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PROFERTIL S A Capital/Financing Update 2026

Mar 20, 2026

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Capital/Financing Update

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República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

Rúbrica de Libros

Número: IF-2023-51430000-APN-DSC#IGJ

CIUDAD DE BUENOS AIRES Lunes 8 de Mayo de 2023

Número de CUIT: 30691576511

Referencia: RL-2023-51429989-APN-DSC#IGJ

Entidad

Número Correlativo: 1630629 Denominación: PROFERTIL Tipo de Entidad: Sociedad Anónima

Datos del libro

Oblea: E 307945 Copiador Si Libro: Actas Especificación: de Directorio Número de libro: 7 Páginas: Si Cantidad: 250 Observaciones: EX-2023-48247328- - APN-DSC#IGJ

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En la fecha se procede a la rúbrica del presente libro con intervención escribano público habilitado para actuar en el Registro Notarial Número 501 de la Ciudad de Buenos Aires.

Digitally signed by Gention Dates
Date: 2023-08-08-08-07/43-409-0

or Gode visor In Dirección de Sociedades Comer
Inspección General de Justicia

Preside el acto el Sr. Presidente Ignacio María Bosch quien, luego de verificar la existencia de quórum suficiente, declara abierto el acto y somete a consideración el siguiente Punto del Orden del Día, que dice así: "Subdelegación de facultades con respecto al Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables por hasta USS 500.000.000 (o su equivalente en otras monedas)". El Sr. Presidente manifiesta que, como es de conocimiento de los presentes, la Asamblea Extraordinaria de Accionistas del 29 de septiembre de 2020 aprobó la delegación de facultades con relación al Programa en el Directorio, por el plazo de cinco (5) años. Continúa expresando que, por reunión de Directorio del 24 de noviembre de 2020 se aprobó la subdelegación de facultades en ciertos subdelegados. Asimismo, con fecha 3 de noviembre de 2025, según consta en el Acta de la reunión de Directorio Nº 532 de esa fecha, el Directorio aprobó prorrogar el plazo de vigencia del Programa por un plazo adicional de cinco (5) años desde la fecha de su vencimiento original (esto es desde el 11 de febrero de 2026). Toda vez que las actuales Normas de la CNV (según fueran modificadas por la RG CNV 1.095/25) establecen que, en caso de no constar un plazo de vigencia específico, se entenderá que las facultades deben ejercerse dentro de dos (2) años para la subdelegación (art. 1, cap. II, tít. II, de la Normas de CNV,), el Sr. Presidente propone se apruebe lo siguiente:

y Mariano Alejandro Cosentino.

  • (i) Subdelegar nuevamente, con las más amplias facultades por el plazo máximo legal de dos (2) años a partir del día de la fecha, la realización de todos y cada uno de los actos para los que, implícita o explicitamente se hallare facultado el Directorio, en los términos del artículo 51, sección V, capítulo V, titulo II de las Normas de la CNV y sus modificatorias, en el Sr. Presidente, el Vicepresidente, y los Sres. Marcos Martín Sabelli, Federico Maquez y Ariel Diego Blázquez (los "Subdelegados"), incluyendo pero no limitado a las facultades que a continuación se detallan: (a) confeccionar el prospecto del Programa y el Suplemento de Precio; (b) fijar la época, monto, plazo y demás términos y condiciones; (c) negociar y firmar todo tipo de documentación y contratos relativos a la emisión, registro, colocación y pago, incluidos contratos de colocación, underwriting y de prefinanciación, incluyendo sin limitación los certificados globales a ser emitidos, los avisos de suscripción y de resultados de la colocación, aviso de emisión, notas de instrucción de depósito, entre otros; (d) eventualmente, negociar y contratar una o más calificadoras de riesgo; (e) contratar organizador y/o uno o más colocadores; y (f) determinar el período de colocación, la tasa de corte o margen aplicable o precio de suscripción, y la forma de pago del precio de suscripción.
  • (ii) Otorgar mandato en forma indistinta a los señores Gabriel Pedro Lobianco, Luciana Laiuppa, Facundo Matera, Carlos María Tombeur, Matías Grinberg, Francisco José Lagger y Javier Tarasido, sin facultades de sustitución, a fin de que, en forma conjunta o indistinta: (a) soliciten y gestionen en la CNV la aprobación de la actualización del Programa y la emisión de una Serie y/o Clase de Obligaciones Negociables bajo el mismo; (b) soliciten y gestionen el listado, la negociación y/o liquidación del Programa y de las Obligaciones Negociables en uno o más mercados, tal como BYMA o A3 Mercados, así como también gestionen su elegibilidad para DTC, Euroclear o Clearstream o entidades similares del exterior; (c) confeccionen el prospecto del Programa y el Suplemento de Precio de las Obligaciones Negociables; (d) formulen, firmen, publiquen en la Autopista de Información Financiera, e inscriban el aviso de emisión de las Obligaciones Negociables en los términos del artículo 10 de la Ley Nº 23.576

y sus modificatorias; (e) gestionen el depósito de los certificados globales en CVSA y/o en la entidad que se designe; (f) modifiquen las condiciones de emisión que fueran aprobadas por el Directorio o el/los Subdelegado/s, en función de observaciones que se reciban de la CNV o de los mercados en que se tramite el listado y/o negociación, o recomendación de los colocadores a fin de asegurar el éxito de la colocación; (g) determinen la tasa de corte o margen aplicable o precio de suscripción en función de las ofertas recibidas, y adjudiquen las mismas, en su caso junto con el/los colocador/es designado/s; (h) realicen todo tipo de trámites ante la CNV, BYMA, A3 Mercados y CVSA con las más amplias facultades, incluida la de firmar todo tipo de información a presentar a tales entidades, incluso la de contestar traslados, formular peticiones y emitir declaraciones juradas a su requerimiento; (i) suscriban y publiquen todo tipo de avisos relativos a la colocación de las Obligaciones Negociables, pago de servicios y los demás exigibles conforme a las normas legales y reglamentarias aplicables; y (j) cumplan con las obligaciones y demás recaudos establecidos o que se establezcan en las condiciones de emisión, la Ley Nº 26.831 de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV y los reglamentos aplicables a los mercados donde se listen o se negocien las Obligaciones Negociables, otorguen y firmen los instrumentos públicos o privados que fueran necesarios para ejecutar los actos enumerados con los requisitos propios de la naturaleza de cada acto y las cláusulas y condiciones que pactaren con arreglo a derecho, y constituyan domicilios especiales, realizando todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueran conducentes al mejor desempeño del presente mandato.

Se deja constancia de que la presente subdelegación de facultades es ad referéndum de que la asamblea de accionistas apruebe la delegación de facultades en el Directorio.

Sometida a consideración la propuesta del Sr. Presidente, luego de un amplio intercambio de opiniones, la Propuesta es aprobada por unanimidad de los presentes.

Previo al cierre del acta toma la palabra el Síndico Gustavo Daniel Stricker en representación de la Comisión Fiscalizadora y expresa que en el presente acto se ha verificado el cumplimiento de los recaudos legales para la celebración del presente y que las decisiones fueron regularmente adoptadas.

Habiendo sido tratados todos los temas propuestos, y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, siendo las 10:30 horas.

$6N5CC$

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$\mathbf{D}$ $R_1 c$ $60n$ $57$

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