recaiga sobre personas de reconocida solvencia, competencia y experiencia.

De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos Sociales, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones desempeñará las funciones que le sean atribuidas por la Ley sobre esta materia y, en particular, propondrá e informará el nombramiento y reelección de consejeros.

Los consejeros afectados por propuestas de nombramiento, reelección o cese, no intervendrán en deliberaciones ni votaciones que traten de ellos, y que son secretas.

Para el caso de reelección de Consejeros, la propuesta a presentar a la Junta General habrá de sujetarse a un proceso formal de elaboración, que incluirá un Informe emitido por el propio Consejo en el que se evaluará la calidad del trabajo y dedicación al cargo de los consejeros propuestos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de los Estatutos Sociales, la designación del Consejero Delegado requerirá de acuerdo adoptado por mayoría de dos tercios de la totalidad del Consejo de Administración.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de los Estatutos Sociales, salvo dispensa del propio Consejo de Administración por acuerdo adoptado unánimemente, para ser nombrado nuevo consejero será necesario ser propietario de veinte o más acciones de la Sociedad con una antelación superior a tres años a la fecha de la designación, siendo necesaria la pertenencia a dicho Órgano por periodo superior a tres años para ser nombrado Presidente del mismo.

Según establece el artículo 18 del Reglamento del Consejo de Administración, los consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados, o cuando lo decida la Junta General de accionistas o el Consejo de Administración en uso de las atribuciones que tiene conferidas legal o estatutariamente cada Órgano.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

No se ha entendido necesario introducir cambios en la organización interna del Consejo de Administración ni tampoco en los procedimientos aplicables a sus actividades.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

El Consejo de Administración ha realizado una evaluación sobre su funcionamiento, composición y competencias, así como sobre el funcionamiento y composición de sus comisiones, habiendo concluido en la idoneidad de su configuración. Del mismo modo, ha evaluado el desempeño del Presidente en sus funciones como primer ejecutivo, así como la de cada miembro del Consejo de Administración. Asimismo ha evaluado el funcionamiento de la junta general de accionistas. No ha contado con asesoramiento externo en dicho proceso de evaluación.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

N.A.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

No existe previsión específica sobre causas de dimisión de los Consejeros. No obstante el artículo 30 del Reglamento del Consejo de Administración impone a los consejeros la obligación de informar de aquellas circunstancias que le afecten, relacionadas o no con su actuación en la sociedad, y puedan perjudicar al crédito o reputación de la sociedad y, en particular, de las causas penales en que aparezca como investigado y de su evolución, siendo el propio Consejo quién, en este supuesto o en el caso de que haya conocido de alguna manera alguna de estas situaciones, examinará el caso, seguirá su evolución y, a la vista de la misma, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, decidirá, en su caso, sobre la necesidad de adoptar medidas, solicitar la dimisión del Consejero o proponer su cese.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ √ ]
[ ] No

En su caso, describa las diferencias.

Descripción de las diferencias

Dispensa de los requisitos para ser nombrado Consejero y para ser nombrado Presidente: Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de los Estatutos Sociales, dicho acuerdo requerirá la unanimidad del Consejo de Administración.

Delegación de facultades, designación consejero delegado y apoderados con facultades de administración y de riguroso dominio, y nombramiento de directores gerentes. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de los Estatutos Sociales, en relación con el artículo 27, apartado f), dichos acuerdos requerirán mayoría de dos tercios de la totalidad del Consejo de Administración.

El resto de los acuerdos: Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de los Estatutos Sociales y en el artículo 14 del Reglamento del Consejo de administración, los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los Consejeros, presentes o representados, si lo están la mitad más uno, al menos, siendo precisa, cuando menos, la presencia de tres miembros del Consejo de Administración.

C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:

  • [ √ ] Sí
  • [ ] No

Descripción de los requisitos

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 de los Estatutos Sociales, para ser nombrado Presidente del Consejo de Administración se precisa haber formado parte de dicho órgano durante un periodo superior a tres años anteriores a la fecha del nombramiento, pudiendo dispensar el propio Consejo de Administración del cumplimiento de dicho requisito mediante acuerdo unánime.

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

[ ]
  • [ √ ] No
  • C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de los Estatutos Sociales y en los artículos 14 y 23 del Reglamento del Consejo de Administración, los Consejeros deberán asistir personalmente a las sesiones que se celebren. No obstante lo anterior, en caso de inasistencia de un consejero, podrá hacerse representar por otro.

Los vocales del Consejo cederán su representación mediante carta dirigida a su Presidente, en la que harán constar el consejero a quien ceden su representación. En todo caso, los consejeros no ejecutivos sólo podrán delegar su representación en otro consejero no ejecutivo.

En caso de delegación, el consejero que ceda su representación a otro deberá instruir a éste sobre su criterio en relación con las materias objeto de deliberación.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 14
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente
0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones de
COMISIÓN DE AUDITORÍA 7

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 11
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 76,78
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
9
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
98,20

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

Las Cuentas Anuales son confeccionadas por personal adecuadamente formado para ello, supervisadas por el Director Financiero Corporativo y por la Comisión de Auditoría y son debidamente auditadas. En el momento de su formulación el Consejo de Administración cuenta con la seguridad su?ciente para a?rmar que son acordes a los principios contables. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento del Consejo de Administración, el Consejo de Administración procura formular las cuentas de manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del Auditor, no habiendo existido efectivamente salvedad alguna en los últimos ejercicios auditados.

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ] [ √ ] Sí No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DON JON ARCARAZ BASAGUREN

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

El Consejo de Administración, a efectos de preservar la independencia de los auditores externos, de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, no interviene de forma directa en la relación con los mismos, llevándose a cabo la interlocución con estos

agentes a través de la Dirección Financiera Corporativa y de la Comisión de Auditoría, de la que no forman parte Consejeros ejecutivos. En todo caso se respeta la independencia del auditor de cuentas, conforme dispone el artículo 35 del Reglamento del Consejo de Administración.

  • C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 5 5
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
8,77 1,11

INDIVIDUALES: 5 años de auditoría (el primero en coauditoría) / 57 años. CONSOLIDADAS: 5 años de auditoria (el primero en coauditoría) / 45 años

C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

[ √ ]
[ ] No

Detalle del procedimiento

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 del Reglamento del Consejo de Administración, la convocatoria de las sesiones se cursará con una antelación mínima de tres días. La convocatoria incluirá siempre un avance sobre el previsible orden del día de la sesión, y se acompañará de la información relevante debidamente resumida y preparada.

En la práctica, el calendario anual de reuniones del Consejo de Administración se aprueba antes de la finalización del año precedente.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración, el Consejero se halla investido de las más amplias facultades para informarse sobre cualquier aspecto de la compañía, para examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales, y para inspeccionar todas sus instalaciones. Estas facultades se extienden a las sociedades filiales, sean nacionales o extranjeras.

Con el fin de no perturbar la gestión ordinaria de la compañía, el ejercicio de las facultades de información se canaliza a través del Presidente o del Secretario del Consejo de Administración, quienes atienden las solicitudes del Consejero facilitándole directamente la información, ofreciéndole los interlocutores apropiados en el estrato de la organización que proceda o arbitrando las medidas para que pueda practicar in situ las diligencias de examen e inspección deseadas.

Conforme al artículo 21 del Reglamento del Consejo de Administración, con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones, los Consejeros externos pueden solicitar la contratación, con cargo a la sociedad, de asesores legales, contables, financieros u otros expertos.

C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ √ ]
[ ] No

Explique las reglas

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Consejo de Administración, los Consejeros han de actuar guiados por el principio de maximización del valor de la empresa en interés de los accionistas, cumpliendo sus funciones de buena fe y observando los deberes éticos que impone una responsable conducción de los negocios.

En particular, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del indicado Reglamento, el Consejero deberá informar de aquellas circunstancias que le afecten, relacionadas o no con su actuación en la sociedad, y puedan perjudicar al crédito o reputación de la sociedad y, en particular, de las causas penales en que aparezca como investigado y de su evolución. En este supuesto o en el caso de que el Consejo haya conocido de alguna manera alguna de las situaciones mencionadas, el Consejo examinará el caso, seguirá su evolución y, a la vista de la misma, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, decidirá, en su caso, sobre la necesidad de adoptar medidas o no, solicitar la dimisión del Consejero o proponer su cese.

Además, los Consejeros están sometidos a los deberes de diligente administración, de fidelidad, lealtad y de secreto.

Del mismo modo, los Consejeros están sometidos a un Reglamento Interno de Conducta que les exige actuar bajo los principios de imparcialidad, de buena fe, de diligencia y secreto en el uso de información relevante y, fundamentalmente, de interés general de la sociedad y no suyo particular.

Finalmente, los Consejeros están sometidos a la observancia en el desempeño de sus funciones de los principios y valores básicos contenidos en el Código Ético.

  • C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

N.A.

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 0
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
N/A N/A

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

COMISIÓN DE AUDITORÍA
Nombre Cargo Categoría
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE LAUCIRICA VOCAL Independiente
DON ALBERTO BARRENECHEA ARTECHE SECRETARIO Dominical
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE LAMADRID PRESIDENTE Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoria están previstas en el artículo 28 Bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 14 Bis del Reglamento del Consejo de Administración.

La Comisión de Auditoría sirve de apoyo al Consejo de Administración para la vigilancia de los controles internos de la sociedad y de la independencia del Auditor externo.

La Comisión de Auditoría está formada por tres consejeros, designados por el Consejo de Administración.

La Comisión de Auditoría regula su propio funcionamiento, y nombra de entre sus miembros a un Presidente. Cuenta además con un Secretario, que podrá o no ser miembro de la Comisión de Auditoría.

Se reúne previa convocatoria del Presidente o a solicitud de dos de sus miembros. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión de Auditoría se reúne periódicamente en función de las necesidades.

Está obligado a asistir a las sesiones de la Comisión de Auditoría, y a prestarles su colaboración y acceso a la información de que disponga, cualquier miembro del equipo directivo o del personal de la sociedad que sea requerido a tal fin. La Comisión de Auditoría también puede requerir la asistencia a sus sesiones de los auditores de cuentas.

Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión de Auditoría tiene a su disposición los medios necesarios para un funcionamiento independiente.

En lo no previsto especialmente, se aplican a la Comisión de Auditoría las normas de funcionamiento establecidas por los Estatutos Sociales o por cualquier otra disposición de régimen interno en relación al Consejo, siempre y cuando sean compatibles con la naturaleza y función del mismo.

Sin perjuicio de otros cometidos que le atribuya la Ley o le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría tiene las siguientes responsabilidades y competencias básicas:

a) Informar en la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ella planteen los accionistas en materias de su competencia.

b) Proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, el nombramiento de los Auditores de Cuentas Externos.

c) Supervisar el proceso de información financiera y de los sistemas de control interno de la sociedad.

d) Mantener la relación con los auditores externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éstos y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la Auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de Auditoría de cuentas y en las normas técnicas de Auditoría.

e) Cualquier otra función de informe y propuesta que le sea encomendada por el Consejo de Administración con carácter general o particular, o que le venga impuesta por la Ley.

No ha habido actuaciones relevantes durante el ejercicio distinto a las propias de la gestión ordinaria de la comisión. Entre otras, se han llevado a cabo las siguientes actuaciones:

  • Aprobar del calendario de auditoría y planificar la auditoría junto con los auditores.

  • Informar sobre el prestador independiente de servicios de verificación.

  • Informar sobre los informes financieros semestrales.

  • Recabar del auditor de cuentas la opinión de auditoría sobre los estados financieros de la matriz y del consolidado a cierre del ejercicio 2023.

  • Informar sobre las cuentas anuales, el informe de gestión, la propuesta de aplicación del resultado, el Informe Anual de Gobierno Corporativo 2023, Estado de

Información No Financiera 2023.

  • Informar sobre la independencia del auditor y operaciones vinculadas.
  • Informar sobre el informe consolidado sobre pagos a las Administraciones Públicas del ejercicio 2023.

  • Supervisar y analizar la eficacia de los sistemas de control interno de la sociedad, así como los sistemas de gestión de riesgos.

  • Supervisar el plan de trabajo anual e informe de actividades del Departamento Financiero Corporativo.

  • Informar al Consejo de Administración sobre el "Informe Anual de Cumplimiento Penal del Grupo Minersa".

  • Informar sobre los requerimientos legales que corresponden respecto a la formulación de cuentas y presentación de los estados financieros anuales.

  • Informar sobre la evolución de los requerimientos relativos a la información no financiera.

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

Nombres de los consejeros
con experiencia
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE
LAUCIRICA / DON ALBERTO
BARRENECHEA ARTECHE /
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE
LAMADRID
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
28/06/2023
COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
Nombre Cargo Categoría
DOÑA ANA ISABEL BEOBIDE LAUCIRICA VOCAL Independiente
DON ALEJANDRO AZNAR SAINZ SECRETARIO Dominical
DOÑA RUTH GUZMÁN LÓPEZ DE LAMADRID PRESIDENTE Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones están previstas en el artículo 28 Ter de los Estatutos Sociales y en el artículo 14 Ter del Reglamento del Consejo de Administración.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones tiene como cometido asistir al Consejo de Administración en las cuestiones relativas a nombramientos y a la política de retribuciones de los consejeros y altos directivos, y se rige por las siguientes reglas:

  1. Está formada por tres Consejeros, designados por el Consejo de Administración.

  2. Regula su propio funcionamiento, y nombra de entre sus miembros a un Presidente. Cuenta además con un Secretario, que podrá o no ser miembro de la Comisión.

  1. Desempeña las funciones que le sean atribuidas por la Ley o le asigne el Consejo de Administración y, en todo caso, las siguientes:

a) Formular e informar las propuestas de nombramiento y reelección de Consejeros.

b) Revisar anualmente la condición de cada consejero para hacerla constar en el informe anual de gobierno corporativo.

c) Informar los nombramientos y ceses de los altos directivos.

llevadas a cabo en el ejercicio se encuentran las siguientes:

d) Proponer, dentro del marco establecido en los Estatutos Sociales, la cuantía, la política y el sistema de compensación retributiva del Consejo de Administración y de los altos directivos, y revisar periódicamente la misma.

  1. Convocada por su Presidente, se reúne con la frecuencia que sea necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

  2. Puede solicitar la asistencia a sus reuniones de aquellas personas que, dentro de la sociedad, tengan cometidos relacionados con sus funciones, y contar con los asesoramientos que sean necesarios para formar criterio sobre las cuestiones de su competencia, lo que cursará por medio de la Secretaría del

Consejo. No ha habido actuaciones relevantes durante el ejercicio distintas a las propias de la gestión ordinaria de esta comisión. Entre las actuaciones

  • Analizar e informar el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros y el Informe Anual sobre Gobierno Corporativo, correspondientes al ejercicio

2023.

  • Analizar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el consejo de administración.

  • Informar las propuestas de nombramiento y/o relección de consejeros no independientes.

  • Estudiar y elaborar, en su caso, orientaciones para alcanzar el objetivo de representación del sexo menos representado en el consejo de administración.

  • Verificar el cumplimiento de la Política de selección y nombramiento de consejeros.

  • Informar sobre la Política de remuneraciones de los consejeros de la sociedad.

  • Proponer la remuneración del consejo de administración para el año 2024 así como la política para los ejercicios 2025 y 2026-2028.

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

Número de consejeras
Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
COMISIÓN DE
AUDITORÍA
2 66,66 1 33,33 1 33,33 1 33,33
COMISIÓN DE
NOMBRAMIENTOS
Y RETRIBUCIONES
2 66,66 1 33,33 1 33,33 1 33,33

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

La Comisión de Auditoría se regula en el artículo 28 bis de los Estatutos Sociales y en el artículo 14 bis del Reglamento del Consejo de Administración.

COMISIÓN DE AUDITORÍA

Tanto los Estatutos Sociales como el Reglamento del Consejo de Administración están disponibles para su consulta en la página web de la sociedad, www.minersa.com.

No se ha realizado durante el ejercicio ninguna modificación en la regulación de esta comisión.

Se ha elaborado informe anual sobre las actividades de dicha comisión.

COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones se regula en el artículo 28 ter de los Estatutos Sociales y en el artículo 14 ter del Reglamento del Consejo de Administración.

Tanto los Estatutos Sociales como el Reglamento del Consejo de Administración están disponibles para su consulta en la página web de la sociedad, www.minersa.com.

No se ha realizado durante el ejercicio ninguna modificación en la regulación de esta comisión.

Se ha elaborado informe anual sobre las actividades de dicha comisión.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

Salvo las operaciones vinculadas cuya aprobación se encuentra reservada por Ley a la Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración en pleno se ha reservado aprobar, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, las operaciones que la sociedad realice con consejeros, accionistas significativos o representados en el Consejo de Administración, o con personas que deban considerarse vinculadas.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
Naturaleza
Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
Sin datos

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Sin datos

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

Conforme a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Conducta en el ámbito del Mercado de Valores, las personas sujetas al mismo -esto es, Consejeros, Directores Generales, Directores de Departamento, personas que desempeñen labores que supongan relaciones con inversores y en áreas relacionadas con el mercado de valores, y personas con acceso a información relevante y/o privilegiada- deberán informar a la sociedad de posibles conflictos de intereses antes de adoptar decisiones al respecto.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento del Consejo de Administración, los consejeros deberán evitar cualesquiera situaciones de conflictos de interés con la sociedad, absteniéndose de realizar cualesquiera actividades que les pudiera hacer incurrir en dicho conflicto y, en particular, todas aquellas contempladas como tales en la Ley de Sociedades de Capital. En todo caso, los consejeros deberán comunicar a los demás consejeros y, en su caso, al Consejo de Administración cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que ellos o personas vinculadas a ellos pudieran tener con el interés de la sociedad. Las situaciones de conflicto de interés en que incurran los consejeros serán objeto de información en la Memoria.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento del Consejo de Administración, la sociedad podrá dispensar las prohibiciones contenidas en el artículo anterior en casos singulares, en los términos, bajo el procedimiento y en las condiciones establecidas en la Ley de Sociedades de Capital.

Igualmente, según lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento del Consejo de Administración, el Consejero no puede aprovechar en beneficio propio o de un allegado una oportunidad de negocio de la compañía, a no ser que previamente se la ofrezca a ésta, que ésta desista de explotarla y que el aprovechamiento sea autorizado por el Consejo. A los efectos del apartado anterior, se entiende por oportunidad de negocio cualquier posibilidad de realizar una inversión u operación comercial que haya surgido o que se haya descubierto en conexión con el ejercicio del cargo por parte del Consejero, o mediante la utilización de medios e información de la compañía, o bajo circunstancias tales que sea razonable pensar que el ofrecimiento del tercero en realidad estaba dirigido a la compañía. El Consejero infringe sus deberes de fidelidad para con la compañía si, sabiéndolo de antemano, permite o no revela la existencia de operaciones realizadas por familiares suyos o por sociedades en las que desempeña un puesto directivo o tiene una participación significativa, que no se han sometido a las condiciones y controles previstos en los artículos anteriores.

Además, el artículo 30 del mismo Reglamento dispone que el Consejero deberá informar a la compañía de las acciones de la misma de las que sea titular directamente o a través de sociedades en las que tenga una participación significativa. Asimismo, deberá informar de aquellas otras que estén en posesión, directa o indirecta, de sus familiares más allegados, todo ello de conformidad con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 del reiterado Reglamento, el Consejo de Administración se reserva formalmente el conocimiento de cualquier transacción de la compañía con los accionistas significativos, no autorizando ninguna operación que no respete la igualdad de trato de los accionistas y las condiciones de mercado.

  • D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
    • [ ] Sí
    • [ √ ] No

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

MINERSA, opera en un mercado global y como grupo multinacional se ha ido dotando progresivamente de las políticas, procedimientos, herramientas y recursos para afrontar los riesgos derivados de su operativa.

Los sistemas de reporting y control de MINERSA están orientados a prevenir y mitigar el efecto potencial tanto de los riesgos de negocio como aquellos riesgos que pudieran afectar a la adecuada elaboración de la información del grupo.

Para ello, la gestión de riesgos en MINERSA abarca procedimientos monitorizados por la Comisión de Auditoría, supervisados desde los órganos de administración, coordinados por la dirección e implementados en última instancia en cada área operativa de la organización.

El desarrollo de un enfoque de mejora continua en sus políticas de gobierno corporativo ha enfatizado aún más el desarrollo de estos procedimientos. Desde hace años se trabaja en un modelo de control más efectivo basado en unas matrices de riesgos. Esto ha contribuido a adaptar y jerarquizar los trabajos y a realizar e identificar áreas de mejora.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

El Departamento Financiero Corporativo tiene asignada la tarea de ayudar a la implantación y mejora continua de un modelo efectivo de gestión y control de riesgos. La labor de control de los riesgos se realiza desde la Comisión de Auditoria, el Comité de Ética, el Consejo de Administración, el Departamento Financiero Corporativo y las direcciones generales, financieras y administrativas en el ámbito de cada unidad de negocio.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

Las sociedades del Grupo se encuentran sometidas a diversos riesgos inherentes a los distintos países, territorios, sectores y mercados en los que operan, y a las actividades que desarrollan. La Comisión de Auditoría supervisa la eficacia de los sistemas de gestión de riesgos financieros y no financieros para poder tener una visión integral de los riesgos que afecten a todos los negocios de la compañía. En dicho sentido, cada vez en mayor medida se consideran factores de riesgos tales como los medioambientales, los sociales y los de gobernanza (Environmental, social and Governance. "ESG" , por sus siglas en inglés), los relacionados con el fraude o la corrupción, los relacionados con la salud o con terceros, además de los financieros, fiscales o de ciberseguridad.

El Grupo cree firmemente que los riesgos no tienen porque ser eliminados, sino gestionados adecuadamente, estableciendo los mecanismos necesarios para identificar, evaluar, mitigar o reducirlos de forma que no se produzcan efectos no deseados tanto económicos como de cualquier otro tipo.

En este sentido, el Código Ético y el Manual de Cumplimiento y Prevención de Riesgos Penales del Grupo recoge de manera expresa los principios y valores básicos por los que el grupo exige guiarse a sus empleados en el marco de sus actividades profesionales y laborales, así como en sus relaciones con los clientes, proveedores y competidores.

Minersa, identifica cuatro grandes áreas de riesgo:

  1. Riesgos operacionales:

  2. a. Riesgo de seguridad laboral.

  3. b. Riesgo medioambiental.
    1. Riesgos Fiscales.
    1. Riesgos financieros:
  4. a. Riesgo de crédito.
  5. b. Riesgo de tipo de cambio.
  6. c. Riesgo de tipos de interés.
  7. d. Riesgo de liquidez.

  1. Riesgos patrimoniales.

En el punto E.6 se explican los planes de respuesta y supervisión de los mismos.

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

MINERSA, aplica una política de asunción de riesgos muy conservadora y no especulativa.

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

La materialización de los riesgos inherentes al desarrollo del negocio de MINERSA durante el ejercicio no ha supuesto impacto alguno relevante. Podemos afirmar por ello que los sistemas de control implementados por MINERSA han funcionado correctamente y minimizado el impacto de los mismos durante el ejercicio.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

  1. Riesgos operacionales:

a. Riesgo de seguridad laboral: MINERSA desarrolla e implementa planes de acciones preventivos tanto de formación continuada como de sensibilización de su plantilla.

b. Riesgo medioambiental: Existe un seguimiento y revisión periódico de las políticas medioambientales de la compañía, adaptando las mismas a la normativa vigente.

2. Riesgos Fiscales:

La política fiscal de MINERSA tiene como objeto asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en todos los territorios tributarios en los que opera el grupo, en consistencia con la actividad desarrollada en cada uno de los mismos. Dicho principio de respeto de las normas fiscales, se desarrolla en coherencia con el fin del negocio que es crear valor de manera sostenida para el accionista, evitando riesgos tributarios y buscando eficiencias fiscales en la ejecución de las decisiones de negocio. Se consideran riesgos fiscales aquellos potencialmente derivados de la aplicación de normativas, la interpretación de las mismas o la adaptación a las modificaciones que en materia tributaria pudieran acontecer.

Para su control, se dispone de un sistema de gestión integral de riesgos que incluye los riesgos fiscales relevantes y los mecanismos para su control. Asimismo, el Consejo de Administración asume entre sus facultades la supervisión de la estrategia fiscal. Con el fin de incorporar a la planificación fiscal corporativa los principios de control indicados, MINERSA asume entre sus prácticas:

• La prevención, adoptando decisiones en materia tributaria sobre la base de una interpretación razonable y asesorada de las normativas, evaluando con carácter previo las inversiones u operaciones que presenten una especial particularidad fiscal y, sobre todo, evitando la utilización de estructuras de carácter opaco o artificioso, así como la operativa con sociedades residentes en paraísos fiscales.

• La colaboración con las administraciones tributarias en la búsqueda de soluciones respecto a prácticas fiscales en los países en los que el Grupo está presente, facilitando la información y la documentación tributaria cuando ésta se solicite por las autoridades fiscales, y, finalmente, fomentando una interlocución continuada con las administraciones tributarias con el fin de reducir los riesgos fiscales y prevenir las conductas susceptibles de generarlos.

3. Riesgos financieros:

Las tareas de gestión de los riesgos financieros se basan en la identificación, análisis y seguimiento de las fluctuaciones de los mercados en aquellos elementos que puedan tener efecto sobre los resultados del negocio. Su objeto es definir procesos de medición, control y seguimiento que se materialicen en medidas para minimizar los potenciales efectos adversos y reducir estructuralmente la volatilidad de los resultados. Podemos identificar como riesgos financieros más relevantes:

a. Riesgo de crédito. La política general es la cobertura del mayor número de operaciones con pólizas de seguros de crédito, manteniendo unos niveles mínimos de exposición al riesgo de crédito. Para las operaciones no englobadas en los referidos contratos, éstas quedan cubiertas con garantías adicionales suficientes. Esta política ha derivado en porcentajes históricos de impagos muy bajos.

b. Riesgo de tipo de cambio. El Grupo opera en el ámbito internacional y se encuentra expuesto al riesgo de fluctuación de los tipos de cambio por operaciones con divisas diferentes al euro. Por una parte, efectos derivados de las operaciones de ventas de productos y de compra de materias primas y energías. Por otra, riesgo en la consolidación de los resultados de las filiales fuera de la zona. Se realizan los siguientes controles:

  • Análisis dinámico de los flujos reales y previsionales de entrada y salida de divisas.

  • Cálculo de la exposición neta en cada uno de los plazos y matching de flujos.

  • Estudio de la contratación de seguros de cambio en las posiciones remanentes.

  • Las operaciones se cotizan en distintas entidades financieras de primera línea contratándose directamente en las correspondientes mesas de tesorería al mejor precio posible.

Además, el hecho de que existan empresas del grupo fuera del entorno del euro, hace que fluctuaciones en las cotizaciones de las divisas locales/ euro se traduzcan en un riesgo potencial en el resultado a integrar de dichas filiales, pudiendo variar el resultado consolidado del Grupo.

c. Riesgo de tipos de interés. Los préstamos y cuentas de crédito contratados por el Grupo están mayoritariamente indexados al índice Euribor, en diferentes plazos de contratación y liquidación, por lo que se han utilizado, en una proporción muy notable sobre el total, instrumentos derivados de permuta financiera (swaps) para convertir los recursos ajenos a largo plazo con costes a tipos de interés variable en coste a tipo fijo con el objeto de mitigar la mencionada exposición.

d. Riesgo de liquidez. Surge principalmente del vencimiento de obligaciones de deuda, de transacciones con instrumentos derivados así como de los compromisos de pago con el resto de acreedores ligados a su actividad. Existe una monitorización en continuo de dicho riesgo, asegurando la disponibilidad de los recursos suficientes para hacer frente a dichas obligaciones.

MINERSA lleva a cabo una gestión prudente del riesgo de liquidez, basada en la adaptación de vencimientos a la maduración de los activos a financiar, la diversificación de las fuentes de financiación empleadas así como el mantenimiento de disponibilidad financiera inmediatamente utilizable en todo momento.

  1. Riesgos patrimoniales. MINERSA mantiene contratadas pólizas de seguro con capital suficiente para cubrir potenciales daños sobre el inmovilizado material y existencias, pérdida de beneficios por la paralización de la actividad derivada de los daños anteriores, daños sobre el medioambiente, responsabilidad civil general, responsabilidad de Directivos y consejeros,…

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

La responsabilidad última de la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo sistema de control interno en relación con el proceso de elaboración de la información financiera (SCIIF) corresponde al Consejo de Administración. Si bien su implantación y supervisión es asumida por la Comisión de Auditoría.

La Comisión de Auditoría tiene delegadas las tareas de diseño y verificación de su efectiva implantación en la Dirección Financiera del Grupo.

  • F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
  • · Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

El Consejo de Administración de MINERSA, bajo el soporte de la comisión de nombramientos y retribuciones, define la estructura organizativa de primer nivel. Los responsables de estas organizaciones de primer nivel, junto con los consejos de administración de las filiales de MINERSA realizan el despliegue de la estructura organizativa en sus respectivos ámbitos.

La responsabilidad principal sobre la elaboración de la información financiera recae sobre la Dirección Financiera del grupo que tiene implementados los procedimientos (ver apartado F.4.2.) y cauces adecuados para la elaboración de la información financiera consolidada del grupo.

En un nivel inferior, las direcciones financieras y de administración de cada una de las filiales son las responsables de la elaboración, bajo la supervisión de la Dirección Financiera del grupo, de la información financiera individual de cada sociedad.

En aquellas filiales sin estructura ni recursos suficientes, esta responsabilidad está delegada en el departamento financiero central del grupo quien elabora su información financiera individual.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

MINERSA cuenta con un "Reglamento Interno de Conducta en el ámbito de los Mercados de Valores", así como con un Código Ético y un Manual de Cumplimiento y Prevención de Riesgos Penales. Todos ellos se encuentran publicados en la página web de MINERSA.

El ámbito subjetivo de aplicación de dichos reglamentos y manuales incluye a los miembros del Consejo de Administración, Directores generales, directores de departamento, a personas que participen en áreas relacionadas con los mercados de valores o con acceso a información transcendente sobre los mismos, a aquellos involucrados en la elaboración de la información financiera de las sociedades del grupo y en general a todos los empleados del grupo.

El órgano de seguimiento y control del cumplimiento del reglamento es la Secretaría del Consejo de Administración. En el caso del seguimiento y control del cumplimiento del Código Ético y el Manual de Cumplimiento y Prevención de Riesgos Penales, el Comité de Ética es el órgano responsable de velar por su cumplimiento.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

Como se indica en el apartado anterior, es la Secretaría del Consejo de Administración sobre quien recae el seguimiento y control del cumplimiento del Reglamento.

En la página web de MINERSA aparece publicada la titularidad de dicho cargo y también se proporciona una dirección de correo electrónico donde realizar cualquier consulta.

Por otro lado, la Sociedad cuenta con un canal de denuncias gestionado por el Comité de Ética. Este sistema permite establecer un canal adecuado para facilitar, en su caso, la comunicación a la Comisión de Auditoría de irregularidades, entre otras, de naturaleza financiera, contable o de cualquier otra índole, así como de cualquier incumplimiento eventual del Código de Conducta y está abierto a terceros.

Adicionalmente, en virtud de la normativa interna mencionada en el punto anterior, los órganos de seguimiento y control de la misma están obligados a garantizar la estricta confidencialidad en su función.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

Los responsables de cada departamento establecen las necesidades de formación que estiman necesarias o convenientes para su área de competencia. Respecto al personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, los responsables mantienen una comunicación permanente y fluida con sus auditores y otros asesores externos, quienes les informan puntualmente de las novedades en materia contable, fiscal y de control interno.

Adicionalmente, este personal asiste a seminarios y conferencias sobre la materia, y si es necesario por su importancia o magnitud, se diseñan procesos de formación específicos sobre las materias.

Adicionalmente, este personal asiste a seminarios y conferencias sobre materias que puedan afectar al optimo desempeño de sus funciones así como que le permitan anticipar, en lo posible, la correcta adecuación de las sociedades del grupo a las futuras normas y a las mejores prácticas, siendo la mayor parte de estos cursos impartidos por entidades externas: escuelas de negocio, universidades o consultoras especializadas en temas económicos financieros y no financieros. Si es necesario por su importancia o magnitud la profundización a mayor nivel de alguna materia, se diseñan por parte del grupo procesos de formación específicos sobre las mismas.

Adicionalmente y con carácter general, estos profesionales realizan en función de las necesidades cursos para mejorar su capacitación en el uso de las herramientas ofimáticas para el desempeño de sus funciones. Igualmente, participan en cursos de idiomas de forma regular a lo largo del año facilitados por la empresa, y asisten a conferencias y seminarios del ámbito contable, fiscal y de auditoría interna, tanto a nivel local como internacional.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

MINERSA cuenta con un mapa de riesgos documentado y formalizado, el cual se actualiza periódicamente y sirve de base para los distintos sistemas de gestión de riesgos.

Específicamente en lo que atañe a la SCIIF, MINERSA implantó un sistema informático para gestionar y controlar los riesgos que pudieran comprometer la fiabilidad de la información financiera del grupo.

Este sistema informático permite procedimentar la identificación, comprobación y mitigación de los riesgos hasta un nivel aceptable, estableciendo controles y niveles jerárquicos en cascada de verificación tanto de la ejecución de los controles como de la adecuación de los mismos a la importancia y naturaleza de cada riesgo.

El Sistema de Control Interno de la Información Financiera (en adelante SCIIF) del grupo MINERSA inicia su ejecución cada año, liderado por la Dirección Financiera, con una exhaustiva revisión de todos los epígrafes del balance y cuenta de resultados de cada sociedad del grupo.

Con un criterio de materialidad e importancia relativa, tanto para cada empresa individual como para el conjunto del grupo MINERSA, se identifican los principales riesgos a los que las sociedades del grupo pudieran estar expuestas en sus procesos de elaboración de la información financiera.

La determinación de la importación relativa vendrá determinada por la probabilidad del riesgo de incurrir en un error con impacto material en dichos estados financieros.

En la evaluación de aquellos riesgos que pudieran alterar o afectar a la fiabilidad de la información financiera, se consideran indicadores como:

  • Complejidad de la transacción y de las normas contables aplicables.
  • Complejidad de los cálculos necesarios.
  • Volumen de transacciones e importancia cuantitativa de las partidas afectadas.
  • Necesidad de realizar estimaciones o proyecciones.
  • Existencias de incidencias en el pasado.

El resultado de la evaluación anual de riesgos conforma el conjunto de sociedades y procesos que configurarán el ámbito de aplicación del SCIIF en cada ejercicio.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

Como se menciona en el apartado anterior, se evalúan los procesos implicados en la elaboración de la información financiera anualmente para identificar cualquier posible fuente de error en relación a los datos obtenidos.

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

El siguiente punto de la revisión anual del SCIIF es el análisis de la lista de empresas que forman parte del grupo MINERSA, de forma que sea tenido en cuenta el perímetro completo de consolidación de cada ejercicio. Posteriormente en cada una de estas sociedades se evaluará la materialidad y aplicabilidad de los riesgos identificados en el proceso anterior y se establecerán los controles pertinentes para el seguimiento y prevención de los mismos.

La Dirección Financiera de MINERSA participa mensualmente en las reuniones del Comité de Dirección de MINERSA donde cualquier cambio societario es informado, así como forma parte del Comité de Ética del Grupo.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

Como se menciona anteriormente, se intenta analizar cualquier potencial fuente de error (ver análisis en el apartado E) en la elaboración de la información financiera, teniendo en cuenta riesgos de todo tipo.

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

El órgano de gobierno que supervisa el proceso es la Comisión de Auditoría.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

Dentro del proceso del SCIIF cuyo inicio se ha comentado en el punto F 2.1., tras la identificación de los riesgos y determinación del perímetro de consolidación aplicable, dentro del sistema informático específico para el SCIFF se procede a elaborar una lista de los identificados.

Con un criterio de materialidad e importancia relativa, tanto para cada empresa individual como para el conjunto del grupo MINERSA, se identifican los principales riesgos a los que cada sociedad de grupo pudiera estar expuesta en sus procesos de elaboración de la información financiera.

La determinación de la importancia relativa vendrá determinada por la probabilidad del riesgo de incurrir en un error con impacto material en dichos estados financieros.

Cada riesgo identificado y asociado a cada empresa es incluido en una herramienta informática habilitada para ejecutar los controles SCIIF, que además de gestionar los datos maestros de controles por la matriz y la gestión de flujos de ejecución y la supervisión de cada control, facilita el almacenamiento de evidencias de cada control y el acceso a los mismos. Así pues, cada riesgo tendrá su ficha individual en la que como mínimo se indicará la siguiente información:

  • Empresa del grupo MINERSA.
  • Nombre y descripción del riesgo identificado.
  • Epígrafe/Información financiera relevante afectada.
  • Persona responsable de dicho riesgo.
  • Control(es) asociado(s) al riesgo.

Para cada riesgo identificado se diseñan controles a lo largo de todo el proceso de elaboración y presentación de la información financiera. Estos controles se adecuaran para la mitigación y verificación de dichos riesgos. Cada control asociado a un riesgo identificado en cada compañía del grupo en sistema informático tendrá su ficha individual en la que como mínimo se indicará la siguiente información:

  • Empresa del grupo MINERSA.
  • Nombre y descripción del riesgo al que se encuentra asociado.
  • Nombre y descripción del control definido.
  • Obligación o no de aportar prueba documental.
  • Si procede, descripción de la prueba documental a aportar.
  • Responsables de la ejecución del control.
  • Responsables de la supervisión de la correcta ejecución del control.

Una vez fijada la matriz anual de empresas, riesgos y controles dentro del sistema informático, con como mínimo periodicidad anual y coincidiendo con la elaboración de los estados financieros del grupo, se lanza la ejecución de las tareas diseñadas.

De esta forma, el grupo se asegura que cada responsable de un control y/o un riesgo recibe un recordatorio de sus tareas y que debe acceder a la herramienta informática para documentar la ejecución de los controles y/o la verificación de los controles ejecutados por otros.

Para ello todo soporte adjuntado será almacenado por el Gestor Documental de MINERSA y permanecerá perfectamente accesible en todo momento e identificado con su control, riesgo, ejecutor, supervisor, sociedad y periodo de reporte.

Se asocia un responsable de negocio a sociedad y se establece la estructura jerárquica de certificación de los procesos de elaboración de la información financiera.

El flujo ascendente de dicha certificación queda como sigue:

  • Ejecución y documentación de los controles por parte de sus ejecutores,

  • Validación por parte de cada responsable de cada control,

  • Una vez estén validados todos los controles asociados a cada riesgo, validación del riesgo por parte del responsable del mismo,

  • Una vez validados todos los riesgos asociados a cada sociedad del grupo, certificación por parte del responsable del negocio de la fiabilidad de la información financiera de la sociedad,

  • A continuación, la información llega al nivel de la sociedad matriz / cabecera del grupo, donde el Director Financiero del grupo MINERSA certificará finalmente la fiabilidad de la información del grupo.

Por su parte, la aplicación informática de consolidación lleva incorporados controles básicos que permiten alertar de la inconsistencia de la información reportada. Una vez generada la información financiera local, de acuerdo con el proceso de validación y reporting para consolidación, cada compañía integra sus datos consistentes con los existentes en sus sistemas locales, y homogéneos de acuerdo con el plan de cuentas corporativo vigente. Las personas responsables de la contabilidad informan de la evolución de los estados financieros de su filial directamente al Director Financiero transmitiendo las contabilizaciones más relevantes con el detalle de los cálculos realizados. La información consolidada es revisada por la Dirección Financiera Corporativa antes de ser transmitida al consejo de Administración.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

Entre otros controles, están los relacionados con el acceso a las aplicaciones informáticas más relevantes, como los permisos de acceso de usuarios, la definición de perfiles de usuario o los relativos a la integridad del traspaso de la información entre aplicaciones. Dichos controles son gestionados a nivel interno y supervisados a nivel externo por el Departamento de riesgos informáticos de los auditores de Cuentas anuales como parte de su trabajo de verificación de la información financiera.

En relación con la continuidad operativa, el grupo ha implantado un completo ERP, aplicación que se encuentra alojada en servidores externos a las instalaciones de cualquiera de las compañías del grupo y cuyo mantenimiento y copia de seguridad periódica están subcontratados a empresas especializadas.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

MINERSA revisa periódicamente qué actividades relevantes para el proceso de elaboración de la información financiera son ejecutadas por terceros y se determina de su importancia relativa teniendo en cuenta la probabilidad del riesgo de incurrir en un error con impacto material en dichos estados financieros.

Las evaluaciones, cálculos o valoraciones encomendadas a terceros (siempre entidades de primer nivel y credibilidad) son siempre revisadas por las direcciones financieras y en la medida en la que pudieran afectar materialmente a los estados financieros contrastadas por los auditores externos con carácter previo al registro de los asientos contables correspondientes.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

La responsabilidad de definir y mantener actualizadas las políticas contables de MINERSA está atribuida a la Dirección Financiera del grupo quien, con este propósito, realiza entre otras:

  • Reunión anual con los auditores externos para la actualización de novedades contables, obligaciones de información, repaso de la actividad del ejercicio, etc.

  • Reuniones periódicas con los responsables financieros y de administración de las filiales para trasladarles las principales novedades en materia contable, de control, fiscal,…

  • Recepción, resolución o canalización hacia asesores externos de cualquier duda contable o fiscal que pudiera surgir en las distintas filiales de MINERSA.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

El proceso de reporting y consolidación es responsabilidad de la Dirección Financiera de MINERSA y de su equipo. Grupo Minersa analiza sus estados Financieros consolidados mensualmente, para lo cual, con carácter anual, el Responsable de consolidación envía un calendario de reporting a los responsables financieros y administrativos de las distintas sociedades del grupo con el fin de asegurar la recepción de la información con tiempo suficiente que permita la preparación de los estados financieros consolidados de acuerdo con el calendario establecido. Con motivo de la elaboración de los estados financieros a ser comunicados fuera del ámbito de gestión interna de MINERSA, las personas responsables de cada filial reportan la información financiera local en el plazo establecido en el calendario de Reporting para esta información, de acuerdo con el proceso de validación y reporting para consolidación establecido.

La información financiera del Grupo se elabora a través de un proceso de agregación de estados financieros individuales para su posterior consolidación atendiendo a las normas de contabilidad y consolidación que le son de aplicación hasta obtener la información financiera consolidada. El mecanismo de captura y preparación de la información que soporta los estados financieros se basa principalmente en la utilización de una herramienta de consolidación accesible desde todos los ámbitos geográficos. La herramienta utilizada para generar los Estados Financieros Consolidados integra por una parte los datos (los cuales son consistentes con los existentes en sus sistemas locales) y los homogeniza de acuerdo al plan de cuentas corporativo vigente. Adicionalmente las personas responsables de la contabilidad de las filiales, con ayuda de los responsables de la elaboración de las cuentas consolidadas analizan los criterios de cálculo y políticas contables a nivel local utilizadas en la confección de la información a nivel local, para hacerla homogénea a la información a suministrar a nivel consolidado bajo idénticos criterios y normativa aplicable. Una vez los datos de las componentes del grupo han sido ajustados y homogeneizados, se consolida la información por parte del departamento de Consolidación financiera, y posteriormente se revisan con los auditores externos tanto la información integrada en el sistema como las homogeneizaciones, valoraciones y cálculos realizados.

Una gran parte de la información que soporta los desgloses y las notas de la memoria de las Cuentas Anuales Consolidadas está incluida en la herramienta de consolidación, capturándose el resto mediante paquetes de reporting en hojas de cálculo de formatos homogéneos, que se elaboran para los cierres semestral y anual. Así pues, de cara a la elaboración de las Cuentas anuales consolidadas, con carácter previo al envío de las instrucciones de reporting a las filiales, el responsable de Consolidación se reúne con los auditores externos a los efectos de revisar el contenido del paquete de reporting de cara a actualizarlo de acuerdo a los nuevos requerimientos de información en las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas. Dichos paquetes de reporting son enviados a los responsables de la información individual de las filiales e inmediatamente completados y facilitados al Departamento de consolidación para ayudar en la confección de las Cuentas Anuales consolidadas. Por su parte, las cuentas Anuales individuales se someten a una doble revisión interna, por una parte de la Dirección de la filial y por otra de la Dirección financiera de Minersa y de su equipo. Una vez revisadas y validadas son utilizadas para la confección de los Estados Financieros anuales consolidados por el departamento de consolidación del Grupo.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la Comisión de Auditoría incluyen fundamentalmente:

  • Evaluar su efectividad.

  • Reuniones periódicas con auditores externos y dirección financiera de MINERSA para revisar y analizar la información financiera.

Uno de los puntos fuertes del sistema informático implantado con motivo del SCIIF son el proceso de certificaciones y el almacenaje de los soportes documentales, ya descritos en el punto F.3.1.

De esta forma, en todo momento la dirección financiera y la Comisión de Auditoría podrán disponer de información actualizada acerca del grado de ejecución de los controles, diseño y evaluación de los mismos, certificaciones por parte de las personas responsables de cada sociedad y en consecuencia de la exposición del grupo a los riesgos sobre la fiabilidad de la información financiera.

- La revisión del diseño y operación del sistema de control interno.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

En términos generales el procedimiento de discusión sobre debilidades significativas de control interno se basa en reuniones periódicas que los distintos agentes implicados mantienen.

De esta forma, la Comisión de Auditoría se reúne con los auditores externos y la dirección financiera, para comentar cualquier aspecto relevante tanto del proceso de elaboración de la información financiera como de los estados resultantes.

Por otra parte, la Dirección Financiera de MINERSA mantiene reuniones periódicas con los auditores externos para la revisión de los estados financieros, memoria anual y cualquier otra cuestión relevante respecto a los procesos de elaboración de la información financiera.

Del resultado anual del SCIIF, la evaluación de cada riesgo en cada sociedad, la documentación soporte aportado y la revisión por parte de las personas responsables en cada filial de MINERSA se tratan de corregir las situaciones de riesgo detectadas.

Para prevenir futuros errores se incluyen nuevos procesos a revisar en el siguiente ciclo de revisión del SCIIF con la inclusión de nuevas definiciones de riesgos, establecimiento de puntos de control y documentación soporte a aportar y ser validada.

F.6. Otra información relevante.

No existe otra información relevante a incluir.

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

La información del SCIIF no ha sido sometida a revisión por parte del auditor externo a efectos de emitir un informe específico sobre el mismo, sin perjuicio de formar parte de la revisión del control de riesgos de MINERSA en el trabajo de auditoría de los estados financieros.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

No se entiende necesario proceder a la publicación de los informes en la página web dado que los mismos no presentan incidencias. La firma de auditoría y su red no han prestado trabajos distintos de los de auditoría para la sociedad. No se ha detectado la necesidad de aplicación de medidas correctoras en el funcionamiento de las comisiones. No existen operaciones con la consideración de vinculadas.

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

La sociedad no transmite en directo la celebración de las juntas, dando no obstante conocimiento previo y completo a los accionistas sobre el contenido de los asuntos a debatir en ellas. Se facilita la delegación y ejercicio de voto por medios telemáticos.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Comisión de Nombramientos se rige, en la selección de los consejeros, por los principios de solvencia, competencia y experiencia.

Los consejeros dominicales e independientes constituyen una amplia mayoría del Consejo de Administración, existiendo un único Consejero ejecutivo.

El propio Consejo de Administración, en su Política de selección y nombramiento de consejeros, hace expresa referencia a la diversidad de género en lo que al proceso de selección de candidatos se refiere y, en particular, en dicha política se recoge el propósito de trabajar para hacer efectivo en lo posible el objetivo de que en el más breve plazo posible el género menos representado sea al menos del 30% del total de miembros del Consejo de Administración, por lo que en futuros procesos de selección se prestará especial atención al cumplimiento del mismo, objetivo alcanzado en el presente ejercicio, tras el nombramiento la consejera independiente, Doña Mónica Aguirre Aguirrezabal, contando por tanto, la sociedad con tres consejeras, lo que representa el 37,5% del Consejo de Administración.

En cuanto a orientaciones para alcanzar dicho objetivo y de conformidad con lo dispuesto en la política de selección y nombramiento de consejeros en todo proceso de selección de candidatos se evita cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna, entre otras, por razones de sexo, origen étnico, edad o discapacidad. En especial se evita cualquier tipo de sesgo que dificulte la selección y nombramiento de consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ ] Explique [ X ]

La mayoría de los miembros del consejo de administración son consejeros externos dominicales, de modo que el órgano de gestión ostenta una notable representación del accionariado de la compañía.

Los consejeros externos dominicales representan una pluralidad de accionistas que carecen de vinculación entre sí.

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ ] Explique [ X ]

La sociedad cuenta con un 37,5% de consejeros independientes exigido por la Ley, entendiendo que dada la configuración del Consejo de Administración, en relación con la de su accionariado y la representación del mismo en el órgano de administración, por el momento no es necesario dotarse de mayor número de consejeros independientes.

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

La renuncia tuvo lugar ante la junta general de accionistas y se debió a motivos personales.

  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La sociedad no ha establecido reglas sobre el número de consejos de los que puedan formar parte sus consejeros, si bien el alto grado de asistencia de los mismos a las reuniones y su dedicación a las mismas, no exigen adoptar normas sobre este particular por el momento.

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Al día de la fecha no se ha entendido necesario contar con el auxilio de un consultor externo, en el proceso de evaluación del Consejo de Administración y sus Comisiones, al no haberse detectado deficiencias significativas en los últimos años.

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
--------------- ---------------------------- ----------------- -------------------- --
  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
-- --------------- ---------------------------- ----------------- --------------------
  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

La Sociedad no dispone de una unidad independiente que asuma la función de auditoria interna. Es el Departamento Financiero Corporativo quien vela por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno, bajo la supervisión de la Comisión de Auditoría.

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Comisión de Auditoría cumple con las funciones a que se refiere la presente recomendación con excepción de la descrita en el apartado 1. b), al encontrarse integrada la función de auditoría interna en el Departamento Financiero Corporativo dependiente del Presidente Ejecutivo. Entiende no obstante la Comisión de Auditoría que la independencia de dicha función se encuentra garantizada por la supervisión a la que está sometida por parte de ella misma.

Por otro lado, la función descrita en el apartado 1.c) de la recomendación se ejerce por el Comité de Ética de la Sociedad.

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

    1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
    2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
    3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
    4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
    5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
    6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

Las funciones descritas en los apartados a), b) y c) las desempeña el Departamento Financiero Corporativo de la sociedad, encontrándose el mismo supervisado por el Presidente y, en último término, por la Comisión de Auditoría.

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Las funciones de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se contienen en los artículos 28 ter y 14 ter de los Estatutos Sociales y del Reglamento del Consejo de Administración, respectivamente.

Corresponde además a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones la propuesta de la política retributiva y directrices en materia de remuneraciones de consejeros y altos directivos, si bien, en lo que respecta a estos últimos, la Comisión no establece ni supervisa el resto de condiciones de su contratación.

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Sociedad está desarrollando una completa política en materia de Responsabilidad Social Corporativa bajo la directa supervisión del Consejo de Administración. El desarrollo de la indicada política está siendo liderada por la Comisión de Auditoría.

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Ver explicación contenida en el apartado G.53 anterior.

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

Ver explicación contenida en el apartado G.53 anterior.

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ]

No existen remuneraciones variables, entrega de acciones, opciones o derechos ni instrumentos referenciados al valor de la acción, ni sistemas de ahorro a largo plazo en favor de los consejeros.

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

No existe otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe que por su relevancia sea necesario incluir en este apartado.

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

26/03/2025

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ] [ √ ] Sí No

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