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CALZETTA S.A. — Capital/Financing Update 2019
Jan 10, 2019
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Capital/Financing Update
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OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS"CALZETTA SERIE I"

CALZETTA S.A. OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS CALZETTA Serie I POR HASTA V/N \$ 4.000.000
Oferta pública autorizada en los términos de la Ley Nº 26.831, los Decretos Nº 1.087/93 y 1.023/13 y NORMAS (T.O. 2013 y mod.) de la Comisión Nacional de Valores, registrada bajo Resolución Nº 19844 del 31 de Octubre de 2018. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información establecidos en el régimen PYME CNV GARANTIZADA. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la emisora y demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley $N^{\circ}$ 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente conforme a lo requerido por las normas vigentes. Los inversores deben tener en cuenta al momento de realizar su inversión que el sujeto emisor, en relación con la presente, contará con un régimen informativo diferenciado debido a que esta emisión se efectúa bajo el régimen garantizado por una Entidad de Garantía autorizada por la Comisión Nacional de Valores, lo que implicará que se les aplicará el régimen informativo diferenciado establecido en el artículo 24 de la Sección VI del Capítulo VI del Título II. Las obligaciones negociables autorizadas a oferta pública sólo pueden negociarse públicamente en Mercados autorizados del país, para ser adquiridas por los inversores que indican las Normas de la Comisión Nacional de Valores en su Sección I del Capítulo VI del Título II.
Copias impresas del presente Prospecto se encuentran a disposición del público inversor en: (i) las oficinas de la Emisora, sita en Av. San Martin Nº 1085, Luján de Cuyo, Provincia de Mendoza, República Argentina, (ii) en los sistema de información de los mercados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables; y en la (iii) Autopista de la Información Financiera de la CNV (http://www.cnv.gov.ar/sitioWeb/).
Mendoza, Luján de Cuyo, a los 10 días del mes de Enero de 2019.
TITULO I DESCRIPCION DE LA EMISORA
Denominación social y forma asociativa
a) Denominación: Calzetta S.A.
La emisora es una Sociedad Anónima establecida conforme a la Ley General de Sociedades 19.550 y modificatorias.
b) Sede Inscripta:
La sede social de Calzetta S.A se encuentra en Av. San Martín Nº 1085, Lujan de Cuyo, Provincia de Mendoza, República Argentina.
c) Fecha de constitución, plazo y datos de inscripción en el Registro Público de Comercio u organismo correspondiente.
Calzetta S.A. es una sociedad constituida el 01 de agosto de 1986 en Mendoza, República Argentina. El mismo fue inscripto en el Registro Público de Mendoza el 30/02/1987. Plazo de Duración: 80 años.
d) CUIT: 30-61550199-5 $\mathbf{1}$
Actividad Principal: Calzetta S.A., se dedica a obras de ingeniería y construcciones civiles.
Desde la década del '70 nos sentimos comprometidos con en el liderazgo hacia los procesos de transformación, acercándonos a quienes acompañan nuestra filosofía de trabajo con dinamismo y creatividad. Así, centrados en el sector de la Construcción, iniciamos un interminable camino en la búsqueda de unidades de negocios que pudiesen reflejar nuestro espíritu y esfuerzo puesto en el cuidado del medio ambiente. En dicho andar, descubrimos que el vertiginoso ritmo de crecimiento de contaminantes nos mantenía en alerta, iniciando entonces el área Ambiental, confiando en que el respeto hacia las futuras generaciones no es una elección, sino una obligación que estamos dispuestos a potenciar.
- CONSTRUCCION: El abordaje de obras civiles comprende proyectos de diversa naturaleza tales como urbanización, arquitectura, metalúrgica, electromecánica, sanitarios. El profesionalismo y seriedad puesto en cada uno de los desafíos, nos permite hoy cumplir con las exigencias de un mercado competitivo. Entre nuestros principales servicios están:
- Urbanizaciones y viviendas
- Hormigón armado e infraestructura (estructuras de H°A°, instalaciones y montajes industriales, galpones y naves de producción, construcciones metálicas y de madera, redes sanitarias, eléctricas y de gas)
- Obras de Propiedad Horizontal (Complejos habitacionales y comerciales)
- Obras de Arquitectura (Plazas, paseos, parques y espacios públicos; reparaciones, rehabilitaciones y obras de arte; escuelas, centros de salud, locales comerciales; proyectos personalizados)
- AMBIENTAL: En la división ambiental de Calzetta estamos dedicados a generar un aporte al desarrollo sustentable de la actividad humana, desde la concepción de soluciones para el tratamiento de efluentes domésticos o industriales. SERVICIOS:
- Depuración de aguas residuales
- Caracterización de efluentes y planes de monitoreo.
- Diseño y provisión de estaciones automáticas de bombeo para aguas residuales.
- Diagnóstico de funcionamiento y auditorias de plantas de tratamiento.
- Proyectos de ampliación y reingeniería de sistemas existentes. $\sim$
- Capacitación de operadores.
- Contratos de operación y mantenimiento.
Monto promedio de los Ingresos Totales Anuales de acuerdo a la definición PYME CNV según NORMAS (n.t.2013) de la Comisión Nacional de Valores y Pasivo total de la Emisora según último balance.
A continuación se describen los montos promedios de los Ingresos Totales Anuales de acuerdo a la definición PYME CNV según NORMAS de la Comisión Nacional de Valores
| Año 2018 $*$ | Año 2017 | Año 2016 | Promedio | Pasivo total según último balance |
|---|---|---|---|---|
| $\frac{1}{2}$ \$15.676.061,12 $\frac{1}{2}$ \$19.490.194,26 $\frac{1}{2}$ \$15.417.959,39 | $\frac{1}{2}$ \$16.861.404,92 $\frac{1}{2}$ \$12.788.401,13 |
* Fecha de cierre del ejercicio: 31/03/2018.
La demás información institucional y contable de la Emisora se encuentra a disposición de los interesados en la Autopista de Información Financiera de la CNV(http://www.cnv.gov.ar/sitioWeb)
TITULO II CONDICIONES DE EMISION
II. CONDICIONES PARTICULARES DE EMISION DE LA SERIE I
$\frac{300}{200}$
$\overline{2}$
Las Condiciones de la Emisión de la Serie I de Obligaciones Negociables PyME CNV GARANTIZADA de CALZETTA S.A. fue aprobada por reunión de Asamblea General Extraordinaria de fecha 15 de agosto de 2018 y las Condiciones Particulares de la Serie I aprobadas mediante reunión de Directorio de fecha 10 de Setiembre de 2018.
TERMINOS Y CONDICIONES $\overline{a}$
$\overline{3}$
| EMISORA | CALZETTA S.A. |
|---|---|
| DENOMINACION | Obligaciones Negociables PYME CNV GARANTIZADA CALZETTA SERIE I |
| ENTIDAD DE GARANTIA |
Las Obligaciones Negociables PYMES CNV GARANTIZADAS Serie I estarán garantizadas por aval otorgado por ACINDAR PYMES S.G.R. |
| MONTO DE LA EMISIÓN |
El valor nominal total de la Serie I será de hasta CUATRO MILLONES (\$ 4.000.000). El monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión e informado en el Aviso de Resultado de Colocación |
| PLAZO | Treinta y seis (36) meses contados a partir de la fecha de Emisión |
| MODO DE |
La emisión de las Obligaciones Negociables estará documentada en un |
| REPRESENTACIÓN | Certificado Global permanente y definitivo confeccionado de acuerdo con |
| DE LAS |
las disposiciones legales, que será depositado en la Caja de Valores S.A. con |
| OBLIGACIONES | anterioridad a la Fecha de Emisión. Resultará de aplicación el régimen de |
| NEGOCIABLES | Depósito Colectivo (ley Nº 20.643 mod. por ley 27.440) acreditándose las Obligaciones Negociables en la subcuenta comitente correspondiente a cada |
| inversor. Los obligacionistas renuncian a exigir la entrega de las láminas | |
| individuales, por lo que todas las transferencias serán realizadas a través del | |
| sistema de depósito colectivo. Los pagos de capital e intereses serán | |
| efectuados por la Emisora a los obligacionistas que figuren registrados en la | |
| AMORTIZACIÓN | Caja de Valores S.A. Las Obligaciones Negociables PYME CNV GARANTIZADA se |
| amortizaran en Nueve (09) pagos trimestrales siendo el primer pago de | |
| amortización en el 12avo (doceavo) mes y los restantes en el mes 15, 18, 21, | |
| 24, 27, 30, 33 y 36. Las Fechas de los Pagos de Amortización y montos a | |
| cancelar se indicarán en el "Cuadro de Pago de Amortización y Servicios" | |
| inserto en el Aviso de Colocación a publicar en la Autopista de Información Financiera Comisión Nacional de la de Valores |
|
| (http://www.cnv.gov.ar/sitioweb/) y en los medios que disponga el Mercado | |
| Argentino de Valores SA. | |
| INTERESES | La Tasa de interés compensatorio será variable, equivalente a la Tasa de |
| Referencia, más los puntos básicos anuales que se determinen en la licitación conforme al procedimiento que se establezca en el prospecto de emisión, con una tasa máxima y una tasa mínima a determinar, devengado durante el |
|
| Período de Devengamiento, y será la que surja 5 (cinco) días hábiles | |
| bancarios anterior a la fecha de cada vencimiento. El interés se calculará | |
| sobre el valor residual emitido considerando para su cálculo un año de 365 | |
| TASA | días. |
| DE REFERENCIA |
El promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados |
| ("BADLAR Privada"), en base a las tasas informadas por el BCRA durante | |
| el Período de Devengamiento. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es | |
| informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gov.ar), Sección | |
| "Estadísticas e Indicadores /Monetarias y Financieras/Tasas de interés por depósitos y BADLAR (serie diaria). En caso de que la tasa BADLAR |
|
| Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa | |
| sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso | |
| de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se | |
| Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas calculará la |
|
| informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un |
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SIDENTE
| millón de pesos por períodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros | |
|---|---|
| bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco (5) primeros bancos | |
| privados se considerará el último informe de depósitos disponibles | |
| publicados por el BCRA. | |
| PERÍODO DE DEVENGAMIENTO |
Es el período comprendido desde la fecha de finalización del plazo de integración (inclusive) hasta el último día hábil inmediato anterior a la |
| primera Fecha de Pago de Intereses (inclusive) para el primer pago de | |
| intereses. Para los pagos restantes; desde el último vencimiento del pago de | |
| intereses, hasta el último día hábil inmediato anterior a cada Fecha de Pago | |
| de Intereses. | |
| PAGO LOS DE |
Los Servicios de interés correspondiente a las Obligaciones Negociables |
| INTERESES | PYME CNV GARANTIZADA serán pagados en forma Trimestral a partir |
| de la fecha de finalización del plazo de integración y será informado en el | |
| Aviso de Colocación a publicarse en www.cnv.gov.ar ítem "Información Financiera", y en los medios autorizados por el Mercado Argentino de |
|
| Valores SA. Las fechas de pagos de interés (Servicios) se indicarán en el | |
| "Cuadro de Pago de Amortización y Servicios" inserto en el Aviso de | |
| Resultado a publicar en la Autopista de Información Financiera de la | |
| Comisión Nacional de Valores y en los medios que disponga el Mercado | |
| Argentino de Valores SA | |
| FECHA DE PAGO | Si el día de pago de los intereses y/o amortización del capital no fuera hábil, el pago se efectuará el día hábil siguiente, sin derecho a los obligacionistas a |
| recibir ningún interés adicional u otro pago por causa de demora ocurrida | |
| por el motivo indicado. La mencionada postergación no implicará una | |
| modificación en la cantidad de días comprendidos en el período de interés | |
| respectivo. La oportunidad en que se procederá al pago de los servicios de | |
| renta y amortización será publicada en www.cnv.gov.ar ltem "Información | |
| Financiera" y en los medios que disponga el Mercado Argentino de Valores S.A. |
|
| AGENTE DE |
Es Caja de Valores S.A., con domicilio en calle 25 de Mayo Nº 362 |
| DESPOSITO | C.A.B.A. |
| COLECTIVO | |
| LOS PAGO DE |
La amortización y pagos de los intereses correspondientes a las obligaciones |
| SERVICIOS | negociables PYME CNV GARANTIZADA, serán efectuados por el emisor |
| mediante transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores | |
| S.A. para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro | |
| INTERESES | Los intereses moratorios se devengarán desde la fecha de cada pago de la |
| MORATORIOS | amortización y servicio, respecto de la amortización y servicio impago. Los |
| mismos ascenderán a una y media vez el interés compensatorio. Si en la fecha de Pago de Servicio no se hubieran pagado los intereses, entonces los |
|
| intereses devengados hasta la fecha serán capitalizados, devengándose el | |
| interés moratorio sobre el nuevo capital | |
| PERÍODO DE |
El periodo de Suscripción será al menos de Cinco (05) días hábiles, y será el |
| SUSCRIPCIÓN | periodo que transcurra entre que comience el Periodo de Difusión y finalice |
| PERIODO DE |
el Periodo de Licitación, reservándose la Emisora conjuntamente el Agente |
| DIFUSION | Colocador el derecho de ampliar o suspender el período de colocación. |
| PERIODO DE LICITACION |
Período de Difusión: Será el período afectado a la difusión de las Obligaciones Negociables, y se iniciará el día hábil que se disponga en el |
| Aviso de Colocación, y su plazo será de al menos 4 (cuatro) días hábiles. | |
| Período de Licitación: será el período en que tenga lugar la licitación | |
| pública de las Obligaciones Negociables, y se iniciará el día hábil que se | |
| disponga en el Aviso de Colocación y su plazo será de al menos 1 (un) día | |
| hábil. | |
| FECHA DE EMISIÓN |
La fecha de Emisión será determinada dentro de los tres (3) días hábiles de finalizado el Período de Suscripción e informado en el Aviso de Resultado a |
Red Contactor
$\overline{4}$
$\sim$
| Argentino de Valores SA. | |
|---|---|
| LA PRECIO DE |
El precio de la suscripción de las Obligaciones Negociables será el que |
| SUSCRIPCIÓN | resulte en la colocación primaria efectuada por el Agente Colocador |
| autorizado | |
| MONTO MINIMO |
\$100 (pesos cien) y múltiplos de \$1 (pesos uno) sobre dicho monto. |
| DE SUSCRIPCIÓN | |
| MINIMO MONTO |
\$100 (Pesos cien) y múltiplos de \$1 (pesos uno) sobre dicho monto |
| DE | |
| ADJUDICACION | |
| VALOR NOMINAL | Pesos uno (\$1). |
| UNITARIO Y |
|
| UNIDAD MINIMA |
|
| DE NEGOCIACION | |
| AGENTE | La colocación de las Obligaciones Negociables se efectuará a través de San |
| COLOCADOR | Juan Bursátil S.A. (el Agente Colocador), ALyC Propio y AN Registro N° |
| 342 CNV, con domicilio en Av. Ignacio de la Roza N° 125 (Este), 2° Piso de | |
| la Ciudad de San Juan Provincia de San Juan. | |
| COLOCACION Y |
Las invitaciones a presentar solicitudes de suscripción de las Obligaciones |
| ADJUDICACION | Negociables PYME CNV GARANTIZADAS serán cursadas por el |
| Colocador a un amplio número de operadores y potenciales inversores. La | |
| licitación pública se efectuará mediante la modalidad "ciega" (de ofertas | |
| selladas). Los Inversores interesados en la adquisición de las Obligaciones | |
| Negociables deberán manifestar su voluntad mediante la firma y entrega al | |
| Colocador de ofertas de suscripción irrevocables, indicando la cantidad de | |
| Obligaciones Negociables que se desean suscribir, expresada en valores | |
| nominales, el Diferencial de Tasa Ofrecido, expresado como porcentaje con | |
| hasta dos decimales (las "Ofertas de Suscripción"). Las Ofertas de Suscripción | |
| podrán ser receptadas tanto por el Agente Colocador como por cualquier | |
| intermediario autorizado a operar en el sistema informático de colocación | |
| proporcionado por el Mercado Argentino de Valores S.A., para su posterior | |
| ingreso a través del sistema informático de colocación del Mercado Argentino | |
| de Valores S.A. El Colocador se reserva el derecho de rechazar cualquier | |
| Oferta de Suscripción que no cumpla con la totalidad de los requisitos exigibles. Dicho rechazo no dará derecho a reclamo alguno contra la Emisora |
|
| o contra los Colocadores. Las Obligaciones Negociables serán colocadas mediante licitación pública, conforme al rango de Diferencial de Tasa |
|
| Solicitado, en las Ofertas de Suscripción ingresadas durante el Período de | |
| Licitación por el Colocador. Vencido el Período de Licitación no podrán | |
| modificarse las ofertas ingresadas ni ingresarse nuevas. La Emisora podrá, | |
| de común acuerdo con el Colocador, suspender o prorrogar el Período de | |
| Licitación debiendo comunicar dicha circunstancia a la CNV y al Mercado | |
| Argentino de Valores SA con una anticipación no menor a un (1) Día Hábil a la finalización del Período de Licitación, y publicará un aviso en |
|
| www.cnv.gov.ar y en los medios que disponga el mercado donde se negocie. | |
| En dicho caso los Oferentes que hubieren presentado Ofertas de Suscripción | |
| podrán a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Ofertas. El | |
| Diferencial de Tasa Solicitado por los oferentes en las Ofertas de | |
| Suscripción de las Obligaciones Negociables, deberá ser expresado en las | |
| Ofertas de Suscripción como porcentaje y truncado a dos decimales | |
| (ejemplos: 1,00%, 1,25%, 1,87%). La Emisora, de común acuerdo con el | |
| Colocador, determinará el monto a emitir de las Obligaciones Negociables y | |
| el "Diferencial de Corte" en función del Diferencial de Tasa solicitado por | |
| los oferentes en las Ofertas de Suscripción, considerando las condiciones de | |
| mercado existentes al momento de la colocación para emisiones y títulos de | |
| características similares a las de las Obligaciones Negociables. El | |
| Diferencial de Tasas solicitado y el monto de Obligaciones Negociables | |
| solicitado, serán utilizados por la Emisora para determinar el monto | |
| 5 |
$\sim$
VILEZ VILEZ VID
efectivamente a ser emitido. Al finalizar el Período de Licitación, la Emisora determinará con el Agente Colocador el Diferencial de Tasa Definitivo (el "Diferencial de Corte"), quedando perfeccionado el contrato de suscripción conforme con dichos parámetros, con aquellos inversores que hubieran ofrecido un Diferencial de Tasa solicitado igual o menor al Diferencial de Corte. La comunicación se efectuará mediante la publicación del Aviso de Resultado. En el supuesto que la totalidad de Ofertas de Suscripción que la Emisora esté dispuesta a aceptar fuera inferior a la totalidad de las Obligaciones Negociables ofrecidas, se procederá a adjudicar las Ofertas de Suscripción presentadas al mayor Diferencial de Corte aceptado, es decir, a la Tasa del Diferencial de Corte. La adjudicación se realizará al "Diferencial de Corte" único para todas las ofertas aceptadas para las Obligaciones Negociables. La adjudicación se realizará a un precio único (100% del valor nominal). La Emisora, basándose en la opinión de los Colocadores, podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables cuando: (i) no se hubieran recibido Ofertas de Suscripción; (ii) los Diferenciales de Tasas Solicitados hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora; (iii) el valor nominal total de las Ofertas de Suscripción recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Compañía; (iv) hubieren sucedido cambios adversos en los mercados financieros y/o de capitales locales, así como en las condiciones generales de la Compañía y/o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras o de tipo de cambio en la República Argentina o crediticias de la Compañía que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la transacción contemplada en el presente Prospecto, en razón de encontrarse afectadas por dichas circunstancias la colocación o negociación de las Obligaciones Negociables; o (v) los Oferentes no hubieren dado cumplimiento con las normas legales penales sobre lavado de dinero, las normas del mercado de capitales que impiden y prohíben el lavado de activos emitidas por la UIF, y las normas de la CNV. En dichos casos, las respectivas solicitudes de suscripción quedarán automáticamente sin efecto, sin que tal circunstancia otorgue a los oferentes derechos a compensación ni indemnización alguna. En dichos casos, las respectivas solicitudes de suscripción quedarán automáticamente sin efecto sin que tal circunstancia otorgue a los ofertantes derecho a compensación ni indemnización alguna. Los Oferentes deberán tener presente que en caso de ser declarada desierta la colocación de las Obligaciones Negociables, por cualquier causa que fuere, las Ofertas de Suscripción recibidas quedarán automáticamente sin efecto. Tal circunstancia no generará responsabilidad de ningún tipo para la Emisora ni para el Colocador ni otorgará a los Oferentes que remitieron dichas Ofertas de Suscripción derecho a compensación ni indemnización alguna. Ni la Compañía, ni el Colocador, estarán obligados a informar de manera individual a cada uno de los Oferentes que se declaró desierta la colocación de las Obligaciones Negociables. En el caso de que varios Inversores presenten Ofertas de Suscripción de igual Diferencial de Tasa ofrecidas a la Tasa de Corte y el monto de la suma de esas ofertas supere el monto de la Emisión, entonces dichas Ofertas de Suscripción serán aceptadas parcialmente prorrateando la cantidad de Obligaciones Negociables correspondiente entre dichos oferentes. Si como resultado del prorrateo bajo cualquiera de los mecanismos de adjudicación arriba descriptos, el valor nominal a adjudicar a un Oferente bajo su respectiva Oferta de Suscripción contuviera decimales por debajo de los VN 0,50 los mismos serán suprimidos a efectos de redondear el valor nominal de las Obligaciones Negociables a adjudicar. Contrariamente, si contuviera decimales iguales o por encima de VN 0,50, los mismos serán redondeados hacia arriba, otorgando a dichos decimales el valor nominal de pesos uno (VN \$)1 de las Obligaciones Negociables a
ANDO CALZETTA Ing. OSCAR ORL PRESIDENTE
6
| adjudicar. Los montos excluidos parcial o totalmente de las Ofertas de Suscripción en función de la aplicación de los prorrateos y de la metodología de determinación del Diferencial de Corte antes descriptas quedarán automáticamente sin efecto sin que tal circunstancia genere responsabilidad de ningún tipo para la Emisora y el Colocador ni otorgue a los respectivos Oferentes derecho a reclamo y/o a compensación alguna. Ni la Emisora ni el Colocador estarán obligados a informar de manera individual a cada uno de los Oferentes que sus Ofertas de Suscripción han sido totalmente excluidas. |
|
|---|---|
| INTEGRACIÓN. | La integración del precio de la suscripción de las Obligaciones Negociables |
| FORMA DE PAGO | deberá efectuarse al contado en efectivo en pesos, dentro de los tres días |
| Y DISPONIBILIDAD |
hábiles posteriores al último día del período de suscripción, lo cual será informado en el Aviso de Suscripción y en el Aviso de Resultado. En esa |
| misma fecha se solicitará al Agente de Registro la apertura de las subcuentas | |
| a nombre de los suscriptores, procediéndose a acreditar en las mismas los | |
| valores suscriptos | |
| Y MONEDA |
Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en pesos y también |
| DENOMINACIÓN | deberán ser pagadas en la misma moneda |
| AMBITO DE |
Las Obligaciones Negociables se negociarán y listarán en el Mercado Argentino de Valores SA, y será debidamente informado en el Prospecto de |
| LISTADO Y NEGOCIACION |
Colocación de publicarse Aviso $\mathbf{a}$ el en Serie. y en la |
| http://www.cnv.gov.ar/sitioweb/ y en los medios autorizados por el Mercado | |
| Argentino de Valores S.A. | |
| DESTINO DE LOS | Los recursos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables |
| FONDOS | serán utilizados conforme lo dispone el artículo 36, inciso 2 de la ley 23.576, |
| modificada por ley 23.962 y ley 27.440, destinándose a la integración de capital de trabajo en el país, consistente en la compra de insumos, mano de |
|
| obra y costos correspondientes a la actividad principal de la empresa. | |
| ASPECTOS | Los pagos relacionados con las Obligaciones Negociables serán efectuados |
| IMPOSITIVOS | por la Emisora sin retención o deducción impositiva respecto de ningún |
| impuesto, derecho, tasa, o carga fiscal en Argentina | |
| Y COMPROMISO |
Las Obligaciones Negociables se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de la República Argentina. El Tribunal de Arbitraje del Mercado |
| JURISDICCIÓN | Argentino de Valores SA entenderá en toda cuestión que se suscitare entre |
| las partes en relación a la presente emisión, conforme a lo establecido en el | |
| artículo 46 de la ley 26.831. | |
| RESCATE | La Emisora podrá efectuar el rescate total anticipado, a un precio igual al |
| 100% del valor nominal más intereses devengados e impagos y cualquier | |
| otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables en cuestión, cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables en su totalidad, pero |
|
| no parcialmente, incluido el caso que tuvieran lugar ciertos cambios | |
| impositivos que generen en la Emisora la obligación de pagar ciertos montos | |
| adicionales bajo las Obligaciones Negociables. Dicho rescate se podrá | |
| realizar a partir de los 12 meses de la fecha de emisión, notificándose, con | |
| no menos de 30 días ni más de 60 días de anticipación a los obligacionistas mediante aviso a publicarse por 1 (un) día en el Boletín Diario del mercado |
|
| donde negocie y liste, y en http://www.cnv.gov.ar/sitioweb/. En caso de | |
| rescate deberá reintegrarse a los obligacionistas el total del capital adeudado | |
| y abonarse los intereses devengados pendientes de pago hasta la fecha del | |
| efectivo rescate. | |
- GASTOS
Los gastos relacionados a la colocación y emisión de las Obligaciones Negociables Serie I se estiman que serán equivalentes al 4,3% del Monto de la Emisión.
| 8% | Gastos Emisión aprox. | $\frac{1}{2}$ |
|---|---|---|
| Organización y colocación | ||
$\overline{7}$
| Costo Aval sobre saldos | 2,5% | |
|---|---|---|
| Total | 4,3% |
Ninguno de los gastos mencionados serásoportado por los suscriptores de las Obligaciones Negociables PYME CNV garantizadas.
III. GARANTIA
Denominación social de la ENTIDAD DE GARANTIA: Las Obligaciones Negociables están avaladas en su totalidad (100%), tanto el capital como los intereses por ACINDAR PYMES S.G.R. como entidad de garantía autorizada por la Comisión Nacional de Valores, quien asumirá el carácter de garante liso, llano y principal pagador y con renuncia a los beneficios de excusión y división, en este último caso sólo respecto de la Emisora.
Naturaleza de la Garantía: Garantía común.
INFORMACIÓN SOBRE ACINDAR PYMES S.G.R. ACINDAR PYMES SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA.
Es una Sociedad de Garantía Recíproca que surgió a fines del año 2005, autorizada por Disposición 71/2005 de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional.
Nació con un fondo de riesgo inicial de \$80.000.000, el cual fue autorizado a ser incrementado en reiteradas oportunidades, contando actualmente con una autorización para alcanzar los \$3.000.000.000.00.
A la fecha, cuenta con un Fondo de Riesgo Integrado por \$ 2.013.487.211,60 con la participación de 39 Socios Protectores, todas empresas de primer nivel y de distintos sectores de la economía.
Es la SGR Privada más importante del país, no sólo por su Fondo de Riesgo sino que también por su volumen de negocios. Cuenta actualmente con 6 sucursales distribuidas en las principales provincias de nuestro país, lo que le permite tener una cobertura federal y atender a Pymes de distintos sectores económicos.
| Información al 31/07/2018 | |
|---|---|
| Fondo de Riesgo Autorizado | \$2.013.487.211,60 |
| Fondo de Riesgo Integrado | \$2.013.487.211,60 |
| Fondo de Riesgo Disponible | \$1.891.826.455,45 |
| Fondo de Riesgo Contingente | \$121.660.756,15 |
| Riesgo Vivo | \$7.004.886.262,23 |
| Grado de Apalancamiento | 3,70 |
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