Registration Form • Feb 27, 2025
Registration Form
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2024 | |
|---|---|---|
| CIF: | A93139053 | |
| Denominación Social: UNICAJA BANCO, S.A. |
||
| Domicilio social: |
AV. ANDALUCIA N.10-12 (MALAGA)

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 11/10/2024 | 642.858.617,00 | 2.571.434.468 | 2.571.434.468 |
El Consejo de Administración, en sesión celebrada el 27 de septiembre de 2024, acordó ejecutar el acuerdo de reducción de capital social adoptado por la Junta General de Accionistas de 5 de abril de 2024, fijando el importe de la reducción en 20.849.752,75 euros, mediante la amortización de 83.399.011 acciones propias, de 0,25 € de valor nominal cada una de ellas, representativas de un 3,14% del capital social, provenientes en su totalidad de un programa de recompra El importe de la reducción se destinó a la creación de una reserva voluntaria indisponible, de la que únicamente será posible disponer con los requisitos exigidos para la reducción de capital social, por lo que dicha reducción de capital es neutra en términos de fondos propios y niveles de solvencia de Unicaja.
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o | % derechos de voto | % derechos de voto a través | % total de | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| denominación | atribuidos a las acciones | de instrumentos financieros | ||||
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto | |
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
31,22 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 31,22 | |
| DON TOMÁS OLIVO LÓPEZ |
0,00 | 9,39 | 0,00 | 0,00 | 9,39 | |
| INDUMENTA PUERI, S.L. |
0,00 | 8,81 | 0,00 | 0,00 | 8,81 | |
| NORGES BANK | 7,68 | 0,00 | 0,03 | 0,00 | 7,71 | |
| FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
6,89 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 6,89 |

| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | |||
|---|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto | |
| SANTA LUCÍA, S.A. | ||||||
| CIA DE SEGUROS | 5,84 | 0,05 | 0,00 | 0,00 | 5,89 |
La Entidad ha actualizado a 31 de diciembre de 2024 las posiciones de FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA, INDUMENTA PUERI, S.L., FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS, D. TOMÁS OLIVO Y SANTA LUCÍA, S.A., CIA DE SEGUROS, al estar inscrita la titularidad de sus acciones en el registro de llevanza contable nominativo de la Entidad. Sin embargo, no se ha actualizado la posición de NORGES BANK, por ser titular de participaciones a través de instrumentos financieros que no constan en el registro de llevanza contable nominativo de la Entidad, por lo que se hace constar para esta sociedad las participaciones incluidas en la última comunicación oficial de este accionista publicada en la CNMV.
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DON TOMÁS OLIVO LÓPEZ |
DESARROLLOS LA CORONELA, S.L. |
9,39 | 0,00 | 9,39 |
| INDUMENTA PUERI, S.L. |
GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS,S.L. |
8,81 | 0,00 | 8,81 |
A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:
| Del % total de | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| derechos de voto | |||||||
| atribuidos a las | |||||||
| % derechos de voto | % derechos de | acciones, indique, | |||||
| Nombre o | atribuidos a las | voto a través de | en su caso, el % de | ||||
| acciones (incluidos denominación votos por lealtad) social del consejero |
instrumentos | % total de derechos de voto |
los votos adicionales | ||||
| financieros | atribuidos que | ||||||
| corresponden a | |||||||
| las acciones con | |||||||
| voto por lealtad | |||||||
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |

| Nombre o denominación social del consejero |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON ISIDRO RUBIALES GIL |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA |
0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,01
La participación individual de D. José Sevilla Álvarez (50.000 acciones), D. Isidro Rubiales Gil (14.013 acciones), D. Antonio Carrascosa Morales (19.700 acciones), D. Rafael Domínguez de la Maza (35.000 acciones) y D. Juan Antonio Izaguirre Ventosa (67.200 acciones) no llegan a alcanzar el porcentaje de derechos de voto de 2 decimales sobre el total.
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 46,93

El porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo de administración, incluye: (i) el porcentaje del total de derechos de voto del que son titulares, directa o indirectamente, los consejeros de la entidad (0,01%); y (ii) el porcentaje que representan los consejeros dominicales nombrados por accionistas significativos que no ostentan directamente la condición de consejero y que son: Fundación Bancaria Unicaja (31,22%), Fundación Caja Asturias (6,89%), y Global Portfolio Investments, S.L. (8,81%).
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción | ||
|---|---|---|---|---|
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Societaria | Protocolo de Gestión de la participación financiera de Fundación Bancaria Unicaja (FBU) en Unicaja. Regula, entre otros, los siguientes aspectos: Criterios básicos de carácter estratégico que rigen la gestión por parte de FBU de su participación en Unicaja. Relaciones entre el Patronato de FBU y los órganos de gobierno de Unicaja. Criterios generales para la realización de operaciones entre FBU y Unicaja y los mecanismos para evitar posibles conflictos de interés. |
||
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Contractual | Contrato de consolidación fiscal suscrito entre FBU y Unicaja el 23 de diciembre de 2015. Tiene por objeto regular las reglas y criterios aplicables al régimen de consolidación fiscal entre FBU y Unicaja. |
||
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Contractual | Contrato de licencia de uso de marca entre FBU y Unicaja, suscrito el 23 de diciembre de 2015 y cuya última actualización se formalizó el 11 de enero de 2024. Tiene por objeto la cesión por FBU a Unicaja de una licencia de uso sobre la marca ´Unicaja´ en todas sus formas y manifestaciones. |
||
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Comercial | Protocolo Interno de Relaciones entre FBU y Unicaja suscrito el 1 de diciembre de 2016. Tiene por objeto: a) Fijar los criterios generales que han de regir las operaciones o la prestación de servicios que existan entre las |

| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| partes. b) Asegurar que la actividad financiera de Unicaja se gestione con independencia de las actividades benéfico - sociales, u otras de FBU, eludiendo en todo caso los conflictos de intereses. |
||
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Contractual | Protocolo sobre flujos de información suscrito el 24 de febrero de 2017 entre FBU y Unicaja Banco, que tiene por objeto describir los flujos de información entre ambas entidades, vinculada a su participación conforme a la Ley 26/2013. |
| FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA | Contractual | Contrato de arrendamiento de uso de obras de arte en las instalaciones de la Entidad, suscrito con fecha 30 de diciembre de 2021. |
| FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
Contractual | Acuerdo de prestación de servicios y de colaboración en determinadas materias cuya última actualización fue suscrita con fecha 1 de julio de 2021. |
| FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
Contractual | Contrato de arrendamiento de pabellón multiusos ubicado en el recinto ferial Luis Adaro de Gijón, en el que Unicaja es la parte arrendataria. Formalizado el 1 de julio de 2015. |
| FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
Contractual | Contrato marco de arrendamiento de uso diferente al de vivienda, en el que Unicaja es la parte arrendadora. Contrato suscrito el 1 de agosto de 2021 y renovado el 15 de diciembre de 2023. |

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación social del consejero o representante, vinculado |
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado |
Denominación social de la sociedad del grupo del accionista significativo |
Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | MAYORAL MODA INFANTIL, S. A. U. |
DIRECTOR GENERAL |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | WILMINGTON CAPITAL, S.L. | ADMINISTRADOR ÚNICO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS,S.L. |
ADMINISTRADOR ÚNICO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | N.A. | CONSEJERO DELEGADO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | CHAPELHILL S.L | ADMINISTRADOR ÚNICO |
| DON MIGUEL GONZÁLEZ MORENO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
N.A. | N.A. |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
N.A. | N.A. |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
N.A. | N.A. |
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
N.A. | N.A. |
A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:
[ ] [ √ ] Sí No

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 2.071.474 | 86.293 | 0,08 |
(*) A través de:
| Número de | |
|---|---|
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | acciones directas |
| UNIÓN DEL DUERO COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA, S.A. | 86.293 |
| Total | 86.293 |
A 31 de diciembre de 2024 Unicaja Banco posee directamente el 100% de Unión del Duero Compañía de Seguros de Vida, S.A.
Tal y como se comunicó mediante Otra Información Relevante, el 29 de febrero de 2024, Unicaja inició un programa de recompra de acciones propias para su amortización, por el que se adquirieron un total de 83.399.011 acciones. El programa finalizó el 24 de septiembre de 2024 y como se ha comentado en el apartado A.1., se redujo el capital social y estas acciones fueron amortizadas.

Asimismo, tal y como se comunicó como Otra Información Relevante con fecha 27 de septiembre de 2024, la Entidad llevó a cabo un programa de recompra de acciones propias, con el objeto de cumplir con las obligaciones derivadas de planes de retribución de consejeros ejecutivos y directivos de compromisos ya asumidos, que se concluyó el 1 de octubre de 2024, y por el que se adquirieron 427.799 acciones.
Por último, también publicada como Otra Información Relevante de 7 de octubre de 2024, la Entidad informaba de la reanudación del Contrato de Liquidez, suscrito el 6 de noviembre de 2023 con Renta 4 Banco, S.A., que había quedado interrumpido el 29 de febrero de 2024 por el inicio del programa de recompra, antes mencionado.
Conforme a los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 31 de marzo de 2021, el Consejo de Administración queda autorizado, tan ampliamente como en derecho sea preciso, para la adquisición derivativa y/o la aceptación en garantía de acciones propias de Unicaja Banco, S.A., cumpliendo los requisitos y limitaciones establecidos en la legislación vigente en cada momento, en los términos siguientes:
a. Modalidades de la adquisición: La adquisición podrá realizarse, en una o varias veces, mediante compraventa o cualquier otro título oneroso admitido en derecho.
b. Número máximo de acciones a adquirir: El valor nominal de las acciones a adquirir, sumado, en su caso, al de las que ya se posean, directa o indirectamente, no excederá del porcentaje máximo legalmente permitido en cada momento.
c. Contravalores máximo y mínimo: El contravalor al que podrán realizarse las referidas operaciones será el valor de cotización de las acciones de Unicaja Banco, S.A. (la "Sociedad") en la última operación en que la Sociedad no haya actuado por cuenta propia en el Mercado Continuo (incluido en el mercado de bloques), con una variación máxima, al alza o a la baja, del diez por ciento.
d. Duración de la autorización: cinco (5) años a contar desde la fecha del presente acuerdo, expira el 31 de marzo de 2026.
Expresamente se hace constar que las acciones que se adquieran como consecuencia de la presente autorización podrán destinarse tanto a su enajenación por cualquier título o amortización como a la aplicación de los sistemas retributivos contemplados en el párrafo tercero de la letra a) del número 1º del artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital o para la cobertura de cualquier plan retributivo basado en acciones o vinculado al capital social.
Asimismo, las Sociedades Dominadas quedan autorizadas a los efectos de lo previsto en el párrafo segundo del apartado a) del artículo 146 de la Ley de Sociedades de Capital, para adquirir acciones de la Sociedad Dominante, en los mismos términos y con los mismos límites del anterior acuerdo.
Por otra parte, la Junta General Ordinaria de Accionistas de 31 de marzo de 2021 también delegó en el Consejo de Administración la facultad de emitir valores convertibles en acciones de la Sociedad, por un importe máximo de 500.000.000 euros o su equivalente en otra divisa, con atribución de facultades para aumentar el capital en la cuantía necesaria, así como de excluir el derecho de suscripción preferente de los accionistas. La emisión de estos valores podrá efectuarse en una o en varias veces, en cualquier momento, dentro del plazo máximo de 5 años, sin que se haya hecho uso de esta facultad a la fecha de aprobación de este informe.
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 30,01 |
Capital flotante estimado de la Entidad, una vez detraído del capital social de la Entidad a 31 de diciembre de 2024, el capital que poseen los titulares directos e indirectos de participaciones significativas (apartado A.2), los miembros del Consejo de Administración (apartado A.3) y el que posee la propia Sociedad en autocartera (apartado A.9).

A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
No existen restricciones estatutarias para la libre transmisibilidad de los valores de la Sociedad.
En cuanto a las restricciones legales, la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece en su artículo 17 "Deber de notificación de la adquisición o incremento de participaciones significativas: Toda persona física o jurídica que, por sí sola o actuando de forma concertada con otras -en lo sucesivo, el adquirente potencial- haya decidido bien adquirir, directa o indirectamente, una participación significativa en una entidad de crédito española, bien incrementar, directa o indirectamente, la participación en la misma de tal forma que, o el porcentaje de derechos de voto o de capital poseído resulte igual o superior al 20, 30 o 50 por ciento, o que, en virtud de la adquisición se pudiera llegar a controlar la entidad de crédito -en lo sucesivo, la adquisición propuesta- lo notificará previamente al Banco de España, indicando la cuantía de la participación prevista e incluyendo toda la información que reglamentariamente se determine. Dicha información deberá ser pertinente para la evaluación, y proporcional y adecuada a la naturaleza del adquirente potencial y de la adquisición propuesta".
El Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, en su art. 25 señala que el Banco de España evaluará las adquisiciones propuestas de participaciones significativas y elevará al Banco Central Europeo una propuesta de decisión para que éste se oponga o no a la adquisición. Asimismo establece los requisitos y los plazos para la evaluación.
En cuanto al ejercicio del derecho de voto, no existen restricciones legales ni estatutarias.
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
[ ] [ √ ] Sí No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
Los Estatutos y el Reglamento de la Junta General de la Sociedad contienen una remisión al régimen establecido en la Ley de Sociedades de Capital en lo que se refiere a las normas aplicables a la modificación de estatutos y, en concreto, a las mayorías previstas para la modificación y la tutela de los derechos de los socios.
Se hace constar que, al ser una entidad de crédito, la modificación de Estatutos Sociales de la Entidad está sujeta a la autorización administrativa del Banco de España, en los términos previstos en el art. 10 del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. No obstante, quedan exceptuadas de dicha autorización (previa comunicación al Banco de España para su constancia en el Registro de Entidades de Crédito) las modificaciones que tengan por objeto (a) cambiar de domicilio social dentro del territorio nacional; (b) aumentar el capital social; (c) incorporar textualmente a los estatutos preceptos legales o reglamentarios de carácter imperativo o prohibitivo, o cumplir resoluciones judiciales o administrativas; y (d) aquellas otras modificaciones para las que el Banco de España, en contestación a consulta previa formulada al efecto por el banco afectado, haya considerado innecesario, por su escasa relevancia, el trámite de la autorización.
Asimismo, Unicaja al ser una entidad de crédito significativa sujeta a la supervisión del BCE, a través del Mecanismo Único de Supervisión (MUS), requiere que la autorización del Banco de España sea elevada previamente al BCE, salvo los casos que solo exigen comunicación ya indicados.
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % de | % en | % voto a distancia | |||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 31/03/2022 | 4,03 | 72,63 | 0,01 | 0,00 | 76,67 |
| De los que Capital flotante | 3,81 | 22,12 | 0,01 | 0,00 | 25,94 |
| 30/03/2023 | 12,55 | 73,53 | 0,01 | 0,00 | 86,09 |
| De los que Capital flotante | 3,94 | 27,11 | 0,01 | 0,00 | 31,06 |

| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % de | % en | % voto a distancia | |||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| 14/11/2023 | 9,53 | 62,69 | 0,01 | 0,00 | 72,23 |
| De los que Capital flotante | 0,97 | 11,00 | 0,01 | 0,00 | 11,98 |
| 05/04/2024 | 1,29 | 87,37 | 0,01 | 0,00 | 88,67 |
| De los que Capital flotante | 0,99 | 17,08 | 0,01 | 0,00 | 18,08 |
Los datos relativos a la participación del capital flotante son aproximados, ya que las participaciones de los accionistas extranjeros son mantenidas a través de "nominees".
B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
| Número de acciones necesarias para asistir a la junta general | 1.000 |
|---|---|
| Número de acciones necesarias para votar a distancia | 1 |
Conforme al artículo 9.3 de los Estatutos Sociales, solo podrán asistir a la Junta General los accionistas que sean titulares de un mínimo de 1.000 acciones, y tuvieran las acciones representativas de dicho capital inscritas en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con, al menos, cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta. Los titulares de menor número de acciones podrán agruparse hasta completar, al menos, dicho número, nombrando su representante.
B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:
La información sobre gobierno corporativo es publicada por la Sociedad en la página web corporativa www.unicajabanco.com. En la página de inicio, desplegando el epígrafe "Gobierno corporativo y política de remuneraciones"; están disponibles las secciones con información sobre gobierno corporativo, a través de la siguiente dirección web: https://www.unicajabanco.com/es/gobierno-corporativo-y-politica-de-remuneraciones/gobiernocorporativo-y-politica-de-remuneraciones/junta-general-de-accionistas.
Bajo el sub-epígrafe "Junta General Accionistas" es posible consultar con carácter permanente el Reglamento de la Junta General, la información para el ejercicio del derecho de información y los requisitos y procedimientos para acreditar la titularidad de las acciones, el derecho de asistencia a la Junta General y el ejercicio o delegación del derecho de voto. Adicionalmente está a disposición la información sobre las Juntas Generales

celebradas como son: Acuerdos adoptados y votación; Convocatoria; Propuestas de Acuerdo; Número total de acciones y derechos de voto en la fecha de convocatoria; Modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia. De conformidad con lo establecido por la normativa sobre sociedades cotizadas, desde el anuncio de la convocatoria de la Junta General, la Sociedad introduce un acceso directo en la página principal que ofrece información específica de la reunión.

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 8 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 15 |
A la fecha de emisión del presente informe el Consejo de Administración está compuesto por 14 consejeros, existiendo, por tanto, una vacante que se prevé quede cubierta en la próxima Junta General Ordinaria de Accionistas.
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
Independiente | PRESIDENTE | 03/04/2024 | 05/04/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON ISIDRO RUBIALES GIL |
Ejecutivo | CONSEJERO DELEGADO |
19/09/2023 | 14/11/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON MIGUEL GONZÁLEZ MORENO |
Dominical | VICEPRESIDENTE | 27/01/2023 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO |
Dominical | SECRETARIO CONSEJERO |
30/03/2023 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA |
Independiente | CONSEJERO COORDINADOR INDEPENDIENTE |
06/09/2023 | 14/11/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ |
Independiente | CONSEJERO | 20/10/2023 | 14/11/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DOÑA MARÍA LUISA ARJONILLA LÓPEZ |
Independiente | CONSEJERO | 29/04/2020 | 05/04/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES |
Independiente | CONSEJERO | 05/09/2023 | 14/11/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
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| DON VICTOR COVIÁN REGALES |
Dominical | CONSEJERO | 05/04/2024 | 05/04/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
Dominical | CONSEJERO | 31/03/2022 | 31/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
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| DOÑA INÉS GUZMÁN ARRUE |
Independiente | CONSEJERO | 21/09/2023 | 14/11/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA |
Dominical | CONSEJERO | 30/03/2023 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
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| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO |
Independiente | CONSEJERO | 31/03/2022 | 31/03/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
Dominical | CONSEJERO | 30/03/2023 | 30/03/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 14

| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON MANUEL AZUAGA MORENO |
Otro Externo | 31/03/2022 | 05/04/2024 | SI | |
| DON FELIPE FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ |
Dominical | 30/07/2021 | 05/04/2024 | Comisión de Tecnología e Innovación (actual Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología) |
SI |
Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general
D. Manuel Azuaga Moreno presentó renuncia a su cargo de consejero de la Sociedad, que implicaba también la renuncia al cargo de Presidente del Consejo de Administración, una vez se obtuviera la no objeción supervisora del Banco Central Europeo, y se acordara la designación, como Presidente, de quien fuera a sucederle en dicho cargo. La renuncia del Sr. Azuaga presentada el 24 de noviembre de 2023, devino efectiva una vez que el Sr. Sevilla obtuvo la no objeción supervisora, fue nombrado por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2024 el 5 de abril de 2024 como consejero y nombrado Presidente, en el Consejo de Administración celebrado el mismo día de la Junta General. Por lo que respecta a D. Felipe Fernández Fernández, cuyo mandato vencía, manifestó a la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias y al Consejo de Administración su voluntad de no someterse a la reelección. Posteriormente, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias propuso la designación de D. Victor Covián Regales.
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil |
|---|---|---|
| DON ISIDRO RUBIALES GIL |
Consejero Delegado | El Sr. Rubiales es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, especialidad Hacienda Pública. Con una amplia experiencia profesional en el sector financiero de más de treinta años, ha desarrollado toda su carrera en Unicaja, ocupando diversos puestos de alta dirección y con muy diversas responsabilidades en áreas relevantes de la Entidad, destacando su labor como Director de Contabilidad, Director División de Control, Director General de Control, Estrategia y Relación con Supervisores, desempeñando desde julio de 2021 el cargo de Director General Adjunto al Presidente, de Control y Relación con Supervisores, hasta su nombramiento como Consejero Delegado. Ha sido miembro del Consejo de Administración de empresas pertenecientes al |

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | |
| Grupo Unicaja como Unicaja Gestión de Activos Inmobiliarios, S.L., Unigest SGIIC SAU, Gestión de Inmuebles Adquiridos, S.L. y Unicartera Internacional. Actualmente, es miembro del Consejo de Administración de Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. (CASER)y de Cecabank, S.A. |
|||
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
| Número total de consejeros ejecutivos | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 7,14 |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| DON MIGUEL GONZÁLEZ MORENO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
El Sr. González Moreno es Catedrático de Economía Aplicada (jubilado) de la Universidad de Granada; Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Málaga; y Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Alcalá de Henares. Ha desarrollado una amplia actividad académica e investigadora en las Universidades de Málaga, Alcalá y Granada; y en otros ámbitos como el Instituto Nacional de la Administración Pública del Ministerio de Administraciones Públicas; el Instituto de Estudios Fiscales del Ministerio de Hacienda; y la Fundación FIES (actual FUNCAS) de la Confederación Española de Cajas de Ahorros. En el ámbito financiero, ha desarrollado su actividad profesional como consejero de Caja Rural de Granada, miembro de su Consejo Rector y de sus Comisiones Ejecutiva, de Riesgos (de la que fue también presidente) y de Auditoría y Cumplimiento Normativo. |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
El Sr. Sánchez Serrano simultaneó estudios de Administración y Dirección de Empresas (LADE) y de Turismo en la Universidad de Málaga. Es Doctor en Ciencias Económicas por la Universidad de Málaga (cum laude). Posteriormente, amplía su formación académica con diversos programas de postgrado como el Máster de Auditoría Contable realizado en el Instituto de Empresa, el Título de Especialista en Auditoría de Empresas y Contabilidad de la Universidad de Alcalá de Henares o el Máster en Cooperación y Desarrollo Internacional de la Universidad de Málaga, entre otros. En materia formativa, el Sr. Sánchez Serrano ha continuado su preparación académica con otros programas executive, cursados más recientemente, como el impartido por Columbia Business School sobre Fusiones y Adquisiciones |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| o el programa EMBA realizado en la City University of London (Bayes Business School). En la actualidad, su experiencia profesional en el sector privado se desarrolla como Auditor de Cuentas en la firma EUDITA, habiendo realizado numerosos trabajos de auditoría y consultoría económico-financiera para empresas tanto del sector privado como del sector público. Es, también, miembro de grupos de trabajo del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), órgano dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Asimismo, es miembro del Comité de Presupuestos y Organización de la Fundación Museo Picasso Málaga, Legado Paul, Christine y Bernard Ruiz-Picasso. Por lo que respecta a su experiencia docente y de investigación científica en el ámbito universitario, es Profesor Asociado del Departamento de Finanzas y Contabilidad de la Universidad de Málaga y anteriormente lo fue de la Universidad de Deusto y colaborador habitual del Departamento de Formación del Consejo General de Economistas de España. Asimismo, es miembro de diversos colegios profesionales e instituciones de investigación, como el Instituto Español de Analistas Financieros o la Cátedra de Economía y Finanzas Sostenibles de la Universidad de Málaga, entre otros, y es autor de numerosos artículos publicados en revistas de alto impacto científico y de libros en materia de contabilidad financiera y auditoría publicados en editoriales de reconocido prestigio. |
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| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
La Sra. Sánchez Romero es Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Málaga y AMP (Advanced Management Program) por el Instituto de Empresa. En la actualidad es Vicepresidenta Ejecutiva y Secretaria General de la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM), y Secretaria de la Fundación CEM, Cultura Economía y Medio Ambiente. Ostenta el cargo de vocal del Comité Ejecutivo y de la Junta Directiva de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA); de las Juntas Directivas de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) y de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE); es también vocal del Comité Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Málaga y del Consejo Andaluz de Cámaras, entre otros organismos. Asimismo, es miembro del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Málaga; vocal del Consejo Social de la Universidad de Málaga, del Consejo Económico y Social de Andalucía (CES Andalucía), del Consejo Social de la Ciudad de Málaga, de la Comisión Ejecutiva de la Fundación MADECA (Secretaria), de la Comisión Ejecutiva de la Fundación CIEDES y de la Asociación CIFAL. Ha sido vocal del Consejo |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| de Administración de Avalunión SGR, desde 2013 hasta la creación de Garántia, SGR en 2017. |
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| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS,S.L. |
El Sr. Domínguez es diplomado en Dirección de Empresa por el Instituto Internacional de San Telmo y en el Programa Owner Presidente Management OPM de la Harvard Business School. Ha ocupado puestos de relevancia en el órgano de administración de las sociedades cotizadas CAVOLO Inversiones SICAV, Wilmington SICAV y Patton Investments SICAV. También ha sido consejero dominical de Masmovil Ibercom, S.A. Ha desarrollado toda su trayectoria profesional en el Grupo Mayoral, ejerciendo diversos puestos de responsabilidad y dirección en distintas sociedades del grupo familiar: es administrador único de Global Portfolio Investments, S.L., de Wilmington Capital, S.L. y de Chapelhill S.L , consejero delegado de Indumenta Pueri, S.L., desde mayo de 2022 y Director General de Mayoral Moda Infantil, S.A.U., sociedad en la que ha ocupado diversos cargos de dirección desde el año 1989, expandiendo el negocio en más de 50 Países. |
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA |
FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
El Sr. Izaguirre Ventosa es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid, obteniendo premio extraordinario y el primer premio nacional a la mejor carrera. Ha desarrollado su experiencia profesional principal como inspector de entidades de crédito en el Banco de España y como profesor asociado de la Universidad Autónoma de Madrid, impartiendo las disciplinas de Contabilidad de Costes y Análisis de Estados Financieros. Asimismo, ha impartido y dirigido diversos cursos y seminarios en Banco de España, en el Colegio de Economistas de Madrid, en la Escuela de Inspectores de Hacienda y en empresas especializadas del sector. En el sector privado, en banca, ha ejercido de Controller financiero del Grupo Chase Manhattan Bank. También ha sido profesor del Instituto Nacional de Administración Pública, miembro del Registro de Auditores y censor jurado de cuentas. |
| DON VICTOR COVIÁN REGALES |
FUNDACIÓN BANCARIA CAJA DE AHORROS DE ASTURIAS |
El Sr. Covián es licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo. En 2014 inició su carrera profesional en el sector financiero, con su incorporación a Liberbank, S.A., donde fue Director del Departamento de Asesoría Jurídica Procesal y Director de Departamento de Recuperación de Activos. Tras la fusión con Unicaja Banco, S.A., ha sido Director del Área de Recuperación Procesal desde septiembre de 2021 hasta diciembre de 2022. Con anterioridad, ejerció los cargos de Magistrado Suplente en la Audiencia Provincial de Asturias (1997-2004) y Letrado Director en Procesa Recuperación de Activos S.A. (2004 –2014). Desde 2023 es abogado en ejercicio y desempeña una labor docente |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil | |
| como Profesor Tutor de Derecho Penal en la Universidad Nacional de Educación a Distancia desde 2003. |
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| Número total de consejeros dominicales | 6 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 42,86 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ |
El Sr. Sevilla es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF. En la actualidad, es consejero independiente de Aareal Bank AG, miembro del Consejo de Administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y miembro, en representación de Unicaja, del Patronato Fundación Princesa de Asturias. Asimismo, ha sido consejero independiente de Renta 4 Banco. En los últimos años desarrolló su carrera profesional en Bankia, desempeñado diversas funciones desde su incorporación en 2012 como Consejero Ejecutivo y Director General, siendo responsable de las áreas de Intervención, Riesgos, Financiera y Auditoría Interna y Presidente de la Comisión Delegada de Riesgos del Consejo de Administración. En 2014, fue nombrado Consejero Delegado, cargo que ha desempeñado hasta la fusión de Bankia con CaixaBank en 2021. También ejerció el cargo de Consejero de BFA Tenedora de Acciones, S.A.U. Anteriormente, ostentó diversos cargos en BBVA como miembro del Comité de Dirección, Director General de Riesgos, Director General del Área de Presidencia, Director de Desarrollo de Negocio, Director de Estrategia y Finanzas del Área de América del Grupo. Asimismo, fue consejero de BBVA Bancomer. Inició su carrera en banca de inversión en FG Inversiones Bursátiles donde fue responsable del Departamento de Análisis de Renta Variable, y en Merrill Lynch, como Senior Equity Analyst de bancos europeos. |
|
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ |
La Sra. Aliño es licenciada en Económicas y Empresariales, con especialización en Finanzas, y licenciada en Derecho por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE E-3). Profesional con más de 25 años de experiencia en la industria financiera tanto en países desarrollados (BBVA) como en países en desarrollo (IFC - Grupo del Banco Mundial y Banco Interamericano de Desarrollo), destacando su experiencia en fusiones y adquisiciones, financiación estructurada, financiación de proyectos, mercado de capitales, capital riesgo, finanzas sostenibles, inversiones de impacto. Ha ejercido como asesora de la estrategia digital del Banco BHD y ha acompañado en la expansión de compañías de software como Mambu, plataforma bancaria en cloud y Veridas, empresa de verificación de identidad digital. Ha formado parte del Consejo de Administración de otras empresas tecnológicas como Altitude Software y Social Point y fue miembro del Consejo asesor de empresas de capital riesgo como Nauta Capital o Prax Capital Fund. También ha sido consejera independiente de SOLTEC POWER HOLDINGS, S.A. Actualmente, es consejera independiente y vocal de la Comisión de Auditoría y de la Comisión de Riesgos de CREDICORP |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | ||
| LTD y consejera independiente de Banco de Crédito del Perú. Asimismo, colabora como consultora senior de Finanzas Digitales y Sostenibilidad en IFC- Grupo Banco Mundial, es miembro del Panel de Expertos Independientes (PEI) del Fondo de Impacto Social (FIS), gestionado por COFIDES y es profesora en seminarios avanzados en la universidad privada IE University. |
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| DOÑA MARÍA LUISA ARJONILLA LÓPEZ |
La Sra. Arjonilla cuenta con una dilatada experiencia ejecutiva en los sectores financiero, tecnológico y educativo donde ha trabajado en diferentes compañías multinacionales cotizadas. En el sector financiero ha trabajado en distintas Entidades Financieras en puestos ejecutivos siendo Directora de Tecnología y Operaciones de Banca Comercial en el Banco Santander, Directora Corporativa de Tecnología en el Banco Popular y anteriormente Directora en Barclays Bank España. Ha sido consejera no ejecutiva en Euro Automatic Cash, entidad de pago S.L. En el sector tecnológico ha tenido distintos roles en el Grupo Accenture y ha sido asesora en el área de Servicios Financieros de Minsait. En el sector educativo ha desempeñado el cargo de Directora Global de Tecnología en el Grupo Proeduca (líder en formación en línea) donde ha sido miembro del Comité de Dirección. Actualmente, dirige iniciativas para universidades colaboradoras. Ha desempeñado también una labor docente, como profesora asociada del Departamento de Informática de la Escuela Politécnica (Universidad Carlos III), profesora del Programa Máster de Transformación Digital (Universidad de Salamanca) y profesora de programas ejecutivos en el Instituto de Estudios Bursátiles. En la actualidad colabora en escuela de negocios AFI Global Education. Es licenciada en Ciencias Biológicas por la Universidad Complutense de Madrid, Máster en Bigdata y Analítica por la UNED y ha cursado un programa de desarrollo directivo en el IESE Business School. |
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| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES |
El Sr. Carrascosa es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid, con Máster en Administración Pública por la Universidad de Harvard. Es Técnico Comercial y Economista del Estado. Cuenta con una larga trayectoria en el ámbito del sector financiero, habiendo desempeñado, entre otros cargos de relevancia, los de Consejero ejecutivo de la Junta Única de Resolución, autoridad europea de resolución bancaria, Director General del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, Director General de Política Económica del Ministerio de Economía, Director General de Entidades de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y Subdirector General de Asuntos Financiero-Internacionales del Ministerio de Economía. En el sector privado, fue Director de Cumplimiento Normativo del Sector Financiero en PricewaterhouseCoopers España. Representando al Estado, ha sido miembro de los Consejos de Administración de entidades como ICEX, AENA, Expansión Exterior SA, Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, Caja Postal Argentaria y Consorcio de Compensación de Seguros. En la actualidad es profesor del Máster de Banca y Regulación Financiera de la Universidad de Navarra y desde 2022 colabora como asesor externo del Fondo Monetario Internacional y Banco Mundial en proyectos de asesoramiento a autoridades y análisis de los sistemas financieros de diversos países. Asimismo, forma parte del Consejo Consultivo de FUNCAS y publica regularmente artículos sobre temas económicos y financieros en varios medios (Expansión y Do Better de ESADE). |
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| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA |
La Sra. Fernández es licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid con doble especialidad en Auditoría y Financiación. Ha desarrollado su carrera profesional en PwC, integrándose en la División de Auditoria en 1990 donde permaneció |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| 12 años, tras los cuales constituyó una nueva unidad de negocio, siendo socia responsable del grupo de "Capital Markets and Accounting Advisory Services" (CMAAS) de PwC en España desde 2005. Especializada en normativa contable internacional, reporting financiero y emisiones en mercados de valores nacionales e internacionales, ha formado parte de la ejecutiva mundial del negocio de "Capital Markets and Accounting Advisory Services", y de la ejecutiva del negocio de Transacciones en PwC EMEA. Fue miembro del grupo de expertos creado por Banco de España para el proceso de conversión a las Normas Internacionales de Información Financiera del sector financiero español. Ha participado en un gran número de operaciones de financiación de entidades españolas, salidas a bolsa, ampliaciones de capital y ofertas públicas de adquisición, así como en emisiones y recompra de bonos, tanto en mercados de capitales españoles como internacionales. Es Miembro del Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), del Instituto de Censores Jurados de Cuentas (ICJC) y del Instituto de Consejeros-Administradores (IC-A). En la actualidad, es consejera independiente de Avanza Previsión, Compañía de Seguros, S.A., donde desempeña el cargo de Presidenta de la Comisión de Auditoría. Asimismo es consejera independiente de la Compañía Española de Financiación del Desarrollo, Cofides, S.A., SME, en la que ostenta los cargos de Presidenta de la Comisión de Auditoría y Riesgos y vocal de la Comisión de Sostenibilidad. Asimismo, forma parte del Comité Asesor de Cirsa Enterprises Corporation, S.A.U. |
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| DOÑA INÉS GUZMÁN ARRUE |
La Sra. Guzmán es una destacada profesional en tecnología y transformación empresarial, con más de 25 años de experiencia en liderazgo global. Es Ingeniera Informática por la Universidad de Deusto y posee un Executive MBA por el Instituto de Empresa, complementado con formación directiva en IESE, IMD (Lausana) y un Programa para Consejeros en ESADE. En Accenture, formó parte del "Global Leadership Committee" (Comité Ejecutivo Global) y desempeñó roles clave a nivel global y nacional, liderando transformaciones estratégicas en sectores como telecomunicaciones, medios, plataformas y tecnología. Entre sus posiciones más destacadas figuran la de Directora General de la Unidad Digital y de Operaciones para Telecomunicaciones y Medios, así como la responsabilidad global del negocio de CRM. Ha sido una figura clave en la apertura del mercado europeo de comunicaciones y en el liderazgo de proyectos innovadores en IoT, Cloud e inteligencia artificial. Además, es conferencista habitual en eventos de la industria y ha sido Keynote Speaker en la graduación del MBA del IE Business School. Comprometida con el desarrollo de las nuevas generaciones, promueve la alfabetización digital a través de la iniciativa #HourOfCode. |
|
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO |
La Sra. Martínez Caro es Licenciada en Derecho y Diplomada en Administración de Empresas por la Universidad Pontificia de Comillas (ICADE, E-1) y tiene un máster en Derecho Comunitario con la especialidad en Finanzas, por el Instituto d'Etudes Européennes de Bruselas. A lo largo de su carrera se ha continuado formando mediante programas de desarrollo directivo en diferentes escuelas de negocios de todo el mundo, como IESE (Barcelona), Wharton BS (Filadelfia), CEIBSS (Shanghai) o Haas BS (San Francisco). Además, ha participado en programas de consejeros organizados por empresas como PwC, SPENCERS STUART y DELOITTE, entre otros. Profesional con más de 30 años de experiencia en la industria financiera, la Sra. Martínez Caro contribuyó al desarrollo en España de la Banca Privada de Merrill Lynch, primero, y de Bank of America, después, donde llegó a ser Senior Vicepresident-Investments. Posteriormente, se incorporó al banco suizo Julius Baer donde, como Consejera Delegada en España, lideró la implantación y |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o | |||
| denominación | Perfil | ||
| social del consejero | |||
| posterior crecimiento de la matriz en los mercados español y portugués, consiguiendo posicionar la marca como una de las primeras Bancas de Gestión de Patrimonios en el mercado de Iberia. En el marco de dicho puesto, perteneció al Comité Ejecutivo de la entidad a nivel europeo. Actualmente es consejera independiente del conglomerado filipino LH Paragon Inc y de Clínica Baviera, S.A., siendo Presidenta de la Comisión de Auditoría y miembro de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Asimismo, es miembro del Consejo Provincial de Madrid y miembro del Comité de Auditoría del Consejo Nacional de la Asociación Española contra el Cáncer (AECC), miembro del Consejo Asesor en la firma de abogados FinReg360, Senior Advisor de Forbes Global Properties y miembro del Patronato de la Fundación ITER. Por último, la Sra. Martínez Caro asesora de forma externa e independiente a varios Family Offices, tanto nacionales como extranjeros, aportando su dilatada experiencia en temas tan variados como el M&A, la gestión de carteras, el traspaso a la siguiente generación o el desarrollo de la Filantropía. |
| Número total de consejeros independientes | 7 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 50,00 |
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| Sin datos |
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
|||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | ||
| Sin datos | |||||
| Número total de otros consejeros externos N.A. |

| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
|
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 1 | 1 | 2 | 2 | 16,67 | 16,67 | 28,57 | 28,57 |
| Independientes | 5 | 5 | 4 | 3 | 71,43 | 83,33 | 66,66 | 50,00 |
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 6 | 6 | 6 | 5 | 42,86 | 42,86 | 40,00 | 33,33 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
La Entidad cuenta con una Política de Diversidad del Consejo de Administración, que refunde y desarrolla en un único texto lo establecido en materia de diversidad en los Estatutos Sociales, el Reglamento del Consejo y las demás políticas vigentes en la Entidad.
La Política tiene por objeto asegurar que el procedimiento de selección de consejeros fomente una composición diversa y equilibrada del Consejo de Administración y de sus Comisiones, atendiendo, entre otras, a cuestiones como la formación y experiencia profesionales, la edad, el género y la discapacidad, y las medidas a adoptar para su implementación, en su caso.
Así, en esta Política, se tienen en cuenta los siguientes criterios para asegurar la diversidad:

Perfiles académico y profesional: La Sociedad promoverá un equilibrio de conocimientos, habilidades y experiencias diversos para dotar al proceso de toma de decisiones de mayor solidez, y de asegurar que, entre los candidatos considerados para las vacantes, se incluyan diferentes perfiles académicos y profesionales. Como parte de la diversidad de experiencias, se atenderá entre otros a la posible concurrencia en el Consejo de miembros con experiencia profesional en diversos sectores y ámbitos geográficos, así como con un origen formativo diverso.
Edad: La Sociedad promoverá un Consejo compuesto por miembros de diferentes rangos de edad, de modo que se alcance un equilibrio entre los conocimientos, la experiencia y las competencias.
Género: La Sociedad se asegurará de que el género menos representado en el Consejo de Administración tenga acceso al mismo y de que a los procesos de selección concurra, de ser posible, un número suficiente de candidatos de dicho género que reúnan el perfil profesional y competencial buscado, para mantener un equilibrio adecuado en términos de diversidad y para poder garantizar el mantenimiento de forma continuada en la Entidad de un porcentaje de representación en el Consejo de Administración del género menos representado que cumpla con los estándares de diversidad fijados, en cada momento, por la legalidad vigente, por las autoridades competentes, así como por las recomendaciones de buen gobierno corporativo de las que la Sociedad sea destinataria.
Por lo que respecta al género, entre las competencias de la Comisión de Nombramientos se encuentra la de establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo aumentar el número de personas del sexo menos representado con miras a alcanzar dicho objetivo. En la composición del Consejo en su conjunto y en sus comisiones de apoyo, la Sociedad asume el objetivo recogido en la recomendación 15 del Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, que fija este objetivo de al menos un 40% de representación.
En la aplicación de esta Política se velará, por tanto, por que los correspondientes procesos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna, entre otras, por razones de género. En especial, se evitará cualquier tipo de sesgo que dificulte el nombramiento de candidatos del género menos representado y que pueda impedir el cumplimiento del objetivo de la Sociedad señalado en el párrafo anterior.
La Diversidad se encuentra entre los principios que rigen el procedimiento para la selección y el nombramiento de Consejeros, recogidos en la Política de Selección y Nombramiento de Consejeros de la Entidad, que indica que se garantizará que el sistema de selección de consejeros sea imparcial y transparente y no adolezca de sesgos implícitos, particularmente por razón de género o discapacidad, proporcionando las mismas oportunidades a todos los candidatos cualificados para el puesto a cubrir, y facilitando la selección de candidatos del sexo menos representado. Al seleccionar a los miembros del órgano de administración se tratará de incorporar un amplio conjunto de cualidades y competencias para lograr una diversidad de puntos de vista y de experiencias y para promover opiniones independientes y una toma de decisiones sólida dentro del órgano correspondiente, todo ello en aplicación, asimismo, de la Política de Diversidad.
Así, en la selección de nuevos candidatos a Consejeros para la cobertura de vacantes se sigue un procedimiento que incluye para la definición del perfil de búsqueda, que la Comisión de Nombramientos tendrá en cuenta el equilibrio de conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del Consejo de Administración y elaborará una descripción de las aptitudes necesarias para un nombramiento concreto, valorando las funciones a desarrollar y la dedicación de tiempo prevista para el desempeño de su cometido, todo ello en función de las necesidades a cubrir en cada momento, y atendiendo, asimismo, al objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y a las orientaciones establecidas sobre esta materia en la Política de Diversidad. También el procedimiento de reelección de consejeros recoge como uno de los factores a tener en cuenta, además de la matriz de competencias del consejo y demás elementos indicados anteriormente en esta Política de Selección, la necesidad o conveniencia de una renovación progresiva del Consejo, valorando, en particular, los objetivos de diversidad establecidos por la Sociedad y el tiempo que cada consejero lleva desempeñando el cargo.
(CONTINÚA EN APARTADO H.1)
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
De conformidad con el artículo 16.5 de los estatutos sociales, el Consejo de Administración debe velar por que los procedimientos de selección de consejeros no solo favorezcan la diversidad, sino que la aseguren en los ámbitos establecidos en el artículo 529 bis de la Ley de Sociedades de Capital, en particular para facilitar la selección de consejeras en un número que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.
Asimismo, conforme al art. 32.5. del Reglamento del Consejo, la Comisión de Nombramientos tiene entre sus funciones la de evaluar las competencias, la diversidad, el equilibrio de conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración, así como establecer un

objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
Por otra parte, de acuerdo con la Política para la Evaluación de la Idoneidad de los miembros del Consejo de Administración, los Directores Generales y asimilados, y otro Personal Clave para el desarrollo de la actividad financiera de Unicaja, corresponde a la Comisión de Nombramientos elaborar la matriz de competencias del Consejo de Administración, que someta a la aprobación de éste órgano, en la que se analiza la composición global del Consejo comparando las aptitudes reales con las requeridas para comprender adecuadamente las actividades de la Sociedad, atendiendo a la matriz objetivo, velar por que los procedimientos de selección de los miembros del Consejo favorezcan la diversidad de experiencias y de conocimientos, faciliten la selección de Consejeros del sexo menos representado y, en general, no adolezcan de sesgos implícitos que puedan implicar discriminación alguna.
Unicaja cuenta, además, con una Política de Selección y Nombramiento de Consejeros aprobada por el Consejo de Administración, que tiene por objeto asegurar que los procedimientos de selección de los miembros del Consejo de Administración estén orientados a favorecer una composición equilibrada del Consejo y de sus Comisiones. Unicaja Banco aplica la Política con ocasión de la selección de consejeros para cubrir las vacantes que se produzcan.
Entre los principios que rigen la Política se encuentra los siguientes:
1) Efectividad: Se procurará en todo momento la selección del mejor candidato posible para el cargo que pretenda cubrir la Sociedad, en atención a las necesidades actuales y futuras de la misma.
2) Imparcialidad y diversidad: Se garantizará que el sistema de selección de consejeros sea imparcial y transparente y no adolezca de sesgos implícitos, particularmente por razón de género o discapacidad, proporcionando las mismas oportunidades a todos los candidatos cualificados para el puesto a cubrir, y facilitando la selección de candidatos del sexo menos representado. Al seleccionar a los miembros del órgano de administración se tratará de incorporar un amplio conjunto de cualidades y competencias para lograr una diversidad de puntos de vista y de experiencias y para promover opiniones independientes y una toma de decisiones sólida dentro del órgano correspondiente, todo ello en aplicación, asimismo, de la Política de Diversidad.
3) Competencias y desempeño adecuados: Se garantizará que los consejeros cuenten con conocimientos especializados y experiencia suficientes para desarrollar su actividad y funciones en la Sociedad.
Con base en lo anterior, se ha logrado de que el número de consejeras ya alcanzara el 40% antes de finalizar 2022 y se mantenga a cierre de 2024.
La Política para la evaluación de la idoneidad de los miembros del Consejo de Administración, los directores generales y asimilados y otro personal clave para el desarrollo de la actividad financiera de Unicaja señala, entre los criterios comunes a considerar por la Comisión de Nombramientos al reevaluar la idoneidad de los Consejeros a título individual o al Consejo en su conjunto, que la composición del Consejo cumpla los objetivos establecidos en materia de diversidad, plasmados en la "Política de Diversidad del Consejo de Administración". Así en el Informe de evaluación colectiva del Consejo de Administración elaborado por la Comisión de Nombramientos, en cuanto a su composición, ha evaluado de qué manera el candidato contribuye a que el Consejo cumpla, entre otros, los criterios de diversidad de conocimientos, experiencia, edad y género. La Comisión ha estimado que el Consejo en su conjunto cuenta con una composición diversa.
Por lo que respecta a las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas, la Comisión de Nombramientos sigue manteniendo el compromiso de impulsar el aumento del número de mujeres en la alta dirección, velando por la equidad en los procesos de selección y, asegurando el flujo natural del talento, sea masculino o femenino, en todos los niveles de la organización.
(CONTINÚA EN APTDO. H.1)
Respecto al número de altas directivas se ha de destacar que la Entidad vela por la equidad en los procesos de selección y ascenso, asegurando el flujo del talento, sea masculino o femenino, en todos los niveles de la organización.
A estos efectos, a 31 de diciembre de 2024, el porcentaje de mujeres que forman parte de la alta dirección asciende al 7,14% y en mandos intermedios asciende al 45,11%.
La Comisión de Nombramientos, elaboró el informe de aplicación de la Política de Selección y Nombramiento de Consejeros y de la Política de Diversidad, concluyendo que los procesos de evaluación de idoneidad individual y colectiva llevados a cabo en el ejercicio 2024 se han desarrollado conforme a los criterios, principios y sistemas establecidos en las citadas políticas.

En particular, en las evaluaciones de los candidatos, se analizó el impacto en términos de diversidad de conocimientos, habilidades técnicas, experiencia, y género, sin implicar discriminación por motivos de edad o discapacidad, utilizando la matriz de competencias, conocimientos y experiencias, velando por que la composición global y el equilibrio de competencias del Consejo de Administración fuesen apropiados. La Comisión ha verificado que el Consejo de Administración, individual y colectivamente, es idóneo para el desempeño de sus funciones y que dispone de capacidad para tomar decisiones de forma independiente y autónoma en beneficio de la Entidad, así como que las diversas áreas de especialización necesarias están debidamente cubiertas.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación | ||
|---|---|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| ISIDRO RUBIALES GIL | El Sr. Rubiales tiene delegadas amplias facultades de representación y administración para el ejercicio del cargo de Consejero Delegado de la Entidad. |
C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | AAREAL BANK AG | CONSEJERO |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | SOLEA POWER CORPORATION | CONSEJERO |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS (CECA) |
CONSEJERO |
| DON JOSÉ SEVILLA ÁLVAREZ | FUNDACIÓN PRINCESA DE ASTURIAS | OTROS |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON ISIDRO RUBIALES GIL | CECABANK, S.A. | CONSEJERO |
| DON ISIDRO RUBIALES GIL | CAJA DE SEGUROS REUNIDOS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (CASER) |
CONSEJERO |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE MÁLAGA |
VICEPRESIDENTE |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA (CEA) |
OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE ORGANIZACIONES EMPRESARIALES (CEOE) |
REPRESENTANTE DE CONSEJERO |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (CEPYME) |
OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CÁMARA DE COMERCIO DE MÁLAGA | OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONSEJO ANDALUZ DE CÁMARAS | OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | AUTORIDAD PORTUARIA DE MÁLAGA | REPRESENTANTE DE CONSEJERO |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE ANDALUCÍA (CES ANDALUCÍA) |
OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE MÁLAGA |
OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | FUNDACIÓN CEM-CULTURAL ECONOMÍA Y MEDIO AMBIENTE |
PATRONO |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | FUNDACIÓN CSEA, DE LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA |
PATRONO |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | FUNDACIÓN MADECA | OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | ASOCIACIÓN CIFAL MÁLAGA | OTROS |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | FUNDACIÓN CIEDES | OTROS |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | AVANZA PREVISIÓN, COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A. |
CONSEJERO |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE FINANCIACIÓN DEL DESARROLLO COFIDES, S.A. SME |
CONSEJERO |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | COTTON INVERSIONES, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | CREDICORP LTD | CONSEJERO |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | BANCO DEL CRÉDITO DEL PERÚ | CONSEJERO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
GLOBAL PORTFOLIO INVESTMENTS S.L. |
ADMINISTRADOR UNICO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
WILMINGTON CAPITAL S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
INDUMENTA PUERI, S.L. | CONSEJERO DELEGADO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
MAYORAL MODA INFANTIL S.A.U. | OTROS |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
CHAPELHILL, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
RAFANACHI, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA |
PROSPERITAS CAPITAL, S.L. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DOÑA INÉS GUZMÁN ARRUE | SUGAVAL, S.L. | CONSEJERO |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | FUNDACIÓN ITER | PATRONO |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CANCER (ACC) |
OTROS |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | CLÍNICA BAVIERA, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | LH PARAGON INC | CONSEJERO |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
EUDITA CYE AUDITORES, S.A. | ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
EUDITA GCM AUDITORES Y CONSULTORES, S.L. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
EUDITA AGRUPACIÓN EUROPEA DE AUDITORES A.I.E. |
REPRESENTANTE DE CONSEJERO |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
ESPINOSA Y SÁNCHEZ, CONSULTORES Y ECONOMISTAS, S.L.P. |
ADMINISTRADOR SOLIDARIO |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO |
FUNDACION MUSEO PICASSO MÁLAGA, LEGADO PAUL, CHRISTINE Y BERNARD RUIZ-PICASSO |
OTROS |
A continuación, se describen los cargos que han sido informados como "OTROS" o "REPRESENTANTE DE CONSEJERO", o aquellos en los que habiendo marcado "CONSEJERO" O "VICEPRESIDENTE" el cargo, aún siendo equivalente, tiene otra denominación en la Entidad correspondiente:
D. José Sevilla Álvarez es representante persona física de Unicaja como miembro del Patronato Princesa de Asturias (órgano honorifico).
Dª Natalia Sánchez Romero es:
· Vicepresidenta Ejecutiva y Secretaria General de la Confederación de Empresarios de Málaga (CEM);

· Vocal de la Junta Directiva de la Asociación CIFAL.
D. Rafael Domínguez de la Maza es Director General en Mayoral Moda Infantil, S.A.U.
Dª. Carolina Martinez Caro es miembro del Consejo Provincial de Madrid (vicepresidenta)y Miembro de la Comisión de Auditoría del Consejo Nacional en la Asociación Española contra el Cáncer (ACC).
D. José Ramón Sánchez Serrano es representante persona física del consejero Eudita CYE Auditores, S.A. en Eudita Agrupación Europea de Auditores, A.I.E, y en la Fundación Museo Picasso Málaga, Miembro del Comité de Presupuestos y Organización.
De los anteriores cargos únicamente son retribuidos los siguientes:
• D. José Sevilla: AAREAL BANK AG y CECA
• Dª Natalia Sanchez: Confederación de Empresarios de Malaga (CEM) y Autoridad Portuaria de Málaga (solo dietas).
• Dª Rocio Fernandez: Avanza Previsión, Compañía de Seguros, S.A. y COFIDES.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| DOÑA MARÍA LUISA ARJONILLA LÓPEZ | Directora en el Grupo Proeduca Altus. |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | CEO de CMC Family Advisors; Asesora Senior de Forbes Global Properties LLC y; miembro del Consejo Asesor de FinancialReg360, S.L. |
| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES | Miembro del Consejo Consultivo de FUNCAS, Asesor Externo del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial y labores docentes en la Universidad de Navarra y Senior fellow del Centro de Gobierno Corporativo de ESADE |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO | Actividad profesional como auditor en Eudita CYE Auditores, S.A. y profesor asociado del Departamento de Finanzas y Contabilidad de la Universidad de Málaga de la Universidad de Málaga. |
| DON VICTOR COVIÁN REGALES | Abogado en ejercicio y Profesor de Derecho Penal en la UNED. |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | Labor de asesoramiento en el Banco Mundial y miembro Panel de Expertos independientes en COFIDES, S.A., S.M.E. y labores docentes en IE University. |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | Miembro del Comité Asesor en CIRSA ENTERPRISES CORPORATION, S.A.U. |
C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
| [ √ ] Sí |
|---|
| ------------- |
[ ] No

El art. 15.3 del Reglamento del Consejo de Administración establece que los Consejeros no podrán formar parte de más consejos de administración que los que resulte posible bajo la normativa bancaria de aplicación. En particular, la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, en su artículo 26 sobre régimen de incompatibilidades y limitaciones, indica que salvo en determinados casos, no podrán ocupar al mismo tiempo más cargos que los previstos en una de las siguientes combinaciones: i) un cargo ejecutivo junto con dos cargos no ejecutivos o; ii) cuatro cargos no ejecutivos. Se entiende por cargos ejecutivos, en todo caso, aquellos que desempeñen funciones de dirección en la entidad, cualquiera que sea el vínculo jurídico que les atribuya estas funciones. También se establecen previsiones específicas a fin de determinar cómo debe realizarse el cómputo de cargos cuando se trate de aquellos que se ocupan dentro del propio grupo, o en sociedades mercantiles en las que la entidad cuenta con una participación significativa.
El régimen de incompatibilidades también se contiene en la norma 34 de la Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013. En el ámbito internacional también resultan de aplicación a las Entidades de Crédito la Guía para la Evaluación de la Idoneidad del Banco Central Europeo o las Directrices sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de administración y los titulares de funciones clave (EBA/GL/2021/06).
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | 2.340 |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
446 |
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
44 |
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
393 |
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON PABLO GONZÁLEZ MARTÍN | DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS |
| DON FRANCISCO JAVIER PÉREZ GAVILÁN |
DIRECCIÓN GENERAL DE RIESGO DE CRÉDITO Y ESG |
| DON JOSÉ MARÍA DE LA VEGA CARNICERO |
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA Y OPERACIONES |
| DON JUAN SEBASTIAN MEDINA SERRAMITJANA |
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAS, ORGANIZACIÓN Y LEGAL |
| DON LUÍS COLORADO RUIZ | DIRECCIÓN GENERAL DE NEGOCIO MINORISTA |
| DON VICENTE ORTI GISBERT | DIRECCIÓN GENERAL DE SECRETARÍA GENERAL DE ÓRGANOS DE GOBIERNO |
| DON JESÚS NAVARRO MARTÍN | DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORÍA INTERNA |
| DON CÉDRIC BLANCHETIÈRE | DIRECTOR GENERAL DE CONTROL DEL RIESGO Y RELACIÓN CON SUPERVISORES (CRO) |
| DOÑA ROSARIO ARACENA JIMÉNEZ | DIRECCIÓN GENERAL DE NON CORE E INMUEBLES |
| DON AGUSTÍN LOMBA SORRONDEGUI | DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y DATOS |

| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DON JESÚS RUANO MOCHALES | DIRECCIÓN GENERAL DE NEGOCIO DE EMPRESAS |
| DON SEVERINO JESÚS MÉNDEZ SUÁREZ |
DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN |
| DON MANUEL GUERRERO WERNER | DIRECCIÓN DE GABINETE DEL CEO Y ESTRATEGIA |
| DON FERNANDO JESÚS RÍOS CAÑADAS |
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN E IMAGEN |
| Número de mujeres en la alta dirección | |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 4.487 |
El importe de la remuneración total de la alta dirección corresponde a las cantidades devengadas por 15 miembros de la alta dirección que han desarrollado sus funciones en algún momento del ejercicio, aunque no tengan tal condición en la fecha de cierre.
C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
La modificación del Reglamento del Consejo de Administración tuvo lugar en febrero de 2024 con la finalidad de: (A) Adaptar su contenido a nuevas disposiciones y recomendaciones de buen gobierno; (B) Regular, a nivel de Reglamento del Consejo de Administración, Comisiones no obligatorias, que el Consejo de Administración acordó crear: la Comisión de Sostenibilidad y la Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología; (C) Dar cumplimiento a determinadas expectativas supervisoras; (D) Suprimir la Disposición Transitoria y; (E) Incorporar mejoras técnicas.
5.- Composición cuantitativa; 6.- Composición cualitativa; 7.- Competencias del Consejo de Administración – Catálogo de materias indelegables; 8.- Funciones específicas relativas al Mercado de Valores; 9.- Relaciones con los accionistas; 10.- Relaciones con los mercados; 11.- Relaciones con los auditores; 12.- Nombramiento de consejeros; 13.- Duración del cargo; 14.- Cese de los consejeros; 15.- Obligaciones generales de los Consejeros; 17.- Conflictos de intereses y operaciones vinculadas; 21.- Deberes de información de los consejeros; 22.- Contenido de las retribuciones; 23.- Informe anual sobre retribuciones; 26.- Vicepresidentes. Consejero Delegado. Consejero Coordinador; 27.- Secretario del Consejo. Funciones. Vicesecretario del Consejo; 28.- Sesiones del Consejo de Administración; 29.- De las Comisiones del Consejo de Administración; 30.- Comisión Ejecutiva; 31.- Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo; 32.- Comisión de Nombramientos; 33.- Comisión de Retribuciones; 34.- Comisión de Riesgos; 35.- Evaluación del Consejo de Administración, de sus Comisiones y cargos; y 36.- Responsabilidad Social Corporativa. Además, se incorporaron dos nuevos artículos (34 bis.- Comisión de Sostenibilidad y 34 ter.- Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología) y se suprimió la Disposición Transitoria.
Los procedimientos de selección, nombramiento, reelección, evaluación y remoción de los consejeros se regulan, además de en la normativa de aplicación, en: los Estatutos Sociales, el Reglamento del Consejo de Administración; la Política para la Evaluación de la Idoneidad del Consejo de Administración, los Directores Generales y asimilados y otro Personal Clave para el desarrollo de la actividad financiera. La normativa interna de idoneidad de consejeros se completa con la Política de Diversidad; la Política de Selección y Nombramiento de Consejeros y; la Política de Sucesión.
Además, los nuevos nombramientos están sometidos al procedimiento de no objeción supervisora por el Banco Central Europeo.
La Comisión de Nombramientos evalúa las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo, define las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos y evalúa la dedicación precisa para el desempeño, así como la idoneidad colectiva del Consejo.

En la selección de candidatos a consejeros se seguirá el siguiente procedimiento:
Definición del perfil de búsqueda: La Comisión de Nombramientos tendrá en cuenta el equilibrio de conocimientos, capacidad, diversidad y experiencia del Consejo de Administración y elaborará una descripción de las aptitudes necesarias para un nombramiento concreto, valorando las funciones a desarrollar y la dedicación de tiempo prevista para el desempeño de su cometido, todo ello en función de las necesidades a cubrir en cada momento, y atendiendo, asimismo, al objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y a las orientaciones establecidas sobre esta materia en la Política de Diversidad. En la selección de nuevos candidatos a Consejeros habrá de tenerse en cuenta, asimismo, si se prevé su incorporación a alguna de las Comisiones del Consejo o su designación para algún cargo específico, en cuyo caso los candidatos, además de las competencias generales previstas en la Política para la Evaluación de la Idoneidad, habrán de contar con las aptitudes recogidas en el correspondiente perfil tipo.
Identificación de potenciales candidatos: La Comisión de Nombramientos será la encargada de identificar potenciales candidatos para cubrir dichos puestos. En el desarrollo de sus funciones, la Comisión de Nombramientos contará con los servicios de "headhunters" o expertos externos para la búsqueda y selección de potenciales candidatos adecuados para cubrir una determinada vacante por un consejero independiente; en los demás supuestos la Comisión de Nombramientos valorará la oportunidad de contar con dichos servicios. Asimismo, cualquier Consejero o accionista significativo, podrá solicitar de la Comisión de Nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes del Consejo de Administración. En función del tipo de vacante a cubrir, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones adicionales:
(i) Consejeros dominicales: los accionistas que acrediten debidamente la titularidad de un número de acciones o derechos de voto que les otorgarían el derecho a nombrar Consejeros podrán proponer, para la cobertura de vacantes, el nombramiento de consejeros dominicales en su representación. Por otra parte, si la Sociedad fuese a proponer la designación de un consejero dominical en representación de un accionista que no posee una participación accionarial tal que le concedería el derecho a designar un consejero por el sistema de representación proporcional y, especialmente, en aquellos casos en que el accionista tuviese una participación inferior al 3%, la Comisión de Nombramientos deberá recabar las razones de dicha propuesta y explicarlas en el informe que eleve al Consejo.
(ii) Consejeros independientes: la Comisión de Nombramientos acudirá en primera instancia a fuentes externas (esto es, "headhunters" o expertos independientes). No obstante, se podrá tener en cuenta a los potenciales candidatos identificados por los propios consejeros o por accionistas que, además de cumplir los criterios de idoneidad correspondientes, cumplan con los criterios de la definición de consejero independiente derivados de la normativa y recomendaciones aplicables.
(iii) Consejero ejecutivo: La Comisión de Nombramientos, en la medida de lo posible, acudirá, en primera instancia a fuentes internas. En todo caso, para la selección de candidatos que sucedan a cargos ejecutivos existentes, será aplicable la Política de Sucesión y el correspondiente plan de sucesión.
(iv) Consejeros destinados a ocupar cargos específicos del consejo o de sus comisiones: en función del tipo de cargo vacante, será también aplicable la Política de Sucesión y el correspondiente plan de sucesión.
(CONTINÚA EN APTDO. H.1)
De conformidad con lo dispuesto en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas en su recomendación 36, y tal y como queda recogido en el artículo 35 del Reglamento del Consejo, y en el "Procedimiento de Evaluación del Funcionamiento del Consejo de Administración de Unicaja Banco, S.A. y de sus Comisiones, y de determinados cargos", al menos, cada tres años, el Consejo contará con el apoyo de un consultor externo para la realización de la evaluación.
El último ejercicio en el que la Entidad contó con el apoyo de un consultor externo fue en el ejercicio 2022.
Por lo que respecta a la evaluación del ejercicio 2024, el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos, acordó, la sesión de diciembre de 2024, la puesta en marcha de procedimiento de Evaluación del Funcionamiento del Consejo de Administración de Unicaja Banco, S.A., de sus Comisiones y de determinados cargos, y que éste se llevara a cabo con la asistencia de los servicios interno. Con base en los resultados obtenidos a partir de los cuestionarios cumplimentados por los consejeros y los informes de evaluación remitidos por cada una de las Comisiones, ha elaborado un informe en el que se concluye que, la evaluación de la organización y el funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones resultó satisfactoria. No obstante, se identificaron áreas susceptibles de mejora y para ello la Comisión ha elaborado un Plan de Acción, que ha aprobado el Consejo de Administración, de cuyo cumplimiento se hará seguimiento durante el ejercicio 2025 con el que se pretende lograr un mejor funcionamiento y mayor eficiencia en las reuniones del Consejo de Administración a través de diversas acciones, como son, entre otras: i) Ampliar el plazo de antelación en la puesta a disposición de documentos; ii) Potenciar las utilidades de la herramienta documental del Consejo; (iii) Actualizar los programas de bienvenida de Consejeros y Directores Generales o asimilados y; iv) Plan de formación dirigido a mejorar conocimientos específicos .

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
Tal y como se ha indicado en el apartado anterior, para la evaluación de la organización y funcionamiento del Consejo en el ejercicio 2022, la Sociedad contó con el apoyo de un consultor externo (Deloitte). Para los ejercicios 2023 y 2024 la evaluación se ha realizado de forma interna, siguiendo el procedimiento aprobado por el Consejo de Administración, en su sesión de 16 de febrero de 2024, previo informe favorable de la Comisión de Nombramientos, que actualizaba el procedimiento vigente hasta ese momento.
El perímetro de evaluación comprendió, específicamente, al Consejo de Administración en su conjunto y cada una de sus Comisiones, y de forma individual los cargos de Presidente del Consejo, Consejero Delegado, Secretaría/Vicesecretaría del Consejo, Consejero Coordinador y Presidente y Secretario de cada una de las Comisiones, así como también la evaluación del desempeño de cada uno de los Consejeros.
Para realizar dicha evaluación, se utilizó un cuestionario que queda abierto en cada uno de sus apartados para que, si así se desea, se puedan formular observaciones más allá de las respuestas a cada una de las cuestiones planteadas.
Siguiendo la recomendación 36 del Código de Buen Gobierno, y la Guía Técnica de comisiones de nombramientos y retribuciones que incrementa las áreas evaluadas, ambas de la CNMV, las áreas evaluadas fueron las siguientes:
i) Calidad y eficiencia del Consejo de Administración y de sus Comisiones.
ii) El tamaño, composición y diversidad del Consejo de Administración y de sus Comisiones.
iii) El desempeño del Presidente y del Consejero Delegado.
iv) El desempeño de cada consejero, prestando especial atención al Consejero Coordinador, al Secretario del Consejo y a los Presidentes y Secretarios de las Comisiones.
v) La frecuencia y duración de las reuniones.
vi) El contenido del orden del día y la suficiencia de tiempo dedicado a tratar los distintos temas en función de su importancia.
vii) La calidad de la información recibida por los consejeros.
viii) La amplitud y apertura de los debates, evitando el pensamiento de grupo.
ix) Si el proceso de toma de decisiones dentro del Consejo se ve dominado o fuertemente influenciado por un miembro o un grupo reducido de miembros.
Con la información recopilada conforme a la metodología descrita, cada Comisión evaluó de forma autónoma su desempeño y el de sus miembros para fortalecer su funcionamiento y mejorar la planificación del ejercicio siguiente, remitiendo el correspondiente informe a la Comisión de Nombramientos.
Por su parte, a partir de la información y los informes de evaluación de cada una de las Comisiones, la Comisión de Nombramientos elaboró un informe conjunto, que contiene un plan de acción tanto.
El último proceso de evaluación auxiliada por un experto externo fue 2022. Dicho experto externo fue Deloitte, firma que presta a Unicaja diversos servicios de consultoría. La selección de Deloitte se formalizó con posterioridad a verificar su independencia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento del Consejo de Administración, los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
a. Cuando cesen en los puestos, cargos o funciones a los que estuviere asociado su nombramiento como consejeros;
b. Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos;
c. Cuando el propio Consejo así lo solicite por mayoría de, al menos, dos tercios de sus miembros: 1) si por haber infringido sus obligaciones como Consejeros resultaren gravemente amonestados por el Consejo, previa propuesta o informe de la Comisión de Nombramientos; o 2) cuando su permanencia en el Consejo pueda poner en riesgo los intereses de la Sociedad;
d. A requerimiento del Banco de España, el Banco Central Europeo u otra autoridad con competencias en la materia.
e. Cuando el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos, lo considere conveniente en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad por situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad, o cuando el consejero haya dejado de cumplir los requisitos legales de honorabilidad, experiencia y buen gobierno establecidos en la regulación bancaria aplicable, o, en particular, cuando el Consejero se encuentre investigado por cualquier causa penal. A tal efecto, el Consejo de Administración examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Nombramientos, si procede o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese.

De todo ello el Consejo de Administración dará cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo y, en su caso, al Banco de España, Banco Central Europeo o autoridad competente.
Asimismo, los consejeros dominicales deberán presentar su dimisión en el número que corresponda, cuando el accionista al que representen transmita o rebaje su participación accionarial.
Cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la Junta General, un Consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, deberá explicar de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo. Sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el Informe Anual de Gobierno Corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará, tan pronto sea posible, el cese, incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el Consejero.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
En su caso, describa las diferencias.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
El art. 18.8 de los Estatutos sociales dispone que todos los consejeros podrán emitir su voto y conferir su representación a favor de otro consejero, si bien los consejeros no ejecutivos sólo podrán hacerlo en otro consejero no ejecutivo. La representación se otorgará con carácter especial para la reunión del Consejo de Administración a que se refiera.
El art. 15.2.b) del Reglamento del Consejo de Administración dispone en el caso indispensable de que un consejero no pueda asistir a las sesiones a las que haya sido convocado, deberá instruir al consejero al que, en su caso, haya conferido su representación.
Por otro lado, en virtud de lo contemplado en el artículo 28.5 del Reglamento del Consejo de Administración, el Presidente decidirá, en caso de duda, sobre la validez de las representaciones conferidas por consejeros que no asistan a la sesión. Dichas representaciones podrán otorgarse por carta o por cualquier otro medio escrito que, a juicio del Presidente, asegure la certeza de la representación.
La normativa interna no prevé un límite máximo de delegaciones que pueda tener un consejero.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 18 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |
Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
Número de reuniones 2
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISIÓN DE RETRIBUCIONES |
12 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS |
23 |
| Número de reuniones de COMISIÓN DE RIESGOS |
12 |
| Número de reuniones de COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD |
11 |
| Número de reuniones de COMISIÓN DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA |
10 |
| Número de reuniones de COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO |
14 |
El Consejo de Administración mantuvo 18 reuniones en el ejercicio 2024. Adicionalmente, el Consejo de Administración adoptó acuerdo, en una ocasión, por el procedimiento escrito y sin sesión. Asimismo, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo y la Comisión de Nombramientos adoptaron acuerdo, en una ocasión, por el procedimiento escrito y sin sesión y la Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología en dos ocasiones.
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 18 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 99,20 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
18 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
100,00 |

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
Unicaja cuenta con un Sistema de Control Interno sobre la Información Financiera (SCIIF), descrito en detalle en el Apartado F) del presente Informe Anual de Gobierno Corporativo. Mediante este sistema, la Dirección de Unicaja consigue asegurarse de manera razonable que la información financiera se prepara conforme a la normativa contable aplicable y que está libre de incorrecciones materiales. Véase Apartado F) para mayor información a este respecto.
Asimismo, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo tiene entre sus competencias la de mantener relaciones con los auditores externos para, entre otros extremos, recibir información sobre el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas anuales. Sobre tal base, los auditores externos presentan a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, previamente a la formulación de las Cuentas Anuales de la Entidad, las conclusiones de su trabajo así como un borrador de opinión de auditoría que, a expensas del resultado de los procedimientos de auditoría que pudieran estar en esa fecha pendientes de ejecución, representa la opinión de los auditores externos sobre las Cuentas Anuales que formulará el Consejo de Administración y serán elevadas a la Junta General de Accionistas para su aprobación.
Otra de las competencias establecidas para la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo es la de elevar informes y propuestas al Consejo de Administración, sobre los asuntos de su competencia. Por lo tanto, en el caso de que el anticipo de opinión de auditoría contuviese salvedades, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo remitirá un informe por escrito al Consejo de Administración para comunicarle este hecho y valorar la posibilidad de modificar los estados financieros y subsanar las salvedades que hubiesen puesto de manifiesto en el anticipo de opinión de auditoría, de forma que las cuentas anuales formuladas por el Consejo de Administración representen la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la Entidad.
C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:
C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.
Tal y como establece el artículo 25.3 de los Estatutos Sociales, el artículo 11.1 del Reglamento del Consejo de Administración y el artículo 4 del Reglamento de la Comisión de Auditoría, a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo le corresponden, en relación con el auditor de cuentas, las siguientes funciones:
i) Elevar al Consejo, para su traslado a la Junta General de Accionistas, las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas, responsabilizándose del proceso de selección, así como las condiciones de su contratación, y recabar regularmente del auditor de cuentas información sobre su estrategia y el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
ii) Definir una política, un protocolo interno y un procedimiento de selección del auditor de cuentas, en el que se especifiquen los criterios o parámetros a valorar.
iii) Establecer las oportunas relaciones con el auditor de cuentas para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza para la independencia de este, para su examen por la Comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en la normativa de aplicación, así como recibir aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente de los auditores de cuentas: a) confirmación escrita de su independencia frente a la Entidad o entidades vinculadas a esta, directa o indirectamente; b) información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por el citado auditor, o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

iv) Emitir, anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia del auditor de cuentas resulta comprometida.
v) En caso de renuncia del auditor de cuentas, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
vi) Velar por que la retribución del auditor de cuentas por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia, y analizar las variaciones anuales en sus retribuciones.
vii) Discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, sin quebrantar su independencia, presentando, en su caso, recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento.
viii) Supervisar que, cuando sea preceptivo, la Entidad comunique como otra información relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores el cambio de auditor, y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
ix) Asegurar que el auditor de cuentas mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos financieros y no financieros de la Entidad.
x) Asegurar que la Entidad y el auditor de cuentas respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.
Además, en cuanto a las relaciones con el auditor, cabe resaltar que la Entidad cuenta con una Política de nombramiento de auditor, aprobación de servicios y otros aspectos de independencia del auditor del Grupo Unicaja, en la que se establecen las normas y procedimientos de cara a la relación con los auditores en cuanto a nombramiento, aprobación de servicios distintos de auditoría según lo requerido por el Reglamento (UE) nº 537/2014, y otros asuntos que son competencia de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo de Unicaja. Esta Política está vigente desde 2018 y la última actualización ha sido aprobada por el Consejo de Administración en 2024, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, y su objetivo es establecer las bases sobre las cuales se producirá la selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor de cuentas de Unicaja (a nivel individual y consolidado), así como la aprobación de los servicios de auditoría y distintos de auditoría y la confirmación de independencia del auditor de cuentas de acuerdo con los requisitos de la normativa aplicable a este respecto.
Respecto al ejercicio 2024, conforme a las funciones que tiene atribuidas la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativa por el Reglamento de su funcionamiento, antes enumeradas, y a la propia Política de nombramiento de auditor, aprobación de servicios y otros aspectos de independencia del auditor del Grupo Unicaja, se han elaborado los correspondientes informes del auditor externo y de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo sobre la independencia del auditor externo, confirmando la misma. La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo ha concluido que los servicios realizados por el auditor externo relacionados con la auditoría de cuentas y otros servicios distintos de los de auditoría, cumplen con los requisitos de la Ley de Auditoría de Cuentas y del Reglamento (UE) nº 537/2014, aplicable a entidades de interés público, para ser compatibles con la auditoría de las cuentas anuales y que dichos servicios no presentan amenazas significativas a la independencia del auditor.
En cuanto a las Agencias de Calificación, desde la Dirección de Relación con Inversores, que internamente coordina el proceso, se dan instrucciones a las distintas Direcciones de la Entidad para que faciliten toda la información disponible y que sea solicitada por aquéllas, con las que, por su propio sistema de trabajo, los proveedores de información nunca están en contacto con el equipo evaluador final. En lo referente a analistas financieros y bancos de inversión, previamente a la contratación del servicio que pueda requerirse, el Banco analiza su valoración profesional en el sector respectivo, incluidas su experiencia e independencia, tras lo cual se limita a aportar la información financiera que demanden y poner a su disposición los medios que pudieran requerir para el desarrollo de la actuación solicitada, garantizando así que el proceso cuenta con las condiciones que permitan asegurar el cumplimiento de las mejores prácticas en materia de independencia y que no se generan conflictos de interés. En todos los casos, la designación de estos expertos se realiza a través de un proceso de contratación, en el que se firma una carta de encargo que incluye las cláusulas de confidencialidad que resulten aplicables al trabajo concreto.
[ √ ] [ ] Sí No
| Auditor saliente | Auditor entrante |
|---|---|
| PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. | KPMG, Auditores, S.L. |
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
[ ] [ √ ] Sí No

| [ ] No |
|
|---|---|
| -- | -------------- |
| Sociedad | Sociedades del grupo |
Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
150 | 0 | 150 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría / Importe trabajos de auditoría (en %) |
9,15 | 0,00 | 7,35 |
Los criterios de cálculo y el perímetro de sociedades del Grupo que se ha considerado son los establecidos en la Ley de Auditoría de Cuentas y el artículo 4.2 del Reglamento (UE) 537/2014, de 16 de abril, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de entidades de interés público.
C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 1 | 1 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
7,14 | 7,14 |
| C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo |
El artículo 15.2 del Reglamento del Consejo de Administración establece que, en el desempeño de sus funciones, el consejero está obligado a, entre otros deberes, informarse y preparar adecuadamente las reuniones del Consejo y de las Comisiones y demás órganos corporativos a los que

pertenezca; a tales efectos tiene el deber de exigir y el derecho de recabar la información adecuada y necesaria que le sirva para el cumplimiento de sus obligaciones.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 25.3 del Reglamento del Consejo, el Presidente velará por que los Consejeros reciban con carácter previo a las sesiones información suficiente para deliberar sobre los puntos del orden del día.
En este sentido, Unicaja Banco dispone de una plataforma on-line para facilitar, de manera segura y confidencial, a los consejeros el material necesario para la preparación de las reuniones del Consejo de Administración y de sus Comisiones.
Asimismo, dispone el artículo 19 del Reglamento del Consejo que los consejeros se hallan investidos de las más amplias facultades para informarse sobre cualquier aspecto de la Sociedad, para examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales y para inspeccionar todas sus instalaciones.
Con el fin de no perturbar la gestión ordinaria de la Sociedad, el ejercicio de las facultades de información se canalizará a través del Presidente o del Secretario del Consejo de Administración, quienes atenderán las solicitudes de los Consejeros facilitándoles directamente la información, ofreciéndoles los interlocutores apropiados en el estrato de la organización que proceda o arbitrando las medidas para que puedan practicar in situ las diligencias de examen e inspección deseadas.
La Sociedad establecerá los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la Sociedad. En particular, la Sociedad ofrecerá también a los Consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen. Con carácter anual se valoran las necesidades específicas de formación de los consejeros y se desarrolla un plan de formación específico para el Consejo de Administración y otro reforzado para los miembros de las Comisiones de Auditoría y Cumplimiento Normativo, y de Riesgos, así como para los de las demás comisiones del Consejo para las que se detecte la necesidad.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Conforme dispone el artículo 14.2.e) del Reglamento del Consejo de Administración, los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, cuando el Consejo, previo informe de la Comisión de Nombramientos, lo considere conveniente en aquellos supuestos que puedan perjudicar al crédito y reputación de la Sociedad, por situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad, o cuando el consejero haya dejado de cumplir los requisitos legales de honorabilidad, experiencia y buen gobierno establecidos en la normativa de regulación bancaria aplicable, o, en particular, cuando el Consejero se encuentre investigado por cualquier causa penal.
A tal efecto, el Consejo de Administración examinará el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Nombramientos, si procede o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. De todo ello el Consejo de Administración dará cuenta, de forma razonada, en el Informe Anual de Gobierno Corporativo y, en su caso, al Banco de España, Banco Central Europeo o autoridad competente.
Adicionalmente, la Entidad cuenta con una Política para la evaluación de la Idoneidad en la que obliga a los miembros del Consejo de Administración a comunicar a la Sociedad, de inmediato, cualquier circunstancia que afecte a su honorabilidad comercial y profesional, honestidad e integridad, conocimientos, experiencia y competencias exigibles.
C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ ] | Sí | |
|---|---|---|
[ √ ] No

C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 21 |
|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
| Consejero Delegado. Miembros del Comité de Dirección. Resto Empleados |
El Consejero Delegado tendrá derecho a percibir, en los supuestos regulados en su contrato, como compensación por el pacto de no competencia, una compensación económica equivalente a una anualidad de su retribución dineraria fija en el momento de extinción del contrato, cuyo importe se abonaría una vez finalizado el periodo de no competencia. En cuanto a los miembros del Comité de Dirección y resto de empleados: Indemnización, para algunos miembros del Comité de Dirección (7) y resto de empleados (13), por rescisión del contrato no imputable al empleado de entre 1 y 3 anualidades. |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | ||
|---|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | √ | ||
| Si | No | ||
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |
Se informa a la Junta General a través del presente Informe, que a su vez forma parte del informe de gestión contenido en las Cuentas Anuales.
C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DOÑA MARÍA LUISA ARJONILLA LÓPEZ | PRESIDENTE | Independiente |

| COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | VOCAL | Independiente | |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO | SECRETARIO | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
Su organización y funcionamiento están regulados en el artículo 27 de los Estatutos sociales y en el artículo 32 del Reglamento del Consejo de Administración.
1) Funciones que tiene atribuidas:
Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo 27.3 de los Estatutos Sociales y en el artículo 32.5 del Reglamento del Consejo de Administración, que se encuentran publicados en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones, en los subapartados de "Estatutos", para el caso de dicha norma, y "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo", para el caso del Reglamento.
2) Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Nombramientos estará formada por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros que no desempeñen funciones ejecutivas en la Sociedad. La mayoría de ellos y, en todo caso, el Presidente deberán ser consejeros independientes.
Los miembros de la Comisión de Nombramientos serán designados por el Consejo de Administración teniendo en cuenta los conocimientos, experiencia y aptitudes necesarias para las funciones a desempeñar.
El Consejo de Administración designará un Presidente de la Comisión de entre los consejeros independientes que formen parte de la Comisión. También designará un Secretario, el cual podrá no ser miembro de la misma, quien auxiliará al Presidente y deberá proveer para el buen funcionamiento de la Comisión, ocupándose de reflejar debidamente en las actas el desarrollo de las sesiones. La Comisión se reunirá con la periodicidad que determine la propia Comisión y cada vez que la convoque su Presidente o lo soliciten dos de sus miembros. El Presidente de la Comisión dará cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que dará cuenta al Consejo de Administración.
3) Actuaciones de la Comisión de Nombramientos durante el ejercicio 2024:
(a) Actuaciones realizadas en cumplimiento de la función identificar y recomendar, mediante el correspondiente informe, en el caso de Consejeros ejecutivos y Consejeros dominicales, o propuesta, en el caso de Consejeros independientes, candidatos para proveer los puestos vacantes del Consejo, con vistas a su aprobación por el Consejo de Administración o por la Junta General:
La Comisión, con motivo del vencimiento del mandato de una consejera independiente, llevó a cabo su revaluación. Tras dicha revaluación, la Comisión emitió informe favorable y propuesta de reelección, que fue elevada y aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas. Por otra parte, con motivo del vencimiento del mandato de un consejero dominical y su decisión de no optar a la reelección, la Comisión, a propuesta de Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias evaluó la idoneidad de un candidato a consejero dominical, la cual concluyó con informe favorable que la Comisión elevó al Consejo de Administración.
La Comisión de nombramientos también evaluó, con informe favorable, la idoneidad de un candidato para cubrir la vacante producida en el Consejo de Administración tras la efectividad de la renuncia del anterior Presidente del Consejo de Administración.
La Comisión supervisó el Plan de Sucesión del Presidente del Consejo de Administración iniciado en el ejercicio anterior, en el que informó favorablemente y elevó al Consejo de Administración la propuesta de designación de D. José Sevilla Álvarez como consejero, con la categoría de independiente, para su nombramiento y posterior designación como Presidente del Consejo de Administración. Este nombramiento como consejero fue elevado y ratificado por la Junta General Ordinaria de Accionistas.
CONTINUA EN EL APARTADO (H.1.)

| COMISIÓN DE RIESGOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES | PRESIDENTE | Independiente | |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | VOCAL | Independiente | |
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA | SECRETARIO | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
Su organización y funcionamiento están regulados en el artículo 26 de los Estatutos sociales y en el artículo 34 del Reglamento del Consejo de Administración.
1) Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo 26.2 de los Estatutos Sociales y en el artículo 34.2 del Reglamento del Consejo de Administración, que se encuentran publicados en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones, en los subapartados de "Estatutos", para el caso de dicha norma, y "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo", para el caso del Reglamento.
2) Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Riesgos estará formada por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, que serán designados por el Consejo de Administración entre los Consejeros que no desempeñen funciones ejecutivas, y que posean los oportunos conocimientos, capacidad y experiencia para entender plenamente y controlar la estrategia de riesgo y la propensión al riesgo de la Sociedad. La mayoría de ellos y, en todo caso, el Presidente deberán ser consejeros independientes.
El Consejo de Administración designará un Presidente de la Comisión de entre los consejeros independientes que pertenezcan a la Comisión, así como un Secretario, que podrá no ser miembro de la Comisión.
Se reunirá como mínimo trimestralmente y, además, cuantas veces fuera necesario, a juicio de su Presidente, para el cumplimiento de las funciones que le han sido encomendadas o cuando así lo soliciten dos de sus miembros.
El Presidente de la Comisión dará cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que dará cuenta al Consejo de Administración.
(CONTINÚA EN APARTADO H.1)
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | PRESIDENTE | Independiente | |
| DOÑA INÉS GUZMÁN ARRUE | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA NATALIA SÁNCHEZ ROMERO | SECRETARIO | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |


Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
Su organización y funcionamiento están regulados en el artículo 34 bis del Reglamento del Consejo de Administración.
Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo en el artículo 34 bis.2 del Reglamento del Consejo de Administración, que se encuentra publicado en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones", en el subapartado de "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo".
2)Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Sostenibilidad estará formada por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, que serán designados por el Consejo de Administración entre los Consejeros que no desempeñen funciones ejecutivas, y que posean los oportunos conocimientos, capacidad y experiencia necesarios para las funciones a desempeñar. La mayoría de ellos y, en todo caso, el Presidente deberán ser consejeros independientes. El Consejo de Administración designará un Presidente de la Comisión de entre los consejeros independientes que pertenezcan a la Comisión, así como un Secretario, que podrá no ser miembro de la Comisión.
Se reunirá como mínimo trimestralmente y, además, cuantas veces fuera necesario, a juicio de su Presidente, para el cumplimiento de las funciones que le han sido encomendadas o cuando así lo soliciten dos de sus miembros.
El Presidente de la Comisión dará cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que dará cuenta al Consejo de Administración.
3) Las principales materias y asuntos objeto de tratamiento por la Comisión durante el ejercicio 2024, en sus diferentes ámbitos de actuación, han sido los siguientes:
(i) Gobierno Corporativo: Al inicio del ejercicio la Comisión aprobó su Plan de Actuación para 2024. La Comisión analizó la gobernanza en materia de sostenibilidad de la Entidad.
(ii) Estrategia de Sostenibilidad (ESG): La Comisión informó favorablemente al Consejo de Administración sobre la adhesión a los Principios de Banca Responsable en el ámbito financiero del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP FI), sobre el Estado de Información No Financiera Consolidado de 2023 y sobre la actualización del Marco de Bonos Verdes y el Informe Anual de Asignación e Impacto de Bonos Verdes de 2023.
(iii) Políticas: La Comisión informó favorablemente la propuesta de aprobación de la Política de Sostenibilidad, la Política Ambiental, Energética y de Cambio Climático, así como de dos Políticas relacionadas con el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles y de la revisión de la Política corporativa de integración de los factores de sostenibilidad en la gestión de riesgo de crédito.
(iv) Seguimiento de proyectos ESG en curso:
Índices para la medición de la Sostenibilidad.
Difusión de información en materia de Sostenibilidad a través de la web corporativa.
Incorporación a las atribuciones para la concesión de operaciones de crédito de métricas sobre el riesgo físico y de transición en las garantías hipotecarias.
Desarrollo de un rating ESG/rating medioambiental en la valoración de clientes en la gestión del riesgo de crédito.
Seguimiento del proyecto de adaptación CSRD.
Seguimiento del Plan Estratégico y Operativo en el ámbito ESG.
Adaptación a la Guía BCE sobre la gestión de riesgos climáticos y medioambientales.
Huella de carbono propia y sistema de gestión ambiental, así como recomendaciones al respecto por parte de Auditoría Interna.
Implantación de la normativa de accesibilidad.
La Sociedad tiene previsto publicar en la página web corporativa, al tiempo de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de 2025, el Informe Anual de Funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad, en el que se expone de forma más detallada el funcionamiento y actividades desempeñadas por esta Comisión en el ejercicio 2024.
| COMISIÓN DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA | ||
|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría |
| DOÑA INÉS GUZMÁN ARRUE | PRESIDENTE | Independiente |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | VOCAL | Independiente |
| DOÑA NURIA ALIÑO PÉREZ | SECRETARIO | Independiente |

| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |
| % de consejeros independientes | 100,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.
Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo en el artículo 34 ter.2 del Reglamento del Consejo de Administración, que se encuentra publicado en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones", en el subapartado de "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo".
2) Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología estará formada por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros, que serán designados por el Consejo de Administración entre los Consejeros que no desempeñen funciones ejecutivas, y que posean los oportunos conocimientos, capacidad y experiencia necesarios para las funciones a desempeñar. La mayoría de ellos y, en todo caso, el Presidente deberán ser consejeros independientes.
El Consejo de Administración designará un Presidente de la Comisión de entre los consejeros independientes que pertenezcan a la Comisión, así como un Secretario, que podrá no ser miembro de la Comisión.
Se reunirá como mínimo trimestralmente y, además, cuantas veces fuera necesario, a juicio de su Presidente, para el cumplimiento de las funciones que le han sido encomendadas o cuando así lo soliciten dos de sus miembros.
El Presidente de la Comisión dará cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que dará cuenta al Consejo de Administración.
3) Actuaciones de la Comisión de Tecnología e Innovación durante el ejercicio 2024: Las principales materias y asuntos objeto de tratamiento por la Comisión durante el ejercicio 2024, en sus diferentes ámbitos de actuación, han sido los siguientes:
(i) Gobierno Corporativo: En su primera sesión celebrada en 2024, se presentó el Plan de Actuación para dicho ejercicio y en el mes de febrero la Comisión emitió su Informe anual de actividad durante el ejercicio 2023, que elevó al Consejo de Administración para su aprobación.
(ii) Transformación Digital, Tecnología e Innovación: La Comisión informó favorablemente y elevó a la aprobación del Consejo el Plan y Presupuesto Anual de Tecnología, que comprende las actuaciones y trabajos para la evolución de la arquitectura y optimización de la infraestructura tecnológicas.
La Comisión ha realizado el seguimiento del Plan de adopción de la Inteligencia Artificial Generativa, ha tomado conocimiento de los Planes y Presupuestos de Iniciativas de Transformación y de Innovación, de los Planes de Evolución de la Banca Digital, del Plan adaptación al Reglamento DORA (Digital Operational Resilience Act), así como de diversas iniciativas en el ámbito de la digitalización y transaccional. Además, de forma conjunta con la Comisión de Riesgos tomó conocimiento del Informe de 2023 del Comité de Gobierno y Calidad del Dato e informó del Plan de la Dirección de Calidad del Dato para 2024.
(iii) Riesgo tecnológico y ciberseguridad: La Comisión, durante 2024, realizó un seguimiento de los riesgos tecnológicos y del Plan de Ciberseguridad, habiendo tomado conocimiento del Plan de Riesgos Tecnológicos y Ciberseguridad y del informe sobre indicadores de gestión de riesgo IT Asimismo, la Comisión informó favorablemente la actualización de Políticas en este ámbito, y las elevó al Consejo de Administración para su aprobación.
La Sociedad tiene previsto publicar en la página web corporativa, al tiempo de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de 2025, el Informe Anual de Funcionamiento de la Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología, en el que se expone de forma más detallada el funcionamiento y actividades desempeñadas por esta Comisión en el ejercicio 2024.
| COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO | ||
|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría |
| DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA | PRESIDENTE | Independiente |
| DOÑA MARÍA LUISA ARJONILLA LÓPEZ | VOCAL | Independiente |

| COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO | ||
|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría |
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | VOCAL | Independiente |
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ SERRANO | VOCAL | Dominical |
| DON RAFAEL DOMÍNGUEZ DE LA MAZA | SECRETARIO | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 40,00 |
| % de consejeros independientes | 60,00 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
Su organización y funcionamiento están regulados en el artículo 25 de los Estatutos sociales, en el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración y en el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo. La versión vigente de este último fue aprobada por el Consejo de Administración el 20 de diciembre de 2024 (disponible a través de la página web corporativa de Unicaja ("www.unicajabanco.com"), que viene a desarrollar la regulación contenida en los Estatutos Sociales y en el Reglamento del Consejo de Administración, asumiendo, en seguimiento de sus recomendaciones, los principios de la Guía Técnica 1/2024, de 27 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre comisiones de auditoría de entidades de interés público.
Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo 25.3 de los Estatutos Sociales, en el artículo 31.8 del Reglamento del Consejo de Administración y en el artículo 4 del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, que se encuentran publicados en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones, en los subapartados de "Estatutos", para el caso de dicha norma, y "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo", para el caso de los Reglamentos.
2) Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco Consejeros, que serán nombrados por un período no superior al de su mandato, sin perjuicio de que puedan ser reelegidos indefinidamente, en la medida en que también lo fueran como Consejeros.
La totalidad de los miembros de la Comisión deberán ser Consejeros no ejecutivos, y la mayoría de ellos, al menos, y en todo caso, su Presidente, Consejeros independientes.
El Consejo de Administración designará a los integrantes de la Comisión, y, asimismo, al Presidente de la Comisión, que deberá ser sustituido cada cuatro años, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido, al menos, el plazo de un año desde su cese.
El Consejo de Administración designará, igualmente, un Secretario de la Comisión, que podrá no ser miembro de ella, el cual auxiliará al Presidente.
La Comisión se reunirá, como mínimo trimestralmente y, además, cada vez que la convoque su Presidente, cuando lo estime oportuno o sea requerido por acuerdo de la propia Comisión o a solicitud de dos de sus miembros. En cualquier caso, la Comisión se reunirá con ocasión de cada fecha de publicación de información financiera y de sostenibilidad anual o intermedia. El Presidente de la Comisión dará cuenta, en la primera sesión del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que da cuenta al Consejo de Administración.
(CONTINÚA EN EL APARTADO H.1)
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| Nombres de los consejeros con experiencia |
DOÑA ROCÍO FERNÁNDEZ FUNCIA / |
|---|---|
| DON JOSÉ RAMÓN SÁNCHEZ | |
| SERRANO |

Fecha de nombramiento del presidente en el cargo 29/09/2023
| COMISIÓN DE RETRIBUCIONES | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |||
| DOÑA CAROLINA MARTÍNEZ CARO | PRESIDENTE | Independiente | |||
| DON ANTONIO CARRASCOSA MORALES | VOCAL | Independiente | |||
| DON JUAN ANTONIO IZAGUIRRE VENTOSA | SECRETARIO | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
1) Funciones que tiene atribuidas:
Las funciones de la Comisión están recogidas en el artículo 27 bis.3 de los Estatutos Sociales y en el artículo 33.5 del Reglamento del Consejo de Administración, que se encuentran publicados en la página web corporativa de la Sociedad, en el apartado de "Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones, en los subapartados de "Estatutos", para el caso de dicha norma, y "Consejo de Administración y Comisiones de Apoyo", para el caso del Reglamento.
i. Procedimientos, reglas de organización y funcionamiento:
La Comisión de Retribuciones estará formada por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros que no desempeñen funciones ejecutivas en la Entidad. La mayoría de ellos y, en todo caso, el Presidente deberán ser consejeros independientes. Los miembros de la Comisión de retribuciones serán designados por el Consejo de Administración teniendo en cuenta los conocimientos, experiencia y aptitudes necesarias para las funciones a desempeñar.
El Consejo de Administración designará un Presidente de la Comisión de entre los consejeros independientes que pertenezcan a la misma. También designará un Secretario, el cual podrá no ser miembro de la misma, quien auxiliará al Presidente y deberá proveer para el buen funcionamiento de la Comisión, ocupándose de reflejar debidamente en las actas el desarrollo de las sesiones. La Comisión se reunirá con la periodicidad que determine la propia Comisión y cada vez que la convoque su Presidente o lo soliciten dos de sus miembros.
El Presidente de la Comisión dará cuenta, en el primer pleno del Consejo posterior a la reunión de la Comisión, de las decisiones adoptadas por la misma. Anualmente, la Comisión elabora un plan de actuación para el ejercicio y un informe anual sobre su funcionamiento, de los que dará cuenta al Consejo de Administración.
(CONTINÚA EN APARTADO H.1)
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS |
2 | 66,66 | 2 | 66,66 | 2 | 40,00 | 2 | 40,00 |

| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN DE RIESGOS |
1 | 33,33 | 1 | 33,33 | 2 | 40,00 | 1 | 20,00 |
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD |
3 | 100,00 | 3 | 100,00 | 1 | 20,00 | 0 | 0,00 |
| COMISIÓN DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA |
3 | 100,00 | 2 | 66,66 | 5 | 83,33 | 3 | 60,00 |
| COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO |
3 | 60,00 | 3 | 60,00 | 1 | 20,00 | 2 | 40,00 |
| COMISIÓN DE RETRIBUCIONES |
1 | 33,33 | 1 | 33,33 | 4 | 80,00 | 3 | 60,00 |
En los Estatutos Sociales, el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo se contienen la regulación interna de las diferentes Comisiones del Consejo. Estos documentos se encuentran publicados en la página web corporativa de la Sociedad (www.unicajabanco.com) en el apartado de "Gobierno corporativo y política de remuneraciones".
En cumplimiento de la Recomendación 6 del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, los informes de actividad las Comisiones de Auditoría y Cumplimiento Normativo, Nombramientos y Retribuciones, correspondientes al ejercicio 2024 serán publicados en la página web corporativa de la Sociedad con antelación suficiente a la celebración de la Junta General Ordinaria de las Accionistas de la Sociedad. También se publicarán en la página web corporativa de la Sociedad los correspondientes informes del resto de Comisiones de apoyo.
El 29 de febrero de 2024 el Consejo de Administración ha acordado modificar el Reglamento del Consejo incorporando a este la regulación de la Comisión de Sostenibilidad y de la Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología (antes de Tecnología e Innovación).

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
El Consejo de Administración ha desarrollado la normativa interna para la prevención de conflictos de intereses tanto en el propio Reglamento del Consejo de Administración, reservando al exclusivo conocimiento de este, salvo cuando corresponda a la Junta General, las operaciones que la Sociedad realice con consejeros, altos directivos, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados (operaciones vinculadas), previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, como aprobado e implantado de manera efectiva una serie de procedimientos que establecen las bases de actuación que deberán seguirse a los efectos de prevenir y, en su caso, gestionar los conflictos de interés que pudieran surgir entre los miembros del Órgano de Administración, los clientes, proveedores y la sociedad en general, y en su caso, con otras entidades de su grupo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente y en el sistema de gobierno corporativo de la Entidad.
En concreto, la Entidad cuenta con la "Política de Identificación y Gestión de Conflictos de Interés y de Operaciones Vinculadas de Accionistas Significativos, Consejeros, Altos Directivos y otras partes vinculadas" (la "Política") que tiene por objeto establecer procedimientos de identificación, comunicación, evaluación y gestión de conflictos de intereses, así como regular el régimen de autorizaciones de las transacciones que la Sociedad realice con los Consejeros, Accionistas Significativos y Altos Directivos de la Sociedad y con las personas a ellos vinculadas.
En la citada Política, y en cumplimiento de la Ley de Sociedades de Capital, se establece que los órganos sociales encargados de la aprobación de las operaciones de crédito, aval o garantía que vayan a ser otorgadas a los miembros del Consejo de Administración y a las partes vinculadas a estos, serán la Junta General de Accionistas o el Consejo de Administración, según el importe de la operación, en ambos casos, previo informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo que, entre otros, evaluará si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la Sociedad y de los accionistas que no sean partes vinculadas, y hará constar las menciones requeridas por la Circular 2/2016 del Banco de España para este tipo de operaciones.
De conformidad con la normativa interna anteriormente referida, los órganos competentes para la aprobación de operaciones vinculadas serán:
Cuando la Junta General esté llamada a pronunciarse sobre una operación vinculada, el accionista afectado estará privado del derecho de voto, salvo en los casos en que la propuesta de acuerdo haya sido aprobada por el Consejo de Administración sin el voto en contra de la mayoría de los consejeros independientes. No obstante, cuando proceda, será de aplicación la regla de la inversión de la carga de la prueba en términos análogos a los previstos en el artículo 190.3 de la Ley de Sociedades de Capital.
El Consejero u otro Personal Clave afectado por la operación vinculada, o el que represente o esté vinculado al accionista afectado, deberá abstenerse de participar en la deliberación y votación del acuerdo correspondiente.
La aprobación de operaciones vinculadas tanto por la Junta General de Accionistas como por el Consejo de Administración requerirá de informe previo de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, en cuya elaboración no podrán participar los consejeros afectados.
Como se ha indicado anteriormente, en la Política se ha previsto, conforme a la Ley de Sociedades de Capital, una delegación a favor de determinados comités y comisiones internos del Banco para la aprobación de operaciones vinculadas, siempre que no superen el 0.5% de la cifra de negocios neta de la Sociedad, agregando para su cálculo todas las operaciones celebradas con la misma contraparte en los últimos 12 meses, y se trate de operaciones realizadas en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado, concertadas en virtud de contratos cuyas condiciones estén estandarizadas, se apliquen en masa a un elevado número de clientes, y se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por el Banco. Estas operaciones, si bien no requieren de informe previo de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, deben seguir un procedimiento interno de información y control periódico por la citada Comisión, implantado expresamente en la Política, en el que interviene la citada Comisión verificando la equidad y transparencia de estas operaciones.
Por otra parte, las operaciones que requieran de autorización por el Banco de España no podrán formalizarse en tanto no se obtenga la misma y, aquellas otras que no requieran de dicha autorización pero sí comunicación, serán comunicadas a dicho organismo inmediatamente después de su concesión. Además,
la Entidad comunicará a la autoridad competente, con una periodicidad semestral, una relación de los miembros del Consejo de Administración y sus partes vinculadas, directores generales y asimilados a los que se les hubieran concedido préstamos, con el detalle que establece la Circular 2/2016 del Banco de España.

Con ocasión de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas, la Entidad publica en su página web corporativa el informe anual de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo que contiene el informe de operaciones vinculadas en cumplimiento de la Recomendación 6 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas.
D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (1) | FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
31,22 | CLUB BALONCESTO MÁLAGA, S.A.D. |
3.500 | CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN |
D. Miguel González Moreno, Dª Natalia Sánchez Romero, D. Juan Antonio Izaguirre Ventosa y D. José Ramón Sánchez Serrano. |
NO |
| (2) | FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
31,22 | UNICAJA SOCIEDAD DEPORTIVA |
300 | CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN |
D. Miguel González Moreno, Dª Natalia Sánchez Romero, D. Juan Antonio Izaguirre Ventosa y D. José Ramón Sánchez Serrano. |
NO |
| (3) | FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
31,22 | FUNDACIÓN BANCARIA UNICAJA |
5.180 | CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN |
D. Miguel González Moreno, Dª Natalia Sánchez Romero, D. Juan Antonio Izaguirre Ventosa y D. José Ramón Sánchez Serrano. |
NO |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|---|
| denominación social | de la relación | ||
| del accionista o | |||
| de cualquiera de | |||
| sus sociedades | |||
| dependientes | |||
| FUNDACIÓN | Contractual | Convenio de patrocinio deportivo temporada 2024-2025. El importe no incluye IVA. | |
| (1) | BANCARIA UNICAJA |

| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|---|
| denominación social | de la relación | ||
| del accionista o | |||
| de cualquiera de | |||
| sus sociedades | |||
| dependientes | |||
| (2) | FUNDACIÓN | Contractual | Convenio de colaboración para el fomento del deporte. |
| BANCARIA UNICAJA | |||
| (3) | FUNDACIÓN | Contractual | Concesión de un aval a favor de una sociedad que tiene como fiador, con carácter |
| BANCARIA UNICAJA | mancomunado, en la póliza de contragarantía, entre otros, a la Fundación Bancaria Unicaja. |
No ha habido propuestas de operaciones que debieran ser elevadas a la aprobación de la Junta General de Accionistas. Las propuestas de operaciones que se han elevado al Consejo de Administración han sido aprobadas, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, sin la participación ni votación de los consejeros dominicales afectados.
D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| Sin datos |

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| SOLTEC ENERGIAS RENOVABLES S.L.U. |
Participación en una financiación sindicada. Dª Nuria Aliño Pérez, consejera independiente de Unicaja, era a la fecha de la operación, consejera independiente de SOLTEC POWER HOLDINGS, S.A., accionista única de la acreditada SOLTEC ENERGIAS RENOVABLES S.L.U. |
9.000 |
El artículo 13.3 de los Estatutos Sociales encomienda al Consejo de Administración la definición de un sistema de gobierno corporativo que garantice una gestión sana y prudente de la Entidad, y que incluya el adecuado reparto de funciones en la organización y la prevención de conflictos de intereses.
El Consejo de Administración ha desarrollado la normativa interna para la prevención de conflictos de intereses en el propio Reglamento del Consejo de Administración, concretamente en los artículos 7, 15, 16, 17, 18, 20 y 21. Así, el artículo 7.5.d) iv. del Reglamento del Consejo de Administración establece como competencia exclusiva del Consejo el examen y aprobación de las operaciones que la Sociedad realice con consejeros, altos directivos, con accionistas significativos o representados en el Consejo, o con personas a ellos vinculados (operaciones vinculadas), previo informe favorable de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo.
El artículo 15 del Reglamento del Consejo indica que los consejeros tienen entre otras obligaciones las de: a) no ejercitar sus facultades con fines distintos de aquellos a los que han sido concedidas; b) desempeñar sus funciones bajo el principio de responsabilidad personal con libertad de criterio o juicio e independencia respecto de instrucciones y vinculaciones de terceros; c) adoptar las medidas necesarias para evitar incurrir en situaciones en las que sus intereses, sean por cuenta propia o ajena, puedan entrar en conflicto con el interés social y con sus deberes para con la Sociedad; d) comunicar al Consejo de Administración, conforme al procedimiento establecido, cualquier situación de conflicto, directo o indirecto; e) tener la dedicación adecuada y adoptar las medidas precisas para la buena dirección y control de la Sociedad. En particular, los consejeros deberán informar a la Comisión de Nombramientos de sus restantes obligaciones profesionales, por si pudieran interferir con la dedicación propia de su cargo.

(CONTINÚA EN APARTADO H.1)
D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

El sistema de gestión y control de riesgos implantado por el Grupo Unicaja está articulado de acuerdo con las siguientes líneas básicas: - Un sistema de gobierno y organización de la función de riesgos, basado en la participación y supervisión activa del Consejo de Administración y de la Alta Dirección, que aprueba las estrategias generales de negocio y las políticas de la Entidad, y marca las líneas generales de gestión y control de riesgos en la misma.
Un Marco de Propensión al Riesgo (Risk Appetite Framework, RAF por sus siglas en inglés) que se configura dentro del Grupo como un instrumento fundamental en la implementación de la política de riesgos.
Un modelo de gestión prudente de la exposición al riesgo en el que el Grupo Unicaja aplica una atención rigurosa para mantener permanentemente un perfil de riesgo prudente y equilibrado, preservando los objetivos de solvencia, rentabilidad y adecuada liquidez, lo que se traduce en una cultura de riesgos sólida y coherente.
Una selección de metodologías apropiadas de identificación, medición, gestión y control de riesgos, en continuo proceso de mejora y en línea con los requisitos regulatorios, adecuando al mismo tiempo los requerimientos de recursos propios al nivel de riesgos reales derivados de la actividad bancaria.
Un modelo de supervisión basado en tres líneas de defensa, en consonancia con las expectativas de las autoridades reguladoras y supervisoras.
En el Grupo Unicaja, las políticas, métodos y procedimientos relacionados con la gestión y control del riesgo son aprobados y revisados periódicamente por el Consejo de Administración de la Entidad, para lo que cuenta con el apoyo de la Comisión de Riesgos. La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, asimismo supervisa el funcionamiento eficaz del sistema de control y gestión de riesgos, en su conjunto.
Basándose en el marco normativo vigente, en la estructura organizativa de Unicaja Banco se encuentra la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores (CRO). Dicha Dirección tiene entre sus funciones la de asumir el control, desde una perspectiva global, de la totalidad de los riesgos incurridos por la Entidad. La organización de la Dirección del Grupo Unicaja Banco cuenta con una estructura interna, perfectamente definida, que le sirve de apoyo y permite materializar las diferentes decisiones adoptadas.
En el ámbito fiscal, de acuerdo con la Política de Estrategia Fiscal del Grupo Unicaja Banco aprobado por el Consejo de Administración, el sistema de gestión del riesgo fiscal en la Entidad funciona según el siguiente esquema:
Corresponde al Consejo de Administración la aprobación de las políticas de control y gestión de riesgos fiscales, como competencia indelegable.
La Dirección de Asesoría Fiscal, dependiente de la Dirección de Contabilidad y Reporting Corporativo, es la responsable de desarrollar las normas internas necesarias para asegurar la aplicación de la normativa fiscal vigente y los objetivos y líneas de actuación reseñadas en dicho documento.
La Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores (CRO) y la Dirección General de Auditoría Interna actúan, respectivamente, como segunda y tercera línea de defensa.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo es la encargada de supervisar el seguimiento y control de la Estrategia Fiscal de la Entidad.
E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.
El modelo de gestión y control de riesgos exige una estructura organizativa robusta y eficaz. Para ello, es necesaria una involucración efectiva del Consejo de Administración y de la Alta Dirección, y se debe contar con una adecuada articulación en el conjunto de la Organización. A continuación, se relacionan las instancias directamente implicadas, con indicación de sus principales funciones y responsabilidades relacionadas con la gestión y control de riesgos, sin perjuicio de las demás funciones previstas en la Ley, en los Estatutos Sociales, y en los reglamentos y manuales de la Entidad, en su caso.
Corresponde al Consejo de Administración la aprobación y la supervisión de la aplicación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales.
En relación con el ejercicio de su responsabilidad sobre gestión de riesgos, el Consejo de Administración deberá:
– Dedicar tiempo suficiente a la consideración de las cuestiones relacionadas con los riesgos. En particular, participará activamente en la gestión de todos los riesgos sustanciales contemplados en la normativa de solvencia, velará por que se asignen recursos adecuados para la gestión de riesgos, e intervendrá en la valoración de los activos, el uso de calificaciones crediticias externas y los modelos internos relativos a estos riesgos; y – Aprobar y revisar periódicamente las estrategias y políticas de asunción, gestión, supervisión y reducción de los riesgos a los que la Sociedad esté o
pueda estar expuesta, incluidos los que presente la coyuntura macroeconómica en que opera en relación con la fase del ciclo económico. En particular, en el marco del RAF:
Aprobar el RAF y sus posteriores modificaciones, a propuesta de la Comisión de Riesgos.
Tomar en consideración el RAF en la gestión ordinaria de la Entidad y, especialmente, en la adopción de decisiones estratégicas.

Estar informado, al menos con carácter trimestral, del seguimiento del RAF a través de la Comisión de Riesgos, sin perjuicio de la información que le pueda requerir en cualquier momento.
Adoptar las medidas de subsanación pertinentes, cuando se considere oportuno.
Aprobar específicamente, en su caso, el mantenimiento de situaciones que supongan vulneración de Límites.
Entre sus principales funciones se encuentran:
Asesorar y apoyar al Consejo de Administración en relación con la propensión global al riesgo, actual y futura, de la Sociedad y el seguimiento de su estrategia en este ámbito y asistir al Consejo en la vigilancia de la aplicación de dicha estrategia, teniendo en cuenta todos los tipos de riesgos, para garantizar que estén en línea con la estrategia de negocio, los objetivos, la cultura corporativa y los valores de la Sociedad.
Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y la política de gestión de riesgos de la Sociedad, así como en las decisiones importantes sobre gestión de riesgos, y procurar que la política de gestión de riesgos identifique o determine al menos:
• Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
• Un modelo de control y gestión de riesgo que la Sociedad considere aceptable.
• El nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable. Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse. Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.
Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, la identificación, gestión y cuantificación adecuadas de todos los riesgos importantes que afecten a la Sociedad.
Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el Consejo de Administración.
Vigilar la coherencia entre todos los productos y servicios financieros importantes ofrecidos a clientes y el modelo de negocio y la estrategia de riesgo de la Sociedad.
– Analizar una serie de escenarios posibles, incluidos escenarios de estrés, para evaluar cómo reaccionaría el perfil de riesgo de la Sociedad ante eventos externos e internos.
– Recomendar al Consejo los ajustes de la estrategia de riesgo que se consideren precisos como consecuencia, entre otros, de cambios en el modelo de negocio de la Sociedad, de la evolución del mercado o de las recomendaciones formuladas por la función de gestión de riesgos. En particular, en el marco del RAF:
Proponer al Consejo de Administración la aprobación del RAF, y sus posteriores modificaciones.
Informar al Consejo de Administración, al menos trimestralmente o en cualquier momento a su petición, sobre el seguimiento del RAF.
Solicitar, cuando lo estime conveniente, información referente al RAF a las diversas Direcciones.
Proponer las medidas de subsanación pertinentes en función del protocolo establecido en caso de vulneración de un límite.
Proponer al Consejo de Administración, en su caso, el mantenimiento de las situaciones que supongan vulneración de un Límite.
(CONTINUA EN APAPARTADO H.1)
El modelo de gestión y control del riesgo adoptado por la Entidad contempla, tanto riesgos financieros como no financieros, entre los que se destacan los siguientes:
Riesgo de mercado.
Riesgo de tipo de interés y riesgo de diferencial de crédito de actividades ajenas a la cartera de negociación (IRRBB y CSRBB).
Riesgo de liquidez.
Adicionalmente, Unicaja considera que los riesgos ESG (factores ambientales, sociales y de gobernanza) pueden incidir tanto a corto como a medio y a largo plazo, en los riesgos financieros y no financieros de la Entidad, ya que cualquiera de estos factores puede tener un efecto sobre las categorías de riesgos existentes.
El riesgo de crédito se define como el riesgo de incurrir en pérdidas como consecuencia de un incumplimiento de los pagos debidos a la Entidad. Este riesgo es inherente a su operativa.
Se define el riesgo de mercado como la posibilidad de un impacto negativo en los resultados de la Entidad por el mantenimiento de posiciones en cartera como consecuencia de movimientos adversos de las variables financieras o factores de riesgo que determinan el valor de dichas posiciones.

El riesgo de liquidez puede definirse de diferentes formas puesto que no es un concepto único. Habitualmente, suele hablarse de tres diferentes acepciones del riesgo de liquidez, que aquí calificaremos como:
-Coste de deshacer una posición en un activo real o financiero (hace referencia a las dificultades que pueden surgir para deshacer o cerrar una posición en el mercado, en un momento determinado, sin producir impacto en el precio de mercado de los instrumentos o en el coste de la transacción (Market o Asset Liquidity).
-Desfase entre el grado de exigibilidad de las operaciones pasivas y el grado de realización de las operaciones activas (liquidez de fondos o funding liquidity).
-No adecuación entre las capacidades de crecimiento de la actividad de inversión derivado de la imposibilidad de encontrar financiación acorde a la propensión de riesgo para apalancar las estrategias de crecimiento de activo (liquidez estratégica o estructural).
Se trata del riesgo asociado a la pérdida de valor de los activos inmobiliarios mantenidos en el balance de la Entidad.
El riesgo operacional se define como el riesgo de sufrir pérdidas debido a la inadecuación o el fallo de los procedimientos, las personas y los sistemas internos, o a acontecimientos externos, incluido el riesgo jurídico.
Asimismo, entre las diferentes tipologías de riesgos operacionales, se encuentra el riesgo fiscal, que se define como la posibilidad de incumplir los objetivos definidos en la Estrategia Fiscal de Unicaja, motivada por factores internos o externos, con dos posibles efectos que podrían influir en un perjuicio para el Banco, para los accionistas o para otros grupos de interés: a) un defecto de ingreso tributario sobre la cifra derivada de una adecuada interpretación de la Norma, que genere costes por sanciones, recargos e intereses de demora, además de posibles impactos reputacionales, y b) un exceso de ingreso tributario que perjudique el patrimonio de la Entidad, soportando mayor tributación a la que debe ser adecuada, de acuerdo con la Normativa vigente.
El riesgo reputacional se define como, la probabilidad de incurrir en pérdidas de valor como consecuencia de un deterioro en la percepción que sus principales grupos de interés (stakeholders) tienen sobre su reputación corporativa.
Se define como el riesgo de entrar en pérdidas por la toma de decisiones estratégicas erróneas, derivadas de un incorrecto análisis del mercado en el que se opera, bien por desconocimiento de este o bien por la incapacidad de alcanzar sus objetivos, pudiendo llegar a verse amenazada la viabilidad y sostenibilidad del modelo de negocio de la Entidad. Incluye el riesgo de gestión del cambio, entendido como el riesgo derivado de proyectos que no cumplen con los objetivos, cambian de alcance o llevan a cabo un proceso de transformación en su funcionamiento.
Se define como el riesgo derivado de posibles delitos cometidos en nombre y por cuenta del Banco, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales, así como los realizados en el ejercicio de actividades sociales por quienes, dependiendo de los citados representantes legales, hayan podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad.
(CONTINÚA EN EL APARTADO H.1)
La gestión y control de riesgos del Grupo se ordena, entre otros, a través del Marco de Propensión al Riesgo, que es aprobado por el Consejo de Administración de la Entidad.
El Grupo Unicaja hace uso del RAF como un instrumento para la implementación de la política de riesgos del Grupo y como una herramienta clave de gestión y control que le permite: (i) formalizar la declaración de propensión al riesgo; (ii) concretar los objetivos de riesgo del Grupo en línea con la estrategia corporativa, actuando como una referencia orientadora de las actividades desarrolladas; (iii) formalizar el mecanismo de supervisión y vigilancia de los riesgos, de manera que se asegure el cumplimiento de la propensión al riesgo; (iv) integrar en un marco común todos los procesos de control y gestión del riesgo y (v) reforzar y difundir la cultura de riesgos del Grupo.
El desarrollo de este Marco como política general de riesgos del Grupo se configura como un elemento fundamental en la gestión y control de la Entidad, dotando al Consejo de Administración y a la Alta Dirección del marco integral que determina los riesgos que la Entidad está dispuesta a asumir.
Por tanto, el objetivo principal del RAF de Unicaja es establecer un conjunto de principios, procedimientos, controles y sistemas mediante los cuales se define, comunica y monitoriza el apetito al riesgo de la Entidad.
Se considera propensión al riesgo el nivel o perfil de riesgo que Unicaja está dispuesto a asumir y mantener, tanto por su tipología como por su cuantía, así como su nivel de tolerancia y debe orientarse a la consecución de los objetivos del plan estratégico, de acuerdo con las líneas de actuación establecidas en el mismo.
El principal objetivo en la gestión de los diferentes riesgos es conseguir un perfil de riesgo que se encuentre dentro del nivel de apetito deseado, definido a partir de los límites establecidos, llevándose a cabo aquellas medidas de gestión que se consideren más adecuadas para conseguirlo.

(CONTINÚA EN EL APARTADO H.1)
Unicaja, como cualquier entidad que desarrolla su actividad en el sector financiero, no puede alcanzar el logro de sus fines sin asumir riesgos. El riesgo, por tanto, es definido, mensurado y sometido a un control y seguimiento permanentes. De acuerdo con lo anterior, los sistemas de control de Unicaja han funcionado adecuadamente, siendo un pilar esencial para las políticas de riesgos.
Adicionalmente, la Entidad proporciona información detallada de los riesgos en su Informe Anual que se encuentra disponible para cualquier interesado en la web corporativa (https://www.unicajabanco.com/es/inversores-y-accionistas/informacion-economico-financiera/ informesfinancieros), y especialmente en las notas 18, 24, 25, 27, 28 y 29 de la Memoria de las Cuentas Anuales consolidadas, así como en el apartado 6 del Informe de Gestión consolidado.
La Entidad, a través de su Marco de Propensión al Riesgo, define límites de riesgos, cuyo seguimiento y gobernanza le permite controlar su capacidad de exponerse al riesgo y la tolerancia al mismo.
La Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores (CRO) realiza seguimientos periódicos del perfil de riesgo de la Entidad y lo compara con el apetito al riesgo y los límites establecidos, informándose de ello tanto al Consejo de Administración y a la Comisión de Riesgos, como a la Alta Dirección, dotándoles de una herramienta para reaccionar ante potenciales situaciones de deterioro de la Entidad.
Unicaja cuenta con un documento denominado Políticas de riesgo de crédito a la clientela, aprobado por el Consejo de Administración, que se establece como marco de control y gestión adecuado de los riesgos de crédito inherentes a la inversión crediticia de la Entidad.
En el mismo se definen las políticas y procedimientos de obligado cumplimiento para riesgos, se detallan las actividades y tareas a realizar, se delimitan las responsabilidades de las distintas áreas involucradas en los procesos de concesión y seguimiento de operaciones, se establece la predisposición al riesgo decidida por la Entidad y su articulación a través de límites de riesgo y tipos de operativa, y se documentan de forma estructurada y unificada todos los aspectos generales y particulares relacionados con gran parte de la operativa de inversión crediticia. Asimismo, el Grupo Unicaja dispone de modelos de scoring y rating integrados en los procesos de admisión, seguimiento y recuperaciones. Las estimaciones de PD (probability of default), LGD (loss given default) y EAD (exposure at default) se tienen en cuenta en diferentes usos como la concesión de operaciones, el cálculo de provisiones o la clasificación de operaciones crediticias.
Adicionalmente, hay que destacar que Unicaja recibió en 2021 la autorización del Banco Central Europeo para utilizar modelos internos relativos a la cartera minorista (no pymes) para calcular sus ratios de solvencia. A finales de 2023 se recibió la aprobación para extender dicha autorización al perímetro de exposiciones originadas en Liberbank, S.A. con anterioridad a la integración. Asimismo, Unicaja ha recibido la autorización del Banco Central Europeo durante el último trimestre de 2024 para la actualización del plan de implementación progresiva de los modelos IRB con el objetivo de extender el enfoque IRB sobre el resto de carteras, hasta alcanzar los porcentajes de coberturas IRB requeridos por la regulación, considerando los cambios regulatorios que suponen la entrada en vigor en 2025 de la CRR 3 (Reglamento (UE) n.º 575/2013) y el Final Draft RTS on Assessment Methodology for IRB.
En cuanto a la concesión de operaciones de crédito, Unicaja tiene detalladas políticas, métodos y procedimientos para asegurar la concesión responsable de préstamos y crédito, y en particular, a los consumidores.
Los principios desarrollados con esta finalidad se encuentran alineados con la situación actual de la Entidad, a través del del documento de Políticas de riesgo de crédito a la clientela y con los requisitos regulatorios establecidos por la normativa en vigor, recogiendo los siguientes puntos:
Criterios de concesión vinculados a la capacidad de pago del deudor.
Plan de amortización de la operación ajustado al cliente.
Por otro lado, el Grupo Unicaja tiene implementados sistemas para el cumplimiento de la Ley 5/2015 de fomento de la actividad empresarial, en la que se reconoce derechos irrenunciables para las PYMES y autónomos en aquellos casos en que una entidad de crédito decida cancelar o reducir el flujo de financiación.
Adicionalmente, la concesión de operaciones de crédito debe someterse, en función de sus beneficiarios, naturaleza, cuantía, plazo, garantías y características, a un proceso de aprobación descentralizado y basado en atribuciones colegiadas de los siguientes órganos de decisión:
Consejo de Administración
Comité de Riesgo de Crédito

(CONTINÚA EN APARTADO H.1)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
El Consejo de Administración y la Alta Dirección de Unicaja Banco, S.A. (en adelante, "Unicaja", "la Entidad" o "el Banco") son conscientes de la importancia que tiene garantizar a los inversores la fiabilidad de la información financiera publicada al mercado, por lo que están plenamente involucrados en el Sistema de Control Interno de la Información Financiera (SCIIF).
En este contexto, el Consejo de Administración de la Entidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de su Reglamento, tiene como competencia la aprobación de la información financiera (entre otra) que la Entidad deba hacer pública, así como supervisar el proceso de divulgación de información y las comunicaciones relativas a la Entidad. Igualmente, el Consejo de Administración es responsable de garantizar la integridad de los sistemas de información contable y financiera, incluidos el control financiero y operativo, y el cumplimiento de legislación aplicable (entre otros). Asimismo, conforme al artículo 10 de su Reglamento, el Consejo de Administración es el encargado de adoptar, con informe previo de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, las medidas necesarias para asegurar que la información financiera periódica (entre otra) que se ponga a disposición de los mercados se elabore con arreglo a los mismos principios, criterios y prácticas profesionales con que se elaboran las cuentas anuales y gocen de la misma fiabilidad que éstas.
Igualmente, de acuerdo con el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración de la Entidad, además de las funciones previstas en la Ley y en los Estatutos Sociales la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo sirve de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos de vigilancia mediante la revisión periódica del proceso de elaboración de la información financiera (entre otras), de los sistemas de control interno y gestión de riesgos en su conjunto, de las funciones de auditoría interna y de cumplimiento normativo, y de la independencia del auditor externo. En este sentido, corresponde a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera (entre otras), así como de los sistemas de control y gestión de riesgos, relativos a la Entidad y al Grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables, así como informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección de la Entidad. En particular, revisar, analizar y comentar los estados financieros y cualquier otra información financiera (entre otras) relevante con la Alta Dirección, auditores internos y externos, velando en particular por la claridad e integridad de la misma y que se han seguido criterios contables consistentes con el cierre anual anterior.
Por otro lado, la Alta Dirección de la Entidad ha asumido la responsabilidad del diseño e implementación del SCIIF, así como de asegurar su calidad, consistencia y actualización continua a través de la Dirección General de Finanzas y de la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores. En este sentido, respecto de su diseño e implementación, desarrolla los sistemas de control interno y gestión de riesgos que permiten identificar y gestionar los principales riesgos y difundir los mismos entre las direcciones involucradas.
La Dirección General de Finanzas, como primera línea de defensa, es responsable de asegurar que las prácticas y los procesos desarrollados en la Entidad para elaborar la información financiera garantizan la fiabilidad de la misma y su conformidad con el marco de información financiera aplicable a la Entidad y su Grupo, con el objetivo de evaluar que la información financiera el Grupo Unicaja cumple con los siguientes principios:
a) Las transacciones, hechos y demás eventos recogidos por la información financiera efectivamente existen y se han registrado en el momento adecuado de conformidad con el marco de información financiera aplicable (existencia y ocurrencia). b) La información refleja la totalidad de transacciones, hechos y demás eventos en los que la Entidad y/o su Grupo es parte afectada (integridad).
c) Las transacciones, hechos y demás eventos se registran y valoran de conformidad con el marco de información financiera aplicable (valoración).
d) Las transacciones, hechos y demás eventos se clasifican, presentan y revelan en la información financiera de acuerdo con el marco de información financiera aplicable (presentación, desglose y comparabilidad).
e) La información financiera refleja, a la fecha correspondiente, los derechos y obligaciones a través de los correspondientes activos y pasivos, de conformidad con el marco de información financiera aplicable (derechos y obligaciones).
En el ámbito de la información financiera, estas funciones se materializan en las tareas que se detallan a continuación:

a) Preparar, agregar y revisar la información financiera individual y consolidada conforme al marco de información financiera que resulta de aplicación.
b) Recibir de las sociedades filiales del Grupo la información financiera correspondiente para su utilización en el proceso de consolidación.
c) Identificar los cambios que pueda haber en cada periodo en relación con el marco de información financiera aplicable y diseñar los planes de
acción que sean precisos para el cumplimiento de las nuevas normas contables (con la colaboración de otras direcciones si fuera necesario). d) Efectuar los controles de primera línea necesarios para garantizar que la información financiera publicada está libre de incorrecciones materiales.
e) Mantener una comunicación recíproca con la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores y con la Dirección General de Auditoría Interna.
Por su parte, la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores, como segunda línea de defensa, es responsable de asegurar que el SCIIF se actualiza periódicamente y que los controles que forman parte de dicho sistema están vigentes y operan de manera eficaz en cada ejercicio. Estas funciones se materializan en las siguientes tareas:
a) Definir la metodología y normas necesarias para el funcionamiento del SCIIF.
b) Evaluar la idoneidad del diseño de los procedimientos y actividades de control establecidos con el fin de mitigar eficazmente los riesgos de incorrección material en la información financiera.
c) Coordinar, en su caso, a los responsables de las sociedades filiales más significativas a efectos del proceso de consolidación y su impacto sobre el SCIIF.
d) Realizar, conjuntamente con las direcciones afectadas y la Dirección General de Personas, Organización y Legal, acciones concretas de formación tendentes a fomentar la cultura de control interno a todos los empleados del Grupo Unicaja con funciones de control.
e) Establecimiento de controles de segunda línea de defensa y revisión del marco de controles establecidos en la primera línea de defensa. f) Informar a los órganos de gobierno de la Entidad de la actividad del SCIIF.
g) Mantener una comunicación recíproca con la Dirección General de Finanzas y con la Dirección General de Auditoría Interna.
A estos efectos, la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores cuenta con un Manual de seguimiento y actualización del Sistema de Control Interno de Información Financiera (SCIIF) del Grupo Unicaja en el que se detallan todas estas funciones y se establece la metodología para el seguimiento y la actualización periódica del SCIIF.
Por último, la Dirección General de Auditoría Interna, como tercera línea de defensa, ha asumido la supervisión del SCIIF y su actividad consiste en velar por su eficacia, obteniendo evidencia de su correcto diseño y funcionamiento. Sus funciones en este ámbito son las de comprobar que existen controles para mitigar los riesgos que puedan afectar a la fiabilidad de la información financiera y comprobar que los controles funcionan eficazmente.
Estas funciones se materializan en las tareas que se detallan a continuación:
a) Asesorar en materia de control interno sobre la información financiera a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo.
b) Fomentar la cultura de control interno sobre información financiera en todos los niveles organizativos del Grupo Unicaja que lo requieran. c) Comunicar las debilidades detectadas y seguimiento de su corrección en un tiempo razonable.
d) Mantener una comunicación recíproca con la Dirección General de Finanzas y con la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores.
A estos efectos, la Dirección General de Auditoría Interna cuenta con un "Manual interno de supervisión del Sistema de Control Interno de la Información Financiera (SCIIF)", en el que se identifica la información financiera sujeta a los procedimientos de supervisión, las tareas concretas que forman parte de dicho de proceso de supervisión, la metodología y criterios empleados, y el marco normativo que resulta de referencia.
· Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:
La definición de la estructura directiva y del organigrama de Unicaja, así como la determinación de las funciones asociadas a los niveles básicos, corresponden al Consejo de Administración. El organigrama de la Entidad y las funciones asociadas a las distintas unidades se encuentra a disposición del conjunto de la plantilla. De las modificaciones que se produzcan se informa a la plantilla a través de la Intranet corporativa y mediante circulares internas.
La Dirección General de Personas, Organización y Legal, es la responsable de velar por que la estructura organizativa en la Entidad esté adaptada permanentemente a las necesidades del negocio y al eficaz desarrollo de los servicios de apoyo.
A tal efecto, la Dirección cuenta con procedimientos que documentan los mecanismos existentes para realizar la revisión de dicha estructura organizativa a efectos de mantenerla actualizada, así como con mecanismos que garantizan la difusión de la misma a todos los empleados de la Entidad.
A partir del marco establecido por los Órganos de Gobierno de la Entidad, la Dirección General de Personas, Organización y Legal se encarga de definir la estructura de cada línea de negocio, especificando sus funciones, que se desarrollan en manuales de funciones, cuya propuesta, que se somete a aprobación del Consejo de Administración, compete a la Alta Dirección de la Entidad.
Respecto al resto de direcciones y filiales que también participan en el proceso de elaboración de la información financiera, éstas deben atenerse a las normas y procedimientos establecidos por la Dirección General de Finanzas, y por la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores, cuyas funciones y responsabilidades se encuentran claramente identificadas y definidas.

Adicionalmente, la Dirección General de Personas, Organización y Legal, con base en los cambios organizativos, propone los nombramientos para desempeñar las responsabilidades definidas, salvo en el caso de la Alta Dirección, cuya responsabilidad reside en el Consejo de Administración, con el apoyo de la Comisión de Nombramientos.
En la elaboración de la información financiera están claramente definidas las líneas de autoridad y responsabilidad. Asimismo, se realiza una exhaustiva planificación, que contempla, entre otras cuestiones, la asignación de tareas, las fechas clave y las distintas revisiones a realizar por cada uno de los niveles jerárquicos. Tanto las líneas de autoridad y responsabilidad como la planificación antes mencionada se han documentado y distribuido entre todos aquellos que intervienen en el proceso de elaboración de la información financiera.
En este sentido, la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores consensua, con las direcciones responsables de los procesos seleccionados para revisar, las fechas en se llevará a cabo el análisis y la revisión del proceso. Para evaluar la idoneidad de las actividades de control diseñadas, la Dirección responsable del proceso, en colaboración de la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores, identifica los distintos riesgos relevantes sobre la información financiera a los que se encuentra sujeta y las actividades de control implementadas que mitigan dichos riesgos de manera eficaz, atendiendo a su diseño y eficacia operativa.
El Grupo Unicaja cuenta con un Código Ético aplicable a los administradores, directivos y empleados del Grupo Unicaja, modificado por última vez por el Consejo de Administración de Unicaja el día 20 de diciembre de 2024. Igualmente, Unicaja, cuenta con un Reglamento Interno de Conducta en el ámbito de mercado de valores, modificado por última vez por el Consejo de Administración de Unicaja el 16 de diciembre de 2022.
El Código Ético refuerza nuestra apuesta por una cultura empresarial basada en el desarrollo de una conducta íntegra, profesional, honesta y transparente. El Código define nuestros valores corporativos y nuestro compromiso que deben guiar el comportamiento personal y profesional de los empleados, directivos y miembros de los órganos de administración del Grupo.
Así, se establece que toda la información financiera y no financiera del Grupo debemos elaborarla con claridad y exactitud, asegurándonos de que sea coherente y ajustada a la normativa. Los empleados que participan en la elaboración de la información financiera y no financiera deberán garantizar su fiabilidad, comprometiéndose a actuar con independencia, profesionalidad en dicha elaboración, así como a mantenerla confidencialmente.
En esta línea, el Código Ético del Grupo Unicaja establece la obligación para todas las personas sujetas al Código de informar con prontitud sobre cualquier posible incumplimiento de la legislación, de la normativa interna o del Código, y colaborar con la Entidad en cualquier procedimiento judicial o administrativo, cuando seamos requeridos para ello.
El Código Ético del Grupo Unicaja está publicado en la Intranet corporativa de Unicaja, accesible a todos los empleados de la entidad, así como en la web pública de Unicaja, disponible para todo aquel que esté interesado.
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
De acuerdo con el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración de la Entidad, además de las funciones previstas en la Ley y en los Estatutos Sociales, en relación con los sistemas de información y control interno, corresponde a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, entre otras, la función de establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y otras personas relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, clientes, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la Sociedad que adviertan en el seno de la Sociedad o su Grupo.
En este contexto, Unicaja ha puesto a disposición de los empleados, directivos y administradores de la Entidad un canal interno de comunicación (el Canal de denuncias) a través de la Intranet corporativa, en tanto que para terceros ajenos a la organización y distintos de los anteriores se ha creado un acceso específico al Canal a través de la web corporativa de la entidad.
Mediante este Canal, que es confidencial y anónimo, cuando así sea requerido por el denunciante, y que respeta los derechos de los denunciantes y denunciado, se podrá comunicar cualesquiera acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea o infracciones penales o administrativas graves o muy graves, infracciones de carácter laboral, incumplimientos de la normativa aplicable relativa a la prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, incumplimientos de la normativa del Mercado de Valores, infracciones, incumplimientos o irregularidades del Código Ético del Grupo Unicaja, prácticas inadecuadas en materia de contabilidad o auditoría, infracciones de la legalidad vigente y cualquier otra infracción o práctica inadecuada análoga.

Durante el ejercicio 2024 y hasta la fecha de formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de dicho ejercicio, no se han recibido, a través de este canal, comunicaciones con potencialidad para generar un riesgo sobre la información financiera de Unicaja o su Grupo.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
Unicaja tiene desarrollados mecanismos que permiten asegurar que el personal involucrado en los diferentes procesos relacionados con la información financiera cuenta con la capacitación y competencia profesional necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de sus funciones.
En este sentido, dicho personal está permanentemente informado de los requisitos normativos vigentes, y de las actualizaciones que se van produciendo sobre los mismos.
La Entidad cuenta con un Plan de Formación anual que se diseña de acuerdo con la dirección a la que pertenece el personal, así como su plan de carrera en el caso del personal técnico. Para ello, la Dirección General de Personas, Organización y Legal, contacta con las diferentes Direcciones para analizar las necesidades de nuevas acciones de formación y, de la misma manera, las Direcciones pueden contactar directamente con la Dirección General de Personas, Organización y Legal, en caso de detectar nuevas necesidades de formación que se deban afrontar.
Adicionalmente, los técnicos involucrados en la preparación de la información financiera reciben actualizaciones técnicas que son distribuidas por la Dirección General de Finanzas, que a su vez las recibe de distintas fuentes oficiales (Boletín Oficial del Estado, Diario Oficial de la Unión Europea, Banco de España, Comisión Nacional del Mercado de Valores, Banco Central Europeo, ESMA, EBA, IASB, ISSB, ICAC, Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, etc.) y otros canales internos (correo diario con novedades normativas identificadas por la Dirección de Regulación, perteneciente a la Dirección de Cumplimiento Normativo) o externos (por ejemplo, Cecabank, empresas de asesoramiento contable, reseñas de portales especializados en normativa contable, etc.)
La Entidad dispone de un procedimiento de identificación de procesos, áreas relevantes y riesgos asociados a la información financiera, que se encuentra adecuadamente documentado y que sirve de base para la identificación de los controles que cubren cada uno de los riesgos identificados. La ejecución del procedimiento es responsabilidad de las Direcciones oportunas, en colaboración continua de la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores, que lleva a cabo una revisión periódica de los riesgos y controles existentes.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
La identificación de los riesgos potenciales y controles de las actividades y transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros se completa, al menos, anualmente, y se realiza a partir del conocimiento y entendimiento que las direcciones tiene del negocio y de los procesos operativos, teniéndose en cuenta tanto criterios de importancia relativa como criterios cualitativos asociados a la propia estructura del negocio y sus riesgos, utilizando como base la información financiera más reciente posible.
No obstante, está previsto que, cuando en el transcurso del ejercicio se puedan poner de manifiesto circunstancias no identificadas previamente que adviertan sobre posibles incorrecciones en la información financiera o cambios sustanciales en las operaciones del Grupo, la Entidad procederá a evaluar la existencia de riesgos que deberán añadirse a aquéllos ya identificados.
Los criterios seguidos en la identificación de riesgos son los siguientes:
• El alcance de la identificación de riesgos, en el ámbito del SCIIF, se refiere a los riesgos de incorrección por error o fraude sobre la información financiera del Grupo Unicaja que se reporta a los mercados.
• Su identificación la realiza la dirección correspondiente (junto con la ayuda de las direcciones responsables de los procesos seleccionados objeto de revisión) en continua colaboración con la Dirección General de Control y Relación con Supervisores.
• El proceso se orienta a la identificación de riesgos de incorrección material en los estados financieros individuales y consolidados de Unicaja. • Entre otros aspectos, se tiene en cuenta el tamaño de los saldos y transacciones, la composición de los mismos (volumen e importe unitario), el grado de automatización de los procesos, la estandarización de las operaciones, la susceptibilidad al fraude o error, la complejidad contable, el

grado de estimación/ incertidumbre, la necesidad de realizar juicios y valoraciones que impliquen subjetividad, el riesgo de pérdidas o pasivos contingentes, los cambios respecto al ejercicio anterior y la existencia, en su caso, de ajustes o debilidades de control identificadas en ejercicios anteriores.
En cualquier caso, los riesgos se refieren a posibles incorrecciones (intencionadas o no) en el marco de los objetivos de la información financiera (o aserciones): (i) existencia y ocurrencia; (ii) integridad; (iii) valoración; (iv) presentación, desglose y comparabilidad; y (v) derechos y obligaciones.
El grado en que estos objetivos de información financiera (o aserciones) afectan a cada epígrafe de los estados financieros puede ser: bajo, medio o alto.
Para determinar el alcance del SCIIF, la Entidad utiliza tanto criterios cuantitativos (superación de un umbral de importancia relativa o materialidad) como criterios cualitativos, ligados en este caso a que se trate de un epígrafe/área de información financiera con riesgo alto, medio o bajo. La Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores incluye en el alcance del SCIIF los epígrafes que superan los umbrales cuantitativos de materialidad y que tienen riesgo alto o medio, así como otros procesos y áreas que tienen carácter trasversal respecto a los estados financieros.
La Entidad dispone de un Procedimiento de Consolidación en el que se detalla la actividad de revisión del perímetro de consolidación llevada a cabo bajo la responsabilidad de la Dirección General de Finanzas. A través de dicho procedimiento, la Entidad se asegura que las variaciones que se producen en el perímetro, en los distintos periodos de generación de información financiera, son correctamente incluidas en los estados financieros consolidados del Grupo.
Para la identificación de relaciones de control, control conjunto o influencia significativa, así como para la evaluación de cualquier estructura societaria compleja o de la existencia de entidades de propósito especial, en su caso, la Dirección General de Finanzas utiliza los criterios definidos en el marco de información financiera que resulta de aplicación, y en especial, en lo establecido por las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Unión Europea (NIIF-UE), con especial atención en la NIIF 10.
En la identificación de riesgos de incorrección material en la información financiera, se tiene en cuenta el efecto de otras tipologías de riesgos: operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales, siempre y cuando éstos puedan afectar a la información financiera de la Entidad. En este sentido: (i) en la memoria de las cuentas anuales individuales y consolidadas de Unicaja se realiza una descripción detallada de los riesgos con mayor impacto sobre la información financiera, (ii) en el estado de información no financiera consolidado e información sobre sostenibilidad (adjunto en el informe de gestión consolidado) se incluye una descripción pormenorizada de los riesgos que afectan a este tipo de información, y (iii) en los informes anuales sobre el proceso interno de autoevaluación del capital y de la liquidez (ICAAP/ ILAAP, por sus siglas en inglés) se efectúa un compendio de la totalidad de las tipologías de riesgos relevantes que afectan al Grupo.
El proceso de identificación de riesgos debe completarse, al menos, anualmente, utilizando como base la información financiera más reciente disponible y es supervisado por la Comisión de Riesgos y por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, con el apoyo de la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores y de la Dirección General de Auditoría Interna.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Tal y como se ha descrito en el punto F.1.1 anterior, de acuerdo con el artículo 31 del Reglamento del Consejo de Administración de la Entidad, corresponde a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, entre otras, la función de supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera relativa a la Entidad y su Grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables, así como evaluar la razonabilidad de las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la Dirección de la Entidad.
Como se ha señalado anteriormente, corresponde a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo revisar, analizar y comentar los estados financieros y otra información financiera relevante con la Alta Dirección, así como con los auditores internos y externos, para confirmar que dicha información es fiable, comprensible, relevante y que se han seguido criterios contables consistentes con el ejercicio anterior.
De acuerdo con tales funciones, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo de Unicaja interviene en el proceso de revisión de la información financiera a divulgar, informando al Consejo de Administración de sus conclusiones sobre la información financiera de la Entidad.
En última instancia, el Consejo de Administración aprueba la información financiera que la Entidad deba hacer pública periódicamente, encontrándose recogida esta función en el Reglamento del Consejo de Administración de Unicaja. De su ejecución queda constancia en las actas de las distintas reuniones.
De cara a preparar la información que, en su caso, será aprobada por el Consejo de Administración, la Entidad cuenta con un procedimiento de revisión y autorización de la información financiera que es remitida a los mercados y órganos reguladores con la periodicidad marcada por la legislación y normativa aplicable, y que es elaborada y actualizada por la Dirección General de Finanzas. La función de supervisión sobre esta información es realizada por la Dirección General de Auditoría Interna.
La Dirección General de Finanzas es la responsable de los registros contables derivados de las distintas transacciones ocurridas en la Entidad y la que lleva a cabo las principales actividades de control, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión de los juicios y las estimaciones relevantes, según criterios de importancia relativa. Asimismo, esta Dirección es la responsable de elaborar, con carácter general, la información financiera de la Entidad sobre la base contable existente, habiendo definido e implantado, en el mencionado proceso de elaboración, procedimientos de control adicionales que garantizan la calidad de la información y su razonabilidad de cara a su posterior presentación a los órganos de gobierno de la Entidad y su publicación a los mercados.
En los procesos de elaboración de esta información, la Dirección General de Finanzas, solicita la colaboración de las restantes direcciones para la obtención de determinada información complementaria, cuyo desglose sea requerido en los informes financieros periódicos. De igual manera, y una vez completado el proceso de elaboración de la información, la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores solicita a los mencionados responsables la revisión y autorización últimas de la información sobre la que tienen atribuida la responsabilidad, con carácter previo a su publicación y remisión a los mercados.
Respecto a la descripción del SCIIF, ésta es revisada por la Dirección General de Control y Relación con Supervisores y por la Dirección General de Finanzas y supervisada por la Dirección General de Auditoría Interna, así como por los Órganos de Gobierno mencionados anteriormente, como parte de la información periódica que la Entidad remite a los mercados.
En lo relativo a las actividades y controles relacionados directamente con transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, la Entidad dispone de procedimientos y matrices de riesgos y controles de los procesos significativos que afectan a la generación, elaboración y preparación de la información financiera.
A estos efectos, la Entidad cuenta con documentación homogénea sobre los procesos relevantes, que incluye una descripción de cada uno de los procesos y matrices de riesgos y controles. Estas matrices recogen los riesgos relevantes identificados con impacto material en los estados financieros individuales y consolidados, y su asociación con los controles que los mitigan, así como el conjunto de evidencias en que se materializa su aplicación. Entre los controles, se identifican aquéllos que son considerados clave en el proceso y que, en todo caso, aseguran el adecuado registro, valoración, presentación y desglose de los saldos y las transacciones en la información financiera.
Las matrices de riesgos y controles recogen, entre otros, los siguientes campos:
• Descripción del riesgo.
• Aserción financiera con la que se identifica el riesgo.

• Conclusión del control y evaluación del riesgo, incluyendo recomendaciones u oportunidades de mejora si se concluye como no satisfactorio, y los planes de remediación propuestos por la dirección responsable.
A continuación, se detallan los procesos significativos (distinguiendo entre procesos de negocio y transversales) asociados a los epígrafes/áreas financieras de la Entidad para las que se dispone de la documentación mencionada anteriormente:
• Procesos de negocio específicos asociados a las áreas relevantes (identificados a partir de los epígrafes de los estados financieros): o Préstamos y partidas a cobrar (crédito a la clientela), incluyendo las coberturas de riesgo de crédito por insolvencias.
o Activos y pasivos fiscales.
o Gastos de personal.
o Gastos generales de administración.
o Sociedades participadas.
• Procesos transversales que afectan a todas las áreas en su conjunto:
o Cierre contable
o Controles generales informáticos.
o Fraude y cumplimiento normativo.
o Partes vinculadas
Y provisiones y estimaciones contables, que es un proceso específico por lo que respecta a provisiones, y un proceso transversal por lo que respecta a estimaciones contables.
La documentación descriptiva comentada anteriormente contempla:
• La descripción de las actividades relacionadas con el proceso desde su inicio, indicando las particularidades que puede contener un determinado producto u operativa (cuando esto resulta necesario).
• La identificación de los riesgos relevantes sobre la información financiera relacionados con el proceso con impacto material en los estados financieros de la Entidad.
• La identificación de los controles y su descripción que se realiza en relación a los riesgos relevantes identificados previamente.
Asimismo, existe un catálogo de evidencias que sustentan la existencia de cada control identificado.
Adicionalmente, la Entidad cuenta con un "Manual de revisión y aprobación de Juicios y Estimaciones", que completa las políticas y documentos normativos aprobados por el Grupo Unicaja, en la que se detalla la forma en que se realizan, así como las responsabilidades en el momento de aprobar las estimaciones, proyecciones, juicios, políticas contables e hipótesis críticas de la Entidad. La Dirección de General de Finanzas es responsable de la actualización de estas políticas contables con frecuencia mínima anual.
Según se describe en la memoria de las cuentas anuales consolidadas, las principales estimaciones identificadas por el Grupo son las siguientes:
• Las pérdidas por deterioro de determinados activos, especialmente en lo que se refiere a la estimación individualizada y colectiva de las pérdidas por insolvencias de la cartera de préstamos y anticipos a la clientela, y la determinación de cuando se produce un incremento significativo del riesgo de crédito.
• Las hipótesis empleadas en el cálculo actuarial de los pasivos y compromisos por retribuciones post-empleo y otros compromisos a largo plazo mantenidos con los empleados.
• La estimación de la probabilidad de ocurrencia de aquellos sucesos considerados como pasivos contingentes y, en su caso, la estimación de las provisiones necesarias para la cobertura de estos hechos.
La "Política de revisión y aprobación de Juicios y Estimaciones", detalla los procedimientos que efectúa para garantizar que los juicios y estimaciones se realizan al nivel adecuado y de conformidad con el marco normativo contable que resulta de aplicación a la Entidad y su Grupo.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
La Entidad tiene definido un proceso de Controles Generales Informáticos (ITGC, por sus siglas en inglés), con su correspondiente matriz de riesgos y controles, donde se detallan los riesgos y controles referentes a seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones.
Los sistemas de información que soportan los procesos en los que se basa la información financiera de la Entidad están sujetos a políticas y procedimientos de control interno para garantizar la integridad de la elaboración y publicación de la información financiera.
En concreto se han establecido políticas con relación a:
• Gobierno de la Seguridad de la información: El Grupo Unicaja dispone de un marco documental de seguridad de la información compuesto por una Política de Seguridad y un conjunto de directrices y procedimientos que dan desarrollo a esa Política estableciendo las pautas de índole técnica y organizativa necesarias para evitar el compromiso de la disponibilidad, integridad y/o confidencialidad de la información responsabilidad de Unicaja o que esta custodia. El Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información de Unicaja se encuentra certificado desde 2007 en la norma ISO/IEC 27001 y es reevaluado anualmente con el objetivo de garantizar el alineamiento de la entidad a las mejores prácticas de seguridad del mercado.
• Gestión de incidencias e incidentes: Unicaja dispone de directrices actualizadas para la notificación y gestión de incidencias e incidentes, respaldadas por herramientas específicas para su implementación. Al registrarse una incidencia, se realiza un diagnóstico, identificando si se generan posibles indisponibilidades o degradaciones en los servicios de la Entidad y considerando si afectan aspectos como la seguridad, los datos personales, la gestión de crisis u otros procedimientos relevantes. Una vez realizado el análisis, se asigna la responsabilidad de la resolución a los equipos encargados, que se encargan de implementar la solución correspondiente. Si es necesario ejecutar un cambio en los sistemas de la Entidad o en su software para la resolución de la incidencia o incidente, éste se realiza siguiendo el procedimiento establecido para la gestión de cambios.
• Seguridad en el acceso a la información: La Entidad garantiza la seguridad en el acceso a la información mediante directrices y procedimientos robustos. Las diversas aplicaciones de la Entidad incorporan mecanismos de protección basados en la identidad corporativa de cada usuario, así como en el sistema y los procesos de gestión de identidades establecidos. Esto asegura que únicamente usuarios autorizados puedan acceder a la información, manteniendo altos estándares de seguridad y confidencialidad y principios generales como el mínimo privilegio o la necesidad de conocer.
• Protección de la Información: Unicaja cuenta con procedimientos y herramientas diseñados para proteger la información a lo largo de todo su ciclo de vida. Para ello, se implementan medidas de cifrado tanto para la información en tránsito como para la almacenada, además de soluciones de prevención de fuga de información (DLP), garantizando así la seguridad y confidencialidad de los datos gestionados.
• Segregación de funciones: La Entidad cuenta con procedimientos y controles específicos para gestionar las altas, bajas y modificaciones de usuarios, los cuales se actualizan cada vez que se produce un cambio en alguno de los procesos. Estos procedimientos detallan el flujo de aprobaciones, los responsables involucrados y las herramientas utilizadas para garantizar un estricto control de la segregación de funciones. La herramienta de gestión de identidades corporativa, integrada con los sistemas de Recursos Humanos, permite administrar eficientemente las incorporaciones, salidas y cambios en funciones, direcciones, áreas u oficinas, asegurando que los permisos de acceso a información y sistemas se ajusten en consecuencia. Además, la planificación de nuevos procesos está sujeta a una aprobación formal por parte del responsable de la dirección, quien no interviene directamente en el desarrollo del proceso, reforzando así la independencia y el control en la segregación de funciones.
• Gestión de cambios y Desarrollo Seguro: Unicaja dispone de directrices y normas internas que regulan un Ciclo de Vida de Desarrollo de Software Seguro (SSDLC). La adopción de una metodología homogénea para el desarrollo de aplicaciones proporciona mayor fiabilidad, coordinación y eficiencia en los desarrollos. Esta metodología fomenta la implicación formal de los usuarios en los proyectos, asegura una adecuada documentación y mejora la independencia en el mantenimiento y continuidad de las aplicaciones, reduciendo la dependencia del personal que actualmente las gestiona. Además, la Entidad cuenta con políticas, procedimientos y herramientas para la gestión de cambios, garantizando que cualquier modificación en sus sistemas de información se categoriza conforme a su criticidad y riesgo, se prueba y es aprobado por equipos independientes antes de su puesta en producción, realizándose ésta antes en las ventanas establecidas a tal efecto.
• Continuidad operativa y de negocio: La Entidad dispone de un procedimiento formalizado de copias de seguridad que describe el proceso a seguir, la periodicidad, la información a copiar, la ubicación, las frecuencias, el contenido de las copias, los tipos de copias y las instrucciones básicas para la realización de las copias de seguridad de los elementos de infraestructura que afectan a los sistemas, así como el detalle de las pruebas a ejecutar para garantizar la correcta ejecución de las copias.
• Gestión de Activos: La Entidad dispone de una directriz de Gestión de Activos, donde se regula la adquisición, aprovisionamiento, despliegue, mantenimiento y retirada o eliminación de los activos IT que procesan información dentro de la organización. En este sentido, la Entidad dispone y mantiene una CMDB que registra la información sobre todo activo IT en servicio y que sirve como pilar fundamental para llevar a cabo el resto de los procesos relacionados como el bastionado y configuración segura, obsolescencia IT, gestión de incidencias o gestión de cambios.

• Seguridad en las redes: Se dispone de una directriz de seguridad en las redes donde se establecen las medidas de seguridad de la red entre las que se encuentran la segregación de entornos, acceso remoto, medidas de seguridad perimetral, monitorización de la red, filtrado de tráfico o securización de redes inalámbricas.
• Gestión de vulnerabilidades: La entidad cuenta con un proceso de gestión de vulnerabilidades donde se incluyen acciones encaminadas a la Identificación, categorización y control, corrección y seguimiento de las vulnerabilidades detectadas. Para la identificación de las vulnerabilidades se utilizan diferentes herramientas de escaneo automático, así como auditorías de seguridad específicas para cada sistema.
El Grupo también ha implementado un conjunto integral de medidas de seguridad física y ambiental en sus centros de procesamiento de datos, con el fin de proteger los activos críticos y garantizar la continuidad operativa. Estas medidas incluyen controles de acceso físico, monitorización y vigilancia, sistemas de protección contra incendios, controles climáticos y de protección energética, controles perimetrales así como planes de evacuación. Con ello se persigue el objetivo de salvaguardar la infraestructura crítica de la organización, reduciendo así el riesgo de interrupciones operativas y asegurando la integridad y disponibilidad de los datos.
Asimismo, el Grupo considera que el recurso humano es un componente esencial para mantener un entorno seguro y controlado. Por ello, se ha implementado un programa continuo de capacitación y concienciación en materia de seguridad de la información y control interno. Este programa está diseñado para fomentar una cultura de seguridad, proveer conocimientos actualizados y desarrollar habilidades prácticas para minimizar el riesgo de brechas de seguridad. Este enfoque integral asegura que todos los empleados, independientemente de su rol, entiendan su responsabilidad en la protección de la información y el mantenimiento de un entorno controlado, contribuyendo así a la resiliencia y seguridad de la organización.
Para el ejercicio de estas funciones, la Dirección de Gobierno de las Externalizaciones tiene la responsabilidad de gestionar los procesos de externalización de servicios para la identificación y evaluación de los acuerdos de externalización, la formalización de los acuerdos contractuales, el registro de información de estos, y el seguimiento y monitorización de la actividad externalizada.
En el marco de la valoración presupuestaria de estas actividades subcontratadas, así como en el propio proceso de la prestación del servicio, el Grupo lleva a cabo determinados procedimientos de control para mitigar los riesgos asociados a estas actividades, siendo éstos ejecutados fundamentalmente por las direcciones responsables de la operativa correspondientes, y estando destinados a comprobar su competencia, capacitación, acreditación e independencia, así como la validez de los datos y métodos utilizados y la razonabilidad de las hipótesis utilizadas. Gestionar los servicios delegados en terceros relacionados con su ámbito de actuación y controlar tanto sus costes, como el cumplimiento de los acuerdos de nivel de servicio, son funciones transversales de todos los centros de la Entidad.
Además, la Entidad cuenta con la Dirección de Ciberseguridad, que asume la función de Control de Terceros, que se encarga de la asignación de medidas de control de riesgos no financieros en contratos con terceros (ciberseguridad, riesgo tecnológico, continuidad, etc.) así como del análisis de posibles riesgos no financieros derivados de la contratación del servicio.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
La Entidad cuenta con un conjunto de políticas y documentos normativos, que prescriben el tratamiento contable en el Grupo Unicaja de cada una de las rúbricas de importancia relativa que integran los estados financieros, garantizando el cumplimiento de los requerimientos establecidos por el marco normativo contable que resulta de aplicación. La Dirección General de Finanzas es la responsable de promover el establecimiento y actualización las políticas contables del Grupo y de informar al resto de direcciones de las actualizaciones, así como responder las consultas de carácter contable que plantean tanto las sociedades filiales como las distintas unidades de negocio, siendo la Dirección de Legal y la Dirección de Cumplimiento Normativo las responsables de informar sobre las novedades legislativas al resto de Direcciones.
Estos documentos se actualizan periódicamente, con frecuencia al menos anual, comunicándose las modificaciones o actualizaciones significativas realizadas, en caso de que existan, a las entidades del Grupo y direcciones a los que les resulten de aplicación en cada caso.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.
La Dirección General de Finanzas es la responsable de agregar, homogeneizar, revisar y reportar la información, utilizando unos sistemas y aplicaciones informáticas comunes, así como finalmente preparar los estados financieros individuales y consolidados que son reportados y publicados.
Además, la Dirección General de Finanzas dirige la aplicación de las políticas contables y otros procedimientos en la elaboración de los estados financieros individuales por parte de las entidades dependientes, a efectos de su "reporting" al Grupo para la elaboración de los estados financieros consolidados, así como instrucciones precisas sobre las obligaciones de información, estableciendo los contenidos mínimos y los plazos de envío de la información a remitir por las entidades que componen el Grupo Consolidable.
Los sistemas contables de la Entidad están totalmente integrados y el registro de operaciones desencadena de manera automática la contabilidad de las mismas, así como la actualización de los respectivos inventarios.
A este respecto, resulta relevante mencionar que el Grupo Unicaja se encuentra adaptado a las novedades normativas que se han publicado en relación con el Formato Electrónico Único Europeo (en adelante, FEUE o ESEF, por sus siglas en inglés). En este sentido, los administradores de la Entidad son responsables de presentar el informe financiero anual de conformidad con los requerimientos de formato y marcado establecidos en el Reglamento Delegado (UE) 2019/815, de 17 de diciembre de 2018, de la Comisión Europea. Esta normativa requiere que se incluyan determinadas etiquetas obligatorias no solamente en los estados financieros consolidados, sino también en las notas que acompañan a dichos estados financieros consolidados.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
Los planes de la función de auditoría interna son aprobados por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo. De acuerdo con un enfoque basado en el riesgo que determina la frecuencia de la actividad auditoría ("Risk Assessment System", o RAS por sus siglas en inglés), en dichos planes se prevé la realización de revisiones sobre las áreas de control interno y negocio consideradas relevantes para el Grupo.
En este ámbito, se incluyen revisiones específicas sobre el control interno de la información financiera.
Concretamente en relación con el SCIIF, la Dirección General de Auditoría Interna cuenta entre sus funciones con la responsabilidad de supervisar su efectiva implantación y su correcto funcionamiento, incorporando esta revisión en su planificación de auditoría interna. Respecto a la eventual detección y comunicación de cualquier debilidad en la realización de las revisiones de las áreas, la Dirección General de Auditoría Interna la comunica a la Dirección implicada, detallando las recomendaciones asociadas, y realizando un seguimiento adecuado del plan de acción implantado para la resolución de las mismas.
Las recomendaciones surgidas de las revisiones realizadas son elevadas a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo. Adicionalmente, la Dirección General de Auditoría Interna está en contacto con las distintas direcciones de la Entidad y con la Dirección General de Control de Riesgos y Relación con Supervisores, que es la encargada de la actualización y mantenimiento periódico del SCIIF.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo se reúne con el auditor externo, al menos con carácter trimestral, para la revisión y actualización de los asuntos más significativos de la auditoría, de manera previa a la formulación de cuentas anuales individuales y consolidadas, así como los los estados financieros intermedios resumidos consolidados de cada cierre trimestral.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de auditoría de cuentas, y en el artículo 11 del Reglamento (UE) nº 537/2014, del Parlamento europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público, estas comunicaciones se formalizan, en buena parte, a través del "Informe adicional para la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo", que los auditores externos entregan con anterioridad a la emisión de su informe de auditoría sobre las cuentas anuales de la Entidad y su Grupo.
Los auditores externos tienen comunicación directa con la Dirección de la Entidad, manteniendo reuniones periódicas, tanto para obtener la información necesaria para el desarrollo de su trabajo, como para comunicar las debilidades y recomendaciones de mejora del sistema de control interno detectadas durante el mismo. Respecto a este último, con carácter anual, el auditor externo presenta a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo un informe en el que se detallan las debilidades de control interno identificadas, en su caso, en el desarrollo de su trabajo.
Este informe incorpora los comentarios de la Dirección de la Entidad y, en su caso, los planes de acción que se han puesto en marcha para remediar las correspondientes debilidades de control interno.
Respecto a las debilidades de control interno que pudieran ser identificadas por parte del auditor externo, se realizan procedimientos de seguimiento similares a los descritos en el apartado F.5.1 anterior. En este sentido, la Dirección General de Auditoría Interna evalúa las debilidades de control interno identificadas por parte del auditor externo y, en su caso, efectúa un seguimiento del plan de acción para la resolución de las mismas.
En lo que respecta a las debilidades o recomendaciones de control interno identificadas por parte de la Dirección General de Auditoría Interna, también son comunicadas oportunamente a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, en el marco de la presentación periódica de los resultados de sus trabajos de auditoría interna, con una periodicidad mínima trimestral. El proceso de seguimiento de los planes de acción para la remediación de las debilidades o recomendaciones ha sido descrito en el apartado F.5.1 anterior.
No se ha identificado otra información relevante que sea necesario incorporar en este apartado.
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
En el ejercicio 2024 el auditor externo ha realizado una revisión de la información contenida en el apartado F del IAGC relativa al SCIIF, siguiendo las normas profesionales de general aceptación en España aplicables a este tipo de encargos y, en particular, siguiendo lo establecido en la Guía de Actuación sobre el informe del auditor referido al a información relativa al SCIIF de las entidades cotizadas, emitida por las corporaciones profesionales y de auditores, y publicada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en su página web.
El informe emitido por los auditores externos a este respecto se incluye como Anexo al presente Informe Anual de Gobierno Corporativo (IAGC).

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] |
|---|---|---|
| -------------- | ---------------------------- | ----------------- |
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
Sin perjuicio de que cualquier consejero pueda solicitar la inclusión de puntos en el orden del día del Consejo, el Presidente solo estará obligado a incorporarlos cuando lo solicite, al menos, tres consejeros, el Consejero Coordinador o una Comisión del Consejo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]


Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
| -------------- | ---------------------------- | ----------------- | --------------------- |
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
| -------------- | ---------------------------- | ----------------- | --------------------- |

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:
Aspectos relevantes en materia de gobierno corporativo que no se han podido recoger en el resto de apartados del presente informe.
C.1.5
En el ejercicio 2024, y tomando como base la matriz de competencias, los procesos de selección de consejeros han velado por que la composición global fuera equilibrada, habiéndose basado en los siguientes criterios:
A la vista de la contribución individual de cada uno de los nuevos consejeros incorporados en el ejercicio 2024, la Comisión de Nombramientos ha concluido que la actual composición del Consejo de Administración mantiene, en su conjunto, conocimientos y experiencia suficientes para abarcar todas las áreas de conocimiento necesarias para el desarrollo de las actividades de la Entidad. Asimismo, ha concluido que la formación académica de los miembros del Consejo de Administración es diversa al estar representadas las distintas áreas. En particular, si bien, la mayoría de los miembros del Consejo son licenciados en Economía y en Empresariales/ADE, también hay licenciados en Derecho, licenciado en ingeniería, existiendo también representación de otras materias.
En cuanto a la experiencia profesional, si bien la mayoría de los consejeros tienen acreditada experiencia en el sector financiero, también hay miembros del consejo que poseen una dilatada experiencia en otros sectores diferentes al financiero o, ligados al sector académico, la administración pública y también con experiencia internacional. Por último señalar que un gran número de consejeros cuenta con experiencia significativa en consejos de administración.
B) Edad: El Consejo está compuesto por una diversidad de edades. Asimismo, la edad media de los consejeros de la Sociedad, se sitúa por debajo de la media de las sociedades cotizadas y de las sociedades del IBEX.
C) Género: El Consejo de Administración ha quedado conformado a 31 de diciembre de 2024 por 6 mujeres y 8 hombres, lo que equivale, respectivamente al 42,86% y 57,14% del total de miembros del Consejo.
Para alcanzar una composición equilibrada, el consejo de administración ha ido aumentando gradualmente su número de consejeros no ejecutivos, los consejeros independientes han ido adquiriendo peso suficiente, representando a 31 de diciembre de 2024 el 50% de los consejeros no ejecutivos. La diversidad, en los aspectos definidos y en particular en la diversidad de género ha sido un elemento trasversal en la composición del Consejo, ello permite estimar que el Consejo de Administración en su conjunto es idóneo y cumple la recomendación 15 del Código de Buen Gobierno de sociedades cotizadas.
C.1.6
Durante el ejercicio 2024, en Unicaja el porcentaje de mujeres que forman parte de la alta dirección asciende al 7,14% y en mandos intermedios asciende al 45,11%.
En este sentido, el vigente Plan de Igualdad de Unicaja Banco incluye entre sus objetivos específicos:
A) Perfil académico y profesional.

a.- En primer lugar, el Banco ha aprobado un nuevo Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adaptando la situación preexistente a las disposiciones contenidas en los Real Decretos 901 y 902/2020, 13 de octubre. Entre las medidas previstas en el Plan, se encuentran las relativas a "Promoción profesional", entre las que se incluyen las siguientes:
Fomentar la representación equilibrada de mujeres en las candidaturas de promoción. En igualdad de condiciones en formación académica, experiencia, competencias y cumplimiento de los requisitos publicados de la vacante/puesto de las candidaturas a promoción, se priorizará la elección de mujeres en los puestos donde estén infrarrepresentadas, en el nivel de que se trate.
Establecer criterios claros, objetivos no discriminatorios y abiertos en los procesos de promoción asegurando la neutralidad en cuanto al género.
De la misma forma, el Plan de Igualdad incorpora un registro retributivo que analiza la brecha salarial -total y ajustada- en el Banco, con objeto de analizar si, para un trabajo del mismo valor, se abona una misma retribución.
b.- En segundo lugar, el Plan Estratégico 2025 – 2027 incorpora determinadas acciones que tienen por finalidad alcanzar los objetivos de presencia paritaria, poniendo el foco en la identificación y promoción del talento femenino del Banco.
C.1.16
Una vez identificados los candidatos, según lo indicado en el apartado ¨Selección¨, se seguirá el siguiente procedimiento para el nombramiento de consejeros:
a) La Comisión de Nombramientos desarrollará el procedimiento de evaluación de la idoneidad, de acuerdo con lo establecido en la Política para la Evaluación de la Idoneidad, y emitirá el correspondiente informe de evaluación.
b) Verificada por la Sociedad la idoneidad del candidato o candidatos correspondientes, la Comisión de Nombramientos, (a) en el caso de Consejeros independientes, elevará la propuesta de nombramiento al Consejo y (b) en los restantes tipos de Consejeros, informará las correspondientes propuestas de nombramiento al Consejo. Respecto de la designación de consejeros independientes, la propuesta de nombramiento de la Comisión de Nombramientos únicamente podrá incluir un candidato para cada vacante, sin perjuicio de que en la correspondiente acta de la comisión se deje constancia, por orden de preferencia, de otros candidatos validados por la Comisión de Nombramientos, para el caso de que el Consejo de Administración rechazase la propuesta de la Comisión de Nombramientos y esta tuviese que emitir una nueva propuesta. En todo caso, en el supuesto en que la vacante a cubrir por un consejero independiente sea la del cargo de Presidente del Consejo de Administración, será aplicable la Política de Sucesión y el correspondiente plan de sucesión.
c) El Consejo de Administración, a la vista de los informes o la propuesta de la Comisión de Nombramientos, analizará a los candidatos y la evaluación realizada; en el caso de varios informes sobre candidatos para una misma vacante, elegirá al candidato preferido; y si el resultado de dicho análisis es favorable se acordará someter la correspondiente propuesta de nombramiento a la valoración de su idoneidad por las autoridades supervisoras competentes. Con carácter excepcional, la petición de autorización a la autoridad supervisora podrá ser inmediatamente posterior al nombramiento del Consejero por cooptación o a la elevación de la correspondiente propuesta de nombramiento a la Junta General, quedando en ambos casos el nombramiento condicionado en cuanto a su efectividad a la obtención de una valoración favorable por parte de las autoridades supervisoras competentes
d) Una vez obtenida la evaluación favorable de los candidatos por parte de la autoridad supervisora competente, el Consejo adoptará el acuerdo de designación por cooptación, en caso de vacante, o se someterá la propuesta a la Junta General, o, de haber sido aprobada su incorporación como consejeros previamente con carácter condicionado, en los términos expuestos en el punto anterior, la designación adquirirá su eficacia y podrán completarse los trámites de aceptación del cargo, elevación a público e inscripción en los registros correspondientes.
El procedimiento de reelección de los consejeros tendrá en cuenta los mismos elementos que se toman en consideración para el nombramiento de nuevos consejeros, incorporando, además, una valoración del desempeño y la evaluación del consejero correspondiente durante el tiempo que haya ejercido el cargo y su capacidad para continuar desempeñándolo satisfactoriamente.
Sin perjuicio de las obligaciones de identificación de futuras vacantes recogidas en la Política de Sucesión, y de las actuaciones previstas en la misma en atención al resultado de dicho análisis, con carácter previo a la convocatoria de cualquier reunión de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, la Comisión de Nombramientos identificará respecto de qué Consejeros está próxima la fecha de vencimiento de su mandato y, en su caso, analizará (salvo que estos extremos ya hubieran sido abordados) respecto de cuáles de ellos estima oportuno proponer su reelección o en qué casos resulta preferible la búsqueda de un nuevo candidato, iniciándose, en tales supuestos, el procedimiento de selección previsto en esta Política.
A estos efectos, uno de los factores a tener en cuenta, además de la matriz de competencias del consejo y demás elementos indicados anteriormente en esta Política, es la necesidad o conveniencia de una renovación progresiva del Consejo, valorando, en particular, los objetivos de diversidad establecidos por la Sociedad y el tiempo que cada consejero lleva desempeñando el cargo. De optarse por la reelección de un consejero, la Comisión de Nombramientos realizará una revaluación de la idoneidad, de acuerdo con lo establecido en la Política para la Evaluación de Idoneidad, y emitirá el correspondiente informe de evaluación.

Establece el artículo 14 del Reglamento del Consejo que los Consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombrados, o cuando lo decida la Junta General en uso de las atribuciones conferidas legal y estatutariamente. Asimismo, los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los supuestos que se detallan en el apartado C.1.19 posterior.
C.2.1 Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo.
3) Actuaciones de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo durante el ejercicio 2024:
(a) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con la Información Financiera y no Financiera:
La Comisión ha revisado e informado, con carácter previo al Consejo de Administración, las cuentas anuales y los estados financieros intermedios, el informe de gestión incluidos el informe anual de gobierno corporativo y el Informe separado sobre información no financiera, así como el resto de los informes financieros que han sido puestos a disposición del público y de los supervisores. La Comisión también revisó la Información con Relevancia Prudencial, previo a su aprobación por el Consejo de Administración.
Asimismo, en relación con la distribución de un dividendo en efectivo, a cuenta de los resultados del ejercicio 2024, la Comisión Informó favorablemente el estado contable que acredita la existencia de liquidez suficiente, en los términos previstos en el artículo 277, a) de la Ley de Sociedades de Capital, y el estado contable de situación patrimonial que determina el cumplimiento de lo previsto en el artículo 277, b) de la Ley de Sociedades de Capital.
La Comisión ha tomado conocimiento de las conclusiones de los Sistemas de Control Interno de Información Financiera y no Financiera y del informe de auditoría del experto externo sobre dicho sistema.
Asimismo, la Comisión tomó conocimiento de la Memoria anual de la Función de Gobierno y Calidad del Dato correspondientes al ejercicio 2023, en el que se da cuenta de las actuaciones llevadas a cabo para el cumplimiento de los objetivos definidos para dicho ejercicio.
(b) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con el auditor interno:
Se presentó a la Comisión, el plan anual de actividades de Auditoría Interna para 2024, habiéndose informado periódicamente a la Comisión del grado de cumplimiento de los requerimientos y recomendaciones emitidas desde la Dirección de Auditoría Interna. Asimismo, se ha sometido trimestralmente a la Comisión la Memoria de Actividades de Auditoría Interna.
(c) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con el auditor de cuentas:
La Comisión ha recibido periódicamente información sobre el cumplimiento de la Política de nombramiento de auditor, los servicios y otros aspectos de independencia del auditor del Grupo Unicaja Banco. El auditor de cuentas ha asistido periódicamente a la Comisión para informar de las conclusiones de los procedimientos de auditoría llevados a cabo sobre la información financiera, así como de los aspectos clave del periodo auditado y las novedades regulatorias en el ámbito de la auditoría externa. La Comisión tomó conocimiento de la confirmación escrita del auditor de cuentas sobre su independencia y emitió, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de las cuentas anuales, un informe de confirmación de la independencia del auditor de cuentas. El auditor de cuentas presentó a la Comisión el borrador de informe de auditoría sobre las cuentas anuales individuales y consolidadas de 2024, en el que se preveía, como así fue fielmente, la emisión de una opinión favorable y presentó a la Comisión el informe adicional para la Comisión de Auditoría sobre las referidas cuentas anuales.
(d) Actividades relacionadas con el verificador de la Información sobre Sostenibilidad
Representantes de PricewaterhouseCoopers Auditores S.L asistieron a la Comisión para presentar el Informe de verificación independiente del Estado de Información No Financiera Consolidado del ejercicio 2023, con carácter previo a la elevación de dicho estado al Consejo de Administración. Asimismo, entre tanto se aprueba la transposición de la Directiva CSRD, la Comisión acordó informar favorablemente y elevar propuesta al Consejo de Administración sobre el nombramiento de KPMG como verificador del Estado de Información No Financiera del para el ejercicio 2024, así como de la información adicional que pudiera ser reportada voluntariamente por Unicaja bajo los estándares de la CSRD.
(e) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con las reglas de gobierno corporativo:
La Comisión ha realizado un seguimiento periódico de la Decisión SREP del ejercicio 2023. La Comisión elevó al Consejo de Administración el Informe de Aplicación de la Política de Comunicación y Contacto con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto, así como la actualización de dicha Política.
La Comisión recibió varios informes en materia de Sostenibilidad y acordó elevar al Consejo de Administración la Política Corporativa de Sostenibilidad y la Política de Gestión y Control de Riesgos no Financieros.
La Comisión informó favorablemente la actualización la actualización de las Políticas relacionadas con el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles de la Unión Europea (SFDR), la actualización del Marco de Bonos Verdes y el Informe Anual de asignación e impacto de Bonos Verdes.
También, la Comisión informó favorablemente y elevó al Consejo de Administración las modificaciones del Reglamento del Consejo de Administración y del Reglamento de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo.
(f) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con el cumplimiento normativo:
Se presentó a la Comisión el Informe Anual de la Dirección de Cumplimiento Normativo de las actuaciones, así como el Plan Director de la Dirección de Cumplimiento Normativo y el Programa de Actuación para este ejercicio, habiendo informado periódicamente la Dirección de Cumplimiento Normativo de las actividades realizadas para su cumplimiento. La Comisión informó favorablemente la actualización del Reglamento Interno de Conducta en el Mercado de valores.
La Comisión informó favorablemente y elevó al Consejo de Administración la propuesta de actualización del Código Ético.
La Comisión conoció el Informe Anual de Autoevaluación del Riesgo ante el Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo, en el que se pone de manifiesto un cumplimiento satisfactorio por parte de la Entidad, sin necesidad de implementar medidas adicionales significativas. La Comisión tomó conocimiento de los informes anuales del Comité de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, del Comité de Cumplimiento Normativo y del Comité de Prevención del Riesgo Penal, correspondientes al ejercicio 2023.
La Comisión tomó conocimiento de la renovación por AENOR del Sistema de Gestión de Compliance de Unicaja Banco.
Asimismo, la Comisión fue informada periódicamente de la situación de las comunicaciones recibidas en el Canal de Denuncias de la Entidad.

A lo largo del ejercicio, la Comisión ha emitido informes sobre las propuestas de concesión de operaciones con partes vinculadas, constatando que todas las propuestas que se le han presentado con partes vinculadas estaban planteadas en condiciones de mercado, según los criterios de evaluación del riesgo aplicables en Unicaja y que son justas y razonables desde el punto de vista de la Sociedad y, en su caso, de otros accionistas distintos de la parte vinculada, dando cuenta de los presupuestos en la que se basa su conclusión, y los métodos utilizados. En relación con las operaciones vinculadas cuya aprobación está delegada en comités internos de la Entidad, en virtud del procedimiento previsto en la Política de Identificación y Gestión de Conflictos de Interés y de operaciones vinculadas de Consejeros, accionistas significativos y altos cargos, la Comisión tomó conocimiento del informe de la función de Auditoría Interna en el que se concluye que se había verificado que fueron realizadas en las condiciones de equidad y transparencia establecidas y que se habían cumplido los criterios legales aplicables para su delegación.
Respecto de las operaciones con accionistas significativos, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo vela por que las relaciones con los mismos sean correctas y adecuadas. En particular, en el ejercicio 2024, la Comisión con carácter previo a su aprobación por el Consejo analizó varias operaciones e informó favorablemente a este para su aprobación.
La Comisión ha sido informada periódicamente de la situación y variaciones de la autocartera de la Sociedad, y ha tenido conocimiento de los requerimientos recibidos procedentes de organismos reguladores y supervisores. La Comisión ha llevado a cabo el análisis de cada una de las propuestas de externalización sujetas a su informe la misma, previo a su elevación al Consejo de Administración. La Comisión tomó conocimiento del Informe de seguimiento y control de la Estrategia Fiscal e informó favorablemente y elevó al Consejo de Administración la actualización de la Política de Estrategia Fiscal.
3) Actuaciones de la Comisión de Nombramientos durante el ejercicio 2024:
(b) Actividades realizadas en cumplimiento de la función de evaluar periódicamente, y al menos una vez al año, la idoneidad de los miembros del Consejo de Administración y de este en su conjunto:
La Comisión de Nombramientos, con motivo de las evaluaciones realizadas durante el ejercicio para el nombramiento o reelección de consejeros, evaluó también la idoneidad colectiva del Consejo de Administración, utilizando su matriz de competencias. Como resultado de estas evaluaciones, la Comisión concluyó que el Consejo cuenta con los conocimientos, la experiencia y las competencias necesarias para comprender adecuadamente las actividades de la Entidad, incluidos sus principales riesgos, para asegurar su capacidad efectiva de toma de decisiones de forma independiente y en beneficio de la Entidad, así como que las diversas áreas de especialización necesarias están debidamente cubiertas.
(c) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con asegurar que los Consejeros cumplen el régimen de incompatibilidades y limitaciones requeridas y suficiente disponibilidad de tiempo para ejercer un buen gobierno, si algún miembro del Consejo de Administración, asume un cargo adicional o comienza a realizar nuevas actividades relevantes, a los efectos de verificar si el tiempo de dedicación a sus responsabilidades y obligaciones como miembro del Consejo de Administración de la Entidad es suficiente y no se ve menoscabado con motivo de las nuevas responsabilidades asumidas.
La Comisión, a lo largo del ejercicio, ha realizado revaluaciones parciales de la idoneidad de varios consejeros, motivadas por la asunción de nuevas responsabilidades o cargos en diversas sociedades u organizaciones. En todos los casos con informe favorable.
(d) Actividades realizadas en cumplimiento de la función de evaluación periódica de la estructura, tamaño, composición y actuación del Consejo de Administración:
Respecto al ejercicio 2024, la Comisión de Nombramientos, ha llevado a cabo la evaluación correspondiente y, con base en los resultados obtenidos a partir de los cuestionarios cumplimentados por los consejeros y los informes de evaluación remitidos por cada una de las Comisiones, ha elaborado un informe en el que se concluye que, la evaluación de la organización y el funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones resultó satisfactoria. No obstante, se identificaron áreas susceptibles de mejora y para ello la Comisión ha elaborado un Plan de Acción, que ha aprobado el Consejo de Administración, de cuyo cumplimiento se hará seguimiento durante el ejercicio 2025 con el que se pretende lograr un mejor funcionamiento y mayor eficiencia en las reuniones del Consejo de Administración a través de diversas acciones
(e) Actividades realizadas en cumplimiento de la función de evaluación de las competencias, la diversidad, el equilibrio de conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración y de la función de revisar anualmente el cumplimiento de la política de selección de Consejeros.
La Comisión de Nombramientos formuló el informe de aplicación de la Política de Idoneidad del ejercicio 2024.
En las evaluaciones realizadas han sido analizadas las competencias, la experiencia y los méritos necesarios para desempeñar el cargo, la concurrencia de honorabilidad comercial y profesional, honestidad e integridad personal y, en el caso de los consejeros, la capacidad de dedicar tiempo suficiente a sus responsabilidades, la ausencia de conflictos de intereses y la independencia de ideas. Los resultados de todas las evaluaciones realizadas han sido satisfactorios, por lo que en todos los casos se han emitido informes favorables por la Comisión de Nombramientos.
La Comisión de Nombramientos formuló el informe de aplicación de la Política de Selección y Nombramiento de Consejeros y de la Política de Diversidad, concluyendo que los procesos de evaluación de la idoneidad individual y colectiva llevados a cabo en el ejercicio 2024 se han desarrollado conforme a los criterios, principios y sistemas establecidos en las citadas políticas.
En particular, en las evaluaciones se analizó el impacto en términos de diversidad de conocimientos, habilidades técnicas, experiencia, y género, sin implicar discriminación por motivos de edad o discapacidad, utilizando la matriz de competencias, conocimientos y experiencias, velando por que la composición global y el equilibrio de competencias del Consejo de Administración fuesen apropiados.
(f) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con el objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración:
Con relación a los objetivos de diversidad de género, en los procesos de selección de consejeros llevados a cabo en el ejercicio 2024, la Comisión de Nombramientos ha tenido en cuenta que la estructura del Consejo siguiera cumpliendo con la Recomendación 15 del Código de Buen Gobierno,

procurando que el porcentaje de mujeres no fuese inferior al 40%. A cierre del ejercicio 2024, de los 14 consejeros que actualmente componen el Consejo de Administración, 6 son mujeres (42,86%) y 8 son hombres (57,10%).
(g) Actividades realizadas en cumplimiento de la función relacionada con informar de las propuestas de nombramiento y separación de Altos Directivos:
Respecto al resto de miembros del Colectivo Sujeto a la Política de Idoneidad que no tienen la consideración de miembros del Consejo de Administración, la Comisión, en el ejercicio 2024, ha emitido los correspondientes informes favorables de evaluación de la idoneidad de candidatos propuestos para ocupar puestos de responsabilidad en Unicaja, conforme a los procedimientos previstos a tal efecto.
La Comisión ha culminado la actualización de las políticas internas relacionadas con la idoneidad del Consejo de Administración y del resto de personal clave con objeto de adaptarlas al nuevo modelo de gobernanza de la Entidad, informando favorablemente las mismas y elevándolas al Consejo para su aprobación.
Asimismo, informó favorablemente la propuesta de modificación del Reglamento del Consejo de Administración que fue elevada por la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo para su aprobación por el Consejo y otras políticas corporativas internas relativas a conocimientos y competencias del personal.
Se ha procedido igualmente a la revisión y actualización de los perfiles competenciales de consejeros, con relación a los cargos asumidos en el seno del Consejo y de sus Comisiones y de los Directores Generales o asimilados, conforme a los cambios acaecidos en la estructura organizativa de la Entidad.
La Comisión de Nombramientos a lo largo del ejercicio 2024 ha analizado el vencimiento de los mandatos de los consejeros que se producirán en el ejercicio 2025 y siguientes, para lo que ha contemplado diversos escenarios con el objetivo de dar estabilidad a la gobernanza del Consejo. En este sentido, la Comisión consideró la anticipación de la reelección de consejeros cuyo mandato vence en 2026, para reducir la acumulación de vencimientos que se producirán en dicho ejercicio.
A lo largo del ejercicio, se ha mantenido actualizada la composición del Colectivo Sujeto definido en la Política de Idoneidad.
3) Actuaciones de la Comisión de Retribuciones durante el ejercicio 2024:
La Comisión, a lo largo del ejercicio 2024, ha desempeñado las funciones previstas legal, estatutaria y reglamentariamente, sirviendo de apoyo al Consejo de Administración en sus cometidos, velando por establecimiento y cumplimiento de las políticas retributivas de la Sociedad, tanto de los Consejeros como de los altos directivos.
Durante el ejercicio 2024, la Comisión ha elevado al Consejo de Administración, para su aprobación, propuestas referentes a diferentes asuntos de su competencia, siendo las principales materias objeto de tratamiento por la Comisión las que se recogen a continuación:
Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros: En febrero de 2024, la Comisión de Retribuciones informó favorablemente el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2023. Este informe fue aprobado por el Consejo de Administración, y posteriormente sometido a votación, con carácter consultivo, a la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, celebrada el 5 de abril de 2024.
Política de Remuneraciones de los Consejeros: La Comisión informó favorablemente la modificación, dentro del marco establecido en la Política de Remuneraciones de los Consejeros de Unicaja Banco, S.A (2024-2026), de las condiciones retributivas aplicables a los miembros del Consejo de Administración.
Política de Remuneraciones asociada a la Gestión del Riesgo: En 2024, la Comisión de Retribuciones informó favorablemente la actualización de la Política de Remuneraciones asociada a la Gestión del Riesgo y tomó conocimiento del informe anual de aplicación práctica de la citada Política durante el ejercicio 2023, verificando que las prácticas retributivas de la Entidad no incentivan la asunción de riesgos por encima del nivel tolerado y que se ajustan a las directrices y grandes líneas de actuación que rigen su actividad.
Sistemas de incentivos: La Comisión de Retribuciones acordó informar favorablemente el Sistema de Incentivos para el Colectivo Identificado y el Sistema de Incentivos para el resto de la plantilla correspondientes al ejercicio 2024, elevando las citadas propuestas al Consejo de Administración para su aprobación.
Objetivos 2024: La Comisión de Retribuciones informó favorablemente la tipología y ponderación de las distintas variables aplicables. Igualmente, a lo largo del ejercicio, ha venido realizando un seguimiento periódico de los Objetivos Corporativos.
Retribuciones y otras condiciones contractuales aplicables a miembros del Colectivo Identificado: La Comisión de Retribuciones, en sus diferentes sesiones celebradas durante 2024, ha informado favorablemente, con base en circunstancias justificadas, propuestas de ajustes retributivos y
condiciones económicas asociadas a la contratación, modificación y extinción de relaciones contractuales relativas a determinados miembros del Colectivo Identificado en el marco de la Política de Remuneraciones asociada a la gestión del riesgo.
• Aprobar su Plan de Actuación para el ejercicio 2024, en el que se recogen las principales actuaciones a acometer en dicho ejercicio.
• Informar favorablemente los términos y condiciones de la propuesta de la póliza de responsabilidad civil de consejeros y directivos.
• Verificar, previamente a su aprobación por el Consejo de Administración, la información sobre remuneraciones de los Consejeros y Altos Directivos contenida en los distintos documentos corporativos. (Cuentas anuales, Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros, Informe Anual de Gobierno Corporativo), así como los indicadores en materia retributiva contenidos del Estado de Información No Financiera (EINF).
• Ser informada de la composición del Colectivo identificado para 2024, conforme al Reglamento Delegado (UE) 2021/923 de la Comisión, de 25 de marzo de 2021.
La Sociedad tiene previsto publicar en la página web corporativa, al tiempo de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de 2025, el Informe Anual de Funcionamiento de la Comisión de Retribuciones, en el que se expone de forma más detallada el funcionamiento y actividades desempeñadas por esta Comisión en el ejercicio 2024.
3) Actuaciones de la Comisión de Riesgos durante el ejercicio 2024:
(a) Actuaciones relacionadas con el asesoramiento al Consejo de Administración sobre la propensión global al riesgo y su estrategia:

La Comisión realizó el seguimiento de las métricas y la actualización del Marco de Propensión al Riesgo del Grupo Unicaja Banco (RAF), analizando periódicamente informes de seguimiento de este, con base en la situación financiera y estrategia de la Entidad. También ha realizado el seguimiento del riesgo de crédito, de la evolución de las provisiones, de los riesgos estructurales, de los tecnológicos y de los de ciberseguridad, entre otros, así como del Proyecto IRB y de los asuntos relativos a la resolubilidad.
(b) Actuaciones relacionadas con la elaboración de la política de gestión de riesgos de la Entidad:
Entre sus actividades en este ámbito, la Comisión elaboró diversos informes que elevó al Consejo de Administración previamente a su aprobación por este:
• Sistema de atribuciones de riesgos y circuitos internos de tramitación.
• Actualización de la Política de Gestión y Control de Riesgos No Financieros.
El Marco de Referencia de Project Finance de Energías Renovables
(c) Actividades relacionadas con la adecuación de los precios de los activos y pasivos al modelo empresarial y la estrategia de riesgos: La Comisión informó favorablemente y elevó al Consejo de Administración la actualización de la Política de Precios de Activo y Pasivo, que recoge el marco a aplicar para la concesión de operaciones a la clientela, y realizó un seguimiento periódico de los precios fijados por la Entidad.
(d) Actividades relacionadas con la colaboración en el establecimiento de políticas y prácticas de remuneración racionales. La Comisión emitió informe favorable sobre la actualización de la Política de remuneraciones asociada a la Gestión del Riesgo, y tomó conocimiento del informe de aplicación de la misma en el ejercicio 2023.
La Comisión, en la primera sesión celebrada en enero de 2024 aprobó el Plan de Actuación para dicho ejercicio y en el mes de febrero, emitió el informe anual de la Comisión correspondiente al ejercicio 2023 y lo elevó al Consejo de Administración para su aprobación. Además, ha llevado a cabo un seguimiento periódico de las distintas peticiones de Supervisores y ha conocido las comunicaciones en materia de riesgos y las actuaciones de inspección llevadas a cabo por el Banco Central Europeo durante 2024, y seguido las actuaciones derivadas de las mismas.
Por otra parte, la la Comisión ha realizado el seguimiento de la adaptación a IFRS9 y a DORA.
De forma conjunta con la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo y con la Comisión de Transformación Digital, Tecnología e Innovación, conoció el Informe de 2023 del Comité de Gobierno y Calidad del Dato e informó del Plan de la Dirección de Calidad del Dato. La Sociedad tiene previsto publicar en la página web corporativa, al tiempo de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de 2025, el Informe Anual de Funcionamiento de la Comisión de Riesgos, en el que se expone de forma más detallada el funcionamiento y actividades desempeñadas por esta Comisión en el ejercicio 2024.
En la misma línea, el artículo 17 del Reglamento del Consejo incluye como deber del consejero abstenerse de:
a) realizar transacciones con la Sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquellas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Entidad;
b) desarrollar actividades por cuenta propia o cuenta ajena que entrañen una competencia efectiva, sea actual o potencial, con la Sociedad o que, de cualquier otro modo, le sitúen en un conflicto permanente con los intereses de la Sociedad;
c) Asistir y participar en las deliberaciones y votaciones de acuerdos o decisiones en las que ellos o personas vinculadas a ellos tengan un conflicto de intereses, directo o indirecto. Se excluirán de esta obligación de abstención los acuerdos o decisiones que les afecten en su condición de consejeros, tales como su designación o revocación para cargos en el Consejo u otros de análogo significado, y cuando así lo permita expresamente la legislación vigente.
Por otro lado, el artículo 18 del Reglamento del Consejo prohíbe a los consejeros hacer uso de la información confidencial de la Sociedad para fines privados.
Asimismo, el artículo 20 del Reglamento del Consejo dispone que los consejeros y las personas a ellos vinculados no podrán: a) aprovechar en beneficio propio cualquier oportunidad de negocio de la Sociedad; b) hacer uso de los activos del Grupo con fines privados; c) valerse de su posición en la Sociedad para obtener una ventaja patrimonial; d) obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la Sociedad y su Grupo asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía.
El artículo 21 del Reglamento del Consejo establece que los consejeros deberán informar a la Sociedad de todos los puestos que desempeñen y de las actividades que realicen en otras compañías o entidades, y, en general, de cualquier hecho o situación que pueda resultar relevante para su actuación como administradores de la Sociedad.
En cuanto al procedimiento de comunicación, las Personas Sujetas a las reglas de conflictos de interés deberán comunicar de manera inmediata a la Sociedad cualquier situación de conflicto que, ellas o las Personas vinculadas a ellos, pudieran tener con el interés social, incluso cuando tengan dudas sobre si podrían encontrarse en un supuesto de conflicto de intereses, por cualquier causa.
La comunicación deberá realizarse por escrito, en el que se expresará, con el nivel de detalle suficiente, la posible situación de conflicto, con indicación de si se trata de una situación de conflicto directo o indirecto, el objeto y las principales condiciones de la operación o de la decisión proyectada, incluyendo importe o evaluación económica aproximada. Dicho escrito irá dirigido al Presidente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo y se presentará en la Secretaría de Órganos de Gobierno y Dirección, quien a su vez remitirá copia de la comunicación recibida a todos los miembros de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, para su oportuno tratamiento.

Asimismo, las Personas Sujetas deberán abstenerse de realizar cualquier actuación relacionada con el posible conflicto hasta que el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, se pronuncie sobre la situación de conflicto planteada. Si el afectado por el conflicto de interés es un consejero o alguna de sus personas vinculadas, deberá abstenerse de participar en la deliberación y votación de acuerdos o decisiones relacionados con dicho conflicto, tanto en las sesiones del Consejo de Administración como de cualquier otro órgano social, comisión o comité en los que participe. Asimismo, se abstendrá de influir o de participar en la toma de decisiones o en la votación de cuestiones en las que su objetividad o capacidad para cumplir debidamente sus obligaciones respecto a la Sociedad puedan verse comprometidas. Asimismo, deberá abstenerse de acceder a información confidencial que afecte a dicho conflicto.
Además, la Sociedad cuenta con la "Política de Identificación y Gestión de Conflictos de Intereses y de Operaciones Vinculadas con Accionistas Significativos, Consejeros, Altos Directivos y Otras Partes Vinculadas", que regula mecanismos para detectar, determinar y resolver posibles conflictos de intereses, como se ha mencionado, para responder al apartado D.1.
Adicionalmente, el Código Ético del Grupo Unicaja define los valores corporativos y el compromiso que deben guiar el comportamiento personal y profesional de los empleados, de los directivos y de los miembros de los órganos de administración del Grupo. Tiene como objetivo proporcionar pautas generales de conducta, que reflejen nuestros valores y nuestro compromiso con los clientes y la transparencia en nuestra labor diaria. En Unicaja estamos comprometidos en llevar a cabo nuestras tareas y actividades de manera honesta y profesional. Por ello, debemos tratar de evitar cualquier situación en la que se vean comprometidos los intereses de la Entidad o de los clientes con los intereses particulares, lo que podría influir de manera adversa en el desempeño de las responsabilidades.
Finalmente, el Reglamento Interno de Conducta en el ámbito del Mercado de Valores de Unicaja Banco, S.A. contiene la política general de prevención y gestión de los conflictos de intereses que puedan producirse entre los clientes del Banco y el propio Banco, y resulta de aplicación, entre otras, a los miembros del Consejo de Administración, a otros directivos, empleados y apoderados.
Con el objetivo recogido en el Protocolo de Gestión de la Participación Financiera de la Fundación Bancaria Unicaja, de prever los mecanismos para evitar posibles conflictos de intereses entre la Fundación Bancaria Unicaja y Unicaja Banco, fue firmado el 1 de diciembre de 2016 un Protocolo Interno de Relaciones entre la Fundación Bancaria Unicaja y Unicaja Banco. El objeto de este es, entre otros, asegurar que la actividad financiera de Unicaja Banco se gestione con independencia de las actividades benéfico-sociales, u otras, de Fundación Bancaria Unicaja, eludiendo en todo caso los conflictos de intereses.
• Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo
Corresponden a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo funciones en relación con:
Asimismo, se incluye la evaluación de la eficacia de los sistemas de control y gestión de los riesgos financieros y no financieros de la empresa —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, climáticos y medioambientales, políticos y reputacionales-, en coordinación con la Comisión de Riesgos, con la Comisión de Sostenibilidad y con la Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología.
El auditor interno
El auditor de cuentas y el verificador de la información sobre sostenibilidad
El cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo, incluyendo la supervisión del proceso de aprobación de operaciones vinculadas
El cumplimiento normativo
Las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la Entidad.
La información sobre las consecuencias fiscales de operaciones o asuntos que deban someterse a la aprobación del Consejo de Administración, cuando constituyan un factor relevante o respondan a los supuestos previstos estatutariamente.
En relación con los riesgos fiscales, con carácter anual se reporta a la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo un informe de seguimiento y control de la Estrategia Fiscal del Banco.
• Comisión de Transformación Digital, Innovación y Tecnología
Entre las funciones atribuidas a esta Comisión se encuentra el seguimiento del riesgo tecnológico y de ciberseguridad, en general. Asimismo, se incluye el apoyo en el ejercicio de sus funciones de asesoramiento a la Comisión de Riesgos, cuando lo considere pertinente, en el desempeño de las funciones que la Comisión de Riesgos tiene atribuidas en relación con la supervisión de los riesgos tecnológicos y con los aspectos relativos a la ciberseguridad.
Entre las funciones atribuidas a esta Comisión se encuentra el seguimiento de los procesos de identificación, evaluación, control y gestión de riesgos en el ámbito de la sostenibilidad.
• Comité de Dirección
Entre sus funciones, destacan las siguientes relacionadas con el RAF:
Validar y elevar, en su caso, a los Órganos de Gobierno, las propuestas de documentos relativos a la planificación estratégica de la Entidad, entre los que se encuentra el RAF.
Trasladar los principales criterios del RAF, ya se trate de los iniciales o de sus ulteriores adaptaciones, al resto de la Entidad, por medio de las Direcciones competentes en cada materia, con el propósito de mantener una sólida «cultura del riesgo» en Unicaja .
Evaluar las implicaciones del RAF, en sus respectivos ámbitos de competencia, en coordinación con los Comités internos de la Entidad, los cuales darán traslado, a su vez, a las Direcciones competentes de resultar necesario.
• Comité de Activos y Pasivos (COAP)
Entre sus funciones, destaca la siguiente en el ámbito de riesgos y el RAF:

Para la adecuada gestión de los riesgos ESG, la Entidad viene integrando dicha gestión dentro un programa global de trabajo que sirve para analizar los impactos financieros y no financieros, de diseño y comercialización de productos y de buen gobierno, con el objetivo de posicionarse como una Entidad comprometida con la sostenibilidad y sus impactos derivados, conforme a los requerimientos regulatorios y las mejores prácticas de mercado.
Los riesgos relacionados con el clima y medioambientales son los riesgos generados por la exposición de la Entidad a contrapartes que pueden contribuir potencialmente o verse afectas negativamente por factores ambientales, incluidos factores resultantes del cambio climático y de otros tipos de degradación ambiental. La transición hacia una economía baja en carbono conlleva riesgos y oportunidades para la economía y para las entidades financieras, al tiempo que los daños físicos causados por el cambio climático y la degradación del medioambiente pueden afectar de modo significativo a la economía real y al sistema financiero.
Se pueden diferenciar entre agudos (derivados de acontecimientos climáticos extremos (inundaciones, huracanes, sequías, incendios forestales …), y crónicos, producidos a causa de cambios progresivos, como el aumento de la temperatura media que puede originar la elevación del nivel del mar, como la inundación costera, desertificación…
Por su parte, la gestión del riesgo social y de gobernanza se rige en el cumplimiento de las políticas internas, código de conducta y protocolos internos establecidos.
Riesgo social: el riesgo de pérdidas debido a cualquier impacto financiero negativo sufrido por la entidad derivado de los efectos actuales o futuros de los factores sociales en los activos invertidos o las contrapartes de la entidad.
Riesgo de gobernanza: el riesgo de pérdidas debido a cualquier impacto financiero negativo en la entidad derivado de los efectos actuales o futuros de los factores de gobernanza en los activos invertidos o las contrapartes de la entidad.
Además, este Marco establece diferentes métricas para la cuantificación, control y seguimiento de riesgos, que permiten reaccionar ante determinados niveles o situaciones. Estas métricas caracterizan el comportamiento objetivo del Grupo Unicaja, son transversales a la Organización, y permiten transmitir la cultura de propensión al riesgo a todos los niveles de una forma sistematizada y entendible. A su vez, sintetizan los objetivos y límites del Grupo, por lo que son útiles para la comunicación, en su caso, a los grupos de interés, y son homogéneas, dado que se aplican en toda la Organización.
El Grupo considera la materialidad de los riesgos como un análisis clave para la inclusión o no de determinadas tipologías de riesgo en el RAF, para ello cuenta con un proceso de identificación de riesgos materiales (IRM), en el que se establecen metodologías para la cuantificación de todos los riesgos a los que está expuesta la Entidad, incluyendo los riesgos ESG. Asimismo, define un criterio para la selección de aquellos riesgos que son materiales y, por lo tanto, señala la necesidad de su inclusión en el RAF, además de que deben ser gestionados y controlados de manera más intensiva. Esta gestión y control, supone, entre otros aspectos, la asignación de un capital dentro del Proceso de Evaluación de la Adecuación de Capital Interno (ICAAP, por sus siglas en inglés) o, en el caso del riesgo de liquidez, la asignación de buffer de gestión de liquidez, evaluado dentro del Proceso de Evaluación de la Adecuación de Liquidez Interna (ILAAP). El proceso de cuantificación e identificación de riesgos materiales se realiza de manera ad hoc para cada riesgo identificado, pudiendo variar desde cálculos específicos en base a pérdidas estresadas, hasta análisis de los canales de trasmisión y significatividad de las exposiciones en el caso de los riesgos ESG. También, se realiza de forma recurrente, permitiendo a la Entidad identificar en todo momento riesgos emergentes.
En este sentido, en la medida en que las evaluaciones de los riesgos puedan arrojar resultados distintos en cada periodo, modificando la materialidad de los riesgos, estas circunstancias se tendrían en cuenta de cara a la actualización del RAF.
Tomando como base lo anterior, la materialidad de los riesgos es el punto de partida para el RAF, y al menos para cada uno de los riesgos materiales, se establece la propensión y tolerancia a través de una declaración cualitativa, se seleccionan unos indicadores de riesgo o métricas y se define una metodología de calibración que permite establecer umbrales de objetivos, alertas tempranas y límites.
La Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores (CRO) realiza el seguimiento del cumplimiento del Marco de Propensión al Riesgo a través de las métricas existentes para cada tipo de riesgo. El seguimiento de las mismas se eleva a la Alta Dirección y Órganos de Gobierno de la Entidad.
La Entidad tiene integrado el Marco de Propensión al Riesgo con la estrategia, los procesos ICAAP y ILAAP, las políticas corporativas de riesgos y el Recovery Plan, entre otros. La Entidad asegura el cumplimiento de la cultura de riesgos establecida mediante la aprobación del marco de gestión, el desarrollo de estrategias y políticas, así como la monitorización de los límites establecidos para la gestión de cada tipo de riesgo. Por último, en cuanto al riesgo fiscal, la Estrategia Fiscal de Unicaja, mencionada en el apartado E1 anterior, tiene entre sus principios: i) respetar en sus actuaciones la normativa tributaria, sin recurrir a prácticas de estrategia fiscal agresiva; ii) la prudencia, entendida básicamente como el
principio de precaución en la asunción del riesgo, y iii) la integridad, como manifestación de la ética en las actuaciones de la Entidad y en sus relaciones con los clientes, inversores y accionistas, así como con cualquier otra parte con la que se mantengan relaciones económicas. En el marco de la relación colaborativa de Unicaja con las autoridades fiscales, se encuentra acogido al Código de Buenas Prácticas Tributarias.
Asimismo, las funciones y metodologías para el control del riesgo de crédito se aplican, tanto en las fases de admisión como en las de seguimiento y recuperación de las operaciones crediticias. El seguimiento consiste en la vigilancia de la evolución del riesgo de la propia operación y del cliente y, en su caso, grupo económico. De esta forma, se lleva a cabo un control y seguimiento del riesgo de crédito de la inversión financiera a través de varios controles:
Supervisión preventiva de operaciones y acreditados.
Supervisión de operaciones deterioradas, dudosas o impagadas.
De acuerdo con lo dispuesto por la normativa en vigor, el Grupo Unicaja dispone de una política de refinanciación, reestructuración, renovación o renegociación de operaciones.

Adicionalmente, el Grupo Unicaja cuenta con metodologías, procedimientos, herramientas y normas de actuación para el control y la recuperación de los activos irregulares.
Si bien a efectos de solvencia se asigna el riesgo de mercado a las posiciones de negociación, el Grupo Unicaja ha desarrollado políticas, procesos y herramientas para la gestión del riesgo de mercado correspondiente a toda la cartera de valores registrados contablemente a valor razonable. Para la adecuada gestión del riesgo de mercado, la Dirección de Riesgos Estructurales dependiente de la Dirección de Control de Riesgos Financieros cuenta con herramientas que permiten medir, calcular y controlar los riesgos de mercado y los límites autorizados para el mismo por el Consejo de Administración, en particular "Valor en Riesgo" (VaR) y límites operativos por riesgo de crédito/contraparte que afectan a la operativa del Grupo Unicaja en mercados de capitales y que sirven como medio de diversificación con el fin de evitar exposiciones al riesgo de mercado excesivamente concentradas.
El Grupo Unicaja realiza la función de medición y control a través del establecimiento de una estructura de límites cuantitativos, así como, de un esquema de delegaciones en la operativa de mercados financieros. El Grupo cuenta con información detallada de los distintos subriesgos y tiene asignados límites en su Marco de Propensión al Riesgo que permiten la adecuada monitorización y mitigación de estos en caso de ser necesario.
La responsabilidad en la identificación y control del riesgo corresponde en última instancia a los Órganos de Gobierno del Grupo Unicaja, de tal forma que la Alta Dirección es responsable y participa de forma activa en todo el proceso de gestión del riesgo (planificación, aprobación, valoración y control de todos los riesgos inherentes en las posiciones tomadas por la Entidad en mercados financieros).
Las funciones y metodologías de control llevadas a cabo por la Entidad incluyen adicionalmente el control de la efectividad de las coberturas de balance como instrumentos de mitigación y el empleo de medidas de stress testing. De este modo, en el análisis, medición y control del IRRBB y CSRBB asumido por el Grupo, se utilizan técnicas de medición de sensibilidad y análisis de un amplio abanico de escenarios que pudiesen afectar de manera importante al mismo y que permiten capturar las distintas fuentes de riesgo.
A partir de los resultados de exposición por riesgo de tipo de interés estructural que presenta el Grupo Unicaja en cada fecha de análisis, se instrumenta una serie de acciones encaminadas a mitigar tal exposición, hasta reconducirla a los niveles aceptables definidos por el perfil de riesgo de la Entidad, en caso de ser necesario.
El Consejo de Administración aprueba la estrategia a nivel global de gestión del riesgo de la Entidad y marca las líneas generales y de control de dicha gestión.
El Comité de Activos y Pasivos (COAP) desarrolla la estrategia dentro del marco y de los límites establecidos por el Consejo de Administración.
La Entidad establece políticas y objetivos prudentes que contemplan no solo las condiciones normales de mercado sino también planes de contingencia para situaciones de stress o crisis tanto propias como de mercado.
El Grupo Unicaja ha establecido límites al riesgo de liquidez para controlar la exposición al mismo y mantener dicha exposición dentro de los niveles autorizados. En términos generales, la liquidez se considera adecuada si los activos potencialmente líquidos y la capacidad de financiación son superiores a las necesidades derivadas del negocio y de la refinanciación en mercados. Cuanto mayor sea esta diferencia, mayor será la liquidez disponible.
El Grupo Unicaja practica también una política de diversificación con el fin de evitar exposiciones al riesgo de liquidez estructural excesivamente concentradas. Del mismo modo, en su gestión de pasivos, diversifica sus fuentes de financiación, garantizando que se encuentren diversificadas por mercados, plazos, y productos, con el fin de evitar dificultades en momentos particulares de crisis o de los mercados.
La Comisión de Riesgos y el Consejo de Administración son informados periódicamente y dedican tiempo suficiente al seguimiento y supervisión de los principales riesgos de la Entidad, para poder dar respuesta a los desafíos que se puedan presentar.
El Grupo Unicaja establece límites al riesgo inmobiliario relativo a los activos recibidos en pago de deudas al objeto de controlar esta exposición y mantenerla dentro de unos niveles adecuados.
Estos activos son gestionados en la Entidad con la finalidad última de su desinversión o arrendamiento. Para ello, el Grupo Unicaja cuenta con sociedades instrumentales, especializadas en la gestión de proyectos urbanísticos, comercialización de inmuebles y arrendamiento de activos inmobiliarios.
Asimismo, dispone de unidades específicas para desarrollar estas estrategias y coordinar las acciones de las filiales instrumentales. Adicionalmente, la Entidad cuenta con una estructura de gobernanza descentralizada que, a través de un marco de atribuciones, vela por la adecuada gestión y control del mismo.
Unicaja asume las siguientes tipologías de riesgo operacional, según el Reglamento 575/2013 (CRR), con objeto de mantener una gestión uniforme y parametrizada del riesgo, de acuerdo con los estándares definidos en el Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea (NACB):
La emergencia en los últimos años de nuevos riesgos potenciales para las entidades financieras está impulsando la transición hacia un modelo de gestión del riesgo operacional en Unicaja que contemple una taxonomía ampliada que aborde los nuevos riesgos emergentes o potenciales, incorporando, por tanto, un mayor número de tipología de riesgos y que se enumeran a continuación: personas (recursos humanos); fraude interno; fraude externo; conducta; procesos transaccionales; tecnología; seguridad de activos físicos; seguridad de la información (incluyendo ciberseguridad); continuidad de negocio; cumplimento normativo; delitos financieros; legal; proveedores/terceros; reporting financiero y fiscal; gestión del dato y modelo.

El Grupo Unicaja tiene establecidos una serie de procedimientos de captura de eventos de pérdidas operacionales, que le permiten disponer de la información necesaria para poder implantar los correspondientes instrumentos de mitigación de la política de gestión del riesgo operacional. Asimismo, cuenta con un Política de Riesgo Operacional, aprobada por el Consejo de Administración.
El Grupo lleva a cabo una gestión del riesgo operacional que no sólo abarca el reconocimiento de los eventos que generan pérdidas y su correcta contabilización, sino que fomenta su faceta de control y gestión activa con el fin de minimizar y reducir todas las pérdidas e impactos negativos procedentes de esta tipología de riesgo.
El Grupo Unicaja, cuenta con otras medidas de mitigación del riesgo operacional que son utilizadas en la gestión del mismo. Entre estas medidas destaca, (i) el desarrollo de ejercicios de autoevaluación y (ii) el establecimiento de un sistema de KRIs (indicadores de riesgo clave, por sus siglas en inglés) que permiten medir la evolución de los factores de riesgo.
Desde diciembre de 2017, la Entidad utiliza como metodología para la cuantificación del riesgo Operacional en términos de capital el Método Estándar, con el objetivo de mejorar su gestión del riesgo operacional, en línea con la cultura de riesgos de la Entidad.
Dentro de las tipologías de riesgos incluidas dentro del riesgo operacional, se encuentran el riesgo de tecnología, definido como el riesgo derivado de caídas de los sistemas, redes y fallos de hardware o software; y el riesgo de seguridad de la información (incluyendo ciberseguridad) que considera el riesgo derivado de incidentes de seguridad de la información, incluyendo la pérdida, el robo o el uso indebido de información (de todo tipo, clientes, empleados, que sean propiedad de la Organización), así como el incumplimiento de reglas relativas a la seguridad de la información, entre otros. En relación a estos riesgos, Unicaja dispone de un catálogo de métricas para su cuantificación, control y seguimiento dentro del Marco de Propensión al Riesgo de la Entidad. Asimismo, vela por la correcta gobernanza de estos riesgos con el objetivo de prestar servicios resilientes y de calidad a sus clientes, accionistas y otras partes interesadas.
Por otro lado, también se incluye el riesgo de modelo, que recoge las pérdidas originadas como consecuencia de decisiones basadas principalmente en el resultado de modelos (internos), debido a errores en el desarrollo, implementación o utilización de dichos modelos. El Comité de Modelos es el órgano de Dirección encargado de la supervisión, aprobación y ratificación de todos aquellos procesos del ciclo de vida de los modelos corporativos que lo requieran.
Por otra parte, dentro del riesgo operacional también se encuentra el riesgo de conducta, definido como riesgo ocasionado por prácticas inadecuadas en la relación de la Entidad o de sus empleados con sus clientes, el trato y los productos ofrecidos y su adecuación. El Grupo Unicaja vela por la correcta creación, emisión y distribución de productos, así como la prestación de servicios, garantizando que se cumple con la legislación vigente. Asimismo, entre los objetivos de la Entidad se encuentra que los nuevos productos sean sometidos a los procedimientos de análisis y revisión necesarios al objeto de mitigar todo lo posible el riesgo de litigiosidad en estos.
En el ámbito tributario, la Estrategia Fiscal de Unicaja aprobada por el Consejo de Administración regula un sistema de gestión del riesgo fiscal, que funciona según el esquema descrito en el apartado E.1 anterior.
La Dirección de Asesoría Fiscal, dependiente de la Dirección de Contabilidad y Reporting Corporativo, es la responsable de desarrollar los mecanismos de control y las normas internas necesarias para asegurar la aplicación de la normativa fiscal vigente y los objetivos y líneas de actuación reseñadas en dicho documento. A estos efectos, dispone de un Manual que regula las funciones que tiene encomendadas para la gestión de la Estrategia Fiscal aprobada por el Consejo de Administración: gestión tributaria, asesoramiento fiscal y defensa de los intereses tributarios de la Entidad. Las tres funciones disponen de mecanismos de respuesta sobre los riesgos fiscales.
Con la periodicidad regulada en la Estrategia Fiscal, tales funciones y los controles implantados son reportados a la Dirección General de Control del Riesgo y Relación con Supervisores (CRO), como segunda línea de defensa.
La Dirección General de Auditoría Interna revisa anualmente el seguimiento de la Estrategia Fiscal, como tercera línea de defensa, y la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo supervisa el control de riesgos en materia tributaria.
El Grupo Unicaja ha sido tradicionalmente muy exigente en los aspectos relativos a la gestión del riesgo reputacional.
La satisfacción del cliente y la buena imagen de la Entidad son objetivos permanentes de todos sus empleados y de las más altas instancias de gobierno y dirección de la Sociedad.
Este esfuerzo constante por mantener y reforzar la buena imagen de la Entidad está arraigado en la cultura global y se traduce, entre otras manifestaciones concretas, en:
Los objetivos estratégicos de la Entidad, el propósito y los valores empresariales.
El Código Ético, la Política de Sostenibilidad, la Política Ambiental, Energética y de Cambio Climático, la Política de Prevención del Riesgo Penal y reacción ante el incumplimiento y la Política para la Prevención de la corrupción y el soborno, aprobados por el Consejo de Administración - Las actuaciones de las tres líneas de defensa.
El cumplimiento del marco regulatorio general y, en particular, de la normativa de los mercados sobre instrumentos financieros y la protección del inversor ("MiFID") y de protección del usuario de servicios financieros.
El proceso de formación continua de los empleados en todos los ámbitos en los que desarrollan su actividad, lo que comprende, específicamente, la formación relacionada con aspectos éticos, conforme a lo determinado en el "Código Ético".
Con el fin de analizar la solidez de su modelo de negocio, el Grupo analiza las potenciales vulnerabilidades a través de sensibilidades y ejercicios de estrés. Asimismo, a través del Marco de Propensión al Riesgo se definen métricas relativas al riesgo de negocio y estratégico las cuales son monitorizadas de forma recurrente.
El Grupo Unicaja, que siempre ha contado con una sólida cultura ética y de cumplimiento, implantó un Programa para la Prevención del riesgo penal con el objetivo de reforzarla, de conformidad con los requerimientos normativos vigentes, asentando mecanismos de control que prevengan la posibilidad de que se comentan ilícitos penales en su seno, ya sea de forma directa o indirecta, y su potencial mitigación.-Riesgos relacionados con factores ambientales, sociales y de gobernanza (ESG)
El Marco General del Grupo Unicaja para la administración de los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza se establece por la "Política de Sostenibilidad" y en la "Política Ambiental, Energética y de Cambio Climático". Dichos documentos establecen el compromiso del Banco de alinear su estrategia con los Principios del Pacto Mundial, la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, buscando no solo reducir los impactos negativos sino también potenciar los positivos en sus actividades. En esta línea, en junio de 2024, Unicaja

se ha adherido a los "Principios de Banca Responsable" de UNEP FI, lo que facilitará la gestión, la generación de impactos positivos en relación con todos los grupos de interés y el reporte en materia de sostenibilidad.
Asimismo, al objeto de gestionar cualquier repercusión de las exposiciones ligadas al cambio climático, entre otras consideraciones, la Entidad ha revisado y actualizado las políticas aprobadas durante el ejercicio 2022 encaminadas a la gestión de los diferentes tipos de riesgos tradicionales: crédito, mercado, liquidez y operacional. En concreto, se ha definido una política específica para el riesgo de crédito ("Política de integración de factores de sostenibilidad de gestión de riesgo de crédito", aprobada por el Consejo de Administración en marzo de 2024), así como se han integrado los factores de riesgo ESG en la "Política de Riesgos No Financieros" y en la "Política de Riesgo Operacional", ambas aprobadas por el Consejo de Administración en diciembre de 2024.
En definitiva, Unicaja persigue con su Plan Estratégico 2025-2027, al igual que lo hizo con el Plan correspondiente al período 2022-2024, convertirse en un banco más sostenible, integrando los criterios ESG en la toma de las decisiones de negocio y financiando la transición de los clientes hacia una economía baja en carbono.
Se hace constar que la Sociedad no está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo.
Adhesiones voluntarias a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales, o de otro ámbito.
La Entidad se encuentra adherida, desde diciembre de 2017, al Código de Buenas Prácticas Tributarias aprobado por el Foro de Grandes Empresas, según la redacción propuesta por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Con dicha adhesión se adoptan todas aquellas buenas prácticas que permitan una adecuada prevención y reducción de los riesgos fiscales y reputacionales, de manera que se genere una mayor seguridad jurídica y económica para la Entidad y para la sociedad.
Unicaja se adhirió voluntariamente como entidad firmante a la iniciativa internacional del Pacto Mundial de las Naciones Unidas ("UN Global Compact") en julio de 2013, comprometiéndose con los 10 Principios del Pacto Mundial en las áreas de Derechos Humanos, Normas Laborales, Medio Ambiente y Lucha contra la Corrupción.
Unicaja Banco, en el ejercicio de su responsabilidad social corporativa, se adhirió como socio, en abril de 2017, a esta Red, lo que supone apoyar, entre otros aspectos, la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas.
El acuerdo firmado en septiembre de 2018 con la agencia de las Naciones Unidas UNITAR, ofreciendo apoyo económico al Centro Internacional de Formación de Autoridades y Líderes (CIFAL) en Málaga, tiene la finalidad de contribuir a la puesta en marcha de actuaciones orientadas al fomento de la inclusión social y financiera y del desarrollo sostenible, en el marco de los ODS. Este acuerdo se ha renovado en mayo de 2022 hasta 2024.
Unicaja es signataria desde 2024 de los Principios de Banca Responsable, la iniciativa financiera del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP FI). La entidad se une así a una coalición de bancos de todo el mundo y se compromete a alinear su negocio con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Acuerdo de París. Los principios fijan un punto de referencia mundial para la banca en términos de sostenibilidad y brindan una orientación práctica de actuación para crear valor para los accionistas y la sociedad en general.
Con ocasión de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP25), celebrada en Madrid en diciembre de 2019, Unicaja Banco firmó, junto a otras entidades financieras españolas, un acuerdo colectivo de acción climática, por el que se comprometió, entre otras medidas, a proceder en un plazo determinado a reducir la huella de carbono en sus carteras de crédito, de una forma susceptible de ser medida con criterios homologados internacionalmente, y en línea con los objetivos marcados en el Acuerdo de París. En 2023 se han publicado, de acuerdo con lo anterior, los objetivos de descarbonización, de una parte significativa de la cartera crediticia.
Unicaja, que participa desde 2023 en el cuestionario climático de CDP, obtiene la calificación de C ("Awareness"). Con su participación, la Entidad pone de manifiesto su compromiso con la gestión del cambio climático, y su intención de mostrar mejoras, a medida que se van cristalizando los avances, derivadas del esfuerzo que está llevando a cabo. CDP es la referencia global en materia de información medioambiental, con el mayor volumen de datos de empresas y ciudades que permitan analizar su ambición por la transición hacia una economía sostenible a través de la medición y gestión del impacto climático de sus acciones y de la reducción de sus emisiones de CO2.
Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual La Entidad se encuentra adherida a este Código establecido en el Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de
deudores hipotecarios sin recursos, y a las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, por el Real Decreto-ley1/2015, de 27 de febrero, por el Real Decreto-ley 5/2017, de 17 de marzo, por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, y por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre.
La Entidad se encuentra adherida, igualmente, a este otro Código, introducido por el Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, modificado por el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre y por el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre y cuyas medidas concretas y detalle de sus requisitos se desarrollan a través de la Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, modificada por Resolución de 27 de diciembre de 2023 y por la Resolución de 12 de noviembre de 2024.
Este Código de Buenas Prácticas incluye un conjunto de medidas dirigidas a aliviar la carga financiera de los deudores hipotecarios en riesgo de vulnerabilidad por la subida de los tipos de interés. Estas medidas . en préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual, se modifica el Real Decreto-

ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, y se adoptan otras medidas estructurales para la mejora del mercado de préstamos hipotecarios.
Estas medidas tienen un alcance temporal, pues solo podrán solicitarse hasta el 24 de noviembre de 2025, o hasta el 24 de mayo de 2026, para las personas físicas residentes en las zonas afectadas por la DANA.
Unicaja suscribió en enero de 2013, junto a otras entidades públicas y privadas, el Convenio para la creación de un Fondo Social de Viviendas, por el que se crea un fondo de viviendas aportadas por las entidades participantes, ofrecidas en alquiler a las familias que hayan perdido su vivienda debido al impago de su préstamo hipotecario y se hallen en situación de especial vulnerabilidad. Esta medida se contempló originariamente en el Real Decreto-Ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios. Unicaja Banco ha aceptado las diversas renovaciones del Fondo, la última de ellas en diciembre de 2024, fecha en la que su vigencia general se ha prorrogado hasta enero de 2026. Unicaja Banco aporta 375 viviendas a dicho Fondo.
Desde 2010, primero en su etapa como caja de ahorros y, tras su constitución como Banco, Unicaja está adherido, a través de la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA), al Plan Nacional de Educación Financiera promovido, actualmente (Plan 2022-2025), por el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, cuyo objetivo es mejorar el conocimiento económico y financiero de la población. En 2016 el proyecto Edufinet, actualmente promovido por la Fundación Unicaja y Unicaja, creado en 2005 y con actividad pública desde 2007, se adhirió al "Código de buenas prácticas para las iniciativas en educación financiera", desarrollado por las instituciones impulsoras del Plan Nacional de Educación Financiera, con el objeto de aunar esfuerzos para la mejora de conocimientos y competencias en materia financiera.
Desde su creación, la labor de educación e inclusión financieras desarrollada por el Proyecto Edufinet ha sido reconocida con diversas distinciones. Entre ellas, cabe destacar, recientemente, tres galardones de los Premios CECA de Obra Social y Educación Financiera 2023-2024; el Premio Finanzas para Todos 2024, concedido por el Plan de Educación Financiera, además, de haber resultado finalista de los Premios Vuela 2024.
En el año 2022, la Entidad se adhirió a la actualización del protocolo estratégico promovido por el sector para reforzar el compromiso social y sostenible de la banca, en relación, en especial, con las personas mayores y con discapacidad. Este protocolo contempla, entre otras medidas: (i) la ampliación de los horarios de atención presencial para servicios de caja proporcionados en ventanilla o en cajero; (ii) proporcionar un trato preferente a los mayores en las sucursales; (iii) la formación al personal con carácter específico sobre las necesidades de este colectivo, y la oferta a los clientes de acciones de educación financiera, digital y sobre prevención de fraudes; (iv) atención telefónica preferente sin coste, a través de un interlocutor personal; (v) mejora de la accesibilidad y sencillez de toda la red de cajeros automáticos, y para los de menos de 500 habitantes, la oferta de servicios bancarios básicos, garantizando el acceso al efectivo a través de las fórmulas "cash back" o "cash in shop", o bien el recurso al servicio Correos Cash.
Desde noviembre de 2010, Unicaja Banco forma parte de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol), organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
27/02/2025
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Sí No




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