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Ebucar S.A. Capital/Financing Update 2023

Dec 11, 2023

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Capital/Financing Update

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S Banco Coinag

CERTIFICADO DE GARANTÍA

En la Ciudad de Rosario, el día 1 del mes de noviembre de 2023, BANCO COINAG S.A. con domicilio en Mitre 602, de esa ciudad; representado en este acto por el Sr. Hernán Guillermo Sefusatti, DNI 21.421.503, en carácter de Presidente y representante legal con facultades suficientes, se constituye en fiador solidario liso, llano y principal pagador, en los términos del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, Sección 1°, Art. 1574, sig. y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, a favor de todo tenedor de los siguientes valores negociables: Obligaciones Negociables Serie I, emitidas por Ebucar SA.(el "Deudor") bajo el Régimen PYME CNV GARANTIZADA según el Capítulo VI del Título II "Emisoras" de las NORMAS de la Comisión Nacional de Valores autorizada según Resolución de firma conjunta 2023 22492 de la .CNV de fecha 1 de noviembre de 2023, por un valor nominar de hasta \$20.000.000 (pesos veinte millones), cuyo capital será amortizado en cuatro (4) cuotas semestrales, cada una equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del capital de las obligaciones negociables. Las cuotas se pagarán en los meses 6, 12, 18 y 24 a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación. El capital no amortizado de las Obligaciones Negociables devengará intereses a una tasa de interés variable, que será determinada al término del Período de Licitación Pública hasta la fecha en que el capital sea totalmente amortizado (no inclusive), estableciéndose que dicha tasa de interés anual será equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia (conforme dicho término es definido más adelante) más (ii) el Margen de Corte (conforme dicho término es definido más adelante) (los "Intereses" y la "Tasa de Interés" respectivamente). Los Intereses se computarán en base a la cantidad real de días transcurridos sobre un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365). "Tasa de Referencia": será el promedio aritmético simple de la Tasa Badlar Bancos Privados (según la misma es difundida por el Banco Central de la República Argentina ("BCRA"), durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada período de devengamiento de intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente, incluyendo el primero, pero excluyendo el último. En caso de que la Tasa Badlar Bancos Privados dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, la Emisora calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo de más de \$1.000.000 (pesos un millón) por períodos de entre treinta y treinta y cinco días de plazo de los cinco primeros bancos privados de Argentina. A fin de seleccionar los cinco primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA. 'Margen de Corte": será la cantidad de puntos básicos (expresado como porcentaje nominal anual) a adicionarse a la Tasa de Referencia en cada Período de Devengamiento de Intereses. El Margen de Corte será determinado luego del cierre del período de Licitación Pública y antes de a Fecha de Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso de Resultados. Las ofertas de suscripción formuladas por los oferentes deberán indicar el margen solicitado para las Obligaciones Negociables, expresado como porcentaje nominal anual sobre la base de 365 días, runcado a dos decimales (el "Margen Ofrecido"). La Emisora, de común acuerdo con los Colocadores, determinará el Margen de Corte de las Obligaciones Negociables (con hasta dos ecimales) en función del Margen Ofrecido y los montos que hubiesen propuesto los oferentes aediante las ofertas de suscripción durante el Período de Licitación Pública, considerando las ondiciones de mercado existentes al momento de la colocación para emisores y títulos de aracterísticas similares a las de las Obligaciones

Casa Central: Mitre 602 (S2000CON), Rosario - Santa Fe - Argentina. +54 341 4229000 - www.bancocoinag.com

Negociables y las necesidades de financiamiento por parte de la Emisora, asegurándose el trato igualitario entre los oferentes .Los Intereses se abonarán en forma vencida, de forma bimestral de acuerdo a lo que se informe en el Aviso de Suscripción, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación. Los pagos serán efectuados en las fechas que oportunamente se indiquen en el Aviso de Resultados. En caso de que dicha Fecha de Pago de Intereses corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses a considerarse será el Día Hábil inmediatamente siguiente. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado el Día Hábil inmediatamente siguiente a la Fecha de Pago de Intereses tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía, devengándose los Intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago. Asimismo, la presente garantía se emite con renuncia a los beneficios de excusión y de división, en este último caso sólo respecto del Deudor y no así respecto de otros co-fiadores, de existir, como así también de la posibilidad de subrogarse en los derechos del tenedor contra el Deudor hasta tanto el crédito del tenedor de las Obligaciones Negociables haya sido totalmente satisfecho. Las prórrogas, renovaciones, modificaciones o novaciones que pudieran otorgarse con relación a las obligaciones contraídas como consecuencia de las Obligaciones Negociables deberán contar con el consentimiento expreso y por escrito de Banco Coinag S.A. Consiguientemente Banco Coinag S.A. se obliga, ante el primer requerimiento del tenedor efectuado al domicilio indicado precedentemente mediante notificación fehaciente, a abonar dentro de los CINCO (5) días hábiles cualquier suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables hasta su efectiva cancelación, dentro del Monto Máximo. Esta garantía permanecerá plenamente vigente y operativa hasta tanto se produzca la total cancelación de las Obligaciones Negociables. El Monto Máximo fijado en el presente certificado de garantía determina la cuantía total de la obligación asumida, y deberán deducirse de ese monto los pagos efectuados por el Deudor. La presente garantía se otorga para ser cumplida en los mismos términos, plazos y condiciones que los previstos en las condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables. Se deja expresa constancia que cualquier impuesto, tasa o contribución que deba abonarse con motivo de la firma, mantenimiento y ejecución de esta garantía será a cargo de Banco Coinag S.A. El presente instrumento es emitido a favor de todo

tenedor de las Obligaciones Negociables y será título ejecutivo por el monto y las condiciones arriba expresadas. Aceptamos expresamente someternos para cualquier cuestión judicial que se suscitare entre las Partes, al Tribunal Arbitral del Mercado Abierto Electrónico S.A., a los Tribunales Nacionales de Primera Instancia en lo Comercial con sede en la Ciudad de Rosario. con renuncia expresa a cualquien otro fuero o jurisdicción.

Herrhan Guillermo Sefusatti Presidente y Representante Legal

$0 \times \sqrt{3}$ ACTA Nº FOJA NOTARIAL Nº

Casa Central: Mitre 602 (S2000CON), Rosario - Santa Fe - Argentiry +54 341 4229000 - www.bancocoinag.com

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Sex Banco Coine

CAR

15 Reynoso, y registro a su cargo, inscriptos en el Registro Público de
16 Comercio al Tomo 94, Folio 14.448, N° 628, de fecha 9 de Setiembre de
17 2013, y su reforma inscripta, al Tomo 97, Folio 25574, Número 1128 en
18 fecha 29 de Diciembre de 2016 en Estatutos, 2) Acta de Asamblea General
19 Ordinaria N° 37 de fecha 29 de abril de 2022, de Designación de
20 Presidente de Directorio y Aceptación de Cargos. Documentación que en
21 original tengo a la vista para este acto y surgen facultades
22 suficientes para el mismo.- El compareciente acredita su identidad en
23 los términos del art. 306 inc. b) del Código Civil y Comercial de la
24 Nación.- Certificación de su firma puesta en un Certificado de
25 Garantia, perteneciente al Banco Coinag S.A. Certificado en este lugar

L-0000021109 c.v. 518640

EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE $\overline{c}$ 2da.CIRCUNSCRIPCION, República Argentina, en virtud de las facultades que 3 le confiere la ley N° 6898 y Decreto N° 1612/95, LEGALIZA la firma y sello del escribano VASCONI, CARINA ALICIA obrante en el documento anexo firmada 4 por dicho escribano en foja de CERTIFICACION DE FIRMAS D-4206520. La 5 presente legalización L-0000021109, no juzga sobre el contenido y forma del 6 documento y puede ser verificada en la página web del Colegio de Escribanos de 7 la Provincia de Santa Fe, Segunda Circunscripción. https://escribanos-8 stafe2da.org.ar/ .- Rosario, 07 de diciembre de 2023, legalizado por el escribano 9 LAMAS ANALIA. 10

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