Remuneration Information • Mar 26, 2025
Remuneration Information
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| VOCENTO, S.A. | ||
|---|---|---|
| Denominación Social: | ||
| CIF: | A-48001655 | |
| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2024 |
GRAN VÍA DON DIEGO LÓPEZ DE HARO, 45, 3ª PLANTA. BILBAO

A.1.1 Explique la política vigente de remuneraciones de los consejeros aplicable al ejercicio en curso. En la medida que sea relevante se podrá incluir determinada información por referencia a la política de retribuciones aprobada por la junta general de accionistas, siempre que la incorporación sea clara, específica y concreta.
Se deberán describir las determinaciones específicas para el ejercicio en curso, tanto de las remuneraciones de los consejeros por su condición de tal como por el desempeño de funciones ejecutivas, que hubiera llevado a cabo el consejo de conformidad con lo dispuesto en los contratos firmados con los consejeros ejecutivos y con la política de remuneraciones aprobada por la junta general.
En cualquier caso, se deberá informar, como mínimo, de los siguientes aspectos:
Según lo previsto en el art. 529.novodecies de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), la política de remuneraciones de los Consejeros de Vocento, S.A. ("Vocento" o la "Sociedad") para los ejs. 2025-2027 ("Política de Remuneraciones") fue aprobada el 23/04/2024 por la Junta General de Accionistas de Vocento ("JGA").
La Política de Remuneraciones está basada en el siguiente esquema:
a) Condición de Consejero: por sus funciones de supervisión y decisión colegiada se compone de los siguientes elementos:
• Remuneración fija anual por su condición de miembro del Consejo de Administración ("CdA").
• Remuneración fija anual adicional del Presidente del CdA como retribución a sus labores de representación y apoyo a la gestión de Vocento.
• Remuneración fija anual por la pertenencia a Comisiones del CdA u otros órganos consultivos (que será superior para sus Presidentes).
Adicionalmente, Vocento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros.
El sistema retributivo de los Consejeros por el desempeño de funciones distintas a las ejecutivas no incluye retribución variable alguna. Asimismo, no se ha pactado indemnización de ninguna naturaleza con ningún Consejero por la terminación de sus funciones como tal.
De conformidad con el importe máximo de retribución de los Consejeros de Vocento aprobado por la JGA celebrada el 24/04/2019 y con los términos que figuran en el informe emitido al efecto por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ("CNR") el 19/02/2019, el importe máximo de la remuneración anual a satisfacer al conjunto de Consejeros por el desempeño de funciones distintas a las ejecutivas es de 1.400.000€.
La determinación de la remuneración de cada Consejero por el desempeño de funciones distintas a las ejecutivas corresponderá al CdA previo informe de la CNR, y tendrá en cuenta a tal efecto las funciones y responsabilidades atribuidas a cada Consejero, la pertenencia a Comisiones u otros órganos consultivos del CdA y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes, dando cuenta de los importes que finalmente se determinen en el correspondiente IARC, que se pondrá a disposición de los accionistas anualmente con ocasión de la convocatoria de la JGA.
b) Funciones ejecutivas:
Los Consejeros que tengan atribuidas funciones ejecutivas tienen derecho a percibir una retribución por la prestación de dichas funciones que podrá estar compuesta por: a) una cantidad fija adecuada a los servicios y responsabilidades asumidos; b) una cantidad variable anual o plurianual ligada a indicadores del rendimiento personal y de la empresa; c) una parte asistencial que incluirá los sistemas de ahorro y previsión y seguros oportunos; d) la participación en sistemas de incentivos que, en su caso, se establezcan, los cuales podrán comprender la entrega de acciones o

derechos de opción sobre las mismas o retribuciones referenciadas al valor de las acciones, y e) indemnizaciones por cese, pactos de competencia y seguros, en los supuestos de terminación de su relación por razón distinta del incumplimiento grave de sus obligaciones.
El único consejero ejecutivo es el Consejero Delegado, el cual tiene un contrato de prestación de servicios suscrito con Vocento para regular sus funciones ejecutivas, en virtud del cual puede percibir la siguiente retribución:
• Remuneración fija anual.
• Remuneración variable anual para un cumplimiento dependiente de la consecución de los objetivos que marque cada año el CdA.
• Los planes de incentivos a largo plazo que en cada momento fije la JGA o el CdA.
• Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil.
Si alguno de los Consejeros mantuviera con Vocento una relación laboral común, mercantil, civil o de prestación de servicios, distinta de las referidas en los apartados anteriores, los salarios, retribuciones, entregas de acciones u opciones sobre acciones, retribuciones referenciadas al valor de las acciones, indemnizaciones, pensiones o compensaciones de cualquier clase, establecidas con carácter general o singular para estos miembros del CdA por razón de cualesquiera de estas relaciones serán compatibles e independientes de las retribuciones previstas en los apartados precedentes que, en su caso, perciba.
El importe de las cantidades que pueda satisfacer Vocento al conjunto de los Consejeros por todos los conceptos será fijado por la JGA y permanecerá vigente mientras no sea modificado por ésta. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite y su distribución entre los Consejeros corresponde al CdA, que tendrá en cuenta a tal efecto las funciones y responsabilidades atribuidas a cada Consejero, la pertenencia a Comisiones del CdA o a otros órganos consultivos constituidos por el CdA, y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes.
Por otra parte, de conformidad con el Reglamento del CdA y la Política de Remuneraciones, la retribución de los Consejeros deberá ser moderada y acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad.
Asimismo, de acuerdo con el art. 217.4 LSC y la Política de Remuneraciones, la remuneración de los Consejeros guarda una proporción razonable con la importancia de Vocento, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
A estos efectos, la CNR realizó un análisis preliminar al inicio de 2020 sobre la retribución de los administradores y su comparación con compañías de su entorno, cuya conclusión ha sido que la remuneración de los Consejeros de Vocento es inferior al de otras empresas cotizadas de su sector o tamaño.
En el diseño de la Política de Remuneraciones no ha participado ningún asesor externo.
Asimismo, señale si la sociedad ha establecido algún período de devengo o consolidación de determinados conceptos retributivos variables, en efectivo, acciones u otros instrumentos financieros, un período de diferimiento en el pago de importes o entrega de instrumentos financieros ya devengados y consolidados, o si se ha acordado alguna cláusula de reducción de la remuneración diferida aún no consolidada o que obligue al consejero a la devolución de remuneraciones percibidas, cuando tales remuneraciones se hayan basado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta.
De conformidad con los términos indicados anteriormente, el sistema retributivo de los Consejeros de la Sociedad por el desempeño de funciones distintas a las ejecutivas no incluye retribución variable alguna.
Únicamente en lo que respecta al Consejero Delegado, la Política de Remuneraciones por el desempeño de sus funciones ejecutivas distintas de las de supervisión y decisión colegiada, inherentes a su pertenencia al CdA, incluye un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas y, asimismo, sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter
c) Prestación de otros servicios:

plurianual con el fin de fomentar la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
En este sentido, los conceptos retributivos variables de corto plazo representan un máximo de un 75%, cumpliendo el reglamento de variable directivo aprobado anualmente por el Consejo de Administración para los objetivos a corto plazo. Este porcentaje es calculado en relación con la retribución bruta fija anual del Consejero Delegado, y suponiendo el cumplimiento de los objetivos del CdA, los cuales se fijan previo informe de la CNR quien establece los objetivos generales para la retribución variable anual del mismo. La determinación del mix retributivo del Consejero Delegado se encuentra en línea con el mix retributivo de los ejecutivos de sociedades similares teniendo en cuenta el sector y evolución del negocio. La CNR ha tenido acceso a informes de retribución elaborados por consultoras de referencia que le han permitido formarse una opinión sobre la idoneidad del mix.
Las acciones adoptadas por la Sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad son las siguientes:
a) Consejeros en su condición de tales:
Retribución acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad, favoreciendo las modalidades que vinculen una parte significativa de la retribución a la dedicación a la Sociedad.
Respecto de los Consejeros independientes, su retribución no debe ser tal que comprometa su independencia.
Mantener un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas, de tal manera que la retribución variable se calcule en función de evaluaciones que midan el desempeño a nivel individual y del conjunto de la Sociedad.
Incorporar sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter plurianual, que se percibe en función de la evaluación global de la gestión, de acuerdo con objetivos alineados con los intereses de la Sociedad y de los accionistas de tal modo que fomenten la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
Todos los reglamentos aplicables a los planes de retribución variable anual o plurianual que afectan al Consejero Delegado establecen unas normas básicas para asegurar (i) que la retribución variable no se abonará hasta que sean verificados los estados financieros donde conste el cumplimiento de los objetivos, y (ii) la devolución de los importes percibidos cuando a posteriori se haya confirmado su inadecuación, en caso de que el cumplimiento de los objetivos a los que está vinculada la percepción de dichas cuantías haya sido fruto de una actuación fraudulenta o negligente por parte del beneficiario dado que estas percepciones se considerarán como injustificadas y se podrá reclamar su devolución
a) Consejeros en su condición de tales:
Tal y como ha sido aprobado por el CdA al inicio de 2025, la retribución a abonar a todos los Consejeros por su condición de tales en el ejercicio 2025 consiste en lo siguiente:
Una remuneración fija por pertenencia al CdA de sesenta y nueve mil ochocientos setenta y cinco euros (69.875€) anuales.
Una remuneración fija adicional por pertenencia a cada una de las comisiones u órganos consultivos de cinco mil trescientos setenta y cinco euros (5.375€) anuales por cada comisión u órgano consultivo. Dicha remuneración fija adicional será del doble, diez mil setecientos cincuenta euros (10.750€) anuales, para los Presidentes de cada comisión u órgano consultivo.
En consecuencia, no se devengarán dietas de asistencia a reuniones.
Se estima que, durante el ejercicio 2025, teniendo en cuenta el número de Consejeros en la fecha de aprobación de este Informe por la CNR (es decir, excluyendo posibles nombramientos que se produjesen, en su caso, durante el año 2025), los anteriores conceptos darán origen a una retribución de aproximadamente ochocientos once mil seiscientos veinticinco euros (811.625€), para los Consejeros en su condición de tales por los conceptos indicados.
Además, se ha fijado una retribución adicional para el Presidente del CdA, por labores de representación y apoyo a la gestión correspondientes a sus funciones institucionales y de representación, y en ningún caso por la realización de funciones ejecutivas, por un importe anual fijo de doscientos quince mil euros (215.000€).
El Consejero Delegado tiene un contrato suscrito con la Sociedad para regular sus funciones ejecutivas, en virtud del cual tiene derecho a recibir la retribución fija anual de cuatrocientos treinta mil euros (430.000€).

Vocento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros, administradores y directivos que se estima que para el año 2025 supondrá un coste aproximado de [cincuenta y cuatro mil euros (54.000€)].
Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil, que se estima que para el año 2025 supondrá un coste de veintisiete mil ciento treinta y cinco euros con treinta y tres céntimos (27.135,33€).
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo. Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar, al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en términos absolutos.
El sistema retributivo de los Consejeros en su condición de tales no incluye componente variable alguno en su retribución. La retribución adicional recibida por el Presidente por sus labores de representación y apoyo a la gestión es fija, por lo que tampoco cuenta con componentes variables.
En la actualidad únicamente D. Manuel Mirat Santiago, cuenta con una retribución variable hasta la cuantía máxima de 322.500€ vinculada a los resultados anuales de la Sociedad, en su condición de Consejero Delegado de la Sociedad, cargo para el que fue desginado tras su nombramiento como miembro del Consejo de Administración de Vocento mediante el sistema de cooptación, con fecha de 1 de noviembre de 2024, a consecuencia de la vacante producida tras el cese de D. Luis Enríquez Nistal, quien ocupó el cargo de Consejero Delegado hasta el 23 de abril de 2024.
La retribución variable anual se devenga según los objetivos que cada año marque la CNR. En 2025, el Consejero Delegado tendrá un esquema de retribución variable cuyos parámetros y ponderación están siendo actualmente definidos por lo que se encuentran pendientes de aprobación a la fecha de emisión del presente informe.
Finalizado el ejercicio, se eleva al CdA, previo informe de la CNR, la propuesta de cumplimiento de cada uno de los objetivos del Consejero Delegado. El grado de cumplimiento de los distintos parámetros pendientes de fijar por el CdA se obtiene evaluando diversos indicadores que serán incluidos en la definición de cada uno de ellos.
La vigencia del anterior plan de incentivos a largo plazo concluyó el 31 de diciembre de 2024, por lo que durante el ejercicio 2025 se procederá a la aprobación de uno nuevo.
A.1.7 Principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo. Entre otra información, se indicarán las contingencias cubiertas por el sistema, si es de aportación o prestación definida, la aportación anual que se tenga que realizar a los sistemas de aportación definida, la prestación a la que tengan derecho los beneficiarios en el caso de sistemas de prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese

anticipado, o derivado de la terminación de la relación contractual, en los términos previstos, entre la sociedad y el consejero.
Se deberá indicar si el devengo o consolidación de alguno de los planes de ahorro a largo plazo está vinculado a la consecución de determinados objetivos o parámetros relacionados con el desempeño a corto y largo plazo del consejero.
A.1.8 Cualquier tipo de pago o indemnización por resolución o cese anticipado o derivado de la terminación de la relación contractual en los términos previstos entre la sociedad y el consejero, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, así como cualquier tipo de pactos acordados, tales como exclusividad, no concurrencia post-contractual y permanencia o fidelización, que den derecho al consejero a cualquier tipo de percepción.
En 2025 no se ha abonado, ni está previsto que se abone, indemnización alguna a ningún Consejero por la terminación de sus funciones como Consejero.
A.1.9 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual, salvo que se hayan explicado en el apartado anterior.
Actualmente únicamente ostenta la condición de Consejero Ejecutivo D. Manuel Mirat Santiago, quien fue designado como Consejero Delegado tras su nombramiento como miembro del Consejo de Administración de Vocento mediante el sistema de cooptación, con fecha de 1 de noviembre de 2024, a consecuencia de la vacante producida tras el cese de D. Luis Enríquez Nistal, quien ocupó el cargo de Consejero Delegado hasta el 23 de abril de 2024. Su contrato de prestación de servicios tiene duración indefinida y presenta las siguientes cláusulas:
a) Cláusula de exclusividad: Está obligado a realizar su labor en régimen de plena dedicación y exclusividad por lo que, salvo que medie autorización previa, expresa y escrita al respecto de la Sociedad, no podrá desarrollar actividad profesional alguna distinta a la prevista y regulada en su contrato, aun cuando dicha actividad no suponga competencia alguna para la Sociedad o su Grupo.
b) Cláusula de no competencia: No podrá concurrir durante los doce (12) meses siguientes a la fecha efectiva de extinción de su relación con la Sociedad por cese voluntario.
c) Cláusula de extinción: Se establece una indemnización equivalente a la retribución fija anual vigente más el importe correspondiente a la media de las cuantías de la retribución variable percibidas en los tres (3) años previos, prevista para determinados supuestos de extinción de la relación, salvo en casos de incumplimiento muy grave y culpable de sus obligaciones profesionales.
d) Preaviso: Deberá comunicar su voluntad de extinguir su contrato de prestación de servicios con una antelación de, al menos, tres (3) meses a la fecha de efecto de la terminación. Aquél vendrá obligado a indemnizar a la Sociedad con una cantidad equivalente a la retribución correspondiente al periodo de preaviso incumplido.
No existen importes de cualquier otra remuneración suplementaria distintos de los descritos en el presente informe, esto es (i) la retribución fija de los Consejeros en su condición de tales, (ii) la retribución fija adicional del Presidente por labores de representación institucional y apoyo a la gestión, y (iii) la retribución del Consejero Delegado por sus funciones ejecutivas antes descrito.

A.1.11 Otros conceptos retributivos como los derivados, en su caso, de la concesión por la sociedad al consejero de anticipos, créditos y garantías y otras remuneraciones.
No se prevé ningún concepto retributivo en forma de anticipo, crédito y/o garantía a los Consejeros en el año 2025.
A.1.12La naturaleza e importe estimado de cualquier otra remuneración suplementaria prevista no incluida en los apartados anteriores, ya sea satisfecha por la entidad u otra entidad del grupo, que se devengará por los consejeros en el ejercicio en curso.
No existen más conceptos retributivos que los comentados en los epígrafes anteriores.
Como consecuencia de la finalización del plazo de vigencia de la política de remuneraciones de Consejeros de Vocento aprobada para los ejercicios 2022, 2023 y 2024 por la JGA celebrada el 20 de abril de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital, la JGA celebrada el 23 de abril de 2024 aprobó la nueva Política de Remuneraciones para que se mantenga en vigor durante los ejercicios 2025, 2026 y 2027.
Respecto de esta nueva política, se mantuvieron los mismos conceptos que los recogidos por la política aplicada durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024, sin que se produjeran modificaciones sustanciales que supusieran un cambio en el sistema retributivo de los Consejeros de Vocento, por lo que, el esquema retributivo de los Consejeros previsto en la anterior política de remuneraciones no sufrió variación alguna y se mantuvo sin alteraciones en la nueva Política de Remuneraciones.
A.3. Identifique el enlace directo al documento en el que figure la política de remuneraciones vigente de la sociedad, que debe estar disponible en la página web de la sociedad.
https://www.vocento.com/wp-content/uploads/sites/5/2021/04/Pol%C3%ADtica-Remuneraciones-de-Consejeros_2022-2024-2.pdf
A.4. Explique, teniendo en cuenta los datos facilitados en el apartado B.4, cómo se ha tenido en cuenta el voto de los accionistas en la junta general a la que se sometió a votación, con carácter consultivo, el informe anual de remuneraciones del ejercicio anterior.
El Informe Anual de Retribuciones de Consejeros del año 2023 fue sometido a la aprobación consultiva de los accionistas de Vocento en la JGA celebrada el 23 de abril de 2024, siendo el mismo aprobado con el voto favorable del 99,9176% del capital presente o representado.
B.1.1 Explique el proceso que se ha seguido para aplicar la política de remuneraciones y determinar las retribuciones individuales que se reflejan en la sección C del presente informe. Esta información incluirá el papel desempeñado por la comisión de retribuciones, las decisiones tomadas por el consejo de administración y,

Conforme a la Política de Remuneraciones, dentro del sistema retributivo previsto estatutaria y reglamentariamente, la remuneración de las diferentes categorías de Consejeros se ha establecido de acuerdo con la dedicación y responsabilidad asumidas por las personas a las que resulta de aplicación, y siempre que sea compatible con la estrategia empresarial, los objetivos, los valores e intereses de Vocento, tanto en términos absolutos como comparativos con el sector, tomando siempre en consideración el interés a largo plazo del conjunto de los accionistas.
El desarrollo práctico de la Política de Remuneraciones por la CNR se ha realizado conforme a los siguientes principios y objetivos:
Creación de valor a largo plazo, alineando los sistemas retributivos con el plan estratégico;
Garantizar que la retribución, en cuanto a su estructura y cuantía global, cumple con las mejores prácticas y es competitiva respecto de la de entidades comparables a nivel nacional e internacional;
Atraer, retener y motivar la contribución de los profesionales que Vocento necesita para cubrir el espectro de conocimientos, competencias y experiencia requeridos en su CdA, asegurando que se puede contar con candidatos idóneos para el desempeño del cargo;
Asegurar que la cuantía de la remuneración sea suficiente y adecuada a la dedicación, cualificación y responsabilidades de los Consejeros, pero sin que dicha remuneración pueda comprometer su independencia;
Mantenimiento de un equilibrio razonable entre los distintos componentes de la retribución fija (corto plazo) y variable (anual y largo plazo) de los Consejeros Ejecutivos, que refleje una adecuada asunción de riesgos combinada con el logro de los objetivos definidos;
Prevenir posibles conflictos de interés;
De conformidad con en el artículo 217 LSC, la CNR busca que la remuneración de los Consejeros guarde una proporción razonable con la importancia de Vocento, la situación económica que tuviera en cada momento y los estándares de mercado de empresas comparables.
Los principios y criterios de la Política de Remuneraciones son revisados periódicamente por la CNR y el CdA, con el fin de mantener alineada la política retributiva con las mejores prácticas y tendencias del mercado. De igual forma, la CNR ha revisado regularmente, con el asesoramiento de expertos externos, el paquete retributivo del Consejero Ejecutivo, para determinar su idoneidad y alineación con la situación de mercado de empresas comparables y con la marcha de Vocento.
Sobre la base de lo anterior, el sistema retributivo para 2024 consistió en:
Una remuneración fija de 69.875€ anuales por pertenencia al CdA.
Una remuneración fija adicional por pertenencia a la CNR y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento (la "CAC"), de 5.375€ anuales por cada Comisión.
Una remuneración fija adicional de 5.375€ anuales para cada uno de los Presidentes de la CNR y de la CAC, respectivamente.
Una remuneración fija adicional por pertenencia al Consejo Editorial, de 5.375€ anuales.
El sistema retributivo expuesto es el que consta en la Política de Remuneraciones aprobada por la JGA el 20/04/2021, aplicada por Vocento durante 2024.
La prestación de servicios a la Sociedad por parte de los Consejeros Ejecutivos da lugar a una remuneración por sus funciones ejecutivas que en 2024 se compuso, respectivamente, de: (i) para D. Luis Enríquez, hasta el 23 de abril de 2024, de una retribución fija, de una retribución variable vinculada a los resultados, seguro de vida e invalidez, seguro médico, así como un seguro de capital diferido de jubilación; y (ii) para D. Manuel Mirat, desde el 1 de noviembre de 2024, de una retribución fija, una prima de enganche, seguro de vida e invalidez y seguro de asistencia médica, todo ello en los términos de los respectivos contratos suscritos con la Sociedad y dentro de la política retributiva establecida por el Grupo para sus altos directivos

B.1.2 Explique cualquier desviación del procedimiento establecido para la aplicación de la política de remuneraciones que se haya producido durante el ejercicio.
Durante el ejercicio 2024 no se ha producido ninguna desviación del procedimiento para la aplicación de la Política de Remuneraciones.
B.1.3 Indique si se ha aplicado cualquier excepción temporal a la política de remuneraciones y, de haberse aplicado, explique las circunstancias excepcionales que han motivado la aplicación de estas excepciones, los componentes específicos de la política retributiva afectados y las razones por las que la entidad considera que esas excepciones han sido necesarias para servir a los intereses a largo plazo y la sostenibilidad de la sociedad en su conjunto o para asegurar su viabilidad. Cuantifique, asimismo, el impacto que la aplicación de estas excepciones ha tenido sobre la retribución de cada consejero en el ejercicio.
Durante el ejercicio 2024 no se ha aplicado ninguna excepción temporal a la Política de Remuneraciones.
B.2. Explique las diferentes acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración y cómo han contribuido a reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, incluyendo una referencia a las medidas que han sido adoptadas para garantizar que en la remuneración devengada se ha atendido a los resultados a largo plazo de la sociedad y alcanzado un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, qué medidas han sido adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, y qué medidas han sido adoptadas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
Las acciones adoptadas por la Sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad son las siguientes:
a) Consejeros:
Retribución acorde con la que satisfaga el mercado en compañías de similar tamaño y actividad, favoreciendo las modalidades que vinculen una parte significativa de la retribución a la dedicación a la Sociedad.
Respecto de los Consejeros independientes, su retribución no debe ser tal que comprometa su independencia.
b) Consejero Delegado:
Mantener un componente variable anual vinculado a la consecución de objetivos medibles alineados con los intereses de los accionistas, de tal manera que la retribución variable se calcule en función de evaluaciones que midan el desempeño a nivel individual y del conjunto de la Sociedad.
Incorporar sistemas de retribución variable a medio/largo plazo de carácter plurianual que se componen de una retribución fija y otra variable, que se percibe en función de la evaluación global de la gestión, de acuerdo con objetivos alineados con los intereses de la Sociedad y de los accionistas de tal modo que fomenten la consecución de objetivos sostenidos en el tiempo y la retención de las personas críticas vinculadas a dichos objetivos.
B.3. Explique cómo la remuneración devengada y consolidada en el ejercicio cumple con lo dispuesto en la política de retribución vigente y, en particular, cómo contribuye al rendimiento sostenible y a largo plazo de la sociedad.
Informe igualmente sobre la relación entre la retribución obtenida por los consejeros y los resultados u otras medidas de rendimiento, a corto y largo plazo, de la entidad, explicando, en su caso, cómo las variaciones en el rendimiento de la sociedad han podido influir en la variación de las remuneraciones de los consejeros,

La remuneración devengada por los Consejeros en el ejercicio 2024 cumplió estrictamente con la Política de Remuneraciones aprobada por la JGA, y cada una de las partidas remuneratorias devengadas se encuentra cubierta por las consecuentes previsiones de la Política.
El único Consejero con derecho al devengo de una retribución variable es el Consejero Delegado. Durante el ejercicio 2024, han ocupado el cargo como Consejero Delegado D. Luis Enríquez Nistal, desde el 1 de enero hasta el 23 de abril, y D. Manuel Mirat Santiago, desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre. [D. Luis Enríquez Nistal ha devengado retribución variable por importe de [?]€ como consecuencia de la consecución de los objetivos fijados al inicio del ejercicio por el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, equivalente al periodo previo a su cese]. Por otra parte, de conformidad con lo previsto en el contrato mercantil formalizado por la Sociedad con D. Manuel Mirat Santiago, como nuevo Consejero Delegado, éste no ha percibido retribución variable durante el ejercicio 2024 de manera excepcional, por haber comprendido la prestación de servicios únicamente los meses de noviembre y diciembre. Sin perjuicio de lo anterior, dicho contrato prevé que, excepcionalmente, D. Manuel Mirat Santiago perciba un incentivo extraordinario de cuantía fija correspondiente al ejercicio 2024 como prima de enganche, por importe de 50.000€.
En lo que respecta a D. Luis Enríquez, el importe de su retribución variable anual se calculó a partir del grado de cumplimiento de los parámetros de negocio que con carácter anual fija el CdA a propuesta de la CNR. El CdA aprobó un reglamento interno el cual regulaba todas las condiciones que debían darse para que D. Luis Enríquez puediera percibir la retribución variable. En este sentido, en el citado reglamento se establecía que un determinado grado de cumplimiento de los parámetros de negocio daría lugar a un porcentaje de la retribución variable máxima, siendo así que para cumplimientos del 100% se devengaría una retribución variable del 50%.
El grado de cumplimiento de cada uno de los parámetros de negocio se calculaba teniendo en cuenta las siguientes reglas:
a) Los parámetros EBITDA de Grupo, Beneficio Neto y Posición Financiera Neta debían cumplirse dos de ellos al 90% y el tercero al 75% para que puedieran valorarse el resto de los objetivos. Si no se alcanzase dicho cumplimiento de estos parámetros, el variable a percibir sería cero.
b) El Beneficio Neto funcionaba como modulador, de manera que, sobre el resultado del cumplimiento individual, se le aplicaba un porcentaje en la siguiente medida:
(i) Un cumplimiento del 75-90% del objetivo de Beneficio Neto, suponía un cobro del 50% de la retribución variable.
(ii) Un resultado de entre el 90% y el 110%, mantendría un cobro del 50% de la retribución variable.
(iii) Entre el 110,1% y el 119.9%, supondría un cobro del 75% de la retribución variable.
(iv) Para obtener el modulador del 100%, se debía de alcanzar el 120% del objetivo.
Por otra parte, en relación a D. Manuel Mirat, de conformidad con lo previsto en el contrato mercantil formalizado con la Sociedad, como nuevo Consejero Delegado, a partir del 1 de enero de 2025 podrá tener derecho a una retribución bruta anual variable de hasta un máximo del 75% de la retribución fija, para el caso de que se haya cumplido el 100% de los objetivos fijados anualmente por la CNR. En caso de que el cumplimiento de objetivos esté por debajo del 100%, se aplicará la Política de Remuneraciones.
Los criterios fijados, de EBITDA, beneficio neto y cash flow neto, suponen parámetros que buscan el crecimiento continuado y la estabilidad del Grupo, fomentando el rendimiento sostenible y a largo plazo.
| Número | % sobre el total | |
|---|---|---|
| Votos emitidos | 97.086.796 | 78,09 |
| Número | % sobre emitidos | |
| Votos negativos | 0,00 | |
| Votos a favor | 97.006.796 | 99,92 |
| Votos en blanco | 0,00 | |
| Abstenciones | 80.000 | 0,08 |
Observaciones

De conformidad con la Política de Remuneraciones y lo estipulado en el artículo 21.2 de los Estatutos Sociales de Vocento, los Consejeros por su condición de tales, recibirán una retribución consistente en una cantidad anual fija. El importe de las cantidades que pueda satisfacer la Sociedad al conjunto de los Consejeros en su condición de tales será fijado por la JGA y permanecerá vigente mientras no sea modificado por ésta. La fijación de la cantidad exacta a abonar dentro de ese límite y su distribución entre los Consejeros corresponde al CdA, que tendrá en cuenta a tal efecto las funciones y responsabilidades atribuidas a cada Consejero, la pertenencia a Comisiones del CdA o a otros órganos consultivos constituidos por el CdA, y las demás circunstancias objetivas que considere relevantes.
A la luz de lo anterior, tal y como se ha indicado en el apartado B.1 anterior, la remuneración fija devengada por los Consejeros en su condición de tales fue propuesta por la CNR, en su sesión de 23 de enero de 2024, aprobada por el CdA en la misma fecha, y ha sido aplicada durante el ejercicio 2024 de conformidad con lo previsto en la Política de Remuneraciones, sin que haya variado respecto del ejercicio anterior.
La remuneración fija devengada en 2024 por D. Luis Enriquez hasta el 23 de abril, y D. Manuel Mirat, a partir del 1 de noviembre, como Consejeros Delegados se corresponde con la pactada en sus respectivos contratos de prestación de servicios.
En el año 2023 D. Luis Enríquez percibió retribución variable en su condición de Consejero Delegado. Por otra parte, en el año 2024: (i) D. Luis Enríquez percibió un importe de 164.597,02€ en concepto de retribución variable que había sido devengada durante el ejercicio 2023, mientras que durante el ejercicio 2024 no devengó retribución variable; y (ii) de conformidad con lo previsto en el contrato mercantil formalizado con la Sociedad, D. Manuel Mirat no ha percibido retribución variable alguna desde su nombramiento hasta el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de la prima de enganche percibida correspondiente a dicho periodo, referida en la sección B.3.
B.7. Explique la naturaleza y las principales características de los componentes variables de los sistemas retributivos devengados y consolidados en el ejercicio cerrado.

d) En su caso, se informará sobre los periodos de devengo o de aplazamiento de pago establecidos que se hayan aplicado y/o los periodos de retención/no disposición de acciones u otros instrumentos financieros, si existieran.
El sistema retributivo de los Consejeros en su condición de tales en 2024 no incluyó componente variable alguno en su retribución.
La retribución adicional recibida por el Presidente por sus labores de representación y apoyo a la gestión es fija, por lo que tampoco cuenta con componentes variables.
Únicamente el Consejero Delegado de la Sociedad cuenta con una retribución variable vinculada a los resultados de la Sociedad, tanto anual como plurianual.
La retribución variable anual se devenga según los objetivos que cada año marque la CNR y ratifique el CdA.
Durante el ejercicio 2024 los parámetros para el devengo de la retribución variable de D. Luis Enriquez, como Consejero Delegado fueron, esencialmente, los siguientes:
Parámetro: EBITDA; Objetivo: Grupo; % retribución variable: 70 Parámetro: Beneficio Neto; Objetivo: Grupo; % retribución variable: 70 Parámetro: Posición Financiera Neta; Objetivo: Grupo; % retribución variable: 70 Parámetro: Digitalización del Grupo; Objetivo: Operativo; % retribución variable: 10 Parámetro: Diversificación y nuevos negocios; Objetivo: Operativo; % retribución variable: 10 Parámetro: Transformación; Objetivo: Operativo; % retribución variable: 10
Durante el año 2024 no se ha devengado remuneración alguna derivada de planes de incentivo a largo plazo. La vigencia del plan de incentivo a largo plazo descrito en el apartado A.1.6. anterior concluyó el 31 de diciembre de 2024, por lo que durante el ejercicio 2025 se procederá a la aprobación de un nuevo plan de incentivos a largo plazo para D. Manuel Mirat.
B.8. Indique si se ha procedido a reducir o a reclamar la devolución de determinados componentes variables devengados cuando se hubiera, en el primer caso, diferido el pago de importes no consolidados o, en el segundo caso, consolidado y pagado, atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta. Describa los importes reducidos o devueltos por la aplicación de las cláusulas de reducción (malus) o devolución (clawback), por qué se han ejecutado y los ejercicios a que corresponden.
N/A
B.9. Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo cuyo importe o coste anual equivalente figura en los cuadros de la Sección C, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, que sean financiados, parcial o totalmente, por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las contingencias que cubre, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Únicamente D. Luis Enríquez fue beneficiario de una póliza de seguro colectivo de capital diferido a la jubilación, con reembolso de primas a favor del beneficiario, en caso de fallecimiento del asegurado antes de la jubilación, como Consejero Delegado. [En 2024 no se ha realizado ninguna aportación a favor de D. Luis Enríquez Nistal, ya que ha cesado como Consejero Delegado de la Sociedad durante el referido ejercicio.] Los fondos acumulados en dicho seguro, que corresponden a una aportación realizada en el año 2011, ascienden a diecisiete mil seiscientos ocho euros con seis céntimos (17.608,06€) sin que desde entonces se hayan realizado aportaciones adicionales.
Asimismo, de conformidad con lo previsto en el contrato mercantil formalizado por la Sociedad, D. Manuel Mirat Santiago no es beneficiario de ninguna póliza de seguro colectivo de capital diferido a la jubilación.

Las prestaciones garantizadas son:
a) Jubilación: Tendrá derecho a percibir la prestación resultante en forma de renta vitalicia, capital o una combinación de ambos, cuando cese en la prestación de sus servicios como consecuencia de pasar a la situación de jubilación o jubilación anticipada dentro de la Sociedad.
b) Cobertura complementaria de fallecimiento; reembolso de primas: En el caso de que el asegurado falleciese antes de la fecha de pago, se reembolsarán las primas abonadas a favor de dicho asegurado al beneficiario designado por el asegurado.
c) Cobertura complementaria de invalidez: En el supuesto de invalidez, en cualquiera de sus grados, el asegurado tendrá derecho a la provisión matemática constituida hasta la fecha.
Al vencimiento del plazo establecido el asegurado percibirá:
Capital garantizado en la póliza.
Capital por participación en beneficios: El capital final garantizado se verá incrementado al concedérsele cada año al asegurado el 90% de los beneficios financieros que produzca la inversión de sus provisiones matemáticas.
B.10. Explique, en su caso, las indemnizaciones o cualquier otro tipo de pago derivados del cese anticipado, sea el cese a voluntad de la empresa o del consejero, o de la terminación del contrato, en los términos previstos en el mismo, devengados y/o percibidos por los consejeros durante el ejercicio cerrado.
Ninguno de los Consejeros ha percibido ningún tipo de indemnización o cualquier tipo de pago derivados del cese anticipado durante el ejercicio 2024, a excepción de la indemnización percibida por D. Luis Enríquez por importe de [?]€, como consecuencia de su como Consejero Delegado.
B.11. Indique si se han producido modificaciones significativas en los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos y, en su caso, explique las mismas. Asimismo, explique las condiciones principales de los nuevos contratos firmados con consejeros ejecutivos durante el ejercicio, salvo que se hayan explicado en el apartado A.1.
N/A
B.12. Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
Como se ha citado anteriormente, el CdA aprobó una remuneración adicional a favor de su Presidente, por labores principalmente de representación, consistente en una retribución de doscientos quince mil euros (215.000€) anuales.
B.13. Explique cualquier retribución derivada de la concesión de anticipos, créditos y garantías, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
No ha habido ningún concepto retributivo en forma de anticipo, crédito y/o garantía a los Consejeros en el año 2024.
a) Consejeros en su condición de tales:
Vocento tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para sus Consejeros que, durante el año 2024, supuso un coste aproximado de [cincuenta y cuatro mil euros (54.000€)].
b) Consejero Delegado:

Una parte asistencial, consistente en un seguro de asistencia sanitaria y un seguro de vida, así como la utilización de un automóvil que, durante el año 2024, supuso un coste agregado para D. Luis Enríquez Nistal y D. Manuel Mirat Santiago de treinta y dos mil treinta y seis euros con diecisiete céntimos (32.036,17€).
B.15. Explique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tengan como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
N/A
B.16. Explique y detalles los importes devengados en el ejercicio en relación con cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, incluyendo todas las prestaciones en cualquiera de sus formas, como cuando tenga la consideración de operación vinculada o, especialmente, cuando afecte de manera significativa a la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero, debiendo explicarse el importe otorgado o pendiente de pago, la naturaleza de la contraprestación recibida y las razones por las que se habría considerado, en su caso, que no constituye una remuneración al consejero por su condición de tal o en contraprestación por el desempeño de sus funciones ejecutivas, y si se ha considerado apropiado o no incluirse entre los importes devengados en el apartado de "otros conceptos" de la sección C.
No existen más conceptos retributivos que los comentados en los epígrafes anteriores.

| Nombre | Tipología | Periodo de devengo ejercicio 2024 |
|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | Presidente Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | Consejero Ejecutivo | Desde 01/11/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 23/04/2024 |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Consejero Ejecutivo | Desde 01/01/2024 hasta 23/04/2024 |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | Consejero Independiente | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | Consejero Dominical | Desde 01/01/2024 hasta 31/12/2024 |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA | Consejero Independiente | Desde 23/04/2024 hasta 31/12/2024 |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | 285 | 16 | 301 | 301 | ||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | 72 | 55 | 127 | |||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | 22 | 3 | 25 | 85 | ||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 156 | 165 | 1.336 | 21 | 1.678 | 686 | ||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | 70 | 11 | 81 | 81 | ||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | 70 | 11 | 81 | 81 | ||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | 70 | 11 | 81 | 81 | ||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | 70 | 11 | 81 | 81 | ||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | 70 | 11 | 81 | 81 | ||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | 70 | 16 | 86 | 81 | ||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | 70 | 5 | 75 | 75 | ||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | 70 | 11 | 81 | 55 | ||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA | 48 | 7 | 55 |
Observaciones

| Nombre | Denominación del Plan |
Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA CONDE |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
Plan | 0,00 |
Observaciones
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | |
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |

| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | ||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO |
||||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |
||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 18 | |||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA |
||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA |
||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO |
||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE |
||||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | Concepto | |
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | Concepto | |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | Concepto | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Primas de seguro de vida | 3 |

| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | Concepto | |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | Concepto | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | Concepto | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | Concepto | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | Concepto | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | Concepto | |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | Concepto | |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | Concepto | |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA | Concepto |
Observaciones
i) Retribución devengada en metálico (en miles de €)
| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | ||||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | ||||||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |

| Nombre | Remuneración fija |
Dietas | Remuneración por pertenencia a comisiones del consejo |
Sueldo | Retribución variable a corto plazo |
Retribución variable a largo plazo |
Indemnización | Otros conceptos |
Total ejercicio 2024 |
Total ejercicio 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | ||||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | 1 | 1 | 1 | |||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | ||||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | ||||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | ||||||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
Observaciones

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
Plan | 0,00 |

| Instrumentos financieros al principio del ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros concedidos durante el ejercicio 2024 |
Instrumentos financieros consolidados en el ejercicio | Instrumentos vencidos y no ejercidos |
Instrumentos financieros al final del ejercicio 2024 |
||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Denominación del Plan |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes/ consolidadas |
Precio de las acciones consolidadas |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados (miles €) |
Nº instrumentos |
Nº instrumentos |
Nº Acciones equivalentes |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA CONDE |
Plan | 0,00 | ||||||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
Plan | 0,00 |
Observaciones

iii) Sistemas de ahorro a largo plazo.
| Nombre | Remuneración por consolidación de derechos a sistemas de ahorro |
|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | |
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | ||||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO |

| Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) | Importe de los fondos acumulados (miles €) | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos consolidados |
Sistemas de ahorro con derechos económicos no consolidados |
||||||
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | |||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |
||||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | ||||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
||||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA |
||||||||||
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA |
||||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
||||||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
||||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
||||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO |
||||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE |
||||||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |

Observaciones
| Nombre | Concepto | Importe retributivo |
|---|---|---|
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | Concepto | |
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | Concepto | |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | Concepto | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | Concepto | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | Concepto | |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | Concepto | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | Concepto | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET | Concepto | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | Concepto | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | Concepto | |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | Concepto | |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE | Concepto | |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA | Concepto |

Observaciones
c) Resumen de las retribuciones (en miles de €):
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 grupo |
Total ejercicio 2024 sociedad + grupo |
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR |
301 | 301 | 301 | ||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO |
127 | 127 | 127 | ||||||||
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA |
25 | 25 | 25 | ||||||||
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL |
1.678 | 1.678 | 1.678 | ||||||||
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE |
81 | 81 | 81 | ||||||||
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA |
81 | 81 | 81 |

| Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 sociedad |
Total Retribución metálico |
Beneficio bruto de las acciones o instrumentos financieros consolidados |
Remuneración por sistemas de ahorro |
Remuneración por otros conceptos |
Total ejercicio 2024 grupo |
Total ejercicio 2024 sociedad + grupo |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA |
81 | 81 | 81 | ||||||||
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
81 | 81 | 1 | 1 | 82 | ||||||
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN |
81 | 81 | 81 | ||||||||
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS |
86 | 86 | 86 | ||||||||
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO |
75 | 75 | 75 | ||||||||
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE |
81 | 81 | 81 | ||||||||
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA |
55 | 55 | 55 | ||||||||
| TOTAL | 2.833 | 2.833 | 1 | 1 | 2.834 |
Observaciones

C.2. Indique la evolución en los últimos 5 años del importe y variación porcentual de la retribución devengada por cada uno de los consejeros de la cotizada que lo hayan sido durante el ejercicio, de los resultados consolidados de la sociedad y de la remuneración media sobre una base equivalente a tiempo completo de los empleados de la sociedad y de sus entidades dependientes que no sean consejeros de la cotizada.
| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | % Variación 2024/2023 |
Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | ||
| Consejeros ejecutivos | ||||||||||
| Don MANUEL MIRAT SANTIAGO | 115 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | |
| Don LUIS ENRIQUEZ NISTAL | 1.678 | 144,61 | 686 | 44,42 | 475 | -37,42 | 759 | 65,36 | 459 | |
| Consejeros externos | ||||||||||
| Don IGNACIO YBARRA AZNAR | 301 | 0,00 | 301 | 0,00 | 301 | 0,00 | 301 | 7,50 | 280 | |
| Don GONZALO SOTO AGUIRRE | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Don CARLO DELCLAUX ZULUETA | 25 | -70,59 | 85 | -1,16 | 86 | 0,00 | 86 | 7,50 | 80 | |
| Don ENRIQUE YBARRA YBARRA | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Don ALVARO YBARRA ZUBIRIA | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Don JORGE BERGARECHE BUSQUET |
81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Doña KORO USARRAGA UNSAIN | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Doña ISABEL GOMEZ CAGIGAS | 86 | 4,88 | 82 | 1,23 | 81 | 0,00 | 81 | 8,00 | 75 | |
| Doña BEATRIZ REYERO DEL RÍO | 75 | 0,00 | 75 | 0,00 | 75 | 0,00 | 75 | 97,37 | 38 | |
| Doña SOLEDAD LUCA DE TENA GARCÍA-CONDE |
81 | 0,00 | 81 | 47,27 | 55 | - | 0 | - | 0 | |
| Doña MARTA ELORZA TRUEBA | 56 | - | 0 | - | 0 | - | 0 | - | 0 |

| Importes totales devengados y % variación anual | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | % Variación 2024/2023 |
Ejercicio 2023 | % Variación 2023/2022 |
Ejercicio 2022 | % Variación 2022/2021 |
Ejercicio 2021 | % Variación 2021/2020 |
Ejercicio 2020 | ||
| Resultados consolidados de | ||||||||||
| la sociedad | ||||||||||
| -97.249 | - | 4.011 | -68,87 | 12.886 | -5,39 | 13.620 | - | -25.166 | ||
| Remuneración media de los | ||||||||||
| empleados | ||||||||||
| 41.989 | 1,29 | 41.455 | 2,60 | 40.403 | 2,57 | 39.391 | 1,08 | 38.969 |
Observaciones

Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.

Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Si No
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