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ITALAR S.R.L. Board/Management Information 2023

Aug 24, 2023

68826_rns_2023-08-24_72911055-d1eb-4386-99b6-a35a66c15867.pdf

Board/Management Information

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Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio

ITALAR S.R.L. S/INSCRIPCION DE CESION CUOTAS, CAMBIO DE SEDE- GERENTE- MODIFICACION CONTRATO SOCIAL: CLAUSULA 1º, y 8º. -

Nuevo Domicilio Legal: en calle Urquiza Nº 422, de la ciudad de Charata-Chaco

INSCRIPTA en la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia del Chaco, en el Protocolo de S.R.L., Acta N° 125, Folios 1768/1781, Resolución Nº 1621 de fecha 11/11/2022, Tomo II, Sexto Cuerpo, del año 2022. - - - - - - - - $\frac{1}{2}$ ...........

PROTOCOLIZACIÓN; de Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, 15 de Noviembre del año 2022. - - - - - - - - -

F.A.Z.

C.P. Ana Melisa Vañek Aguirre

A/c. Docton. Reg. Púb. de Comercio Insp. Gral. de Personas Jurídicas y
Insp. Gral. de Personas Jurídicas y
Registro Público de Comercio
Provincia del Chaco

CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES.

Entre los señores: Eduardo José GIRAUDO, argentino, agricultor, nacido el día 05 de Abril de 1954, D.N.I. Nº 10.997.351, domiciliado en Avenida Belgrano Nº 150, de la ciudad de Charata, Chaco, casado con Anastasia Hryciuk, en adelante llamado así o "El Cedente" y Daniel Enrique KEMPE, argentino, agricultor, nacido el día 08 de Mayo de 1973, D.N.I. Nº 23.307.923, domiciliado en calle Urquiza Nº 422, de la ciudad de Charata, Chaco, casado con Rosalía Marilín Giraudo, en el carácter de socio gerente de la sociedad denominada ITALAR S.R.L., constituida mediante contrato privado celebrado el día 17 de Mayo de 2004, he inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Charata, Chaco, el día 20.09.2004, bajo el Nº 101, al Folio 492/494, del Tomo VII, del Libro de Sociedades, en adelante llamada así o "La Cesionaria", convienen celebrar el presente Contrato de Cesión de Cuotas Sociales, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

-PRIMERA: El señor Eduardo José Giraudo cede y transfiere a la Cesionaria, la totalidad de las cuotas sociales que posee en la sociedad mencionada, en un total de cincuenta (50), quien tiene derecho de preferencia, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Sexto del contrato social.

-SEGUNDA: El precio de la presente cesión se fija en la suma de \$ 26.761.720,00 (pesos veintiséis millones setecientos sesenta y un mil setecientos veinte).

-TERCERA: En pago de la cesión, El Cesionario retira Bienes de Uso, propiedad de La Cesionaria, cuyo detalle e importe de cada uno es el siguiente:

1) Cosechadora marca John Deere modelo JD 9470 STS, Dominio CIJ53,
motor № J06068H670564, chasis № 1CQ9470AAB0000312, аño 2011: \$
6.549.037,05
2) Cabezal maicero marca John Deere, capacidad 12 surcos, chasis Nº
X17DTL14205377/17097, año 2010: \$
706.509,01
3) Cabezal girasolero marca Mainero, modelo 1040, capacidad 14 \$
706.509,01
surcos a 52,5cm., año 2005:
4) Monotolva con balanza marca Akron, modelo 22T, capacidad 22Tn.
chasis Nº M3125.364.0721, año 2021: \$
1.763.597,35
5) Topadora marca Caterpillar, modelo D 7, año 1984: 4.108.636,92
6) Sembradora marca Fabimag, modelo 24 surcos, año 2017: 4.502.034,20
390.721,11
7) Niveladora de arrastre, año 2021: 979.478,95
8) Galpón cuatro retoños, cerrado, de 15x12m, superficie 180m2., año 2017: 195.360,56
9) Tanque para combustibles, capacidad 20.000 litros, chasis Nº 572608, año 2008: 4.581.513,95
10) Pala cargadora marca Sinomach, capacidad 3m. cúbicos, año 2022:
11) Balanza instalada, año 2020: \$
278.321,89
12) Inmueble rural, inscripto en Folio Real, Matrícula Nº 2863, determinado como
Chacra 20, Sección A, Circunscripción XV, Departamento 12 de Octubre, Chaco: 2.000.000,00
Total: 26.761.720,00

-CUARTA: El cedente manifiesta que la presente cesión incluye todos los derechos de voto y derechos económicos inherentes a las cuota que aquí se ceden, a la fecha del presente contrato de cesión, así como el derecho a la totalidad de los resultados devengados durante el presente ejercicio y/ejercicios anteriores, revalúos contables, ajuste de capital, capitalización de reservas, suscripción de aumentos de capital y el derecho de suscripción preferente y de acrecer y así, todo otro derecho sea líquido o no, actual o futuro que surja de la titularidad de las cuotas que aquí se ceden o esté relacionado con las mismas. Asimismo, estando presentes la totalidad de los socios, prestan conformidad a la presente cesión a tenor del Artículo Sexto del contrato social manifestando la innecesariedad de toda comunicación al respecto.

-QUINTA: La cónyuge del Cedente, señora Anastasia Hryciuk, D.N.I. Nº 13.216.806, da su asentimiento para este acto, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.

-SEXTA: Los costos de la presente cesión, ya sea de impuestos, gastos, honorarios, aforos y tasas, serán costeados por El Cedente y La Cesionaria, por partes iguales.

-SEPTIMA: El señor Daniel Enrique Kempe, cuyos datos personales constan en el encabezamiento, en su carácter de socio gerente, CEDE gratuitamente las cuotas sociales que poseía el señor Eduardo José Giraudo, en un total de cincuenta cuotas, a su esposa, Rosalía Marilín GIRAUDO, argentina, casada, nacida el día 25/

///de Octubre de 1976, comerciante, D.N.I. Nº 25.348.942, con domicilio en calle Urquiza Nº 422, de la ciudad de Charata, Chaco, quien se encuentra presente en este acto.

OCTAVA: En caso de controversia judicial o extrajudicial, las partes fijan domicilio en los indicados y se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios con asiento en esta ciudad, con exclusión de cualquier otro.

Se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Charata, Chaco, a los siete días de Junio de dos mil veintidos. tod: "gerente", "cuxos datos personales constan en el encabezamiento" a su espogo" NovalE. E/1: "y representante", "y representante de ITALAR SRL". VALE.

RDO JOSE GIRAUDO EDW/

Amastacios Hryciul ANASTASIA HRYCIUK

ANIEL ENRIQUE KEMPE ROSALIA MARILIN GIRAUDO

CERTIFICO EN ACTUACIÓN
DIOTARIAL Nº AO3610177 CHARATA CHACOJO- 06-2022

de Cristina Setteño Escribana Pública Nacional

MOTE TRA AGAMIA GIONE

DECRETO 1145/73

// TIFICOEn mi carácter de Escribana Pública Nacional, de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, República Argentina, que las firmas que suscribe el documento que se anexa a la presente, son puestas en mi presencia y pertenecen a las personas cuyo datos personales se consignan a continuación: Eduardo José GIRAUDO, DNI.Nº 10.997.351, nacido el 05/04/1954, dice ser casado con Anastasia HRYCIUK, DNI.Nº 13.216.806, nacida el 01/08/1957, domiciliados en Avenida Belgrano Nº 150; Daniel Enrique KEMPE DNI.Nº 23.307.923, nacido el 08/05/1973, dice ser casado con Rosalía Marilin GIRAUDO, DNI.Nº 25.348.942, nacida el 25/10/1976, domiciliados en Urquiza Nº 422; todos argentinos de esta ciudad,, mayores de edad, capaces de mi conocimiento, en los $10$ términos del Articulo 306, inc.b) del Código Civil y Comercial de la Nación reformado $11$ bor Lev 26.994.-DOY FE.- $12$

Macional

$\overline{O}$

3

$\overline{4}$

5

6

$\overline{7}$

$\overline{8}$

$\overline{Q}$

13

$14$

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$21$

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23

$24$

25

INTERVENCION: el primero y segundo por si, el tercero en carácter de Socio Gerente y la cuarta en carácter de Socia ambos de la firma "ITALAR S.R.L."CUITNº 33-70892957-9", acreditando el carácter invocado con Contrato de fecha 17/05/2004, 15 Inscripto en el Registro Público de Comercio del Chaco, bajo Nº 101, Fº 492/494, 16 Tomo VII del Libreo de Sociedades el 20/09/2004, documento este que tengo a la 17 vista para este acto.-

DOCUMENTO QUE ANTECEDE: Contrato de Cesión de Cuotas Sociales, en carácter de cedente, cónyuge y cesionarios, no redacte el documento.

REQUERIMIENTO: Formulado en Acta Nº 178, Folio Nº 67 vta del Libro de Certificaciones de Firmas e Impresiones Digitales №:15, a mi cargo.-

$MLL$ $Q$

Escribana Pública Nacional

Charata, Chaco, 10 de Junio del año 2022.-

PREVINE: reposición fiscal dentro del término de Ley.-

Natida Origina Sadeño Escribana Pública Nacional

Marta Ichacoy Dr. Aldo Darío Grande en virtua de la proposita B bl expediente N' 106 De 2005. Caratulado: Vubricación de Libro. procedo a sellar y relation el present Libro: Actas. que constade 260 folio Hifes sono uno exclusivo de la sitada firma s cuntu cidato a laic- $30 - h^2$ siwi di ... $2000 - 1$ DESPACHO 20.09.01 DR. ALDO DARIO GRANDE O SILVIO HUGO LON $H$ JUEZ CIVIL, COMERCIAL Y LABORAL XOGADO - SECRETARIO

CERTIFICO E!
NOTARIAL N'AOO3728
CHADATA CHACLAJ-O C-20

ESRIFICO EN ACTUACIÓN FOTARIAL Nº 000772827 DES - 200 RIVERS ADAMS

$\frac{1}{\alpha}$ , $\frac{1}{\alpha}$ , $\frac{1}{\alpha}$ , $\frac{1}{\alpha}$

Motida Oristina Salteño

Company Pública Nacional

Harl China Lalteric
Bechevas Propriet 3886334 Sota V:38 Eu la ciudad de Charita Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco Annio las 20 hous del dia 07 de funio de 2022, A reuren eu la sede social ele Italar 1.2.1, sita en Arenida Belguno v:150 la suiou banado for giraado, Sannel burique lenge titulars de la totalidad diff capital road, paia trater et diguiente orden del clia: i) lesion de las exides souales del señor Cduardo fed Ginardo, D.N. 1.Nº 10.997.351. Iniciade la reunión se pasa a trator el único punto del orden del día. E ornando la palaba el socio Daniel Europe Kempe, manificata que el soin Eduardo fosi girando, mediante contrato privado celebrado en la fecha ha estido And avotas soviales en un total de ciu cuenta (50) endas a la misma sociedad, por el importe total de \$26.761.72000 (pesos reinteneis millones sele cientas sesenta, un mal uteamter minti), qui recibe en Birna de ras, anys detalle e importe individual constan en el atado contato de cisión El señor le duardo fosi girando, en su carácter de cedente, el sino Oaniel Eurique Kempe, en su carácter de socio ge. neut representante de la Cesionaria, manificatan que estan de acuendo con lo Eponvenido, agugado que declaran conocer y aceptar la documenta non social de la que turge la crasta atuación conómica, financina de la sociedad Ta la feila de la pusuite reunión como así también el contrato social, anyo tirto ratifican expresamente bl seño ledundo fosi girando, el mio da mel burigen kompe de jan adarado que se ha dado cumplismento son lo establecido en el Artículo serto del contrato sonal el señor banardo ser guaudo queda libra do desde este momento de toda responsabilidad, An limites, en todo lo concernionte a su relación con la sociedad. Aguidam enté se incorpora a la reunión la señor Rosalía Marilin Jirando, arguntina, carada, nacida el dia 25 de Odube de 1976, comeniante, O. U. 1, Nº 25. 348.947, con domicilio en la. fle "broju za Nº 422, de esta enudad. A continuación, el señor Damel Curique «Venipe manifiesta que, en su carácter de socio gerente ha excido gratuitama. te las cuetas socialis que pertenecían al señor l'aluardo foie Giraudo, a su consquege Assalía Marilin girando, energos datos personales constan más arriba, quien Je incorpora ala recuión y acepta la usión a su favor. Anches Asios acundan autorizar al seña Miguel Angel Poaz Gallego, D.V. 1. N. 14.042.499 son dominicio en lalle hiradana V:178 de esta Gudad, para que proceda a inscribir la cisión ante la tuspección general de Personas fuvidicas, legistro

DOS(2)

CERTIFICO L. J 48 NOTARIAL Nº AOO7 CHARATA CHACO, 13-06fublico de lonunão de la ciudad de haistencia Cluco pudiendo inmun a5. gloser tods la doru minita ava que sia rimanía per tal pa.
La más que tutar, similo las 21 horas del de señalado "exte suprificiale.
Je malizada la remión, fin mando los presentes al pie de coefformi dad. y A CERTIFICO EN ACTUACIÓN CHARAIA CHALO $13-06-2022$ Vldida Cristina Salteño Escribana Pública Nacional

Hang Ging Oglier أأتلجيج TRILING STANDING Deta V: 39 En la ciudad de Charita, Departamento Chacabuco, farincia del Chaco, pinde de la 20 hours del día 13 de Junio de 2022 de sevara en la sede social el saño David "Cuñqui Kempe, la suiora hezalia Manilia Girande titulans de la totxhidad del capital Dougl de stata b.l.l., para tratar el siguients orden al dir: i 4 atificar el dominitio fèscale flegal de la sociadad, 2) Madifilia el Artículo Octavo al contrato locial, relacionado con la gerencia de la docidad. Iniciada la reurnión, se pasa a tratar el puedes peu to del orden del día. Bu esti sentido, el socio Daniel Burique Kenepe informa que con motivo al la cision di cuotas sociales del señor Eduardo fosi girando, realizada et dia 07 del nues en unso, y para una nuejor atención, administración es necesario modificar el domicillo legal, fiscal de la tourdad proponiendo que sea coustituido en las oficiuas construídas en il inmueble de su propiedad, deter-Minado como Parcela 38, Nanzana 10, Acciona incunscripción I de esta áredad de l'Marite, lhaco, ubiendo en salle lurguina V-422, lurge donde tendren ripalidez todas las actificaciones que se le realise. l'usto a consideración pa "qusuitve ista bleur el domicilio fiscal, legal de la docidad en calle Perquiza P J 22 de esta ciudad y medificar el deticulo Primero del contrato docial, el que quida redactado de la siguiente manera: "Antiento Primiero: la Dociedad se derivnima "Italar s. R.L", tiene su domicilio segal, fiscal un valle resquiga N" 422 de la ciudad de Charata, Província del Chaco, pudiendo estáblecer aguncias o pullurades en alalizaier hugan de la Alpública Broquitina o del extranjons." A continuación, la pasa a tatar el higuado punto del orden del día, la iste sen-Iido el seuor Danid Curigue Kempe manificto que es nocesario modificar el me finitivulo Octavo del contrato social relacionado con la geneu cia de la sociedad. adiacandolo a las mecisidades actuales. Puesto a consideración se resultre su medi-Aficación, quidando ndacta do de la siguiente manina: Atlailo Octavo: Vincicion Administration. La dincion, administración de la sociedad estaci a cargo de sur les socios, Daniel Eurique Kempe, Rosalia Maniem Girando, quiennes aduaran en calidad de Garcutes, pudindo ser rennovidos del canzo por la Adla decision de la mazoria absoluta del capital social sin uccesidad de que medie para ello fusta causa, esa decisión no devenzará diredeo alguno de indern mizanon o contreprestación por el abandono del canzo salvo que el lipo de sema

08886335

$Tres(s)$

CERTIFICO EL NOTARIAL N'ACO7725 CHARATA, CHACOR3-0620

raida pada do y la removión ren ninau eoudiadun de muculación y descrimenta f ad'a de una relación de dependencia rejeta a indemnización privistas por lég bl uso de la firau social será ijercida por los socias en forma indistintal autrimas. serlo veclusiva monte para fina sociala, quidando expresa mon a prohibido comprometer la fin un social en avales o garanties a favor de un cons, vocepto décades. ders' atribuirs del geneuti: a seguinir el dominiv de la ruda propidad de toda clase de bitues muches, inmuches, jo servomentes, crédites, disedios, d'actes, aciónio potro objeto, valors za reau en compa, permuta, cisión o por enalquin stro ritulo o causa, su facultades para venderlos, hipoticarlas, proudarlos o de cualquin forma ena senartos, disponerlos, transferirlos o quan los a titulo ourioso, pactando en todos los casos los precios, formas de pago, modelidades y condiciones o tatisfaciendo o percibiendo las importes coruspondicutes, al contado o a escácito, b) lelibrar contratos de ceral quia indote a causa, piblicos o prinados, pudiendo renovando, pucalificados o progra o colver arriendos, otros diredas por tales louce ptis; e) divisar direros en pristamo en los baixos oficiales o particulares instructuras institudas que de crédito con o sin gormitías reales o personales, istablecimado o acoptan do las formas de pago, intereses y demas condiciones contraduales, su registración caucelación, recussoripción, demis ados asusonios a didios cortrates, actor u obligaciones; abradi zar toda chare de operaciones bancarias o financionas, discontar, cada estron, suajenar, uespouar de malo nier modo utres de combio, propris, avalu, giro, chuques, entificados u otras obligaciones o documentos públicos o privados constituir de posits de direns, estruir total o pacial monte igos dipotits, gira en discubierto contra las cuentas corrientes bancarias de la sayón social dentro de los créditos, autorizaciones, pudimas franca a didus opectos, solicitudes, boletas, ducques, caucieums, toda dase de formularies, contrates, demas doumentación bancana o courrence gen fuere necesario Presentar, suscribir estados potrimoniales, de ascella dis, atin, deusurar mentar corrientes con o tin provisión de fondas a descubintas; e) Nebpriar sobre prendas, urbifrados, quias, cartas de porte, consciencianto o

50

28 03886336 Escribana Pública Nacional cirelzuin du clase de documentes a efecto, de comercio, dando, etto quido acuptando. o esigio do pravilias vaks o avalos personalis, fiauzas, etc.; [] Rospla, , efectuar ioniciais ins moracio al mos, re un pierres o quitas de deudas; g) d'elplas consiguaciones, el pópitos, aspucias, man datos, represanti no me distribuir uns gustorías y gintiones de toda clase de megocios u opinations; h) Registrar, protocolizar acto, contritos ayutis o no a esa formidad ratificar, redificar o adarar ades jusídicos, otorgar aceptas, for mer los instrumente públicos, po privados que purmi necesarios para ejercer en aloquiera de los actos mencionados o los que considéren intites a los intinees sociales; i) solicitas, esté un los permisos de importación, exportación, nalizando los ados, gestiones ninne lados con tal objeto; j) louparcer en juicio, por si o por medio de a poderada, anti nes Mando, contistando demandas o occiones di analguier naturaliza, fuero e fu-"risdicida, efectuando incluso denemeias y querellas pendis o crimi nales, de ell'un o provogor jurisdicción, comprovector en arbitros, transigis, presta Se veigir puramento, fianzas, caucio un, recons en obligacio us; le flaticar te da clase de gutions di administración interponiendo las acciones, recu sos que se reguieran para tada caso, au fin, neligar cuanto acto, gestio J diliquia slan necesarios para l'une for desempento del mandato son. templado en la presente clauserla. Las atribuicues prendentes son minamoule ermaniativas, el gercute, en su carácter de representante de la foriedad, podra llevar a cato toda to actos necesarias o courren entis par el Joggo de les fines asciales. Demain del mandato: indete, minado los gera a us ti lu laros, supluítes deberou constituir una garactia con prime al articulo 25,6, articulo 157 de la luz di sociidades Counciales, a forro de la sociedad, Thorel plazo que direcu sus mandato, más el puido de mesoripción de las aciones individuales qui puedan realizante en su contre, no pudiendo ser ista inforior a tra (3) aius, linop de culturi nado el mismo. Esta garantia consiste en la su un de pero dig mil (\$ per) o la suma que establezza la vior mati va migenti, di acuerdo con lo dispuesto por el organo di contratir, sumas di prouceda recional o estrarjera de positadas en cutidades financieras o sajas ele valores, e la orden de la sociedad, bonos, l'unis o en franzas o arabs lancariez o segures de eaucion o de responsabilidad a vil a faro de la Aoxiedad o la forme

52 qui le votablique la autri dad de aplicación. El ceste allesí sur seper. tado por les gereutes." Deinismo ambos tocios antorizan al seños Miguel Nugel Paz Gath. go, O.V.J. N° 14.042.499 sou donnativ en calle hivadavia V:178, de esta hudad, para que proceda a inscribir las unsdifraciones realizadas antila Auspección i aunal de Porso nas Javidicas, higistro público de lonceras de esta provincia, pudicedo finuen j desglesar toda la documentación que puese mensaria para tal fin. tiu vuas que hatar, serudo las 21 horas del día seña lado "ul supri" se da por finalizada la reunión firmando tos presentes al pie, de coupormudad bumendado: "Adquinir"-d)healizar"-"apodinados, en la blados con tal objeto"-Vale Charata, Chaco $12$ , de $20M$ io $16/2$ de $22$ CERTIFICO en mi calidad de escribana certificante que la presente fotocopia que
consta de HARCO (M). Foja/s es copia fiel del original que tengo a la vista. Doy Fé AMEXON: 03886336/34/35. ACTUACION NOTARIAL With Priding Salteño الان
أن DECRETO 1145/73 scribana Publica Naciona CERTIFICO FOTOCOFIAS 00772529
Serie A Natida Oristina Satteña Escribana Pública Nacional

The Research of Prince of Children

na)
Mail
Reg

e de Cemercé

NOMINA DE SOCIOS Y AUTORIDADES DE "ITALAR S.R.L."-POSTERIOR A LA CESIÓN-

APELLIDO Y NOMBRES N° DE D.N.L CUIT CANTIDAD
DE CUOTAS
NACIMIENTO
FECHA
DE
PROFESION DOMICILIO-calle N° y
Real y especial
Localidad
ESTADO
CIVIL
Apellido Nombre dni
CONYUGE
DURACION
CARGO-
Kempe, Daniel Enrique 23.307.923 20-23307923-6 50 08.05.1973 Agricultor Urquiza Nº 422 -
Charata-Chaco-
Casado DNI. Nº 25.348.942
Giraudo, Rosalía
Marilín.
Indefinido
Gerente
Socio
Giraudo, Rosalía Mari- 25.348.942 27-25348942-7 50
lín.
25.10.1976 Comerciante Urquiza Nº 422-
Charata - Chaco
Casada DNI. Nº 23.307.923
Kempe, Daniel
Enrique
Indefinido
Gerente
Socia
Jaul Lee for
Okle
DITALARE S.R.L.
Danjel E. Kempe
SOCIO GERENTE
Se Goble
$\frac{2}{\sqrt{2}}$
$rac{\ln c}{\ln c}$ del C Naturaleza del
Aporte
EFECTIVO EFECTIVO
CAPITAL INTEGRADO del Saldo. No
de
Integración
integrado
Plazo
ARS.R.L
POSTERIOR A LA CESION. Porcentaje de
Integrado
Capital
100 100 Daniel E. Kempe
socio genente
S.R.L." de
Integrado
Capital
155.000 155.000 310.000 Ċ.
's tourk (soupe)
of film (so
No. of the Contract of
del Chacc
Porcentaje del Monto
Suscripto
Capital
50 50 00
SUSCRIPTO de
Suscripto
Capital
155.000 155.000 310.000
CAPITAL Valor Nominal Monto
C/Cuota
de
3100 3100
de
Suscriptas
Cuotas
Cantidad
50 50 100
E a defined to the state of the second to the definition of the second to the second to the second to the second to the conduction of $\frac{1}{2}$ and $\frac{1}{2}$ and $\frac{1}{2}$ and $\frac{1}{2}$ and $\frac{1}{2}$ and $\frac{1}{2}$ and $\$
dal Chaco
$\overline{de}$
Identidad
Documento
de
25.348.942 23.307.923
SOCIOS Apellido y Nombres GIRAUDO, ROSALIA MARILIN KEMPE, DANIEL ENRIQUE Totales

Página 1

"2022 - Año de la memoria en homenaje a trabajadores y trabajadoras esenciales y a fallecidos en contexto de la pandemia COVID 19" - Lay 3473-A Form. AT3127 AUTOLIQUIDACIÓN SELLOS/TASAS R.G. Nº: 1853 y sus Modif. $P/A.T.P.$ 127337089295792022060001338986020221025000000000010004168887

CALLAGE AVE AVE AND
$\lambda_{\rho}$ , $\overline{\lambda_{\rho}}$ ,
Razón Social
$V$ $R_{c, Q}$
ITALAR S.R.L.
C.U.I.T.
33708929579
Fecha de Confección
10/09/2022 10:00:07
Vencimiento
25/10/2022
AV BELGRANO 150
Perjodo: 202206 Liquidación Nº: 1
Art./Inciso: 16.30.c Cesión de cuotas de capital
0
N° Comprobante:
Monto:
Fecha Emisión: 07/06/2022
26.761.720,00
CY-BCO
Sellos:
Fojas: 3
CONCEPTO IMPORTE
133,808,60
90,00
Total a Pagar: 133.898,60
2

Son Pesos: CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO pesos con 60/100 ctvos.

Por Pago fuera de Término, la caja recaudadora actualizará el total a pagar.-

"2022 - Año de la memoria en homenaje a trabajadores y trabajadoras esenciales y a fallecidos en contexto de la pandemia COVID 19" - Ley 3473-A Form. AT3127
AUTOLIQUIDACIÓN SELLOS/TASAS R.G. Nº: 1853 y sus Modif.
127337089295792022060001338986020221025000000000010004168887
P/Contribuyente
Razón Social
ITALAR S.R.L.
AV. BELGRANO 150
C.U.I.T.
33708929579
Fecha de Confección 10/09/2022 10:00:07 Vencimiento
25/10/2022
Periodo: 202206 Liquidación Nº: 1 Art./Inciso: 16.30.c Cesión de cuotas de capital
0
Nº Comprobante:
Fecha Emisión: 07/06/2022 Monto: 26.761.720,00
nota del CONCEPTO IMPORTE
Sellos: \$ 133.808,60
Fojas: 3
Son Pesos: CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO pesos con 60/100 ctvos. Total a Pagar: \$ 90,00
133.898,60
Por Pago fuera de Término, la caja recaudadora actualizará el total a pagar.- $101 - 1112 - 11$ OBSOR OR STAND REAL and the book of the sea of

ITALAR S.R.L. - Redacción Artículo Primero - Posterior a la modificación -

"ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina "ITALAR S.R.L." y tiene su domicilio legal en cale Urquiza Nº $\sqrt[3]{42/2}$ , de la ciudad de Charata, Provincia del Chaco, pudiendo establecer agencias sucursales en cualquier lugar de la República Argentina o del extranjero"

ITALAR S.R.L. - Redacción Artículo Octavo - Posterior a la modificación -

d. y RCO

"ARTICULO OCTAVO: Dirección y Administración: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de ambos socios, Daniel Enrique Kempe y Rosalía Marilín Giraudo, quienes actuarán en calidad de gerentes, pudiendo ser removidos del cargo por la sola decisión de la mayoría absoluta del capital social, sin necesidad de que medie para ello justa causa y esa decisión no devengará derecho alguno de indemnización o contraprestación por el abandono del cargo, salvo que el tipo de remuneración pactado y la remoción reunieran condiciones de vinculación y desvinculación de una relación de dependencia sujeta a indemnizaciones previstas por ley. El uso de la firma social será ejercida por los socios en forma indistinta, debiendo serlo exclusivamente para fines sociales, quedando expresamente prohibido comprometer la firma social en avales o garantías a favor de terceros, excepto los socios. Será atribución del gerente: a) Adquirir el dominio de la nuda propiedad de toda clase de bienes muebles, inmuebles y/o semovientes, créditos, derechos, títulos y acciones y otros objetos y valores, ya sean en compra, permuta, cesión o por cualquier otro título o causa, con facultades para venderlos, hipotecarlos, prendarlos o de cualquier forma enajenarlos, disponerlos, transferirlos o gravarlos a título oneroso, pactando en todos los casos los precios, formas de pago, modalidades o condiciones o satisfaciendo o percibiendo los importes correspondientes, al contado o a crédito; b) Celebrar contratos de cualquier índole o causa, públicos o privados, pudiendo renovarlos, modificarlos o pagar o cobrar arriendos y otros derechos por tales conceptos; c) tomar dinero en préstamo en los bancos oficiales o particulares u otras instituciones de crédito con o sin garantías reales o personales, estableciendo o aceptando las formas de pago, intereses y demás condiciones contractuales, su registración, cancelación, reinscripción y demás actos accesorios a dichos contratos, actos u obligaciones; d) Realizar toda clase de operaciones bancarias o financieras, descontar, ceder, cobrar, enajenar y negociar de cualquier modo letras de cambio, pagarés, avales, giros, cheques, certificados u otras obligaciones o documentos públicos o privados y constituir depósitos de dinero y extraer total o parcialmente esos depósitos; girar en descubierto contra las cuentas corrientes bancarias de la razón social dentro de los créditos y autorizaciones, pudiendo firmar a dichos efectos, solicitudes, boletas, cheques, cauciones y toda clase de formularios, contratos y demás documentación bancaria o comercial que fuere necesario. Presentar y suscribir estados patrimoniales y de resultados, abrir y clausurar cuentas corrientes con o sin provisión de fondos o descubierto; e) Negociar sobre prendas, certificados, guías, cartas de porte, conocimiento o cualquier otra clase de documentos a efectos de comercio, dando, otorgando, aceptando o exigiendo garantías reales o avales personales, fianzas, etc.; f) Aceptar y efectuar concesiones, novaciones, remisiones o quitas de deudas; g) Aceptar consignaciones, depósitos, agencias, mandatos, representaciones, distribuciones, gestorías y gestiones de toda clase de negocios u operaciones; h) Registrar y protocolizar actos y contratos sujetos o no a esa formalidad, ratificar, rectificar o aclarar actos jurídicos y otorgar, aceptar y firmar los instrumentos públicos y/o privados que fueren necesarios para ejercer cualquiera de los actos mencionados o los que consideren útiles a los intereses sociales; i) Solicitar y obtener los permisos de importación y exportación, realizando los actos y gestiones vinculados con tal objeto; j) Comparecer en juicio, por sí o por medio de apoderados, entablando y contestando demandas o acciones de cualquier naturaleza, fuero o jurisdicción, efectuando incluso denuncias y querellas penales o criminales, declinar o prorrogar jurisdicción, comprometer en árbitros, transigir, prestar y exigir juramento, fianzas, cauciones y reconocer obligaciones; k) Practicar toda clase de gestiones de administración interponiendo las acciones y recursos que se requiera para cada caso y, en fin, realizar cuanto acto, gestión y diligencia sean necesarios para el mejor desempeño del mandato contemplado en la presente cláusula. Las atribuciones precedentes son meramente enunciativas y el gerente, en su carácter de presentante de la sociedad, podrá llevar a cabo todos los actos necesarios o convenientes para el logro de los fines sociales. Duración del mandato: indeterminado. Los gerentes titulares y suplentes deberán constituir una garantía conforme al artículo 256 y artículo 157 de la Ley de Sociedades Comerciales, a favor de la sociedad, por el plazo que duren sus mandatos, más el período de prescripción de las acciones individuales que pueda realizarse en su contra, no pudiendo ser ésta inferior a tres (3) años, luego de culminado el mismo. Esta garantía consiste en la suma de pesos diez mil (\$ 10.000) o la suma que establezca la normativa vigente, de acuerdo con lo dispuesto por el órgano de contralor, sumas de moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad, bonos títulos o en fianzas o avales bancarios o seguros de cauciono de responsabilidad civil a favor de la sociedad o la forma que lo establezca la autoridad de aplicación. El costo deberá ser soportado por los gerentes".

Resistencia, 11 de noviembre del 2022.

VISTO:

La Actuación Electrónica Nº E-3-2022-12136-AE, de esta Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, y

CONSIDERANDO:

Que por el mismo la firma ITALAR S.R.L. CUIT Nº 33-70892957-9, con domicilio en la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, solicita la INSCRIPCION de Cesión Cuotas, Cambio de Sede - Gerente - Modificación Contrato Social: clausula 1° y 8°;

Que por el Artículo Nº 3 de la Ley 6723 esta inspección es competente para entender en el ejercicio de las funciones conferidas al Registro Público de Comercio en el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina y en sus leyes complementarias;

Que analizada la viabilidad de la misma surge que cumplió con las exigencias de la normativa aplicable por éste Organismo; según informe favorable obrante en el presente expediente;

Que, en consecuencia, ésta Inspección General coincide con el informe

mencionado;

Por ello:

EL INSPECTOR GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO

RESUELVE:

Artículo 1º: INSCRIBIR en esta INSPECCION GENERAL DE PERSONAS JURIDICAS Y REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO, la Cesión Cuotas, Cambio de Sede - Gerente - Modificación Contrato Social: clausula 1° y 8° de la firma ITALAR S.R.L. CUIT Nº 33-70892957-9, con domicilio en calle Urquiza Nº 422 de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, atento a la documentación obrante a fs.2 a 8, 17, 19, 33, 35 y 37 del presente Expediente.

Artículo 2º: PROCÉDASE a su registro, protocolización y expedición de testimonio.

Artículo 3º: COMUNIQUESE y publíquese. Regístrese la presente Resolución. Cumplido, archivese.

Æ₫ C.P. Ana Melisa Vañek Aguirre Arc. Decidin, Reg. Theorem and the Commercial Insp. Grad. de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio

RESOLUCION Nº 1621

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