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DIRANSA SRL — Regulatory Filings 2021
Jun 1, 2021
68685_rns_2021-06-01_aa155f0b-0244-4fd8-8e0f-1b715786b109.pdf
Regulatory Filings
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CERTIFICADO DE GARANTÍA
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los [--] del mes de mayo de 2021, BANCO SUPERVIELLE S.A., con domicilio en Bartolomé Mitre 434 (CP C1036AAH), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por los Sres. [--], D.N.I. [--] y [--], D.N.I. [--], en carácter de apoderados, con facultades suficientes, se constituye en fiador solidario, liso, llano y principal pagador, en los términos del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, Sección 1º, Art. 1574, sig. y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, por hasta la suma total de $50.000.000 (pesos cincuenta millones) en concepto de capital, con más los intereses correspondientes (en adelante, el “Monto Máximo”) a favor de todo tenedor de la siguiente operación: Obligaciones Negociables emitidas por DIRANSA S.R.L. (el “Deudor”) bajo el Régimen PYME CNV GARANTIZADA según el capítulo VI del Título II “Emisoras” de las NORMAS de la Comisión Nacional de Valores autorizada según Resolución CNV Nº [--] de fecha [--] de [ ] de 2021 por la suma de hasta $100.000.000 (pesos cien millones) de capital, a ser amortizado en tres cuotas consecutivas, conforme surge a continuación: (i) 33% a los 18 (dieciocho) meses de la fecha de Emisión y Liquidación; (ii) 33% a los 21 (veintiún) meses a contar desde la fecha de Emisión y Liquidación; y (iii) el restante 34% a los 24 (veinticuatro) meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación, y a una tasa de interés nominal anual variable determinada sobre la base de la Tasa BADLAR, más un margen a licitar, pagadero en forma trimestral (en adelante, las “Obligaciones Garantizadas”). La presente garantía comprende los intereses compensatorios pactados, así como todo otro accesorio de las Obligaciones Garantizadas y los gastos que razonablemente demande su cobro, incluidas las costas judiciales cuyos montos de adicionará al Monto Máximo, dejándose constancia que Banco Comafi S.A. ha otorgado una garantía por hasta la suma total de $50.000.000 (pesos cincuenta millones), con más los intereses correspondientes. Cada una de las garantías referidas será instrumentada mediante el correspondiente certificado de garantía, de modo tal que las obligaciones de cada una de las entidades de garantía con relación a las otras entidades de garantía, serán simplemente mancomunadas y en consecuencia, ante el supuesto de incumplimiento del Deudor con relación a las Obligaciones Garantizadas, cada entidad de garantía responderá ante dicho incumplimiento en las proporción en que otorgó su respectiva garantía con relación al importe total emitido bajo las Obligaciones Garantizadas (Banco Comafi S.A. por el 50%; y Banco Supervielle S.A. por el 50% restante). Asimismo, la presente garantía se emite con renuncia a los beneficios de excusión y de división, en este último caso sólo respecto del Deudor y no así respecto de otros co-fiadores, de existir, como así también de la posibilidad de subrogarse en los derechos del tenedor contra el Deudor hasta tanto el crédito del tenedor de las Obligaciones Garantizadas haya sido totalmente satisfecho. Las prórrogas, renovaciones, modificaciones o novaciones que pudieran otorgarse con relación a las obligaciones contraídas como consecuencia de las Obligaciones Garantizadas deberán contar con el consentimiento expreso y por escrito de Banco Supervielle S.A. Consiguientemente Banco Supervielle S.A. se obliga, ante el primer requerimiento del tenedor efectuado al domicilio indicado precedentemente mediante notificación fehaciente, a abonar dentro de los CINCO (5) días hábiles cualquier suma adeudada bajo las Obligaciones Garantizadas hasta su efectiva cancelación. Esta garantía permanecerá plenamente vigente y operativa hasta tanto se produzca la cancelación total de las Obligaciones Garantizadas. El Monto Máximo fijado en el presente certificado de garantía determina la cuantía total de la obligación asumida, y deberán deducirse de ese monto los pagos efectuados por el Deudor. La presente garantía se otorga para ser cumplida en los mismos términos, plazos y condiciones que los previstos en las condiciones de emisión de las Obligaciones Garantizadas. Se deja expresa constancia que cualquier impuesto, tasa o contribución que deba abonarse con motivo de la firma, mantenimiento y ejecución de esta garantía será a cargo de Banco Supervielle S.A. El presente instrumento es emitido a favor de todo tenedor de las Obligaciones Garantizadas y será título ejecutivo por el monto y las condiciones arriba expresadas. Aceptamos
expresamente someternos para cualquier cuestión judicial que se suscitare entre las Partes, a los Tribunales Nacionales de Primera Instancia en lo Comercial con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.