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Boldt Interim / Quarterly Report 2020

Jun 11, 2020

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author: "kaplan"
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CASINO PUERTO SANTA FE S.A. Estados Contables Intermedios al 30 de abril de 2020 presentados en forma comparativa

CONTENIDO

NÓMINA DEL DIRECTORIO Y COMISIÓN FISCALIZADORA

INFORME DE REVISIÓN SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS

DATOS GENERALES DE LA SOCIEDAD

ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS BÁSICOS

  • Estado de situación patrimonial intermedio
  • Estado de resultados intermedio
  • Estado de evolución del patrimonio neto intermedio
  • Estado de flujo de efectivo intermedio

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

  • Notas a los estados contables intermedios
  • Anexo “I” Costo de ventas
  • Anexo “II” Gastos: Información requerida por el art. 64, I, Inc. B) de la Ley 19.550

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

NÓMINA DEL DIRECTORIO

Elegido por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 25 de marzo de 2019:

Presidente Antonio Eduardo Tabanelli
Vicepresidente Miguel Suqué Mateu
Director titular Luis Federico Kenny
Director titular Guillermo Enrique Gabella
Director suplente Rosana Beatriz Martina Tabanelli
Director suplente Alejandro José Kenny

NÓMINA DE LA COMISIÒN FISCALIZADORA

Elegido por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 25 de marzo de 2019:

Síndico titular Federico Fortunati Padilla (*)
Síndico titular Diego Carlos Maañón
Síndico titular Sergio Suarez
Síndico suplente Jorge Luis Silvestri
Síndico suplente Pablo Manuel Padilla
Síndico suplente María Noelia Pernía

(*) Designado por acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 15 de enero de 2020.

INFORME DE REVISIÓN SOBRE ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS

A los Señores

Presidente y Directores de

CASINO PUERTO SANTA FE S.A.

C.U.I.T. 30-70975366-1

Domicilio legal: Dique I, Puerto de Santa Fe - Ciudad de Santa Fe

Pcia. De Santa Fe

Informe sobre los estados contables intermedios

  1. Estados contables intermedios

Hemos revisado los estados contables intermedios adjuntos de CASINO PUERTO SANTA FE S.A. (en adelante “la Sociedad”), que comprenden el estado de situación patrimonial al 30 de abril de 2020, el estado de resultados, de evolución del patrimonio neto, y de flujo de efectivo por el periodo finalizado en esa fecha, así como las notas 1 a 13 y los anexos I y II que se presentan como información complementaria.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.

  1. Responsabilidad de la Dirección en relación a los estados contables intermedios

La Dirección es responsable por la preparación y presentación de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables vigentes en la Provincia de Santa Fe, República Argentina, y del control interno que la Dirección considere necesario de manera que los estados contables no contengan errores significativos.

  1. Responsabilidad de los auditores y alcance de la revisión

Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados contables de período intermedio adjuntos sobre la base de nuestra revisión. Hemos efectuado nuestra revisión de acuerdo con las normas de revisión establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (en adelante “FACPCE”). De acuerdo con dicha norma, una revisión consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión sobre la información contable incluida en los estados contables intermedios y en efectuar indagaciones a los responsables de su elaboración. El alcance de una revisión es sustancialmente menor al de un examen de auditoría practicado de acuerdo con las normas de auditoría vigentes y, por consiguiente, no permite asegurar que todos los asuntos significativos que podrían ser identificados en una auditoría lleguen a nuestro conocimiento. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría sobre los estados contables de períodos intermedios.

  1. Conclusión

Como resultado de nuestra revisión, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables de período intermedio adjuntos no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de la Sociedad al 30 de abril de 2020, así como los resultados de sus operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Santa Fe, República Argentina.

  1. Párrafo de énfasis

Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar la información contenida en la Nota 12. a los estados contables intermedios adjuntos al 30 de abril de 2020, que describe los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 está produciendo en las actividades operativas y financieras de la Sociedad. Estos efectos se visualizan, tal como se menciona en la Nota 1. a los estados contables intermedios adjuntos al 30 de abril de 2020, en el déficit de capital de trabajo de $201.430.018 que presenta la Sociedad. A su vez, la Sociedad presenta en los presentes estados contables intermedios adjuntos, un resultado negativo que asciende a $28.842.735 y una pérdida operativa que asciende a $16.548.740.

La dirección de la Sociedad se encuentra monitoreando activamente la situación de la evolución de la pandemia y su impacto sobre sus variables económicas, financieras, de liquidez, de operaciones, proveedores, industria y mano de obra. Dada la evolución diaria del brote de COVID-19 y las respuestas globales para frenar su propagación, la Sociedad no puede estimar los efectos del brote de COVID-19 en el resultado de sus operaciones, condición financiera y liquidez para el año fiscal 2020.

La Sociedad ha preparado los estados contables intermedios adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse las situaciones descriptas a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes a las del curso normal de sus negocios. Nuestra conclusión no contiene salvedades en relación con esta situación.

  1. Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
  2. los estados contables de períodos intermedios adjuntos se encuentran pendientes de transcripción en el libro de Inventario y Balances y surgen de las registraciones del sistema contable de la Sociedad.
  3. Las cifras de los estados contables intermedios adjuntos son las siguientes:

  1. Al 30 de abril de 2020, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que surge de los registros contables ascendía a $9.812.773, de los cuales $ 9.356.549 se encuentra regularizada con moratorias y $456.224 no son exigibles a dicha fecha.
  2. Al 30 de abril de 2020, la deuda devengada a favor de la Administración Provincial de Impuestos de la Provincia de Santa Fe en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos que surge de los registros contables ascendía a $ 3.217.188, no existiendo deudas exigibles a dicha fecha.

Ciudad de Santa Fe, 9 de junio de 2020.

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282
Gustavo Omar Acevedo (Socio)
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 – Ley 8738

ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS AL 30 de abril de 2020

Por el período de 6 (seis) meses iniciado el 1º de noviembre de 2019, y finalizado el 30 de abril de 2020 presentado en forma comparativa (Nota 2.3.)

(Expresado en pesos y en moneda homogénea – Nota 2.2.)

Denominación CASINO PUERTO SANTA FE S.A.
Domicilio legal Dique I, Puerto de Santa Fe - Ciudad de Santa Fe - Pcia. de Santa Fe
Actividad principal Equipamiento, operación y explotación de un casino con mesas de juego, máquinas tragamonedas y sala de bingo y de un hotel y centro de convenciones en la Provincia de Santa Fe y la prestación de servicios complementarios de gastronomía y cafetería.
Inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas de la Pcia. de Santa Fe Del Estatuto 16/02/2007
Última modificación 03/10/2019 (*)
Número de inscripción en la Inspección
General de Personas Jurídicas de la Pcia. de Santa Fe 3136
Fecha de vencimiento del Estatuto 16/02/2047
Datos de la Sociedades Controlantes Denominación 1. Boldt S.A. 2. Invergaming Grup S.L.
Domicilio legal 1. Aristóbulo del Valle 1257 - 2° Piso - Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2. Pere II Montcada I, Barcelona
Actividad principal 1. Holding; negocio de los casinos y máquinas electrónicas de azar,; entre otras. 2. Consultora
Porcentaje de votos 1. 50% 2. 50%

(*) Pendiente de inscripción en la Inspección Geenral de Persona Jurídicas de la Pcia de Santa Fé.

Composición del Capital (Nota 4.)

Acciones Suscripto e Integrado $ Inscripto $
Cantidad Tipo V. N. $ Nº de votos
que otorga
290.000 Ordinarias nominativas 100 1 29.000.000 29.000.000
no endosables “Clase A”
290.000 Ordinarias nominativas 100 1 29.000.000 29.000.000
no endosables “Clase B”

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL INTERMEDIO

al 30 de abril de 2020

presentado en forma comparativa (Nota 2.3.)

Expresado en pesos y en moneda homogénea – Nota 2.2.

ESTADO DE RESULTADOS INTERMEDIO

Por el período de seis meses finalizado el 30 de abril de 2020

comparativo con el período anterior

Expresado en pesos y en moneda homogénea – Nota 2.2.

ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO INTERMEDIO

Por el período de seis meses finalizado el 30 de abril de 2020 comparativo con el período anterior

Expresado en pesos y en moneda homogénea – Nota 2.2.

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO INTERMEDIO

Por el período de seis meses finalizado el 30 de abril de 2020

comparativo con el período anterior

Expresado en pesos y en moneda homogénea – Nota 2.2.

  1. OBJETO DE LA SOCIEDAD, FINALIDAD DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS Y SITUACIÓN ACTUAL
  2. Objeto de la Sociedad

Casino Puerto Santa Fe S.A. (“La Sociedad”), con fecha 7 de septiembre de 2006, celebró un “Contrato de Concesión” con la Caja de Asistencia Social-Lotería de la Provincia de Santa Fe (en adelante la CAS). La Sociedad inició la explotación del negocio en agosto de 2008.

La Concesión comprende:

a) La construcción, equipamiento y explotación del Casino en la ciudad de Santa Fe con carácter exclusivo dentro de un radio de 60 Km. desde el límite urbano de la ciudad de Santa Fe dentro de la Provincia de Santa Fe.

b) La explotación de locales comerciales, playas de estacionamiento y espacios destinados a publicidad.

c) La administración del Casino.

d) Prestación de servicios complementarios, tales como gastronomía y cafetería.

e) Servicio de vigilancia.

f) Explotación de otras áreas rentables a crearse, complementarias del Casino.

Como contraprestación se ha establecido un canon fijo mensual por cada mesa de juego instalada, que a partir del inicio del tercer año de operaciones del Casino es ajustable anualmente sobre la base de ciertas condiciones. Adicionalmente se ha fijado un canon variable en base al resultado bruto mensual proveniente de la explotación de las máquinas tragamonedas y del bingo.

La Sociedad tiene por finalidad el equipamiento, operación y explotación de un casino con mesas de juegos y máquinas tragamonedas y sala de bingo en la ciudad de Santa Fe, hotel y centro de convenciones y la administración del casino, su mantenimiento, la prestación de servicios de gastronomía y cafetería, el servicio de vigilancia, la explotación de playas de estacionamientos y locales comerciales y otras áreas rentables a crearse, complementaria del casino y la reparación de inmuebles e instalaciones.

  1. Finalidad de los estados contables intermedios

Los presentes estados contables intermedios han sido preparados a efectos de ser utilizados por parte de Boldt S.A. en el proceso de aplicación del método del valor patrimonial proporcional en sus estados financieros condensados por el período de seis meses finalizado el 30 de abril 2020, aplicando las mismas políticas contables utilizadas en los estados contables anuales correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019. En consecuencia, los presentes estados contables intermedios no incluyen toda la información complementaria requerida para un cierre anual y deben ser leídos conjuntamente con los estados contables anuales correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019.

  1. OBJETO DE LA SOCIEDAD, FINALIDAD DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS Y SITUACIÓN ACTUAL (continuación)
  2. Situación actual

En la Nota 12. de los presentes estados contables intermedios se describe los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 está produciendo en las actividades operativas y financieras de la Sociedad. Debido a lo anteriormente descripto, la Sociedad expone un capital de trabajo negativo de $201.430.018. A su vez, presenta un resultado negativo que asciende a $28.842.735 y una pérdida operativa que asciende a $16.548.740.

Los presentes estados contables intermedios fueron preparados utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse las situaciones descriptas a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes a las del curso normal de sus negocios.

  1. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS

Las Normas Contables más relevantes aplicadas por la Sociedad en los Estados Contables Intermedios fueron las siguientes:

    1. Normas contables profesionales aplicables y uso de estimaciones

Los estados contables intermedios han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe (CPCESF), habiendo aplicado la Resolución Técnica N° 17 como norma de desarrollo de cuestiones de aplicación general, y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley General de Sociedades.

La preparación de los estados contables intermedios de acuerdo con dichas normas requiere la consideración, por parte de la Dirección de la Sociedad, de estimaciones y supuestos que impactan en los saldos informados de activos y pasivos, la exposición de activos y pasivos contingentes a la fecha de dichos estados intermedios, como así también los montos de ingresos y gastos de cada uno de los períodos. Los resultados finales e importes reales podrían diferir de estos estimados.

  1. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS (Continuación)
  2. Unidad de medida

Los estados contables intermedios son preparados en pesos y en moneda homogénea. Con motivo del incremento de los niveles de inflación que en los primeros meses del año 2018 ha sufrido la economía argentina, se ha llegado a un consenso sobre la existencia de un contexto de alta inflación a partir del 1°de julio de 2018 en función de los parámetros establecidos por la referida RT 39.

La Resolución N° 02/2018 del Consejo Superior del CPCESF estableció la necesidad de re-expresar a moneda constante los estados contables correspondientes a ejercicios cerrados a partir del 1º de julio de 2018 inclusive, en concordancia con la Resolución JD FACPCE N° 539/18, que aprobó las normas generales y particulares a tener en cuenta en materia de re-expresión de estados contables intermedios en moneda homogénea de acuerdo con los mecanismos de ajuste e índices de precios previstos en la Resolución Técnica N° 6 “Estados contables en moneda homogénea” (RT 6).

El Directorio de la Sociedad ha hecho uso de la opción establecida en la referida resolución (Prorrogado por Res. JG FACPCE N° 553/19) que permite determinar y presentar los resultados financieros y por tenencia incluido el resultado por el cambio del poder adquisitivo de la moneda (RECPAM) en una sola línea, según lo prevé la RT 6.

La no apertura de los resultados financieros y por tenencia (incluido el RECPAM) genera la imposibilidad de determinar las magnitudes reales de los diferentes componentes de los resultados financieros y por tenencia, ni tampoco las magnitudes nominales ajustadas por inflación de los mismos y el efecto del RECPAM sobre dichos resultados. Esta limitación también impide la determinación de ciertos ratios financieros, tales como el rendimiento de los activos financieros, el costo de endeudamiento, el efecto "palanca", etc.

Se optó por no informar en notas la composición de las causas del estado de flujo de efectivo, identificada como "Resultados financieros y por tenencia generado por el EyEE" requerida por la interpretación 2, esto imposibilita determinados análisis sobre la base de este estado al no reflejar el impacto de la pérdida de poder adquisitivo del efectivo y sus equivalentes.

    1. Normas de exposición

Los estados contables se exponen de acuerdo con las Resoluciones Técnicas Nº 8, 9 y 21 de la F.A.C.P.C.E., aprobadas por Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe (C.P.C.E.S.F.)

2. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS (Continuación)

    1. Criterios de valuación

Los criterios de valuación aplicados se encuadran dentro de lo establecido por la Resolución Técnica Nº 17, 18 y 21 de la F.A.C.P.C.E. y sus modificaciones vigentes en la fecha de emisión de los presentes estados contables intermedios.

Los principales criterios de medición contable utilizados para la preparación de los estados contables intermedios fueron los siguientes:

a) Créditos y deudas en moneda nacional

Atendiendo a su destino probable, la medición contable de estas partidas se ha efectuado considerando:

  • la medición original del activo o pasivo;
  • la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar o a pagar a sus vencimientos;
  • las cobranzas o pagos realizados.

En los casos en que fuera de aplicación, según lo establecido en el punto 5.3. de la Resolución Técnica N° 17, dichas mediciones se obtuvieron mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que el activo o pasivo en cuestión generará de acuerdo al criterio normado por el punto 5.2. de la resolución citada anteriormente.

b) Créditos y deudas en moneda extranjera

Atendiendo a su destino probable, la medición contable de estas partidas se ha efectuado considerando:

  • la medición original del activo o pasivo;
  • la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar o a pagar a sus vencimientos;
  • las cobranzas o pagos realizados.

Los montos así determinados fueron convertidos a los tipos de cambio de las correspondientes divisas vigentes al cierre del ejercicio.

c) Inversiones temporarias

La tenencia de cuotas partes en fondos comunes de inversión se miden a su valor de cotización a la fecha de cierre.

2. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS (Continuación)

    1. Criterios de valuación (Continuación)

d) Bienes de cambio

Los bienes de gastronomia se valúan a su costo de adquisición, el cual no difiere significativamente de su costo de reposición.

En caso de lenta rotación, obsolescencia, merma o deterioro, el valor registrado de los bienes de cambio se reduce mediante una previsión para desvalorización, para llevar el mismo a su valor recuperable.

e) Bienes de uso

Se han valuado al costo de adquisición reexpresado en moneda de cierre según lo establecido en Nota 2.2, neto de las depreciaciones acumuladas correspondientes. El costo de adquisición incluye todas las erogaciones necesarias para poner los bienes en condiciones de ser utilizados económicamente. Las depreciaciones se calcularon por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al termino de la vida util estimada.

f) Activos intangibles

Los activos intangibles adquiridos en forma separada se miden inicialmente a su costo original reexpresado en moneda de cierre según lo establecido en Nota 2.2.

Despues del reconocimiento inicial, los activos intangibles con vidas útiles definidas se miden a su costo reexpresado menos la amortización acumulada. La amortización se determina aplicando el método de la línea recta, utilizando tasas anuales suficientes para extinguir el valor registrado de los activos al final de las vidas útiles estimadas.

g) Previsiones

Para juicios laborales: tiene por finalidad cubrir las contingencias que pudieran surgir en juicios o controversias iniciados o de probable iniciación contra la Sociedad.

2. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS (Continuación)

    1. Criterios de valuación (Continuación)

h) Impuesto a las ganancias

Para el cálculo del Impuesto a las Ganancias se ha seguido la metodología prevista en el punto 5.19.6. de la Resolución Técnica Nº 17 de la F.A.C.P.C.E.. La misma establece que serán imputados con cargo al rubro impuesto a las ganancias del Estado de Resultados el impuesto determinado según bases impositivas y las diferencias temporarias existentes, por la aplicación del método del impuesto diferido, entre las mediciones contables e impositivas de los activos y pasivos.

Para el cálculo del impuesto diferido al cierre del período, la Sociedad utilizó el método del pasivo, que establece la determinación de activos y pasivos diferidos netos, basados en las diferencias temporarias, y el reconocimiento de activo diferido por quebrantos impositivos no utilizados, susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras.

Conforme al artículo 3 de la Ley 27.468 (B.O. 04/12/2018) y la posición de la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP – manifestada el 2 de mayo de 2019 en el Espacio de Diálogo entre este organismo público y organizaciones profesionales de ciencias económicas, el efecto del reconocimiento del cambio en el poder adquisitivo de la moneda a efectos del impuesto a las ganancias (ajuste por inflación impositivo) será aplicable en caso que la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios, supere un cincuenta y cinco por ciento (55%), un treinta por ciento (30%) y en un quince por ciento (15%) para el primer, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente, considerando como primer ejercicio de aplicación los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. El ajuste por inflación positivo o negativo, según sea el caso, a que se refiere el párrafo anterior, correspondiente al segundo y tercer ejercicio iniciados a partir del 1° de enero de 2019, deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos (5/6) restantes, en partes iguales, en los cinco (5) períodos fiscales inmediatos siguientes.

i) Resultados financieros. Componentes financieros implícitos

La segregación de los componentes financieros implícitos se realizó únicamente sobre los saldos de activos y pasivos a la fecha de los estados contables intermedios.

Adicionalmente, la Dirección determina y presenta los resultados financieros y por tenencia (incluido el resultado por el cambio del poder adquisitivo de la moneda (RECPAM) en una sola línea, según lo prevé la RT 6.

2. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES INTERMEDIOS (Continuación)

    1. Criterios de valuación (Continuación)

i) Resultados financieros. Componentes financieros implícitos (Continuación)

Resultados financieros y por tenencia (incluyendo el resultado por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda): se determina por diferencia entre el resultado final del ejercicio y el subtotal de los rubros del estado de resultados reexpresados en moneda constante y comprende: i) el resultado por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda; ii) los resultados financieros y por tenencia.

j) Estimaciones contables

La preparación de los estados contables intermedios, en conformidad con normas profesionales vigentes en la República Argentina, requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y de los activos y pasivos contingentes revelados a la fecha de emisión de los presentes estados contables intermedios, así como también los ingresos y gastos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables intermedios.

    1. Información adicional sobre el estado de flujo de efectivo

El efectivo y equivalentes de efectivo del estado de flujo de efectivo comprenden los saldos de caja y bancos e inversiones de alta liquidez, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS

  1. CAPITAL SOCIAL

El capital social suscripto, integrado e inscripto asciende a $ 58.000.000.

  1. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

Al 30 de abril de 2020 los saldos y operaciones con partes relacionadas conforme a lo requerido por la Resolución Técnica Nº21 de la F.A.C.P.C.E. son los siguientes:

a) Saldos al cierre:

b) Montos del período de las operaciones:

  1. CONTRATOS DE CONCESIÓN
  2. Contrato de Concesión para el uso del predio

Con fecha 10 de noviembre de 2006, se celebró un contrato de concesión “Contrato del Predio”, entre el Ente Administrador Puerto Santa Fe (en adelante el Ente) y la Sociedad.

El objeto del presente contrato es la concesión de una fracción de terreno de 78.100 m2 ubicado en el Puerto de Santa Fe y una fracción de espejo de agua sobre la Dársena II para 70 amarras para ser destinados en forma exclusiva a la construcción, equipamiento y explotación de casino, bingo, hotel, confitería, sala de convenciones, pub, centro comercial, cine, teatro auditorio, oficinas, sala de turismo, gastronomía y cafetería, playa de estacionamiento y espacios destinados a publicidad.

El término de concesión se conviene en treinta años corridos y contados a partir del día siguiente a la notificación del Decreto del Poder Ejecutivo de la Pcia. de Santa Fe con opción a una única prórroga de diez años al vencimiento del plazo inicial.

Como contraprestación se ha establecido un canon fijo mensual, que a partir del inicio del tercer año de operaciones del Casino es ajustable anualmente sobre la base de ciertas condiciones.

En el mes de agosto de 2008 la Sociedad inauguró las instalaciones del complejo edilicio construido para la explotación del negocio iniciando de esta manera las actividades del casino, centro de convenciones, hotel y demás servicios complementarios.

  1. Contrato de concesión para la explotación de salones comerciales y estacionamiento

Con fecha 9 de diciembre de 2010, se celebró un Contrato de Concesión para la construcción de una torre para oficinas administrativas, comerciales y empresariales; salones comerciales de exposición y venta (sector 1); un edificio destinado a estacionamiento privado y comercial con puente vial de doble mano y vías de circulación interna (sector 2), desarrollo de espacio verde y autorización de desarrollo de espacios de uso común fuera del predio (sector 3) concesionado en el Puerto de Santa Fe, entre el Ente y, por la otra parte, Boldt S.A., Torre Puerto Santa Fe S.A. y Casino Puerto Santa Fe

S.A. (el concesionario).

El objeto del presente contrato, en lo correspondiente a Casino Puerto Santa Fe S.A., es la concesión de una fracción de terreno de 6.752,2 m2 ubicado en el Puerto de Santa Fe, para ser destinados a la construcción de salones comerciales de exposición y venta; un edificio destinado a estacionamiento privado y comercial con puente vial de doble mano y vías de circulación interna.

  1. CONTRATOS DE CONCESIÓN (Continuación)
  2. Contrato de concesión para la explotación de salones comerciales y estacionamiento (Continuación)

Finalizada y aprobada la etapa constructiva, el término de la concesión se conviene en treinta años corridos, con la opción a una única prórroga de diez años, al vencimiento del período antes indicado. Como contraprestación se ha establecido un canon fijo mensual, tanto en dólares como en euros.

Boldt S.A., Torre Puerto Santa Fe S.A. y Casino Puerto Santa Fe S.A. poseen responsabilidad solidaria e ilimitada frente al Ente por el pago total del canon y cumplimiento de las restantes obligaciones que surjan del contrato de concesión.

Con fecha 8 de mayo de 2015, el Ente comunicó a la Sociedad la aprobación de la etapa constructiva y la operatividad de la presente concesión correspondiente al sector 1 y 2.

  1. Contrato de concesión para la construcción y explotación del restaurante y otros servicios turísticos en Costanera Este

Con fecha 17 de junio de 2013 se celebró un contrato de concesión entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y Casino Puerto Santa Fe S.A. de acuerdo a la licitación pública Nº 05/2012 consistente en la construcción y posterior explotación de un complejo gastronómico integral en el sector central de la Costanera Este, y la realización de actividades turísticas-recreativas, deportivas, de esparcimientos y /o culturales de interés para la ciudadanía en general y afines al funcionamiento del balneario en el cual se emplaza. El plazo de la concesión es de veinte años contados a partir de la suscripción del presente contrato, no pudiendo prorrogarse su vencimiento.

En el mes de junio de 2015 se produjo la inauguración del complejo gastronómico.

  1. RESTRICCIÓN A LA TRANSFERENCIA ACCIONARIA

De acuerdo con lo establecido por el artículo decimotercero del estatuto de la Sociedad, cualquier accionista podrá transferir libremente sus acciones a sociedades controladas, entendiéndose por tales sociedades a aquellas respecto de las cuales el accionista tenga la titularidad de la mayoría del capital y de los votos y la potestad de dirigir sus actividades y negocios, siempre que el nuevo titular suscriba de conformidad el estatuto y no se transgredan las cláusulas del contrato de concesión y la normativa aplicable.

De acuerdo con lo establecido por la Ley General de Sociedades, deberá transferirse a la Reserva legal un cinco por ciento de las ganancias del período más (menos) los ajustes de resultados de ejercicios anteriores, hasta que la misma alcance el veinte por ciento del capital.

Asimismo, no podrán distribuirse utilidades hasta tanto no se compensen las pérdidas acumuladas provenientes de ejercicios anteriores.

  1. AVALES Y GARANTÍAS OTORGADOS

Con fecha 17 de julio de 2014, la Asamblea de Accionistas aprobó el otorgamiento de avales a las sociedades relacionadas Manteo S.A. y Naranpark S.A. para que puedan cumplir con sus respectivas obligaciones legales ante la autoridad de contralor y fiscalización. En consecuencia, la Sociedad se ha constituido en fiador solidario, liso, llano, principal pagador y codeudor de todas las obligaciones que contrajeron y/o contraigan en el futuro las sociedades Naranpark S.A y Manteo S.A. con Sancor Seguros S.A., en virtud de cualquier contrato de seguro de caución instrumentado mediante póliza ya emitida o que se emita en el futuro.

  1. SITUCIÓN ACTUAL

Con fecha 23 de diciembre de 2019, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.541 “Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública” que dispuso, entre otras cuestiones, que:

  1. se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social; y se delega en el Poder Ejecutivo Nacional, las facultades comprendidas en la ley en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, hasta el 31 de diciembre de 2020.
  2. la reducción de la tasa al 25% del Impuesto a las Ganancias dispuesto por la Ley 27.430 se suspende hasta los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021.
  3. el ajuste por inflación impositivo positivo o negativo, según sea el caso, correspondiente al primer, segundo ejercicio iniciados a partir del 1 de enero de 2019, deberá imputarse un sexto en ese período fiscal y los cinco sextos restantes, en partes iguales, en los cinco períodos fiscales inmediatos siguientes.
  4. la unificación de la alícuota de cargas sociales a la tasa única del 19,50% se suspende, manteniéndose las alícuotas actualmente vigentes.
  5. cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo de las cuentas corrientes bancarias, bajo cualquier forma, el débito estará alcanzado por el impuesto a la alícuota del 1,2%.
  6. se establece, por el término de cinco períodos fiscales, un impuesto que aplicará sobre determinadas operaciones cambiarias. La alícuota del impuesto es del 30%, y se aplicará a las siguientes operaciones:

  7. La compra de billetes y divisas en moneda extranjera, para atesoramiento o sin un destino específico relacionado a obligaciones consideradas por la reglamentación cambiaria en vigencia;

  8. SITUCIÓN ACTUAL(Continuación)

  9. Cambio de divisas efectuado por entidades financieras destinado al pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior que se cancelen mediante tarjetas de crédito, compra y débito -y cualquier otro medio equivalente-, incluidas las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior. Asimismo, se encuentran incluidas las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, mediante compras a distancia, en monedas extranjera;

  10. Cambio de divisas destinadas al pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito, compra y débito;
  11. Adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

Dicho impuesto alcanza a todas las personas humanas o jurídicas que realicen alguna de las operaciones anteriormente mencionadas.

La Dirección de la Sociedad monitorea permanentemente la evolución de las variables que afectan su negocio, para definir su curso de acción e identificar los potenciales impactos sobre su situación patrimonial y financiera. Los estados financieros de la Sociedad deben ser leídos teniendo en consideración las circunstancias descriptas precedentemente y lo mencionado en la nota 12.

  1. CESION DE CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS OTORGADOS
  2. Cesión de créditos

Mediante asamblea extraordinaria de fecha 8 de noviembre de 2019, se aprobó la cesión de derechos sobre los mutuos realizados a la Sociedad Ovalle Casino Resort S.A., a favor de Boldt S.A. e invergaming Grup S.L. por la suma total de USD 1.333.522 (dólares un millón trescientos tres mil quinientos veintidós), de los cuales USD 1.320.000 corresponden a capital y USD 13.522 corresponden a intereses devengados a la fecha del contrato cuya valuación al Tipo de Cambio Comprador Divisas a esa fecha es de 59,30 según Banco Nación Argentina haciendo un total de $ 79.077.868 (pesos setenta y nueve millones setenta y siete mil ochocientos sesenta y ocho). En dicho acto se aprueba la compensación de parte de la deuda por dividendos que la Sociedad mantiene con Boldt e Invergaming con el crédito cedido anteriormente explicado.

  1. CESION DE CRÉDITOS Y PRÉSTAMOS OTORGADOS (continuación)
  2. Mutuo Ovalle Casino Resort S.A.

Con fecha 19 de noviembre de 2019, Casino Puerto Santa Fe S.A. celebró un Contrato de Mutuo en el cual le presta a la compañía vinculada Ovalle Casino Resort S.A. la suma de 560.000 dólares estadounidenses, cuya transferencia de fondos fue realizada el 26 de noviembre de 2019.

Con fecha 20 de diciembre de 2019 se aprueba por acta de asamblea la firma de un contrato de mutuo por la suma de 185.000 dólares estadounidenses, cuya transferencia de fondos fue realizada el 8 de enero de 2020.

  1. Cesión de créditos

Por asamblea extraordinaria de fecha 10 de febrero de 2020, se aprobó la cesión de derechos sobre los mutuos realizados a la Sociedad Ovalle Casino Resort S.A., a favor de Boldt S.A. e Invergaming Grup S.L. por la suma total de USD 1.173.475 (dólares un millón ciento setenta y tres mil cuatrocientos setenta y cinco), de los cuales USD 1.165.000 corresponden a capital y USD 8.475 corresponden a intereses devengados a la fecha del contrato cuya valuación al Tipo de Cambio Comprador Divisas a esa fecha es de 62,01 según Banco Nación Argentina haciendo un total de $ 72.767.192 (pesos setenta y dos millones setecientos sesenta y siete mil ciento noventa y dos). En dicho acto se aprueba la compensación de parte de la deuda por dividendos que la Sociedad mantiene con Boldt e Invergaming con el crédito cedido anteriormente explicado.

  1. CONTRATOS SIGNIFICATIVOS

Con fecha 20 de enero de 2020 la Sociedad suscribió un contrato de comodato con la firma IGT Argentina S.A., mediante el cual se le otorga a la Sociedad el uso de veintiún (21) máquinas de juego IGT a titulo gratuito por el plazo de 180 días, con la opción de compra de una, algunas o todas las máquinas una vez transcurrido ese plazo. En caso de pérdida total o parcial, la Sociedad deberá abonar la suma de USD 27.000 (veintisiete mil dólares estadounidenses) más impuestos por cada máquina, suma que ambas partes estiman como valor de cada bien.

  1. IMPACTO COVID-19

Con fecha 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud ("OMS") anunció una emergencia sanitaria mundial debido a una nueva cepa de coronavirus originada en Wuhan, China (“COVID-19") y los riesgos para la comunidad internacional de que el virus se propagará globalmente más allá de su punto de origen.

Con fecha 11 de marzo de 2020, la OMS clasificó al brote del COVID-19 como una pandemia, en función del rápido aumento de la exposición a nivel mundial.

  1. IMPACTO COVID-19 (continuación)

Con fecha 19 de marzo de 2020, el Gobierno Nacional, en virtud de la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional, requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a esta emergencia. Por lo tanto, a través del decreto de necesidad y urgencia 297/2020, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. La misma regirá desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive del corriente año, habiendo sido prorrogada sucesivamente hasta la fecha.

Desde el establecimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta la fecha de emisión de los presentes estados contables intermedios el casino, hotel y restaurantes de la Sociedad permanecen cerrados, por lo que desde la fecha mencionada no ha generado ingresos y está afrontando los gastos mínimos necesarios para sostener su actividad.

A su vez, esta situación motivó también la suspensión de los trabajadores de la Sociedad en los términos del artículo 223 bis de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo. Como parte de las medidas adoptadas por la Sociedad frente a la pandemia, se destaca el acogimiento al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (“ATP”) dispuesto por el Gobierno Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 332/2020.

Específicamente se han obtenido los siguientes beneficios:

  • Postergación por sesenta días del pago de las contribuciones patronales correspondientes al período devengado abril de 2020.
  • El denominado “salario complementario”, que corresponde a una asignación abonada por el Gobierno Nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, cuyo monto es equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020 (no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes). El monto correspondiente a este subsidio se encuentra expuesto en la línea “Salario complementario DNU 332/20” del Anexo II . El monto del subsidio recibido asciende a la suma de $11.554.096.

Por otro lado, conforme lo establece el artículo 223 bis de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, las remuneraciones de los trabajadores suspendidos se considera prestación no remunerativa y, en consecuencia, solo se han tributado las contribuciones correspondientes a Sistema de Obras Sociales y al Fondo Solidario de Redistribución.

  1. HECHOS POSTERIORES

Con excepción de lo mencionado en las Notas 1 y 12, no se han producido otros hechos, situaciones o circunstancias, que incidan o puedan incidir significativamente sobre la situación patrimonial, económica o financiera de la Sociedad.

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

A los Señores

Accionistas de

CASINO PUERTO SANTA FE S.A.

C.U.I.T. 30-70975366-1

Domicilio legal: Dique uno, Puerto de Santa Fe - Ciudad de Santa Fe

Pcia. de Santa Fe

De mi consideración:

Documentos examinados

En nuestro carácter de síndicos de Casino Puerto Santa Fe S.A., de acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado el estado de situación patrimonial de Casino Puerto Santa Fe S.A. al 30 de abril de 2020, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto, y de de flujo de efectivo, las notas 1 a 13 y los anexos I y II por el período finalizado en esa fecha.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del período intermedio actual.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables intermedios

La Dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables intermedios adjuntos de conformidad con las normas contables vigentes en la Provincia de Santa Fe, República Argentina, y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables intermedios libres de incorrecciones significativas.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, nos hemos basado en la revisión efectuada por la firma BECHER Y ASOCIADOS S.R.L. en su carácter de auditores externos, quien emitió su informe de fecha 9 de junio de 2020 de acuerdo con las normas vigentes en lo referido a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por esa firma profesional. La mencionada firma ha llevado a cabo su revisión de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética.

Una revisión consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión sobre la información contable incluida en los estados contables intermedios y en efectuar indagaciones a los responsables de su elaboración. Por lo tanto, no expresamos una opinión sobre los estados contables de períodos intermedios.

Dado que no es responsabilidad de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.

Conclusión

Como resultado de nuestra revisión y basado en el informe de revisión de fecha 9 de junio de 2020, nada ha llamado nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables de período intermedio mencionados no presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de la Sociedad al 30 de abril de 2020, los resultados de las operaciones, la evolución del patrimonio neto y el flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Santa Fe.

Párrafo de énfasis

Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar la información contenida en la Nota 12. a los estados contables intermedios adjuntos al 30 de abril de 2020, que describe los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 está produciendo en las actividades operativas y financieras de la Sociedad. Estos efectos se visualizan, tal como se menciona en la Nota 1. a los estados contables intermedios adjuntos al 30 de abril de 2020, en el déficit de capital de trabajo de $201.430.018 que presenta la Sociedad. A su vez, la Sociedad presenta en los presentes estados contables intermedios adjuntos, un resultado negativo que asciende a $28.842.735 y una pérdida operativa que asciende a $16.548.740.

La dirección de la Sociedad se encuentra monitoreando activamente la situación de la evolución de la pandemia y su impacto sobre sus variables económicas, financieras, de liquidez, de operaciones, proveedores, industria y mano de obra. Dada la evolución diaria del brote de COVID-19 y las respuestas globales para frenar su propagación, la Sociedad no puede estimar los efectos del brote de COVID-19 en el resultado de sus operaciones, condición financiera y liquidez para el año fiscal 2020.

La Sociedad ha preparado los estados contables intermedios adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y/o reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse las situaciones descriptas a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus pasivos, incluyendo los contingentes, en condiciones diferentes a las del curso normal de sus negocios. Nuestra conclusión no contiene salvedades en relación con esta situación.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

a) Los estados contables intermedios adjuntos se encuentran pendientes de transcripción en el libro

de Inventario y Balances y surgen de las registraciones del sistema contable de la Sociedad.

Ciudad de Santa Fe, 9 de junio de 2020.

Federico Fortunati Padilla
Síndico - Comisión Fiscalizadora

INFORME ESPECIAL DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES SOBRE RECONCILIACIÓN DEL RESULTADO Y PATRIMONIO NETO ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

Señores Presidente y Directores de

CASINO PUERTO SANTA FE S.A.

Domicilio legal: Dique I, Puerto de Santa Fe - Ciudad de Santa Fe

Pcia. de Santa Fe

C.U.I.T. N°: 30-70975366-1

A su pedido y a efectos de su presentación ante Boldt S.A. emitimos el presente informe especial sobre la información detallada en el apartado siguiente.

Información objeto del encargo

Información preparada por CASINO PUERTO SANTA FE S.A. (en adelante “la Sociedad”), contenida en el Anexo I denominado “Principales diferencias entre las normas contables profesionales argentinas y las Normas Internacionales de Información Financieras al 30 de abril de 2020”, aprobado por el Directorio de la Sociedad el día de la fecha, el que hemos firmado con propósitos de su identificación con el presente informe.

Responsabilidad de la Dirección

La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación de la información objeto del encargo de conformidad con lo requerido por Boldt S.A. para la valuación de la inversión en la Sociedad al valor patrimonial proporcional en los estados financieros de Boldt S.A. al 30 de abril de 2020.

Nuestra responsabilidad

Nuestra responsabilidad consiste en la emisión del presente informe especial, basado en nuestra tarea profesional, que se detalla en el apartado siguiente, para cumplir con los requerimientos de Boldt S.A.

Tarea profesional

Nuestra tarea profesional fue desarrollada de conformidad con las normas sobre informes especiales establecidas en la sección VII.C de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (en adelante, “RT 37”) y consistió en la aplicación de ciertos procedimientos previstos en la mencionada norma que consideramos necesarios para emitir el presente informe especial. Dichas normas exigen que cumplamos con los requerimientos de ética así como que planifiquemos y ejecutemos nuestra tarea que nos permita emitir el presente informe especial.

El alcance de nuestra labor consistió en la aplicación de ciertos procedimientos que consideramos necesarios para corroborar el cumplimiento por parte de la Sociedad con los requerimientos de Boldt S.A. y en consecuencia, es inferior al de una auditoría o revisión de estados contables intermedios, o al de otro encargo de aseguramiento.

Los procedimientos detallados a continuación han sido aplicados sobre los registros y documentación que nos fueron suministrados por la Sociedad. Nuestra tarea se basó en la compulsa de la documentación proporcionada considerando que la misma es precisa, completa, legítima y libre de fraudes y otros actos ilegales, para lo cual hemos tenido en cuenta su apariencia y estructura formal.

Los procedimientos realizados consistieron únicamente en:

  1. Cotejar que los campos denominados "Resultado neto del período de acuerdo con normas contables argentinas" y "Patrimonio neto de acuerdo con Normas Argentinas" al 30 de abril de 2020, incluidos en el documento adjunto, surgen de los estados contables intermedios de la Sociedad al 30 de abril de 2020. Estos estados contables intermedios de CASINO PUERTO SANTA FE S.A. fueron preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Provincia de Santa Fe, República Argentina, sobre los cuales hemos emitido con fecha 9 de junio 2020 nuestro informe de revisión de estados contables intermedios al 30 de abril de 2020;
  2. Corroborar que se hayan identificado las principales diferencias entre las normas contables profesionales argentinas y las normas internacionales de información financiera que aplican a los estados contables intermedios indicados en el punto anterior,
  3. Corroborar la adecuada medición de las principales diferencias identificadas, según lo indicado en el punto anterior, y su apropiada presentación como partidas conciliatorias entre las líneas "Resultado neto del período de acuerdo con normas contables profesionales argentinas" y "Resultado integral del período de acuerdo con las normas internacionales de información financiera” y las líneas "Patrimonio Neto de acuerdo con normas contables profesionales argentinas" y "Patrimonio Neto de acuerdo con las normas internacionales de información financiera”, y
  4. Reprocesar el cálculo aritmético de las reconciliaciones del patrimonio neto y del resultado al
    30 de abril de 2020.

Manifestación

Sobre la base del trabajo realizado, cuyo alcance se describe en el apartado precedente, informamos que de las corroboraciones realizadas, no surgieron observaciones que formular que afecten la “Información objeto del encargo”.

Restricciones al uso de este informe

El presente informe especial ha sido preparado exclusivamente para uso de la Dirección de la Sociedad a efectos de su presentación ante Boldt S.A. para el propósito mencionado precedentemente, y no debe ser distribuido a terceros ni utilizado para ningún otro propósito.

Ciudad de Santa Fe, 9 de junio 2020

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282
Gustavo Omar Acevedo (Socio)
Contador Público (U.B.A.)
C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 - Ley 8738

CASINO PUERTO SANTA FE S.A.

ANEXO I - PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA AL 30 de abril de 2020

A.- RESUMEN DE LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS

Los estados contables intermedios de la Sociedad al 30 de abril de 2020 han sido preparados de acuerdo con las Normas Contables Profesionales Argentinas vigentes en la provincia de Santa Fe (“Normas Argentinas”), las cuales varían en ciertos aspectos respecto con las normas internacionales de información financieras al 30 de abril de 2020. A continuación se describen los aspectos más significativos de esas diferencias:

  • Medición de bienes de cambio

Las normas internacionales de información financieras requieren que los bienes de cambio sean valuados a su costo histórico o valor neto de realización, el menor.

De acuerdo con las Normas Argentinas, los bienes de cambio deben ser valuados a su costo de reposición. La Gerencia evaluó el impacto de esta diferencia en los Estados Contables y concluyó que la misma no es relevante para la Sociedad, razón por la cual este punto no es expuesto como diferencia en el apartado B.

Firmado a los efectos de su identificación únicamente
con nuestro informe de fecha 9 de junio 2020

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282

Gustavo Omar Acevedo Antonio Eduardo Tabanelli

Socio Presidente

Contador Público (U.B.A.),

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 - Ley 8738

A.- RESUMEN DE LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS (cont.)

  • Medición de activos intangibles

Las normas internacionales de información financieras indican que los desembolsos sobre una partida intangible deberán reconocerse como un gasto cuando se incurra en ellos, a menos que:

  • formen parte del costo de un activo intangible que cumpla con los criterios de reconocimiento establecidos en dicho marco, o
  • la partida sea adquirida en una combinación de negocios, y no pueda ser reconocida como un activo intangible. Cuando éste sea el caso, formará parte del importe reconocido como llave a la fecha de la adquisición.

Por lo tanto, los gastos preoperativos, reconocidos por la Sociedad de acuerdo con las Normas Argentinas, son reconocidos como un gasto en las normas internacionales de información financieras.

  • Medición de deudas comerciales

Por aplicación supletoria de las Normas Contables Americanas (USGAAP) y según la actualización 16-2010 de USGAAP, la Sociedad deberá reconocer una provisión por los saldos acumulados en los jackpots progresivos por considerarse deudas devengadas.

Por lo tanto, las sumas acumuladas por los jackpots progresivos al cierre del período, no reconocidos de acuerdo con las Normas Argentinas, son reconocidas como una deuda para las normas internacionales de información financieras.

  • Medición de ingresos por ventas y servicios

La Sociedad brinda puntos a quienes se encuentren asociados al Club de Jugadores, en función a las apuestas realizadas. De acuerdo a IFRIC 13, estos beneficios son definidos como "Programa de fidelización de clientes". En consecuencia, los puntos acumulados bajo este programa al cierre del ejercicio, no reconocidos de acuerdo con las Normas Argentinas, se han segregado de los ingresos por ventas y se ha diferido el reconocimiento de ingresos relacionados con los mismos, hasta tanto los puntos sean redimidos.

  • Efecto impositivo de los ajustes

Se incluye dentro de este concepto el reconocimiento del efecto en el cálculo del impuesto diferido de los ajustes anteriores.

Firmado a los efectos de su identificación únicamente
con nuestro informe de fecha 9 de junio 2020

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282

Gustavo Omar Acevedo Antonio Eduardo Tabanelli

Socio Presidente

Contador Público (U.B.A.),

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 - Ley 8738

B.- RECONCILIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO Y RESULTADO ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Reconciliación del patrimonio neto determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el determinado de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera al 30 de abril de 2020.

Firmado a los efectos de su identificación únicamente
con nuestro informe de fecha 9 de junio 2020

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282

Gustavo Omar Acevedo Antonio Eduardo Tabanelli

Socio Presidente

Contador Público (U.B.A.),

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 - Ley 8738

B.- RECONCILIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO Y RESULTADO ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (cont.)

Reconciliación entre el resultado determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el resultado integral total determinado de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financieras al 30 de abril de 2020.

Firmado a los efectos de su identificación únicamente
con nuestro informe de fecha 9 de junio 2020

BECHER Y ASOCIADOS S.R.L.

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe - Matr. 7-282

Gustavo Omar Acevedo Antonio Eduardo Tabanelli

Socio Presidente

Contador Público (U.B.A.),

C.P.C.E. Prov. de Santa Fe – Matr. 1/21176 - Ley 8738