Major Shareholding Notification • Feb 27, 2025
Major Shareholding Notification
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| Fecha fin del ejercicio de referencia: | 31/12/2024 | ||
|---|---|---|---|
| CIF: | A87498564 | ||
| Denominación Social: PROSEGUR CASH, S.A. |
|||
| Domicilio social: |
SANTA SABINA, 8 MADRID

A.1. Complete el siguiente cuadro sobre el capital social y los derechos de voto atribuidos, incluidos, en su caso, los correspondientes a las acciones con voto por lealtad, a la fecha de cierre del ejercicio:
Indique si los estatutos de la sociedad contienen la previsión de voto doble por lealtad:
[ ] Sí
[ √ ] No
| Fecha de última | Capital social (€) | Número de | Número de | |
|---|---|---|---|---|
| modificación | acciones | derechos de voto | ||
| 07/02/2024 | 29.698.269,74 | 1.484.913.487 | 1.484.913.487 |
Indique si existen distintas clases de acciones con diferentes derechos asociados:
[ ] Sí
[ √ ] No
A.2. Detalle los titulares directos e indirectos de participaciones significativas a la fecha de cierre del ejercicio, incluidos los consejeros que tengan una participación significativa:
| Nombre o denominación |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de | ||
|---|---|---|---|---|---|
| social del accionista | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | derechos de voto |
| DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
0,00 | 81,45 | 0,00 | 0,00 | 81,45 |
| Nombre o denominación social del titular indirecto |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
|---|---|---|---|---|
| DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
81,45 | 0,00 | 81,45 |
Dña. Helena Revoredo Delvecchio, a través de Gubel, S.L. y de Yirayira International, S.L., es titular de 398.597.015 acciones de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., representativas del 73,13% de su capital social y del 61,44% de sus derechos de voto, excluyendo las acciones en autocartera. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es a su vez titular de 1.209.492.614 acciones de la Sociedad, representativas del 81,45% de su capital social y de sus derechos de voto.

Los cambios en la participación indirecta de Doña Helena Revoredo Delvecchio en el capital social de la Sociedad se derivan de la reducción del capital social ejecutada por el Consejero Delegado el 9 de enero de 2024 en virtud de las facultades delegadas por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha el 20 de diciembre de 2023 para amortizar las acciones adquiridas bajo el programa de recompra de acciones propias de la Sociedad aprobado por el Consejo el día 20 de diciembre de 2021 y posteriormente prorrogado y modificado con fecha 26 de octubre de 2022, al amparo de la delegación de facultades otorgadas al Consejo por la Junta General de Accionistas el 1 de junio de 2022, en relación con el acuerdo de reducción del capital social y la delegación de facultades otorgadas por la Junta General de Accionistas de 7 de diciembre de 2022. Dicha reducción de capital fue elevada a público ante notario el 19 de enero de 2024 y presentada a inscripción en el Registro Mercantil de Madrid en la misma fecha e inscrita en dicho Registro el 7 de febrero de 2024.
| Del % total de | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| % derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
derechos de voto | |||||
| % total de derechos de voto |
atribuidos a las | ||||||
| acciones, indique, | |||||||
| Nombre o | en su caso, el % de | ||||||
| denominación | los votos adicionales | ||||||
| social del consejero | atribuidos que | ||||||
| corresponden a | |||||||
| las acciones con | |||||||
| voto por lealtad | |||||||
| Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | Directo | Indirecto | ||
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
0,22 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,22 | 0,00 | 0,00 |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
0,06 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,06 | 0,00 | 0,00 |
% total de derechos de voto titularidad de miembros del consejo de administración 0,28

| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación social del titular directo |
% derechos de voto atribuidos a las acciones (incluidos votos por lealtad) |
% derechos de voto a través de instrumentos financieros |
% total de derechos de voto |
Del % total de derechos de voto atribuidos a las acciones, indique, en su caso, el % de los votos adicionales atribuidos que corresponden a las acciones con voto por lealtad |
|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
Detalle el porcentaje total de derechos de voto representados en el consejo:
| % total de derechos de voto representados en el consejo de administración 0,00 |
|---|
| ----------------------------------------------------------------------------------- |
A.4. Indique, en su caso, las relaciones de índole familiar, comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, en la medida en que sean conocidas por la sociedad, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario, excepto las que se informen en el apartado A.6:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| Sin datos |
A.5. Indique, en su caso, las relaciones de índole comercial, contractual o societaria que existan entre los titulares de participaciones significativas, y la sociedad y/o su grupo, salvo que sean escasamente relevantes o deriven del giro o tráfico comercial ordinario:
| Nombre o denominación social relacionados | Tipo de relación | Breve descripción |
|---|---|---|
| PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. (POR SÍ O A TRAVÉS DE LAS COMPAÑÍAS DE SU GRUPO) |
Comercial | Prestación de servicios; compraventa de bienes; licencia de uso de activos intangibles; arrendamiento de bienes inmuebles; financiación. |
| PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. (POR SÍ O A TRAVÉS DE LAS COMPAÑÍAS DE SU GRUPO) |
Contractual | Prestación de servicios; compraventa de bienes; licencia de uso de activos intangibles; arrendamiento de bienes inmuebles; financiación. |

A.6. Describa las relaciones, salvo que sean escasamente relevantes para las dos partes, que existan entre los accionistas significativos o representados en el consejo y los consejeros, o sus representantes, en el caso de administradores persona jurídica.
Explique, en su caso, cómo están representados los accionistas significativos. En concreto, se indicarán aquellos consejeros que hubieran sido nombrados en representación de accionistas significativos, aquellos cuyo nombramiento hubiera sido promovido por accionistas significativos, o que estuvieran vinculados a accionistas significativos y/o entidades de su grupo, con especificación de la naturaleza de tales relaciones de vinculación. En particular, se mencionará, en su caso, la existencia, identidad y cargo de miembros del consejo, o representantes de consejeros, de la sociedad cotizada, que sean, a su vez, miembros del órgano de administración, o sus representantes, en sociedades que ostenten participaciones significativas de la sociedad cotizada o en entidades del grupo de dichos accionistas significativos:
| Nombre o denominación social del consejero o representante, vinculado |
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado |
Denominación social de la sociedad del grupo del accionista significativo |
Descripción relación/cargo |
|---|---|---|---|
| DON ANTONIO RUBIO MERINO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
- Consejero dominical de la Sociedad en representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. - Secretario General y Secretario no consejero de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
GUBEL, S.L. | - Secretario General y Secretario no consejero de Gubel, S.L. |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
- Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Revoredo Delvecchio. - Consejero Delegado de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
GUBEL, S.L. | - Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Revoredo Delvecchio. - Consejero y socio minoritario de Gubel, S.L. |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
- Consejera dominical de la Sociedad en representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. - Relación |

| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | Descripción relación/cargo |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Irene Revoredo Delvecchio. - Consejera de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
|||
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
GUBEL, S.L. | - Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Irene Revoredo Delvecchio. - Consejera y socia minoritaria de Gubel, S.L. |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
YIRAYIRA INTERNATIONAL, S.L. |
- Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Revoredo Delvecchio. - Socio minoritario de Yirayira International, S.L. |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
YIRAYIRA INTERNATIONAL, S.L. |
- Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Revoredo Delvecchio. - Consejera y socia minoritaria de Yirayira International, S.L. |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
- Consejero dominical de la Sociedad en representación de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. - Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Irene Revoredo Delvecchio. |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
GUBEL, S.L. | - Relación de consanguinidad de primer grado con Doña Helena Irene Revoredo Delvecchio. - Presidenta, consejera y socia minoritaria de Gubel, S.L. |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO |
DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO |
YIRAYIRA INTERNATIONAL, S.L. |
- Relación de consanguinidad de primer |

| Nombre o denominación | Nombre o denominación | Denominación social de | |
|---|---|---|---|
| social del consejero o | social del accionista | la sociedad del grupo del | Descripción relación/cargo |
| representante, vinculado | significativo vinculado | accionista significativo | |
| grado con Doña Helena | |||
| Revoredo Delvecchio. - | |||
| Presidenta, consejera y | |||
| socia minoritaria de Yirayira | |||
| International, S.L. | |||
| DON ANTONIO RUBIO | DOÑA HELENA REVOREDO | YIRAYIRA INTERNATIONAL, | - Secretario no consejero |
| MERINO | DELVECCHIO | S.L. | de Yirayira International, S.L. |
Nombre o denominación social del Consejero vinculado:
Don Christian Gut Revoredo
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:
Doña Helena Revoredo Delvecchio
Descripción relación:
Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Don Christian Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socio de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Don Christian Gut Revoredo, socio de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.
Nombre o denominación social del Consejero vinculado:
Doña Chantal Gut Revoredo
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:
Doña Helena Revoredo Delvecchio
Descripción relación:
Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Doña Chantal Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socia de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Doña Chantal Gut Revoredo, socia de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan, directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.
Nombre o denominación social del Consejero vinculado:
Doña Bárbara Gut Revoredo
Nombre o denominación social del accionista significativo vinculado:
Doña Helena Revoredo Delvecchio
Descripción relación:
Doña Helena Revoredo Delvecchio es la madre de Doña Bárbara Gut Revoredo. Doña Helena Revoredo Delvecchio es socia de control de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L. y Doña Bárbara Gut Revoredo, socia de GUBEL, S.L. y de Yirayira International, S.L., sociedades que controlan, directa e indirectamente, el 73,13% de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A.. Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. es titular a 31 de diciembre de 2024 del 81,45% del capital social de la Sociedad.
$$\begin{array}{ccc} \tiny \begin{bmatrix} \mathsf{V} \end{bmatrix} & \begin{array}{c} \mathsf{S} \end{array} \ \end{array} \end{array} \qquad \begin{array}{ccc} \begin{array}{c} \mathsf{S} \end{array} \ \end{array}$$
| Intervinientes del | % de capital | Breve descripción del pacto | Fecha de vencimiento |
|---|---|---|---|
| pacto parasocial | social afectado | del pacto, si la tiene | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO, DOÑA HELENA REVOREDO DELVECCHIO, DON CHRISTIAN GUT REVOREDO, DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO, |
81,45 | Pacto de sindicación de la sociedad GUBEL, S.L., en virtud del cual ésta controla la mencionada sociedad, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, al poder disponer, en virtud del pacto de sindicación, de la mayoría de los derechos de voto de |
30 años |

| Intervinientes del | % de capital | Breve descripción del pacto | Fecha de vencimiento |
|---|---|---|---|
| pacto parasocial | social afectado | del pacto, si la tiene | |
| dicha sociedad. La aprobación de dicho | |||
| pacto fue comunicada por Prosegur | |||
| Compañía de Seguridad, S.A. como hecho | |||
| relevante a la CNMV el 31 de enero de | |||
| DON GERMÁN GUT | 2020 con el número 286383 de registro, | ||
| REVOREDO | y por Prosegur Cash, S.A. su novación | ||
| modificativa y refundición mediante | |||
| comunicación de otra información | |||
| relevante a la CNMV el 20 de diciembre | |||
| de 2024 con el número 31887 de registro. |
Indique si la sociedad conoce la existencia de acciones concertadas entre sus accionistas. En su caso, descríbalas brevemente:
[ ] [ √ ] Sí No
En el caso de que durante el ejercicio se haya producido alguna modificación o ruptura de dichos pactos o acuerdos o acciones concertadas, indíquelo expresamente:
Novación del pacto de sindicación de la sociedad GUBEL, S.L. (socio indirecto de Prosegur Cash, S.A.) en virtud del cual, a pesar de determinadas transmisiones de participaciones sociales entre los socios como resultado de los cuales doña Helena Revoredo Delvecchio ha pasado a ostentar una participación inferior al 50% del capital social de GUBEL, S.L., esta seguirá, sin solución de continuidad, controlando la mencionada sociedad, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, al poder disponer, en virtud del pacto de sindicación, de la mayoría de los derechos de voto de dicha sociedad.
La novación modificativa y refundición del anterior pacto ha sido comunicada por Prosegur Cash, S.A. mediante comunicación de otra información relevante a la CNMV el 20 de diciembre de 2024 con el número 31887 de registro.
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
Nombre o denominación social
Doña Helena Revoredo Delvecchio ostenta el control, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, de Gubel, S.L. en virtud del pacto de sindicación referido en el apartado A.6 anterior. Gubel, S.L. es titular, directa e indirectamente, del 65,09% del capital social de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., que, a su vez, es titular, a 31 de diciembre de 2024, del 81,45% de la Sociedad

| Número de | Número de acciones | % total sobre |
|---|---|---|
| acciones directas | indirectas(*) | capital social |
| 11.378.122 | 0,77 |
| Nombre o denominación social del titular directo de la participación | Número de acciones directas |
|
|---|---|---|
| Sin datos |
A 1 de enero de 2024, la Sociedad era titular de 52.213.748 acciones propias.
Durante el ejercicio 2024, la Sociedad (i) ha amortizado 38.033.196 acciones propias adquiridas en el marco del programa de recompra anterior; (ii) ha enajenado, a través de su intermediario financiero, 520.000 acciones propias al amparo del contrato de liquidez; (iii) ha entregado 2.681.388 acciones propias en el marco de programas de retribución a consejeros y directivos; y (iv) ha adquirido 398.958 acciones propias al amparo del nuevo programa de recompra aprobado por el Consejo de Administración el 18 de diciembre de 2024 y comunicado a la CNMV mediante comunicación de información privilegiada con número 2.532 de registro. En total, a 31 de diciembre de 2024, la posición neta de autocartera de la Sociedad se ha reducido en 40.835.626 acciones propias respecto de la cifra de acciones en autocartera a 1 de enero de 2024, siendo esta cifra a 31 de diciembre de 2024 de 11.378.122 acciones propias, representativas del 0,77% del capital social.
Asimismo, el 9 de febrero de 2024, la Sociedad ha publicado un formulario de autocartera en la CNMV, de conformidad con la normativa española, comunicando una posición neta de 13.660.552 acciones representativas del 0,92% del capital social de la Sociedad a esa fecha.
Con fecha 18 de diciembre de 2024, el Consejo de Administración de la Sociedad aprobó llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias con un importe máximo de 8.000.000 de euros para comprar un máximo de 14.849.135 acciones, representativas de, aproximadamente, el 1% del capital social de la Sociedad a esa fecha (el "Programa de Recompra"). El Programa de Recompra tendrá una duración máxima de un año. No obstante lo anterior, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el Programa de Recompra si, antes de que expire dicho plazo de duración máximo de un año, hubiera adquirido el número máximo de acciones, si se hubiera alcanzado el importe monetario máximo del Programa de Recompra o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.
El Programa de Recompra se efectuará al amparo de lo previsto en el Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre el abuso de mercado y en el Reglamento Delegado (UE) de la Comisión 2016/1052 haciendo uso de la autorización conferida por la Junta General de Accionistas de la Sociedad celebrada el 2 de junio de 2021 bajo el punto 11º del Orden del Día para la compra de acciones propias, y tendrá como finalidad la amortización de las mismas en ejecución de un acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad que será sometido a la aprobación de la próxima Junta General de Accionistas.
La gestión de dicho Programa de Recompra se encomendó a JB Capital Markets, Sociedad de Valores, S.A.U., como intermediario financiero, en virtud de contrato de gestión de recompra de acciones suscrito con esta sociedad el mismo 18 de diciembre de 2024. Adquisición derivativa de acciones propias
Con fecha 2 de junio de 2021 la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad acordó autorizar al Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitución, para la adquisición derivativa de acciones propias, durante el plazo máximo de cinco años, directamente o a través de

sociedades del Grupo, al amparo de lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, cumpliendo los requisitos establecidos en la legislación vigente en cada momento y en las siguientes condiciones:
a. Las adquisiciones podrán realizarse directamente por la Sociedad o indirectamente a través de sus sociedades filiales y las mismas deberán formalizarse mediante compraventa, permuta o cualquier otro negocio jurídico válido en Derecho.
b. El valor nominal de las acciones a adquirir, sumado, en su caso, al de las que ya se posean, directa o indirectamente, no excederá del porcentaje máximo legalmente permitido en cada momento.
c. El precio de adquisición por acción será como mínimo el valor nominal y como máximo el de cotización en Bolsa en la fecha de adquisición incrementado en un 10%.
d. Esta autorización se otorga por un plazo de cinco años.
Expresamente se hizo constar que dicha autorización podía ser utilizada total o parcialmente para la adquisición de acciones propias a ser
entregadas o transmitidas a administradores o a trabajadores de la Sociedad o de sociedades de su grupo, directamente o como consecuencia del ejercicio por parte de aquéllos de derechos de opción, todo ello en el marco de los sistemas retributivos referenciados al valor de cotización de las acciones de Prosegur Cash, S.A.
También se autorizó, a los efectos de lo previsto en el último párrafo del apartado a) del artículo 146.1 de la Ley de Sociedades de Capital, que las acciones adquiridas por la Sociedad o por sus sociedades filiales en uso de la autorización puedan destinarse en todo o en parte a su entrega a los trabajadores o administradores de la Sociedad o sus filiales, bien directamente o como consecuencia del ejercicio de derechos de opción de los que aquéllos sean titulares.
Adicionalmente, se facultó al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución y en los más amplios términos, para el ejercicio de la autorización objeto de este acuerdo y para llevar a cabo el resto de las previsiones contenidas en el mismo.
Finalmente, se dejó sin efecto, en la parte no utilizada, la autorización concedida por la Junta General Universal de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 6 de febrero de 2017.
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
| % | |
|---|---|
| Capital flotante estimado | 17,66 |
A.12. Indique si existe cualquier restricción (estatutaria, legislativa o de cualquier índole) a la transmisibilidad de valores y/o cualquier restricción al derecho de voto. En particular, se comunicará la existencia de cualquier tipo de restricciones que puedan dificultar la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado, así como aquellos regímenes de autorización o comunicación previa que, sobre las adquisiciones o transmisiones de instrumentos financieros de la compañía, le sean aplicables por normativa sectorial.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
A.13. Indique si la junta general ha acordado adoptar medidas de neutralización frente a una oferta pública de adquisición en virtud de lo dispuesto en la Ley 6/2007.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, explique las medidas aprobadas y los términos en que se producirá la ineficiencia de las restricciones:
A.14. Indique si la sociedad ha emitido valores que no se negocian en un mercado regulado de la Unión Europea.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |

En su caso, indique las distintas clases de acciones y, para cada clase de acciones, los derechos y obligaciones que confiera:
Corresponde al Consejo de Administración de la Sociedad someter a la consideración y, en su caso, aprobación, de la Junta General de Accionistas, las propuestas de modificación de los Estatutos Sociales.
La propuesta de modificación que el Consejo de Administración eleve a la Junta General de Accionistas irá acompañada del correspondiente Informe de Administradores sobre las modificaciones estatutarias propuestas.
Toda la documentación relativa a una propuesta de modificación estatutaria se mantendrá a disposición de los accionistas desde el momento de la convocatoria de la Junta General de Accionistas a cuya consideración se someta dicha modificación. El anuncio de la convocatoria de la Junta expresará el derecho de los accionistas a examinar en el domicilio social y a obtener, de forma inmediata y gratuita, la documentación al respecto. Ésta se mantendrá asimismo accesible en todo momento a través de la página web corporativa de la Sociedad.
En lo que a las mayorías necesarias para la modificación estatutaria se refiere ni los Estatutos ni el Reglamento de la Junta General de Accionistas prevén un régimen de mayorías distinto al legalmente establecido.
| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha junta general | % de | % en | % voto a distancia | ||
| presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total | |
| 01/06/2022 | 0,00 | 85,29 | 0,00 | 2,99 | 88,28 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 5,87 | 0,00 | 2,99 | 8,86 |
| 07/12/2022 | 0,00 | 7,43 | 0,00 | 80,42 | 87,85 |
| De los que Capital flotante | 0,00 | 7,43 | 0,00 | 1,00 | 8,43 |
| 06/06/2023 | 0,18 | 88,81 | 0,00 | 1,24 | 90,23 |

| Datos de asistencia | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| % de | % en | % voto a distancia | |||
| Fecha junta general | presencia física | representación | Voto electrónico | Otros | Total |
| De los que Capital flotante | 0,06 | 9,39 | 0,00 | 1,24 | 10,69 |
| 24/04/2024 | 0,31 | 91,20 | 0,00 | 1,41 | 92,92 |
| De los que Capital flotante | 0,01 | 9,75 | 0,00 | 1,41 | 11,17 |
En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 1 de junio de 2022 hubo un 0,0028% de asistencia presencial, redondeada a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante.
En la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 7 de diciembre de 2022 hubo un 0,0046% de asistencia presencial, redondeada a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante. En la citada Junta, voto electrónicamente un 0,00348% del capital social, redondeado a 0,00%, siendo coincidente en su totalidad con capital flotante.
En la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 24 de abril de 2024 hubo un 0,0008% de voto electrónico, redondeado a 0,00%.
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
| Número de acciones necesarias para asistir a la junta general | 1.000 |
|---|---|
| Número de acciones necesarias para votar a distancia | 1.000 |
Podrán asistir a las Juntas Generales los titulares de, al menos, 1.000 acciones, siempre que figuren inscritas a su nombre en el correspondiente registro de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquel en que haya de celebrarse la Junta General. Los accionistas titulares de menor número de acciones podrán delegar su representación en un accionista con derecho de asistencia, así como agruparse con otros accionistas que se encuentren en la misma situación hasta reunir las acciones necesarias, debiendo los accionistas agrupados conferir su representación a uno de ellos. La agrupación deberá llevarse a cabo con carácter especial para cada Junta General y constar por escrito.
Los accionistas con derecho de asistencia podrán, con carácter previo a la celebración de la Junta General, emitir su voto sobre las propuestas relativas a los puntos comprendidos en el orden del día de la convocatoria de cualquier Junta General mediante entrega o correspondencia postal o mediante comunicación electrónica.
Asimismo, los accionistas con derecho de asistencia podrán asistir a la Junta General utilizando medios electrónicos o telemáticos de comunicación a distancia siempre que así lo acuerde el Consejo de Administración, quien indicará en la convocatoria los medios que podrán ser utilizados a tal fin por reunir las condiciones de seguridad exigibles para garantizar la identidad de los accionistas, la efectividad de sus derechos y el correcto desarrollo de la reunión.
B.7. Indique si se ha establecido que determinadas decisiones, distintas a las establecidas por Ley, que entrañan una adquisición, enajenación, la aportación a otra sociedad de activos esenciales u otras operaciones corporativas similares, deben ser sometidas a la aprobación de la junta general de accionistas:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| ------- | ---- |
[ ] No

El artículo 5 del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad atribuye a la Junta General, entre otras materias, la autorización de (i) la realización de operaciones que tengan un efecto equivalente a una modificación estructural; (ii) la adquisición de activos esenciales, su enajenación o la aportación a otra sociedad de activos esenciales; (iii) la transferencia a entidades dependientes de actividades esenciales desarrolladas hasta ese momento por la propia Sociedad, aunque esta mantenga el pleno dominio de aquellas; y (iv) la realización de operaciones que tengan un efecto equivalente al de la liquidación de la Sociedad. A los efectos anteriores, se presumirá el carácter esencial del activo cuando el importe de la operación supere el 25% del valor de los activos que figuren en el último balance aprobado de la Sociedad. En cualquier caso, se trata de materias explícita o implícitamente atribuidas a la Junta General de Accionistas por las disposiciones legales aplicables al efecto.
Dirección de la página web corporativa de la Sociedad: www.prosegurcash.com
El acceso a la información sobre Gobierno Corporativo de la Sociedad se realiza desde: Página Principal / Accionistas e Inversores / Gobierno Corporativo
El acceso a la información sobre las Juntas Generales de la Sociedad se realiza desde: Página Principal / Accionistas e Inversores / Gobierno Corporativo / Junta General de Accionistas

C.1.1 Número máximo y mínimo de consejeros previstos en los estatutos sociales y el número fijado por la junta general:
| Número máximo de consejeros | 15 |
|---|---|
| Número mínimo de consejeros | 5 |
| Número de consejeros fijado por la junta | 10 |
| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN |
Independiente | CONSEJERO COORDINADOR INDEPENDIENTE |
17/03/2017 | 06/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Independiente | CONSEJERO | 17/03/2017 | 06/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Independiente | CONSEJERO | 17/03/2017 | 06/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Independiente | CONSEJERO | 17/03/2017 | 06/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
Ejecutivo | CONSEJERO DELEGADO |
19/12/2016 | 01/06/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON ANTONIO RUBIO MERINO |
Dominical | CONSEJERO | 19/12/2016 | 01/06/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |

| Nombre o denominación social del consejero |
Representante | Categoría del consejero |
Cargo en el consejo |
Fecha primer nombramiento |
Fecha último nombramiento |
Procedimiento de elección |
|---|---|---|---|---|---|---|
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
Ejecutivo | PRESIDENTE | 19/12/2016 | 01/06/2022 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
Dominical | CONSEJERO | 17/03/2017 | 06/06/2023 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DON JUAN COCCI |
Otro Externo | VICEPRESIDENTE | 24/04/2024 | 24/04/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
|
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO |
Dominical | CONSEJERO | 24/04/2024 | 24/04/2024 | ACUERDO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS |
Número total de consejeros 10
Indique los ceses que, ya sea por dimisión o por acuerdo de la junta general, se hayan producido en el consejo de administración durante el periodo sujeto a información:
| Nombre o denominación social del consejero |
Categoría del consejero en el momento del cese |
Fecha del último nombramiento |
Fecha de baja | Comisiones especializadas de las que era miembro |
Indique si el cese se ha producido antes del fin del mandato |
|---|---|---|---|---|---|
| DON PEDRO GUERRERO GUERRERO |
Dominical | 06/06/2023 | 24/04/2024 | Comisión de sostenibilidad, gobierno corporativo, nombramientos y retribuciones |
SI |
Causa del cese, cuando se haya producido antes del término del mandato y otras observaciones; información sobre si el consejero ha remitido una carta al resto de miembros del consejo y, en el caso de ceses de consejeros no ejecutivos, explicación o parecer del consejero que ha sido cesado por la junta general
Con fecha 26 de febrero de 2024, Don Pedro Guerrero Guerrero comunicó a la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones y al Consejo de Administración de la Sociedad, en sendas reuniones celebradas durante esa misma fecha, así como mediante carta dirigida a todos y cada uno de los consejeros y a la Sociedad, su renuncia como miembro del Consejo de Administración de la Sociedad y de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, invocando, además de motivos personales, el poder asumir otras actividades profesionales. Esta información fue comunicada mediante comunicación de otra información relevante en la página web de la CNMV con fecha 27 de febrero de 2024 y número 26774 de registro.

| CONSEJEROS EJECUTIVOS | |||
|---|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Cargo en el organigrama de la sociedad |
Perfil | |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
CONSEJERO DELEGADO |
• Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad Pontificia Comillas – ICADE (E4). • Trabajó en la firma de consultoría McKinsey y el banco de inversión Rothschild. • Se incorporó al Grupo Prosegur en 2004, donde ha sido Director de Estrategia, Director de Desarrollo Corporativo, Director para Asia, Director del negocio de Tecnología y Director Financiero. |
|
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
Presidente | • Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por CUNEF (Centro Universitario de Estudios Financieros). • MBA por INSEAD. • De 1998 a 2001 Departamento de Fusiones y Adquisiciones de la Banca Rothschild. • Consejero de GUBEL, S.L. desde 2002. • Consejero de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 1997. • En 2004 Incorporación plena a la Dirección Ejecutiva de Compañía de Seguridad, S.A. ocupando el puesto de Consejero Director General de España. • Consejero Delegado de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 2008 y Vicepresidente Ejecutivo. • Consejero de Euroforum Escorial, S.A., desde 2006. • Miembro del Patronato de la Fundación Prosegur. • Consejero de GTV CAPITAL, S.C.R desde 2024 |
| Número total de consejeros ejecutivos | 2 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 20,00 |
| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
• Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por ETEA Universidad de Córdoba, y en Geografía e Historia por Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). • Fue Director de Consolidación y Auditoría de Abengoa, y Director de Administración y Director General de Finanzas del Grupo Inditex. • Chief Financial Officer de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 2009 hasta febrero 2021. • Secretario General y del Consejo de Administración de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde febrero 2021. • Secretario General y del Consejo de Administración de Gubel, S.L. desde octubre 2021. • Profesor de Contabilidad Internacional en 5º curso de Administración y Dirección de Empresas en la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla (Curso 2002- 2003). • Profesor de Consolidación Contable en el Máster |

| CONSEJEROS EXTERNOS DOMINICALES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Nombre o denominación del accionista significativo a quien representa o que ha propuesto su nombramiento |
Perfil |
| en Auditoría de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla (Curso 2003). • Profesor de Estrategia en MBA Loyola Leadership School. (2014). |
||
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
• Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense (Colegio Universitario de Estudios Financieros CUNEF), y cuenta con un MBA por el IESE Business School. • Consejera del Consejo de Administración de Euroforum desde 2001, actualmente ostentando el cargo de representante persona física del Vicepresidente. • Consejera de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. desde 1997. • Miembro del Patronato de la Fundación Prosegur. • Responsable de Desarrollo de Negocio en Gubel, S.L. • Miembro del Consejo Hispanic Society of America (New York). |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO |
PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
• New York University Tisch School of the Arts (1996-1999). • Secretario del Consejo de Administración de Gubel, S.L. (2011-2019) • Presidente del Consejo de Administración de Gubel, S.L., desde 2019 |
| Número total de consejeros dominicales | 3 |
| Número total de consejeros dominicales | 3 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 30,00 |
| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN |
• Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid. • MBA por el Instituto de Empresa de Madrid y Advanced Management Program (AMP) por Harvard Business School. • Fue responsable para España de The Chase Manhattan Bank y Goldman Sachs Investment Banking con base en Londres, donde residió por un periodo de 15 años. Asimismo, ocupó diversas posiciones de responsabilidad a nivel europeo en Merrill Lynch (CEO Investment Banking Global). • Presidente, Consejero Delegado y Socio Fundador de Altamar CAM. • Miembro del Consejo Asesor de Marsh McLennan y del Consejo Asesor Internacional de Goldman Sachs & Co. |
|
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
• Licenciada en Economía Agraria por la Reading University y Program for Management Development por la Universidad de Harvard. • Fue Directora General de Merrill Lynch International Bank en España. • Fue miembro del Consejo de Mobiel Dreams Factory, de Asturbega, embotelladora de Coca-Cola en el norte de España, de Inmobiliaria Colonial, de Acciona, S.A. y de Quilvest Switzerland, Ltd Zurich. • Consejera de Altamar Capital Partners, Grupo Security, S.A., Corporación Financiera Guadalmar (CFG), Terold Invest, S.L., Bemberg Capital, S.A., Quilvest Capital Partners, S.A., Miscante H1 España, S.L., Hacienda Cañada Honda, S.L. y Miscante Inversiones, SCR, S.A. • Miembro del Patronato de la Fundación ARPE. |

| CONSEJEROS EXTERNOS INDEPENDIENTES | ||
|---|---|---|
| Nombre o denominación social del consejero |
Perfil | |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
• Licenciada en Geografía e Historia por la Universidad Complutense de Madrid. • Fundadora del Círculo de Progreso, después transformado en Infoempleo. • Fundadora y presidente de Spain Startup desde 2012. • Socia fundadora de International Women Forum (IWF) España. • Vicepresidenta del Círculo de Empresarios, de 2012 a 2015. • Miembro del Consejo Asesor del Grupo Godó. • Presidenta de la Fundación Río Tinto, desde 2021. • Consejera de Instituto de Empresa, S.L., desde 2022. |
|
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
• Licenciado en Económicas por el Carroll School of Management of Boston College. • Fue Project Manager en el Centro Internacional de Innovación de Unilever en Milán, Director de Marketing y Comunicación en Loewe (Grupo LVMH) y Director General del Grupo Cinnabar S.A. • Fundador y presidente del grupo de publicidad y comunicación Revolution Publicidad, S.L • Consejero dominical de Acciona S.A. • Consejero delegado de Newco Entreriver, S.L. • Presidente del Comité Organizador de Madrid Horse Week. • Miembro del Advisory Board de AON Iberia. • Fundador y parte del Órgano de Administración del grupo hotelero Cristine Bedford. |
| Número total de consejeros independientes | 4 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 40,00 |
Indique si algún consejero calificado como independiente percibe de la sociedad, o de su mismo grupo, cualquier cantidad o beneficio por un concepto distinto de la remuneración de consejero, o mantiene o ha mantenido, durante el último ejercicio, una relación de negocios con la sociedad o con cualquier sociedad de su grupo, ya sea en nombre propio o como accionista significativo, consejero o alto directivo de una entidad que mantenga o hubiera mantenido dicha relación.
En su caso, se incluirá una declaración motivada del consejo sobre las razones por las que considera que dicho consejero puede desempeñar sus funciones en calidad de consejero independiente.
| Nombre o denominación social del consejero |
Descripción de la relación | Declaración motivada |
|---|---|---|
| Sin datos |
| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | ||||
|---|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
||||
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil | |
| DON JUAN COCCI | No cumple con los requisitos establecidos en el artículo 529 duodecies de la Ley de Sociedades de Capital y en el Sistema de |
GRUPO PROSEGUR | • Grado de Dirección de Empresas - Universidad Católica Argentina (UCA) • Posgrado de Negociación - Universidad Católica Argentina |

| OTROS CONSEJEROS EXTERNOS | |||
|---|---|---|---|
| Se identificará a los otros consejeros externos y se detallarán los motivos por los que no se puedan considerar dominicales o independientes y sus vínculos, ya sea con la sociedad, sus directivos, o sus accionistas: |
|||
| Nombre o denominación social del consejero |
Motivos | Sociedad, directivo o accionista con el que mantiene el vínculo |
Perfil |
| Gobierno Corporativo de la Sociedad para ser calificado como consejero independiente, ya que no habían transcurrido 5 años desde el cese en la relación con Prosegur Cash desempeñando puestos ejecutivos. |
(UCA) • Methods of the Harvard Negotiation Project -Harvard Law School • Posgrado de Alta Dirección - Instituto de Altos Estudios Empresariales (IAE) • Gerente General de Logística de valores y Gestión de Efectivo, Director Comercial, • Gerente Interior y Jefe de facturación, entre otros, de empresas del Grupo Prosegur Cash (1972 – 2001) • Director General de Argentina, Uruguay y Paraguay Prosegur Cash (2007-2014) • Director Corporativo Regional LATAM Prosegur Cash (2014) • Director General de Argentina, Chile, Uruguay y Paraguay Prosegur Cash (2015 – 2016) • Director General LATAM Prosegur Cash (2016-2024) • Presidente de la Cámara de Empresas Argentinas Transportadoras de Caudales, desde 1983 • Miembro de la Mesa de Dirección del Instituto de Desarrollo Empresarial de Argentina hasta 2024 • Presidente de la Fundación Prosegur Argentina • Presidente de Transportadora de Caudales Juncadella, S.A., Prosegur Holding Cit Argentina, S.A. y Prosegur Gestión de Activos, S.A. hasta 2024. |
| Número total de otros consejeros externos | 1 |
|---|---|
| % sobre el total del consejo | 10,00 |

| Nombre o denominación social del consejero |
Fecha del cambio | Categoría anterior | Categoría actual |
|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Número de consejeras | % sobre el total de consejeros de cada categoría |
|||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
Ejercicio 2024 |
Ejercicio 2023 |
Ejercicio 2022 |
Ejercicio 2021 |
|
| Ejecutivas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Dominicales | 2 | 1 | 1 | 1 | 20,00 | 33,33 | 33,33 | 33,33 |
| Independientes | 2 | 2 | 2 | 2 | 20,00 | 50,00 | 50,00 | 50,00 |
| Otras Externas | 0,00 | 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||
| Total | 4 | 3 | 3 | 3 | 40,00 | 33,33 | 33,33 | 33,33 |
En caso afirmativo, describa estas políticas de diversidad, sus objetivos, las medidas y la forma en que se ha aplicado y sus resultados en el ejercicio. También se deberán indicar las medidas concretas adoptadas por el consejo de administración y la comisión de nombramientos y retribuciones para conseguir una presencia equilibrada y diversa de consejeros.
En caso de que la sociedad no aplique una política de diversidad, explique las razones por las cuales no lo hace.
El Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad y, en particular, la Política de Selección de Candidatos a Consejero aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 25 de julio de 2017, y posteriormente modificada por última vez el 26 de abril de 2023, establece que en la selección de candidatos a consejero se partirá del análisis de las necesidades de la Sociedad y su grupo (el "Grupo") que llevará a cabo la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones (CSGCNR).
Se buscarán personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función y profesionales íntegros cuya trayectoria profesional esté alineada con los principios recogidos en el Código Ético y de Conducta y demás políticas corporativas, así como con la misión, la visión y los valores del Grupo.

Su nombramiento favorecerá la diversidad de conocimientos, capacidades, experiencias, orígenes, edad, nacionalidades y género, favoreciendo un adecuado equilibrio en el Consejo de Administración en su conjunto que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia; todo ello, atendiendo a la naturaleza, complejidad y contexto social y geográfico de los negocios desarrollados por el Grupo. Adicionalmente, podrán tomarse en consideración otros criterios.
En todo caso, en el proceso de selección de candidatos se evitará cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna y, en particular, que dificulte la selección de miembros del sexo menos representado en el Consejo de Administración y que pueda impedir que el número de estos represente, al menos, el porcentaje exigido por la ley en cada momento y procurando que dicho porcentaje esté en línea con las recomendaciones y mejores prácticas de gobierno corporativo.
Durante el ejercicio 2024, la Junta General de Accionistas de la Sociedad, celebrada con fecha 24 de abril de 2024, aprobó el nombramiento de Don Juan Cocci (con la categoría de otros externos) y de Doña Bárbara Gut Revoredo (con la categoría de consejera dominical). En este sentido, el Consejo de Administración de la Sociedad y la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones concluyó que diez miembros (teniendo en cuenta la dimisión de Don Pedro Guerrero Guerrero) son un tamaño adecuado para el Consejo de Administración de la Sociedad, permitiéndole ampliar la diversidad de conocimientos y experiencias, así como enriquecer los debates en su seno y de este modo afrontar los retos y aprovechar aquellas oportunidades que se planteen ante la Sociedad de manera más eficaz, y que la composición del Consejo de Administración era adecuada y equilibrada, teniendo en cuenta la diversidad de conocimientos, capacidades, experiencias, edad, nacionalidades y género en el seno del Consejo de Administración y que su composición permitía enriquecer los debates y la toma de decisiones y que la misma aporta puntos de vista plurales al debate, y los perfiles profesionales de los candidatos a consejero cuyo nombramiento se proponía eran adecuados al ámbito de actividad de la Sociedad y a sus necesidades, para poder cumplir eficazmente sus funciones de supervisión y control.
Como resultado de los nombramientos (y dimisión) anteriores, se concluye que el Consejo de Administración tiene una composición diversa considerando múltiples factores, entre los que destacan, (i) las variadas capacidades, conocimientos y trayectorias profesionales que aporta la existencia de una amplia mayoría de consejeros externos (80%, frente al 20% de consejeros ejecutivos), cuyos perfiles se incluyen en el apartado C.1.3 de este informe; y (ii) una presencia equilibrada de mujeres y hombres (50% de los consejeros externos de cada género, 50% de los consejeros independientes de cada género y 40% del total de los consejeros mujeres, en línea con las mejores prácticas de gobierno corporativo).
Adicionalmente a lo anterior, la Sociedad cuenta también con una Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 (y modificada por última vez el 29 de octubre de 2024) previo informe favorable de la CSGCNR de las mismas fechas, de aplicación en todos los países, líneas de negocio y sociedades del grupo de la Sociedad en las que el Grupo Prosegur Cash tiene el control. y cuyo objeto es fomentar, proteger y celebrar la inclusión, la igualdad y la ausencia de discriminación en el seno de la Sociedad y en las relaciones con sus grupos de interés, garantizar un espacio de trabajo comprometido con el principio de igualdad de oportunidades y condiciones que promuevan el desarrollo personal y profesional del capital humano de la Sociedad. y participar en el progreso de las sociedades en las que la Sociedad opera apoyándolas en la erradicación de desigualdades y exclusiones.
La Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo establece compromisos concretos por áreas (i.e., conciliación, promoción y participación activa, acoso y comunicación), con líneas de actuación concretas.
Por otro lado, la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo asigna al CSGCNR la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los objetivos en materia de diversidad. Por ello, el CSGCNR, en sus reuniones, evalúa la situación de la organización, prestando especial atención a la diversidad y a la promoción equitativa dentro del Consejo de Administración y en la alta dirección de la Sociedad.
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
C.1.6 Explique las medidas que, en su caso, hubiese convenido la comisión de nombramientos para que los procedimientos de selección no adolezcan de sesgos implícitos que obstaculicen la selección de consejeras, y que la compañía busque deliberadamente e incluya entre los potenciales candidatos, mujeres que reúnan el perfil profesional buscado y que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres. Indique también si entre estas medidas está la de fomentar que la compañía cuente con un número significativo de altas directivas:
La Política de Selección de Candidatos a Consejero, aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 25 de julio de 2017, y posteriormente modificada por última vez el 26 de abril de 2023, tal y como se ha mencionado en el apartado C.1.5 anterior, contempla expresamente que en el proceso de selección de candidatos se evitará cualquier tipo de sesgo implícito que pueda implicar discriminación alguna y, en particular, que dificulte la selección de miembros del sexo menos representado en el Consejo de Administración y que pueda impedir que el número de estos represente, al menos, el porcentaje exigido por la ley en cada momento y procurando que dicho porcentaje esté en línea con las recomendaciones y mejores prácticas de gobierno corporativo.
En la actualidad, cuatro (4) de los diez (10) miembros del Consejo de Administración son mujeres, dos (2) de ellas con la categoría de independientes, de un total de cuatro (4). Durante el ejercicio 2024 y en línea con los compromisos adquiridos el ejercicio anterior, y de conformidad con las mejores prácticas de gobierno corporativo y lo previsto en la Política de Selección de Candidatos a Consejero, la Sociedad ha procedido al nombramiento de Doña Bárbara Gut Revoredo como consejera con la categoría de dominical.

Adicionalmente, Doña Ana Inés Sainz de Vicuña Bemberg forma parte de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones.
La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones supervisa que los procedimientos de selección de candidatos a consejeros no adolezcan de sesgos implícitos.
En línea con lo anterior y con lo ya expuesto en el apartado C.1.5., la Sociedad cuenta también con la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, cuyo objeto, entre otros, es fomentar, proteger y celebrar la inclusión, la igualdad y la ausencia de discriminación en el seno de la Sociedad y en las relaciones con sus grupos de interés y participar en el progreso de las sociedades en las que la Sociedad opera apoyándolas en la erradicación de desigualdades y exclusiones. Dicha finalidad se persigue mediante el establecimiento de compromisos concretos (i.e., igualdad, protección de la familia, inclusión laboral efectiva, convivencia intergeneracional, carácter internacional y multicultural, e impulso a la diversidad generando oportunidades igualitarias), con líneas de actuación concretas en materias como las prácticas de selección y ascenso, la atracción de perfiles diversos, la promoción según criterios de equidad y meritocracia y el establecimiento de planes específicos de desarrollo de la diversidad.
Asimismo, la Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo asigna al CSGCNR la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de los objetivos en materia de diversidad. Por ello, el CSGCNR, en sus reuniones, evalúa la situación de la organización, prestando especial atención a la diversidad y a la promoción paritaria dentro del Consejo de Administración y en la alta dirección de la Sociedad.
La Sociedad cuenta con una serie de medidas y acciones transversales que reflejan su concienciación y compromiso con la diversidad y la igualdad. Estas medidas se describen en el apartado C.1.5., están disponibles en la página web de la Sociedad y favorecen el desarrollo profesional y personal de las mujeres, con el objetivo de que puedan acceder a posiciones de alta dirección.
N/A
La Comisión de Nombramientos considera que la Sociedad está aplicando la Política de Selección de Candidatos a Consejero en la composición del Consejo de Administración y en la selección de sus miembros de forma consistente y considera asimismo que la composición de su Consejo de Administración es apropiada, equilibrada y diversa teniendo en cuenta la información contenida en los dos apartados anteriores de este informe.
| Nombre o denominación social del accionista |
Justificación | |
|---|---|---|
| Sin datos |
Indique si no se han atendido peticiones formales de presencia en el consejo procedentes de accionistas cuya participación accionarial es igual o superior a la de otros a cuya instancia se hubieran designado consejeros dominicales. En su caso, explique las razones por las que no se hayan atendido:
[ ] Sí
[ √ ] No

C.1.9 Indique, en el caso de que existan, los poderes y las facultades delegadas por el consejo de administración, incluyendo los relativos a la posibilidad de emitir o recomprar acciones, en consejeros o en comisiones del consejo:
| Nombre o denominación social del consejero o comisión |
Breve descripción |
|---|---|
| JOSE ANTONIO LASANTA LURI | El Consejero Delegado de la Sociedad tiene delegadas a su favor todas las facultades del Consejo de Administración, salvo las legal y estatutariamente indelegables. |
| CHRISTIAN GUT REVOREDO | Christian Gut Revoredo tiene conferidas facultades de administración generales. |
| Nombre o denominación social del consejero |
Denominación social de la entidad del grupo |
Cargo | ¿Tiene funciones ejecutivas? |
|---|---|---|---|
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
The Change group international (holdings) Limited |
Presidente | NO |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
Prosegur Cash International, S.A.U. |
Representante persona física del administrador único |
SI |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
LATAM ATM Solutions S.L. | Consejero | NO |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
The Change Group Internarnational Plc |
Presidente | NO |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO |
Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
Secretario General y Secretario no Consejero del Consejo de Adminsitración |
NO |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO |
Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
Consejero Delegado y Vicepresidente Ejecutivo |
SI |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO |
Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. |
Consejera | NO |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI |
LATAM ATM Solutions Dominican Republic, S.A. |
Consejero | NO |
C.1.11 Detalle los cargos de consejero, administrador o director, o representante de los mismos, que desempeñen los consejeros o representantes de consejeros miembros del consejo de administración de la sociedad en otras entidades, se traten o no de sociedades cotizadas:
| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO | Gubel, S.L. | CONSEJERO |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO | Euroforum Escorial, S.A. | CONSEJERO |
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO | Fundación Prosegur | CONSEJERO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo | |
|---|---|---|---|
| DON CHRISTIAN GUT REVOREDO | GTV CAPITAL, S.A, S.C.R | CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Euroforum Escorial, S.A. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Fundación Prosegur | CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Consejo Asesor Internacional de la Hispanic Society of America (New York) |
CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Consejo Internacional del Teatro Real (Madrid) |
CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Consejo de Patronos del Museo Chillida Leku (Guipúzcoa) |
CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Freecap Investment SIL, S.A. | VICEPRESIDENTE | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Gubel, S.L. | CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Yirayira International, S.L. | CONSEJERO | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Consejo del Real Club de Golf Valderrama |
VICEPRESIDENTE 2º | |
| DOÑA CHANTAL GUT REVOREDO | Oana Sarl | ADMINISTRADOR MANCOMUNADO | |
| DON JOSE ANTONIO LASANTA LURI | Talleres Eléctricos Industriales S.L. | ADMINISTRADOR UNICO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Newco Entreriver, S.L. | CONSEJERO DELEGADO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Acciona, S.A. | CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Revolution Publicidad, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Estudio Thinketing, S.L. | CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
CB Activos Hotel Estate, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Cristine Bedfor Gestion, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
CB Activos Mahon, S.L.U. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
CB Activos Málaga, S.L.U. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
C.B. Activos Valencia, S.L.U. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Cristine Bedfor Hotel Mahon, S.L.U. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo |
|---|---|---|
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Cristine Bedfor Hotel Málaga, S.L.U. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Fundación Alalá | CONSEJERO |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ |
Real Federación Hípica Española | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Altamar Capital Partners,S.L | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Grupo Security, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Bemberg Capital, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Quilvest Capital Partners, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Corporación Financiera Guadalmar | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Terold Invest, S.L. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Miscante H1 España, S.L. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Hacienda Cañada Honda, S.L. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Miscante Inversiones, SCR, S.A. | CONSEJERO |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG |
Patronato de la Fundación ARPE | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Spain Startup | PRESIDENTE |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Navasti Condol, S.l. | ADMINISTRADOR UNICO |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Fundación Rio Tinto | PRESIDENTE |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Consejo Asesor Grupo Godo | CONSEJERO |
| DOÑA MARÍA BENJUMEA CABEZA DE VACA |
Consejo del Instituto Empresa | CONSEJERO |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | Altamar CAM Partners | PRESIDENTE-CONSEJERO DELEGADO |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | Consejo Asesor de Marsh McLennan | CONSEJERO |

| Identificación del consejero o representante |
Denominación social de la entidad, cotizada o no |
Cargo | |
|---|---|---|---|
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | Consejo Asesor de Marmara Capital, S.L. |
PRESIDENTE | |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | Consejo Asesor Internacional de Goldman Sachs |
CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Euroforum Escorial, S.A. | CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Comisión ejecutiva de la Fundación Real Instituto ELCANO |
REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Fundación Prosegur | SECRETARIO CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. | OTROS | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Cámara de Comercio Brasil-España | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Fundación Consejo España-Colombia | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Fundación Consejo España-Perú | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Cámara de Comercio de España | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Gubel, S.L. | PRESIDENTE | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Proactinmo, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Proactinmo Viviendas, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Hispaninver, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Prorevosa, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Agropecuaria Arroyo de la Virgen, S.L. | REPRESENTANTE DE CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | GTV CAPITAL, S.A | PRESIDENTE | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Proactinmo US Corp | CONSEJERO | |
| DOÑA BÁRBARA GUT REVOREDO | Yirayira International, S.L. | PRESIDENTE | |
| DON JUAN COCCI | Cámara de Empresas Argentinas Transportadoras de Caudales |
PRESIDENTE | |
| DON JUAN COCCI | Fundación Prosegur Argentina | PRESIDENTE |
En los cargos de fundaciones, museos, reales federaciones u otras entidades culturales o de los consejos asesores en los que más arriba se indica "consejero" o "representante de consejero", se hace referencia a "patrono", "miembro", "miembro patronato", "vocal" o a "representante de patrono o miembro".
Indique, en su caso, las demás actividades retribuidas de los consejeros o representantes de los consejeros, cualquiera que sea su naturaleza, distinta de las señaladas en el cuadro anterior.
| Identificación del consejero o representante | Demás actividades retribuidas |
|---|---|
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | Secretario General y Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Gubel, S.L. |

C.1.12 Indique y, en su caso explique, si la sociedad ha establecido reglas sobre el número máximo de consejos de sociedades de los que puedan formar parte sus consejeros, identificando, en su caso, dónde se regula:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
El Reglamento del Consejo de Administración de la Sociedad regula en el apartado 5 bis del artículo 8 que no podrán ser nombrados Consejeros de la Sociedad quienes pertenezcan a más de cinco Consejos de Administración de otras sociedades mercantiles distintas de la Sociedad y de las sociedades de su grupo o de Prosegur, Compañía de Seguridad, S.A. y de las compañías de su grupo.
A estos efectos, se computarán como un solo consejo todos los consejos de sociedades que formen parte de un mismo grupo y no se computarán aquellos consejos de sociedades patrimoniales o que constituyan vehículos o complementos para el ejercicio profesional del propio consejero, de su cónyuge o persona con análoga relación de afectividad o de sus familiares allegados.
Excepcionalmente y por razones debidamente justificadas, el Consejo podrá dispensar al consejero de esta prohibición.
| Remuneración devengada en el ejercicio a favor del consejo de administración (miles de euros) | |
|---|---|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros actuales por sistemas de ahorro a largo plazo con derechos económicos no consolidados(miles de euros) |
|
| Importe de los fondos acumulados por los consejeros antiguos por sistemas de ahorro a largo plazo (miles de euros) |
| Nombre o denominación social | Cargo/s |
|---|---|
| DOÑA MARINA COUSO RUANO | Directora de Planificación Estratégica |
| DON LUIS JAVIER ORO PRADERA | Director de Productividad e Innovación |
| DON JAVIER HERGUETA VAZQUEZ | Director Financiero |
| DON FELIX CARBAJO OLLEROS | Director de Auditoría Interna |
| Número de mujeres en la alta dirección | |
|---|---|
| Porcentaje sobre el total de miembros de la alta dirección | |
| Remuneración total alta dirección (en miles de euros) | 1.211 |

C.1.16 Indique los procedimientos de selección, nombramiento, reelección y remoción de los consejeros. Detalle los órganos competentes, los trámites a seguir y los criterios a emplear en cada uno de los procedimientos.
La selección de candidatos a consejero corresponde al Consejo de Administración quien, con el asesoramiento e informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, evalúa las necesidades de la Sociedad y su Grupo al respecto. Se buscarán personas honorables, idóneas y de reconocida solvencia, competencia, experiencia, cualificación, formación, disponibilidad y compromiso con su función, y cuyo nombramiento favorezca la diversidad de conocimientos, experiencias, orígenes, edad, nacionalidades y género en el seno del Consejo de Administración de forma que se consiga un adecuado equilibrio en su conjunto que enriquezca la toma de decisiones y aporte puntos de vista plurales al debate de los asuntos de su competencia. Todo ello, atendiendo a la naturaleza, complejidad y contexto social y geográfico de los negocios desarrollados por la Sociedad y las demás compañías del Grupo. Adicionalmente, podrán tomarse en consideración otros criterios.
No podrán ser considerados como candidatos a consejero de la Sociedad quienes se encuentren incursos en cualquier supuesto de incompatibilidad o prohibición para el desempeño del cargo de consejero, quienes bajo cualquier forma tengan intereses opuestos a los de la Sociedad o su Grupo o cuya pertenencia al Consejo de Administración pueda afectar a la reputación de la Sociedad, las que no reúnan los requisitos establecidos en el Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad para ser consejero (incluyendo, en particular, el de ejercicio del cargo de administrador en un número superior de Consejos que el previsto reglamentariamente) y los administradores o miembros de la alta dirección de las sociedades, nacionales o
extranjeras, del sector de la seguridad o de otros sectores, que sean o puedan ser competidoras de la Sociedad o de su Grupo o de la sociedad dominante de la Sociedad o de su Grupo y las personas que, en su caso, fueran propuestas por ellos en su condición de accionistas. A efectos aclaratorios, se hace constar que las sociedades del Grupo o del grupo de la sociedad dominante de la Sociedad no tendrán la consideración de competidora de la Sociedad.
Los consejeros serán designados por la Junta General o por el Consejo de Administración de conformidad con las previsiones contenidas en las disposiciones legales aplicables.
Las propuestas de nombramiento de consejeros que someta el Consejo de Administración a la consideración de la Junta General y los acuerdos de nombramiento que adopte dicho órgano en virtud de las facultades de cooptación que tiene legalmente atribuidas deberán estar precedidas de la correspondiente propuesta (en el caso de consejeros independientes) o informe (en el caso de los restantes consejeros) de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones. Cuando el Consejo de Administración se aparte de las recomendaciones o propuestas de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones habrá de motivar las razones de su proceder y dejar constancia en acta de sus razones.
La propuesta deberá ir acompañada en todo caso de un informe justificativo del Consejo de Administración en el que se valore la competencia, experiencia y méritos del candidato propuesto, que se unirá al acta de la Junta General o del propio Consejo de Administración. La propuesta de nombramiento o reelección de cualquier consejero no independiente deberá ir precedida, además, de informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones.
Los Consejeros son nombrados por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser reelegidos una o más veces por periodos de igual duración, si bien los consejeros independientes no podrán mantenerse en el cargo durante un plazo superior a doce (12) años continuados, excepto que pasen a ostentar la condición de consejero dominical, ejecutivo o de otros consejeros externos.
Las propuestas de reelección de consejeros que el Consejo de Administración decida someter a la Junta General habrán de sujetarse a las mismas reglas que para el nombramiento, así como a un proceso formal de elaboración, del que necesariamente formará parte un informe emitido por la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones en el que se evaluarán la calidad del trabajo y la dedicación al cargo de los consejeros propuestos durante el mandato precedente.
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
La Sociedad lleva a cabo un proceso de evaluación del Consejo de Administración y de sus Comisiones y de sus miembros, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable y en las recomendaciones del Código de Buen Gobierno. El proceso de evaluación correspondiente al ejercicio 2024 ha concluido con una valoración positiva de la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones, así como del desempeño del Presidente, del Consejero Delegado y de los restantes Consejeros. La evaluación del ejercicio 2023 determinó entre otras cuestiones, la necesidad de aumentar el tamaño del Consejo de Administración a diez miembros con el fin de ampliar la diversidad de conocimientos y experiencias, así como de enriquecer los debates en su seno y de este modo afrontar los retos y aprovechar aquellas oportunidades que se planteen ante la Sociedad de manera más eficaz, y por el otro, nombrar a un consejero del género menos representado

en el seno del Consejo de Administración, lo cual se ha producido durante el ejercicio 2024. Asimismo, durante el ejercicio 2024, y a resultas de la evaluación, se ha implementado un plan de acción que ha incluido entre otras cuestiones las siguientes (i) se ha procedido a facilitar la labor del consejero con la implementación, mediante un plan de acción, de una nueva herramienta tecnológica que permite digitalizar el funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones y lograr una mayor eficiencia operativa de las reuniones de dichos órganos; (ii) estandarización y simplificación -para facilitar una mejor comprensión- del reporte de determinadas operaciones; (iii) establecimiento de un programa de formación sobre materias transversales, como la ciberseguridad, la inteligencia artificial, la sostenibilidad o la geopolítica, que complementa el acceso a los contenidos de la Universidad Prosegur y las jornadas de innovación.
Describa el proceso de evaluación y las áreas evaluadas que ha realizado el consejo de administración auxiliado, en su caso, por un consultor externo, respecto del funcionamiento y la composición del consejo y de sus comisiones y cualquier otra área o aspecto que haya sido objeto de evaluación.
De conformidad con el artículo 5 del Reglamento del Consejo de Administración, entre las misiones del Consejo de Administración se encuentra la función general de supervisión, destacando, entre otras, la supervisión de su propio funcionamiento.
Corresponde al Presidente del Consejo de Administración, junto con el Presidente de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, organizar y coordinar la evaluación periódica del Consejo de Administración, de sus Comisiones, de sus miembros y del primer ejecutivo de la Sociedad.
A los anteriores efectos, partiendo del informe emitido a tales efectos por la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, el Consejo de Administración evalúa anualmente su propio funcionamiento y el desempeño de sus funciones por sus integrantes, así como el desempeño de sus funciones por el Presidente y por el primer ejecutivo de la Sociedad. Así mismo y también anualmente, el Consejo de Administración evalúa el funcionamiento de las Comisiones del Consejo de Administración partiendo de los informes de que estas le elevan.
Para llevar a cabo el proceso de evaluación del ejercicio 2024, se ha enviado un cuestionario a cada consejero, en relación con el Consejo de Administración y con las Comisiones de las que, en cada caso, cada consejero forma parte, incluyendo numerosas preguntas sobre (i) la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de las Comisiones; (ii) el tamaño, composición y competencias del Consejo de Administración y de las Comisiones; y (iii) el desempeño y la aportación de los consejeros, prestando especial atención a los Presidentes de las distintas Comisiones del Consejo. Posteriormente, se han mantenido entrevistas con los miembros del Consejo de Administración y las Comisiones.
Para la evaluación correspondiente al ejercicio 2023, se contó con Deloitte Legal como asesor externo en el proceso concluyendo una valoración positiva de la calidad y eficiencia del funcionamiento del Consejo de Administración y de sus Comisiones, así como del desempeño del Presidente, del Consejero Delegado y de los restantes Consejeros.
No aplicable.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
a) Cuando dejen de ejercer los cargos ejecutivos a los que vaya vinculado su nombramiento como consejero o cuando ya no existan los motivos por los que fue nombrado. En particular, en el caso de los consejeros dominicales, cuando el accionista o los accionistas que propusieron, requirieron o determinaron su nombramiento, vendan o transmitan total o parcialmente su participación con la consecuencia de perder esta la condición de significativa o suficiente para justificar el nombramiento.
b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
c) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.
d) Cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoria por haber infringido sus obligaciones como consejeros.

e) Cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad.
C.1.20 ¿Se exigen mayorías reforzadas, distintas de las legales, en algún tipo de decisión?:
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
En su caso, describa las diferencias.
C.1.22 Indique si los estatutos o el reglamento del consejo establecen algún límite a la edad de los consejeros:
Los Estatutos Sociales establecen que los consejeros, en caso de ausencia, podrán hacerse representar en las reuniones del Consejo de Administración por otro consejero mediante delegación por escrito, que se procurará que, en la medida de lo posible, contenga instrucciones de voto. En todo caso, los consejeros no ejecutivos sólo podrán delegar su representación en otro consejero no ejecutivo.
El Reglamento del Consejo de Administración añade que los consejeros harán todo lo posible para acudir a las sesiones del Consejo de Administración y, cuando no puedan hacerlo personalmente, procurarán que la representación que confieran sea a favor de otro consejero de su misma categoría e incluya las oportunas instrucciones.
C.1.25 Indique el número de reuniones que ha mantenido el consejo de administración durante el ejercicio. Asimismo, señale, en su caso, las veces que se ha reunido el consejo sin la asistencia de su presidente. En el cómputo se considerarán asistencias las representaciones realizadas con instrucciones específicas.
| Número de reuniones del consejo | 8 |
|---|---|
| Número de reuniones del consejo sin la asistencia del presidente |
0 |

Indíquese el número de reuniones mantenidas por el consejero coordinador con el resto de consejeros, sin asistencia ni representación de ningún consejero ejecutivo:
Número de reuniones 0
Indique el número de reuniones que han mantenido en el ejercicio las distintas comisiones del consejo:
| Número de reuniones de COMISIÓN DE AUDITORÍA |
4 |
|---|---|
| Número de reuniones de COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
4 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial de al menos el 80% de los consejeros | 8 |
|---|---|
| % de asistencia presencial sobre el total de votos durante el ejercicio | 94,58 |
| Número de reuniones con la asistencia presencial, o representaciones realizadas con instrucciones específicas, de todos los consejeros |
8 |
| % de votos emitidos con asistencia presencial y representaciones realizadas con instrucciones específicas, sobre el total de votos durante el ejercicio |
95,74 |
[ √ ] Sí
[ ] No
Identifique, en su caso, a la/s persona/s que ha/han certificado las cuentas anuales individuales y consolidadas de la sociedad, para su formulación por el consejo:
| Nombre | Cargo |
|---|---|
| DON JAVIER HERGUETA VAZQUEZ | DIRECTOR FINANCIERO |
C.1.28 Explique, si los hubiera, los mecanismos establecidos por el consejo de administración para que las cuentas anuales que el consejo de administración presente a la junta general de accionistas se elaboren de conformidad con la normativa contable.
Existen unos rigurosos mecanismos de control por la Dirección Financiera de la Sociedad para que las cuentas individuales y consolidadas se ajusten a los principios de contabilidad generalmente aceptados en España y a las Normas Internacionales de Información Financiera. Asimismo, corresponde, entre otras funciones, a la Comisión de Auditoría, la llevanza de las relaciones con el auditor externo (a la fecha, Ernst & Young, S.L.) y velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas un resumen de dicho parecer. La Comisión de Auditoría mantiene, a tal fin, las oportunas conversaciones con el auditor externo, a lo largo del ejercicio y en el momento de la formulación de las Cuentas Anuales. Asimismo, el auditor externo es invitado anualmente a una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y las conclusiones alcanzadas y sobre la evolución de la situación contable y los riesgos de la Sociedad y su Grupo en relación con las Cuentas Anuales correspondientes, y asiste a varias reuniones de la Comisión de Auditoría a fin de informar periódicamente a los miembros de la Comisión de sus trabajos de auditoría externa.

Además el Reglamento del Consejo de Administración contempla que este procure formular definitivamente las Cuentas Anuales de manera tal que no haya lugar a salvedades por parte del auditor externo, explicando públicamente, en su caso, cuando el Consejo de Administración considere que debe mantener su criterio, el contenido y el alcance de la discrepancia.
De conformidad con lo dispuesto en la normativa interna de la Sociedad, a lo largo del ejercicio 2024, la Comisión de Auditoría ha informado sobre la correspondiente información financiera relativa a la Sociedad (individual y consolidada), de forma previa a su aprobación por el Consejo de Administración y presentación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. En este sentido, durante el ejercicio 2024 la Comisión de Auditoría presentó al Consejo de Administración los siguientes informes en relación con la información financiera anual, trimestral y semestral de la Sociedad correspondiente, según el caso, a los ejercicios 2023 y 2024:
Los procedimientos seguidos para la elaboración y presentación de la información financiera y para asegurar la integridad de la misma se describen en detalle en el apartado F. siguiente al describir los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de la misma.
Los informes de auditoría de las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas formuladas por el Consejo de Administración se han emitido históricamente sin salvedades, tal y como consta en la información sobre la Sociedad contenida en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (www.cnmv.es).
| [ ] | Sí |
|---|---|
| [ √ ] | No |
| Nombre o denominación social del secretario | Representante |
|---|---|
| DOÑA RENATA MENDAÑA NAVARRO |
Doña Renata Mendaña Navarro fue nombrada como secretaria no consejera del Consejo de Administración el 25 de julio de 2018.
Es responsabilidad de la Comisión de Auditoría preservar la independencia del auditor externo en el ejercicio de sus funciones. A tal fin, supervisa que su retribución no comprometa su calidad ni su independencia, asegura que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración y requiere periódicamente su asistencia a las sesiones de la Comisión de Auditoría para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad. Adicionalmente, el Presidente de la Comisión de Auditoría celebra con el auditor externo, en función de las necesidades de la Sociedad, reuniones de trabajo sobre temas específicos.
Por otro lado, el Reglamento del Consejo establece que el Consejo de Administración se abstendrá de contratar a aquellas firmas de auditoría en las que los honorarios que prevea satisfacerle, por todos los conceptos, sean superiores al 5% de sus ingresos totales durante el último ejercicio y deberá informar públicamente de los honorarios globales que ha satisfecho la Sociedad a la firma de auditoría por servicios distintos de la auditoría. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.4) del Reglamento de la Comisión de Auditoría, ésta deberá autorizar, cuando corresponda de acuerdo y en los términos previstos en la legislación vigente, la contratación del auditor de cuentas para servicios distintos a la auditoría de cuentas. En este sentido, el auditor de cuentas presentó a la Comisión de Auditoría de la Sociedad , en la totalidad de las reuniones de la Comisión de Auditoría durante el ejercicio 2024, así como en el mes de diciembre de 2024 en el seno de una reunión formal del Consejo de Administración, una descripción de los servicios distintos a la auditoría de cuentas que las sociedades del Grupo de la Sociedad para su autorización y entregó sendas cartas en las que confirmaba que los servicios no incurrían en compatibilidad alguna en materia de independencia del auditor, al amparo de lo establecida en la Ley de Auditoría y otras normas que resultan de aplicación, confirmando que, sobre la base de un análisis de amenazas de los servicios, no habían identificado ninguna amenaza significativa en relación con cada uno de dichos servicios que pudieran requerir de la implementación de salvaguardas.
La Comisión analiza, con carácter exhaustivo, aquellos aspectos susceptibles de constituir una amenaza para la independencia del Auditor externo y, en especial, el régimen de contratación de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en los artículos 5.4 y 6.2.b) del Reglamento (UE) nº 537/2014, de 16 de abril, y en lo previsto en la sección 3º del capítulo IV del título I de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

Asimismo, de conformidad con el artículo 17.4 f) del Reglamento del Consejo, la Comisión, a la vista de los trabajos realizados, de los servicios adicionales a la auditoría prestados (individualmente considerados y en su conjunto) y de los honorarios percibidos por el auditor externo, valora anualmente, con carácter previo a la emisión del informe final de auditoría de cuentas, su opinión sobre si la independencia del auditor externo resulta comprometida. De todo ello, se da cuenta en el Informe Anual de Funcionamiento y Memoria de Actividades de la Comisión de Auditoría.
No existiendo mecanismos específicos encaminados a preservar la independencia de analistas financieros, bancos de inversión o agencias de calificación, a ella se contribuye a través de la Política de Comunicación con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto de la Sociedad, la cual propugna la máxima transparencia en los reportes financieros, la difusión de comunicaciones financieras y estratégicas de forma coherente y abierta, y el reflejo fiel, equilibrado y comprensible de la situación y perspectivas de la Sociedad. En todo caso, la Sociedad canaliza sus relaciones con ellos a través de la Dirección de Relación con Inversores y de Secretaría General, que las basa en los principios de trato objetivo, equitativo, no discriminatorio, profesionalidad, solvencia e independencia en sus apreciaciones.
Por otra parte, la Sociedad dispone de diversos canales de comunicación, tal y como consta en la Política de Comunicación con Accionistas, Inversores Institucionales y Asesores de Voto de la Sociedad y, con carácter general, en la Política de Comunicación de la Sociedad, ambas publicadas en la página web de la Sociedad.
En el caso de que hubieran existido desacuerdos con el auditor saliente, explique el contenido de los mismos:
| Sociedad | Sociedades del grupo |
Total | |
|---|---|---|---|
| Importe de otros trabajos distintos de los de auditoría (miles de euros) |
23 | 14 | 37 |
| Importe trabajos distintos de los de auditoría / Importe trabajos de auditoría (en %) |
11,00 | 1,00 | 3,00 |

C.1.34 Indique el número de ejercicios que la firma actual de auditoría lleva de forma ininterrumpida realizando la auditoría de las cuentas anuales individuales y/o consolidadas de la sociedad. Asimismo, indique el porcentaje que representa el número de ejercicios auditados por la actual firma de auditoría sobre el número total de ejercicios en los que las cuentas anuales han sido auditadas:
| IndividualesConsolidadas | ||
|---|---|---|
| Número de ejercicios ininterrumpidos | 5 | 5 |
| IndividualesConsolidadas | ||
| Nº de ejercicios auditados por la firma actual de auditoría / Nº de ejercicios que la sociedad o su grupo han sido auditados (en %) |
55,56 | 55,56 |
C.1.35 Indique y, en su caso detalle, si existe un procedimiento para que los consejeros puedan contar con la información necesaria para preparar las reuniones de los órganos de administración con tiempo suficiente:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
El Reglamento del Consejo de Administración reconoce a los consejeros las más amplias facultades para informarse sobre cualquier aspecto de la Sociedad, para examinar sus libros, registros, documentos y demás antecedentes de las operaciones sociales y para inspeccionar todas sus instalaciones. Este derecho de información se extiende a las sociedades del Grupo. El ejercicio de las facultades de información se puede canalizar a través del Presidente del Consejo de Administración, del Secretario o del Director Financiero de la Sociedad, quienes atienden las solicitudes del consejero facilitándole directamente la información, ofreciéndole los interlocutores apropiados en el estrato de la organización que proceda o arbitrando las medidas para que pueda practicar in situ las diligencias de examen e inspección deseadas.
Adicionalmente, el Reglamento del Consejo de Administración prevé que la convocatoria de las sesiones ordinarias del Consejo de Administración se curse con una antelación mínima de tres días, debiendo incluir, salvo causa justificada, el orden del día de la sesión (en el que se indicarán aquellos puntos sobre los que el Consejo de Administración deba adoptar una decisión o acuerdo) e ir acompañada de la información de soporte necesaria. En este sentido, los consejeros disponen de una aplicación informática específica, la página web del consejero, que facilita el desempeño de sus funciones y el ejercicio de su derecho de información. En dicha aplicación informática (i) se incorpora la información que se considera adecuada para la preparación de las reuniones del Consejo de Administración y sus comisiones según el orden del día; (ii) se incluyen las presentaciones y exposiciones que se realizarán al Consejo de Administración; y (iii) se facilita a los consejeros el acceso a las actas de las reuniones del Consejo de Administración y de sus comisiones, así como a aquella otra información que el Consejo de Administración acuerde.
Por otra parte, el Reglamento del Consejo de Administración prevé la posibilidad de que los consejeros externos, con el fin de ser auxiliados en el ejercicio de sus funciones, puedan solicitar la contratación con cargo a la Sociedad de asesores legales, contables, financieros u otros expertos (siendo el encargo sobre problemas concretos de cierto relieve y complejidad que se presenten en el desempeño del cargo).
Por último, entre las obligaciones de los consejeros está la de preparar adecuadamente las reuniones del Consejo de Administración y de las Comisiones a las que pertenezca, debiendo informarse diligentemente sobre la marcha de la Sociedad y sobre las materias a tratar en dichas reuniones.
C.1.36 Indique y, en su caso detalle, si la sociedad ha establecido reglas que obliguen a los consejeros a informar y, en su caso, a dimitir cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia sociedad que puedan perjudicar al crédito y reputación de ésta:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
El Reglamento del Consejo de Administración recoge los supuestos en los que los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión, incluyendo, entre otros, cuando su permanencia

en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses. Asimismo, el Reglamento del Consejo de Administración y otras políticas dentro del Sistema de Gobierno Corporativo de la Sociedad, incluyendo, en particular, la Política de Selección de Candidatos a Consejero, establecen los supuestos de incompatibilidad del cargo de consejero de la Sociedad.
Los consejeros deberán además informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el Consejo de Administración deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidir si procede o no que el consejero continúe en su cargo. De todo ello se informará al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta, sin perjuicio de la información que la Sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
a) Contrato de línea de crédito sindicado por importe de 300 millones de euros, entre la Sociedad y un sindicato de entidades acreditantes, de fecha 10 de febrero de 2017. Con fecha 7 de febrero de 2019, se realizó la novación de este contrato, extendiendo el vencimiento por otros 5 años hasta febrero de 2024, y con fecha 3 de febrero de 2021 se ha extendido nuevamente la fecha de vencimiento hasta febrero de 2026. A 31 de diciembre de 2024, el saldo dispuesto asciende a 125.000.000 euros. En caso de cambio de control, las entidades acreditantes dejarían de estar obligadas a poner a disposición de la Sociedad las cantidades requeridas por ésta y podrán solicitar el vencimiento anticipado del crédito.
b) Contrato de financiación sindicada por importe máximo de 45 millones de dólares australianos, de fecha 11 de septiembre de 2023, entre la filial australiana de la Sociedad (en la que la Sociedad tenía a 31 de diciembre de 2024 una participación del 35%) como acreditada, y una sociedad del Grupo del accionista mayoritario de la filial australiana, como garante, y un sindicato de entidades acreditantes. Con fecha 10 de diciembre de 2024, la Sociedad se ha convertido en garante de las obligaciones de la acreditada incluidas en el mismo, incluyéndose como supuesto de incumplimiento (con posibilidad de terminación anticipada del Contrato e imposibilidad de poder continuar disponiendo del mismo) el cambio de control de Prosegur Cash.
c) Emisión con fecha 4 de diciembre de 2017, al amparo del programa de emisión de valores de renta fija (Euro Medium Term Note Programme) de la Sociedad, de obligaciones ordinaras por importe de 600 millones de euros y con vencimiento el 4 de febrero de 2026. En caso de cambio de control los bonistas podrían solicitar la retroventa de las obligaciones si el cambio de control va acompañado de la pérdida del rating de grado de inversión (BBB-).
d) Con fecha 30 de mayo de 2024, 25 de junio de 2024 y 19 de diciembre de 2024 Prosegur Cash ha firmado tres contratos de préstamo con determinadas entidades financieras en España por importe de 30, 75 y 20 millones de euros, respectivamente, con un plazo de vencimiento de cuatro y tres años. En caso de cambio de control, las entidades acreditantes dejarían de estar obligadas a poner a disposición de la Sociedad las cantidades requeridas por ésta y podrán solicitar el vencimiento anticipado del crédito.
C.1.39 Identifique de forma individualizada, cuando se refiera a consejeros, y de forma agregada en el resto de casos e indique, de forma detallada, los acuerdos entre la sociedad y sus cargos de administración y dirección o empleados que dispongan indemnizaciones, cláusulas de garantía o blindaje, cuando éstos dimitan o sean despedidos de forma improcedente o si la relación contractual llega a su fin con motivo de una oferta pública de adquisición u otro tipo de operaciones.
| Numero de beneficiarios | 1 | |
|---|---|---|
| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo | |
| CONSEJERO DELEGADO | El Contrato de Relación Profesional en virtud del cual el Consejero Delegado presta sus servicios a la Sociedad, reconoce a su favor el derecho a percibir una indemnización por importe bruto de 500.000 |

| Tipo de beneficiario | Descripción del acuerdo |
|---|---|
| euros, que comprenderá e integrará cualquier indemnización y | |
| preaviso legalmente establecido y que será pagadera en el plazo | |
| de diez días, en caso de resolución del mismo sea a voluntad de la | |
| Sociedad, a iniciativa del Consejero Delegado por causa imputable a | |
| la Sociedad o de mutuo acuerdo. El Contrato de Relación Profesional | |
| del Consejero Delegado también recoge una obligación de no | |
| competencia post-contractual en virtud de la cual, en caso de | |
| extinción del citado contrato por cualquier causa y durante el plazo | |
| de los dos años siguientes a su fecha de extinción, el Consejero | |
| Delegado se compromete a no competir con las actividades | |
| desarrolladas en los sectores donde Prosegur Cash o el Grupo | |
| Prosegur Cash desarrollan sus actividades, y a no prestar servicios a | |
| empresas españolas o extranjeras competidoras de Prosegur Cash | |
| o del Grupo Prosegur Cash. Dicho pacto de no competencia post | |
| contractual está remunerado con un importe de 78.000 euros brutos | |
| anuales, que se abonarán por la Sociedad al Consejero Delegado | |
| en doce pagos mensuales iguales durante los cinco últimos días | |
| de cada mes mientras el Contrato de Relación Profesional del | |
| Consejero Delegado permanezca en vigor. Se hace constar que | |
| la política de la Sociedad y de su Grupo es que los contratos con | |
| determinadas categorías de empleados cuenten con obligaciones | |
| de no competencia post-contractual en virtud de la cual, en caso de | |
| extinción del contrato por cualquier causa y durante el plazo de los | |
| dos años siguientes a su fecha de extinción, los referidos empleados se | |
| comprometen a no competir con las actividades desarrolladas en los | |
| sectores donde Prosegur Cash o el Grupo Prosegur Cash desarrollan | |
| sus actividades, y a no prestar servicios a empresas españolas o | |
| extranjeras competidoras de Prosegur Cash o del Grupo Prosegur | |
| Cash. Este pacto de no competencia está retribuido y se abona de | |
| forma mensual en doce pagos iguales. |
Indique si, más allá de en los supuestos previstos por la normativa, estos contratos han de ser comunicados y/o aprobados por los órganos de la sociedad o de su grupo. En caso positivo, especifique los procedimientos, supuestos previstos y la naturaleza de los órganos responsables de su aprobación o de realizar la comunicación:
| Consejo de administración | Junta general | |
|---|---|---|
| Órgano que autoriza las cláusulas | ||
| Si | No | |
| ¿Se informa a la junta general sobre las cláusulas? |
√ |

C.2.1 Detalle todas las comisiones del consejo de administración, sus miembros y la proporción de consejeros ejecutivos, dominicales, independientes y otros externos que las integran:
| COMISIÓN DE AUDITORÍA | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | PRESIDENTE | Independiente | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ | VOCAL | Independiente | |
| DON ANTONIO RUBIO MERINO | VOCAL | Dominical |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 33,33 |
| % de consejeros independientes | 66,67 |
| % de consejeros otros externos | 0,00 |
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Auditoría es un órgano interno permanente, de carácter consultivo, sin funciones ejecutivas, con facultades de información, supervisión, asesoramiento y propuesta dentro de su ámbito de actuación. Las actuaciones más significativas de este órgano a lo largo del ejercicio se detallan en el informe anual de funcionamiento y memoria de actividades publicado en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com).
La Comisión de Auditoría estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros no ejecutivos, que dispongan de la dedicación, capacidad y experiencia necesaria para desempeñar su función. Se procurará la diversidad en la composición de la Comisión de Auditoría. La mayoría de los miembros de la Comisión de Auditoría deberán ser consejeros independientes. Al menos uno de sus miembros, y de forma especial su Presidente, serán designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o gestión de riesgos, tanto financieros como no financieros. El Consejo de Administración designará al Presidente de la Comisión de Auditoría de entre los consejeros independientes.
El cargo de Presidente de la Comisión de Auditoría se ejercerá por un período máximo de cuatro años, al término del cual no podrá ser reelegido hasta pasado, al menos, un año desde su cese en dicho cargo, sin perjuicio de su continuidad como miembro de la Comisión.
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Auditoría tendrá las siguientes responsabilidades básicas:
a) Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en relación con las materias de su competencia y, en particular, sobre el resultado de la auditoría.
b) Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance.
c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, así como las condiciones de su contratación, y (i) examinar, en su caso, las circunstancias de su renuncia; (ii) velar por que su retribución no comprometa su calidad ni su independencia; (iii) supervisar la comunicación como hecho relevante del cambio de auditor; (iv) asegurar que mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración; (v) supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría; y (vi) asegurar que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre independencia de los auditores.
d) Supervisar a, y establecer y mantener las oportunas relaciones con, el auditor externo, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
e) Emitir anualmente un informe expresando su opinión sobre si la independencia del auditor de cuentas resulta comprometida.

f) Supervisar la función de auditoría interna.
g) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva.
h) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, y velar por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica
i) Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos.
j) Analizar e informar las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas.
k) Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre todas las materias previstas en la ley y los Estatutos Sociales.
l) Revisar los folletos de emisión y cualquier otra información relevante que deba suministrar el Consejo de Administración a los mercados y sus órganos de supervisión.
m) Establecer y supervisar un sistema que permita a los empleados y otras personas relevantes relacionadas con la Sociedad comunicar, de forma confidencial y en su caso anónima, las irregularidades de potencial trascendencia.
n) Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre todas las actuaciones y decisiones adoptadas por la Dirección de Cumplimiento Normativo en el ejercicio de sus competencias y en particular en relación con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores de la Sociedad.
o) Supervisar la aplicación de la política general relativa a la comunicación de la información económico-financiera, no financiera y corporativa y la estrategia de comunicación y relación con accionistas e inversores.
p) Evaluar lo relativo a los riesgos no financieros de la Sociedad –incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medio ambientales, políticos y reputacionales.
q) Coordinar el proceso de reporte de la información no financiera.
r) Informar sobre las operaciones vinculadas.
s) Informar sobre las materias sujetas al contrato marco de relaciones entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., su cumplimiento y las posibles propuestas de modificación.
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
Identifique a los consejeros miembros de la comisión de auditoría que hayan sido designados teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en ambas e informe sobre la fecha de nombramiento del Presidente de esta comisión en el cargo.
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN / | |
|---|---|
| Nombres de los consejeros | DON DANIEL GUILLERMO |
| con experiencia | ENTRECANALES DOMECQ / DON |
| ANTONIO RUBIO MERINO | |
| Fecha de nombramiento del presidente en el cargo |
23/02/2021 |
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES | |||
|---|---|---|---|
| Nombre | Cargo | Categoría | |
| DON CLAUDIO AGUIRRE PEMÁN | VOCAL | Independiente | |
| DOÑA ANA INÉS SAINZ DE VICUÑA BEMBERG | VOCAL | Independiente | |
| DON DANIEL GUILLERMO ENTRECANALES DOMECQ | PRESIDENTE | Independiente |
| % de consejeros ejecutivos | 0,00 |
|---|---|
| % de consejeros dominicales | 0,00 |


Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones estará compuesta por un mínimo de tres y un máximo de cinco consejeros no ejecutivos. Se procurará que tengan los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarias para desempeñar su función. La mayoría de los miembros de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones deberán ser consejeros independientes.
El Consejo de Administración designará al Presidente de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de entre los consejeros independientes.
Sin perjuicio de otros cometidos que le asigne el Consejo de Administración, la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones tendrá las siguientes responsabilidades básicas:
a) Evaluar las competencias, conocimientos y experiencia necesarios en el Consejo de Administración.
b) Informar al Consejo de Administración sobre las cuestiones relativas a la diversidad de género y establecer un objetivo de representación para el sexo menos representado y elaborar orientaciones sobre cómo alcanzar dicho objetivo.
c) Elevar al Consejo de Administración las propuestas de nombramiento de consejeros independientes para su designación por cooptación o para su sometimiento a la decisión de la Junta General, así como las propuestas para la reelección o separación de dichos consejeros por la Junta General.
d) Informar las propuestas de nombramiento, reelección o separación de los restantes consejeros de la Sociedad.
e) Verificar anualmente el cumplimiento de la política de selección de consejeros.
f) Informar las propuestas de nombramiento y separación de cargos dentro del Consejo de Administración, incluyendo el Secretario y los Vicesecretarios y proponer al Consejo de Administración los miembros que deban formar parte de cada una de las Comisiones.
g) Examinar y organizar la sucesión del Presidente del Consejo de Administración y del primer ejecutivo de la Sociedad, y, en su caso, hacer propuestas al Consejo de Administración para que dicha sucesión se produzca de forma ordenada y planificada.
h) Organizar y coordinar la evaluación periódica del Presidente del Consejo de Administración y la evaluación periódica del Consejo de Administración, de sus miembros y del primer ejecutivo de la Sociedad.
i) Informar las propuestas de nombramiento y separación de altos directivos y proponer al Consejo de Administración las condiciones básicas de sus contratos.
j) Proponer al Consejo de Administración la política de retribuciones de los consejeros y de los directores generales o de quienes desarrollen funciones de alta dirección bajo la dependencia directa del Consejo de Administración, de Comisiones Ejecutivas o de Consejeros Delegados, así como la retribución individual y las demás condiciones contractuales de los consejeros ejecutivos, velando por su observancia.
k) Comprobar la observancia de la política de retribuciones establecida por la Sociedad.
l) Revisar periódicamente la política de retribuciones aplicada a los consejeros y altos directivos, incluidos los sistemas retributivos con, o referenciados a, acciones de la Sociedad y su aplicación, ponderando su adecuación y sus rendimientos, y garantizar que su remuneración individual sea proporcionada a la que se pague a los demás consejeros y altos directivos de la Sociedad.
m) Verificar la información sobre remuneraciones de los consejeros y altos directivos contenida en los distintos documentos corporativos.
n) Informar sobre las situaciones de conflicto de interés de los consejeros.
o) Velar por que los eventuales conflictos de intereses no perjudiquen la independencia del asesoramiento externo prestado, en su caso, a la Comisión.
p) Evaluar y revisar periódicamente la política de responsabilidad medioambiental y social de la Sociedad.
q) Supervisar que las prácticas de la Sociedad en materia de responsabilidad medioambiental y social se ajustan a la estrategia y políticas fijadas y la supervisión y evaluación de los procesos de relación con los distintos grupos de interés.

r) Evaluar periódicamente la adecuación del sistema de gobierno corporativo de la Sociedad, hacer las propuestas necesarias para su mejora y supervisar el cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de los códigos internos de conducta de la Sociedad, y recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a los miembros de la alta dirección de la Sociedad.
s) Informar, previamente a su aprobación por parte del Consejo de Administración, el Informe Anual de Gobierno Corporativo (salvo en lo relativo a las operaciones vinculadas y a los sistemas de control y gestión de riesgos que será informado por la Comisión de Auditoría) y someter al Consejo de Administración la propuesta del informe anual sobre Remuneraciones de los Consejeros.
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
| Número de consejeras | ||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2024 | Ejercicio 2023 | Ejercicio 2022 | Ejercicio 2021 | |||||
| Número | % | Número | % | Número | % | Número | % | |
| COMISIÓN DE AUDITORÍA |
0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 | 0 | 0,00 |
| COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES |
1 | 33,33 | 1 | 25,00 | 1 | 25,00 | 1 | 25,00 |
1.- COMISIÓN DE AUDITORIA
La organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría del Consejo de Administración se regula en:
a) los Estatutos Sociales (artículo 30 y concordantes);
b) el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 17 y concordantes); y
c) el Reglamento de la Comisión de Auditoría que, a partir de lo previsto en el Reglamento del Consejo de Administración y conforme a las recomendaciones de la Guía Técnica sobre Comisiones de Auditoría, desarrolla las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Auditoría de la Sociedad.
Los documentos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com) y los Estatutos Sociales y el Reglamento del Consejo de Administración, también en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El Consejo de Administración en su sesión de 18 de diciembre de 2017 aprobó el Reglamento de la Comisión de Auditoría, y ha sido modificado 28 de julio de 2020 para su adaptación y actualización de su funcionamiento y de sus en el marco de la reforma del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas llevada a cabo en junio de 2020.
El Artículo 23 del Reglamento de la Comisión de Auditoría prevé la elaboración anual de un informe de funcionamiento de la Comisión de Auditoría, que se publicará como parte del informe anual de la Sociedad y estará a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad. Con fecha 26 de febrero de 2024 la Comisión aprobó el informe de funcionamiento correspondiente al ejercicio 2023 el cual consta publicado desde dicha fecha en la página web corporativa de la Sociedad.
2.- COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD, GOBIERNO CORPORATIVO, NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

La organización y funcionamiento de Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones del Consejo de Administración se regula en:
a) los Estatutos Sociales (artículo 30 y concordantes);
b) el Reglamento del Consejo de Administración (artículo 18 y concordantes).
c) el Reglamento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones que desarrolla las reglas de organización y funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la Sociedad
Los documentos se encuentran disponibles para su consulta en la página web de la Sociedad (www.prosegurcash.com) y en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
El Artículo 19 del Reglamento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones prevé la elaboración anual de un informe de funcionamiento de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que se publicará como parte del informe anual de la Sociedad y estará a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad. Con fecha 26 de febrero de 2024 la Comisión aprobó el informe de funcionamiento correspondiente al ejercicio 2023, que se encuentra publicado en la página web corporativa de la Sociedad.

D.1. Explique, en su caso, el procedimiento y órganos competentes para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo, indicando los criterios y reglas generales internas de la entidad que regulen las obligaciones de abstención de los consejero o accionistas afectados y detallando los procedimientos internos de información y control periódico establecidos por la sociedad en relación con aquellas operaciones vinculadas cuya aprobación haya sido delegada por el consejo de administración.
De conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 40 del Reglamento del Consejo de Administración, la competencia para aprobar las operaciones vinculadas cuyo importe o valor sea igual o superior al 10% del total de las partidas del activo según el último balance anual aprobado por la Sociedad corresponderá a la junta general de accionistas.
Se reserva formalmente al Consejo de Administración la aprobación, previo informe de la Comisión de Auditoría, del resto de las operaciones vinculadas que no podrá ser delegada salvo que se trate de
(a) operaciones entre sociedades del Grupo Prosegur Cash y del Grupo cuya sociedad dominante es Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (Grupo Prosegur) que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria (entre las que se incluirán las que resulten de la ejecución de un protocolo o acuerdo o contrato marco) y en condiciones de mercado, y siempre que se enmarquen dentro de algunas de las siguientes tipologías de operación o servicios:
Suministro de combustible a través de depósitos titularidad del Grupo PCS.
Servicios de formación impartida por Grupo PCS.
Las operaciones vinculadas que resulten de los protocolos o acuerdos marcos aprobados por el Consejo de Administración de la Sociedad en cada momento, previo informe de la Comisión de Auditoría; o
(b) operaciones entre sociedades del Grupo Prosegur y sociedades del Grupo Prosegur Cash que se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,25 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de Prosegur Cash y siempre que dichas operaciones tengan por objeto la prestación de servicios por parte de Grupo Prosegur o de Grupo Prosegur Cash, respectivamente, a Grupo Prosegur Cash o a Grupo Prosegur, respectivamente, inherentes a los negocios dentro de sus respectivos ámbito de actividad.
La aprobación de las operaciones vinculadas susceptibles de delegación a que se refieren los párrafos anteriores no requerirá de informe previo de la Comisión de Auditoría de Prosegur Cash y se realizará por el Consejero Delegado y el Director Financiero de la Sociedad de forma conjunta de conformidad con lo previsto en el artículo 529 duovicies 4 de la Ley de Sociedad de Capital. No obstante, el Consejo de Administración de Prosegur Cash ha establecido en relación con dichas operaciones delegadas un procedimiento interno de información y control con periodicidad anual, con ocasión de la celebración de la primera reunión ordinaria de la Comisión de Auditoría en el que se le presenten a la Comisión de Auditoría las operaciones realizadas al amparo de la delegación, acompañadas de toda la información necesaria para que la Comisión de Auditoría pueda verificar la equidad y transparencia de dichas operaciones y, en su caso, el cumplimiento de los criterios legales aplicables a dichas operaciones que constituyen una excepción al régimen general de aprobación aplicable a este tipo de operaciones.
Para aquellas operaciones vinculadas que no sean delegadas, la Comisión de Auditoría deberá, en su informe al respecto, evaluar si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y, en su caso, de los accionistas distintos de la parte vinculada, y dar cuenta de los presupuestos en que se basa la evaluación y de los métodos utilizados. En la elaboración del informe no podrán participar, en su caso, los consejeros afectados.
La celebración de una operación vinculada sitúa al consejero que realiza dicha operación, o que está vinculado con la persona que la lleva a cabo, en una situación de conflicto de interés, por lo que, resultará de aplicación el deber de abstención en la deliberación y votación del acuerdo de autorización previsto en el Reglamento del Consejo de Administración.
En el mismo sentido, la Comisión de Auditoría tiene las siguientes facultades de información, asesoramiento y propuesta en relación con el Contrato Marco:
(a) Informar previamente, en cuanto a sus elementos esenciales (precio, plazo y objeto), sobre aquellas operaciones vinculadas entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., o entre cualquiera de las sociedades de sus respectivos grupos, cuya aprobación se reserve al Consejo de Administración de conformidad con el Contrato Marco.
(b) Informar previamente sobre aquellos apartados de la información pública periódica y del informe anual de gobierno corporativo de la Sociedad que se refieran al Contrato Marco y a las operaciones vinculadas entre el Grupo y el Grupo Prosegur.
(c) Informar sobre las situaciones en las que se dé una concurrencia sobre oportunidades de negocio entre sociedades del Grupo y del Grupo Prosegur y realizar el seguimiento del cumplimiento de las previsiones del Contrato Marco sobre la materia.
(d) Informar periódicamente sobre el cumplimiento del Contrato Marco.
(e) Informar previamente sobre cualquier propuesta de modificación del Contrato Marco, así como las eventuales propuestas de transacción encaminadas a poner fin a las desavenencias que puedan surgir entre sus firmantes con ocasión de su aplicación.

D.2. Detalle de manera individualizada aquellas operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas entre la sociedad o sus entidades dependientes y los accionistas titulares de un 10 % o más de los derechos de voto o representados en el consejo de administración de la sociedad, indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social del accionista o de cualquiera de sus sociedades dependientes |
% Participación |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| (1) | PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
81,45 Prosegur Cash, S.A. | 18.792 | Cda o el Consejero Delegado y el Director Financiero , conjuntamente, en virtud de la delegación de |
Dominicales | SI | |
| (2) | PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD , S.A. |
81,45 Prosegur Cash, S.A. | 26.954 | Consejo de administración |
Dominicales | SI | |
| (3) | PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD, S.A. |
81,45 Prosegur Cash, S.A. | 44.459 | Consejo de administración |
Dominicales | SI | |
| (4) | PROSEGUR COMPAÑÍA DE SEGURIDAD , S.A. |
81,45 Prosegur Cash, S.A. | 14.302 | Cda o el Consejero Delegado y el Director Financiero , conjuntamente, en virtud de la delegación de |
Dominicales | SI |
| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|---|
| denominación social | de la relación | ||
| del accionista o | |||
| de cualquiera de | |||
| sus sociedades | |||
| dependientes | |||
| PROSEGUR | Comercial | Contratos de arrendamiento operativo | |
| (1) | COMPAÑÍA DE | ||
| SEGURIDAD, S.A. | |||
| PROSEGUR | Comercial | Acuerdos sobre licencias (marca) | |
| (2) | COMPAÑÍA DE | ||
| SEGURIDAD , S.A. |

| Nombre o | Naturaleza | Tipo de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
|---|---|---|---|
| denominación social | de la relación | ||
| del accionista o | |||
| de cualquiera de | |||
| sus sociedades | |||
| dependientes | |||
| PROSEGUR | Comercial | Servicios de apoyo a la gestión | |
| (3) | COMPAÑÍA DE | ||
| SEGURIDAD, S.A. | |||
| PROSEGUR | Comercial | Recepción de servicios varios | |
| (4) | COMPAÑÍA DE | ||
| SEGURIDAD , S.A. |
Todas las operaciones anteriores han sido aprobadas o ratificadas por el Consejo de Administración de la Sociedad previo informe favorable de la Comisión de Auditoría o por el Consejero Delegado y el Director Financiero de la Sociedad de forma conjunta al ser parte de las operaciones vinculadas delegadas (y sujetas ex post al procedimiento de control periódico) o se enmarcan dentro de contratos marco o parámetros y procedimientos previamente aprobados por el Consejo de Administración, de conformidad con el procedimiento para la aprobación de operaciones con partes vinculadas e intragrupo vigente en el momento de aprobación de cada una de ellas.
D.3. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con los administradores o directivos de la sociedad, incluyendo aquellas operaciones realizadas con entidades que el administrador o directivo controle o controle conjuntamente, e indicando cuál ha sido el órgano competente para su aprobación y si se ha abstenido algún accionista o consejero afectado. En caso de que la competencia haya sido de la junta, indique si la propuesta de acuerdo ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de los independientes:
| Nombre o denominación social de los administradores o directivos o de sus entidades controladas o bajo control conjunto |
Nombre o denominación social de la sociedad o entidad dependiente |
Vínculo | Importe (miles de euros) |
Órgano que la ha aprobado |
Identificación del accionista significativo o consejero que se hubiera abstenido |
La propuesta a la junta, en su caso, ha sido aprobada por el consejo sin el voto en contra de la mayoría de independientes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sin datos |
| Nombre o | ||
|---|---|---|
| denominación | ||
| social de los | ||
| administradores | ||
| o directivos o de | Naturaleza de la operación y otra información necesaria para su evaluación | |
| sus entidades | ||
| controladas o | ||
| bajo control | ||
| conjunto | ||
| Sin datos |

D.4. Informe de manera individualizada de las operaciones intragrupo significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad con su sociedad dominante o con otras entidades pertenecientes al grupo de la dominante, incluyendo las propias entidades dependientes de la sociedad cotizada, excepto que ninguna otra parte vinculada de la sociedad cotizada tenga intereses en dichas entidades dependientes o éstas se encuentren íntegramente participadas, directa o indirectamente, por la cotizada.
En todo caso, se informará de cualquier operación intragrupo realizada con entidades establecidas en países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal:
| Denominación social de la entidad de su grupo |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
D.5. Detalle de manera individualizada las operaciones significativas por su cuantía o relevantes por su materia realizadas por la sociedad o sus entidades dependientes con otras partes vinculadas que lo sean de conformidad con las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la UE, que no hayan sido informadas en los epígrafes anteriores.
| Denominación social de la parte vinculada |
Breve descripción de la operación y otra información necesaria para su evaluación |
Importe (miles de euros) |
|---|---|---|
| Sin datos |
1.- CONFLICTOS DE INTERÉS ENTRE LA SOCIEDAD Y SUS CONSEJEROS
De conformidad con el artículo 34 del Reglamento del Consejo de Administración, se considerará que existe conflicto de interés con un consejero en aquellas situaciones en las que entren en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad o de las sociedades integradas en su Grupo y el interés personal del consejero. Existirá interés personal del consejero cuando el asunto le afecte a él o a una persona vinculada con él o, en el caso de un consejero dominical, al accionista o accionistas que propusieron o efectuaron su nombramiento o a personas vinculadas con aquellos. El citado precepto remite al artículo 231 de la Ley de Sociedades de Capital para la definición de las que serán consideradas personas vinculadas a un consejero a efectos del Reglamento, incluyendo además en tal concepto cualquier sociedad en la que el consejero ejerza un cargo de administración o dirección o en la que tenga una participación significativa.
Las situaciones de conflicto de interés se regirán por las siguientes reglas:
El consejero deberá comunicar al Consejo de Administración, a través del Presidente o del Secretario del mismo, cualquier situación de conflicto de interés, directo o indirecto, en que se encuentre.
El consejero deberá comunicar también todos los puestos que desempeñe y de las actividades que realice en otras compañías o entidades y, en general, de cualquier hecho o situación que pueda resultar relevante para su actuación como administrador de la Sociedad.
Salvo que haya obtenido la correspondiente dispensa conforme a lo previsto en el artículo 230 de la Ley de Sociedades de Capital, el consejero deberá abstenerse de:
a) Realizar transacciones con la Sociedad, excepto que se trate de operaciones ordinarias, hechas en condiciones estándar para los clientes y de escasa relevancia, entendiendo por tales aquellas cuya información no sea necesaria para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.

b) Obtener ventajas o remuneraciones de terceros distintos de la Sociedad y su Grupo asociadas al desempeño de su cargo, salvo que se trate de atenciones de mera cortesía.
c) En general, asistir e intervenir en las deliberaciones y en la votación que afecten a asuntos en los que se encuentre en situación de conflicto de interés.
2.- CONFLICTOS DE INTERÉS ENTRE LA SOCIEDAD Y SUS ACCIONISTAS SIGNIFICATIVOS
En cuanto a los accionistas significativos, los artículos 5 y 40 del Reglamento del Consejo de Administración establecen que corresponde a dicho órgano aprobar la realización de cualquier transacción de la Sociedad con un accionista significativo y/o con cualquier otra parte vinculada siempre que no entren dentro de las operaciones cuyo ámbito subjetivo ha sido delegado para su aprobación por el Consejero Delegado y el Director Financiero de forma conjunta, no pudiendo autorizarse ninguna transacción si previamente no ha sido emitido un informe por la Comisión de Auditoría valorando la operación desde el punto de vista de la igualdad de trato de los accionistas y de las condiciones de mercado.
Asimismo, en relación a Prosegur Compañía de Seguridad, S.A, el Contrato Marco (modificado por última vez previo informe de la Comisión de Auditoría durante el ejercicio 2024 tal y como del mismo se ha informado a la CNMV mediante comunicación de otra información relevante) define con precisión las respectivas áreas de actividad sobre la base de los principios de preferencia y de tutela de los intereses de los accionistas minoritarios de la Sociedad, el marco general para el tratamiento de operaciones entre ellas, los flujos de información entre ambas para dar cumplimiento a sus requerimientos de gestión y obligaciones legales y frente a los respectivos reguladores y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse.
D.7. Indique si la sociedad está controlada por otra entidad en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, cotizada o no, y tiene, directamente o a través de sus filiales, relaciones de negocio con dicha entidad o alguna de sus filiales (distintas de las de la sociedad cotizada) o desarrolla actividades relacionadas con las de cualquiera de ellas.
[ √ ] [ ] Sí No
Indique si ha informado públicamente con precisión acerca de las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales:
| [ √ ] | Sí |
|---|---|
| [ ] | No |
´
Informe de las respectivas áreas de actividad y las eventuales relaciones de negocio entre, por un lado, la sociedad cotizada o sus filiales y, por otro, la sociedad matriz o sus filiales, e identifique dónde se ha informado públicamente sobre estos aspectos
La Sociedad está controlada por su matriz Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., también cotizada en las Bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia y en el Mercado Continuo.
Las relaciones de negocio de la Sociedad significativas por su cuantía o relevantes por su materia con su matriz Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. y con sus filiales se describen en el apartado D.2 anterior.
La Sociedad y su sociedad matriz, Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. suscribieron el 17 de febrero de 2017 un contrato marco (el "Contrato Marco") al objeto de regular los principios básicos que deben regir las relaciones entre ellas y sus respectivas entidades dependientes en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación 2ª del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 18 de febrero de 2015, revisado parcialmente el 26 de junio de 2020, se definen públicamente con precisión las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse.
Con fecha 16 de marzo de 2021 el Contrato Marco fue novado para adaptarlo a la nueva realidad en cuanto al desarrollo del negocio de outsourcing de procesos y servicios de valor añadido (AVOS) para entidades financieras y aseguradoras, como consecuencia de la operación de compraventa del 100% del capital social de Prosegur AVOS, S.L.U. por parte de la Sociedad a Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. Por último, con fecha 30 de octubre de 2024, el Contrato Marco ha sido novado para, entre otras cosas, adecuar a la realidad actual la delimitación del ámbito de actuación propio de la Sociedad y el grupo de sociedades del cual es su sociedad dominante en el sentido establecido por la ley incluyendo dentro de la delimitación de actividades del Grupo Prosegur Cash las derivadas del avance de la digitalización y al desarrollo de productos de transformación relacionados con el negocio de recogida y gestión de efectivo con los que aprovechar las nuevas oportunidades que se presentan, en beneficio de los accionistas de Prosegur Cash.

La suscripción del Contrato Marco fue notificada a la Comisión Nacional del Mercado de Valores mediante hecho relevante con fecha 17 de marzo de 2017 y número de registro 249700 y sus dos novaciones fueron asimismo notificadas como comunicación de otra información relevante el 16 de marzo de 2021 con número de registro 8306 y el 30 de octubre de 2024 con número de registro 31135, respectivamente.
El Contrato Marco (tal y como el mismo ha sido novado sucesivamente) se encuentra además a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad (www.prosegurcash.com) desde Página Principal / Gobierno Corporativo.
Tal y como se ha incluido en la respuesta anterior, la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. suscribieron el 17 de febrero de 2017 el Contrato Marco, el cual ha sido novado en dos ocasiones, con fecha 16 de marzo de 2021 y con fecha 30 de octubre de 2024. al objeto, entre otras cuestiones, de regular los principios básicos que deben regir las relaciones entre ellas y sus respectivas entidades dependientes en el que, siguiendo las mejores prácticas de gobierno corporativo y, en particular, la recomendación 2ª del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas aprobado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores el 18 de febrero de 2015, revisado parcialmente el 26 de junio de 2020, se definen públicamente con precisión las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio y los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan presentarse. Dicho contrato se haya a disposición del público en la página web corporativa de la Sociedad (www.prosegurcash.com) desde Página Principal / Gobierno Corporativo.
En el mismo sentido, la Comisión de Auditoría tiene las siguientes facultades de información, asesoramiento y propuesta en relación con el Contrato Marco:
(a) Informar previamente, en cuanto a sus elementos esenciales (precio, plazo y objeto), sobre aquellas operaciones vinculadas entre la Sociedad y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A., o entre cualquiera de las sociedades de sus respectivos grupos, cuya aprobación se reserve al Consejo de Administración de conformidad con el Contrato Marco.
(b) Informar previamente sobre aquellos apartados de la información pública periódica y del informe anual de gobierno corporativo de la Sociedad que se refieran al Contrato Marco y a las operaciones vinculadas entre el Grupo y el Grupo Prosegur.
(c) Informar sobre las situaciones en las que se dé una concurrencia sobre oportunidades de negocio entre sociedades del Grupo y del Grupo Prosegur y realizar el seguimiento del cumplimiento de las previsiones del Contrato Marco sobre la materia.
(d)Informar periódicamente sobre el cumplimiento del Contrato Marco. (e)Informar previamente sobre cualquier propuesta de modificación del Contrato Marco, así como las eventuales propuestas de transacción encaminadas a poner fin a las desavenencias que puedan surgir entre sus firmantes con ocasión de su aplicación.
Por otro lado, el artículo 40 del Reglamento del Consejo de Administración, dispone que:
a) En ningún caso, se autorizará una operación vinculada si previamente no ha sido emitido un informe por la Comisión de Auditoría, salvo lo previsto en el apartado b) siguiente. En su informe, la Comisión de Auditoría deberá evaluar si la operación es justa y razonable desde el punto de vista de la sociedad y, en su caso, de los accionistas distintos de la parte vinculada, y dar cuenta de los presupuestos en que se basa la evaluación y de los métodos utilizados. En la elaboración del informe no podrán participar los consejeros afectados.
b) La aprobación de las operaciones vinculadas que: (i) sean entre sociedades que formen parte del mismo grupo que se realicen en el ámbito de la gestión ordinaria y en condiciones de mercado; (ii) se concierten en virtud de contratos cuyas condiciones estandarizadas se apliquen en masa a un elevado número de clientes, se realicen a precios o tarifas establecidos con carácter general por quien actúe como suministrador del bien o servicio de que se trate, y cuya cuantía no supere el 0,5 por ciento del importe neto de la cifra de negocios de la sociedad; no requerirán de informe previo de la Comisión de Auditoría. No obstante, el Consejo de Administración deberá establecer en relación con ellas un procedimiento interno de información y control periódico, en el que deberá intervenir la Comisión de Auditoría y que verificará la equidad y transparencia de dichas operaciones y, en su caso, el cumplimiento de los criterios legales aplicables a las anteriores excepciones.

Prosegur Cash considera que la gestión eficaz de los riesgos es clave para asegurar la creación de valor y garantizar el éxito de la Sociedad.
Para ello, cuenta con un robusto sistema de gestión y control de riesgos implantado en sus diversas áreas de actividad. Prosegur Cash analiza, controla y evalúa los factores relevantes que pueden afectar a su gestión diaria para cumplir sus objetivos de negocio. De este modo, salvaguarda los activos e intereses de clientes, empleados y accionistas.
El Sistema de Gestión de Riesgos de Prosegur Cash funciona de forma integral, continua, consolidando la gestión por área, unidad de negocio, actividad, filiales, zonas geográficas y áreas de soporte a nivel corporativo.
Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a prevenir y detectar la materialización de riesgos, y, en caso de ocurrencia, a mitigar, compensar o corregir su impacto. De esta manera, se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos tanto a corto como a medio plazo.
Prosegur Cash mantiene un adecuado control y gestión de los riesgos y la asunción de un nivel de riesgo controlado que permite:
? Alcanzar los objetivos estratégicos aprobados
? Aportar el máximo nivel de garantía a sus accionistas
? Defender los intereses de los accionistas, de los clientes y otros grupos interesados en el desarrollo de Prosegur Cash
? Proteger sus resultados y su reputación
? Garantizar, de forma sostenida, la estabilidad y la solidez financiera
El sistema de control y gestión de riesgos se basa en procedimientos y metodologías que permiten identificar y evaluar los riesgos de cara a la consecución de estos objetivos.
Las actuaciones encaminadas a controlar y mitigar los riesgos se resumen a continuación:
• La identificación, evaluación, priorización y cuantificación de riesgos clave de manera continuada, considerando su posible incidencia en objetivos relevantes de Prosegur Cash;
• La valoración de los riesgos de acuerdo con procedimientos basados en indicadores clave que permitan su control, la evaluación de su gestión y la monitorización de su evolución en el tiempo;
• El seguimiento de manera periódica de la efectividad de las medidas aplicadas por los responsables de los riesgos para prevenir y mitigar los efectos de la materialización de alguno de los riesgos;
• La revisión y análisis de resultados por el Comité de Riesgos;
• La supervisión del sistema por la Comisión de Auditoría.
Dentro de su función general de supervisión, el Consejo de Administración es el máximo responsable de la determinación de las políticas y estrategias generales de Prosegur Cash sobre control y gestión de riesgos, delegando en la Comisión de Auditoría la facultad de información, asesoramiento y propuesta en relación con los mismos y la de supervisión de la unidad de control y gestión de riesgos. La última actualización de la Política de Control y Gestión de Riesgos de Prosegur Cash se ha realizado con fecha 23 de julio de 2024 dentro de la revisión del sistema de gobernanza de Prosegur Cash.
Dentro del sistema de gestión de riesgos de Prosegur Cash, los responsables de los Negocios y de las Unidades de Soporte de Prosegur Cash funcionan como primera línea de defensa, reportando la información al Comité de Riegos, que coordina el sistema como segunda línea de defensa. Por último, la Dirección de Auditoría Interna, como tercera línea de defensa, supervisa de forma independiente y objetiva el sistema de gestión de riesgos, reportando a la Comisión de Auditoría.
El Comité de Riesgos de Prosegur Cash es la unidad de control y gestión de riesgos que debe asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, se gestionan, y se cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que

afectan a Prosegur Cash; participa activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y vela por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente.
El Comité de Riesgos, del que el Director de Auditoría Interna es miembro, mantiene reuniones periódicas a los efectos de exponer los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos clave, incluidos los riesgos no financieros, que lleva a cabo en el ejercicio de sus funciones.
La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash proporciona el aseguramiento objetivo a los órganos de gobierno de Prosegur Cash respecto de la eficacia de las actividades de control y gestión de riesgos, ayudando a garantizar que los riesgos clave del negocio se están gestionando correctamente y que el sistema de control y gestión de riesgos está funcionando eficazmente.
• Riesgo de incumplimiento normativo en mercados regulados y consecuencias negativas de una potencial desregulación de la actividad principal de la Sociedad
• Riesgos que afectan al cumplimiento del marco normativo de sostenibilidad y a los compromisos adquiridos en materia de sostenibilidad, incluyendo los medioambientales, sociales, de buen gobierno corporativo, de corrupción y fraude
Prosegur Cash desarrolla capacidades para que los riesgos materiales se encuentren adecuadamente identificados, gestionados (priorizando según sea necesario) y que cuenten con un plan de mitigación en función de los niveles de tolerancia fijados. El modelo de control y gestión de riesgos de Prosegur Cash cubre todas las tipologías de riesgo, para los cuales se establecen sistemas de control de los riesgos y se fijan umbrales de tolerancia al riesgo en función de determinados indicadores.
Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a detectar y a prevenir la materialización de riesgos y, en caso de ocurrencia, a mitigar o corregir su impacto. Se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos a corto y a medio plazo.
El sistema de control y gestión de riesgos se basa en procedimientos y metodologías que permiten identificar y evaluar los riesgos de cara a la consecución de estos objetivos.
La evaluación de riesgos se realiza de acuerdo a unos niveles de tolerancia preestablecidos, de manera que dicha evaluación constituye la base para determinar cómo se realizará su gestión.
Las actuaciones encaminadas a controlar y mitigar los riesgos son las siguientes:
La identificación, priorización y evaluación de los riesgos críticos de manera continuada, considerando su posible incidencia en los objetivos estratégicos de Prosegur Cash.
La valoración de los riesgos de acuerdo con procedimientos basados en indicadores clave que permitan su control, la evaluación de su gestión y la monitorización de su evolución en el tiempo.
El seguimiento de manera periódica de la efectividad de las medidas aplicadas por los responsables de los riesgos para prevenir y mitigar los efectos de la materialización de alguno de ellos.
La revisión y análisis de resultados por el Comité de Riesgos Corporativo de Prosegur Cash.
La supervisión directa del sistema por parte de la Comisión de Auditoría, a través de la Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash

Prosegur Cash se encuentra sujeta a diversos riesgos inherentes a los distintos países y mercados en los que opera y a las actividades que desarrolla, que pueden impedir o dificultar el logro de sus objetivos y la ejecución de sus estrategias con éxito.
Los riesgos materializados durante el ejercicio 2024 son consustanciales al modelo de negocio, a la actividad de Prosegur Cash y a los mercados en los que opera, principalmente por siniestros de activos custodiados, por lo que se reiteran en cada ejercicio. Los sistemas de control y mitigación previstos para dichos riesgos han funcionado adecuadamente, por lo que ninguno de ellos ha tenido una incidencia significativa ni en la actividad de Prosegur Cash ni en sus resultados.
Los riesgos financieros a los que Prosegur Cash ha estado expuesta durante el ejercicio, están asociados a los ámbitos relacionados con la gestión de tipos de cambio, el riesgo de liquidez o de tipo de interés, así como el riesgo de crédito relacionado con la posibilidad de que una contraparte no dé cumplimiento a sus obligaciones contractuales y produzca una pérdida económica o financiera. La exposición al riesgo de tipo de interés es debida a los activos y pasivos monetarios que mantiene en su balance. Durante el ejercicio 2024, Prosegur Cash ha estado analizando su exposición al riesgo de tipo de interés de forma dinámica. Prosegur Cash también está expuesta a los riesgos cambiarios que surgen por los ingresos que se generan en distintas divisas, puesto que la moneda de referencia de Prosegur Cash es el euro. Las variaciones en los tipos de cambio durante el ejercicio 2024 han tenido un efecto controlado que ha quedado recogido en su situación financiera y en sus resultados.
Los riesgos fiscales a los que ha estado expuesta Prosegur Cash son los asociados a la toma de decisiones, por parte de la entidad o por parte de las autoridades del ámbito tributario, que podrían repercutir en los estados financieros. Un análisis o una interpretación inadecuada de las normas fiscales también podrían suponer retrasos en la recuperación de impuestos diferidos, una mayor carga fiscal e, incluso, sanciones. No ha habido en el último ejercicio un impacto negativo significativo que no estuviera previamente recogido en los estados financieros de la Sociedad. Prosegur Cash es consciente de estar desarrollando su actividad empresarial en un contexto complejo y marcado por riesgos sistémicos que impactan transversalmente en varios ámbitos y se retroalimentan unos a otros.
El riesgo geopolítico afecta a los intereses económicos de la empresa, como consecuencia de los cambios o la falta de estabilidad política de un país o región. Puede tener diversas repercusiones desde incrementos de costes operativos, pérdidas comerciales y económicas o incluso cierre de actividades.
Además, Prosegur Cash identifica otras causas de inestabilidad profundas, como el avance de los extremismos y la deriva autoritaria que se está produciendo en un alto número de países; el regreso de la geopolítica como elemento dominante muy a tener en cuenta; la reivindicación generalizada y, en ocasiones, radical, de derechos y de bienestar físico por parte de colectivos descontentos; el uso ilícito de la tecnología; las acciones contra infraestructuras tecnológicas clave, o factores medioambientales como las disputas por el agua. Adicionalmente, Prosegur Cash analiza y evalúa los potenciales riesgos climáticos, físicos y de transición que pudieran suponer un impacto significativo en las operaciones de la Sociedad.
Contra estas amenazas, Prosegur Cash propone potenciar la resiliencia de instituciones y empresas y contribuir así a la consolidación de redes de seguridad más colaborativas, flexibles y adaptativas.
Durante 2024, Prosegur Cash ha realizado un seguimiento puntual de la evolución de los acontecimientos críticos y de su impacto en las operaciones de la Sociedad, sus trabajadores, clientes y proveedores, adaptando en todo caso las operaciones a la evolución de los acontecimientos a lo largo del año.
Prosegur Cash realiza de manera periódica y recurrente la identificación, evaluación y priorización de sus riesgos clave, considerando especialmente su incidencia en objetivos relevantes. Para ello cuenta con un sistema de gestión e información a través del cual se controlan y gestionan los riesgos que muestra gráficamente el diagnóstico del proceso de evaluación de riesgos. Se determina mediante la interacción de la probabilidad y el impacto de los riesgos en los diferentes procesos, en las actividades y en las funciones de negocio o áreas de soporte.
Prosegur Cash desarrolla actividades de control mediante políticas y procedimientos adecuados que contribuyen a detectar y a prevenir la materialización de riesgos y, en caso de ocurrencia, a mitigar o corregir su impacto. Se pretende asegurar que los riesgos asumidos por Prosegur Cash son compatibles con sus objetivos a corto y a medio plazo.
Prosegur Cash utiliza herramientas de gestión e información a través de la cuales se monitorizan y gestionan los principales riesgos de la entidad y de su Grupo, y se muestra gráficamente el diagnóstico del proceso de evaluación de riesgos. Se determina mediante la interacción de la probabilidad y el impacto de los riesgos en los diferentes procesos, en las actividades y en las funciones del negocio o de las áreas de soporte. La valoración de los riesgos clave se realiza de forma cualitativa, con el fin de establecer su probabilidad de ocurrencia, y también se les asigna un indicador cuantitativo, en términos de nivel de impacto. Adicionalmente, Prosegur Cash lleva a cabo una revisión del control interno que existe para mitigar el impacto los principales riesgos.
Cada responsable de los riesgos evalúa de forma continua los riesgos identificados, establece las medidas de control efectivo y propone la implantación de medidas correctoras o de mitigación sobre los mismos.
La revisión y análisis de los resultados del control y la gestión de riesgos se realiza de forma periódica por el Comité de Riesgos. El conjunto del sistema de gestión de riesgos y sus resultados son supervisados por la Comisión de Auditoría que eleva al Consejo de Administración aquellas cuestiones que por su relevancia o materialidad deben ser debatidas en el seno de dicho órgano.

Describa los mecanismos que componen los sistemas de control y gestión de riesgos en relación con el proceso de emisión de información financiera (SCIIF) de su entidad.
Informe, señalando sus principales características de, al menos:
Los dos principales órganos responsables de la existencia de un adecuado y efectivo SCIIF, así como de su implantación y de su supervisión, son el Consejo de Administración y la Comisión de Auditoría.
Así pues, en primer lugar, el Reglamento del Consejo de Administración de Prosegur Cash, establece en su artículo 5 que dicho órgano tiene una función general de supervisión. Más en concreto, establece que "salvo en las materias reservadas a la competencia de la Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración es el máximo órgano de decisión de la Sociedad".
Asimismo, el Reglamento del Consejo de Administración atribuye a este la obligación, en particular, de ejercer directamente las siguientes facultades: "la determinación de las políticas y estrategias generales de la Sociedad y, en particular: (i) el plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales; (ii) la política de inversiones y financiación; (iii) la política de gobierno corporativo de la Sociedad y del grupo del que sea entidad dominante; (iv) la política de responsabilidad social corporativa; (v) la política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos; (vi) la política en materia de autocartera y, en especial, sus límites; (vii) la política de dividendos; (viii) la determinación de la estrategia fiscal de la Sociedad; y (ix) la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como la supervisión de los sistemas internos de información y control.".
En los artículos 17 del Reglamento del Consejo de Administración y 8 y 11 del Reglamento de la Comisión de Auditoría se establece que ésta tendrá, entre otras, la responsabilidad de:
• "Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable (…)"
• "Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar su integridad. En relación con ello, le compete supervisar y evaluar el proceso de elaboración e integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y al Grupo, incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados con la corrupción revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación, y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración".
• "Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre la información financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente".
• "Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento".
En relación con ello, le corresponde "proponer al Consejo de Administración la política de control y gestión de riesgos, la cual identificará o determinará, al menos: (i) los distintos tipos de riesgos financieros o no financieros (operativo, tecnológico, financiero, legal, social, medio ambiental, político y reputacional, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la Sociedad lo estime apropiado; (iii) la fijación del nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; (iv) las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que lleguen a materializarse; y (v) los sistemas de control e información que se emplearán para controlar y gestionar los citados riesgos."
• "Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos de la Sociedad responsable de: (i) asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a la Sociedad; (ii) participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y (iii) velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo con la política definida por el Consejo de Administración".
Adicionalmente, el Reglamento de la Comisión de Auditoría, determina en su artículo 1 que "La Comisión de Auditoría, como órgano colegiado, tiene responsabilidades específicas de asesoramiento al Consejo de Administración y de supervisión y control de los procesos de elaboración y presentación de la información financiera, de la independencia del auditor de cuentas y de la eficacia de los sistemas internos de control y gestión de riesgos, sin perjuicio de la responsabilidad del Consejo de Administración.".

El Consejo de Administración de Prosegur Cash tiene la competencia de nombrar y destituir directamente al Consejero Delegado de la Sociedad, así como el establecimiento de las condiciones de su contrato y el nombramiento y destitución de los directivos que tuvieran dependencia directa del Consejo de Administración o de alguno de sus miembros, así como el establecimiento de las condiciones básicas de sus contratos, incluyendo su retribución.
El diseño y revisión de la estructura organizativa y la definición de las líneas de responsabilidad y autoridad es propuesta por el Consejero Delegado. La Dirección de Recursos Humanos se encarga de actualizar la información en el organigrama, una vez validada la modificación, y publicarlo en la intranet.
Las responsabilidades - funciones, además del perfil del puesto y las competencias necesarias de cada uno de los puestos de trabajo, son definidas por cada superior directo y son validadas por los Directores de las áreas correspondientes en base a la política de valoración de puestos aplicable al Grupo Prosegur Cash. Para ello, cuentan con la ayuda de los expertos del departamento corporativo de Recursos Humanos. Esta estructura organizativa se materializa en un organigrama que representa gráficamente las relaciones entre los distintos departamentos de
negocio y de soporte que integran Prosegur Cash. El organigrama de la Sociedad se encuentra ubicado en la intranet corporativa y es accesible para todo el personal.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y sanciones:
La Sociedad cuenta con un Código Ético y de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración el día 26 de abril de 2017 y actualizado el 26 de octubre de 2022, que es aplicable a todas las sociedades que integran Prosegur Cash y en todos los negocios y actividades que realiza Prosegur Cash en todos los países donde opera. Es vinculante para los miembros del Consejo de Administración, la alta dirección y en general, sin excepción y cualquiera que sea su cargo, responsabilidad, ocupación o ubicación geográfica, a todos los empleados de Prosegur Cash (las "personas sujetas"). El Código Ético y de Conducta establece los principios y valores que deben guiar la conducta de todos los profesionales de Prosegur Cash, y refleja su compromiso de actuación cada día conforme a dichos principios y valores en las relaciones con el conjunto de grupos de interés afectados por su actividad: empleados; accionistas e inversores; clientes y usuarios; proveedores y asociados; autoridades, administraciones públicas y organismos reguladores; competidores y la sociedad civil en la que se encuentra presente.
Todas las personas sujetas tienen la obligación de conocer y cumplir el Código Ético y de Conducta y de colaborar para facilitar su implantación, bajo el principio de "tolerancia cero" ante cualquier tipo de comportamiento ilícito o no ético, que se concreta en el deber de comunicar los posibles incumplimientos de los que tengan conocimiento.
El Código establece que si se detectan conductas que puedan ser consideradas irregulares o poco apropiadas, se deben tomar las precauciones necesarias para que se estudien los hechos a través de un proceso de investigación que se realiza por un equipo de expertos imparciales, coordinados y supervisados por el área de Compliance, que expondrán sus conclusiones y propondrán, en su caso, las medidas correctivas que se deban aplicar, informando a las personas que hayan identificado o denunciado el incumplimiento. Cualquier incumplimiento del Código, de cualquier otra normativa o política interna y/o norma legal o convencional, puede ser considerado un incumplimiento laboral susceptible de ser sancionado, utilizándose para ello la normativa que resulte de aplicación.
El Código ético se adecua a:
• El ADN de la marca Prosegur Cash: Hacer del mundo un lugar más seguro cuidando a las personas y las empresas, manteniéndonos a la vanguardia de la innovación.
• Los valores de Prosegur Cash: importan las personas, pensamos en positivo y somos imparables.
• Modelo de liderazgo basado en 5 principios: Pasión por el cliente, Orientación a resultados, Transformación e innovación, Espíritu de equipo, Responsabilidad y Compromiso.
Además, se reforzó el contenido del Código Ético y de Conducta adecuándolo a los nuevos principios de gestión que rigen en la Sociedad e incluido cambios regulatorios y las mejores prácticas y estándares del mercado a nivel global, introduciendo, entre otros, los siguientes aspectos:
• Sostenibilidad.
Dentro del apartado referido a pautas de conducta en el desempeño de las actividades del Código Ético y de Conducta, se hace mención expresa a la elaboración de la información financiera de forma íntegra, clara y exacta, mediante la utilización de los registros contables apropiados y de su difusión a través de canales de comunicación transparentes que permitan al mercado, y en especial a los accionistas e inversores de Prosegur Cash, su acceso permanentemente.
Igualmente, se incluye dentro del apartado de uso y protección de los recursos la necesidad de velar por que todas las operaciones con trascendencia económica que se realicen en nombre de Prosegur Cash figuren con claridad y exactitud en registros contables apropiados que representen la imagen fiel de las transacciones realizadas y estén a disposición de los auditores internos y externos.

Dentro del apartado de incumplimientos y sanciones, se indica de forma precisa que los hechos de los que pudiera derivarse un incumplimiento se estudian a través de un proceso de investigación que se realiza por un equipo de expertos imparciales que exponen sus conclusiones y proponen, en su caso, las medidas correctivas que se deban aplicar, salvo las denuncias que afecten a un miembro del Consejo de Administración que deberán remitirse al Secretario del Consejo de Administración, quien dará cuenta de ellas al Consejo de Administración para que, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, decida acerca de la forma de tramitarlas. El Código Ético y de Conducta se encuentra disponible en la página web corporativa de Prosegur Cash.
Asimismo, el Código Ético y de Conducta describe en su apartado tercero que todas las personas sujetas aceptan las normas contenidas en dicho Código, quedando vinculados al cumplimiento del mismo. Las nuevas incorporaciones de empleados reciben, junto con la documentación de bienvenida, físicamente una copia del Código Ético y de Conducta.
Los empleados de Prosegur Cash cuentan con cursos de formación relacionados con el Código Ético y de Conducta en la plataforma de la Universidad Corporativa Prosegur.
· • Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial y si permite realizar comunicaciones anónimas respetando los derechos del denunciante y del denunciado.
Prosegur Cash dispone de un Canal Ético que permite a cualquier interesado, comunicar cualquier incidencia o irregularidad de potencial trascendencia, que pudiera ser constitutivas de delito, acoso, o contrarias a los principios y valores de la organización (incluyendo el Código Ético y de Conducta de Prosegur Cash), y garantizar que ésta será tratada de forma objetiva, independiente, anónima y confidencial, adoptando las medidas oportunas para asegurar el cumplimiento efectivo del Código Ético. Entre las cuestiones susceptibles de ser comunicadas a través del Canal Ético se encuentran las irregularidades financieras y contables.
El Canal Ético consiste en una herramienta de comunicación disponible tanto en el sitio web https://www.prosegurcash.com/canal-etico, como en la intranet de la Sociedad, que se mantiene permanentemente abierto, el cual permite conservar el anonimato necesario para garantizar la integridad de las personas que lo utilizan.
La supervisión general del funcionamiento del Canal Ético, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Consejo de Administración, corresponde a la Comisión de Auditoría de la Sociedad. Para ello, de manera trimestral, se pondrá en conocimiento de los miembros de la Comisión de Auditoría de Prosegur Cash, información sobre el funcionamiento del Canal Ético, que incluirá, al menos, el número de denuncias recibidas y su tipología. El Gestor Ético, como figura independiente, administra el Canal Ético realizando un control continuo sobre las denuncias entrantes y las unidades de trabajo, con el objetivo de velar por la correcta tramitación y resolución de las mismas. En el caso de que los hechos denunciados puedan llegar a tener un impacto relevante en los sistemas de gobierno, control interno y gestión de riesgos de la Sociedad se involucrará al departamento de Auditoría Interna.
La política del Canal Ético de la Sociedad fue aprobada por la Comisión de Auditoría el 27 de octubre de 2021 y revisada por última vez el 23 de julio de 2024 y se encuentra disponible en la web corporativa de la Sociedad.
· Programas de formación y actualización periódica para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables, auditoría, control interno y gestión de riesgos:
Prosegur Cash presta especial atención a la actualización formativa y el desarrollo de sus profesionales para un adecuado desempeño de sus funciones. En particular, Prosegur Cash cuenta para la gestión de los procesos formativos con una plataforma online - Universidad Corporativa Prosegur –, desde donde el personal de la Sociedad (o personal corporativo que presta servicios a la Sociedad) puede obtener formación que precise y que se pone a su disposición.
Por otra parte, en virtud del contrato marco de relaciones entre Prosegur Compañía de Seguridad S.A. y Prosegur Cash S.A, existen contratos de prestación de servicios centrales y de apoyo a la gestión (entre otros, servicios, contabilidad y servicios financieros) entre Prosegur Cash y las compañías que integran la división de gestión de activos del Grupo Prosegur, concretamente la sociedad Prosegur Gestión de Activos S.L., propiedad 100% de Prosegur Compañía de Seguridad S.A. Por ello, el personal que presta los servicios centrales y de apoyo a la gestión a la Sociedad, en particular, en lo relativo a la preparación y revisión de la información financiera y de la evaluación del SCIIF, así como la Dirección de Auditoría Interna, atiende de forma regular a sesiones formativas para actualizarse en cambios normativos y legislativos relativos al ámbito contable, fiscal, de auditoría interna y de control y gestión de riesgos.
La Sociedad recibe formación periódica de determinadas organizaciones que permiten mantener actualizados los conocimientos del personal implicado en la elaboración de los Estados Financieros de la Sociedad y su Grupo y la revisión de la información financiera.

Informe, al menos, de:
La Dirección Financiera identifica anualmente, mediante la matriz de alcance del SCIIF, los riesgos que afectan a la información financiera desde el punto de vista de los registros contables y de un posible incumplimiento de los principios contables, tras el análisis de los mismos.
· Si el proceso cubre la totalidad de objetivos de la información financiera, (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué frecuencia:
La matriz de alcance del SCIIF tiene por objeto identificar las cuentas y los desgloses que tienen un riesgo significativo asociado, cuyo impacto potencial en la información financiera es material y requiere, por tanto, especial atención. En este sentido, en el proceso de identificación de las cuentas y desgloses significativos se han considerado una serie de variables cuantitativas (saldo de la cuenta en relación a la materialidad fijada a estos efectos) y cualitativas (composición de la cuenta, automatización de los procesos/integración de los sistemas, estandarización de operaciones, susceptibilidad al fraude o error, complejidad de las transacciones, grado de estimación/juicio y valoraciones, cambios respecto al ejercicio anterior; cambios y complejidad en la normativa; aplicación de juicio e importancia cualitativa de la información, entre otras). Esta matriz de alcance del SCIIF se elabora en base al estado de situación financiera y al estado de resultado global consolidado incluidos en las últimas Cuentas Anuales Consolidadas auditadas de que se disponga. Dicha matriz se actualiza anualmente, con posterioridad a la formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas. En el ejercicio 2024 se llevó a cabo la actualización de la matriz de alcance en base a las cifras contenidas en los Estados Financieros Anuales a 31 de diciembre de 2023.
Para cada una de las cuentas y desgloses significativos recogidos en la matriz de alcance se han definido los procesos y subprocesos críticos asociados a los mismos, y se han implementados controles que pudieran evitar errores y/o fraude en la información financiera, cubriendo la totalidad de los objetivos de la información financiera (existencia y ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y comparabilidad; y derechos y obligaciones).
· La existencia de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial:
La identificación del perímetro de consolidación se realiza con periodicidad mensual. Los cambios en el perímetro de consolidación son registrados en el sistema informático de consolidación del Grupo, en el que se mantiene actualizado permanentemente el mapa de la estructura de la propiedad de las sociedades que se encuentran dentro del perímetro.
Entre las funciones de apoyo a la gestión que cumplen, a través de Prosegur Gestión de Activos, S.L.U., la Dirección de Desarrollo de Negocio y de Asesoría Jurídica del Grupo Prosegur, está la de comunicar a la Dirección Financiera las operaciones realizadas en su ámbito y que afecten a la estructura del grupo y al perímetro de consolidación.
La Dirección Financiera, a través del Departamento Fiscal y en cumplimiento de sus deberes de soporte a Prosegur Cash y su Grupo desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U., mantiene un registro con todas las entidades incluidas en el perímetro de consolidación, la forma de control o influencia, la forma jurídica y el tipo de participación directa o indirecta de todas las sociedades. Se actualiza de forma continua y permite una trazabilidad de los cambios históricos en el perímetro.
· Si el proceso tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos (operativos, tecnológicos, financieros, legales, fiscales, reputacionales, medioambientales, etc.) en la medida que afecten a los estados financieros:
Prosegur Cash dispone de un Comité de Riesgos que comunica a la Comisión de Auditoría los resultados de la evaluación continuada de la gestión de riesgos clave. La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash realiza una identificación de los riesgos clave de cualquier tipo (operativos y de negocio, tecnológicos, financieros, de tipos de interés, de tipos de cambio, legales, fiscales, sociales, regulatorios, reputacionales, medioambientales, de sostenibilidad, climáticos, políticos, corrupción y fraude) que, en caso de materializarse, podrían afectar de forma adversa a la consecución de objetivos relevantes para la Sociedad.

La supervisión de la eficacia del sistema de control interno de la información financiera (SCIIF) es responsabilidad de la Comisión de Auditoría. La Dirección de Auditoría Interna aplica programas de verificación específicos sobre el sistema de control interno de la información financiera bajo la supervisión de la Comisión de Auditoría.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.3.1 Procedimientos de revisión y autorización de la información financiera y la descripción del SCIIF, a publicar en los mercados de valores, indicando sus responsables, así como de documentación descriptiva de los flujos de actividades y controles (incluyendo los relativos a riesgo de fraude) de los distintos tipos de transacciones que puedan afectar de modo material a los estados financieros, incluyendo el procedimiento de cierre contable y la revisión específica de los juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes
Las cuentas anuales consolidadas y los informes financieros semestrales y trimestrales consolidados de Prosegur Cash son revisados por la Comisión de Auditoría previamente a su formulación por parte del Consejo de Administración, de acuerdo con los artículos 17 y 8 del Reglamento del Consejo de Administración y del Reglamento de la Comisión de Auditoría, respectivamente. Adicionalmente, la Comisión de Auditoría revisa cualquier otra información financiera relevante con anterioridad a su publicación a través de los órganos reguladores.
El Consejo de Administración aprueba o, en su caso, formula la información financiera presentada que, con posterioridad es publicada a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y presentada ante terceros.
Prosegur Cash realiza revisiones periódicas de la información financiera elaborada, así como de la descripción del SCIIF que tienen como objetivo asegurar la calidad de la información. La Dirección Financiera, desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y en cumplimiento de sus deberes de soporte, es la encargada de elaborar la descripción del SCIIF en coordinación con las direcciones involucradas. Este proceso culmina con la revisión por parte de la Comisión de Auditoría y consecuentemente también es aprobado mediante el Informe Anual de Gobierno Corporativo validado por el Consejo de Administración en su conjunto.
La Dirección Financiera documenta de forma descriptiva, flujos de actividades y controles sobre transacciones significativas que afectan a los estados financieros. La documentación de estos flujos define las normas de actuación aplicables y los sistemas de información empleados para el proceso de cierres contables. Se actualiza y transmite al personal involucrado en el proceso de elaboración de la información financiera, los procedimientos de elaboración del cierre contable de los Estados Financieros y Cuentas Anuales Consolidadas e Individuales. Los documentos detallan las tareas básicas de elaboración, revisión y aprobación de los cierres contables consolidados y de las sociedades individuales que constituyen el Grupo.
Prosegur Cash publica información financiera a los mercados de valores con carácter trimestral. El Director Financiero es el responsable de la preparación de las Cuentas Anuales así como de la información financiera intermedia que Prosegur Cash proporciona a los mercados y a los órganos de supervisión. En la descripción del flujo de actividades del proceso de cierre contable se identifican las actividades de control que aseguran la fiabilidad de la información. Los departamentos que integran la Dirección Financiera y dan soporte a la Sociedad y su Grupo desde Prosegur Gestión de Activos S.L.U., analizan y supervisan la información elaborada.
La Dirección Financiera documenta los riesgos de error o fraude en la información financiera y los controles que afectan a todos los procesos/ subprocesos críticos. Estos procesos cubren los distintos tipos de transacciones que pueden afectar de forma material a los estados financieros (compras, ventas, gastos de personal, etcétera), así como el proceso específico de consolidación y reporting.
En este sentido, Prosegur Cash ha asegurado la identificación de todos los procesos necesarios para la elaboración de la información financiera, en los que se han utilizado juicios, estimaciones, valoraciones y proyecciones relevantes, considerando todos ellos como críticos.
La documentación de cada uno de los procesos críticos se compone de:
• Flujogramas de cada uno de los subprocesos
• Matrices de riesgos y controles que incluyen:
? Detalle de los procedimientos y normas internas aprobadas por la Dirección, y que regulan dichos subprocesos.
? Descripción de los controles claves y no claves que mitigan cada uno de los riesgos identificados.
Para cada uno de los controles se han identificado:
• Estructuras organizativas y/o funciones de puestos responsables de cada uno de los controles claves y no claves identificados.
• Frecuencia de los controles.
• Nivel de automatización de los controles.
• Detalle de los sistemas de información que afectan a los controles.
La revisión específica de los juicios, estimaciones y valoraciones relevantes para la cuantificación de bienes, derechos y obligaciones, ingresos y gastos y cualquier otro compromiso detallado en las Cuentas Anuales Individuales y Consolidadas se llevan a cabo por la Dirección Financiera de Prosegur Cash con la colaboración y soporte de Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y del resto de las Direcciones de Soporte de Prosegur Cash. Las hipótesis basadas en la evolución de los negocios se analizan conjuntamente con la Dirección de Negocio.

El Director Financiero y el Consejero Delegado de Prosegur Cash analizan los informes emitidos y aprueban la información financiera antes de su presentación a la Comisión de Auditoría y al Consejo de Administración.
F.3.2 Políticas y procedimientos de control interno sobre los sistemas de información (entre otras, sobre seguridad de acceso, control de cambios, operación de los mismos, continuidad operativa y segregación de funciones) que soporten los procesos relevantes de la entidad en relación a la elaboración y publicación de la información financiera.
La Dirección de Seguridad de la Información depende directamente de la Dirección Global de IT &Transformación del Grupo, y da soporte a todos los países en los que Prosegur Cash se encuentra presente. Prosegur Cash tiene un CISO propio con dependencia del director de productividad e innovación de Prosegur Cash.
El área de Seguridad de la Información tiene las siguientes responsabilidades:
Actualmente el departamento de Seguridad de la Información se encuentra ejecutando el plan estratégico 2024 – 2025 en el que se incluyen las mejoras necesarias en relación a estas materias y que funciona como guía del proceso continuo y cultural con relación a la seguridad de la información.
El Grupo posee actualizado y en vigor un Marco Normativo de Seguridad de la Información que, entre otros, establece las directrices aplicables en:
El Marco Normativo tiene alcance global, está en constante desarrollo y está compuesto por la Política de Seguridad de la Información y Ciberseguridad, disponible en la página web corporativa, por las Normas que emanan de esta, y por todos los procedimientos e instrucciones técnicas que dan cumplimiento a las normas en los procesos y activos (físicos y/o digitales) de Prosegur Cash, incluyendo los sistemas con impacto financiero.
• No repudio, garantizando la capacidad de probar la ocurrencia de un evento o transacción y la participación de entidades en ella (siendo entidades datos, usuarios o activos).
• Trazabilidad, garantizando que se puedan rastrear todas las acciones realizadas sobre la información o sobre un activo y que estas acciones puedan ser asociadas de modo inequívoco a un individuo o entidad.

F.3.3 Políticas y procedimientos de control interno destinados a supervisar la gestión de las actividades subcontratadas a terceros, así como de aquellos aspectos de evaluación, cálculo o valoración encomendados a expertos independientes, que puedan afectar de modo material a los estados financieros.
Las actividades recurrentes en el proceso de preparación de la información financiera son subcontratadas por parte de Prosegur Cash a Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y supervisadas por el Director Financiero de la Sociedad. Puntualmente se solicita asesoramiento por parte de expertos independientes para situaciones de las siguientes tipologías:
La Sociedad cuenta con una Política de Compras aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad con fecha 27 de octubre de 2021 y actualizada por última vez con fecha 29 de octubre de 2024. Dentro de los principios de dicha política se incluyen, en particular, la necesidad de concurrencia de proveedores y competencia. Se recurre a los servicios de expertos en trabajos que sirven de soporte para valoraciones, juicios o cálculos contables, únicamente cuando éstos están inscritos en los correspondientes Colegios Profesionales, o acreditación equivalente, y son empresas de prestigio reconocido en el mercado. Los resultados de las evaluaciones, cálculos o valoraciones encomendados a terceros en materia contable, legal o fiscal son supervisados en última instancia por la Dirección Financiera y de Asesoría Jurídica de Prosegur Cash.
Informe, señalando sus principales características, si dispone al menos de:
F.4.1 Una función específica encargada de definir, mantener actualizadas las políticas contables (área o departamento de políticas contables) y resolver dudas o conflictos derivados de su interpretación, manteniendo una comunicación fluida con los responsables de las operaciones en la organización, así como un manual de políticas contables actualizado y comunicado a las unidades a través de las que opera la entidad.
El departamento Corporativo de Información Financiera, que da soporte al Grupo desde Prosegur Gestión de Activos, S.L.U. y que forma parte integrante de la Dirección Financiera de Prosegur Compañía de Seguridad, S.A, tiene responsabilidad sobre la elaboración, emisión, publicación y, de común acuerdo con la Dirección Financiera de Prosegur Cash, posterior aplicación de las normas contables a Prosegur Cash bajo la certificación interna del sistema de gestión de procesos 3P (Políticas, Procesos Prosegur). Asimismo, analiza y resuelve las consultas, dudas o conflictos sobre la interpretación y adecuada aplicación de cada una de las políticas.
Dentro de las funciones del departamento Corporativo de Información Financiera se encuentra el análisis de las Normas Internacionales de Información Financiera para poder cumplir con:
• El establecimiento de Normas de Soporte o procedimientos de ayuda al personal relacionado con el proceso de elaboración de información financiera.
• El análisis de transacciones que requieren un tratamiento contable específico.
• La resolución de consultas sobre aplicación de Normas contables específicas.
• La evaluación de posibles impactos futuros en los estados financieros, como consecuencia de novedades o modificaciones de la normativa contable internacional.
• La relación con los auditores externos con relación a los criterios aplicados, las estimaciones y juicios contables.
• La resolución de cualquier duda originada por las distintas interpretaciones de la propia normativa.
El proceso de actualización de los procedimientos contables (normas 3P de carácter contable) de Prosegur Cash se realiza de forma anual. Se mantiene una comunicación fluida con todos los responsables implicados en la elaboración de la información financiera y además se distribuye y se ponen a disposición de los empleados con funciones contables las actualizaciones realizadas tras los últimos cambios de la normativa.
El proceso de consolidación y elaboración de la información financiera consolidada se realiza de forma centralizada. Dicho proceso se inicia en una primera fase en las filiales que forman el Grupo Prosegur Cash, a través de plataformas informáticas comunes (ERP) y con la supervisión de la Dirección Financiera Corporativa, lo que garantiza que la información financiera de las sociedades es confiable, íntegra y consistente. Partiendo de

los estados financieros de las filiales, y a través de sistemas informáticos programados para la extracción y agregación de datos, se lleva a cabo el proceso de consolidación y análisis de los estados financieros individuales y consolidados. Existe un proceso de reporte semestral para la obtención de la información necesaria para los desgloses de las cuentas anuales consolidadas e informe semestral consolidadas. El Plan de Cuentas de Prosegur Cash se aplica en todas las filiales de Prosegur Cash a efectos del reporte para la consolidación de estados financieros.
Informe, señalando sus principales características, al menos de:
F.5.1 Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por la comisión de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo a la comisión en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Reglamento del Consejo de Administración y en los artículos concordantes del Reglamento de la Comisión de Auditoría, ésta tiene entre sus responsabilidades básicas las siguientes:
• Informar a la Junta General sobre las cuestiones que se planteen en relación con aquellas materias que sean competencia de la Comisión y, en particular, sobre el resultado de la auditoría, explicando cómo esta ha contribuido a la integridad de la información financiera y la función que la Comisión ha desempeñado en ese proceso.
• Velar por que las cuentas anuales que el Consejo de Administración presente a la Junta General se elaboren conforme a la normativa contable y, en aquellos supuestos en los que el auditor de cuentas haya incluido en su informe de auditoría alguna salvedad, explicar con claridad en la Junta General, a través del Presidente de la Comisión de Auditoría, el parecer de la Comisión sobre su contenido y alcance, poniéndose a disposición de los accionistas en el momento de la publicación de la convocatoria de la Junta General, junto con el resto de las propuestas e informes, un resumen de dicho parecer.
• Elevar al Consejo de Administración las propuestas de selección, nombramiento, reelección y sustitución del auditor externo, responsabilizándose del proceso de selección de conformidad con lo previsto en la ley, así como las condiciones de su contratación y recabar regularmente del auditor información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
• En relación con el auditor externo: (i) examinar, en caso de renuncia del auditor externo, las circunstancias que la hubieran motivado; (ii) velar por que la retribución del auditor externo por su trabajo no comprometa su calidad ni su independencia; (iii) supervisar que la Sociedad comunique a través de la Comisión Nacional del Mercado de Valores el cambio de auditor y lo acompañe de una declaración sobre la eventual existencia de desacuerdos con el auditor saliente y, si hubieran existido, de su contenido; (iv) asegurar que el auditor externo mantenga anualmente una reunión con el pleno del Consejo de Administración para informarle sobre el trabajo realizado y sobre la evolución de la situación contable y de riesgos de la Sociedad; (v) supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoría sean redactados de forma clara y precisa; y (vi) asegurar que la Sociedad y el auditor externo respetan las normas vigentes sobre prestación de servicios distintos a los de auditoría, los límites a la concentración del negocio del auditor y, en general, las demás normas sobre independencia de los auditores.
• Establecer y mantener las oportunas relaciones con el auditor externo para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan suponer una amenaza para su independencia, para su examen por la Comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, y, cuando proceda, la autorización de los servicios distintos de los prohibidos, en los términos contemplados en la ley, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las normas de auditoría. En todo caso, la Comisión de Auditoría deberá recibir anualmente del auditor de cuentas la declaración de su independencia en relación con la entidad o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información detallada e individualizada de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por el citado auditor, o por las personas o entidades vinculados a este de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
• Emitir anualmente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre si la independencia del auditor de cuentas resulta comprometida. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la valoración motivada de la prestación de todos y cada uno de los servicios adicionales a que hace referencia el punto anterior, individualmente considerados y en su conjunto, distintos de la auditoría legal y en relación con el régimen de independencia o con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas.
• Supervisar la auditoría interna y, en particular, (i) velar por la independencia y eficacia de la función de auditoría interna; (ii) proponer la selección, nombramiento y cese del responsable del servicio de auditoría interna; (iii) proponer el presupuesto de ese servicio; (iv) aprobar o proponer la aprobación al Consejo de Administración de la orientación y del plan anual de trabajo de la auditoría interna y el informe anual de actividades, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos relevantes (incluidos los reputacionales); (v) recibir información periódica de sus actividades; y (vi) verificar que la alta dirección tiene en cuenta las conclusiones y recomendaciones de sus informes. • Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera preceptiva y presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración dirigidas a salvaguardar su integridad. En relación con ello, le compete supervisar y evaluar el proceso de elaboración e integridad de la información financiera y no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la Sociedad y al Grupo, incluyendo los operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputacionales o relacionados

con la corrupción revisando el cumplimiento de los requisitos normativos, la adecuada delimitación del perímetro de consolidación, y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración.
• Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y los sistemas de gestión de riesgos, incluidos los fiscales, así como discutir con el auditor de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría, todo ello sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrá presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración y el correspondiente plazo para su seguimiento. En relación con ello, le corresponde proponer al Consejo de Administración la política de control y gestión de riesgos, la cual identificará o determinará, al menos: (i) los tipos de riesgos financieros o no financieros (operativo, tecnológico, legal, social, medioambiental, político y reputacional, incluidos los relacionados con la corrupción) a los que se enfrenta la Sociedad, incluyendo entre los financieros o económicos, los pasivos contingentes y otros riesgos fuera de balance; (ii) un modelo de control y gestión de riesgos basado en diferentes niveles, del que formará parte una comisión especializada en riesgos cuando las normas sectoriales lo prevean o la Sociedad lo estime apropiado; (iii) el nivel de riesgo que la Sociedad considere aceptable; (iv) las medidas para mitigar el impacto de los riesgos identificados en caso de que lleguen a materializarse; y (v) los sistemas de control e información que se emplearán para controlar y gestionar los citados riesgos.
• Supervisar el funcionamiento de la unidad de control y gestión de riesgos de la Sociedad responsable de: (i) asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, gestionan, y cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a la Sociedad; (ii) participar activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y (iii) velar por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente de acuerdo con la política definida por el Consejo de Administración.
• Analizar e informar las condiciones económicas, el impacto contable y, en su caso, la ecuación de canje propuesta de las operaciones de modificaciones estructurales y corporativas que proyecte realizar la Sociedad, antes de ser sometidas al Consejo de Administración.
• Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración, sobre todas las materias previstas en la ley y los Estatutos Sociales, y, en particular, sobre: (i) la información financiera que la Sociedad deba hacer pública periódicamente; y (ii) la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales.
• Revisar los folletos de emisión y cualquier otra información relevante que deba suministrar el Consejo de Administración a los mercados y sus órganos de supervisión.
• Establecer y supervisar un sistema que permita a los empleados y a otras personas relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la Sociedad que se adviertan en el seno de la Sociedad o su Grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado.
• Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre todas las actuaciones y decisiones adoptadas por la Dirección de Cumplimiento Normativo en el ejercicio de sus competencias y en particular en relación con lo previsto en el Reglamento Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores de la Sociedad.
• Supervisar la aplicación de la política general relativa a la comunicación de información económica-financiera, no financiera y corporativa, así como a la comunicación con accionistas e inversores, asesores de voto y otros grupos de interés. Asimismo, se hará seguimiento del modo en que la Sociedad se comunica y relaciona con los pequeños y medianos accionistas.
• Informar sobre las operaciones vinculadas y, en general, sobre las materias que le correspondan de acuerdo con lo contemplado en el título IX del Reglamento del Consejo de Administración.
• Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica
[Continúa en el documento adjunto como documentación complementaria]
F.5.2 Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y a la comisión de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.
Durante 2024, los auditores externos han participado en dos reuniones de la Comisión de Auditoría para revisar tanto las conclusiones de su auditoría de las cuentas anuales como los procedimientos realizados en el contexto de la auditoría anual de planificación y avance del trabajo de auditoria realizado sobre las cifras semestrales. Igualmente, los auditores externos informan sobre las eventuales debilidades de control interno y oportunidades de mejora que hubiesen identificado durante la realización de su trabajo.
El Director Financiero, como responsable de la preparación de las cuentas anuales y de la información financiera intermedia que Prosegur Cash proporciona a los mercados y a sus órganos de supervisión, asiste a las reuniones de la Comisión de Auditoría, a fin de revisar y discutir los asuntos relevantes en el proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada.
El Director de Auditoría Interna presenta regularmente en cada reunión de la Comisión de Auditoría las conclusiones de sus trabajos de verificación del funcionamiento y de la eficacia de los procedimientos que componen el SCIIF, las debilidades de control identificadas, las recomendaciones efectuadas y el estado de la ejecución de los planes de acción acordados para su mitigación. Asimismo, presenta en cada reunión de la Comisión de Auditoría las conclusiones de la evaluación del sistema de gestión de riesgos de la Sociedad y el seguimiento de los planes de acción de mejora.

No se han identificado aspectos adicionales a desglosar.
Informe de:
F.7.1 Si la información del SCIIF remitida a los mercados ha sido sometida a revisión por el auditor externo, en cuyo caso la entidad debería incluir el informe correspondiente como anexo. En caso contrario, debería informar de sus motivos.
Prosegur Cash ha sometido a revisión por parte del auditor externo la información del SCIIF remitida a los mercados para el ejercicio 2024, cuyo informe se incorpora a este documento como anexo. El alcance de los procedimientos de revisión del auditor se ha definido de acuerdo con la Guía de Actuación y modelo de informe de auditor referidos a la información relativa al sistema de control interno sobre la información financiera de las entidades cotizadas de julio de 2013 (actualizada en 2015) emitida por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.

Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código de buen gobierno de las sociedades cotizadas.
En el caso de que alguna recomendación no se siga o se siga parcialmente, se deberá incluir una explicación detallada de sus motivos de manera que los accionistas, los inversores y el mercado en general, cuenten con información suficiente para valorar el proceder de la sociedad. No serán aceptables explicaciones de carácter general.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Y que, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada y otro tipo de información regulada, la sociedad cuente también con una política general relativa a la comunicación de información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que considere adecuados (medios de comunicación, redes sociales u otras vías) que contribuya a maximizar la difusión y la calidad de la información a disposición del mercado, de los inversores y demás grupos de interés.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración apruebe cualquier emisión de acciones o de valores convertibles con exclusión del derecho de suscripción preferente, la sociedad publique inmediatamente en su página web los informes sobre dicha exclusión a los que hace referencia la legislación mercantil.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que la sociedad cuente con mecanismos que permitan la delegación y el ejercicio del voto por medios telemáticos e incluso, tratándose de sociedades de elevada capitalización y en la medida en que resulte proporcionado, la asistencia y participación activa en la Junta General.

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que tales requisitos y procedimientos favorezcan la asistencia y el ejercicio de sus derechos a los accionistas y se apliquen de forma no discriminatoria.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Y que en la búsqueda del interés social, además del respeto de las leyes y reglamentos y de un comportamiento basado en la buena fe, la ética y el respeto a los usos y a las buenas prácticas comúnmente aceptadas, procure conciliar el propio interés social con, según corresponda, los legítimos intereses de sus empleados, sus proveedores, sus clientes y los de los restantes grupos de interés que puedan verse afectados, así como el impacto de las actividades de la compañía en la comunidad en su conjunto y en el medio ambiente.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que el resultado del análisis previo de las competencias requeridas por el consejo de administración se recoja en el informe justificativo de la comisión de nombramientos que se publique al convocar la junta general de accionistas a la que se someta la ratificación, el nombramiento o la reelección de cada consejero.
La comisión de nombramientos verificará anualmente el cumplimiento de esta política y se informará de ello en el informe anual de gobierno corporativo.

Y que el número de consejeras suponga, al menos, el 40% de los miembros del consejo de administración antes de que finalice 2022 y en adelante, no siendo con anterioridad inferior al 30%.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ X ] Explique [ ]
La Sociedad cumple esta recomendación en toda su extensión salvo en un punto: la Sociedad cuenta con un 40% de presencia femenina en su Consejo de Administración desde el 24 de abril de 2024, no desde antes de que finalice 2022.
Este criterio podrá atenuarse:
Cumple [ X ] Explique [ ]
Que, sin embargo, cuando la sociedad no sea de elevada capitalización o cuando, aun siéndolo, cuente con un accionista o varios actuando concertadamente, que controlen más del 30% del capital social, el número de consejeros independientes represente, al menos, un tercio del total de consejeros.
Cumple [ X ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

También podrá proponerse la separación de consejeros independientes como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones corporativas similares que supongan un cambio en la estructura de capital de la sociedad, cuando tales cambios en la estructura del consejo de administración vengan propiciados por el criterio de proporcionalidad señalado en la recomendación 16.
Cumple [ X ] Explique [ ]
Y que, habiendo sido informado o habiendo conocido el consejo de otro modo alguna de las situaciones mencionadas en el párrafo anterior, examine el caso tan pronto como sea posible y, atendiendo a las circunstancias concretas, decida, previo informe de la comisión de nombramientos y retribuciones, si debe o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. Y que se informe al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta. Ello sin perjuicio de la información que la sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y que cuando el consejo de administración adopte decisiones significativas o reiteradas sobre las que el consejero hubiera formulado serias reservas, este saque las conclusiones que procedan y, si optara por dimitir, explique las razones en la carta a que se refiere la recomendación siguiente.
Esta recomendación alcanza también al secretario del consejo de administración, aunque no tenga la condición de consejero.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Y que, sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la sociedad publique a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero.
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] | |
|---|---|---|---|---|
Y que el reglamento del consejo establezca el número máximo de consejos de sociedades de los que pueden formar parte sus consejeros.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cuando, excepcionalmente, por razones de urgencia, el presidente quiera someter a la aprobación del consejo de administración decisiones o acuerdos que no figuraran en el orden del día, será preciso el consentimiento previo y expreso de la mayoría de los consejeros presentes, del que se dejará debida constancia en el acta.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Para la realización de la evaluación de las distintas comisiones se partirá del informe que estas eleven al consejo de administración, y para la de este último, del que le eleve la comisión de nombramientos.
Cada tres años, el consejo de administración será auxiliado para la realización de la evaluación por un consultor externo, cuya independencia será verificada por la comisión de nombramientos.
Las relaciones de negocio que el consultor o cualquier sociedad de su grupo mantengan con la sociedad o cualquier sociedad de su grupo deberán ser desglosadas en el informe anual de gobierno corporativo.
El proceso y las áreas evaluadas serán objeto de descripción en el informe anual de gobierno corporativo.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]


Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
Y que cualquier consejero pueda solicitar de la comisión de nombramientos que tome en consideración, por si los encuentra idóneos a su juicio, potenciales candidatos para cubrir vacantes de consejero.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Cumple [ X ] Explique [ ]

Se podrá contemplar la entrega de acciones como remuneración a los consejeros no ejecutivos cuando se condicione a que las mantengan hasta su cese como consejeros. Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar, en su caso, para satisfacer los costes relacionados con su adquisición.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ]
Y, en particular, que los componentes variables de las remuneraciones:
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]
Que, adicionalmente, las entidades valoren el establecimiento de una cláusula de reducción ('malus') basada en el diferimiento por un período suficiente del pago de una parte de los componentes variables que implique su pérdida total o parcial en el caso de que con anterioridad al momento del pago se produzca algún evento que lo haga aconsejable.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ X ]
| Cumple [ X ] | Cumple parcialmente [ ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
Se exceptúa el caso en el que el consejero mantenga, en el momento de la transmisión o ejercicio, una exposición económica neta a la variación del precio de las acciones por un valor de mercado equivalente a un importe de al menos dos veces su remuneración fija anual mediante la titularidad de acciones, opciones u otros instrumentos financieros.
Lo anterior no será de aplicación a las acciones que el consejero necesite enajenar para satisfacer los costes relacionados con su adquisición o, previa apreciación favorable de la comisión de nombramientos y retribuciones, para hacer frente a situaciones extraordinarias sobrevenidas que lo requieran.
Cumple [ ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ X ] No aplicable [ ]
La Sociedad considera que los criterios de devengo y pago de la retribución en acciones a los consejeros ejecutivos que establecía su Plan de Incentivo a Largo Plazo 2021/2023 y su Plan Global Optimum, promovían adecuadamente los principios de alineación de intereses y fidelidad de los consejeros, sin que resultara necesario el establecimiento de periodos de bloqueo adicionales. El Consejero Delegado participaba en el Plan de Incentivo a Largo Plazo 2021/2023 de la Sociedad. El pago de las acciones que, en su caso,
devengara el Consejero Delegado, se fracciona a lo largo de los 3 años siguientes a la finalización del Plan.
Cumple [ X ] Cumple parcialmente [ ] Explique [ ] No aplicable [ ]

A efectos de esta recomendación, entre los pagos por resolución o extinción contractual se considerarán cualesquiera abonos cuyo devengo u obligación de pago surja como consecuencia o con ocasión de la extinción de la relación contractual que vinculaba al consejero con la sociedad, incluidos los importes no previamente consolidados de sistemas de ahorro a largo plazo y las cantidades que se abonen en virtud de pactos de no competencia post-contractual.
| Cumple [ ] | Cumple parcialmente [ X ] | Explique [ ] | No aplicable [ ] |
|---|---|---|---|
| --------------- | --------------------------- | ----------------- | --------------------- |
La Sociedad cumple la primera parte de la recomendación.
En este sentido, los pagos por resolución o extinción del contrato del Consejero Delegado no superan, en 2024, un importe equivalente a dos años de su retribución total anual. No obstante, una parte de dicho pago, el relativo a la no competencia post-contractual, se abona anualmente en 12 mensualidades mientras el contrato con el Consejero Delegado se encuentre en vigor, por lo que no se cumple íntegramente la parte de la recomendación relativa a que los pagos por resolución o extinción del contrato no se abonen hasta que la Sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios o condiciones establecidos para su percepción.

En concreto, se indicará si la sociedad está sometida a legislación diferente a la española en materia de gobierno corporativo y, en su caso, incluya aquella información que esté obligada a suministrar y sea distinta de la exigida en el presente informe.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha 25 de febrero de 2025.
Este informe anual de gobierno corporativo ha sido aprobado por el consejo de Administración de la sociedad, en su sesión de fecha:
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
[ ] [ √ ] Sí No
80 / 80
Con fecha 2 de junio de 2021 la Junta General Ordinaria de accionistas de la Sociedad autorizó al Consejo de Administración, tan ampliamente como en derecho sea necesario, para que, al amparo de lo previsto en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, pueda aumentar el capital social en una o varias veces y en cualquier momento, dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de celebración de dicha Junta General de accionistas, en la cantidad máxima equivalente a la mitad del capital social de la Sociedad en la fecha de aprobación del acuerdo.
Los aumentos de capital al amparo de dicha autorización se realizarán mediante la emisión y puesta en circulación de nuevas acciones (con o sin prima) cuyo contravalor consistirá en aportaciones dinerarias. En relación con cada aumento, corresponderá al Consejo de Administración decidir si las nuevas acciones a emitir son ordinarias, privilegiadas, rescatables, sin voto o de cualquier otro tipo de las permitidas por la Ley. Asimismo, el Consejo de Administración podrá fijar, en todo lo no previsto en este acuerdo, los términos y condiciones del aumento de capital social y las características de las acciones, así como ofrecer libremente las nuevas acciones no suscritas dentro del período o períodos de ejercicio del derecho de suscripción preferente y modificar los artículos de los Estatutos Sociales relativos al capital social y al número de acciones. El Consejo de Administración podrá asimismo establecer que, en caso de suscripción incompleta, no sea eficaz el aumento. Las acciones que se emitan con cargo a esta autorización podrán ser utilizadas para atender la conversión de valores convertibles emitidos o a emitir por la Sociedad o sociedades de su Grupo.
En relación con los aumentos de capital que se realicen al amparo de la autorización mencionada, se facultó al Consejo de Administración para excluir, total o parcialmente, el derecho de suscripción preferente en los términos del artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, si bien esta facultad quedó limitada a aumentos de capital que se realicen al amparo de dicha autorización y de la autorización para la emisión de valores convertibles y opciones aprobada en la misma unta General hasta la cantidad máxima, en conjunto, del 20% del capital social de la Sociedad en la fecha de aprobación del acuerdo.
La Sociedad deberá solicitar, cuando proceda, la admisión a cotización en mercados regulados, sistemas multilaterales de negociación u otros mercados secundarios, organizados o no, oficiales o no oficiales, nacionales o extranjeros, de las acciones que se emitan en virtud de esta autorización, facultando al Consejo de Administración para la realización de todos los trámites y actuaciones necesarios para la admisión a cotización ante las autoridades competentes de los mercados de valores nacionales o extranjeros.
Se autorizó expresamente al Consejo de Administración para que, a su vez, pueda delegar, al amparo de lo establecido en el artículo 249.bis.l) de la Ley de Sociedades de Capital, las facultades delegadas a que se refiere el acuerdo mencionado.
Finalmente, se dejó sin efecto, en la parte no utilizada, la autorización concedida al Consejo de Administración para la emisión de acciones por la Junta General Universal de Accionistas de la Sociedad celebrada el día 6 de febrero de 2017.
Asimismo, la Sociedad ha realizado una serie de acciones transversales, publicadas en su página web corporativa, que demuestran la concienciación y el compromiso de la Sociedad y su grupo con la diversidad y la igualdad. Entre estas acciones se encuentran:
a) Plan de Igualdad: el Plan de Igualdad, cuya primera edición fue firmada en 2011, refuerza el compromiso de la Sociedad con la igualdad de trato y oportunidades de empleo, manteniéndola en la vanguardia de la lucha contra la desigualdad y la discriminación por razón de sexo. Entre las medidas de este III Plan de Igualdad (firmado el 7 de julio de 2023), destacan la ampliación de los derechos y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como el permiso no retribuido para tutorías en el centro de estudios de los hijos menores de edad o para el acompañamiento de menores, mayores de 65 años y personas dependientes; así como el cambio o adaptación de jornada para atender las necesidades de menores de 14 años o personas dependientes, entre otras.
Los consejeros cesarán en el cargo cuando haya transcurrido el plazo para el que fueron nombrados o cuando lo decidan la Junta General o el Consejo de Administración en uso de las atribuciones que tienen conferidas legal o estatutariamente.
El Consejo de Administración únicamente propondrá la separación de un consejero independiente antes del transcurso del plazo estatutario para el que hubiera sido nombrado cuando considere que concurre justa causa, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones. A estos efectos, se entenderá que existe justa causa cuando el consejero pase a ocupar nuevos cargos o contraiga nuevas obligaciones que le impidan dedicar el tiempo necesario al desempeño de las funciones propias del cargo, incumpla los deberes inherentes a su cargo o incurra en alguna circunstancia por la que el consejero esté obligado a poner a disposición su cargo. Dicha separación podrá asimismo proponerse como consecuencia de ofertas públicas de adquisición, fusiones u otras operaciones societarias similares que determinen un cambio significativo en la estructura accionarial de la Sociedad.
Los consejeros deberán poner su cargo a disposición del Consejo de Administración y formalizar, si este lo considera conveniente, la correspondiente dimisión en los siguientes casos:
a) Cuando dejen de ejercer los cargos ejecutivos a los que vaya vinculado su nombramiento como consejero o cuando ya no existan los motivos por los que fue nombrado.
b) Cuando se vean incursos en alguno de los supuestos de incompatibilidad o prohibición legalmente previstos.
c) Cuando resulten procesados por un hecho presuntamente delictivo o sean objeto de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave instruido por las autoridades supervisoras.
d) Cuando resulten gravemente amonestados por la Comisión de Auditoria por haber infringido sus obligaciones como consejeros.
e) Cuando su permanencia en el Consejo de Administración pueda afectar al crédito o reputación de la Sociedad o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses cuando se den situaciones que les afecten, relacionadas o no con su actuación en la propia Sociedad.
Los consejeros deberán informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Habiendo sido informado o habiendo conocido el Consejo de Administración de otro modo, alguna de las situaciones mencionadas en este párrafo así como en el apartado (e) del párrafo anterior, deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y atendiendo a las circunstancias concretas, decidirá, previo informe de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, si procede o no adoptar alguna medida, como la apertura de una investigación interna, solicitar la dimisión del consejero o proponer su cese. De todo ello se informará al respecto en el informe anual de gobierno corporativo, salvo que concurran circunstancias especiales que lo justifiquen, de lo que deberá dejarse constancia en acta, sin perjuicio de la información que la Sociedad deba difundir, de resultar procedente, en el momento de la adopción de las medidas correspondientes.
El consejero que cese en su cargo antes del término de su mandato, ya sea por dimisión o por acuerdo de la Junta General de Accionistas, deberá explicar de manera suficiente las razones de su dimisión, o, en el caso de consejeros no ejecutivos, su parecer sobre los motivos del cese por la Junta General de Accionista en una carta que remitirá a todos los consejeros. Sin perjuicio de que se dé cuenta de todo ello en el informe anual de gobierno corporativo, en la medida en que sea relevante para los inversores, la Sociedad publicará a la mayor brevedad posible el cese incluyendo referencia suficiente a los motivos o circunstancias aportados por el consejero. Los consejeros deberán informar al Consejo de Administración de las causas penales en las que aparezcan como imputados y de los expedientes disciplinarios por falta grave o muy grave que las autoridades supervisoras instruyan contra ellos, así como, en ambos casos, de sus posteriores vicisitudes procesales. Si un consejero resultara procesado o se dictara contra él auto de apertura de juicio oral por alguno de los delitos señalados en la legislación societaria, el Consejo de Administración deberá examinar el caso tan pronto como sea posible y, a la vista de sus circunstancias concretas, decidirá si procede o no que el consejero continúe en su cargo.
La Comisión de Auditoría se reunirá periódicamente en función de las necesidades y, al menos, cuatro veces al año.
Cualquier miembro del equipo directivo o del personal que fuese requerido, estará obligado a asistir a sus sesiones y a prestarle su colaboración y acceso a la información de que disponga. También podrá requerir la asistencia del auditor de cuentas.
La Comisión de Auditoria podrá asimismo recabar el asesoramiento de profesionales externos.
El Presidente de la Comisión de Auditoría deberá dar cuenta al Consejo de Administración de los asuntos tratados y los acuerdos adoptados en el seno de la misma, en la primera reunión del Consejo de Administración posterior a una reunión de la Comisión. Las actas de la Comisión de Auditoría estarán a disposición de los miembros del Consejo de Administración.
A los efectos del cumplimiento de las funciones de supervisión y control encomendadas a la Comisión de Auditoría, el departamento de Auditoría Interna le informa periódicamente de las actividades de auditoría interna desarrolladas, y le traslada la correspondiente información relativa a los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos críticos realizada periódicamente por el Comité de Riesgos, incluidos los riesgos no financieros.
Concretamente, el Director de Auditoría Interna de la Sociedad, participa, de forma recurrente en las reuniones de la Comisión de Auditoría, a los efectos de (i) exponer las actuaciones realizadas por el departamento de Auditoría Interna en relación con su supervisión de la gestión de riesgos de la Sociedad, detallando los informes emitidos al respecto y relacionando las incidencias detectadas en el marco de los procesos de revisión desarrollados; (ii) dar cuenta del grado de cumplimiento de las actuaciones previstas en el plan de auditoría aprobado para el ejercicio de que se trate, exponiendo las principales medidas implementadas y el grado de desarrollo de las mismas; (iii) detallar las incidencias comunicadas a través del canal de denuncias de la Sociedad y las medidas adoptadas e investigaciones efectuadas al efecto; y (iv) exponer, en su caso, las principales modificaciones legislativas que impacten, directa o indirectamente, sobre las materias competencia del Departamento de Auditoría Interna, proponiendo a la Comisión la adopción de las medidas oportunas para la adaptación, en su caso, de las políticas, procedimientos y manuales internos a la normativa vigente en cada momento.
Al cierre de cada trimestre del ejercicio, el Departamento de Auditoría Interna, a través de su Director, remite a la Comisión de Auditoría un Informe de seguimiento de las actividades de Auditoría Interna en el que se detallan los trabajos realizados y el grado de cumplimiento de los objetivos fijados en el Plan de Trabajo de Auditoría Interna del ejercicio anterior. Al cierre del ejercicio económico, el Departamento de Auditoría Interna, a través de su Director, remite a la Comisión de Auditoría, para su aprobación, un Informe Anual de Actividades de Auditoría Interna que resume los resultados alcanzados en las actividades de auditoría de todo el año, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado al inicio del ejercicio, así como las cuestiones destacables puestas de manifiesto durante el desarrollo del trabajo y responde a lo previsto en el artículo 17.4.g del Reglamento del Consejo de Administración y en los artículos 10.4 y 24.5 del Reglamento de la Comisión de Auditoría, así como lo contemplan las recomendaciones de la Guía Técnica 1/2024 de la CNMV.
Entre las actividades de seguimiento que supervisa la Comisión y que se detallan en el Informe Anual de Actividades de Auditoría Interna se encuentran los informes de auditoría interna llevados a cabo en todas las sociedades del grupo en distintas áreas, el control interno de información financiera y la supervisión de la gestión del riesgo.
Asimismo, la Comisión ha supervisado el proceso de elaboración de la información financiera relativa a la Sociedad y a su grupo, revisando el cumplimiento de los requisitos normativos y la correcta aplicación de los criterios contables, dando cuenta de ello al Consejo de Administración. A tal efecto, ha mantenido reuniones periódicas con los responsables del Departamento Financiero y del Departamento de Auditoría Interna a los efectos de contar con información actualizada sobre las principales incidencias detectadas en los procesos de elaboración y emisión de información financiera y de las medidas implementadas para solventar las mismas.
La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones consultará al Presidente del Consejo de Administración y al primer ejecutivo de la Sociedad, especialmente cuando se trate de materias relativas a los consejeros ejecutivos y altos directivos.
La Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones se reunirá siempre que resulte conveniente para el buen desarrollo de sus funciones y, en todo caso, una vez al año para preparar la información sobre las retribuciones de los consejeros que el Consejo de Administración ha de aprobar e incluir dentro de su documentación pública anual.
El Presidente de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones deberá dar cuenta al Consejo de Administración de los asuntos tratados y las decisiones adoptadas en el seno de la misma. Las actas de dicha Comisión estarán a disposición de los miembros del Consejo de Administración.
En su actividad ordinaria durante el ejercicio 2024, la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones ha elaborado todos los informes pertinentes y las correspondientes propuestas para su elevación al Consejo de Administración y ha debatido sobre los temas que se incluyen en el Informe anual de funcionamiento y memoria de actividades de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que consta publicado en la página web de la Sociedad.
Por otro lado, la supervisión de las cuestiones medioambientales y sociales es también una de las responsabilidades de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones, que en todas sus reuniones analiza la situación de la responsabilidad social corporativa y de la organización, con especial atención en materia medioambiental y social.
A tales efectos, la Sociedad cuenta con una Política de Sostenibilidad aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 27 de octubre de 2021, y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024, previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la misma fecha, que establece los principios generales y las bases de la estrategia de desarrollo sostenible de Prosegur Cash, con el propósito de garantizar que todas sus actividades corporativas, operativas y de negocio se desarrollen de manera que promuevan la creación de valor en el largo plazo para todos los grupos de interés, promoviendo de esta forma los valores de la sostenibilidad y favoreciendo la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
Además, en materia medioambiental, la Sociedad cuenta con una Política de Medioambiente, aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad el 27 de abril de 2021, y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024, previo informe favorable de la Comisión de Sostenibilidad, Gobierno Corporativo, Nombramientos y Retribuciones de la misma fecha, que considera el medioambiente como uno de los elementos claves del concepto de sostenibilidad y un valor determinante en su estrategia de negocio. La Política de Medio Ambiente establece compromisos concretos de actuación, así como los medios y herramientas para alcanzar dichos objetivos.
En materia de sostenibilidad, la Sociedad cuenta con numerosas políticas aprobadas y normas internas, incluyendo:
La Política de Sostenibilidad, mencionada más arriba.
La Política de Derechos Humanos, aprobada por el Consejo de Administración el 28 de octubre de 2020 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.
La Política de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.
La Política de Diversidad y Crecimiento Inclusivo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de julio de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.
La Política de Condiciones Laborales, Diálogo Social y contra la Esclavitud Moderna, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de octubre de 2021 y modificada por última vez el 29 de octubre de 2024.
El Código Ético y de Conducta, aprobado por el Consejo de Administración el 26 de abril de 2017 y actualizado por última vez el 26 de octubre de 2022.
La Política del Canal Ético, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de octubre de 2021, y posteriormente modificada el 23 de julio de 2024.
La Política Anticorrupción, aprobada por el Consejo de Administración el 26 de octubre de 2022, y posteriormente modificada el 23 de julio de 2024.
La Política de Compras, aprobada por el Consejo de Administración del 27 de octubre de 2021 y posteriormente modificada el 29 de octubre de 2024.
-- La Política de Cumplimiento Normativo, aprobada por el Consejo de Administración el 29 de octubre de 2024.
Dando continuidad al Plan Director de Sostenibilidad, aprobado por el Consejo de Administración el 27 de abril de 2021, el Consejo de Administración aprobó en su reunión de 18 de diciembre de 2024, un nuevo Plan Director de Sostenibilidad aplicable a los ejercicios 2024 a 2027. Este Plan se basa en tres pilares - Medioambiente, Social y Gobernanza-, y está compuesto por 11 líneas estratégicas que orientan las acciones de la Sociedad. Además, se detallan 46 iniciativas estratégicas, cuyo propósito es reforzar el compromiso de Prosegur Cash. Estas iniciativas, que se desglosan en sub-iniciativas o acciones específicas, cuentan con objetivos y responsables definidos.
Adicionalmente, la Sociedad ofrece información en su página web sobre sus compromisos en materia medioambiental, centrada en tres áreas temáticas (descarbonización, flota verde y economía circular), para los que presenta objetivos concretos y explicita ejemplos de los métodos desarrollados para alcanzarlos. Igualmente, la Sociedad ofrece información en su página web sobre sus compromisos en materia social, que se centran en 6 áreas básicas (Derechos Humanos; seguridad y salud; no discriminación; relación con los empleados; desarrollo profesional; y cadena de suministro). Para éstos, la Sociedad establece objetivos concretos, que se explicitan en la página web junto con los métodos implementados para su cumplimiento, incluyendo la identificación de riesgos, la planificación y despliegue de actuaciones, la medición y comprobación de los resultados y la corrección de errores y procesos, todo ello con supervisión interna y externa. Los resultados de dichos compromisos, junto con ejemplos concretos de su implementación, son también publicados en la página web de la Sociedad.
Prosegur Cash cuenta con un Departamento de Auditoría Interna, cuyo director dependiente funcionalmente del Presidente de la Comisión de Auditoría. Entre sus objetivos y funciones está la de (i) asistir a la Comisión de Auditoría en el cumplimiento objetivo de sus responsabilidades, (ii) verificar la adecuada gestión de riesgos y (iii) velar por la integridad y fiabilidad de la información contable.
La Dirección de Auditoría Interna ha preparado un programa de revisión del SCIIF que se ejecuta regularmente en periodos de dos años y que se integra en los programas anuales de trabajo que se someten a la aprobación de la Comisión de Auditoría.
La Dirección de Auditoría Interna actualiza de forma continua sus programas de verificación para adecuarlos a los cambios que, eventualmente, introduzca el departamento de Información Financiera en el SCIIF.
En el ejercicio 2024 se han revisado procesos significativos en relación con la información financiera en España y otras filiales europeas y latinoamericanas.
El Departamento de Auditoría Interna realiza verificaciones del estado de ejecución de las recomendaciones incluidas en sus informes de auditoría entre los que se incluyen los relativos a las verificaciones del SCIIF. En el ejercicio 2024 se han emitido informes con periodicidad semestral sobre el estado de ejecución de las recomendaciones que se han remitido a los miembros de la Comisión de Auditoría.
El Comité de Riesgos de Prosegur Cash es la unidad de control y gestión de riesgos que debe asegurar el buen funcionamiento de los sistemas de control y gestión de riesgos y, en particular, de que se identifican, se gestionan, y se cuantifican adecuadamente todos los riesgos importantes que afectan a Prosegur Cash; participa activamente en la elaboración de la estrategia de riesgos y en las decisiones importantes sobre su gestión; y vela por que los sistemas de control y gestión de riesgos mitiguen los riesgos adecuadamente.
El Comité de Riesgos, del que el Director de Auditoría Interna es miembro, mantiene reuniones periódicas a los efectos de exponer los resultados y conclusiones de la evaluación de riesgos clave, incluidos los riesgos no financieros, que lleva a cabo en el ejercicio de sus funciones."
La Dirección de Auditoría Interna de Prosegur Cash proporciona el aseguramiento objetivo a los órganos de gobierno de Prosegur Cash respecto de la eficacia de las actividades de control y gestión de riesgos, ayudando a garantizar que los riesgos clave del negocio se están gestionando correctamente y que el sistema de control y gestión de riesgos está funcionando eficazmente.



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