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Boldt — Audit Report / Information 2020
Jan 9, 2020
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author: "Dolores Comesa\u00f1a"
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TRILENIUM S.A.
Estados contables
al 31 de octubre de 2019,
presentados en forma comparativa.
CONTENIDO
NÓMINA DEL DIRECTORIO Y DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
DATOS GENERALES DE LA SOCIEDAD
ESTADOS CONTABLES BÁSICOS
- Estado de Situación Patrimonial
- Estado de Resultados
- Estado de Evolución del Patrimonio Neto
- Estado de Flujo de Efectivo
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
- Notas a los Estados Contables
- Anexo “I” Bienes de Uso
- Anexo “II” Activos Intangibles
- Anexo “III” Inversiones Temporarias
- Anexo “IV” Previsiones
- Anexo “V” Costo de Venta de Bienes y Servicios Prestados
- Anexo “VI” Activos y Pasivos en Moneda Extranjera
- Anexo “VII” Gastos: Información Requerida por el Art. 64, I, Inc. B) de la Ley 19.550
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
NÓMINA DEL DIRECTORIO
Designado por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 21 de febrero de 2019:
| Presidente: | Antonio Ángel Tabanelli |
| Vicepresidente: | Antonio Eduardo Tabanelli |
| Directores Titulares: | Jorge Luis Silvestri |
| Mónica Sandra Gonzalez | |
| Directores Suplentes: | Pablo Maximiliano Ferrari |
| Nicolás Antonio Tabanelli |
La duración de los mandatos es por el término de dos ejercicios, o sea hasta la Asamblea que trate los estados contables que finalizarán el 31 de octubre de 2020.
NÓMINA DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
Designado por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 21 de febrero de 2019:
| Síndicos Titulares | Guillermo José Eumann |
| Sergio Suarez Guillermo Enrique Gabella | |
| Síndicos Suplentes | Hernán Carlos Carassai |
| Herberto Antonio Robinson | |
| Juan Pablo McEwan | |
La duración de los mandatos es por el término de un ejercicio, o sea hasta la Asamblea que trate los estados contables que finalizarán el 31 de octubre de 2020.
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
A los Señores Presidente y Directores de
TRILENIUM S.A.
C.U.I.T. 30-70098387-7
Domicilio legal: Aristóbulo del valle 1257
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
INFORME SOBRE LOS ESTADOS CONTABLES
- Estados contables auditados
Hemos auditado los estados contables de TRILENIUM S.A., que comprenden el estado de situación patrimonial al 31 de octubre de 2019, el estado de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas 1 a 9 y los anexos I a VII.
Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico terminado el 31 de octubre de 2018 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio actual.
- Responsabilidad de la dirección en relación con los estados contables
La dirección es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables profesionales argentinas, y del control interno que la dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.
- Responsabilidad del auditor
Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con las normas de auditoría establecidas en la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, conforme ha sido aprobada por la Resolución Nº 60/13 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados contables están libres de incorrecciones significativas.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.
- Opinión
En nuestra opinión, los estados contables de TRILENIUM S.A. mencionados en el apartado 1 presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial y financiera de la Sociedad al 31 de octubre de 2019, así como los resultados de las operaciones, las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo por el ejercicio finalizado en dicha fecha de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
- Otras cuestiones
Los estados contables por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2018 fueron auditados por otro profesional, quien ha emitido su informe que manifiesta una opinión no modificada con fecha 7 de enero de 2019.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
- Informamos que los estados contables mencionados en 1 surgen de registro contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con disposiciones legales encontrándose pendiente de transcripción a la fecha del presente informe.
- Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previsto en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Según surge de los registros contables de la entidad, el pasivo devengado al 31 de octubre de 2019 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $6.538.994 y no era exigible a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de enero de 2020.
ESTADOS CONTABLES AL 31 DE OCTUBRE DE 2019
Por el ejercicio económico N°22
iniciado el 1º de noviembre de 2018 y finalizado el 31 de octubre de 2019,
presentado en forma comparativa
(Expresado en pesos)
| Denominación | TRILENIUM S.A. | |
| Domicilio legal | Aristóbulo del Valle 1257Ciudad Autónoma de Buenos Aires | |
| Actividad principal | Prestación de servicios de procesamiento para terceros, explotación de salas de espectáculos, gastronomía y afines. | |
| Inscripción en el Registro Público de Comercio | Del Estatuto | 07/12/1998 |
| Última modificación | 27/11/2008 | |
| Número de inscripción en la Inspección | ||
| General de Justicia | 1.659.255 | |
| Fecha de vencimiento del Estatuto | 07/12/2097 | |
| Datos de la Sociedad Controlante | Denominación | Boldt S.A. |
| Domicilio legal | Aristóbulo del Valle 1257 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. | |
| Actividad principal | Holding; negocio de los casinos y máquinas electrónicas de azar, impresión de documentación referente a la identificación de personas y/o bienes; construcción y obras de ingeniería, de entretenimiento, hotelera y afines; de gestión y conservación de catastros; guarda de automóviles y rodados; gastronomía; construcciones y obras de ingeniería y construcción, explotación y/o comercialización de inmuebles e inmobiliaria. | |
| Porcentaje de votos | 95,00% |
Composición del Capital (Nota 7.)
| Acciones | Suscripto e Integrado $ | Inscripto $ | |||
| Cantidad | Tipo | V. N. $ | Nº de votos | ||
| que otorga | |||||
| 30.000.000 | Ordinarias nominativas | 1 | 1 | 30.000.000 | 30.000.000 |
| no endosables |
ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL
Al 31 de octubre de 2019
presentado en forma comparativa
Expresados en pesos
ESTADO DE RESULTADOS
Por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019
presentado en forma comparativa
Expresados en pesos
ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO
Por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019
presentado en forma comparativa
Expresados en pesos
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO
Por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019
presentado en forma comparativa
Expresados en pesos
- DESCRIPCIÓN DEL NEGOCIO – LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA
- Descripción del negocio
En virtud del contrato celebrado el 29 de enero de 1999 por Boldt S.A. y su ex-socio en el emprendimiento, Tren de la Costa S.A. (ahora denominada Parque de la Costa S.A.), con el Instituto Provincial de Loterías y Casinos (IPLyC) de la Provincia de Buenos Aires, la Sociedad construyó un edificio en el Partido de Tigre, frente a la estación Delta del Tren de la Costa, destinado a la instalación de una sala de juegos o casinos, habiendo cedido el uso de la misma al mencionado Instituto por un período de 10 años, contados a partir del 29 de noviembre de 1999, fecha de entrega de las instalaciones.
Luego de sucesivas prórrogas, con fecha 17 de junio de 2011, el IPLyC emitió la Resolución 991/11 que estableció que la prórroga del contrato, dispuesta por la anterior Resolución 1317/10, se haría extensiva hasta el 1 de diciembre de 2013 inclusive, o hasta que se perfeccione el contrato administrativo resultante de un proceso licitatorio, si fuera posterior. Las Resoluciones 1317/10 y 991/11 fueron ratificadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 830 de fecha 7 de julio de 2011, el cual ha sido publicado en el Boletín Oficial con fecha 29 de agosto de 2011.
En consecuencia, la Sociedad, tal cual lo dispuesto por la Resolución 991/11 del IPLyC, continuará prestando los servicios convenidos hasta que se perfeccione el contrato administrativo resultante de un proceso licitatorio, del cual se informa en Nota 1.2.
El espacio cedido posee 54 mesas de juego y 1.842 máquinas electrónicas de juegos de azar.
Trilenium S.A. (en adelante la “Sociedad” o “Trilenium”) tiene a su cargo la implementación y el mantenimiento del servicio de procesamiento de los archivos de datos de las máquinas electrónicas de azar y a su exclusivo cargo y beneficio la de los servicios de bar, confitería, restaurante, playa de estacionamiento y demás servicios de entretenimientos autorizados por el mencionado Instituto.
- DESCRIPCIÓN DEL NEGOCIO – LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA (Continuación)
- Llamado a licitación pública
Por decreto 2017-944-E-GDEBA-GPBA del 27 de diciembre de 2017, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha autorizado el llamado a Licitación Pública para la contratación de un servicio integral para los casinos oficiales ubicados en territorio de la provincia, por un período de 20 años con posibilidad de 1 año adicional, entre los cuales se encuentra el Casino de Tigre, objeto de las prestaciones indicadas en la Nota 1.1.
La contratación incluirá, entre otros servicios, la instalación, renovación, funcionamiento del parque de máquinas electrónicas de azar automatizadas; la implementación, funcionamiento y mantenimiento de un sistema de control on-line de las referidas máquinas electrónicas; la implementación, funcionamiento y mantenimiento de un sistema de comunicación e infraestructura tecnológica, de control de movimiento físico de valores; la provisión, mantenimiento y renovación de mesas de juego de paño, sus insumos y accesorios; la instalación, capacitación y renovación de un sistema de control por video y la provisión de servicios de restaurantes, bares y confitería. La contratación incluye la obligación, por parte del adjudicatario, de proveer, mediante construcción y/o cesión de los mismos, espacios aptos para el funcionamiento de cada casino y, en el caso del Casino Anexo III de Mar del Plata (Hotel Hermitage) y en el Casino Central de esa ciudad, de realizar una obra de remodelación de sus estructuras edilicias.
Además, establece como exigencia que una serie de prestaciones que hasta el presente estaban a cargo del IPLyC, como por ejemplo la provisión de uniformes del personal dependiente de ese instituto, contratación de la policía adicional que brinda servicios de seguridad, como así también la prestación de servicios de conexión entre los casinos y un nuevo centro de cómputos a crearse en el IPLyC y su mantenimiento anual, estén a cargo de ahora en más del adjudicatario.
El llamado a licitación se realiza por renglones, encontrándose en el mismo renglón el Casino de Tigre conjuntamente con el Casino de Pinamar. La apertura de sobres se realizó el 28 de junio de 2018, habiéndose presentado tres oferentes, siendo Boldt S.A., sociedad controlante de Trilenium, el único que presentó oferta por este renglón. La Comisión de Pre-adjudicación procederá al análisis y evaluación de las propuestas y en el plazo de 60 días hábiles debe emitir un dictamen fundado que deberá contener los siguientes puntos: existencia de causales de rechazo de las ofertas, la desestimación de las ofertas que no cumplieron con el pliego de bases y condiciones y el puntaje dado a la propuesta. Este dictamen será notificado a las partes y estas tendrán 3 días hábiles para formular las observaciones e impugnar al dictamen; de las impugnaciones presentadas, tomará nueva intervención la Comisión de Pre-adjudicación y se dará intervención de manera simultánea a los organismos de asesoramiento y control de la provincia, quienes deberán expedirse sobre el particular. Dentro de los diez (10) días de recibidas las actuaciones, se dictará un acto administrativo donde resolverá acerca de: el acogimiento o rechazo de las impugnaciones que se hubieren deducido, disponiendo la devolución de la garantía en el único caso de que la impugnación haya ocasionado el rechazo de la Oferta impugnada o si ésta hubiere sido declarada inadmisible. La admisibilidad de las Ofertas presentadas, su puntuación y consecuentemente la pre-adjudicación.
- DESCRIPCIÓN DEL NEGOCIO – LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA (Continuación)
- Llamado a licitación pública (Continuación)
Luego de que se realizaran impugnaciones de los oferentes, con fecha 20 de diciembre de 2018, Boldt S.A. presentó ante el IPLyC un escrito en el cual formuló consideraciones sobre el segundo dictamen de la Comisión de Pre-adjudicación por supuestas deficiencias. Dichas deficiencias fueron reconocidas por el IPLyC y los organismos de la Provincia (Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia) como insustanciales y se solicitó en dicho escrito vista al Fiscal de Estado.
Es condición del llamado a licitación que los casinos continúen su normal funcionamiento mientras duren las obras de construcción y de remodelación a realizarse. En consecuencia, la Sociedad seguirá prestando los servicios indicados en la Nota 1.1 hasta que el adjudicatario de la licitación correspondiente al renglón indicado en el párrafo anterior haya realizado las obras edilicias e instalaciones necesarias para iniciar la prestación de los servicios objeto de esta licitación, el cual se ha fijado en un plazo de 30 meses contados desde la fecha de adjudicación.
Con fecha 29 de marzo de 2019 ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires el Decreto N°182-GPBA-19 por medio del cual: i) se aprueba la Licitación; ii) se adjudica el Renglón N°1 (conformado por el Casino de Tigre y el Casino de Pinamar) a Boldt S.A. y el Renglón N°3 (conformado por el Casino Central de Mar del Plata y el Casino Monte Hermoso) a Casino de Victoria S.A.; y iii) se rechaza la oferta realizada por el oferente Bingo Oasis Pilar S.A. - Entretenimientos Saltos del Moconá S.A. U.T. para en Renglón N°2 y se declara fracasado dicho Renglón -el que está conformado por el Casino de Tandil, el Casino de Miramar y el Casino Anexo III de Mar del Plata (Hotel Hermitage).
Asimismo, una vez que se cumplan los plazos y los requerimientos legales establecidos por la Licitación, se autoriza al Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires a oficiar de contraparte en los contratos que se celebren en virtud de las adjudicaciones mencionadas en el párrafo anterior y a suscribir y/o emitir los documentos necesarios a tal fin.
A la fecha la empresa Boldt S.A. y el Institutito Provincial de Loterías y Casinos están acordando los términos y cláusulas del contrato a firmar.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS
Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes contenidas en las Resoluciones Técnicas (RT) emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), y teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley General de Sociedades y las normas de la Inspección General de Justicia (IGJ).
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
Las normas contables más relevantes aplicadas por la Sociedad son las siguientes:
-
- Unidad de medida
Los presentes estados contables son preparados en pesos.
Los estados contables han sido presentados en moneda homogénea, de conformidad a las pautas previstas en la sección 3.1 de la RT N° 17 de la FACPCE modificada por RT Nº 39 de la FACPCE, mediante la cual se derogó la Res. JG 287/03 de la FACPCE.
La RT Nº 39 de la FACPCE y la Interpretación N° 8 fueron aprobadas por el CPCECABA mediante Resolución Nº 20/2014 y Resolución N°115/2014, respectivamente.
La Sociedad no ha aplicado, desde el 1° de marzo de 2003 hasta el ejercicio anterior, metodología alguna de reexpresión para reflejar las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en los estados contables, teniendo en consideración las pautas para la identificación de un contexto de inflación, establecidas por la Resolución Técnica N°39 de la FACPCE y de su normativa técnica complementaria (conjuntamente, la RT 39). A los fines de identificar la existencia de un contexto de inflación, la RT 39 brinda una pauta cuantitativa como indicador clave y condición necesaria para re expresar las cifras de los estados contables, la cual consiste en que la tasa acumulada de inflación en tres años, considerando el Índice de Precios Internos Mayoristas (IPIM), alcance o sobrepase el 100%.
Con motivo del incremento de los niveles de inflación que en los primeros meses del año 2018 ha sufrido la economía argentina, se ha llegado a un consenso de que están dadas las condiciones para que en Argentina exista un contexto de inflación a partir del 1° de julio de 2018 en función de los parámetros establecidos por la RT 39.
La Resolución CD 107/18 del CPCECABA estableció la necesidad de reexpresar a moneda constante los estados contables correspondientes a ejercicios cerrados a partir del 1° de julio de 2018 inclusive, en concordancia con la Resolución JG FACPCE 539/18, que aprobó las normas generales y particulares a tener en cuenta en materia de reexpresión de estados contables en moneda constante de acuerdo con los mecanismos de ajuste previsto en la RT 6 “Estado contables en moneda homogénea”.
La RG 10/2018 de la IGJ, publicada el 28 de diciembre de 2018, sustituyó a su vez el artículo 312 de la RG 7/2015 disponiendo que los estados contables deberán presentarse ante ese organismo expresados en moneda homogénea.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
- Unidad de medida (Continuación)
Al aplicarse la RT 39 por primera vez, la reexpresión monetaria de la información contable (activos y pasivos no monetarios, componentes del patrimonio neto, e ingresos y gastos) debe efectuarse retroactivamente como si la economía hubiese sido siempre hiperinflacionaria. Asimismo, deben reexpresarse las cifras correspondientes a los ejercicios o períodos precedentes que se presentan con fines comparativos, sin que este hecho modifique las decisiones tomadas en base a la información financiera correspondiente a dichos ejercicios.
Conforme la Resolución de la Junta de Gobierno de la FACPCE N° 539/18 del 29 de septiembre de 2018, la reexpresión de la información contable se efectuará utilizando coeficientes derivados de una serie de índices que resultará de combinar el índice de precios al consumidor (IPC) nivel general publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), con mes base diciembre 2016 = 100, con el índice de precios internos mayoristas (IPIM) nivel general publicado por el INDEC para períodos anteriores. Adicionalmente, la Dirección determina y presenta los resultados financieros y por tenencia (incluido el resultado por el cambio del poder adquisitivo de la moneda (RECPAM)) en una sola línea, según lo prevé la RT 6.
-
- Uso de estimaciones
La preparación de los presentes estados contables requiere que se realicen estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados, y de los activos y pasivos contingentes revelados a la fecha de emisión de los presentes estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio.
La Dirección de la Sociedad realiza estimaciones para calcular, entre otros, las depreciaciones y amortizaciones, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias, y la previsión para juicios. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
-
- Normas de exposición
Los estados contables se exponen de acuerdo con las Resoluciones Técnicas Nº 8, 9 y 21 de la F.A.C.P.C.E., adoptadas por la Resolución Nº 93/05 del C.P.C.E.C.A.B.A.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
- Criterios de valuación
Los principales criterios de medición contable utilizados para la preparación de los estados contables fueron los siguientes:
a) Activos y pasivos monetarios en moneda nacional
Los activos y pasivos monetarios en moneda nacional han sido valuados a su valor nominal, incorporando, cuando corresponda, los resultados financieros devengados a la fecha de cierre del ejercicio. Los valores obtenidos de esta forma no difieren significativamente de los que se hubieran obtenido de aplicarse las normas contables vigentes, que establecen que deben valuarse sobre la base de la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar respectivamente, descontada utilizando una tasa que refleje el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de la transacción.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera
Los activos y pasivos liquidables en moneda extranjera han sido valuados a sus valores nominales agregando o deduciendo, de corresponder, los componentes financieros hasta el cierre del ejercicio. Los montos así determinados fueron convertidos a los tipos de cambio de las correspondientes divisas vigentes al cierre del ejercicio. Las diferencias de cambio fueron imputadas al resultado de cada ejercicio.
c) Inversiones
La tenencia de cuotas partes en fondos comunes de inversión se miden a su valor de cotización a la fecha de cierre del ejercicio.
d) Saldos por transacciones financieras, créditos y deudas diversas con partes relacionadas
Los créditos y deudas con partes relacionadas generados por transacciones financieras y por otras transacciones diversas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
e) Bienes de cambio
Los bienes de gastronomía y merchandising se valúan a su costo de adquisición, el cual no difiere significativamente de su costo de reposición.
En caso de lenta rotación, obsolescencia, merma o deterioro, el valor registrado de los bienes de cambio se reduce mediante una previsión para desvalorización, para llevar el mismo a su valor recuperable.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
- Criterios de valuación (continuación)
f) Bienes de uso
Los bienes de uso fueron medidos a su costo reexpresado de acuerdo con lo indicado en la Nota 2.2., menos las correspondientes depreciaciones acumuladas. La depreciación es calculada por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor de los bienes de uso no supera su valor recuperable al cierre de cada ejercicio.
g) Activos intangibles
Los activos intangibles fueron medidos a su costo reexpresado de acuerdo con lo indicado en la Nota 2.2., menos las correspondientes amortizaciones acumuladas. Las amortizaciones fueron calculadas por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada.
h) Previsiones
- Para juicios y otras contingencias: se han constituido para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones para la Sociedad. En la estimación de sus montos y probabilidad de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.
i) Impuesto a las ganancias
El impuesto a las ganancias ha sido contabilizado a través del método del impuesto diferido siguiendo la metodología prevista en el punto 5.19.6. de la Resolución Técnica Nº 17 de la F.A.C.P.C.E. y las consideraciones emanadas de la Interpretación Nº 3 a las Normas Contables Profesionales vigentes, ambas normas adoptados por el C.P.C.E.C.A.B.A. mediante la resolución Nº 93/05.
Este criterio implica el reconocimiento de activos y pasivos netos, basados en las diferencias temporales entre la valuación contable e impositiva, y el reconocimiento del activo por quebrantos impositivos no utilizados, susceptibles de deducir de ganancias futuras. Ver información adicional en Nota 6.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
- Criterios de valuación (continuación)
j) Impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre de ejercicio.
Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
Al 31 de octubre de 2019 y 2018, la provisión por impuesto a las ganancias es superior a la provisión por impuesto a la ganancia mínima presunta. En consecuencia, la Sociedad ha registrado la correspondiente provisión por impuesto a las ganancias al cierre de cada ejercicio.
k) Cuentas del patrimonio neto
Las cuentas del patrimonio neto se encuentran reexpresadas de acuerdo a lo indicado en 2.2. de la presente nota, excepto la cuenta “capital suscripto”, la cual se ha mantenido a su valor de origen exponiendo su reexpresión como “Ajuste de capital”.
l) Cuentas del estado de resultados
Los ingresos por servicios y gastos se imputan a resultados en función a su devengamiento y los valores originales se reexpresaron en moneda de cierre. El costo de los bienes vendidos se determinó por diferencia entre el inventario inicial, las compras y gastos, reexpresados en moneda de cierre del ejercicio y el inventario final valuado conforme con lo descripto en Nota 2.4.e). Los cargos por consumos de activos no monetarios valuados al costo, se determinaron de acuerdo a lo expresado en la Nota 2.4.f).
Las ventas de bienes se reconocen en el estado de resultados cuando se transfieren al comprador los riesgos significativos y los beneficios de la propiedad de los bienes.
En el estado de resultados se exponen en forma conjunta bajo la denominación “Resultados financieros y por tenencia, incluyendo RECPAM” las diferencias de cambio, los resultados de las inversiones transitorias, los resultados por tenencia de bienes de cambio, los otros resultados financieros y el RECPAM.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
m) Componentes financieros implícitos
La Sociedad no ha segregado los componentes financieros implícitos contenidos en los activos y pasivos ni en las ventas y compras ya que, realizada su estimación, los considera no significativos.
n) Desvalorización de activos no corrientes
A cada fecha de cierre de ejercicio se analiza la existencia de algún indicio de desvalorización del valor contable de los activos no corrientes. En caso de existir algún indicio de deterioro, se determina el valor recuperable de los activos afectados.
El valor recuperable de un activo es el mayor entre el valor neto de realización y el valor en uso. El valor en uso se determina descontando los flujos de fondos estimados que generará el activo o grupo de activos aplicando una tasa de descuento que refleje el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos del activo, sin considerar los cambios futuros en el poder adquisitivo de la moneda y el efecto del impuesto a las ganancias. Para activos que no generan flujos de fondos independientes, el valor recuperable se determina a nivel de actividad generadora de efectivo a la cual pertenece el activo.
Cuando el valor contable resulta ser superior a su valor recuperable, se reconoce la desvalorización mediante la constitución de una previsión con cargo a resultados en la línea Resultados financieros del Estado de resultados.
Si con posterioridad al reconocimiento del deterioro, se produce un cambio en las estimaciones efectuadas para determinar la estimación del valor recuperable y el mismo aumenta, la previsión para desvalorización se reversa de manera que el activo se mida al menor entre el nuevo valor recuperable y el valor que hubiera tenido el activo si la desvalorización nunca hubiera ocurrido.
- NORMAS CONTABLES APLICADAS (Continuación)
- Información adicional sobre el estado de flujo de efectivo
El efectivo y equivalentes de efectivo del Estado de Flujo de Efectivo comprenden los saldos de caja y bancos e inversiones de alta liquidez, de acuerdo al siguiente detalle:
- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS
- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS (Continuación)
- COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS (Continuación)
- SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
Al 31 de octubre de 2019 los saldos y operaciones con partes relacionadas conforme a lo requerido por la Resolución Técnica Nº21 de la F.A.C.P.C.E. son los siguientes:
- Saldos al cierre:
- SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS (Continuación)
- Montos del ejercicio de las operaciones:
- CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS Y DEUDAS
- Apertura por plazo estimado de cobro o pago:
-
- Información referida al devengamiento de los intereses:
- IMPUESTO DIFERIDO
La composición y evolución del activo por impuesto diferido por los ejercicios finalizados al 31 de octubre de 2019 y 2018 se expone a continuación:
El ahorro / (cargo) por impuesto a las ganancias del ejercicio incluido en el estado de resultados, incluye tanto la provisión contable determinada sobre bases fiscales (impuesto corriente), como las variaciones de los saldos de las cuentas relacionadas con el impuesto diferido (impuesto diferido), siendo su composición la siguiente:
- IMPUESTO DIFERIDO (continuación)
Adicionalmente, se presenta la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar a la ganancia contable (antes del impuesto a las ganancias) la tasa impositiva correspondiente (30%):
- CAPITAL SOCIAL
Al 31 de octubre de 2019, el capital social suscripto, integrado e inscripto asciende a $30.000.000.
- ARRENDAMIENTOS
La Sociedad es locataria de dos inmuebles, ambos ubicados en el ámbito de la estación Delta de la Línea Tren de la Costa destinados a playa de estacionamiento, cuyos contratos de arrendamiento vence el 31 de mayo de 2022 y 30 de noviembre de 2022.
Los contratos de arrendamientos se clasifican como “financieros” si transfieren sustancialmente los riesgos y beneficios de la propiedad del activo arrendado, u “operativos” si otorgan el derecho al uso del bien arrendado por un tiempo determinado a cambio de una contraprestación, pero sin transferir sustancialmente los riesgos y beneficios de la propiedad.
En los arrendamientos operativos en los cuales la entidad es arrendatario, el gasto por arrendamientos se devenga en función del plazo del contrato.
El monto de las cuotas mínimas pendientes, desagregado por fecha de vencimiento, se informa a continuación:
- ARRENDAMIENTOS (continuación)
Los arrendamientos financieros en los cuales la entidad es arrendatario se registran como una operación de compra financiada. Los bienes adquiridos se presentan en el rubro Bienes de uso y la deuda relacionada, de corresponder, se presenta en la línea Documentadas en moneda extranjera del rubro Deudas comerciales corrientes.
- HECHOS POSTERIORES
Con fecha 23 de diciembre de 2019, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.541 “Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública” que dispuso, entre otras cuestiones, que:
- se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social; y se delega en el Poder Ejecutivo Nacional, las facultades comprendidas en la ley en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, hasta el 31 de diciembre de 2020.
- la reducción de la tasa al 25% dispuesto por la Ley 27.430 se suspende hasta los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2021.
- el ajuste por inflación impositivo positivo o negativo, según sea el caso, correspondiente al primer, segundo y tercer ejercicio iniciados a partir del 1° de enero de 2018, deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos (5/6) restantes, en partes iguales, en los cinco (5) períodos fiscales inmediatos siguientes.
- la unificación de la alícuota de cargas sociales a la tasa única del 19,50% se suspende, manteniéndose las alícuotas actualmente vigentes.
- cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo de las cuentas corrientes bancarias, bajo cualquier forma, el débito estará alcanzado por el impuesto a la alícuota del 1,2%.
- se establece, por el término de cinco períodos fiscales, un impuesto que aplicará sobre determinadas operaciones cambiarias (por ejemplo, la compra de divisas para atesoramiento o sin un destino específico vinculado al pago de obligaciones en el mercado de cambios). La alícuota del impuesto es del 30%.
Excepto lo mencionado en el primer párrafo, con posterioridad al 31 de octubre de 2019, no se han producido otros hechos, situaciones o circunstancias que incidan o puedan incidir significativamente sobre la situación patrimonial, económica o financiera de la Sociedad.
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los Señores Accionistas de
TRILENIUM S.A.
Domicilio legal: Aristóbulo del Valle 1257
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.U.I.T. N°: 30-70098387-7
De nuestra consideración:
Documentos examinados
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 294 de la Ley General de Sociedades, hemos examinado la memoria, el estado de situación patrimonial de TRILENIUM S.A. al 31 de octubre de 2019, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado en esa fecha y las notas 1 a 9 y los anexos I, II, III, IV, V, VI y VII que se presentan como información complementaria.
Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2018 y por el ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019 son parte integrante de los estados contables mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y con la información del ejercicio actual.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
La Dirección es responsable de la preparación de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme se indica en la Nota 2., y del control interno que la Dirección considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de incorrecciones significativas.
Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora
Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica Nro. 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de conformidad con las normas de auditoría vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.
Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos arriba mencionados, hemos revisado la auditoria efectuada por la firma BECHER Y ASOCIADOS S.R.L. en su carácter de auditores externos, quienes emitieron su informe de auditoria de fecha 08 de enero de 2020 de acuerdo con las normas vigentes. Dicha revisión incluyó la verificación de la planificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la auditoria efectuada por la firma profesional. La mencionada firma ha llevado a cabo su auditoria sobre los estados contables adjuntos de conformidad con las normas establecidas en la Resolución Técnica N°37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Dichas normas exigen que cumpla los requerimientos de ética.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener elementos de juicio sobre las cifras y la información presentadas en los estados contables. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados contables. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la entidad de los estados contables, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la entidad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la dirección de la entidad, así como la evaluación de la presentación de los estados contables en su conjunto.
Dado que no es responsabilidad de los miembros de la comisión fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión.
En relación con la Memoria, hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley General de Sociedades y no tenemos observaciones que realizar en lo que es materia de nuestra competencia. Las proyecciones y afirmaciones sobre hechos futuros contenidas en dicho documento son responsabilidad exclusiva del Directorio.
Opinión
En nuestra opinión, basada en nuestra revisión y en el informe de los auditores externos de fecha 8 de enero de 2020, los estados contables mencionados fueron preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Los estados contables adjuntos se encuentran pendientes de transcripción en el libro de Inventario y Balances y surgen de los registros contables de la Sociedad llevados, en sus aspectos formales de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 de enero de 2020.
Guillermo José Eumann
Síndico - Por Delegación
Comisión Fiscalizadora
INFORME ESPECIAL DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES SOBRE RECONCILIACIÓN DEL RESULTADO Y PATRIMONIO NETO ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y EL MARCO DE INFORMACIÓN CONTABLE ESTABLECIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Señores Presidente y Directores de
TRILENIUM S.A.Domicilio legal: Aristóbulo del Valle 1257
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
CUIT N° 30-70098387-7
A su pedido y a efectos de su presentación ante Boldt S.A. emitimos el presente informe especial sobre la información detallada en el apartado siguiente.
Información objeto del encargo
Información preparada por TRILENIUM S.A. (en adelante “la Sociedad”), contenida en el Anexo I denominado “Principales diferencias entre las normas contables profesionales argentinas y las normas internacionales de información financiera (“NIIF”) al 31 de octubre de 2019 y 2018 y por los ejercicios finalizados en dichas fechas”, aprobado por el Directorio de la Sociedad el día de la fecha, el que hemos firmado con propósitos de su identificación con el presente informe.
Responsabilidad de la Dirección
La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación de la información objeto del encargo de conformidad con lo requerido por Boldt S.A. para la valuación de la inversión en la Sociedad al valor patrimonial proporcional en los estados financieros de Boldt S.A. al 31 de octubre de 2019.
Nuestra responsabilidad
Nuestra responsabilidad consiste en la emisión del presente informe especial, basado en nuestra tarea profesional, que se detalla en el apartado siguiente, para cumplir con los requerimientos de Boldt S.A.
Tarea profesional
Nuestra tarea profesional fue desarrollada de conformidad con las normas sobre informes especiales establecidas en la sección VII.C de la Resolución Técnica N°37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (en adelante, “RT 37”) y consistió en la aplicación de ciertos procedimientos previstos en la mencionada norma que consideramos necesarios para emitir el presente informe especial. Dichas normas exigen que cumplamos con los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos nuestra tarea que nos permita emitir el presente informe especial.
El alcance de nuestra labor consistió en la aplicación de ciertos procedimientos que consideramos necesarios para corroborar el cumplimiento por parte de la Sociedad con los requerimientos de Boldt S.A. y en consecuencia, es inferior al de una auditoría o revisión de estados contables, o al de otro encargo de aseguramiento.
Los procedimientos detallados a continuación han sido aplicados sobre los registros y documentación que nos fueron suministrados por la Sociedad. Nuestra tarea se basó en la compulsa de la documentación proporcionada considerando que la misma es precisa, completa, legítima y libre de fraudes y otros actos ilegales, para lo cual hemos tenido en cuenta su apariencia y estructura formal.
Los procedimientos realizados consistieron únicamente en:
- Cotejar que los campos denominados "Resultado neto del ejercicio de acuerdo con normas contables profesionales argentinas" y "Patrimonio neto de acuerdo con normas contables profesionales argentinas", incluidos en el documento adjunto, surgen de los estados contables de la Sociedad al 31 de octubre de 2019.
Estos estados contables de TRILENIUM S.A. fueron preparados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y las correspondientes disposiciones de la Comisión Nacional de Valores de Argentina, sobre los cuales hemos emitido nuestro informe de auditoria de estados contables con fecha 08 de enero de 2020 sobre los estados contables finalizados el 31 de octubre de 2019;
b. Corroborar que se hayan identificado las principales diferencias entre las normas contables profesionales argentinas y el marco de información contable establecido por la CNV que aplican a los estados contables indicados en el punto anterior,
c. Corroborar la adecuada medición de las principales diferencias identificadas, según lo indicado en el punto anterior, y su apropiada presentación como partidas conciliatorias entre las líneas "Resultado neto del ejercicio de acuerdo con normas contables profesionales argentinas" y "Resultado integral neto del ejercicio de acuerdo con NIIF" y las líneas "Patrimonio Neto de acuerdo con normas contables profesionales argentinas" y "Patrimonio Neto de acuerdo con NIIF”, y
d. Reprocesar el cálculo aritmético de las reconciliaciones del patrimonio neto y del resultado al 31 de octubre de 2019 y 2018.
Manifestación
Sobre la base del trabajo realizado, cuyo alcance se describe en el apartado precedente, informamos que, de las corroboraciones realizadas, no surgieron hallazgos que afecten la determinación de la información contenida en el Anexo I sobre las principales diferencias entre las normas contables profesionales argentinas y las normas internacionales de información financiera al 31 de octubre de 2019 y 2018.
Restricciones al uso de este informe
El presente informe especial ha sido preparado exclusivamente para uso de la Dirección de la Sociedad a efectos de su presentación ante Boldt S.A. para el propósito mencionado precedentemente, y no debe ser distribuido a terceros ni utilizado para ningún otro propósito.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 de enero de 2020.
| BECHER Y ASOCIADOS S.R.L. | ||
| C.P.C.E.C.A.B.A. - Tº I - Fº 21 | ||
| Gustavo Omar Acevedo (Socio) | ||
| Contador Público (U.B.A.) | ||
| C.P.C.E.C.A.B.A. - Tº 301 - Fº 3 |
TRILENIUM S.A.
ANEXO I - PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA AL 31 DE OCTUBRE DE 2019 Y 2018.
A.- RESUMEN DE LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS
Los estados contables de la Sociedad al 31 de octubre de 2019 y 2018 han sido preparados de acuerdo con las Normas Contables Profesionales Argentinas (“Normas Argentinas”), las cuales varían en ciertos aspectos respecto de las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”). A continuación, se describen los aspectos más significativos de esas diferencias:
- Medición de elementos de propiedad, planta y equipos (PP&E)
A la fecha de transición, el marco de información contable establecido por la CNV permite valuar todos los elementos que compongan una clase del PP&E considerando su valor razonable como costo atribuido.
La Sociedad ha optado por utilizar el valor razonable para terrenos e inmuebles. Para las restantes clases de elementos que componen PP&E, ha decidido utilizar el valor de costo re-expresado de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas como costo atribuido.
Las depreciaciones se calcularon sobre los valores de costo sin estimar un valor residual a la finalización de la vida útil. Se han aplicado tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al término de la vida útil estimada.
- Medición de bienes de cambio
El marco de información contable establecido por la CNV requiere que los bienes de cambio sean valuados a su costo histórico o valor neto de realización, el menor.
De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, los bienes de cambio deben ser valuados a su costo de reposición. La Gerencia evaluó el impacto de esta diferencia en los estados contables y concluyó que la misma no es relevante para la Sociedad, razón por la cual este punto no es expuesto como diferencia en el apartado B.
- Medición de ingresos por ventas y servicios
La Sociedad brinda puntos a quienes se encuentren asociados al Club de Jugadores, en función a las apuestas realizadas. De acuerdo con la IFRIC 13 (norma incluida en el marco de información contable establecido por la CNV), estos beneficios son definidos como “Programa de fidelización de clientes”. En consecuencia, los puntos acumulados bajo este programa al cierre del ejercicio, no reconocidos de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, se han segregado de los ingresos por ventas y se ha diferido el reconocimiento de ingresos relacionados con los mismos, hasta tanto los puntos sean redimidos.
- Efecto impositivo de los ajustes
Se incluye dentro de este concepto el reconocimiento del efecto en el cálculo del impuesto diferido de los ajustes anteriores.
B.- RECONCILIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO Y RESULTADO ENTRE LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES ARGENTINAS Y LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)
Reconciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el determinado de acuerdo con el marco de información contable establecido por la CNV al 31 de octubre de 2019.
Reconciliación entre el patrimonio neto determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el determinado de acuerdo con el marco de información contable establecido por la CNV al 31 de octubre de 2018.
Reconciliación entre el resultado neto del ejercicio determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el resultado integral del ejercicio determinado de acuerdo con el marco de información contable establecido por la CNV correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2019.
Reconciliación entre el resultado neto del ejercicio determinado de acuerdo con normas contables profesionales argentinas y el resultado integral del ejercicio determinado de acuerdo con el marco de información contable establecido por la CNV correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de octubre de 2018.