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CONCI S.A — Capital/Financing Update 2022
Nov 25, 2022
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Capital/Financing Update
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CERTIFICADO DE GARANTÍA
En/la Qiudad Autónoma de Buenos Aires, a los 24 días del mes de noviembre de 2022, Banco Supervielle S.A. (CUIT: 30-50000 0517-9) (en adelante, "Banco Supervielle" o el "Fiador", indistintamente), con domicilio sito en la calle Bartolomé Mitre 434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, representado en este acto por Alejandra Gladis NAUGHTON, D.N.I. 16.303.213 y Hernán OLIVER, D.N.I. 23.277.460, en carácter de apoderados conforme Poder General que les ha sido otorgado el 07 de julio de 2021, en escritura número 426, pasada al folio 1277 del Registro 24 de Capital, se constituye en fiador solidario liso, llano y principal pagador, en los términos del Libro Tercero, Título IV, Capítulo 23, Sección 1º, Art. 1574, sig. y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, por hasta la suma de \$100.000.050 (Pesos cien millones cincuenta), equivalente al 66,6667% del capital (en adelante, el "Monto Máximo"), a favor de todo tenedor de la siguiente operación: "OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I", emitidas por Conci S.A. (en adelante, el "Deudor") bajo el Régimen PYME CNV GARANTIZADA conforme el Título II, Capítulo VI, Sección III de las NORMAS (T.O. 2013 y mod.) de la Comisión Nacional de Valores (en adelante, la "CNV") y según la autorización efectuada por esta última bajo Resolución N°RESFC-2022-22041-APN-DIR#CNV del 23 de noviembre de 2022, por un valor nominal de hasta el equivalente en Dólares Estadounidenses de \$150.000.000 (Pesos ciento cincuenta millones), calculados conforme se establece en el prospecto de emisión. De acuerdo con los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Serie I, el capital será amortizado en 3 (tres) pagos conforme surge a continuación: (i) 40% a los 21 (veintiún) meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (ii) 40% a los 33 (treinta y tres) meses computados desde la Fecha de Emisión y Liquidación; (iii) 20% en la Fecha de Vencimiento. A su vez, si así lo determinase el Deudor en el aviso de suscripción, devengará intereses a una tasa de interés fija truncada a dos decimales que surja del procedimiento de subasta pública, los que serán pagaderos en forma trimestral (en adelante, las "Obligaciones Garantizadas"). La Fecha de Vencimiento será la fecha en que se cumplan los 36 (treinta y seis) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación de cada una, y será informada en el respectivo Aviso de Resultados (la "Fecha de Vencimiento"). La presente garantía comprende los intereses compensatorios pactados, como así también todo otro accesorio de las Obligaciones Garantizadas y los gastos que razonablemente demande su cobro, incluidas las costas judiciales cuyos montos se adicionarán al Monto Máximo. Se deja constancia que las Obligaciones Garantizadas emitidas por el Deudor cuentan a su vez con la fianza de Banco Comafi S.A. ("Banco Comafi", y en conjunto con Banco Supervielle los "Cofiadores") por \$49.999.950 (Pesos cuarenta y nueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos cincuenta) equivalente al 33,3333% del capital con más los intereses correspondientes, de manera tal que las obligaciones asumidas por cada garante con relación al otro serán simplemente mancomunadas y, en consecuencia, ante un supuesto de incumplimiento del Deudor con relación a las Obligaciones Negociables, cada garante responderá ante dicho incumplimiento en la proporción en que otorgó la respectiva garantía, por el monto individualmente afianzado, con más los intereses compensatorios. Asimismo, la presente garantía se emite con renuncia a los beneficios de excusión y de división, en este último caso, solo respecto del Deudor y no así respecto de los Cofiadores, como así también de la posibilidad de subrogarse en los derechos del tenedor contra el Deudor, y hasta tanto el crédito del tenedor de las Obligaciones Garantizadas haya sido totalmente satisfecho. Las prórrogas, renovaciones, modificaciones o novaciones que pudieran otorgarse con relación a las obligaciones contraídas como consecuencia de las Obligaciones Garantizadas deberán contar con el consentimiento expreso y por escrito de Banco Supervielle. Consiguientemente, Banco Supervielle, se obliga, ante el primer requerimiento del tenedor efectuado al domicilio indicado precedentemente mediante notificación fehaciente, a abonar dentro de los 5 (cinco) días hábiles cualquier suma adeudada bajo las Obligaciones Garantizadas por hasta el Monto Máximo y hasta su efectiva cancelación. Esta garantía
permanecerá plenamente vigente y operativa hasta tanto se produzca la total cancelación de las Obligaciones Garantizadas. El Monto Máximo fijado en el presente certificado de garantía determina la cuantía total de la obligación asumida por Banco Supervielle y deberán deducirse de ese monto los pagos efectuados por el Deudor. Asimismo, la presente garantía se otorga para ser cumplida en los mismos términos, plazos y condiciones que los previstos en las condiciones de emisión de las Obligaciones Garantizadas. Se deja expresa constancia que cualquier impuesto, tasa o contribución que deba abonarse con motivo de la firma, mantenimiento y ejecución de esta garantía será a cargo de Banco Supervielle. El presente instrumento es emitido a favor de todo tenedor de las Obligaciones Garantizadas y será título ejecutivo por el monto y las condiciones arriba expresadas. Aceptamos expresamente someternos para cualquier cuestión judicial que se suscitare entre las Partes, al Tribunal Arbitral que opere en el ámbito de BYMA, o bien a los Tribunales Nacionales de Primeras Instancia en lo Comercial con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a opción exclusiva del tenedor y con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Hernán Oliver Alejandra Gladis Naughton Apoderado Apoderado Banco Supervielle S.A. Banco Supervielle S.A.
Firma Certificada en Sello de Actuación Especial 18190 19 Bs. Aires 24/11/22.-


018190344
F
de Noviembre Buenos Aires.24 2022 . En mi carácter de escribano de $\mathbf{1}$ Adscripto al Registro Notarial Nº 24 .---------- $\overline{c}$ CERTIFICO: Que la/s Firmas .-.-.-3 que obra/n en el documento que adjunto a esta foja, cuyo requerimiento de certificación se $\overline{4}$ 144 formaliza simultáneamente por ACTA número del LIBRO 5 044 , es/son puesta/s en mi presencia por la/s persona/s número 6 $\overline{7}$ cuyo/s nombre/s, documento/s de identidad y justificación de identidad se indican: Alejandra Gladis NAUGHTON, D.N.I. 16.303.213, Hernán OLIVER, D.N.I. 8 23.277.460, actuando ambos en carácter de APODERADOS de "BANCO 9 SUPERVIELLE SOCIEDAD ANONIMA", const. primit. como "Banco Supervielle $10$ de Buenos Aires Societe Generale Sociedad Anónima", estatutos adecuados a $11$ Ley 19550 por esc. del 16-5-74, F°866, Reg. 93 Capital, ante su tit. Esc. Ernesto $12$ Arenaza, insc. en Juzg. Nac. 1º Inst. Com. de Registro el 28-6-74, Nº 1264, Fº 215, 13 del Libro 81 Tomo A de Estatutos de S.A.N.; cambiada la denominación por la ac- $14$ tual en esc. del 18-3-05, Fº 609, Reg.1961 de Cap., ante su tit. Esc. Rodolfo José 15 Mendonca Paz, inscripta en I.G.J. el 27-6-05, Nº 7333, Lº 28 de Sociedades por 16 Acciones; justificando el cargo con el Poder General Amplio de Administración y $17$ Disposición que le ha sido otorgado el 7 de Julio de 2021, en escritura número 18 426, pasada al folio 1277 del Registro 24 de Cap.; todo lo relacionado (Estatuto, $19$ sus reformas y poderes) lo he tenido a la vista, con facultades suficientes para es-20 te acto.- Los requirentes son de mi conocimiento, doy fe.- $21$
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