Remuneration Information • Feb 27, 2017
Remuneration Information
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FECHA FIN DEL EJERCICIO DE REFERENCIA 31/12/2016
C.I.F. A20001020
DENOMINACIÓN SOCIAL
CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, S.A
DOMICILIO SOCIAL
JOSÉ MIGUEL ITURRIOZ, 26 20200 BEASAIN GUIPUZCOA
A.1 Explique la política de remuneraciones de la Sociedad. Dentro de este epígrafe se incluirá información sobre:
La política de remuneraciones de CAF atiende a los siguientes principios y fundamentos:
Criterios generales
con carácter general, se busca atender a un criterio de mercado, tomando como base la retribución fijada para consejeros de sociedades cotizadas de tamaño o actividad similar a la de CAF. A estos efectos, se ha tenido en cuenta la información pública proporcionada por dichas sociedades;
el sistema retributivo se basa en el principio fundamental de atracción y retención de los mejores profesionales, recompensándoles atendiendo a su nivel de responsabilidad y su trayectoria profesional, con base en la equidad interna y la competitividad externa;
igualmente, CAF concibe el esquema de compensación de sus consejeros y de sus directivos como un factor fundamental para la creación de valor de la compañía, en interés tanto de sus accionistas como de sus trabajadores; y
asimismo, el sistema retributivo de CAF se adapta en cada momento a lo que establezcan las normas legales aplicables, y trata de incorporar los estándares y principios de las mejores prácticas nacionales e internacionales generalmente aceptadas en materia de retribuciones y de buen gobierno de sociedades en cada momento.
Consejeros externos
en el caso de los consejeros que no tienen la condición de ejecutivos, la retribución debe ser suficiente para compensar su dedicación, cualificación y responsabilidad. En el caso particular de los consejeros que no son ejecutivos ni dominicales, esta retribución no deberá comprometer su independencia en ningún caso;
la política de remuneraciones de CAF persigue que se fomente la motivación y retención de los profesionales más adecuados.
Consejeros ejecutivos
En relación específicamente con los consejeros ejecutivos, la política de retribuciones por el desempeño de sus funciones ejecutivas, distintas de las de supervisión y decisión colegiada, se fundamenta en las siguientes premisas:
ofrecer una retribución que permita atraer, retener y motivar a los profesionales más adecuados con el fin de facilitar que la Sociedad pueda cumplir sus objetivos estratégicos dentro del marco crecientemente competitivo e internacionalizado en que desarrolla sus actividades; y
tener un nivel retributivo global competitivo en relación con las entidades comparables en el sector.
En cambio, los consejeros ejecutivos no perciben ninguna retribución de carácter variable, ni ningún sistema retributivo vinculado a la consecución de objetivos que midan el desempeño a nivel individual, de la unidad de negocio o del conjunto de la entidad porque la Sociedad no lo considera necesario ni conveniente en estos momentos.
No han existido cambios significativos en la política de remuneraciones de CAF llevada a cabo durante el año en curso respecto a la aplicada durante el ejercicio anterior. Sin embargo la Sociedad está valorando presentar a la Junta General de Accionistas para su aprobación una propuesta de nueva política de remuneraciones o de modificación de la actualmente existente.
Las remuneraciones que resultan de la aplicación de los principios generales anteriormente mencionados se sitúan en la zona media-baja en comparación con las correspondientes a otras sociedades cotizadas, utilizándose como criterio de comparación el relativo al tamaño o actividad similar a la de CAF. En particular, la retribución total por consejero de CAF está muy por debajo de la remuneración promedio de los consejeros de las sociedades que tienen una capitalización bursátil superior a 500 millones y no son del IBEX, que se sitúa en 288.000 euros, de conformidad con el Informe Anual de Remuneraciones de los Consejeros de las sociedades cotizadas correspondiente al ejercicio 2015 elaborado por la CNMV.
CAF ha considerado oportuno aprobar una política de remuneraciones que tenga en cuenta las retribuciones aplicadas por sociedades comparables, utilizándolas como referencia a la hora de fijar la retribución de los consejeros, y atendiendo al mismo tiempo el compromiso adquirido por la Sociedad con la creación de valor en interés de los trabajadores y de los accionistas. En el supuesto de que se someta a la Junta General de Accionistas una propuesta de aprobación de nueva política de remuneraciones o de modificación de la actual, estos principios seguirán siendo, en todo caso, de aplicación.
A.2 Información sobre los trabajos preparatorios y el proceso de toma de decisiones que se haya seguido para determinar la política de remuneración y papel desempeñado, en su caso, por la Comisión de Retribuciones y otros órganos de control en la configuración de la política de remuneraciones. Esta información incluirá, en su caso, el mandato y la composición de la Comisión de Retribuciones y la identidad de los asesores externos cuyos servicios se hayan utilizado para definir la política retributiva. Igualmente se expresará el carácter de los consejeros que, en su caso, hayan intervenido en la definición de la política retributiva.
Durante el ejercicio 2015, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones de CAF elevó una propuesta al Consejo de Administración, en relación con la política de retribuciones aplicable a los consejeros de CAF, que fue recogida en el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2014, aprobado por unanimidad por el Consejo de Administración de la Sociedad en su sesión de 29 de abril de 2015, y que resultó posteriormente sometido a votación y aprobado por la junta general ordinaria de accionistas celebrada el 13 de junio de 2015, por una mayoría del 94%.
De conformidad con la disposición transitoria de la Ley 31/2014, la política contenida en dicho informe anual sobre remuneraciones constituye la política de remuneraciones de los consejeros vigente a los efectos del artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital.
El proceso de definición de la política de remuneraciones se inició con una valoración por parte de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones sobre la idoneidad de continuar aplicando el modelo retributivo aplicado durante los años anteriores en atención a la responsabilidad asumida por sus miembros, el objetivo de crear valor para los accionistas y los trabajadores, y las tendencias retributivas observadas en otras sociedades comparables.
Para ello se realizó un análisis de la información pública disponible sobre las políticas de remuneraciones aplicadas por las empresas comparables a CAF, por actividad o tamaño, observándose que los importes de remuneración percibidos por los consejeros de CAF se sitúan en niveles moderados en relación con dichas sociedades.
En consecuencia, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones informó favorablemente sobre el mantenimiento de la política de retribuciones seguida hasta la fecha, basada en los principios de moderación y prudencia, compensación por la dedicación efectivamente prestada por los consejeros, y correspondencia con la evolución de los resultados y el reparto de dividendos a los accionistas.
Durante el ejercicio 2016, en las reuniones mantenidas por la Comisión de Nombramientos, se ha valorado por sus miembros la conveniencia de plantear una modificación de la política de remuneraciones vigente o de proponer a la Junta General de Accionistas la aprobación de una nueva política. La Comisión de Nombramientos tiene previsto emitir y elevar al Consejo de Administración la propuesta correspondiente en los primeros meses del ejercicio 2017, con el objeto, en caso de resultar aprobada por el Consejo, de someter dicha modificación o nueva política a la aprobación de la Junta General de Accionistas del ejercicio 2017.
La Comisión de Nombramientos y Retribuciones está compuesta por tres miembros, con la siguiente calificación: dos independientes (entre ellos el Presidente) y un consejero bajo la calificación de "otros externos".
A.3 Indique el importe y la naturaleza de los componentes fijos, con desglose, en su caso, de las retribuciones por el desempeño de funciones de la alta dirección de los consejeros ejecutivos, de la remuneración adicional como presidente o miembro de alguna comisión del consejo, de las dietas por participación en el consejo y sus comisiones u otras retribuciones fijas como consejero, así como una estimación de la retribución fija anual a la que den origen. Identifique otros beneficios que no sean satisfechos en efectivo y los parámetros fundamentales por los que se otorgan.
Los componentes fijos de las remuneraciones de los consejeros comprenden sueldos, en el caso de los consejeros ejecutivos, remuneración fija, en el caso de algún consejero no ejecutivo, y dietas para todos los miembros del Consejo. Asimismo, en concepto de otros beneficios, tres consejeros disponen de un seguro de vida.
En el ejercicio 2016 el importe total por todos estos conceptos ha ascendido a 1.495 miles de euros, según el desglose indicado en el Apartado D.
En relación con el ejercicio 2017, la Sociedad está valorando proponer a la Junta General de Accionistas una modificación de la política de retribuciones actual o la aprobación de una nueva política, aún no concretada, que resulte de aplicación ya en el ejercicio 2017. De resultar aprobada dicha propuesta, que contará con el informe previo de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones y del Consejo de Administración, se produciría un aumento del importe total de los componentes fijos de la remuneración para el ejercicio 2017 y siguientes, debido principalmente a un aumento de las dietas a percibir por todos los consejeros.
A fecha de aprobación del presente informe, las dietas se corresponden con la remuneración por asistencia a las sesiones de los Consejos y ascienden a 60.000 euros anuales por consejero. No existe remuneración adicional por la pertenencia a las comisiones del Consejo.
Tampoco existe remuneración adicional por el desempeño del cargo de Presidente.
Se mantienen, por otra parte, los seguros de vida que se venían devengando en ejercicios anteriores a favor de los consejeros ejecutivos actuales o que lo fueron anteriormente. No existen otros beneficios, tales como anticipos o créditos.
En relación con los consejeros ejecutivos, la sociedad cuenta en el presente ejercicio con dos consejeros con esta calificación, que perciben remuneraciones en concepto de sueldos, seguros de vida y dietas. El consejero Delegado disfruta asimismo de un sistema de ahorro a largo plazo, tal y como se detalla en el apartado A.5. Como ya se indicó en el Informe de Remuneraciones de los Consejeros correspondiente al ejercicio 2015 y se recoge en el Apartado A.7, la sociedad tiene suscrito un contrato de duración indefinida con el Consejero Delegado.
En relación con los consejeros externos, se ha devengado una remuneración fija a favor de uno de ellos, tal y como se detalla en el apartado D.1.a), con motivo de las funciones adicionales de asesoramiento que desempeña dicho consejero a favor de la sociedad en virtud del contrato correspondiente.
La retribución total del Consejo estimada para el ejercicio 2017, por todos los conceptos, alcanzará niveles similares a los devengados en el ejercicio 2016 en caso de mantenerse la política de remuneraciones actual. En cambio, en caso de que el Consejo de Administración, previo informe de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, someta a la próxima Junta General de Accionistas una propuesta de modificación de la actual política de remuneraciones o de aprobación de una nueva, y ésta resulte aprobada con efectos desde el ejercicio 2017, la retribución total del Consejo alcanzará un importe superior con motivo principalmente de un aumento de las dietas a percibir por todos los consejeros.
En particular:
Identifique cada uno de los planes retributivos de los que los consejeros sean beneficiarios, su alcance, su fecha de aprobación, fecha de implantación, periodo de vigencia así como sus principales características. En el caso de planes de opciones sobre acciones y otros instrumentos financieros, las características generales del plan incluirán información sobre las condiciones de ejercicio de dichas opciones o instrumentos financieros para cada plan.
Indique cualquier remuneración en concepto de participación en beneficios o primas, y la razón por la que se otorgaron.
Explique los componentes variables de los sistemas retributivos
El sistema retributivo de CAF no incluye componentes variables. Como se ha indicado anteriormente, tras el análisis realizado por la Sociedad y la evaluación previa al respecto de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, se ha concluido que no resulta oportuno en estos momentos, dado el contexto socioeconómico actual, introducir estos componentes en la política retributiva de CAF. En todo caso, la retribución de los consejeros es suficiente para atraer y motivar a los profesionales más adecuados y compensar su dedicación.
A.5 Explique las principales características de los sistemas de ahorro a largo plazo, incluyendo jubilación y cualquier otra prestación de supervivencia, financiados parcial o totalmente por la sociedad, ya sean dotados interna o externamente, con una estimación de su importe o coste anual equivalente, indicando el tipo de plan, si es de aportación o prestación definida, las condiciones de consolidación de los derechos económicos a favor de los consejeros y su compatibilidad con cualquier tipo de indemnización por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero.
Indique también las aportaciones a favor del consejero a planes de pensiones de aportación definida; o el aumento de derechos consolidados del consejero, cuando se trate de aportaciones a planes de prestación definida.
Explique las indemnizaciones
Como se anunció en el Informe Anual sobre Remuneraciones de los Consejeros del pasado ejercicio, la Sociedad ha suscrito un sistema de ahorro a largo plazo con su Consejero Delegado y ha realizado una aportación de 90.000 Euros en el ejercicio 2016 por este concepto. Se trata de un seguro colectivo de ahorro a largo plazo bajo el sistema de aportación definida, compatible con otro tipo de indemnizaciones, en el que mediante el pago de primas anuales se garantiza un beneficio en caso de que se alcance con vida la fecha de vencimiento correspondiente. En caso contrario, no existe consolidación de derechos hasta esa fecha.
No existen indemnizaciones pactadas o pagadas por la Sociedad en caso de terminación de las funciones como consejero, salvo lo indicado en el apartado A.7.
A.7 Indique las condiciones que deberán respetar los contratos de quienes ejerzan funciones de alta dirección como consejeros ejecutivos. Entre otras, se informará sobre la duración, los límites a las cuantías de indemnización, las cláusulas de permanencia, los plazos de preaviso, así como el pago como sustitución del citado plazo de preaviso, y cualesquiera otras cláusulas relativas a primas de contratación, así como indemnizaciones o blindajes por resolución anticipada o terminación de la relación contractual entre la sociedad y el consejero ejecutivo. Incluir, entre otros, los pactos o acuerdos de no concurrencia, exclusividad, permanencia o fidelización y no competencia post-contractual.
De conformidad con el régimen previsto en el artículo 249 LSC en relación con los consejeros que desempeñen funciones ejecutivas al amparo de una delegación de facultades del consejo o de cualquier otro título, la Sociedad suscribió un contrato con el consejero delegado de duración indefinida y con el contenido estipulado en dicho artículo. En dicho contrato se establece una indemnización equivalente a dos daños de su retribución fija en caso de cese en el cargo de consejero delegado por voluntad de la sociedad y sin causa imputable al consejero. Asimismo, el contrato prevé expresamente las obligaciones, a cargo del consejero delegado, de no competencia y de exclusividad, durante un plazo adicional de dos años a partir del cese del consejero delegado en el cargo.
A.8 Explique cualquier remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
No existe ninguna remuneración suplementaria devengada a los consejeros como contraprestación por los servicios prestados distintos de los inherentes a su cargo.
A.9 Indique cualquier retribución en forma de anticipos, créditos y garantías concedidos, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía.
Explique los anticipos, créditos y garantías concedidos
Los consejeros no perciben ninguna retribución en forma de anticipos, créditos o garantías.
Explique las remuneraciones en especie
La sociedad no tiene pactadas remuneraciones en especie con sus consejeros, salvo lo indicado respecto a los seguros de vida.
A.11 Indique las remuneraciones devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero, cuando dichos pagos tenga como fin remunerar los servicios de éste en la sociedad.
Explique las remuneración devengadas por el consejero en virtud de los pagos que realice la sociedad cotizada a una tercera entidad en la cual presta servicios el consejero
No existen remuneraciones devengadas por ningún consejero en virtud de pagos realizados por la Sociedad a una tercera entidad en la cual preste servicios el consejero.
A.12 Cualquier otro concepto retributivo distinto de los anteriores, cualesquiera que sea su naturaleza o la entidad del grupo que lo satisfaga, especialmente cuando tenga la consideración de operación vinculada o su emisión distorsione la imagen fiel de las remuneraciones totales devengadas por el consejero.
No existen conceptos retributivos adicionales.
A.13 Explique las acciones adoptadas por la sociedad en relación con el sistema de remuneración para reducir la exposición a riesgos excesivos y ajustarlo a los objetivos, valores e intereses a largo plazo de la sociedad, lo que incluirá, en su caso, una referencia a: medidas previstas para garantizar que en la política de remuneración se atienden a los resultados a largo plazo de la sociedad, medidas que establezcan un equilibrio adecuado entre los componentes fijos y variables de la remuneración, medidas adoptadas en relación con aquellas categorías de personal cuyas actividades profesionales tengan una repercusión material en el perfil de riesgos de la entidad, fórmulas o cláusulas de recobro para poder reclamar la devolución de los componentes variables de la remuneración basados en los resultados cuando tales componentes se hayan pagado atendiendo a unos datos cuya inexactitud haya quedado después demostrada de forma manifiesta y medidas previstas para evitar conflictos de intereses, en su caso.
La política de remuneraciones de CAF atiende primeramente a criterios de mercado y al cumplimiento de los principios de moderación y prudencia.
Para la definición de los componentes e importes que integran el sistema retributivo, CAF atiende en todo momento a los intereses a largo plazo de la Sociedad y, en particular, a garantizar una correspondencia con la evolución de los resultados de la empresa y un adecuado reparto de beneficios a los accionistas.
Como muestra de ello, los administradores no disfrutan de ningún sistema de retribución variable ni de opciones sobre acciones y/u otros instrumentos financieros, ni de otras formas de retribución como anticipos, garantías o créditos.
Los consejeros tampoco han recibido en estos ejercicios remuneraciones adicionales como consecuencia de su pertenencia a consejos de administración o a la alta dirección de otras sociedades del grupo.
Tras un análisis de la información pública disponible sobre las remuneraciones devengadas por los consejeros de las empresas comparables a CAF, se observa que los importes percibidos por los consejeros de CAF se sitúan en niveles moderados en relación con estas sociedades.
Con todo ello, la Sociedad considera que la exposición a riesgos excesivos queda reducida y que el sistema de remuneraciones implantado atiende a objetivos, valores e intereses a largo plazo de la Sociedad.
Derogado.
C.1 Explique de forma resumida las principales características de la estructura y conceptos retributivos de la política de remuneraciones aplicada durante el ejercicio cerrado, que da lugar al detalle de las retribuciones individuales devengadas por cada uno de los consejeros que se reflejan en la sección D del presente informe, así como un resumen de las decisiones tomadas por el consejo para la aplicación de dichos conceptos.
Durante el ejercicio 2016 la Sociedad ha aplicado una estructura y conceptos retributivos similares a los empleados en ejercicios anteriores. Así, sólo se han aplicado conceptos retributivos de carácter fijo, consistentes en sueldos, remuneraciones fijas y dietas por asistencia a los consejos, así como seguros de vida en determinados casos.
Asimismo, la sociedad ha suscrito un sistema de ahorro a largo plazo con un consejero, realizando la aportación anual correspondiente.
En el referido ejercicio, los administradores no han disfrutado de ningún sistema de retribución variable ni de opciones sobre acciones y/u otros instrumentos financieros, ni de otras formas de retribución como anticipos, garantías o créditos.
Los consejeros no han recibido tampoco remuneraciones adicionales como consecuencia de su pertenencia a comisiones o a consejos de administración o a la alta dirección de otras sociedades del grupo.
Durante el ejercicio 2016 la retribución global de los consejeros ha ascendido a una cantidad aproximada de 1.495 miles de euros en concepto de sueldos, seguros de vida, dietas de asistencia a los Consejos y remuneraciones fijas. Asimismo, la sociedad ha realizado una aportación al sistema de ahorro a largo plazo suscrito, según lo indicado anteriormente, por importe de 90.000 euros.
El Consejo de Administración ha determinado la retribución de cada consejero atendiendo a los criterios y circunstancias observados en ejercicios anteriores, y de acuerdo con la política de remuneraciones aprobada por la Sociedad. Asimismo, el Consejo basa sus decisiones a este respecto en las consideraciones previas de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
| Nombre | Tipología | Período de devengo ejercicio 2016 |
|---|---|---|
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | Ejecutivo | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| ALEJANDRO LEGARDA ZARAGÜETA | Otro Externo | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| JOSE IGNACIO BERROETA ECHEVARRIA | Independiente | Desde 01/01/2016 hasta 23/05/2016. |
| JUAN JOSÉ ARRIETA SUDUPE | Independiente | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| LUIS MIGUEL ARCONADA ECHARRI | Otro Externo | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| XABIER GARAIALDE MAIZTEGI | Otro Externo | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| JAVIER MARTÍNEZ OJINAGA | Independiente | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| JOSE ANTONIO MUTILOA IZAGUIRRE | Dominical | Desde 01/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE | Ejecutivo | Desde 22/01/2016 hasta 31/12/2016. |
| CARMEN ALLO PEREZ | Independiente | Desde 11/06/2016 hasta 31/12/2016. |
D.1 Complete los siguientes cuadros respecto a la remuneración individualizada de cada uno de los consejeros (incluyendo la retribución por el ejercicio de funciones ejecutivas) devengada durante el ejercicio.
a) Retribuciones devengadas en la sociedad objeto del presente informe:
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2016 |
Total año 2015 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | 485 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 545 | 430 |
| ALEJANDRO LEGARDA ZARAGÜETA | 0 | 300 | 57 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 357 | 340 |
| JOSE IGNACIO BERROETA ECHEVARRIA | 0 | 0 | 27 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 27 | 39 |
| JUAN JOSÉ ARRIETA SUDUPE | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 |
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2016 |
Total año 2015 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| LUIS MIGUEL ARCONADA ECHARRI | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 |
| XABIER GARAIALDE MAIZTEGI | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 |
| JAVIER MARTÍNEZ OJINAGA | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 34 |
| JOSE ANTONIO MUTILOA IZAGUIRRE | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 35 |
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE | 145 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 205 | 0 |
| CARMEN ALLO PEREZ | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 36 | 0 |
| Nombre | Aportación del ejercicio por parte de la sociedad (miles €) |
Importe de los fondos acumulados (miles €) |
||
|---|---|---|---|---|
| Ejercicio 2016 | Ejercicio 2015 | Ejercicio 2016 | Ejercicio 2015 | |
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | 90 | 0 | 90 | 0 |
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Retribución en forma de anticipos, créditos concedidos | |||||||||||
| Tipo de interés de la operación |
Características esenciales de la operación | Importes eventualmente devueltos | |||||||||
| 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||||||||
| Primas de seguros de vida | Garantías constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | ||||||||||
| Ejercicio 2016 |
Ejercicio 2015 |
Ejercicio 2016 | Ejercicio 2015 | ||||||||
| 14 | 13 | 0,00 | 0,00 |
| ALEJANDRO LEGARDA ZARAGÜETA | |||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Retribución en forma de anticipos, créditos concedidos | |||||||||||
| Tipo de interés de la operación |
Características esenciales de la operación | Importes eventualmente devueltos | |||||||||
| 0,00 | 0,00 | 0,00 | |||||||||
| Primas de seguros de vida | Garantías constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | ||||||||||
| Ejercicio 2016 |
Ejercicio 2015 |
Ejercicio 2016 | Ejercicio 2015 | ||||||||
| 11 | 10 | 0,00 | 0,00 |
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE |
|---|
| Retribución en forma de anticipos, créditos concedidos |
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Tipo de interés de la operación |
Características esenciales de la operación | Importes eventualmente devueltos | ||||||||
| 0,00 | 0,00 | 0,00 | ||||||||
| Primas de seguros de vida | Garantías constituidas por la sociedad a favor de los consejeros | |||||||||
| Ejercicio 2016 |
Ejercicio 2015 |
Ejercicio 2016 | Ejercicio 2015 | |||||||
| 0 | 0 | 0,00 | 0,00 | |||||||
i) Retribución en metálico (en miles de €)
| Nombre | Sueldos | Remuneración fija |
Dietas | Retribución variable a corto plazo |
Retribucion variable a largo plazo |
Remuneración por pertenencia a comisiones del Consejo |
Indemnizaciones | Otros conceptos |
Total año 2016 |
Total año 2015 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| ALEJANDRO LEGARDA ZARAGÜETA | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSE IGNACIO BERROETA ECHEVARRIA | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JUAN JOSÉ ARRIETA SUDUPE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| LUIS MIGUEL ARCONADA ECHARRI | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| XABIER GARAIALDE MAIZTEGI | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JAVIER MARTÍNEZ OJINAGA | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| JOSE ANTONIO MUTILOA IZAGUIRRE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
| CARMEN ALLO PEREZ | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 |
ii) Sistemas de retribución basados en acciones
iii) Sistemas de ahorro a largo plazo
Se deberán incluir en el resumen los importes correspondientes a todos los conceptos retributivos incluidos en el presente informe que hayan sido devengados por el consejero, en miles de euros.
En el caso de los Sistemas de Ahorro a largo plazo, se incluirán las aportaciones o dotaciones realizadas a este tipo de sistemas:
| Nombre | Retribución devengada en la Sociedad | Retribución devengada en sociedades del grupo | Totales | ||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Total Retribución metálico |
Importe de las acciones otorgadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2016 sociedad |
Total Retribución metálico |
Importe de las acciones entregadas |
Beneficio bruto de las opciones ejercitadas |
Total ejercicio 2016 grupo |
Total ejercicio 2016 |
Total ejercicio 2015 |
Aportación al sistemas de ahorro durante el ejercicio |
|||
| ANDRES ARIZKORRETA GARCIA | 545 | 0 | 0 | 545 | 0 | 0 | 0 | 0 | 559 | 443 | 90 | ||
| ALEJANDRO LEGARDA ZARAGÜETA | 357 | 0 | 0 | 357 | 0 | 0 | 0 | 0 | 368 | 350 | 0 | ||
| JOSE IGNACIO BERROETA ECHEVARRIA | 27 | 0 | 0 | 27 | 0 | 0 | 0 | 0 | 27 | 39 | 0 | ||
| JUAN JOSÉ ARRIETA SUDUPE | 60 | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 | 0 | ||
| LUIS MIGUEL ARCONADA ECHARRI | 60 | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 | 0 | ||
| XABIER GARAIALDE MAIZTEGI | 60 | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 40 | 0 | ||
| JAVIER MARTÍNEZ OJINAGA | 60 | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 34 | 0 | ||
| JOSE ANTONIO MUTILOA IZAGUIRRE | 60 | 0 | 0 | 60 | 0 | 0 | 0 | 0 | 60 | 35 | 0 | ||
| MARTA BAZTARRICA LIZARBE | 205 | 0 | 0 | 205 | 0 | 0 | 0 | 0 | 205 | 0 | 0 | ||
| CARMEN ALLO PEREZ | 36 | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | 0 | 0 | 36 | 0 | 0 | ||
| TOTAL | 1.470 | 0 | 0 | 1.470 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1.495 | 1.021 | 90 |
El Consejo y la Comisión de Nombramientos y Retribuciones tienen en cuenta la situación económico-financiera de la Sociedad para la fijación de los niveles de retribución de los consejeros. Sin embargo, el sistema de retribución implantado en CAF, comprende, como se ha explicado anteriormente, únicamente conceptos retributivos de carácter fijo. Por tanto, no se devenga a favor de los consejeros ninguna remuneración calculada en función directa de las variaciones en el rendimiento de la sociedad
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos emitidos | 2.503.051 | 73,02% |
| Número | % sobre el total |
|
|---|---|---|
| Votos negativos | 346.942 | 13,86% |
| Votos a favor | 2.156.105 | 86,14% |
| Abstenciones | 4 | 0,00% |
Si existe algún aspecto relevante en materia de remuneración de los consejeros que no se haya podido recoger en el resto de apartados del presente informe, pero que sea necesario incluir para recoger una información más completa y razonada sobre la estructura y prácticas retributivas de la sociedad en relación con sus consejeros, detállelos brevemente.
Este informe anual de remuneraciones ha sido aprobado por el consejo de administración de la sociedad, en su sesión de fecha 27/02/2017.
Indique si ha habido consejeros que hayan votado en contra o se hayan abstenido en relación con la aprobación del presente Informe.
Sí No X
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