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Longvie — Interim / Quarterly Report 2001
Aug 13, 2001
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Correspondientes al período de seis meses
comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2001
Comparativos con el mismo período del ejercicio anterior
Preparados especialmente a efectos de su consolidación con Longvie S.A.
DENOMINACION: LONGVIE CATAMARCA S.A.
DOMICILIO LEGAL: Parque Industrial El Pantanillo - San Fernando del Valle de Catamarca - Pcia. de Catamarca
OBJETO: Fabricación de lavarropas, cocinas, anafes y hornos.
Inscripción en el Registro Público de Comercio:
Del Estatuto: 12 de abril de 1988
Fecha de finalización del plazo de duración
de la Sociedad: 12 de abril de 2087
| SOCIEDAD CONTROLANTE | |
| DENOMINACION | LONGVIE S.A. |
| DOMICILIO LEGAL | Callao 2034 - Capital Federal |
| ACTIVIDAD PRINCIPAL | Fabricación y venta de cocinas y hornos a gas |
| Participación de la Sociedad Controlante sobre el patrimonio | 99,99741669 % |
| Porcentaje de votos de la Sociedad Controlante | 99,99741669 % |
Composición del Capital
| Clase de acciones | Suscripto $ | Integrado $ |
| Acciones ordinarias nominativas no endosables de v$n 1 de 1 voto | 38.710 | 38.710 |
MALACCORTO, JAMBRINA Y ASOCIADOS
Isabel Caamaño (Socio)
Contadora Pública (U.B.A.)
C.P.C.E.C.F. To. 43 Fo. 129
Registro de Asoc. de Prof. Universitarios
C.P.C.E. Cap. Fed. To 1 Fo 32
Véase Informe Profesional del 03.08.01
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
1.- Base de preparación de los Estados Contables.
Las normas contables aplicadas por la Sociedad en los estados contables correspondientes al presente período han sido las siguientes:
1.1 De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 316/95 y la Resolución 290 de la Comisión Nacional de Valores, se discontinuó a partir del 1.9.95 el método de ajuste establecido por la R.T. Nº 6 de la Federación Argentina de Consejos profesionales de Ciencias Económicas.
Dicho procedimiento está encuadrado dentro de las normas contables de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 140/96 de la Federación mencionada.
1.2 La Sociedad ha preparado sus estados contables de acuerdo con las R.T. 8, 9, 10 y 12 de la F.A.C.P.C.E en las disposiciones que le son aplicables.
1.3 La Sociedad ha considerado que los componentes financieros implícitos que pudieran estar contenidos en saldos de activos, pasivos y resultados no resultan significativos.
2.- Criterios de Valuación
Se han aplicado los siguientes criterios de valuación:
2.1 Activos y Pasivos que corresponden a operaciones liquidables en moneda nacional:
Se determinaron por su valor nominal, agregando o deduciendo, según corresponda, los resultados financieros hasta la fecha de cierre del Balance.
2.2 Moneda Extranjera:
Los activos y pasivos en moneda extranjera se han valuado a los tipos de cambio vigentes al cierre del balance, considerando los resultados financieros hasta dicha fecha.
2.3 Bienes de Cambio:
Materias primas, materiales y repuestos : Se han valuado a su costo de reposición al cierre del balance.
Productos en curso de elaboración y productos terminados: Se han valuado a su costo de reproducción al cierre.
Los valores obtenidos para los bienes de cambio - tomados en su conjunto - no exceden el valor de mercado de dichos bienes al cierre del Balance.
2.4 Los Bienes de Uso están valuados a su costo y/o a su costo reexpresado hasta el 31 de agosto de 1995 menos la correspondiente amortización acumulada. La amortización es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor de los Bienes de Uso, considerados en su conjunto, no supera su valor de utilización económica.
2.5 Resultados:
Las cuentas de resultados del período -excepto las correspondientes a consumo de activos que hubieren sido ajustados hasta el 31 de Agosto de 1995- están expresados a su valor nominal.
3.- Composición de Rubros (Comparativo con el mismo período del ejercicio anterior)
4.- Cargas Fiscales
El resultado del presente Balance es neto de los impuestos que gravan las operaciones de la Sociedad.
No corresponde constituir provisión de impuesto a las ganancias.
Se ha constituído el pasivo por el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, con cargo a Otros Créditos No Corrientes.
Con motivo de la fiscalización efectuada por la AFIP con relación al Impuesto a las Ganancias, surge una diferencia de apreciación en la forma de imputar la carga financiera a las distintas empresas integrantes del Grupo Económico. El Directorio consideró pertinente proceder a distribuir la carga financiera del grupo en proporción a la actividad de cada Empresa, reflejando tal distribución en el Balance correspondiente al período anterior, en el resultado del mismo o en Resultado de Ejercicicios Anteriores según correspondiera.
La diferencia de criterio con el Fisco originó -para los ejercicios anteriores- un pago a efectuar por Longvie Paraná S.A. y un recurso de repetición a presentar por Longvie Catamarca S.A.. A la fecha se ha efectuado la presentación de las Declaraciones Juradas Rectificativas correspondientes a cada una de las Empresas.
5.- Operaciones con Sociedades art. 33 Ley 19.550
Las operaciones realizadas durante el período de seis meses con LONGVIE S.A. han sido las siguientes:
| RUBROS | $ | |
| Ventas | (23.114) | |
| Compras | 4.858.946 | |
| Honorarios Comerciales Pagados y prestación servicio técnico | 510.714 | |
| Retribución servicios administrativos pagados | 605.520 | |
| Honorarios cobrados | (1.209) | |
| Retribución servicios ingeniería pagados | 112.318 | |
| Retribución publicidad | 185.520 |
6.- Actividad promocionada
Los decretos provinciales Nros. 2125/84 (29.6.84) y sus modificatorios 3464/87 (2.12.87) y 988/95 (28.6.95); 636/88, 638/88 y 639/88 (22.4.88) han otorgado beneficios promocionales a Longvie Catamarca S.A. encuadrados en el régimen instituído por la Ley Nacional Nro. 22.021 y sus modificatorias Nros. 22.702 y 23.084 para la instalación, puesta en marcha y explotación de la ampliación de su planta en el área industrial El Pantanillo, Departamento Capital, Provincia de Catamarca, destinada a la producción de lavarropas de uso doméstico, cocinas de uso familiar, hornos a empotrar, anafes y calefones.
La Resolución General 3838/94 de la D.G.I reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal previstos en el inc. b del art. 9 de la Ley 23697 (Emergencia Económica-suspensión de beneficios), cuya presentación fue cumplimentada por la Empresa el 23.6.95. El crédito registrado por $ 170.131 corresponde a los montos pagados en el período de suspensión de la Ley de Emergencia Económica, actualizados hasta el mes de marzo de 1991 y se han expuesto en el activo no corriente "AFIP".
Asimismo la Resolución General 3905/94 en su art. 1ro., reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal a que alude el art. 17 del Decreto 2054/92 por supresión de franquicia -art. 45 Decreto 435/90- por el período abril/90 a noviembre/92 referente al IVA compras abonado a proveedores. La empresa presentó la solicitud por tal concepto el 29.6.95 por un monto que asciende a $ 1.171.043, el cual sería otorgado con la entrega de los certificados de crédito fiscal bajo la modalidad de cuenta computarizada que será administrada por la Dirección General Impositiva, según resolución 1318/92 del 18.11.92, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Con posterioridad la Resolución ME 580/96 estableció que los créditos contra el Estado emergentes de la suspensión de beneficios promocionales anteriores al 1º de abril de 1991, serán cancelados mediante la entrega de Bonos de Consolidación de Deudas emitidos de conformidad a la Ley 23.982 y reglamentarias. En consecuencia, en virtud de las solicitudes efectuadas según RG 3838/94 y RG 3905/94 -por el período anterior al 1º de abril de 1991- correspondería la cantidad de $ 429.058 en Bonos.
Con fecha 7/11/98 la AFIP nos ha comunicado la aceptación formal de nuestro pedido referente a la presentación de RG 3838/94, el cual sigue su curso a la fecha.
Con relación al monto del beneficio promocional del Decreto Nº 2054/92 por la utilización de los bonos de crédito fiscal acreditados en la cuenta corriente computarizada de D.G.I., registrados en Otros Ingresos del presente Balance, en concepto de Impuesto al Valor Agregado -IVA compras e IVA saldo, asciende a $ 461.106 y en concepto de Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a $ 13.000.
7.- Estado de capitales
La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 25.01.93 resolvió convertir a valor de un peso las acciones componentes del capital social. Con fecha 26.10.94 se procedió al canje de las acciones en circulación por nuevas acciones ordinarias, nominativas, no endosables.
El capital de $ 38.710 fue inscripto con fecha 4.10.95.
8.- Avales otorgados y recibidos
a) La Sociedad se ha constituído el 29.12.99 en avalista, fiadora y principal pagadora de todas las obligaciones que con el Banco de Boston contraigan LONGVIE S.A. hasta la suma de u$s 600.000. A su vez ha recibido aval en idénticas condiciones de LONGVIE S.A. hasta la suma de u$s 600.000.
b) El 19.6.96 la Sociedad ha otorgado una fianza amplia hasta la suma de u$s 1.500.000 por las operaciones que LONGVIE S.A. realice con la Banca Nazionale del Lavoro.
9.- Clasificación de los saldos de Créditos y Deudas
Fernando O. Baraglia Raúl M. Zimmermann
Por Comisión Fiscalizadora Presidente
MALACCORTO, JAMBRINA Y ASOCIADOS
Isabel Caamaño (Socio)
Contadora Pública (U.B.A.)
C.P.C.E.C.F. To. 43 Fo. 129
Registro de Asoc. de Prof. Universitarios
C.P.C.E. Cap. Fed. To 1 Fo 32
Véase Informe Profesional del 03.08.01