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Longvie Audit Report / Information 2000

Mar 12, 2001

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ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2000

Correspondientes al período de doce meses

comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2000

Comparativos con el mismo período del ejercicio anterior

Preparados especialmente a efectos de su consolidación con Longvie S.A.

DENOMINACION: LONGVIE CATAMARCA S.A.

DOMICILIO LEGAL: Parque Industrial El Pantanillo - San Fernando del Valle de Catamarca - Pcia. de Catamarca

OBJETO: Fabricación de lavarropas, cocinas, anafes y hornos.

Inscripción en el Registro Público de Comercio:

Del Estatuto: 12 de abril de 1988

Fecha de finalización del plazo de duración

de la Sociedad: 12 de abril de 2087

SOCIEDAD CONTROLANTE
DENOMINACION LONGVIE S.A.
DOMICILIO LEGAL Callao 2034 - Capital Federal
ACTIVIDAD PRINCIPAL Fabricación y venta de cocinas y hornos a gas
Participación de la Sociedad Controlante sobre el patrimonio 61,43890468 % en forma directa, y 99,99741669 % en forma directa e indirecta
Porcentaje de votos de la Sociedad Controlante 61,43890468 % en forma directa y 99,99741669 % en forma directa e indirecta

Composición del Capital

Clase de acciones Suscripto $ Integrado $
Acciones ordinarias nominativas no endosables de v$n 1 de 1 voto 38.710 38.710

MALACCORTO, JAMBRINA Y ASOCIADOS

Isabel Caamaño (Socio)

Contadora Pública (U.B.A.)

C.P.C.E.C.F. To. 43 Fo. 129

Registro de Asoc. de Prof. Universitarios

C.P.C.E. Cap. Fed. To 1 Fo 32

Véase Informe Profesional del 06.03.01

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

1.- Base de preparación de los Estados Contables.

Las normas contables aplicadas por la Sociedad en los estados contables correspondientes al presente período han sido las siguientes:

1.1 De acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 316/95 y la Resolución 290 de la Comisión Nacional de Valores, se discontinuó a partir del 1.9.95 el método de ajuste establecido por la R.T. Nº 6 de la Federación Argentina de Consejos profesionales de Ciencias Económicas.

Dicho procedimiento está encuadrado dentro de las normas contables de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución 140/96 de la Federación mencionada.

1.2 La Sociedad ha preparado sus estados contables de acuerdo con las R.T. 8, 9, 10 y 12 de la F.A.C.P.C.E en las disposiciones que le son aplicables.

1.3 La Sociedad ha considerado que los componentes financieros implícitos que pudieran estar contenidos en saldos de activos, pasivos y resultados no resultan significativos.

2.- Criterios de Valuación

Se han aplicado los siguientes criterios de valuación:

2.1 Activos y Pasivos que corresponden a operaciones liquidables en moneda nacional:

Se determinaron por su valor nominal, agregando o deduciendo, según corresponda, los resultados financieros hasta la fecha de cierre del Balance.

2.2 Moneda Extranjera:

Los activos y pasivos en moneda extranjera se han valuado a los tipos de cambio vigentes al cierre del balance, considerando los resultados financieros hasta dicha fecha.

2.3 Bienes de Cambio:

Materias primas, materiales y repuestos : Se han valuado a su costo de reposición al cierre del balance.

Productos en curso de elaboración y productos terminados: Se han valuado a su costo de reproducción al cierre.

Los valores obtenidos para los bienes de cambio - tomados en su conjunto - no exceden el valor de mercado de dichos bienes al cierre del Balance.

2.4 Los Bienes de Uso están valuados a su costo y/o a su costo reexpresado hasta el 31 de agosto de 1995 menos la correspondiente amortización acumulada. La amortización es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor de los Bienes de Uso, considerados en su conjunto, no supera su valor de utilización económica.

2.5 Resultados:

Las cuentas de resultados del período -excepto las correspondientes a consumo de activos que hubieren sido ajustados hasta el 31 de Agosto de 1995- están expresados a su valor nominal.

3.- Composición de Rubros (Comparativo con el mismo período del ejercicio anterior)

4.- Cargas Fiscales

El resultado del presente Balance es neto de los impuestos que gravan las operaciones de la Sociedad.

No corresponde constituir provisión de impuesto a las ganancias.

Se ha constituído el pasivo por el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, con cargo a Otros Créditos No Corrientes.

Con motivo de la fiscalización efectuada por la AFIP con relación al Impuesto a las Ganancias, surge una diferencia de apreciación en la forma de imputar la carga financiera a las distintas empresas integrantes del Grupo Económico. El Directorio consideró pertinente proceder a distribuir la carga financiera del grupo en proporción a la actividad de cada Empresa, reflejando tal distribución en el Balance correspondiente al período, en el Resultado del mismo o en Resultado de Ejercicicios Anteriores según corresponda.

La diferencia de criterio con el Fisco originó -para los ejercicios anteriores- un pago a efectuar por Longvie Paraná S.A. y un recurso de repetición a presentar por Longvie Catamarca S.A.. A la fecha se ha efectuado la presentación de las Declaraciones Juradas Rectificativas correspondientes a cada una de las Empresas.

5.- Operaciones con Sociedades art. 33 Ley 19.550

Las operaciones realizadas durante el período de doce meses con LONGVIE S.A. y LONGVIE PARANA S.A. han sido las siguientes:

RUBROS LONGVIE S.A. $ LONGVIE PARANA S.A. $
Ventas (30.152) -
Compras 8.528.463 3.286.131
Honorarios Comerciales Pagados y prestación servicio técnico 1.554.697 792
Retribución servicios administrativos pagados 682.426 -
Honorarios cobrados (4.555 ) (751)
Retribución servicios ingeniería pagados 305.996 -
Retribución publicidad 415.148 -

6.- Actividad promocionada

Los decretos provinciales Nros. 2125/84 (29.6.84) y sus modificatorios 3464/87 (2.12.87) y 988/95 (28.6.95); 636/88, 638/88 y 639/88 (22.4.88) han otorgado beneficios promocionales a Longvie Catamarca S.A. encuadrados en el régimen instituído por la Ley Nacional Nro. 22.021 y sus modificatorias Nros. 22.702 y 23.084 para la instalación, puesta en marcha y explotación de la ampliación de su planta en el área industrial El Pantanillo, Departamento Capital, Provincia de Catamarca, destinada a la producción de lavarropas de uso doméstico, cocinas de uso familiar, hornos a empotrar, anafes y calefones.

La Resolución General 3838/94 de la D.G.I reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal previstos en el inc. b del art. 9 de la Ley 23697 (Emergencia Económica-suspensión de beneficios), cuya presentación fue cumplimentada por la Empresa el 23.6.95. El crédito registrado por $ 170.131 corresponde a los montos pagados en el período de suspensión de la Ley de Emergencia Económica, actualizados hasta el mes de marzo de 1991 y se han expuesto en el activo no corriente "AFIP".

Asimismo la Resolución General 3905/94 en su art. 1ro., reglamentó la solicitud para el otorgamiento de los certificados de crédito fiscal a que alude el art. 17 del Decreto 2054/92 por supresión de franquicia -art. 45 Decreto 435/90- por el período abril/90 a noviembre/92 referente al IVA compras abonado a proveedores. La empresa presentó la solicitud por tal concepto el 29.6.95 por un monto que asciende a $ 1.171.043, el cual sería otorgado con la entrega de los certificados de crédito fiscal bajo la modalidad de cuenta computarizada que será administrada por la Dirección General Impositiva, según resolución 1318/92 del 18.11.92, del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.

Con posterioridad la Resolución ME 580/96 estableció que los créditos contra el Estado emergentes de la suspensión de beneficios promocionales anteriores al 1º de abril de 1991, serán cancelados mediante la entrega de Bonos de Consolidación de Deudas emitidos de conformidad a la Ley 23.982 y reglamentarias. En consecuencia, en virtud de las solicitudes efectuadas según RG 3838/94 y RG 3905/94 -por el período anterior al 1º de abril de 1991- correspondería la cantidad de $ 429.058 en Bonos.

Con fecha 7/11/98 la AFIP nos ha comunicado la aceptación formal de nuestro pedido referente a la presentación de RG 3838/94, el cual sigue su curso a la fecha.

Con relación al monto del beneficio promocional del Decreto Nº 2054/92 por la utilización de los bonos de crédito fiscal acreditados en la cuenta corriente computarizada de D.G.I., en concepto de Impuesto al Valor Agregado -IVA compras e IVA saldo- registrados en Otros Ingresos del presente Balance, asciende a $ 1.280.236 y 108.359 en concepto de Impuesto a las Ganancias.

7.- Estado de capitales

La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 25.01.93 resolvió convertir a valor de un peso las acciones componentes del capital social. Con fecha 26.10.94 se procedió al canje de las acciones en circulación por nuevas acciones ordinarias, nominativas, no endosables.

El capital de $ 38.710 fue inscripto con fecha 4.10.95.

8.- Avales otorgados y recibidos

a) La Sociedad se ha constituído el 29.12.99 en avalista, fiadora y principal pagadora de todas las obligaciones que con el Banco de Boston contraigan LONGVIE PARANA S.A. y LONGVIE S.A. hasta la suma de u$s 600.000. A su vez ha recibido aval en idénticas condiciones de LONGVIE S.A. y de LONGVIE PARANA S.A. hasta la suma de u$s 600.000.

b) El 19.6.96 la Sociedad ha otorgado una fianza amplia hasta la suma de u$s 1.500.000 por las operaciones que LONGVIE S.A. realice con la Banca Nazionale del Lavoro.

9.- Clasificación de los saldos de Créditos y Deudas

10.- Ajuste de Resultados de Ejercicios Anteriores.

La Sociedad al 31/12/00 procedió a registrar los ajustes correspondientes a períodos anteriores originados en lo señalado en la nota Cargas Fiscales en relación a la redistribución de la carga financiera del grupo económico y el efecto de las Declaraciones Juradas rectificativas del Impuesto a las Ganancias correspondientes.