AI assistant
Inversora Juramento S.A. — Governance Information 2021
Jan 28, 2021
68533_rns_2021-01-28_114ad40f-1523-4758-98fb-daf9f1b31e04.pdf
Governance Information
Open in viewerOpens in your device viewer
Anexo a la Memoria
INFORME SOBRE CÓDIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO DE INVERSORA JURAMENTO S.A. (RESOLUCIÓN GENERAL Nº 516/07 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES)
Salta, 7 de diciembre de 2018
El Directorio de Inversora Juramento S.A. (la "Sociedad") emite el presente informe conforme a lo establecido por la resolución general Nº 516/07 (la "Resolución") de la Comisión Nacional de Valores ("CNV") sobre la obligación de las sociedades que hacen oferta pública de sus acciones de presentar un informe acerca del tratamiento que dan a las recomendaciones contenidas en dicha resolución. En cumplimiento de lo allí establecido, a continuación se describe la forma y/o grado de implementación de cada una de las recomendaciones, y en su caso, la razón o justificación de no haber implementado alguna de ellas, siguiendo el orden establecido en la Resolución.
I. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO.
1) Relación Emisora - Grupo Económico: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 Ley 17.811, el Directorio solicita la opinión del Comité de Auditoría para aquellas operaciones con partes relacionadas que resulten relevantes. En caso de que la Sociedad realizara operaciones con sus administradores, respetará lo dispuesto en el artículo 271 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.
2) Inclusión en Estatuto Societario: El Directorio de la Sociedad considera que su estatuto se adecua a las leyes vigentes y refleja las responsabilidades del mismo de forma suficiente. En este sentido, la Ley General de Sociedades N° 19.550 y el Decreto Nº 677/01 constituyen el marco jurídico de actuación para directores y gerentes, por tanto entendemos que su incorporación al estatuto social de la Sociedad nada agrega a su fuerza y observancia.
II. DEL DIRECTORIO EN GENERAL.
3) y 4) Responsable por la estrategia de la Compañía. Control de Gestión: El Directorio aprueba las políticas y estrategias generales de la Sociedad y, en particular, su de negocios, así como los objetivos de gestión, inversiones y financiación, a la vez que emite este informe sobre Código de Gobierno Societario. El Directorio con frecuencia, al menos trimestral, considera la marcha de la Sociedad.
5) Información y Control Interno. Gestión de Riesgos: El Directorio revisa las materias sensibles y los hechos relevantes en materia de gestión de riesgos y toma las decisiones oportunas. Funcionarios de la gerencia administrativa-financiera tienen a su cargo rutinas de verificación de los sistemas y procedimientos administrativos y de control interno. Por otra parte, los auditores externos hacen llegar a la sociedad sugerencias de mejoramiento del control interno.
6) Comité de Auditoría. El Comité de Auditoría está integrado por tres miembros, la mayoría de los cuales reviste la condición de independiente. Son designados por el Directorio por mayoría simple de sus integrantes y a proposición de cualquiera de sus integrantes. El Comité de Auditoría se encuentra presidido por un director independiente.
7) Cantidad de integrantes del Directorio. La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de cinco y un máximo de nueve con mandato por un ejercicio. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Actualmente la Sociedad cuenta con seis directores titulares y dos suplentes. En cumplimiento a lo requerido por el Dec. 677/01 en materia de directores independientes, a la fecha se cuenta con dos directores independientes titulares, y un director independiente suplente. Por todo ello, el Directorio entiende que lo establecido por el estatuto en relación al número de directores resulta adecuado para el nivel y características de su actividad. No obstante, conforme lo arriba comentado, la asamblea anual determina concretamente su número dentro del rango establecido por el estatuto.
8) Integración del Directorio. La Sociedad no tiene una política en relación a la integración del Directorio con ex-ejecutivos y por el momento no la estima necesaria.
9) Pertenencia a diversas sociedades. Los miembros del Directorio no cuentan con limitaciones para participar en el directorio de otras sociedades y considera que el hecho que sus directores y/o síndicos participen de otras sociedades resulta irrelevante para el cumplimiento de sus funciones y obligaciones. No obstante en el caso de tener algún conflicto de interés los directores tienen la obligación de denunciarlo conforme lo dispuesto en los artículos 272 y 273 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.
10) Evaluación de Desempeño del Directorio. La evaluación de la gestión del Directorio es función de los Accionistas según dispone la Ley General de Sociedades N° 19.550. Se entiende que ello resulta suficiente a los fines de la evaluación y control del directorio.
11) Capacitación y Desarrollo de Directores y Ejecutivos Gerenciales. Los Directores de la Sociedad se mantienen actualizados en temas vinculados a la política, economía, regulaciones y toda otra materia de relevancia que hagan a los negocios de la Sociedad. La Sociedad entiende que no resulta necesario incorporar actividades de capacitación adicionales.
III. INDEPENDENCIA DE LOS DIRECTORES.
12) Directores Independientes. Todos los directores son designados por la asamblea de accionistas, y sus antecedentes como así también su carácter de independiente (en su caso) es informado a los accionistas
en la asamblea y a la Comisión Nacional de Valores mediante la presentación de las declaraciones juradas requeridas. Por ello, la Sociedad considera que no es necesaria publicación adicional de su designación o de las razones que la motivaron.
13) Designación de Ejecutivos Gerenciales. Los ejecutivos gerenciales son designados en función de sus antecedentes profesionales y técnicos y su designación cuenta con aprobación del Gerente General. El Directorio entiende que no es necesario publicar los motivos de su nombramiento.
14) Proporción de Directores Independientes. La Sociedad no cuenta con una política en relación a la proporción de directores independientes. No obstante, en cumplimiento a lo dispuesto en el Dec. 677/01 en materia de directores independientes, el Reglamento del Comité de Auditoría establece que el mismo estará integrado por tres integrantes, debiendo la mayoría de ellos revestir el carácter de independientes. Por todo lo cual, el Directorio entiende que es razonable para su envergadura y no requiere modificación alguna.
15) Reuniones de Directores Independientes. La totalidad de los miembros titulares independientes de Directorio forman parte del Comité de Auditoría, el que se reúne regularmente para considerar los asuntos de su competencia. No existen impedimentos a que realicen reuniones por separado si lo estiman conveniente.
IV. RELACIÓN CON LOS ACCIONISTAS.
16) Información a los accionistas. La Sociedad pone a disposición de los accionistas con la antelación suficiente a las Asambleas respectivas, la documentación relativa a estados contables, informes del Comité de Auditoría y demás información prevista en el régimen de oferta pública, por lo cual no ha sido necesaria la promoción de reuniones informativas por el directorio.
17) Atención a Inquietudes y Consultas de los Accionistas. La Sociedad cuenta con un Responsable de Relaciones con el Mercado, el Sr. Francisco Müller Neto, a través de quien se canalizan las consultas e inquietudes de los accionistas e inversores. Asimismo, la Sociedad pública toda la información requerida por las normas aplicables y mantiene un sitio web con información general de la Compañía.
18) Participación de Accionistas Minoritarios en las Asambleas. La Sociedad entiende que con las publicaciones exigidas por las normas aplicables (a través del Boletín Oficial y un diario de gran circulación, así como su presentación ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y publicación en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores) la convocatoria a las asambleas adquiere amplia difusión y no es necesario tomar medidas adicionales.
19) Mercado de control. La Sociedad y sus accionistas se han pronunciado en relación a este punto en el artículo vigesimosexto del estatuto social el cual establece que la Sociedad es una "Sociedad adherida al Régimen Estatutario Optativo de Ofertas Públicas de Adquisición Obligatoria" con las excepciones establecidas en el Estatuto.
20) Política de Dividendos. La Sociedad no posee una política de dividendos. El Directorio establece la conveniencia, oportunidad y monto de distribución de dividendos así como, de corresponder, la capitalización de las utilidades del ejercicio, al realizar la propuesta anual de distribución de resultados.
V. RELACIÓN CON LA COMUNIDAD.
21) Comunicación vía Internet. La Sociedad cuenta con un sitio web de libre acceso (www.ijsa.com.ar) para suministrar información a los usuarios, el que incluye un link a la página oficial de la CNV donde se obtiene toda su información financiera.
22) Seguridad. El sitio contiene medidas de seguridad conforme a las prácticas habituales para empresas de similares características y envergadura.
VI. COMITÉS.
23) Presidencia del Comité de Auditoría por un Director Independiente. El Comité de Auditoría es quien designa a su Presidente y determina si es requisito que éste revista o no la condición de independiente. El Directorio procura y sugiere que el Comité esté siempre presidido por un miembro independiente, como sucede en la actualidad.
24) y 25) Rotación de Síndicos y Auditores Externos. Doble Carácter de Síndico y Auditor. La Sociedad no cuenta con políticas específicas en relación a la rotación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora y los Auditores Externos. Los miembros de la Comisión Fiscalizadora y los Auditores Externos designados son personas de reconocido prestigio. Con el cumplimiento de las normas legales aplicables se asegura la independencia e integridad de cada uno de ellos, por lo que el Directorio no advierte necesidad de cambios en este punto. La Sociedad entiende que para estas cuestiones, rige la disposición de la Resolución General 505/2007 de la Comisión Nacional de Valores lo que se considera una práctica razonable y suficiente.
26 a 28) Comités de Remuneraciones, de Nombramientos y Gobierno Societario. Política de no discriminación. El Directorio entiende que dada la envergadura y estructura de la Sociedad resulta innecesario crear Comités. Además, asume sus tareas permitiendo y asegurando la participación de todos sus integrantes. Asimismo, la designación de los integrantes del Directorio no se ve obstaculizada por ninguna forma de discriminación.
| Cumplimiento Informar (2) o Explicar (3) |
|
|---|---|
| Incumplimiento | |
| $Total(1)$ Parcial (1) | |
| PIO I. TRANSPARENTAR LA RELACION ENTRE LA EMISORA. EL GRUPO ECONÓMICO ONE ENCAREZA |
PRINCI Y/O INTEGRA Y SUS PARTES RELACIONADAS
Recomendación I.1: Garantizar la divulgación por parte del Órgano de Administración de políticas aplicables a la relación de la Emisora con el grupo económico que encabeza y/o integra y con sus partes relacionadas.
Responder si:
$\overline{\nu}$
والمر
| $\mathbf x$ | La Sociedad ha adoptado un procedimiento para | ||
|---|---|---|---|
| La Emisora cuenta | cumplimentar las disposiciones del Art. 72 de la Ley | ||
| con una norma o | 26.831, en lo que respecta al tratamiento por parte del | ||
| política interna de | Comité de Auditoria de las operaciones con partes | ||
| autorización de |
relacionadas de monto relevante. | ||
| transacciones entre | |||
| partes relacionadas | Este procedimiento contempla requerir al Comité de | ||
| conforme al artículo | Auditoria que se expida respecto las operaciones que | ||
| 73 de la Ley $N^{\circ}$ | cumplan las condiciones establecidas en la norma para | ||
| 17.811, operaciones | los actos o contratos de monto relevante. | ||
| celebradas con. |
|||
| accionistas у |
De acuerdo con lo establecido por las leyes (Ley General de | ||
| miembros del |
Sociedades Nº 19.550), regulaciones específicas aplicables | ||
| Organos de |
(Ley 26.831), las normas contables profesionales | ||
| Administración, | (Resolución Técnica Nº 21) y lo sugerido por las mejores | ||
| gerentes de primera | prácticas, la Sociedad informa sobre las operaciones con | ||
| línea y síndicos y/o | compañías afiliadas y vinculadas (subsidiarias), en notas | ||
| consejeros de |
a los estados contables. | ||
| vigilancia. en. el |
|||
| ámbito del grupo |
La información expuesta incluye las operaciones |
||
| económico que |
relevantes celebradas con los accionistas y los | ||
| encabeza $y/\circ$ |
administradores, en condiciones habituales de mercado. | ||
| integra. | |||
| Explicitar los |
|||
| principales | |||
| lineamientos de la |
|||
| política norma $\circ$ |
|||
| interna | |||
Recomendación I.2: Asegurar la existencia de mecanismos preventivos de conflictos de interés.
Responder si:
| Emisora tiene, La periuicio de la sin normativa vigente, claras políticas $\mathbf{v}$ procedimientos específicos de identificación, |
Valores. La Sociedad dispone de mecanismos preventivos de conflictos de interés que se basan en la Ley General de Sociedades N° 19.550(Art. 271, 272 y 273) y en la normativa vigente de la Comisión Nacional de |
|
|---|---|---|
| manejo y resolución de conflictos de. |
||
| interés que pudieran | ||
| surgir entre los |
||
| miembros del |
||
| Organo de |
| E ----- |
x | Si bien la Sociedad no tiene una norma específica sobre | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Responder si: | ||||||
| Recomendación I.3: Prevenir el uso indebido de información privilegiada. | ||||||
| de las mismas. | ||||||
| descripción de los aspectos relevantes |
||||||
| Hacer una |
||||||
| misma. | ||||||
| relacionadas la $\overline{a}$ |
||||||
| $\Omega$ con personas |
||||||
| relación la con Emisora |
||||||
| vigilancia ea su |
||||||
| línea y síndicos y/o consejeros de |
||||||
| gerentes de primera | ||||||
| Administración, |
| La Emisora cuenta, sin perjuicio de la normativa vigente, políticas con y mecanismos asequibles que previenen er uso indebido de información privilegiada por parte de los miembros del Órgano de Administración, gerentes de primera línea, síndicos y/o consejeros de vigilancia, accionistas controlantes o que ejercen una influencia |
el uso de información privilegiada, cumple en tiempo y forma con las normas establecidas por Ley de Mercado de Capitales y Comisión Nacional de Valores relacionadas al tratamiento y divulgación de hechos relevantes. En este sentido, el Directorio ha extremado los recaudos en el manejo de la información privilegiada y ha capacitado al personal clave respecto al debido uso de dicha información. |
|
|---|---|---|
| significativa, profesionales intervinientes V el de resto las personas enumeradas en los artículos 7 y 33 del Decreto Nº 677/01. |
||
| Hacer una descripción de los aspectos relevantes de las mismas. |
PRINCIPIO II. SENTAR LAS BASES PARA UNA SÓLIDA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA EMISORA
Recomendación II. 1: Garantizar que el Órgano de Administración asuma la administración y supervisión de la Emisora y su orientación estratégica.
Responder si el Organo de Administración aprueba:
$\overline{\phantom{a}}$ $\mathcal{C}^{\prime\prime}$
| II.1.1.1 el plan |
$\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | |||
|---|---|---|---|---|
| estratégico $\bullet$ de |
||||
| negocio, así como | ||||
| los objetivos de gestión |
||||
| у presupuestos |
||||
| anuales, | ||||
| II.1.1.2 la política de inversiones (en |
$\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | |||
| activos financieros y | ||||
| bienes en de |
||||
| capital), V de financiación, |
||||
| $II.1.1.3$ la política | X | |||
| de gobierno |
||||
| societario (cumplimiento |
||||
| Código de Gobierno | ||||
| Societario), | ||||
| $II.1.1.4$ la política | $\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | La Sociedad contrata | ||
| de selección, |
asesores externos para la. realización de tareas específicas referida estos |
|||
| evaluación y |
conceptos. | |||
| remuneración de los gerentes de primera |
||||
| línea, | ||||
| II.1.1.5 la política | X | |||
| de asignación de | ||||
| responsabilidades a | ||||
| los gerentes de primera línea, |
||||
| II.1.1.6 la |
$\overline{\mathbf{x}}$ | Dada la envergadura y estructura de la Sociedad | ||
| supervisión de los | resulta innecesario. | |||
| planes de sucesión de los gerentes de |
||||
| primera línea, | ||||
| II.1.1.7 la política | X | |||
| de responsabilidad social empresaria, |
||||
| II.1.1.8 las políticas | X | La Sociedad estableció políticas de riesgos operativos y | ||
| de gestión integral | de producción | |||
| de riesgos y de control interno, y de |
||||
| prevención de |
||||
| fraudes, | ||||
| $\mathsf X$ | ||||
| II.1.1.9 la política de capacitación y |
Directores Los. de la Sociedad mantienen se actualizados en temas vinculados a la política, |
|||
| entrenamiento | economía, regulaciones y toda otra materia de | |||
| continuo para miembros del |
relevancia que hagan a los negocios de la Sociedad. La | |||
| Órgano de | Sociedad entiende que no resulta necesario incorporar actividades de capacitación adicionales. |
|||
| Administración y de | ||||
| los gerentes de primera línea, |
||||
| De contar con estas | ||||
| políticas, hacer una | ||||
| deccrinción de los |
| principales aspectos | |||
|---|---|---|---|
| de las mismas. | |||
| II.1.2 De considerar | |||
| relevante. agregar |
|||
| otras políticas |
No aplicable | ||
| aplicadas por el |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración que |
|||
| han sido no |
|||
| mencionadas ٧ |
|||
| detallar los puntos | |||
| significativos. | |||
| II.1.3 | x | ||
| La Emisora cuenta con una |
La Sociedad cumple con las disposiciones establecidas | ||
| política tendiente a | por la Ley General de Sociedades N° 19.550, en lo | ||
| garantizar la |
que respecta al funcionamiento del Directorio como | ||
| disponibilidad de |
órgano societario. | ||
| información | |||
| relevante para la |
En cuanto a las reuniones de Directorio, en forma | ||
| toma de decisiones | previa a cada una de ellas se distribuye el temario entre | ||
| de su Órgano de | sus miembros y se acompaña la información / | ||
| Administración v |
documentación de respaldo que permita un adecuado | ||
| una vía de consulta | análisis. Asimismo, los miembros del Directorio tienen a | ||
| directa de las líneas | la Secretaría de Directorio, para evacuar las consultas que se generen. |
||
| gerenciales, de un | |||
| modo que resulte | |||
| simétrico para todos | |||
| miembros SUS. |
|||
| (ejecutivos, externos |
|||
| е independientes) por |
|||
| igual y con una |
|||
| antelación | |||
| suficiente, que |
|||
| permita el adecuado | |||
| análisis de su |
|||
| contenido. | |||
| Explicitar. | |||
| II.1.4 Los temas |
$\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | La Sociedad busca asesoría especializada en temas que | |
| sometidos а |
considera de riesgo relevante para la empresa. Tal | ||
| consideración del |
asesoría puede ser interna y/o externa | ||
| Órgano de |
|||
| Administración son |
|||
| acompañados por |
|||
| un análisis de los | |||
| riesgos asociados a | |||
| las decisiones que puedan |
|||
| ser adoptadas, teniendo |
|||
| en cuenta el nivel | |||
| de riesgo |
|||
| empresarial definido | |||
| como aceptable por | |||
| la Emisora. |
|||
| Explicitar | |||
| Recomendación II.2: Asegurar un efectivo Control de la Gestión empresaria. | |||
| Responder si el Organo de Administración verifica: | |||
| II.2.1 | X | ||
| el cumplimiento del |
|||
| presupuesto anual y | EI. Directorio controles lleva trimestrales de cumplimiento. |
||
| del plan de |
$\overline{\mathcal{L}}$
$\bar{\beta}$
$\mathcal{L}_{\mathcal{L}}$
| negocios, | |||
|---|---|---|---|
| II.2.2 el desempeño | X | ||
| de los gerentes de | El desempeño de los gerentes de primera línea y el | ||
| primera línea y su | cumplimiento de sus objetivos es evaluado en forma | ||
| cumplimiento de |
permanente. | ||
| los objetivos a ellos | |||
| fijados (el nivel de | El Directorio en su conjunto y los Directores en forma individual, a través de su participación en los diversos |
||
| utilidades previstas el de versus |
comités de la Sociedad, evalúan en forma permanente | ||
| utilidades logradas, | el desempeño de la gerencia. | ||
| calificación | |||
| financiera, calidad |
|||
| del reporte |
|||
| contable, cuota de | |||
| mercado, etc.). | |||
| Hacer una descripción de los |
|||
| aspectos relevantes | |||
| de la política de | |||
| Control de Gestión | |||
| ۱a۰ Emisora de |
|||
| detallando técnicas |
|||
| empleadas У frecuencia |
|||
| del monitoreo efectuado |
|||
| por el Órgano de | |||
| Administración | |||
| Recomendación II.3: Dar a conocer el proceso de evaluación del desempeño del Órgano de Administración y | |||
| su impacto. | |||
| Responder si: | |||
| II.3.1 Cada |
$\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | El directorio no cuenta con un reglamento para su | |
| miembro del Órgano | funcionamiento. Cada uno de los miembros del |
||
| Administración de |
Directorio cumple totalmente las disposiciones del |
||
| cumple con el |
estatuto social. | ||
| Estatuto Social y, en | |||
| su caso, con el |
|||
| Reglamento del funcionamiento del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración. | |||
| Detallar las |
|||
| principales | |||
| directrices del |
|||
| Reglamento. Indicar | |||
| el grado de cumplimiento del |
|||
| Estatuto Social $\mathbf{y}$ |
|||
| Reglamento. | |||
| II.3.2 El Órgano de | $\mathsf{x}$ | ||
| Administración | El Directorio expone los resultados de su gestión a | ||
| expone los resultados de SU |
través de la Memoria y Balance del Ejercicio, conforme | ||
| gestión teniendo en | lo establecido por el artículo 66 y 63 de la Ley General | ||
| cuenta los objetivos | de Sociedades N° 19.550, respectivamente. | ||
| fijados al inicio del | |||
| período, de modo | El presente informe complementa la exteriorización | ||
| tal que ios |
respecto el marco de gestión. | ||
| accionistas puedan evaluar el grado de |
Finalmente cabe destacar que la gestión de los |
| cumplimiento de |
|||
|---|---|---|---|
| tales objetivos, que | Directores, nunca ha sido observada o cuestionada por los accionistas. |
||
| contienen tanto |
|||
| aspectos financieros | |||
| como no |
|||
| financieros. | |||
| Adicionalmente, el |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración | |||
| presenta un |
|||
| diagnóstico acerca |
|||
| dei grado de |
|||
| cumplimiento de las | |||
| políticas | |||
| mencionadas en la | |||
| Recomendación II r ítems II.1.1.y II.1.2 |
|||
| Detallar los aspectos | |||
| principales de la |
|||
| evaluación de la |
|||
| Asamblea General |
|||
| de Accionistas sobre | |||
| el grado de |
|||
| cumplimiento por |
|||
| parte del Órgano de | |||
| Administración de |
|||
| los objetivos fijados | |||
| y de las políticas | |||
| mencionadas en la | |||
| Recomendación П, puntos II.1.1 |
|||
| y II.1.2, indicando la |
|||
| fecha de la |
|||
| Asamblea donde se | |||
| presentó dicha |
|||
| evaluación. | |||
$\omega_{\rm{max}}=2$
Recomendación II.4: Que el número de miembros externos e independientes constituyan una proporción
significativa en el Órgano de Administración.
Responder si:
a an an an a
بالمو $\sim$ $\sim$
i.
$\overline{\phantom{a}}$ $\overline{a}$
$\overline{\phantom{a}}$ $\overline{a}$
$\overline{a}$
$\mathcal{L}^{\text{max}}$
╭
$\sim$
$\overline{\phantom{a}}$
| II.4.1 La proporción de miembros ejecutivos, externos independientes e. éstos) ultimos definidos según la |
X | La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de cinco y un máximo de nueve con mandato por un ejercicio. La Asamblea puede designar suplentes en igual o menor número que los titulares por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. |
|
|---|---|---|---|
| normativa de esta Comisión) del Organo de Administración guarda relación con la i estructura de capital de la Emisora. Explicitar. |
Actualmente la Sociedad cuenta con seis directores titulares y dos suplentes. En cumplimiento a lo requerido por la normativa vigente en materia de directores independientes, a la fecha se cuenta con dos directores independientes titulares, y un director independiente suplente. Por todo ello, el Directorio entiende que lo establecido por el estatuto en relación al número de directores resulta adecuado para el nivel y características de su actividad. No obstante, conforme lo arriba comentado, la asamblea anual determina concretamente su número dentro del rango establecido por el estatuto. |
||
| II.4.2 Durante el año en curso, los accionistas |
X | No resulta necesario un acuerdo de los accionistas para mantener una porción de al menos el 20% de miembros independientes, atento a las normas citadas en el punto |
| acordaron a través | anterior. | |
|---|---|---|
| de una Asamblea | ||
| General una política | ||
| dirigida a mantener | La Sociedad cumple con la proporción indicada por | |
| cuanto del total de 6 miembros electos por la Asamblea | ||
| una proporción de al | para formar el Directorio, 2 de ellos han declarado su | |
| 20% de menos |
condición de independientes, por lo que la proporción | |
| miembros | alcanza el 33,33 % de los miembros. | |
| independientes | ||
| sobre el número |
La independencia de los miembros del Directorio no ha | |
| total de miembros | sido cuestionada. | |
| Órgano del de |
||
| Administración. | ||
| Hacer una |
||
| descripción de los | ||
| aspectos relevantes | ||
| de tal política y de | ||
| cualquier acuerdo |
||
| de accionistas que | ||
| permita comprender modo en el que |
||
| miembros del |
||
| Órgano de |
||
| Administración son |
||
| designados y por |
||
| cuánto tiempo. |
||
| Indicar si la |
||
| independencia de |
||
| los miembros del |
||
| Organo de |
||
| Administración fue |
||
| cuestionada durante | ||
| el transcurso del |
||
| año y si se han | ||
| producido | ||
| abstenciones por |
||
| conflictos de interés. | ||
Recomendación II.5: Comprometer a que existan normas y procedimientos inherentes a la selección y propuesta de miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea.
$\sim$
Responder si:
$\overline{a}$
$\mathcal{L}$
$\sim$
Ļ. j.,
| II.5.1 La Emisora cuenta con un. Comité de Nombramientos |
X | El Directorio entiende que dada la envergadura y estructura de la Sociedad resulta innecesario crear Comités. |
|---|---|---|
| II.5.1.1 integrado por al menos tres miembros del Órgano de de Administración, en mayoría SU independientes, |
Ver $II.5.1.$ | |
| II.5.1.2 presidido por un miembro independiente del Órgano de Administración, |
Ver II.5.1. | |
| II.5.1.3 que cuenta con miembros que acreditan suficiente idoneidad у |
Ver II.5.1. |
| experiencia en |
|||
|---|---|---|---|
| temas de políticas | |||
| de capital humano | |||
| Ver II.5.1 | |||
| II.5.1.4 que se |
|||
| reúna al menos dos | |||
| veces por año. | |||
| Ver II.5.1. | |||
| II.5.1.5 cuyas |
|||
| decisiones no son | |||
| necesariamente | |||
| vinculantes para la Asamblea General |
|||
| de Accionistas sino | |||
| de carácter |
|||
| consultivo en lo que | |||
| hace a la selección de los miembros del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración. | |||
| II.5.2 En caso de contar con un Comité de Nombramientos, el mismo: | |||
| II.5.2.1. verifica la | El Directorio entiende que dada la envergadura y estructura de la Sociedad resulta innecesario crear |
||
| revisión У evaluación anual de |
Comités. | ||
| reglamento su $\mathbf{y}$ |
|||
| sugiere al Órgano | |||
| Administración de modificaciones las |
|||
| para su aprobación, | |||
| II.5.2.2 propone el | Ver II.5.2.1 | ||
| desarrollo de |
|||
| criterios | |||
| (calificación, experiencia, |
|||
| reputación | |||
| profesional y ética, | |||
| otros) para la selección de nuevos |
|||
| miembros del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración y gerentes de primera |
|||
| línea, | |||
| II.5.2.3 identifica |
Ver II.5.2.1 | ||
| los candidatos a |
|||
| miembros del |
|||
| Órgano de Administración a ser |
|||
| propuestos por - el |
|||
| Comité a la |
|||
| Asamblea General |
|||
| de Accionistas, | |||
| Ver II.5.2.1 | |||
| II.5.2.4 Sudiere |
$\hat{A}^{(1)}$ and $\hat{A}^{(2)}$
| miembros del Organo de Administración que habrán de integrar los diferentes Comités del Órgano Administración de acorde a SUS antecedentes |
|||
|---|---|---|---|
| II.5.2.5 recomienda que el Presidente del Directorio no sea a su vez el Gerente General de la Emisora, |
Ver II.5.2.1 | ||
| II.5.2.6 asegura la disponibilidad de los curriculum vitaes de los miembros del Órgano de Administración y gerentes de la primera línea en la web de la Emisora, donde quede explicitada la duración de sus mandatos en el primer caso, |
Ver II.5.2.1 | ||
| II.5.2.7 constata la existencia de un plan de sucesión del Órgano de Administración y de gerentes de primera línea. |
Ver $II.5.2.1$ | ||
| II.5.3 De considerar relevante agregar políticas implementadas realizadas por el Comité de Nombramientos de la Emisora que no han. sido mencionadas en el punto anterior. |
No Aplicable Recomendación II.6: Evaluar la conveniencia de que miembros del Órgano de Administración y/o síndicos |
||
| y/o consejeros de vigilancia desempeñen funciones en diversas Emisoras. Responder si: |
|||
| La Emisora establece un límite a los miembros del Órgano de Administración y/o síndicos y/o |
x | El directorio considera apropiado no limitar la cantidad de sociedades en las cuales los directores y/o síndicos de la Sociedad desempeñen funciones como tales. Ello se fundamenta en la diversidad de conocimientos y la experiencia que dicho desempeño le otorga a los directores y/o síndicos. |
$\frac{1}{2}$
∽
$\ddot{\phantom{1}}$ $\overline{ }$
$\overline{a}$
Į. J.
$\lambda$
$\overline{a}$ $\rightarrow$
$\overline{a}$ $\sim$
$\overline{\phantom{a}}$
þ.
j.
$\overline{\phantom{a}}$ $\mathcal{L}^{\mathcal{A}}$ $\overline{\phantom{a}}$ حسر $\overline{\phantom{a}}$
$\overline{\phantom{m}}$
$\overline{a}$ $\overline{\phantom{a}}$ $\overline{\phantom{a}}$
| consejeros de |
||
|---|---|---|
| vigilancia para que | Esta definición está contemplada en la Política de | |
| desempeñen | Gobierno Societario aprobada por el Directorio. | |
| funciones en otras | ||
| entidades que no |
||
| del sean grupo |
||
| económico, que |
||
| encabeza y/o |
||
| integra la Emisora. | ||
| Especificar dicho |
||
| límite y detallar si | ||
| en el transcurso del | ||
| año se verificó | ||
| alguna violación a | ||
| tal límite. | ||
Recomendación II.7: Asegurar la Capacitación y Desarrollo de miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea de la Emisora.
Responder si:
$\overline{a}$ $\overline{a}$ $\overline{\phantom{a}}$ j.
$\sim$ $\sim$ $\overline{\phantom{a}}$ $\overline{a}$ $\overline{\phantom{a}}$
$\overline{\phantom{a}}$
$\overline{a}$
$\overline{\phantom{1}}$
$\overline{\phantom{1}}$ $\sum_{i=1}^{n}$ $\subset,$ $\overline{\mathcal{C}}$ $\subset,$
$\subset$ $\overline{\phantom{m}}$ $\overbrace{\phantom{1}}$ $\hat{\mathcal{L}}$ $\subset$ $\overline{\phantom{a}}$ أينتهم $\subset$ , $\subset$ $\subset$ $\overbrace{\phantom{a}}^{\phantom{a}}$ $\cap$ $\subset$ $\overline{a}$ $\overline{\phantom{a}}$
$\widehat{\mathbb{C}}$ $\overline{\bigcap}$ $\rightarrow$ $\overline{\phantom{a}}$ $\sim$ $\hat{C}$ $\overline{a}$
$\begin{pmatrix} 1 & 1 \ 1 & 1 \end{pmatrix}$
$\overline{a}$
| X | |||
|---|---|---|---|
| II.7.1 La Emisora |
Directores Los Sociedad de la |
||
| cuenta con |
mantienen se |
||
| Programas de |
actualizados en temas vinculados política, а la |
||
| economía, regulaciones y toda otra materia de |
|||
| Capacitación | relevancia que hagan a los negocios de la Sociedad. La | ||
| continua vinculado a | Sociedad entiende que no resulta necesario incorporar | ||
| necesidades las. |
actividades de capacitación adicionales. | ||
| existentes de la |
|||
| Emisora para los |
|||
| miembros del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración v |
|||
| gerentes de primera | |||
| línea, que incluyen | |||
| temas acerca de su | |||
| rol y |
|||
| responsabilidades, | |||
| la gestión integral | |||
| de riesgos |
|||
| empresariales, | |||
| conocimientos | |||
| específicos del |
|||
| negocio sus y |
|||
| regulaciones, la |
|||
| dinámica de la |
|||
| gobernanza de |
|||
| empresas y temas | |||
| de responsabilidad | |||
| social empresaria. |
|||
| En el caso de los | |||
| miembros del |
|||
| Comité de Auditoria. | |||
| contables normas |
|||
| internacionales, de |
|||
| auditoría de v |
|||
| control interno y de | |||
| regulaciones | |||
| específicas del |
|||
| mercado de |
|||
| capitales. | |||
| Describir los |
|||
| programas que -se |
|||
| llevaron a cabo en |
| el transcurso del | |
|---|---|
| año y su grado de cumplimiento. |
|
| II.7.2 La Emisora | |
| incentiva, por otros | |
| medios no mencionadas en |
|
| II.7.1, $\mathsf{a}$ los |
|
| $\subset$ | miembros de Órgano de |
| Administración у gerentes de primera |
|
| línea mantener una | |
| capacitación permanente que |
|
| complemente SU |
|
| nivel de formación de manera que |
|
| agregue valor a la Emisora. Indicar de |
|
| qué modo lo hace. | |
| Light and the second second na lab PRINCIPIO III. AV |
|
| DIVULGACIÓN DEL F |
|
| Recomendación III: | |
| empresarial y monit | |
| Responder si: | |
| III.1 La Emisora | |
| cuenta con políticas de gestión integral |
|
| Č | de riesgos |
| empresariales (de cumplimiento de los |
|
| objetivos estratégicos, |
|
| operativos, | |
| financieros, de reporte contable, de |
|
| leyes y regulaciones, otros). |
|
| Hacer una |
|
| descripción de los más aspectos |
|
| relevantes de las mismas. |
|
| III.2 Existe un |
|
| Comité de Gestión de Riesgos en el |
|
| seno del Órgano de | |
| Administración o de la Gerencia General. |
|
| Informar sobre la |
|
| existencia de manuales de |
|
| procedimientos у detallar los |
|
| principales factores | |
| de riesgos que son | |
$\big($
| uansuusu o y su grado de mplimiento. |
|||
|---|---|---|---|
| 7.2 La Emisora entiva, por otros: edios no encionadas en 7.1, los a embros de de gano Iministración у rentes de primera ea mantener una pacitación rmanente que mplemente su rel de formación manera aue regue valor a la nisora. Indicar de é modo lo hace. |
Ver II.7.1. | ||
| VULGACIÓN DEL RIESGO EMPRESARIAL | XINCIPIO III. AVALAR UNA EFECTIVA POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN, ADMINISTRACIÓN Y | ||
| esponder si: | npresarial y monitorea su adecuada implementación. | ecomendación III: El Órgano de Administración debe contar con una política de gestión integral del riesgo | |
| $\cdot$ 1 La Emisora enta con políticas gestión integral riesgos npresariales (de mplimiento de los jetivos tratégicos, erativos, ancieros, de |
x | verificación de los auditores externos |
El Directorio aprueba las políticas y estrategias generales de la Sociedad y, en particular, su de negocios, así como los objetivos de gestión, inversiones y financiación. El Directorio revisa las materias sensibles y los hechos relevantes en materia de gestión de riesgos y toma las decisiones oportunas. Funcionarios de la gerencia administrativa-financiera tienen a su cargo rutinas de sistemas y procedimientos administrativos y de control interno. Por otra parte, los hacen llegar a la. sociedad |
Ver $\overline{III.1}$
sugerencias de mejoramiento del control interno.
| específicos para la Emisora $\circ$ SU actividad Y. las acciones de mitigación implementadas. De no contar con dicho Comité, corresponderá describir el papel de supervisión desempeñado por el Comité de Auditoría en referencia a la |
||||
|---|---|---|---|---|
| gestión de riesgos. Asimismo, especificar el grado de interacción entre Órgano el de Administración o de sus Comités con la Gerencia General de Emisora la. en |
||||
| materia de gestión integral de riesgos empresariales. |
||||
| III.3 Hay una función independiente dentro de la. Gerencia General de Emisora la que implementa las políticas de gestión integral de riesgos (función de Oficial Gestión de de Riesgo $\circ$ equivalente). Especificar. |
Ver $III.1.$ | |||
| III.4 Las políticas de gestión integral de riesgos son actualizadas permanentemente conforme $\ddot{\mathbf{a}}$ las recomendaciones y metodologías reconocidas en la materia. Indicar cuáles (Enterprise Risk Management, de acuerdo al marco conceptual de COSO Committee $\mathsf{of}$ sponsoring organizations of the Treadway |
Ver $\overline{\text{III.1}}$ . | |||
| Commission $-$ , ISO 31000, norma IRAM 17551, sección 404 de la Sarbanes- |
$\sim$
$\tilde{z}$
$\hat{\zeta}$ $\widehat{\mathbb{C}}$ ~
$\overline{a}$
$\hat{\zeta}$
$\bigcap$
| Oxley Act, otras). | |||
|---|---|---|---|
| III.5 El Órgano de | Ver III.1. | ||
| Administración | |||
| comunica sobre los | |||
| resultados de la |
|||
| supervision de la |
|||
| gestión de riesgos | |||
| realizada | |||
| conjuntamente con | |||
| la Gerencia General | |||
| los estados en. |
|||
| financieros y en la | |||
| Memoria anual. |
|||
| Especificar los |
|||
| principales puntos | |||
| de las exposiciones | |||
| realizadas. | |||
| "PRINCIPIO IV. SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LA INFORMACION FINANCIERA CON AUDITORIAS | |||
| INDEPENDIENTES. | |||
Recomendación IV: Garantizar la independencia y transparencia de las funciones que le son encomendadas
al Comité de Auditoría y al Auditor Externo.
$\mathcal{L}(\mathcal{A})$
Responder si:
AC ARA
$\overline{a}$
$\overline{a}$
| IV.1. El Órgano de | $\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | ||
|---|---|---|---|
| Administración al elegir a los integrantes del Comité de Auditoría teniendo en cuenta que la mayoría debe revestir el carácter de independiente, evalúa la conveniencia de que sea presidido por un miembro independiente. |
El Comité de Auditoría de la Sociedad está integrado por tres directores titulares y uno suplente. Dos de los directores titulares y el director suplente revisten el carácter de independientes de acuerdo con las normas de la CNV. El Comité de Auditoría es quien designa a su Presidente y determina si es requisito que éste revista o no la condición de independiente. El Directorio procura y sugiere que el Comité esté siempre presidido por un miembro independiente, como sucede en la actualidad. |
||
| IV.2 Existe una función de auditoría interna que reporta all Comité de Auditoría al $\Omega$ Presidente del Órgano de Administración Y que es responsable de la evaluación del sistema de control interno. |
$\mathsf{x}$ | Dada la envergadura y estructura de la Sociedad, la misma considera innecesario contar con auditorías internas. El Directorio revisa las materias sensibles y los hechos relevantes en materia de gestión de riesgos y toma las decisiones oportunas. Funcionarios de la gerencia administrativa-financiera tienen a su cargo rutinas de verificación de `los sistemas $\mathbf{V}$ procedimientos administrativos y de control interno. Por otra parte, los auditores externos hacen llegar a la sociedad sugerencias de mejoramiento del control interno. |
|
| Indicar si el Comité de Auditoría o el Organo de Administración hace evaluación una anual sobre el desempeño del área de auditoría interna |
| grado el de У. |
|||
|---|---|---|---|
| independencia de su | |||
| labor profesional, |
|||
| entendiéndose por |
|||
| tal los que |
|||
| profesionales a |
|||
| cargo de tal función | |||
| son independientes | |||
| de las restantes |
|||
| áreas operativas y | |||
| además cumplen |
|||
| con requisitos de | |||
| independencia | |||
| respecto a los |
|||
| accionistas de. |
|||
| control o entidades | |||
| relacionadas que |
|||
| influencia ejerzan |
|||
| significativa en la | |||
| Emisora. | |||
| Especificar, | |||
| asimismo, si la. |
|||
| función de auditoría | |||
| interna realiza su | |||
| trabajo de acuerdo a | |||
| las normas |
|||
| internacionales para | |||
| el ejercicio |
|||
| profesional de la |
|||
| auditoría interna |
|||
| emitidas por el |
|||
| Institute of Internal | |||
| Auditors (IIA). | |||
| IV.3 Los integrantes | X | La Sociedad no cuenta con políticas específicas respecto | |
| del Comité de |
de la designación de Auditores Externos, no obstante la | ||
| Auditoría hacen una | empresa se asegura la independencia e integridad de cada | ||
| evaluación anual de | uno de ellos buscando además profesionales de reconocido | ||
| la idoneidad, |
prestigio en el medio. | ||
| independencia Y |
|||
| desempeño de los | |||
| Auditores Externos, | |||
| designados por la |
|||
| Asamblea de |
|||
| Accionistas | |||
| Describir los |
|||
| aspectos relevantes | |||
| de los |
|||
| procedimientos | |||
| empleados para |
|||
| realizar la. |
|||
| evaluación | |||
| x | |||
| IV.4 La Emisora |
|||
| cuenta con una |
La Sociedad cumple con las nuevas normas de la CNV en la materia. |
||
| política referida a la | |||
| rotación de los |
|||
| miembros de la. |
|||
| Comisión | |||
| Fiscalizadora y/o del | |||
| Auditor Externo; y a | |||
| propósito del último, | |||
| si la rotación incluye | |||
| la firma de а auditoría externa o |
$\sim$
$\sim$ .
| únicamente a los |
|||
|---|---|---|---|
| sujetos físicos. | |||
| PRINCIPIO V. RESPETAR LOS DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS | |||
| Recomendación V.1: Asegurar que los accionistas tengan acceso a la información de la Emisora. | |||
| Responder si: | X | ||
| V.1.1 El Órgano de Administración promueve reuniones informativas periódicas con los accionistas coincidiendo con la presentación de los estados financieros |
La Sociedad pone a disposición de los accionistas con la antelación suficiente a las Asambleas respectivas, la documentación relativa a estados contables, informes del Comité de Auditoría y demás información prevista en el régimen de oferta pública, por lo cual no ha sido necesaria la promoción de reuniones informativas por el directorio. |
||
| intermedios. Explicitar indicando cantidad la. V. frecuencia de las reuniones realizadas |
|||
| en el transcurso del año. |
|||
| V.1.2 La Emisora cuenta con mecanismos de información a inversores y con un área especializada para la atención de sus consultas. Adicionalmente cuenta con un sitio web que puedan acceder los accionistas y otros inversores, y que permita un canal de acceso para que puedan establecer contacto entre sí. Detallar. |
$\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | La Sociedad cuenta con un Responsable de Relaciones con el Mercado, a través de quien se canalizan las consultas e inquietudes de los accionistas e inversores. Asimismo, la Sociedad pública toda la información requerida por las normas aplicables y mantiene un sitio web con información general de la Sociedad. Dada la estructura accionaria de la Sociedad y el conocimiento que tienen sus principales accionistas entre si, no se estima necesario establecer canales de acceso para que puedan contactarse entre sí. |
|
| Recomendación V.2: Promover la participación activa de todos los accionistas. | |||
| Responder si: | x | ||
| V.2.1 El Órgano de Administración adopta medidas para promover - la participación de todos los accionistas |
La Sociedad considera muy importante promover y fomentar la asistencia y participación activa de los accionistas minoritarios en las asambleas. El Directorio vela permanentemente por el respeto de los derechos de todos los accionistas. |
||
| en las Asambleas Generales de Accionistas. Explicitar, diferenciando las medidas exigidas por ley de las ofrecidas voluntariamente por |
La Sociedad entiende que con las publicaciones exigidas por las normas aplicables (a través del Boletín Oficial y un diario de gran circulación, así como su presentación ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y publicación en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores) la convocatoria a las asambleas adquiere amplia difusión y no es necesario tomar medidas adicionales. |
$\subset$
| la Emisora a sus accionistas. |
No existen limitaciones de ningún tipo que restrinjan la participación de dichos accionistas, encontrándose sus derechos asegurados legal y estatutariamente. |
||
|---|---|---|---|
| V.2.2 2 La Asamblea General de |
X. | Las disposiciones de la Ley General de Sociedades N° | |
| Accionistas cuenta con un Reglamento para su funcionamiento que |
19.550 aseguran que la información y documentación para la toma de decisiones por parte de la asamblea esté disponible para los accionistas con la suficiente antelación. |
||
| asegura que la información esté disponible para los accionistas, con |
|||
| suficiente antelación para la toma de decisiones. Describir los principales |
|||
| lineamientos del mismo. |
X. | ||
| V.2.3 Resultan aplicables los mecanismos implementados por la Emisora a fin que los: accionistas |
La Sociedad cumple con los mecanismos establecidos por la Ley General de Sociedades N° 19.550y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, a fin de que los accionistas minoritarios propongan asuntos para debatir en la Asamblea General de Accionistas. |
||
| minoritarios propongan asuntos para debatir en la Asamblea General de Accionistas de |
|||
| conformidad con lo previsto en la normativa vigente. Explicitar los resultados. |
|||
| V.2.4 La Emisora cuenta con políticas de estímulo a la participación de accionistas de mayor relevancia, tales como los |
X | La Sociedad cumple con la normativa aplicable $\overline{y}$ , en virtud de ello, brinda un tratamiento igualitario a todos los accionistas. |
|
| inversores institucionales. Especificar. |
|||
| V.2.5 En las Asambleas de Accionistas donde se proponen designaciones de |
X | Se ha definido que en las Asambleas se hagan estas manifestaciones aspecto que se comunica a los accionistas en la convocatoria. |
|
| miembros del Órgano de Administración se dan a conocer, con carácter previo a la |
|||
| votación: (i) la postura de cada uno |
$\hat{\mathcal{A}}$
| candidatos de los |
||||
|---|---|---|---|---|
| respecto de la |
||||
| adopción o no de un l | ||||
| Código de Gobierno | ||||
| Societario; y (ii) los |
||||
| fundamentos de |
||||
| dicha postura. | ||||
F,
Recomendación V.3: Garantizar el principio de igualdad entre acción y voto.
Responder si:
$\sim$
ومرز $\mathcal{P}^{\mathrm{max}}$
$\overline{a}$
J.
$\overline{a}$
$\overline{a}$
| La Emisora cuenta | $\boldsymbol{\mathsf{x}}$ | Según el Art. 216 de la Ley General de Sociedades N° | |
|---|---|---|---|
| con una política que | 19.550. no pueden emitirse acciones de voto |
||
| promueva el |
privilegiado después que la sociedad haya sido | ||
| principio de igualdad | autorizada a hacer oferta pública de sus acciones. | ||
| entre acción y voto. | |||
| Indicar cómo ha ido | Por lo tanto, actualmente la Sociedad no puede emitir | ||
| cambiando la |
acciones con voto plural. | ||
| composición de |
|||
| acciones en. |
|||
| circulación por clase | |||
| en los últimos tres | |||
| años. | |||
Recomendación V.4: Establecer mecanismos de protección de todos los accionistas frente a las tomas de control.
Responder si:
| La Emisora adhiere $ X $ | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| al régimen de oferta | La Sociedad se encuentra sujeta a la ley 26.831 y las | ||||
| pública de |
nuevas normas de la CNV. | ||||
| adquisición | |||||
| obligatoria. Caso |
|||||
| contrario, explicitar | |||||
| si existen otros |
|||||
| mecanismos | |||||
| alternativos, | |||||
| previstos | |||||
| estatutariamente, | |||||
| como el tag along u | |||||
| otros. | |||||
Recomendación V.5: Incrementar el porcentaje acciones en circulación sobre el capital.
Responder si:
| La Emisora cuenta con una dispersión accionaria de - al menos 20 por ciento para sus acciones ordinarias. Caso |
X | El índice de dispersión accionaria de la Sociedad es inferior al 20 % indicado como buena práctica. La Sociedad no cuenta con una política para aumentar su dispersión accionaria en el mercado. Tres años comparativos: |
||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| contrario, la Emisora | ||||||
| cuenta con una política para |
Flotante | Grupo Control | ||||
| aumentar | 30/09/2017 | $9.8\%$ | 90,20% | |||
| SU | ||||||
| dispersión accionaria | 30/09/2018 | 9.12% | 90,88% | |||
| en el mercado. | 30/09/2019 | 9.12% | 90.88% |
| Indicar cuál es el | |||
|---|---|---|---|
| porcentaje de la | |||
| dispersión accionaria | |||
| como porcentaje del | |||
| capital social de la | |||
| Emisora y cómo ha | |||
| variado en. el |
|||
| transcurso de los | |||
| últimos tres años. |
Responder si:
J.
| V.6.1 La Emisora | X | La Sociedad no posee una política de dividendos. El | |
|---|---|---|---|
| cuenta con una |
Directorio establece la conveniencia, oportunidad y | ||
| política de |
monto de distribución de dividendos así como, de | ||
| distribución de |
corresponder, la capitalización de las utilidades del | ||
| dividendos prevista | |||
| en el Estatuto Social | ejercicio, al realizar la propuesta anual de distribución de resultados. |
||
| y aprobada por la | |||
| Asamblea de |
|||
| Accionistas en las | |||
| que se establece las | |||
| condiciones para |
|||
| distribuir dividendos | |||
| efectivo en o |
|||
| acciones. De existir | |||
| la misma, indicar | |||
| criterios, frecuencia | |||
| y condiciones que | |||
| deben cumplirse |
|||
| para el pago de | |||
| dividendos. | |||
| V.6.2 La Emisora |
|||
| cuenta con procesos | |||
| documentados para | x | La sociedad no posee política de dividendos. El directorio | |
| la elaboración de la | establece la conveniencia, oportunidad y monto de | ||
| distribución de dividendos así como, de corresponder, la | |||
| propuesta de destino |
capitalización de las utilidades del ejercicio, al realizar la | ||
| de | propuesta anual de distribución de resultados. | ||
| resultados acumulados de |
|||
| - la | |||
| Emisora que deriven | |||
| en constitución de | |||
| reservas legales, |
|||
| estatutarias, | |||
| voluntarias, pase a | |||
| nuevo ejercicio y/o | |||
| pago de dividendos. | |||
| Explicitar dichos |
|||
| procesos y detallar | |||
| en que Acta de |
|||
| Asamblea General |
|||
| de Accionistas fue | |||
| aprobada la |
|||
| distribución (en |
|||
| efectivo o acciones) | |||
| o no de dividendos, | |||
| de no estar previsto | |||
| el en Estatuto |
|||
| Social. | |||
| PRINCIPIO VI MANTENER UN VÍNCULO DIRECTO Y RESPONSABLE CON LA COMUNIDAD | |||
de la comendación VI: Suministrar a la comunidad la revelación de las cuestiones relativas a la Emisora y un canal de comunicación directo con la empresa.
$\Delta \sim 10^6$
Responder si:
$\overline{a}$
| VI.1 La Emisora cuenta con un sitio web de acceso público, actualizado, que no solo suministre |
$\mathsf{x}$ | La Sociedad cuenta con un sitio web de libre acceso (www.ijsa.com.ar) para suministrar información a los usuarios, el que incluye un link a la página oficial de la CNV donde se obtiene toda su información financiera. |
|
|---|---|---|---|
| información relevante de la empresa (Estatuto Social, grupo económico, |
|||
| composición del Órgano de Administración, |
|||
| estados financieros, Memoria anual, entre otros) sino |
|||
| que también recoja inquietudes de usuarios en general. |
|||
| VI.2 La Emisora emite un Balance de Responsabilidad |
$\mathbf x$ | La sociedad inició un programa de Responsabilidad Social. No se emite balance. |
|
| Social y Ambiental con frecuencia anual, con una |
|||
| verificación de un Auditor Externo independiente. De existir, indicar el |
|||
| alcance o cobertura jurídica o geográfica del mismo y dónde está disponible. |
|||
| Especificar que normas o iniciativas han adoptado para llevar a |
|||
| cabo su política de responsabilidad social empresaria |
|||
| (Global Reporting Iniciative y/o el Pacto Global de Naciones Unidas, |
|||
| ISO. 26.000, SA8000, Objetivos de Desarrollo del Milenio. SGE $21 -$ |
|||
| Foretica, AA 1000, Principios de Ecuador, entre otras) |
|||
| PRINCIPIO VII REMUNERAR DE FORMA JUSTA Y RESPONSABLE |
Recomendación VII: Establecer claras políticas de remuneración de los miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea, con especial atención a la consagración de limitaciones convencionales o estatutarias en función de la existencia o inexistencia de ganancias.
$\frac{1}{\sqrt{2}}$
Responder si:
| VII.1 | |||
|---|---|---|---|
| La Emisora | $\overline{\mathsf{x}}$ | El Directorio entiende que dada la envergadura y | |
| cuenta con un |
estructura de la Sociedad resulta innecesario crear | ||
| Comité de |
Comites. | ||
| Remuneraciones | |||
| VII.1.1 integrado |
|||
| Ver VII.1 | |||
| por al menos tres | |||
| miembros del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración, en |
|||
| SU 2 mayoría |
|||
| independientes, | |||
| VII.1.2 presidido por | |||
| Ver $VII.1$ | |||
| un miembro |
|||
| independiente del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración, | $\Gamma_{\rm eff}$ | ||
| VII.1.3 que cuenta | Ver VII.1 | $\sim$ $\sim$ | |
| con miembros que | |||
| acreditan suficiente | |||
| idoneidad y |
|||
| experiencia en |
|||
| temas de políticas | |||
| de recursos |
|||
| humanos, | |||
| VII.1.4 que se reúna | Ver VII.1 | ||
| al menos dos veces | |||
| por año. | |||
| VII.1.5 cuyas |
Ver VII.1 | ||
| decisiones no son | |||
| necesariamente | |||
| vinculantes para la | |||
| Asamblea | |||
| General | |||
| de Accionistas ni |
|||
| para el Consejo de | |||
| Vigilancia sino de | |||
| carácter consultivo | |||
| en lo que hace a la | |||
| remuneración de los | |||
| miembros del |
|||
| Órgano de |
|||
| Administración. | |||
| VII.2 En caso de | Ver VII.1 | ||
| contar con |
|||
| un. Comité |
|||
| de | |||
| Remuneraciones, el | |||
| mismo: | |||
| VII.2.1 asegura que | $\overline{\text{Ver VII.1}}$ | ||
| exista una clara | |||
| relación entre el | |||
| desempeño del |
|||
| personal clave y su | |||
| remuneración fija y | |||
$\overline{\phantom{a}}$ $\hat{z}$ J. $\sum_{i=1}^{n}$ þ.
$\frac{1}{\sqrt{2}}$ $\overline{\phantom{0}}$
$\label{eq:2} \frac{1}{\sqrt{2}}\int_{\mathbb{R}^{2}}\left|\frac{d\mathbf{r}}{d\mathbf{r}}\right|^{2}d\mathbf{r}=\frac{1}{2}\int_{\mathbb{R}^{2}}\left|\frac{d\mathbf{r}}{d\mathbf{r}}\right|^{2}d\mathbf{r}.$
| variable, teniendo cuenta en los riesgos asumidos y su administración, |
|||
|---|---|---|---|
| VII.2.2 supervisa porción la que variable de - la remuneración de miembros del Órgano de Administración y. gerentes de primera línea se vincule con el rendimiento a mediano y/o largo plazo de la Emisora, |
Ver VII.1 | ||
| VII.2.3 revisa la posición competitiva de las políticas y prácticas de la Emisora con respecto a remuneraciones y. beneficios de empresas comparables, y recomienda $\circ$ no cambios, |
$\overline{\text{Ver VII.1}}$ | ||
| VII.2.4 define $\mathbf{y}$ comunica la política retención, de promoción, despido y suspensión de personal clave, |
Ver VII.1 | ||
| VII.2.5 informa las pautas para determinar los planes de retiro de los miembros del Órgano de Administración y. gerentes de primera línea de la Emisora, |
Ver VII.1 | ||
| VII.2.6 da cuenta regularmente al Órgano de Administración y a Asamblea la. de Accionistas sobre las acciones emprendidas y los temas analizados en sus reuniones, |
Ver VII.1 | ||
| VII.2.7 garantiza la presencia del |
Ver VII.1 |
$\hat{\mathcal{A}}$
$\hat{\mathcal{L}}$
$\hat{\mathcal{L}}$
$\epsilon$
$\mathcal{F}(\mathcal{A})$
$\mathcal{L}_{\mathcal{L}}$
| Presidente d |
|---|
| Comité d Remuneraciones e |
| la Asamblea Genera |
| de Accionistas qu |
| aprueba la |
| remuneraciones ć Órgano d |
| Administración par |
| $\overline{\phantom{0}}$ que explique |
| política $\mathbf{I}$ , de Emisora, CO |
| respecto a $\mathbf l$ |
| retribución de lo miembros |
| d Órgano d |
| Administración |
| gerentes de primer línea. |
| VII.3 De considera |
| relevante menciona las política |
| aplicadas por e |
| Comité d |
| Remuneraciones d la Emisora que n |
| han sid |
| mencionadas en e punto anterior. |
| VII.4 En caso de no contar con uı |
| Comité d |
| Remuneraciones, |
| explicar como la funciones descripta |
| VII. $\overline{2}$ SOI еп |
| realizadas dentro de |
| seno del propio Organo d) |
| Administración. |
| TANK OF THE REAL |
| PRINCIPIO VITTEE |
| e de c arto |
| Recomendación VI |
| Responder si: |
| VIII.1 La Emisora |
| cuenta con a ur Código de Conducta |
| Empresaria. Indica |
| principales |
| lineamientos y si es de conocimiento |
| para todo público |
| Dicho Código es |
| firmado por a menos los miembros |
| esidente del mité. de emuneraciones en Asamblea General Accionistas que |
||||
|---|---|---|---|---|
| rueba las muneraciones al gano de iministración para le explique |
||||
| la. lítica de la. nisora, con specto la la a tribución de los |
||||
| iembros del gano de Iministración $\mathbf{y}$ rentes de primera ea. |
||||
| I.3 De considerar levante mencionar políticas S. licadas por el mité de muneraciones de Emisora que no n. sido encionadas en el nto anterior. |
Ver $VII.1$ | |||
| I.4 En caso de no ntar con un mité de muneraciones, plicar como las nciones descriptas VII. $\overline{2}$ son alizadas dentro del |
Ver VII.1 | |||
| no del propio gano de ministración. |
||||
| UNCIPIO VII I FOMENTARILA ETICA EMPRESARIAL |
7III: Garantizar comportamientos éticos en la Emisora.
| VIII.1 La Emisora cuenta con un. Código de Conducta Empresaria. Indicar principales lineamientos y si es de conocimiento todo público. para Dicho Código es. firmado al por menos los miembros del Organo de |
x | La Sociedad espera que todos sus empleados actúen de acuerdo con los más altos niveles de integridad personal y profesional en todos los aspectos de sus actividades, que cumplan con la ley aplicable, que desalienten la comisión de actos reprochables y demás políticas y procedimientos adoptados por la entidad que regulan la conducta de sus empleados. |
|
|---|---|---|---|
| ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | -- | --- | ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- |
| Administración y |
|||
|---|---|---|---|
| gerentes de primera | |||
| línea. Señalar si se | |||
| fomenta su |
|||
| aplicación a |
|||
| proveedores У clientes. |
|||
| VIII.2 La Emisora | X | La empresa no cuenta con mecanismos explícitos para la | |
| cuenta cón |
recepción de denuncias pero orienta a sus gerentes a | ||
| mecanismos para |
manejar cualquier eventos con los más altos principios de | ||
| recibir denuncias de | integridad personal y profesional en todos los aspectos de sus actividades. |
||
| toda conducta ilícita | |||
| o anti ética, en |
|||
| forma personal o por medios |
|||
| electrónicos | |||
| garantizando que la | |||
| información | |||
| transmitida | |||
| responda a altos |
|||
| estándares de |
|||
| confidencialidad e |
|||
| integridad, como de | |||
| registro У |
|||
| conservación de la | |||
| información. Indicar si el servicio de |
|||
| recepción у |
|||
| evaluación de |
|||
| denuncias es |
|||
| prestado por |
|||
| personal de la |
|||
| Emisora o por |
|||
| profesionales | |||
| externos е |
|||
| independientes para | |||
| una mayor protección hacia los |
|||
| denunciantes. | |||
| VIII.3 La Emisora | $\pmb{\chi}$ | ||
| cuenta con políticas, | La Sociedad no cuenta con políticas, procesos y sistemas | ||
| procesos y sistemas | para la gestión y resolución de las denuncias mencionadas. | ||
| para la gestión y | En caso de ocurrir algún evento, recurre al asesoramiento | ||
| resolución de las | especializado. | ||
| denuncias | |||
| mencionadas en el | |||
| punto VIII.2. Hacer | |||
| una descripción de | |||
| los aspectos más | |||
| relevantes de las mismas e indicar el |
|||
| grado de |
|||
| involucramiento del | |||
| Comité de Auditoría | |||
| en dichas |
|||
| resoluciones, en |
|||
| particular en |
|||
| aquellas denuncias | |||
| asociadas a temas | |||
| de control interno | |||
| para reporte contable $\mathbf{y}$ sobre |
|||
| conductas de |
$\hat{\boldsymbol{\beta}}$
$\frac{1}{2}$
| miembros del |
||
|---|---|---|
| Órgano de |
||
| Administración y |
||
| gerentes de la. |
||
| primera línea. | ||
| PRINCIPIO IX PROFUNDIZAR EL ALCANCE DEL CODIGO | ||
| Recomendación IX: Fomentar la inclusión de las previsiones que hacen a las buenas prácticas de buen | ||
| gobierno en el Estatuto Social. | ||
| Responder si: | ||
| Órgano EL de |
X | Debido a su estructura y envergadura, la Sociedad no |
| Administración | considera que deban reflejarse en el Estatuto Social. | |
| evalúa si las |
||
| previsiones del |
||
| Código de Gobierno | ||
| Societario deben |
||
| reflejarse, total o | ||
| parcialmente, en el | ||
| Estatuto Social, |
||
| incluyendo las |
||
| responsabilidades | ||
| generales y |
||
| específicas del |
||
| Órgano de |
||
| Administración. | ||
| Indicar cuales |
||
| previsiones están |
||
| efectivamente | ||
| incluidas en. el |
||
| Estatuto Social |
||
| desde la vigencia del | ||
| Código hasta el |
||
| presente. | ||
(1) Marcar con una cruz si corresponde
(2) Marcar con una cruz si corresponde.
(2) En caso de cumplimiento total, informar de qué modo la Emisora cumple los principios y recomendaciones del
Código de Gobierno Societario.
(3) En caso de cumplimiento par
Jorge Hore
Jorge Horecio Brito Presidente