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FRANKLIN BOGLICH S.A. — Capital/Financing Update 2026
Mar 3, 2026
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Capital/Financing Update
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FRANKLIN BOGLICH S.A.
EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS SERIE I CLASE A Y CLASE B BAJO EL RÉGIMEN DE OFERTA PÚBLICA CON AUTORIZACIÓN AUTOMÁTICA POR SU BAJO IMPACTO EN CONJUNTO POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA USD 1.500.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS MIL) O EL EQUIVALENTE EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN.
Oferta Pública autorizada en los términos de la Ley N° 26.831, los Decretos N° 1.087/93, 1.023/13 y las Normas de la CNV. La presente emisión cuenta con Autorización Automática de Oferta Pública por su Bajo Impacto, de conformidad con lo previsto en la Sección IX del Capítulo V del Título II de las Normas de la CNV, aclarando que la emisión no está sujeta al régimen informativo general y periódico que establecen las Normas de la CNV, el Reglamento de Listado de BYMA y el Reglamento de A3 para otro tipo de valores negociables, y que ni la CNV ni BYMA, ni A3 han emitido juicio sobre la emisión ni respecto a los datos contenidos en el presente documento y/o en los documentos difundidos, ni sobre la veracidad, integridad o suficiencia de la información contable, financiera, económica o de cualquier otra índole incluida en los documentos de la oferta. La veracidad de la información suministrada en el presente documento es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la Emisora, y en lo que les atañe, del órgano de fiscalización, del auditor y de los demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente documento contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente conforme a lo requerido por las normas vigentes.
Se informa que, previo a las reformas incorporadas por la Resolución General N° 1095 de la CNV, la Sociedad emitió una (1) Serie de Obligaciones Negociables bajo el Régimen de Oferta Pública PyME CNV Garantizada.
Conforme al art. 10 de la Ley 23.576 se hace saber que por Asamblea de la Emisora de fecha 06 de febrero de 2026, reunión de directorio del 06 de febrero de 2026, y nota de subdelegado de fecha 02 de marzo de 2026 se aprobó la emisión de Obligaciones Negociables Pyme CNV Garantizadas BOGLICH SERIE I bajo el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Bajo Impacto ("las Obligaciones Negociables" o las "ON BOGLICH SERIE I"), conforme a los siguientes datos complementado con las condiciones establecidas en el Prospecto a publicar en el/los Boletín/ines de lo/s mercado/s donde las ON BOGLICH SERIE I listen (el "Prospecto"):
A.- TÉRMINOS Y CONDICIONES COMUNES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS BOGLICH SERIE I CLASE A Y CLASE B:
1.- Monto de emisión de las ON BOGLICH SERIE I: Hasta V/N U\$S 1.500.000 (Dólares un millón quinientos mil) o su equivalente en pesos al Tipo de Cambio de Integración (el "Monto Máximo de la Emisión"), en forma individual o conjunta entre las ON BOGLICH Serie I Clase A y las ON BOGLICH Serie I Clase B. El valor nominal definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación e informado en el aviso de resultado de colocación que se publicará con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación (el "Aviso de Resultado de Colocación"). 2.- Amortización y fechas de pago de capital: La amortización de las ON BOGLICH Serie I será realizada en 4 cuotas semestrales cada una del 25% del capital emitido. El primer pago se realizará a los seis meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación (cada una, una "Fecha de Pago de Capital"). Las Fechas de Pago de Capital serán informadas en el Aviso de Suscripción en el Cuadro de Pago de Servicios. 3.- Fechas de Pago de Intereses: Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán trimestralmente, en forma vencida, comenzando su pago en la fecha en que se cumplan 3 (tres) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las fechas en las cuales se abonarán los intereses de las Obligaciones Negociables se informarán en el Cuadro de Pago de Servicios (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses"). 4.- Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses (conforme este término se define más adelante) de las Obligaciones Negociables y la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día (el "Período de Devengamiento de Intereses"). Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables, se considerará como Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables, incluyendo el primer día y excluyendo el último. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará como Período de Devengamiento de Intereses al comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento correspondiente y dicha Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último. 5.- Base de Cálculo de los Servicios: El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual de las Obligaciones Negociables emitidas) al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses por la cantidad de días de cada Período de Devengamiento de Intereses, considerando para su cálculo la base de un año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días (cantidad de días transcurridos/365). 6.- Fecha de Vencimiento: Será en la fecha en que se cumplan 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación y será informada en el Aviso de Resultado de Colocación (la "Fecha de Vencimiento"). 7.- Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios (conforme este término se define más adelante) respecto del servicio impago. Los mismos ascenderán a una vez y media el interés determinado sobre los conceptos adeudados. 8.- Fecha de Pago de Servicios: Los servicios de intereses y de amortización de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las fechas de pago de servicios (las "Fechas de Pago de Servicios") que se indiquen en el cuadro de pago de servicios indicado en el Aviso de Suscripción (el "Cuadro de Pago de Servicios"). Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al Día Hábil siguiente, devengando intereses por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora ponga a disposición de CVSA los fondos correspondientes. Se entenderá por "Día Hábil" cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la República Argentina y/o los mercados de valores autorizados en donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables no estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA. Si una fecha de pago no fuera un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga después de la Fecha de Vencimiento de cualquiera de las clases de Obligaciones Negociables, caso en el cual el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior. En el caso de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día que no tenga numeración correspondiente en el mes calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez y efecto que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago. 9.- Pagos de Servicios: La amortización y pago de los intereses correspondientes a las Obligaciones Negociables serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a CVSA, para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro. 10.- Garantía de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables estarán garantizadas por las Entidades de Garantía, quienes asumirán el carácter de fiadores lisos, llanos y principales pagadores del capital, intereses compensatorios pactados, intereses moratorios, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las Obligaciones Negociables impagas, incluidas las costas judiciales. Banco CMF S.A. garantizará el 50% de tales conceptos; y Banco Hipotecario S.A. garantizará el 50% de tales conceptos. Las garantías se instrumentarán a través de los Certificados de Garantía a ser emitidos por las Entidades de Garantía. Cada Entidad de Garantía deberá pagar los conceptos adeudados por la Emisora dentro del quinto día hábil de la intimación cursada por medio fehaciente por cualquier obligacionista. Para mayor información, véase la Sección "Garantía" del Prospecto. 11.- Reembolso anticipado a opción de la Emisora: La Emisora podrá reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las ON BOGLICH Serie I que se encuentren en circulación. El importe a pagar a los obligacionistas será: (i) para la ON BOGLICH Serie I Clase A el valor de reembolso, que resultará de sumar al valor residual los intereses devengados conforme a las condiciones de emisión hasta el día de pago del valor de reembolso y (ii) para la ON BOGLICH Serie I Clase B el valor de reembolso, que resultará de sumar al valor residual los intereses devengados conforme a las condiciones de emisión hasta el día de pago del valor de reembolso. La decisión será publicada en los sistemas de información de BYMA y A3, y en su caso de los mercados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables y en la Autopista de Información Financiera de la CNV. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas. El valor de reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente respetando el trato igualitario ente los obligacionistas.
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS BOGLICH SERIE I CLASE A.
1.- Moneda de Denominación, suscripción y pago: Las ON BOGLICH Serie I Clase A estarán denominadas, serán integradas y pagaderas en pesos. 2.- Tasa de Interés: Las ON BOGLICH Serie I Clase A devengarán intereses a una tasa de interés variable nominal anual equivalente a la Tasa de Referencia (conforme dicho término se define más adelante) más un Diferencial de Tasa, a licitarse durante el Período de Licitación Pública. El Diferencial de Tasa deberá ser expresado como un porcentaje nominal anual truncado a dos (2) decimales y el mismo podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON BOGLICH Serie I Clase A puedan no generar interés alguno, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Referencia y el Diferencial de Tasa) diera un resultado negativo, se entenderá que la Tasa de Interés de las ON BOGLICH Serie I Clase A será de 0,00%. 3.- Tasa de Referencia: La "Tasa de Referencia" será equivalente a la Tasa Mayorista de Argentina "TAMAR" que publica el BCRA calculada en base a los depósitos concertados a plazo fijo de \$1.000.000.000 (Pesos mil millones) o más por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de bancos privados de Argentina, correspondiente al plazo que transcurre a partir del séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior al último día del Período de Devengamiento de Intereses. De no ser posible el cálculo de la Tasa de Referencia por encontrarse suspendida la publicación por el BCRA de la Tasa TAMAR, se considerará como Tasa de Referencia a la tasa sustituta que informe el BCRA, o en caso de no existir dicha tasa sustituta, la tasa que resulte de considerar el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a \$1.000.000.000 (Pesos mil millones) para idéntico plazo por los 5 (cinco) primeros bancos privados, en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA, en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de Intereses. Actualmente la Tasa TAMAR es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar) (la "Página Web del BCRA"), Sección "Estadísticas e Indicadores/ Principales indicadores/ Tasas de interés/ TAMAR en pesos de bancos privados (en % nominal anual)". 4.-Diferencial de Tasa: Es la cantidad de puntos básicos (expresado como un porcentaje nominal anual truncado a dos decimales) a ser adicionado a la Tasa de Referencia respecto de las ON BOGLICH Serie I Clase A, y que se determinará, a través del sistema de colocación, luego del cierre del Período de Licitación Pública e informado mediante el Aviso de Resultado de Colocación (el "Diferencial de Tasa"). Dicho Diferencial de Tasa se corresponderá con el Diferencial de Corte. Se aclara a los potenciales inversores que el Diferencial de Tasa podrá ser positivo, igual al 0,00% o negativo. En caso de que el Diferencial de Tasa fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa de Referencia en la Fecha de Pago de Intereses, según pudiera aplicar. De esta forma, podría suceder que las ON BOGLICH Serie I Clase A puedan no generar interés alguno, sin perjuicio lo cual, en el caso de que la Tasa de Interés Aplicable (sumatoria de la Tasa de Referencia y el Diferencial de Tasa) diera un resultado negativo, se entenderá que la Tasa de Interés de las ON BOGLICH Serie I Clase A será de 0,00%.
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS BOGLICH SERIE I CLASE B.
1.- Moneda de emisión, integración y pago: Las ON BOGLICH Serie I Clase B estarán denominadas en Dólares Estadounidenses, y serán suscriptas e integradas en Pesos al Tipo de Cambio de Integración y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio de Pago. 2.- Tipo de Cambio de Integración: Será el tipo de cambio determinado y publicado por el Banco Central de la República Argentina ("BCRA") mediante la Comunicación "A" 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo), truncado a cuatro (4) decimales, en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma del Día Hábil previo al día en que finaliza el Período de Licitación Pública. El monto de la emisión y el Tipo de Cambio de Integración será calculado el día de cierre del Período de Licitación Pública e informado en el Aviso de Resultado de Colocación. 3.- Tipo de Cambio de Pago: Significa el promedio aritmético simple truncado a cuatro (4) decimales de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia Dólar Estadounidenses / Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación "A" 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma. En el supuesto que (x) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, el Tipo de Cambio de Pago será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar Estadounidense Cotización Divisas vendedor informado por el Banco de la Nación Argentina (el "BNA") al cierre de sus operaciones, truncado a cuatro (4) decimales; (y) el BCRA decidiera desdoblar el mercado libre de cambios, el Tipo de Cambio de Pago será el tipo de cambio vendedor del Dólar Estadounidense por operaciones comerciales o de exportación (por oposición al dólar financiero) que (i) publique el BNA; o (ii) si el BNA no efectuare dicha determinación y publicación, el promedio del tipo de cambio vendedor del Dólar Estadounidense por operaciones comerciales o de exportación determinado e informado por los cinco (5) primeros bancos privados de Argentina en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA; en todos los casos, correspondiente al mes calendario a la Fecha de Cálculo. 4.- Fecha de Cálculo: Será el sexto Día Hábil anterior a cada Fecha de Pago de Servicios, según corresponda. 5.-Tasa de Interés: Las ON BOGLICH Serie I Clase B devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual, a licitarse durante el Período de Licitación Pública (la "Tasa Fija de Corte"). La tasa deberá ser expresada como un porcentaje nominal anual truncado a dos (2) decimales y la misma podrá ser mayor o igual al 0,00%, pero nunca menor. En caso de que la Tasa Fija de Corte fuera igual a 0,00%, las ON BOGLICH SERIE I Clase B no devengarán intereses.
B.- DATOS DE FRANKLIN BOGLICH S.A.
(a) La sede social inscripta es Ruta 18 km 56, de la localidad de Santa Teresa, Provincia de Santa Fe. (b) Fecha y lugar de constitución: FRANKLIN BOGLICH S.A. fue constituida mediante acta constitutiva de fecha 12 de febrero de 1988. (c) Datos de Inscripción: inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario el día 29 de febrero de 1988, al Tº 139, Fº 566, Nº 178. (d) Plazo de duración: 99 años, contados desde el 29 de febrero de 1988 fecha de inscripcion de la SRL en el Registro Publico]. (e) Objeto Social: La sociedad tendrá como objeto las siguientes actividades: I.- COMERCIALES: Compraventa de maquinarias agrícolas, sus implementos agrícolas con todos sus accesorios, repuestos y de automóviles pick - up, así como su importación y exportación. II.- PRODUCCION Y COMERCIALIZACION: Producción agropecuaria en campos propios o de terceros, por si o formando parte de otros tipos societarios, así como también el almacenaje de granos, su acondicionamiento, agregado de valor, su comercialización y transporte. III.- OTRA COMERCIALIZACION: La comercialización de cereal que provenga del canje del mismo por pago de maquinarias y mercaderías. IV.- MANDATOS: Mediante el ejercicio de representaciones y mandatos referidos a los productos Ut-Supra mencionados, encontrándose el o los gerentes facultados para la firma de tales contratos. V.-FINANCIERA: Podrá realizar actividades financieras para el cumplimiento de su objeto, mediante aportes de capital para operaciones realizadas o a realizarse, financiamiento, con prestamos hipotecarios co créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, otorgar avales y garantías a favor de terceros, siempre con dinero propio, exluyendose expresamente las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras Nº 21526. A tal fin la sociedad tiene plena pcapacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y este estatuto (f) Capital Social al 30/09/2025: \$37.450.000,-. (g) Patrimonio Neto al 30/09/2025: \$.50.154.761.004, - (h) La sociedad no tiene en circulación obligaciones negociables. La sociedad no tiene deudas contraídas con garantía real
NKLAN BOGLICH S.A. BELIANA A. BOGLICH 30-62297765-2
