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Metalfor S.A. Capital/Financing Update 2023

Jun 1, 2023

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Capital/Financing Update

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$\frac{1}{2}$ 分出的。 OURTIFIQUE QUE et prosente LIBRE DE ACTAJ DE DIZETTOZ $N^{\circ}$ 3 METAL ক্তিপ perteneciente a ourt 30-64616777 Jque consta de 200 (Fs./Pags.), ha sido sellado por la Dirección General de Inepección de i
Persenas Juridicas. En fe de ello, firma la presente la persena autorizada mediante Recolución Gral. 10 Alex 28 dies del mes de NOUICIBIS de 20 Z C. VW.VZ ODE バ
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RUBRICA - 572020
Dirección General de Inspección
de Personas Jundicas
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ACTA DE DIRECTORIO Nº 242
En la ciudad de Marcos Juárez, Provincia de Córdoba, República Argentina, a los 15 días
del mes de mayo de 2023, siendo las 10:00 horas, en la sede social de METALFOR S.A.
(la "Sociedad") sita en Ruta Nacional Nº 9, Km. 443, se reúnen los Sres. Directores que
firman al pie de la presente, y la Sra. Síndico Claudia Mabel Taborro. Preside la reunión
el Presidente del Directorio, Sr. Eduardo Alberto Borri, quien informa a los presentes que,
existiendo quorum para sesionar, pone a consideración del Directorio el único punto del
Orden del Día:
1) Emisión por parte de la Sociedad de la primera serie de Obligaciones Negociables
dentro del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables simples, no
convertibles en acciones, por un valor nominal en circulación de hasta USS 19.844.444
(Dólares Estadounidenses diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil
cuatrocientos cuarenta y cuatro) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida,
y/o unidades de valor), bajo el régimen PYME CNV.
El señor Presidente expresa que, como ya es de conocimiento de los señores Directores,
la Asamblea de Accionistas de fecha 17 de marzo de 2023, trató la creación del programa-
global de obligaciones negociables de corto, mediano y/o largo plazo, con o sin garantía,
el que fue fijado por un valor nominal de hasta U\$S 19,844.444 (Dólares Estadounidenses
diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro),
(o su equivalente en otras monedas, unidades de medida, y/o unidades de valor) (el
"Programa") bajo el régimen PYME CNV, cuya aprobación se encuentra tramitando ante
la Comisión Nacional de Valores (la "CNV"). Continúa el señor Presidente expresando
que resulta conveniente, a fin de impulsar la estructura de financiamiento de la Sociedad,
proponer el inicio de las gestiones tendientes a emitir la primera serie de Obligaciones
Negociables dentro el Programa bajo el régimen PYME CNV (las "Obligaciones
Negociables Serie I" o las "Obligaciones Negociables", indistintamente). A continuación,
el señor Presidente procede a resumir los términos y condiciones de Obligaciones
Negociables Serie I, conforme se encuentran detallados en el correspondiente suplemento
de precio preliminar (el "Suplemento de Precio"), el cual previamente ha sido distribuido
entre los señores Directores: Monto de la Emisión: el valor nominal global total de las
Obligaciones Negociables Serie I en una o más clases y/o series podrá ser de hasta US\$
19,844.444 (Dólares Estadounidenses diecinueve millones ochocientos cuarenta y cuatro
mil cuatrocientos cuarenta y cuatro) o su equivalente en otras monedas, unidades de
medida o unidades de valor, o aquel monto menor que determine cualquiera de las
personas autorizadas a tal efecto por la presente acta, conforme se indique en el
Suplemento de Precio (el "Valor Nominal Global Total"). En caso de que se decida la
emisión en dos o más clases y/o series, la sumatoria del monto de emisión de estas en
conjunto, no podrá superar el Valor Nominal Global Total. Podrán especificarse montos-
de referencia para cada clase y/o serie en el Suplemento de Precio, sin perjuicio de lo cual
cada una de las clase y/o serie podrá ser emitida por un monto nominal mayor o menor a
los montos que se determinen en el Suplemento de Precio, siempre respetando el Valor
Neminal Global Total, conforme se indique en el Suplemento de Precio. Oferta: las
Cbligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina en el marco de la Ley de Mercado
de Capitales y demás normativa aplicable, conforme se determine en el Suplemento de
Precio. Organizadores y Colocadores: serán aquellos que se designen e indiquen en el
Suplemento de Precio. Descripción: las Obligaciones Negociables Serie I serán
obligaciones regociables simples, no convenibles en acciones. Tendrán en todo momento

$\hat{\mathcal{A}}$

$\mathcal{A}{\text{max}}$ , $\mathcal{J}{\text{max}}$

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$\frac{1}{2}$

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igual prioridad de pago entre sí y respecto a todas las demás obligaciones presentes y futuras, no subordinadas y con garantía común del Emisor, salvo que se determine de otro modo en el Suplemento de Precio, Forma: Las Obligaciones Negociables se representarán bajo la forma de un certificado global (y en caso de que la emisión se divida en clases y/o series, será uno para cada clase y/o serie, de corresponder), que será depositado por el Emisor en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o bajo aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Moneda de Denominación, Integración y Pago: Las Obligaciones Negociables Serie I (y sus respectivas clases y/o series, de corresponder) podrán denominarse en Dólarès Estadounidenses, en Pesos, o en Unidades de Valor Adquisitivo, y podrán integrarse y pagarse en Dólares, Pesos o en especie, según se establezca en el Suplemento de Precio. Precio de Suscripción: las Obligaciones Negociables Serie I serán emitidas al 100% de su valor nominal, o conforme ello se determine en el Suplemento de Precio. Fecha de Vencimiento: en caso de que la emisión se divida en clases y/o series, estas podrán tener diferentes plazos siempre que no superen el de 36 (treinta y seis) meses, o aquel que se determine en el Suplemento de Precio, pudiendo ampliarse o reducirse el plazo conforme lo determinen los subdelegados designados al efecto. Tasa de Interés: las Obligaciones Negociables Serie I devengarán un interés a una tasa de interés variable, o fija, o de aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Fecha de Pago de los Intereses: los intereses de las Obligaciones Negociables serán pagaderos trimestralmente o conforme se determine en el Suplemento de Precio aplicable. Amortización: el 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables será pagado en una sola cuota en el día de la respectiva Fecha de Vencimiento o mediante pagos parciales, conforme lo establezcan los subdelegados designados en la presente acta y se determine en el Suplemento de Precio. Garantías: las Obligaciones Negociables no gozarán de otra garantía que no sea el patrimonio común de la Emisora, salvo que se especifique lo contrario en el Suplemento de Precio. Uso de los Fondos: los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán utilizados, en cumplimiento con el artículo 36 de la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables conforme se especifique en el Suplemento de Precio. Listado y Negociación: las Obligaciones Negociables serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o en cualquier mercado autorizado en la República Argentina, conforme lo establezca cualquiera de las personas autorizadas a tal efecto por la presente. acta y siempre que los referidos organismos otorguen las autorizaciones correspondientes. Sometido a consideración del Directorio lo hasta aquí expuesto por el Señor Presidente, luego de un prolongado cambio de ideas y de finalizado el análisis de la documentación señalada, por unanimidad de los presentes, SE RESUELVE:

Aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Serie I dentro del (i) Programa bajo el régimen PYME CNV, por un valor nominal global máximo de hasta US\$-19.844.444 (Dolares Estadounidenses diecinueve millones ochocientos cuarenta, y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro) (o su equivalente en ofras monedas o unidades de valor) en los términos y condiciones antes reseñados;

Aprobar: (a) el Suplemento de Precio preliminar; y (b) la suseripción de los demás documentos necesarios para instrumentar la emisión;

Disponer que las Obligaciones Negociables serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Árgentinos S.A. y en el Mercado Abierto Electrónico S.A., y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina; Disponer que los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán utilizados conforme fuera anteriormente reseñado;

Subdelegar en los señores directores Eduardo Alberto Borri, María Rosa $(v)$ Miguel y José Luis Ramón Dassie las facultades suficientes para que, actuando indistintamente, cualesquiera de ellos: (a) negocie y apruebe los restantes términos y condiciones de la emisión de las Obligaciones Negociables Serie I y/o modifique los términos y condiciones aprobados bajo la presente (incluyendo, sin limitación, si la emisión se efectuará en una, dos o más clases y/o series, el valor nominal a emitir de cada clase y/o serie, el valor nominal de referencia a ser ofrecido por cada clase y/o serie -en su caso-, los colocadores, los subcolocadores, la moneda de emisión, la forma de integración, el precio de emisión, la forma y plazos de amortización, la fecha de vencimiento, el tipo y la tasa de interés, el destino de los fondos obtenidos de la colocación, el sistema de colocación, la duración del período de difusión pública y/o el período de subasta pública, la decisión de que las Obligaciones Negociables cuenten con calificación de riesgo, catre otros); (b) modifique todos aquellos términos y condiciones que sean necesarios o convenientes conforme a lo que eventualmente requiera la CNV y los mercados donde se listen y/o se negocien las Obligaciones Negociables, la Caja de Valores S.A., y aquellos organismos públicos o privados ante las cuales oportunamente se solicite algún tipo de autorización relacionada con las Obligaciones Negociables, con todas las facultades para proponer y realizar modificaciones a dichos términos y condiciones y aceptar, incluir, aprobar y/o impugnar las que soliciten, en su caso dichas entidades; (e) negocie, celebre, modifique y deje sin efecto cualesquier contratos de suscripción o underwriting, conventos con el agente organizador o dealer manager, conventos de colocación, de calificación de riesgo, de depósito y custodia de las Obligaciones Negociables Serie I u otros, y todos aquellos acuerdos y documentos necesarios para la emisión, colocación, calificación, custodia y pago de las Obligaciones Negociables; entendiéndose que la enumeración precedente es meramente enunciativa; y Designar y autorizar a Luciana Denegri, María Victoria Pavani, María Inés Cappelletti, Julián Alejandro Ojeda, Franco Scervino, María Belén Tschudy, y/o a quien ellos designen, para que cualquiera de ellos pueda efectuar conjunta o indistintamente, sin carácter limitativo ante la CNV, Bolsas y Mercados Argentinos S.A., el Mercado Abierto Electrónico S.A., Caja de Valores S.A. y cualesquier otraentidad ante la cual se presente el Suplemento de Precio y demás documentos necesarios para la emisión de las Obligaciones Negociables, todo tipo de presentaciones y actos necesarios y/o convenientes vinculados con la tramitación de las presentaciones que se efectuen ante dichos organismos, para obtener la autorización de oferta pública, listado y negociación de las Obligaciones Negociables, para cumplimentar disposiciones y resoluciones vigentes, y obtener la conformidad administrativa correspondiente, quedando facultados para presentar solicitudes, aceptar y proponer las modificaciones que el organismo de contralor respectivo considere necesarias, firmar documentos, presentar peticiones, contestaciones, formularios, notas y otros escritos, contestar vistas o traslados y, en general, realizar todos los trámites y diligencias que sean necesarios para el cumplimiento de los fines resueltos por el Directorio.

وأردح

Martin Ba

No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 11:00 horas del día consignado al inicio, se da se da por finalizada la reunión, procediendose a labrar la presente acta, que es leida y apostosia por los Directores que firman de conformidad.