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Ebucar S.A. Capital/Financing Update 2023

Nov 27, 2023

68599_rns_2023-11-27_7aca9dc8-4041-49eb-9ef1-fa6fa5444c3b.pdf

Capital/Financing Update

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ACTA DE SUBDELEGADO

En mi carácter de subdelegado por el directorio de EBUCAR S.A. (la "Sociedad" o la "Emisora"), en ejercicio de las facultades delegadas por reunión de directorio de fecha 13 de marzo de 2023 y en virtud de la aprobación de emisión de las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Serie I de la Sociedad dispuesta por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada en fecha 2 de marzo de 2023 y la reunión de Directorio antedicha (las "Obligaciones Negociables"), ratifico por la presente, los términos y condiciones del Prospecto de Emisión correspondiente a la emisión de las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Serie I (el "Prospecto") incluyendo, sin limitación, los siguientes:

Denominación: Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas EBUCAR S.A.
Serie I (las "Obligaciones Negociables").
Monto: Se emitirán Obligaciones Negociables por un valor nominal de hasta
\$20.000.000 (pesos veinte millones).
El monto definitivo de emisión será determinado una vez finalizado el
Período de Licitación Pública e informado mediante un aviso a ser
publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados
autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables
(el "Aviso de Resultados").
Valor Nominal
Unitario:
Las Obligaciones Negociables tendrán un valor nominal unitario de \$1
(Pesos uno).
Moneda de
Denominación,
Pago, Suscripción e
Integración:
Las Obligaciones Negociables estarán denominadas, y serán pagaderas,
suscriptas e integradas en pesos.
Monto Mínimo de
Suscripción:
El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables será
de \$10.000 (pesos diez mil) y múltiplos de \$1 (pesos uno) por encima
de dicho monto.
Unidad Mínima de
Negociación:
La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables será
de \$1 (Peso uno) y múltiplos de \$1 (Peso uno) por encima de dicho
monto.
Organizador y
Colocadores:
La Emisora designó a Portfolio S.A. como Organizador y a SJB S.A. y
a INVIU S.A.U. como Colocadores de la emisión.
Entidad de La Emisora solicitó a Banco Coinag S.A. que actúe como Entidad de
Garantía: Garantía y esta aceptó de conformidad.
Forma de
Colocación y Plazo:
La colocación se realizará por licitación pública, a través del sistema
informático de colocaciones primarias del Mercado en el cual las
mismas se listen y/u negocien dado que podrán listarse en Bolsas y
Mercados Argentinos S.A. ("ByMA"), en el Mercado Argentino de
Valores S.A. ("MAV"), en el MAE, y eventualmente en cualquier otro
mercado autorizado.
En la oportunidad que determinen la Emisora y los Colocadores en
forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las Obligaciones
Negociables por parte de la CNV, se publicará un Aviso de Suscripción
en la Autopista de Información Financiera de la página web de la CNV
(www.argentina.gob.ar/cnv) (la "AIF"), así como en el sistema de
información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien
las Obligaciones Negociables, en el que se indicará: (1) la fecha de
inicio y de finalización del Período de Difusión (conforme dicho
término es definido a continuación), (2) la fecha de inicio y de
finalización del Período de Licitación Pública (conforme dicho término
es definido a continuación), (3) los datos de contacto de los
Colocadores, y (4) demás datos que pudieran ser necesarios (el "Aviso"
de Suscripción").
La difusión de las Obligaciones Negociables tendrá una duración no
inferior a tres (3) Días Hábiles y comenzará en la fecha que se indique
en el Aviso de Suscripción (el "Período de Difusión"). Durante este se
recibirán las ofertas de suscripción. La licitación pública de las
Obligaciones Negociables tendrá una duración de, por lo menos, un (1)
Día Hábil y comenzará el Día Hábil siguiente al de finalización del
Período de Difusión (el "Periodo de Licitación Pública"). En todos los
casos, el Período de Licitación Pública deberá ser posterior al Período
de Difusión.
La Emisora, sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender,
modificar, prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período
de Licitación Pública en cualquier momento de estos, luego de lo cual
se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de
Difusión y/o del Período de Licitación Pública, según corresponda, o la
fecha en que se reanudará su curso o la forma en que se hará pública la
reanudación de su curso.
La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de
Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará
responsabilidad alguna para la Emisora y/o para los Colocadores, ni
otorgará a los inversores interesados que hayan presentado ofertas de
suscripción, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En
caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de
Licitación Pública, todas las ofertas de suscripción que en su caso se
hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin
efecto. En caso de suspensión, modificación y/o prórroga del Período
de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, las ofertas de
suscripción presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga
podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del
Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.
Fecha de Emisión y
Liquidación:
Será dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes al Período de
Licitación Pública, o aquella otra fecha que se informe oportunamente
en el Aviso de Suscripción.
Precio de Emisión: 100% del valor nominal.
Fecha de
Vencimiento:
El vencimiento de las Obligaciones Negociables será a los veinticuatro
(24) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la cual
se informará mediante el Aviso de Resultados.
Amortización y
Fechas de Pago de
Capital:
El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables será
pagado en cuatro (4) cuotas semestrales, cada una equivalente al 25%
(veinticinco por ciento) del capital de las obligaciones negociables. Las
cuotas se pagarán en los meses 6, 12, 18 y 24 a contar desde la Fecha de
Emisión y Liquidación.
Tasa de Interés: El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables devengará
intereses a una tasa de interés variable, que será determinada al término
del Período de Licitación Pública hasta la fecha en que el capital sea
totalmente amortizado (no inclusive), estableciéndose que dicha tasa de
interés anual será equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia
(conforme dicho término es definido más adelante) más (ii) el Margen
de Corte (conforme dicho término es definido más adelante) (los
"Intereses" y la "Tasa de Interés" respectivamente). Los Intereses se
computarán en base a la cantidad real de días transcurridos sobre un año
de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
"Tasa de Referencia": será el promedio aritmético simple de la Tasa
Badlar Bancos Privados (según la misma es difundida por el Banco
Central de la República Argentina ("BCRA"), durante el período que se
inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada período de
devengamiento de intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la
Fecha de Pago de Intereses correspondiente, incluyendo el primero,
pero excluyendo el último. En caso de que la Tasa Badlar Bancos
Privados dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa
sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados que informe el BCRA o
(ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i)
precedente, la Emisora calculará la Tasa de Referencia, considerando el
promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de
\$1.000.000 (pesos un millón) por períodos de entre treinta y treinta y
cinco días de plazo de los cinco primeros bancos privados de Argentina.
A fin de seleccionar los cinco primeros bancos privados se considerará
el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
"Margen de Corte": será la cantidad de puntos básicos (expresado como
porcentaje nominal anual) a adicionarse a la Tasa de Referencia en cada
Período de Devengamiento de Intereses. El Margen de Corte será
determinado luego del cierre del período de Licitación Pública y antes
de la Fecha de Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso
de Resultados. Las ofertas de suscripción formuladas por los oferentes
deberán indicar el margen solicitado para las Obligaciones Negociables,
expresado como porcentaje nominal anual sobre la base de 365 días,
truncado a dos decimales (el "Margen Ofrecido"). La Emisora, de
común acuerdo con los Colocadores, determinará el Margen de Corte
de las Obligaciones Negociables (con hasta dos decimales) en función
del Margen Ofrecido y los montos que hubiesen propuesto los oferentes
mediante las ofertas de suscripción durante el Período de Licitación
Pública, considerando las condiciones de mercado existentes al
momento de la colocación para emisores y títulos de características
similares a las de las Obligaciones Negociables y las necesidades de
financiamiento por parte de la Emisora, asegurándose el trato igualitario
entre los oferentes.
Determinación de
Margen de Corte.
Adjudicación
Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de
Licitación Pública, las ofertas de suscripción recibidas de las
Obligaciones Negociables serán ordenadas en forma ascendente en
SIOPEL, sobre la base Margen de Corte.
En caso que la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones
Negociables, determinará el monto efectivo a emitir de Obligaciones
Negociables y el Margen de Corte, expresado como porcentaje positivo
anual truncado a dos decimales, o también de 0%.
La determinación del monto de Obligaciones Negociables y del Margen
de Corte será realizada mediante el sistema denominado "subasta o
licitación pública" a través del SIOPEL, en virtud del cual:
(i) todas las ofertas de suscripción con Margen Ofrecido, inferior al
Margen de Corte serán adjudicadas al Margen de Corte;
(ii) todas las ofertas de suscripción con Margen Ofrecido, igual al
Margen de Corte, serán adjudicadas al Margen de Corte, y en caso de
sobresuscripción, a prorrata sobre la base del monto solicitado; y
(iii) todas las ofertas de suscripción con Margen Ofrecido, superior al
Margen de Corte, no serán adjudicadas.

$\alpha$ .

$\alpha$

Fechas de Pago de
Intereses:
Los Intereses se abonarán en forma vencida, de forma bimestral de
acuerdo a lo que se informe en el Aviso de Suscripción, a partir de la
Fecha de Emisión y Liquidación. Los pagos serán efectuados en las
fechas que oportunamente se indiquen en el Aviso de Resultados. En
caso de que dicha Fecha de Pago de Intereses corresponda a un día que
no sea un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses a considerarse será
el Día Hábil inmediatamente siguiente.
Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado
el Día Hábil inmediatamente siguiente a la Fecha de Pago de Intereses
tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la
cual vencía, devengándose los Intereses durante el período
comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del
efectivo pago.
Períodos de
Devengamiento
de Intereses:
Serán aquellos períodos sucesivos que podrán ser iguales o de distinta
duración, comprendidos entre una Fecha de Pago de Intereses y la
Fecha de Pago de Intereses siguiente, incluyendo el primer día y
excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de
Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el
comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera
Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el
último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se
considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido
entre la anteúltima Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de
Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.
Agente de Depósito
Colectivo:
Caja de Valores S.A. ("CVSA")
Pagos de los
servicios:
La amortización y pago de los Intereses será efectuado por la Emisora
mediante la transferencia de los importes correspondientes a CVSA
para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a
cobro.
Destino
de
los
fondos:
El 100% del producido neto de la colocación de las Obligaciones
Negociables será utilizado para integración de capital de trabajo.
Específicamente será utilizado en un 50% para el pago de sueldos y en
un 50% para pago a proveedores. La aplicación de fondos se realizará
dentro de 180 días contados a partir de la Fecha de Emisión.
Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un certificado
Forma:
global permanente a ser depositado en CVSA, en el marco de su
actuación como Agente de Depósito Colectivo, de acuerdo con lo
establecido por la Ley Nº 24.587 de Nominatividad de los Títulos
Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la
entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro
del sistema de depósito colectivo, conforme con la Ley Nº 20.643 y sus
posteriores modificaciones, encontrándose habilitada CVSA para cobrar
los aranceles de los depositantes, que estos podrán trasladar a los
tenedores.
Listado y
Negociación:
Las Obligaciones Negociables serán listadas y/o negociadas en ByMA
y/o en el MAV conforme se informe en el Aviso de Suscripción.
Aprobaciones
societarias:
Mediante asamblea de accionistas de fecha 2 de marzo de 2023, la
Sociedad autorizó la emisión de las Obligaciones Negociables PYME
CNV Garantizadas, delegando en el Directorio de la Sociedad las
facultades para (i) determinar y establecer los términos y condiciones
de la emisión de las Obligaciones Negociables y (ii) subdelegar dichas
facultades en ciertos subdelegados. El Directorio, en su reunión de
fecha 13 de marzo de 2023, aprobó la emisión de las Obligaciones
Negociables PYME CNV Garantizada y delegó en ciertos subdelegados
las facultades para determinar y establecer los términos y condiciones
de la emisión de las Obligaciones Negociables.
Los gastos relacionados a la colocación y emisión de las Obligaciones
Negociables se estiman serán los siguientes:
Gastos Emisión aprox. 4.92 % sobre el monto total de la
emisión
Gastos Estructuración y Organización $0.8\%$
Colocación 0,7%
Aval Banco Coinag S.A. 3% TNA
saldo
sobre
capital
de
adeudado
Asesor Legal de la Emisión 0,42%
Agente de Es SJB S.A.
Liquidación
Jurisdicción y Ley
aplicable:
Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de
conformidad con, las leyes de la República Argentina y será competente
el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos
Aires en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA en
materia de constitución de Tribunales Arbitrales o el tribunal arbitral en
el ámbito de los mercados de valores que la CNV en el futuro autorice y
lo reemplace (el "Tribunal"), de conformidad con el artículo 46 de la
Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias,
sin perjuicio del derecho de los tenedores a acudir a los tribunales
judiciales competentes, a los que también podrá acudir la Emisora en
caso que el Tribunal cese en sus funciones.
Rescate: La Emisora podrá rescatar las Obligaciones Negociables, en forma
total, pero no parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal más
los intereses devengados e impagos, respetando, en cualquiera de los
casos, el principio de trato igualitario entre los inversores. A tales
efectos, deberá efectuar una notificación por 1 (un) día, con no menos

$\sim 10^{11}$ km s $^{-1}$

$\tilde{\mathbf{x}}_1$

$\sim$

de 30 (treinta) días ni más de 60 (sesenta) días de anticipación a los tenedores.

La presente es otorgada en la ciudad de Mengoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2023.

Alfonso Quailla
Subdelegado
EBUCAR S.A.