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Ebucar S.A. AGM Information 2023

Mar 2, 2023

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AGM Information

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

En la Ciudad de Mendoza, a los 2 días del mes de marzo de 2023, siendo las 10,00 hs, se reúnen en la sede social sita en calle 9 de julio 1455, 2do piso, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en Asamblea General Extraordinaria Unánime, los Sres. accionistas de EBUCAR S.A. Los accionistas presentes son titulares del 100% de los votos y del capital social. Preside la asamblea el Sr. Presidente del Directorio Gonzalo Gallego. Se encuentra presente el Sr. Síndico Cdor. Miguel Angel Royo. Tomando la palabra, el Sr. Presidente manifiesta que, pese a que no se ha publicado la convocatoria a la presente asamblea, esta puede celebrarse válidamente por encontrarse presentes los accionistas que representan la totalidad del capital social, debiendo adoptarse las decisiones por unanimidad de las acciones con derecho a voto en los términos del último párrafo del artículo 237 de la ley 19.550. Con dicha aclaración la asamblea se encuentra en condiciones de sesionar por lo que el Sr. Presidente declara abierta la sesión y da inicio el tratamiento de los puntos del orden del día: 1) Designación de accionistas para firmar el acta: Por unanimidad se resuelve que el acta sea suscripta por los Sres. Marcela Lledó y Javier Lledó junto con el Sr. Presidente. A continuación, pasa a tratarse el segundo punto del orden del día: 2) Prórroga del plazo de vigencia y actualización del programa global de obligaciones negociables PYME CNV por V/N $ 100.000.000 (Pesos Cien Millones) aprobado por asamblea de fecha 22/11/2017 y autorizado por Resolución CNV 19.421/2018: El Sr. Presidente expresa que la sociedad se encuentra dentro de la oferta pública bajo Régimen PYME CNV y que se encuentra vigente el programa global por V/N $ 100.000.000 (Pesos Cien Millones) aprobado por asamblea de fecha 22/11/2017 y autorizado por Resolución CNV 19.421/2018, con vencimiento el 22 de marzo de 2023, no existiendo a la fecha ninguna serie de obligaciones negociables en circulación. Continúa expresando que resulta conveniente la permanencia en el régimen PYME CNV por lo que propone prorrogar el plazo de vigencia del Programa Global de Obligaciones Negociables, por un plazo de 5 (cinco) años, pudiendo solicitarse el listado y negociación de las series que se emitan dentro del Programa Global, en los mercados autorizados en la República Argentina. Puesta a consideración la moción, luego de un breve intercambio de opiniones se resuelve por unanimidad prorrogar por un plazo de 5 años, el plazo de vigencia del Programa Global aprobado por asamblea de fecha 22/11/2017 y autorizado por Resolución CNV 19.421/2018, pudiendo solicitarse el listado y negociación de las series que se emitan dentro del Programa Global en los mercados autorizados en la República Argentina. A continuación, pasa a tratarse el tercer punto del orden del día. 3) Autorización para emitir - dentro del régimen de la Oferta PúblicaObligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas EBUCAR S.A. por un V/N de hasta $500.000.000 (Pesos Quinientos millones) o su equivalente en otras monedas, revolvente y determinación de las condiciones generales de

emisión: Expone el Sr. Presidente que dada la situación actual del mercado resulta conveniente emitir una o más series de obligaciones negociables con oferta pública bajo el régimen PYME CNV Garantizada, mediante la obtención de un aval ante una entidad de garantía inscripta en CNV. Manifiesta asimismo que, si bien este nuevo régimen cuenta con algunos beneficios en cuanto al régimen informativo periódico, los mismos no le serán de aplicación a EBUCAR atento a que la sociedad mantendrá la vigencia del Programa Global, permaneciendo en el régimen PYME CNV, y por lo tanto la sociedad deberá cumplir el régimen informativo, como así también los demás recaudos societarios y corporativos exigidos para dicho régimen. Por todo lo expuesto el Sr. Presidente propone la autorización por parte de esta Asamblea General Extraordinaria de la emisión de Obligaciones Negociables Pyme CNV Garantizadas y la aprobación de las condiciones generales de emisión de Obligaciones Negociables bajo dicho régimen, por un monto de hasta V/N $500.000.000 (Pesos Quinientos millones), o su equivalente en otras monedas, revolvente, conforme a las condiciones generales que han sido circularizadas entre los presentes y que se transcribirán a continuación. Luego de un breve intercambio de opiniones se resuelve por unanimidad autorizar la emisión de una o más series de OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS EBUCAR S.A. de acuerdo a las siguientes condiciones generales :

Emisora: EBUCAR S.A. Monto: Hasta un monto de V/N $500.000.000 (pesos Quinientos millones) o su equivalente en otras monedas, revolvente. Descripción: Las Obligaciones Negociables serán obligaciones

Las Obligaciones Negociables serán obligaciones negociables simples no convertibles en acciones, garantizadas, y a ser denominadas en pesos o cualquier otra moneda, en el marco de las disposiciones contenidas en la Sección III del Capítulo VI del Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T 2013 y mod.).

Monto Máximo:

El monto máximo de las Obligaciones Negociables Pymes CNV Garantizadas en circulación que se emitan en series en cualquier momento no podrá exceder de $ 500.000.000 (Pesos Quinientos Millones) o su equivalente en otras monedas.

Monedas: Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en cualquier moneda según especifique el respectivo Prospecto de la Serie. Forma: Las Obligaciones Negociables Pymes CNV

Garantizadas que se emitan estarán documentadas en un Certificado Global permanente y definitivo, confeccionado de acuerdo con las disposiciones legales, que será depositado en la Caja de Valores S.A. con anterioridad a la fecha de Emisión.

Resultará de aplicación el régimen de depósito colectivo (ley Nº 20.643) acreditándose las Obligaciones Negociables Pyme en la subcuenta comitente correspondiente a cada inversor. Los obligacionistas renuncian a exigir la entrega de las láminas individuales, por lo que todas las transferencias serán realizadas a través del sistema de depósito colectivo

Clases y series:

Plazos y formas amortización:

Intereses:

Rescate:

Rango:

Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en una y/o más series y/o clases. Las Obligaciones Negociables de una misma clase siempre tendrán los mismos términos y condiciones específicos. Los términos y condiciones aplicables a cada serie y/o clase serán los que se especifiquen en el Prospecto correspondiente a cada serie.

  • de Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en el Prospecto de cada una de las series que se emitan.

  • Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a una tasa fija o variable según se detalle en el respectivo Prospecto de cada una de las series que se emitan.

  • A menos que se especifique lo contrario en el Prospecto de emisión de cada serie, la Emisora podrá rescatar, a un precio igual al 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos y cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables en cuestión, cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables en su totalidad, pero no parcialmente, incluido el caso que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Emisora la obligación de pagar ciertos montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables.

Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones directas e incondicionales de la Emisora, con garantía sobre su patrimonio y gozarán del mismo grado de privilegio entre sí.

Garantías

La/las entidades de garantía y la/s sociedades de garantía recíproca que avalen cada una de las series que se emitan serán detalladas en el Prospecto de emisión correspondiente.

Bono SVS

  • Las obligaciones negociables PYME CNV Garantizadas podrán estar listadas en el panel de Bonos SVS u otros paneles especiales que en el futuro se creen, conforme se disponga en el reglamento del mercado donde liste según se especifique en el Prospecto de Emisión de cada serie que se emita

  • Agentes Colocadores:

  • El o los agentes colocadores de las Obligaciones Negociables de cada serie se especificarán en el Prospecto de Emisión correspondiente a cada serie que se emita.

  • Agentes de Registro y Será informado en el Prospecto de Emisión de cada Pago: serie que se emita.

  • Mercados:

  • Ley Aplicable:

  • Se podrá solicitar autorización para que las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie se listen y/o se negocien en el Mercado Argentino de Valores S.A. (MAV) y/o Bolsas y Mercado de Argentina (BYMA) y/o en cualquier otro mercado autorizado de la Argentina, según se especifique en el Prospecto de Emisión de cada serie que se emita.

  • Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con las leyes de Argentina

  • Jurisdicción: El Tribunal de Arbitraje del mercado en donde se negocien y listen las Obligaciones Negociables Pymes CNV Garantizadas entenderá en toda cuestión que se suscitare entre las partes en relación a la presente emisión, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la ley 26.831. Será informado en el Prospecto de Emisión de cada una de las series que se emita.

  • Destino de los fondos

  • Los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables Pymes CNV, se destinarán a los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley 23.576 de Obligaciones Negociables modificado por Ley 27.440.

Prelación/ Acción Las Obligaciones Negociables constituirán ejecutiva obligaciones negociables bajo la Ley de Obligaciones Negociables. Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones directas no subordinadas. Las obligaciones de pago bajo las Obligaciones Negociables tendrán, en todo momento, excepto según se establezca o pueda establecer en el futuro la ley argentina, el mismo orden de prelación en el pago ( paripassu ) que el resto de las deudas de Ebucar S.A. y no subordinadas presentes y futuras pendientes de pago. Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones negociables simples no convertibles en acciones bajo la Ley de Obligaciones Negociables y todas las demás leyes y reglamentaciones argentinas aplicables y se emitirán en cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las mismas. De conformidad con el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables modificado por ley 27.440, los títulos que constituyen Obligaciones Negociables así como las constancias de su registro en cuentas escriturales en los términos del art. 31 de la indicada ley, confieren a los Tenedores acción ejecutiva para reclamar el capital, actualizaciones e intereses y para ejecutar las garantías otorgadas.

Seguidamente, pasa a tratarse el cuarto punto del orden del día que dispone: 4) Delegación en el Directorio, a fin de que determine los términos y condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables Pymes CNV Garantizadas. Subdelegación: Luego de un intercambio de opiniones se resuelve por unanimidad delegar en el Directorio la facultad para resolver las emisiones de las series de obligaciones negociables, determinar todas sus condiciones de emisión y colocación y constituir las garantías necesarias al efecto, respecto del monto aprobado y no emitido de Obligaciones Negociables, con amplias facultades para establecer monto, plazos, intereses, amortizaciones, contratación de sociedad de garantía recíproca y/o entidad de garantía, constitución de otras garantías que sean necesarias para las emisiones ya sea reales y afectaciones fiduciarias de bienes o activos para la constitución de dichas garantías, todo ello dentro del plazo previsto en el art. 9 LON modificado por ley 27.440, pudiendo el directorio subdelegar en uno o más subdelegados las facultades conferidas por la presente asamblea. Finalmente, pasa a tratarse el último punto del orden del día, que dispone 5) Autorizaciones especiales : Se resuelve por unanimidad facultar a los Sres. Alfonso Cutilla y/o Yanina Pessina y/o Amadeo Walter Reig, y/o Carina Fedra Egea y/o Pablo Maggini y/o quienes ellos designen para que en forma indistinta suscriban toda la documentación necesaria relativa a la prórroga y actualización del programa global de

obligaciones negociables PYME CNV y a la emisión de las Obligaciones Negociables Pymes CNV Garantizadas, solicitud de prórroga de programa y autorización de Oferta Pública ante CNV, tramiten la solicitud de negociación y listado en el Mercado Argentino de Valores SA, BYMA, MAE, incluido en el panel de Bonos SVS u otros paneles, en todos los casos se incluye la presentación de todo tipo de documentación requerida para la negociación y listado, firmen los Prospecto de Emisión, avisos de suscripción, avisos de Resultado de Colocación, firma de contrato de colocación, firma de contrato con sociedad de garantía recíproca y/o entidad de garantía y cuanto documento o contrato sea necesario relacionado con la presente emisión, incluida la firma de certificados globales e instrucciones de depósito colectivo, introducir modificaciones que los organismos de contralor antes los cuales se actúe pudieran requerir con respecto a la presente emisión y en la medida que dichas modificaciones no impliquen cambios sustanciales en las condiciones determinadas en esta oportunidad. No habiendo más asuntos que tratar se da por concluida la reunión siendo las 11:00 horas en el lugar y fecha indicados.

Marcela Lledó Javier Lledó Gonzalo Gallego

Miguel Royo