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BRUSTARK S.A. AGM Information 2022

Aug 11, 2022

68750_rns_2022-08-11_dec71952-3881-42da-8f0c-72f1217529a1.pdf

AGM Information

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INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA COLEGIO DE ESCRIBANOS
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETO Nº 754/95
L 002076024
LEY Nº 23412
Rúbrica Nº: $4573 - 10$
Pertenece a: BRUSTARK S.A.
めい
ANGELON
Domicilio: AVENIDA CORRIENTES 1660 LOCAL 43
Libro: ACTAS DE ASAMBLEAS Número de
Consta de: 0100 páginas Libros
$\mathbb{R}$
Observaciones: COPIADOR
En la fecha se procede a la rúbrica del presente libro con intervención de escribano habilitado
para actuar en el Registro Notarial Nro. 37 de la Ciudad de Buenos Aires.
Buenos Aires
$20$ de
Enero
$de$ 2014 STELLA MARISTCASTORINA
RESPONSABLE
AREA INTERVENCION Y RUBRICA DE LIBRO
ANGELANTE
ESCRIB
4° 5067

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ğ,

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ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de junio de 2022, siendo las 14 horas, se reúnen en la sede social de BRUSTARK S.A. (en adelante, la "Sociedad"), sita en calle Paraguay 635, los Sres. Accionistas de la empresa con el objeto de celebrar la Asamblea prevista para el día de la fecha. Abierto el acto, se encuentran presentes los Sres accionistas de la empresa, que figuran registrados en el libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asamblea N° 1 folio N° 19, que representan la totalidad del capital social de la Sociedad. Preside la asamblea el Presidente del Directorio Sr. Carlos Krigun, quien luego de constatar la existencia del quorum previsto en el art. 243 de la Ley General de Sociedades y del cumplimiento de todos los requisitos legales, declara formalmente constituida la Asamblea General Extraordinaria a los efectos del tratamiento de los puntos siguientes del Orden del Día: "1) Designación de dos accionistas presentes que suscribirán el acta de asamblea; 2) Consideración del ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública para pequeñas y medianas empresas ("Régimen PYME") de la CNV como emisor de Obligaciones Negociables PYME bajo el Régimen PYME CNV Garantizada; 3) Aprobación de la emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, bajo el Régimen PyME CNV Garantizada por hasta V/N \$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) con delegación en el Directorio de las más amplias facultades para su implementación; 4) Consideración del destino a dar a los fondos que se obtengan como resultado de la colocación de las Obligaciones Negociables . PYME Garantizada a emitirse; 5) Autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior; y 6) Otorgamiento de autorizaciones". Acto seguido, se procede a tratar el primer punto del Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas presentes que suscribirán el acta de asamblea: Toma la palabra el Sr. Presidente, quien propone que los Sres. Carlos Krigun y Jaime Kleidermacher firmen el acta, lo que resulta aprobado por unanimidad. Acto seguido, el Sr. Presidente pone a consideración de los accionistas el segundo punto del Orden del Día: 2) Consideración del ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública para pequeñas y medianas empresas ("Régimen PYME") de la CNV como emisor de Obligaciones Negociables PYME bajo el Régimen PYME CNV Garantizada: Toma la palabra el Sr. Presidente, quien manifiesta que en virtud de las actuales condiciones de mercado de capitales y a fin de poder obtener financiamiento proveniente del mercado de capitales para satisfacer las necesidades de financiamiento de la Sociedad a través de la emisión de valores negociables a ser colocados entre el público inversor, resulta pertinente que la Sociedad resuelva ingresar al Régimen PYME de oferta pública de valores negociables de la CNV bajo el Régimen PYME CNV Garantizada, en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y las disposiciones contenidas en las Normas de la CNV (N.T. 2013) y sus normas modificatorias y complementarias (las "Normas de la CNV"), y el Decreto 1023/2013 (y sus modificatorias, complementarias y reglamentarias). Luego de un intercambio de opiniones, los Sres. Accionistas resuelven por unanimidad: (a) el ingreso de la Sociedad al Régimen PYME de oferta pública como emisor de obligaciones negociables PYME CNV Garantizada ante la CNV, en los términos dispuestos de la Ley $N^{\circ}26.831$ y las disposiciones contenidas en las Normas de la CNV y el Decreto 1023/2013; (b) solicitar la correspondiente autorización de ingreso al Régimen PYME como emisor de Obligaciones Negociables PYME bajo el Régimen PYME CNV Garantizada ante la CNV, a criterio del Directorio o de las personas que este órgano designe; y (c) delegar en el Directorio y en las personas que éste designe, la

realización de todas las gestiones necesarias a tal fin. Acto seguido, el Sr. Presidente pone a consideración el tercer punto del Orden del Día; 3) Aprobación de la emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, bajo el Régimen PyME CNV Garantizada por hasta V/N \$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) con delegación en el Directorio de las más amplias facultades para su implementación: Puesto a consideración el segundo punto del Orden del Día, y luego de deliberar, los señores accionistas resuelven de común acuerdo y por unanimidad aprobar la emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones por hasta V/N \$800.000.000 (Pesos ochocientos millones) (o su equivalente en otras monedas y/o unidades de valor) bajo el Régimen PyME CNV Garantizada (las "Obligaciones Negociables PYME Garantizada"). Asimismo, se resuelve por unanimidad delegar en el Directorio (i) todas las facultades necesarias para determinar todas las condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada que no fueran expresamente determinadas por esta Asamblea, incluyendo, sin limitarse: forma, monto (dentro del monto máximo autorizado por esta Asamblea), época de emisión, plazo, precio, moneda de denominación, forma de colocación y condiciones de pago, su tasa de interés, su forma de amortización; designación de agentes organizadores y/o colocadores; solicitud de certificados de garantía a entidades de garantía autorizadas por CNV; posibilidad de que las obligaciones negociables se emitan sucesiva u alternativamente en una y/o varias clases y/o series y/o tramos, de corresponder, con una o más garantías dadas por entidades de garantía autorizadas por la CNV o que se listen o se negocien en mercados de valores autorizados por la CNV del país y/o mercados de valores del exterior; y cualquier otra modalidad que a criterio del Directorio sea procedente fijar; (ii) la realización ante la CNV de todas las gestiones necesarias para obtener la autorización para la emisión de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada; (iii) la realización ante el Mercado Abierto Electrónico ("MAE"), Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA"), la Caja de Valores S.A. ("CVSA") y cualesquier. otras bolsas o mercados de la República Argentina y/o mercados de valores del exterior de todas las gestiones para obtener la autorización de emisión de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada bajo el Régimen PYME CNV Garantizada, y para el eventual listado y/o negociación de las mismas; (iv) la facultad de constituir contragarantías a favor de las entidades de garantía, reales o personales, incluyendo sin limitación, prendas de acciones, prendas de maquinarias, hipotecas fijas o flotantes, cesiones en garantía, cesiones fiduciarias (incluye cesión fiduciaria de ganado en pie), endosos en garantía, entre otros, pudiendo designar agentes de la garantía: Acto seguido. el Sr. Presidente pone a consideración el cuarto punto del Orden del Día 4) Consideración del destino a dar a los fondos que se obtengan como resultado de la colocación de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada a emitirse: El Presidente toma la palabra y mociona para que los fondos obtenidos por la colocación de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada sean destinados para uno o más de los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables (según fuera modificada y complementada) y/o los que se establezcan en las regulaciones aplicables, correspondiendo al Directorio, o en su caso a los funcionarios subdelegados por el mismo, determinar dentro de este marco general a qué destino en particular se afectará el producido neto de la colocación de cada clase y/o serie. Luego de un breve debate se resuelve por unanimidad aprobar la moción del señor Presidente en su totalidad; 5) Autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior: Volviendo a tomar la palabra el Sr. Presidente quien mociona para que se autorice al Directorio a subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en quien

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ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el punto anterior. para actuar en nombre y representación de la Sociedad, firmando y presentando toda la documentación que corresponda, y contestando vistas ante la CNV, la BCRA, BYMA, MAE, los mercados autorizados, y/o la CVSA. Puesta a consideración de los accionistas, la propuesta es aprobada por unanimidad: 5) Otorgamiento de autorizaciones: El Sr. Presidente mociona para que se autorice a los Sres. Alexia Rosenthal, Jaime Uranga, Juan Sanguinetti, Rocío Carrica, Ignacio Nantes, Ignacio Criado Díaz, Mariana Troncoso, Pilar Domínguez Pose, Carolina Mercero, Teófilo Jorge Trusso, Juan Manuel Simó, Agustín Astudillo y/o a quienes estos designen para que cualquiera de ellos, actuando en forma individual e indistinta, puedan cumplir con las formalidades necesarias a los fines de realizar la inscripción de las precedentes resoluciones de asamblea y realizar todos los actos necesarios para obtener la aprobación y registro de la presente asamblea, para suscribir dictámenes profesionales, escritos, edictos y demás documentos públicos o privados que fuere menester para efectuar las publicaciones de ley y obtener las correspondientes autorizaciones para la emisión de las Obligaciones Negociables PYME Garantizada a través de una emisión individual, ante la Inspección General de Justicia y/o. CNV y/o BCBA y/o BYMA y/o MAE y/o CVSA y/o cualquier otro mercado autorizado. La propuesta es aprobada por los accionistas por unanimidad de votos presentes. Finalmente, el Presidente destaca que la presente Asamblea tiene plena fuerza legal conforme a lo dispuesto por el art. 237 de la ley 19,550, no obstante, no haber sido convocada mediante la publicación de ley, en virtud de encontrase presentes el 100% del capital social y sus decisiones adoptadas por unanimidad. No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión agradeciendo a los señores accionista su concurrencia, previa lectura y ratificación de la presente acta. Siendo las 16 horas finaliza la reunión.

CARLOS KAIGUN

JAIME KLEIDERMACHER