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Longvie — Interim / Quarterly Report 2003
May 13, 2003
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Correspondientes al período de tres meses
comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2003
Comparativos con el ejercicio anterior (Ver Nota 1.2.3)
Preparados especialmente a efectos de su consolidación con Longvie S.A.
Expresados en moneda homogénea del 28.02.03
DENOMINACION: LONGVIE CATAMARCA S.A.
DOMICILIO LEGAL: Parque Industrial El Pantanillo - San Fernando del Valle de Catamarca - Pcia. de Catamarca
OBJETO: Fabricación de lavarropas, cocinas, anafes y hornos.
Inscripción en el Registro Público de Comercio:
Del Estatuto: 12 de abril de 1988
Fecha de finalización del plazo de duración
de la Sociedad: 12 de abril de 2087
| SOCIEDAD CONTROLANTE | |
| DENOMINACION | LONGVIE S.A. |
| DOMICILIO LEGAL | Callao 2034 - Capital Federal |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL | Fabricación y venta de cocinas y hornos a gas |
| Participación de la Sociedad Controlante sobre el patrimonio | 99,99741669 % |
| Porcentaje de votos de la Sociedad Controlante | 99,99741669 % |
Composición del Capital
| Clase de acciones | Suscripto $ | Integrado $ |
| Acciones ordinarias nominativas no endosables de v$n 1 de 1 voto | 38.710 | 38.710 |
Raúl Enrique Eidelman Raúl M. Zimmermann
por Comisión Fiscalizadora Presidente
MALACCORTO, JAMBRINA Y ASOCIADOS
Isabel Caamaño (Socio)
Contadora Pública (U.B.A.)
C.P.C.E.C.F. To. 43 Fo. 129
Registro de Asoc. de Prof. Universitarios
C.P.C.E. Cap. Fed. To 1 Fo 32
Véase Informe Profesional del 07.05.03
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
Expresado en moneda homogénea del 28.02.03
1. Base de preparación de los estados contables
Para la preparación de los presentes estados contables la Sociedad aplicó las normas contables profesionales vigentes a la fecha de cierre de los mismos de la FACPCE, considerando las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores.
1.1 Efecto de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda
Los estados contables adjuntos, han sido expresados en moneda homogénea del 28 de febrero de 2003 -de acuerdo con lo establecido por las Normas de la Comisión Nacional de Valores- aplicando la metodología de reexpresión establecida en la RT Nº 6 de la F.A.C.P.C.E. con las siguientes modalidades:
a) Las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995, como las que tuvieran fecha de origen incluidas entre dicha fecha y el 31 de diciembre de 2001 inclusive, se consideraron expresadas en moneda de esta última fecha;
b) El método de reexpresión se aplicó con efectos a partir del 1 de enero de 2002;
c) El índice utilizado es el resultante de las mediciones del IPIM del INDEC.
A partir del 1º de marzo de 2003, y en virtud de lo dispuesto por el Decreto 664/2003 y la Resolución General Nº 441 de la Comisión Nacional de Valores, el método de reexpresión de estados contables en moneda homogénea fue discontinuado.
Dicha discontinuación no constituye una norma contable. De haberse seguido aplicando el método de reexpresión hasta el 31.03.2003 los activos de la Sociedad a esa fecha, el patrimonio neto y el resultado final no variarían significativamente.
1.2. Exposición de los estados contables
1.2.1 La Sociedad presenta sus estados contables de acuerdo con lo dispuesto por las Resoluciones Técnicas Nros. 8, 9, 12, 17 y 19 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, en su caso, con las modalidades establecidas por la Comisión Nacional de Valores.
1.2.2 La Sociedad presenta sus estados contables expresados en pesos, sin centavos.
1.2.3 En cumplimiento de las normas de exposición mencionadas precedentemente el Estado de Situación Patrimonial, se expone en forma comparativa con el último balance al 31.12.02 utilizado para su consolidación con Longvie S.A. mientras que el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto y el Estado de Flujo de Efectivo, se exponen en forma comparativa respecto de los estados contables homólogos del ejercicio anterior, todos ellos reexpresados en moneda homogénea del 28.2.2003.
1.3. Exposición de resultados financieros y por tenencia, incluyendo el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda
En el estado de resultados se exponen bajo la denominación “Resultados financieros y por tenencia” los siguientes conceptos:
-
Intereses y Diferencias de cambio generados por activos,
-
Intereses y Diferencias de cambio generados por pasivos,
-
Resultado por tenencia de Bienes de Cambio y
-
El resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
2. Criterios de valuación
Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los estados contables fueron los siguientes:
2.1 Disponibilidades, Créditos y Pasivos que corresponden a operaciones liquidables en moneda nacional.
Se determinaron por su valor nominal, agregando o deduciendo, según corresponda, los resultados financieros pertinentes.
2.2 Activos y pasivos en moneda extranjera:
Se han valuado al tipos de cambio vigente al cierre del período aplicable a estas operaciones. En caso de corresponder, se computaron los intereses pertinentes.
2.3 Bienes de Cambio:
Materias primas, materiales y repuestos : Se han valuado a su costo de reposición al cierre del balance.
Productos en curso de elaboración y productos terminados: Se han valuado a su costo de reproducción al cierre.
Los valores obtenidos para los bienes de cambio - tomados en su conjunto - no exceden el valor de mercado de dichos bienes al cierre del Balance.
2.4 Los Bienes de Uso están valuados a su costo reexpresado hasta el cierre del balance según se indica en nota 1.1, menos la correspondiente amortización acumulada. La amortización es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor de los Bienes de Uso, considerados en su conjunto, no supera su valor de utilización económica.
2.5 Patrimonio Neto
Se reexpresó de acuerdo a lo señalado en 1.1, excepto el Capital Social y los Adelantos irrevocables que figuran por su valor nominal, registrando el ajuste en las cuentas Ajuste Integral del Capital Social y Ajuste Integral de Adelantos Irrevocables.
2.6 Resultados:
Las cuentas de resultados del período -excepto las correspondientes a consumo de activos- se reexpresaron aplicando el procedimiento indicado en Nota 1.1; los cargos por consumo de activos se computaron en función de los importes ajustados de dichos activos.
2.7 Componentes financieros implícitos
En virtud de su baja significación no se han segregado los componentes financieros implícitos contenidos en las cuentas de activo y pasivo. Se ha considerado de escasa significación el desvío en la exposición que sólo produce no segregar los componentes financieros implícitos en las cuentas de resultados.
3.- Composición de Rubros (Comparativo con el mismo ejercicio anterior)
| 31.03.03 | 31.12.02 | |||
| $ | $ | |||
| PASIVO NO CORRIENTE | ||||
| j) | Prestamos | |||
| Financieros | ||||
| En moneda extranjera (Anexo III) (Nota 9.b.) | 5.804.301 | 6.724.526 | ||
| k) | Fiscales | - | 2.910 | |
| 31.03.03 | 31.03.02 | |||
| $ | $ | |||
| ESTADO DE RESULTADOS | ||||
| l) | Resultados Financieros y por Tenencia | |||
| Generados por activos: | ||||
| Por tenencia de bienes de cambio | (270.304) | 571.775 | ||
| Intereses | 46.518 | 161.810 | ||
| Diferencia de cambio | 6.484 | (160.515) | ||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | (18.658) | (1.000.533) | ||
| 34.344 | (999.238) | |||
| Generados por pasivos: | ||||
| Impuestos, tasas y contribuciones | (21.284) | (12.717) | ||
| Intereses | (88.599) | (183.739) | ||
| Diferencia de cambio | 868.218 | (6.863.948) | ||
| Intereses y diferencia de cambio recuperada de Soc. Art. 33 | (568.107) | (44.895) | ||
| CER | (52.666) | (139.316) | ||
| Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda | 77.693 | 2.766.430 | ||
| 215.255 | (4.478.185) | |||
4.- Cargas Fiscales
El resultado del presente balance es neto de los impuestos que gravan las operaciones de la sociedad. No corresponde deducir suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de acuerdo con las disposiciones vigentes, por existir quebranto impositivo acumulado al cierre del período.
Respecto al reconocimiento como activo del valor del impuesto a las ganancias a compensar implícito en los quebrantos impositivos acumulados, la Sociedad se encuentra abocada al análisis de las proyecciones futuras de resultados impositivos y su relación con dichos quebrantos, con el fin de determinar la posibilidad del citado reconocimiento.
Con relación al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, se informa que en el rubro Otros Créditos del Activo no Corriente se ha incluido el impuesto determinado por los ejercicios fiscales 1999, 2000 y 2001 que arrojaron las declaraciones juradas respectivas. Como consecuencia de haber sido encuadrada en los programas de competitividad previstos por el Decreto Nº 1054/01, durante el ejercicio 2002, la Sociedad se encontró exenta del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
En lo que concierne al ejercicio en curso se constituyó la previsión correspondiente con contrapartida en el rubro Otros Créditos del Activo no Corriente.
Con motivo de la fiscalización efectuada por la AFIP con relación al Impuesto a las Ganancias por el período comprendido entre el 01/01/1994 y el 30/09/1999, surgió una diferencia de apreciación en la forma de imputar la carga financiera a las distintas empresas integrantes del Grupo Económico. El Directorio consideró pertinente proceder a distribuir la carga financiera del grupo en proporción a la actividad de cada empresa, reflejando tal distribución en el Balance cerrado el 30 de setiembre de 2001, en el resultado del mismo o en Resultados de Ejercicios Anteriores según correspondiera.
La diferencia de criterio con el Fisco originó -para los ejercicios anteriores- un pago para Longvie Paraná S.A. mediante Plan de Facilidades de Pago RG 896 cancelado al 31/12/2001 mediante la entrega de Títulos de la Deuda Pública Nacional previsto en el Decreto 1005/2001; y un recurso de repetición presentado por Longvie Catamarca S.A. el 25/09/2001, sin resolución a la fecha.
5.- Operaciones con Sociedades art. 33 Ley 19.550
Las operaciones realizadas durante el período de tres meses con LONGVIE S.A. han sido las siguientes:
| RUBROS | 31.03.03 | 31.03.02 |
| $ | $ | |
| Ventas | (20.168) | (45.283) |
| Compras | 182.505 | 243.606 |
| Honorarios Comerciales Pagados y prestación servicio técnico | 54.360 | 85.813 |
| Retribución servicios administrativos pagados | 47.046 | 74.180 |
| Honorarios cobrados | (557) | (3.936) |
| Retribución servicios ingeniería pagados | 21.121 | 10.747 |
| Retribución publicidad | 12.546 | 19.818 |
6.- Actividad promocionada
Los decretos provinciales Nros. 2125/84 (29.6.84) y sus modificatorios 3464/87 (2.12.87) y 988/95 (28.6.95); 636/88, 638/88 y 639/88 (22.4.88) han otorgado beneficios promocionales a Longvie Catamarca S.A. encuadrados en el régimen instituído por la Ley Nacional Nro. 22.021 y sus modificatorias Nros. 22.702 y 23.084 para la instalación, puesta en marcha y explotación de la ampliación de su planta en el área industrial El Pantanillo, Departamento Capital, Provincia de Catamarca, destinada a la producción de lavarropas de uso doméstico, cocinas de uso familiar, hornos a empotrar, anafes y calefones.
La Resolución General 3838/94 de la D.G.I reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal previstos en el inc. b del art. 9 de la Ley 23697 (Emergencia Económica-suspensión de beneficios), cuya presentación fue cumplimentada por la Empresa el 23.6.95. El crédito registrado por $ 170.131 corresponde a los montos pagados en el período de suspensión de la Ley de Emergencia Económica, actualizados hasta el mes de marzo de 1991 y se han expuesto en el activo no corriente "AFIP".
Asimismo la Resolución General 3905/94 en su art. 1ro., reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal a que alude el art. 17 del Decreto 2054/92 por supresión de franquicia -art. 45 Decreto 435/90- por el período abril/90 a noviembre/92 referente al IVA compras abonado a proveedores. La empresa presentó la solicitud por tal concepto el 29.6.95 por un monto que asciende a $ 1.171.043, el cual sería otorgado con la entrega de los certificados de crédito fiscal bajo la modalidad de cuenta computarizada que será administrada por la Dirección General Impositiva, según resolución 1318/92 del 18.11.92, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Con posterioridad la Resolución ME 580/96 estableció que los créditos contra el Estado emergentes de la suspensión de beneficios promocionales anteriores al 1º de abril de 1991, serán cancelados mediante la entrega de Bonos de Consolidación de Deudas emitidos de conformidad a la Ley 23.982 y reglamentarias. En consecuencia, en virtud de las solicitudes efectuadas según RG 3838/94 y RG 3905/94 -por el período anterior al 1º de abril de 1991- correspondería la cantidad de $ 429.058 en Bonos.
Con fecha 7/11/98 la AFIP nos ha comunicado la aceptación formal de nuestro pedido referente a la presentación de RG 3838/94, el cual sigue su curso a la fecha.
Con relación al monto del beneficio promocional del Decreto Nº 2054/92 por la utilización de los bonos de crédito fiscal acreditados en la cuenta corriente computarizada de D.G.I., registrados en Otros Ingresos del presente Balance, en concepto de Impuesto al Valor Agregado IVA compras e IVA saldo, asciende a $ 58.611 y en concepto de ganancia mínima presunta a $11.368.
7.- Estado de capitales
La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 25.01.93 resolvió convertir a valor de un peso las acciones componentes del capital social. Con fecha 26.10.94 se procedió al canje de las acciones en circulación por nuevas acciones ordinarias, nominativas, no endosables.
El capital de $ 38.710 fue inscripto con fecha 4.10.95.
8.- Avales otorgados y recibidos
a) La Sociedad se ha constituído el 29.12.99 en avalista, fiadora y principal pagadora de todas las obligaciones que con el Banco de Boston contraigan LONGVIE S.A. hasta la suma de u$s 600.000. A su vez ha recibido aval en idénticas condiciones de LONGVIE S.A. hasta la suma de u$s 600.000.
b) La Sociedad ha otorgado una fianza amplia hasta la suma de u$s 1.500.000 por las operaciones que LONGVIE S.A. realice con la Banca Nazionale del Lavoro.
9.- Préstamos
a) Bancarios
Los préstamos bancarios en dólares se registraron - de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 25561, los Decretos 214/02 y 410/02 y las comunicaciones A 3507 y 3567 del BCRA- pesificados a u$s 1 igual a $ 1, aplicando el CER hasta el 31.03.03 más los intereses devengados al cierre del balance sobre los préstamos actualizados.
b) Financieros
Los continuos cambios introducidos al sistema monetario y financiero dispuestos por el actual gobierno modificando las relaciones jurídicas entre las partes contratantes, en particular las referidas a las operaciones financieras, han ocasionado la repactación de los plazos y condiciones de las mismas.
Estos nuevos acuerdos consideraron en primer lugar los casos de mayor urgencia, determinando un plan de amortización mensual en pesos con un reconocimiento del setenta por ciento de la cotización dólar tipo vendedor del Banco de la Nación del día anterior al vencimiento de la cuota de amortización.
El resto de los acuerdos están en avance de negociación, considerando su amortización a largo plazo en pesos con un cierto reconocimiento de la cotización dólar.
Dichos préstamos se registraron a los plazos estimados de devolución, con la diferencia de cambio resultante de esos plazos.
10.- Clasificación de los saldos de Créditos y Deudas
- Contexto económico argentino y su impacto sobre las operaciones y la posición financiera de la Sociedad
a) Contexto económico
El Gobierno Nacional ha implementado diversas medidas de carácter económico, financiero y cambiario, que comprendieron principalmente la devaluación del pesos argentino respecto de la divisa norteamericana, la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera, restricciones cambiarias y a la libre disponibilidad de los fondos depositados en las entidades bancarias, hasta sancionar el 6 de enero de 2002 la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario.
Modificaciones adicionales fueron introducidas por posteriores normas, (Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, comunicaciones del BCRA, etc).
b) Impacto sobre las operaciones de la Sociedad
Los presentes estados contables contemplan los efectos derivados de las políticas cambiarias y económicas conocidas hasta la fecha, incluyendo estimaciones efectuadas por el Directorio considerando dichas políticas (Ver nota 9).
Raúl Enrique Eidelman Raúl M. Zimmermann
Por Comisión Fiscalizadora Presidente