Pre-Annual General Meeting Information • Feb 27, 2025
Pre-Annual General Meeting Information
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De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, Renta 4 Banco, S.A. ("Renta 4" o la "Sociedad") pone en conocimiento del mercado el siguiente
El Consejo de Administración de Renta 4 ha acordado convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrar en Madrid, en el domicilio social de la misma, sito en Paseo de la Habana, 74, (28036), el día 31 de marzo de 2025, a las 13:00 horas, en primera convocatoria, y a la misma hora y en el mismo lugar el día siguiente, 1 de abril de 2025, en segunda convocatoria. Se prevé que la Junta General se celebre en primera convocatoria.
Se adjuntan como Anexos I y II, respectivamente, el anuncio de la convocatoria y el texto íntegro de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración que, junto con la restante documentación relacionada con la Junta General Ordinaria de Accionistas, están a disposición de los accionistas en el domicilio social y en la página web corporativa de la Sociedad, en los términos previstos en el anuncio de convocatoria, y se mantendrán accesibles ininterrumpidamente en la página web corporativa de la Sociedad al menos hasta la celebración de la Junta.
En Madrid, a 27 de febrero de 2025 D. Juan Carlos Ureta Domingo Presidente de Renta 4 Banco, S.A.

Por acuerdo del Consejo de Administración de Renta 4 Banco, S.A., (la "Sociedad" o "Renta 4") se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria de la Sociedad, que tendrá lugar en el domicilio social sito en el Paseo de la Habana, nº 74, Madrid, el 31 de marzo de 2025 a las 13:00 horas en primera convocatoria, o al día siguiente en el mismo lugar y a la misma hora, en segunda convocatoria. Se prevé que la Junta General de Accionistas se celebre en primera convocatoria.
La Junta General se celebrará con arreglo al siguiente:

De conformidad con lo establecido en el artículo 519 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (la "Ley de Sociedades de Capital"), los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social de la Sociedad podrán solicitar que se publique un complemento de la presente convocatoria de la Junta General incluyendo uno o más puntos en el Orden del Día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. El ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que habrá de recibirse en el domicilio social de la Sociedad dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento a la convocatoria deberá publicarse, como mínimo, con quince días de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta.
Los accionistas que representen, al menos, el mismo porcentaje indicado en el párrafo anterior, podrán, en el plazo y forma señalados igualmente en el párrafo anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdos sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en

el Orden del Día de la Junta convocada. Dichas propuestas, junto con la documentación que en su caso se adjunte, se publicarán ininterrumpidamente en la página web de la Sociedad a medida que se reciban, para su difusión entre el resto de los accionistas.
De conformidad con lo establecido en los artículos 22 de los Estatutos Sociales y 13 del Reglamento de la Junta General de la Sociedad, tienen derecho a asistir a la Junta General y tomar parte en sus deliberaciones, con derecho a voz y voto, todos los titulares de una o más acciones con derecho a voto inscritas a su nombre en los correspondientes registros contables con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta y así lo acrediten mediante la exhibición, en el domicilio social, del correspondiente certificado de legitimación o tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia emitida por la Sociedad, o en cualquier otra forma admitida por la legislación vigente.
A los efectos de acreditar la identidad de los accionistas, o de quien válidamente los represente, a la entrada del local donde se celebre la Junta General, se podrá solicitar a los asistentes la tarjeta de asistencia, los documentos que acrediten la condición del representante, y la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento oficial generalmente aceptado a estos efectos. Igualmente, se procederá a la identificación de los accionistas, o de quien válidamente los represente, que asistan telemáticamente a la Junta General, conforme el procedimiento establecido en el apartado de asistencia telemática.
En cumplimiento del artículo 22.4 de los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración de la Sociedad ha acordado por unanimidad facilitar a los accionistas que así lo deseen la asistencia a la Junta General por medios telemáticos, todo ello en los términos previstos en este anuncio.
De conformidad con lo establecido en los artículos 23 de los Estatutos Sociales y 14 del Reglamento de la Junta General de la Sociedad, los accionistas con derecho de asistencia podrán delegar su representación en otra persona, aunque ésta no sea accionista. Salvo en los supuestos expresamente contemplados en los artículos 187 y 522 de la Ley de

Sociedades de Capital, la representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para la presente Junta General Ordinaria.
El representante podrá representar a cuantos accionistas así lo soliciten, sin limitación al respecto. Asimismo, podrá emitir votos de signo distinto en función de las instrucciones dadas por cada accionista.
El derecho de representación se deberá ejercer de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable y en la página web corporativa de la Sociedad.
La representación es siempre revocable. La asistencia del accionista a la Junta General, ya sea personalmente o por haberse emitido el voto a distancia, supone la revocación de cualquier delegación, cualquiera que sea la fecha de ésta.
El Presidente y el Secretario de la Junta General gozarán de las más amplias facultades para admitir la validez del documento o medio acreditativo de la representación.
El ejercicio del derecho de representación podrá acreditarse por el representante el día de la celebración de la Junta, mediante la presentación de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia debidamente cumplimentada y firmada, junto con la documentación acreditativa indicada previamente en relación con el Derecho de Asistencia.
Asimismo, el accionista podrá comunicar a la Sociedad con carácter previo a la celebración de la Junta General el ejercicio del derecho de representación, mediante:

En estos casos, deberá de facilitarse a la Sociedad dicha documentación con, al menos, veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta General en primera convocatoria.
No obstante lo anterior, serán válidas aquellas cuya emisión sea anterior a su vencimiento pero que se reciban con posterioridad al plazo indicado, si bien siempre con anterioridad a la celebración de la Junta General.
En caso contrario, la delegación se tendrá por no otorgada, sin perjuicio de la facultad que asiste al Presidente de admitir delegaciones recibidas con posterioridad.
El procedimiento del ejercicio del derecho de representación se contiene en el Documento sobre los medios y procedimientos para conferir la representación en la Junta General así como para el ejercicio del voto a distancia, que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad.
De conformidad con los artículos 523 y 526 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa que pueden encontrarse en situación de conflicto de intereses: (i) el Presidente del Consejo de Administración, así como cualquier otro miembro del Consejo de Administración respecto de los puntos cuarto, sexto y séptimo del Orden del Día, y (ii) los miembros del Consejo de Administración afectados, en su caso, en los supuestos contemplados en los apartados b) y c) del artículo 526.1 de la Ley de Sociedades de Capital, respecto de los asuntos que pudieran presentarse al margen del orden del día.
En relación con cualquiera de ellos, la representación se entenderá conferida, si el representado no hubiera impartido instrucciones de voto precisas, a favor del Secretario de la Junta General.
El accionista que confiera su representación se obliga a comunicar al representante designado la representación conferida.
Cuando la representación se confiera a Renta 4, a algún Consejero y/o al Secretario del Consejo de Administración, esta comunicación se entenderá realizada y aceptada mediante la recepción por Renta 4 de la delegación efectuada adecuadamente por los medios indicados en la presente convocatoria.
La persona en quien se delegue el voto sólo podrá ejercerlo asistiendo personalmente a la Junta General (y no por medios de comunicación a distancia).
En el día de celebración de la Junta General, y desde una hora antes de la anunciada para el comienzo de la reunión, los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad, tarjeta de identificación de extranjeros o pasaporte.
Igualmente, si la asistencia se produce de forma telemática, los representantes designados deberán registrarse e identificarse a través de la plataforma telemática de acceso a la Junta General, de la forma indicada con posterioridad en la presente convocatoria.

En caso de delegación efectuada por accionista persona jurídica, se podrá solicitar copia del documento acreditativo de las facultades representativas suficientes del firmante de la delegación; asimismo, en caso de que fuera una persona jurídica la que representara a uno o varios accionistas, se podrá solicitar documento acreditativo de las facultades representativas suficientes de la persona física compareciente.
Los accionistas podrán comunicar a la Sociedad, con carácter previo a la celebración de la Junta General, el ejercicio del derecho de representación, así como emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día por escrito mediante:
Dichas comunicaciones habrán de recibirse por la Sociedad, como regla general, al menos veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para la celebración de la Junta General en primera convocatoria. No obstante lo anterior, serán válidas aquellas cuya emisión sea anterior a su vencimiento pero que se reciban con posterioridad al plazo indicado, si bien siempre con anterioridad a la celebración de la Junta General.

En caso contrario, el voto a distancia se tendrá por no otorgado, sin perjuicio de la facultad que asiste al Presidente de admitir votos recibidos con posterioridad.
El voto emitido a distancia quedará sin efecto:
El procedimiento de emisión del voto a distancia también se contiene en el Documento sobre los medios y procedimientos para conferir la representación en la Junta General así como para el ejercicio del voto a distancia, que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad.
Los accionistas que hayan emitido su voto a distancia serán considerados como presentes a los efectos de la constitución de la Junta General.
Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, el artículo 13 bis del Reglamento de la Junta General indica que los accionistas con derecho de asistencia a la Junta General podrán asistir a la misma de forma telemática usando los medios telemáticos que se indican a continuación.
Los accionistas que deseen asistir telemáticamente a la Junta deberán registrarse previamente en el espacio dedicado a la Junta General a través de la web de Renta 4 (https://portales.councilbox.com/renta4/), desde el 27 de febrero de 2025 hasta las 23:59 horas del día 31 de marzo o 1 de abril de 2025, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, sin perjuicio de lo señalado más adelante para los representantes de accionistas. Con posterioridad a la hora indicada, no se admitirá ningún registro previo para el ejercicio del derecho de asistencia telemática.
El indicado registro previo se llevará a cabo mediante certificado de firma electrónica reconocido, en los términos previstos en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza, basada en un certificado electrónico reconocido en relación con el cual no conste su revocación.
Si el asistente telemático tuviera conferidas delegaciones, para poder ejercitar los derechos inherentes a dichas acciones, deberá notificárselo a la Sociedad antes de las 24 horas anteriores a la celebración de la Junta General, esto es, antes del día 31 de marzo o 1 de abril de 2025 a las 13:00 horas, según la Junta General de Accionistas se celebre en primera o segunda convocatoria, respectivamente, enviando un correo electrónico a la dirección [email protected], o mediante correspondencia postal (Paseo de la Habana, 74 -28036- Madrid, España), identificándose mediante el envío de una copia del DNI, NIE o pasaporte del representante, para que pueda acreditarse su identidad, además de las tarjetas de delegación y voto a distancia que vaya a representar debidamente cumplimentadas, e indicando que acepta la representación de dichas

delegaciones. Este registro previo de los representantes que vayan a asistir remotamente debe realizarse en la forma y plazo indicados en este párrafo.
Los accionistas (o sus representantes) registrados previamente según el apartado anterior, deberán conectarse a través de la plataforma de Asistencia telemática, que estará disponible en la página web corporativa, entre las 09.00 horas y las 12.45 horas del día de celebración de la Junta General, es decir 31 de marzo de 2025 o 1 de abril de 2025, según la Junta se celebre en primera o segunda convocatoria, e identificarse mediante certificado de firma electrónica, en los términos previstos en el apartado anterior. No se admitirá el registro de asistentes fuera de esta franja horaria.
En caso de que el 31 de marzo de 2025 se constatase la inexistencia de quórum suficiente para la celebración de la Junta General en primera convocatoria, la Sociedad informará de esta circunstancia en la plataforma de asistencia telemática. En este caso, los asistentes telemáticos que se hubieran conectado en primera convocatoria deberán conectarse de nuevo para asistir telemáticamente a la Junta en segunda convocatoria.
No se considerarán como asistentes a los accionistas que realicen un registro previo y que no se conecten posteriormente a la reunión.
Aquellos accionistas (o sus representantes) que, asistiendo telemáticamente, quisieran intervenir y, en su caso, formular propuestas en los términos legalmente previstos o ejercer su derecho de información en los términos descritos anteriormente, podrán hacerlo por escrito y en todo caso, en la forma, términos y condiciones establecidos en plataforma de asistencia telemática, desde su conexión a la misma y hasta las 12:45 horas rellenando el correspondiente formulario en el que además deberán indicar si desean que su intervención conste literalmente en el acta. Las intervenciones y las solicitudes de información o aclaraciones serán contestadas conforme a lo establecido legalmente.
Los accionistas (o sus representantes) que asistan a la Junta General telemáticamente, podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a puntos comprendidos en el Orden del Día desde que se conecten a la plataforma de asistencia telemática y hasta que se haya dado lectura a todos los puntos del orden del día.
El voto mediante comunicación electrónica se emitirá bajo firma electrónica reconocida u otra clase de garantía que el Consejo de Administración estime idónea para asegurar la autenticidad y la identificación del accionista que ejercita el derecho de voto, a la que se acompañará copia en formato electrónico inalterable de la tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia.
El accionista (o su representante) deberá indicar el sentido de su voto para cada uno de los puntos incluidos en el Orden del Día. Si, en relación con alguno de los puntos del Orden del Día no indicase el sentido de su voto, se entenderá que vota a favor de las propuestas formuladas por el Consejo de Administración y abstención en el resto.

Respecto a las propuestas de acuerdos sobre aquellos asuntos que, por mandato legal, no sea necesario que figuren en el Orden del Día, los asistentes por medios telemáticos podrán emitir sus votaciones a partir del momento en que se dé lectura a dichas propuestas para proceder a su votación y hasta que el Presidente o, en su caso, el Secretario de la Junta, anuncie que se finaliza el periodo de votación de dichas propuestas de acuerdo.
Para la votación de las propuestas de acuerdos se aplicará el procedimiento previsto en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General de Accionistas.
De conformidad con el artículo 539.2 de la Ley de Sociedades de Capital, en la página web de la Sociedad se ha habilitado, desde la publicación de esta convocatoria y hasta el final del día anterior a la fecha prevista para la celebración de la Junta General de Accionistas, un Foro Electrónico de Accionistas al que podrán acceder con las debidas garantías tanto los accionistas individuales como las asociaciones específicas y voluntarias que legalmente puedan constituirse y estén inscritas en el Registro especial habilitado al efecto en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), con el fin de facilitar su comunicación con carácter previo a la celebración de la Junta. En el Foro podrán publicarse propuestas fundamentadas que pretendan presentarse como complemento del Orden del Día anunciado en la convocatoria, solicitudes de adhesión a tales propuestas, iniciativas para alcanzar el porcentaje suficiente para ejercer un derecho de minoría previsto en la ley, así como ofertas o peticiones de representación voluntaria.
Las normas de funcionamiento del Foro se encuentran disponibles en la página web de la Sociedad.
A los efectos de lo previsto en los artículos 197, 272, 518, 520 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, se pone en conocimiento de los accionistas que los mismos tienen derecho a examinar y consultar en el domicilio social de la Sociedad, sito en Paseo de la Habana, 74 (28036) Madrid, y en la página web corporativa de la misma de forma ininterrumpida, así como a solicitar su entrega o envío gratuito, los siguientes documentos:

órganos competentes comentando cada uno de dichos puntos, y, en su caso, el complemento a la convocatoria y las propuestas de acuerdo que presenten los accionistas.
Asimismo, en relación con los puntos del orden del día relativos a las cuentas anuales y la gestión social:
En cuanto a los puntos del orden del día relativos al Consejo de Administración:
Respecto de los puntos del orden del día relativos a la retribución de los consejeros de la Sociedad:
Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Renta 4 Banco, S.A. correspondiente al ejercicio 2024.
Por último, y con carácter general:

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 197 y 520 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a los accionistas que podrán solicitar a los administradores, desde la publicación de la presente convocatoria hasta el quinto día anterior al previsto para la celebración de la Junta, o verbalmente durante su celebración, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes. Asimismo, los accionistas podrán solicitar a los administradores, por escrito y dentro del mismo plazo o verbalmente durante la celebración de la Junta, las aclaraciones que estimen precisas acerca de la información accesible al público que la Sociedad haya facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) desde la celebración de la última Junta General y acerca del informe del auditor.
Todas las solicitudes de documentación y/o información deberán incluir el nombre y apellidos del accionista o denominación social y la indicación de las acciones de las que es titular, y deberán realizarse (i) mediante entrega personal de la petición escrita o su envío al domicilio social de la Sociedad (Paseo de la Habana, nº 74, 28036, Madrid); o (ii) mediante correo electrónico a la dirección: [email protected], o (iii) mediante solicitud verbal en el propio acto de la Junta General.
Renta 4 Banco, S.A., en su condición de responsable del mantenimiento, informa:

supuestos en que éstos deban ser facilitados por exigencias de la Ley o por requerimiento judicial o administrativo.
Para cualquier aclaración o información adicional, los accionistas pueden dirigirse a la Oficina de Atención al Accionista, a través de los siguientes medios:
Asimismo, el día de celebración de la Junta General se instalará una Oficina de Atención al Accionista, en un lugar visible del local donde se celebre la reunión, para atender las posibles cuestiones y dudas que puedan tener los accionistas.
Todas las referencias realizadas en este anuncio a la página web corporativa deben entenderse hechas a www.renta4banco.com.

Se informa a los accionistas que es posible la participación y registro previo a través de cualquiera de los canales alternativos que la Sociedad pone a su disposición en los términos previstos en la convocatoria (voto y delegación con carácter previo a la Junta General por medios de comunicación a distancia, así como la asistencia por vía telemática), en las condiciones indicadas en la presente convocatoria. El Consejo de Administración recomienda a los accionistas que participen en la Junta General a distancia mediante asistencia telemática a la Junta General conforme al procedimiento que se describe en este anuncio, evitando de este modo y en la medida de lo posible, la asistencia física al lugar donde se celebrará la Junta General.
Madrid, 25 de febrero de 2025 Presidente del Consejo de Administración D. Juan Carlos Ureta Domingo Renta 4 Banco, S.A.

I. Puntos relativos a las cuentas anuales, la propuesta de aplicación de resultados y la gestión social.
Primero Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, Estado de flujos de efectivo y Memoria), Informes de Gestión e Informes de los auditores correspondientes al ejercicio social 2024, tanto de la Sociedad como del grupo consolidado.
Se acuerda aprobar las Cuentas Anuales individuales y consolidadas de Renta 4 Banco, S.A. (la "Sociedad") del ejercicio social cerrado a 31 de diciembre de 2024, comprensivas del Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, el Estado de flujos de efectivo y la Memoria explicativa del ejercicio social indicado, así como el Informe de Gestión individual y del Informe de Gestión consolidado, formulados por el Consejo de Administración con fecha de 25 de febrero de 2025, previo informe del Comité de Auditoría y Control, y debidamente auditados.
Se acuerda aprobar el Estado de Información no Financiera consolidado e Informe sobre Sostenibilidad de la Sociedad y sociedades dependientes, correspondiente al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024, que ha sido elaborado por el Consejo de Administración de conformidad con el Código de Comercio y el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.

Se acuerda aprobar la propuesta de aplicación de resultados correspondiente al ejercicio social de Renta 4 Banco, S.A. cerrado a 31 de diciembre de 2024, por importe de 30.985.137,84 euros, a distribuir de la siguiente manera:
Se acuerda aprobar la gestión del Consejo de Administración, la del Presidente y la del Consejero Delegado, durante el ejercicio económico cerrado a 31 de diciembre de 2024, a la vista de los Informes de Gestión individual y consolidado que, previamente, se someten a aprobación y que han sido puestos a disposición de los accionistas y que, de acuerdo con los términos de la convocatoria, aquéllos que lo hubieren solicitado han podido obtener de forma inmediata y gratuita y examinar en las oficinas de la Sociedad.
Se acuerda fijar el número de miembros que componen el Consejo de Administración en trece (13).
Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Juan Carlos Ureta Domingo, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero ejecutivo".

Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Juan Luis López García, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero ejecutivo".
Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Jesús Sánchez-Quiñones González, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero ejecutivo".
Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Santiago González Enciso, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero ejecutivo".
Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Eduardo Chacón López, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero dominical".
Se acuerda designar como consejera de la Sociedad a Dª. Inés Juste Bellosillo, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejera independiente".
Se acuerda designar como consejero de la Sociedad a D. Pedro Ángel Navarro Martínez, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, por el plazo estatutario de cuatro (4) años con la calificación de "consejero otro externo".
De conformidad con la Política de Remuneraciones de los consejeros vigente, se acuerda fijar la retribución de los consejeros en su condición de tales, la cual consistirá en una cantidad fija anual por el desempeño de sus funciones como miembros del Consejo de Administración que asciende al importe global máximo de 960.000 euros, a razón de 80.000 euros brutos por cada uno de los consejeros no ejecutivos e incrementado en 20.000 euros

adicionales por cada miembro de las comisiones del Consejo, cantidades que resultarán de aplicación a las retribuciones correspondientes al ejercicio 2025 y que permanecerán vigentes en tanto la Junta General de Accionistas no acuerde su modificación. El importe global máximo referido incluye las remuneraciones que corresponden por la pertenencia a las comisiones de hasta un máximo de 8 miembros en total, 4 miembros en cada una de las 2 comisiones que existen actualmente.
Los consejeros ejecutivos no percibirán remuneración alguna por su condición de consejeros de la entidad, siendo su retribución únicamente la percibida como consejeros por sus funciones ejecutivas recogida en la Política de Remuneraciones aprobada en la Junta General Ordinaria de Accionistas de 4 de abril de 2024, así como en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros de Renta 4 Baco, S.A. correspondiente al ejercicio 2024 que se somete a votación consultiva en el punto octavo siguiente.
En cumplimiento de la normativa vigente, el Consejo de Administración de la Sociedad, en su sesión de 25 de febrero de 2025 y previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, aprobó el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2024, en el que se recoge la aplicación de la Política de Remuneraciones de los consejeros vigente para el ejercicio presente, informe que se somete a la Junta General Ordinaria de Accionistas para su votación, con carácter consultivo, el cual ha sido puesto a disposición de los accionistas en la página web de la Sociedad desde el momento de la publicación del anuncio de la convocatoria de la Junta General.
De conformidad con el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital, introducido por la Ley 25/2011, de 1 de agosto, de reforma parcial de la Ley de Sociedades de Capital, cuando la sociedad ofrezca a sus accionistas la posibilidad efectiva de votar por medios electrónicos accesibles a todos ellos, las Juntas Generales extraordinarias podrán ser convocadas con una antelación mínima de quince días, y siempre que la Junta General así lo acuerde con el voto favorable de accionistas que representen dos tercios del capital social.

A estos efectos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 515 de la Ley de Sociedades de Capital y con el artículo 20.1 de los Estatutos Sociales, se acuerda que las Juntas Generales extraordinarias podrán convocarse, en su caso, con una antelación mínima de quince días. El presente acuerdo tendrá vigencia hasta la celebración de la siguiente Junta General Ordinaria.
Se acuerda facultar a D. Juan Carlos Ureta Domingo, D. Pedro Ramón y Cajal Agüeras y D. Jaime Guerra Calvo para que cualquiera de ellos, solidaria e indistintamente puedan:

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