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Metalfor S.A. — AGM Information 2025
Apr 28, 2025
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AGM Information
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ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA - ACTA Nº 90: En la ciudad Marcos Juárez - Provincia de Córdoba, a veinticuatro días del mes de abril de dos mil veinticinco, siendo las catorce horas, se reúnen en la sede social de Ruta 9 Km. 443, en asamblea Ordinaria y Extraordinaria, los señores accionistas de "METALFOR S.A." que figuran y firman en el Registro de Asistencia Nº 2 a fs. 34. representando la totalidad del capital social, con el fin de considerar el siguiente Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el acta; 2) Consideración de la documentación exigida por el inciso 1º del artículo 234 de la Ley 19,550, correspondiente al ejercicio cerrado al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro; 3) Consideración gestión Directorio y Sindicatura; y 4) Designación de Contador Certificante de los estados contables del ejercicio iniciado el primero de enero de dos mil veinticinco. Se encuentran presentes los señores Directores Titulares Eduardo Alberto Borri, María Rosa Miguel y José Luis Ramón Dassie, como asimismo la Síndico Titular Cra. Claudia Mabel Taborro. Preside la reunión el Ingeniero Eduardo Alberto Borri poniendo a consideración el primer punto del Orden del Día, resolviéndose por unanimidad que la señora María Rosa Miguel y el señor Eduardo Alberto Borri firmen el acta de la asamblea. Puesto a consideración el segundo punto del Orden del Día, se resuelve por unanimidad aprobar los siguientes documentos, correspondientes al ejercicio cerrado al treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro: a) La Memoria del H. Directorio que obra transcripta en el Acta de Directorio Nº 277 de fecha once de marzo de dos mil veinticinco y transcripta en el Libro pertinente; b) el Informe del Síndico que se transcribe a continuación: FINANCIEROS SOBRE ESTADOS TINFORME DEL SINDICO SEPARADOS - A los señores Accionistas de METALFOR S.A. - Ruta Nac. Nº 9
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km 443 - Marcos Juárez- Córdoba - De mi consideración: De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades y con lo requerido por las Normas de la Comisión Nacional de Valores, he examinado el estado de situación financiera intermedio separado de METALFOR S.A. ("la Sociedad") al 31 de diciembre de 2024, el estado de resultados integrales separado por los períodos doce meses finalizados en esa fecha, los estados de cambios en elpatrimonio separado y de flujos de efectivo separado, por el período de doce meses finalizado en esa fecha, sus notas 1 a 7 y Anexos de I a IV. Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros. El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros separados de la Sociedad de acuerdo con las Normas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros separados adjuntos. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros separados libres de incorrecciones significativas. Responsabilidad del Síndico - Mi examen fuerealizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la FACPCE. Dichas normas requieren que el examen se efectue de conformidad con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados financieros correspondientes a períodos, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar mi tarea profesional sobre los documentos arriba
mencionados, he revisado la revisión efectuada por el Cr Perren Abelardo, Matrícula Profesional 10.11757.2 - (C.P.C.E. Córdoba) en su carácter de auditor externo, quien emitió su informe de revisión de fecha 10 de marzo de 2025 de acuerdo con las normas vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados financieros de períodos. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros separados adjuntos de conformidad con las Norma establecida por Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética. Las referidas normas sobre revisión limitada consisten principalmente en aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados financieros, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados financieros. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría, necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados financieros tomados en su conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. Dado que no es responsabilidad del síndico efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Conclusión - Como resultado de mi revisión y basado en el informe de revisión del auditor externo de fecha 10 de marzo de 2025, nada ha llamado mi atención que nos hiciera pensar que los estados financieros separados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos
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significativos, la situación financiera de METALFOR S.A. al 31 de diciembre de 2024, los resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio y el flujo de efectivo por el período de doce meses finalizado en esa fecha, de acuerdo a las normas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios. Los estados financieros separados surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, exceptoen lo relativo a la transcripción al libro Diario e Inventarios y Balances dado que a la fecha aún no han sido transcriptos. Conrelación a la memoria del Directorio, no tengo objeciones que formular en lo que es materia exclusiva de competencia de esta sindicatura. Marcos Juárez, provincia de Córdoba, 11 de marzo de 2025." "INFORME DEL SÍNDICO SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS - A los señores Accionistas de METALFOR S.A. - Ruta Nac. Nº 9 km 443 - Marcos Juárez- Córdoba. De mi consideración. De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades y con lo requerido por las Normas de la Comisión Nacional de Valores, he examinado el estado de situación financiera intermedio consolidado de METALFOR S.A. ("la Sociedad") al 31 de diciembre de 2024, el estado de resultados integrales intermedio consolidado por los períodos de doce meses finalizados en esa fecha, los estados de cambios en el patrimonio intermedio consolidado y de flujos de efectivo intermedio consolidado, por el período de doce meses finalizado en esa fecha, sus notas 1 a 7 y Anexos de I a IV. Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados financieros. El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros
consolidados de la Sociedad de acuerdo con las Normas de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros separados adjuntos. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros separados libres de incorrecciones significativas. Responsabilidad del Síndico. Mi examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica N.o. 15 de la FACPCE. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes para la revisión limitada de estados financieros correspondientes a períodos, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar mi tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, he revisado la revisión efectuada por el Cr Perren Abelardo, Matrícula Profesional 10.11757.2 - (C.P.C.E. Córdoba) en su carácter de auditor externo, quien emitió su informe de revisión de fecha 10 de marzo de 2025 de acuerdo con las normas vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados financieros de períodos. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por la firma profesional. El profesional mencionado ha llevado a cabo su examen sobre los estados financieros consolidados adjuntos de conformidad con las Norma establecida por Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas Dichas normas exigen que cumpla los
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| requerimientos de ética. Las referidas normas sobre revisión limitada consisten |
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| personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en |
| los estados financieros. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente- |
| menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría, necesarios para poder |
| emitir una opinión profesional sobre los estados financieros tomados en su conjunto. |
| Por lo tanto, no expresamos tal opinión. Dado que no es responsabilidad del síndico |
| efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones |
| empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de |
| responsabilidad exclusiva del Directorio. Conclusión - Como resultado de mi revisión |
| y basado en el informe de revisión del auditor externo de fecha 10 de marzo de 2025, |
| nada ha llamado mi atención que nos hiciera pensar que los estados financieros |
| consolidados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la |
| situación financiera de METALFOR S.A. al 31 de diciembre de 2024, los |
| resultados de las operaciones y las variaciones en el patrimonio y el flujo de efectivo |
| por el período de doce meses finalizado en esa fecha, de acuerdo de la Federación |
| Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Informes |
| sobre otros requerimientos legales y reglamentarios - Los estados financieros |
| consolidados surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus |
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| tengo objeciones que formular en lo que es materia exclusiva de competencia de esta- |
sindicatura. Marcos Juárez, provincia de Córdoba, 11 de marzo de 2025."; c) el Proyecto de Distribución de Utilidades, que se transcribe a continuación: "PROYECTO DISTRIBUCION UTILIDADES: Utilidad del Ejercicio: \$ 20.292.588.906,00. Destino: A Reserva Legal: \$. 1.014.629.445.30; a Honorarios Directores: \$. 99.000.000,00 (\$. 33.000.000,00 para Eduardo Alberto Borri, \$. 33.000.000,00 para María Rosa Miguel y \$. 33.000.000,00 para José Luis Ramón Dassie); A remuneración del Síndico: \$ 1.500.000,00; a Próximo ejercicio: \$. 20.192.088.906"; y d) El balance General, Estado de Resultados y demás estados, cuadros y anexos que ob an transcriptos en el Libro correspondiente. Puesto a consideración el tercer punto del Orden del Día, se resuelve por unanimidad aprobar, para el ejercicio tratado en la presente asamblea, la gestión realizada por el Directorio y por la Sindicatura, agradeciendo el buen desempeño realizado por los mismos. Puesto a consideración el cuarto punto del Orden del Día, el Sr. Presidente manifiesta que de acuerdo con lo establecido en la Ley de Mercado de Capitales y en las Normas de la CNV, corresponde a la Asamblea la designación del Contador Certificante, a los fines de la certificación de los estados contables del ejercicio que se iniciará iniciado el 1º de enero de 2025 y que finalizará el 31 de diciembre de 2025, resolviéndose por unanimidad designar al Contador Abelardo Perren, Matrícula Profesional Nº 10-11757-2 como contador certificante. En este acto se autoriza al Sr. Presidente del Directorio, al Dr. José María Pérez Paz, D.N.I. Nº 23.440.928, C.U.I.T. 20-23440928-0 y a la Sra. Lucía Cristina Zorzini, D.N.I N° 14.292.571, C.U.I.T. Nº 27-14292571-6 para que, actuando indistintamente cualquiera de ellos, realicen todas las gestiones tendientes a la presentación ante Inspección de Personas Jurídicas y lograr la conformidad administrativa de las
67 actuaciones, con facultades para aceptar, proponer o rechazar presentes modificaciones a las mismas. No habiendo más asuntos que considerar se levanta la sesión siendo las dieciséis y treinta horas. Borri Eduardo SCACKENTE Mie: l. $\downarrow$ $\frac{1}{\sqrt{2}}$