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Gestamp Automocion S.A.

Governance Information Feb 27, 2025

1831_rns_2025-02-27_7a4debb0-b6d1-4bcd-a1bc-3aed88448000.pdf

Governance Information

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2024
CIF: A48943864
Denominación Social:
GESTAMP AUTOMOCION, S.A.
Domicilio social:

POLIGONO INDUSTRIAL DE LEBARIO S/N (ABADIÑO) VIZCAYA

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última Capital social (€) Número de Número de
modificación acciones derechos de voto
03/03/2017 287.757.180,00 575.514.360 575.514.360

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto derechos de voto
ACEK
DESARROLLO
Y GESTIÓN
INDUSTRIAL, S.L.
24,60 50,10 0,00 0,00 74,70
BILBAO
BIZKAIA KUTXA
FUNDACIÓN
BANCARIA
3,00 0,00 0,00 0,00 3,00

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
ACEK DESARROLLO
Y GESTIÓN
INDUSTRIAL, S.L.
GESTAMP 2020, S.L. 50,10 0,00 50,10

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

Movimientos más significativos

No se han producido movimientos significativos en la estructura accionarial

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Nombre o
denominación
social del consejero
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
en su caso, el % de
los votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON JAVIER
RODRÍGUEZ
PELLITERO
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00
DON ALBERTO
RODRÍGUEZ-FRAILE
DÍAZ
0,01 0,00 0,00 0,00 0,01 0,00 0,00
DON PEDRO SAINZ DE
BARANDA RIVA
0,02 0,00 0,00 0,00 0,02 0,00 0,00
DON CÉSAR CERNUDA
REGO
0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,03

D. Javier Rodríguez Pellitero y D. César Cernuda Rego ostentan una participación directa del 0,003% y del 0,004%, respectivamente, lo que, junto con la participación que ostentan el resto de Consejeros, resulta en un total del 0,037%.

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración 74,73
--------------------------------------------------------------------------- -------

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
ACEK DESARROLLO Y GESTIÓN INDUSTRIAL,
S.L.
Comercial Gestamp Automoción, S.A. (en adelante, la
"Sociedad") y las sociedades pertenecientes a
su grupo, cuya matriz es la propia Sociedad
(en adelante, el "Grupo"), mantienen
relaciones de índole comercial, contractual y
societaria con su accionista significativo o las
sociedades pertenecientes a su grupo. Pese
a que derivan del giro o tráfico comercial
ordinario y se realizan en condiciones de
mercado, dichas relaciones son detalladas
en el apartado D del presente Informe, en
aras de una total transparencia. Asimismo,

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
las transacciones derivadas de estas
relaciones son publicadas a través de
comunicaciones de "Otra información
relevante" de conformidad con lo establecido
en el artículo 529 unvicies de la Ley de
Sociedades de Capital (LSC).

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON JUAN MARÍA
RIBERAS MERA
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
Ostenta el control de Ion
Ion S.L., sociedad que, junto
con la sociedad Orilla Asset
Management, S.L. controla
al accionista significativo
Acek Desarrollo y
Gestión Industrial,
S.L. Es Administrador
Mancomunado de Acek y
Consejero de sociedades
del Grupo Acek.
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
Ostenta el control de
Orilla Asset Management,
S.L., sociedad que, junto
con la sociedad Ion
Ion, S.L., controla al
accionista significativo
Acek Desarrollo y
Gestión Industrial,
S.L. Es Administrador
Mancomunado de Acek
Desarrollo y Gestión
Industrial, S.L. y de las

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
sociedades del grupo
del que ésta es sociedad
matriz (en adelante, "Grupo
Acek").
DON MAKOTO TAKASUGI ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
GESTAMP 2020, S.L. Es Consejero de Gestamp
2020, S.L.
DOÑA CHISATO EIKI ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.
GESTAMP 2020, S.L. Es Consejera de Gestamp
2020, S.L.

A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

[ √ ]
[ ] No
Intervinientes del
pacto parasocial
% de capital
social afectado
Breve descripción del pacto Fecha de vencimiento
del pacto, si la tiene
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.,
GESTAMP 2020, S.L., MITSUI
& CO., LTD
74,70 Pacto parasocial suscrito el 23 de
diciembre de 2016 y comunicado en
virtud de Hecho Relevante de 7 de
abril de 2017 (nº de registro 250532).
Regula, entre otros, aspectos de gobierno
corporativo relativos a la Junta General de
Accionistas y Consejo de Administración
tanto de Gestamp 2020, S.L. como
de la Sociedad, así como el régimen
de transmisión de las acciones de
la Sociedad. Para más información,
consultar nota incluida en el apartado H.
-
DON JUAN MARÍA
RIBERAS MERA, DON
FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA, ACEK DESARROLLO
Y GESTIÓN INDUSTRIAL,
S.L., ORILLA ASSET
MANAGEMENT, S.L., ION
ION, S.L.
74,70 Protocolo suscrito el 21 de marzo de
2017 y comunicado en virtud de Hecho
Relevante de 7 de abril de 2017 (nº de
registro 250503). Regula determinados
aspectos relativos a la propiedad y la
gestión del Grupo Acek. En particular,
el protocolo regula el procedimiento
de formación del sentido del voto de
Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L.
respecto a los acuerdos a adoptarse
en la Junta General de la Sociedad y
de Gestamp 2020, S.L., el derecho de
adquisición preferente y de adhesión
-

Intervinientes del % de capital Fecha de vencimiento
pacto parasocial social afectado Breve descripción del pacto del pacto, si la tiene
(tag along) sobre las participaciones de
Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L.
y el régimen de solución de situaciones
de bloqueo que pudieran afectar a
la Sociedad. Para más información,
consultar nota incluida en el apartado H.

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ]
[ √ ] No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

No aplica.

A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:

[ √ ]
[ ] No
Nombre o denominación social
ACEK DESARROLLO Y GESTIÓN INDUSTRIAL, S.L.

Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. tiene el control, a través de una participación del 75%, en el capital de Gestamp 2020, S.L. la cual, a su vez, es titular del 50,10% del capital social y de los derechos de voto de la Sociedad. Además, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. ostenta un 24,60% de forma directa en el capital de la Sociedad. Por tanto, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. controla el 74,70% de los derechos de voto de la Sociedad.

La Familia Riberas ostenta el control de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. dado que es titular indirectamente de la totalidad del capital social de la misma a través de las sociedades Orilla Asset Management, S.L. e Ion-Ion, S.L. Actualmente, D. Francisco José Riberas ostenta el control de Orilla Asset Management, S.L. y D. Juan María Riberas ostenta el control de Ion-Ion, S.L. El órgano de administración de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. son dos administradores mancomunados Orilla Asset Management, S.L. (representada por D. Francisco José Riberas) y Ion-Ion, S.L. (representada por D. Juan María Riberas).

A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
7.097.059 1,23

El número de acciones en autocartera de la Sociedad corresponde: (i) por un lado, a la operativa realizada bajo el contrato de liquidez suscrito entre la Sociedad y JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U. y notificado al mercado mediante Hecho Relevante de fecha 24 de septiembre de 2018 (nº de registro 269864), y (ii) por otro lado, a los programas de recompra de acciones propias aprobados por el Consejo de Administración de la Sociedad para atender las entregas de acciones de la Sociedad a determinados empleados de Gestamp, beneficiarios del vigente programa de incentivos a largo plazo (ILP) y que fueron comunicados al mercado mediante "Otra Información Relevante" de fechas 4 de septiembre de 2023 (nº de registro 24303) y 31 de mayo de 2024 (nº de registro 28956).

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
Sin datos

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

No aplica

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

La Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 6 de mayo de 2021 acordó, bajo el punto decimotercero del orden del día, autorizar al Consejo de Administración de la Sociedad para adquirir acciones propias con sujeción a las siguientes condiciones:

– Las adquisiciones podrán ser realizadas por la propia Sociedad o a través de sociedades filiales.

– Las adquisiciones podrán hacerse a título de compraventa, permuta, dación en pago, o por cualquier otro negocio jurídico válido en derecho.

– El número máximo resultante de acciones propias no podrá ser superior al legalmente establecido.

– El precio mínimo será el valor nominal.

– El precio máximo será el valor de cotización en bolsa en la fecha de adquisición incrementado en un 10%.

– La autorización se concede por un plazo máximo de 5 años a contar desde la fecha de adopción del acuerdo.

A.11. Capital flotante estimado:

%
Capital flotante estimado 21,04

A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.

[ √ ]
[ ] No

Descripcion de las restricciones

No existen restricciones estatutarias o legislativas a la transmisibilidad de valores o al ejercicio del derecho de voto.

Tal y como se indica en el apartado A.7 del presente Informe Anual de Gobierno Corporativo, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., Mitsui & Co., Ltd. y Gestamp, 2020, S.L. suscribieron el 23 de diciembre de 2016 un pacto por el cual se regula, entre otros aspectos, el régimen de transmisión de las acciones de la Sociedad titularidad de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. y de Mitsui & Co., Ltd. (indirectamente, a través de Gestamp 2020, S.L.). Dicho régimen de transmisión podría dificultar la toma de control de la Sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado. Para más información, consultar el Hecho Relevante de 7 de abril de 2017 (Nº Registro 250532) y la nota incluida en el apartado H.

Del mismo modo, tal y como se indica en el referido apartado, D. Francisco José Riberas Mera, Orilla Asset Management, S.L., D. Juan María Riberas Mera, Ion Ion, S.L. y Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., suscribieron el 21 de marzo de 2017 un protocolo por el cual se regula, entre otros, el procedimiento de formación del sentido del voto de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. respecto a los acuerdos a adoptar por parte de la Junta General de Accionistas de la Sociedad. Este procedimiento de formación del sentido del voto podría dificultar la toma de control de la Sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado. Para más información, consultar el Hecho Relevante de 7 de abril de 2017 (nº de registro 250503) y la nota incluida en el apartado H.

A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

[ ] [ √ ] Sí No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ √ ]
[ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

Indique las distintas clases de acciones

La Sociedad ha emitido pagarés que se negocian en el Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF).

Asimismo, la Sociedad ha realizado una emisión de bonos garantizados ("senior notes") que se negocian en el mercado Euro MTF de la Bolsa de Luxemburgo.

Para más información en relación con estos instrumentos de deuda, consultar la página web de los referidos mercados, http://www.bmerf.es/ y www.bourse.lu.

B. JUNTA GENERAL

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

Los Estatutos Sociales de la Sociedad no establecen normas diferentes o adicionales a las legalmente establecidas para la modificación de los estatutos sociales.

En este sentido, según lo establecido en el artículo 13.3 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, para que la Junta General pueda acordar válidamente cualquier modificación estatutaria, será necesario, en primera convocatoria, la mayoría absoluta de los votos de accionistas presentes o representados siempre que estos sean titulares, al menos, del cincuenta por ciento del capital suscrito con derecho a voto y, en segunda convocatoria, el voto favorable de los dos tercios del capital presente o representado en la Junta General cuando en dicha convocatoria concurran accionistas que representen el veinticinco por ciento o más del capital suscrito con derecho a voto sin alcanzar el cincuenta por ciento.

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

Datos de asistencia
Fecha junta general % de % en % voto a distancia
presencia física representación Voto electrónico Otros Total
10/05/2022 0,53 86,60 0,00 0,00 87,13
De los que Capital flotante 0,35 12,98 0,00 0,00 13,33
09/05/2023 0,59 86,68 0,00 1,24 88,51
De los que Capital flotante 0,41 12,86 0,00 1,24 14,51
09/05/2024 0,19 85,29 0,00 2,19 87,67
De los que Capital flotante 0,01 11,12 0,00 2,19 13,32

A efectos aclaratorios, se hace constar que los datos de presencia física incluyen a las acciones titularidad de accionistas personas físicas presentes personalmente en la Junta General de Accionistas. Por su parte, los datos de asistencia mediante representación incluyen a las acciones titularidad de accionistas personas físicas representados por representantes personados en la Junta General de Accionistas y a las acciones titularidad de

accionistas personas jurídicas que conforman, en gran medida, la mayoría del capital social. Asimismo, se hace constar que los datos relativos al porcentaje del voto a distancia ("otros") se refiere a aquellos votos que fueron recibidos por correo ordinario.

  • B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

La página web de la Sociedad (www.gestamp.com) cuenta con una sección de Gobierno Corporativo accesible desde la página de inicio a través del apartado "Accionistas e Inversores". En esta sección se puede acceder a información sobre "Gobierno Corporativo", que incluye información sobre la Junta General; sobre el Consejo de Administración y sus Comisiones así como las normas corporativas y políticas de la Sociedad.

Este apartado de "Gobierno Corporativo" es, por tanto, accesible a dos pasos de navegación desde la página de inicio.

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 9
Número de consejeros fijado por la junta 12

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DOÑA ANA
GARCÍA FAU
Independiente CONSEJERO 24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON GONZALO
URQUIJO
FERNÁNDEZ
DE ARAOZ
Otro Externo CONSEJERO 24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JUAN
MARÍA
RIBERAS MERA
Dominical VICEPRESIDENTE 22/12/1997 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON PEDRO
SAINZ DE
BARANDA RIVA
Independiente CONSEJERO 24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA LORETO
ORDÓÑEZ
SOLÍS
Independiente CONSEJERO 06/05/2021 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON CÉSAR
CERNUDA
REGO
Independiente CONSEJERO 24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON
FRANCISCO
Ejecutivo PRESIDENTE 22/12/1997 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
JOSÉ RIBERAS
MERA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON ALBERTO
RODRÍGUEZ
FRAILE DÍAZ
Independiente CONSEJERO
COORDINADOR
INDEPENDIENTE
24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
CONCEPCIÓN
RIVERO
BERMEJO
Independiente CONSEJERO 29/07/2019 09/05/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JAVIER
RODRÍGUEZ
PELLITERO
Independiente CONSEJERO 24/03/2017 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA CHISATO
EIKI
Dominical CONSEJERO 01/04/2021 06/05/2021 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON MAKOTO
TAKASUGI
Dominical CONSEJERO 21/03/2024 09/05/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros 12

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
DON FRANCISCO
LÓPEZ PEÑA
Dominical 06/05/2021 09/05/2024 SI
DON NORIMICHI
HATAYAMA
Dominical 25/06/2020 20/03/2024 SI

Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general

D. Francisco López Peña dimitió como miembro del Consejo de Administración mediante carta remitida al Consejo de Administración en la que expresamente justificaba que su cese se debía a la terminación de la prestación de sus servicios profesionales al Grupo Gestamp.

Por su parte, D. Norimichi Hatayama dimitió como miembro del Consejo de Administración mediante carta remitida al Consejo de Administración en la que expresamente justificaba que su cese se debía al cambio de su posición dentro de la estructura organizativa del Grupo Mitsui

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON FRANCISCO
JOSÉ RIBERAS
MERA
Presidente Ejecutivo Es licenciado en Derecho y licenciado en Ciencias Económicas y
Empresariales por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE E-3),
Madrid. Comenzó su carrera profesional ocupando diferentes posiciones
en el Grupo Gonvarri, como Director de Desarrollo Corporativo y
posteriormente como Consejero Delegado. En 1997 creó Gestamp
Automoción y desde entonces ha sido su primer ejecutivo conformando
con el tiempo lo que hoy es el Grupo Gestamp. Es miembro de los
Consejos de Administración de Telefónica, de CIE Automotive y de
Wallbox. Además, forma parte de los órganos de administración de otras
sociedades del Grupo Gestamp y de sociedades del holding familiar
Acek, entre las que se incluyen sociedades de los grupos Gonvarri, Acek
Energías Renovables e Inmobiliaria Acek. Adicionalmente es Presidente
de la Asociación Española de Proveedores de Automoción (Sernauto) y
del Patronato de la Fundación Gestamp.
Número total de consejeros ejecutivos 1
% sobre el total del consejo 8,33
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON JUAN MARÍA
RIBERAS MERA
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL,
S.L.
Es licenciado en Derecho y licenciado en Ciencias Económicas y
Empresariales por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE E-3),
Madrid. Inició su carrera profesional en el Grupo Gonvarri en el área
de Desarrollo de Negocio, para posteriormente asumir las funciones
de Consejero Delegado. Actualmente es el primer ejecutivo del Grupo
Gonvarri, siendo Presidente Ejecutivo del Consejo de Administración de

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
Gonvarri Industries y de GRI Renewable Industries, así como miembro
de los órganos de administración de filiales de dichas sociedades.
Adicionalmente, forma parte del órgano de administración sociedades
del Grupo Acek (incluyendo Inmobiliaria Acek y Acek Energías
Renovables). Asimismo es miembro del Consejo de Administración de
CIE Automotive y de Global Dominion.
DOÑA CHISATO
EIKI
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL,
S.L.
Es licenciada en la facultad de Ciencias Sociales de la Universidad
Hitotsubashi, Japón. En la actualidad es Directora General de la
División de Sostenibilidad Corporativa del Grupo Mitsui & Co., Ltd.,
posición que ocupa desde 2020. En los últimos 25 años ha trabajado
para el Grupo Mitsui, desarrollando su experiencia profesional en
la Unidad de Negocio de Proyectos de Infraestructuras a través de
diferentes posiciones de liderazgo para la región de América Latina
y Asia. Comenzó su carrera profesional trabajando en diferentes
posiciones para la Unidad de Negocio de Proyectos de Infraestructuras.
En 2008, trabajó para el departamento de Transporte de Energía
perteneciente a la Unidad de Negocio de Movilidad. En 2010 fue
nombrada Directora General Adjunta de la Unidad de Negocio de
Proyectos de Infraestructuras, siendo promocionada en 2014 a Directora
General de la Unidad de Negocio de Proyectos de Infraestructuras.
Forma parte de los órganos de administración de sociedades del Grupo
Mitsui. Es Consejera de Gestamp 2020, S.L.
DON MAKOTO
TAKASUGI
ACEK DESARROLLO Y
GESTIÓN INDUSTRIAL,
S.L.
Es licenciado en Económicas por la Universidad Waseda de Tokio y
posee un máster en Administración de Empresas por la Wharton School
de la Universidad de Pensilvania. Posee una amplia experiencia en
negocios y finanzas, habiendo trabajado más de 30 años en diferentes
posiciones en todo el mundo para el Grupo Mitsui, donde actualmente
ocupa el cargo de Director General de Operaciones de la Unidad de
Negocio de Hierro y Acero. Comenzó su carrera profesional en Mitsui
en 1998 en la Unidad de Negocio de Acero, ocupando desde entonces
diversos cargos tales como el de Director General Adjunto. A partir de
2006, asumió responsabilidades directivas en diferentes divisiones,
incluidas las funciones de Director General en las Divisiones de Negocio
Financiero y Planificación Corporativa en Tokio y Nueva York. Entre
2010 y 2013 ocupó el cargo de Director General Adjunto de la División
de Fusiones y Adquisiciones y de Director General del Departamento
de Planificación Estratégica. Después de ello, entre 2013 y 2020, fue
nombrado Director General de la División de Negocio Financiero,
Vicepresidente sénior y Director Administrativo de la Unidad de Negocio
de las Américas. Posteriormente, y antes de ocupar su posición actual,

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
ocupó el cargo de Director General de la División de Gestión Financiera
y Asesoramiento IV así como de Director de PT CT Corpora (sociedad
participada por el Grupo Mitsui). Es Consejero de Gestamp 2020, S.L.
Número total de consejeros dominicales 3
% sobre el total del consejo 25,00
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA ANA GARCÍA
FAU
Es licenciada en Derecho y en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Pontificia
Comillas (ICADE E-3), Madrid. Tiene un Máster en Administración de Empresas (MBA) por
el MIT, Sloan School of Management, EEUU. Actualmente forma parte de los Consejos de
Administración de las compañías cotizadas: Cellnex Telecom, Merlin Properties y JDE Peet
´s en Holanda. Es Presidente no ejecutiva de Finerge en Portugal, compañía participada por
fondos de infraestructuras, y miembro de varios consejos asesores/asesora como Pictet Wealth
Management en España, Grupo Cosentino y el Patronato de la Fundación Universitaria Comillas
ICAI. Es miembro a su vez de la Junta Directiva de El Círculo de Empresarios. Comenzó su
carrera profesional trabajando para McKinsey & Co., Wolff Olins y Goldman Sachs International.
En TPI- Páginas Amarillas (Grupo Telefónica) fue Directora General de Desarrollo Corporativo y
posteriormente Directora General Financiera. Formó parte de los Consejos de Administración
de diferentes sociedades del Grupo TPI. En el Grupo Hibu (ex-Yell) ocupó diferentes puestos
directivos como Primera Ejecutiva (CEO) de Yell para España y América Latina durante 7 años,
y como Directora General Global de Estrategia y Desarrollo de Negocio, así como miembro de
su Comité de Dirección Global, participando en el desarrollo de la estrategia de digitalización
de la compañía. Fue administradora de Renovalia Energy Group, Euskaltel, Eutelsat (Francia),
Technicolor (Francia) y Globalvía; y miembro del consejo asesor de DLA Piper (Reino Unido) y del
consejo asesor de EMEA de Salesforce.
DON PEDRO SAINZ
DE BARANDA RIVA
Es Ingeniero de Minas por la Universidad de Oviedo y Doctor en Ingeniería por la Universidad de
Rutgers, New Jersey. También posee un Máster en Administración de Empresas (MBA) por el MIT,
Sloan School of Management, Massachusetts. Expresidente Ejecutivo de Otis Elevator Company,
es socio fundador de la empresa de inversión Sainberg Investments. Desarrolló gran parte de su
carrera profesional dentro del Grupo United Technologies Corporation donde ocupó diferentes
puestos directivos a nivel internacional. Comenzó como Ingeniero de I+D en United Technologies,
Connecticut, para después ser Gerente de Ingeniería y de Nuevas Tecnologías. Posteriormente
fue Director de Nuevas Instalaciones para Otis Elevator México, Director General de Otis en
Portugal, Consejero Delegado de Zardoya Otis y Presidente del área Sur de Europa y Oriente
Medio de Otis Elevator Company, para terminar como Presidente Ejecutivo de Otis Elevator

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
Company, compañía líder mundial en su sector. Es miembro del Consejo de Administración de
Acerinox de Naturgy Energy Group y de Scalpers Fashion, así como miembro del Consejo de
Supervisión de TK Elevator GmbH. En el pasado formó parte de los órganos de administración de
diferentes sociedades del Grupo Otis Elevator Company. Es asimismo miembro del Patronato de
la Fundación Princesa de Asturias y de la Fundación Universidad de Nebrija.
DOÑA LORETO
ORDÓÑEZ SOLÍS
Es licenciada en ingeniería de minas por la Universidad de Oviedo, España, cuenta con un
Máster en Combustión y Energía por la Universidad de Leeds, Inglaterra y con un Máster en
Administración de Empresas (MBA) por el IESE, España. Posee una amplia trayectoria profesional,
con casi 25 años de experiencia en el sector energético. Actualmente, es Consejera Delegada
para España en el Grupo ENGIE (antiguo GDF Suez), posición desde la que está liderando el
proceso de transformación energético con foco en la descarbonización, la eficiencia energética
y la innovación. Comenzó su carrera profesional en el área de investigación y desarrollo en la
Comisión Europea - DGXII, para después comenzar a trabajar en ENUSA (Uranium National
Entreprise) y después en Enagás. En Londres, fue Directora de Desarrollo de Negocio para Energy
Wholesale Operation en el año 2000. Posteriormente, en 2002 comenzó a trabajar para el Grupo
ENGIE como Directora de Operaciones de Electrabel España en Bélgica. En 2009 fue nombrada
Vicepresidente de Estrategia y Gestión de la Energía en GDF Suez Energy Westerm Europe, París
y desde el 2011 es Consejera Delegada del Grupo ENGIE en España. En la actualidad es consejera
de EXOLUM y de otras sociedades del Grupo ENGIE. Además, es Consejera de Comercio Exterior
de Francia, Presidente de Diálogo (Asociación de Amistad hispano-francesa), Vicepresidenta de
la Cámara de Comercio Belga Luxemburguesa en España, así como del Consejo Empresarial
Español para el Desarrollo Sostenible (Forética), y miembro de la Junta Directiva de la Cámara de
Comercio francesa en España.
DON CÉSAR
CERNUDA REGO
Es licenciado en Administración de Empresas y Marketing por la Universidad ESIC Business &
Marketing School, Madrid. Además, participó en el Programa de Desarrollo Directivo (PDD) del
IESE Business School, Madrid, así como en el programa de Liderazgo Ejecutivo de la Universidad
de Harvard, Massachusetts. En 2022 finalizó el Programa de Empresas Líderes Sostenibles en
la Escuela de Negocios Saïd de la Universidad de Oxford. Comenzó su carrera profesional en
el sector bancario, en Banco 21 (Banco Gallego), para posteriormente trabajar en Software
AG. Durante 23 años, ha liderado diferentes posiciones directivas a nivel internacional para
Microsoft, tales como Director General de Microsoft Dynamics de Europa, Oriente Medio y África,
Vicepresidente mundial de Microsoft Dynamics, Presidente de Microsoft para Asia Pacífico y
Vicepresidente Corporativo de Microsoft. Desde julio del 2020 es Presidente mundial de NetApp,
Inc. Asimismo, es Miembro de la Junta Asesora de la Escuela de Negocios McDonough de la
Universidad de Georgetown y del Consejo Asesor Internacional de la Escuela de Negocios IESE,
Universidad de Navarra.
DON ALBERTO
RODRÍGUEZ
FRAILE DÍAZ
Es licenciado en Administración de Empresas por la Universidad de Miami y participó en el
Programa de Alta Dirección de Empresas (Programa PADE) del IESE, Madrid. Adicionalmente, es
licenciado en la Securities Exchange Commission y la National Association of Securities Dealers
como Registered Options Principal, Financial y Operation Principal, Securities Principal. Comenzó
su carrera profesional como consultor financiero en Merrill Lynch. En los últimos 30 años ha
trabajado para Asesores y Gestores Financieros (A&G), empresa de la cual es socio fundador,

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
accionista y Presidente del Consejo de Administración. Asimismo, es miembro del órgano de
administración de sociedades del Grupo A&G.
DOÑA
CONCEPCIÓN
RIVERO BERMEJO
Es licenciada en Económicas y Administración y Dirección de Empresa por la Universidad
Autónoma de Madrid. También posee un Advance Management Program por el IESE, Madrid y
un Programa Ejecutivo por la Singularity University de California. Comenzó su carrera profesional
en Telyco (filial de Telefónica) como Directora de Marketing de Producto. Después, fue Directora
de Marketing en Amena (hoy Orange) y en Xfera (hoy Yoigo). Posteriormente, trabajó en Nokia
como CEO del negocio de Iberia y como Vicepresidente Senior del negocio global de Telefónica
para Nokia durante 7 años, al tiempo que fue miembro del Consejo Global de Marca de la
compañía. Más tarde en Telefónica fue Directora Global de la unidad de negocio de Dispositivos
Móviles y posteriormente Directora Global de Marketing. Su última posición en Telefónica fue
como adjunta a la Dirección General Global de la Unidad Digital y Comercial. Después, fue
Asesora Senior en Ericcson y Presidente del International Women Forum. Actualmente es
consejera independiente de Cellnex Telecom y Presidente de su Comisión de Nombramientos,
Retribuciones y Sostenibilidad, miembro del Consejo Asesor de la Mutualidad de la Abogacía,
así como Presidente no ejecutiva de Pentacom (Onivia) y de su Comisión de Nombramientos
y Retribuciones. Desde julio de 2024 es Presidenta no ejecutiva de Globalvíia Infraestructuras,
S.A. Adicionalmente, pertenece al Consejo de la Asociación Española de Directivos (AED) y es
Copresidente del Women Coporate Director Spain.
DON JAVIER
RODRÍGUEZ
PELLITERO
Es licenciado en Derecho y licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad
Pontificia Comillas (ICADE E-3), Madrid. Es el Secretario General de la Asociación Española de
Banca (AEB). También es el Presidente de los Comités de Fiscal y Jurídico de la AEB, miembro del
Comité Legal de la Federación Bancaria Europea y Vocal del Comité Consultivo de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Comenzó su carrera profesional en el despacho de
abogados Uría & Menéndez y posteriormente fue Abogado del Estado Jefe en Zamora. En la
CNMV ocupó diferentes puestos de relevancia como Director General de los Servicios Jurídicos
y Secretario del Consejo. Actuó también como Secretario del Grupo Especial de Trabajo que
elaboró el "Código unificado de buen gobierno de las sociedades cotizadas" de 2006, y como
miembro de la Comisión de Expertos que elaboró el "Código de buen gobierno de las sociedades
cotizadas" de 2015. Además, es Miembro del Consejo Asesor de Engie España, S.L.U.
Número total de consejeros independientes 7
% sobre el total del consejo 58,33

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación
social del consejero
Descripción de la relación Declaración motivada
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
DON GONZALO
URQUIJO
FERNÁNDEZ DE
ARAOZ
Haber sido consejero de la Sociedad
durante un periodo continuado de
más de 12 años.
GESTAMP
AUTOMOCIÓN, S.A.
Es licenciado en Económicas
y Ciencias Políticas por
la Universidad de Yale,
Connecticut y tiene un Máster
en Administración de Empresas
(MBA) por el Instituto de Empresa,
Madrid. Comenzó su carrera
profesional en el sector bancario,
trabajando en diferentes
posiciones para Citibank y Crédit
Agricole. Posteriormente fue
Consejero y Director Financiero
de Corporación J M Aristrain
y luego Director Financiero y
de participadas de Aceralia
Corporación Siderúrgica. Ocupó
después diferentes puestos
como miembro de la dirección
general del Grupo ArcelorMittal
en áreas como productos largos,
acero inoxidable, distribución,
mercados emergentes y RSC.
Posteriormente fue Director
de Estrategia de ArcelorMittal
y Presidente de ArcelorMittal
España. Asimismo, ha sido

OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Presidente Ejecutivo de
Abengoa. En la actualidad es
Consejero Delegado de Talgo.
Asimismo, es miembro del
Consejo de Administración
de Ferrovial, Presidente de
la Fundación Hesperia y
miembro del Patronato de la
Fundación Princesa de Asturias.
Anteriormente ha sido miembro
del Consejo de Administración de
Fertiberia, de Holding Gonvarri y
de diversas sociedades del Grupo
ArcelorMittal así como de las
siguientes sociedades cotizadas:
Abengoa, Aceralia, APERAM,
Atlantica Yield y Vocento.
Número total de otros consejeros externos 1
% sobre el total del consejo 8,33

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio Ejercicio
2024 2023 2022 2021 2024 2023 2022 2021
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 1 1 1 1 33,33 33,33 33,33 33,33
Independientes 3 3 3 3 42,86 42,86 42,86 42,86

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 4 4 4 4 33,33 30,77 30,77 30,77
  • C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
  • [ √ ] Sí
  • [ ] No
  • [ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos

La Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha 14 de diciembre de 2017, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, y modificada el 26 de julio de 2022, define los procedimientos y mecanismos para la selección de Consejeros con la finalidad de garantizar una composición adecuada y diversa del Consejo de Administración de la Sociedad en cada momento. La citada política define los principios inspiradores que deben regir la misma, entre los cuales, destacan los siguientes:

• Igualdad de trato y transparencia. El principio establece que la selección de consejeros será transparente y no adolecerá de sesgos implícitos, de forma que se garanticen las mismas oportunidades a todos los candidatos cualificados.

• Diversidad. El principio establece que se favorecerá la diversidad de capacidades, conocimientos, experiencias, orígenes, nacionalidades, edad y género con el fin de enriquecer la toma de decisiones y aportar en los debates sobre los asuntos de su competencia, puntos de vista diferentes.

A los efectos de fomentar el referido principio de diversidad, y en concreto, el de diversidad de género, la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración establece que, ante la igualdad de conocimientos, capacidades y experiencia de los candidatos, el Consejo de Administración procurará nombrar por cooptación o proponer el nombramiento a la Junta General de Accionistas de un candidato que pertenezca al género menos representado. En este sentido, la referida Política establece asimismo el deber del Consejo de Administración de velar por que las medidas de diversidad de la Sociedad fomenten que la misma cuente con un número significativo de altas directivas, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Recomendación 14 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas.

Por su parte, la Guía Orientativa de Conocimientos, Capacidades, Diversidad y Experiencia del Consejo de Administración define aquellos conocimientos, capacidades, diversidad y experiencia que debe poseer el Consejo de Administración en su conjunto de forma que sirva como referencia y herramienta de apoyo a la Política de Selección del Consejo de Administración. Esta guía, aprobada el 14 de diciembre de 2017 por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, desarrolla los principios antes comentados y establece que, a efectos de la selección de candidatos y la reelección de Consejeros, y ante igualdad de conocimientos y experiencia, se favorezca la diversidad, evitando la discriminación por razones de sexo, edad, cultura, religión y raza, y se procure que la composición del Consejo de Administración sea acorde a la realidad demográfica de los mercados en que la Sociedad opera.

De otro lado, de conformidad con lo establecido en el artículo 41. 1. (b) del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones verificó el cumplimiento de la referida Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración en su reunión de 17 de diciembre de 2024, no habiendo identificado deficiencias en su aplicación.

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

Tal y como se señala en el apartado C.1.5., la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración establece que serán principios inspiradores de los procesos de selección de Consejeros la igualdad de trato y la diversidad. La política señala que en la selección de candidatos a Consejero se partirá de un análisis de las funciones y aptitudes necesarias para complementar adecuadamente el perfil de, entre otros, diversidad del Consejo de Administración, en base a lo establecido en la Guía Orientativa de Conocimientos, Capacidades, Diversidad y Experiencia del Consejo de Administración. Dicha guía recoge los principales criterios que fueron seguidos para diseñar la composición del actual Consejo de Administración y que deberán ser seguidos a la hora de cubrir futuras vacantes.

Entre estos principios, destaca el de favorecer la selección de candidatos y la reelección de Consejeros que, contando con los conocimientos y experiencia necesarios, favorezcan la diversidad, evitando la discriminación, entre otras, por razón de género.

Con fecha 26 de julio de 2022, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones propuso para su aprobación por el Consejo de Administración, la introducción de ciertas modificaciones en la referida Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración, y en concreto, la inclusión del deber por parte del Consejo de Administración de que, ante la igualdad de conocimientos, capacidades y experiencia de los candidatos, procure nombrar por cooptación o proponer el nombramiento a la Junta General de Accionistas un candidato que pertenezca al género menos representado. En este sentido, se incluyó asimismo en la referida Política el deber del Consejo de Administración de velar por que las medidas de diversidad de la Sociedad fomenten que la misma cuente con un número significativo de altas directivas, todo ello de acuerdo con lo establecido en la Recomendación 14 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas.

De otro lado, tal y como se referirá más adelante en el contexto de la evaluación del Consejo de Administración (apartado C.1.17), el plan de acción elaborado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y elevado para su aprobación por el Consejo de Administración en su primera sesión del ejercicio 2024, incluía algunas recomendaciones a llevar a cabo durante el ejercicio, entre las que destaca dar continuidad al cumplimiento del referido principio de diversidad tanto en la alta dirección del Grupo Gestamp, como en el Consejo de Administración de la Sociedad.

Con ello, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad acordó con fecha 9 de mayo de 2024 la reelección de Dña. Concepción Rivero Bermejo como miembro del Consejo de Administración con la categoría de consejera independiente.

Asimismo, entre las medidas adoptadas para fomentar que la Sociedad cuente con un número considerable de mujeres directivas, desde el 2018 la Sociedad participa en el programa de desarrollo directivo Promociona, organizado por la escuela de negocios ESADE junto con la CEOE, en el que participan anualmente mujeres empleadas del Grupo con potencial directivo.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

No aplica

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

De conformidad con lo establecido en el artículo 41. 1. (b) del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, en su reunión de 17 de diciembre de 2024, verificó el cumplimiento de la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración durante el ejercicio 2024.

A este respecto, durante dicho ejercicio, se ha producido una vacante en el contexto de la dimisión presentada por D. Norimichi Hatayama como miembro del Consejo de Administración, con efectos desde el 20 de marzo de 2024. El Consejo de Administración de la Sociedad tomó

formalmente conocimiento de dicha dimisión y nombró por cooptación a D. Makoto Takasugi, como miembro del Consejo de Administración con carácter de dominical.

De forma previa, y ante la perspectiva de la renuncia de D. Norimichi Hatayama, el 21 de marzo de 2024, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 529 decies de la Ley de Sociedades de Capital y en el 41.1. (f) del Reglamento del Consejo de

Administración, elaboró el correspondiente informe sobre la propuesta de nombramiento de D. Makoto Takasugi. Tal y como quedó reflejado en el referido informe, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tuvo en cuenta para su valoración de la propuesta de nombramiento el Reglamento del Consejo de Administración, la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración, así como la Guía orientativa de Conocimientos, Capacidades, Diversidad y Experiencia en el Consejo de Administración y concluyó que D. Makoto Takasugi contaba con la competencia, experiencia y méritos necesarios para desempeñar el cargo de miembro del Consejo de Administración de la Sociedad.

De otro lado, dada la caducidad del mandato de Dña. Concepción Rivero Bermejo y con la finalidad de dar continuidad al mismo, el Consejo de Administración, el 21 de marzo de 2024, propuso a la Junta General de Accionistas de 9 de mayo 2024 su reelección, previa propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. En este sentido, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones elaboró la propuesta e informe sobre la reelección de la referida Consejera, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.1 (e) y (f) del Reglamento del Consejo de Administración.

A este respecto, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tuvo en cuenta para su valoración, el Reglamento del Consejo de Administración, la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración, así como la Guía orientativa de Conocimientos, Capacidades, Diversidad y Experiencia en el Consejo de Administración y concluyó que la referida Consejera cuyo mandato caducaba, contaba con la idoneidad, disponibilidad, competencia, experiencia y méritos necesarios para desempeñar el cargo de miembro del Consejo de Administración de la Sociedad.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

[ ] Sí

[ √ ] No

C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:

Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
FRANCISCO JOSÉ RIBERAS MERA El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión de 7 de mayo de
2021 reeligió a D. Francisco José Riberas Mera como Consejero Delegado con la
denominación de Presidente Ejecutivo, delegando a su favor todas las facultades
inherentes al Consejo de Administración, inclusive las facultades ejecutivas, salvo
aquellas que por ley, o en virtud de los Estatutos Sociales, fueran indelegables.

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Beyçelik Gestamp Otomotiv
Sanayi Anonim Sirketi
Consejero NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Sideacero, S.L. Representante persona física
de consejero
NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Recuperaciones
Medioambientales
Industriales, S.L. (Reimasa)
Representante persona física
de consejero
NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Todlem, S.L Secretario NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Gestamp Holding Rusia, S.L. Consejero NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Gestamp Holding Mexico,
S.L.
Consejero NO
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Gescrap, S.L. Representante persona física
de consejero
NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Auto Components
(Shenyang) Co., Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive
Hengersberg, GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Hengersberg Real
Estate, GmbH & Co KG
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Hungária Kft Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha
Kunststofftechnik,GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Engineering, GmbH Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Holding, Gmbh Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tooling
Engineering Deutschland
GmbH
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Hauzenberg Real
Estate, GmbH & Co KG
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Griwe Haynrode,
GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Hot Stamping
Japan Co. Ltd.
Representante legal SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp North America, Inc. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp South Carolina,
LLC
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive Italia,
S.R.L
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Mason, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Alabama, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Griwe Westerburg,
GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Chattanooga, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive
Michigan, INC.
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Hradec, S.R.O. Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive
Kamenice, S.R.O.
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Louny S.R.O. Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp West Virginia, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Autocomponents
Kunshan, Co.Ltd
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive
Components (Kunshan) Co.,
Ltd
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Automotive Chassis
Products UK Limited
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Societe Civile Inmobilière de
Tournan
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Washtenaw, LLC Administrador Único SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Velky Meder, S.R.O. Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha North America
Technologies, LLC
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Autotech Japan
K.K.
Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Prisma, S.A.S. Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Metal Forming
(Wuhan) Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Autocomponents
Dongguan, Co. Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Sofedit S.A.S. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Nitra, S.R.O. Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering R&D
USA, Inc.
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Servicios Portugal,
LDA
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Wroclaw Sp.Z.O.O. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Sweden, A.B. Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Chattanooga II,
LLC
Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Kartek Corp. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Polska Sp. Z. O. O. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
LOIRE USA INC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering R&D,
UK Limited
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Çelik Form Gestamp
Otomotiv, A.S.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Beyçelik Gestamp Sasi
Otomotiv
Vicepresidente NO

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Beyçelik Gestamp Otomotiv
Sanayi Anonim Sirketi
Vicepresidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Beyçelik Gestamp Teknoloji
Ve Kalip Sanayi Anonim
Sirketi
Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering
France, S.A.S.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp (China) Holding
Co., Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering
(Shanghai) Co., Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Auto Components
(Wuhan) Co., Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Auto Components
(Chongqing) Co., Ltd.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive
Hauzenberg, GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Esmar, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Metalbages, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Loire, S.A.F.E. Representante persona física
de administrador unico
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Linares, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Abrera, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Navarra, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Palencia, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Vigo, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Toledo, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Bizkaia, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
IxCxT, S.A.U. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Ingeniería y Construcción de
Matrices, S.A.U.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Wolfsburg GmbH Administrador Solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Mechatronics
Solutions, GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Palau, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Aragón, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Solblank
Barcelona, S.A.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Levante, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Ingeniería Global
Metalbages, S.A.U.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Servicios, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Burgos, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Sideacero, S.L. Representante persona física
de consejero
NO

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Recuperaciones
Medioambientales
Industriales, S.L. (Reimasa)
Representante persona física
de consejero
NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Proyectos
Automoción 2, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Proyectos
Automoción 3, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Proyectos
Automoción 1, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tooling Erandio,
S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tech, S.L. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Noury S.A.S Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Adral Matricería y Puesta a
Punto, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Todlem, S.L. Presidente/Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Ingeniería Europa
Sur, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Automated Joining
Solutions, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Manufacturing
Autochasis, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp 2008, S.L. Presidente/Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp North Europe
Services, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Santander, S.A. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Holding Rusia, S.L. Presidente NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Mursolar 21, S.L. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Holding Mexico,
S.L.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Finance Mercosur,
S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp 2017, S.L.U. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering Spain,
S.L.
Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Ronchamp, S.A.S. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Reparaciones Industriales
Zaldibar, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gescrap, S.L. Representante persona física
de consejero
NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Diede Die Development, S.L. Representante persona física
de Administrador Único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Global Tooling, S.L. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tool Hardening,
S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestión Global de Matricería,
S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Technology
Institute, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Almussafes Mantenimiento
de Troqueles, S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Smart Industry Consulting
and Technologies, S.L.
Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Saint Clair, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Umformtechnik
GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive Slp
Servicios Laborales, S.A.P.I.
de C.V.
Presidente NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Automotive Slp,
S.A.P.I. de C.V.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Briey, S.A.S. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Engineering France,
S.A.S.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tallent Limited Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Cartera de Mexico,
S.A. de C.V.
Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Aguas Calientes,
S.A. de C.V.
Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Mexicana de
Servicios Laborales II, S.A. de
C.V.
Presidente NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Puebla S.A. de C.V. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Puebla II, S.A. de
C.V.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp San Luis Potosí,
S.A.P.I. de C.V.
Consejero Delegado/
Presidente
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Toluca S.A. de C.V. Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering
Deutschland GmbH
Administrador solidario SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Edscha Mechatronics
Solutions, GmbH
Administrador solidario SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Tuyauto Gestamp Morocco,
S.A.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Stanton, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Cerveira, Lda. Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Aveiro- Industria e
acessorios de Automoveis,
S.A.
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Vendas Novas
Unipessoal, Lda.
Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Hardtech, A.B. Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Holding China, A.B. Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Automotive
Chennai Private Limited
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Pune Automotive
Private Limited
Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Automotive India,
Private Limited
Consejero SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Services India
Private Limited
Presidente/ Consejero
Delegado
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Autotech Engineering, S.L. Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Leasing USA, LLC Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Try Out Services,
S.L.
Representante persona física
de administrador único
persona jurídica
SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Refeinsa Catalunya, S.L. Consejero NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Tooling USA Inc. Administrador Único SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
GGM Puebla S.A. de C.V. Presidente SI
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
GGM Puebla Servicios
Laborales, S.A. de C.V.
Presidente SI

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON JUAN MARÍA RIBERAS
MERA
Refeinsa Catalunya, S.L. Consejero SI
DON MAKOTO TAKASUGI Gestamp Holding México,
S.L.
Consejero NO
DON FRANCISCO JOSÉ
RIBERAS MERA
Gestamp Mexicana de
Servicios Laborales, S.A. de
C.V.
Presidente NO

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Telefónica, S.A. CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
CIE Automotive, S.A. CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Acek Desarrollo y Gestión Industrial,
S.L.
ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Holding Gonvarri, S.L. CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Sociedades del Grupo Gonvarri CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Acek Energías Renovables, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Sociedades del Grupo Acek Energías
Renovables
CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Inmobiliaria Acek, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Sociedades del Grupo Inmobiliaria
Acek
CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Gestamp 2020, S.L. CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Otras sociedades participadas por
Acek, Desarrollo y Gestión Industrial,
S.L.
CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Orilla Asset Management, S.L. PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Q-Energy Tenencia y Gestión III, SCR,
S.A.
CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Wallbox N.V. CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Otras sociedades participadas por
Orilla Asset Management
CONSEJERO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Gestamp PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Orilla PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación FAD Juventud PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Endeavor PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Consejo España China PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Consejo España-Estados
Unidos
PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Fundación Consejo España-India PATRONO
DON FRANCISCO JOSÉ RIBERAS
MERA
Asociación Española de Proveedores
de Automoción (Sernauto)
PRESIDENTE
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA CIE Automotive, S.A. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Global Dominion Access, S.A. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Acek Desarrollo y Gestión Industrial,
S.L.
ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Holding Gonvarri, S.L. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Sociedades del Grupo Gonvarri CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Acek Energías Renovables, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Sociedades del Grupo Acek Energías
Renovables
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Inmobiliaria Acek, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Sociedades del Grupo Inmobiliaria
Acek
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Gestamp 2020, S.L. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Otras sociedades participadas por
Acek, Desarrollo y Gestión Industrial,
S.L.
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Ion Ion, S.L. ADMINISTRADOR UNICO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Glenbrock Investments, S.L. y
sociedades de su Grupo
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Gold Iberia Capital, S.L. y sociedades
de su Grupo
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Agrícola la Veguilla S.A. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Casas de Hualdo, S.L. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Ribor Agrícola S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Jose & Jon Investments, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Q-Energy Private Equity, SGEIC, S.A. y
S.C.R.s gestionadas
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Q-Impact Investment Management,
S.G.E.I.C., S.A.
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Q-Living Asset Management, S.G.E.I.C.,
S.A.
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA TMH – Tmond Holding, S.A. CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Otras sociedades participadas por Ion
Ion, S.L.
CONSEJERO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Orbaste, S.L. y sociedades de su Grupo ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Fundación Gestamp PATRONO
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA Fundación Kauibu PATRONO
DOÑA CHISATO EIKI Gestamp 2020, S.L. CONSEJERO
DOÑA CHISATO EIKI Mitsui Bussan Forest Co., Ltd. CONSEJERO
DON MAKOTO TAKASUGI Gestamp 2020, S.L. CONSEJERO
DON MAKOTO TAKASUGI Nippon Steel Trading Corporation CONSEJERO
DON GONZALO URQUIJO
FERNÁNDEZ DE ARAOZ
Talgo, S.A. CONSEJERO DELEGADO
DON GONZALO URQUIJO
FERNÁNDEZ DE ARAOZ
Ferrovial, S.A. CONSEJERO
DON GONZALO URQUIJO
FERNÁNDEZ DE ARAOZ
Fundación Hesperia PRESIDENTE
DON GONZALO URQUIJO
FERNÁNDEZ DE ARAOZ
Fundación Princesa de Asturias PATRONO
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Cellnex Telecom, S.A. CONSEJERO
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Pentacom, S.A. PRESIDENTE
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Globalvía Infraestructuras, S.A. PRESIDENTE

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Asociación Española de Directivos CONSEJERO
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Women Corporate Director Spain OTROS
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO
BERMEJO
Fundación Gestamp PATRONO
DON ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE
DÍAZ
Asesores y Gestores Financieros, S.A. PRESIDENTE
DON ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE
DÍAZ
Sociedades del Grupo A&G Banca
Privada, S.A.U.
CONSEJERO
DON ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE
DÍAZ
Cervezas Gran Vía, S.L. CONSEJERO
DON JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO Asociación Española de Banca OTROS
DON JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO Fundación AEB PATRONO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Naturgy Energy Group, S.A. CONSEJERO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Acerinox, S.A. CONSEJERO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
TK Elevator GmbH CONSEJERO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Pedro Duro, S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Sainberg Investments, S.L. CONSEJERO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Scalpers Fashion, S.L. CONSEJERO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Inversores de Tornón, S.L. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Fundación Princesa de Asturias PATRONO
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA
RIVA
Fundación Universidad Nebrija PATRONO
DOÑA ANA GARCÍA FAU Merlin Properties Socimi, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA GARCÍA FAU Cellnex Telecom, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA GARCÍA FAU JDE Peet´s NV CONSEJERO
DOÑA ANA GARCÍA FAU Finerge, S.A. PRESIDENTE
DOÑA ANA GARCÍA FAU Grupo Santa Lucía, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA GARCÍA FAU Fundación Universitaria Comillas ICAI PATRONO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON CÉSAR CERNUDA REGO Fundación Gestamp PATRONO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Engie España, S.L.U. CONSEJERO DELEGADO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Exolum Corporation, S.A. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS PSFV Palma del Río, S.L. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Itamar Solar, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Benilde Solar, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Morata Energía, S.L.U. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Martina Sostenible, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Marcela Solar, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Meridion Psfv, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Ener Beta, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Ener Delta, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Ener Epsilon, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Ener Gamma, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Engie España Renovables, S.L.U. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Ordesa Servicios Empresariales, S.L. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Eolia Renovables de Inversiones, S.A. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Parque Solar Energy 02, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Parque Solar Energy Node 03, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Parque Solar Energy Node 05, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Parque Solar Energy Node 06, S.L.U. ADMINISTRADOR SOLIDARIO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Clean Renovables de Elektra, S.L. CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Cámara de Comercio Belga
Luxemburguesa en España
VICEPRESIDENTE
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Comercio Exterior de Francia CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Consejo Empresarial Español para el
Desarrollo Sostenible (Forética)
CONSEJERO
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS Fundación Gestamp PATRONO

D. Francisco Riberas Mera percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Telefónica, S.A., Orilla Asset Management, S.L. y Wallbox N.V.

D. Juan María Riberas Mera percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Global Dominion Access, S.A., Agrícola La Veguilla, S.A. e Ion Ion, S.L.

D. Gonzalo Urquijo Fernández de Araoz percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Ferrovial, S.A. y en Talgo, S.A. Dña. Concepción Rivero Bermejo percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Cellnex Telecom, S.A., Globalvía Infraestructuras, S.A. y Pentacom, S.A.

D. Alberto Rodríguez-Fraile Díaz percibe remuneración por el desempeño de su cargo en Asesores y Gestores Financieros, S.A.

D. Javier Rodríguez Pellitero percibe remuneración por el desempeño de su cargo en la Asociación Española de Banca.

D. Pedro Sainz de Baranda percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Naturgy Energy Group, S.A., Acerinox S.A., Scalpers Fashion, S.L. y en TK Elevator GmbH.

Dña. Ana García Fau percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Merlin Properties Socimi, S.A., Cellnex Telecom, S.A., JDE Peet´s NV, Finerge, S.A. y Grupo Santa Lucía, S.A.

Dña. Loreto Ordóñez Solís percibe remuneración por el desempeño de sus cargos en Exolum Corporation, S.A. y Engie España, S.L.U.

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
DOÑA ANA GARCÍA FAU Miembro de los consejos asesores de Pictet Wealth
Management en España, y Fremman Capital. Asimismo, es
asesora del consejo de administración de grupo Cosentino.
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO Miembro del Consejo Asesor de Mutualidad de la
Abogacía.
DON JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO Miembro del consejo asesor de Engie España, S.L.U.
DON CÉSAR CERNUDA REGO Presidente (no consejero) de NetApp, Inc .
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA Miembro del consejo asesor de Banco Sabadell, S.A.

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ √ ]
[ ] No

Explicación de las reglas e identificación del documento donde se regula

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, no podrán ser Consejeros ni, en su caso, personas físicas representantes de un Consejero persona jurídica, las personas físicas o jurídicas que ejerzan el cargo de administrador en más de ocho (8) sociedades de las cuales, como máximo, cuatro (4) podrán tener sus acciones admitidas a negociación en bolsas de valores nacionales o extranjeras. A estos efectos, los cargos en sociedades patrimoniales quedarán excluidas del cómputo y las sociedades pertenecientes al mismo grupo se considerarán como una sola sociedad.

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) 2.357
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
DON DAVID VÁZQUEZ PASCUAL Director General de Asesoría Jurídica y Fiscal y de Gobierno Corporativo
DON IGNACIO MOSQUERA VAZQUEZ Director Corporativo Financiero

Nombre o denominación social Cargo/s
DON JAVIER IGNACIO IMAZ
RUBALCABA
Director Corporativo de Compras y Capex
DON JUAN MIGUEL BARRENECHEA
IZARZUGAZA
Director Corporativo Comercial
DON FERNANDO MACÍAS
MENDIZÁBAL
Director Corporativo de Operaciones de la División de Europa Sur
DON MANUEL DE LA FLOR RIBERAS Director General de Recursos Humanos
DOÑA PATRICIA RIBERAS LOPEZ Directora de Excelencia Operacional
DON CESAR PONTVIANNE DE LA MAZA Director de la Unidad de Negocio Mecanismos (Edscha)
DON MANUEL LÓPEZ GRANDELA Director de la División de Mercosur
DON JUAN CARLOS PEÑA FERNÁNDEZ Director de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos
Número de mujeres en la alta dirección
Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección

Remuneración total alta dirección (en miles de euros) 5.633

Se hace constar que D. Manuel López Grandela cesó de su cargo de Director de la División de Mercosur con efectos desde el 1 de enero de 2025.

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

[ ]
[ √ ] No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

Selección

La Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración tiene como objetivo garantizar una composición adecuada y diversa del Consejo de Administración de la Sociedad.

Con carácter previo a cualquier proceso de selección, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá elaborar un matriz de competencias del Consejo de Administración (la "Matriz") que defina las aptitudes y conocimientos de los candidatos, especialmente de los ejecutivos y de los independientes, y que ayude a la propia Comisión a definir las funciones que deben corresponder a cada puesto a cubrir, así como las competencias, conocimientos y experiencia más adecuados para el Consejo de Administración. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá asimismo mantener actualizada esta Matriz teniendo en cuenta los retos y oportunidades a los que se estime se enfrentará la Sociedad en el corto, medio y largo plazo.

Con ello, en la selección de candidatos a Consejero se partirá de un análisis previo de las funciones y aptitudes necesarias para complementar adecuadamente el perfil de conocimientos, capacidades, diversidad y experiencia del Consejo de Administración, en base a las necesidades definidas en la Matriz y a la Guía Orientativa de Conocimientos, Capacidades, Diversidad y Experiencia del Consejo de Administración. Este análisis será realizado por el Consejo de Administración, con el asesoramiento de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

El resultado del análisis previo se recogerá en un informe justificativo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que servirá como base para la elaboración del preceptivo informe justificativo del Consejo de Administración. Ambos informes justificativos se publicarán al convocar la Junta General de Accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada Consejero.

En función de las necesidades a cubrir en relación con el Consejo de Administración detectadas en el referido análisis, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones definirá el perfil y las capacidades mínimas que debe cumplir un candidato para ser considerado en el proceso de selección a efectos de su nombramiento o reelección como miembro del Consejo de Administración.

En el caso de nombramiento de Consejeros Independientes, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se asegurará de que, en la contratación de servicios de asesores externos, en su caso, los mismos no presten a la Sociedad otro tipo de servicios significativos, que puedan poner en entredicho su independencia.

De otro lado, cualquier Consejero podrá aportar nombres de posibles candidatos. No obstante, cuando los candidatos hayan sido presentados para su valoración por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones por accionistas significativos, Consejeros Dominicales o Consejeros Ejecutivos, la

Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá extremar la cautela y recabar cuanta información considere oportuna para asegurarse de que el candidato propuesto no tiene vinculaciones que pudieran condicionar su independencia.

La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, de acuerdo con el análisis previo realizado y la definición del perfil y capacidades de los potenciales candidatos a Consejeros, elevará al Consejo de Administración una propuesta en relación con el nombramiento o reelección de Consejeros Independientes junto con el correspondiente informe justificativo sobre dicha propuesta, y, respecto de las restantes categorías de Consejeros, un informe justificativo sobre los mismos.

El Consejo de Administración analizará la propuesta y el informe justificativo presentado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a los efectos de nombrar por cooptación o proponer a la Junta General, el nombramiento o reelección de Consejeros.

Nombramiento y reelección

El nombramiento y reelección de los miembros del Consejo se regula en el artículo 16 y siguientes del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad.

En este sentido, corresponde a la Junta General nombrar y reelegir a los miembros del Consejo de Administración, sin perjuicio de la facultad del Consejo de Administración de nombrar a miembros del Consejo de Administración en virtud de sus facultades de cooptación. El nombramiento o reelección de Consejeros será realizado a propuesta del Consejo de Administración en el caso de Consejeros no independientes. En el caso del nombramiento o reelección de Consejeros Independientes, la propuesta deberá ser realizada por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. En todo caso, las referidas propuestas deberán ir precedidas del informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y del informe del Consejo de Administración.

Remoción

Respecto de la separación de miembros del Consejo, el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración establece los motivos por los cuales un Consejero deberá poner su cargo a disposición del Consejo de Administración (detallados en el apartado C.1.19 del presente informe). El Consejero que cese en su cargo antes del término de su mandato, deberá explicar de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta General en una carta que remitirá a todos los miembros del Consejo. Sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en este Informe Anual de Gobierno Corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el Consejero. Asimismo, el referido artículo recoge la facultad del Consejo de proponer a la Junta General, el cese de sus miembros. En el caso de Consejeros Independientes, el Consejo únicamente podrá proponer su cese cuando concurra justa causa o a resultas de una operación societaria que suponga un cambio en la estructura, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, el Consejo, en la primera de sus sesiones del ejercicio, debe evaluar su propio funcionamiento durante el ejercicio anterior y, en su caso, adoptar un plan de acción que corrija aquellos aspectos que se hayan revelado poco funcionales. Además, el Consejo de Administración debe evaluar (i) el desempeño de sus funciones por el Presidente del Consejo y, en caso de recaer el cargo en una persona distinta, por el primer ejecutivo de la Sociedad, partiendo del informe que le eleve la Comisión de Nombramientos y Retribuciones; así como (ii) el funcionamiento de las Comisiones del Consejo, partiendo del informe que éstas le eleven.

En este sentido, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a instancia del Presidente del Consejo de Administración, y con el asesoramiento del consultor externo KPMG en cumplimiento de la Recomendación 36 del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas, inició la coordinación de la evaluación anual del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2023 en su sesión de 26 de octubre de 2023, cuyo resultado y plan de acción fueron tratados por el Consejo de Administración en su primera sesión del ejercicio 2024. A este respecto, el plan de acción aprobado por el Consejo de Administración en relación al resultado de la evaluación correspondiente al ejercicio 2023, incluía algunas recomendaciones a llevar a cabo durante el ejercicio 2024. En este sentido, destaca:

• Además de tratar con mayor regularidad asuntos relacionados con operaciones de negocio, incluir en la agenda anualmente un punto específico (i) relativo a Gestión de Riesgos, y (ii) a planes de sucesión y, particularmente, de la Alta Dirección.

• Continuar aumentando la asistencia periódica de la primera y segunda línea de la Alta Dirección a reuniones del Consejo de Administración y de sus Comisiones.

• Continuar mejorando la diversidad de género en la Alta Dirección, así como en el Consejo de Administración.

• Continuar mejorando el plazo de envío de la documentación soporte de las reuniones del Consejo y de las Comisiones.

• Proporcionar al Consejo un informe escrito sobre aquellos temas discutidos a nivel de las Comisiones del Consejo que sean de importancia clave.

Por último, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones ha realizado un seguimiento del referido plan de acción durante el ejercicio 2024 y ha concluido que el grado de cumplimiento del mismo ha sido muy satisfactorio.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

El proceso de evaluación del Consejo de Administración de la Sociedad correspondiente al ejercicio 2024 se inició el 5 de noviembre de 2024 y ha sido coordinado por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, a instancia del Presidente del Consejo de Administración. Este proceso ha consistido fundamentalmente en la cumplimentación de un formulario de evaluación online, la emisión de un informe de evaluación y la preparación de un plan de acción.

  • Las áreas evaluadas han sido las siguientes:
  • Composición del Consejo de Administración.
  • Funcionamiento y Efectividad del Consejo de Administración.
  • Desempeño del Presidente del Consejo de Administración.
  • Desempeño del Secretario del Consejo de Administración.
  • Desempeño y contribución de cada Consejero.
  • Funcionamiento y composición de la Comisión de Auditoría.
  • Funcionamiento y composición de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
  • Funcionamiento y composición de la Comisión de Sostenibilidad.

El 16 de diciembre de 2024, se presentaron a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones los resultados de su evaluación, así como de la evaluación del Consejo de Administración, del Presidente del Consejo de Administración y del Secretario del Consejo de Administración. Con fecha 12 y 17 de diciembre de 2024, respectivamente, se presentaron los resultados de su evaluación a la Comisión de Auditoría y a la Comisión de Sostenibilidad. Cada una de las Comisiones, tras analizar los resultados, emitieron el correspondiente informe sobre la evaluación. Asimismo, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, ha elaborado un plan de acción que fue presentado en la primera reunión del Consejo de Administración de 2025 junto con los informes emitidos por cada una de las Comisiones, en línea con lo establecido en el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Administración, y del que se dará cuenta en el Informe Anual de Gobierno Corporativo del próximo ejercicio 2025.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

No aplica en este ejercicio.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

Tal y como establece el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración los Consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si éste lo considera conveniente por solicitud de la mayoría de dos tercios de sus miembros y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la correspondiente dimisión en los siguientes supuestos:

• cuando cesen en los puestos, cargos o funciones a los que estuviere asociado su nombramiento como Consejeros ejecutivos;

• si se trata de Consejeros Dominicales, cuando el accionista cuyos intereses representen transmita íntegramente su participación accionarial, o que lo hagan en el número que corresponda en el supuesto de que dicho accionista rebaje su participación accionarial en la Sociedad;

• si se trata de Consejeros Independientes, cuando incurra de forma sobrevenida en alguna de las circunstancias que, de conformidad con la Ley, le impidan seguir siendo considerado como tal;

• cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos;

• cuando el Consejo de Administración aprecie que han infringido gravemente sus obligaciones como consejeros, previa propuesta o informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones;

• cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad que pueda poner en riesgo el crédito y la reputación de la misma; o

• cuando perdieren la honorabilidad, idoneidad, solvencia, competencia, disponibilidad o el compromiso con su función para ser consejero de la Sociedad. En particular, se entiende que se produce esta circunstancia cuando el consejero fuera llamado como investigado en una causa penal.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ ] [ √ ] Sí No

En su caso, describa las diferencias.

C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:

[ √ ]
[ ] No

Descripción de los requisitos

Ni los Estatutos Sociales ni el Reglamento del Consejo de Administración establecen requisitos específicos distintos de los relativos a los Consejeros, para ser nombrado Presidente del Consejo de Administración. No obstante, de acuerdo con lo establecido en la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración, deberá velarse por la capacidad del candidato a Presidente del Consejo de Administración para desempeñar dicho cargo y, en particular, para desempeñar las funciones relativas a la propia organización y funcionamiento del Consejo de Administración.

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

[ ]
[ √ ] No
  • C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
  • [ ] [ √ ] Sí No
  • C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de los Estatutos y el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Administración, en el supuesto de que los Consejeros no puedan acudir a las sesiones del Consejo de Administración personalmente, deberán delegar su voto a favor de otro Consejero, junto con las instrucciones oportunas, mediante carta dirigida al Presidente.

En este sentido, la representación se otorgará con carácter especial para cada sesión y el Presidente del Consejo decidirá, en caso de duda, sobre la validez de las representaciones conferidas por Consejeros que no asistan a la sesión.

Los Consejeros no ejecutivos sólo podrán delegar su representación en otro Consejero no ejecutivo.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 9
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente
0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones 1

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones de
Comisión de Auditoría
11
Número de reuniones de Comisión
de Nombramientos y Retribuciones
6
Número de reuniones de
Comisión de Sostenibilidad
8

Durante el ejercicio 2024, el consejero coordinador, D. Alberto Rodríguez Fraile, ha mantenido una reunión general con consejeros no ejecutivos de la Sociedad así como diversas reuniones con consejeros no ejecutivos de forma individual.

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 9
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 97,32
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
100,00

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

[ √ ]
[ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

Nombre Cargo
DON IGNACIO MOSQUERA VAZQUEZ Director Financiero Corporativo

De conformidad con lo establecido en el artículo 11.1 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, las cuentas anuales individuales y consolidadas de la Sociedad son previamente certificadas, en cuanto a su integridad y exactitud, por el Director Financiero de la Sociedad, con el Visto Bueno del Presidente.

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

De conformidad con lo establecido en los artículos 15 y 40 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, el Consejo de Administración procurará formular definitivamente las cuentas anuales de manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del auditor de cuentas. No obstante, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, el Presidente de la Comisión de Auditoría habrá de explicar a los accionistas el parecer de la Comisión sobre el contenido y alcance de dichas salvedades con ocasión de la correspondiente Junta General donde se sometan a aprobación las cuentas anuales, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la Junta General un resumen de dicho parecer.

De otro lado, en línea con las funciones establecidas en el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría de la Sociedad informa al Consejo de Administración sobre la información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad deba hacer pública periódicamente: supervisa y evalua el proceso de elaboración, la integridad y la presentación de la información financiera regulada relativa a la Sociedad, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos y la correcta aplicación de los criterios contables, reforzando así la posible

ausencia de salvedades en los informes de auditoría anuales; y supervisa la eficacia del sistema de control interno de la información financiera (SCIIF). A este último respecto, la Función de Auditoría Interna del Grupo Gestamp realiza trimestralmente la evaluación de los controles que afectan al cierre trimestral contable y anualmente la de los controles no relacionados con los cierres contables intermedios (para más información, ver el apartado F.3.1. del presente Informe).

Adicionalmente, durante el ejercicio, la Comisión de Auditoría ha mantenido reuniones con el auditor externo sin la presencia de la Dirección para asegurarse de la correcta marcha del proceso de auditoría de las cuentas individuales y consolidadas.

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ]

[ √ ] No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DON DAVID VÁZQUEZ PASCUAL

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

La Sociedad tiene establecidos diversos mecanismos tendentes a preservar la necesaria independencia del auditor de cuentas. Entre ellos destaca que una de las competencias fundamentales de la Comisión de Auditoría (compuesta exclusivamente por consejeros no ejecutivos, designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, y con mayoría de Consejeros Independientes –incluyendo su Presidente-) consista en la vigilancia de la independencia del auditor y, especialmente, recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la misma.

A estos efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración, la Comisión de tiene las siguientes funciones:

  • Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor.

  • Recibir información y examinar las cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia del auditor. A este respecto, durante el ejercicio de referencia, la Comisión de Auditoría se ha reunido con el auditor externo de la Sociedad y de su grupo para tratar diferentes asuntos, entre otros, la planificación de la auditoría externa o las conclusiones preliminares de la auditoría de cuentas anuales. En estas reuniones, el auditor externo recopila y relaciona los servicios aprobados hasta la fecha, e informa de las diferentes amenazas y de las medidas de salvaguarda adoptadas por el mismo, no habiendo identificado hasta la fecha el auditor ninguna amenaza significativa.

  • Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia del auditor de cuentas y que deberá pronunciarse expresamente sobre la prestación de servicios adicionales por éste. Para ello, y en todo caso, la Comisión de Auditoría recibirá del auditor de cuentas la confirmación escrita de su independencia en relación con la Sociedad o con las entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y de sus correspondientes honorarios (incluyendo los prestados por las personas o entidades vinculados a éstos), de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.

Asimismo, la Sociedad tiene implementados mecanismos que regulan las relaciones del Consejo de Administración con el auditor de cuentas, velando por el estricto respeto a la independencia del mismo. Tal y como se indica en el artículo 15 del Reglamento del Consejo de Administración:

  • Las relaciones de éste con el auditor de cuentas de la Sociedad y de su Grupo consolidado se encauzarán a través de la Comisión de Auditoría. - Para evitar que la retribución del auditor externo por su trabajo comprometa su calidad e independencia, el Consejo de Administración no propondrá la contratación de firmas de auditoría cuando los honorarios previstos (por todos los conceptos), sean superiores al diez por ciento de los ingresos de dicha firma en España durante el ejercicio anterior.

  • El Consejo de Administración procurará formular definitivamente las cuentas anuales sin salvedades por el auditor de cuentas; no obstante, cuando el Consejo considere que debe mantener su criterio, el Presidente de la Comisión de Auditoría explicará a los accionistas el parecer de la Comisión sobre el contenido y alcance de las mismas en la correspondiente Junta General donde se aprueben las cuentas anuales, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la Junta General, un resumen de dicho parecer. - El pleno del Consejo de Administración mantendrá, al menos, una reunión anual con el auditor de cuentas, en la que éste informará sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad.

De otro lado, en cumplimiento de las recomendaciones establecidas en la Guía Técnica 3/2017 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre comisiones de auditoría de entidades de interés público, la Comisión de Auditoría, en su reunión de 28 de junio de 2018, aprobó la Política de aprobación de servicios del auditor externo distintos de la auditoría de cuentas de la Sociedad que se concibe como una serie de criterios y procedimientos para la aprobación de servicios no prohibidos distintos de los de auditoría de cuentas prestados por el auditor externo, y cuyo objetivo final es favorecer la independencia del auditor de cuentas. Además, la Comisión de Auditoría comprueba periódicamente que los honorarios totales percibidos por servicios distintos de auditoría por el auditor externo no exceden el 70 % de la media de los honorarios satisfechos en los tres últimos ejercicios consecutivos por los servicios de auditoría de la Sociedad y de su grupo y de su matriz. Esta cifra, en el ejercicio 2024, ha supuesto aproximadamente el 23,44% de la media de los honorarios satisfechos en los tres últimos ejercicios siguiendo el criterio establecido en el Reglamento Europeo 537/2014 sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público,esto es, considerando aquellos servicios que no son puramente auditoría de cuentas (todos los que no implican opinión de auditoría) prestados exclusivamente por la

sociedad española "Ernst & Young, S.L." (por ser esta la sociedad nombrada como auditor externo de la Sociedad) tanto a la propia Sociedad y a las sociedades de su grupo como a su sociedad matriz, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. y a las sociedades que controle, a excepción de aquellos servicios exigidos legalmente por la legislación nacional o comunitaria (denominados "ope legis"). En relación con los mecanismos establecidos para preservar la independencia de analistas financieros, bancos de inversión y agencias de calificación, el 24 de febrero de 2021, el Consejo de Administración de la Sociedad aprobó la Política de Comunicación de Información Económico-Financiera, no Financiera y Corporativa y de Contactos con Accionistas, Inversores y Asesores de Voto por la cual (i) se establecen los principios básicos que deben regir la comunicación y contactos de la Sociedad con sus accionistas, inversores institucionales, asesores de voto y demás partes interesadas, tales como entidades financieras intermediarias, gestoras y depositarias de las acciones de la Sociedad, analistas financieros, organismos de regulación y supervisión, agencias de calificación, agencias de información y similares, y (ii) se definen los canales de comunicación que la Sociedad pone a su disposición para mantener una comunicación eficiente, transparente y continuada.

  • C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
  • [ √ ] Sí
  • [ ] No
Sociedad Sociedades
del grupo
Total
Importe de otros trabajos distintos
de los de auditoría (miles de euros)
268 2.042 2.310
Importe trabajos distintos
de los de auditoría / Importe
trabajos de auditoría (en %)
44,00 53,00 52,00

Los importes de otros trabajos distintos de los de auditoría se corresponden con la suma de los servicios relacionados con la auditoría (812 miles de euros) más los otros servicios distintos de la auditoría (1.498 miles de euros), tal y como se detalla en la nota 33.1 de la memoria de las cuentas anuales consolidadas. En este cómputo se excluyen los honorarios por servicios ajenos a la actividad de auditoría, pero exigidos "ope legis" por la legislación nacional o de la Unión Europea que en el ejercicio 2024 se corresponden con la emisión de los informes de verificación del estado de información no financiera y la emisión de informes de procedimientos acordados sobre subvenciones (por un importe global de 174 miles de euros).

  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:

IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 26 23
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
96,29 100,00

Se hace constar que la Sociedad es considerada Entidad de Interés Público a efectos de la normativa reguladora de la auditoría de cuentas, desde la admisión a negociación de sus acciones en el ejercicio 2017. Asimismo, se hace constar que la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 9 de mayo de 2024 acordó el nombramiento de PricewaterhouseCoopers Auditores, S.L. como auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado para los ejercicios 2025, 2026 y 2027.

C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

[ √ ] [ ] Sí No

Detalle del procedimiento

Tal y como establece el artículo 36 del Reglamento del Consejo de Administración, las convocatorias de las sesiones ordinarias del Consejo de Administración se realizarán con una antelación no inferior a 5 días a la fecha de celebración de la reunión. No obstante, normalmente las sesiones del Consejo de Administración de la Sociedad son convocadas con una antelación superior a la indicada en el Reglamento del Consejo de Administración.

Junto con la convocatoria de cada reunión se incluye siempre el orden del día de la sesión, la fecha y lugar de reunión. La documentación pertinente para que los miembros del Consejo puedan formar su opinión y, en su caso, emitir su voto en relación con los asuntos sometidos a su consideración, se pone a su disposición con la máxima antelación posible a través de la plataforma online habilitada al efecto.

En este sentido, de conformidad con lo establecido en los artículos 19 de los Estatutos Sociales y 30 y 34 del Reglamento del Consejo de Administración, el encargado de velar por que los Consejeros reciban toda la información necesaria con la antelación suficiente y en el formato adecuado es el Presidente del Consejo de Administración, con la colaboración del Secretario.

De otro lado, el artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración establece el deber del Consejero de informarse y preparar adecuadamente las reuniones del Consejo y de los órganos delegados a los que pertenezcan, recabando la información suficiente para ello y la colaboración o asistencia que consideren oportunas, con cargo a la Sociedad.

Asimismo, el artículo 27 del Reglamento del Consejo de Administración otorga al Consejero la potestad para examinar la documentación que estime necesaria, tomar contacto con los responsables de los departamentos afectados y visitar las instalaciones correspondientes. A estos efectos, la solicitud se canaliza a través del Secretario del Consejo de Administración y, de ser denegada, retrasada o defectuosamente atendida, sería remitida a la Comisión de Auditoría. En el supuesto de que la referida solicitud pudiera resultar innecesaria o perjudicial para los intereses de la Sociedad, la misma sería definitivamente denegada.

  • C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
  • [ √ ] Sí
  • [ ] No

Explique las reglas

De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración, entre los deberes del Consejero se encuentra el de comunicar a la Sociedad cualquier tipo de reclamación judicial, administrativa o de cualquier otra índole en la que se encuentre implicado que, por su importancia, pudiera incidir gravemente en el crédito y reputación de la Sociedad. En particular, todo Consejero deberá informar a la Sociedad si fuera llamado como investigado en una causa penal y de sus vicisitudes procesales. En este caso, el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, adoptará la decisión que considere más oportuna en función del interés social.

De otro lado, el artículo 20 del Reglamento del Consejo de Administración establece la obligación por parte del Consejero, de poner a disposición del Consejo de Administración su cargo y de formalizar, por solicitud de la mayoría de dos tercios de sus miembros y previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la correspondiente dimisión, cuando perdiera la honorabilidad, idoneidad, solvencia, competencia, disponibilidad o el compromiso con su función para ser Consejero de la Sociedad. En particular, se entiende que se produce esta circunstancia cuando el Consejero fuera llamado como investigado en una causa penal.

  • C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
    • [ ] Sí
    • [ √ ] No
  • C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

No existen tales acuerdos significativos

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 1
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
Consejero Ejecutivo D. Francisco Riberas Mera Indemnización por Cese: el contrato
suscrito entre la Sociedad y el Consejero ejecutivo D. Francisco
Riberas Mera contempla una indemnización bruta en caso de cese
(que no derive de incumplimiento grave y culpable del Consejero)
equivalente a dos anualidades de la remuneración fija y variable
vigente al momento de la rescisión, cuando ésta se produzca por
decisión unilateral de la Sociedad. A 31 de diciembre de 2024, le
correspondería una indemnización por cese de 2.206.260 euros.
Cláusula de no competencia postcontratual: ee forma adicional,
el contrato también dispone de una cláusula de no competencia
postcontractual en virtud de la cual D. Francisco Riberas Mera asume
una obligación de no competencia de un año de duración desde
la fecha de extinción del contrato. La compensación establecida
por dicho compromiso de no competencia asciende a 1.000.000
euros que se abonará en doce mensualidades del mismo importe.

Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
El contrato también establece de forma expresa que los pagos por
extinción del mismo (incluyendo a estos efectos los derivados de
la indemnización por extinción del contrato y los pagos en virtud
del pacto de no competencia postcontractual) no podrán exceder
en ningún caso el importe equivalente a dos anualidades de la
retribución total anual (incluyendo retribución fija y retribución
variable anual vigente). En consecuencia, en caso de que los pagos
por los conceptos referidos excediesen dicho límite, se minoraría la
indemnización por extinción del contrato en el importe necesario.

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

Comisión de Nombramientos y Retribuciones
Nombre Cargo Categoría
DON GONZALO URQUIJO FERNÁNDEZ DE ARAOZ VOCAL Otro Externo
DON PEDRO SAINZ DE BARANDA RIVA VOCAL Independiente
DON ALBERTO RODRÍGUEZ-FRAILE DÍAZ PRESIDENTE Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 0,00
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 33,33

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se encuentran recogidas en los artículos 21 de los Estatutos Sociales y 39 del Reglamento del Consejo de Administración. Por su parte, las funciones de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones se regulan en los artículos 20 de los Estatutos Sociales y 41 del Reglamento del Consejo de Administración. Para más información ver la nota incluida en el apartado H.

En relación con las actividades llevadas a cabo por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, así como con la forma en la que ha ejercido en la práctica cada una de sus funciones durante el ejercicio 2024, la misma elaborará una memoria de actividades que, tal y como establece el artículo 39 del Reglamento del Consejo de Administración, será sometida a la aprobación del Consejo de Administración y publicada en la página web con ocasión de la celebración de la Junta General de Accionistas. Las actividades desarrolladas por la Comisión de Nombramientos y Retribuciones durante el ejercicio 2024 incluyen, entre otras:

  • la verificación sobre el grado de consecución de los objetivos del ejercicio 2023 del componente variable de la remuneración de los Consejeros Ejecutivos y de los Altos Directivos, así como el resultado de dicho componente;

  • la propuesta de objetivos del componente variable de la remuneración de los Consejeros Ejecutivos y de los Altos Directivos para el ejercicio 2024;

  • ha informado favorablemente sobre el nombramiento por cooptación y la propuesta de reelección de D. Makoto Takasugi, y ha propuesto la reelección de Dña. Concepción Rivero Bermejo, acuerdos que fueron aprobados por la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de mayo de 2024.

  • la evaluación del cumplimiento de la Política de Remuneraciones de la Sociedad, así como de la Política del Selección y Diversidad del Consejo de Administración durante el ejercicio 2024;

  • la aprobación de los objetivos del Plan de incentivos a largo plazo ("Plan ILP") aplicable a los directivos del Grupo Gestamp para el ciclo 2024-2026 y ha revisado los términos esenciales del Programa de Recompra de Acciones comunicado con fecha 31 de mayo de 2024 como "otra información relevante" (nº de registro 28956) aprobado por el Consejo de Administración para atender a la entrega de acciones bajo el Plan ILP para el ciclo 2024-2026;

  • la propuesta de determinación de la remuneración individual de los Consejeros en su condición de tales para el ejercicio 2025;

  • la elaboración del Plan de Acción derivado de la evaluación del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2023 así como el seguimiento del mismo durante el ejercicio 2024 tras la preceptiva aprobación por el Consejo de Administración;

  • la coordinación, a instancia del Presidente, de la evaluación del Consejo de Administración correspondiente al ejercicio 2024, , y la elaboración de los preceptivos informes, así como del Plan de Acción para su aprobación por el Consejo de Administración;

  • el seguimiento de las asistencias de los Consejeros a las reuniones del Consejo de Administración y de las Comisiones;

  • la aprobación del Plan de Formación del Consejo de Administración 2024; y

  • la revisión e informe favorable del Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros del ejercicio 2023 aprobado de forma consultiva por la Junta General Ordinaria el 9 de mayo de 2024, así como la revisión del contenido del Informe Anual de Gobierno Corporativo del ejercicio 2023 en todos aquellos apartados propios de su competencia.

Comisión de Sostenibilidad
Nombre Cargo Categoría
DOÑA LORETO ORDÓÑEZ SOLÍS VOCAL Independiente
DON CÉSAR CERNUDA REGO PRESIDENTE Independiente
DOÑA CONCEPCIÓN RIVERO BERMEJO VOCAL Independiente
DOÑA CHISATO EIKI VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 25,00
% de consejeros independientes 75,00
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones que tiene delegadas o atribuidas esta comisión distintas a las que ya hayan sido descritas en el apartado C.1.9, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley, en los estatutos sociales o en otros acuerdos societarios.

Los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad se encuentran recogidos en los artículos 20 de los Estatutos Sociales y 39 del Reglamento del Consejo de Administración. Por su parte, las funciones de la Comisión de Sostenibilidad se regulan en los artículos 20 de los Estatutos Sociales y 42 del Reglamento del Consejo de Administración. Para más información ver la nota incluida en el apartado H.

Las actividades desarrolladas por la Comisión de Sostenibilidad durante el ejercicio 2024 incluyen, entre otras:

  • la revisión del estado de información no financiera (EINF) contenido en el informe de gestión consolidado correspondiente al ejercicio 2023. - la supervisión continuada del grado de cumplimiento de los objetivos 2024 del Plan Estratégico ESG del Grupo Gestamp a través del cuadro de mandos y ha sido informada sobre los aspectos a tener en cuenta en la configuración del Plan ESG 2026-2028;

  • la propuesta para su aprobación por el Consejo de Administración de la modificación de la Política ESG del Grupo Gestamp;

  • la emisión y elevación al Consejo de Administración del informe sobre el resultado de la evaluación de la Comisión de Sostenibilidad; y

  • la supervisión de los aspectos más relevantes en materia medioambiental, social y de gobierno (ESG) del Grupo Gestamp, entre otros:

(i) la elegibilidad y alineación de Gestamp bajo el Reglamento de Taxonomía de la UE;

(ii) la estructura y recursos empleados en el Departamento ESG tanto en el área de estrategia ESG como en el área de apoyo operativo;

(iii) un análisis comparativo de las puntuaciones obtenidas por Gestamp en los diferentes informes emitidos por las agencias de rating ESG que analizan a Gestamp, en comparación con las obtenidas por grupos comparables;

(iv) un análisis de los principales requisitos de la Directiva europea Corporate Sustainability Reporting Directive (CSRD) y las medidas a adoptar por Gestamp de cara al reporte de la información sobre sostenibilidad a incluir en el informe de gestión 2024;

(v) un proyecto de circularidad que utiliza tecnología blockchain con el que Gestamp pretende establecer un sistema de gestión entre los diferentes actores del proceso circular;

(vi) la situación en Valencia debido a la catástrofe provocada por la DANA y las acciones que ha llevado a cabo tanto Gestamp como la Fundación Gestamp para paliar los efectos de esta catástrofe ambiental;

(vii) las actividades que Gestamp está llevando a cabo en el marco de Catena X, proyecto de espacio colaborativo de datos en la industria de la automoción para impulsar los procesos de negocio utilizando cadenas de valor basadas en datos; y

(viii) los riesgos asociados a ESG y la posición que ocupan estos riesgos en el Mapa de Riesgos del Grupo Gestamp aprobado por el Consejo de Administración .

Comisión de Auditoría
Nombre Cargo Categoría
DOÑA ANA GARCÍA FAU PRESIDENTE Independiente
DON JUAN MARÍA RIBERAS MERA VOCAL Dominical
DON JAVIER RODRÍGUEZ PELLITERO VOCAL Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

Los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría se encuentran recogidos en los artículos 20 de los Estatutos Sociales y 39 del Reglamento del Consejo de Administración. Por su parte, las funciones de la Comisión de Auditoría se regulan en los artículos 20 de los Estatutos Sociales y 40 del Reglamento del Consejo de Administración. Para más información ver la nota incluida en el apartado H.

En relación con las actividades llevadas a cabo por la Comisión de Auditoría, así como con la forma en la que ha ejercicio en la práctica cada una de sus funciones durante el ejercicio 2024, la misma elaborará una memoria de actividades que, tal y como establece el artículo 39 del Reglamento del Consejo de Administración, será sometida a la aprobación del Consejo de Administración y publicada en la página web con ocasión de la celebración de la Junta General de Accionistas. Las actividades desarrolladas por la Comisión de Auditoría durante el ejercicio 2024 incluyen, entre otras:

  • la supervisión, revisión e informe favorable del proceso de elaboración y presentación de las cuentas anuales y los informes de gestión individuales y consolidados de la Sociedad y de su Grupo de sociedades, así como la información no financiera contenida en el informe de gestión de las cuentas anuales consolidadas, correspondientes al ejercicio 2023. A estos efectos, la Comisión de Auditoría se ha coordinado con la Comisión de Sostenibilidad, cuyo Presidente ha asistido además a las reuniones de la Comisión de Auditoría en las que se han tratado puntos relativos a la información de sostenibilidad;

  • la supervisión y revisión del proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada (trimestral y semestral), tanto individual como consolidada correspondiente al ejercicio 2024;

  • la revisión e informe favorable sobre la propuesta de aplicación del resultado correspondiente al ejercicio 2023 así como sobre el estado de liquidez del dividendo a cuenta de los resultados del ejercicio 2024;

  • revisión de las principales novedades relativas a la normativa y principios contables;

  • el establecimiento de las oportunas relaciones con el auditor externo con el cual se ha reunido en cuatro ocasiones durante el ejercicio de referencia a los efectos de, entre otras cuestiones, recibir información sobre la marcha de los trabajos de auditoría y los aspectos más relevantes de ambas;

  • se ha reunido con el verificador de la información sobre sostenibilidad para la revisión del informe de verificación del estado de información no financiera y conocer su opinión sobre la información de sostenibilidad;

  • la aprobación de los servicios del auditor externo distintos de la auditoría de cuentas y del preceptivo informe sobre la independencia del auditor externo;

  • la evaluación anual del Auditor Externo durante el ejercicio 2023 así como la propuesta de reelección del mismo para la auditoría de cuentas del ejercicio 2024 y la propuesta de nombramiento de un nuevo Auditor Externo para los ejercicios 2025, 2026 y 2027;

  • la supervisión periódica de las actividades llevadas a cabo durante el ejercicio por la función de Auditoría Interna y la aprobación del presupuesto de esta función para el ejercicio 2025;

  • la supervisión y revisión periódica del Sistema de Control Interno sobre la Información Financiera (SCIIF) y la aprobación de su matriz de alcance para el ejercicio 2024;

  • la supervisión de la Gestión de Riesgos y la revisión del Mapa de Riesgos Corporativo 2025;

  • la evaluación del funcionamiento de la función de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos y del desempeño de su responsable durante el ejercicio 2024;

  • el informe favorable de las operaciones realizadas por el Grupo Gestamp con sus partes vinculadas, así como la revisión de las comunicaciones de "otra información relevante" emitidas por la Sociedad a este respecto de conformidad con lo establecido en la LSC;

  • la propuesta para su aprobación por el Consejo de Administración de la Política sobre operaciones vinculadas del Grupo Gestamp;

  • la supervisión del Código de Conducta y del funcionamiento del Canal de Denuncias;

  • la emisión y elevación al Consejo de Administración del informe sobre el resultado de la evaluación de la Comisión de Auditoría;

  • la revisión e informe favorable del Informe Anual de Gobierno Corporativo Correspondiente al ejercicio 2023;

  • la revisión del estado de los litigios y reclamaciones más relevantes de los que forman parte las sociedades del Grupo Gestamp; y

  • la supervisión de las actividades de la Unidad de Cumplimiento Normativo, incluyendo la monitorización del modelo de prevención de riesgos penales, y la propuesta para su aprobación por el Consejo de Administración de la Política de Conflictos de Interés del Grupo Gestamp; y

  • la propuesta para su aprobación por el Consejo de Administración de la Norma de Normas del Grupo Gestamp así como de la Política de Inteligencia Artificial del Grupo Gestamp.

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

DOÑA ANA GARCÍA FAU / DON JUAN
Nombres de los consejeros MARÍA RIBERAS MERA / DON JAVIER
con experiencia RODRÍGUEZ PELLITERO

Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo 24/03/2021

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

Número de consejeras
Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
Comisión de
Nombramientos y
Retribuciones
0 0,00 0 0,00 0 0,00 0 0,00
Comisión de
Sostenibilidad
3 75,00 3 75,00 3 75,00 3 75,00
Comisión de
Auditoría
1 33,33 1 33,33 1 33,33 1 33,33

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

El Reglamento del Consejo de Administración regula en detalle las reglas de composición y funcionamiento, así como las funciones de la Comisión de Auditoría, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de la Comisión de Sostenibilidad.

En aras de una mayor simplicidad, evitando duplicidades y buscando facilitar su comprensión y aplicación, se ha optado por una regulación completa integrada en el Reglamento del Consejo de Administración y no por un reglamento específico para cada Comisión. El texto refundido del Reglamento del Consejo de Administración está publicado en la página web de la Sociedad (www.gestamp.com) a través de los apartados "Accionistas e Inversores", "Gobierno Corporativo", "Consejo de Administración" y "Reglamento del Consejo" así como en la página web de la CNMV.

La Comisión de Auditoría y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones someten a la aprobación del Consejo de Administración anualmente una memoria de actividades que posteriormente se pone a disposición de los accionistas con motivo de la celebración de la Junta General Ordinaria de Accionistas, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del Reglamento del Consejo de Administración. En este sentido, la Comisión de Sostenibilidad asimismo elabora y somete a aprobación del Consejo de Administración la referida memoria de manera voluntaria a pesar de que la Recomendación 6 del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas no lo requiere específicamente, así como tampoco el artículo 39 del Reglamento del Consejo de Administración.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

El Procedimiento interno de notificación de operaciones vinculadas de Gestamp aprobado por la Secretaría del Consejo de Administración de la Sociedad en el ejercicio 2022 (el "Procedimiento"), establece los parámetros generales de actuación que deben ser seguidos por los empleados de Gestamp en el proceso de notificación y reporte previos de las operaciones a celebrarse entre Grupo Gestamp y sus partes vinculadas. En este sentido, los objetivos principales de este Procedimiento son el establecimiento de las directrices para identificar aquellas operaciones que se prevé celebrar entre cualquier sociedad del Grupo Gestamp con sus partes vinculadas, y la definición de los procedimientos para asegurar el reporte de dichas operaciones vinculadas de cara a su evaluación y, en su caso, aprobación por los órganos de gobierno competentes. Una vez reportadas estas operaciones conforme al Procedimiento anterior, y de cara a su aprobación formal, el artículo 8 del Reglamento del Consejo de Administración y el artículo 4 de la Política sobre operaciones vinculadas de Gestamp aprobada por el Consejo de Administración el 9 de mayo de 2024, atribuyen al Consejo de Administración de la Sociedad, entre otras funciones, la aprobación de las operaciones que la Sociedad, o sociedades del Grupo, realicen con Consejeros, con accionistas significativos o representados en el Consejo de Administración de la Sociedad o de otras sociedades del Grupo, o con personas a ellos vinculados, previo informe favorable de la Comisión de Auditoría, y con la abstención de los consejeros afectados, salvo en los supuestos exceptuados en la legislación vigente.

En este sentido, el Consejo de Administración, previo informe favorable emitido por la Comisión de Auditoría será responsable de la aprobación de las operaciones vinculadas cuyo importe o valor no iguale o supere el 10 % del total de las partidas del activo según el último balance anual consolidado aprobado por la Sociedad. Por su parte, será la Junta General de Accionistas de la Sociedad la que apruebe, a propuesta del Consejo de Administración y previo informe emitido por la Comisión de Auditoría, aquellas operaciones vinculadas cuyo importe o valor sea igual o superior al 10 % del total de las partidas del activo según el último balance anual consolidado aprobado por la Sociedad, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 529 duovicies de la Ley de Sociedades de Capital.

De otro lado, con fecha 21 de marzo de 2017, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., Gonvarri Corporación Financiera, S.L. y la Sociedad, suscribieron el Protocolo Regulador de las Operaciones con Partes Vinculadas de Gestamp Automoción, S.A. y sus Sociedades Dependientes. Este acuerdo recoge el marco general que regula las relaciones de la Sociedad y sus sociedades dependientes, con el grupo de sociedades del que Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. es sociedad matriz. En este sentido, el protocolo establece los principios con los que debe de cumplir toda operación vinculada entre las mencionadas partes firmantes del protocolo.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) ACEK DESARROLLO
Y GESTIÓN
INDUSTRIAL, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
10.283 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(2) GRUPO HOLDING
GONVARRI, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
2.029.691 Junta General de
Accionistas
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
SI
(3) GRUPO HOLDING
GONVARRI, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
248.715 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO
(4) GRUPO HOLDING
GONVARRI, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
10.395 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO
(5) GRUPO HOLDING
GONVARRI, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
12.192 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO
(6) GRUPO HOLDING
GONVARRI, S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
198 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO
(7) INMOBILIARIA ACEK,
S.L.
74,70 Sociedades del
Grupo Gestamp
Automoción, S.A.
1.156 Consejo de
Administración
D. Francisco José
Riberas Mera y D.
Juan María Riberas
Mera
NO
Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
Naturaleza
de la relación
Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
dependientes
ACEK DESARROLLO Contractual Recepción de servicios
(1) Y GESTIÓN
INDUSTRIAL, S.L.
(2) GRUPO HOLDING Contractual Compra de bienes terminados o no
GONVARRI, S.L.
GRUPO HOLDING Contractual Venta de bienes terminados o no
(3) GONVARRI, S.L.
(4) GRUPO HOLDING Contractual Recepción de servicios (incluyendo arrendamientos)
GONVARRI, S.L.

Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
GRUPO HOLDING Contractual Prestación de servicios (incluyendo arrendamientos)
(5) GONVARRI, S.L.
GRUPO HOLDING Contractual Intereses devengados y no pagados por IFRS 16
(6) GONVARRI, S.L.
(7) INMOBILIARIA ACEK, Contractual Recepción de servicios
S.L.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Sin datos

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

El artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración establece el deber del Consejero, de comunicar a la Sociedad cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que él o personas vinculadas a él pudieran tener con el interés de la Sociedad. En este sentido, de forma adicional a la comunicación que, en su caso, envíen los Consejeros a la Sociedad en el momento en el que surja una situación de conflicto de interés, los Consejeros deben cumplimentar una declaración en la que deben indicar la existencia de cualquier situación de conflicto con los intereses de la Sociedad con ocasión de la formulación de las cuentas anuales y de la información financiera semestral por el Consejo de Administración.

De otro lado, los artículos 21, 24, 25 y 26 del Reglamento del Consejo de Administración regulan los deberes de los Consejeros incluido el deber de abstención, el deber de no competencia, deberes relativos al uso de información no pública, de los activos sociales y al aprovechamiento de oportunidades de negocio. Asimismo, estos artículos regulan el régimen de dispensa de la Sociedad, que deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas o por el Consejo de Administración, según corresponda, en virtud del establecido en la LSC, en los Estatutos Sociales o en el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad.

Respecto a los Altos Directivos, tal y como establece el artículo 11 del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores de la Sociedad, deberán actuar en todo momento con lealtad a la Sociedad, abstenerse de intervenir o influir en la toma de decisiones sobre los asuntos en los que se vean afectados por un conflicto de interés, y no podrán acceder a información confidencial que afecte a dicho conflicto.

Asimismo, tal y como se ha referido en el apartado D.1. el Procedimiento interno de notificación de operaciones vinculadas de Gestamp establece las directrices para identificar aquellas operaciones que vayan a celebrarse entre cualquier sociedad del Grupo Gestamp con sus partes vinculadas, y la definición de los procedimientos para asegurar el reporte de dichas operaciones vinculadas de cara a su evaluación y, en su caso, aprobación por los órganos competentes.

Por último, respecto del accionista significativo, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., tal y como se ha hecho referencia en el apartado D.1., con fecha 21 de marzo de 2017 suscribió con Gonvarri Corporación Financiera, S.L. y con la Sociedad el Protocolo Regulador de las Operaciones

con Partes Vinculadas de Gestamp Automoción, S.A. y sus Sociedades Dependientes, que establece los principios con los que debe de cumplir toda operación vinculada entre las mencionadas partes firmantes del protocolo.

D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.

[ √ ]
[ ] No

Indique si ha informado públicamente con precisión acerca de las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales:

[ √ ] [ ] Sí No

Informe de las respectivas áreas de actividad y las eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales, e identifique dónde se ha informado públicamente sobre estos aspectos

Tal y como se desprende del apartado D.2. del presente informe, durante el ejercicio 2024, Grupo Gestamp ha mantenido las siguientes relaciones de negocio con el Grupo Acek:

(a) Relaciones con Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., sociedad holding del Grupo Acek, y sociedades del Grupo Acek consistentes en:

  • Suministros y servicios centralizados prestados por parte de Acek al Grupo Gestamp: servicios de consolidación contable, negociación y contratación centralizada de seguros, negociación y contratación centralizada de licencias informáticas y gastos financieros.

  • Prestación de servicios corporativos de apoyo a la gestión por parte del Grupo Gestamp a Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L..

  • Suministro de energía eléctrica de fuente renovable por parte de sociedades del Grupo Acek Renovables a sociedades del Grupo Gestamp para sus operaciones.

(b) Relaciones con Holding Gonvarri, S.L. y sociedades dependientes ("Grupo Gonvarri").

Grupo Gonvarri es un subgrupo del Grupo Acek dedicado a la fabricación, transformación y comercio de productos metálicos, incluyendo tanto centros de servicios del acero (corte y recubrimiento de chapa y su suministro para servicios industriales) como fabricación de estructuras para energías renovables (tales como torres eólicas, infraestructuras para parques fotovoltaicos y elementos de centrales termo-solares).

Las sociedades del Grupo Gestamp mantienen relaciones comerciales con distintas sociedades del Grupo Gonvarri cuya actividad es el servicio de acero, siendo el Grupo Gonvarri su centro de servicios de acero de referencia. Como tal, el Grupo Gonvarri actúa, no solo como prestador de servicios de corte y recubrimiento de formatos de acero, sino también como proveedor de dicho acero, el cual adquiere a la correspondiente siderurgia. Asimismo, el Grupo Gestamp mantiene arrendados (como arrendatario) ciertos activos para el desarrollo de sus actividades al Grupo Gonvarri.

(c) Relaciones con Inmobiliaria Acek, S.L. y sociedades dependientes ("Grupo Inmobiliaria Acek").

Subgrupo del Grupo Acek dedicado a actividades inmobiliarias.

El Grupo Gestamp mantiene arrendadas (como arrendatario) unas oficinas corporativas propiedad del Grupo Inmobiliaria Acek.

Identifique los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses entre la otra sociedad dominante de la cotizada y las demás empresas del grupo:

Mecanismos para resolver los eventuales conflictos de intereses

Tal y como se ha referido en el apartado D.1 del presente informe, con fecha 21 de marzo de 2017, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., Gonvarri Corporación Financiera, S.L. y la Sociedad, suscribieron el Protocolo Regulador de las Operaciones con Partes Vinculadas de Gestamp Automoción, S.A. y sus Sociedades Dependientes. Este acuerdo recoge el marco general que regula las relaciones de la Sociedad y sus sociedades

dependientes, con sus partes vinculadas, en particular, con el grupo de sociedades del que Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. es sociedad matriz.

En este sentido, el protocolo:

(i) Define las áreas de actividad de Grupo Gestamp y establece una reserva de actividad respecto de las mismas.

(ii) Define las relaciones habituales de negocio entre el Grupo Gestamp con el Grupo Acek (grupo cuya matriz es Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. y al que pertenece el Grupo Gestamp) y con el Grupo Gonvarri (grupo cuya matriz es Gonvarri Corporación Financiera, S.L. y que, a su vez, pertenece al Grupo Acek) que constituyen relaciones entre partes vinculadas. Estas relaciones incluyen (a) la compraventa de chapa de acero por parte de Grupo Gestamp a Grupo Gonvarri y prestación por parte de Grupo Gonvarri a Grupo Gestamp de servicios de corte y recubrimiento, (b) la prestación por parte de Grupo Acek a Grupo Gestamp de servicios corporativos y suministros y de servicios centralizados, (c) la prestación de servicios corporativos por parte de Grupo Gestamp a Grupo Acek.

(iii) Establece los principios que debe de cumplir toda operación vinculada los cuales incluyen: (a) adecuada documentación de los términos y condiciones, (b) realización en términos de mercado, (c) realización de las operaciones empleando la diligencia exigible a un experto del sector al que pertenezcan cada una de las partes y con los estándares de calidad del mercado, y (d) respecto a los términos del protocolo y del contrato que regule la relación.

(iv) Respecto a los mecanismos de resolución de conflictos de interés, se remite a los mecanismos previstos en el Reglamento del Consejo de Administración (anteriormente descritos en este apartado) y a la LSC y demás normativa aplicable.

De otro lado, en línea con lo referido en el apartado D.6 del presente informe, el artículo 22 del Reglamento del Consejo de Administración establece el deber del Consejero, de comunicar a la Sociedad cualquier situación de conflicto, directo o indirecto, que personas vinculadas a él (entre ellas, la sociedad dominante de Gestamp, Acek y las sociedades de su grupo) pudieran tener con el interés de la Sociedad (esto es, con Gestamp y con las sociedades de su grupo).

En este sentido, de forma adicional a la comunicación que, en su caso, envíen los Consejeros a la Sociedad en el momento en el que surja una situación de conflicto de interés entre sus partes vinculadas, los Consejeros deben cumplimentar una declaración en la que deben indicar la existencia de cualquier situación de conflicto con los intereses de la Sociedad y las sociedades de su grupo con ocasión de la formulación de las cuentas anuales y de la información financiera semestral por el Consejo de Administración.

De otro lado, los artículos 21, 24, 25 y 26 del Reglamento del Consejo de Administración regulan los deberes de los Consejeros en cuanto a su deber de abstención, su deber de no competencia, el uso de información no pública y de los activos sociales y el aprovechamiento de oportunidades de negocio, siendo todos estos preceptos aplicables también a las partes vinculadas de los Consejeros, en este caso, de nuevo y entre otras, la sociedad dominante de Gestamp, Acek y las sociedades de su grupo. Asimismo, estos artículos regulan el régimen de dispensa de la Sociedad, que deberá ser acordada por la Junta General de Accionistas o por el Consejo de Administración, según corresponda, en virtud del establecido en la LSC, en los Estatutos Sociales o en el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad.

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

El Grupo desarrolla sus actividades en múltiples países, mercados y entornos regulatorios, políticos y socioeconómicos, en virtud de lo cual se encuentra expuesto a riesgos de diferente naturaleza (estratégicos, operacionales, financieros, de cumplimiento y reputacionales) que pueden afectar a su desempeño y que, por tanto, deben mitigarse de la forma más efectiva posible, permitiendo la generación de valor de una manera sostenible, protegiendo los intereses de nuestros accionistas y grupos de interés y, en última instancia, la consecución de los objetivos estratégicos. El Grupo dispone de un Sistema Integral de Gestión de Riesgos (en adelante "SIGR") para asegurar que los riesgos financieros y no financieros que pudieran afectar a la consecución de las estrategias y objetivos del Grupo sean identificados, analizados, evaluados, gestionados y controlados de forma sistemática con criterios homogéneos y dentro de los niveles de riesgo aceptados por el Consejo de la Sociedad. Los riesgos financieros o económicos incluyen, entre otros, aquellos relacionados con la fiabilidad de los diferentes reportes financieros, las fluctuaciones de los tipos de cambio y de tipos de interés, y la gestión del flujo de caja y la liquidez. Asimismo, los riesgos no financieros incluyen, entre otros, los operativos, tecnológicos, medioambientales, sociales, legales, políticos, reputacionales y de cumplimiento (incluyendo los riesgos fiscales y los riesgos relacionados con la corrupción).

El SIGR vigente en el Grupo aprobado en 2021, tras haber finalizado su desarrollo e implementación, está basado en el modelo COSO ERM y en las buenas prácticas que se mencionan en el Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas y en la Guía Técnica 3/2017. El modelo COSO ERM se fundamenta en un enfoque sistemático y detallado que permite identificar eventos, evaluar, priorizar, responder a los riesgos relacionados con la consecución de la estrategia y sus objetivos de negocio. El Grupo estableció la Política del SIGR ("Política del SIGR"), cuya aplicación se extiende a todas las sociedades que integran el Grupo, y cuyo alcance comprende todas las actividades, procesos, proyectos y líneas de negocio y a todas las áreas geográficas en las que opera. La implicación de todas las partes involucradas asegura que la misma se mantenga aplicable y actualizada, garantizando una eficiente y adecuada utilización de mecanismos de control para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse. La Política SIGR vigente, aprobada por el Consejo de Administración el 6 de mayo 2021, engloba la organización, procedimientos y recursos que dispone el Grupo para tratar eficazmente la incertidumbre y gestionar de forma razonable y eficaz los riesgos a los que se encuentra expuesto y las oportunidades asociadas a los mismos, convirtiendo la gestión de riesgos en un elemento intrínseco de los procesos de toma de decisión del Grupo, tanto en el ámbito de los órganos de gobierno y dirección, como en el de la gestión operativa. En la misma: (i) se identifican las distintas tipologías de riesgos y los componentes del SIGR, (ii) se detallan los principios básicos y directrices y el marco general de actuación que deben observarse en el control y gestión de riesgos, (iii) se especifican los órganos encargados de velar por el buen funcionamiento de los sistemas internos de control y gestión de riesgos, junto a sus roles y responsabilidades y (iv) se definen criterios para establecer el nivel de riesgo que se considera aceptable. Asimismo, el Grupo cuenta con un Procedimiento Corporativo del SIGR, aprobado por el Comité de Riesgos de Operaciones ("CRO"), con fecha 19 de noviembre de 2018. Este Procedimiento establece las pautas básicas para la identificación, evaluación, gestión, respuesta, seguimiento y comunicación de los riesgos de distinta naturaleza desde cada una de las áreas organizativas, permitiendo gestionar de forma razonable los riesgos a los que se expone el Grupo. El Grupo dispone de un Mapa de Riesgos Corporativo que se configura como un elemento clave del SIGR y que le permite obtener una visión de conjunto de los riesgos relevantes del propio Grupo, bajo unos criterios homogéneos, facilitando una identificación temprana de aquellos eventos susceptibles de generarlos y permitiendo una actuación anticipativa encaminada a evitar y, en caso de producirse, a reducir, los mismos. El Mapa se actualiza, al menos anualmente, teniendo en cuenta el contexto externo e interno de la organización con el objeto de que el mismo responda a la situación actual del Grupo y continue siendo una herramienta de gestión que permita una toma de decisiones eficaz e informada. La última actualización se realizó el 22 de noviembre de 2024 y fue presentada a la Comisión de Auditoría. El Mapa de Riesgos Corporativo 2024 ha sido sometido al Consejo de Administración de 17 de diciembre de 2024. La gestión de riesgos en Gestamp, no es tan solo una función o departamento, sino que está relacionada con la cultura, capacidades y mecanismos de gestión y creación de valor integrados en la visión del Grupo y en todos los procesos y actividades de la organización. De forma adicional, desde cada área del Grupo se realiza una gestión más atomizada de los riesgos a través de sus gestores correspondientes y forma parte de la toma de decisiones a todos los niveles. La labor realizada por estos gestores se integra en el Mapa de Riesgos Corporativo mediante la implicación de los miembros del CRO, que se encuentra compuesto por directivos de primer nivel y representantes de las Divisiones, Unidades de Negocio y Funciones Corporativas del Grupo. La implicación de todas las partes involucradas en la gestión de riesgos asegura que la misma se mantenga aplicable y actualizada, garantizando una eficiente y adecuada utilización de mecanismos de control para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

El SIGR es un proceso impulsado por el Consejo de Administración y la Alta Dirección de la Sociedad, responsabilidad de todos y cada uno de los miembros del Grupo, cuyo objeto es proporcionar una seguridad razonable para alcanzar los objetivos estratégicos del Grupo, defender los intereses y la reputación del Grupo, así como los intereses de los accionistas, clientes, y otros grupos de interés y garantizar la estabilidad empresarial y la solidez financiera de forma sostenida en el tiempo.

Si bien el SIGR es un proceso que afecta e involucra a todo el personal del Grupo, conforme a la Política del SIGR aprobada por el Consejo de Administración, los encargados de velar por su buen funcionamiento y sus funciones son los siguientes:

  • El Consejo de Administración. Tiene la responsabilidad de aprobar la Política del SIGR así como establecer el nivel de riesgo aceptable, y de realizar un seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control para supervisar que éstos son consistentes con la estrategia del Grupo.

- La Comisión de Auditoría.

Tiene la competencia de supervisar, evaluar y revisar periódicamente la eficacia de los sistemas internos de control y gestión de riesgos financieros y no financieros para que los principales riesgos se identifiquen, gestionen y den a conocer adecuadamente, apoyándose en esta labor de supervisión en la Dirección de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos. Asimismo, en la labor de supervisión de los riesgos no financieros, la Comisión de Auditoría cuenta con el apoyo de la Comisión de Sostenibilidad para todo aquello relacionado con los riesgos en los ámbitos ESG. En particular la Comisión de Auditoría, impulsa una cultura en la que el riesgo sea un factor que se tenga en cuenta en todas las decisiones y a todos los niveles de la organización, supervisa el funcionamiento de los Comités de Riesgos y de la Dirección de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos, evalúa si el Grupo cuenta con las políticas y proceso adecuados para identificar y controlar sus principales riesgos, y lleva a cabo una reevaluación anual de los riesgos más significativos incluidos en el Mapa de Riesgos que incluirá la identificación y entendimiento de riesgos emergentes así como la evaluación del nivel de riesgo establecido.

- Los Comités de Riesgos.

Además de otros Comités constituidos a nivel de las distintas unidades organizativas para el seguimiento de riesgos específicos (como son, entre otros, los asociados a la gestión de proyectos, a los sistemas de información y al cumplimiento normativo, incluido el fiscal); a nivel corporativo se encuentran constituidos a un primer nivel el CRO y en un nivel superior el Comité de Riesgos Ejecutivo ("CRE"), formados por directivos de primer nivel, representantes de las Divisiones, Unidades de Negocio y Funciones Corporativas del Grupo. Su función es la de apoyar al Consejo de Administración, a la Comisión de Auditoría y a la Comisión de Sostenibilidad en aquellas responsabilidades relacionadas con el control y la gestión del riesgo. Son responsables (i) del aseguramiento del buen funcionamiento del SIGR; (ii) de la identificación, cuantificación y de la gestión de los riesgos más importantes que afecten a sus respectivas áreas y al Grupo, (iii) de la aprobación de los planes y medidas de actuación necesarios para dar respuesta a los riesgos identificados, velando porque los riesgos se mantengan alineados con el nivel de riesgos establecido como aceptable, (v) de la revisión del Mapa de Riesgos y (vi) de la definición la estrategia de gestión de riesgos de acuerdo con las indicaciones recibidas de la Comisión de Auditoría.

  • Los Responsables de gestión de riesgos específicos.

Sus funciones clave son la identificación y seguimiento de los riesgos que están bajo su área de responsabilidad, la supervisión de la efectividad de los controles, la supervisión de los planes de acción y la colaboración en la identificación, evaluación y actualización de los riesgos. - La Dirección de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos.

Conforme al Estatuto de la Función, aprobado por la Comisión de Auditoría, esta Dirección tiene entre sus responsabilidades la coordinación de la gestión de riesgos del Grupo. En desarrollo de esta función, la Política del SIGR le atribuye las siguientes responsabilidades básicas que desarrolla bajo la supervisión de la Comisión de Auditoría:

  • asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten al Grupo;

  • participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión;

  • verificar que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo a la Política del SIGR y el apetito al riesgo fijado en la organización;

  • la coordinación con los Comités de Riesgos y con los responsables de gestión de riesgos específicos para los procesos de medición de los riesgos, controles, planes de acción y procedimientos necesarios para mitigarlos.

Dentro de la estructura organizativa, la Dirección de Auditoría Interna y Gestión de Riesgos tiene dependencia directa de la Comisión de Auditoría, lo que le garantiza la debida autonomía e independencia en sus funciones y en el ejercicio responsable de supervisar el sistema de control y gestión de riesgos.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

El Grupo define el riesgo como cualquier evento potencial, interno o externo, que pueda afectar de forma negativa a la consecución de los objetivos de los diferentes procesos del Grupo y, por tanto, a la materialización de los objetivos estratégicos del mismo, su forma de operar o su reputación. Dada la naturaleza del sector y las zonas geográficas en las que opera, el Grupo se encuentra expuesto a diversos riesgos que podrían dificultar el logro de sus objetivos y la ejecución de sus estrategias con éxito.

En el proceso de identificación y evaluación de riesgos que afectan al Grupo, se han considerado principalmente los siguientes factores de riesgo, para los que el Grupo tiene definidas medidas y planes de respuesta y supervisión:

  • Riesgos Operacionales. Son los relacionados con potenciales pérdidas o una reducción de la actividad debido a la inadecuación y/o a fallos en las operaciones, los sistemas, los recursos o los procesos:

o Capacidad de adaptación a las caídas de volúmenes en la producción y a las previsiones de venta de vehículos: flexibilización de la producción y absorción de los costes asociados.

o Volatilidad y tensiones en el suministro de materias primas y energía.

o Desviaciones de la rentabilidad de los proyectos, tanto en el lanzamiento como en la posterior fase de producción.

o Incidencias relacionadas con calidad de nuestros productos, potenciales repercusiones en coste, responsabilidad y reputación.

o Incapacidad de repercutir al cliente el incremento de los costes de producción asociados a la volatilidad en la cadena de suministro.

o Ser causa de la interrupción de la cadena de suministro de nuestros clientes, debido a diversos factores (internos o externos), tales como:

  • problemas de suministro de nuestros proveedores, tanto en calidad como en plazo,

  • averías prolongadas de maquinaria, utillaje o instalaciones técnicas,

  • otros factores sobrevenidos (como catástrofes de tipo meteorológico, terremotos, inundaciones, pandemias, etc.).

o Seguridad de las aplicaciones y sistemas informáticos y ciberataques.

  • Riesgos Estratégicos. Son aquellos que pueden surgir como consecuencia de optar por una determinada estrategia, así como aquellos de naturaleza externa o interna, que podrían influir de manera significativa en el logro de los objetivos, en la reputación y/o en la visión del Grupo en el largo plazo.

Se incluyen en esta categoría de riesgos aquellos con origen en cambios en el entorno competitivo del Grupo y en el posicionamiento de los productos ofertados por Gestamp, en el entorno país (político, económico y social), así como todos aquellos relacionados con el Gobierno Corporativo y la ética empresarial. Destacan entre ellos:

o Inestabilidad política y económica en los diversos países en los que opera el Grupo.

o Dependencia de la cifra de negocio de factores macroeconómicos o tendencias de mercado tales como el nivel de actividad económica, nivel de créditos al consumo, ventas del sector de automoción,etc.

o Riesgos o Riesgos asociados a la sostenibilidad: ambientales, sociales y de gobierno corporativo:

Adecuada estrategia y consecución de los objetivos ESG, acorde a los estándares sectoriales e internacionales, así como a los requerimientos de clientes y de otros grupos de interés. Compromiso con los objetivos de reducción y erradicación del cambio climático y de progreso social. o Utilización de las mejores opciones tecnológicas y adaptación a las nuevas tecnologías y procesos, tanto en nuevas plantas de producción como

en la adaptación de las existentes, o Dificultad para el desarrollo y atracción del talento conforme a las necesidades futuras en un entorno de cambio tecnológico y crecimiento global.

o Ritmo de la evolución del Grupo hacia la gestión "Data Driven" a través de la Industria 4.0 y de la digitalización de los procesos de negocio. - Riesgos Reputacionales. Son aquellos relacionados con el potencial deterioro de la imagen o la pérdida de valor de la marca con impacto en la percepción de los grupos de interés relevantes o en la sociedad.

  • Riesgos de Cumplimiento. Son los relacionados con la estricta observancia de la legislación y regulación (externa e interna), incluida la fiscal, que afecten al Grupo en los distintos mercados y áreas geográficas en las que opera.

Se contemplan, entre otros, los riesgos asociados a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, el impacto de la corrupción en los distintos países en los que opera el Grupo y los comportamientos no éticos o irregulares. También se incluyen los riesgos derivados de los posibles cambios legislativos y regulatorios y de la capacidad de anticipación y habilidad de reacción del Grupo ante los mismos.

  • Riesgos Financieros. Se engloban dentro de esta categoría los riesgos de mercado financiero, así como los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance. Igualmente, aquellos relacionados con la corrección y fiabilidad en la elaboración, obtención y presentación de información financiera, tanto interna como externa, Otros riesgos principales a los que está expuesto el Grupo en este ámbito son la fluctuación: o de los tipos de cambio, derivados del desarrollo de nuestra actividad en un contexto internacional,

o de los tipos de interés, y

o del precio de las materias primas.

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

El Grupo, en el desarrollo de su visión "Ser el proveedor de automoción más reconocido por su capacidad para adaptar los negocios hacia la creación de valor para el cliente, manteniendo un desarrollo económico y social sostenible" asume un nivel prudente de riesgo, buscando un equilibrio adecuado entre creación de valor de forma recurrente y sostenible, optimizar las oportunidades y mantener niveles aceptables de riesgo.

En este sentido, el nivel de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal, se encuentra definido a nivel corporativo en la Política del SIGR, aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad, estableciéndose que todos aquellos riesgos que amenacen el logro de las estrategias y objetivos del Grupo deben situarse en un rango de riesgo aceptable bajo.

Para la actualización del Mapa de Riesgos Corporativo en el ejercicio 2024 se ha contado con la participación de los miembros del CRO y del CRE. Este proceso de actualización ha tenido como principales objetivos la identificación de posibles riesgos emergentes y la evaluación de todos los riesgos en términos de impacto, probabilidad de ocurrencia y efectividad de los controles establecidos, conforme a las escalas de valoración aprobadas anualmente a fin de adaptarse a la estrategia y a los cambios en el entorno de nuestro negocio y que, con el mismo fin, continuarán siendo revisadas al menos una vez al año. Estas escalas de valoración consideran las distintas vertientes de impacto de riesgo (financiero, estratégico, operaciones, marco regulatorio y reputación) y suponen unos niveles homogéneos que permiten la valoración uniforme de riesgos. Estas escalas son reflejo del limitado nivel de tolerancia al riesgo del Grupo.

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

En relación a las compras, desde 2021, se ha producido volatilidad y tensiones en la cadena de suministros de materias primas y energía, como consecuencia, entre otros, de dificultades globales de abastecimiento y de conflictos bélicos. En este sentido, el Grupo ha diseñado una estrategia de compra de energía a largo plazo en las diferentes geografías para asegurar un suministro de electricidad y gas estable en volumen y precio, así como lograr que el suministro eléctrico provenga de fuentes renovables.

Respecto a la materia prima, la mayor parte del acero se compra a través de los contratos "re-sale" con los clientes, por los que el fabricante de automóviles negocia de forma periódica con la siderurgia el precio al que el Grupo compra el acero que posteriormente utiliza en la producción de sus componentes de automoción. Para el resto de suministro de materia prima, Gestamp negocia con empresas siderúrgicas los precios de compra, una vez conocidos los acuerdos entre las mencionadas empresas y los principales fabricantes de los automóviles, de manera que los acuerdos alcanzados por Gestamp son al menos iguales a los cerrados entre ellos. Las ventas de vehículos de nuestros clientes en volúmenes menores a los esperados según las previsiones del año, motivado por diversos factores como la ralentización en la penetración del vehículo eléctrico y el contexto de recuperación progresiva de los niveles máximos de 2017, se han amortiguado con programas de flexibilización y eficiencia en plantas de fabricación y con estrategias diversas de contención de gasto e inversión.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

El Grupo tiene definido un SIGR, que engloba organización, procedimientos y recursos, y que le permiten identificar, medir, evaluar, priorizar, y dar respuesta a los riesgos a los que el propio Grupo está expuesto. En este sentido, se pueden distinguir dos niveles de mitigación y respuesta al riesgo: aquellos elementos o actuaciones globales que forman parte de la gestión de riesgos a nivel corporativo y aquellos otros individuales a nivel de cada riesgo concreto.

En general el SIGR, junto con las políticas y los sistemas de control y gestión de riesgos que lo desarrollan, están permitiendo actuar de forma rápida y eficaz sobre ellos y establecer, en su caso, los planes de acción adecuados.

Entre los elementos y actuaciones globales de gestión, se encuentran el Código de Conducta del Grupo, la labor realizada por el Comité de Ética, órgano dependiente del Consejo de Administración que vela por el cumplimiento del Código de Conducta, el Canal de Denuncias, junto con otros mecanismos definidos a grandes rasgos en la Política del SIGR.

Se han desarrollado diversas iniciativas con el objetivo de aumentar y agilizar la calidad de los datos operacionales a efectos de mejorar la capacidad de respuesta a los desafíos del Grupo, las necesidades de nuestros clientes y de otros grupos de interés.

A nivel de riesgo individual, el Grupo dispone de planes de respuesta, gestión y supervisión, adaptados a las particularidades de cada riesgo específico, implantados a nivel operativo, que funcionan de manera constante en el día a día, que están integrados dentro de sus sistemas y procesos, y que aseguran que las actividades operativas efectuadas sean consistentes con sus metas y sus objetivos.

En este sentido, el Grupo cuenta con diversas unidades organizativas o departamentos que realizan labores de análisis, monitorización continua y respuesta en diversos ámbitos especializados en la gestión de riesgos, como pueden ser, entre otros: Auditoría Interna y Gestión de Riesgos, Recursos Humanos, Cumplimiento Normativo, Seguros, Sostenibilidad, Calidad, Control de Operaciones, Seguridad Corporativa, Sistemas de Información, Prevención de Riesgos Laborales, Gestión de Proyectos, Comunicación, Comercial, Dirección Financiera, y Desarrollo de Equipamiento Avanzado. Estas unidades y departamentos se encuentran integrados en el SIGR del Grupo y representados en los Comités de Riesgos.

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

El Consejo de Administración tiene la responsabilidad última de la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo Sistema de Control Interno de la Información Financiera (en adelante, "SCIIF"). A estos efectos, el Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad, en su artículo 8, apartado 3.a), establece como una de las competencias indelegables de este órgano de gobierno la aprobación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control. El Grupo cuenta con una Política del SCIIF, aprobada por el Consejo de Administración el 3 de marzo 2017, y actualizada el 5 de mayo 2021, en la que se asignan las responsabilidades, directivas y líneas maestras de cada uno de los componentes del SCIIF (entorno de control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación y supervisión). En esta Política se establece que el Consejo de Administración es responsable de la existencia de un SCIIF adecuado y eficaz, desarrollando esta tarea a través de la Comisión de Auditoría, y la Alta Dirección tiene la responsabilidad del diseño, implantación y funcionamiento del SCIIF. Ambos se apoyan para el desarrollo de estas labores y cuentan con la coordinación del Secretario del Consejo.

En el ámbito de estas funciones, la Función de SCIIF fomenta la conciencia de control promoviendo la sensibilización respecto a requerimientos de control en todos los niveles organizativos, todo ello a través de una monitorización y soporte continuo en sus labores tanto de definición y mantenimiento de la documentación asociada al SCIIF, validación del diseño y efectividad de los controles, como de la puesta en marcha de los planes de acción identificados.

La supervisión del SCIIF es responsabilidad de la Comisión de Auditoría. En este sentido, el artículo 40, apartado 6.b), del Reglamento del Consejo de Administración establece como funciones de la Comisión de Auditoría, entre otras, la de supervisar y evaluar el proceso de elaboración, la integridad y presentación de la información financiera y no financiera así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y, en su caso, al Grupo (incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción) revisando el cumplimiento de los requisitos normativos y la correcta aplicación de los criterios contables así como revisar periódicamente los sistemas internos de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales. Para ello, la Comisión de Auditoría se apoya en la Dirección de Auditoría Interna que cuenta con un Estatuto que regula la misión de supervisar la eficacia del funcionamiento del sistema de control interno.

F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:

· Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

La Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Organización del Grupo y el Consejo de Administración, a través de su Presidente Ejecutivo son los responsables de la definición y la modificación de la estructura organizativa del Grupo a alto nivel, con el seguimiento de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones. Por otra parte, las diferentes unidades organizativas disponen de autonomía para desarrollar y proponer cambios en sus respectivas estructuras organizativas a partir de los criterios establecidos por los órganos mencionados anteriormente. Cualquier propuesta de cambio organizativo es comunicada a las Direcciones de Recursos Humanos y de Organización del Grupo para su validación y es registrada en el Sistema Corporativo de Recursos Humanos, en su módulo de gestión organizativa. Todo empleado del Grupo puede acceder a su estructura organizativa, es decir a su posición dentro de la organización y a su equipo, a través de la herramienta Gestamp OneTeam. Las Direcciones de Recursos Humanos y de Organización cuentan, para cada una de las funciones definidas, con una descripción de funciones a alto nivel denominadas "jobs" que incluyen a los responsables involucrados en el proceso de elaboración de la información financiera. Adicionalmente, para aquellas sociedades del Grupo que son centros productivos donde existen certificaciones de calidad, están descritos los puestos de trabajo concretos, en función de las tareas que llevan a cabo las diferentes personas que componen el equipo de cada planta. La documentación del SCIIF incluye una matriz de riesgos y controles donde se han identificado de forma individual para cada control, tanto las estructuras organizativas responsables como los propietarios de cada uno de los controles en relación con el proceso de elaboración de la información financiera. Toda esta información se mantiene actualizada en una herramienta de Gobierno Corporativo denominada Gescompliance desarrollada internamente en 2019 y actualizada en 2024 con el fin de (i) dar apoyo y agilizar las actividades de actualización, evaluación del diseño

y la efectividad de los controles y (ii) que cada uno de los propietarios y/o responsables de los controles SCIIF conozcan cuáles son sus tareas y funciones a ejecutar periódicamente respecto al SCIIF.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

El Grupo cuenta desde 2011 con un Código de Conducta en el que se definen las normas de conducta ética exigibles a todos sus empleados y que se encuentra disponible en la página web de la Sociedad.

En 2018 el Consejo de Administración aprobó la última actualización del Código de Conducta realizada hasta la fecha.

Al igual que se realizó en 2011 para su lanzamiento inicial, durante 2018 el Grupo llevó a cabo un plan de difusión del nuevo Código de Conducta entre los empleados de todas las jurisdicciones, en el que, además, se solicitó la confirmación de la recepción y de la lectura del mismo. Asimismo, como parte del plan de acogida de nuevos empleados del Grupo, se entrega una copia del Código de Conducta y se solicita la adhesión al mismo.

En cuanto a la formación, todos los empleados y miembros del Consejo de Administración del Grupo deben haber realizado, al menos una vez, el curso de presentación del Código de Conducta que se puede llevar a cabo de alguna de las siguientes formas:

  • Formación online. Cuando un nuevo trabajador entra a formar parte del Grupo de manera automática recibe en su cuenta de correo electrónico una notificación para que realice la formación del Código de Conducta (disponible en todos los idiomas del Grupo), recibiendo además la copia del Código de Conducta en formato electrónico. Este curso formativo está además permanentemente abierto, lo que permite su visualización en caso de dudas con posterioridad a la formación inicial.

  • Formación presencial. Para aquellos casos en los que el trabajador no tenga acceso a un dispositivo que le permita realizar la formación online. En el plan de acogida de las personas que realizan este tipo de formación se incorpora la misma documentación que se encuentra disponible en la formación online.

En cualquiera de los dos casos, el Grupo solicita al trabajador o miembro del Consejo de Administración el acuse de haber recibido la formación acerca del Código de Conducta; en el caso de la formación presencial, esta documentación consistirá en el acuse de recibo físico que firma el trabajador y que queda archivado por parte de las plantas; y en el caso de la formación online, el propio sistema solicita confirmación al usuario de que ha realizado el curso del Código de Conducta.

Adicionalmente, durante el año 2023 todos los empleados del Grupo han recibido una formación sobre Igualdad y sobre el Protocolo de Prevención del Acoso Sexual.

En relación con la información financiera, el Código incluye un apartado sobre la "Integridad ante nuestros accionistas y socios comerciales", en el que se señala que actuar con responsabilidad y transparencia va de la mano con la protección del valor; cada empleado crea valor para los accionistas al colocar los intereses de la empresa en primer lugar, al llevar los registros comerciales precisos y al proteger de forma debida los recursos de la empresa, su información y sus bienes. Más específicamente, este apartado incluye una Norma correspondiente a la "Veracidad de la información" que indica explícitamente que la recopilación y presentación honesta, precisa y objetiva de la información, tanto financiera como de cualquier otra índole, es vital para el Grupo. Por todo ello, un empleado del Grupo:

  • No debe falsear ningún tipo de información, ni financiera ni de cualquier otra índole.

  • Nunca debe introducir de forma deliberada datos falsos o que puedan inducir a engaño en ningún informe, registro, archivo o reclamación de gastos.

  • No debe adquirir obligaciones contractuales en nombre de la Sociedad que superen la autoridad que le haya sido conferida.

  • Debe cooperar plenamente con los auditores, garantizando la precisión de la información ofrecida.

El órgano encargado de analizar los incumplimientos del Código de Conducta, del estudio último de las denuncias y de proponer acciones correctoras y sanciones es el Comité de Ética, cuyo funcionamiento y regulación están contenidos en la Política de Cumplimiento. Dicho Comité lo componen miembros de la Alta Dirección y un asesor externo y reporta directamente al Consejo de Administración a través de la Comisión de Auditoría.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

El Grupo cuenta desde 2011 con un canal de denuncias dirigido a la recepción de notificaciones y/o denuncias relacionadas con conductas o actividades irregulares derivadas de cualquier incumplimiento de los principios y normas éticas del Código de Conducta de naturaleza financiera y contable y cualesquiera otras actividades irregulares que se pudieran dar dentro del Grupo. Este canal cuenta con las siguientes vías de comunicación en las que se garantiza la confidencialidad del proceso y los derechos de las personas que comunican de buena fe y de las personas denunciadas.

  • Buzón de la Compliance Office. Dirección de correo electrónico corporativo gestionada directamente por la Compliance Office.

  • SpeakUp line. Canal de denuncias gestionado por una empresa externa. La comunicación puede realizarse vía telefónica, formulario web o correo electrónico. Está disponible en todo momento en la totalidad de los idiomas del Grupo. Las comunicaciones se gestionan a través de la Compliance Office.

  • Responsables de Recursos Humanos (Delegados). Existe la posibilidad de denunciar a través de los Delegados, quienes reportan las denuncias presentadas a la Compliance Office.

Tanto el Buzón de la Compliance Office como la SpeakUp line están disponibles tanto en la intranet como en la página web del Grupo. Todas las denuncias son evaluadas por la Compliance Office que depende directamente del Comité de Ética, recabando la información que se considere necesaria para determinar la conveniencia de un proceso de investigación. Si la información y los indicios obtenidos sugieren la posible existencia

de una irregularidad, independientemente de que se hayan recibido a través del Canal de Denuncias o por cualquier otro medio, se procede a la investigación de lo sucedido y, en su caso, a adoptar las medidas necesarias.

La Comisión de Auditoría recibe un reporte periódico de las denuncias presentadas a través del Canal de Denuncias, las investigaciones llevadas a cabo y, en su caso, las medidas adoptadas.

En 2024 se han recibido 190 comunicaciones a través de los diferentes canales puestos a disposición: 15 denuncias han sido recibidas a través de los Delegados, 48 directamente a través del Buzón de la Compliance Office y 128 a través de la SpeakUp Line.

De las 190 comunicaciones recibidas, 2 fueron dudas sobre el contenido del Código de Conducta que fueron solucionadas, 1a felicitación por haber mejorado las condiciones a raíz de una denuncia resuelta y las restantes 187 comunicaciones fueron denuncias relativas a posibles incumplimientos del Código de Conducta. De estas últimas se desestimaron 10 denuncias por considerarse que los hechos denunciados no constituían incumplimientos del Código de Conducta o irregularidades. Ninguna de las denuncias presentadas tiene relación con la fiabilidad de la información financiera y, por lo tanto, en esta materia no ha sido necesario llevar a cabo ninguna investigación ni adopción de medidas correctoras.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

Gestamp cuenta con una política global de formación y desarrollo que garantiza un proceso sólido y eficaz de adquisición y transferencia del conocimiento a nivel global y responde a las necesidades del negocio de hoy y de mañana. La formación es un elemento esencial para la adaptación de los nuevos profesionales a Gestamp y el correcto desempeño del puesto de trabajo, así como para mantener a los trabajadores del Grupo actualizados en cuanto a los cambios que se puedan producir tanto en el propio Grupo como en el entorno y ámbito donde desarrolla su actividad.

Consecuencia del compromiso con la formación y, en particular, en materia económico-financiera, durante 2024, Gestamp ha impartido las siguientes horas de formación:

• A través de su campus virtual – Gestamp Global Learning (Universidad Corporativa de Gestamp), se han impartido un total de 594 horas de formación en materia económico-financiera a 109 participantes.

• Por otro lado, por parte de las plantas se han impartido un total de 6.391 horas en materia económico-financiera.

Dentro de la oferta formativa, además de acciones de formación técnicas y dirigidas a negocio, se encuentran también programas específicos de formación y actualización sobre las novedades regulatorias en materia de preparación y supervisión de la información financiera, así como en SCIIF.

Cada año, el departamento corporativo de Formación y Desarrollo elabora un plan de formación en colaboración con cada una de las áreas, en el que se recogen las distintas acciones de formación dirigidas tanto a los miembros de las áreas integradas en la Dirección Financiera del Grupo, como a los responsables y equipos de las áreas financieras en cada uno de los países y unidades organizativas del Grupo.

La oferta de la Universidad Corporativa a los empleados del Grupo se canaliza a través de su campus virtual (Gestamp Global Learning). Por esta vía se han formado 107 alumnos, sumando un total de 494 horas. Además, se ha contado con algún proveedor externo para impartir formación en Análisis de Riesgos Financieros a 2 empleados, añadiendo 100 horas formativas más.

Los contenidos en los que prioritariamente se ha formado al personal de Gestamp a lo largo de este año han sido finanzas, valoración de proyectos de inversión, contabilidad de gestión y financiera, análisis de estados financieros, así como en la herramienta de control interno GesCompliance, con una duración media de 4,6 horas por cada acción formativa.

Adicionalmente, dentro del Plan Anual de Formación de los miembros del Consejo de Administración, se les ha ofrecido formación sobre normativa de Taxonomía de la Unión Europea.

Por último, el personal involucrado en la evaluación del SCIIF se mantiene actualizado respecto a las novedades relativas a la Gestión de Riesgos y al Control Interno, especialmente de la información financiera, a la formación sobre el uso de la herramienta Gescompliance y la importancia del SCIIF para el Grupo, y se llevan a cabo las evaluaciones de efectividad y diseño de sus controles. En relación a esta formación, la Función de SCIIF ha impartido adicionalmente en torno a 200 horas de formación a más de 500 usuarios de la misma.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

El Grupo basa su proceso de identificación de riesgos de error o fraude de la información financiera en COSO ("Committee of Sponsoring Organizations for the Commission of the Treadway Commission"), desarrollando prácticas tendentes a diseñar y mantener un sistema de control interno que permita proporcionar seguridad razonable respecto a la fiabilidad de la información financiera regulada. Tal y como se ha referido en el apartado F.1.1, el Grupo dispone de una Política del SCIIF, que contempla, entre otros, la descripción, objetivos, roles y responsabilidades del SCIIF, la metodología para el desarrollo del sistema de control interno de la información financiera, así como el proceso para identificar los riesgos de error o fraude en la información financiera. En base a esta metodología se define la matriz de alcance del SCIIF. Esta matriz de alcance del SCIIF, que se actualiza anualmente, con posterioridad a la formulación de las cuentas anuales consolidadas, tiene por objeto identificar las cuentas y desgloses que tienen riesgos significativos asociados y cuyo impacto potencial en la información financiera pudiera ser material. Asimismo, determina los procesos a revisar en cuanto a su diseño y efectividad en cada uno de los países del Grupo.

Durante el ejercicio 2024, el Grupo ha llevado a cabo la actualización de la identificación de los riesgos de la información financiera mediante el análisis de la información contenida en las cuentas anuales consolidadas y auditadas del Grupo a 31 de diciembre de 2023, seleccionando las cuentas contables más relevantes y los desgloses significativos en base a criterios cuantitativos (materialidad) y cualitativos (valoración del nivel de riesgo de cada proceso, opinión del auditor externo, fortaleza de los sistemas, antigüedad de la sociedad en el Grupo, etc.). La matriz de alcance del SCIIF de 2024 fue aprobada por la Comisión de Auditoría el 7 de mayo de 2024.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

Para cada una de las cuentas y desgloses significativos, se definen los procesos y subprocesos críticos asociados a los mismos, y se identifican los riesgos que pudieran generar errores y/o fraude en la información financiera cubriendo la totalidad de los objetivos de la información financiera (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación y desglose; y derechos y obligaciones).

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

En relación con el perímetro de consolidación, el Presidente Ejecutivo, el Director de Asesoría Jurídica del Grupo, el Director de Asesoría Fiscal y la Dirección Financiera del Grupo se reúnen constituyendo el Comité Financiero y Fiscal donde, entre otros temas, tratan los impactos de compras o disposiciones de sociedades participadas directa o indirectamente por la Sociedad y de los cambios en dichas participaciones. De la misma manera, el Comité identifica la necesidad de realizar determinadas operaciones societarias tales como constitución, fusión, escisión o liquidación de sociedades que formen parte del Grupo.

Las conclusiones aprobadas por el Comité Financiero y Fiscal en materia de adquisición o disposición de sociedades o de consecución de operaciones societarias son inicialmente recogidas por la Dirección de Asesoría Jurídica del Grupo, quien se encarga de la elaboración de la documentación legal necesaria. Asimismo, el departamento de Asesoría Jurídica del Grupo Gestamp valida, registra, y en caso de ser títulos físicos, custodia, los títulos representativos de las participaciones en el capital de las sociedades en las que participa el Grupo Gestamp y, en particular, en las que conforman su perímetro de consolidación. Adicionalmente, el departamento de Asesoría Jurídica informa al Equipo de Consolidación de cualquier adquisición o disposición de sociedades o de una participación en las mismas o de cualquier operación societaria que pueda afectar al perímetro de consolidación, como tarde, en la fecha en la que la operación en cuestión sea efectiva.

En base a la información recibida del Comité Financiero y Fiscal y del Departamento de Asesoría Jurídica, la Función Responsable de la Consolidación del Grupo actualiza el perímetro de consolidación en la aplicación de consolidación que utiliza la Sociedad. Además, trimestralmente, cotejan dicha información con la contenida en el paquete de reporte de consolidación que cada una de las sociedades del Grupo envía para realizar la consolidación trimestral.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

Tal y como se ha referido en el apartado E.1., el Grupo cuenta con una Política del SIGR cuyo objeto consiste en establecer los principios básicos, directrices y el marco general de actuación para asegurar que los riesgos que pudieran afectar a la consecución de las estrategias y objetivos del Grupo son identificados, analizados, evaluados, gestionados y controlados de forma sistemática, con criterios homogéneos y dentro de los niveles de riesgo aceptados por el propio Grupo.

La Política del SIGR se inspira en los siguientes marcos de referencia:

  • El modelo COSO ERM, marco de referencia de gestión de riesgos generalmente aceptado en el mercado.

  • Las buenas prácticas que se mencionan en el Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas y la Guía Técnica 3/2017 sobre Comisiones de Auditoría de Entidades de Interés Público de la CNMV.

La mencionada Política, en la que se consideran los riesgos financieros y no financieros clasificados en cinco categorías de riesgo (estratégicos, operacionales, reporte, cumplimiento y financieros), es de aplicación en todas las sociedades del Grupo. Dentro de los riesgos de reporte se contemplan aquellos relacionados con la fiabilidad en la elaboración, obtención y presentación de información financiera y no financiera, tanto interna como externa, relevante para el Grupo.

Estos riesgos están relacionados con todas aquellas actividades, procesos, proyectos y líneas de negocio del Grupo en todas las áreas geográficas en las que opera, contemplando, entre otros, las tipologías de riesgos operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, medioambientales, sociales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción, incluyendo, también entre los financieros los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.

Tras la actualización del mapa de riesgos, que se realiza de forma anual, se verifica que aquellos riesgos que podrían tener impacto en los procesos de elaboración de la información financiera o en la fiabilidad de la misma están contemplados en el modelo del SCIIF, con el fin de analizar la necesidad de incluir procesos o controles adicionales en dicho modelo y/o en la matriz de alcance para el ejercicio siguiente.

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

La supervisión de la eficacia del SCIIF y del SIGR es responsabilidad de la Comisión de Auditoría a través de la Dirección de Auditoría Interna, según lo establecido en el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad.

Tal y como se indica en apartados anteriores, la Comisión de Auditoría aprobó la matriz de alcance del SCIIF el 7 de mayo de 2024 como forma de supervisión de este proceso de evaluación de riesgos y determinando que el proceso de identificación, evaluación y seguimiento de los riesgos del Grupo y, en concreto, las medidas destinadas a la identificación de riesgos materiales en relación a la información financiera, es apropiado y suficiente.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

El Grupo realiza revisiones periódicas de la información financiera elaborada, así como de la descripción del SCIIF, conforme a distintos niveles de responsabilidad, que tienen como objetivo asegurar la calidad de la información.

El departamento de Contabilidad y Consolidación del Grupo elabora trimestralmente unos estados financieros consolidados (cuentas consolidadas y memoria de estados financieros intermedios) para su revisión por parte del Presidente Ejecutivo, que procede a la autorización de los mismos. El procedimiento de revisión y autorización trimestral, así como la formulación anual, culmina con su presentación en la Comisión de Auditoría por la Dirección Financiera y, en última instancia, la aprobación por el Consejo de Administración.

Durante el ejercicio 2024 y conforme a la matriz de alcance del SCIIF, la Función de SCIIF ha continuado con la actualización y definición de la matriz de riesgos y controles que incluye los procesos de negocio identificados como claves y materiales para la elaboración de la información financiera en todos los países en los que opera el Grupo, el diseño e implantación de la matriz de controles en las plantas incluidas en la matriz de alcance que se encontraban pendientes de implantar, así como con la evaluación trimestral de todos los controles que afectan al cierre trimestral contable y evaluación anual de los controles no relacionados con los cierres contables intermedios. . En dichas matrices están identificados los controles que mitigan los riesgos de error o fraude en la información financiera y que afectan a dichos procesos. En concreto, los procesos clave del Grupo para los cuales hay definidas matrices de riesgos y controles SCIIF son los siguientes:

  • Activos Fijos.
  • Cierre Contable, Reporte, Impuestos y Pasivos Contingentes.
  • Consolidación y reporte a la CNMV.
  • Controles a nivel de entidad.
  • Expedición y facturación.
  • Flujo de Compras.
  • Inventario.
  • Recursos Humanos.
  • Residuos y chatarra. - Tesorería.

Estos procesos/subprocesos cubren los distintos tipos de transacciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros (compras, ventas, gastos de personal, existencias, inmovilizado, gestión de cobros y pagos, etcétera), incluidos específicamente el de cierre contable, reporte y consolidación, así como todos aquellos afectados por juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes.

La documentación de cada uno de los procesos se compone de:

  • Descriptivos de cada uno de los subprocesos asociados a cada proceso.
  • Detalle de los sistemas de información que afectan a los subprocesos.
  • Detalle de las estructuras organizativas.
  • Descripción de los riesgos significativos de la información financiera (incluyendo los relativos a riesgo de fraude), así como otros (operacionales y/o de cumplimiento) asociados a los diferentes subprocesos y objetivos de control.
  • Descripción detallada de los controles claves y no claves que mitigan cada uno de los riesgos identificados.

  • Resultado de la evaluación del diseño de control interno realizado por la Función de SCIIF, identificando las oportunidades de mejora y definiendo los planes de acción, responsables y fecha límite de implantación de los mismos.

Para cada uno de los controles se han identificado:

  • Estructuras organizativas y/o funciones de puestos responsables de cada uno de los controles claves y no claves identificados, así como la identificación de otros departamentos afectados, en su caso.

  • Propietario responsable de cada control.

  • Frecuencia de los controles.

  • Nivel de automatización de los controles.

  • Tipo de control: preventivo o detectivo.

  • Riesgos que mitiga.

  • Asociación a los objetivos de la información financiera y a la prevención/detección del fraude.

  • Sistemas de información implicados en el control.

  • Evidencias soporte de los controles.

El Grupo ha puesto en marcha un proceso continuo de actualización del sistema de control interno, que garantice la calidad y fiabilidad de la información financiera, no limitándose únicamente a los cierres anuales o semestrales. La coordinación de la actualización de los procesos y actividades recae en la Dirección de Auditoría Interna del Grupo con el apoyo de todos los niveles del Grupo: Plantas, Divisiones y las Direcciones de Corporativo.

Para ello, entre otras medidas, como ya se ha comentado en el apartado F.1.2, en el año 2019, el Grupo puso en funcionamiento, en todas las plantas y países del Grupo en los que las matrices de riesgos y controles ya han sido definidas, una herramienta específica desarrollada internamente, Gescompliance, que permite realizar un proceso continuo de actualización, evaluación y supervisión del correcto funcionamiento del SCIIF, asegurando su fiabilidad razonable bajo un único entorno centralizado. Esta herramienta contribuye a reforzar el entorno de control en todos los niveles organizativos, facilitando el proceso de evaluación de la efectividad y diseño de los controles, así como el seguimiento de los planes de acción.

Así, durante el año 2024, se ha llevado a cabo el proceso de evaluación de los controles claves por parte de los propietarios y supervisores de los mismos en todas las sociedades y países incluidos en la matriz de alcance del SCIIF de 2024. De forma previa a la evaluación de los controles, se lleva a cabo una formación a los usuarios de la herramienta, propietarios de los controles e involucrados en la evaluación de controles SCIIF, con el objetivo de poder asegurar la correcta realización de los controles y de su adecuado registro la herramienta.

Respecto a los juicios, estimaciones y proyecciones relevantes, son la Dirección Económica Financiera del Grupo y las Direcciones Económico Financieras locales y de Controlling de Divisiones las que fijan las hipótesis y realizan los cálculos. Para ello, utilizan información, como los presupuestos para los próximos ejercicios y los planes estratégicos, que las distintas sociedades del Grupo reportan a través de una plataforma común que comparten y es gestionada por la Dirección de Controlling del Grupo. En ciertos casos (como las valoraciones de activos fijos y cálculos de estudios actuariales) también se utiliza la información facilitada por parte de especialistas externos al Grupo. Los juicios, estimados y proyecciones más relevantes son validados de forma previa al proceso de aprobación de las cuentas anuales consolidadas.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

El Grupo cuenta con políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información que soportan los procesos relevantes, incluido el proceso de elaboración y revisión de la información financiera.

En el proceso de identificación de riesgos tecnológicos que puedan afectar a la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información financiera, el Grupo identifica qué sistemas y aplicaciones son relevantes en cada una de las áreas o procesos considerados significativos. Los sistemas y aplicaciones identificados incluyen tanto aquellos directamente utilizados en la preparación de la información financiera, como aquellos que son relevantes para la eficacia de los controles que mitigan el riesgo de que se produzcan errores en la misma.

Teniendo en cuenta esta información, el Plan de Continuidad de Negocio de Sistemas de Información se revisa anualmente. Este Plan establece los planes de acción para mitigar los riesgos derivados de la dependencia de los sistemas de información que podrían afectar al cumplimiento de los objetivos del negocio.

Con carácter general, existen los siguientes controles para dotar al Grupo de una seguridad razonable sobre el control interno de sistemas de información:

? El Grupo cuenta con una Política General de Seguridad de la Información del Grupo Gestamp aprobada por el Consejo de Administración el 27 de febrero de 2023, cuyo objetivo es proporcionar un marco regulatorio aplicable al Grupo, para la implementación de medidas de seguridad que garanticen la confidencialidad, integridad y disponibilidad de aquella información propia y de terceros que se encuentre a disposición de Gestamp.

  • El Grupo cuenta con el mapa de las aplicaciones más relevantes, incluidas entre las mismas aquellas cuyo objetivo es el tratamiento de la información financiera.

  • El acceso a los sistemas de información se encuentra restringido únicamente al personal autorizado a través de mecanismos de autenticación robustos. Asimismo, el acceso a la información se limita en función de los roles asignados a cada uno de los usuarios. Respecto a esto, la gestión de identidades determina la accesibilidad a los sistemas. Está en proceso de despliegue una funcionalidad que permite, mediante un flujo de aprobación automático, que los responsables de cada uno de dichos sistemas reciban las peticiones de acceso y, a su vez, deban proceder a su revisión y aprobación.

  • Las acciones ejecutadas por los usuarios son registradas y monitorizadas por personas autorizadas conforme a los procedimientos de explotación.

  • Se realizan procesos de revisión periódica de los usuarios con acceso a datos, así como revisión de usuarios privilegiados.

  • Se dispone de sistemas alternativos de comunicaciones que garanticen la continuidad de las operaciones.
  • Se realizan copias de seguridad de la información de forma periódica almacenándose en ubicaciones seguras, y se realizan pruebas de restauración de las mismas.

  • El sistema de gestión de incidencias está orientado a resolver cualquier tipo de problema que pudiera surgir en los procesos de negocio.

  • Se dispone de una metodología de desarrollo de software y de entornos diferenciados con el fin de garantizar que los cambios en los sistemas de información son adecuadamente autorizados y probados.

  • Los procesos de negocio críticos disponen de diferentes soluciones organizativas y tecnológicas que garantizan la continuidad de los sistemas de información. Anualmente se realiza una prueba del plan de recuperación de los sistemas financieros, identificando los aspectos de mejora que son incorporados en las actualizaciones que se realizan del plan.

  • Por último, se realizan auditorias de código para asegurar el rendimiento y la correcta operación de los sistemas.

Los controles sobre las tecnologías de la información implantados en el ámbito de los sistemas financieros se encuentran registrados de manera exhaustiva a través de la herramienta GesCompliance y son validados de forma anual para garantizar su efectividad. Las incidencias identificadas se evalúan y se adoptan las medidas oportunas para conseguir subsanarlas en tiempo y forma establecidos.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

El Grupo no suele tener actividades subcontratadas con terceros que puedan afectar de forma material a los estados financieros. En cualquier caso, cuando el Grupo subcontrata con terceros determinados trabajos, se asegura de la capacitación técnica, independencia, competencia y solvencia del subcontratado.

En el ejercicio 2024 las únicas actividades relevantes subcontratadas a terceros con repercusión en los estados financieros ha sido la utilización de expertos independientes como apoyo en las valoraciones de activos fijos, de cálculos actuariales, así como la estimación de impacto por la nueva normativa Pilar 2, si bien ninguna de ellas ha tenido un efecto material en la información financiera. Estas actividades han sido realizadas por firmas de reconocido prestigio y han sido validadas por personal del Grupo con la competencia necesaria y supervisado por la Dirección, que ha comprobado las hipótesis fundamentales utilizadas por los asesores externos, así como la razonabilidad de las conclusiones.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

Dentro de la Dirección Económica Financiera del Grupo existe una Función Responsable de la Consolidación (en adelante, "Equipo de Consolidación"). Entre las funciones asignadas a dicho equipo, establecidas específicamente en el Manual de Criterios y Políticas Contables del Grupo, se contempla la actualización del mismo con una frecuencia mínima anual.

Este Manual recoge las principales políticas de aplicación a las operaciones del Grupo, así como los criterios que deben seguir los responsables del registro de la información financiera, ejemplos de su aplicación y el plan de cuentas para consolidación. La fecha de la última actualización se ha realizado en noviembre de 2024.

Adicionalmente, en la Dirección Económica Financiera existe otra Función Responsable del Diseño y de Definición de los Procesos Financieros a aplicar en aquellas sociedades que tienen implantado el ERP Corporativo. Esta Función es la responsable de plasmar en este sistema las políticas contables establecidas en el Manual de Criterios y Políticas Contables del Grupo.

En caso de que los responsables del registro de la información financiera del Grupo tuvieran dudas sobre cómo proceder en la contabilización diaria de las operaciones, la Función Responsable del Diseño y Definición de los Procesos Financieros tiene entre sus responsabilidades la resolución de las dudas sobre dichos procesos, mientras que las dudas sobre las políticas contables son resueltas por el Equipo de Consolidación, tal y como indica el Manual. Esta centralización de las resoluciones de dudas permite una mayor homogeneidad de criterios.

La información necesaria para actualizar el Manual de Criterios y Políticas Contables es recibida por el Equipo de Consolidación a través de diferentes vías: comunicaciones del ICAC (para modificaciones en el Plan General Contable, las NIIF o las NIC), revisión de alertas de información enviadas por parte del auditor externo, actualizaciones en materia fiscal que recibe por parte del asesor fiscal o participación en jornadas de formación impartidas por empresas de reconocido prestigio.

Con el fin de mantener informados a todos los responsables del registro de información financiera del Grupo de las posibles modificaciones surgidas en el Manual de Criterios y Políticas Contables, el Equipo de Consolidación les –informa puntualmente de cualquier norma nueva que deban aplicar y además les envía anualmente dicho Manual junto con el paquete de reporte de consolidación de cierre.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

Todas las sociedades del Grupo reportan la información financiera en un paquete de reporte de consolidación de formato homogéneo definido por el Equipo de Consolidación. En este paquete se incluye la estructura de información necesaria para proceder a su agregación. El Equipo de Consolidación dispone de un maestro en el que cada cuenta del plan de cuentas de consolidación local es asociada a las cuentas del ERP Corporativo. Esta asociación es parametrizada en la aplicación de consolidación del Grupo por la Función Responsable del Diseño y Definición de los Procesos Financieros de la Dirección Económica Financiera del Grupo.

Una vez que el Equipo de Consolidación ha recibido la información de las distintas sociedades, verifica que ésta coincide con el plan de cuentas definido para el Grupo y con el Manual de Criterios y Políticas Contables del Grupo y procede a cargar esta información en la aplicación de consolidación del Grupo.

En el caso de la información propia de los desgloses de la memoria, para la elaboración de las Cuentas Anuales consolidadas, el Equipo de Consolidación utiliza como fuente la información reportada por las diferentes sociedades en los paquetes de reporte. En base a estos datos y la información de todo el Grupo, consolida y elabora las cuentas intermedias y anuales consolidadas (estados financieros y notas) y crea las notas de la memoria. El Equipo de Consolidación supervisa que la información de la aplicación de consolidación coincide con el detalle de la información extraída para elaborar los desgloses, así como que la información del detalle de las notas coincide con el detalle de la información extraída con la que se elabora la memoria.

Por último, la captura y preparación de la información que se detalla sobre el SCIIF se centraliza en la Función de SCIIF en coordinación con las Direcciones involucradas. Esta descripción es validada formalmente por estas Direcciones. Este proceso culmina con la aprobación del Informe Anual de Gobierno Corporativo en su conjunto por el Consejo de Administración.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

Según se indica en el apartado F.1.1, la Comisión de Auditoría tiene la responsabilidad de supervisar y revisar periódicamente los sistemas de control interno y supervisar y evaluar el proceso de elaboración de la información financiera y no financiera, apoyándose para ello en la Dirección de Auditoría Interna, que depende directamente de la Comisión de Auditoría y, asimismo, reporta al Secretario del Consejo.

La Dirección de Auditoría Interna tiene entre sus funciones el apoyo a la Comisión de Auditoría en la supervisión del correcto funcionamiento del SCIIF, reportando las conclusiones obtenidas de sus revisiones en las comparecencias periódicas de la Dirección de Auditoría Interna en las reuniones de la Comisión de Auditoría celebradas durante el ejercicio. Dichas conclusiones incluyen las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en el desarrollo de las auditorías, las debilidades detectadas, las recomendaciones y los planes de acción definidos y acordados con las distintas áreas, para solventarlas, así como, el seguimiento de su implantación con el objetivo de asegurar que las debilidades han sido resueltas. A final de cada ejercicio, la Dirección de Auditoría Interna presenta a la Comisión de Auditoría un informe de las actividades desarrolladas durante el ejercicio.

La Dirección de Auditoría Interna es responsable de elaborar anualmente y ejecutar el Plan de Auditoría Interna. Este Plan es presentado para su aprobación por la Comisión de Auditoría, que se asegura de que la actividad de Auditoría Interna esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes, tal y como regula el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración. Así, el Plan de Auditoría Interna para el período de 9 meses desde 1 de abril a 31 de diciembre de 2024 fue aprobado el 23 de febrero de 2024 por la Comisión de Auditoría.

La Comisión de Auditoría aprobó la matriz de alcance del SCIIF definida por la Función del SCIIF, conforme a lo indicado en el apartado F.2.1. el 7 de mayo de 2024 y ha supervisado el grado de avance de los trabajos realizados en relación al SCIIF (que incluyen la actualización de la documentación, las evaluaciones sobre la efectividad y diseño de los controles claves e implantación de los planes de acción identificados) mediante informes que le han sido presentados por la Dirección de Auditoría Interna en las reuniones del 23 de febrero, 7 de mayo, 23 de julio, 5 de noviembre y 17 de diciembre de 2024.

Durante el ejercicio 2024, de conformidad con el Plan de Auditoría y la matriz de alcance del SCIIF, se han realizado auditorías a nivel global de los procesos claves en relación con la fiabilidad de la información financiera que se consideraron más prioritarios teniendo en cuenta los riesgos existentes, así como auditorías específicas operativas, estratégicas y de cumplimiento, incluyendo las siguientes actividades:

• Auditorías internas de procesos (incluyendo procesos financieros) tanto de carácter transversal como en plantas incluidas en la Matriz de alcance,

  • Investigaciones y revisiones de prevención sobre controles específicos sobre el fraude.
  • Revisiones de ciberseguridad y otros procesos de tecnologías de la información (IT) y de tecnologías de la operación (OT).
  • Auditoría Continua: Definición y revisión periódica de las alertas diseñadas específicamente sobre magnitudes del Grupo.
  • Auditoría de procesos clave relacionados con las iniciativas de transformación estratégica.

La cobertura de estas auditorías incluye todas las geografías donde opera el Grupo, esto es, Europa, Norteamérica, Asia y Latinoamérica. En las auditorías se han definido planes de acción destinados a reforzar el sistema de control interno. El resultado de las auditorías ha sido reportado periódicamente a la Comisión de Auditoría.

En consecuencia, la Comisión de Auditoría, de acuerdo con las funciones que le son propias, incluye en su memoria de actividades las tareas que ha realizado en su papel de supervisor del Sistema de Control Interno durante 2024. Entre otros aspectos, la memoria de actividades del ejercicio 2024 recoge las funciones a las que hace referencia el apartado C.2.1. del presente informe.

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

El artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración regula las funciones de la Comisión de Auditoría de velar por la independencia y eficacia de la Función de Auditoría Interna, de recibir información periódica sobre las actividades de la Función de Auditoría Interna; de verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes; así como de discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrán presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración junto con el correspondiente plazo para su seguimiento.

De acuerdo al procedimiento definido al efecto, las debilidades significativas de control interno que hayan sido detectadas por los auditores de cuentas anuales durante el desarrollo de su trabajo, se comunican formalmente y por escrito, a la Dirección, que define, en su caso, los planes de acción que se pondrán en marcha para mitigar las debilidades de control interno detectadas, presentándose posteriormente a la Comisión de Auditoría.

Durante el ejercicio 2024, se han llevado a cabo 11 reuniones de la Comisión de Auditoría.

Los auditores externos han asistido a 5 reuniones de la Comisión de Auditoría para, entre otros asuntos, comunicar el estado provisional del trabajo de auditoría de las cuentas anuales del Grupo y los principales hechos detectados, incluyendo áreas de mejora detectadas en control interno, que sin ser deficiencias significativas, han considerado que pudieran ser de utilidad. La Dirección de Auditoría Interna ha asistido a todas las reuniones de la Comisión de Auditoría, presentando sus informes en 5 de ellas, entre otras cuestiones, el grado de avance de los trabajos realizados en relación al SCIIF, así como las debilidades de control interno identificadas en el transcurso de los mismos y en el resto de auditorías efectuadas durante el ejercicio y sus planes de acción correctores.

F.6. Otra información relevante.

No existe otra información relevante a destacar respecto al SCIIF implantado en el Grupo que no haya sido ya desglosada en los apartados anteriores de este Apartado F.

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

La Función de SCIIF realiza un seguimiento continuo del SCIIF, validando su diseño y la efectividad de sus controles. Asimismo, la Dirección de Auditoría Interna, con la supervisión de la Comisión de Auditoría Interna, lleva a cabo revisiones del SCIIF, revisando el cumplimiento de sus requisitos y procedimientos. Estas labores se complementan con las aportaciones del auditor externo respecto a la identificación, en su caso, de las debilidades de control interno en el transcurso de sus trabajos de auditoría externa. Estas actividades de supervisión se valoran adecuadas y suficientes por lo que no se ha considerado necesario en 2024 someter a revisión externa adicional la información del SCIIF.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada el 9 de mayo de 2024 fue transmitida en directo en la página web de Gestamp. En relación con la delegación del voto o el ejercicio del mismo a través de medios telemáticos, la Sociedad no consideró necesario el

establecimiento de estos mecanismos. De cara a la preparación y organización de futuras reuniones de la Junta General de Accionistas, se analizará de nuevo la posibilidad de establecer mecanismos telemáticos de delegación y voto.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

Los Consejeros Dominicales (3) e Independientes (7) constituyen una amplia mayoría del Consejo de Administración de Gestamp siendo el número de Consejeros Ejecutivos (1), el mínimo imprescindible (un 8,33%), y los Consejeros Independientes un 58,33% (siendo por tanto mayoría por sí mismos), los Consejeros Dominicales un 25%, y los Otros Externos un 8,33%. No obstante, el número de Consejeras aun no representa el 40% del Consejo de Administración que establece la presente Recomendación sino el 33,33%. Sin perjuicio de ello, desde el ejercicio 2019, tres de las cuatro vacantes surgidas en el seno del Consejo de Administración de la Sociedad han sido cubiertas por mujeres. Este hecho resulta de la aplicación de la Política de Selección y Diversidad del Consejo de Administración, que, en aras de alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, establece el deber del Consejo de Administración de

velar por que las medidas de diversidad de la Sociedad fomenten que la misma cuente con un número significativo de altas directivas y de la medida adoptada bajo el Plan de Acción resultante de la evaluación anual del Consejo de Administración, consistente en continuar fomentando la diversidad en el Consejo de Administración y, con ello, el nombramiento de consejeras. Además, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad acordó con fecha 9 de mayo de 2024 la reelección de Dña. Concepción Rivero Bermejo como miembro del Consejo de Administración con la categoría de consejera independiente.

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [    ]
  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
    2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
    3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
    4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
    5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
    6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Aunque el artículo 41 del Reglamento del Consejo de Administración no contempla expresamente las funciones d) y e) de la presente Recomendación:

  • Respecto de la letra d) de la presente Recomendación, la Sociedad declara que los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones velan por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la Comisión. Durante el ejercicio 2024, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones no ha recibido asesoramiento externo.

  • Respecto de la letra e) de la presente Recomendación, la Sociedad declara que la Comisión de Nombramientos y Retribuciones verifica la información sobre remuneraciones de los Consejeros y Altos Directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluidos la Política de Remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración y el Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros, de lo que se da cuenta, cada año, en la correspondiente Memoria de Actividades de esta Comisión puesta a disposición en la página web de la Sociedad.

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

El contrato mercantil del Consejero Ejecutivo, D. Francisco José Riberas, contiene una cláusula de diferimiento del pago de su retribución variable anual, por la cual ésta no será satisfecha hasta que las cuentas anuales consolidadas del Grupo Gestamp sean aprobadas por la Junta General de Accionistas.

En este sentido, la Sociedad considera suficiente el periodo de diferimiento existente entre el devengo de la remuneración, esto es el cierre del ejercicio de referencia, y la aprobación de las cuentas anuales consolidadas del Grupo Gestamp por parte de la Junta General de Accionistas de la Sociedad (normalmente celebrada en el mes de mayo de cada año, habiéndose celebrado en el ejercicio de referencia con fecha 9 de mayo de 2024), una vez las mismas han sido auditadas por el auditor externo (normalmente en el mes de febrero de cada año una vez formuladas por el Consejo de Administración) y publicadas en la página web de Gestamp y de la CNMV.

60. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

61. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.

No aplicable [ ] Explique [ X ] Cumple parcialmente [ ] Cumple [ ]
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La Sociedad ha aprobado un Plan de Incentivos Largo plazo (ILP) para determinados directivos del Grupo cuya liquidación se realiza mediante la entrega de acciones de la Sociedad con el objetivo de alinear los intereses de los directivos con el interés social sostenible a largo plazo. No obstante, la Sociedad no contempla actualmente que el Consejero Ejecutivo D. Francisco José Riberas sea beneficiario de este ILP.

Tal y como establece el principio 25 del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas, el objetivo principal de la remuneración vinculada a la entrega de acciones o instrumentos financieros referenciados a su valor es el de "alinear los intereses de los consejeros ejecutivos con el interés social sostenible a largo plazo".

En este sentido, el Consejero Ejecutivo D. Francisco José Riberas ostenta (a través de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L) una participación significativa en la Sociedad. Esta situación, implica necesariamente una alineación del interés del Consejero con el interés social de Grupo Gestamp a largo plazo, razón por la que la Sociedad no ha considerado necesario incluir entre los componentes retributivos de D. Francisco José Riberas un incentivo a largo plazo basado en la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.

62. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
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  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

Apartado A.7.

Pacto parasocial suscrito por Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., Mitsui & Co., Ltd. y Gestamp 2020, S.L. el 23 de diciembre de 2016.

Los acuerdos más significativos del pacto que afectan a la Sociedad son los siguientes:

(i) El Consejo de Administración de Gestamp 2020, S.L. deberá reunirse con carácter previo a la celebración de una Junta General de Accionistas de la Sociedad para decidir sobre el sentido del voto y designar un representante de Gestamp 2020, S.L. para dicha Junta. Mitsui & Co. Ltd. no posee ningún derecho de veto sobre asuntos a tratar en la Junta General de Accionistas de la Sociedad.

(ii) El Consejo de Administración de la Sociedad deberá estar compuesto por un mínimo de 9 un máximo de 15 miembros. Mitsui & Co., Ltd. tendrá derecho a proponer el nombramiento 2 de los miembros del Consejo de Administración de la Sociedad del total de miembros que tenga derecho a designar Gestamp 2020, S.L. siempre que mantenga una participación, directa o indirecta, de al menos un 10% del capital social de la Sociedad. En caso de reducirse dicha participación por debajo del 10% pero manteniéndose por encima de un 5%, Mitsui & Co., Ltd. tendría derecho a proponer el nombramiento de 1 miembro del Consejo de Administración de la Sociedad del total de miembros que tenga derecho a designar Gestamp 2020, S.L.

(iii) En caso de que cualquiera de los socios de Gestamp 2020, S.L. tenga intención de transmitir su participación indirecta en la Sociedad, se activa un derecho de del accionista no transmitente de adquirir las participaciones del accionista transmitente en Gestamp 2020, S.L. por un precio equivalente a la suma del precio de cierre de mercado de la acción de la Sociedad dividido entre la suma de días de cotización del mes siguiente a la notificación de transmisión de las acciones. En caso de que el derecho de adquisición preferente no sea ejercitado, el accionista transmitente podrá, a su discreción solicitar que en el plazo de 3 meses:

(a) Gestamp 2020, S.L. venda acciones de la Sociedad que indirectamente sean titularidad del accionista transmitente, empleando el precio obtenido en dicha venta para comprar las participaciones de Gestamp 2020, S.L. que sean titularidad directa del accionista transmitente.

(b) Se amorticen sus participaciones en Gestamp 2020, S.L. obteniendo como contraprestación la distribución de las acciones de la Sociedad que indirectamente ostente.

(c) Se disuelva Gestamp 2020, S.L. adjudicándose a cada uno de sus socios las acciones de la Sociedad que les correspondan en proporción a su participación en Gestamp 2020, S.L.

(iv) Salvo por lo previsto en el pacto, Gestamp 2020, S.L. no podrá vender o pignorar las acciones de la Sociedad de su titularidad sin el consentimiento de ambos socios.

(v) Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. podrá transmitir en todo momento todas o parte de las acciones de la Sociedad que ostente directamente.

(vi) Sin perjuicio de los derechos de Mitsui & Co. Ltd. en virtud del pacto, Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. mantendrá el control de la Sociedad y de Gestamp 2020, S.L. y de sus negocios.

(vii) En caso de incumplimiento material del pacto parasocial por parte de Mitsui & Co. Ltd., Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. tendrá derecho a ejercitar una opción de compra sobre las participaciones de Mitsui & Co. Ltd. en Gestamp 2020, S.L. por un precio equivalente al 90% de su valor de mercado. En caso de incumplimiento por parte de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L., Mitsui & Co. Ltd. podrá ejercitar una opción de venta sobre su participación en Gestamp 2020, S.L. por un precio equivalente al 110% de su valor de mercado.

Pacto parasocial suscrito por D. Francisco José Riberas Mera, Halekulani, S.L., (hoy Orilla Asset Management, S.L.) Juan María Riberas Mera, Ion Ion, S.L. y Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. el 21 de marzo de 2017.

Los acuerdos más significativos del pacto son los siguientes:

(i) El órgano de administración de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. deberá reunirse con carácter previo a la celebración de una Junta General de Accionistas de la Sociedad o de Gestamp 2020, S.L. para consensuar el sentido del voto de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. y designar a su representante para dichas juntas.

(ii) Derecho de adquisición preferente y derecho de adhesión a la venta (tag along) de los socios de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. y, en el caso del derecho de adquisición preferente, subsidiariamente de la propia sociedad, en caso de que cualquiera de los socios tenga intención de transmitir su participación a un tercero. Los referidos derechos no entrarán en juego en determinadas transmisiones a miembros de la familia Riberas o a sociedades o fundaciones controladas por el socio transmitente o su rama familiar.

(iii) Regulación de un procedimiento de conciliación y, subsidiariamente, de mediación para situaciones de bloqueo que afecten a Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. e, indirectamente, a la Sociedad. En caso de que mediante la conciliación o mediación no se solucione el bloqueo, cada uno de los socios de Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L. podrá determinar el voto que indirectamente le corresponda en Gestamp 2020, S.L. y en la Sociedad a través de su participación en Acek Desarrollo y Gestión Industrial, S.L.

Apartado C.1.14

Se hace constar que el importe total de las remuneraciones de la Alta Dirección correspondiente al ejercicio 2024 reflejado en el apartado C.1.14 del presente informe incluye: (i) las retribuciones fijas pagadas durante el ejercicio, (ii) las retribuciones variables anuales devengadas en el año, y que está previsto su pago una vez las Cuentas Anuales de 2024 hayan sido formalmente aprobadas por la Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará en 2025 y (iii) la suma de los beneficios concedidos.

Por último, el importe de la remuneración total de las remuneraciones de la Alta Dirección reflejado en este apartado no coincide con el importe reflejado por este mismo concepto en la Nota 32.3 de la memoria de las cuentas anuales consolidadas del Grupo por ser de aplicación diferentes criterios de devengo respecto del incentivo a largo plazo.

Apartado C.2.1.

Procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de la Comisión de Sostenibilidad.

El artículo 39 del Reglamento del Consejo de Administración establece las siguientes reglas aplicables a las Comisiones:

"a) El Consejo de Administración designará los miembros de estas comisiones, teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada Comisión; deliberará sobre sus propuestas e informes; y ante él habrán de dar cuenta regularmente de su actividad y responder del trabajo realizado;

(b) Estarán compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con un mínimo de tres y un máximo de cinco. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la eventual presencia de Consejeros Ejecutivos o Altos Directivos en sus reuniones, con fines informativos, cuando cada una de las comisiones así lo acuerde. No obstante, la presencia en ellas del Presidente ejecutivo tendrá carácter excepcional.

(c) Los Consejeros Independientes serán en todo caso mayoría, debiendo uno de ellos ser nombrado Presidente.

(d) Será Secretario quien ejerza el cargo de Secretario del Consejo de Administración.

(e) Podrán recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones, bajo las mismas circunstancias que aplican para el Consejo (mutatis mutandi).

(f) De sus reuniones se levantará acta, de la que se remitirá copia a todos los miembros del Consejo.

(g) Las comisiones se reunirán cuantas veces sean necesarias, a juicio de su Presidente, para el ejercicio de sus competencias y cuando lo soliciten, al menos, dos (2) de sus miembros.

(h) Las reglas de funcionamiento serán las mismas que rigen el funcionamiento del Consejo. De esta forma, quedarán válidamente constituidas cuando concurran, presentes o representados, la mayoría de sus miembros y sus acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concurrentes. En caso de empate, el Presidente de la comisión tendrá voto de calidad.

(i) Los Presidentes de las correspondientes comisiones informarán al Consejo de Administración de los asuntos tratados y de los acuerdos adoptados en sus sesiones en la primera reunión del Consejo de Administración posterior a la de la comisión.

(j) Respecto de la Comisión de Auditoría y de la Comisión de Nombramientos y

Retribuciones, dentro de los tres (3) meses posteriores al cierre de cada ejercicio someterán a la aprobación del Consejo de Administración una memoria comprensiva de su labor durante el ejercicio anterior que se pondrá a disposición de los accionistas con ocasión de la Junta General ordinaria.

Funciones de la Comisión de Auditoría, de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y de la Comisión de Sostenibilidad.

El artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración atribuye a la Comisión de Auditoría las siguientes funciones:

"(a) Informar a la Junta General de accionistas sobre las cuestiones que se planteen en su seno en materia de su competencia y, en particular, sobre el resultado de la auditoría, explicando cómo esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y la función que la Comisión ha desempeñado en ese proceso.

(b) En relación con los sistemas de información y control interno:

(i) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración, la integridad y la presentación de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y, en su caso, al grupo (incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción), revisando el cumplimiento de los requisitos normativos y la correcta aplicación de los criterios contables.

(ii) Revisar periódicamente los sistemas internos de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrán presentar recomendaciones o propuestas al órgano de administración y el correspondiente plazo para su seguimiento.

(iii) Velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; aprobar el presupuesto de ese servicio; aprobar el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes; así como discutir con el auditor de cuentas o sociedades de auditoría las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.

(iv) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados, y a otras personas relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar, de forma anónima o confidencial, las irregularidades de cualquier índole que adviertan en el seno de la Sociedad o su grupo.

(v) Velar por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica. (c) En relación con el auditor de cuentas:

(i) Elevar al Consejo las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor, así como las condiciones de su contratación, responsabilizándose del proceso de selección, así como, en el caso de su renuncia, examinar las causas que la hubieran motivado.

(ii) Supervisar que la Sociedad comunique a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el cambio de auditor y, de haber existido desacuerdos con el auditor saliente, que lo acompañe de una declaración sobre dichos desacuerdos y su contenido.

(iii) Recibir regularmente del auditor información sobre el plan de auditoría y los resultados de su ejecución, y verificar que la alta dirección tiene en cuenta sus recomendaciones.

(iv) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad.

(v) Establecer las oportunas relaciones con el auditor de cuentas para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de estos, para su examen por la Comisión de Auditoría, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, deberán recibir anualmente del auditor de cuentas o sociedades de auditoría la confirmación escrita de su independencia frente a la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades por el citado auditor o sociedades, o por las personas o entidades vinculados a estos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.

En este sentido, la Comisión de Auditoría velará por que la retribución del auditor de cuentas por su trabajo, no comprometa su calidad ni su independencia y asegurará que la Sociedad y el auditor de cuentas respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores. (vi) Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia del auditor de cuentas. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el apartado anterior.

(d) En relación con la política de control y gestión de riesgos:

(i) Proponer al Consejo de Administración la política de control y gestión de riesgos, la cual identificará o determinará, al menos: (i) los tipos de riesgo financieros y no financieros (entre otros, los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, (iii) la fijación del nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; y (iv) las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que lleguen a materializarse. (ii) Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos de la Sociedad responsable de: (i) asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a la Sociedad; (ii) participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y (iii) velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo con la política definida por el Consejo de Administración.

(e) Revisar los folletos o documentos equivalentes de emisión y/o admisión de valores y cualquier otra información financiera que deba suministrar la Sociedad a los mercados y sus órganos de supervisión.

  1. La Comisión de Auditoría deberá informar al Consejo, con carácter previo a la adopción por éste de las correspondientes decisiones, sobre las materias previstas en la Ley, los Estatutos Sociales y este Reglamento y, en particular, sobre los siguientes asuntos:

(a) La información financiera que, por su condición de cotizada, la Sociedad deba hacer pública periódicamente. La Comisión de Auditoría se asegurará de que las cuentas intermedias se formulan con los mismos criterios contables que las anuales y, a tal fin, considerará la procedencia de una revisión limitada del auditor.

(b) La creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la transparencia de la Sociedad.

(c) Las operaciones vinculadas.

(d) Las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la Sociedad analizando sus términos y condiciones económicas, incluyendo cuando proceda la ecuación de canje, así como su impacto contable.

  1. Corresponde a la Comisión de Auditoría la supervisión del cumplimiento de las reglas de la Sociedad de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta. En este sentido, la Comisión de Auditoría:

(a) supervisará el cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la Sociedad, velando por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores, y

(b) supervisará la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa, así como de la política general relativa a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés y hará seguimiento del modo en que la Sociedad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.

  1. El Consejo de Administración procurará presentar las cuentas a la Junta General sin salvedades en el informe de auditoría. En los supuestos en que existan, el Presidente de la Comisión de Auditoría procurará explicar a los accionistas el parecer de la Comisión de Auditoría sobre el contenido y alcance de dichas salvedades, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15.3 del presente Reglamento."

De otro lado, el artículo 41 del Reglamento del Consejo de Administración atribuye a la Comisión de Nombramientos y Retribuciones las siguientes funciones:

"(a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia del Consejo, describir las funciones y aptitudes necesarias en los candidatos que deban cubrir cada vacante, y evaluar el tiempo y dedicación precisos para que puedan desempeñar bien su cometido.

(b) Verificar con carácter anual el cumplimiento de la política de selección de consejeros, de lo que se deberá informar en el Informe Anual de Gobierno Corporativo.

(c) Examinar y organizar, de la forma que se entienda adecuada, la sucesión del Presidente del Consejo de Administración y, en su caso, del primer ejecutivo y hacer propuestas al Consejo, para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y bien planificada.

(d) Informar las propuestas de nombramientos y ceses de Altos Directivos que el Presidente proponga al Consejo y las condiciones básicas de sus contratos.

(e) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramiento de Consejeros Independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General de Accionistas, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la Junta General de Accionistas.

(f) Informar las propuestas de nombramiento de los restantes consejeros para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General de Accionistas, así como las propuestas para su reelección o separación por la Junta General de Accionistas.

(g) Informar al Consejo sobre las cuestiones de diversidad de género, establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado en el Consejo de Administración y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.

(h)Organizar y coordinar la evaluación periódica del Presidente del Consejo de Administración y, junto con éste, la evaluación periódica del Consejo de Administración, sus comisiones, de su Presidente, de su Secretario y del primer ejecutivo de la Sociedad.

  1. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones consultará al Presidente o, en su caso, al primer ejecutivo de la Sociedad, especialmente cuando se trate de propuestas relativas a los Consejeros Ejecutivos y Altos Directivos. Cualquier consejero podrá solicitar de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones que tome en consideración, por si los considerara idóneos, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

  2. La Comisión de Nombramientos y Retribuciones, además de las funciones indicadas en los apartados precedentes, tendrá competencias sobre las siguientes funciones, relativas a las retribuciones:

(a) Proponer al Consejo de Administración:

(i)La política de remuneraciones de los consejeros y de quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo, de comisiones ejecutivas o de consejeros delegados velando por su observancia.

(ii) La retribución individual de los consejeros y la aprobación de los contratos que la Sociedad suscriba con los consejeros que desempeñen

funciones ejecutivas, velando por su observancia.

(iii) Las modalidades de contratación de los Altos Directivos.

(b) Velar por la observancia de la política de remuneraciones de los consejeros aprobada por la Junta General."

Por último, el artículo 42 del Reglamento del Consejo de Administración atribuye a la Comisión de Sostenibilidad las siguientes funciones:

(a) Proponer la estrategia en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, elevando al Consejo de Administración los planes que considere necesarios para tal fin.

(b) Evaluar y revisar periódicamente el sistema de gobierno corporativo y las políticas en materia medioambiental y social de la Sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.

(c) Supervisar que las prácticas de la Sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, se ajustan a la estrategia y política fijadas.

(d) Supervisar y evaluar los procesos de relación con los distintos grupos de interés en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo asegurando prácticas de comunicación responsable."

Apartado D.2.

Para más información, consultar la Nota 32 de la memoria de las Cuentas Anuales Consolidadas del Grupo correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2024.

Desde el 24 de julio de 2008, la Sociedad es firmante de los Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas, convirtiéndose en socio de dicho Pacto Mundial desde el año 2011.

Asimismo, Grupo Gestamp ha hecho suyos los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Por último, el Consejo de Administración, en su reunión de 20 de diciembre de 2021, acordó la adhesión del Grupo y por tanto éste cumple con el Código de Buenas Prácticas Tributarias.

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

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