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Prosegur Cash S.A.

Major Shareholding Notification Feb 27, 2025

1804_rns_2025-02-27_d1e9067d-261c-406a-aea1-2cb4e13dd787.pdf

Major Shareholding Notification

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DATOS IDENTIFICATIVOS DEL EMISOR

Fecha fin del ejercicio de referencia: 31/12/2024
CIF: A87498564
Denominación Social:
PROSEGUR CASH, S.A.
Domicilio social:

SANTA SABINA, 8 MADRID

A. ESTRUCTURA DE LA PROPIEDAD

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:

Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:

[ ] Sí

[ √ ] No

Fecha de última Capital social (€) Número de Número de
modificación acciones derechos de voto
07/02/2024 29.698.269,74 1.484.913.487 1.484.913.487

Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:

[ ] Sí

[ √ ] No

A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:

Nombre o
denominación
% derechos de voto
atribuidos a las acciones
% derechos de voto a través
de instrumentos financieros
% total de
social del accionista Directo Indirecto Directo Indirecto derechos de voto
DOÑA HELENA
REVOREDO
DELVECCHIO
0,00 81,45 0,00 0,00 81,45

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación social
del titular indirecto
Nombre o
denominación social
del titular directo
% derechos de
voto atribuidos
a las acciones
% derechos de voto a
través de instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
DOÑA HELENA
REVOREDO
DELVECCHIO
PROSEGUR
COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
81,45 0,00 81,45

Dña. Helena Revoredo Delvecchio, a través de Gubel, S.L. y de Yirayira International, S.L., es titular de 398.597.015 acciones de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., representativas del 73,13% de su capital social y del 61,44% de sus derechos de voto, excluyendo las acciones en autocartera. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es a su vez titular de 1.209.492.614 acciones de la Sociedad, representativas del 81,45% de su capital social y de sus derechos de voto.

Indique los movimientos en la estructura accionarial más significativos acaecidos durante el ejercicio:

Movimientos más significativos

Los cambios en la participación indirecta de Doña Helena Revoredo Delvecchio en el capital social de la Sociedad se derivan de la reducción del capital social ejecutada por el Consejero Delegado el 9 de enero de 2024 en virtud de las facultades delegadas por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha el 20 de diciembre de 2023 para amortizar las acciones adquiridas bajo el programa de recompra de acciones propias de la Sociedad aprobado por el Consejo el día 20 de diciembre de 2021 y posteriormente prorrogado y modificado con fecha 26 de octubre de 2022, al amparo de la delegación de facultades otorgadas al Consejo por la Junta General de Accionistas el 1 de junio de 2022, en relación con el acuerdo de reducción del capital social y la delegación de facultades otorgadas por la Junta General de Accionistas de 7 de diciembre de 2022. Dicha reducción de capital fue elevada a público ante notario el 19 de enero de 2024 y presentada a inscripción en el Registro Mercantil de Madrid en la misma fecha e inscrita en dicho Registro el 7 de febrero de 2024.

A.3. Detalle, cualquiera que sea el porcentaje, la participación al cierre del ejercicio de los miembros del consejo de administración que sean titulares de derechos de voto atribuidos a acciones de la sociedad o a través de instrumentos financieros, excluidos los consejeros que se hayan identificado en el apartado A.2, anterior:

Del % total de
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
derechos de voto
% total de
derechos de voto
atribuidos a las
acciones, indique,
Nombre o en su caso, el % de
denominación los votos adicionales
social del consejero atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Directo Indirecto Directo Indirecto Directo Indirecto
DON CHRISTIAN GUT
REVOREDO
0,22 0,00 0,00 0,00 0,22 0,00 0,00
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
0,06 0,00 0,00 0,00 0,06 0,00 0,00

% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,28

Detalle de la participación indirecta:

Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación
social del
titular directo
% derechos de voto
atribuidos a las
acciones (incluidos
votos por lealtad)
% derechos de
voto a través de
instrumentos
financieros
% total de
derechos de voto
Del % total de
derechos de
voto atribuidos
a las acciones,
indique, en su
caso, el % de los
votos adicionales
atribuidos que
corresponden a
las acciones con
voto por lealtad
Sin datos

Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:

% total de derechos de voto representados en el consejo de administración
0,00
-----------------------------------------------------------------------------------

A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
Sin datos

A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:

Nombre o denominación social relacionados Tipo de relación Breve descripción
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A.
(POR SÍ O A TRAVÉS DE LAS COMPAÑÍAS DE
SU GRUPO)
Comercial Prestación de servicios; compraventa de
bienes; licencia de uso de activos intangibles;
arrendamiento de bienes inmuebles;
financiación.
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A.
(POR SÍ O A TRAVÉS DE LAS COMPAÑÍAS DE
SU GRUPO)
Contractual Prestación de servicios; compraventa de
bienes; licencia de uso de activos intangibles;
arrendamiento de bienes inmuebles;
financiación.

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.

Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:

Nombre o denominación
social del consejero o
representante, vinculado
Nombre o denominación
social del accionista
significativo vinculado
Denominación social de
la sociedad del grupo del
accionista significativo
Descripción relación/cargo
DON ANTONIO RUBIO
MERINO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
PROSEGUR COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
- Consejero dominical
de la Sociedad en
representación de Prosegur
Compañía de Seguridad,
S.A. - Secretario General
y Secretario no consejero
de Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
DON ANTONIO RUBIO
MERINO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
GUBEL, S.L. - Secretario General y
Secretario no consejero de
Gubel, S.L.
DON CHRISTIAN GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
PROSEGUR COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
- Relación de
consanguinidad de primer
grado con Doña Helena
Revoredo Delvecchio. -
Consejero Delegado de
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
DON CHRISTIAN GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
GUBEL, S.L. - Relación de
consanguinidad de primer
grado con Doña Helena
Revoredo Delvecchio.
- Consejero y socio
minoritario de Gubel, S.L.
DOÑA CHANTAL GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
PROSEGUR COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
- Consejera dominical
de la Sociedad en
representación de
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A. - Relación

Nombre o denominación Nombre o denominación Denominación social de
social del consejero o social del accionista la sociedad del grupo del Descripción relación/cargo
representante, vinculado significativo vinculado accionista significativo
de consanguinidad de
primer grado con Doña
Helena Irene Revoredo
Delvecchio. - Consejera
de Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
DOÑA CHANTAL GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
GUBEL, S.L. - Relación de
consanguinidad de
primer grado con Doña
Helena Irene Revoredo
Delvecchio. - Consejera y
socia minoritaria de Gubel,
S.L.
DON CHRISTIAN GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
YIRAYIRA INTERNATIONAL,
S.L.
- Relación de
consanguinidad de primer
grado con Doña Helena
Revoredo Delvecchio.
- Socio minoritario de
Yirayira International, S.L.
DOÑA CHANTAL GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
YIRAYIRA INTERNATIONAL,
S.L.
- Relación de
consanguinidad de primer
grado con Doña Helena
Revoredo Delvecchio.
- Consejera y socia
minoritaria de Yirayira
International, S.L.
DOÑA BÁRBARA GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
PROSEGUR COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
- Consejero dominical
de la Sociedad en
representación de
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A. - Relación
de consanguinidad de
primer grado con Doña
Helena Irene Revoredo
Delvecchio.
DOÑA BÁRBARA GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
GUBEL, S.L. - Relación de
consanguinidad de primer
grado con Doña Helena
Irene Revoredo Delvecchio.
- Presidenta, consejera y
socia minoritaria de Gubel,
S.L.
DOÑA BÁRBARA GUT
REVOREDO
DOÑA HELENA REVOREDO
DELVECCHIO
YIRAYIRA INTERNATIONAL,
S.L.
- Relación de
consanguinidad de primer

Nombre o denominación Nombre o denominación Denominación social de
social del consejero o social del accionista la sociedad del grupo del Descripción relación/cargo
representante, vinculado significativo vinculado accionista significativo
grado con Doña Helena
Revoredo Delvecchio. -
Presidenta, consejera y
socia minoritaria de Yirayira
International, S.L.
DON ANTONIO RUBIO DOÑA HELENA REVOREDO YIRAYIRA INTERNATIONAL, - Secretario no consejero
MERINO DELVECCHIO S.L. de Yirayira International, S.L.

Nombre o denominación social del Consejero vinculado:

Don Christian Gut Revoredo

Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:

Doña Helena Revoredo Delvecchio

Descripción relación:

Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Don Christian Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socio de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Don Christian Gut Revoredo, socio de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.

Nombre o denominación social del Consejero vinculado:

Doña Chantal Gut Revoredo

Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:

Doña Helena Revoredo Delvecchio

Descripción relación:

Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Doña Chantal Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socia de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Doña Chantal Gut Revoredo, socia de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan, directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.

Nombre o denominación social del Consejero vinculado:

Doña Bárbara Gut Revoredo

Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:

Doña Helena Revoredo Delvecchio

Descripción relación:

Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Doña Bárbara Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socia de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Doña Bárbara Gut Revoredo, socia de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan, directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.

A.7. Indique si han sido comunicados a la sociedad pactos parasociales que la afecten según lo establecido en los artículos 530 y 531 de la Ley de Sociedades de Capital. En su caso, descríbalos brevemente y relacione los accionistas vinculados por el pacto:

$$\begin{array}{ccc} \tiny \begin{bmatrix} \mathsf{V} \end{bmatrix} & \begin{array}{c} \mathsf{S} \end{array} \ \end{array} \end{array} \qquad \begin{array}{ccc} \begin{array}{c} \mathsf{S} \end{array} \ \end{array}$$

Intervinientes del % de capital Breve descripción del pacto Fecha de vencimiento
pacto parasocial social afectado del pacto, si la tiene
DOÑA BÁRBARA GUT
REVOREDO, DOÑA
HELENA REVOREDO
DELVECCHIO, DON
CHRISTIAN GUT
REVOREDO, DOÑA
CHANTAL GUT REVOREDO,
81,45 Pacto de sindicación de la sociedad
GUBEL, S.L., en virtud del cual ésta
controla la mencionada sociedad, en
el sentido del artículo 42 del Código
de Comercio, al poder disponer, en
virtud del pacto de sindicación, de la
mayoría de los derechos de voto de
30 años

Intervinientes del % de capital Breve descripción del pacto Fecha de vencimiento
pacto parasocial social afectado del pacto, si la tiene
dicha sociedad. La aprobación de dicho
pacto fue comunicada por Prosegur
Compañía de Seguridad, S.A. como hecho
relevante a la CNMV el 31 de enero de
DON GERMÁN GUT 2020 con el número 286383 de registro,
REVOREDO y por Prosegur Cash, S.A. su novación
modificativa y refundición mediante
comunicación de otra información
relevante a la CNMV el 20 de diciembre
de 2024 con el número 31887 de registro.

Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:

[ ] [ √ ] Sí No

En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:

Novación del pacto de sindicación de la sociedad GUBEL, S.L. (socio indirecto de Prosegur Cash, S.A.) en virtud del cual, a pesar de determinadas transmisiones de participaciones sociales entre los socios como resultado de los cuales doña Helena Revoredo Delvecchio ha pasado a ostentar una participación inferior al 50% del capital social de GUBEL, S.L., esta seguirá, sin solución de continuidad, controlando la mencionada sociedad, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, al poder disponer, en virtud del pacto de sindicación, de la mayoría de los derechos de voto de dicha sociedad.

La novación modificativa y refundición del anterior pacto ha sido comunicada por Prosegur Cash, S.A. mediante comunicación de otra información relevante a la CNMV el 20 de diciembre de 2024 con el número 31887 de registro.

A.8. Indique si existe alguna persona física o jurídica que ejerza o pueda ejercer el control sobre la sociedad de acuerdo con el artículo 5 de la Ley del Mercado de Valores. En su caso, identifíquela:

[ √ ]
[ ] No

Nombre o denominación social

HELENA REVOREDO DELVECCHIO

Doña Helena Revoredo Delvecchio ostenta el control, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, de Gubel, S.L. en virtud del pacto de sindicación referido en el apartado A.6 anterior. Gubel, S.L. es titular, directa e indirectamente, del 65,09% del capital social de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., que, a su vez, es titular, a 31 de diciembre de 2024, del 81,45% de la Sociedad

A.9. Complete los siguientes cuadros sobre la autocartera de la sociedad:

A fecha de cierre del ejercicio:

Número de Número de acciones % total sobre
acciones directas indirectas(*) capital social
11.378.122 0,77

(*) A través de:

Nombre o denominación social del titular directo de la participación Número de
acciones directas
Sin datos

Explique las variaciones significativas habidas durante el ejercicio:

Explique las variaciones significativas

A 1 de enero de 2024, la Sociedad era titular de 52.213.748 acciones propias.

Durante el ejercicio 2024, la Sociedad (i) ha amortizado 38.033.196 acciones propias adquiridas en el marco del programa de recompra anterior; (ii) ha enajenado, a través de su intermediario financiero, 520.000 acciones propias al amparo del contrato de liquidez; (iii) ha entregado 2.681.388 acciones propias en el marco de programas de retribución a consejeros y directivos; y (iv) ha adquirido 398.958 acciones propias al amparo del nuevo programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración el 18 de diciembre de 2024 y comunicado a la CNMV mediante comunicación de información privilegiada con número 2.532 de registro. En total, a 31 de diciembre de 2024, la posición neta de autocartera de la Sociedad se ha reducido en 40.835.626 acciones propias respecto de la cifra de acciones en autocartera a 1 de enero de 2024, siendo esta cifra a 31 de diciembre de 2024 de 11.378.122 acciones propias, representativas del 0,77% del capital social.

Asimismo, el 9 de febrero de 2024, la Sociedad ha publicado un formulario de autocartera en la CNMV, de conformidad con la normativa española, comunicando una posición neta de 13.660.552 acciones representativas del 0,92% del capital social de la Sociedad a esa fecha.

A.10. Detalle las condiciones y plazo del mandato vigente de la junta de accionistas al consejo de administración para emitir, recomprar o transmitir acciones propias:

Programa de recompra de acciones

Con fecha 18 de diciembre de 2024, el Consejo de Administración de la Sociedad aprobó llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias con un importe máximo de 8.000.000 de euros para comprar un máximo de 14.849.135 acciones, representativas de, aproximadamente, el 1% del capital social de la Sociedad a esa fecha (el "Programa de Recompra"). El Programa de Recompra tendrá una duración máxima de un año. No obstante lo anterior, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, antes de que expire dicho plazo de duración máximo de un año, hubiera adquirido el número máximo de acciones, si se hubiera alcanzado el importe monetario máximo del Programa de Recompra o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.

El Programa de Recompra se efectuará al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre el abuso de mercado y en el Reglamento Delegado (UE) de la Comisión 2016/1052 haciendo uso de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 2 de junio de 2021 bajo el punto 11º del Orden del Día para la compra de acciones propias, y tendrá como finalidad la amortización de las mismas en ejecución de un acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad que será sometido a la aprobación de la próxima Junta General de Accionistas.

La gestión de dicho Programa de Recompra se encomendó a JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U., como intermediario financiero, en virtud de contrato de gestión de recompra de acciones suscrito con esta sociedad el mismo 18 de diciembre de 2024. Adquisición derivativa de acciones propias

Con fecha 2 de junio de 2021 la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad acordó autorizar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, durante el plazo máximo de cinco años, directamente o a través de

sociedades del Grupo, al amparo de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación vigente en cada momento y en las siguientes condiciones:

a. Las adquisiciones podrán realizarse directamente por la Sociedad o indirectamente a través de sus sociedades filiales y las mismas deberán formalizarse mediante compraventa, permuta o cualquier otro negocio jurídico válido en Derecho.

b. El valor nominal de las acciones a adquirir, sumado, en su caso, al de las que ya se posean, directa o indirectamente, no excederá del porcentaje máximo legalmente permitido en cada momento.

c. El precio de adquisición por acción será como mínimo el valor nominal y como máximo el de cotización en Bolsa en la fecha de adquisición incrementado en un 10%.

d. Esta autorización se otorga por un plazo de cinco años.

Expresamente se hizo constar que dicha autorización podía ser utilizada total o parcialmente para la adquisición de acciones propias a ser

entregadas o transmitidas a administradores o a trabajadores de la Sociedad o de sociedades de su grupo, directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquéllos de derechos de opción, todo ello en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de Prosegur Cash, S.A.

También se autorizó, a los efectos de lo previsto en el último párrafo del apartado a) del artículo 146.1 de la Ley de Sociedades de Capital, que las acciones adquiridas por la Sociedad o por sus sociedades filiales en uso de la autorización puedan destinarse en todo o en parte a su entrega a los trabajadores o administradores de la Sociedad o sus filiales, bien directamente o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de los que aquéllos sean titulares.

Adicionalmente, se facultó al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución y en los más amplios términos, para el ejercicio de la autorización objeto de este acuerdo y para llevar a cabo el resto de las previsiones contenidas en el mismo.

Finalmente, se dejó sin efecto, en la parte no utilizada, la autorización concedida por la Junta General Universal de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 6 de febrero de 2017.

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

A.11. Capital flotante estimado:

%
Capital flotante estimado 17,66

A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.

[ ]
[ √ ] No

A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:

A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.

[ ]
[ √ ] No

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:

B. JUNTA GENERAL

  • B.1. Indique y, en su caso detalle, si existen diferencias con el régimen de mínimos previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) respecto al quórum de constitución de la junta general:
    • [ ] Sí
    • [ √ ] No
  • B.2. Indique y, en su caso, detalle si existen diferencias con el régimen previsto en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para la adopción de acuerdos sociales:
    • [ ] [ √ ] Sí No
  • B.3. Indique las normas aplicables a la modificación de los estatutos de la sociedad. En particular, se comunicarán las mayorías previstas para la modificación de los estatutos, así como, en su caso, las normas previstas para la tutela de los derechos de los socios en la modificación de los estatutos.

Corresponde al Consejo de Administración de la Sociedad someter a la consideración y, en su caso, aprobación, de la Junta General de Accionistas, las propuestas de modificación de los Estatutos Sociales.

La propuesta de modificación que el Consejo de Administración eleve a la Junta General de Accionistas irá acompañada del correspondiente Informe de Administradores sobre las modificaciones estatutarias propuestas.

Toda la documentación relativa a una propuesta de modificación estatutaria se mantendrá a disposición de los accionistas desde el momento de la convocatoria de la Junta General de Accionistas a cuya consideración se someta dicha modificación. El anuncio de la convocatoria de la Junta expresará el derecho de los accionistas a examinar en el domicilio social y a obtener, de forma inmediata y gratuita, la documentación al respecto. Ésta se mantendrá asimismo accesible en todo momento a través de la página web corporativa de la Sociedad.

En lo que a las mayorías necesarias para la modificación estatutaria se refiere ni los Estatutos ni el Reglamento de la Junta General de Accionistas prevén un régimen de mayorías distinto al legalmente establecido.

B.4. Indique los datos de asistencia en las juntas generales celebradas en el ejercicio al que se refiere el presente informe y los de los dos ejercicios anteriores:

Datos de asistencia
Fecha junta general % de % en % voto a distancia
presencia física representación Voto electrónico Otros Total
01/06/2022 0,00 85,29 0,00 2,99 88,28
De los que Capital flotante 0,00 5,87 0,00 2,99 8,86
07/12/2022 0,00 7,43 0,00 80,42 87,85
De los que Capital flotante 0,00 7,43 0,00 1,00 8,43
06/06/2023 0,18 88,81 0,00 1,24 90,23

Datos de asistencia
% de % en % voto a distancia
Fecha junta general presencia física representación Voto electrónico Otros Total
De los que Capital flotante 0,06 9,39 0,00 1,24 10,69
24/04/2024 0,31 91,20 0,00 1,41 92,92
De los que Capital flotante 0,01 9,75 0,00 1,41 11,17

En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 1 de junio de 2022 hubo un 0,0028% de asistencia presencial, redondeada a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante.

En la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 7 de diciembre de 2022 hubo un 0,0046% de asistencia presencial, redondeada a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante. En la citada Junta, voto electrónicamente un 0,00348% del capital social, redondeado a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante.

En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 24 de abril de 2024 hubo un 0,0008% de voto electrónico, redondeado a 0,00%.

B.5. Indique si en las juntas generales celebradas en el ejercicio ha habido algún punto del orden del día que, por cualquier motivo, no haya sido aprobado por los accionistas:

[ ]
[ √ ] No
  • B.6. Indique si existe alguna restricción estatutaria que establezca un número mínimo de acciones necesarias para asistir a la junta general, o para votar a distancia:
    • [ √ ] [ ] Sí No
Número de acciones necesarias para asistir a la junta general 1.000
Número de acciones necesarias para votar a distancia 1.000

Podrán asistir a las Juntas Generales los titulares de, al menos, 1.000 acciones, siempre que figuren inscritas a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta General. Los accionistas titulares de menor número de acciones podrán delegar su representación en un accionista con derecho de asistencia, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación hasta reunir las acciones necesarias, debiendo los accionistas agrupados conferir su representación a uno de ellos. La agrupación deberá llevarse a cabo con carácter especial para cada Junta General y constar por escrito.

Los accionistas con derecho de asistencia podrán, con carácter previo a la celebración de la Junta General, emitir su voto sobre las propuestas relativas a los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria de cualquier Junta General mediante entrega o correspondencia postal o mediante comunicación electrónica.

Asimismo, los accionistas con derecho de asistencia podrán asistir a la Junta General utilizando medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia siempre que así lo acuerde el Consejo de Administración, quien indicará en la convocatoria los medios que podrán ser utilizados a tal fin por reunir las condiciones de seguridad exigibles para garantizar la identidad de los accionistas, la efectividad de sus derechos y el correcto desarrollo de la reunión.

B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:

[ √ ]
------- ----

[ ] No

Explicación de las decisiones que se deben someter a la junta, distintas a las establecidas por Ley

El artículo 5 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad atribuye a la Junta General, entre otras materias, la autorización de (i) la realización de operaciones que tengan un efecto equivalente a una modificación estructural; (ii) la adquisición de activos esenciales, su enajenación o la aportación a otra sociedad de activos esenciales; (iii) la transferencia a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia Sociedad, aunque esta mantenga el pleno dominio de aquellas; y (iv) la realización de operaciones que tengan un efecto equivalente al de la liquidación de la Sociedad. A los efectos anteriores, se presumirá el carácter esencial del activo cuando el importe de la operación supere el 25% del valor de los activos que figuren en el último balance aprobado de la Sociedad. En cualquier caso, se trata de materias explícita o implícitamente atribuidas a la Junta General de Accionistas por las disposiciones legales aplicables al efecto.

B.8. Indique la dirección y modo de acceso a la página web de la sociedad a la información sobre gobierno corporativo y otra información sobre las juntas generales que deba ponerse a disposición de los accionistas a través de la página web de la Sociedad:

Dirección de la página web corporativa de la Sociedad: www.prosegurcash.com

El acceso a la información sobre Gobierno Corporativo de la Sociedad se realiza desde: Página Principal / Accionistas e Inversores / Gobierno Corporativo

El acceso a la información sobre las Juntas Generales de la Sociedad se realiza desde: Página Principal / Accionistas e Inversores / Gobierno Corporativo / Junta General de Accionistas

C. ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD

C.1. Consejo de administración

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:

Número máximo de consejeros 15
Número mínimo de consejeros 5
Número de consejeros fijado por la junta 10

C.1.2 Complete el siguiente cuadro con los miembros del consejo:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON CLAUDIO
AGUIRRE
PEMÁN
Independiente CONSEJERO
COORDINADOR
INDEPENDIENTE
17/03/2017 06/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA ANA
INÉS SAINZ
DE VICUÑA
BEMBERG
Independiente CONSEJERO 17/03/2017 06/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA MARÍA
BENJUMEA
CABEZA DE
VACA
Independiente CONSEJERO 17/03/2017 06/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON DANIEL
GUILLERMO
ENTRECANALES
DOMECQ
Independiente CONSEJERO 17/03/2017 06/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JOSE
ANTONIO
LASANTA LURI
Ejecutivo CONSEJERO
DELEGADO
19/12/2016 01/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON ANTONIO
RUBIO MERINO
Dominical CONSEJERO 19/12/2016 01/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Nombre o
denominación
social del
consejero
Representante Categoría
del consejero
Cargo en
el consejo
Fecha primer
nombramiento
Fecha último
nombramiento
Procedimiento
de elección
DON
CHRISTIAN GUT
REVOREDO
Ejecutivo PRESIDENTE 19/12/2016 01/06/2022 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
CHANTAL GUT
REVOREDO
Dominical CONSEJERO 17/03/2017 06/06/2023 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DON JUAN
COCCI
Otro Externo VICEPRESIDENTE 24/04/2024 24/04/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS
DOÑA
BÁRBARA GUT
REVOREDO
Dominical CONSEJERO 24/04/2024 24/04/2024 ACUERDO
JUNTA
GENERAL DE
ACCIONISTAS

Número total de consejeros 10

Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:

Nombre o
denominación
social del
consejero
Categoría del
consejero en el
momento del cese
Fecha del último
nombramiento
Fecha de baja Comisiones
especializadas
de las que
era miembro
Indique si el cese
se ha producido
antes del fin
del mandato
DON PEDRO
GUERRERO
GUERRERO
Dominical 06/06/2023 24/04/2024 Comisión de
sostenibilidad,
gobierno
corporativo,
nombramientos y
retribuciones
SI

Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general

Con fecha 26 de febrero de 2024, Don Pedro Guerrero Guerrero comunicó a la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones y al Consejo de Administración de la Sociedad, en sendas reuniones celebradas durante esa misma fecha, así como mediante carta dirigida a todos y cada uno de los consejeros y a la Sociedad, su renuncia como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad y de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, invocando, además de motivos personales, el poder asumir otras actividades profesionales. Esta información fue comunicada mediante comunicación de otra información relevante en la página web de la CNMV con fecha 27 de febrero de 2024 y número 26774 de registro.

C.1.3 Complete los siguientes cuadros sobre los miembros del consejo y su distinta categoría:

CONSEJEROS EJECUTIVOS
Nombre o
denominación
social del consejero
Cargo en el
organigrama
de la sociedad
Perfil
DON JOSE
ANTONIO LASANTA
LURI
CONSEJERO
DELEGADO
• Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la
Universidad Pontificia Comillas – ICADE (E4). • Trabajó en la firma de
consultoría McKinsey y el banco de inversión Rothschild. • Se incorporó
al Grupo Prosegur en 2004, donde ha sido Director de Estrategia,
Director de Desarrollo Corporativo, Director para Asia, Director del
negocio de Tecnología y Director Financiero.
DON CHRISTIAN
GUT REVOREDO
Presidente • Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF
(Centro Universitario de Estudios Financieros). • MBA por INSEAD.
• De 1998 a 2001 Departamento de Fusiones y Adquisiciones de la
Banca Rothschild. • Consejero de GUBEL, S.L. desde 2002. • Consejero
de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 1997. • En 2004
Incorporación plena a la Dirección Ejecutiva de Compañía de Seguridad,
S.A. ocupando el puesto de Consejero Director General de España. •
Consejero Delegado de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde
2008 y Vicepresidente Ejecutivo. • Consejero de Euroforum Escorial,
S.A., desde 2006. • Miembro del Patronato de la Fundación Prosegur. •
Consejero de GTV CAPITAL, S.C.R desde 2024
Número total de consejeros ejecutivos 2
% sobre el total del consejo 20,00
CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
DON ANTONIO
RUBIO MERINO
PROSEGUR COMPAÑÍA
DE SEGURIDAD, S.A.
• Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por ETEA
Universidad de Córdoba, y en Geografía e Historia por Universidad
Nacional de Educación a Distancia (UNED). • Fue Director de
Consolidación y Auditoría de Abengoa, y Director de Administración y
Director General de Finanzas del Grupo Inditex. • Chief Financial Officer
de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 2009 hasta febrero
2021. • Secretario General y del Consejo de Administración de Prosegur
Compañía de Seguridad, S.A. desde febrero 2021. • Secretario General
y del Consejo de Administración de Gubel, S.L. desde octubre 2021. •
Profesor de Contabilidad Internacional en 5º curso de Administración
y Dirección de Empresas en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
(Curso 2002- 2003). • Profesor de Consolidación Contable en el Máster

CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES
Nombre o
denominación
social del consejero
Nombre o
denominación del
accionista significativo
a quien representa
o que ha propuesto
su nombramiento
Perfil
en Auditoría de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla (Curso 2003).
• Profesor de Estrategia en MBA Loyola Leadership School. (2014).
DOÑA CHANTAL
GUT REVOREDO
PROSEGUR COMPAÑÍA
DE SEGURIDAD, S.A.
• Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad
Complutense (Colegio Universitario de Estudios Financieros CUNEF), y
cuenta con un MBA por el IESE Business School. • Consejera del Consejo
de Administración de Euroforum desde 2001, actualmente ostentando
el cargo de representante persona física del Vicepresidente. • Consejera
de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 1997. • Miembro del
Patronato de la Fundación Prosegur. • Responsable de Desarrollo
de Negocio en Gubel, S.L. • Miembro del Consejo Hispanic Society of
America (New York).
DOÑA BÁRBARA
GUT REVOREDO
PROSEGUR COMPAÑÍA
DE SEGURIDAD, S.A.
• New York University Tisch School of the Arts (1996-1999). • Secretario
del Consejo de Administración de Gubel, S.L. (2011-2019) • Presidente del
Consejo de Administración de Gubel, S.L., desde 2019
Número total de consejeros dominicales 3
Número total de consejeros dominicales 3
% sobre el total del consejo 30,00
CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DON CLAUDIO
AGUIRRE PEMÁN
• Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de
Madrid. • MBA por el Instituto de Empresa de Madrid y Advanced Management Program (AMP)
por Harvard Business School. • Fue responsable para España de The Chase Manhattan Bank y
Goldman Sachs Investment Banking con base en Londres, donde residió por un periodo de 15
años. Asimismo, ocupó diversas posiciones de responsabilidad a nivel europeo en Merrill Lynch
(CEO Investment Banking Global). • Presidente, Consejero Delegado y Socio Fundador de Altamar
CAM. • Miembro del Consejo Asesor de Marsh McLennan y del Consejo Asesor Internacional de
Goldman Sachs & Co.
DOÑA ANA INÉS
SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
• Licenciada en Economía Agraria por la Reading University y Program for Management
Development por la Universidad de Harvard. • Fue Directora General de Merrill Lynch International
Bank en España. • Fue miembro del Consejo de Mobiel Dreams Factory, de Asturbega,
embotelladora de Coca-Cola en el norte de España, de Inmobiliaria Colonial, de Acciona, S.A. y
de Quilvest Switzerland, Ltd Zurich. • Consejera de Altamar Capital Partners, Grupo Security, S.A.,
Corporación Financiera Guadalmar (CFG), Terold Invest, S.L., Bemberg Capital, S.A., Quilvest Capital
Partners, S.A., Miscante H1 España, S.L., Hacienda Cañada Honda, S.L. y Miscante Inversiones, SCR,
S.A. • Miembro del Patronato de la Fundación ARPE.

CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES
Nombre o
denominación
social del consejero
Perfil
DOÑA MARÍA
BENJUMEA
CABEZA DE VACA
• Licenciada en Geografía e Historia por la Universidad Complutense de Madrid. • Fundadora
del Círculo de Progreso, después transformado en Infoempleo. • Fundadora y presidente de
Spain Startup desde 2012. • Socia fundadora de International Women Forum (IWF) España. •
Vicepresidenta del Círculo de Empresarios, de 2012 a 2015. • Miembro del Consejo Asesor del
Grupo Godó. • Presidenta de la Fundación Río Tinto, desde 2021. • Consejera de Instituto de
Empresa, S.L., desde 2022.
DON DANIEL
GUILLERMO
ENTRECANALES
DOMECQ
• Licenciado en Económicas por el Carroll School of Management of Boston College. • Fue Project
Manager en el Centro Internacional de Innovación de Unilever en Milán, Director de Marketing
y Comunicación en Loewe (Grupo LVMH) y Director General del Grupo Cinnabar S.A. • Fundador
y presidente del grupo de publicidad y comunicación Revolution Publicidad, S.L • Consejero
dominical de Acciona S.A. • Consejero delegado de Newco Entreriver, S.L. • Presidente del Comité
Organizador de Madrid Horse Week. • Miembro del Advisory Board de AON Iberia. • Fundador y
parte del Órgano de Administración del grupo hotelero Cristine Bedford.
Número total de consejeros independientes 4
% sobre el total del consejo 40,00

Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.

En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.

Nombre o
denominación
social del consejero
Descripción de la relación Declaración motivada
Sin datos
OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
DON JUAN COCCI No cumple con los requisitos
establecidos en el artículo 529
duodecies de la Ley de Sociedades
de Capital y en el Sistema de
GRUPO PROSEGUR • Grado de Dirección de Empresas
- Universidad Católica Argentina
(UCA) • Posgrado de Negociación
- Universidad Católica Argentina

OTROS CONSEJEROS EXTERNOS
Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar
dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas:
Nombre o
denominación
social del consejero
Motivos Sociedad, directivo o
accionista con el que
mantiene el vínculo
Perfil
Gobierno Corporativo de la Sociedad
para ser calificado como consejero
independiente, ya que no habían
transcurrido 5 años desde el cese
en la relación con Prosegur Cash
desempeñando puestos ejecutivos.
(UCA) • Methods of the Harvard
Negotiation Project -Harvard
Law School • Posgrado de Alta
Dirección - Instituto de Altos
Estudios Empresariales (IAE) •
Gerente General de Logística
de valores y Gestión de Efectivo,
Director Comercial, • Gerente
Interior y Jefe de facturación,
entre otros, de empresas del
Grupo Prosegur Cash (1972 – 2001)
• Director General de Argentina,
Uruguay y Paraguay Prosegur
Cash (2007-2014) • Director
Corporativo Regional LATAM
Prosegur Cash (2014) • Director
General de Argentina, Chile,
Uruguay y Paraguay Prosegur
Cash (2015 – 2016) • Director
General LATAM Prosegur Cash
(2016-2024) • Presidente de la
Cámara de Empresas Argentinas
Transportadoras de Caudales,
desde 1983 • Miembro de la
Mesa de Dirección del Instituto
de Desarrollo Empresarial
de Argentina hasta 2024 •
Presidente de la Fundación
Prosegur Argentina • Presidente
de Transportadora de Caudales
Juncadella, S.A., Prosegur Holding
Cit Argentina, S.A. y Prosegur
Gestión de Activos, S.A. hasta
2024.
Número total de otros consejeros externos 1
% sobre el total del consejo 10,00

Indique las variaciones que, en su caso, se hayan producido durante el periodo en la categoría de cada consejero:

Nombre o denominación
social del consejero
Fecha del cambio Categoría anterior Categoría actual
Sin datos

C.1.4 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras al cierre de los últimos 4 ejercicios, así como la categoría de tales consejeras:

Número de consejeras % sobre el total de
consejeros de cada categoría
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejercicio
2024
Ejercicio
2023
Ejercicio
2022
Ejercicio
2021
Ejecutivas 0,00 0,00 0,00 0,00
Dominicales 2 1 1 1 20,00 33,33 33,33 33,33
Independientes 2 2 2 2 20,00 50,00 50,00 50,00
Otras Externas 0,00 0,00 0,00 0,00
Total 4 3 3 3 40,00 33,33 33,33 33,33
  • C.1.5 Indique si la sociedad cuenta con políticas de diversidad en relación con el consejo de administración de la empresa por lo que respecta a cuestiones como, por ejemplo, la edad, el género, la discapacidad, o la formación y experiencia profesionales. Las entidades pequeñas y medianas, de acuerdo con la definición contenida en la Ley de Auditoría de Cuentas, tendrán que informar, como mínimo, de la política que tengan establecida en relación con la diversidad de género.
  • [ ] Sí
  • [ ] No
  • [ √ ] Políticas parciales

En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.

En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.

Descripción de las políticas, objetivos, medidas y forma en que se han aplicado, así como los resultados obtenidos

El Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad y, en particular, la Política de Selección de Candidatos a Consejero aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 25 de julio de 2017, y posteriormente modificada por última vez el 26 de abril de 2023, establece que en la selección de candidatos a consejero se partirá del análisis de las necesidades de la Sociedad y su grupo (el "Grupo") que llevará a cabo la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones (CSGCNR).

Se buscarán personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función y profesionales íntegros cuya trayectoria profesional esté alineada con los principios recogidos en el Código Ético y de Conducta y demás políticas corporativas, así como con la misión, la visión y los valores del Grupo.

Su nombramiento favorecerá la diversidad de conocimientos, capacidades, experiencias, orígenes, edad, nacionalidades y género, favoreciendo un adecuado equilibrio en el Consejo de Administración en su conjunto que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia; todo ello, atendiendo a la naturaleza, complejidad y contexto social y geográfico de los negocios desarrollados por el Grupo. Adicionalmente, podrán tomarse en consideración otros criterios.

En todo caso, en el proceso de selección de candidatos se evitará cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna y, en particular, que dificulte la selección de miembros del sexo menos representado en el Consejo de Administración y que pueda impedir que el número de estos represente, al menos, el porcentaje exigido por la ley en cada momento y procurando que dicho porcentaje esté en línea con las recomendaciones y mejores prácticas de gobierno corporativo.

Durante el ejercicio 2024, la Junta General de Accionistas de la Sociedad, celebrada con fecha 24 de abril de 2024, aprobó el nombramiento de Don Juan Cocci (con la categoría de otros externos) y de Doña Bárbara Gut Revoredo (con la categoría de consejera dominical). En este sentido, el Consejo de Administración de la Sociedad y la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones concluyó que diez miembros (teniendo en cuenta la dimisión de Don Pedro Guerrero Guerrero) son un tamaño adecuado para el Consejo de Administración de la Sociedad, permitiéndole ampliar la diversidad de conocimientos y experiencias, así como enriquecer los debates en su seno y de este modo afrontar los retos y aprovechar aquellas oportunidades que se planteen ante la Sociedad de manera más eficaz, y que la composición del Consejo de Administración era adecuada y equilibrada, teniendo en cuenta la diversidad de conocimientos, capacidades, experiencias, edad, nacionalidades y género en el seno del Consejo de Administración y que su composición permitía enriquecer los debates y la toma de decisiones y que la misma aporta puntos de vista plurales al debate, y los perfiles profesionales de los candidatos a consejero cuyo nombramiento se proponía eran adecuados al ámbito de actividad de la Sociedad y a sus necesidades, para poder cumplir eficazmente sus funciones de supervisión y control.

Como resultado de los nombramientos (y dimisión) anteriores, se concluye que el Consejo de Administración tiene una composición diversa considerando múltiples factores, entre los que destacan, (i) las variadas capacidades, conocimientos y trayectorias profesionales que aporta la existencia de una amplia mayoría de consejeros externos (80%, frente al 20% de consejeros ejecutivos), cuyos perfiles se incluyen en el apartado C.1.3 de este informe; y (ii) una presencia equilibrada de mujeres y hombres (50% de los consejeros externos de cada género, 50% de los consejeros independientes de cada género y 40% del total de los consejeros mujeres, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo).

Adicionalmente a lo anterior, la Sociedad cuenta también con una Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 (y modificada por última vez el 29 de octubre de 2024) previo informe favorable de la CSGCNR de las mismas fechas, de aplicación en todos los países, líneas de negocio y sociedades del grupo de la Sociedad en las que el Grupo Prosegur Cash tiene el control. y cuyo objeto es fomentar, proteger y celebrar la inclusión, la igualdad y la ausencia de discriminación en el seno de la Sociedad y en las relaciones con sus grupos de interés, garantizar un espacio de trabajo comprometido con el principio de igualdad de oportunidades y condiciones que promuevan el desarrollo personal y profesional del capital humano de la Sociedad. y participar en el progreso de las sociedades en las que la Sociedad opera apoyándolas en la erradicación de desigualdades y exclusiones.

La Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo establece compromisos concretos por áreas (i.e., conciliación, promoción y participación activa, acoso y comunicación), con líneas de actuación concretas.

Por otro lado, la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo asigna al CSGCNR la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los objetivos en materia de diversidad. Por ello, el CSGCNR, en sus reuniones, evalúa la situación de la organización, prestando especial atención a la diversidad y a la promoción equitativa dentro del Consejo de Administración y en la alta dirección de la Sociedad.

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:

Explicación de las medidas

La Política de Selección de Candidatos a Consejero, aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 25 de julio de 2017, y posteriormente modificada por última vez el 26 de abril de 2023, tal y como se ha mencionado en el apartado C.1.5 anterior, contempla expresamente que en el proceso de selección de candidatos se evitará cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna y, en particular, que dificulte la selección de miembros del sexo menos representado en el Consejo de Administración y que pueda impedir que el número de estos represente, al menos, el porcentaje exigido por la ley en cada momento y procurando que dicho porcentaje esté en línea con las recomendaciones y mejores prácticas de gobierno corporativo.

En la actualidad, cuatro (4) de los diez (10) miembros del Consejo de Administración son mujeres, dos (2) de ellas con la categoría de independientes, de un total de cuatro (4). Durante el ejercicio 2024 y en línea con los compromisos adquiridos el ejercicio anterior, y de conformidad con las mejores prácticas de gobierno corporativo y lo previsto en la Política de Selección de Candidatos a Consejero, la Sociedad ha procedido al nombramiento de Doña Bárbara Gut Revoredo como consejera con la categoría de dominical.

Adicionalmente, Doña Ana Inés Sainz de Vicuña Bemberg forma parte de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones.

La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones supervisa que los procedimientos de selección de candidatos a consejeros no adolezcan de sesgos implícitos.

En línea con lo anterior y con lo ya expuesto en el apartado C.1.5., la Sociedad cuenta también con la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, cuyo objeto, entre otros, es fomentar, proteger y celebrar la inclusión, la igualdad y la ausencia de discriminación en el seno de la Sociedad y en las relaciones con sus grupos de interés y participar en el progreso de las sociedades en las que la Sociedad opera apoyándolas en la erradicación de desigualdades y exclusiones. Dicha finalidad se persigue mediante el establecimiento de compromisos concretos (i.e., igualdad, protección de la familia, inclusión laboral efectiva, convivencia intergeneracional, carácter internacional y multicultural, e impulso a la diversidad generando oportunidades igualitarias), con líneas de actuación concretas en materias como las prácticas de selección y ascenso, la atracción de perfiles diversos, la promoción según criterios de equidad y meritocracia y el establecimiento de planes específicos de desarrollo de la diversidad.

Asimismo, la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo asigna al CSGCNR la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los objetivos en materia de diversidad. Por ello, el CSGCNR, en sus reuniones, evalúa la situación de la organización, prestando especial atención a la diversidad y a la promoción paritaria dentro del Consejo de Administración y en la alta dirección de la Sociedad.

La Sociedad cuenta con una serie de medidas y acciones transversales que reflejan su concienciación y compromiso con la diversidad y la igualdad. Estas medidas se describen en el apartado C.1.5., están disponibles en la página web de la Sociedad y favorecen el desarrollo profesional y personal de las mujeres, con el objetivo de que puedan acceder a posiciones de alta dirección.

Cuando a pesar de las medidas que, en su caso, se hayan adoptado, sea escaso o nulo el número de consejeras o altas directivas, explique los motivos que lo justifiquen:

Explicación de los motivos

N/A

C.1.7 Explique las conclusiones de la comisión de nombramientos sobre la verificación del cumplimiento de la política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración.

La Comisión de Nombramientos considera que la Sociedad está aplicando la Política de Selección de Candidatos a Consejero en la composición del Consejo de Administración y en la selección de sus miembros de forma consistente y considera asimismo que la composición de su Consejo de Administración es apropiada, equilibrada y diversa teniendo en cuenta la información contenida en los dos apartados anteriores de este informe.

C.1.8 Explique, en su caso, las razones por las cuales se han nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial es inferior al 3% del capital:

Nombre o denominación
social del accionista
Justificación
Sin datos

Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:

[ ] Sí

[ √ ] No

C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:

Nombre o denominación
social del consejero o comisión
Breve descripción
JOSE ANTONIO LASANTA LURI El Consejero Delegado de la Sociedad tiene delegadas a su favor todas las
facultades del Consejo de Administración, salvo las legal y estatutariamente
indelegables.
CHRISTIAN GUT REVOREDO Christian Gut Revoredo tiene conferidas facultades de administración generales.

C.1.10 Identifique, en su caso, a los miembros del consejo que asuman cargos de administradores, representantes de administradores o directivos en otras sociedades que formen parte del grupo de la sociedad cotizada:

Nombre o denominación
social del consejero
Denominación social
de la entidad del grupo
Cargo ¿Tiene funciones ejecutivas?
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
The Change group
international (holdings)
Limited
Presidente NO
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
Prosegur Cash International,
S.A.U.
Representante persona física
del administrador único
SI
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
LATAM ATM Solutions S.L. Consejero NO
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
The Change Group
Internarnational Plc
Presidente NO
DON ANTONIO RUBIO
MERINO
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
Secretario General y
Secretario no Consejero del
Consejo de Adminsitración
NO
DON CHRISTIAN GUT
REVOREDO
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
Consejero Delegado y
Vicepresidente Ejecutivo
SI
DOÑA CHANTAL GUT
REVOREDO
Prosegur Compañía de
Seguridad, S.A.
Consejera NO
DON JOSE ANTONIO
LASANTA LURI
LATAM ATM Solutions
Dominican Republic, S.A.
Consejero NO

C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON CHRISTIAN GUT REVOREDO Gubel, S.L. CONSEJERO
DON CHRISTIAN GUT REVOREDO Euroforum Escorial, S.A. CONSEJERO
DON CHRISTIAN GUT REVOREDO Fundación Prosegur CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON CHRISTIAN GUT REVOREDO GTV CAPITAL, S.A, S.C.R CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Euroforum Escorial, S.A. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Fundación Prosegur CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Consejo Asesor Internacional de la
Hispanic Society of America (New
York)
CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Consejo Internacional del Teatro Real
(Madrid)
CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Consejo de Patronos del Museo
Chillida Leku (Guipúzcoa)
CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Freecap Investment SIL, S.A. VICEPRESIDENTE
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Gubel, S.L. CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Yirayira International, S.L. CONSEJERO
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Consejo del Real Club de Golf
Valderrama
VICEPRESIDENTE 2º
DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO Oana Sarl ADMINISTRADOR MANCOMUNADO
DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI Talleres Eléctricos Industriales S.L. ADMINISTRADOR UNICO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Newco Entreriver, S.L. CONSEJERO DELEGADO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Acciona, S.A. CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Revolution Publicidad, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Estudio Thinketing, S.L. CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
CB Activos Hotel Estate, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Cristine Bedfor Gestion, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
CB Activos Mahon, S.L.U. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
CB Activos Málaga, S.L.U. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
C.B. Activos Valencia, S.L.U. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Cristine Bedfor Hotel Mahon, S.L.U. REPRESENTANTE DE CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Cristine Bedfor Hotel Málaga, S.L.U. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Fundación Alalá CONSEJERO
DON DANIEL GUILLERMO
ENTRECANALES DOMECQ
Real Federación Hípica Española CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Altamar Capital Partners,S.L CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Grupo Security, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Bemberg Capital, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Quilvest Capital Partners, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Corporación Financiera Guadalmar CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Terold Invest, S.L. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Miscante H1 España, S.L. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Hacienda Cañada Honda, S.L. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Miscante Inversiones, SCR, S.A. CONSEJERO
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA
BEMBERG
Patronato de la Fundación ARPE CONSEJERO
DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE
VACA
Spain Startup PRESIDENTE
DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE
VACA
Navasti Condol, S.l. ADMINISTRADOR UNICO
DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE
VACA
Fundación Rio Tinto PRESIDENTE
DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE
VACA
Consejo Asesor Grupo Godo CONSEJERO
DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE
VACA
Consejo del Instituto Empresa CONSEJERO
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN Altamar CAM Partners PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN Consejo Asesor de Marsh McLennan CONSEJERO

Identificación del
consejero o representante
Denominación social de
la entidad, cotizada o no
Cargo
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN Consejo Asesor de Marmara Capital,
S.L.
PRESIDENTE
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN Consejo Asesor Internacional de
Goldman Sachs
CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Euroforum Escorial, S.A. CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Comisión ejecutiva de la Fundación
Real Instituto ELCANO
REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Fundación Prosegur SECRETARIO CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. OTROS
DON ANTONIO RUBIO MERINO Cámara de Comercio Brasil-España REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Fundación Consejo España-Colombia REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Fundación Consejo España-Perú REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DON ANTONIO RUBIO MERINO Cámara de Comercio de España REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Gubel, S.L. PRESIDENTE
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Proactinmo, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Proactinmo Viviendas, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Hispaninver, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Prorevosa, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Agropecuaria Arroyo de la Virgen, S.L. REPRESENTANTE DE CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO GTV CAPITAL, S.A PRESIDENTE
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Proactinmo US Corp CONSEJERO
DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO Yirayira International, S.L. PRESIDENTE
DON JUAN COCCI Cámara de Empresas Argentinas
Transportadoras de Caudales
PRESIDENTE
DON JUAN COCCI Fundación Prosegur Argentina PRESIDENTE

En los cargos de fundaciones, museos, reales federaciones u otras entidades culturales o de los consejos asesores en los que más arriba se indica "consejero" o "representante de consejero", se hace referencia a "patrono", "miembro", "miembro patronato", "vocal" o a "representante de patrono o miembro".

Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.

Identificación del consejero o representante Demás actividades retribuidas
DON ANTONIO RUBIO MERINO Secretario General y Secretario no Consejero del Consejo
de Administración de Gubel, S.L.

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:

[ √ ]
[ ] No

Explicación de las reglas e identificación del documento donde se regula

El Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad regula en el apartado 5 bis del artículo 8 que no podrán ser nombrados Consejeros de la Sociedad quienes pertenezcan a más de cinco Consejos de Administración de otras sociedades mercantiles distintas de la Sociedad y de las sociedades de su grupo o de Prosegur, Compañía de Seguridad, S.A. y de las compañías de su grupo.

A estos efectos, se computarán como un solo consejo todos los consejos de sociedades que formen parte de un mismo grupo y no se computarán aquellos consejos de sociedades patrimoniales o que constituyan vehículos o complementos para el ejercicio profesional del propio consejero, de su cónyuge o persona con análoga relación de afectividad o de sus familiares allegados.

Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas, el Consejo podrá dispensar al consejero de esta prohibición.

C.1.13 Indique los importes de los conceptos relativos a la remuneración global del consejo de administración siguientes:

Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de
ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros)
Importe de los fondos acumulados por los consejeros
antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros)

C.1.14 Identifique a los miembros de la alta dirección que no sean a su vez consejeros ejecutivos, e indique la remuneración total devengada a su favor durante el ejercicio:

Nombre o denominación social Cargo/s
DOÑA MARINA COUSO RUANO Directora de Planificación Estratégica
DON LUIS JAVIER ORO PRADERA Director de Productividad e Innovación
DON JAVIER HERGUETA VAZQUEZ Director Financiero
DON FELIX CARBAJO OLLEROS Director de Auditoría Interna
Número de mujeres en la alta dirección
Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección
Remuneración total alta dirección (en miles de euros) 1.211

C.1.15 Indique si se ha producido durante el ejercicio alguna modificación en el reglamento del consejo:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.

1.- SELECCIÓN DE CONSEJEROS

La selección de candidatos a consejero corresponde al Consejo de Administración quien, con el asesoramiento e informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, evalúa las necesidades de la Sociedad y su Grupo al respecto. Se buscarán personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función, y cuyo nombramiento favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, orígenes, edad, nacionalidades y género en el seno del Consejo de Administración de forma que se consiga un adecuado equilibrio en su conjunto que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia. Todo ello, atendiendo a la naturaleza, complejidad y contexto social y geográfico de los negocios desarrollados por la Sociedad y las demás compañías del Grupo. Adicionalmente, podrán tomarse en consideración otros criterios.

No podrán ser considerados como candidatos a consejero de la Sociedad quienes se encuentren incursos en cualquier supuesto de incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo de consejero, quienes bajo cualquier forma tengan intereses opuestos a los de la Sociedad o su Grupo o cuya pertenencia al Consejo de Administración pueda afectar a la reputación de la Sociedad, las que no reúnan los requisitos establecidos en el Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad para ser consejero (incluyendo, en particular, el de ejercicio del cargo de administrador en un número superior de Consejos que el previsto reglamentariamente) y los administradores o miembros de la alta dirección de las sociedades, nacionales o

extranjeras, del sector de la seguridad o de otros sectores, que sean o puedan ser competidoras de la Sociedad o de su Grupo o de la sociedad dominante de la Sociedad o de su Grupo y las personas que, en su caso, fueran propuestas por ellos en su condición de accionistas. A efectos aclaratorios, se hace constar que las sociedades del Grupo o del grupo de la sociedad dominante de la Sociedad no tendrán la consideración de competidora de la Sociedad.

2. NOMBRAMIENTO Y REELECCIÓN DE CONSEJEROS

Los consejeros serán designados por la Junta General o por el Consejo de Administración de conformidad con las previsiones contenidas en las disposiciones legales aplicables.

Las propuestas de nombramiento de consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y los acuerdos de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta (en el caso de consejeros independientes) o informe (en el caso de los restantes consejeros) de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones. Cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones o propuestas de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en acta de sus razones.

La propuesta deberá ir acompañada en todo caso de un informe justificativo del Consejo de Administración en el que se valore la competencia, experiencia y méritos del candidato propuesto, que se unirá al acta de la Junta General o del propio Consejo de Administración. La propuesta de nombramiento o reelección de cualquier consejero no independiente deberá ir precedida, además, de informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones.

Los Consejeros son nombrados por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración, si bien los consejeros independientes no podrán mantenerse en el cargo durante un plazo superior a doce (12) años continuados, excepto que pasen a ostentar la condición de consejero dominical, ejecutivo o de otros consejeros externos.

Las propuestas de reelección de consejeros que el Consejo de Administración decida someter a la Junta General habrán de sujetarse a las mismas reglas que para el nombramiento, así como a un proceso formal de elaboración, del que necesariamente formará parte un informe emitido por la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones en el que se evaluarán la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los consejeros propuestos durante el mandato precedente.

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

C.1.17 Explique en qué medida la evaluación anual del consejo ha dado lugar a cambios importantes en su organización interna y sobre los procedimientos aplicables a sus actividades:

Descripción modificaciones

La Sociedad lleva a cabo un proceso de evaluación del Consejo de Administración y de sus Comisiones y de sus miembros, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable y en las recomendaciones del Código de Buen Gobierno. El proceso de evaluación correspondiente al ejercicio 2024 ha concluido con una valoración positiva de la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones, así como del desempeño del Presidente, del Consejero Delegado y de los restantes Consejeros. La evaluación del ejercicio 2023 determinó entre otras cuestiones, la necesidad de aumentar el tamaño del Consejo de Administración a diez miembros con el fin de ampliar la diversidad de conocimientos y experiencias, así como de enriquecer los debates en su seno y de este modo afrontar los retos y aprovechar aquellas oportunidades que se planteen ante la Sociedad de manera más eficaz, y por el otro, nombrar a un consejero del género menos representado

en el seno del Consejo de Administración, lo cual se ha producido durante el ejercicio 2024. Asimismo, durante el ejercicio 2024, y a resultas de la evaluación, se ha implementado un plan de acción que ha incluido entre otras cuestiones las siguientes (i) se ha procedido a facilitar la labor del consejero con la implementación, mediante un plan de acción, de una nueva herramienta tecnológica que permite digitalizar el funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones y lograr una mayor eficiencia operativa de las reuniones de dichos órganos; (ii) estandarización y simplificación -para facilitar una mejor comprensión- del reporte de determinadas operaciones; (iii) establecimiento de un programa de formación sobre materias transversales, como la ciberseguridad, la inteligencia artificial, la sostenibilidad o la geopolítica, que complementa el acceso a los contenidos de la Universidad Prosegur y las jornadas de innovación.

Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.

Descripción proceso de evaluación y áreas evaluadas

De conformidad con el artículo 5 del Reglamento del Consejo de Administración, entre las misiones del Consejo de Administración se encuentra la función general de supervisión, destacando, entre otras, la supervisión de su propio funcionamiento.

Corresponde al Presidente del Consejo de Administración, junto con el Presidente de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, organizar y coordinar la evaluación periódica del Consejo de Administración, de sus Comisiones, de sus miembros y del primer ejecutivo de la Sociedad.

A los anteriores efectos, partiendo del informe emitido a tales efectos por la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, el Consejo de Administración evalúa anualmente su propio funcionamiento y el desempeño de sus funciones por sus integrantes, así como el desempeño de sus funciones por el Presidente y por el primer ejecutivo de la Sociedad. Así mismo y también anualmente, el Consejo de Administración evalúa el funcionamiento de las Comisiones del Consejo de Administración partiendo de los informes de que estas le elevan.

Para llevar a cabo el proceso de evaluación del ejercicio 2024, se ha enviado un cuestionario a cada consejero, en relación con el Consejo de Administración y con las Comisiones de las que, en cada caso, cada consejero forma parte, incluyendo numerosas preguntas sobre (i) la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de las Comisiones; (ii) el tamaño, composición y competencias del Consejo de Administración y de las Comisiones; y (iii) el desempeño y la aportación de los consejeros, prestando especial atención a los Presidentes de las distintas Comisiones del Consejo. Posteriormente, se han mantenido entrevistas con los miembros del Consejo de Administración y las Comisiones.

Para la evaluación correspondiente al ejercicio 2023, se contó con Deloitte Legal como asesor externo en el proceso concluyendo una valoración positiva de la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones, así como del desempeño del Presidente, del Consejero Delegado y de los restantes Consejeros.

C.1.18 Desglose, en aquellos ejercicios en los que la evaluación haya sido auxiliada por un consultor externo, las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo.

No aplicable.

C.1.19 Indique los supuestos en los que están obligados a dimitir los consejeros.

Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

a) Cuando dejen de ejercer los cargos ejecutivos a los que vaya vinculado su nombramiento como consejero o cuando ya no existan los motivos por los que fue nombrado. En particular, en el caso de los consejeros dominicales, cuando el accionista o los accionistas que propusieron, requirieron o determinaron su nombramiento, vendan o transmitan total o parcialmente su participación con la consecuencia de perder esta la condición de significativa o suficiente para justificar el nombramiento.

b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.

c) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

d) Cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoria por haber infringido sus obligaciones como consejeros.

e) Cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad.

C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:

[ ]
[ √ ] No

En su caso, describa las diferencias.

  • C.1.21 Explique si existen requisitos específicos, distintos de los relativos a los consejeros, para ser nombrado presidente del consejo de administración:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.23 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen un mandato limitado u otros requisitos más estrictos adicionales a los previstos legalmente para los consejeros independientes, distinto al establecido en la normativa:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.24 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo de administración establecen normas específicas para la delegación del voto en el consejo de administración en favor de otros consejeros, la forma de hacerlo y, en particular, el número máximo de delegaciones que puede tener un consejero, así como si se ha establecido alguna limitación en cuanto a las categorías en que es posible delegar, más allá de las limitaciones impuestas por la legislación. En su caso, detalle dichas normas brevemente.

Los Estatutos Sociales establecen que los consejeros, en caso de ausencia, podrán hacerse representar en las reuniones del Consejo de Administración por otro consejero mediante delegación por escrito, que se procurará que, en la medida de lo posible, contenga instrucciones de voto. En todo caso, los consejeros no ejecutivos sólo podrán delegar su representación en otro consejero no ejecutivo.

El Reglamento del Consejo de Administración añade que los consejeros harán todo lo posible para acudir a las sesiones del Consejo de Administración y, cuando no puedan hacerlo personalmente, procurarán que la representación que confieran sea a favor de otro consejero de su misma categoría e incluya las oportunas instrucciones.

C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.

Número de reuniones del consejo 8
Número de reuniones del consejo
sin la asistencia del presidente
0

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:

Número de reuniones 0

Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:

Número de reuniones de
COMISIÓN DE AUDITORÍA
4
Número de reuniones de
COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD,
GOBIERNO CORPORATIVO,
NOMBRAMIENTOS
Y RETRIBUCIONES
4

C.1.26 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio y los datos sobre asistencia de sus miembros:

Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros 8
% de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio 94,58
Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones
específicas, de todos los consejeros
8
% de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones
específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio
95,74

C.1.27 Indique si están previamente certificadas las cuentas anuales individuales y consolidadas que se presentan al consejo para su formulación:

[ √ ] Sí

[ ] No

Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:

Nombre Cargo
DON JAVIER HERGUETA VAZQUEZ DIRECTOR FINANCIERO

C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.

Existen unos rigurosos mecanismos de control por la Dirección Financiera de la Sociedad para que las cuentas individuales y consolidadas se ajusten a los principios de contabilidad generalmente aceptados en España y a las Normas Internacionales de Información Financiera. Asimismo, corresponde, entre otras funciones, a la Comisión de Auditoría, la llevanza de las relaciones con el auditor externo (a la fecha, Ernst & Young, S.L.) y velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas un resumen de dicho parecer. La Comisión de Auditoría mantiene, a tal fin, las oportunas conversaciones con el auditor externo, a lo largo del ejercicio y en el momento de la formulación de las Cuentas Anuales. Asimismo, el auditor externo es invitado anualmente a una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y las conclusiones alcanzadas y sobre la evolución de la situación contable y los riesgos de la Sociedad y su Grupo en relación con las Cuentas Anuales correspondientes, y asiste a varias reuniones de la Comisión de Auditoría a fin de informar periódicamente a los miembros de la Comisión de sus trabajos de auditoría externa.

Además el Reglamento del Consejo de Administración contempla que este procure formular definitivamente las Cuentas Anuales de manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del auditor externo, explicando públicamente, en su caso, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, el contenido y el alcance de la discrepancia.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa interna de la Sociedad, a lo largo del ejercicio 2024, la Comisión de Auditoría ha informado sobre la correspondiente información financiera relativa a la Sociedad (individual y consolidada), de forma previa a su aprobación por el Consejo de Administración y presentación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. En este sentido, durante el ejercicio 2024 la Comisión de Auditoría presentó al Consejo de Administración los siguientes informes en relación con la información financiera anual, trimestral y semestral de la Sociedad correspondiente, según el caso, a los ejercicios 2023 y 2024:

  • Informe de 26 de febrero de 2024 sobre las Cuentas Anuales de la Sociedad y su Grupo Consolidado correspondientes al ejercicio 2023.
  • Informe de 24 de abril de 2024 sobre los resultados del primer trimestre de 2024.
  • Informe de 23 de julio de 2024 sobre la información financiera correspondiente al primer semestre de 2024.
  • Informe de 29 de octubre de 2024 sobre los resultados del tercer trimestre de 2024.

Los procedimientos seguidos para la elaboración y presentación de la información financiera y para asegurar la integridad de la misma se describen en detalle en el apartado F. siguiente al describir los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de la misma.

Los informes de auditoría de las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas formuladas por el Consejo de Administración se han emitido históricamente sin salvedades, tal y como consta en la información sobre la Sociedad contenida en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).

C.1.29 ¿El secretario del consejo tiene la condición de consejero?

[ ]
[ √ ] No

Si el secretario no tiene la condición de consejero complete el siguiente cuadro:

Nombre o denominación social del secretario Representante
DOÑA RENATA MENDAÑA NAVARRO

Doña Renata Mendaña Navarro fue nombrada como secretaria no consejera del Consejo de Administración el 25 de julio de 2018.

C.1.30 Indique los mecanismos concretos establecidos por la sociedad para preservar la independencia de los auditores externos, así como, si los hubiera, los mecanismos para preservar la independencia de los analistas financieros, de los bancos de inversión y de las agencias de calificación, incluyendo cómo se han implementado en la práctica las previsiones legales.

Es responsabilidad de la Comisión de Auditoría preservar la independencia del auditor externo en el ejercicio de sus funciones. A tal fin, supervisa que su retribución no comprometa su calidad ni su independencia, asegura que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración y requiere periódicamente su asistencia a las sesiones de la Comisión de Auditoría para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad. Adicionalmente, el Presidente de la Comisión de Auditoría celebra con el auditor externo, en función de las necesidades de la Sociedad, reuniones de trabajo sobre temas específicos.

Por otro lado, el Reglamento del Consejo establece que el Consejo de Administración se abstendrá de contratar a aquellas firmas de auditoría en las que los honorarios que prevea satisfacerle, por todos los conceptos, sean superiores al 5% de sus ingresos totales durante el último ejercicio y deberá informar públicamente de los honorarios globales que ha satisfecho la Sociedad a la firma de auditoría por servicios distintos de la auditoría. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4) del Reglamento de la Comisión de Auditoría, ésta deberá autorizar, cuando corresponda de acuerdo y en los términos previstos en la legislación vigente, la contratación del auditor de cuentas para servicios distintos a la auditoría de cuentas. En este sentido, el auditor de cuentas presentó a la Comisión de Auditoría de la Sociedad , en la totalidad de las reuniones de la Comisión de Auditoría durante el ejercicio 2024, así como en el mes de diciembre de 2024 en el seno de una reunión formal del Consejo de Administración, una descripción de los servicios distintos a la auditoría de cuentas que las sociedades del Grupo de la Sociedad para su autorización y entregó sendas cartas en las que confirmaba que los servicios no incurrían en compatibilidad alguna en materia de independencia del auditor, al amparo de lo establecida en la Ley de Auditoría y otras normas que resultan de aplicación, confirmando que, sobre la base de un análisis de amenazas de los servicios, no habían identificado ninguna amenaza significativa en relación con cada uno de dichos servicios que pudieran requerir de la implementación de salvaguardas.

La Comisión analiza, con carácter exhaustivo, aquellos aspectos susceptibles de constituir una amenaza para la independencia del Auditor externo y, en especial, el régimen de contratación de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en los artículos 5.4 y 6.2.b) del Reglamento (UE) nº 537/2014, de 16 de abril, y en lo previsto en la sección 3º del capítulo IV del título I de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Asimismo, de conformidad con el artículo 17.4 f) del Reglamento del Consejo, la Comisión, a la vista de los trabajos realizados, de los servicios adicionales a la auditoría prestados (individualmente considerados y en su conjunto) y de los honorarios percibidos por el auditor externo, valora anualmente, con carácter previo a la emisión del informe final de auditoría de cuentas, su opinión sobre si la independencia del auditor externo resulta comprometida. De todo ello, se da cuenta en el Informe Anual de Funcionamiento y Memoria de Actividades de la Comisión de Auditoría.

No existiendo mecanismos específicos encaminados a preservar la independencia de analistas financieros, bancos de inversión o agencias de calificación, a ella se contribuye a través de la Política de Comunicación con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto de la Sociedad, la cual propugna la máxima transparencia en los reportes financieros, la difusión de comunicaciones financieras y estratégicas de forma coherente y abierta, y el reflejo fiel, equilibrado y comprensible de la situación y perspectivas de la Sociedad. En todo caso, la Sociedad canaliza sus relaciones con ellos a través de la Dirección de Relación con Inversores y de Secretaría General, que las basa en los principios de trato objetivo, equitativo, no discriminatorio, profesionalidad, solvencia e independencia en sus apreciaciones.

Por otra parte, la Sociedad dispone de diversos canales de comunicación, tal y como consta en la Política de Comunicación con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto de la Sociedad y, con carácter general, en la Política de Comunicación de la Sociedad, ambas publicadas en la página web de la Sociedad.

  • C.1.31 Indique si durante el ejercicio la Sociedad ha cambiado de auditor externo. En su caso identifique al auditor entrante y saliente:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:

  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.32 Indique si la firma de auditoría realiza otros trabajos para la sociedad y/o su grupo distintos de los de auditoría y en ese caso declare el importe de los honorarios recibidos por dichos trabajos y el porcentaje que el importe anterior supone sobre los honorarios facturados por trabajos de auditoría a la sociedad y/ o su grupo:
    • [ √ ] Sí
  • [ ] No
Sociedad Sociedades
del grupo
Total
Importe de otros trabajos distintos
de los de auditoría (miles de euros)
23 14 37
Importe trabajos distintos
de los de auditoría / Importe
trabajos de auditoría (en %)
11,00 1,00 3,00
  • C.1.33 Indique si el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio anterior presenta salvedades. En su caso, indique las razones dadas a los accionistas en la Junta General por el presidente de la comisión de auditoría para explicar el contenido y alcance de dichas salvedades.
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:

IndividualesConsolidadas
Número de ejercicios ininterrumpidos 5 5
IndividualesConsolidadas
Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de
ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %)
55,56 55,56

C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:

[ √ ]
[ ] No

Detalle del procedimiento

El Reglamento del Consejo de Administración reconoce a los consejeros las más amplias facultades para informarse sobre cualquier aspecto de la Sociedad, para examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales y para inspeccionar todas sus instalaciones. Este derecho de información se extiende a las sociedades del Grupo. El ejercicio de las facultades de información se puede canalizar a través del Presidente del Consejo de Administración, del Secretario o del Director Financiero de la Sociedad, quienes atienden las solicitudes del consejero facilitándole directamente la información, ofreciéndole los interlocutores apropiados en el estrato de la organización que proceda o arbitrando las medidas para que pueda practicar in situ las diligencias de examen e inspección deseadas.

Adicionalmente, el Reglamento del Consejo de Administración prevé que la convocatoria de las sesiones ordinarias del Consejo de Administración se curse con una antelación mínima de tres días, debiendo incluir, salvo causa justificada, el orden del día de la sesión (en el que se indicarán aquellos puntos sobre los que el Consejo de Administración deba adoptar una decisión o acuerdo) e ir acompañada de la información de soporte necesaria. En este sentido, los consejeros disponen de una aplicación informática específica, la página web del consejero, que facilita el desempeño de sus funciones y el ejercicio de su derecho de información. En dicha aplicación informática (i) se incorpora la información que se considera adecuada para la preparación de las reuniones del Consejo de Administración y sus comisiones según el orden del día; (ii) se incluyen las presentaciones y exposiciones que se realizarán al Consejo de Administración; y (iii) se facilita a los consejeros el acceso a las actas de las reuniones del Consejo de Administración y de sus comisiones, así como a aquella otra información que el Consejo de Administración acuerde.

Por otra parte, el Reglamento del Consejo de Administración prevé la posibilidad de que los consejeros externos, con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones, puedan solicitar la contratación con cargo a la Sociedad de asesores legales, contables, financieros u otros expertos (siendo el encargo sobre problemas concretos de cierto relieve y complejidad que se presenten en el desempeño del cargo).

Por último, entre las obligaciones de los consejeros está la de preparar adecuadamente las reuniones del Consejo de Administración y de las Comisiones a las que pertenezca, debiendo informarse diligentemente sobre la marcha de la Sociedad y sobre las materias a tratar en dichas reuniones.

C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:

[ √ ]
[ ] No

Explique las reglas

El Reglamento del Consejo de Administración recoge los supuestos en los que los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, incluyendo, entre otros, cuando su permanencia

en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses. Asimismo, el Reglamento del Consejo de Administración y otras políticas dentro del Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad, incluyendo, en particular, la Política de Selección de Candidatos a Consejero, establecen los supuestos de incompatibilidad del cargo de consejero de la Sociedad.

Los consejeros deberán además informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el Consejo de Administración deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidir si procede o no que el consejero continúe en su cargo. De todo ello se informará al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta, sin perjuicio de la información que la Sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

  • C.1.37 Indique, salvo que hayan concurrido circunstancias especiales de las que se haya dejado constancia en acta, si el consejo ha sido informado o ha conocido de otro modo alguna situación que afecte a un consejero, relacionada o no con su actuación en la propia sociedad, que pueda perjudicar al crédito y reputación de ésta:
  • [ ] Sí
  • [ √ ] No
  • C.1.38 Detalle los acuerdos significativos que haya celebrado la sociedad y que entren en vigor, sean modificados o concluyan en caso de cambio de control de la sociedad a raíz de una oferta pública de adquisición, y sus efectos.

a) Contrato de línea de crédito sindicado por importe de 300 millones de euros, entre la Sociedad y un sindicato de entidades acreditantes, de fecha 10 de febrero de 2017. Con fecha 7 de febrero de 2019, se realizó la novación de este contrato, extendiendo el vencimiento por otros 5 años hasta febrero de 2024, y con fecha 3 de febrero de 2021 se ha extendido nuevamente la fecha de vencimiento hasta febrero de 2026. A 31 de diciembre de 2024, el saldo dispuesto asciende a 125.000.000 euros. En caso de cambio de control, las entidades acreditantes dejarían de estar obligadas a poner a disposición de la Sociedad las cantidades requeridas por ésta y podrán solicitar el vencimiento anticipado del crédito.

b) Contrato de financiación sindicada por importe máximo de 45 millones de dólares australianos, de fecha 11 de septiembre de 2023, entre la filial australiana de la Sociedad (en la que la Sociedad tenía a 31 de diciembre de 2024 una participación del 35%) como acreditada, y una sociedad del Grupo del accionista mayoritario de la filial australiana, como garante, y un sindicato de entidades acreditantes. Con fecha 10 de diciembre de 2024, la Sociedad se ha convertido en garante de las obligaciones de la acreditada incluidas en el mismo, incluyéndose como supuesto de incumplimiento (con posibilidad de terminación anticipada del Contrato e imposibilidad de poder continuar disponiendo del mismo) el cambio de control de Prosegur Cash.

c) Emisión con fecha 4 de diciembre de 2017, al amparo del programa de emisión de valores de renta fija (Euro Medium Term Note Programme) de la Sociedad, de obligaciones ordinaras por importe de 600 millones de euros y con vencimiento el 4 de febrero de 2026. En caso de cambio de control los bonistas podrían solicitar la retroventa de las obligaciones si el cambio de control va acompañado de la pérdida del rating de grado de inversión (BBB-).

d) Con fecha 30 de mayo de 2024, 25 de junio de 2024 y 19 de diciembre de 2024 Prosegur Cash ha firmado tres contratos de préstamo con determinadas entidades financieras en España por importe de 30, 75 y 20 millones de euros, respectivamente, con un plazo de vencimiento de cuatro y tres años. En caso de cambio de control, las entidades acreditantes dejarían de estar obligadas a poner a disposición de la Sociedad las cantidades requeridas por ésta y podrán solicitar el vencimiento anticipado del crédito.

C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.

Numero de beneficiarios 1
Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
CONSEJERO DELEGADO El Contrato de Relación Profesional en virtud del cual el Consejero
Delegado presta sus servicios a la Sociedad, reconoce a su favor el
derecho a percibir una indemnización por importe bruto de 500.000

Tipo de beneficiario Descripción del acuerdo
euros, que comprenderá e integrará cualquier indemnización y
preaviso legalmente establecido y que será pagadera en el plazo
de diez días, en caso de resolución del mismo sea a voluntad de la
Sociedad, a iniciativa del Consejero Delegado por causa imputable a
la Sociedad o de mutuo acuerdo. El Contrato de Relación Profesional
del Consejero Delegado también recoge una obligación de no
competencia post-contractual en virtud de la cual, en caso de
extinción del citado contrato por cualquier causa y durante el plazo
de los dos años siguientes a su fecha de extinción, el Consejero
Delegado se compromete a no competir con las actividades
desarrolladas en los sectores donde Prosegur Cash o el Grupo
Prosegur Cash desarrollan sus actividades, y a no prestar servicios a
empresas españolas o extranjeras competidoras de Prosegur Cash
o del Grupo Prosegur Cash. Dicho pacto de no competencia post
contractual está remunerado con un importe de 78.000 euros brutos
anuales, que se abonarán por la Sociedad al Consejero Delegado
en doce pagos mensuales iguales durante los cinco últimos días
de cada mes mientras el Contrato de Relación Profesional del
Consejero Delegado permanezca en vigor. Se hace constar que
la política de la Sociedad y de su Grupo es que los contratos con
determinadas categorías de empleados cuenten con obligaciones
de no competencia post-contractual en virtud de la cual, en caso de
extinción del contrato por cualquier causa y durante el plazo de los
dos años siguientes a su fecha de extinción, los referidos empleados se
comprometen a no competir con las actividades desarrolladas en los
sectores donde Prosegur Cash o el Grupo Prosegur Cash desarrollan
sus actividades, y a no prestar servicios a empresas españolas o
extranjeras competidoras de Prosegur Cash o del Grupo Prosegur
Cash. Este pacto de no competencia está retribuido y se abona de
forma mensual en doce pagos iguales.

Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:

Consejo de administración Junta general
Órgano que autoriza las cláusulas
Si No
¿Se informa a la junta
general sobre las cláusulas?

C.2. Comisiones del consejo de administración

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:

COMISIÓN DE AUDITORÍA
Nombre Cargo Categoría
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN PRESIDENTE Independiente
DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ VOCAL Independiente
DON ANTONIO RUBIO MERINO VOCAL Dominical
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 33,33
% de consejeros independientes 66,67
% de consejeros otros externos 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

La Comisión de Auditoría es un órgano interno permanente, de carácter consultivo, sin funciones ejecutivas, con facultades de información, supervisión, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación. Las actuaciones más significativas de este órgano a lo largo del ejercicio se detallan en el informe anual de funcionamiento y memoria de actividades publicado en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com).

La Comisión de Auditoría estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros no ejecutivos, que dispongan de la dedicación, capacidad y experiencia necesaria para desempeñar su función. Se procurará la diversidad en la composición de la Comisión de Auditoría. La mayoría de los miembros de la Comisión de Auditoría deberán ser consejeros independientes. Al menos uno de sus miembros, y de forma especial su Presidente, serán designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros. El Consejo de Administración designará al Presidente de la Comisión de Auditoría de entre los consejeros independientes.

El cargo de Presidente de la Comisión de Auditoría se ejercerá por un período máximo de cuatro años, al término del cual no podrá ser reelegido hasta pasado, al menos, un año desde su cese en dicho cargo, sin perjuicio de su continuidad como miembro de la Comisión.

Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría tendrá las siguientes responsabilidades básicas:

a) Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en relación con las materias de su competencia y, en particular, sobre el resultado de la auditoría.

b) Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance.

c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación, y (i) examinar, en su caso, las circunstancias de su renuncia; (ii) velar por que su retribución no comprometa su calidad ni su independencia; (iii) supervisar la comunicación como hecho relevante del cambio de auditor; (iv) asegurar que mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración; (v) supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría; y (vi) asegurar que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre independencia de los auditores.

d) Supervisar a, y establecer y mantener las oportunas relaciones con, el auditor externo, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.

e) Emitir anualmente un informe expresando su opinión sobre si la independencia del auditor de cuentas resulta comprometida.

f) Supervisar la función de auditoría interna.

g) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva.

h) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, y velar por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica

i) Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos.

j) Analizar e informar las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas.

k) Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre todas las materias previstas en la ley y los Estatutos Sociales.

l) Revisar los folletos de emisión y cualquier otra información relevante que deba suministrar el Consejo de Administración a los mercados y sus órganos de supervisión.

m) Establecer y supervisar un sistema que permita a los empleados y otras personas relevantes relacionadas con la Sociedad comunicar, de forma confidencial y en su caso anónima, las irregularidades de potencial trascendencia.

n) Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre todas las actuaciones y decisiones adoptadas por la Dirección de Cumplimiento Normativo en el ejercicio de sus competencias y en particular en relación con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores de la Sociedad.

o) Supervisar la aplicación de la política general relativa a la comunicación de la información económico-financiera, no financiera y corporativa y la estrategia de comunicación y relación con accionistas e inversores.

p) Evaluar lo relativo a los riesgos no financieros de la Sociedad –incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales.

q) Coordinar el proceso de reporte de la información no financiera.

r) Informar sobre las operaciones vinculadas.

s) Informar sobre las materias sujetas al contrato marco de relaciones entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., su cumplimiento y las posibles propuestas de modificación.

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.

DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN /
Nombres de los consejeros DON DANIEL GUILLERMO
con experiencia ENTRECANALES DOMECQ / DON
ANTONIO RUBIO MERINO
Fecha de nombramiento
del presidente en el cargo
23/02/2021
COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES
Nombre Cargo Categoría
DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN VOCAL Independiente
DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG VOCAL Independiente
DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ PRESIDENTE Independiente
% de consejeros ejecutivos 0,00
% de consejeros dominicales 0,00

Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.

La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros no ejecutivos. Se procurará que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarias para desempeñar su función. La mayoría de los miembros de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones deberán ser consejeros independientes.

El Consejo de Administración designará al Presidente de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de entre los consejeros independientes.

Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones tendrá las siguientes responsabilidades básicas:

a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración.

b) Informar al Consejo de Administración sobre las cuestiones relativas a la diversidad de género y establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.

c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramiento de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la Junta General.

d) Informar las propuestas de nombramiento, reelección o separación de los restantes consejeros de la Sociedad.

e) Verificar anualmente el cumplimiento de la política de selección de consejeros.

f) Informar las propuestas de nombramiento y separación de cargos dentro del Consejo de Administración, incluyendo el Secretario y los Vicesecretarios y proponer al Consejo de Administración los miembros que deban formar parte de cada una de las Comisiones.

g) Examinar y organizar la sucesión del Presidente del Consejo de Administración y del primer ejecutivo de la Sociedad, y, en su caso, hacer propuestas al Consejo de Administración para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y planificada.

h) Organizar y coordinar la evaluación periódica del Presidente del Consejo de Administración y la evaluación periódica del Consejo de Administración, de sus miembros y del primer ejecutivo de la Sociedad.

i) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y proponer al Consejo de Administración las condiciones básicas de sus contratos.

j) Proponer al Consejo de Administración la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de Comisiones Ejecutivas o de Consejeros Delegados, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.

k) Comprobar la observancia de la política de retribuciones establecida por la Sociedad.

l) Revisar periódicamente la política de retribuciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con, o referenciados a, acciones de la Sociedad y su aplicación, ponderando su adecuación y sus rendimientos, y garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la Sociedad.

m) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos.

n) Informar sobre las situaciones de conflicto de interés de los consejeros.

o) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado, en su caso, a la Comisión.

p) Evaluar y revisar periódicamente la política de responsabilidad medioambiental y social de la Sociedad.

q) Supervisar que las prácticas de la Sociedad en materia de responsabilidad medioambiental y social se ajustan a la estrategia y políticas fijadas y la supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

r) Evaluar periódicamente la adecuación del sistema de gobierno corporativo de la Sociedad, hacer las propuestas necesarias para su mejora y supervisar el cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la Sociedad, y recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a los miembros de la alta dirección de la Sociedad.

s) Informar, previamente a su aprobación por parte del Consejo de Administración, el Informe Anual de Gobierno Corporativo (salvo en lo relativo a las operaciones vinculadas y a los sistemas de control y gestión de riesgos que será informado por la Comisión de Auditoría) y someter al Consejo de Administración la propuesta del informe anual sobre Remuneraciones de los Consejeros.

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

C.2.2 Complete el siguiente cuadro con la información relativa al número de consejeras que integran las comisiones del consejo de administración al cierre de los últimos cuatro ejercicios:

Número de consejeras
Ejercicio 2024 Ejercicio 2023 Ejercicio 2022 Ejercicio 2021
Número % Número % Número % Número %
COMISIÓN DE
AUDITORÍA
0 0,00 0 0,00 0 0,00 0 0,00
COMISIÓN DE
SOSTENIBILIDAD,
GOBIERNO
CORPORATIVO,
NOMBRAMIENTOS
Y RETRIBUCIONES
1 33,33 1 25,00 1 25,00 1 25,00

C.2.3 Indique, en su caso, la existencia de regulación de las comisiones del consejo, el lugar en que están disponibles para su consulta, y las modificaciones que se hayan realizado durante el ejercicio. A su vez, se indicará si de forma voluntaria se ha elaborado algún informe anual sobre las actividades de cada comisión.

1.- COMISIÓN DE AUDITORIA

La organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría del Consejo de Administración se regula en:

a) los Estatutos Sociales (artículo 30 y concordantes);

b) el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 17 y concordantes); y

c) el Reglamento de la Comisión de Auditoría que, a partir de lo previsto en el Reglamento del Consejo de Administración y conforme a las recomendaciones de la Guía Técnica sobre Comisiones de Auditoría, desarrolla las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría de la Sociedad.

Los documentos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com) y los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, también en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El Consejo de Administración en su sesión de 18 de diciembre de 2017 aprobó el Reglamento de la Comisión de Auditoría, y ha sido modificado 28 de julio de 2020 para su adaptación y actualización de su funcionamiento y de sus en el marco de la reforma del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas llevada a cabo en junio de 2020.

El Artículo 23 del Reglamento de la Comisión de Auditoría prevé la elaboración anual de un informe de funcionamiento de la Comisión de Auditoría, que se publicará como parte del informe anual de la Sociedad y estará a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad. Con fecha 26 de febrero de 2024 la Comisión aprobó el informe de funcionamiento correspondiente al ejercicio 2023 el cual consta publicado desde dicha fecha en la página web corporativa de la Sociedad.

2.- COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

La organización y funcionamiento de Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones del Consejo de Administración se regula en:

a) los Estatutos Sociales (artículo 30 y concordantes);

b) el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 18 y concordantes).

c) el Reglamento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones que desarrolla las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad

Los documentos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com) y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

El Artículo 19 del Reglamento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones prevé la elaboración anual de un informe de funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que se publicará como parte del informe anual de la Sociedad y estará a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad. Con fecha 26 de febrero de 2024 la Comisión aprobó el informe de funcionamiento correspondiente al ejercicio 2023, que se encuentra publicado en la página web corporativa de la Sociedad.

D. OPERACIONES VINCULADAS Y OPERACIONES INTRAGRUPO

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.

De conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 40 del Reglamento del Consejo de Administración, la competencia para aprobar las operaciones vinculadas cuyo importe o valor sea igual o superior al 10% del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad corresponderá a la junta general de accionistas.

Se reserva formalmente al Consejo de Administración la aprobación, previo informe de la Comisión de Auditoría, del resto de las operaciones vinculadas que no podrá ser delegada salvo que se trate de

(a) operaciones entre sociedades del Grupo Prosegur Cash y del Grupo cuya sociedad dominante es Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (Grupo Prosegur) que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria (entre las que se incluirán las que resulten de la ejecución de un protocolo o acuerdo o contrato marco) y en condiciones de mercado, y siempre que se enmarquen dentro de algunas de las siguientes tipologías de operación o servicios:

  • Suministro de combustible a través de depósitos titularidad del Grupo PCS.

  • Servicios de formación impartida por Grupo PCS.

  • Las operaciones vinculadas que resulten de los protocolos o acuerdos marcos aprobados por el Consejo de Administración de la Sociedad en cada momento, previo informe de la Comisión de Auditoría; o

(b) operaciones entre sociedades del Grupo Prosegur y sociedades del Grupo Prosegur Cash que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,25 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de Prosegur Cash y siempre que dichas operaciones tengan por objeto la prestación de servicios por parte de Grupo Prosegur o de Grupo Prosegur Cash, respectivamente, a Grupo Prosegur Cash o a Grupo Prosegur, respectivamente, inherentes a los negocios dentro de sus respectivos ámbito de actividad.

La aprobación de las operaciones vinculadas susceptibles de delegación a que se refieren los párrafos anteriores no requerirá de informe previo de la Comisión de Auditoría de Prosegur Cash y se realizará por el Consejero Delegado y el Director Financiero de la Sociedad de forma conjunta de conformidad con lo previsto en el artículo 529 duovicies 4 de la Ley de Sociedad de Capital. No obstante, el Consejo de Administración de Prosegur Cash ha establecido en relación con dichas operaciones delegadas un procedimiento interno de información y control con periodicidad anual, con ocasión de la celebración de la primera reunión ordinaria de la Comisión de Auditoría en el que se le presenten a la Comisión de Auditoría las operaciones realizadas al amparo de la delegación, acompañadas de toda la información necesaria para que la Comisión de Auditoría pueda verificar la equidad y transparencia de dichas operaciones y, en su caso, el cumplimiento de los criterios legales aplicables a dichas operaciones que constituyen una excepción al régimen general de aprobación aplicable a este tipo de operaciones.

Para aquellas operaciones vinculadas que no sean delegadas, la Comisión de Auditoría deberá, en su informe al respecto, evaluar si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y, en su caso, de los accionistas distintos de la parte vinculada, y dar cuenta de los presupuestos en que se basa la evaluación y de los métodos utilizados. En la elaboración del informe no podrán participar, en su caso, los consejeros afectados.

La celebración de una operación vinculada sitúa al consejero que realiza dicha operación, o que está vinculado con la persona que la lleva a cabo, en una situación de conflicto de interés, por lo que, resultará de aplicación el deber de abstención en la deliberación y votación del acuerdo de autorización previsto en el Reglamento del Consejo de Administración.

En el mismo sentido, la Comisión de Auditoría tiene las siguientes facultades de información, asesoramiento y propuesta en relación con el Contrato Marco:

(a) Informar previamente, en cuanto a sus elementos esenciales (precio, plazo y objeto), sobre aquellas operaciones vinculadas entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., o entre cualquiera de las sociedades de sus respectivos grupos, cuya aprobación se reserve al Consejo de Administración de conformidad con el Contrato Marco.

(b) Informar previamente sobre aquellos apartados de la información pública periódica y del informe anual de gobierno corporativo de la Sociedad que se refieran al Contrato Marco y a las operaciones vinculadas entre el Grupo y el Grupo Prosegur.

(c) Informar sobre las situaciones en las que se dé una concurrencia sobre oportunidades de negocio entre sociedades del Grupo y del Grupo Prosegur y realizar el seguimiento del cumplimiento de las previsiones del Contrato Marco sobre la materia.

(d) Informar periódicamente sobre el cumplimiento del Contrato Marco.

(e) Informar previamente sobre cualquier propuesta de modificación del Contrato Marco, así como las eventuales propuestas de transacción encaminadas a poner fin a las desavenencias que puedan surgir entre sus firmantes con ocasión de su aplicación.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación social
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
%
Participación
Nombre o
denominación
social de la
sociedad o entidad
dependiente
Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
(1) PROSEGUR
COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
81,45 Prosegur Cash, S.A. 18.792 Cda o el Consejero
Delegado y el
Director Financiero ,
conjuntamente,
en virtud de la
delegación de
Dominicales SI
(2) PROSEGUR
COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD , S.A.
81,45 Prosegur Cash, S.A. 26.954 Consejo de
administración
Dominicales SI
(3) PROSEGUR
COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
81,45 Prosegur Cash, S.A. 44.459 Consejo de
administración
Dominicales SI
(4) PROSEGUR
COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD , S.A.
81,45 Prosegur Cash, S.A. 14.302 Cda o el Consejero
Delegado y el
Director Financiero ,
conjuntamente,
en virtud de la
delegación de
Dominicales SI
Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
PROSEGUR Comercial Contratos de arrendamiento operativo
(1) COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
PROSEGUR Comercial Acuerdos sobre licencias (marca)
(2) COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD , S.A.

Nombre o Naturaleza Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación
denominación social de la relación
del accionista o
de cualquiera de
sus sociedades
dependientes
PROSEGUR Comercial Servicios de apoyo a la gestión
(3) COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD, S.A.
PROSEGUR Comercial Recepción de servicios varios
(4) COMPAÑÍA DE
SEGURIDAD , S.A.

Todas las operaciones anteriores han sido aprobadas o ratificadas por el Consejo de Administración de la Sociedad previo informe favorable de la Comisión de Auditoría o por el Consejero Delegado y el Director Financiero de la Sociedad de forma conjunta al ser parte de las operaciones vinculadas delegadas (y sujetas ex post al procedimiento de control periódico) o se enmarcan dentro de contratos marco o parámetros y procedimientos previamente aprobados por el Consejo de Administración, de conformidad con el procedimiento para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo vigente en el momento de aprobación de cada una de ellas.

D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:

Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Nombre o
denominación
social de la
sociedad
o entidad
dependiente
Vínculo Importe
(miles de
euros)
Órgano que la
ha aprobado
Identificación
del accionista
significativo o
consejero que se
hubiera abstenido
La propuesta a la
junta, en su caso,
ha sido aprobada
por el consejo sin
el voto en contra
de la mayoría de
independientes
Sin datos
Nombre o
denominación
social de los
administradores
o directivos o de Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación
sus entidades
controladas o
bajo control
conjunto
Sin datos

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.

En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:

Denominación
social de la
entidad de
su grupo
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.

Denominación
social de la
parte vinculada
Breve descripción de la operación y otra
información necesaria para su evaluación
Importe
(miles de euros)
Sin datos

D.6. Detalle los mecanismos establecidos para detectar, determinar y resolver los posibles conflictos de intereses entre la sociedad y/o su grupo, y sus consejeros, directivos, accionistas significativos u otras partes vinculadas.

1.- CONFLICTOS DE INTERÉS ENTRE LA SOCIEDAD Y SUS CONSEJEROS

De conformidad con el artículo 34 del Reglamento del Consejo de Administración, se considerará que existe conflicto de interés con un consejero en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad o de las sociedades integradas en su Grupo y el interés personal del consejero. Existirá interés personal del consejero cuando el asunto le afecte a él o a una persona vinculada con él o, en el caso de un consejero dominical, al accionista o accionistas que propusieron o efectuaron su nombramiento o a personas vinculadas con aquellos. El citado precepto remite al artículo 231 de la Ley de Sociedades de Capital para la definición de las que serán consideradas personas vinculadas a un consejero a efectos del Reglamento, incluyendo además en tal concepto cualquier sociedad en la que el consejero ejerza un cargo de administración o dirección o en la que tenga una participación significativa.

Las situaciones de conflicto de interés se regirán por las siguientes reglas:

  • Obligaciones de información:

El consejero deberá comunicar al Consejo de Administración, a través del Presidente o del Secretario del mismo, cualquier situación de conflicto de interés, directo o indirecto, en que se encuentre.

El consejero deberá comunicar también todos los puestos que desempeñe y de las actividades que realice en otras compañías o entidades y, en general, de cualquier hecho o situación que pueda resultar relevante para su actuación como administrador de la Sociedad.

  • Obligaciones de abstención:

Salvo que haya obtenido la correspondiente dispensa conforme a lo previsto en el artículo 230 de la Ley de Sociedades de Capital, el consejero deberá abstenerse de:

a) Realizar transacciones con la Sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquellas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.

b) Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la Sociedad y su Grupo asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía.

c) En general, asistir e intervenir en las deliberaciones y en la votación que afecten a asuntos en los que se encuentre en situación de conflicto de interés.

2.- CONFLICTOS DE INTERÉS ENTRE LA SOCIEDAD Y SUS ACCIONISTAS SIGNIFICATIVOS

En cuanto a los accionistas significativos, los artículos 5 y 40 del Reglamento del Consejo de Administración establecen que corresponde a dicho órgano aprobar la realización de cualquier transacción de la Sociedad con un accionista significativo y/o con cualquier otra parte vinculada siempre que no entren dentro de las operaciones cuyo ámbito subjetivo ha sido delegado para su aprobación por el Consejero Delegado y el Director Financiero de forma conjunta, no pudiendo autorizarse ninguna transacción si previamente no ha sido emitido un informe por la Comisión de Auditoría valorando la operación desde el punto de vista de la igualdad de trato de los accionistas y de las condiciones de mercado.

Asimismo, en relación a Prosegur Compañía de Seguridad, S.A, el Contrato Marco (modificado por última vez previo informe de la Comisión de Auditoría durante el ejercicio 2024 tal y como del mismo se ha informado a la CNMV mediante comunicación de otra información relevante) define con precisión las respectivas áreas de actividad sobre la base de los principios de preferencia y de tutela de los intereses de los accionistas minoritarios de la Sociedad, el marco general para el tratamiento de operaciones entre ellas, los flujos de información entre ambas para dar cumplimiento a sus requerimientos de gestión y obligaciones legales y frente a los respectivos reguladores y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse.

D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.

[ √ ] [ ] Sí No

Indique si ha informado públicamente con precisión acerca de las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales:

[ √ ]
[ ] No

´

Informe de las respectivas áreas de actividad y las eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales, e identifique dónde se ha informado públicamente sobre estos aspectos

La Sociedad está controlada por su matriz Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., también cotizada en las Bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Mercado Continuo.

Las relaciones de negocio de la Sociedad significativas por su cuantía o relevantes por su materia con su matriz Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. y con sus filiales se describen en el apartado D.2 anterior.

La Sociedad y su sociedad matriz, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. suscribieron el 17 de febrero de 2017 un contrato marco (el "Contrato Marco") al objeto de regular los principios básicos que deben regir las relaciones entre ellas y sus respectivas entidades dependientes en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación 2ª del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 18 de febrero de 2015, revisado parcialmente el 26 de junio de 2020, se definen públicamente con precisión las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse.

Con fecha 16 de marzo de 2021 el Contrato Marco fue novado para adaptarlo a la nueva realidad en cuanto al desarrollo del negocio de outsourcing de procesos y servicios de valor añadido (AVOS) para entidades financieras y aseguradoras, como consecuencia de la operación de compraventa del 100% del capital social de Prosegur AVOS, S.L.U. por parte de la Sociedad a Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. Por último, con fecha 30 de octubre de 2024, el Contrato Marco ha sido novado para, entre otras cosas, adecuar a la realidad actual la delimitación del ámbito de actuación propio de la Sociedad y el grupo de sociedades del cual es su sociedad dominante en el sentido establecido por la ley incluyendo dentro de la delimitación de actividades del Grupo Prosegur Cash las derivadas del avance de la digitalización y al desarrollo de productos de transformación relacionados con el negocio de recogida y gestión de efectivo con los que aprovechar las nuevas oportunidades que se presentan, en beneficio de los accionistas de Prosegur Cash.

La suscripción del Contrato Marco fue notificada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante hecho relevante con fecha 17 de marzo de 2017 y número de registro 249700 y sus dos novaciones fueron asimismo notificadas como comunicación de otra información relevante el 16 de marzo de 2021 con número de registro 8306 y el 30 de octubre de 2024 con número de registro 31135, respectivamente.

El Contrato Marco (tal y como el mismo ha sido novado sucesivamente) se encuentra además a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad (www.prosegurcash.com) desde Página Principal / Gobierno Corporativo.

Identifique los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses entre la otra sociedad dominante de la cotizada y las demás empresas del grupo:

Mecanismos para resolver los eventuales conflictos de intereses

Tal y como se ha incluido en la respuesta anterior, la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. suscribieron el 17 de febrero de 2017 el Contrato Marco, el cual ha sido novado en dos ocasiones, con fecha 16 de marzo de 2021 y con fecha 30 de octubre de 2024. al objeto, entre otras cuestiones, de regular los principios básicos que deben regir las relaciones entre ellas y sus respectivas entidades dependientes en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación 2ª del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 18 de febrero de 2015, revisado parcialmente el 26 de junio de 2020, se definen públicamente con precisión las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Dicho contrato se haya a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad (www.prosegurcash.com) desde Página Principal / Gobierno Corporativo.

En el mismo sentido, la Comisión de Auditoría tiene las siguientes facultades de información, asesoramiento y propuesta en relación con el Contrato Marco:

(a) Informar previamente, en cuanto a sus elementos esenciales (precio, plazo y objeto), sobre aquellas operaciones vinculadas entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., o entre cualquiera de las sociedades de sus respectivos grupos, cuya aprobación se reserve al Consejo de Administración de conformidad con el Contrato Marco.

(b) Informar previamente sobre aquellos apartados de la información pública periódica y del informe anual de gobierno corporativo de la Sociedad que se refieran al Contrato Marco y a las operaciones vinculadas entre el Grupo y el Grupo Prosegur.

(c) Informar sobre las situaciones en las que se dé una concurrencia sobre oportunidades de negocio entre sociedades del Grupo y del Grupo Prosegur y realizar el seguimiento del cumplimiento de las previsiones del Contrato Marco sobre la materia.

(d)Informar periódicamente sobre el cumplimiento del Contrato Marco. (e)Informar previamente sobre cualquier propuesta de modificación del Contrato Marco, así como las eventuales propuestas de transacción encaminadas a poner fin a las desavenencias que puedan surgir entre sus firmantes con ocasión de su aplicación.

Por otro lado, el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración, dispone que:

a) En ningún caso, se autorizará una operación vinculada si previamente no ha sido emitido un informe por la Comisión de Auditoría, salvo lo previsto en el apartado b) siguiente. En su informe, la Comisión de Auditoría deberá evaluar si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y, en su caso, de los accionistas distintos de la parte vinculada, y dar cuenta de los presupuestos en que se basa la evaluación y de los métodos utilizados. En la elaboración del informe no podrán participar los consejeros afectados.

b) La aprobación de las operaciones vinculadas que: (i) sean entre sociedades que formen parte del mismo grupo que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado; (ii) se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la sociedad; no requerirán de informe previo de la Comisión de Auditoría. No obstante, el Consejo de Administración deberá establecer en relación con ellas un procedimiento interno de información y control periódico, en el que deberá intervenir la Comisión de Auditoría y que verificará la equidad y transparencia de dichas operaciones y, en su caso, el cumplimiento de los criterios legales aplicables a las anteriores excepciones.

E. SISTEMAS DE CONTROL Y GESTION DE RIESGOS

E.1. Explique el alcance del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros de la sociedad, incluidos los de naturaleza fiscal.

Prosegur Cash considera que la gestión eficaz de los riesgos es clave para asegurar la creación de valor y garantizar el éxito de la Sociedad.

Para ello, cuenta con un robusto sistema de gestión y control de riesgos implantado en sus diversas áreas de actividad. Prosegur Cash analiza, controla y evalúa los factores relevantes que pueden afectar a su gestión diaria para cumplir sus objetivos de negocio. De este modo, salvaguarda los activos e intereses de clientes, empleados y accionistas.

El Sistema de Gestión de Riesgos de Prosegur Cash funciona de forma integral, continua, consolidando la gestión por área, unidad de negocio, actividad, filiales, zonas geográficas y áreas de soporte a nivel corporativo.

Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a prevenir y detectar la materialización de riesgos, y, en caso de ocurrencia, a mitigar, compensar o corregir su impacto. De esta manera, se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos tanto a corto como a medio plazo.

Prosegur Cash mantiene un adecuado control y gestión de los riesgos y la asunción de un nivel de riesgo controlado que permite:

? Alcanzar los objetivos estratégicos aprobados

? Aportar el máximo nivel de garantía a sus accionistas

? Defender los intereses de los accionistas, de los clientes y otros grupos interesados en el desarrollo de Prosegur Cash

? Proteger sus resultados y su reputación

? Garantizar, de forma sostenida, la estabilidad y la solidez financiera

El sistema de control y gestión de riesgos se basa en procedimientos y metodologías que permiten identificar y evaluar los riesgos de cara a la consecución de estos objetivos.

Las actuaciones encaminadas a controlar y mitigar los riesgos se resumen a continuación:

• La identificación, evaluación, priorización y cuantificación de riesgos clave de manera continuada, considerando su posible incidencia en objetivos relevantes de Prosegur Cash;

• La valoración de los riesgos de acuerdo con procedimientos basados en indicadores clave que permitan su control, la evaluación de su gestión y la monitorización de su evolución en el tiempo;

• El seguimiento de manera periódica de la efectividad de las medidas aplicadas por los responsables de los riesgos para prevenir y mitigar los efectos de la materialización de alguno de los riesgos;

• La revisión y análisis de resultados por el Comité de Riesgos;

• La supervisión del sistema por la Comisión de Auditoría.

E.2. Identifique los órganos de la sociedad responsables de la elaboración y ejecución del Sistema de Control y Gestión de Riesgos financieros y no financieros, incluido el fiscal.

Dentro de su función general de supervisión, el Consejo de Administración es el máximo responsable de la determinación de las políticas y estrategias generales de Prosegur Cash sobre control y gestión de riesgos, delegando en la Comisión de Auditoría la facultad de información, asesoramiento y propuesta en relación con los mismos y la de supervisión de la unidad de control y gestión de riesgos. La última actualización de la Política de Control y Gestión de Riesgos de Prosegur Cash se ha realizado con fecha 23 de julio de 2024 dentro de la revisión del sistema de gobernanza de Prosegur Cash.

Dentro del sistema de gestión de riesgos de Prosegur Cash, los responsables de los Negocios y de las Unidades de Soporte de Prosegur Cash funcionan como primera línea de defensa, reportando la información al Comité de Riegos, que coordina el sistema como segunda línea de defensa. Por último, la Dirección de Auditoría Interna, como tercera línea de defensa, supervisa de forma independiente y objetiva el sistema de gestión de riesgos, reportando a la Comisión de Auditoría.

El Comité de Riesgos de Prosegur Cash es la unidad de control y gestión de riesgos que debe asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, se gestionan, y se cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que

afectan a Prosegur Cash; participa activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y vela por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente.

El Comité de Riesgos, del que el Director de Auditoría Interna es miembro, mantiene reuniones periódicas a los efectos de exponer los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos clave, incluidos los riesgos no financieros, que lleva a cabo en el ejercicio de sus funciones.

La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash proporciona el aseguramiento objetivo a los órganos de gobierno de Prosegur Cash respecto de la eficacia de las actividades de control y gestión de riesgos, ayudando a garantizar que los riesgos clave del negocio se están gestionando correctamente y que el sistema de control y gestión de riesgos está funcionando eficazmente.

E.3. Señale los principales riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales y en la medida que sean significativos los derivados de la corrupción (entendidos estos últimos con el alcance del Real Decreto Ley 18/2017), que pueden afectar a la consecución de los objetivos de negocio.

  • Reducción estructural de la demanda de servicios asociados a la principal actividad de la Sociedad
  • Contingencias fiscales por obligaciones tributarias y por interpretación de la normativa fiscal
  • Riesgo de devaluación de las principales divisas de las geografías en las que la Sociedad opera
  • Inadecuada diversificación sectorial y geográfica
  • Excesivo nivel de deuda o incremento del coste de la deuda
  • Limitación en la repatriación de capitales
  • Deficiencias en la protección de red y en la gestión de ciberincidentes
  • Bajo nivel de madurez en seguridad de la información para mitigar el fraude digital
  • Elevada conflictividad laboral
  • Presión en los precios y márgenes en mercados competitivos
  • Elevada siniestralidad sobre el efectivo custodiado

• Riesgo de incumplimiento normativo en mercados regulados y consecuencias negativas de una potencial desregulación de la actividad principal de la Sociedad

  • Incumplimiento de las normas de libre mercado
  • Incumplimiento de la normativa de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo

• Riesgos que afectan al cumplimiento del marco normativo de sostenibilidad y a los compromisos adquiridos en materia de sostenibilidad, incluyendo los medioambientales, sociales, de buen gobierno corporativo, de corrupción y fraude

E.4. Identifique si la entidad cuenta con niveles de tolerancia al riesgo, incluido el fiscal.

Prosegur Cash desarrolla capacidades para que los riesgos materiales se encuentren adecuadamente identificados, gestionados (priorizando según sea necesario) y que cuenten con un plan de mitigación en función de los niveles de tolerancia fijados. El modelo de control y gestión de riesgos de Prosegur Cash cubre todas las tipologías de riesgo, para los cuales se establecen sistemas de control de los riesgos y se fijan umbrales de tolerancia al riesgo en función de determinados indicadores.

Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a detectar y a prevenir la materialización de riesgos y, en caso de ocurrencia, a mitigar o corregir su impacto. Se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos a corto y a medio plazo.

El sistema de control y gestión de riesgos se basa en procedimientos y metodologías que permiten identificar y evaluar los riesgos de cara a la consecución de estos objetivos.

La evaluación de riesgos se realiza de acuerdo a unos niveles de tolerancia preestablecidos, de manera que dicha evaluación constituye la base para determinar cómo se realizará su gestión.

Las actuaciones encaminadas a controlar y mitigar los riesgos son las siguientes:

  • La identificación, priorización y evaluación de los riesgos críticos de manera continuada, considerando su posible incidencia en los objetivos estratégicos de Prosegur Cash.

  • La valoración de los riesgos de acuerdo con procedimientos basados en indicadores clave que permitan su control, la evaluación de su gestión y la monitorización de su evolución en el tiempo.

  • El seguimiento de manera periódica de la efectividad de las medidas aplicadas por los responsables de los riesgos para prevenir y mitigar los efectos de la materialización de alguno de ellos.

  • La revisión y análisis de resultados por el Comité de Riesgos Corporativo de Prosegur Cash.

  • La supervisión directa del sistema por parte de la Comisión de Auditoría, a través de la Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash

E.5. Indique qué riesgos, financieros y no financieros, incluidos los fiscales, se han materializado durante el ejercicio.

Prosegur Cash se encuentra sujeta a diversos riesgos inherentes a los distintos países y mercados en los que opera y a las actividades que desarrolla, que pueden impedir o dificultar el logro de sus objetivos y la ejecución de sus estrategias con éxito.

Los riesgos materializados durante el ejercicio 2024 son consustanciales al modelo de negocio, a la actividad de Prosegur Cash y a los mercados en los que opera, principalmente por siniestros de activos custodiados, por lo que se reiteran en cada ejercicio. Los sistemas de control y mitigación previstos para dichos riesgos han funcionado adecuadamente, por lo que ninguno de ellos ha tenido una incidencia significativa ni en la actividad de Prosegur Cash ni en sus resultados.

Los riesgos financieros a los que Prosegur Cash ha estado expuesta durante el ejercicio, están asociados a los ámbitos relacionados con la gestión de tipos de cambio, el riesgo de liquidez o de tipo de interés, así como el riesgo de crédito relacionado con la posibilidad de que una contraparte no dé cumplimiento a sus obligaciones contractuales y produzca una pérdida económica o financiera. La exposición al riesgo de tipo de interés es debida a los activos y pasivos monetarios que mantiene en su balance. Durante el ejercicio 2024, Prosegur Cash ha estado analizando su exposición al riesgo de tipo de interés de forma dinámica. Prosegur Cash también está expuesta a los riesgos cambiarios que surgen por los ingresos que se generan en distintas divisas, puesto que la moneda de referencia de Prosegur Cash es el euro. Las variaciones en los tipos de cambio durante el ejercicio 2024 han tenido un efecto controlado que ha quedado recogido en su situación financiera y en sus resultados.

Los riesgos fiscales a los que ha estado expuesta Prosegur Cash son los asociados a la toma de decisiones, por parte de la entidad o por parte de las autoridades del ámbito tributario, que podrían repercutir en los estados financieros. Un análisis o una interpretación inadecuada de las normas fiscales también podrían suponer retrasos en la recuperación de impuestos diferidos, una mayor carga fiscal e, incluso, sanciones. No ha habido en el último ejercicio un impacto negativo significativo que no estuviera previamente recogido en los estados financieros de la Sociedad. Prosegur Cash es consciente de estar desarrollando su actividad empresarial en un contexto complejo y marcado por riesgos sistémicos que impactan transversalmente en varios ámbitos y se retroalimentan unos a otros.

El riesgo geopolítico afecta a los intereses económicos de la empresa, como consecuencia de los cambios o la falta de estabilidad política de un país o región. Puede tener diversas repercusiones desde incrementos de costes operativos, pérdidas comerciales y económicas o incluso cierre de actividades.

Además, Prosegur Cash identifica otras causas de inestabilidad profundas, como el avance de los extremismos y la deriva autoritaria que se está produciendo en un alto número de países; el regreso de la geopolítica como elemento dominante muy a tener en cuenta; la reivindicación generalizada y, en ocasiones, radical, de derechos y de bienestar físico por parte de colectivos descontentos; el uso ilícito de la tecnología; las acciones contra infraestructuras tecnológicas clave, o factores medioambientales como las disputas por el agua. Adicionalmente, Prosegur Cash analiza y evalúa los potenciales riesgos climáticos, físicos y de transición que pudieran suponer un impacto significativo en las operaciones de la Sociedad.

Contra estas amenazas, Prosegur Cash propone potenciar la resiliencia de instituciones y empresas y contribuir así a la consolidación de redes de seguridad más colaborativas, flexibles y adaptativas.

Durante 2024, Prosegur Cash ha realizado un seguimiento puntual de la evolución de los acontecimientos críticos y de su impacto en las operaciones de la Sociedad, sus trabajadores, clientes y proveedores, adaptando en todo caso las operaciones a la evolución de los acontecimientos a lo largo del año.

E.6. Explique los planes de respuesta y supervisión para los principales riesgos de la entidad, incluidos los fiscales, así como los procedimientos seguidos por la compañía para asegurar que el consejo de administración da respuesta a los nuevos desafíos que se presentan.

Prosegur Cash realiza de manera periódica y recurrente la identificación, evaluación y priorización de sus riesgos clave, considerando especialmente su incidencia en objetivos relevantes. Para ello cuenta con un sistema de gestión e información a través del cual se controlan y gestionan los riesgos que muestra gráficamente el diagnóstico del proceso de evaluación de riesgos. Se determina mediante la interacción de la probabilidad y el impacto de los riesgos en los diferentes procesos, en las actividades y en las funciones de negocio o áreas de soporte.

Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a detectar y a prevenir la materialización de riesgos y, en caso de ocurrencia, a mitigar o corregir su impacto. Se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos a corto y a medio plazo.

Prosegur Cash utiliza herramientas de gestión e información a través de la cuales se monitorizan y gestionan los principales riesgos de la entidad y de su Grupo, y se muestra gráficamente el diagnóstico del proceso de evaluación de riesgos. Se determina mediante la interacción de la probabilidad y el impacto de los riesgos en los diferentes procesos, en las actividades y en las funciones del negocio o de las áreas de soporte. La valoración de los riesgos clave se realiza de forma cualitativa, con el fin de establecer su probabilidad de ocurrencia, y también se les asigna un indicador cuantitativo, en términos de nivel de impacto. Adicionalmente, Prosegur Cash lleva a cabo una revisión del control interno que existe para mitigar el impacto los principales riesgos.

Cada responsable de los riesgos evalúa de forma continua los riesgos identificados, establece las medidas de control efectivo y propone la implantación de medidas correctoras o de mitigación sobre los mismos.

La revisión y análisis de los resultados del control y la gestión de riesgos se realiza de forma periódica por el Comité de Riesgos. El conjunto del sistema de gestión de riesgos y sus resultados son supervisados por la Comisión de Auditoría que eleva al Consejo de Administración aquellas cuestiones que por su relevancia o materialidad deben ser debatidas en el seno de dicho órgano.

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA (SCIIF)

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.

F.1. Entorno de control de la entidad.

Informe, señalando sus principales características de, al menos:

F.1.1 Qué órganos y/o funciones son los responsables de: (i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su implantación; y (iii) su supervisión.

Los dos principales órganos responsables de la existencia de un adecuado y efectivo SCIIF, así como de su implantación y de su supervisión, son el Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría.

Así pues, en primer lugar, el Reglamento del Consejo de Administración de Prosegur Cash, establece en su artículo 5 que dicho órgano tiene una función general de supervisión. Más en concreto, establece que "salvo en las materias reservadas a la competencia de la Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración es el máximo órgano de decisión de la Sociedad".

Asimismo, el Reglamento del Consejo de Administración atribuye a este la obligación, en particular, de ejercer directamente las siguientes facultades: "la determinación de las políticas y estrategias generales de la Sociedad y, en particular: (i) el plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales; (ii) la política de inversiones y financiación; (iii) la política de gobierno corporativo de la Sociedad y del grupo del que sea entidad dominante; (iv) la política de responsabilidad social corporativa; (v) la política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos; (vi) la política en materia de autocartera y, en especial, sus límites; (vii) la política de dividendos; (viii) la determinación de la estrategia fiscal de la Sociedad; y (ix) la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como la supervisión de los sistemas internos de información y control.".

En los artículos 17 del Reglamento del Consejo de Administración y 8 y 11 del Reglamento de la Comisión de Auditoría se establece que ésta tendrá, entre otras, la responsabilidad de:

• "Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable (…)"

• "Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar su integridad. En relación con ello, le compete supervisar y evaluar el proceso de elaboración e integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y al Grupo, incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación, y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración".

• "Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre la información financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente".

• "Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento".

En relación con ello, le corresponde "proponer al Consejo de Administración la política de control y gestión de riesgos, la cual identificará o determinará, al menos: (i) los distintos tipos de riesgos financieros o no financieros (operativo, tecnológico, financiero, legal, social, medio ambiental, político y reputacional, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la Sociedad lo estime apropiado; (iii) la fijación del nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; (iv) las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que lleguen a materializarse; y (v) los sistemas de control e información que se emplearán para controlar y gestionar los citados riesgos."

• "Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos de la Sociedad responsable de: (i) asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a la Sociedad; (ii) participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y (iii) velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo con la política definida por el Consejo de Administración".

Adicionalmente, el Reglamento de la Comisión de Auditoría, determina en su artículo 1 que "La Comisión de Auditoría, como órgano colegiado, tiene responsabilidades específicas de asesoramiento al Consejo de Administración y de supervisión y control de los procesos de elaboración y presentación de la información financiera, de la independencia del auditor de cuentas y de la eficacia de los sistemas internos de control y gestión de riesgos, sin perjuicio de la responsabilidad del Consejo de Administración.".

  • F.1.2 Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración de la información financiera, los siguientes elementos:
  • · Departamentos y/o mecanismos encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad:

El Consejo de Administración de Prosegur Cash tiene la competencia de nombrar y destituir directamente al Consejero Delegado de la Sociedad, así como el establecimiento de las condiciones de su contrato y el nombramiento y destitución de los directivos que tuvieran dependencia directa del Consejo de Administración o de alguno de sus miembros, así como el establecimiento de las condiciones básicas de sus contratos, incluyendo su retribución.

El diseño y revisión de la estructura organizativa y la definición de las líneas de responsabilidad y autoridad es propuesta por el Consejero Delegado. La Dirección de Recursos Humanos se encarga de actualizar la información en el organigrama, una vez validada la modificación, y publicarlo en la intranet.

Las responsabilidades - funciones, además del perfil del puesto y las competencias necesarias de cada uno de los puestos de trabajo, son definidas por cada superior directo y son validadas por los Directores de las áreas correspondientes en base a la política de valoración de puestos aplicable al Grupo Prosegur Cash. Para ello, cuentan con la ayuda de los expertos del departamento corporativo de Recursos Humanos. Esta estructura organizativa se materializa en un organigrama que representa gráficamente las relaciones entre los distintos departamentos de

negocio y de soporte que integran Prosegur Cash. El organigrama de la Sociedad se encuentra ubicado en la intranet corporativa y es accesible para todo el personal.

· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:

La Sociedad cuenta con un Código Ético y de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración el día 26 de abril de 2017 y actualizado el 26 de octubre de 2022, que es aplicable a todas las sociedades que integran Prosegur Cash y en todos los negocios y actividades que realiza Prosegur Cash en todos los países donde opera. Es vinculante para los miembros del Consejo de Administración, la alta dirección y en general, sin excepción y cualquiera que sea su cargo, responsabilidad, ocupación o ubicación geográfica, a todos los empleados de Prosegur Cash (las "personas sujetas"). El Código Ético y de Conducta establece los principios y valores que deben guiar la conducta de todos los profesionales de Prosegur Cash, y refleja su compromiso de actuación cada día conforme a dichos principios y valores en las relaciones con el conjunto de grupos de interés afectados por su actividad: empleados; accionistas e inversores; clientes y usuarios; proveedores y asociados; autoridades, administraciones públicas y organismos reguladores; competidores y la sociedad civil en la que se encuentra presente.

Todas las personas sujetas tienen la obligación de conocer y cumplir el Código Ético y de Conducta y de colaborar para facilitar su implantación, bajo el principio de "tolerancia cero" ante cualquier tipo de comportamiento ilícito o no ético, que se concreta en el deber de comunicar los posibles incumplimientos de los que tengan conocimiento.

El Código establece que si se detectan conductas que puedan ser consideradas irregulares o poco apropiadas, se deben tomar las precauciones necesarias para que se estudien los hechos a través de un proceso de investigación que se realiza por un equipo de expertos imparciales, coordinados y supervisados por el área de Compliance, que expondrán sus conclusiones y propondrán, en su caso, las medidas correctivas que se deban aplicar, informando a las personas que hayan identificado o denunciado el incumplimiento. Cualquier incumplimiento del Código, de cualquier otra normativa o política interna y/o norma legal o convencional, puede ser considerado un incumplimiento laboral susceptible de ser sancionado, utilizándose para ello la normativa que resulte de aplicación.

El Código ético se adecua a:

• El ADN de la marca Prosegur Cash: Hacer del mundo un lugar más seguro cuidando a las personas y las empresas, manteniéndonos a la vanguardia de la innovación.

• Los valores de Prosegur Cash: importan las personas, pensamos en positivo y somos imparables.

• Modelo de liderazgo basado en 5 principios: Pasión por el cliente, Orientación a resultados, Transformación e innovación, Espíritu de equipo, Responsabilidad y Compromiso.

Además, se reforzó el contenido del Código Ético y de Conducta adecuándolo a los nuevos principios de gestión que rigen en la Sociedad e incluido cambios regulatorios y las mejores prácticas y estándares del mercado a nivel global, introduciendo, entre otros, los siguientes aspectos:

  • Protección de datos personales y privacidad.
  • Prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

• Sostenibilidad.

  • Uso adecuado de información y las tecnologías: la inteligencia artificial.
  • Utilización de las redes sociales.
  • Derechos de propiedad intelectual y propiedad industrial

Dentro del apartado referido a pautas de conducta en el desempeño de las actividades del Código Ético y de Conducta, se hace mención expresa a la elaboración de la información financiera de forma íntegra, clara y exacta, mediante la utilización de los registros contables apropiados y de su difusión a través de canales de comunicación transparentes que permitan al mercado, y en especial a los accionistas e inversores de Prosegur Cash, su acceso permanentemente.

Igualmente, se incluye dentro del apartado de uso y protección de los recursos la necesidad de velar por que todas las operaciones con trascendencia económica que se realicen en nombre de Prosegur Cash figuren con claridad y exactitud en registros contables apropiados que representen la imagen fiel de las transacciones realizadas y estén a disposición de los auditores internos y externos.

Dentro del apartado de incumplimientos y sanciones, se indica de forma precisa que los hechos de los que pudiera derivarse un incumplimiento se estudian a través de un proceso de investigación que se realiza por un equipo de expertos imparciales que exponen sus conclusiones y proponen, en su caso, las medidas correctivas que se deban aplicar, salvo las denuncias que afecten a un miembro del Consejo de Administración que deberán remitirse al Secretario del Consejo de Administración, quien dará cuenta de ellas al Consejo de Administración para que, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, decida acerca de la forma de tramitarlas. El Código Ético y de Conducta se encuentra disponible en la página web corporativa de Prosegur Cash.

Asimismo, el Código Ético y de Conducta describe en su apartado tercero que todas las personas sujetas aceptan las normas contenidas en dicho Código, quedando vinculados al cumplimiento del mismo. Las nuevas incorporaciones de empleados reciben, junto con la documentación de bienvenida, físicamente una copia del Código Ético y de Conducta.

Los empleados de Prosegur Cash cuentan con cursos de formación relacionados con el Código Ético y de Conducta en la plataforma de la Universidad Corporativa Prosegur.

· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.

Prosegur Cash dispone de un Canal Ético que permite a cualquier interesado, comunicar cualquier incidencia o irregularidad de potencial trascendencia, que pudiera ser constitutivas de delito, acoso, o contrarias a los principios y valores de la organización (incluyendo el Código Ético y de Conducta de Prosegur Cash), y garantizar que ésta será tratada de forma objetiva, independiente, anónima y confidencial, adoptando las medidas oportunas para asegurar el cumplimiento efectivo del Código Ético. Entre las cuestiones susceptibles de ser comunicadas a través del Canal Ético se encuentran las irregularidades financieras y contables.

El Canal Ético consiste en una herramienta de comunicación disponible tanto en el sitio web https://www.prosegurcash.com/canal-etico, como en la intranet de la Sociedad, que se mantiene permanentemente abierto, el cual permite conservar el anonimato necesario para garantizar la integridad de las personas que lo utilizan.

La supervisión general del funcionamiento del Canal Ético, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Consejo de Administración, corresponde a la Comisión de Auditoría de la Sociedad. Para ello, de manera trimestral, se pondrá en conocimiento de los miembros de la Comisión de Auditoría de Prosegur Cash, información sobre el funcionamiento del Canal Ético, que incluirá, al menos, el número de denuncias recibidas y su tipología. El Gestor Ético, como figura independiente, administra el Canal Ético realizando un control continuo sobre las denuncias entrantes y las unidades de trabajo, con el objetivo de velar por la correcta tramitación y resolución de las mismas. En el caso de que los hechos denunciados puedan llegar a tener un impacto relevante en los sistemas de gobierno, control interno y gestión de riesgos de la Sociedad se involucrará al departamento de Auditoría Interna.

La política del Canal Ético de la Sociedad fue aprobada por la Comisión de Auditoría el 27 de octubre de 2021 y revisada por última vez el 23 de julio de 2024 y se encuentra disponible en la web corporativa de la Sociedad.

· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:

Prosegur Cash presta especial atención a la actualización formativa y el desarrollo de sus profesionales para un adecuado desempeño de sus funciones. En particular, Prosegur Cash cuenta para la gestión de los procesos formativos con una plataforma online - Universidad Corporativa Prosegur –, desde donde el personal de la Sociedad (o personal corporativo que presta servicios a la Sociedad) puede obtener formación que precise y que se pone a su disposición.

Por otra parte, en virtud del contrato marco de relaciones entre Prosegur Compañía de Seguridad S.A. y Prosegur Cash S.A, existen contratos de prestación de servicios centrales y de apoyo a la gestión (entre otros, servicios, contabilidad y servicios financieros) entre Prosegur Cash y las compañías que integran la división de gestión de activos del Grupo Prosegur, concretamente la sociedad Prosegur Gestión de Activos S.L., propiedad 100% de Prosegur Compañía de Seguridad S.A. Por ello, el personal que presta los servicios centrales y de apoyo a la gestión a la Sociedad, en particular, en lo relativo a la preparación y revisión de la información financiera y de la evaluación del SCIIF, así como la Dirección de Auditoría Interna, atiende de forma regular a sesiones formativas para actualizarse en cambios normativos y legislativos relativos al ámbito contable, fiscal, de auditoría interna y de control y gestión de riesgos.

La Sociedad recibe formación periódica de determinadas organizaciones que permiten mantener actualizados los conocimientos del personal implicado en la elaboración de los Estados Financieros de la Sociedad y su Grupo y la revisión de la información financiera.

F.2. Evaluación de riesgos de la información financiera.

Informe, al menos, de:

  • F.2.1 Cuáles son las principales características del proceso de identificación de riesgos, incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:.
  • · Si el proceso existe y está documentado:

La Dirección Financiera identifica anualmente, mediante la matriz de alcance del SCIIF, los riesgos que afectan a la información financiera desde el punto de vista de los registros contables y de un posible incumplimiento de los principios contables, tras el análisis de los mismos.

· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:

La matriz de alcance del SCIIF tiene por objeto identificar las cuentas y los desgloses que tienen un riesgo significativo asociado, cuyo impacto potencial en la información financiera es material y requiere, por tanto, especial atención. En este sentido, en el proceso de identificación de las cuentas y desgloses significativos se han considerado una serie de variables cuantitativas (saldo de la cuenta en relación a la materialidad fijada a estos efectos) y cualitativas (composición de la cuenta, automatización de los procesos/integración de los sistemas, estandarización de operaciones, susceptibilidad al fraude o error, complejidad de las transacciones, grado de estimación/juicio y valoraciones, cambios respecto al ejercicio anterior; cambios y complejidad en la normativa; aplicación de juicio e importancia cualitativa de la información, entre otras). Esta matriz de alcance del SCIIF se elabora en base al estado de situación financiera y al estado de resultado global consolidado incluidos en las últimas Cuentas Anuales Consolidadas auditadas de que se disponga. Dicha matriz se actualiza anualmente, con posterioridad a la formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas. En el ejercicio 2024 se llevó a cabo la actualización de la matriz de alcance en base a las cifras contenidas en los Estados Financieros Anuales a 31 de diciembre de 2023.

Para cada una de las cuentas y desgloses significativos recogidos en la matriz de alcance se han definido los procesos y subprocesos críticos asociados a los mismos, y se han implementados controles que pudieran evitar errores y/o fraude en la información financiera, cubriendo la totalidad de los objetivos de la información financiera (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones).

· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:

La identificación del perímetro de consolidación se realiza con periodicidad mensual. Los cambios en el perímetro de consolidación son registrados en el sistema informático de consolidación del Grupo, en el que se mantiene actualizado permanentemente el mapa de la estructura de la propiedad de las sociedades que se encuentran dentro del perímetro.

Entre las funciones de apoyo a la gestión que cumplen, a través de Prosegur Gestión de Activos, S.L.U., la Dirección de Desarrollo de Negocio y de Asesoría Jurídica del Grupo Prosegur, está la de comunicar a la Dirección Financiera las operaciones realizadas en su ámbito y que afecten a la estructura del grupo y al perímetro de consolidación.

La Dirección Financiera, a través del Departamento Fiscal y en cumplimiento de sus deberes de soporte a Prosegur Cash y su Grupo desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U., mantiene un registro con todas las entidades incluidas en el perímetro de consolidación, la forma de control o influencia, la forma jurídica y el tipo de participación directa o indirecta de todas las sociedades. Se actualiza de forma continua y permite una trazabilidad de los cambios históricos en el perímetro.

· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:

Prosegur Cash dispone de un Comité de Riesgos que comunica a la Comisión de Auditoría los resultados de la evaluación continuada de la gestión de riesgos clave. La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash realiza una identificación de los riesgos clave de cualquier tipo (operativos y de negocio, tecnológicos, financieros, de tipos de interés, de tipos de cambio, legales, fiscales, sociales, regulatorios, reputacionales, medioambientales, de sostenibilidad, climáticos, políticos, corrupción y fraude) que, en caso de materializarse, podrían afectar de forma adversa a la consecución de objetivos relevantes para la Sociedad.

· Qué órgano de gobierno de la entidad supervisa el proceso:

La supervisión de la eficacia del sistema de control interno de la información financiera (SCIIF) es responsabilidad de la Comisión de Auditoría. La Dirección de Auditoría Interna aplica programas de verificación específicos sobre el sistema de control interno de la información financiera bajo la supervisión de la Comisión de Auditoría.

F.3. Actividades de control.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes

Las cuentas anuales consolidadas y los informes financieros semestrales y trimestrales consolidados de Prosegur Cash son revisados por la Comisión de Auditoría previamente a su formulación por parte del Consejo de Administración, de acuerdo con los artículos 17 y 8 del Reglamento del Consejo de Administración y del Reglamento de la Comisión de Auditoría, respectivamente. Adicionalmente, la Comisión de Auditoría revisa cualquier otra información financiera relevante con anterioridad a su publicación a través de los órganos reguladores.

El Consejo de Administración aprueba o, en su caso, formula la información financiera presentada que, con posterioridad es publicada a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y presentada ante terceros.

Prosegur Cash realiza revisiones periódicas de la información financiera elaborada, así como de la descripción del SCIIF que tienen como objetivo asegurar la calidad de la información. La Dirección Financiera, desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y en cumplimiento de sus deberes de soporte, es la encargada de elaborar la descripción del SCIIF en coordinación con las direcciones involucradas. Este proceso culmina con la revisión por parte de la Comisión de Auditoría y consecuentemente también es aprobado mediante el Informe Anual de Gobierno Corporativo validado por el Consejo de Administración en su conjunto.

La Dirección Financiera documenta de forma descriptiva, flujos de actividades y controles sobre transacciones significativas que afectan a los estados financieros. La documentación de estos flujos define las normas de actuación aplicables y los sistemas de información empleados para el proceso de cierres contables. Se actualiza y transmite al personal involucrado en el proceso de elaboración de la información financiera, los procedimientos de elaboración del cierre contable de los Estados Financieros y Cuentas Anuales Consolidadas e Individuales. Los documentos detallan las tareas básicas de elaboración, revisión y aprobación de los cierres contables consolidados y de las sociedades individuales que constituyen el Grupo.

Prosegur Cash publica información financiera a los mercados de valores con carácter trimestral. El Director Financiero es el responsable de la preparación de las Cuentas Anuales así como de la información financiera intermedia que Prosegur Cash proporciona a los mercados y a los órganos de supervisión. En la descripción del flujo de actividades del proceso de cierre contable se identifican las actividades de control que aseguran la fiabilidad de la información. Los departamentos que integran la Dirección Financiera y dan soporte a la Sociedad y su Grupo desde Prosegur Gestión de Activos S.L.U., analizan y supervisan la información elaborada.

La Dirección Financiera documenta los riesgos de error o fraude en la información financiera y los controles que afectan a todos los procesos/ subprocesos críticos. Estos procesos cubren los distintos tipos de transacciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros (compras, ventas, gastos de personal, etcétera), así como el proceso específico de consolidación y reporting.

En este sentido, Prosegur Cash ha asegurado la identificación de todos los procesos necesarios para la elaboración de la información financiera, en los que se han utilizado juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes, considerando todos ellos como críticos.

La documentación de cada uno de los procesos críticos se compone de:

• Flujogramas de cada uno de los subprocesos

• Matrices de riesgos y controles que incluyen:

? Detalle de los procedimientos y normas internas aprobadas por la Dirección, y que regulan dichos subprocesos.

? Descripción de los controles claves y no claves que mitigan cada uno de los riesgos identificados.

Para cada uno de los controles se han identificado:

• Estructuras organizativas y/o funciones de puestos responsables de cada uno de los controles claves y no claves identificados.

• Frecuencia de los controles.

• Nivel de automatización de los controles.

  • Tipo de control: preventivo o detectivo.
  • Existencia del riesgo de fraude.

• Detalle de los sistemas de información que afectan a los controles.

La revisión específica de los juicios, estimaciones y valoraciones relevantes para la cuantificación de bienes, derechos y obligaciones, ingresos y gastos y cualquier otro compromiso detallado en las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas se llevan a cabo por la Dirección Financiera de Prosegur Cash con la colaboración y soporte de Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y del resto de las Direcciones de Soporte de Prosegur Cash. Las hipótesis basadas en la evolución de los negocios se analizan conjuntamente con la Dirección de Negocio.

El Director Financiero y el Consejero Delegado de Prosegur Cash analizan los informes emitidos y aprueban la información financiera antes de su presentación a la Comisión de Auditoría y al Consejo de Administración.

F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.

La Dirección de Seguridad de la Información depende directamente de la Dirección Global de IT &Transformación del Grupo, y da soporte a todos los países en los que Prosegur Cash se encuentra presente. Prosegur Cash tiene un CISO propio con dependencia del director de productividad e innovación de Prosegur Cash.

El área de Seguridad de la Información tiene las siguientes responsabilidades:

  • Alinear los objetivos de seguridad de la información con las principales líneas estratégicas de negocio.
  • Emprender la seguridad de la información de Prosegur Cash como una actividad global e integrada en el negocio.
  • Coordinar y aprobar las propuestas recibidas de proyectos vinculados con la seguridad de la información.
  • Coordinar los recursos necesarios para el desarrollo de las iniciativas de seguridad de la información.
  • Monitorizar y dar respuestas a todas las alarmas e incidentes de seguridad que puedan producirse.
  • Coordinar la elaboración de los Planes de Continuidad de Negocio, monitorizando su cumplimiento y mejora.
  • Identificar y evaluar los riesgos de seguridad respecto a las necesidades de negocio.
  • Concienciar y formar a los empleados de la compañía en materia de seguridad de la información.

Actualmente el departamento de Seguridad de la Información se encuentra ejecutando el plan estratégico 2024 – 2025 en el que se incluyen las mejoras necesarias en relación a estas materias y que funciona como guía del proceso continuo y cultural con relación a la seguridad de la información.

El Grupo posee actualizado y en vigor un Marco Normativo de Seguridad de la Información que, entre otros, establece las directrices aplicables en:

  • Uso de recursos informáticos y sistemas.
  • Gestión y uso de contraseñas.
  • Gestión de identidades y control de accesos.
  • Clasificación de la información.
  • Protección de soportes de almacenamiento.
  • Gestión de Incidentes de Seguridad.
  • Gestión de vulnerabilidades.
  • Gestión de riesgos de seguridad de la información.
  • Gestión de activos.
  • Formación y concienciación en Seguridad de la Información.
  • Gestión de claves criptográficas.
  • Cifrado de equipos y acceso a dispositivos extraíbles.
  • Requerimientos de seguridad en los sistemas.
  • Gestión de la configuración, mantenimiento y cambios.
  • Controles de red.
  • Supervisión de Sistemas y Redes.
  • Gestión de proveedores.
  • Organización de la seguridad de la información.
  • Seguridad en entornos Cloud.
  • Seguridad en Proyectos.
  • Auditabilidad de los sistemas.

El Marco Normativo tiene alcance global, está en constante desarrollo y está compuesto por la Política de Seguridad de la Información y Ciberseguridad, disponible en la página web corporativa, por las Normas que emanan de esta, y por todos los procedimientos e instrucciones técnicas que dan cumplimiento a las normas en los procesos y activos (físicos y/o digitales) de Prosegur Cash, incluyendo los sistemas con impacto financiero.

  • Con esta estrategia y directrices, el departamento busca asegurar las siguientes dimensiones:
  • Confidencialidad, garantizando que la información no es puesta a disposición o revelada a individuos, entidades o procesos no autorizados. • Integridad, protegiendo la exactitud y totalidad de la información y los métodos de procesamiento.
  • Disponibilidad, asegurando que la información es accesible y utilizable cuando lo requiere un individuo, entidad o proceso autorizado.
  • Autenticidad, asegurando que una entidad es lo que dice ser, siendo entidad un dato, usuario o activos.

• No repudio, garantizando la capacidad de probar la ocurrencia de un evento o transacción y la participación de entidades en ella (siendo entidades datos, usuarios o activos).

• Trazabilidad, garantizando que se puedan rastrear todas las acciones realizadas sobre la información o sobre un activo y que estas acciones puedan ser asociadas de modo inequívoco a un individuo o entidad.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.

Las actividades recurrentes en el proceso de preparación de la información financiera son subcontratadas por parte de Prosegur Cash a Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y supervisadas por el Director Financiero de la Sociedad. Puntualmente se solicita asesoramiento por parte de expertos independientes para situaciones de las siguientes tipologías:

  • a) Operaciones Vinculadas con Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.
  • b) Valoración del impacto fiscal de transacciones de reestructuración societaria.
  • c) Asesoramiento fiscal para la elaboración de las declaraciones impositivas sujetas a normativa específica.
  • d) Valoraciones del valor razonable de determinados activos, de ramas de actividad o negocios.
  • e) Verificaciones de la efectividad del sistema de prevención de blanqueo de capitales.
  • f) Valoración de la asignación del precio de compra de las nuevas sociedades.
  • g) Asesoramiento contable relativo al reporte de los informes financieros anuales en formato ESEF.
  • h) Asesoramiento contable acerca del tratamiento contable de determinadas operaciones concretas.

La Sociedad cuenta con una Política de Compras aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha 27 de octubre de 2021 y actualizada por última vez con fecha 29 de octubre de 2024. Dentro de los principios de dicha política se incluyen, en particular, la necesidad de concurrencia de proveedores y competencia. Se recurre a los servicios de expertos en trabajos que sirven de soporte para valoraciones, juicios o cálculos contables, únicamente cuando éstos están inscritos en los correspondientes Colegios Profesionales, o acreditación equivalente, y son empresas de prestigio reconocido en el mercado. Los resultados de las evaluaciones, cálculos o valoraciones encomendados a terceros en materia contable, legal o fiscal son supervisados en última instancia por la Dirección Financiera y de Asesoría Jurídica de Prosegur Cash.

F.4. Información y comunicación.

Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:

F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.

El departamento Corporativo de Información Financiera, que da soporte al Grupo desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y que forma parte integrante de la Dirección Financiera de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A, tiene responsabilidad sobre la elaboración, emisión, publicación y, de común acuerdo con la Dirección Financiera de Prosegur Cash, posterior aplicación de las normas contables a Prosegur Cash bajo la certificación interna del sistema de gestión de procesos 3P (Políticas, Procesos Prosegur). Asimismo, analiza y resuelve las consultas, dudas o conflictos sobre la interpretación y adecuada aplicación de cada una de las políticas.

Dentro de las funciones del departamento Corporativo de Información Financiera se encuentra el análisis de las Normas Internacionales de Información Financiera para poder cumplir con:

• El establecimiento de Normas de Soporte o procedimientos de ayuda al personal relacionado con el proceso de elaboración de información financiera.

• El análisis de transacciones que requieren un tratamiento contable específico.

• La resolución de consultas sobre aplicación de Normas contables específicas.

• La evaluación de posibles impactos futuros en los estados financieros, como consecuencia de novedades o modificaciones de la normativa contable internacional.

• La relación con los auditores externos con relación a los criterios aplicados, las estimaciones y juicios contables.

• La resolución de cualquier duda originada por las distintas interpretaciones de la propia normativa.

El proceso de actualización de los procedimientos contables (normas 3P de carácter contable) de Prosegur Cash se realiza de forma anual. Se mantiene una comunicación fluida con todos los responsables implicados en la elaboración de la información financiera y además se distribuye y se ponen a disposición de los empleados con funciones contables las actualizaciones realizadas tras los últimos cambios de la normativa.

F.4.2 Mecanismos de captura y preparación de la información financiera con formatos homogéneos, de aplicación y utilización por todas las unidades de la entidad o del grupo, que soporten los estados financieros principales y las notas, así como la información que se detalle sobre el SCIIF.

El proceso de consolidación y elaboración de la información financiera consolidada se realiza de forma centralizada. Dicho proceso se inicia en una primera fase en las filiales que forman el Grupo Prosegur Cash, a través de plataformas informáticas comunes (ERP) y con la supervisión de la Dirección Financiera Corporativa, lo que garantiza que la información financiera de las sociedades es confiable, íntegra y consistente. Partiendo de

los estados financieros de las filiales, y a través de sistemas informáticos programados para la extracción y agregación de datos, se lleva a cabo el proceso de consolidación y análisis de los estados financieros individuales y consolidados. Existe un proceso de reporte semestral para la obtención de la información necesaria para los desgloses de las cuentas anuales consolidadas e informe semestral consolidadas. El Plan de Cuentas de Prosegur Cash se aplica en todas las filiales de Prosegur Cash a efectos del reporte para la consolidación de estados financieros.

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema.

Informe, señalando sus principales características, al menos de:

F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Reglamento del Consejo de Administración y en los artículos concordantes del Reglamento de la Comisión de Auditoría, ésta tiene entre sus responsabilidades básicas las siguientes:

• Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia de la Comisión y, en particular, sobre el resultado de la auditoría, explicando cómo esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y la función que la Comisión ha desempeñado en ese proceso.

• Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General, a través del Presidente de la Comisión de Auditoría, el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la Junta General, junto con el resto de las propuestas e informes, un resumen de dicho parecer.

• Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, responsabilizándose del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la ley, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente del auditor información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.

• En relación con el auditor externo: (i) examinar, en caso de renuncia del auditor externo, las circunstancias que la hubieran motivado; (ii) velar por que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia; (iii) supervisar que la Sociedad comunique a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido; (iv) asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad; (v) supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoría sean redactados de forma clara y precisa; y (vi) asegurar que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

• Establecer y mantener las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza para su independencia, para su examen por la Comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en la ley, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, la Comisión de Auditoría deberá recibir anualmente del auditor de cuentas la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el citado auditor, o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.

• Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia del auditor de cuentas resulta comprometida. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la valoración motivada de la prestación de todos y cada uno de los servicios adicionales a que hace referencia el punto anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.

• Supervisar la auditoría interna y, en particular, (i) velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; (ii) proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; (iii) proponer el presupuesto de ese servicio; (iv) aprobar o proponer la aprobación al Consejo de Administración de la orientación y del plan anual de trabajo de la auditoría interna y el informe anual de actividades, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); (v) recibir información periódica de sus actividades; y (vi) verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes. • Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar su integridad. En relación con ello, le compete supervisar y evaluar el proceso de elaboración e integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y al Grupo, incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados

con la corrupción revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación, y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración.

• Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento. En relación con ello, le corresponde proponer al Consejo de Administración la política de control y gestión de riesgos, la cual identificará o determinará, al menos: (i) los tipos de riesgos financieros o no financieros (operativo, tecnológico, legal, social, medioambiental, político y reputacional, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la Sociedad lo estime apropiado; (iii) el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; (iv) las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que lleguen a materializarse; y (v) los sistemas de control e información que se emplearán para controlar y gestionar los citados riesgos.

• Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos de la Sociedad responsable de: (i) asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a la Sociedad; (ii) participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y (iii) velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo con la política definida por el Consejo de Administración.

• Analizar e informar las condiciones económicas, el impacto contable y, en su caso, la ecuación de canje propuesta de las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la Sociedad, antes de ser sometidas al Consejo de Administración.

• Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre todas las materias previstas en la ley y los Estatutos Sociales, y, en particular, sobre: (i) la información financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente; y (ii) la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales.

• Revisar los folletos de emisión y cualquier otra información relevante que deba suministrar el Consejo de Administración a los mercados y sus órganos de supervisión.

• Establecer y supervisar un sistema que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la Sociedad que se adviertan en el seno de la Sociedad o su Grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.

• Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre todas las actuaciones y decisiones adoptadas por la Dirección de Cumplimiento Normativo en el ejercicio de sus competencias y en particular en relación con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores de la Sociedad.

• Supervisar la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económica-financiera, no financiera y corporativa, así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo, se hará seguimiento del modo en que la Sociedad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.

• Informar sobre las operaciones vinculadas y, en general, sobre las materias que le correspondan de acuerdo con lo contemplado en el título IX del Reglamento del Consejo de Administración.

• Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica

[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]

F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

Durante 2024, los auditores externos han participado en dos reuniones de la Comisión de Auditoría para revisar tanto las conclusiones de su auditoría de las cuentas anuales como los procedimientos realizados en el contexto de la auditoría anual de planificación y avance del trabajo de auditoria realizado sobre las cifras semestrales. Igualmente, los auditores externos informan sobre las eventuales debilidades de control interno y oportunidades de mejora que hubiesen identificado durante la realización de su trabajo.

El Director Financiero, como responsable de la preparación de las cuentas anuales y de la información financiera intermedia que Prosegur Cash proporciona a los mercados y a sus órganos de supervisión, asiste a las reuniones de la Comisión de Auditoría, a fin de revisar y discutir los asuntos relevantes en el proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada.

El Director de Auditoría Interna presenta regularmente en cada reunión de la Comisión de Auditoría las conclusiones de sus trabajos de verificación del funcionamiento y de la eficacia de los procedimientos que componen el SCIIF, las debilidades de control identificadas, las recomendaciones efectuadas y el estado de la ejecución de los planes de acción acordados para su mitigación. Asimismo, presenta en cada reunión de la Comisión de Auditoría las conclusiones de la evaluación del sistema de gestión de riesgos de la Sociedad y el seguimiento de los planes de acción de mejora.

F.6. Otra información relevante.

No se han identificado aspectos adicionales a desglosar.

F.7. Informe del auditor externo.

Informe de:

F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.

Prosegur Cash ha sometido a revisión por parte del auditor externo la información del SCIIF remitida a los mercados para el ejercicio 2024, cuyo informe se incorpora a este documento como anexo. El alcance de los procedimientos de revisión del auditor se ha definido de acuerdo con la Guía de Actuación y modelo de informe de auditor referidos a la información relativa al sistema de control interno sobre la información financiera de las entidades cotizadas de julio de 2013 (actualizada en 2015) emitida por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.

G. GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.

En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.

  1. Que los estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificulten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que, cuando la sociedad cotizada esté controlada, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, por otra entidad, cotizada o no, y tenga, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolle actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas informe públicamente con precisión acerca de:
    2. a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales.
    3. b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de intereses que puedan presentarse.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que durante la celebración de la junta general ordinaria, como complemento de la difusión por escrito del informe anual de gobierno corporativo, el presidente del consejo de administración informe verbalmente a los accionistas, con suficiente detalle, de los aspectos más relevantes del gobierno corporativo de la sociedad y, en particular:
    2. a) De los cambios acaecidos desde la anterior junta general ordinaria.
    3. b) De los motivos concretos por los que la compañía no sigue alguna de las recomendaciones del Código de Gobierno Corporativo y, si existieran, de las reglas alternativas que aplique en esa materia.

  1. Que la sociedad defina y promueva una política relativa a la comunicación y contactos con accionistas e inversores institucionales en el marco de su implicación en la sociedad, así como con los asesores de voto que sea plenamente respetuosa con las normas contra el abuso de mercado y dé un trato semejante a los accionistas que se encuentren en la misma posición. Y que la sociedad haga pública dicha política a través de su página web, incluyendo información relativa a la forma en que la misma se ha puesto en práctica e identificando a los interlocutores o responsables de llevarla a cabo.

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración no eleve a la junta general una propuesta de delegación de facultades, para emitir acciones o valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, por un importe superior al 20% del capital en el momento de la delegación.

Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades cotizadas que elaboren los informes que se citan a continuación, ya sea de forma preceptiva o voluntaria, los publiquen en su página web con antelación suficiente a la celebración de la junta general ordinaria, aunque su difusión no sea obligatoria:
    2. a) Informe sobre la independencia del auditor.
    3. b) Informes de funcionamiento de las comisiones de auditoría y de nombramientos y retribuciones.
    4. c) Informe de la comisión de auditoría sobre operaciones vinculadas.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad transmita en directo, a través de su página web, la celebración de las juntas generales de accionistas.

Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

  1. Que la comisión de auditoría vele por que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable. Y que en aquellos supuestos en que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, el presidente de la comisión de auditoría explique con claridad en la junta general el parecer de la comisión de auditoría sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la junta, junto con el resto de propuestas e informes del consejo, un resumen de dicho parecer.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la sociedad haga públicos en su página web, de manera permanente, los requisitos y procedimientos que aceptará para acreditar la titularidad de acciones, el derecho de asistencia a la junta general de accionistas y el ejercicio o delegación del derecho de voto.

Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que cuando algún accionista legitimado haya ejercitado, con anterioridad a la celebración de la junta general de accionistas, el derecho a completar el orden del día o a presentar nuevas propuestas de acuerdo, la sociedad:
    2. a) Difunda de inmediato tales puntos complementarios y nuevas propuestas de acuerdo.
    3. b) Haga público el modelo de tarjeta de asistencia o formulario de delegación de voto o voto a distancia con las modificaciones precisas para que puedan votarse los nuevos puntos del orden del día y propuestas alternativas de acuerdo en los mismos términos que los propuestos por el consejo de administración.
    4. c) Someta todos esos puntos o propuestas alternativas a votación y les aplique las mismas reglas de voto que a las formuladas por el consejo de administración, incluidas, en particular, las presunciones o deducciones sobre el sentido del voto.
    5. d) Con posterioridad a la junta general de accionistas, comunique el desglose del voto sobre tales puntos complementarios o propuestas alternativas.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que, en el caso de que la sociedad tenga previsto pagar primas de asistencia a la junta general de accionistas, establezca, con anterioridad, una política general sobre tales primas y que dicha política sea estable.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas que se hallen en la misma posición y se guíe por el interés social, entendido como la consecución de un negocio rentable y sostenible a largo plazo, que promueva su continuidad y la maximización del valor económico de la empresa.

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración posea la dimensión precisa para lograr un funcionamiento eficaz y participativo, lo que hace aconsejable que tenga entre cinco y quince miembros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración apruebe una política dirigida a favorecer una composición apropiada del consejo de administración y que:
    2. a) Sea concreta y verificable.
    3. b) asegure que las propuestas de nombramiento o reelección se fundamenten en un análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración; y
    4. c) favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, edad y género. A estos efectos, se considera que favorecen la diversidad de género las medidas que fomenten que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas.

Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.

La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

  1. Que los consejeros dominicales e independientes constituyan una amplia mayoría del consejo de administración y que el número de consejeros ejecutivos sea el mínimo necesario, teniendo en cuenta la complejidad del grupo societario y el porcentaje de participación de los consejeros ejecutivos en el capital de la sociedad.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]

La Sociedad cumple esta recomendación en toda su extensión salvo en un punto: la Sociedad cuenta con un 40% de presencia femenina en su Consejo de Administración desde el 24 de abril de 2024, no desde antes de que finalice 2022.

  1. Que el porcentaje de consejeros dominicales sobre el total de consejeros no ejecutivos no sea mayor que la proporción existente entre el capital de la sociedad representado por dichos consejeros y el resto del capital.

Este criterio podrá atenuarse:

  • a) En sociedades de elevada capitalización en las que sean escasas las participaciones accionariales que tengan legalmente la consideración de significativas.
  • b) Cuando se trate de sociedades en las que exista una pluralidad de accionistas representados en el consejo de administración y no tengan vínculos entre sí.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que el número de consejeros independientes represente, al menos, la mitad del total de consejeros.

Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que las sociedades hagan pública a través de su página web, y mantengan actualizada, la siguiente información sobre sus consejeros:
    2. a) Perfil profesional y biográfico.
    3. b) Otros consejos de administración a los que pertenezcan, se trate o no de sociedades cotizadas, así como sobre las demás actividades retribuidas que realice cualquiera que sea su naturaleza.
    4. c) Indicación de la categoría de consejero a la que pertenezcan, señalándose, en el caso de consejeros dominicales, el accionista al que representen o con quien tengan vínculos.
    5. d) Fecha de su primer nombramiento como consejero en la sociedad, así como de las posteriores reelecciones.
    6. e) Acciones de la compañía, y opciones sobre ellas, de las que sean titulares.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en el informe anual de gobierno corporativo, previa verificación por la comisión de nombramientos, se expliquen las razones por las cuales se hayan nombrado consejeros dominicales a instancia de accionistas cuya participación accionarial sea inferior al 3% del capital; y se expongan las razones por las que no se hubieran atendido, en su caso, peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial sea igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los consejeros dominicales presenten su dimisión cuando el accionista a quien representen transmita íntegramente su participación accionarial. Y que también lo hagan, en el número que corresponda, cuando dicho accionista rebaje su participación accionarial hasta un nivel que exija la reducción del número de sus consejeros dominicales.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración no proponga la separación de ningún consejero independiente antes del cumplimiento del período estatutario para el que hubiera sido nombrado, salvo cuando concurra justa causa, apreciada por el consejo de administración previo informe de la comisión de nombramientos. En particular, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo de consejero, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en algunas de las circunstancias que le hagan perder su condición de independiente, de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades establezcan reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad, que puedan perjudicar al crédito y reputación de esta y, en particular, que les obliguen a informar al consejo de administración de cualquier causa penal en la que aparezcan como investigados, así como de sus vicisitudes procesales.

Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que todos los consejeros expresen claramente su oposición cuando consideren que alguna propuesta de decisión sometida al consejo de administración puede ser contraria al interés social. Y que otro tanto hagan, de forma especial, los independientes y demás consejeros a quienes no afecte el potencial conflicto de intereses, cuando se trate de decisiones que puedan perjudicar a los accionistas no representados en el consejo de administración.

Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.

Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que cuando, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, un consejero cese en su cargo antes del término de su mandato, explique de manera suficiente las razones de su dimisión o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la junta, en una carta que remitirá a todos los miembros del consejo de administración.

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
  1. Que la comisión de nombramientos se asegure de que los consejeros no ejecutivos tienen suficiente disponibilidad de tiempo para el correcto desarrollo de sus funciones.

Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el consejo de administración se reúna con la frecuencia precisa para desempeñar con eficacia sus funciones y, al menos, ocho veces al año, siguiendo el programa de fechas y asuntos que establezca al inicio del ejercicio, pudiendo cada consejero individualmente proponer otros puntos del orden del día inicialmente no previstos.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las inasistencias de los consejeros se reduzcan a los casos indispensables y se cuantifiquen en el informe anual de gobierno corporativo. Y que, cuando deban producirse, se otorgue representación con instrucciones.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando los consejeros o el secretario manifiesten preocupación sobre alguna propuesta o, en el caso de los consejeros, sobre la marcha de la sociedad y tales preocupaciones no queden resueltas en el consejo de administración, a petición de quien las hubiera manifestado, se deje constancia de ellas en el acta.
Cumple [    ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [ X ]
  1. Que la sociedad establezca los cauces adecuados para que los consejeros puedan obtener el asesoramiento preciso para el cumplimiento de sus funciones incluyendo, si así lo exigieran las circunstancias, asesoramiento externo con cargo a la empresa.

  1. Que, con independencia de los conocimientos que se exijan a los consejeros para el ejercicio de sus funciones, las sociedades ofrezcan también a los consejeros programas de actualización de conocimientos cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el orden del día de las sesiones indique con claridad aquellos puntos sobre los que el consejo de administración deberá adoptar una decisión o acuerdo para que los consejeros puedan estudiar o recabar, con carácter previo, la información precisa para su adopción.

Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que los consejeros sean periódicamente informados de los movimientos en el accionariado y de la opinión que los accionistas significativos, los inversores y las agencias de calificación tengan sobre la sociedad y su grupo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el presidente, como responsable del eficaz funcionamiento del consejo de administración, además de ejercer las funciones que tiene legal y estatutariamente atribuidas, prepare y someta al consejo de administración un programa de fechas y asuntos a tratar; organice y coordine la evaluación periódica del consejo, así como, en su caso, la del primer ejecutivo de la sociedad; sea responsable de la dirección del consejo y de la efectividad de su funcionamiento; se asegure de que se dedica suficiente tiempo de discusión a las cuestiones estratégicas, y acuerde y revise los programas de actualización de conocimientos para cada consejero, cuando las circunstancias lo aconsejen.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista un consejero coordinador, los estatutos o el reglamento del consejo de administración, además de las facultades que le corresponden legalmente, le atribuya las siguientes: presidir el consejo de administración en ausencia del presidente y de los vicepresidentes, en caso de existir; hacerse eco de las preocupaciones de los consejeros no ejecutivos; mantener contactos con inversores y accionistas para conocer sus puntos de vista a efectos de formarse una opinión sobre sus preocupaciones, en particular, en relación con el gobierno corporativo de la sociedad; y coordinar el plan de sucesión del presidente.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el secretario del consejo de administración vele de forma especial para que en sus actuaciones y decisiones el consejo de administración tenga presentes las recomendaciones sobre buen gobierno contenidas en este Código de buen gobierno que fueran aplicables a la sociedad.

Cumple [ X ] Explique [ ]

    1. Que el consejo de administración en pleno evalúe una vez al año y adopte, en su caso, un plan de acción que corrija las deficiencias detectadas respecto de:
    2. a) La calidad y eficiencia del funcionamiento del consejo de administración.
    3. b) El funcionamiento y la composición de sus comisiones.
    4. c) La diversidad en la composición y competencias del consejo de administración.
    5. d) El desempeño del presidente del consejo de administración y del primer ejecutivo de la sociedad.
    6. e) El desempeño y la aportación de cada consejero, prestando especial atención a los responsables de las distintas comisiones del consejo.

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.

Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.

Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.

El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que cuando exista una comisión ejecutiva en ella haya presencia de al menos dos consejeros no ejecutivos, siendo al menos uno de ellos independiente; y que su secretario sea el del consejo de administración.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que el consejo de administración tenga siempre conocimiento de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por la comisión ejecutiva y que todos los miembros del consejo de administración reciban copia de las actas de las sesiones de la comisión ejecutiva.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que los miembros de la comisión de auditoría en su conjunto, y de forma especial su presidente, se designen teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría y gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros.

  1. Que bajo la supervisión de la comisión de auditoría, se disponga de una unidad que asuma la función de auditoría interna que vele por el buen funcionamiento de los sistemas de información y control interno y que funcionalmente dependa del presidente no ejecutivo del consejo o del de la comisión de auditoría.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que el responsable de la unidad que asuma la función de auditoría interna presente a la comisión de auditoría, para su aprobación por esta o por el consejo, su plan anual de trabajo, le informe directamente de su ejecución, incluidas las posibles incidencias y limitaciones al alcance que se presenten en su desarrollo, los resultados y el seguimiento de sus recomendaciones y le someta al final de cada ejercicio un informe de actividades.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que, además de las previstas en la ley, correspondan a la comisión de auditoría las siguientes funciones:
      1. En relación con los sistemas de información y control interno:
      2. a) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y, en su caso, al grupo —incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción— revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación y la correcta aplicación de los criterios contables.
      3. b) Velar por la independencia de la unidad que asume la función de auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al consejo de la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes.
      4. c) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la compañía que adviertan en el seno de la empresa o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
      5. d) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
      1. En relación con el auditor externo:
      2. a) En caso de renuncia del auditor externo, examinar las circunstancias que la hubieran motivado.
      3. b) Velar que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia.
      4. c) Supervisar que la sociedad comunique a través de la CNMV el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido.
      5. d) Asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del consejo de administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la sociedad.
      6. e) Asegurar que la sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.

  1. Que la comisión de auditoría pueda convocar a cualquier empleado o directivo de la sociedad, e incluso disponer que comparezcan sin presencia de ningún otro directivo.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de auditoría sea informada sobre las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la sociedad para su análisis e informe previo al consejo de administración sobre sus condiciones económicas y su impacto contable y, en especial, en su caso, sobre la ecuación de canje propuesta.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

    1. Que la política de control y gestión de riesgos identifique o determine al menos:
    2. a) Los distintos tipos de riesgo, financieros y no financieros (entre otros los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance.
    3. b) Un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la sociedad lo estime apropiado.
    4. c) El nivel de riesgo que la sociedad considere aceptable.
    5. d) Las medidas previstas para mitigar el impacto de los riesgos identificados, en caso de que llegaran a materializarse.
    6. e) Los sistemas de información y control interno que se utilizarán para controlar y gestionar los citados riesgos, incluidos los pasivos contingentes o riesgos fuera de balance.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que bajo la supervisión directa de la comisión de auditoría o, en su caso, de una comisión especializada del consejo de administración, exista una función interna de control y gestión de riesgos ejercida por una unidad o departamento interno de la sociedad que tenga atribuidas expresamente las siguientes funciones:
    2. a) Asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afecten a la sociedad.
    3. b) Participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión.
    4. c) Velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente en el marco de la política definida por el consejo de administración.

  1. Que los miembros de la comisión de nombramientos y de retribuciones –o de la comisión de nombramientos y la comisión de retribuciones, si estuvieren separadas– se designen procurando que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia adecuados a las funciones que estén llamados a desempeñar y que la mayoría de dichos miembros sean consejeros independientes.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que las sociedades de elevada capitalización cuenten con una comisión de nombramientos y con una comisión de remuneraciones separadas.

Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

  1. Que la comisión de nombramientos consulte al presidente del consejo de administración y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos.

Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que la comisión de retribuciones ejerza sus funciones con independencia y que, además de las funciones que le atribuya la ley, le correspondan las siguientes:
    2. a) Proponer al consejo de administración las condiciones básicas de los contratos de los altos directivos.
    3. b) Comprobar la observancia de la política retributiva establecida por la sociedad.
    4. c) Revisar periódicamente la política de remuneraciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con acciones y su aplicación, así como garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la sociedad.
    5. d) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado a la comisión.
    6. e) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos, incluido el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la comisión de retribuciones consulte al presidente y al primer ejecutivo de la sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

    1. Que las reglas de composición y funcionamiento de las comisiones de supervisión y control figuren en el reglamento del consejo de administración y que sean consistentes con las aplicables a las comisiones legalmente obligatorias conforme a las recomendaciones anteriores, incluyendo:
    2. a) Que estén compuestas exclusivamente por consejeros no ejecutivos, con mayoría de consejeros independientes.
    3. b) Que sus presidentes sean consejeros independientes.
    4. c) Que el consejo de administración designe a los miembros de estas comisiones teniendo presentes los conocimientos, aptitudes y experiencia de los consejeros y los cometidos de cada comisión, delibere sobre sus propuestas e informes; y que rindan cuentas, en el primer pleno del consejo de administración posterior a sus reuniones, de su actividad y que respondan del trabajo realizado.
    5. d) Que las comisiones puedan recabar asesoramiento externo, cuando lo consideren necesario para el desempeño de sus funciones.
    6. e) Que de sus reuniones se levante acta, que se pondrá a disposición de todos los consejeros.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que la supervisión del cumplimiento de las políticas y reglas de la sociedad en materia medioambiental, social y de gobierno corporativo, así como de los códigos internos de conducta, se atribuya a una o se reparta entre varias comisiones del consejo de administración que podrán ser la comisión de auditoría, la de nombramientos, una comisión especializada en sostenibilidad o responsabilidad social corporativa u otra comisión especializada que el consejo de administración, en ejercicio de sus facultades de auto-organización, haya decidido crear. Y que tal comisión esté integrada únicamente por consejeros no ejecutivos, siendo la mayoría independientes y se le atribuyan específicamente las funciones mínimas que se indican en la recomendación siguiente.

    1. Las funciones mínimas a las que se refiere la recomendación anterior son las siguientes:
    2. a) La supervisión del cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la empresa, velando asimismo por que la cultura corporativa esté alineada con su propósito y valores.
    3. b) La supervisión de la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo se hará seguimiento del modo en que la entidad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
    4. c) La evaluación y revisión periódica del sistema de gobierno corporativo y de la política en materia medioambiental y social de la sociedad, con el fin de que cumplan su misión de promover el interés social y tengan en cuenta, según corresponda, los legítimos intereses de los restantes grupos de interés.
    5. d) La supervisión de que las prácticas de la sociedad en materia medioambiental y social se ajustan a la estrategia y política fijadas.
    6. e) La supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

    1. Que las políticas de sostenibilidad en materias medioambientales y sociales identifiquen e incluyan al menos:
    2. a) Los principios, compromisos, objetivos y estrategia en lo relativo a accionistas, empleados, clientes, proveedores, cuestiones sociales, medio ambiente, diversidad, responsabilidad fiscal, respeto de los derechos humanos y prevención de la corrupción y otras conductas ilegales
    3. b) Los métodos o sistemas para el seguimiento del cumplimiento de las políticas, de los riesgos asociados y su gestión.
    4. c) Los mecanismos de supervisión del riesgo no financiero, incluido el relacionado con aspectos éticos y de conducta empresarial.
    5. d) Los canales de comunicación, participación y diálogo con los grupos de interés.
    6. e) Las prácticas de comunicación responsable que eviten la manipulación informativa y protejan la integridad y el honor.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que la remuneración de los consejeros sea la necesaria para atraer y retener a los consejeros del perfil deseado y para retribuir la dedicación, cualificación y responsabilidad que el cargo exija, pero no tan elevada como para comprometer la independencia de criterio de los consejeros no ejecutivos.

Cumple [ X ] Explique [ ]

  1. Que se circunscriban a los consejeros ejecutivos las remuneraciones variables ligadas al rendimiento de la sociedad y al desempeño personal, así como la remuneración mediante entrega de acciones, opciones o derechos sobre acciones o instrumentos referenciados al valor de la acción y los sistemas de ahorro a largo plazo tales como planes de pensiones, sistemas de jubilación u otros sistemas de previsión social.

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

  1. Que en caso de remuneraciones variables, las políticas retributivas incorporen los límites y las cautelas técnicas precisas para asegurar que tales remuneraciones guardan relación con el rendimiento profesional de sus beneficiarios y no derivan solamente de la evolución general de los mercados o del sector de actividad de la compañía o de otras circunstancias similares.

Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:

  • a) Estén vinculados a criterios de rendimiento que sean predeterminados y medibles y que dichos criterios consideren el riesgo asumido para la obtención de un resultado.
  • b) Promuevan la sostenibilidad de la empresa e incluyan criterios no financieros que sean adecuados para la creación de valor a largo plazo, como el cumplimiento de las reglas y los procedimientos internos de la sociedad y de sus políticas para el control y gestión de riesgos.
  • c) Se configuren sobre la base de un equilibrio entre el cumplimiento de objetivos a corto, medio y largo plazo, que permitan remunerar el rendimiento por un desempeño continuado durante un período de tiempo suficiente para apreciar su contribución a la creación sostenible de valor, de forma que los elementos de medida de ese rendimiento no giren únicamente en torno a hechos puntuales, ocasionales o extraordinarios.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que el pago de los componentes variables de la remuneración quede sujeto a una comprobación suficiente de que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de otro tipo previamente establecidas. Las entidades incluirán en el informe anual de remuneraciones de los consejeros los criterios en cuanto al tiempo requerido y métodos para tal comprobación en función de la naturaleza y características de cada componente variable.

Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que las remuneraciones relacionadas con los resultados de la sociedad tomen en cuenta las eventuales salvedades que consten en el informe del auditor externo y minoren dichos resultados.
Cumple [    ] Cumple parcialmente [    ] Explique [    ] No aplicable [ X ]
  1. Que un porcentaje relevante de la remuneración variable de los consejeros ejecutivos esté vinculado a la entrega de acciones o de instrumentos financieros referenciados a su valor.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
  1. Que una vez atribuidas las acciones, las opciones o instrumentos financieros correspondientes a los sistemas retributivos, los consejeros ejecutivos no puedan transferir su titularidad o ejercitarlos hasta transcurrido un plazo de al menos tres años.

Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.

Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]

La Sociedad considera que los criterios de devengo y pago de la retribución en acciones a los consejeros ejecutivos que establecía su Plan de Incentivo a Largo Plazo 2021/2023 y su Plan Global Optimum, promovían adecuadamente los principios de alineación de intereses y fidelidad de los consejeros, sin que resultara necesario el establecimiento de periodos de bloqueo adicionales. El Consejero Delegado participaba en el Plan de Incentivo a Largo Plazo 2021/2023 de la Sociedad. El pago de las acciones que, en su caso,

devengara el Consejero Delegado, se fracciona a lo largo de los 3 años siguientes a la finalización del Plan.

  1. Que los acuerdos contractuales incluyan una cláusula que permita a la sociedad reclamar el reembolso de los componentes variables de la remuneración cuando el pago no haya estado ajustado a las condiciones de rendimiento o cuando se hayan abonado atendiendo a datos cuya inexactitud quede acreditada con posterioridad.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

  1. Que los pagos por resolución o extinción del contrato no superen un importe equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
--------------- --------------------------- ----------------- ---------------------

La Sociedad cumple la primera parte de la recomendación.

En este sentido, los pagos por resolución o extinción del contrato del Consejero Delegado no superan, en 2024, un importe equivalente a dos años de su retribución total anual. No obstante, una parte de dicho pago, el relativo a la no competencia post-contractual, se abona anualmente en 12 mensualidades mientras el contrato con el Consejero Delegado se encuentre en vigor, por lo que no se cumple íntegramente la parte de la recomendación relativa a que los pagos por resolución o extinción del contrato no se abonen hasta que la Sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

H. OTRAS INFORMACIONES DE INTERÉS

    1. Si existe algún aspecto relevante en materia de gobierno corporativo en la sociedad o en las entidades del grupo que no se haya recogido en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas de gobierno en la entidad o su grupo, detállelos brevemente.
    1. Dentro de este apartado, también podrá incluirse cualquier otra información, aclaración o matiz relacionado con los anteriores apartados del informe en la medida en que sean relevantes y no reiterativos.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.

  1. La sociedad también podrá indicar si se ha adherido voluntariamente a otros códigos de principios éticos o de buenas prácticas, internacionales, sectoriales o de otro ámbito. En su caso, se identificará el código en cuestión y la fecha de adhesión. En particular, hará mención a si se ha adherido al Código de Buenas Prácticas Tributarias, de 20 de julio de 2010:

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha 25 de febrero de 2025.

Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:

25/02/2025

Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.

[ ] [ √ ] Sí No

80 / 80

[Continuación de la sección A.10 del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024.]

Emisión de acciones

Con fecha 2 de junio de 2021 la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad autorizó al Consejo de Administración, tan ampliamente como en derecho sea necesario, para que, al amparo de lo previsto en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, pueda aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier momento, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de celebración de dicha Junta General de accionistas, en la cantidad máxima equivalente a la mitad del capital social de la Sociedad en la fecha de aprobación del acuerdo.

Los aumentos de capital al amparo de dicha autorización se realizarán mediante la emisión y puesta en circulación de nuevas acciones (con o sin prima) cuyo contravalor consistirá en aportaciones dinerarias. En relación con cada aumento, corresponderá al Consejo de Administración decidir si las nuevas acciones a emitir son ordinarias, privilegiadas, rescatables, sin voto o de cualquier otro tipo de las permitidas por la Ley. Asimismo, el Consejo de Administración podrá fijar, en todo lo no previsto en este acuerdo, los términos y condiciones del aumento de capital social y las características de las acciones, así como ofrecer libremente las nuevas acciones no suscritas dentro del período o períodos de ejercicio del derecho de suscripción preferente y modificar los artículos de los Estatutos Sociales relativos al capital social y al número de acciones. El Consejo de Administración podrá asimismo establecer que, en caso de suscripción incompleta, no sea eficaz el aumento. Las acciones que se emitan con cargo a esta autorización podrán ser utilizadas para atender la conversión de valores convertibles emitidos o a emitir por la Sociedad o sociedades de su Grupo.

En relación con los aumentos de capital que se realicen al amparo de la autorización mencionada, se facultó al Consejo de Administración para excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente en los términos del artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, si bien esta facultad quedó limitada a aumentos de capital que se realicen al amparo de dicha autorización y de la autorización para la emisión de valores convertibles y opciones aprobada en la misma unta General hasta la cantidad máxima, en conjunto, del 20% del capital social de la Sociedad en la fecha de aprobación del acuerdo.

La Sociedad deberá solicitar, cuando proceda, la admisión a cotización en mercados regulados, sistemas multilaterales de negociación u otros mercados secundarios, organizados o no, oficiales o no oficiales, nacionales o extranjeros, de las acciones que se emitan en virtud de esta autorización, facultando al Consejo de Administración para la realización de todos los trámites y actuaciones necesarios para la admisión a cotización ante las autoridades competentes de los mercados de valores nacionales o extranjeros.

Se autorizó expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar, al amparo de lo establecido en el artículo 249.bis.l) de la Ley de Sociedades de Capital, las facultades delegadas a que se refiere el acuerdo mencionado.

Finalmente, se dejó sin efecto, en la parte no utilizada, la autorización concedida al Consejo de Administración para la emisión de acciones por la Junta General Universal de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 6 de febrero de 2017.

[Continuación de la sección C.1.5 del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024]

Asimismo, la Sociedad ha realizado una serie de acciones transversales, publicadas en su página web corporativa, que demuestran la concienciación y el compromiso de la Sociedad y su grupo con la diversidad y la igualdad. Entre estas acciones se encuentran:

a) Plan de Igualdad: el Plan de Igualdad, cuya primera edición fue firmada en 2011, refuerza el compromiso de la Sociedad con la igualdad de trato y oportunidades de empleo, manteniéndola en la vanguardia de la lucha contra la desigualdad y la discriminación por razón de sexo. Entre las medidas de este III Plan de Igualdad (firmado el 7 de julio de 2023), destacan la ampliación de los derechos y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como el permiso no retribuido para tutorías en el centro de estudios de los hijos menores de edad o para el acompañamiento de menores, mayores de 65 años y personas dependientes; así como el cambio o adaptación de jornada para atender las necesidades de menores de 14 años o personas dependientes, entre otras.

  • b) Programa Empowered Women: diseñado para captar, potenciar y respaldar el talento femenino dentro de la organización, especialmente en lo que respecta a su proyección en posiciones de liderazgo y el fomento de su promoción corporativa. Este programa se basa en tres pilares fundamentales: (i) concienciar, mediante sesiones formativas sobre igualdad de género; (ii) actuar, a través del programa Mujeres de Alto Rendimiento (MAR), que realiza un seguimiento de las empleadas con mayores responsabilidades y potencial de carrera, incluyendo formación continua específica y espacios seguros para compartir inquietudes y experiencias; y (iii) motivar, gracias a las Becas #EmpoweredWomen, abiertas a todas las trabajadoras independientemente de su posición, que acercan programas formativos a aquellas mujeres que no han tenido los recursos, el tiempo o el acompañamiento necesarios para acceder a ellos, dando visibilidad a sus logros y potenciando sus posibilidades de promoción interna. Además, el programa de becas incluye un acompañamiento trimestral por parte de mujeres con gran trayectoria en la compañía.
  • c) Firma de los Principios de Empoderamiento de la Mujer (WEP por sus siglas en inglés): la Sociedad se adhirió en 2022 a esta iniciativa promovida por ONU Mujeres en alianza con el Pacto Mundial, con el objetivo de promover activamente el papel de la mujer en entornos empresariales y continuar con su firme compromiso de asegurar la igualdad de oportunidades.
  • d) Adhesión al Charter de la Diversidad: en abril de 2023: la Sociedad se unió como signataria a la "Carta de la Diversidad", junto a más de 1.500 empresas en España y 15.000 en toda la Unión Europea.
  • e) Participación en el Target Gender Equality 2023-2024: la Sociedad participa en este programa acelerador de la igualdad de género para las empresas del Pacto Mundial de las Naciones Unidas. Esta adhesión refuerza el objetivo de la Sociedad de convertirse en una organización 100% igualitaria y fomentar el liderazgo femenino en la empresa.

[Continuación de la sección C.1.16 del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024]

3.- CESE DE LOS CONSEJEROS

Los consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el plazo para el que fueron nombrados o cuando lo decidan la Junta General o el Consejo de Administración en uso de las atribuciones que tienen conferidas legal o estatutariamente.

El Consejo de Administración únicamente propondrá la separación de un consejero independiente antes del transcurso del plazo estatutario para el que hubiera sido nombrado cuando considere que concurre justa causa, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones. A estos efectos, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en alguna circunstancia por la que el consejero esté obligado a poner a disposición su cargo. Dicha separación podrá asimismo proponerse como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que determinen un cambio significativo en la estructura accionarial de la Sociedad.

Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:

a) Cuando dejen de ejercer los cargos ejecutivos a los que vaya vinculado su nombramiento como consejero o cuando ya no existan los motivos por los que fue nombrado.

b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.

c) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.

d) Cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoria por haber infringido sus obligaciones como consejeros.

e) Cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad.

Los consejeros deberán informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Habiendo sido informado o habiendo conocido el Consejo de Administración de otro modo, alguna de las situaciones mencionadas en este párrafo así como en el apartado (e) del párrafo anterior, deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, si procede o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. De todo ello se informará al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta, sin perjuicio de la información que la Sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.

El consejero que cese en su cargo antes del término de su mandato, ya sea por dimisión o por acuerdo de la Junta General de Accionistas, deberá explicar de manera suficiente las razones de su dimisión, o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta General de Accionista en una carta que remitirá a todos los consejeros. Sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero. Los consejeros deberán informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el Consejo de Administración deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el consejero continúe en su cargo.

[Continuación de la sección C.2.1 COMISIÓN AUDITORÍA del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024]

La Comisión de Auditoría se reunirá periódicamente en función de las necesidades y, al menos, cuatro veces al año.

Cualquier miembro del equipo directivo o del personal que fuese requerido, estará obligado a asistir a sus sesiones y a prestarle su colaboración y acceso a la información de que disponga. También podrá requerir la asistencia del auditor de cuentas.

La Comisión de Auditoria podrá asimismo recabar el asesoramiento de profesionales externos.

El Presidente de la Comisión de Auditoría deberá dar cuenta al Consejo de Administración de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados en el seno de la misma, en la primera reunión del Consejo de Administración posterior a una reunión de la Comisión. Las actas de la Comisión de Auditoría estarán a disposición de los miembros del Consejo de Administración.

A los efectos del cumplimiento de las funciones de supervisión y control encomendadas a la Comisión de Auditoría, el departamento de Auditoría Interna le informa periódicamente de las actividades de auditoría interna desarrolladas, y le traslada la correspondiente información relativa a los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos críticos realizada periódicamente por el Comité de Riesgos, incluidos los riesgos no financieros.

Concretamente, el Director de Auditoría Interna de la Sociedad, participa, de forma recurrente en las reuniones de la Comisión de Auditoría, a los efectos de (i) exponer las actuaciones realizadas por el departamento de Auditoría Interna en relación con su supervisión de la gestión de riesgos de la Sociedad, detallando los informes emitidos al respecto y relacionando las incidencias detectadas en el marco de los procesos de revisión desarrollados; (ii) dar cuenta del grado de cumplimiento de las actuaciones previstas en el plan de auditoría aprobado para el ejercicio de que se trate, exponiendo las principales medidas implementadas y el grado de desarrollo de las mismas; (iii) detallar las incidencias comunicadas a través del canal de denuncias de la Sociedad y las medidas adoptadas e investigaciones efectuadas al efecto; y (iv) exponer, en su caso, las principales modificaciones legislativas que impacten, directa o indirectamente, sobre las materias competencia del Departamento de Auditoría Interna, proponiendo a la Comisión la adopción de las medidas oportunas para la adaptación, en su caso, de las políticas, procedimientos y manuales internos a la normativa vigente en cada momento.

Al cierre de cada trimestre del ejercicio, el Departamento de Auditoría Interna, a través de su Director, remite a la Comisión de Auditoría un Informe de seguimiento de las actividades de Auditoría Interna en el que se detallan los trabajos realizados y el grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan de Trabajo de Auditoría Interna del ejercicio anterior. Al cierre del ejercicio económico, el Departamento de Auditoría Interna, a través de su Director, remite a la Comisión de Auditoría, para su aprobación, un Informe Anual de Actividades de Auditoría Interna que resume los resultados alcanzados en las actividades de auditoría de todo el año, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado al inicio del ejercicio, así como las cuestiones destacables puestas de manifiesto durante el desarrollo del trabajo y responde a lo previsto en el artículo 17.4.g del Reglamento del Consejo de Administración y en los artículos 10.4 y 24.5 del Reglamento de la Comisión de Auditoría, así como lo contemplan las recomendaciones de la Guía Técnica 1/2024 de la CNMV.

Entre las actividades de seguimiento que supervisa la Comisión y que se detallan en el Informe Anual de Actividades de Auditoría Interna se encuentran los informes de auditoría interna llevados a cabo en todas las sociedades del grupo en distintas áreas, el control interno de información financiera y la supervisión de la gestión del riesgo.

Asimismo, la Comisión ha supervisado el proceso de elaboración de la información financiera relativa a la Sociedad y a su grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración. A tal efecto, ha mantenido reuniones periódicas con los responsables del Departamento Financiero y del Departamento de Auditoría Interna a los efectos de contar con información actualizada sobre las principales incidencias detectadas en los procesos de elaboración y emisión de información financiera y de las medidas implementadas para solventar las mismas.

[Continuación de la sección C.2.1 COMISIÓN SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024]

La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones consultará al Presidente del Consejo de Administración y al primer ejecutivo de la Sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.

La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones se reunirá siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones y, en todo caso, una vez al año para preparar la información sobre las retribuciones de los consejeros que el Consejo de Administración ha de aprobar e incluir dentro de su documentación pública anual.

El Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá dar cuenta al Consejo de Administración de los asuntos tratados y las decisiones adoptadas en el seno de la misma. Las actas de dicha Comisión estarán a disposición de los miembros del Consejo de Administración.

En su actividad ordinaria durante el ejercicio 2024, la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones ha elaborado todos los informes pertinentes y las correspondientes propuestas para su elevación al Consejo de Administración y ha debatido sobre los temas que se incluyen en el Informe anual de funcionamiento y memoria de actividades de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que consta publicado en la página web de la Sociedad.

Por otro lado, la supervisión de las cuestiones medioambientales y sociales es también una de las responsabilidades de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que en todas sus reuniones analiza la situación de la responsabilidad social corporativa y de la organización, con especial atención en materia medioambiental y social.

A tales efectos, la Sociedad cuenta con una Política de Sostenibilidad aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 27 de octubre de 2021, y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024, previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la misma fecha, que establece los principios generales y las bases de la estrategia de desarrollo sostenible de Prosegur Cash, con el propósito de garantizar que todas sus actividades corporativas, operativas y de negocio se desarrollen de manera que promuevan la creación de valor en el largo plazo para todos los grupos de interés, promoviendo de esta forma los valores de la sostenibilidad y favoreciendo la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Además, en materia medioambiental, la Sociedad cuenta con una Política de Medioambiente, aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 27 de abril de 2021, y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024, previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la misma fecha, que considera el medioambiente como uno de los elementos claves del concepto de sostenibilidad y un valor determinante en su estrategia de negocio. La Política de Medio Ambiente establece compromisos concretos de actuación, así como los medios y herramientas para alcanzar dichos objetivos.

En materia de sostenibilidad, la Sociedad cuenta con numerosas políticas aprobadas y normas internas, incluyendo:

  • La Política de Sostenibilidad, mencionada más arriba.

  • La Política de Derechos Humanos, aprobada por el Consejo de Administración el 28 de octubre de 2020 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.

  • La Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.

  • La Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.

  • La Política de Condiciones Laborales, Diálogo Social y contra la Esclavitud Moderna, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de octubre de 2021 y modificada por última vez el 29 de octubre de 2024.

  • El Código Ético y de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración el 26 de abril de 2017 y actualizado por última vez el 26 de octubre de 2022.

  • La Política del Canal Ético, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de octubre de 2021, y posteriormente modificada el 23 de julio de 2024.

  • La Política Anticorrupción, aprobada por el Consejo de Administración el 26 de octubre de 2022, y posteriormente modificada el 23 de julio de 2024.

  • La Política de Compras, aprobada por el Consejo de Administración del 27 de octubre de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.

-- La Política de Cumplimiento Normativo, aprobada por el Consejo de Administración el 29 de octubre de 2024.

Dando continuidad al Plan Director de Sostenibilidad, aprobado por el Consejo de Administración el 27 de abril de 2021, el Consejo de Administración aprobó en su reunión de 18 de diciembre de 2024, un nuevo Plan Director de Sostenibilidad aplicable a los ejercicios 2024 a 2027. Este Plan se basa en tres pilares - Medioambiente, Social y Gobernanza-, y está compuesto por 11 líneas estratégicas que orientan las acciones de la Sociedad. Además, se detallan 46 iniciativas estratégicas, cuyo propósito es reforzar el compromiso de Prosegur Cash. Estas iniciativas, que se desglosan en sub-iniciativas o acciones específicas, cuentan con objetivos y responsables definidos.

Adicionalmente, la Sociedad ofrece información en su página web sobre sus compromisos en materia medioambiental, centrada en tres áreas temáticas (descarbonización, flota verde y economía circular), para los que presenta objetivos concretos y explicita ejemplos de los métodos desarrollados para alcanzarlos. Igualmente, la Sociedad ofrece información en su página web sobre sus compromisos en materia social, que se centran en 6 áreas básicas (Derechos Humanos; seguridad y salud; no discriminación; relación con los empleados; desarrollo profesional; y cadena de suministro). Para éstos, la Sociedad establece objetivos concretos, que se explicitan en la página web junto con los métodos implementados para su cumplimiento, incluyendo la identificación de riesgos, la planificación y despliegue de actuaciones, la medición y comprobación de los resultados y la corrección de errores y procesos, todo ello con supervisión interna y externa. Los resultados de dichos compromisos, junto con ejemplos concretos de su implementación, son también publicados en la página web de la Sociedad.

[Continuación de la sección F.5.1. del informe de gobierno corporativo de Prosegur Cash, S.A. relativo al ejercicio 2024]

  • En relación con el contrato marco de relaciones entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (el "Contrato Marco") desempeñar las siguientes funciones:
    • a) Informar previamente, en cuanto a sus elementos esenciales (precio, plazo y objeto), sobre aquellas operaciones vinculadas entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., o entre cualquiera de las sociedades de sus respectivos grupos, cuya aprobación se reserve al Consejo de Administración de conformidad con el Contrato Marco.
    • b) Informar previamente sobre aquellos apartados de la información pública periódica y del informe anual de gobierno corporativo de la Sociedad que se refieran al Contrato Marco y a las operaciones vinculadas entre el Grupo y el Grupo Prosegur.
    • c) Informar sobre las situaciones en las que se dé una concurrencia sobre oportunidades de negocio entre sociedades del Grupo y del Grupo Prosegur y realizar el seguimiento del cumplimiento de las previsiones del Contrato Marco sobre la materia.
    • d) Informar periódicamente sobre el cumplimiento del Contrato Marco.
    • e) Informar previamente sobre cualquier propuesta de modificación del Contrato Marco, así como las eventuales propuestas de transacción encaminadas a poner fin a las desavenencias que puedan surgir entre sus firmantes con ocasión de su aplicación.

Prosegur Cash cuenta con un Departamento de Auditoría Interna, cuyo director dependiente funcionalmente del Presidente de la Comisión de Auditoría. Entre sus objetivos y funciones está la de (i) asistir a la Comisión de Auditoría en el cumplimiento objetivo de sus responsabilidades, (ii) verificar la adecuada gestión de riesgos y (iii) velar por la integridad y fiabilidad de la información contable.

La Dirección de Auditoría Interna ha preparado un programa de revisión del SCIIF que se ejecuta regularmente en periodos de dos años y que se integra en los programas anuales de trabajo que se someten a la aprobación de la Comisión de Auditoría.

La Dirección de Auditoría Interna actualiza de forma continua sus programas de verificación para adecuarlos a los cambios que, eventualmente, introduzca el departamento de Información Financiera en el SCIIF.

En el ejercicio 2024 se han revisado procesos significativos en relación con la información financiera en España y otras filiales europeas y latinoamericanas.

El Departamento de Auditoría Interna realiza verificaciones del estado de ejecución de las recomendaciones incluidas en sus informes de auditoría entre los que se incluyen los relativos a las verificaciones del SCIIF. En el ejercicio 2024 se han emitido informes con periodicidad semestral sobre el estado de ejecución de las recomendaciones que se han remitido a los miembros de la Comisión de Auditoría.

El Comité de Riesgos de Prosegur Cash es la unidad de control y gestión de riesgos que debe asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, se gestionan, y se cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a Prosegur Cash; participa activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y vela por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente.

El Comité de Riesgos, del que el Director de Auditoría Interna es miembro, mantiene reuniones periódicas a los efectos de exponer los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos clave, incluidos los riesgos no financieros, que lleva a cabo en el ejercicio de sus funciones."

La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash proporciona el aseguramiento objetivo a los órganos de gobierno de Prosegur Cash respecto de la eficacia de las actividades de control y gestión de riesgos, ayudando a garantizar que los riesgos clave del negocio se están gestionando correctamente y que el sistema de control y gestión de riesgos está funcionando eficazmente.

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INSTITUTO DE CENSORES
JURADOS DE CUENTAS
DE ESPANA
ERNST & YOUNG, S.L.
ERNST & YOUNG, S.L.
2025 Núm. 01/25/06579
SELLO CORPORATIVO: 30,00 EUR
Ana María Rrieto González
Sello distintivo de otras actuaciones

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